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SECRETARIA DE HACIENDA ALCALDIA MUNICIPAL | CALLE 18 # 4-53
MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO 2020-2030 MONIQUIRA 2019
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Henry Arístides Velandia Roncancio
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Blanca Stella Peña Rodríguez
Asesor Financiero
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TABLA DE CONTENIDO
Contenido 1 CONTEXTO Y ANTECEDENTES .................................................................................................... 7
1.1 Generalidades ..................................................................................................................... 7
1.2 Situación Económica ........................................................................................................... 8
1.3 Indicadores de Pobreza ..................................................................................................... 10
2 DIAGNOSTICO FINANCIERO E INSTITUCIONAL .......................................................................... 14
2.1 Análisis de Ingresos ........................................................................................................... 14
2.1.1 Ingresos Totales ........................................................................................................ 14
2.1.2 Ingresos Corrientes de Libre Destinación ................................................................. 15
2.1.3 Ingresos Tributarios................................................................................................... 16
2.1.4 Ingresos No Tributarios ............................................................................................. 17
2.1.5 Ingresos del Sistema General de Participaciones ..................................................... 17
2.1.6 Recursos de Capital ................................................................................................... 19
2.2 Análisis de Gatos ............................................................................................................... 20
2.2.1 Gastos Totales ........................................................................................................... 21
2.2.2 Gastos de funcionamiento ........................................................................................ 21
2.2.3 Gastos de Inversión ................................................................................................... 22
2.2.4 Servicio de la deuda .................................................................................................. 23
2.2.5 Análisis de la estructura organizacional .................................................................... 24
3 CONTENIDOS DEL MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO ........................................................... 25
3.1 Informe de resultados fiscales de la vigencia fiscal anterior ...................................................... 25
3.1.1 En materia de Ingresos. ............................................................................................. 25
3.1.2 En materia de gastos ................................................................................................. 27
3.2 Estimación del costo fiscal de las exenciones tributarias .......................................................... 29
3.2.1 Impuesto Predial ....................................................................................................... 30
3.2.2 Impuesto de Industria y Comercio ............................................................................ 31
3.2.3 Espectáculos Públicos ............................................................................................... 32
3.2.4 Exenciones de la estampilla procultura .................................................................... 32
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3.2.5 Excepciones de la estampilla adulto mayor .............................................................. 33
3.2.6 Exenciones del Impuesto de Hidrocarburos ............................................................. 33
3.3 Relación de los pasivos exigibles y de los pasivos contingentes que pueden afectar la situación
financiera de la entidad territorial ....................................................................................................... 33
3.3.1 Pasivos ciertos o exigibles ................................................................................................ 34
3.4 Costo fiscal de los proyectos de ordenanza o acuerdo sancionados en la vigencia fiscal anterior 36
3.5 El Plan Financiero ................................................................................................................ 38
3.5.1 Estimación de los Ingresos ................................................................................................ 39
3.5.2 Estimación de los Gastos .................................................................................................. 46
3.5.3 Gastos de Funcionamiento ................................................................................................ 46
3.5.4 Gastos de Inversión .......................................................................................................... 49
3.5.5 Servicio de la Deuda ........................................................................................................ 50
3.6 Las metas de superávit primario, el nivel de deuda pública y un análisis de su sostenibilidad ...... 50
3.6.1 Las metas de superávit primario ........................................................................................ 51
3.6.2 Nivel de deuda pública y análisis de su sostenibilidad .......................................................... 52
3.7 Acciones y medidas específicas en las que se sustenta el cumplimiento de las metas, con sus
correspondientes cronogramas de ejecución ...................................................................................... 54
3.7.1 Acciones de rápida ejecución e inmediato resultado y de impacto significativo ....................... 55
3.7.2 Acciones de impacto a mediano y largo plazo ..................................................................... 55
3.7.3 Ajustes al Plan de Desarrollo, Replantear el POAI y/o el Plan Indicativo y los demás
instrumentos de planeación. .......................................................................................................... 55
REFRENCIAS BIBLIOGRAFICAS ......................................................................................................... 57
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TABLA DE CONTENIDO ILUSTRACIONES
Ilustración 1Pirámide distribución poblacional ......................................................................................... 7
Ilustración 2 Representación Actividades Económicas ............................................................................... 9
Ilustración 3 Histórico Ingresos Totales últimas Cinco Vigencias Fiscales ........................................ 14
Ilustración 4 Histórico Ingresos Corrientes de Libre Destinación Ultimas Cinco Vigencias .............. 15
Ilustración 5 Histórico Ingresos Tributarios Ultimas Cinco Vigencias Fiscales .................................. 16
Ilustración 6 Histórico de Ingresos No Tributarios Cinco Vigencias Fiscales..................................... 17
Ilustración 7 Histórico de Recursos del Sistema General de Participaciones ................................... 18
Ilustración 8 Histórico del comportamiento de los Recursos de Capital .......................................... 20
Ilustración 9 Histórico del comportamiento de los Gastos Totales .................................................. 21
Ilustración 10 Histórico comportamiento Gastos de Funcionamiento ............................................. 22
Ilustración 11 Histórico Gastos de Inversión..................................................................................... 23
TABLA CONTENDIO TABLAS
Tabla 1Incidencia de Pobreza Multidimensional Moniquirá 2017 ................................................... 10
Tabla 2 Incidencia de Pobreza Multidimensional para Boyacá 2013 ................................................ 12
Tabla 3 Ingresos Vigencia Fiscal 2018 ............................................................................................... 26
Tabla 4 Gastos de funcionamiento vigencia 2018 ............................................................................ 28
Tabla 5 Gastos de Inversión Vigencia Fiscal de 2018 ........................................................................ 28
Tabla 6 Recursos Invertidos en deuda pública vigencia 2018........................................................... 29
Tabla 7 Relación de Pasivos del Municipio de Moniquirá ................................................................. 34
Tabla 8 Costo Fiscal de Acuerdos Vigencia 2018 .............................................................................. 36
Tabla 9 Proyección de Ingresos Totales ............................................................................................ 39
Tabla 10 Proyección Ingresos Corrientes de Libre Destinación ........................................................ 39
Tabla 11 Ingresos con destinación específica ................................................................................... 41
Tabla 12 Proyección Recursos Sistema General de Participaciones ................................................. 43
Tabla 13 Proyección Recursos de Capital .......................................................................................... 44
Tabla 14 Proyección de recursos de Inversión SGR .......................................................................... 45
Tabla 15 Proyección de Gastos de Funcionamiento ......................................................................... 47
Tabla 16 Proyección de Límite de Gastos de Funcionamiento ......................................................... 47
Tabla 17 Proyección de Gastos Organismos de Control ................................................................... 48
Tabla 18 Proyección de Gastos de Inversión .................................................................................... 49
Tabla 19 Metas de Superávit Primario .............................................................................................. 51
Tabla 20 Capacidad de Endeudamiento............................................................................................ 52
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PRESENTACION
El Marco Fiscal de Mediano Plazo es un instrumento de planificación presupuestal que contiene los
elementos financieros necesarios para la toma de decisiones de la entidad territorial en materia fiscal,
en un horizonte de 10 años, tiempo para el cual se proyecta. Está contenido en la ley 819 de 2003 o
ley de responsabilidad fiscal la cual congrega entre otras, la Ley 358 de 1997, La 549 de 1999, La 550
de 1999 y la Ley 617 de 2000; buscando con esto brindarles a las entidades territoriales herramientas
para que el proceso de descentralización en Colombia sea una realidad principalmente en materia
fiscal.
El Marco Fiscal de Mediano plazo está definido en el artículo 5 de la Ley 819 de 2003 y para las
entidades territoriales debe contener a) El Plan Financiero; b) las metas de superávit primario, así
como el nivel de deuda pública y un análisis de sostenibilidad; c) las acciones y medidas específicas
en las que se sustenta el cumplimiento de las metas con sus correspondientes cronogramas de
ejecución: d) un informe de resultados fiscales de la vigencia anterior; e) Un estimación del costo fiscal
de las exenciones tributarias existentes en la vigencia anterior; f) Una relación de los pasivos exigibles
y de los pasivos contingentes que pueden afectar la situación financiera de la entidad territorial; g) El
costo fiscal de los proyectos de acuerdo sancionados durante la vigencia anterior.
Este instrumento de planeación financiera es proyectado sobre la situación real del municipio, con
base en un estudio del comportamiento histórico de los ingresos y gastos de la entidad. Su elemento
principal el plan financiero es una proyección de ingresos y gastos en un horizonte de diez (10) años
y su estimación es congruente con la situación existente que en materia financiera presente la entidad.
En consecuencia, el Marco Fiscal de Mediano Plazo que se presenta al Concejo Municipal de
Moniquirá a título informativo como instrumento de planeación financiera es una proyección a 10 años,
está en constante cambio y movimientos de acuerdo al comportamiento de la dinámica y situación
financiera de la entidad. Por lo tanto, este Marco Fiscal está sujeto a las variaciones que en materia
de planeación financiera decida la administración municipal, y en consecuencia, las proyecciones del
Plan Financiero en ingresos y gastos pueden verse afectadas con la implementación del nuevo Plan
de Desarrollo Municipal y el cambio de la administración municipal en el año 2020.
Sin embargo, es necesario mantener un equilibrio entre las proyecciones realizadas dentro del Plan
Financiero presente con el fin de dar continuidad a nuestro Plan de Desarrollo 2016-2019 “Grandes
Cambios Grandes Resultados” y a su vez ser consecuentes con los objetivos y metas propuestas para
el cuatrienio.
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El documento se estructura en tres grandes capítulos, el primero de ellos presenta las generalidades
de la entidad, la situación socioeconómica y los indicadores de pobreza del municipio. Un segundo
capítulo desarrolla el comportamiento histórico de las finanzas del municipio, tanto en ingresos como
en gastos, a partir de la vigencia 2014 hasta el 2018. Y por último un tercer capítulo que da cuenta del
contenido del Marco Fiscal de Mediano Plazo con un informe de los resultados fiscales de la vigencia
anterior, la estimación del costo fiscal de las exenciones existentes en la vigencia anterior, la relación
de pasivos exigibles y pasivos contingentes, el costo fiscal de los Acuerdos de la vigencia 2018, el
Plan financiero formulado en ingresos por fuente de financiación y los gastos estimados de
funcionamiento e inversión.
En este capítulo se presenta también, los límites de gastos de funcionamiento (Ley 617 de 2000), el
análisis de los recursos trasferidos a los organismos de control y su respectivo limite fiscal; y en materia
de gastos e inversiones el análisis de la constitución de vigencias futuras en funcionamiento e
inversión. Sumado a lo anterior, se presenta la capacidad de endeudamiento de la entidad haciendo
un análisis de la Ley 358 de 1997, solvencia y sostenibilidad; Ley 819 de 2003 superávit primario y
capacidad de pago, con su respectivo análisis y gráfico que ilustra el comportamiento del indicador; y
finalmente, se presentan las acciones en materia fiscal de rápida ejecución e inmediato resultado y de
impacto significativo para la entidad.
Así las cosas y expuesto el contenido del documento, remito a título informativo el Marco Fiscal de
Mediano Plazo 2020-2030, dando cumplimiento a la Ley 819 de 2003, Estatuto Orgánico de
Presupuesto Municipal, y demás normatividad vigente que ordena la inclusión de este documento
como parte integral del Proyecto de Presupuesto de la vigencia fiscal en este caso de 2020.
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MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO
2020 - 2030
ENTIDAD TERRITORIAL MUNICIPIO DE MONIQUIRA
1 CONTEXTO Y ANTECEDENTES
1.1 Generalidades
El Municipio de Moniquirá está ubicada en la provincia de Ricaurte, región Centro Oriente, con un
entorno de desarrollo intermedio de acuerdo con la clasificación del Departamento Nacional de
Planeación, y de acuerdo con la Ley 617 de 2000 es de categoría sexta, y tiene una extensión de
220km2, y una población de 21.182 Habitantes para el año 2019.
La población del municipio de Moniquirá se distribuye geográficamente en 50.59% de la población en
el área urbana y el 49.41% en el área rural. Del total poblacional, 10.633 equivalente al 50.2% son
hombres y 10.549 equivalente al 49.8% son mujeres (DANE, proyecciones de población 2019).
Ilustración 1Pirámide distribución poblacional
Fuente: Elaboración propia a partir de datos DANE proyección de población 2019
De conformidad con la proyección poblacional desagregada por sexo y edad la mayoría de población
se concentra entre los rangos de edad de 4 a 24 años, tanto para hombres como para mujeres. De
-4.28-4.33-4.16-3.96-3.81
-3.56-2.85
-2.37-2.71
-2.98-2.95-2.89-2.66
-2.20-1.78
-1.30-1.39
4.034.06
3.913.763.663.55
2.952.59
2.973.24
3.032.82
2.482.07
1.741.361.58
Distribución poblacional
Mujeres Hombres
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ahí se infiere, que el municipio cuenta con un potencial de población joven que puede aprovechar la
entidad para mejorar las condiciones económicas y sociales del municipio a un futuro próximo.
Geográficamente el municipio se ubica en una región con muchas posibilidades de desarrollo gracias
al clima templado que le ofrece no solo las posibilidades de desarrollar el turismo como fuente de
ingresos y dinámica del comercio y la economía local; también le ofrece opciones para mejorar la
productividad en la cosecha de cultivos como caña panelera, frutales, café y demás variedad de
productos agrícolas que puede ofrecer el clima. Debido a lo anterior, se puede consolidar como un
municipio próspero en la producción y comercialización del bocadillo, de ahí el nombre de ciudad dulce
de Colombia.
1.2 Situación Económica
Siendo capital de provincia le permite proyectarse como un polo de desarrollo económico que atrae
parte del comercio de los municipios aledaños no solo del departamento de Boyacá, también de los
municipios como Barbosa, Puente Nacional, Vélez entre otros en el departamento de Santander.
Gracias a esa centralidad Moniquirá se presenta como un eje de concentración de actividades y
servicios que dinamizan su economía y le permiten mostrarse como potencia del territorio, frente a los
demás municipios de la provincia.
De ahí, que las principales ramas de la economía del municipio se concentran en las siguientes
actividades: agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca con una representación porcentual de
29.50%, explotación de minas y canteras equivalente a1.44%, industria manufacturera un 3.43%,
suministro de electricidad, gas y agua un 1.90%, construcción con 9.73%, la actividad de comercio,
reparación, restaurantes y hoteles un 12.52%, el sector transporte, almacenamiento y comunicaciones
un 13.62%, los establecimientos financieros, seguros y otros servicios representan un 11.77% y las
actividades de servicios sociales y personales un 16.09%. (DNP, a partir de información DANE 2015).
A continuación, se presenta la gráfica de representación de las actividades económicas.
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Ilustración 2 Representación Actividades Económicas
Fuente: Elaboración propia a partir de datos DANE 2015.
En economía rural, el territorio se representa en Unidades de Producción Agropecuaria-UPA y de
acuerdo con el Censo Nacional Agropecuario, DANE-2014, las unidades de producción agropecuaria
(UPA) entre 0 y 1 Hectárea de extensión corresponde al 46.64% del territorio rural, y Unidades de
Producción Agraria entre 1 y 3 Hectáreas el 30.84% del territorio. Esto indica la gran división de terreno
que tiene el municipio, lo que significa que existe mayor diversidad de cultivos.
Del total de Unidades de Producción Agropecuaria el 8% tiene acceso a maquinaria para su
producción, el 6.70% tiene acceso a infraestructura, el 3.34% tiene acceso a crédito, el 40.81% tiene
acceso a riego y el 3.06% tiene acceso a asistencia técnica. (Censo Nacional Agropecuario, DANE -
2014).
La producción agrícola del municipio de concentra en cultivos transitorios y cultivos permanentes. En
relación con los primeros los cultivos más representativos son el fríjol con una producción de 15.37%
equivalente de 166 Ton, el maíz con 84.63% equivalente a una producción de 914 Ton; y los cultivos
permanentes se concentran en el cultivo de caña panelera con 47.63% y una producción de 9.500
Ton, el cultivo de Yuca con un 15.64% que equivalen a 3.120 Ton, el plátano cuenta con 13.54% y
2.700 Ton y otros cultivos de menor proporción con un 23.19% y 4.626 Ton de producción ( Evaluación
Agropecuaria Municipal, Minagricultura-2016).
