PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA
DOCUMENTO INICIAL
Noviembre de 2019
UTE TAU-DCM-TORCAL
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA
UTE TAU/DCM/TORCAL
EQUIPO REDACTOR:
TAU Planificación Territorial SL:
Javier Elizalde, arquitecto, Master in City Planning por la Universidad de Harvard
Berta Elizalde Selva, arquitecta urbanista
DCM, Dirección y Control Medioambiental SL: José Manuel Villanueva Valle, Biólogo
especializado en Medio Ambiente
TORCAL INGENIEROS CONSULTORES, SLP, Félix Torcal Cano, Arquitecto
COLABORADORES:
Álvaro Marco de la Hoz, Abogado Urbanista
TMA Tasvalor Medio Ambiente, Protección Acústica: Estudio Acústico
TOOL-ALFA: Estudio de Tráfico
Roberto Martín Zapata, edición y grafismo
CONTARAMA, Gestión contable
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA
DOCUMENTOS DEL PLAN ESPECIAL
I. MEMORIA JUSTIFICATIVA
II. MEMORIA DE ORDENACIÓN
III. NORMATIVA URBANÍSTICA
IV. PLANOS DE INFORMACIÓN Y DE ORDENACIÓN
PLANOS DE INFORMACIÓN
I.1. PLANEAMIENTO VIGENTE. APE 16.11
I.2. TOPOGRÁFICO. ALTURAS SERVIDUMBRE AERONÁUTICA
I.3 USOS ACTUALES DEL SUELO. PATRIMONIO
I.4. INFRAESTRUCTURAS. ABASTECIMIENTO
I.5. INFRAESTRUCTURAS. SANEAMIENTO
I.6. INFRAESTRUCTURAS. AGUA REGENERADA
I.7 INFRAESTRUCTURAS. RED ELÉCTRICA
I.8. INFRAESTRUCTURAS. RED DE ALUMBRADO
I.9 INFRAESTRUCTURAS. RED DE GAS
I.10 INFRAESTRUCTURAS. RED DE TELECOMUNICACIONES
PLANOS DE ORDENACIÓN PORMENORIZADA
O.1. DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO SOBRE LA ORDENACIÓN DEL PLAN PARCIAL APE 16-11
PARQUE DE VALDEBEBAS - CIUDAD AEROPORTUARIA
O.2. VIARIO INTERIOR Y ACCESOS. ZONAS DE PROTECCIÓN DE LA M-11
O.3. ZONIFICACIÓN INTERIOR
O.4. PROGRAMA DE FASES
O.5. PERFIL LONGITUDINAL DEL VIARIO Y SECCIONES TRANSVERSALES DEL
TERRAPLÉN
O.6. IMAGEN FINAL INDICATIVA
O.7 ESTADO ACTUAL Y FUTURO DE LA AVENIDA DE ALEJANDRO DE LA SOTA
V. ANEXOS SECTORIALES
A.1. ESTUDIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA
A.2. ESTUDIO DE TRÁFICO Y MOVILIDAD
A.3. ESTUDIO ACÚSTICO
A.4. ESTUDIO ARQUEOLÓGICO CERRO DEL CASTILLO
A.5. IMPACTO DE LA AMPLIACIÓN III DE IFEMA SOBRE LA RED DE CARRETERAS DEL ESTADO
A.6. ESQUEMA INDICATIVO DE LA ORDENACIÓN INTERIOR EN EL APARCAMIENTO NORESTE
A.7. INFORMES DE LA D.G. DE PATRIMONIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID, Y DE LAS
COMISIONES PARA LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO Y LOCAL DE PATRIMONIO HISTÓRICO
DEL MUNICIPIO DE MADRID
VI. RESUMEN EJECUTIVO EXPRESIVO
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
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PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA
MEMORIA Y NORMATIVA
Noviembre de 2019
UTE TAU-DCM-TORCAL
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
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ÍNDICE MEMORIA Y NORMATIVA
I. MEMORIA JUSTIFICATIVA ........................................................................................................ 3
OBJETO Y ÁMBITO ........................................................................................................................ 4 1.
INICIATIVA ..................................................................................................................................... 5 2.
JUSTIFICACIÓN DE LA ACTUACIÓN ......................................................................................... 5 3.
II. MEMORIA DE ORDENACIÓN .................................................................................................... 7
LOCALIZACIÓN ............................................................................................................................. 8 1.
CONDICIONES DEL PLANEAMIENTO ....................................................................................... 8 2.
AFECCIONES SOBRE LA PARCELA DEL PLAN ESPECIAL ................................................. 12 3.
ESTRUCTURA VIARIA EXTERIOR ........................................................................................... 19 4.
EVALUACIÓN AMBIENTAL ...................................................................................................... 24 5.
REDES DE SERVICIOS URBANOS EXISTENTES .................................................................... 26 6.
TRÁFICO, MOVILIDAD Y TRANSPORTE PÚBLICO .............................................................. 31 7.
RELACIÓN DE LA AMPLIACIÓN CON EL RECINTO FERIAL ACTUAL Y VIARIO 8.
CIRCUNDANTE ................................................................................................................................ 39
ORDENACIÓN Y USOS URBANÍSTICOS .................................................................................. 44 9.
APARCAMIENTO ....................................................................................................................... 56 10.
VIARIO INTERIOR ..................................................................................................................... 60 11.
ACCESOS Y RECORRIDOS INTERNOS .................................................................................. 61 12.
REDES PROYECTADAS DE SERVICIOS URBANOS ............................................................ 69 13.
ESTUDIO DE IMPACTO DE GÉNERO, INFANCIA, ADOLESCENCIA Y FAMILIA. 14.
ACCESIBILIDAD .............................................................................................................................. 71
EJECUCIÓN DEL PLAN ESPECIAL .......................................................................................... 75 15.
SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA DE LA ACTUACIÓN ........................................................ 77 16.
MEDIDAS PREVENTIVAS, REDUCTORAS Y CORRECTORAS DE LA ACTUACIÓN A 17.
EFECTOS MEDIO AMBIENTALES Y ACÚSTICOS ..................................................................... 86
FICHA DE CATASTRO ............................................................................................................... 89 18.
III. NORMATIVA URBANÍSTICA ................................................................................................... 90
CAPÍTULO 1. DETERMINACIONES GENERALES ..................................................................... 93
CAPÍTULO 2. RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO ............................................................... 93
CAPÍTULO 3. NORMAS DE EDIFICACIÓN .................................................................................. 94
CAPÍTULO 4. RÉGIMEN DE LOS USOS ....................................................................................... 95
CAPÍTULO 5. PARÁMETROS Y CONDICIONES GENERALES DE LA EDIFICACIÓN Y DE
SUS RELACIONES CON EL ENTORNO ........................................................................................ 97
CAPÍTULO 6. CONDICIONES PARTICULARES DE LAS ZONAS: CULTURAL, ESPACIOS
LIBRES, APARCAMIENTOS Y VIARIO ...................................................................................... 100
CAPÍTULO 7. CONDICIONES ACÚSTICAS ............................................................................... 101
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I. MEMORIA JUSTIFICATIVA
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OBJETO Y ÁMBITO 1.
1.1. Objeto
El objeto del presente Plan Especial es la ordenación pormenorizada de la ampliación de los
Recintos Feriales en la parcela calificada como “Red General de Equipamiento Social.
Recinto Ferial” dentro del Plan Parcial APE 16/11 Ciudad Aeroportuaria / Parque de
Valdebebas, y, teniendo en cuenta las necesidades actuales de la Institución Ferial de
Madrid, IFEMA.
El documento de la Memoria del mencionado APE 16/11, señala:
4.4.7 Zonificación y configuración de usos
Además del propio parque, tres piezas singulares merecen atención específica en su
concepción y desarrollo:
- Ampliación de los recintos feriales. Con una superficie de 50 hectáreas se propone
una pieza vinculada a los recintos existentes con una potencial posibilidad de
conexión. Su ordenación pormenorizada se realizará mediante planeamiento especial.
Por otra parte, las fichas de Condiciones Particulares para su desarrollo, que se recogen en el
APE 16/11, establecen como objetivos de este Plan Especial:
- Ordenar el desarrollo de la Ampliación de los Recintos Feriales, definiendo el uso
principal y los usos compatibles con el mismo distribuyendo las superficies de estos
y disponiendo los volúmenes de edificación necesarios.
- Resolver el contenido de los espacios libres. En particular la relación entre espacios
ajardinados o arbolados y espacios de movilidad, incluyendo los aparcamientos.
Configurar la red de espacios libres en continuidad con el sistema de accesos.
- Plantear y resolver, en su caso, la conexión interna con los Recintos Feriales
existentes sobre o bajo la autopista M- 11, (antigua A-10) tanto para peatones como
para un posible transporte de capacidad media.
1.2. Ámbito
El ámbito de este Plan Especial se corresponde con la parcela calificada como RG-EQ en el
APE 16/11 que coincide, a su vez con la parcela catastral 7311305VK4871A0001RO, cuya
ficha de catastro se incluye en el Anexo 1 de esta Memoria.
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APE 16/11 CATASTRO
Referencia catastral: 7311305VK4871A0001RO
Superficie gráfica: 500.662 m2
Localización: AV ALEJANDRO DE LA SOTA 51
Suelo RG EQ M0001, 28055 MADRID (MADRID)
INICIATIVA 2.
La iniciativa del presente Plan Especial es pública, siendo la Institución Ferial de Madrid
(IFEMA) un Consorcio, entidad de derecho público con patrimonio público e independiente
de los entes consorciados, sin ánimo de lucro, que se rige por sus estatutos y cuyas
actuaciones en relación con terceros, en lo que refiere a la actividad ferial, se realizan en
régimen de derecho privado. El Consorcio está formado por la Comunidad de Madrid, el
Ayuntamiento de Madrid y la Cámara de Comercio con un 31% de participación en cada
caso, y por la Fundación Montemadrid con un 7%.
JUSTIFICACIÓN DE LA ACTUACIÓN 3.
La actual implantación del Recinto Ferial de IFEMA, en el ámbito denominado Campo de
las Naciones, ha tenido un aumento continuo de actividades y de atracción de empresarios,
exhibidores, vendedores y público en general, con un creciente impacto económico en la
región. Se hace necesario activar su ampliación, tal como ya preveía el Plan General de
Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM) en 1997. Contribuyen a este panorama la
internacionalización de programas de eventos y exhibiciones, y la extensión de actividades a
otros sectores afines, como demuestra la ampliación del objeto social de IFEMA para incluir
la celebración de conciertos, competiciones o representaciones.
Las actividades actuales y previstas incluyen básicamente dos tipos: ferias recurrentes, y
eventos al aire libre.
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Se denominan ferias recurrentes aquellos eventos que se realizan habitualmente en los
pabellones e instalaciones fijas o preparadas para ese uso.
Se denominan eventos al aire libre aquellas actividades y espectáculos que se celebran
básicamente con instalaciones efímeras y desmontables.
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II. MEMORIA DE ORDENACIÓN
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LOCALIZACIÓN 1.
La parcela de ampliación de IFEMA se sitúa inmediatamente al norte del recinto ferial
actual, separada por la autovía M-11 pero conectada por sendos túneles, uno de viario
público al suroeste de la parcela, y otro de viario privado al sureste. La parcela de
ampliación tiene 500.662 m2 de superficie, frente a los 789.785 m
2 del actual recinto ferial.
Representará, por tanto, un 38,8% del total de ambos recintos, actual y ampliación.
CONDICIONES DEL PLANEAMIENTO 2.
2.1. Antecedentes de la normativa
La presente ampliación del Recinto Ferial es una pieza del APE. 16.11 “Ciudad
Aeroportuaria – Parque de Valdebebas” del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid
de 1997 (PGOUM-97), desarrollado por el Plan Parcial aprobado definitivamente el
23/12/2004. Se han tramitado y aprobado tres modificaciones del Plan Parcial, así como un
expediente (711/2013/01157) de Revisión Parcial del PGOUM de 1985 y Modificación del
PGOUM-97, aprobado definitivamente el 01/08/2013, actualmente vigente:
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PLANO OP-2. CALIFICACIÓN PORMENORIZADA DEL APE 16.11 DE LA REVISIÓN PARCIAL PG85
Y MODIFICACIÓN PG97 Y LEYENDA
En este documento se define la estructura del APE 16.11; y como se ha señalado
anteriormente, en su Apartado 4.4.7. Zonificación y configuración de usos, se establece
como pieza singular la Ampliación de los recintos feriales: “Con una superficie de 50
hectáreas, se propone una pieza vinculada a los recintos existentes, con una potencial
posibilidad de conexión. Su ordenación pormenorizada se realizará mediante planeamiento
especial”.
La parcela de la Ampliación III de IFEMA está calificada en este plano como RED
GENERAL DE EQUIPAMIENTOS (RG-EQ).
2.2. Normativa actual
La normativa general de aplicación es la aprobada como “Revisión Parcial del PGOUM85 y
Modificación del PGOUM-97 en los Ámbitos Afectados por la STSJ de 27/02/03”, casada
parcialmente por la STS de 2/07/07, expediente 711/2013/01157 del Área de Gobierno de
Desarrollo Urbano Sostenible de Madrid.
Las condiciones específicas de ordenación para la parcela de ampliación del recinto ferial
son las recogidas en las fichas de Condiciones Particulares para su desarrollo, del APE
16/11:
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El resto de condiciones previas de ordenación de la parcela se establecen en los Apartados
siguientes.
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AFECCIONES SOBRE LA PARCELA DEL PLAN ESPECIAL 3.
3.1. Afección por monumento histórico de los Fortines de la Mata Espesa
En el área sur de la parcela de Ampliación III se encuentran dos construcciones conocidas
popularmente como casamatas o bunkers de la Guerra Civil española, y denominados más
propiamente como Fortines de la Mata Espesa. Tienen protección de Patrimonio Histórico,
en Régimen Específico como Bien de Interés Patrimonial, Yacimiento arqueológico o
paleontológico documentado, con fecha de inscripción en el catálogo regional de
27/02/2014.
Los Fortines de la Mata Espesa están situados en el área prevista para edificar los principales
pabellones de la Ampliación del Ferial de Madrid, IFEMA. Su ubicación actual impediría la
comunicación entre los pabellones y las edificaciones previstas para almacenes e
instalaciones del ferial. Este acceso entre pabellones debe estar despejado para los casos de
emergencia, evacuación del personal, acceso de los vehículos de bomberos, sanitarios, etc.
