Mariquina, catorce de mayo de dos mil quince.
Atendido lo informado por la Contralora General de La Repblica, se
provee solicitud de arresto de fecha 24 de abril de 2015:
VISTO:1.- Constando del oficio N 002095 de 08 de mayo de 2014, emanado de
la Contralora General de la Repblica, del cual consta, que don Rolando Pea
Riquelme, asumi como Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Lanco a contar
del 06 de diciembre de 2012.
2.- Que consta en autos que a la fecha, dicha Municipalidad no ha consignado monto alguno.
3.- Que no existe constancia alguna de la dictacin por parte de la Municipalidad de Lanco, de Decreto Alcaldicio que tena por finalidad pagar lo
adeudado a don JORGE EDUARDO SUAREZ LOPEZ, RUT 7.959.821-6,
ordenado por este Tribunal con fecha 29 de enero de 2015.
4.- Que como consecuencia de lo sealado en el punto anterior, se le aplic a dicha Municipalidad una multa a beneficio fiscal, con fecha 26 de
febrero de 2015, y del cual no existe constancia o acreditacin de pago de
dicha multa.
Que atendido lo dispuesto en el artculo 238 del Cdigo de
Procedimiento Civil y artculo 32 de la Ley Orgnica Constitucional de
Municipalidades, se resuelve:Como se pide. Despchese orden de arresto en contra de la Ilustre
Municipalidad de Lanco, representada por don ROLANDO HERNAN PEA
RIQUELME, RUT 8.189.359-4, por el trmino de 5 (CINCO DIAS), la que ser
diligenciada por la Polica de Investigaciones de Chile y/ o Carabineros de
Mfil, una vez transcurrido 5 das hbiles desde la notificacin del requerido.
Notifquese personalmente o por cdula a la ejecutada.
RIT: C-2-2015RUC: 14-4-0016378-3
Provey don(a) MARIANGEL CABRERA RABIE, Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Mariquina.
02220004195417
En Mariquina a catorce de mayo de dos mil quince, se notific por el
estado diario la resolucin precedente.
rsa