29.5
1.44
3.43
1.99.7312.52
13.62
11.77
16.09
Representación porcentual Actividades Económicas
Agricultura, ganadería, caza,silvicultura y pesca
Explotación de minas y canteras
Industria manufacturera
Suministro de electricidad, gas yagua
Construcción
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1.3 Indicadores de Pobreza
Por otra parte y tratándose del territorio es preciso analizar los indicadores de pobreza oficiales como
la pobreza monetaria que mide el porcentaje de la población con ingresos por debajo del salario
mínimo de ingresos mensuales necesarios para cubrir las necesidades básicas insatisfechas, y la
pobreza multidimensional calculada con el índice de Pobreza Multidimensional (IPM), que mide los
hogares con privaciones en 5 dimensiones básicas de bienestar, distintas a la carencia de ingresos
(DNP,2017).
Las dos mediciones son necesarias para la formulación de políticas públicas de inclusión y protección
social, acceso a bienes y servicios públicos etc., que permitan mejorar las condiciones y calidad de
vida de la población de la entidad territorial. Así las cosas, si bien ambas mediciones buscan
aproximarse al nivel de pobreza de la población, las dos desde diferentes enfoques miden la calidad
de vida; la pobreza monetaria es unidimensional y solo se concibe como la falta de ingresos. Por otro
lado, la noción de la pobreza multidimensional se define como la ausencia de oportunidades o de
acceso a mínimo de capacidades necesarios para el desarrollo de cada persona (DNP, 2017)
Como a nivel local o municipal las mediciones de pobreza tanto monetaria como multidimensional aún
no se han dado de manera oficial, aunque, en el año 2017 se llevó a cabo un análisis de las privaciones
de pobreza multidimensional de acuerdo con los datos del SISBEN 2016 y los resultados obtenidos
de la totalidad de hogares 7.222 de los cuales 3.267 corresponden a la cabecera municipal y 3.955 al
resto del municipio, fue el siguiente:
Tabla 1Incidencia de Pobreza Multidimensional Moniquirá 2017
Dimensión Indicador Que mide el Indicador
Incidencia de Pobreza
Multidimensional
Condiciones Educativas del
Hogar
Bajo Logro Educativo
Se considera que un hogar esta privado cuando el promedio del logro educativo de las personas de 15 y más que lo componen es menor a 9 años escolares 78,39 %
Analfabetismo
Se consideran como privados aquellos hogares donde al menos una persona de 15 años o más no saben leer no escribir. 18,01%
Condiciones de la niñez y la juventud
Inasistencia escolar Se considera que un hogar está privado, si al menos uno de los niños entre 6 y 16 años no asiste al colegio 6,38%
Rezago escolar
Se considera que un hogar tiene privación en la variable si alguno de los niños entre 7 y 17 años tiene rezago escolar, de acuerdo con la normatividad establecido. 24,87%
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Dimensión Indicador Que mide el Indicador
Incidencia de Pobreza
Multidimensional
Barrera a acceso a servicios para el cuidado de la primera infancia
Se considera que un hogar es privado si al menos uno de los niños entre 0 y 5 años del hogar no tiene acceso simultáneo a los servicios para el cuidado integral de la primera infancia 7,7%
Trabajo Infantil Se considera privado un hogar, si uno de los niños del hogar entre 12 y 17 años se encuentra ocupado. 0,69%
Trabajo
Desempleo de larga duración
Se considera privado un hogar en donde haya por lo menos una persona económicamente activa en desempleo de larga duración (más de 12 meses) 20,37%
Empleo informal
Se considera privado un hogar si alguno de las personas económicamente activas no se encuentra ocupada con afiliación a pensiones 85,89%
Salud Sin aseguramiento en salud
Se considera privado un hogar en el que alguno de sus miembros, mayor a cinco años, no se encuentra asegurado a seguridad social en salud. 22,21%
Acceso a servicios Públicos
Domiciliarios condiciones de la
vivienda
Sin acceso a fuentes de agua mejorada
Hogar Urbano se considera privado si no tiene servicio público de acueducto en la vivienda. Hogar rural: se considera privado cuando obtiene el agua para los alimentos de pozo con o sin bomba, agua lluvia, rio, manantial, carro tanque, u otra fuente. Hogar Rural: Se considera privado cuando obtiene el agua para preparar alimentos de pozo con o sin bomba, agua lluvia, rio, manantial, carro tanque u otra fuente 27,76%
Inadecuada eliminación de excretas
Hogar urbano: se considera como privado si no tiene servicio público de alcantarillado. Hogar rural: se considera como privado si tiene inodoro sin conexión, letrina, bajamar o no tiene servicio sanitario. 29,3%
Pisos inadecuados Se consideran en privaciones los hogares que tiene pisos en tierra 12,49%
Paredes exteriores inadecuadas
Hogar urbano: se considera privado si el material se las paredes exteriores es madera burda, tabla, tablón, guadua, otro vegetal, zinc, tela, cartón, desechos o sin paredes. Hogar rural: se considera privado si el material de las paredes exteriores es guadua, otro vegetal, zinc, tela, cartón, desechos o sin paredes. 1,32%
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Dimensión Indicador Que mide el Indicador
Incidencia de Pobreza
Multidimensional
Hacinamiento Crítico
Número de personas por cuarto para dormir excluyendo cocina, baño y garaje e incluyendo sala comedora: Urbano: el hogar se encuentra en privación si duermen tres (3) o más personas pro cuarto. Rural: El hogar se encuentra en privación si duermen más de 3personas por cuarto 22,86%
Fuente: Prosperidad Social a partir de la base SISBEN. Cálculos Grupo de Focalización. Consolidación Dirección de Gestión y
Articulación de la Oferta Social, 2017
Ahora, es indispensable exteriorizar un panorama sobre estos indicadores a nivel departamental, con
el fin de poner en contexto el escenario que vive el departamento y de esta manera tener una idea de
los niveles de pobreza que pueden ser un referente para los indicadores del municipio. Para este
análisis se tomaron las vigencias 2013,2014 y 2015, teniendo en cuenta que las últimas mediciones a
nivel nacional corresponden a estos años.
Tabla 2 Incidencia de Pobreza Multidimensional para Boyacá 2013
Código DANE
Departamento
Condiciones educativas del hogar
Condiciones de la niñez y juventud
Bajo logro educativo
Analfabetismo Inasistencia
escolar Rezago escolar
Barreras de acceso a servicios para el cuidado
de la primera infancia
Trabajo infantil
15 Boyacá 2013 65,28 13,10 5,36 32,76 11,82 6,16
15 Boyacá 2014 63,17 10,91 4,32 29,91 10,02 6,67
15 Boyacá 2015 61,85 12,83 4,48 32,83 10,70 9,72
Trabajo Salud Acceso a servicios públicos domiciliarios y condiciones de la
vivienda
Desempleo de larga duración
Empleo informal
Sin aseguramiento
en salud
Barreras de
acceso a servicio de salud
Sin acceso a fuente de
agua mejorada
Inadecuada eliminación de excretas
Pisos inadecuados
Paredes exteriores
inadecuadas
Hacinamiento crítico
7,23 79,56 10,41 6,35 4,51 12,27 7,91 0,46 13,57
8,10 80,11 8,14 7,64 10,47 10,37 7,87 0,31 13,52
7,48 80,84 9,63 6,42 5,94 9,61 5,40 0,50 11,11 Fuente: DNP a partir de la GEIH del DANE
Lo anterior, permite referenciar los indicadores con el departamento y analizar la situación del
Municipio que en todo caso están los indicadores de la medición del año 2017, están por debajo de
las condiciones que los indicadores arrojados por el departamento en las vigencias 2013, 2014 y 2015
en cada uno de los indicadores de IPM.
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Ahora bien, dentro de las generalidades de la entidad territorial es preciso poner en contexto que el
Municipio en las últimas vigencias fiscales no ha suscrito ningún Programa de Saneamiento Fiscal en
aplicación de las Leyes 617 de 2000 y 550 de 1999. Tampoco ha sido afectada con medidas
preventivas o correctivas con relación al manejo de los recursos del Sistema General de
Participaciones en cuanto a cumplimiento se refiere. Así mismo, ha cumplido con las normas de
responsabilidad fiscal en materia de límite de gasto, endeudamiento y cobertura del pasivo pensional
con los aportes al FONPET.
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2 DIAGNOSTICO FINANCIERO E INSTITUCIONAL
El diagnóstico Financiero e Institucional de la entidad parte del análisis del comportamiento de los
ingresos y de los gastos sobre un histórico de las últimas cuatro vigencias fiscales. Este análisis
permite visualizar el escenario financiero que ha manejado el municipio y a partir de allí tomar las
proyecciones de estos para las próximas vigencias fiscales.
2.1 Análisis de Ingresos
2.1.1 Ingresos Totales
El comportamiento de los ingresos en las cuatro vigencias anteriores se representa en el siguiente
esquema gráfico que permite ver la evolución del comportamiento de los ingresos en cada una de las
vigencias fiscales. Para el presente estudio se toman los cinco años anteriores con el fin de revisar el
avance de los mismos en el término de cada una de las vigencias fiscales. Este ejercicio se toma por
fuente de financiación, para analizar la importancia de cada una, frente al respaldo económico que
representa presupuestalmente.
Ilustración 3 Histórico Ingresos Totales últimas Cinco Vigencias Fiscales
Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales entidad y operaciones efectivas de caja DNP
Como se observa, el comportamiento de los ingresos de la entidad para las ultimas 5 vigencias fiscales
presenta una tendencia ascendente con un recaudo mayor en el año 2018, con muy poca diferencia
frente al 2017, estas dos vigencias tienen un comportamiento similar en cuanto a recaudo se refiere.
24,548,057
29,912,959 29,489,328
32,705,29434,481,800
2014 2015 2016 2017 2018
INGRESOS TOTALES
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Por otra parte, en el año 2016 Y 2014 presentan el nivel más bajo de las cuatro cinco vigencias fiscales
anteriores.
2.1.2 Ingresos Corrientes de Libre Destinación
Se definen los ingresos corrientes como aquellos que se perciben en la entidad de manera recurrente
y continúa, por lo tanto, hacen parte de este concepto los recursos que percibe la entidad por los
diferentes conceptos de los tributos propios del municipio, así como las transferencias del Sistema
General de Participaciones correspondientes al 42% para gastos de funcionamiento. En efecto,
comprenden los recursos propios de la entidad, los impuestos, las tasas y contribuciones reguladas
por la ley y los Acuerdos Municipales. El comportamiento de los I.CL.D de las últimas cinco vigencias
fiscales se presentan así:
Ilustración 4 Histórico Ingresos Corrientes de Libre Destinación Últimas Cinco Vigencias
Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales entidad y operaciones efectivas de caja DNP
Se puede concluir del gráfico anterior, que el año de mayor recaudo de Ingresos Corrientes de Libre
Destinación es el 2018 con un recaudo de ($ 5.920.742) millones de pesos. Por el contrario, el año de
menor ingreso por este concepto es la vigencia 2014 con un recaudo de ($ 4.177.361) millones de
pesos. Lo anterior pone en evidencia el crecimiento continuo en el proceso de recaudo proyectado por
la secretaria de hacienda en cuanto a políticas fiscales.
2014 2015 2016 2017 2018
4,177,361 4,363,130
4,885,645
5,574,4465,920,742
1. INGRESOS CORRIENTES
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2.1.3 Ingresos Tributarios
Los ingresos tributarios son aquellos que derivan de un gravamen especial y son clasificados como
directos e indirectos. Los ingresos clasificados como impuestos directos en los municipios están
compuestos por el impuesto predial unificado, el impuesto de circulación y tránsito, y la sobretasa para
la corporación ambiental, no obstante, esta no se clasifica como ingreso corriente, sino como una renta
cedida. Los impuestos tributarios directos los paga directamente la persona natural o jurídica que
soportan la carga tributaria, quien paga el impuesto es el mismo sujeto que lo genera.
Los ingresos tributarios indirectos están compuestos por el impuesto de industria y comercio, el
impuesto de avisos y tableros, el impuesto de espectáculos públicos, el impuesto de degüello de
ganado menor, la ocupación del espacio público entre otros. “Los impuestos tributarios indirectos son
percibidos por el Estado de personas intermediarias de personas que trasladan el tributo a otras que
finalmente son quienes soportan la carga. Quien le paga al Estado y soporta el tributo pueden ser
personas diferentes” (Velasco, 2016, p. 187).
Ilustración 5 Histórico Ingresos Tributarios Ultimas Cinco Vigencias Fiscales
Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales entidad y operaciones efectivas de caja DNP
Se aprecia en la gráfica anterior el comportamiento de los ingresos tributarios de las vigencias
anteriores, incluida la vigencia 2018. Se puede considerar un aumento esta última vigencia frente a
2017 y 2016.
3,050,066 3,024,6673,352,632
4,025,841
4,477,636
INGRESOS TRIBUTARIOS
2014 2015 2016 2017 2018
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2.1.4 Ingresos No Tributarios
Son recursos que proceden de diferentes fuentes y dentro de esta clasificación que define el Decreto
111 de 1996, se encuentran las tasas, las contribuciones especiales, las contribuciones parafiscales,
las multas entre otros, así como las trasferencias del orden nacional procedentes del Sistema General
de Participaciones. Sin embargo y para este ejercicio las trasferencias del SGP se presentan en otro
acápite posterior.
Ilustración 6 Histórico de Ingresos No Tributarios Cinco Vigencias Fiscales
Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales entidad y operaciones efectivas de caja DNP
2.1.5 Ingresos del Sistema General de Participaciones
Los recursos del Sistema General de Participaciones corresponden a los dineros que transfiere la
Nación de conformidad con lo mandado por los artículos 356 y 357 de la Constitución Nacional y del
acto legislativo 01 de 2001 y 04 de 2007, a las entidades territoriales como departamentos, municipios,
resguardos indígenas; para el financiamiento de sectores como educación, salud, agua potable y
saneamiento básico y propósito general, en las competencias derivadas de la Ley 715 de 2001 y 1176
de 2007.
186,000 188,957
257,269
155,291
193,424
0
50,000
100,000
150,000
200,000
250,000
300,000
1.2. INGRESOS NO TRIBUTARIOS
INGRESOS NO TRIBUTARIOS
2014 2015 2016 2017 2018
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En este sentido, y de acuerdo a los estipulados definidos en el parágrafo transitorio 3 del artículo 4 del
Actos Legislativo 4 de 2007, que define el crecimiento del Sistema General de Participaciones, a partir
de 2017 el cual se calculara de la siguiente manera: “ El Sistema General de Participaciones de los
departamentos, distritos y municipios se incrementará anualmente en un porcentaje igual al promedio
de la variación porcentual que hayan tenido los ingresos corrientes de la Nación durante los cuatro (4)
años anteriores, incluido el correspondiente al aforo del presupuesto en ejecución.
Para efectos del cálculo de la variación de los ingresos corrientes de la Nación a que se refiere el
inciso anterior, estarán excluidos los tributos que se arbitres por medidas de estado de excepción salvo
que el Congreso, durante el año siguiente, les otorgue el carácter permanente…”. No obstante, la
asignación de recursos del SGP a las entidades territoriales puede variar de acuerdo con el
comportamiento anual de cada una de las variables de distribución definidas por la ley para la
respectiva participación sectorial o especial (Orientaciones para la programación y ejecución de los
recursos del Sistema General de Participaciones SGP, DNP, 2017).