Estudiada la posibilidad de mantener la ubicación actual de los Fortines buscando una
disposición diferente de pabellones e instalaciones, resulta incompatible sostener ambas
situaciones: la localización actual de los Fortines no permite configurar una ordenación
eficiente del recinto ferial, que se ajuste a las necesidades de la ampliación prevista. Hay que
tener en cuenta además que la ejecución de nuevas instalaciones y acometidas bajo la cota
actual de los fortines haría inviable su conservación in situ.
Un problema importante de la ubicación original de los fortines es su lejanía de los accesos
públicos actuales, tanto desde la calle de Francisco Umbral al oeste, como de la avenida
Alejandro de la Sota al este. El desarrollo de Valdebebas dejó los Fortines en una
localización central respecto a los límites de la parcela definida para la red general de
servicios colectivos de los feriales.
Y una dificultad aparece a la hora de buscar la visibilidad del conjunto de los fortines. Los
fortines constituían parte del cinturón defensivo de Madrid, y su ubicación respondía a la
necesidad de dominar visualmente el frente. Pero la construcción de edificaciones en su área
este, que es el horizonte al que atendería su ubicación, impediría entender esa función
básica, quedando ocultos los fortines.
Con fecha 4 de octubre de 2019, la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la
Consejería de Cultura y Turismo, emitió la Resolución con nº de expediente RES/0977/2018
informando favorablemente las obras de Ampliación de pabellones e instalaciones de
IFEMA en su parcela de Valdebebas, con prescripciones que se detallan en el Apartado 9.8.
para la Zona Cultural, y el Artículo 6.1. de las Normas Urbanísticas, de esta Memoria, para
el traslado de los Fortines a otra ubicación en la parcela de IFEMA.
3.2. Afecciones aeronáuticas
La cota máxima de la edificación, de acuerdo al plano OP.04-Alturas máximas permitidas,
de la Revisión Parcial del PGOUM85 y Modificación del PGOUM-97 para el ámbito del
APE 16.11, aprobado definitivamente en 2013, se grafía a continuación.
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La Cota Máxima de Edificación es la altura máxima de la edificación (incluida cualquier
construcción, con todos sus elementos como antenas, pararrayos, chimeneas, carteles,
remates decorativos, etc.) que en ningún caso puede superar las superficies limitadoras
establecidas en el gráfico siguiente.
IMAGEN EXTRAÍDA DEL PLANO OP.04-ALTURAS MÁXIMAS PERMITIDAS DEL APE 16.11
De acuerdo a esta información, las alturas máximas de la edificación en la parcela, teniendo
en cuenta las cotas previstas en la ordenación del Plan Especial, se indican en relación a la
cota del viario interior previsto en cada Zona, según indica el plano O.3. ZONIFICACIÓN
INTERIOR, y el Artículo 5.4. Altura de la Edificación, del Documento III. NORMATIVA.
3.3. Afecciones acústicas
El Estudio Acústico, anexo a esta Memoria del Plan Especial de Ampliación III de IFEMA,
analiza el escenario preoperacional y las previsiones del escenario postoperacional, en los
periodos de mañana, tarde y noche.
El estudio concluye que los niveles de ruido en el interior del ámbito del Plan Especial para
el escenario postoperacional cumplirán los objetivos de calidad acústica que establece la
normativa vigente en materia acústica. La entrada en carga del sector una vez desarrollado
no generaría ningún efecto adverso apreciable sobre el interior del ámbito desde el punto de
vista de la contaminación acústica.
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El Estudio Acústico señala también que, de acuerdo al tipo de eventos que puedan llevarse a
cabo en las instalaciones, tales como conciertos al aire libre, deberá vigilarse el
cumplimiento de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica
(OPCAT) aprobada por el Ayuntamiento de Madrid en febrero de 2011 en cuanto a niveles
sonoros transmitidos al medio exterior; y las actividades deberán autorregularse atendiendo
a la sensibilidad acústica del área acústica en la que se desarrollan, y a la sensibilidad de las
áreas acústicas colindantes. El Capítulo 7 de la Normativa Urbanística del Plan Especial
dispone las medidas de protección a la contaminación acústica para eventos al aire libre.
Se copian a continuación los resultados del Escenario Postoperacional para el interior del
ámbito, para los periodos de Día, Tarde y Noche, con la siguiente escala de valores
acústicos:
PERIODO: DÍA
PERIODO: TARDE
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PERIODO: NOCHE
La afección máxima sobre el área de mayor afección acústica (área sur, debido a la
proximidad de la M-11) es de 55 a 60 dB en periodo de día, de 50 a 55 dB en periodo de
tarde, y de 45 a 50 dB en periodo de noche.
Los niveles objetivos fijados por el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se
desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación
acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, son los siguientes para los usos
urbanísticos:
Donde las zonas referenciadas se definen en el Real Decreto según los usos predominantes
del suelo:
Zona tipo c: Predominio de uso recreativo. Recintos feriales con atracciones temporales o
permanentes, reunión al aire libre, espectáculos y exhibiciones, etc.
Zona tipo d: Con predominio de uso terciario distinto del recreativo: Actividades
comerciales y de oficinas, hostelería, restauración, etc.
Ninguno de los valores deducidos en el Estudio Acústico sobrepasa estos valores del Real
Decreto en el interior del ámbito del Plan Especial.
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3.4. Vías Pecuarias
SITUACIÓN DE LA VÍA PECUARIA RESPECTO A LA PARCELA DE AMPLIACIÓN DE IFEMA
La modificación de trazado de las vías pecuarias que afectaban originalmente a esta parcela
ha sido ejecutada.
La nueva vía pecuaria discurre por el borde oeste de la calle Francisco Umbral (figura
anterior), ajena por tanto al nuevo desarrollo.
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3.5. Afecciones de carreteras
La única carretera con incidencia de zonas de protección sobre la parcela es la autovía M-11 que, al ser de titularidad estatal la calzada central,
comprende las siguientes zonas donde los usos y condiciones de desarrollo están reguladas:
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DOTACIONES DE SERVICIO AFECTADAS POR INFRAESTRUCTURAS
PROYECTADAS
Los terrenos pertenecientes a las franjas de protección de la carretera M-11 que lindan con el
límite sur de la parcela objeto del Plan Especial de Ampliación de los Recintos Feriales de
IFEMA van a quedar afectados por los servicios previstos en el viario interno que circunvala
el desarrollo principal de los pabellones, con trazado paralelo a la autovía M-11 y sección de
14 metros, que conecta con el túnel de conexión con los recintos actuales al sureste del
límite y continúa hacia el oeste cambiando en diagonal el trazado para salvar las pendientes
pronunciadas del terraplén que constituye parte de los terrenos de titularidad estatal.
Se prevén tuberías de infraestructuras que discurren bajo el viario interno próximo al límite
sur del ámbito. El trazado proyectado abarca la acera interna del viario, hacia la zona de
pabellones, más alejada de las zonas de protección de la carretera. Aun así, se ve afectada la
franja de protección de 50 metros (línea gruesa roja en imagen) medidos desde la arista de
explanación de la carretera por las siguientes infraestructuras:
tubería de Ø150 mm abastecimiento de agua
tubería de agua regenerada de Ø80
canalización de energía eléctrica de 3 líneas de media tensión proyectada con cable tipo
RHZ1-20L 12/20 Kv 3(1x240) mm2 Al
canalización de alumbrado público
canalización de telecomunicaciones
vallado metálico de cerramiento galvanizado
Las canalizaciones de energía eléctrica y alumbrado público también causan afección sobre
la franja de servidumbre de 25 metros, dado que discurren por la acera más externa del
viario perimetral interno.
De acuerdo a lo establecido por la Ley de Carreteras del Estado, Ley 37/2015 de 29 de
septiembre, en su artículo 32, para ejecutar en la zona de afección de la carretera M-11
cualquier tipo de obras o instalaciones fijas o provisionales o la plantación o talado de
árboles, se deberá contar con la autorización del organismo competente, en concreto la
Demarcación de Carreteras del Estado, Dirección General de Fomento.
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ESTRUCTURA VIARIA EXTERIOR 4.
4.1. La estructura viaria exterior de carreteras del Estado
4.1.1. Viario estructurante exterior de carreteras del Estado
La parcela de ampliación de IFEMA se encuentra cerca del nudo norte de carreteras de
comunicación de Madrid. Está flanqueada por el sur por la carretera M-11, que, en
dirección oeste, se encuentra tangencialmente con la M-40, desde donde parte la A-1 hacia
el norte. En dirección este, la M-11 cruza la M-12 casi de forma perpendicular, a la altura
de la terminal T-4, a la que se accede desde la M-12 por la carretera M-13, que discurre
paralela a la M-11.
Los accesos desde Madrid hacia el ámbito del Plan Especial se producen por pasos a
desnivel sobre la M-40, que comunican con los recintos feriales actuales; y a través del
viario perimetral del actual recinto de IFEMA se atraviesa la M-11 por dos túneles situados
en las esquinas sureste y suroeste del recinto de ampliación.
CARRETERAS EN EL ENTORNO INMEDIATO AL ÁMBITO DEL PLAN ESPECIAL
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SITUACIÓN DEL ÁMBITO DEL PLAN ESPECIAL RESPECTO AL VIARIO DEL ENTORNO
4.1.2. Acceso a la M-11 por la Avenida Alejandro de la Sota
La Avenida Alejandro de la Sota canaliza las incorporaciones de mayor volumen a la
autovía M-11, admitiendo velocidades propias de entrada en autovía. Estas condiciones de
cota y de tráfico de paso impiden el acceso directo desde la Avenida a la parte sur de la
parcela de ampliación de IFEMA.
Por tanto, el acceso a la parcela de ampliación del Ferial desde esta Avenida de Alejandro de
la Sota ha de producirse en su tramo norte, desde la glorieta existente de Luis Blanco Soler o
desde el tramo situado al norte de ésta. Es una condición de accesos que condiciona la
opción de situar los futuros pabellones de la ampliación del ferial al sur, lo más cerca posible
de los pabellones del ferial actual.
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ACCESOS Y RAMALES DE ENLACE CON LA CARRETERA M-11
4.2. Viario principal urbano de circunvalación de la parcela
La parcela está flanqueada:
Al este por la Avenida Alejandro de la Sota
Al oeste por la calle Francisco Umbral
Al sur por la M-11 y el viario de salida y de acceso a la M-11, y por dos túneles bajo
la M-11. En dirección oeste, la M-11 se encuentra con la M-40, hacia el norte. En
dirección este, la M-11 conecta con la M-12 a la altura de la T-4 del aeropuerto. A
ésta se accede desde dicha carretera M-12 por la carretera M-13, que discurre
paralela a la M-11.
Al norte, la parcela de ampliación de IFEMA colinda con otras parcelas de diferente propiedad y uso. Esas parcelas limitan al norte con la Avenida de las Fuerzas Armadas.
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VIARIO DE CIRCUNVALACIÓN DEL ÁMBITO
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4.3. Estado actual de Avenida de Alejandro de la Sota
La avenida de Alejandro de la Sota y la glorieta de Antonio Perpiñá, al este y noreste
respectivamente de la parcela de Ampliación de Ifema, requieren de una actuación de
rediseño para asegurar que el acceso al aparcamiento del nuevo recinto ferial no disturbará el
flujo de tráfico que discurre normalmente por ese viario.
El gráfico siguiente identifica el estado actual de la avenida y la glorieta. El Apartado 7.1. de
esta Memoria describe la actuación necesaria, de acuerdo a las conclusiones del Estudio de
Tráfico y Movilidad1 anexo a la Memoria.
AVENIDA ALEJANDRO DE LA SOTA. ESTADO ACTUAL
1 Estudio de tráfico y movilidad de la Ampliación III de IFEMA, octubre de 2019, Tool-Alfa. Documento
Anexo del Plan Especial. Apartado 8.3
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EVALUACIÓN AMBIENTAL 5.
El documento de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada (EAE) del Plan Especial,
anejo a esta Memoria, describe la caracterización medio ambiental de la parcela de
ampliación del Recinto Ferial antes de su desarrollo. A continuación, se extractan las
principales conclusiones; el Apartado 17 de esta Memoria hace referencia a las medidas
preventivas y correctoras de carácter medio ambiental durante la ejecución de la
urbanización y construcción de la Ampliación III de IFEMA; y hace referencia al Programa
de Vigilancia Ambiental que debe establecerse.
Relieve y topografía
El terreno aumenta la pendiente de este a oeste, quedando el barrio de las Cárcavas a una
cota veinte metros por encima de la cota de la Avenida de Alejandro de la Sota. Se trata de
una geomorfología suave de terrenos alomados. La pendiente general del ámbito es poco
acusada, con pendientes medias del 3%. Las rasantes del terreno van variando de forma
perimetral como sigue: cota 675 en la esquina sureste, donde se comunica mediante túnel
con la parcela del IFEMA actual; cota 662 en la glorieta de Antonio Perpiñá al noreste,
pasando a cota 668 en la glorieta de Isidro González Velázquez al noroeste y continuando
por la calle Francisco Umbral con pendiente ascendente hacia el sur, llegando a cota 696 en
la esquina suroeste.
El ámbito de estudio del Plan Especial se sitúa dentro del área de interfluvio de los ríos
Jarama y Manzanares.
Geología del área de estudio del Plan Especial
El área de estudio se encuentra sobre arcosas feldespáticas miocenas que corresponden con
las facies detríticas de borde provenientes de la destrucción de los relieves del Guadarrama,
integradas dentro de las facies Madrid, con buenas condiciones para el soporte de cargas de
edificación. La capa freática se encuentra muy por debajo del terreno, con una gran reserva
de agua situada a unos 200 metros bajo la rasante.
Hidrología
El área de estudio pertenece a la Cuenca Hidrográfica del Tajo, concretamente a la
Subcuenca Hidrográfica Arroyo de Valdefuentes. La parcela no se encuentra afectada por
ningún curso de agua de la Red Hidrográfica, quedando al norte el Arroyo de Valdefuentes,
tributario por la margen derecha del río Jarama.