Por lo anterior, el comportamiento de los recursos del Sistema General de Participaciones de las
últimas vigencias fiscales para el municipio de Moniquirá se presenta en el siguiente esquema gráfico:
Ilustración 7 Histórico de Recursos del Sistema General de Participaciones
Fuente: SICODIS DNP 2019
El grafico anterior refleja el ingreso de los recursos de las transferencias del Sistema de
Participaciones y los recursos de cofinanciación nacional como aquellos que financian entre otros, al
sector salud en lo referente a la cancelación del programa de régimen subsidiado en salud. En este
11,503,70712,147,086
14,831,852
16,326,19315,340,597
2014 2015 2016 2017 2018
4.2. TRANSFERENCIAS NACIONALES (SGP, etc.)
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gráfico se ve como el mayor ingreso se registró en la vigencia de 2017 con ($16.326.193) millones de
pesos, contrario a la vigencia 2014 con ingresos por la suma de ($ 11.503.707) millones de pesos; las
demás vigencias manejan unos ingresos similares sin mayor diferencia.
2.1.6 Recursos de Capital
Los recursos de capital de acuerdo los define el artículo 31 del Decreto 111 de 1996 o Estatuto
Orgánico de Presupuesto en los siguientes términos: “Los recursos de capital comprenderán: Los
recursos del balance, los recursos del crédito interno y externo con vencimiento mayor a un año de
acuerdo con los cupos autorizados por el Congreso de la República, los rendimientos financieros, el
diferencial cambiario originado por la monetización de los desembolsos del crédito externo y de las
inversiones en moneda extranjera, las donaciones, el excedente financiero de los establecimientos
públicos del orden nacional …..”.
En consecuencia, en esta fuente de ingresos se clasifican los recursos de saldos de vigencias
anteriores que como recursos del balance se adicionan al presupuesto de ingresos y gastos de la
entidad territorial. Así mismo, ingresan recursos por concepto de crédito en caso de que aplique a la
entidad, los recursos de cofinanciación de los niveles nacionales y departamentales destinados a
inversión. La característica de estos recursos es que no son recurrentes y su destinación al gasto se
enfoca específicamente a inversión.
En el siguiente esquema gráfico se presenta el comportamiento de estos recursos en las últimas
vigencias fiscales del Municipio de Moniquirá.
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Ilustración 8 Histórico del comportamiento de los Recursos de Capital
Fuente: Ejecuciones presupuestales secretaria de hacienda Moniquirá y operaciones efectivas de caja DNP
Se refleja en el esquema anterior, que en la vigencia 2018 ingresaron al municipio como recursos de
capital la suma de ($7.361.378) millones de pesos, compuestos por los recursos del balance, recursos
de cofinanciación departamental y nacional; así como los recursos de desahorro FONPET para
inversión, para cancelación de Bonos Pensionales y FOMAG sin situación de fondos; etc.
2.2 Análisis de Gatos
De acuerdo con el artículo 36 del Decreto 111 de 1996 “El presupuesto de gastos se compondrá de
los gastos de funcionamiento, del servicio de la deuda pública y de los gastos de inversión”.
“En el proyecto de presupuesto de inversión se indicarán los proyectos establecidos en el plan
operativo anual de inversión, clasificado según lo determine el Gobierno Nacional”.
En los mismos términos el artículo 38 al referirse al presupuesto de gastos establece que : “En el
presupuesto de gastos solo se podrán incluir apropiaciones que correspondan: a) A créditos
judicialmente reconocidos; b) A gastos decretados conforme a la Ley; c) Las destinadas a dar
cumplimiento a los planes y programas de desarrollo económico y social y a las de las obras públicas
de que tratan los artículos 339 y 341 de la Constitución Política, que fueren aprobados por el Congreso
Nacional….”etc.
4,216,826
6,942,880
4,480,522
5,222,482
7,361,378
2014 2015 2016 2017 2018
4. INGRESOS DE CAPITAL
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2.2.1 Gastos Totales
El análisis de estos recursos comprende la totalidad de los gastos de la entidad durante la respectiva
vigencia fiscal, incluyendo recursos de funcionamiento, recursos de inversión y servicio de la deuda
pública. En tal sentido, se presenta el siguiente gráfico que da cuenta de los gastos ejecutados en
cada año.
Ilustración 9 Histórico del comportamiento de los Gastos Totales
Fuente: Ejecuciones presupuestales Secretaria de Hacienda y operaciones efectivas de caja DNP
Se aprecia en el gráfico anterior como los gastos totales en la vigencia 2018 ascendieron a
($26.260.858) millones de pesos, indicando con esto que es la mayor inversión realizada durante esta
las cinco últimas vigencias fiscales, seguida de la inversión y el gasto de la vigencia 2015 con
($25.636.519) millones de pesos. Por el contrario, las vigencias de menor gasto e inversión
corresponden a la vigencia 2014 con ($21.958.098), y a la vigencia 2017 con ($24.228.403) millones
de pesos.
2.2.2 Gastos de funcionamiento
Los gastos de funcionamiento son aquellos que están destinados al cubrimiento de las necesidades
de los órganos que hacen parte de la administración municipal, para el caso se incluyen los gastos de
21,958,098
25,363,519
24,274,206 24,228,403
26,260,858
GASTOS TOTALES
GASTOS TOTALES
2014 2015 2016 2017 2018
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los organismos de control como La Personería Municipal y El Concejo Municipal dentro de los
parámetros previstos en el artículo 10 de la Ley 617 de 2000, y los gastos de la administración central.
Componen estos gastos, los de personal asociados a la nómina como salarios, vacaciones, primas
reglamentarias, auxilio de transporte, bonificaciones, servicios personales indirectos, contribuciones
inherentes a la nómina al sector público y privado, aportes a la seguridad social, gastos generales
entre otros.
Ilustración 10 Histórico comportamiento Gastos de Funcionamiento
Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales Secretaria de Hacienda y operaciones efectivas de caja
DNP
Referente a los gastos de funcionamiento se puede apreciar que la vigencia de mayor valor ejecutado
es el 2018 con la suma de ($4.153.488), frente a la vigencia 2014 con el mínimo de gastos por la suma
de ($2.435.898); esto reconoce el argumento anterior en lo referente al valor total de gastos por
vigencia fiscal.
2.2.3 Gastos de Inversión
Los gastos de inversión obedecen a los programas y proyectos definidos en el Plan Operativo Anual
de Inversión en función de la ejecución del Plan de Desarrollo Municipal. El Plan Operativo Anual de
Inversiones está definido en el artículo 8 del decreto 111 de 1996 en los siguientes términos: “El Plan
operativo anual de inversiones señalará los proyectos de inversión clasificados por sectores, órganos
2,435,898
2,903,3243,163,669 3,041,393
4,153,488
2.1. FUNCIONAMIENTO
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
2014 2015 2016 2017 2018
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y programas. Estos proyectos deben estar debidamente incluidos en el Banco de Programas y
Proyectos de la entidad”.
Ilustración 11 Histórico Gastos de Inversión
Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales Secretaria de Hacienda y operaciones efectivas de caja DNP
De acuerdo con el gráfico anteriormente presentado el mayor gasto en inversión social se llevó a cabo
en la vigencia 2015 con ($22.439.115) millones de pesos, seguida de la vigencia 2018 con una
inversión por la suma de ($ 21.653.622) millones de pesos. Este análisis confirma el anterior
planteamiento cuando se habla de la mayor inversión en gastos totales en las vigencias 2015 y 2018
como los años de mayor gasto en el municipio. El comportamiento de la vigencia 2016 y 2017 es muy
similar, y la vigencia 2014 la de menor inversión con ($19.491.463) millones de pesos.
2.2.4 Servicio de la deuda
En el presupuesto de gastos también se incluyen los recursos que soportan la deuda pública de las
entidades territoriales cuando esta tiene obligaciones o acreencias con bancos a título de deuda
pública. El municipio de Moniquirá ha contado con la financiación de una deuda la cual se terminó de
pagar durante la vigencia de 2018, quedando el municipio a paz y salvo por este concepto con la
banca nacional.
19,491,463
22,439,115
21,109,136 21,179,274
21,653,622
5. GASTOS DE CAPITAL (INVERSION)
GASTOS DE INVERSION
2014 2015 2016 2017 2018
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2.2.5 Análisis de la estructura organizacional
El municipio de Moniquirá ha contado en las últimas vigencias con una planta de personal compuesta
por 48 cargos aprobados, distribuidos en 6 niveles de ocupación, vinculados por carrea administrativa
24, de libre nombramiento y remoción 10, de periodo 3 y trabajadores oficiales 14. El valor mensual
de la nómina del personal de la administración central asciende a la suma de Ciento Dieciséis Millones
cincuenta y un mil quinientos sesenta y siete pesos ($ 116.051.567).
Así mismo, dentro de su nómina de personal cuenta con 26 pensionados los cuales reciben un salario
mensual de conformidad con la Ley y con los actos administrativos en los cuales se les declaró la
pensión. El valor de la nómina mensual de pensionados asciende a la suma de Veinticinco millones
cuarenta mil trescientos siete pesos ($ 25.040.307).
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3 CONTENIDOS DEL MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO
3.1 Informe de resultados fiscales de la vigencia fiscal anterior
De acuerdo con el análisis del capítulo anteriormente descrito, el informe de resultados en materia
fiscal de la vigencia 2018 se podría expresar sobre los siguientes considerandos.
3.1.1 En materia de Ingresos.
A manera general, se estimaron unos ingresos que podrían ingresar a la entidad territorial durante la
vigencia fiscal de 2018 por cada una de las fuentes de financiación, como ingresos corrientes dentro
de los que se tiene los ingresos tributarios directos como el impuesto predial unificado e indirectos
como el impuesto de industria y comercio, avisos y tableros, impuesto de vehículos, ocupación de
vías, sobretasa a la gasolina, entre otros.
Así mismo, se proyectaron ingresos no tributarios como los recursos del Sistema General de
Participaciones de Libre Destinación y los recursos de transferencias derivadas de la Ley 99 de 1993;
igual que recursos tributarios como tasas, rentas contractuales, multas y sanciones y venta de bienes
y servicios. Estos recursos al igual que los enunciados en el anterior párrafo corresponden a ingresos
corrientes de libre destinación sobre los cuales se establece como máximo un tope del 80% para
gastos de funcionamiento, de conformidad con los límites de gastos reglado por la Ley 617 de 2000.
En relación con los ingresos diferentes a los gastos de funcionamiento la entidad proyecto recursos
por concepto de ingresos tributarios directos los que provienen del impuesto predial, los recursos de
transporte de hidrocarburos; y las estampillas del orden municipal y departamental. De igual forma,
como ingresos no tributarios destinados a gastos de inversión se encuentran las transferencias del
nivel departamental como los convenios departamentales para alimentación escolar. Y por último
dentro de los recursos de Ingresos Corrientes están las Transferencias del Sistema General de
Participaciones en cada uno de los sectores de inversión definidos por la Ley 715 de 2001 y 1176 de
2007.
En conclusión, la entidad proyecto un estimado total de ($35.720.369.734,23) de los cuales ingresaron
a la entidad en la vigencia la suma de ($34.481.800.890.65), distribuidos en los siguientes
componentes.
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Tabla 3 Ingresos Vigencia Fiscal 2018
DENOMINACION Estimativo inicial Estimativo Final Reconocimientos Final
INGRESOS 22.380.811.017,00 35.720.369.734,23 34.481.800.890,65
INGRESOS CORRIENTES 22.357.811.017,00 25.905.429.148,27 26.749.366.000,79
INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACION 5.277.628.069,00 5.343.346.390,00 5.920.142.680,35
INGRESOS TRIBUTARIOS 3.845.500.000,00 3.886.665.447,00 4.477.636.885,13
IMPUESTOS DIRECTOS 1.900.000.000,00 1.900.000.000,00 2.261.044.587,00
IMPUESTOS INDIRECTOS 1.945.500.000,00 1.986.665.447,00 2.216.592.298,13
Industria y Comercio 450.000.000,00 450.000.000,00 517.156.342,13
Avisos y Tableros 67.500.000,00 67.500.000,00 34.386.167,00
Impuesto de Vehículos Automotores 80.000.000,00 80.000.000,00 53.306.810,00
Delineación Urbana, Estudios y Licencias Urbanísticas 180.000.000,00 180.000.000,00 322.461.915,00
Impuesto de Alumbrado Público 450.000.000,00 491.165.447,00 491.165.447,00
Impuesto de Espectáculos Púbicos 1.000.000,00 1.000.000,00 208.000,00
Ocupación de vías 1.000.000,00 1.000.000,00 3.028.510,00
Publicidad Exterior Visual 1.000.000,00 1.000.000,00 ,00
Sobretasa a la Gasolina 700.000.000,00 700.000.000,00 783.812.798,00
Otros Impuestos Tributarios 15.000.000,00 15.000.000,00 11.066.309,00
INGRESOS NO TRIBUTARIOS 1.432.128.069,00 1.456.680.943,00 1.442.505.795,22
TRANSFERENCIAS Y PARTICIPACIONES 1.230.728.069,00 1.255.280.943,00 1.255.272.410,00
SGP Propósito General Libre Destinación (42%) 1.224.528.069,00 1.249.080.943,00 1.249.080.943,00
Transferencias Eléctricas - Funcionamiento Ley 99 (10%)
6.200.000,00 6.200.000,00 6.191.467,00
TASAS 4.400.000,00 4.400.000,00 979.406,00
RENTAS CONTRACTUALES 165.000.000,00 165.000.000,00 134.481.978,12
MULTAS, SANCIONES E INTERESES 12.000.000,00 12.000.000,00 23.503.731,10
VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 20.000.000,00 20.000.000,00 28.268.270,00
INGRESOS CORRIENTES PARA GASTOS DIFERENTES A FUNCIONAMIENTO
17.080.182.948,00 20.562.082.758,27 20.829.223.320,44
INGRESOS TRIBUTARIOS 1.280.000.000,00 1.771.108.478,89 2.497.015.107,89
ESTAMPILLAS 280.000.000,00 340.925.568,00 732.128.994,00
INGRESOS NO TRIBUTARIOS 15.800.182.948,00 18.790.974.279,38 18.332.208.212,55
TRANSFERENCIAS DEL NIVEL NACIONAL 56.000.000,00 56.000.000,00 55.723.233,00
Trasferencias Eléctricas ISAGEN para Inversión 90% 56.000.000,00 56.000.000,00 55.723.233,00
TRANSFERENCIAS DEL NIVEL DEPARTAMENTAL 6.000.000,00 6.000.000,00 7.404.928,00
Impuesto del Tabaco y Cigarrillos (Transferencia Indeportes Ley 1289/2009)
6.000.000,00 6.000.000,00 7.404.928,00
CONVENIOS DEPARTAMENTALES 1.122.137.240,00 2.378.338.671,21 2.130.454.905,38
Convenios Alimentación Escolar (VF) 1.122.137.240,00 1.053.507.831,88 1.053.507.831,88
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DENOMINACION Estimativo inicial Estimativo Final Reconocimientos Final
SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 3.485.144.049,00 3.434.041.179,00 3.434.041.179,00
SGP EDUCACIÓN 828.187.766,00 725.120.045,00 725.120.045,00
SGP Educación Calidad Educativa 406.387.728,00 365.965.357,00 365.965.357,00
SGP Educación Matricula Oficial Gratuidad (SSF) 421.800.038,00 359.154.688,00 359.154.688,00
SGP Alimentación Escolar 77.933.360,00 90.942.264,00 90.942.264,00
SGP Apoyo Integral a la Primera Infancia 65.303.741,00 ,00 ,00
SGP Agua Potable y Saneamiento Básico 822.686.229,00 893.057.568,00 893.057.568,00
SGP PROPÓSITO GENERAL INVERSIÓN (58%) 1.691.032.953,00 1.724.921.302,00 1.724.921.302,00
SGP- PG. Deporte (4% de SGP -PG. Inversión) 57.986.146,00 53.558.299,00 53.558.299,00
SGP- PG. Cultura (3% de SGP -PG. Inversión) 43.476.109,00 40.168.724,00 40.168.724,00
SGP- PG. Otros Sectores (83% de SGP -PG. Inversión) 1.589.570.698,00 1.631.194.279,00 1.631.194.279,00
FONDOS ESPECIALES 100.000.000,00 100.000.000,00 175.531.000,00
Contribución sobre Contratos de Obra Pública (Fondo de Seguridad Ley 418 de 1997)
100.000.000,00 100.000.000,00 175.531.000,00
FONDO LOCAL DE SALUD 11.030.901.659,00 12.476.784.429,17 12.518.052.967,17
REGIMEN SUBSIDIADO 10.835.860.454,00 11.928.268.712,96 11.933.434.571,96
SALUD PUBLICA 164.041.205,00 281.930.745,00 284.581.327,00
OTROS GASTOS EN SALUD 31.000.000,00 266.584.971,21 300.037.068,21
RECURSOS DE CAPITAL 23.000.000.00 7.502.068.323,38 7.631.378.826,25
Fuente: Ejecución presupuestal de ingresos vigencia 2018, Secretaria de Hacienda
Analizando la tabla anterior y comparando los ingresos inicialmente proyectados como presupuesto
inicial, con los recaudos definitivos que ingresaron a la entidad, el aumento fue del 35.09%. Ahora, la
proporción de recursos ingresados frente a la proyección estimada final es del 96.53% del total de la
proyección estimada final. En conclusión, los ingresos adicionados al presupuesto inicial corresponden
a la suma de ($15.143.682.968,86), una reducción por valor de ($1.804.124.251,63).