La vulnerabilidad hidrológica superficial se puede considerar MEDIA por la proximidad al
río Jarama.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
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Protecciones del medio natural
Respecto a los recursos hidrológicos, la valoración es MEDIA, ya que no existen en el área
de estudio zonas de alto valor natural.
Respecto a la vulnerabilidad por nitratos el área de estudio se considera BAJA, ya que no
pertenece a ninguna zona vulnerable por contaminación por nitratos.
No existen en el área de estudio espacios naturales protegidos, lugares de interés
comunitario (LIC), ni zonas de especial protección para las aves (ZEPA).
Vegetación, flora y fauna
El ámbito de estudio del Plan Especial se encuentra vallado y se localiza anexo a áreas
urbanizadas, por tanto, al tratarse de un área muy antropizada, la fauna del área extensa en
que se inserta no se ve afectada.
El ámbito de estudio del Plan Parcial está ocupado en aproximadamente un 10% de su
superficie total por vegetación arbustiva, sin una gran entidad ni importancia desde un punto
de vista botánico, por no estar representados entre las mismas especies pertenecientes a
catálogos ni a la legislación relativa a especies protegidas.
La superficie restante se considera improductiva en cuanto a su valor forestal, ganadero o
agrícola.
No existe necesidad por tanto de actuación bajo las prescripciones de la Ley 8/2005 de
Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid, extremo que
recoge la Ficha de Condiciones de Desarrollo para el Plan Especial.
Paisaje
El área de estudio se encuentra dentro de la unidad del paisaje denominada urbana. Respecto
a la calidad del paisaje, la zona de actuación se incluye en una zona de baja calidad en
cuanto a vegetación, singularidad y calidad paisajística.
Respecto a la fragilidad del paisaje, la zona de actuación presenta una fragilidad baja.
Calidad ambiental del aire
De acuerdo a los datos estadísticos, la calidad del aire es excelente (Apartado 5.7, Calidad
Ambiental del Aire, Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada, Anexo a este Plan
Especial).
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
26
Edificaciones existentes
No existen edificaciones en la parcela, a excepción de los Fortines de la Mata Espesa,
mencionados en el Apartado 3.1 de esta Memoria. En el área sur se levanta una antena de
telecomunicaciones que desaparecerá con el desarrollo de la obra.
REDES DE SERVICIOS URBANOS EXISTENTES 6.
Los planos de Información I.4 a I.10 señalan las infraestructuras existentes, realizadas en
ejecución del Proyecto de Urbanización del Plan Parcial de Valdebebas (PU APE 16.11), a
las que acometerán las nuevas redes de urbanización de la parcela de Ampliación de
IFEMA.
Líneas eléctricas
El PU APE 16.11 estableció la red eléctrica para el ámbito, que circunvala la parcela de
ampliación de IFEMA. La alimentación eléctrica en Baja Tensión se realiza a partir de los
centros de transformación subterráneos previstos en el PP de Valdebebas. En la parcela de
ampliación de IFEMA se sitúan en las esquinas suroeste y noreste de la parcela, siendo estos
dos puntos las acometidas a la parcela. La acometida funcionalmente viable para la parcela
objeto de este Plan Especial es el centro de transformación situado en la esquina suroeste,
del que partirán las conexiones necesarias para la dotación eléctrica.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
27
ESQUEMA DE RED ELÉCTRICA CON ACOMETIDA ESQUINA SW
Red existente de abastecimiento agua
El Plan Parcial del UNP 4.01 del Parque de Valdebebas proyectó un anillo de tubería de
abastecimiento de agua perimetral a la parcela con tuberías de fundición dúctil de Ø200 para
el tercio norte de la parcela y tubería de Ø150 bordeando el resto de la parcela. La tubería
de Ø200 conecta mediante tuberías de Ø250 con la canalización de aducción de Ø800 por la
Avda. Fuerzas Armadas que abastece a la zona de Valdebebas.
Actualmente la red de abastecimiento conecta con la red de infraestructuras de la ciudad en
5 puntos alrededor del anillo perimetral, según se muestra en el esquema siguiente:
RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA EJECUTADA EN ANILLO CON ACOMETIDAS A LA
PARCELA DE AMPLIACIÓN DE IFEMA (FLECHAS AZULES)
El anillo existente perimetral cuenta con las instalaciones de válvulas, ventosas, desagües y
arquetas necesarias para garantizar la presión del suministro de la red. Se disponen
hidrantes a lo largo de todo el anillo perimetral cada 200 m. aproximadamente.
Red existente de agua regenerada
La red de agua regenerada existente se basa en una conducción de Ø600 sobre la Avda.
Alejandro de la Sota que viene del sureste de la tubería paralela a la M-11 y continúa hacia
el norte hasta la glorieta de Antonio Perpiñá, girando hacia el oeste por Avda. Fuerzas
Armadas atravesando hacia el norte para llegar al Parque Forestal de Valdebebas. Un
segundo trazado en anillo bordea el perímetro de la parcela desde la glorieta Manuel Muñoz
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
28
Monasterio, hacia el norte por la calle Francisco Umbral, y discurriendo hacia el este por la
Avda. Fuerzas Armadas hasta el perímetro este de la parcela, con diámetros de 125 y 160.
Se disponen dos puntos de conexión para las instalaciones de agua regenerada de la
ampliación de IFEMA: uno al oeste, en la calle Francisco Umbral, a la altura de la Glorieta
de Manuel Muñoz Monasterio, y una segunda acometida, ubicada en la Avda. Alejandro de
la Sota, junto a la Glorieta de Antonio Perpiñá, para dar servicio a la zona terciaria prevista
al norte de la parcela.
ESQUEMA DE RED DE AGUA REGENERADA CON ACOMETIDA EN VERDE
Red existente de saneamiento
La red de saneamiento realizada en el PU APE 16.11 de Valdebebas es de tipo unitario,
según indicaciones del Departamento de Alcantarillado del Ayuntamiento de Madrid. Es
una red perimetral al ámbito de ampliación de IFEMA con ramales a los lados este y oeste
que evacúan hacia el norte, donde vierten las aguas por la topografía del terreno.
La comunicación con referencia AS/138-5-02 del Ayuntamiento de Madrid, Departamento
de Alcantarillado, a la redacción del Plan Parcial UNP 4.01 con fecha 13/10/2003, indica
que el sistema de saneamiento a proyectar será unitario. El punto de vertido a la red
existente será al colector de Valdebebas:
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
29
El ramal oeste, ramal 6-1, parte de la Glorieta de Pascual Bravo al suroeste del ámbito con
una tubería de Ø400 a la que se enganchan con pozos de resalte ramales de Ø300 en
diagonal para evacuar el agua de los absorbederos y resolver el flujo de caudal por
escorrentía, procedente de pluviales. Esta conducción conecta con una tubería de Ø800 en
la glorieta de Isidro González Velázquez al noroeste del ámbito.
El sistema de saneamiento continúa hacia el este por la Avda. Fuerzas Armadas por el ramal
1-3, de diámetro Ø800, a la que se enganchan mediante pozos de resalto tuberías de Ø400
que recogen el agua de lluvia por los absorbederos. Esta tubería mantiene la sección hasta la
Glorieta Antonio Perpiñá, donde aumenta a Ø1000, y cuya traza discurre hacia el noreste
hacia la depuradora y punto de vertido.
Partiendo del túnel que comunica la Puerta Norte del IFEMA actual con la ampliación, por
la Avda. Alejandro de la Sota, discurre otra conducción de Ø400 que va aumentando su
sección a Ø500, Ø600, Ø800 hasta llegar a Ø1000 y enganchar con la tubería de Ø1000 de
la Glorieta Antonio Perpiñá donde recibe el caudal del ramal 6-1 y 1-3 del oeste y norte del
ámbito para derivar las aguas al punto de vertido, previa depuración. Este ramal 5-2 tiene
una comunicación mediante tubería de Ø500 con el ramal 5-1 paralelo, junto a la ciudad
deportiva, cerca de la Glorieta Antonio Perpiñá.
Un cuarto ramal 6-2 que parte con tubo de Ø400 de la Glorieta Pascual Bravo hacia el sur,
pasa por debajo de la M-11 para desaguar el caudal procedente de los drenajes y del
saneamiento de la zona suroeste. Este ramal aumenta su sección a Ø500 y tras pasar el túnel
de la M-11 aumenta a dos tubos de PVC Ø400, conectando con la depuración del IFEMA
actual.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
30
ESQUEMA DE VERTIDO DE RED DE SANEAMIENTO Y PLUVIALES
Para que la red de saneamiento recoja las aguas pluviales y fecales de la ampliación de
IFEMA se realizará la acometida en la tubería de mayor diámetro, situada en la esquina
noreste de la parcela, en la Avenida de Alejandro de la Sota, con tubo de Ø1000 mm que va
hasta la glorieta de Antonio Perpiñá. Existe un alcantarillado visitable traspasando dicha
glorieta hacia el norte, que da acceso a una tubería de Ø1800, lo que podría evacuar el
caudal generado por la ampliación de IFEMA en caso de considerar insuficientes los
diámetros de las tuberías circundantes.
Red existente de gas
El PU APE 16.11 proyectó una red de gas de tubería de polietileno de diámetro de Ø250 por
la Avda. Fuerzas Armadas por el perímetro norte del ámbito, que procede de la conexión
más al norte del resto del desarrollo de Valdebebas. De esta conducción parten dos
derivaciones al intersecar con las glorietas Isidro González Velázquez al oeste y Antonio
Perpiñá al este, de diámetro Ø200 que discurren hacia el sur, por los lindes este y oeste del
ámbito de ampliación de IFEMA.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
31
ESQUEMA DE LA RED DE GAS
Red existente de telecomunicaciones
La red de telecomunicaciones existente garantiza el abastecimiento al ámbito de ampliación
de IFEMA mediante una conducción conjunta (de Telefónica y libre) que discurre por el
perímetro oeste y norte, con extensión hasta la gasolinera situada en la esquina suroeste del
ámbito, con conexiones intermedias que abastecen a los barrios colindantes del oeste
(Cárcavas, San Antonio). Bordeando el perímetro norte por la Avda. Fuerzas Armadas, se
halla la conducción conjunta que empalma con la conducción libre con terminación en la
glorieta de Luis Blanco Soler, por el perímetro este del ámbito.
Existen varios puntos de enganche con la red actual, ya que toda la conducción ha previsto
arquetas de tipo H y de tipo D, para conducción libre y de Telefónica, cada 150 m
aproximadamente en el perímetro oeste y dos empalmes en el perímetro este.
TRÁFICO, MOVILIDAD Y TRANSPORTE PÚBLICO 7.
7.1. Estudio de tráfico del viario local
El Anexo de este Plan Especial que estudia el Tráfico y la Movilidad, estima tanto la
suficiencia de aparcamiento, como de las condiciones de movilidad peatonal y de la afección
al tráfico de la nueva demanda generada, proponiendo actuaciones en el viario local para
mejorar su funcionamiento.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
32
Los resultados de los cálculos llevan a la conclusión de que todas las intersecciones y
enlaces se encuentran dentro de los parámetros exigibles de fluidez en todas las
circunstancias. En particular, la conexión con la M-11 presentan un elevado nivel de servicio
en todos los escenarios.
De acuerdo a la disposición del viario del ámbito y a la previsión de la demanda atraída, se
han identificado los puntos más conflictivos en materia de tráfico2:
Glorieta Sintra, junto al paso sobre la M-11 que une el actual recinto de Ifema con la
margen norte de la M-11, al sureste de la actuación.
El tramo de Alejandro de la Sota comprendido entre la glorieta de Antonio Perpiñá y
la de Luis Blanco Soler. Mientras la primera glorieta se encuentra frente a ciertos
problemas en la salida de las ferias recurrentes, la segunda podría tener problemas de
funcionamiento en la entrada a los eventos al aire libre, en ambos casos debido a la
interferencia con otros flujos existentes.
La solución para la Avenida de Alejandro de la Sota y las glorietas de Luis Blanco Soler y
de Antonio Perpiñá requiere diversas actuaciones complementarias:
La glorieta de Luis Blanco Soler podría colapsar si los taxis y VTC accedieran a
la entrada principal al recinto de Ifema, por lo que se les prohíbe esa entrada,
admitiendo sin embargo su salida, que no afecta negativamente.
Para la glorieta de Antonio Perpiñá se adoptarán las siguientes medidas:
o Creación de un giro en U para facilitar el movimiento de los vehículos que
entran desde la M-11 a los aparcamientos de Ifema.
o Desplazamiento del paso de peatones al norte, ocupando el espacio
actualmente destinado a un carril de la glorieta, que queda con dos carriles.
o Se semaforizan todos los pasos peatonales, con fases verdes peatonales
alrededor del 50% del ciclo (al menos en los momentos de acceso a los
eventos al aire libre).
Fuente: Estudio de tráfico y movilidad, Tool-Alfa
2 Estudio de tráfico y movilidad de la Ampliación III de IFEMA, Tool-Alfa, octubre de 2019, Documento
Anexo del Plan Especial. Apartado 8.3. Cuestiones Generales.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
33
Fuente: Estudio de tráfico y movilidad, Tool-Alfa, Anexo a esta Memoria
Fuente: Subdirección General de Implantación de la Movilidad y Transportes, Ayuntamiento de Madrid
Para el tramo entre glorietas las propuestas son las siguientes:
o Se elimina el carril-bus, actualmente sin funcionalidad.
o Se elimina la actual banda de aparcamiento en batería para ampliar la acera a 3,5
metros aproximadamente. La supresión de estas plazas de aparcamiento no supone
un inconveniente significativo, ya que la oferta de aparcamiento gratuito en el
entorno del recinto es muy abundante.
o Se crea una mediana central, de dimensiones suficientes para permitir la
instalación de paradas de autobús, si fuesen necesarias en el futuro.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
34
o Se proyectan tres accesos al aparcamiento: de norte a sur, el primero sólo de
entrada, el segundo reversible en función de la demanda, y el tercero sólo de
salida. Esta salida queda semaforizada.
o Se hacen confluir las calzadas lateral y central para permitir la entrada simultánea a
la glorieta de Luis Blanco Soler con cuatro carriles.
o Los pasos de peatones se reordenan, respetando el acceso al Pabellón del Real
Madrid al Este, y desplazando uno de ellos al sur de la glorieta de Luis Blanco
Soler, con lo que la entrada principal de la Ampliación III queda atendida con dos
pasos peatonales, uno a cada lado de la glorieta.
o Todos los pasos de peatones deben estar semaforizados. Salvo de mayor intensidad
peatonal y el vinculado a la salida del aparcamiento, los demás quedan regulados
mediante pulsador.
o Se proyectan tres accesos al aparcamiento: de norte a sur, el primero sólo de
entrada, el segundo reversible en función de la demanda, y el tercero sólo de
salida. Esta salida queda semaforizada.
o Se hacen confluir las calzadas lateral y central para permitir la entrada simultánea a
la glorieta de Luis Blanco Soler con cuatro carriles.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
35
ESTADO ACTUAL ESTADO PREVISTO
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
36
7.2. Impacto sobre la red de carreteras del Estado
El Estudio del Impacto de la Ampliación III de Ifema sobre la red de carreteras del Estado3
concluye afirmando que, en términos generales, los accesos a la actuación analizada se
realizan de manera prioritaria por la M-11, vía que goza de un excelente trazado y como
consecuencia, una amplia capacidad excedentaria. Además, aunque la red viaria en general
se mantendrá sin cambios significativos, la prevista construcción de un puente sobre la M-12
para conectar Valdebebas con el aeropuerto facilitará en el futuro aún más las relaciones con
la terminal aérea, punto esencial de generación y atracción de tráficos con la actuación en
estudio.