3.1.2 En materia de gastos
Los gastos de la vigencia 2018 ascienden a la suma de ($29.260.858.799,18) distribuidos en gastos
de funcionamiento y gastos de inversión así: Los gastos de alcaldía tuvo unos gastos por la suma de
($3.836.165.897,14), los gastos del concejo municipal fueron de ($201.524.776,00) y la personería
municipal por la suma de ($115.797.370,07).
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Tabla 4 Gastos de funcionamiento vigencia 2018
CONCEPTO APROPIACION DEFINITIVA ONBLIGACIONES GASTOS 35.720.369.734,23 29.260.858.766,18
GASTOS FUNCIONAMIENTO 4.416.235.082,00 4.153.488.043,21
ALCALDÍA MUNICIPAL 4.083.573.510,00 3.836.165.897,14
CONCEJO MUNICIPAL 215.475.272,00 201.524.776,00
PERSONERIA MUNICIPAL 117.186.300,00 115.797.370,07
Fuente: Ejecución presupuestal ingresos Secretaria de Hacienda
En inversión social el municipio distribuyó los gastos en los diferentes sectores de inversión atacando
las necesidades de la población y buscando el logro de metas propuestas para la vigencia, en el Plan
de Desarrollo 2016-2019. Esta inversión se refleja en el siguiente cuadro que compila el gasto por
cada sector de inversión.
Tabla 5 Gastos de Inversión Vigencia Fiscal de 2018
CONCEPTO APROPIACION DEFINITIVA
ONBLIGACIONES
GASTOS DE INVERSIÓN 27.408.077.276,29 21.912.539.873,54
EDUCACIÓN 1.807.868.389,54 1.349.697.588,10
ALIMENTACIÓN ESCOLAR 2.083.983.142,89 2.059.242.788,00
FONDO LOCAL DE SALUD 12.476.784.429,17 12.116.261.364,96
AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO 1.601.589.418,36 857.586.289,26
CULTURA 558.257.556,00 436.418.048,00
RECREACIÓN Y DEPORTES 384.927.157,00 381.727.157,00
OTROS SECTORES 8.493.899.421,33 4.711.606.638,22
EQUIPAMIENTO MUNICIPAL 1.427.998.477,00 816.936.036,00
DESARROLLO INSTITUCIONAL 1.256.000.000,00 1.054.138.238,45
VIVIENDA 260.000.000,00 3.066.667,00
MEDIO AMBIENTE 583.946.430,66 524.488.075,00
ATENCION A GRUPOS VULNERABLES- PROMOCIÓN SOCIAL- NIÑEZ, INFANCIA, ADOLESCENCIA Y JUVENTUD
1.209.206.134,26 502.880.857,45
PROMOCIÓN DEL DESARROLLO 10.000.000,00 ,00
DESARROLLO AGROPECUARIO 375.851.280,00 325.847.420,00
SECTOR TRANSPORTE 2.243.833.051,41 888.041.066,48
PREVENCIÓN DE DESASTRES 561.478.429,00 222.420.036,84
JUSTICIA, SEGURIDAD Y CONVIVENCIA 466.585.619,00 288.442.923,00
DESARROLLO COMUNITARIO 64.000.000,00 59.945.318,00
GESTION Y GERENCIA DEL TURISMO 35.000.000,00 25.400.000,00
Fuente: Ejecución presupuestal gastos Secretaria de Hacienda
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Los recursos invertidos en la deuda pública en la vigencia 2018 se presentan en la siguiente tabla:
Tabla 6 Recursos Invertidos en deuda pública vigencia 2018
SERVICIO DE LA DEUDA 33.880.492,00 33.880.492,00
SERVICIO DE DEUDA 33.880.492,00 33.880.492,00
Amortizaciones 33.333.520,00 33.333.520,00
Intereses 546.972,00 546.972,00
Fuente: Ejecución presupuestal gastos Secretaria de Hacienda
3.2 Estimación del costo fiscal de las exenciones tributarias
La exención es una figura jurídica tributaria establecida en la ley, que tiene como principio la liberación
total o parcial de la obligación de pago de un impuesto previamente establecido, atendiendo a razones
de equidad o de política económica.
“Concretamente, a través de las exenciones tributarias, el legislador impide el nacimiento de la
obligación tributaria en relación con determinados sujetos o disminuye la cuantía de esta, por
consideraciones de política fiscal. Así, si bien en principio, respecto del contribuyente, se concreta el
hecho generador del tributo, éste se excluye de forma anticipada de la obligación tributaria, por
disposición legal1, mediante una técnica de desgravación que le permite al legislador ajustar la carga
tributaria, de manera que consulte los atributos concretos del sujeto gravado o de la actividad sobre la
que recae la obligación tributaria, siempre con sujeción a criterios razonables y de equidad fiscal2.”
(Sentencia C-748 de 2009 MP- Rodrigo Escobar Gil)
Dentro de la citada Sentencia se establece que las exenciones hacen parte de la política fiscal, también
están cobijadas por los principios de legalidad y certeza tributaria. Por lo anterior los elementos
principales de cualquier exención deben estar definidos por el legislador, las asambleas
departamentales o los concejos municipales a iniciativa del ejecutivo teniendo en cuenta el artículo
154 de la norma superior.
Al respecto la sentencia en mención establece lo siguiente: “Esta Corporación, en reiteradas
oportunidades, ha establecido que, así como el legislador goza de amplia potestad de configuración
normativa para establecer tributos y definir sus elementos esenciales, es natural que, de la misma
forma, goce del poder suficiente para consagrar beneficios tributarios, por razones de política
económica o para realizar la igualdad real y efectiva en materia fiscal3.”
1 Cfr. Corte Constitucional, Sentencia C-804 de 2001. 2 Cfr. Corte Constitucional, Sentencia C-511 de 1996. 3 Cfr. Corte Constitucional, Sentencias C-341 de 1998, y C-250 de 2003.
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Dentro de las exenciones tributarias que establece el Estatuto Tributario Acuerdo 011 de 2012, para el Municipio de Moniquirá se encuentran las siguientes:
3.2.1 Impuesto Predial Artículo 21 Acuerdo No 011 de 2012. “Exclusiones” estarán excluidos del impuesto predial unificado
los siguientes inmuebles:
1. Los predios beneficiados con la exclusión del impuesto en virtud de convenios o tratados
internacionales en los términos que señalen dichos convenios.
2. Los predios de propiedades de las misiones diplomáticas, embajadas o consulados
acreditadas en nuestro país.
3. Los inmuebles de propiedad de la iglesia católica y otras iglesias o templos diferentes a estas
reconocidas por el estado colombiano, destinados al culto de vivienda de las comunidades
religiosas, a las curias diocesanas y arquidiocesanas, casas episcopales y curales, y
seminarios conciliares.
4. Los predios que se encuentran definidos como parques naturales.
5. Los inmuebles de propiedad del municipio de Moniquirá a menos que se encuentren en
posesión o usufructo de particulares.
6. De acuerdo con el artículo 674 del código civil, los bienes de uso público con excepción de
las construcciones, edificaciones o cualquier tipo de mejora sobre los bienes de uso público
de la Nación, cuando estén en manos de particulares.
Artículo 22. Exoneración. Estarán exonerados del impuesto predial unificado los siguientes
inmuebles por el término de 5 años contados a partir del 2013.
Parágrafo. Los predios que estén ubicados en las reservas forestales del municipio de Moniquirá, los
cuales deben allegar la certificación de CORPOBOYACA, donde conste que el predio está incluido en
esa área que compone la reserva, así como de la Oficina de Planeación, y cuyo uso actual exclusivo,
sea para la conservación de las especies nativas y de bosques naturales.
La Oficina de Planeación Municipal deberá delimitar la zona e identificar los números prediales y las
áreas de cada predio a exonerar, con apoyo de la información expedida por CORPOBOYACA.
Incentivos por pronto pago. La secretaria de Hacienda efectuará descuentos por pronto pago para
el impuesto predial unificado. El pago oportuno del tributo se efectuará a más tardar el mes de Junio,
del año respectivo, sin embargo, se conceden los siguientes beneficios por pronto pago a los
contribuyentes que se encuentren a paz y salvo por las vigencias anteriores:
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1. Si se cancela entre los meses de enero a abril se obtiene un descuento del 15%
2. Si cancela en el mes de mayo, obtendrá un descuento del 10%
3. Si se cancela dentro del mes de junio se obtendrá un descuento del 5% y
4. Si se paga el mes de julio no habrá descuento el pago será neto, y a partir de agosto se
cancelarán intereses por mora.
3.2.2 Impuesto de Industria y Comercio
Artículo 44. Actividades excluidas del impuesto de industria y comercio. Son actividades no
sujetas al Impuesto de Industria y Comercio, las determinadas en el numeral 2 del artículo 259 del
Decreto ley 1333 de 1986 y normas concordantes. Cuando las entidades a que se refiere el literal d)
del numeral 2 del artículo 259 del Decreto Ley 1333 de 1986, realicen actividades industriales o
comerciales, serán sujetos del impuesto de industria y comercio en lo relativo a tales actividades. Son
excluidas las actividades que no son sujetos pasivos, no están gravadas o no tienen que presentar
declaraciones. Las actividades excluidas son:
1. La explotación de canteras y minas diferentes de sal, esmeraldas y metales preciosos
cuando las regalías y participaciones para el Municipio sean iguales o superiores a
lo que corresponda pagar por concepto de Industria y Comercio y de Avisos y
Tableros.
2. Las actividades realizadas por los establecimientos educativos públicos, entidades
de beneficencia, cultuales y deportivas, los sindicatos, las asociaciones de
profesionales y gremiales sin ánimo de lucro, los partidos políticos, las empresas
sociales del estado, los centros de salud y los hospitales públicos y gremiales
vinculados al Sistema Nacional de Salud.
3. La primera etapa de trasformación realizada en los predios rurales cuando se trate
de actividades de producción agropecuaria, con excepción de toda industria donde
haya proceso de trasformación por elemental que esta sea.
4. Producción primaria agrícola, avícola y ganadera
5. Producción destinada a las exportaciones.
Parágrafo. Cuando las entidades señaladas en el numeral 2 de este artículo realicen actividades
mercantiles (industriales o comerciales) serán sujetos del impuesto de industria y comercio en
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lo relativo a tales actividades. Para que dichas entidades puedan gozar del beneficio
presentarán a la Secretaría de Hacienda, certificado de cámara de comercio donde conste la
actividad sin ánimo de lucro.
Se entiende por primera etapa de trasformación de actividades de producción agropecuarias
aquellas en la cual no intervienen agentes externos mecanizados, tales como enfriamiento,
calentamiento, maquinado, lavado o secado de los productos agrícolas.
Declaración de Industria y Comercio y su complementario de avisos y tableros. Las personas Naturales
y Jurídicas o Asimiladas, Las Entidades Sin Ánimo de Lucro con régimen especial y demás entidades
que a 31 de diciembre de cada vigencia, que hayan sido clasificadas como Grandes Contribuyentes
por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, deberán
presentar la declaración del Impuesto de Industria y Comercio y su complementario de avisos y
tableros, de acuerdo a los ingresos brutos obtenidos en el año inmediatamente anterior con corte a
(31 de diciembre de 2018) en el formulario prescrito por la Secretaria de Hacienda Municipal en los
siguientes plazos.
PLAZOS PARA PRESENTAR EL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y SU COMPLEMENTARIO 2019
DEL 1 DE ENERO AL 30 DE ABRIL SIN SANCIONES
A PARTIR DEL 1 DE MAYO SANCIONES
3.2.3 Espectáculos Públicos
Artículo 75. Exclusión y exoneración espectáculos públicos
Están excluidas del impuesto municipal de espectáculos públicos las exhibiciones
cinematográficas establecidas por el artículo 22 de la Ley 814 de 2003.
Estas exoneraciones del pago del impuesto de espectáculos públicos a los eventos que tengan
como fin captar recursos destinados a obras de beneficio social para los sectores vulnerables
de la población del Municipio definidos por la administración, y aquellos realizados por Comités
de Acción Social del Municipio y/o de la Primera Dama y/o gestión social.
3.2.4 Exenciones de la estampilla pro cultura
Parágrafo del Artículo 109. Se exceptúan del uso de la estampilla pro cultura, los convenios
interadministrativos celebrados directamente con entes descentralizados del municipio, con
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otros Municipios, con el Departamento o con la Nación, los contratos de empréstito, los
contratos de seguros y los contratos del régimen de seguridad social en salud.
Se excluyen del cobro de la estampilla por solicitud de constancias a las entidades públicas del
orden nacional, departamental y municipal, y a su vez a los dignatarios de las Juntas de Acción
Comunal, Comuneros, Veedores y Jueces de Paz y reconsideración, en el ejercicio de sus
funciones y el interés general.
3.2.5 Excepciones de la estampilla adulto mayor
Se exceptúan del uso de la estampilla pro-anciano, los convenios interadministrativos
celebrados directamente con entes descentralizados del Municipio, con otros Municipios, con el
Departamento o con la Nación, los contratos de empréstito, los contratos de seguros y los
contratos del Régimen de Seguridad Social en Salud.
3.2.6 Exenciones del Impuesto de Hidrocarburos
De este impuesto quedan exceptuados los oleoductos de uso privado para el servicio exclusivo
de explotación de petróleo de propiedad particular; pero en caso de que estos trasporten
petróleo de terceros se causará el impuesto ya establecido, pero solo sobre el volumen de
petróleo trasportado a dichos terceros.
Relacionar en anexo No. 1 los Actos Administrativos, la fecha de expedición, el tiempo de duración, la
estimación del costo fiscal y los demás efectos sobre los ingresos de la ET.
3.3 Relación de los pasivos exigibles y de los pasivos contingentes que pueden afectar la situación
financiera de la entidad territorial
Con la expedición de la Ley 819 de 2003 se deben incluir los pasivos dentro del Marco Fiscal de Mediano Plazo
como un componente necesario para tomar determinación en el entendido del manejo presupuestal a que haya
lugar.
“La adecuada gestión de las obligaciones contingentes es fundamental de los principios de disciplina fiscal,
sostenibilidad de la deuda, reducción del riesgo fiscal, defensa jurídica y transparencia en la administración de
los recursos públicos y para efectos del MFMP es necesario identificar, valorar, mitigar y establecer control y
seguimiento de estas obligaciones (valoración de los compromisos fiscales y presupuestales), en especial los
pasivos contingentes originados por las garantías otorgadas en operaciones de crédito público, contratos de
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participación público privada y por los procesos judiciales en contra que comúnmente se denominan sentencias
y conciliaciones.
En los pasivos contingentes el valor depende de la ocurrencia de hechos futuros e inciertos, que a su vez
pueden ser endógenos o exógenos respecto a quien responde por esa contingencia. En los análisis fiscales
generalmente sólo se incluyen los pasivos tradicionales como la deuda y cuentas por pagar, sin incluir el análisis
el impacto de la materialización de alguna obligación contingente, dado su difícil valoración o porque sus efectos
fiscales sólo se reflejan en el momento en que se presenta la contingencia.