Los cálculos de nivel de servicio realizados demuestran que la calidad no se ve deteriorada
significativamente debido a la actuación y que, cuando se dan cambios, son de escasa
significación.
En cuanto a la “Glorieta Norte”, los datos obtenidos del análisis específico realizado para
este estudio y la modelización subsiguiente, ponen de relieve que el incremento previsto de
demanda en los momentos de más actividad de la Ampliación III hacen conveniente la
semaforización de los accesos a la glorieta, de manera similar a lo realizado en la Glorieta
próxima que conecta la Avenida de los Andes con la Avenida del Consejo de Europa.
Por todo ello, puede afirmarse que la Ampliación III de IFEMA no afecta de manera
significativa al funcionamiento general de la Red de Carreteras del Estado, sin necesidad de
intervenciones singulares más allá de la semaforización mencionada.
7.3. Transporte público
7.3.1. Metro y Cercanías
La parcela de ampliación de IFEMA recibe servicio de las líneas 8 y 4 de metro. La estación
de la línea 4 en Mar de Cristal dista unos 1.300 metros del recinto ferial actual; la estación
Feria de Madrid se encuentra en la entrada sur del recinto ferial actual.
Las líneas C-1 y C-2 de Cercanías, tienen estación al noreste, en la Avenida de las Fuerzas
Armadas inmediatamente al este de la glorieta de Antonio Perpiñá. Conectan la Terminal T-
4 del aeropuerto, con otras estaciones centrales de Madrid; la línea C-10 continúa por Las
Rozas hasta Collado Villalba.
7.3.2. Autobús
La línea de autobús más cercana es la número 171, que conecta la estación de metro Mar de
Cristal, con el barrio de Valdebebas (calle Leandro Silva). Actualmente tiene parada en la
calle Francisco Umbral en la glorieta de Manuel Muñoz Monasterio intermedia al oeste de la
parcela de ampliación de IFEMA, en la glorieta de Isidro González Velázquez (intersección
de Fco. Umbral y Fuerzas Armadas), al NO de la parcela, y en la glorieta de Antonio
Perpiñá al NE.
3 Memoria del Estudio del Impacto de la Ampliación III de IFEMA sobre la red de carreteras del Estado, Tool-
Alfa, noviembre de 2019. Documento Anexo del Plan Especial.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
37
En marzo de 2019, la línea número 73 (Diego de León – Canillas) ha sido ampliada desde
Canillas hasta la Feria de Madrid.
La línea 174, en la Avenida de las Fuerzas Armadas al norte con parada en la glorieta de
Isidro González, enlaza con la plaza de Castilla.
Plano de paradas de bus Fuente: Estudio de tráfico y movilidad, Tool-Alfa
7.3.3. Situación general del transporte público
Respecto al punto central de la parcela de Ampliación, los accesos a los medios de
transporte público se encuentran a distancias de menos de 500 metros (Cercanías, al norte, y
autobuses urbanos, al oeste) o de 1.500 metros (Estación de Metro de Feria de Madrid, al
sur). En este último caso, la red del Bus-Feria interior al actual recinto ferial permite reducir
esa distancia peatonal a 300 metros.
En la situación de ferias recurrentes, la actual oferta de transporte es más que suficiente para
la demanda generada.
En los eventos al aire libre, es necesario reforzar servicios, como se ha hecho en la realidad
en casos anteriores. En la hora punta de salida, en horario nocturno, la falta de servicio
ferroviario hace que los demás modos de transporte deban ser reforzados, tanto en los
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
38
autobuses como en el metro, al que se accedería a través del túnel de conexión entre
recintos4.
LÍNEAS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE METRO, CERCANÍAS Y AUTOBÚS
7.4. Movilidad peatonal
La movilidad no motorizada es, en el momento presente, poco significativa en el ámbito de
la Ampliación III de Ifema.5 La relativa separación de la parcela del resto del tejido urbano
consolidado y la lejanía del barrio residencial de Valdebebas hacen que no existan grandes
flujos de peatones ni de bicicletas.
El Estudio de Tráfico y Movilidad de este Plan Especial detecta únicamente un posible
problema de conexión peatonal de los flujos de tráfico procedentes del norte de la parcela de
Ifema, mayormente procedentes de la estación de Cercanias, y en parte, de las paradas de
autobús en la Avenida de Las Fuerzas Armadas o en modo pié puro, que presentan una
demanda horaria máxima del orden de 4.500 personas6. Para solucionar los posibles
problemas de congestión peatonal, deberá ampliarse la acera sur de la glorieta de Antonio
Perpiñá, y la acera de la Avenida de Alejandro de la Sota inmediata a la parcela de Ifema,
esta última desde sus actuales 1,80 metros, hasta 3,50 metros aproximadamente.
Se transformará la banda de estacionamiento de la calle Francisco Umbral para ampliar la
acera actual, lo que facilitará esencialmente el acceso desde las paradas de autobús.
También, el Estudio de Tráfico y Movilidad propone modificar la situación de los actuales
pasos cebra de la Avenida de Alejandro de la Sota de modo que no interfieran con los cuatro
accesos previstos al aparcamiento Noreste de la Ampliación de Ifema.
4 Ibid, Tool-Alfa.
5 Ibid.
6 Ibid.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
39
Situación actual
Situación propuesta
PASOS CEBRA EN LA AVENIDA DE ALEJANDRO DE LA SOTA
Fuente: Estudio de Tráfico y Movilidad. Tool-Alfa. Octubre 2019, y Subdirección General de
Implantación de la Movilidad y Transportes
RELACIÓN DE LA AMPLIACIÓN CON EL RECINTO FERIAL ACTUAL Y VIARIO 8.
CIRCUNDANTE
8.1. Conexión peatonal
La comunicación peatonal entre el Recinto Ferial Actual y la Ampliación Ferial se realizará
normalmente a través del eje norte – sur por el corredor central de los actuales pabellones,
desembocando en la Puerta Norte para pasar por el túnel de conexión hasta los nuevos
pabellones.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
40
Alternativamente, desde la estación de metro de Feria de Madrid, puede tomarse el “Bus-
Feria” que recorre el circuito viario interno al Ferial Actual, hasta la Puerta Norte, desde
donde podrá accederse por el túnel hasta los nuevos pabellones.
Una tercera forma de acceso desde el Recinto Ferial Actual será utilizando la futura
lanzadera de unión entre ambos ámbitos.
CONEXIÓN PEATONAL A TRAVÉS DEL EJE
CENTRAL DEL RECINTO ACTUAL
RECORRIDO Y PARADAS DEL BUS-FERIA
ACTUAL, CON POSIBLE RAMAL A LA PARCELA
DE AMPLIACIÓN DEL FERIAL
Se prioriza el flujo peatonal sobre el rodado en todo el recinto de Ampliación mediante un
paseo peatonal situado en el eje principal norte-sur con acceso a los pabellones por su
fachada principal y continuando el recorrido hacia el norte del ámbito hasta intersectar con
el viario transversal este-oeste que comunica los accesos entre la calle Francisco Umbral y la
Avenida Alejandro de la Sota, donde continúa en ambos extremos siguiendo el trazado hacia
el norte de forma perimetral por los límites este y oeste del ámbito del Plan Especial, para
enlazar con los focos principales de tránsito peatonal, en las dos glorietas de la Avenida de
Fuerzas Armadas.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
41
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
42
8.2. Conexión en transporte público de taxi y VTC
La circulación de taxi y VTC es posible alrededor de los pabellones del Ferial Actual por su
viario interno, para desembocar en el túnel bajo la M-11 y entrar en la Ampliación del
Ferial.
La entrada puede realizarse por el viario interno norte desde la calle Francisco Umbral al
oeste o desde la Avenida de Alejandro de la Sota, para acceder a la zona de espera situada en
la ZONA B y salir por la glorieta interna más al sur, y de ahí a la glorieta de Luis Blanco
Soler.
Se restringe el paso por el viario que da frente a los pabellones, donde se da prioridad al
flujo peatonal, en el tramo de viario de coexistencia de tráfico rodado/peatonal, con uso
principalmente peatonal.
8.3. Circulación de vehículos de abastecimiento interno
Los camiones y otros vehículos de suministro podrán acceder a la parcela de Ampliación del
Ferial por las entradas previstas en el Plano de Ordenación O.2, VIARIO INTERIOR Y
ACCESOS, desde la Avda. Alejandro de la Sota al este, y desde la plaza de Pascual Bravo al
oeste. No obstante, el funcionamiento normal incluirá el tránsito de vehículos de
abastecimiento por el túnel entre ambos recintos feriales, Actual y de Ampliación,
compartiendo así trabajos y horarios.
8.4. Reordenación de la glorieta en la Puerta Norte del recinto actual
Se prevé remodelar el encuentro del túnel con el viario actual en la Puerta Norte, diseñando
una intersección en T para el tráfico rodado y un acceso peatonal con la misma cota de la
actual Puerta Norte. El Proyecto de Urbanización deberá resolver su diseño, con coste de
ejecución a cargo de IFEMA.
La sección de esta remodelación de paso existente consistirá en aceras de 3,5 metros, un
carril por sentido de 4,0 metros, un paso peatonal de 3 metros adicional a la acera y un
espacio de 4 metros reservado para la futura lanzadera.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
43
GRÁFICO DEL ENCUENTRO ENTRE LA PUERTA NORTE DEL RECINTO ACTUAL, Y LA
AMPLIACIÓN DE IFEMA: REMODELACIÓN PREVISTA
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
44
ORDENACIÓN Y USOS URBANÍSTICOS 9.
9.1. Cumplimiento de las determinaciones de la ficha de APE 16.11 del PGOUM-97
La ficha del APE 16.11, reproducida en el anterior Apartado 2.2., establece los parámetros y
condiciones para el desarrollo del Plan Especial. El cuadro siguiente sintetiza su
cumplimiento en la presente Memoria y en el documento de Normativa Urbanística.
DETERMINACIONES DE LA FICHA DEL
PGOUM-97
CUMPLIMIENTO EN EL PLAN
ESPECIAL
CONDICIONES:
Edificabilidad máxima: 250.000 m2e
Se mantiene la edificabilidad máxima señalada.
No se aplica la edificabilidad que resultaría del
Coeficiente de Edificabilidad de 0,5 m2/m
2 de la
Ficha del APE 16.11, que resultaría en 250.331
m2e, sino que se aplica la superficie edificable
máxima de 250.000 m2e señalada en la misma.
Usos compatibles y prohibidos
Los usos se señalan en el documento III
Normativa Urbanística del Plan Especial.
Altura máxima de la edificación sobre rasante
La altura máxima se regula en el artículo 5.4
“Altura de la edificación” de la Normativa y se señala en el plano O.3 ZONIFICACIÓN
INTERIOR, cumpliendo con las alturas
máximas admitidas por la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea (AESA).
Condiciones de forma y volumen de la edificación Se señalan en el documento III Normativa
Urbanística del Plan Especial
OBJETIVOS
Ordenar el desarrollo de la Ampliación de los Recintos
Feriales, definiendo el uso principal y los usos
compatibles, distribuyendo las superficies de éstos y
disponiendo los volúmenes de la edificación
necesarios.
Planos de Ordenación y documento III
Normativa Urbanística del Plan Especial.
Resolver el contenido de los espacios libres. Relación
entre espacios ajardinados y espacios de movilidad,
incluso de aparcamientos, y su continuidad con el
sistema de accesos
Plano O.3 ZONIFICACIÓN INTERIOR, y
Apartados correspondientes en la Memoria de
Ordenación. Apartado 8, punto 1, de Conexión
Peatonal.
Resolver la conexión interna con el Recinto Ferial
actual sobre o bajo la autopista M11 tanto para
peatones como para un posible transporte de capacidad
media
Plano de red viaria O.2. VIARIO INTERIOR Y
ACCESOS, y Memoria de Ordenación,
Apartado 8, punto 4, de reordenación del viario
en la Puerta Norte del recinto actual.
OBSERVACIONES
Trasladar y trasplantar todos los pies arbóreos
catalogados
No existen en la parcela.
Garantizar la protección contra la contaminación
acústica y percepción vibratoria.
Anexo 3, Estudio Acústico, y Capítulo 7 del
documento III Normativa Urbanística.
Realizar estudios y actuaciones arqueológicas previas Se encuentran descritas en el Anexo de Estudio
Arqueológico del Plan Especial.
Respetar las zonas de afección establecidas por la Ley
de Carreteras
Plano de red viaria O.2 VIARIO INTERIOR Y
ACCESOS. ZONAS DE PROTECCIÓN DE
LA M-11, y Memoria de Ordenación en su
Apartado 3.5. Afecciones de Carreteras.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
45
La Ficha de condiciones específicas para el Plan Especial “Ampliación III de Recintos
Feriales” indica como Uso Cualificado Característico de todo el ámbito del Plan Especial, el
de Red General de Equipamiento Social, en categoría de Recinto Ferial (uso cualificado
característico Recinto Ferial en adelante).
El Plan Especial contempla el uso cualificado principal de Red General de Equipamiento
Social – Recinto Ferial para todo el ámbito del mismo.
El Plan Especial realiza una zonificación interior al objeto de diferenciar el destino
pormenorizado de las diferentes Zonas de ordenación.
9.2. Ordenación general del ámbito: ZONAS
9.2.1. Zonificación general
La estructura de ordenación del Plan Especial consiste en una Zona destinada a la
instalación de pabellones de uso Recinto Ferial y usos asociados que recorre el ámbito de sur
a norte, y en Zonas destinadas a uso cultural, a áreas libres ajardinadas, a aparcamientos y al
viario interno. El esquema siguiente refleja la ordenación general y destino previsto para
cada Zona.
1.- ZONAS DE PABELLONES DEL
FERIAL
A.- ZONA PRINCIPAL DE
PABELLONES DEL FERIAL
B.- ZONA DE PABELLONES DEL
FERIAL/ EVENTOS AL AIRE LIBRE
E.- ZONA DE INSTALACIONES DE
SERVICIOS
H.- ZONA DE USOS ASOCIADOS
EN EDIFICIOS INDEPENDIENTES
I.- ZONA DE PABELLONES DEL
FERIAL
2.- ZONA CULTURAL
K.- ZONA CULTURAL
3.- ZONA DE APARCAMIENTO
C.- ZONA APARCAMIENTO NW
D.- ZONA APARCAMIENTO SW
F.- ZONA APARCAMIENTO SE
G.- ZONA APARCAMIENTO NE
4.- ZONAS AJARDINADAS
J, L.- ZONAS DE TERRAPLEN
AJARDINADO
M.- ZONAS DE ESPACIOS LIBRES
AJARDINADOS
5.- ZONA DE VIARIO
N.- ZONA DE VIARIO
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
46
9.2.2. Superficie y edificabilidad de cada Zona
Para la asignación de edificabilidad a cada Zona, se ha tenido en cuenta el programa de
edificación e instalaciones previsto por IFEMA, ajustado de modo que resulten superficies
edificables razonables para cada uso y Zona.
Las superficies edificables de cada Zona vienen señaladas en el artículo 3.3. del documento
III. Normativa Urbanística. A continuación, se realiza un cuadro resumen:
ZONAS POR
USO ZONA DENOMINACIÓN
SUPERFICIE
DE SUELO
m2s
SUPERFICIE
EDIFICABLE
MÁXIMA
TOTAL USO
FERIAL m2e
POSIBLE SUPERFICIE
EDIFICABLE
DESTINADA A USOS
ASOCIADOS * m2e
ZONAS CON
EDIFICABILIDAD
USO
FERIAL
A ZONA PRINCIPAL DE
PABELLONES DEL FERIAL 123.594 m2s 112.000 9.000
B PABELLONES DEL FERIAL/
EVENTOS AL AIRE LIBRE 55.760 m2s 50.000 3.500
E INSTALACIONES DE
SERVICIOS 9.432 m2s 3.000 3.000
H
USOS ASOCIADOS EN
EDIFICIOS
INDEPENDIENTES 47.974 m2s 55.000 45.500
I PABELLONES DEL FERIAL 47.998 m2s 30.000 1.500
SUBTOTAL 284.758 m2s 250.000 m
2e 62.500 m
2e
ZONAS SIN
EDIFICABILIDAD
USO
CULTURAL K CULTURAL
966 m2s
USO
APARCA-
MIENTO
C APARCAMIENTO NW 18.645 m2s
D APARCAMIENTO SW 24.398 m2s
F APARCAMIENTO SE 17.952 m2s
G APARCAMIENTO NE 19.190 m2s
USO
ESPACIOS
LIBRES
M ESPACIOS LIBRES
AJARDINADOS 48.070 m2s
J, L TERRAPLÉN AJARDINADO 33.300 m2s
RED
VIARIA N VIARIO INTERIOR 53.383 m2s
SUBTOTAL 215.904 m2s
TOTAL 500.662 m2s 250.000 m
2e 62.500 m
2e
* En cualquier caso, para el conjunto de todas las Zonas, la superficie edificada máxima de usos asociados no
sobrepasará 62.500 m2e, y la suma total de superficies edificadas de usos cualificados de Recinto Ferial y de
usos asociados no sobrepasará 250.000 m2e.
Así, por ejemplo, en la ZONA A, si se concediera licencia para edificar 9.000 m2e de usos asociados,
únicamente podrían edificarse 103.000 m2e del uso ferial principal
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
47
9.3. ZONA A Principal de Pabellones del Ferial
Superficie de suelo 123.594 m2s
Superficie edificable total 112.000 m2e
Uso principal 112.000 m2e
Usos asociados * Posible máximo 9.000 m2e
*La superficie edificable que se destine a usos asociados se detraerá de la superficie
edificable del uso principal
Alberga pabellones de exhibición, el corredor de distribución norte-sur, y el Centro de
Convenciones, con sus respectivos espacios de usos asociados.
Se sitúa al sur, lo más próximo posible al recinto ferial actual. Dispone sus entradas
principales desde la glorieta Luis Blanco Soler y desde el túnel de conexión con el recinto
ferial actual.
Se complementa con el aparcamiento del ferial al este, y un área de espera de taxi y
vehículos VTC al norte, en la ZONA B.
La siguiente imagen corresponde a la previsión de edificaciones en esta Zona, sin perjuicio
de posibles otras implantaciones posteriores.
IMAGEN INDICATIVA ZONA A
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
48
Los pabellones del ferial estarán comunicados por un edificio lineal en el frente de su
fachada al este, que funcionará como eje distribuidor norte-sur de dos plantas realzando la
imagen unitaria del complejo. Podrá prolongarse hacia el norte, en planta elevada con gálibo
mínimo de 4,50 m. para permitir el paso de vehículos por la calle de separación, para
conectar con el posible pabellón de uso Recinto Ferial que se levantase en un futuro en la
ZONA B de Pabellones del Ferial / Eventos al Aire Libre.
Sobresaliendo de la línea de fachada de los pabellones y del distribuidor norte-sur destaca el
Centro de Convenciones, cuya cubierta podrá volar sobre el recorrido peatonal exterior para
proteger de la lluvia la carga y descarga de pasajeros de vehículos que accediesen al
complejo.
El Centro de Convenciones deberá constituir un conjunto arquitectónico versátil en el que
puedan reunirse grupos de personas relativamente grandes con el propósito de participar en
diferentes actividades del recinto ferial tales como conferencias, exposiciones, foros,
seminarios, etc.
Se comunica directamente con la Puerta Norte del recinto ferial actual por el túnel existente
bajo la M-11, con posibilidad de lanzadera interna (autobús, tranvía ligero, etc.) o pasillo
rodante conectando ambos recintos feriales y la estación de metro de Feria de Madrid.
9.4. ZONA B de Pabellones del Ferial
Superficie de suelo 55.760 m2s
Superficie edificable total 50.000 m2e
Uso principal 50.000 m2e
Usos asociados * Máximo 3.500 m2e
*La superficie edificable que se destine a usos asociados se detraerá de la superficie
edificable del uso principal
La ZONA B se destina a actividades en Pabellones del Ferial, aunque en las primeras fases
se prevé la realización principal de “Eventos al Aire Libre”. El uso cualificado característico
es de Recinto Ferial, con posibilidad de albergar grandes eventos y conciertos al aire libre.
Es una Zona prevista tanto para actuaciones estables o permanentes, como para actuaciones
provisionales. Las actuaciones provisionales se acometerán o establecerán por tiempo
limitado, comprendiendo instalaciones feriales, de espectáculos u otros actos de asistencia
pública al aire libre o instalaciones efímeras cubiertas por algún tipo de carpa.
También podrá albergar pabellones de exhibición permanentes, siguiendo el esquema del eje
distribuidor longitudinal norte-sur.
Se sitúa en el centro del ámbito del Plan Especial. Dispone de cuatro entradas directas desde
las calles exteriores al este y al oeste, con las restricciones de uso señaladas en el Plano O.2
VIARIO INTERIOR Y ACCESOS.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
49
El Plano O.6 ORDENACIÓN INDICATIVA, propone la siguiente imagen de instalación de
pabellón, al que el corredor lineal al frente conectaría peatonalmente con el resto de
pabellones al sur.
IMAGEN INDICATIVA ZONA B
9.5. ZONA E de Instalaciones de Servicios del Ferial
Superficie de suelo 9.432 m2s
Superficie edificable total 3.000 m2e
Uso principal 3.000 m2e
Usos asociados * Máximo 3.000 m2e
*La superficie edificable que se destine a usos asociados se detraerá de la superficie
edificable del uso principal
Se dispone en un área posterior a los pabellones de exhibición. Albergará los servicios de
mantenimiento del recinto ferial, incluyendo la central térmica y el área de montaje y
almacenaje de los elementos de exhibición de los pabellones.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
50
IMAGEN INDICATIVA ZONA E
9.6. ZONA H de Usos Asociados en edificios independientes
Superficie de suelo 47.974 m2s
Superficie edificable total 55.000 m2e
Uso principal 55.000 m2e
Usos asociados * Máximo 45.500 m2e
*La superficie edificable que se destine a usos asociados se detraerá de la superficie
edificable del uso principal
Zona con uso cualificado de Recinto Ferial que admite la ubicación de edificios
independientes de los pabellones del ferial, destinados a usos asociados tales como terciario
de hospedaje, oficinas y comercio vinculados a la actividad ferial principal. Sus futuras
instalaciones aportarían una diversidad funcional al ámbito del recinto ferial mejorando los
servicios vinculados a las empresas expositoras y agentes comerciales que visitan y operan
en los eventos y exhibiciones temporales, y acortando o evitando los desplazamientos del
personal.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
51
IMAGEN INDICATIVA ZONA H
9.7. ZONA I de Pabellones del ferial
Superficie de suelo 47.998 m2s
Superficie edificable total 30.000 m2e
Uso principal 30.000 m2e
Usos asociados * Máximo 1.500 m2e
*La superficie edificable que se destine a usos asociados se detraerá de la superficie
edificable del uso principal
Zona destinada a nuevos pabellones feriales que puedan necesitarse en un futuro:
IMAGEN INDICATIVA ZONA I
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
52
9.8. ZONA K Cultural
Constituye la Zona de uso Cultural. Albergará los Fortines de la Mata Espesa, fortificaciones
de la Guerra Civil para las que se adecuará un espacio museístico de visita y estancia
pública, de acuerdo a las siguientes prescripciones de la Dirección General de Patrimonio
Cultural, de la Consejería de Cultura y Turismo:
1) Con anterioridad al inicio de las obras se habrán llevado a cabo sondeos arqueológicos
para documentar las líneas de trincheras. En caso de que los sondeos dieran resultados
negativos y se comprobase que el aporte de tierras sigue ocultando las líneas de
trincheras, se procedería al vaciado controlado de esta zona y se practicarían nuevos
sondeos a cotas inferiores.
2) Se realizará un control y seguimiento arqueológico de los movimientos de tierras que se
lleven a cabo en la parcela que afecten a los Fortines de la Mata Espesa y sus trincheras.
3) Los trabajos de limpieza, desmontaje, traslado y reubicación de los Fortines, así como la
recreación de las trincheras, deberán ser supervisadas por un restaurador de Bienes
Culturales, junto a la dirección arqueológica, debiendo ser debidamente autorizados por
la Dirección General de Patrimonio Cultural.
4) Se excavarán las trincheras que comunican los Fortines y que ya fueron objeto de
intervención arqueológica en el año 2005. Una vez excavadas, se deberá llevar a cabo
una completa documentación fotográfica, fotogramétrica y planimétrica, tanto de los
fortines como de las trincheras, que permitan una fiel reconstrucción de los mismos en la
nueva ubicación.
5) Previamente al traslado se deberán desmontar y acopiar las banquetas de ladrillo situadas
dentro de los Fortines, para volver a reubicarlos en su posición una vez que finalice el
traslado de los mismos.
6) Se deberán limpiar y restaurar los Fortines eliminando los impactos negativos que
presentan en la actualidad, en especial las pintadas con grafitis.
7) Con la documentación gráfica y planimétrica, así como la histórica y de archivo obtenida
durante los trabajos arqueológicos, se elaborarán dos paneles informativos, cuyo
contenido y ubicación deberá ser expresamente autorizado por la Dirección General de
Patrimonio Cultural, y que deberán ajustarse a los modelos del Plan de Fortificaciones
de la Guerra Civil de la Comunidad de Madrid.
La Zona Cultural prevista se sitúa inmediatamente al norte de la Glorieta de Pascual Bravo,
con entrada peatonal desde la calle Francisco Umbral.
En el Anexo 7 de este Plan Especial se incluyen los Informes de las Comisiones de Patrimonio
(CPPHAN y CLPH) y de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de
Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
53
IMAGEN INDICATIVA ZONA K
9.9. ZONAS M, J y L de Espacios Libres y Terraplenes Ajardinados
Estas Zonas se señalan en el Plano O.3- ZONIFICACIÓN INTERIOR, y en ningún caso
podrán ser edificadas.
9.9.1. ZONA M de Espacios Libres Ajardinados
La parte más representativa es el corredor paralelo al distribuidor norte-sur, que constituye
el espacio de acceso a la Zona principal de pabellones. En este corredor deberá primar su
condición de espacio peatonal.
Tiene como función establecer una imagen abierta y de acogida al recorrido peatonal básico
de los pabellones del Ferial, contribuyendo a la calidad medio ambiental del ámbito de la
Ampliación de IFEMA, según establece el artículo 6.2 del documento III.- Normativa
Urbanística.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
54
IMAGEN INDICATIVA ZONA M
9.9.2. ZONAS J y L de Terraplén Ajardinado
Las ZONAS J y L, con un total aproximado de 3,3 hectáreas en disposición lineal al oeste y
sur del ámbito, permiten ajustar las áreas edificables del Ferial, que tienen nula o muy escasa
pendiente, a las diferencias de cota del terreno original circundante que debe mantenerse en
su cota actual.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
55
El Artículo 6.2 del documento III.- Normativa Urbanística, establece la obligación de
asegurar su vegetación arbustiva o arbórea mediante los bancales o terrazas precisos para
mantener la armonía del paisaje y evitar la erosión.