Los pasivos exigibles, se originan principalmente en sentencias y/o conciliaciones por diversos pleitos, ya sea
laboral, contractual. De acuerdo con la valoración hecha por el propio municipio, se ha estimado pasivos
contingentes y exigibles con el siguiente detalle” (Marco Fiscal de Mediano Plazo, 2018-2027), sentencias
judiciales falladas que obedecen principalmente a fallos judiciales generados por algún tipo de incumplimiento
por parte de la administración municipal.
Y los pasivos contingentes del sector central que pueden ser generadas por un hecho a futuro incierto, hechos
sometidas a alguna condición en particular
3.3.1 Pasivos ciertos o exigibles
Tabla 7 Relación de Pasivos del Municipio de Moniquirá
DEMANDANTE DESCRICPION INSTANCIA DEL
PROCESO
PRETENCION FECHA DE LA
DEMANDA
VALOR PRESENTE
DE LA PRETENCION
VALOR FUTURO DE
LA PRETENCION
MONITUR REPARACION DIRECTA
SEGUNDA INSTANCIA
5.000.000 02/12/2014 1.974.764 1.687.296
HERNANDO WALTEROS
REPARACION DIRECTA
PRIMERA INSTANCIA
1.162.600.000 05/07/2016 326.525.708 392.330.066
MUNICIPIO DE MONIQUIRA
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO
DE DERECHOS
PRIMERA INSTANCIA
35.000.000 01/09/2016 9.768.962 11.811.072
MIGUEL ANGEL RAMOS AVILA
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO
DE DERECHOS
SEGUNDA INSTANCIA
51.547.303 09/10/2013 14.903.663 18.814.553
LUIS ORACIO ROCERO OBANDO
ACCION POPULAR PRIMERA INSTANCIA
14/12/2007
RUBEN DARIO PACHECO MERCHAN
ACCION POPULAR PRIMERA INSTANCIA
05/05/2010
OMAIRA RODRIGUEZ
RUEDA
ACCION POPULAR PRIMERA INSTANCIA
23/04/2010
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DEMANDANTE DESCRICPION INSTANCIA DEL
PROCESO
PRETENCION FECHA DE LA
DEMANDA
VALOR PRESENTE
DE LA PRETENCION
VALOR FUTURO DE
LA PRETENCION
JOSE ELIADES BELTRAN
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO
DE DERECHOS
PRIMERA INSTANCIA
80.000.000 27/11/2013 22.123.664 30.367.656
COOPERATIVA PANELEROS
COOOPERADOS MONIQUIRA
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO
DE DERECHOS
SEGUNDA INSTANCIA
25.000.000 18/12/2014 7.759.381 8.112.000
DORA CECILIA SANCHEZ
ESTUPIÑAN
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO
DE DERECHOS
PRIMERA INSTANCIA
6.809.475 23/03/2014 1.934.197 2.485.430
MIYRIAM MERCEDES VELANDIA
BERNAL
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO
DE DERECHOS
PRIMERA INSTANCIA
3.301.158 10/12/2015 1.025.479 1.029.961
MARTIN CEPEDA
FONSECA
ACCION POPULAR PRIMERA INSTANCIA
23/04/2010
FABIO EDUARDO VALBUENA MORENO
ACCION POPULAR PRIMERA INSTANCIA
28/09/2011
DEFENSORIA DEL PUEBLO REGIONAL BOYACA
ACCION POPULAR PRIMERA INSTANCIA
04/09/2014
MANUEL SILVESTRE ALARCON
ACCION POPULAR PRIMERA INSTANCIA
27/07/2009
GLORIA OLIVA CASTRO
VELAZQUES
EJECUTIVO PRIMERA INSTANCIA
217.699 15/06/2015 66.281 70.639
MARCOS ENRIQUE SUAREZ
FAJARDO
EJECUTIVO PRIMERA INSTANCIA
12.248.071 10/03/2010 3.623.610 5.028.699
MARTIN HERNAN PEREZ
CUERVO
EJECUTIVO PRIMERA INSTANCIA
3.837.000 12/11/2008 1.105.449 1.703.909
ADELAIDA GUZMAN
GUERRERO
REPARACION DIRECTA
SEGUNDA INSTANCIA
800.000.000 27/02/2013 219.060.316 315.823.627
MUNICIPIO DE MONIQUIRA
ACCION DE LESIVIDAD
SEGUNDA INSTANCIA
08/05/2013
MUNICIPIO DE MONIQUIRA
CONTROVERSIAS CONTRACTUALES
PRIMERA INSTANCIA
18/03/2015
MUNICIPIO DE MONIQUIRA
ACCION DE REPETICION
PRIMERA INSTANCIA
50.000.000 11/02/2016 14.263.422 16.872.960
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DEMANDANTE DESCRICPION INSTANCIA DEL
PROCESO
PRETENCION FECHA DE LA
DEMANDA
VALOR PRESENTE
DE LA PRETENCION
VALOR FUTURO DE
LA PRETENCION
MUNICIPIO DE MONIQUIRA
EJECUTIVO PRIMERA INSTANCIA
24.199.361 14/04/2016 7.533.515 7.432.675
DISTRITOS Y MUNICIPIOS
DE COLOMBIA
ACCION DE GRUPO PRIMERA INSTANCIA
EDGAR ARIZA ULLOA
NULIDAD PRIMERA INSTANCIA
16/12/2015
MINISTERIO DE SALUD Y
PROTECCION SOCIAL
COBRO COACTIVO PRIMERA INSTANCIA
85.000.000 17/03/2015 25.125.767 28.684.032
CLAUDIA PATRICIA
MENDOZA MESA
EJECUTIVO PRIMERA INSTANCIA
25.000.000 07/09/2016 7.252.266 8.112.000
MINISTERIO DE SALUD Y
PROTECCION SOCIAL
COBRO COACTIVO PRIMERA INSTANCIA
304.000.000 22/11/2013 87.479.706 110.958.745
Fuente Asesor Jurídico 2019
3.4 Costo fiscal de los proyectos de ordenanza o acuerdo sancionados en la vigencia fiscal anterior
En la siguiente tabla se presenta la relación de los Acuerdos aprobados por el Concejo Municipal en
la vigencia 2018.
Tabla 8 Costo Fiscal de Acuerdos Vigencia 2018
No de Acuerdo
Título Efecto Fiscal
001 Por el cual se adicionan las reservas presupuestales constituidas de la vigencia 2017 para ser ejecutadas en la vigencia 2018, al presupuesto de ingresos y gastos vigencia fiscal 2018, Municipio de Moniquirá-Boyacá.
Efecto Fiscal periodo determinado
002 Por el cual se adicionan recursos para garantizar la prestación de los servicios en salud Régimen Subsidiado vigencia 2018 y recursos procedentes del FONPET para pago de mesadas pensionales y Bono Pensional, y se crean rubros, al presupuesto de ingresos y gastos de la vigencia fiscal de 2018 del Municipio de Moniquirá
Efecto Fiscal periodo determinado
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No de Acuerdo
Título Efecto Fiscal
003 “Por medio del cual se autoriza al Alcalde Municipal de Moniquirá- Boyacá, para asumir compromisos que afectan la vigencia fiscal 2019, bajo la modalidad de vigencia futura ordinaria, para la ejecución de un proyecto de inversión con recursos provenientes del Convenio 616 FIT 2017 suscrito con el departamento administrativo para la Prosperidad Social
Efecto Fiscal periodo determinado
004 Por el cual se adiciona la última doceava vigencia fiscal 2017 al presupuesto de ingresos y gastos vigencia fiscal 2018, municipio de Moniquirá-Boyacá.
Efecto Fiscal periodo determinado
005 Por medio del cual se autoriza el incremento del salario mensual del Alcalde Municipal y Moniquirá- Boyacá y se dictan otras disposiciones.
Efecto Fiscal periodo determinado
006 Por el cual se efectúa un traslado dentro del presupuesto de gatos e inversiones vigencia fiscal 2018, Municipio de Moniquirá-Boyacá.
Efecto Fiscal periodo determinado
007 Por el cual se adiciona al presupuesto de ingresos y gastos vigencia fiscal 2018, recursos sin situación de fondos procedentes del FONPET para cancelación de un Bono Pensional.
Efecto Fiscal periodo determinado
008 Por medio del cual se adicionan los recursos del Balance y se crean nuevos rubros en el presupuesto de ingresos y gastos de la vigencia fiscal de dos mil dieciocho (2018) del Municipio de Moniquirá-Boyacá
Efecto Fiscal Predeterminado
009 “Por medio del cual se modifica el Acuerdo 014 de 1995 y se deroga el Acuerdo 004 de 1998 (Consejo Territorial de Planeación)
No tiene Efectos Fiscales
010 “Por medio del cual se realiza un crédito, un contra crédito y se crean rubros en el presupuesto de gastos del Municipio de Moniquirá-Boyacá, de la vigencia fiscal de 2018
No tiene Efectos Fiscales
011 Por medio del cual se crean rubros y se adicionan recursos correspondientes al ajuste de las once doceavas vigencia Fiscal de 2018, recursos procedentes de Transporte de Hidrocarburos y Recursos del FONPET por concepto de un Bono Pensional Sin Situación de Fondos al presupuesto
Efecto Fiscal Periodo Determinado
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No de Acuerdo
Título Efecto Fiscal
de Ingresos y Gastos vigencia fiscal de 2018, Municipio de Moniquirá-Boyacá
012 Por el cual se ajusta el Fondo Local de Salud en el presupuesto de Ingresos y Gastos de la vigencia de 2018 del Municipio de Moniquirá- Boyacá.
Efecto Fiscal Periodo Determinado
Fuente: Elaboración propia a partir de Informe Concejo Municipal
3.5 El Plan Financiero
EL Plan Financiero lo define el artículo 7 del Decreto 111 de 1996 en los siguientes términos: “Plan
Financiero es un instrumento de planificación y gestión financiera del sector público, que tiene como
base las operaciones efectivas de las entidades…tomará en consideración las previsiones de
ingresos, gastos, déficit y su financiación compatible con el programa anual de caja y las política
cambiaria y monetaria”. Por lo tanto, por medio de este instrumento es posible establecer el monto de
los recursos disponibles para la ejecución del Plan de Desarrollo y el monto total por año del periodo
de gobierno el cual se materializa en el Plan Operativo Anual de Inversiones.
Este elemento estratégico que hace parte del Marco Fiscal de Mediano Plazo es un componente más
del sistema presupuestal que sirve de base para la proyección del presupuesto anual y el Plan
Operativo Anual de Inversiones; es por esta razón que debe ser aprobado por el órgano de política
fiscal al tiempo con la presentación ante el Concejo Municipal del presupuesto para la siguiente
vigencia fiscal.
El Plan Financiero consiste en la estimación de ingresos y gastos, sin dejar de lado las condiciones
particulares de la entidad territorial en el entendido de considerar los pasivos que tiene el municipio,
hacer seguimiento a los procesos jurídicos en contra de la administración en todos los niveles, y tener
claridad en la estructura de ingresos y gastos, con el fin de establecer de manera clara el cumplimiento
de los límites de gastos de funcionamiento de conformidad con la Ley 617 de 2000 y la capacidad de
endeudamiento de la entidad y el sostenibilidad de la deuda pública de acuerdo con la Ley 388 de
1997 y Ley 819 de 2003.
El Plan Financiero se proyecta a 10 años de periodos fiscales, permitiendo con esto definir las políticas
que se deben adoptar tanto en ingresos como en gastos; y de ser necesario establecer un mecanismo
financiero en caso de alguna eventualidad que surja como consecuencia de algún imprevisto
financiero no contemplado.
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3.5.1 Estimación de los Ingresos
La proyección de los ingresos se estructura sobre el comportamiento histórico de los recursos propios
o fuentes endógenas de la entidad. La proyección de los recursos de fuentes exógenas como el
Sistema General de Participaciones se fundamenta en base en las políticas macroeconómicas del
Banco de la República, y la aplicación de los puntos porcentuales que éstas definan sobre el posible
crecimiento de la economía en los siguientes años.
Tabla 9 Proyección de Ingresos Totales
NOMBRE COMPLETO 2019 2020 2021 2022 2023 2024
INGRESOS 22.351.641.417 22.882.002.760 23.428.274.944 23.990.935.293 24.570.475.452 25.167.401.816
INGRESOS CORRIENTES 17.628.941.405 18.157.809.647 18.702.543.937 19.263.620.255 19.841.528.862 20.436.774.728
INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACION 6.082.099.175 6.264.562.150 6.452.499.015 6.646.073.985 6.845.456.205 7.050.819.891
RECURSOS DE CAPITAL 4.722.700.012 4.724.193.113 4.725.731.007 4.727.315.038 4.728.946.590 4.730.627.088
NOMBRE COMPLETO 2025 2026 2027 2028 2029 2030
INGRESOS 25.782.235.971 26.415.515.151 27.067.792.706 27.739.638.588 28.431.639.846 29.144.401.142
INGRESOS CORRIENTES 21.049.877.970 21.681.374.309 22.331.815.538 23.001.770.005 23.691.823.105 24.402.577.798
INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACION 7.262.344.488 7.480.214.822 7.704.621.267 7.935.759.905 8.173.832.702 8.419.047.683
RECURSOS DE CAPITAL 4.732.358.001 4.734.140.842 4.735.977.168 4.737.868.584 4.739.816.742 4.741.823.344
3.5.1.1 Ingresos Corrientes de Libre Destinación - ICLD
Tabla 10 Proyección Ingresos Corrientes de Libre Destinación
INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACION 5.373.554.808 5.534.761.452 5.700.804.296 5.871.828.425 6.047.983.277 6.229.422.776
INGRESOS TRIBUTARIOS 3.902.138.671 4.019.202.831 4.139.778.916 4.263.972.284 4.391.891.452 4.523.648.196
IMPUESTOS DIRECTOS 2.314.190.402 2.383.616.114 2.455.124.597 2.528.778.335 2.604.641.685 2.682.780.936
Impuesto Predial Unificado 2.061.438.455 2.123.281.609 2.186.980.057 2.252.589.459 2.320.167.142 2.389.772.157
Impuesto Predial Unificado Vigencias Anteriores 252.751.947 260.334.505 268.144.541 276.188.877 284.474.543 293.008.779
IMPUESTOS INDIRECTOS 1.587.948.269 1.635.586.717 1.684.654.319 1.735.193.948 1.787.249.767 1.840.867.260
Industria y Comercio 499.075.292 514.047.551 529.468.977 545.353.047 561.713.638 578.565.047
Avisos y Tableros 53.273.688 54.871.899 56.518.056 58.213.597 59.960.005 61.758.805
Impuesto de Vehículos Automotores 25.123.804 25.877.518 26.653.844 27.453.459 28.277.063 29.125.375
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Delineación Urbana, Estudios y Licencias Urbanísticas 132.933.379 136.921.380 141.029.022 145.259.892 149.617.689 154.106.220
Impuesto de Alumbrado Público 244.494.020 251.828.841 259.383.706 267.165.217 275.180.174 283.435.579
Impuesto de Espectáculos Púbicos 1.000.000 1.030.000 1.060.900 1.092.727 1.125.509 1.159.274
Ocupación de vías 1.578.788 1.626.152 1.674.936 1.725.184 1.776.940 1.830.248
Publicidad Exterior Visual 0 0 0 0 0 0
Sobretasa a la Gasolina 619.071.000 637.643.130 656.772.424 676.475.597 696.769.865 717.672.960
Otros Impuestos Tributarios 11.398.298 11.740.247 12.092.455 12.455.228 12.828.885 13.213.752
INGRESOS NO TRIBUTARIOS 1.471.416.137 1.515.558.621 1.561.025.379 1.607.856.141 1.656.091.825 1.705.774.580
TRANSFERENCIAS Y PARTICIPACIONES 1.292.930.582 1.331.718.500 1.371.670.055 1.412.820.156 1.455.204.761 1.498.860.904
SGP Propósito General Libre Destinación (42%) 1.286.553.371 1.325.149.972 1.364.904.472 1.405.851.606 1.448.027.154 1.491.467.969
Transferencia Eléctrica - Funcionamiento Ley 99 (10%) 6.377.211 6.568.527 6.765.583 6.968.551 7.177.607 7.392.935
TASAS 1.008.788 1.039.052 1.070.223 1.102.330 1.135.400 1.169.462
Subdivisión de Predios 0 0 0 0 0 0
Guías de Movilización de Ganado 0 0 0 0 0 0
Propaganda y Perifoneo 1.008.788 1.039.052 1.070.223 1.102.330 1.135.400 1.169.462
RENTAS CONTRACTUALES 99.852.804 102.848.388 105.933.840 109.111.855 112.385.211 115.756.767
Arrendamiento Bienes Inmuebles 37.685.921 38.816.499 39.980.994 41.180.423 42.415.836 43.688.311
Alquiler de Maquinaria 3.265.883 3.363.859 3.464.775 3.568.719 3.675.780 3.786.053
Plaza de Mercado 58.901.000 60.668.030 62.488.071 64.362.713 66.293.594 68.282.402
MULTAS, SANCIONES E INTERESES 48.507.644 49.962.873 51.461.760 53.005.612 54.595.781 56.233.654
Multas de Gobierno 48.507.644 49.962.873 51.461.760 53.005.612 54.595.781 56.233.654
Multas Código Nacional de Policía 10.109.056 10.412.328 10.724.698 11.046.438 11.377.832 11.719.167
VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 29.116.318 29.989.808 30.889.502 31.816.187 32.770.673 33.753.793
Otros Ingresos por Venta de Bienes y Servicios 29.116.318 29.989.808 30.889.502 31.816.187 32.770.673 33.753.793
INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACION 6.416.305.459 6.608.794.623 6.807.058.461 7.011.270.215 7.221.608.322 7.438.256.571
INGRESOS TRIBUTARIOS 4.659.357.642 4.799.138.371 4.943.112.522 5.091.405.898 5.244.148.075 5.401.472.517
IMPUESTOS DIRECTOS 2.763.264.364 2.846.162.295 2.931.547.164 3.019.493.579 3.110.078.386 3.203.380.738
Impuesto Predial Unificado 2.461.465.321 2.535.309.281 2.611.368.559 2.689.709.616 2.770.400.905 2.853.512.932
Impuesto Predial Unificado Vigencias Anteriores 301.799.043 310.853.014 320.178.604 329.783.963 339.677.481 349.867.806
IMPUESTOS INDIRECTOS 1.896.093.278 1.952.976.076 2.011.565.358 2.071.912.319 2.134.069.689 2.198.091.779
Industria y Comercio 595.921.999 613.799.659 632.213.648 651.180.058 670.715.459 690.836.923
Avisos y Tableros 63.611.570 65.519.917 67.485.514 69.510.080 71.595.382 73.743.243
Impuesto de Vehículos Automotores 29.999.136 30.899.110 31.826.083 32.780.866 33.764.292 34.777.220
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Delineación Urbana, Estudios y Licencias Urbanísticas 158.729.406 163.491.289 168.396.027 173.447.908 178.651.345 184.010.886
Impuesto de Alumbrado Público 291.938.646 300.696.805 309.717.710 319.009.241 328.579.518 338.436.904
Impuesto de Espectáculos Púbicos 1.194.052 1.229.874 1.266.770 1.304.773 1.343.916 1.384.234
Ocupación de vías 1.885.155 1.941.710 1.999.961 2.059.960 2.121.759 2.185.412
Publicidad Exterior Visual 0 0 0 0 0 0
Sobretasa a la Gasolina 739.203.149 761.379.244 784.220.621 807.747.240 831.979.657 856.939.047
Otros Impuestos Tributarios 13.610.164 14.018.469 14.439.023 14.872.194 15.318.360 15.777.911
INGRESOS NO TRIBUTARIOS 1.756.947.817 1.809.656.252 1.863.945.939 1.919.864.317 1.977.460.247 2.036.784.054
TRANSFERENCIAS Y PARTICIPACIONES 1.543.826.731 1.590.141.533 1.637.845.779 1.686.981.152 1.737.590.587 1.789.718.305
SGP Propósito General Libre Destinación (42%) 1.536.212.008 1.582.298.368 1.629.767.319 1.678.660.338 1.729.020.149 1.780.890.753
Transferencias Eléctricas - Funcionamiento Ley 99 (10%) 7.614.723 7.843.165 8.078.460 8.320.814 8.570.438 8.827.551
TASAS 1.204.546 1.240.682 1.277.903 1.316.240 1.355.727 1.396.399
Subdivisión de Predios 0 0 0 0 0 0
Guías de Movilización de Ganado 0 0 0 0 0 0
Propaganda y Perifoneo 1.204.546 1.240.682 1.277.903 1.316.240 1.355.727 1.396.399
RENTAS CONTRACTUALES 119.229.470 122.806.354 126.490.545 130.285.261 134.193.819 138.219.633
Arrendamiento Bienes Inmuebles 44.998.961 46.348.929 47.739.397 49.171.579 50.646.727 52.166.128
Alquiler de Maquinaria 3.899.635 4.016.624 4.137.123 4.261.237 4.389.074 4.520.746
Plaza de Mercado 70.330.874 72.440.801 74.614.025 76.852.445 79.158.019 81.532.759
MULTAS, SANCIONES E INTERESES 57.920.664 59.658.284 61.448.032 63.291.473 65.190.217 67.145.924
Multas de Gobierno 57.920.664 59.658.284 61.448.032 63.291.473 65.190.217 67.145.924
Multas Código Nacional de Policía 12.070.742 12.432.864 12.805.850 13.190.025 13.585.726 13.993.298
VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 34.766.406 35.809.399 36.883.681 37.990.191 39.129.897 40.303.794
Otros Ingresos por Venta de Bienes y Servicios 34.766.406 35.809.399 36.883.681 37.990.191 39.129.897 40.303.794
Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales con corte septiembre 2019
3.5.1.2 Ingresos con Destinación Específica por Acto Administrativo
Tabla 11 Ingresos con destinación específica
INGRESOS CORRIENTES PARA GASTOS DIFERENTES A FUNCIONAMIENTO 10.762.655.424 11.085.535.087 11.418.101.139 11.760.644.174 12.113.463.499 12.476.867.404
INGRESOS TRIBUTARIOS DIRECTOS 1.319.717.996 1.359.309.536 1.400.088.822 1.442.091.487 1.485.354.231 1.529.914.858
Sobretasa Bomberil 210.726.992 217.048.802 223.560.266 230.267.074 237.175.086 244.290.339
Sobretasa Corporación Autónoma Regional 409.214.374 421.490.805 434.135.529 447.159.595 460.574.383 474.391.615
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Impuesto por Transporte de Oleoductos y Gaseoductos 348.354.812 358.805.456 369.569.620 380.656.709 392.076.410 403.838.702
Impuesto por Transporte de Oleoductos y Gaseoductos 351.421.818 361.964.473 372.823.407 384.008.109 395.528.352 407.394.203
ESTAMPILLAS 455.968.793 469.647.857 483.737.292 498.249.411 513.196.894 528.592.800
Estampilla Pro Cultura 139.816.489 144.010.984 148.331.313 152.781.253 157.364.690 162.085.631
Estampilla Pro Adulto Mayor 316.152.304 325.636.873 335.405.979 345.468.159 355.832.203 366.507.170
Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales 2019 corte septiembre
CONCEPTO 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030
INGRESOS TRIBUTARIOS DIRECTOS 2.093.394.786 2.156.196.629 2.220.882.528 2.287.509.00
4 2.356.134.27
4 2.426.818.302 2.499.622.851
Sobretasa Bomberil 218.900.196 225.467.202 232.231.218 239.198.155 246.374.099 253.765.322 261.378.282
Sobretasa Corporación Autónoma Regional 471.039.286 485.170.464 499.725.578 514.717.345 530.158.866 546.063.632 562.445.541
Impuesto por Transporte de Oleoductos y Gaseoductos 578.680.915 596.041.343 613.922.583 632.340.260 651.310.468 670.849.782 690.975.276
Impuesto por Transporte de Oleoductos y Gaseoductos 824.774.389 849.517.621 875.003.149 901.253.244 928.290.841 956.139.566 984.823.753
ESTAMPILLAS 874.200.307 900.426.316 927.439.105 955.262.278 983.920.147 1.013.437.751 1.043.840.884
Estampilla Pro Cultura 282.863.673 291.349.583 300.090.071 309.092.773 318.365.556 327.916.523 337.754.018
Estampilla Pro Adulto Mayor 591.336.634 609.076.733 627.349.035 646.169.506 665.554.591 685.521.228 706.086.865
Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales 2019 corte septiembre
3.5.1.3 Recursos Sistema General de Participaciones
Los recursos del Sistema General de Participaciones están determinados por la Ley 715 de 2001 y
1176 de 2007, que a partir de lo determinado en el Acto Legislativo 04 de 2007 se definieron las reglas
para que las entidades territoriales contaran con un crecimiento anual de la base del Sistema General
de Participaciones así: “Entre el año 2011 y el año 2016 el incremento será igual a la tasa de inflación
causada, más una tasa de crecimiento real del 3%”. (Ministerio de Hacienda ,2016). Así miso, quedó
definido un crecimiento adicional para educación, y mediante el mismo Acto Legislativo se contempló
también que de acuerdo con el crecimiento de la economía sobre el 4% en la vigencia, se asignarán
recursos adicionales a las entidades territoriales para financiar los programas de Primera Infancia.
La Ley también define las competencias de las entidades territoriales en cada uno de los sectores de
inversión, así como la asignación y distribución de estos recursos y su respectiva destinación de
acuerdo con las competencias definidas. Con estos recursos, las entidades territoriales deben
financiar el sector Educación calidad, Educación gratuidad, Alimentación Escolar, Agua Potable y
Saneamiento Básico, Salud, Deporte y Recreación, Cultura y demás sectores de inversión contenidos
dentro del componente de Propósito General.
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Tabla 12 Proyección Recursos Sistema General de Participaciones
Nombre completo 2019 2020 2021 2022 2023 2024
SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 8.986.968.635 9.256.577.694 9.534.275.024 9.820.303.275 10.114.912.373 10.418.359.745
SGP EDUCACIÓN 695.078.873 715.931.239 737.409.176 759.531.452 782.317.395 805.786.917
SGP Educación Calidad Educativa 329.113.516 338.986.921 349.156.529 359.631.225 370.420.162 381.532.767
SGP Educación Matricula Oficial Gratuidad (SSF) 365.965.357 376.944.318 388.252.647 399.900.227 411.897.233 424.254.150
SGP Alimentación Escolar 99.339.704 102.319.895 105.389.492 108.551.177 111.807.712 115.161.943
SGP Apoyo Integral a la Primera Infancia 0 0 0 0 0 0
SGP Agua Potable y Saneamiento Básico 942.053.392 970.314.994 999.424.444 1.029.407.177 1.060.289.392 1.092.098.074
SGP PROPÓSITO GENERAL INVERSIÓN (58%) 2.118.075.807 2.181.618.081 2.247.066.624 2.314.478.622 2.383.912.981 2.455.430.370
SGP- PG. Deporte (4% de SGP -PG. Inversión) 74.753.870 76.996.486 79.306.381 81.685.572 84.136.139 86.660.223
SGP- PG. Cultura (3% de SGP -PG. Inversión) 56.065.403 57.747.365 59.479.786 61.264.180 63.102.105 64.995.168
SGP- PG. Otros Sectores (83% de SGP -PG. Inversión) 1.987.256.534 2.046.874.230 2.108.280.457 2.171.528.871 2.236.674.737 2.303.774.979
SGP Régimen Subsidiado Continuidad S.S.F 4.938.239.472 5.086.386.656 5.238.978.256 5.396.147.604 5.558.032.032 5.724.772.993
SALUD PUBLICA 194.181.387 200.006.829 206.007.033 212.187.244 218.552.862 225.109.448
NOMBRE COMPLETO 2025 2026 2027 2028 2029 2030 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 10.730.910.537 11.052.837.854 11.384.422.989 11.725.955.679 12.077.734.349 12.440.066.380
SGP EDUCACIÓN 829.960.525 854.859.340 880.505.121 906.920.274 934.127.882 962.151.719
SGP Educación Calidad Educativa 392.978.750 404.768.112 416.911.155 429.418.490 442.301.045 455.570.076
SGP Educación Matricula Oficial Gratuidad (SSF) 436.981.775 450.091.228 463.593.965 477.501.784 491.826.838 506.581.643
SGP Alimentación Escolar 118.616.802 122.175.306 125.840.565 129.615.782 133.504.255 137.509.383
SGP Apoyo Integral a la Primera Infancia 0 0 0 0 0 0
SGP Agua Potable y Saneamiento Básico 1.124.861.016 1.158.606.847 1.193.365.052 1.229.166.004 1.266.040.984 1.304.022.213
SGP PROPÓSITO GENERAL INVERSIÓN (58%) 2.529.093.282 2.604.966.080 2.683.115.062 2.763.608.514 2.846.516.770 2.931.912.273
SGP- PG. Deporte (4% de SGP -PG. Inversión) 89.260.030 91.937.831 94.695.966 97.536.845 100.462.950 103.476.839
SGP- PG. Cultura (3% de SGP -PG. Inversión) 66.945.023 68.953.374 71.021.975 73.152.634 75.347.213 77.607.630
SGP- PG. Otros Sectores (83% de SGP -PG. Inversión) 2.372.888.228 2.444.074.875 2.517.397.121 2.592.919.035 2.670.706.606 2.750.827.804
SGP Régimen Subsidiado Continuidad S.S.F 5.896.516.182 6.073.411.668 6.255.614.018 6.443.282.438 6.636.580.912 6.835.678.339
SALUD PUBLICA 231.862.731 238.818.613 245.983.171 253.362.667 260.963.547 268.792.453
Fuente: Elaboración propia a partir de datos SICODIS -DNP
El cuadro anterior presenta la proyección de los recursos del Sistema General de participaciones a
partir de las cifras de la presente vigencia fiscal. Vale la pena aclarar que se proyectó sobre el cálculo
inicialmente previsto por la Ley 715 de 2001; es decir aplicando lo definido hasta la vigencia 2016. No
obstante, el valor previsto para cada vigencia proyectada puede variar de acuerdo con las nuevas
reglas que definan para proyectar los recursos para las entidades territoriales.
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3.5.1.4 Recursos de Capital
La proyección de los recursos de capital está supeditada a los conceptos que lo integran, como por
ejemplo los recursos del balance, los recursos de cofinanciación y los recursos de crédito según
aplique y sea el caso. Por lo tanto, y para efectos del presente ejercicio de proyección se tomarán los
recursos del balance la presente vigencia, sin que esta acción quiera decir que sean estos recursos
aquellos con los que siempre se deba contar la entidad. También se tiene en cuenta los recursos de
desahorro del FONPET, y los rendimientos financieros que genera la entidad con las cuentas de ahorro
y corriente que generan rendimientos. No se incluyen los recursos de cofinanciación teniendo en
cuenta que son valores inciertos y que su ingreso no depende de la voluntad de la entidad, sino de la
gestión que se adelante para su financiación.
Tabla 13 Proyección Recursos de Capital
RECURSOS DE CAPITAL 3.860.077.129 3.861.570.230 3.863.108.124 3.864.692.155 3.866.323.707 3.868.004.205
RENDIMIENTOS DE OPERACIONES FINANCIERAS 49.770.032 51.263.133 52.801.027 54.385.058 56.016.610 57.697.108
RECURSOS DEL BALANCE 3.810.307.097 3.810.307.097 3.810.307.097 3.810.307.097 3.810.307.097 3.810.307.097
RECURSOS DE CAPITAL 3.869.735.118 3.871.517.959 3.873.354.285 3.875.245.701 3.877.193.859 3.879.200.461
RENDIMIENTOS DE OPERACIONES FINANCIERAS 59.428.021 61.210.862 63.047.188 64.938.604 66.886.762 68.893.364
RECURSOS DEL BALANCE 3.810.307.097 3.810.307.097 3.810.307.097 3.810.307.097 3.810.307.097 3.810.307.097
Fuente: Elaboración propia a partir de ejecuciones presupuestales 2019 corte septiembre
3.5.1.5 Sistema General de Regalías
Los recursos del Sistema General de Regalías provienen de lo reglado en la Ley 1530 de 2012 por la
cual se regula el Sistema General de Regalías, de conformidad con el artículo 360 de la Constitución
Nacional.