IMAGEN INDICATIVA ZONAS J Y L
9.10. ZONAS C, D, F y G de Aparcamiento
Sus condiciones pormenorizadas se describen en los Apartados 10, 11 y 12 siguientes.
Los aparcamientos en la ordenación propuesta se ubican inmediatos a las dos vías
perimetrales exteriores al este y al oeste.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
56
APARCAMIENTO 10.
10.1. Capacidad de aparcamiento
El mínimo legal de plazas de aparcamiento es de 1,5 plazas por cada 100 m2 de edificación,
que para un máximo de 250.000 m2 edificables, resulta en un mínimo de 3.750 plazas.
NÚMERO MÍNIMO LEGAL DE PLAZAS SEGÚN NORMATIVA
(1,5 plazas por cada 100 m2
edificables)
ZONA Edificabilidad
m2e
Número mínimo legal de
plazas
A 112.000 1.680
B 50.000 750
E 3.000 45
H 55.000 825
I 30.000 450
Total 250.000 3.750
La Ampliación del Ferial dispone de cuatro espacios de aparcamiento: dos franjas al este
(SE y NE) en dos plantas conectadas en planta sótano, y dos franjas al oeste (SW y NW),
con las siguientes capacidades estimadas, que el Proyecto de Urbanización podrá variar
siempre que se mantengan los mínimos legales:
NÚMERO DE PLAZAS ESTIMADAS SEGÚN DIMENSIONES DE LOS
APARCAMIENTOS
Superficie
en planta
m2s
Ubicación, con posibilidad de dos
plantas según el caso
Superficie de
aparcamiento
m2
Nº plazas
vehículo
ligero
Nº plazas
vehículo
industrial
18.645 APARCAMIENTO Noroeste NW 18.645 746
24.398 APARCAMIENTO Suroeste SW 24.398 726 125
17.952 APARCAMIENTO Sureste SE 35.904 1.055
19.190 APARCAMIENTO Noreste NE 38.380 1.356
117.327 3.883 125
NÚMERO TOTAL PLAZAS 4.008
El número estimado de plazas es indicativo, resultado de asignar una superficie teórica de 25
m2 por plaza de vehículo ligero y 50 m2 por plaza para los pesados.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
57
En todos los casos, podrá edificarse una planta bajo rasante, que para el aparcamiento NW y
SW admitiría la implantación de casi 1.600 plazas más en caso de que se ejecute esa planta,
que se valorará en función de las necesidades a cubrir a largo plazo.
El número estimado de plazas de aparcamiento es dotación suficiente tanto en términos de
regulación urbanística como de respuesta a la demanda existente en período punta, según se
explica a continuación.
Los eventos de mayor demanda en el ámbito son de dos tipos7:
.- Ferias recurrentes: un cálculo basado en proporcionalidad respeto al recinto actual de
IFEMA, arroja un número de vehículos para todo el día de 864, muy inferior a las
plazas existentes. Para ferias de gran envergadura el cálculo del día pésimo arroja un
total diario de 2.050 vehículos, también por debajo del total previsto.
.- Eventos al aire libre: hipótesis razonables sobre el uso del transporte público y el taxi,
basados en otras experiencias, llevan a la conclusión de que los aparcamientos de la
ampliación III de IFEMA presentan capacidad suficiente, tanto por la oferta de
transporte colectivo presente como por la elevada cuota del taxi. No obstante, para
garantizar tal suficiencia debe promocionarse el uso del transporte colectivo, tanto
autobús como ferrocarril, con una adecuada gestión de los flujos peatonales a y desde
las estaciones de metro y de cercanías.
10.2. Aparcamientos situados al Este
El aparcamiento de las ZONAS F y G se sitúa en paralelo a la Avenida de Alejandro de la
Sota dando servicio a la Zona Principal A de Pabellones del Ferial y la ZONA B de
Pabellones del Ferial / Eventos al Aire Libre. Su construcción completa se prevé en dos
franjas norte y sur, cada una con dos niveles, uno en cota de calle (Avenida de Alejandro de
la Sota), y otro en planta bajo rasante. Está previsto realizarlos con una tipología abierta
(tipo patio inglés), sin muros perimetrales, de forma que los taludes de alrededor queden
ajardinados y, en definitiva, la instalación quede integrada dentro de una superficie
ajardinada.
El esquema de realización del Aparcamiento NE se incluye como Adenda a la presente
Memoria del Plan Especial.
7 Estudio de Tráfico y Movilidad de la Ampliación III de IFEMA, Anexo del Plan Especial. Apartado 8.2,
Conclusiones de Aparcamiento.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
58
PLANTA SOBRE RASANTE PLANTA BAJO RASANTE
APARCAMIENTOS ESTE, ZONAS F y G
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
59
Los dos aparcamientos Este (SE y NE) tienen conexión bajo rasante entre las dos ZONAS F
y G. Se destinan principalmente a los visitantes y expositores de los pabellones de la ZONA
A, que, para una edificabilidad de 112.000 m2e, requiere un mínimo de 1.680 plazas según
el estándar legal. Tendrá uso también para la celebración de Eventos al Aire Libre en las
horas en que no coincidan con el horario de exhibición en pabellones, lo que será la tónica
habitual dada la diferencia de horarios de ambas actividades.
La ZONA G (Parking NE) tiene entrada y salida a nivel de calle por tres accesos desde la
Avenida de Alejandro de la Sota, que se regularán internamente por IFEMA. Como diseño
inicial, de norte a sur, el primer acceso se destina a entrada exclusivamente; el segundo
acceso tendrá al menos dos carriles reversibles de entrada o salida; y el tercer acceso se
destina a salida exclusivamente.
La ZONA F (Parking SE) se comunica bajo rasante con la zona norte (Parking NE);
adicionalmente como acceso de emergencia, tiene conexión en su planta superior (nivel de
calle) al viario interno de Ampliación de Ifema.
En estos aparcamientos situados al Este (ZONAS F y G) no se admitirán vehículos pesados.
Acompaña al Plan Especial un esquema conceptual de la ordenación interior del
aparcamiento noreste (ZONA G, Parking NE), con carácter indicativo en cualquier caso.
10.3. Aparcamientos situados al oeste
En la banda oeste de la parcela se prevén dos ZONAS C y D de aparcamiento.
La ZONA D, al suroeste (SW), albergará el tráfico pesado del ferial o de eventos al aire
libre, que accederán desde la glorieta de Pascual Bravo por una calle interior al recinto
ferial, descendiendo con pendiente del 4% aproximadamente. Está destinada a albergar hasta
125 vehículos pesados necesarios para montaje y mantenimiento de las instalaciones de la
Ampliación del Ferial, adicionalmente a su capacidad de aparcamiento para vehículos
ligeros.
La ZONA C, al noroeste (NW), se destina básicamente al aparcamiento de los asistentes a
las actuaciones en la ZONA B de Eventos al Aire Libre, y al uso de la ZONA I de Pabellón
Ferial futuro.
Entre ambos aparcamientos situados al Oeste se disponen de más de 1.500 plazas, que
excede del número legal de plazas mínimas para la edificabilidad posible en la ZONA B de
Pabellones del Ferial/ Eventos al Aire Libre y la ZONA I de Pabellón Ferial futuro. En
cualquier caso, como se ha indicado para los aparcamientos del Este, normalmente los
horarios de actividades de Eventos al Aire Libre y de Pabellones no coincidirán, por lo que
esta previsión de plazas cubriría sin problema las necesidades reales. Adicionalmente, se
prevé que las actividades de Eventos al Aire Libre (macro conciertos y representaciones, por
ejemplo) atraerán más visitantes en transporte público de metro y autobús que en vehículo
privado, disminuyendo la necesidad de plazas de aparcamiento.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
60
APARCAMIENTOS OESTE ZONA C APARCAMIENTO NW ZONA D APARCAMIENTO SW
PLANTA SUPERIOR PLANTA SUPERIOR
Por otro lado, la ZONA H de usos asociados, que podrá albergar usos hoteleros y
comerciales, por su propia funcionalidad podrá establecer su propio aparcamiento tanto en
superficie como bajo rasante.
10.4. Aparcamiento exterior y adicional del recinto ferial actual
La dotación de aparcamiento en el viario exterior es del orden de 1.600 plazas, que en el
viario circundante está escasamente ocupada al tratarse de manzanas de escasa atracción.
El recinto ferial actual cuenta con 14.000 plazas de aparcamiento, de las cuales 3.800 están
reservadas para abonados. Descontando la afluencia del evento de mayor número de
visitantes (FITUR, que requiere un máximo de 6.538 plazas para estacionamiento de
vehículo privado), resulta en una capacidad excedentaria superior a 3.500 plazas de
aparcamiento que adicionalmente a las plazas de aparcamiento en el viario exterior, podrían
ser utilizadas en un caso extraordinario de afluencia a la Ampliación de Ifema.8
VIARIO INTERIOR 11.
Todas las Zonas están vinculadas por un viario previsto para circulación de vehículos de
servicio del ferial, con capacidad de gestión de accesos para posibles cambios
circunstanciales por seguridad u otras razones.
Viario de coexistencia rodado/peatonal
8 Ibid, Estudio de Tráfico y Movilidad, 5.2.2. Eventos al aire libre. Tool-Alfa. Octubre 2019
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
61
El tramo del viario al frente de las fachadas principales de pabellones de la Zona A, se prevé
que sea básicamente peatonal, viario de coexistencia con posibilidad únicamente de paso de
vehículos en circunstancias especiales o de emergencia.
Circulación de bicicletas
En la actualidad, por seguridad y por funcionalidad, IFEMA no contempla la circulación de
bicicletas y vehículos similares dentro de ambos recintos, el actual original, y el de
Ampliación.
Secciones del viario interno
La red viaria interna se compone de los ejes grafiados en el plano O.2. VIARIO INTERIOR.
La disposición y dimensiones señaladas en ese plano son indicativas, y deberán ser
concretadas en el Proyecto de Urbanización.
En el caso de viarios de coexistencia de circulación rodada/peatonal, el Proyecto de
Urbanización deberá definir el tratamiento de pavimentos y posibles diferencias de altura
entre el paso peatonal y la calzada, para distinguir ambos usos.
ACCESOS Y RECORRIDOS INTERNOS 12.
12.1. Accesos principales
El ámbito de la Ampliación Ferial dispone de cinco accesos rodados, correspondientes todos
ellos al viario principal (en azul en el esquema siguiente):
.- Acceso 1 en la glorieta Luis Blanco Soler en la Avenida Alejandro de la Sota. Se amplía
la entrada al recinto ferial para facilitar el acceso rodado sin interferir con la Avenida, que a
partir de ese punto se desdobla en ramales de entrada y salida de la M-11. Este acceso
principal se destina a autoridades y a salida de taxis y VTC.
.- Accesos 2 y 3 límite norte, desde calle Francisco Umbral al oeste y desde Avenida
Alejandro de la Sota al este. Este viario dará servicio a las instalaciones de pabellones
situadas al suroeste y de usos asociados en la Zona situada al norte.
.- Acceso 4, límite oeste para vehículos pesados desde la Glorieta Pascual Bravo.
.- Acceso 5, límite sur, por túnel bajo la M-11 al recinto ferial original. Se trata de una
infraestructura ya construida. Permitirá el acceso peatonal desde la Puerta Norte y
circulación interna de vehículos del ferial incluido tráfico pesado, vehículos de expositores y
operarios de Ifema, transporte público (taxi, VTC), y autoridades.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
62
ACCESOS A LA PARCELA
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
63
DETALLE DE ACCESOS
Acceso 1 principal: Glorieta Luis Blanco
Soler, en Avenida de Alejandro de la Sota
A.A: vehículos ligeros autorizados
Acceso 2 norte en Avenida de Alejandro de la
Sota
A.E: vehículos ligeros expositores
A.T: taxi, VTC
A.P: vehículos pesados
Acceso 3 norte en calle Francisco Umbral
A.E: vehículos ligeros expositores
A.T: taxi, VTC
A.V: vehículos ligeros visitantes, únicamente
para acceso a aparcamientos NW y SW según
necesidad
Acceso 4 exclusivo de vehículos pesados en
Glorieta de Pascual Bravo en la calle
Francisco Umbral, o de vehículos ligeros de
expositores
A.P: vehículos pesados y mercancías
A.E: vehículos ligeros de expositores
Acceso 5 interno entre recinto ferial actual y
su ampliación, en túnel bajo la M-11
A.T: taxi, VTC
A.P: vehículos pesados de abastecimiento y
mantenimiento del Recinto Ferial
A.E: vehículos ligeros expositores
A.A: vehículos ligeros autorizados
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
64
12.2. Acceso y recorrido de vehículos pesados
Se prevén dos accesos principales para tráfico pesado a la Zona de Pabellones y de Eventos
al Aire Libre: el acceso 2 noreste desde la Avenida de Alejandro de la Sota, y el acceso 4 desde la Glorieta de Pascual Bravo en la calle Francisco Umbral. También funcionará para
este uso el túnel bajo la M-11 conectando con el ferial actual (acceso 5).
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
65
12.3. Acceso y recorrido de taxi y VTC
El acceso 2 noreste desde la Avenida Alejandro de la Sota constituye la entrada principal de
taxi y VTC, desembocando en un área de carga y descarga de pasajeros en la ZONA B de
Pabellones del ferial / Eventos al Aire Libre. También son posibles los recorridos y accesos
señalados en el siguiente esquema.
PLATAFORMA DE
ESPERA TAXI /
VTC
El Proyecto de
Urbanización
deberá establecer
ese área de
espera de taxi,
espacio
imprescindible
para las horas
punta de salida
de visitantes y
exhibidores en
grandes
exhibiciones.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
66
12.4. Acceso y recorridos de Visitantes en vehículo privado
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
67
12.5. Acceso y recorridos de Expositores y Operarios de IFEMA
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
68
12.6. Acceso y recorridos de vehículos autorizados
Acceso 1 principal para giro hacia el Sur en glorieta interna. Acceso 5 desde recintos
actuales. Aparcamiento Sureste de circulación y acceso restringido.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
69
REDES PROYECTADAS DE SERVICIOS URBANOS 13.