Por cuenta de la ley 1942 de 2018 se llevó a cabo la distribución y asignación de los recursos tanto en
presupuesto de ingresos como el gasto de los recursos del Sistema General de Regalías para el
siguiente bienio; en gastos de funcionamiento destinados al fortalecimiento de los Órganos Colegiados
de Decisión (OCAD), como también aquellos recursos destinados a inversión tanto en los fondos
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beneficiarios del Sistema General de Regalías, como los destinados al cubrimiento de las inversiones
de la entidades territoriales, municipios y departamentos.
Tabla 14 Proyección de recursos de Inversión SGR
Entidad Moniquirá - Boyacá
Fuente: Grupo GFT - DIFP Fecha Reporte: jueves, 22 de agosto de 2019
Concepto 2019 2020 2021 2022 2023 2024
ASIGNACIONES DIRECTAS (AD) $ 1.035.511 $ 1.034.127 $ 1.121.295 $ 1.185.817 $ 1.174.202 $ 1.232.149
FONDO DE DESARROLLO REGIONAL (FDR) $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0
+ Monto que podrá destinarse a compensar asignaciones directas 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
+ Monto para inversión regional 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
FONDO DE COMPENSACIÓN REGIONAL (FCR) $ 887.068.320 $ 911.743.010 $ 864.448.436 $ 838.668.665 $ 869.755.742 $ 850.049.128
+ Fondo de Compensación Regional (FCR) ->60% 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
+ Fondo de Compensación Regional (FCR) ->40% (Especificas) 887.068.320,00 911.743.010,00 864.448.436,00 838.668.665,00 869.755.742,00 850.049.128,00
FONDO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA E INNOVACION (FCTel) $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0
FONDO DE AHORRO Y ESTABILIZACION -FAE-(AHORRO) $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0
FONDO DE AHORRO PENSIONAL TERRITORIAL (FONPET) $ 128.095.779 $ 135.885.577 $ 122.473.441 $ 115.818.122 $ 125.040.451 $ 120.053.995
ASIGNACION PAZ $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0 $ 0
Total $ 1.016.199.610 $ 1.048.662.714 $ 988.043.172 $ 955.672.604 $ 995.970.395 $ 971.335.272
1. Concepto 2025 2026 2027 2028
2. ASIGNACIONES DIRECTAS (AD) $ 1.309.658 $ 1.340.753 $ 1.440.190 $ 1.525.581
3. FONDO DE DESARROLLO REGIONAL (FDR) $ 0 $ 0 $ 0 $ 0
4. + Monto que podrá destinarse a compensar asignaciones directas 0,00 0,00 0,00 0,00
5. + Monto para inversión regional 0,00 0,00 0,00 0,00
6. FONDO DE COMPENSACIÓN REGIONAL (FCR) $ 820.635.258 $ 821.748.932 $ 785.474.721 $ 760.579.136
7. + Fondo de Compensación Regional (FCR) ->60% 0,00 0,00 0,00 0,00
8. + Fondo de Compensación Regional (FCR) ->40% (Especificas) 820.635.258,00 821.748.932,00 785.474.721,00 760.579.136,00
9. FONDO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA E INNOVACION (FCTel) $ 0 $ 0 $ 0 $ 0
10. FONDO DE AHORRO Y ESTABILIZACION -FAE-(AHORRO) $ 0 $ 0 $ 0 $ 0
11. FONDO DE AHORRO PENSIONAL TERRITORIAL (FONPET) $ 112.409.730 $ 113.351.676 $ 103.989.936 $ 98.003.999
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12. ASIGNACION PAZ $ 0 $ 0 $ 0 $ 0
13. Total $ 934.354.646 $ 936.441.361 $ 890.904.847 $ 860.108.716
Fuente: SICODIS 2019 DNP
En la anterior tabla se presenta la proyección de los recursos del Sistema General de Regalías para
los próximos años. Esta proyección está sujeta a cambios y modificaciones en razón a la producción
del recurso y a la fluctuación del precio del crudo.
3.5.2 Estimación de los Gastos
La proyección de gastos se sustenta sobre el formato de la estructura del Plan Financiero suministrado
por el Ministerio de Hacienda para la vigencia 2018. El formato que corresponde al 2019 aún no ha
sido publicado por el Ministerio por lo tanto este formato puede variar en su contenido una vez sea
expedido para la formulación del Marco Fiscal de Mediano Plazo de la presente vigencia.
Indicar, para cada componente, los supuestos que sustentan las proyecciones del plan Financiero
contenido en la hoja “Plan Financiero” del archivo de Excel incluido en el Kit Financiero. Utilice un
Anexo No. 5 para indicar los supuestos (si es necesario).
3.5.3 Gastos de Funcionamiento
La proyección de gastos de funcionamiento de las próximas vigencias fiscales se programa con base
en los gastos que a la vigencia 2019 se han ejecutado con corte a septiembre. No obstante, los gastos
de funcionamiento de la vigencia anterior cobran cierta importancia, en razón a que es un referente a
tener en cuenta para regular los gastos a ejecutarse en las diferentes dependencias de la
administración municipal.
Otra situación para tener presente es el total de Ingresos Corrientes de Libre Destinación recaudados
por la administración municipal en la respectiva vigencia fiscal, con el fin de establecer el límite máximo
para tener en cuenta en la utilización de los recursos para el funcionamiento de la entidad. También
es importante tener presente el límite máximo de gasto de los organismos de control como la
Personería y el Concejo Municipal y en ese contexto tener presente lo reglado por el artículo 10 de la
Ley 617 de 2000. A continuación, se presenta la proyección de estos gastos teniendo en cuenta los
parámetros planteados anteriormente.
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Tabla 15 Proyección de Gastos de Funcionamiento
2019 2020 2021 2222 2223 2224
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 3.479.449.316 3.583.832.796 3.691.347.780 3.802.088.213 3.916.150.859 4.033.635.385
SERVICIOS PERSONALES 2.080.943.840 2.143.372.155 2.207.673.320 2.273.903.519 2.342.120.625 2.412.384.243
GASTOS GENERALES 494.478.485 509.312.839 524.592.225 540.329.991 556.539.891 573.236.088
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 243.769.165 251.082.240 258.614.707 266.373.148 274.364.343 282.595.273
FONPET BONOS PENSIONALES Y MESADAS PENSIONALES 333.416.016 343.418.497 353.721.052 364.332.683 375.262.664 386.520.544
CONCEJO MUNICIPAL 207.570.519 213.797.635 220.211.564 226.817.911 233.622.448 240.631.122
PERSONERIA MUNICIPAL 119.271.291 122.849.430 126.534.913 130.330.960 134.240.889 138.268.116
2225 2226 2227 2228 2229 2230
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 4.154.644.447 4.279.283.780 4.407.662.293 4.539.892.162 4.676.088.927 4.816.371.595
SERVICIOS PERSONALES 2.484.755.771 2.559.298.444 2.636.077.397 2.715.159.719 2.796.614.511 2.880.512.946
GASTOS GENERALES 590.433.170 608.146.166 626.390.551 645.182.267 664.537.735 684.473.867
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 291.073.131 299.805.325 308.799.485 318.063.469 327.605.373 337.433.535
FONPET BONOS PENSIONALES Y MESADAS PENSIONALES 398.116.160 410.059.645 422.361.434 435.032.277 448.083.245 461.525.743
CONCEJO MUNICIPAL 247.850.055 255.285.557 262.944.124 270.832.447 278.957.421 287.326.143
PERSONERIA MUNICIPAL 142.416.159 146.688.644 151.089.303 155.621.982 160.290.642 165.099.361
Fuente: Elaboración propia a partir de proyecciones MFMP
3.5.3.1 Metas de los límites del gasto de funcionamiento de la administración
Las metas límites de gastos de funcionamiento están definidas por la Ley 617 de 2000 en su artículo
6 que define el Valor máximo de los gastos de funcionamiento de los distritos y municipios en los
siguientes términos: “ Durante cada vigencia fiscal los gastos de funcionamiento de los distritos y
municipios no podrán superar como proporción de sus ingresos corrientes de libre destinación, los
siguientes: categoría especial límite 50%; Primera 65%; Segunda y Tercera 70%; y Cuarta, Quinta y
Sexta el 80%”. Por lo anterior y teniendo en cuenta que el Municipio de Moniquirá pertenece a la
categoría sexta, el límite de estos gastos es de máximo el 80% de sus Ingresos Corrientes de Libre
Destinación; los cuales se presentan en el siguiente cuadro.
Tabla 16 Proyección de Límite de Gastos de Funcionamiento
CUMPLIMIENTO DE LEY 617/2000 2019 2020 2021 2022 2023 2024
ICLD BASE PARA CALCULO LEY 617 7.368.652 7.589.711 7.817.403 8.051.924 8.293.480 8.645.017
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 3.479.449 3.583.532 3.691.347 3.802.088 3.916.150 4.033.635
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CUMPLIMIENTO DE LEY 617/2000 2019 2020 2021 2022 2023 2024
RELACION GF/ICLD 47,22 47,22 47,22 47,22 47,22 46,66
LIMITE LE 617 DE 2000 32,78 32,78 32,78 32,78 32,78 33,34 Fuente: Elaboración propia a partir de cálculos de la entidad
La tabla anterior muestra cómo puede ser el comportamiento y la relación de gastos de funcionamiento
sobre los Ingresos Corrientes de Libre Destinación frente al porcentaje de remanente para inversión,
en cumplimiento del artículo 6 de la Ley 617 de 2000 antes en mención.
3.5.3.2 Metas de los límites del gasto de órganos de control
Hacen parte de los organismos de control de la entidad territorial los Concejos Municipales, las
Personerías y en algunos casos las Contraloría Municipales. El municipio de Moniquirá cuenta con el
Concejo Municipal y la Personería, que, para el efecto, estos organismos deben dar cumplimiento al
artículo 10 de la Ley 617 de 2000 en los siguientes términos: “Artículo 10. Valor máximo de los gastos
de los Concejos, Personerías, Contraloría Distritales y Municipales. Durante cada vigencia fiscal, los
gastos de los Concejos no podrán superar el valor correspondiente al total de los honorarios que se
causen por número de sesiones autorizado en el artículo 20 de esta ley, más el uno punto cinco por
ciento (1.5%) de los Ingresos Corrientes de Libre Destinación.
Los gastos de personerías, contralorías distritales y municipales, donde las hubiere, no podrán superar
los siguientes límites”: para el caso del municipio de Moniquirá por ser se sexta categoría, no podrá
superar los 150 salarios mínimos los gastos de la Personería Municipal y el Concejo no podrá superar
más del valor correspondiente a las 70 sesiones ordinarios, 20 sesiones extraordinarias más el 1.5%
de los Ingresos Corrientes de Libre Destinación.
En el siguiente cuadro se presenta la proyección de los gastos de los organismos de control, de
acuerdo con la proyección de los Ingresos Corrientes de Libre Destinación para cada vigencia fiscal.
Tabla 17 Proyección de Gastos Organismos de Control
GASTOS FUNCIONAMIENTO 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024
CONCEJO MUNICIPAL 201.524.776,00 207.570.519 213.797.635 220.211.564 226.817.911 233.622.448 240.631.122
PERSONERIA MUNICIPAL 115.797.370,07 119.271.291 122.849.430 126.534.913 130.330.960 134.240.889 138.268.116
GASTOS FUNCIONAMIENTO 2025 2026 2027 2028 2029 2030
CONCEJO MUNICIPAL 247.850.055 255.285.557 262.944.124 270.832.447 278.957.421 287.326.143
PERSONERIA MUNICIPAL 142.416.159 146.688.644 151.089.303 155.621.982 160.290.642 165.099.361
Fuente: Elaboración propia a partir de proyecciones MFMP
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3.5.3.3 Vigencias Futuras en Gastos de Funcionamiento
El municipio de Moniquirá no tiene constituidas vigencias futuras con gastos de funcionamiento.
3.5.4 Gastos de Inversión
Los gastos de inversión del Plan Financiero se soportan sobre la ejecución de recursos de inversión
de la vigencia 2018. Por lo anterior, se consolida la inversión proyectada en dos sectores a saber:
formación bruta de capital que reúne todas las inversiones realizadas dentro de cada sector de
inversión enfocadas más a inversión en obra pública e infraestructura y el resto de las inversiones
realizadas, enfocadas a la inversión en sectores sociales y gasto público social.
Tabla 18 Proyección de Gastos de Inversión
CONCEPTO 2019 2020 2021 2022 2023 2024
GASTOS DE CAPITAL INVERSIÓN 22.818.767 22.825.613 22.832.460 22.839.310 22.846.162 22.853.016
FORMACIÓN BRUTA DE CAPITAL FIJO 7.637.387 7.639.678 7.641.970 7.644.263 7.646.556 7.648.850
RESTO DE INVERSIONES 15.181.380 15.185.934 15.190.490 15.195.047 15.199.606 15.204.166
CONCEPTO 2025 2026 2027 2028 2029 2030
GASTOS DE CAPITAL INVERSIÓN 22.859.872 22.866.730 22.873.590 22.880.452 22.887.316 22.894.182
FORMACION BRUTA DE CAPITAL FIJO 7.651.145 7.653.440 7.655.736 7.658.033 7.660.330 7.662.628
RESTO DE INVERSIONES 15.208.727 15.213.290 15.217.854 15.222.419 15.226.986 15.231.554
Fuente: Elaboración propia a partir de proyecciones MFMP-2020-2030
Las anteriores proyecciones están sujetas a la dinámica de la administración y la planeación del gasto
que propongan las próximas administraciones de conformidad con sus respectivos Planes de
Desarrollo. Sin embargo, es un referente a tener en cuenta para regular la inversión social de cada
vigencia.
3.5.4.1 Vigencias Futuras en Gastos de Inversión
Las vigencias futuras en gastos de inversión de años anteriores se resumen en un proyecto que está
en proceso de ejecución en cofinanciación con el Departamento de la Prosperidad Social. Las
vigencias fueron autorizadas mediante el Acuerdo No 003 de 2018 “Por medio del cual se autoriza al
Alcalde Municipal de Moniquirá- Boyacá, para asumir compromisos que afectan la vigencia fiscal 2019,
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bajo la modalidad de vigencia futura ordinaria, para la ejecución de un proyecto de inversión con
recursos provenientes del Convenio 616 FIT 2017 suscrito con el departamento administrativo para la
Prosperidad Social”. La fuente de financiación es cofinanciación Nacional Departamento para la
Prosperidad Social y el compromiso se termina en la presente vigencia.
3.5.5 Servicio de la Deuda
El Municipio de Moniquirá no cuenta con deuda pública a la fecha, por lo tanto, la capacidad de
endeudamiento se presenta en el acápite de nivel de deuda pública y análisis de sostenibilidad.
3.6 Las metas de superávit primario, el nivel de deuda pública y un análisis de su sostenibilidad
Las metas de superávit primario a que se refiere este ítem corresponden a determinar si en el horizonte
de tiempo para el cual fue proyectado el Marco Fiscal la entidad puede garantizar el pago de los
intereses de la deuda adquirida. Por lo tanto, cuando se habla de superávit primario la entidad debe
estimar y efectuar el siguiente ejercicio: tomar los ingresos corrientes definidos como aquellos ingresos
que recibe la entidad de manera recurrente (Decreto 111 de 1996), más la suma de los ingresos de
capital (también en los términos definidos en el Estatuto Orgánico de Presupuesto), descontado los
recursos del crédito, privatizaciones, descapitalizaciones de empresas públicas etc.); menos los
gastos de funcionamiento, los gastos de inversión y los gastos de operación comercial. Sin embargo,
no hay que desconocer que este ejercicio se debe adelantar para cada vigencia fiscal que presente
deuda, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones en cada una de las vigencias
fiscales que presenten deuda, pues de lo que se trata es de garantiza un endeudamiento sostenible,
de tal manera que en el tiempo se cumplan con los siguientes reglas: Intereses/ Ahorro operacional
multiplicado por 100 menor o igual de 40%; y el saldo de la deuda/ ingresos corrientes multiplicado
por 100 < 80%; y ahorro primario/intereses multiplicado por 100 mayor o igual a 100%.