13.1. Red proyectada de energía eléctrica
El nuevo recinto de IFEMA contará con una doble línea de acometida eléctrica de la
compañía distribuidora. Las dos líneas de acometida eléctrica provendrán de subestaciones
de distribución diferentes o en el peor de los casos, si esto no fuera posible, de
transformadores diferentes dentro de la misma subestación de distribución. Una de las líneas
será la de alimentación principal y la segunda la de socorro. Ambas líneas serán de la misma
capacidad, para que, en caso de fallo de la primera, la de socorro sea capaz de asumir la
misma potencia. Estas líneas llegarán a la zona oeste, donde se realizarán dos acometidas en
media tensión de distintos transformadores que darán continuidad a los trazados de la red,
para abastecer al resto de la ampliación prevista.
13.2. Red proyectada de abastecimiento de agua
La red de abastecimiento para la ampliación de IFEMA que se propone es de trazado en
anillo, asegurando caudal suficiente para todas las necesidades del ámbito. Existe la
posibilidad de enganchar una tubería de diámetro Ø150 que conecte con la red actual
perimetral.
13.3. Red proyectada de agua regenerada
Se propone un trazado en anillo para la red de agua regenerada en la ampliación de IFEMA.
Consiste en una tubería de Ø125 de polietileno que conectará con la tubería del oeste de la
acometida de la Glorieta de Manuel Muñoz Monasterio, donde se engancha a la red actual.
El trazado previsto discurre por los viales de la ampliación de IFEMA, tras enganchar en la
acometida mencionada y continuar por el vial paralelo a Francisco Umbral, de donde se
derivarán el resto de tuberías que componen el anillo.
13.4. Red proyectada de saneamiento
El terreno de la parcela de la ampliación de IFEMA tiene el punto más alto en la esquina
suroeste, llegando a una cota de 695 m, y va bajando de cota de forma progresiva hasta la
esquina noreste, donde se alcanza la cota 665 junto a la glorieta de Antonio Perpiñá. Por la
pendiente y la orografía del terreno, y las plataformas de superficies previstas en el proyecto,
cuya cota rasante se propone básicamente en 678 m., la evacuación del saneamiento se
realizará mediante ramales que partan del punto más alto en el área junto a la glorieta de
Pascual Bravo y vayan aumentando de capacidad para recibir el caudal de los ramales
laterales que terminarán evacuando en la tubería del ramal 5-2 situado en el lindero este del
ámbito, para descargar en el punto de vertido y depuración al noreste del ámbito, por la red
que discurre por la glorieta de Antonio Perpiñá.
13.5. Red proyectada de gas
El ámbito queda abastecido por una conducción de Ø200 que engancha con la tubería
existente al oeste, en la acometida prevista de la calle Francisco Umbral, discurriendo hacia
el sur bordeando el perímetro sur hasta enlazar con el módulo de instalaciones desde el cual
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
70
se dará servicio al resto del ámbito. Se recomienda completar un circuito cerrado para
asegurar la presión.
13.6. Infraestructuras proyectadas con afección sobre carretera M-11
Los terrenos pertenecientes a las franjas de protección de la carretera M-11 que lindan con el
límite sur de la parcela objeto del Plan Especial de Ampliación de los Recintos Feriales de
IFEMA van a quedar afectados por los servicios previstos en el viario interno que circunvala
el desarrollo principal de los pabellones, con trazado paralelo a la autovía M-11 y sección de
14 metros, que conecta con el túnel de conexión con los recintos actuales al sureste del
límite y continúa hacia el oeste cambiando en diagonal el trazado para salvar las pendientes
pronunciadas del terraplén que constituye parte de los terrenos de titularidad estatal.
Se prevén tuberías de infraestructuras que discurren bajo el viario interno próximo al límite
sur del ámbito. El trazado proyectado abarca la acera interna del viario, hacia la zona de
pabellones, más alejada de las zonas de protección de la carretera. Aun así, se ve afectada la
franja de protección de 50 metros (línea gruesa roja en imagen) medidos desde la arista de
explanación de la carretera por las siguientes infraestructuras:
tubería de Ø150 mm abastecimiento de agua
tubería de agua regenerada de Ø80
canalización de energía eléctrica de 3 líneas de media tensión proyectada con cable tipo
RHZ1-20L 12/20 Kv 3(1x240) mm2 Al
canalización de alumbrado público
canalización de telecomunicaciones
vallado metálico de cerramiento galvanizado
Las canalizaciones de energía eléctrica y alumbrado público también causan afección sobre
la franja de servidumbre de 25 metros, dado que discurren por la acera más externa del
viario perimetral interno.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
71
De acuerdo a lo establecido por la Ley de Carreteras del Estado, Ley 37/2015 de 29 de
septiembre, en su artículo 32, para ejecutar en la zona de afección de la carretera M-11
cualquier tipo de obras o instalaciones fijas o provisionales o la plantación o talado de
árboles, se deberá contar con la autorización del organismo competente, en concreto la
Demarcación de Carreteras del Estado, Dirección General de Fomento.
ESTUDIO DE IMPACTO DE GÉNERO, INFANCIA, ADOLESCENCIA Y FAMILIA. 14.
ACCESIBILIDAD
14.1. Impacto por razón de género
1. Objetivos del informe de género
El Plan Especial tiene por objetivos principales la ordenación de la actividad ferial en el
ámbito de ampliación de IFEMA.
El objeto de este Estudio es determinar si el planeamiento urbanístico del Plan Especial
contribuirá a equilibrar la participación de todas las personas, cualquiera que sea su género.
Por planeamiento urbanístico debe entenderse el ejercicio de los usos del suelo y las
actuaciones de urbanización y edificación.
2. Justificación
El Informe de Impacto de Género es un documento impulsado desde la ley 30/2003, de 13
de octubre, sobre medidas para incorporar la valoración del impacto de género en las
disposiciones normativas que elabore el Gobierno. A la que siguió la Ley Orgánica 1/2004,
de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género,
actualizada por la ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la ley 1/2000, de 7 de enero,
de Enjuiciamiento Civil. Esta última abarca, entre otros, los aspectos preventivos,
educativos, sociales, asistenciales y de atención a las víctimas de violencia de género, tema
básico para la promoción de la igualdad de género.
Posteriormente, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de
Mujeres y Hombres, aborda la prevención de conductas discriminatorias y la previsión de
políticas activas para hacer efectivo el principio de igualdad en su dimensión transversal. La
Comunidad de Madrid, en cumplimiento de la normativa citada, aprobó la ley 2/2016, de 29
de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación, cuyo
artículo 45 determina que “Las normas y resoluciones de la Comunidad de Madrid
incorporarán la evaluación del impacto sobre identidad de género en el desarrollo de sus
competencias, para garantizar la integración del principio de igualdad y no discriminación
por razón de identidad de género o expresión de género”.
En el mismo sentido se pronuncia la Ley autonómica 3/2016, de 22 de julio, de Protección
Integral contra la LGTBifobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad
Sexual en la Comunidad de Madrid, cuyo artículo 21.2 dispone lo siguiente: "Todas las
disposiciones legales o reglamentarias de la Comunidad de Madrid, deberán contar con
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
72
carácter preceptivo con un informe sobre su impacto por razón de orientación sexual,
identidad o expresión de género por quien reglamentariamente se determine".
14.2. Situación de partida
1. Estado de la parcela
El ámbito de Ampliación de IFEMA es un terreno de 50 has sin ningún uso actual salvo los
más recientes de celebración de eventos musicales (festival Mad Cool 2019).
El ámbito se encuentra vallado, con lo cual la seguridad no es problema.
14.3. Previsión de resultados del Plan Especial en las relaciones de género
1. Población afectada
No hay un porcentaje conocido de la asistencia de hombres y mujeres al recinto ferial. El
caso de datos de población LGBT es más difícil, dado el carácter reservado de esa
información. No obstante, cabe señalar que el Ferial de Madrid acoge desde hace años la
convocatoria de FITUR GAY (LGBT), con información accesible desde la web
http://www.fiturgaylgbt.com, hecho que contribuye a valorar positivamente el impacto de la
ampliación de IFEMA para posteriores convocatorias.
Sí puede estimarse que la población de asistencia a los eventos (musicales en su mayoría,
pero también culturales y de otros tipos de espectáculos y exhibiciones) es equilibrada en
número de mujeres y hombres, y con asistencia de población LGBT.
No hay razón para prever que el impacto de la actuación urbanística del Plan Especial vaya a
afectar de forma desequilibrada en la diversidad de géneros.
Adicionalmente, en relación con IFEMA, entidad que promociona el presente Plan Especial,
es interesante anotar que cuenta con un equilibrio de género a niveles medio y directivo. El
porcentaje de empleadas en las categorías profesionales directivas e intermedias es el
siguiente (datos de 2016):
Categoría
profesional
Hombres Mujeres % mujeres s/total
Directivos 11 10 47,6
Mandos
intermedios
30 34 53,1
2. Ordenación y normativa del ámbito
Se analizan a continuación los elementos del diseño urbanístico del Plan Especial que
pudieran tener un impacto sobre las relaciones de género, enfocado sobre la población más
vulnerable en el entorno físico que diseñe el Plan.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
73
La ordenación del área de Ferial diseña espacios abiertos amplios, que favorezcan la
seguridad de las personas que los recorran.
Existe un único túnel en el ámbito de la Ampliación del Ferial, aquél que conecta con el
recinto ferial actual, que pudiera teóricamente constituir una amenaza a la seguridad de los
peatones, y por tanto a personas más vulnerables. La amplitud del túnel (24 metros de
ancho, para 60 metros de longitud) contribuye a evitar posibles peligros en ese sentido. No
obstante, el Proyecto de Urbanización deberá proveer suficiente iluminación para garantizar
su seguridad.
Las distancias entre pabellones de uso de visitantes son siempre amplias (30 a 40 metros), lo
que asegura la ausencia de corredores de escasa visibilidad.
Los recorridos a puntos de transporte público (autobús, metro o cercanías) en el interior del
ámbito de la Ampliación del Ferial son por lo general, reducidos y discurren por áreas
siempre abiertas y con visibilidad.
Los aparcamientos contarán con servicio de vigilancia de IFEMA, en particular el
aparcamiento bajo rasante de las Parcelas F y G al este, por motivo de seguridad ciudadana.
En cualquier caso, el carácter cerrado del ámbito y la constante vigilancia ya experimentada
en el Recinto Ferial actual hacen previsible la seguridad en relación a las relaciones de
género o de infancia y adolescencia. En general, el régimen de explotación de las
instalaciones con servicio propio de seguridad garantiza la ausencia de situaciones de
peligro en las relaciones de género. Aun así, y aunque éste no sea un cometido del Plan
Especial, se recuerda la necesidad de vigilancia especial en la celebración de eventos
musicales o similares, de gran afluencia de público.
3. Lenguaje del texto de Plan Especial
El Plan Especial evita asignar un rol masculino a las funciones que pueden ser calificadas de
modo neutro sin comprometer la comprensión del texto.
14.4. Impacto en la infancia, adolescencia y familia
El planeamiento que nos ocupa tiene incidencia positiva en materia de infancia, adolescencia
y familia, cumpliendo así lo postulado en la Ley 40/2003 de 18 de noviembre de Protección
de las familias numerosas en su disposición adicional décima y en la Ley 6/1995, de 28 de
marzo, de Garantías de los Derechos de la infancia y la Adolescencia en la Comunidad de
Madrid, Art. 22.
Las actividades de esta Ampliación de los recintos feriales tendrán afluencia de numeroso
público, dentro del cual podrá haber familias, acompañantes infantiles y adolescentes, en
función de la actividad concreta que se realice.
Se ha tenido en cuenta en la ordenación de este Plan Especial que los recorridos peatonales
sean seguros. En este sentido se contempla que los vehículos pesados accedan en los puntos
que menos interfieren con los peatones y también en las zonas que menos afecten al barrio
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
74
residencial más próximo que es el de Las Cárcavas. En concreto en el viario situado al
oeste, calle de Francisco Umbral, el acceso de vehículos pesados que provienen de la
carretera M-11, se sitúa en la glorieta de Pascual Bravo y a partir de aquí se plantea un viario
interno al recinto, lo que permite salvaguardar al máximo el carácter de la calle Francisco
Umbral que cuenta con un amplio paseo por el que discurre el trazado de una vía pecuaria.
En general los recorridos peatonales se han realizado para que tengan continuidad y
amplitud visual y se han generado algunos espacios libres intermedios a modo de zonas de
paso entre las edificaciones previstas y el viario, creándose lugares agradables en el entorno
de los pabellones.
Por otra parte, los Fortines de la Mata Espesa que deben trasladarse y que podrán ser
visitados por el público, se ha optado por ubicarlos con entrada desde la mencionada calle de
Francisco Umbral y además situados al norte de la glorieta de Pascual Bravo por lo que no
existirán conflictos entre el tráfico rodado y el peatonal.
14.5. Accesibilidad
Con respecto al impacto en materia de accesibilidad se estará a lo establecido en el Real
Decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, así
como la disposición adicional 10ª de la Ley 8/1993, de 22 de junio, de Promoción de la
Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas de la Comunidad de Madrid.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
75
EJECUCIÓN DEL PLAN ESPECIAL 15.
15.1. Sistema de Actuación y cesiones de suelo
Atendiendo tanto a la ficha del PGOUM-97 como al Plan Parcial de Valdebebas, el sistema
de actuación fijado para este Plan Especial de Ampliación de los Recintos Feriales, es su
ejecución directa por IFEMA, concesionaria única de la parcela municipal.
15.2. Programa de Fases
El Plano O.4, PROGRAMA DE FASES, diferencia cinco fases de desarrollo de la parcela:
El sótano y planta baja del Centro de Convenciones, señalado en color amarillo en el
esquema, se comienza en Fase 1, y se finaliza en la Fase 3.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
76
Las Fases 1, 2 y 3 desarrollan el ámbito principal de la ampliación del ferial.
15.3. Previsión del calendario de ejecución por fases
La siguiente numeración de pabellones se refiere al esquema que se recoge en el Apartado
16.2 de esta Memoria.