El superávit primario está definido en la Ley 819 de 2003 y su sostenibilidad de presenta en la relación
que existe entre el pago de intereses y el ahorro primario, el cual se calcula con los ingresos corrientes
más los recursos de capital menos los gastos de funcionamiento, gastos de inversión y gastos de
operación comercial (SP=IC+RC-GF-GI-GOC). Por su parte la aplicación de la fórmula de ahorro
operacional que responde al indicador de sostenibilidad es:
Intereses *100 / Ahorro Operacional = menor o igual al 40%
Saldo de la deuda *100 /Ingresos Corrientes = menor del 80%
Ahorro primario/Intereses*100 = mayor o igual al 100%
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Las metas de superávit primario para el presente Marco Fiscal de Mediano Plazo están proyectadas
con un supuesto de deuda pública de (1.000) mil millones de pesos, a cuatro años de amortización de
capital y un año de periodo de gracia, tasa de interés DTF+4.5 efectiva anual.
Así las cosas, la proyección del superávit primario se calcula en relación de los intereses causados y
pagados en cada vigencia y el ahorro primario que se da en relación ingresos/ gastos, dado en el
horizonte de la deuda adquirida.
La medición del indicador de sostenibilidad de la deuda con relación al ejercicio de superávit primario
presentado es sostenible en el tiempo de acuerdo con el formato expuesto en el siguiente acápite a
partir de la vigencia 2019 y hasta el 2025, año en el cual se salda la supuesta deuda propuesta para
este ejercicio.
3.6.1 Las metas de superávit primario
Tabla 19 Metas de Superávit Primario
MONIQUIRÁ METAS DEL SUPERAVIT PRIMARIO
LEY 819 DE 2003 (millones de pesos)
CONCEPTOS 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024
INGRESOS CORRIENTES
23.359
24.842
25.744
26.517
27.312
28.132
28.976
29.845
RECURSOS DE CAPITAL
8.517
7.944
6.160
5.385
5.487
5.651
5.821
5.996
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
3.048
4.153
3.550
3.657
3.766
3.879
3.996
4.115
GASTOS DE INVERSION
23.122
23.754
26.804
27.367
28.188
29.033
29.904
30.801
SUPERAVIT O DEFICIT
PRIMARIO 5.706 4.878 1.550 878 845 871 897 924
INDICADOR (superávit primario /
Intereses) > = 100%
73749,3% 891825,6% 0,0% 0,0% 0,0% 0,0% 0,0% 0,0%
SOSTENIBLE SOSTENIBLE
Millones de pesos
Servicio de la Deuda por:
2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024
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Intereses 8
1
-
-
-
-
-
-
Fuente: Elaboración propia a partir de proyecciones MFMP
3.6.2 Nivel de deuda pública y análisis de su sostenibilidad
En análisis de indicadores de deuda pública se define con base en el artículo 364 de la Constitución
Política, el cual dispuso como principio general del endeudamiento de las entidades territoriales que
no puede exceder su capacidad de pago. Para ello, la misma ley determino la medición de dos
indicadores como son solvencia y sostenibilidad, medición que se establece con el siguiente criterio
de cálculo y el supuesto de endeudamiento de (1.000) millones de pesos. Se toma este valor como
supuesto para el ejercicio, gracias a que la entidad no presenta deuda a la fecha, situación que no
permite realizar un análisis de la capacidad de endeudamiento de la entidad. En ese orden de ideas
se presenta el siguiente cuadro que permite hacer el análisis de los dos indicadores de solvencia y
sostenibilidad sin evento de riesgo y con evento de riesgo.
Tabla 20 Capacidad de Endeudamiento
REFERENTE DE LA CAPACIDAD DE ENDEUDAMIENTO
IPC PROYECTADO
MONIQUIRÁ 3,0% 3,0% 3,0% 3,0% 3,0% 3,0% 3,0% 3,0% 3,0% 3,0% 3,0%
Valores en millones de pesos PROYECCION CAPACIDAD LEGAL DE ENDEUDAMIENTO - LEY 358 DE 1997
Concepto
Capacidad de endeudamiento (Ley 358/97) 2019
2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030
1. Ingresos corrientes Ley 358 de 1997 (1.1-1.2)
13.078 13.603 14.011 14.431 14.864 15.310 15.769 16.242 16.730 17.231 17.748 18.281
1.1 Ingresos corrientes (sin descontar vigencias futuras)
13.206 13.603 14.011 14.431 14.864 15.310 15.769 16.242 16.730 17.231 17.748 18.281
1.2 Vigencias futuras 128
2. Gastos de funcionamiento 4.033 4.154 4.279 4.407 4.540 4.676 4.816 4.961 5.109 5.263 5.421 5.583
3. Ahorro operacional (1-2) 9.045 9.448 9.732 10.024 10.324 10.634 10.953 11.282 11.620 11.969 12.328 12.698
4. Saldo neto de la deuda con nuevo crédito (4.1-4.2-4.3+4.4)
0 1.000 800 600 400 200 0 0 0 0 0 0
4.1 Saldo de la deuda antes de amortizaciones (4.1.1-4.1.2+4.1.3+4.1.4)
0 1.000 1.000 800 600 400 200 0 0 0 0 0
4.1.1 Saldo de la deuda a 31 de diciembre de la vigencia anterior
0 0 1.000 800 600 400 200 0 0 0 0 0
4.1.2 Saldo de la deuda a 31 de diciembre de la vigencia anterior - financiada con regalías
0 0 0
4.1.3 Valor de los créditos contratados en la vigencia y no desembolsados
0
4.1.4 Valor del nuevo crédito a contratar - proyección de desembolsos
1.000
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4.2 Amortizaciones de la vigencia (4.2.1-4.2.2+4.2.3)
0 0 200 200 200 200 200 0 0 0 0 0
4.2.1 Amortizaciones de deuda para la vigencia
0
4.2.2 Amortizaciones de deuda financiada con regalías
0
4.2.3 Amortizaciones del Nuevo Crédito 200 200 200 200 200
4.3 Créditos condonables 0
4.4 Amortizaciones de créditos condonables 0
5. Intereses de la vigencia (5.1-5.2+5.3) 0 50 100 90 80 70 60 0 0 0 0 0
5.1 Intereses de la deuda vigente 0
5.2 Intereses de la deuda financiada con regalías
0
5.3 Intereses del Nuevo Crédito 50 100 90 80 70 60
SOLVENCIA = Intereses / Ahorro operacional = (5/3) - Sin cobertura de riesgo
0% 1% 1% 1% 1% 1% 1% 0% 0% 0% 0% 0%
SOSTENIBILIDAD = Saldo deuda / Ingresos corrientes = (4/1) - Sin Cobertura de riesgo
0% 7% 6% 4% 3% 1% 0% 0% 0% 0% 0% 0%
SEMÁFORO: Estado actual de la entidad VERDE VERDE VERDE VERDE VERDE VERDE VERDE VERDE VERDE VERDE VERDE VERDE
SEMÁFORO: Estado actual de la entidad 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1
SOLVENCIA = Intereses / Ahorro operacional = (9/3) - Con cobertura de riesgo
#¡DIV/0! #¡DIV/0! 2% 2% 1% 1% 1% #¡DIV/
0! #¡DIV/
0! #¡DIV/
0! #¡DIV/
0! #¡DIV/
0!
SOSTENIBILIDAD = Saldo deuda / Ingresos corrientes = (18/1) Con cobertura de riesgo
0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0%
DATOS PARA ESTABLECER CUBERTURAS DE RIESGO LEY 819 DE 2003
2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030
6. TASA DE INTERES IMPLICITA DE LOS CREDITOS #¡DIV/0! #¡DIV/0! 10% 11% 13% 18% 30%
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
7. PORCENTAJE DE COBERTURA EN TASA DE INTERES 0,741 0,741 0,741 0,741 0,741 0,741 0,741 0,741 0,741 0,741 0,741 0,741
8. TASA DE INTERES CON COBERTURA DE RIESGO #¡DIV/0! #¡DIV/0! 17,41% 19,59% 23,21% 30,47% 52,23%
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
9. INTERESES PROYECTADOS CON COBERTURA DE RIESGO #¡DIV/0! #¡DIV/0! 174 157 139 122 104
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
#¡DIV/0!
10. TASA REPRESENTATIVA DEL MERCADO (SUPUESTOS MACROECONOMICOS) 3.238,00 3.149,39
3.200,70
3.252,86
3.276,67
3.334,18
3.403,57
3.457,04
3.510,99
3.565,34
3.625,84
3.686,99
11. SALDO DEUDA EXTERNA EN PESOS=VALOR EN DOLARES POR LA TASA DE CAMBIO DE LA FILA 38
12. SALDO DE LA DEUDA INTERNA EN PESOS
13. TOTAL SALDO DE LA DEUDA EN PESOS 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
14. DIFERENCIA (SI HAY VALOR DIFERENTE A CERO; CORREGIR SALDOS FILAS 44 Y 45) 0 1.000 1.000 800 600 400 200 0 0 0 0 0
15. PORCENTAJE DE COBERTURA EN TASA DE CAMBIO 0,14095 0,14095
0,14095
0,14095
0,14095
0,14095
0,14095
0,14095
0,14095
0,14095
0,14095
0,14095
16. TASA REPRESENTATIVA DE MERCADO ESTRESADA 3.694 3.593 3.652 3.711 3.739 3.804 3.883 3.944 4.006 4.068 4.137 4.207
17. SALDO DE LA DEUDA EXTERNA CON COBERTURA DE RIESGO EN TASA DE CAMBIO 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
18. SALDO DE LA DEUDA TOTAL CON COBERTURA DE RIESGO EN TASA DE CAMBIO 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
19. DIFERENCIA EN SALDO POR COBERTURA 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Fuente: Elaboración Propia a partir del Marco Fiscal de Mediano Plazo 2020-2023
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En cumplimiento de lo establecido en la Ley 358 de 1997 el municipio de Moniquirá presenta un
semáforo verde para el horizonte de la deuda supuesta. Por lo tanto, la solvencia es decir el cálculo
de los intereses sobre el ahorro operacional por cada vigencia del horizonte de la deuda se calcula en
1% por cada vigencia, este indicador debe ser menor o igual al 40%; cumpliendo ampliamente con
este indicador.
Ahora bien, si analizamos la cobertura del indicador solvencia sin cobertura de riesgo, se tiene que
para el horizonte de la capacidad de endeudamiento analizada dentro del Marco Fiscal de Mediano
Plazo, es decir con un posible endeudamiento de 1000 millones de pesos, el indicador presenta para
el año 2020 una solvencia de 1%, para la vigencia 2021 de 1%, para el 2022 de un 1% al igual que
para el 2022, y para el 2024 término de la supuesta deuda un 1% de solvencia con cobertura de riesgo.
Por su parte la cobertura de riesgo es una tasa de interés externa que se tiene en cuenta como margen
de riesgo. Esta tasa de interés la define la Resolución No 0908 del 30 de junio de 2017, emitida por la
Superintendencia financiera, presentando el indicador a partir del año 2021 con 2%, lo mismos para
el 2022 del 2% y los tres años restantes de posible deuda con1% de solvencia con cobertura de riesgo.
Para la sostenibilidad contiene el equivalente al saldo de la deuda sobre los ingresos corrientes de
libre destinación, para el 2020 es del 7%, para el 2021 de 6%, para el 2022 de 4%, para el 2023 de
3%, para el 2024 de 1%. La medición de este indicador debe ser menor o igual al 80%.
La sostenibilidad analizada con cobertura de riesgo presenta para la vigencia 2020 una sostenibilidad
con cobertura de riesgo de 0% para todas las vigencias del supuesto endeudamiento; concluyendo
con esto que los ingresos corrientes son suficientes para cubrir la deuda, aun aplicando la tasa de
interés que presenta la cobertura de riesgo.
En conclusión, cumple con los dos criterios de ley 358 y su semáforo es verde, que quiere decir que
tiene capacidad de endeudamiento.
3.7 Acciones y medidas específicas en las que se sustenta el cumplimiento de las metas, con sus
correspondientes cronogramas de ejecución
El municipio de Moniquirá no se encuentra en Programa de Saneamiento fiscal y financiero.
Así mismo, cumple con el artículo 6 de la Ley 617 de 2000, y no se encuentra en proceso de
restructuración de pasivos de la Ley 550 de 1999.
La entidad no requiere de un programa de saneamiento fiscal y financiero, es una entidad que puede
subsistir con sus recursos propios, sin tener en cuenta las trasferencias para funcionamiento de la Ley
715 de 2001, o trasferencias de libre destinación.
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3.7.1 Acciones de rápida ejecución e inmediato resultado y de impacto significativo
Las acciones de rápida ejecución que puede considerar la administración municipal para mejorar sus
indicadores de eficiencia fiscal y administrativa pueden ser:
a) Mejorar la capacidad de recaudo de impuesto predial, principalmente de aquellos predios que
se encuentran mora.
b) Tomar el censo de la base de datos de industria y comercio y adelantar una revisión de locales
y de las respectivas carpetas con el fin de verificar su pago oportuno.
c) Actualización del Estatuto tributario municipal
d) Tratar de disminuir los gastos de funcionamiento de la entidad
e) Fortalecer las áreas de gestión de la entidad territorial
3.7.2 Acciones de impacto a mediano y largo plazo
Adopción de medidas que impacten a mediano plazo como
a) Actualización de censo de contribuyentes
b) Proceso de recuperación de cartera
c) Actualización del estatuto tributario municipal
d) Cumplir con el pago de bonos y cuotas partes pensionales
e) Actualización de base de datos de historias laborales.
f) Hacer la gestión ante el FONPET para pago de bonos, cuotas partes y mesadas pensionales.
g) Optimizar la planta de personal existente.
3.7.3 Ajustes al Plan de Desarrollo, Replantear el POAI y/o el Plan Indicativo y los demás
instrumentos de planeación.
Al momento de presentación de este documento, se ha determinado el logro de metas propuestas
dentro del plan de desarrollo para la vigencia 2016, 2017 y 2018 así como la modificación de acuerdo
con las proyecciones de metas de producto para 2019. Dado que es el último año de vigencia del Plan
de Desarrollo “Grandes Cambios Grandes Resultados” vale la pena mencionar que en un alto
porcentaje el cumplimiento de metas propuestas es una realidad. Ahora, si se trata de rendir un informe
en relación con la ejecución de metas, en el Informe de Gestión que se presentará al culminar la
vigencia constitucional se hará un reporte de los logros obtenidos durante el periodo de gobierno.
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El Plan Operativo Anual de Inversiones es una herramienta de planificación de recursos de inversión
que permite programar la ejecución de recursos de inversión en cada vigencia fiscal. No obstante, el
Plan Anual de Inversiones debe recoger todos los programas y productos programados dentro del
Plan de Desarrollo, su ajuste corresponde en este caso al acuerdo para el cumplimiento de las metas
de producto propuestas para la vigencia fiscal.
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REFRENCIAS BIBLIOGRAFICAS Normatividad
Constitución Política de Colombia
Congreso de la República, Ley 358 de 1997
Congreso de la República, Ley 617 de 2000
Congreso de la República, Ley 715 de 2001
Congreso de la República, Ley 819 de 2003
Congresos de la República Ley 1530 de 2012
Congresos de la República Ley 1942 de 2018
Presidencia de la República, Decreto 111de 1996
Concejo Municipal Moniquirá: Acuerdo 011 de 2012
Páginas Web
www.DANE.gov.co,
www.DNP.gov.co,
www.contraloriagenradelarepublica.gov.co
www.portaleterritorial.gov.co
www.ministereriodehacienda.gov.co
Jurisprudencia
Corte Constitucional, Sentencia C 804 de 2001
Corte Constitucional, Sentencia C 511 de 1996
Corte Constitucional, Sentencia C 341 de 1998
Corte Constitucional, Sentencia C 250 de 2003
Documentos.
MFMP-2019-2029
Ejecuciones Presupuestales Secretaria de Hacienda Municipio de Moniquirá