1. Primera Fase (final previsto, 1 año y 11 meses desde la aprobación definitiva del Plan
Especial)
Se construirá el ámbito de ZONA A:
• Pabellones 20 y 21,
• Sus núcleos 17 y 18 de conexión,
• La parte del edificio distribuidor nº 11 que da frente a esos dos pabellones,
• Plantas baja y sótano del Centro de Convenciones, edificio 12,
• Instalaciones 5 y 6 de almacén y de central térmica (ZONA E),
• Aparcamientos nº 15 y 16, o aparcamientos SE y NE, ZONAS F y G,
• Aparcamiento SW, previsto para vehículos ligeros y para camiones, ZONA D,
• Viario completo, incluso desmontes y terraplenes necesarios, (ZONAS N, J, L), y
actuaciones exteriores,
• Dársena de taxis,
• Nuevo acceso al túnel frente a la Puerta Norte del recinto ferial actual,
• Área cultural de los Fortines de la Mata Espesa (ZONA K),
• Espacios intermedios a todos estos ámbitos, incluso los espacios ajardinados
intermedios y de acompañamiento al viario,
• Vallado parcela,
• Remodelación de la Avenida Alejandro de la Sota.
2. Segunda Fase (Final previsto, 3 años y 11 meses desde la aprobación definitiva del Plan
Especial)
• El pabellón nº 22 (área norte de la ZONA A)
• El resto del edificio distribuidor nº 11,
• Aparcamiento NW restante (ZONA C),
• Acondicionamiento del área prevista para Eventos al Aire Libre (ZONA B)
3. Tercera Fase (por determinar, posiblemente 6 años desde la aprobación definitiva del Plan
Especial)
• Resto de plantas del Centro de Convenciones, edificio 12
4. Cuarta Fase (por determinar, posiblemente 8 años desde la aprobación definitiva del Plan
Especial)
• Nuevo Pabellón, ZONA B
5. Quinta Fase (por determinar, posiblemente 8 años desde la aprobación definitiva del Plan
Especial)
• Desarrollo de la ZONA H e I al norte, para usos de ferial y asociados.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
77
La edificabilidad remanente de la parcela de Ampliación III de Ifema respecto a la
edificabilidad total, podrá ejecutarse en función de las necesidades, sin plazo en las
previsiones actuales.
SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA DE LA ACTUACIÓN 16.
16.1. Marco económico
La Institución Ferial de Madrid, IFEMA, inauguró el actual Recinto Ferial Juan Carlos I en
el año 1991. La buena marcha de la actividad ferial y la demanda de mayor espacio por los
expositores, requirió en 2002 una ampliación con dos nuevos pabellones y un nuevo centro
de congresos de más de 10.000 metros cuadrados.
En 2008 se amplió la superficie de exposición con 43.200 m2.
Actualmente cuenta con 200.000 m2 cubiertos de exposición, varias instalaciones
provisionales (carpas), y 14.000 plazas de aparcamiento, en las que se organizan más de 100
ferias anuales, que representan más del 90% de las de ámbito internacional de Madrid, y el
51% de los eventos de este tipo en España, frente al 43% en 2017.
La creciente demanda de exposiciones y reuniones globales cada vez de mayor nivel y
amplitud, así como la necesidad de contar en Madrid con un auditorio de gran dimensión y
de un gran espacio para conciertos al aire libre con capacidad para 100.000 personas, ha
llevado al gestor a desarrollar la parcela de 50 hectáreas de que dispone en concesión del
Ayuntamiento de Madrid. Adicionalmente, esta actividad ferial requiere otros complementos
de servicios asociados, tales como el alojamiento y la atención comercial de diverso tipo que
atienda las necesidades de los 3,5 millones de visitantes anuales.
Los resultados de ingresos y gastos han ido creciendo positivamente una vez superada la
crisis de 2008. En los últimos años el crecimiento económico ha llegado a cifras que
garantizan la viabilidad económica y financiera del nuevo desarrollo previsto, considerando
además que todos los años mantiene un nivel cero de endeudamiento, y una sólida posición
de Tesorería.
AÑOINGRESOS
EJERCICIO
Variación de la
facturación
anual %
RESULTADO
EJERCICIO
Variación del
resultado
anual %
2013 88.917.380 144.931
2014 94.498.553 6% 186.518 29%
2015 98.844.532 5% 288.448 55%
2016 106.159.928 7% 1.628.063 464%
2017 118.289.218 11% 4.857.764 198%
2018 139.067.920 18% 10.808.558 123%
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
78
16.2. Presupuesto de la Ampliación III
El proyecto de ampliación de los Recintos feriales en la parcela de Valdebebas se establece
en 5 Fases, las cuales se detallan en el siguiente cuadro en sus importes en Euros excluyendo
el IVA:
Las Fases 1 y 2 corresponden con las ZONAS A, C, D, E, F, G, J, L, M y todo el viario
interior, y actuaciones exteriores en la avenida de Alejandro de la Sota y glorieta de Antonio
Perpiñá
Detalle de los costes estimados del presupuesto de las Fases 1 y 2 en Euros excluyendo el
IVA:
Contenido de las partidas principales, en relación al siguiente esquema indicativo de
volúmenes de las fases 1 y 2. Las superficies previstas por edificar son indicativas,
admitiendo correcciones posteriores de orden menor.
179.945.827
40.000.000
36.000.000
100.000.000
355.945.827
FASES 1 Y 2: Ampliación Norte
TOTAL DESARROLLO IFEMA AMPLIACIÓN III
FASE 3 : Resto Edificio Convenciones
FASE 4: Pabellon adicional y otros espacios exhibición
FASE 5: Instalaciones zona uso terciario
EUROS
34.575.494
600.000
13.737.094
13.197.703
17.099.910
33.781.028
38.756.043
12.163.614
16.034.941
179.945.827
CONCEPTO
EDIFICIOS DE CONEXIÓN Y COMPLEMENTARIOS
ZONAS VERDES, SEGURIDAD Y SEÑALIZACIÓN
COSTES DEL PROYECTO
FASES 1 Y 2 Ampliación Valdebebas
MOVIMIENTO DE TIERRAS URBANIZACIÓN Y VALLADO
ACTUACIONES EXTERIORES DE ACUERDO CON EL ESTUDIO DE MOVILIDAD
APARCAMIENTOS Y TÚNEL DE CONEXIÓN
PABELLÓN 20
PABELLÓN 21
PABELLÓN 22
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
79
MOVIMIENTO DE TIERRAS, URBANIZACIÓN y VALLADO: Total Excavación
en desmonte 1.345.000 m3, Terraplenes 486.500 m
3 con Superficie del viario y zona
Puerta Norte 56.356 m2. Pavimentación y ajardinamiento parcial de áreas exteriores.
Construcción de paso rodado sobre la Avenida de Alejandro de la Sota para permitir el
giro a izquierdas cambiando del sentido sur- norte al sentido norte – sur, antes de la
glorieta de Antonio Perpiñá, y ampliación de la acera peatonal inmediata a este giro, y
corrección de carriles en la glorieta y en la avenida de Alejandro de la Sota.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
80
APARCAMIENTOS (2, 4, 15, 16) Y TÚNEL DE CONEXIÓN (14): Aparcamientos
SE (15) y NE (16), total 2.411 plazas. Aparcamientos SW (4) y NW (2), total 1.472
plazas + 125 plazas vehículos industriales, ampliables en fases posteriores a una planta
bajo rasante.
PABELLÓN 20: Pabellón de 120x90, incluye almacenes y salas anexas, total 12.600
m2. Pabellón con pilares intermedios
PABELLÓN 21: Pabellón de 120x90, incluye almacenes y salas anexas, total 12.600
m2. Pabellón sin pilares intermedios
PABELLÓN 22: Pabellón de 210x120, incluye almacenes y zonas anexas, total 27.300
m2
EDIFICIOS DE CONEXIÓN Y COMPLEMENTARIOS:
o Edificio 5 de almacén y edificio 6 de Central Térmica, de 2.400 m2 cada uno
o Edificios 7, 8, 9 anexos a los pabellones de 720 m2 en dos plantas más
instalaciones
o Núcleos 17, 18 de conexión de 900 m2 cada uno y dos plantas con instalaciones
o Edificio 11 de eje de conexión norte-sur de 7.500 m2
o Centro de Convenciones, edificio 12, Planta Sótano y Planta Baja (10.000 m2
total)
La Fase 3 contempla la construcción de las plantas primera y segunda del Centro de
Convenciones (edificio 12) de la Fase 1 y 2. Ambas plantas suponen una superficie
indicativa de 22.800 m2, incluyendo vuelos sobre la planta baja ya construida.
La Fase 4 corresponde en la ZONA B al desarrollo de un pabellón adicional (edificio 3) con
2 plantas de 50.000 m2 en total, incluyendo zonas anexas e instalaciones (edificio 10). En
esta Fase se ejecutarán las zonas ajardinadas interiores al Área de Movimiento de la ZONA
B.
La Fase 5 incluye una estimación con un máximo de 55.000 m2 de construcciones de usos
asociados en la ZONA H (edificio 13), y un Pabellón de 2 plantas en la ZONA I (edificio 1)
de 10.900 m2 cada una, lo que suponen 21.800 m
2. En esta Fase se ejecutarán las zonas
ajardinadas interiores al Área de Movimiento de las ZONAS H e I.
Las estimaciones de edificación prevista en cada Fase no agotan la edificabilidad máxima
admitida por la Normativa Urbanística en su Artículo 3.3, que podrán ejecutarse en función
de necesidades futuras.
16.3. Proyección de resultados proyecto expansión norte – Ampliación III
Objetivo
Presentación de la viabilidad financiera del proyecto de Expansión Norte.
La nueva ampliación se desarrollará en su totalidad en el interior de la parcela de
Valdebebas de 500.662 m2, denominada “Cerro del Castillo”, con referencia catastral
7311305VK4871A0001RO.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
81
Este documento muestra la proyección de viabilidad económica inicial de la Expansión
Norte para un periodo de 75 años, en base a la actividad y los resultados del recinto actual de
IFEMA durante los 5 años: 2013-2017.
Antecedentes del proyecto Expansión Norte
El proyecto de Expansión Norte de IFEMA contempla un inicio de operación previsto en
octubre 2021. A efectos de la proyección se toma como punto de partida 2023.
Esta ampliación está dotada de tres pabellones principales con una superficie
comercializable de 40.500 metros cuadrados, la adecuación y urbanización de la parcela, y
la edificación de los servicios complementarios necesarios para el desarrollo de la actividad.
El estudio económico de la inversión estimada para este proyecto, está realizado en base al
anteproyecto realizado por IFEMA con el soporte de una empresa de ingeniería externa
alcanzando un importe de 180 MM€.
Resultado económico 2013-2017 del recinto actual
El análisis de la cuenta de explotación 2013-2017 y el cálculo de indicadores sobre ella,
permiten junto a las hipótesis sobre el inicio de actividad de la ampliación del recinto,
definir el punto de partida y crecimiento de la actividad económica.
La cuenta de resultados se completa con los siguientes datos del recinto:
Superficie: Superficie máxima del recinto
Rotaciones: Superficie comercializada total anual dividido entre la superficie del recinto
Superficie Venta Bruta: (Superficie x Rotaciones): metros cuadrados comercializados
Proyección económica de la Expansión Norte
Indicadores de referencia para estimación de la cuenta de resultados:
C RESULTADOS RECINTO ACTUAL 2013 2014 2015 2016 2017
Superficie (m2) 192.350 192.350 192.350 192.350 192.350
Rotaciones 8,5 7,6 9,2 10,9 11,7
Superficie Venta Bruta (m2) 1.629.340 1.465.799 1.768.248 2.100.000 2.246.780
Ingresos MM€ 85,6 93,2 97,6 105,6 118,1
Gastos MM€ 78,2 80,1 82,3 87,5 95,4
EBITDA MM€ 7,4 13,1 15,3 18,2 22,6
INDICADORES 2013 2014 2015 2016 2017 Media 2013-17
Ingresos/Rotacion 10,1 12,2 10,6 9,7 10,1 10,55
Ingresos/Sup. Venta Bruta (Eur/m2) 52,5 63,6 55,2 50,3 52,5 54,8
Rotaciones 8,5 7,6 9,2 10,9 11,7 9,58
Crecimiento rotaciones (%) -0,9 1,6 1,7 0,8 0,80
EBITDA/ING 9% 14% 16% 17% 19% 15%
Crecimiento EBITDA/ING (%) 11% 10% 11% 11%
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
82
1) Reparto de ingresos en función de la actividad:
El ratio del reparto de los Ingresos durante el periodo 2013-2017 proporciona el reparto en
función de la actividad del recinto estimada y los ingresos correspondientes a cada línea de
negocio del recinto:
Alquiler de Espacios
Servicios a Eventos y ferias
Servicios Complementarios del recinto, divididos en los conceptos:
o Restauración
o Aparcamiento
o Otros
El promedio de los ratios en el periodo 2013-2017 es el aplicado en la proyección desde el
año 1 al 75 para el reparto de los ingresos del recinto.
2) Indicadores de actividad y resultados sobre Ingresos
El precio de venta unitario obtenido en el periodo 2013-2017 a través de los ingresos y
superficie bruta comercializable dan un valor unitario medio de venta de 54.8€/m2. Se toma
este precio unitario para el primer año de actividad de la Expansión Norte con un
crecimiento lineal del 1% anual.
Este crecimiento se mantiene lineal hasta alcanzar el máximo de 16 rotaciones año
(72,4€/m2 en 2051) donde se mantiene el precio constante hasta el final del proyecto.
La rotación de la actividad media en el periodo 2013-2017 se sitúa en 9,58 veces/año. Para
estimar el inicio de rotaciones en la Expansión Norte se aplica a este valor un factor de
corrección de 0.5, resultando: 4.8 veces/año.
Este factor corrector se aplica debido al inicio de actividad de un recinto nuevo, la distancia
con el recinto actual y su infraestructura de transporte público.
El crecimiento de las rotaciones durante el periodo 2013-2017 en el recinto actual da una
media de 0.8 rotaciones/año, sobre el cual se aplica el mismo factor corrector para el inicio
de la actividad de la Expansión Norte: 0.4 rotaciones/año. Este valor de crecimiento se
INDICADORES 2013 2014 2015 2016 2017 Media 2013-17 Exp. Norte
Alquiler de Espacios/ING 62% 62% 59% 62% 60% 61% 61%
Servicios a Eventos y ferias/ING 31% 32% 35% 33% 34% 33% 33%
Servicios Complementarios de recinto/ING 7% 6% 6% 6% 6% 6% 6%
Restauración/ING 1% 1% 1% 1% 2% 1% 1%
Aparcamiento/ING 3% 3% 2% 3% 3% 3% 3%
Otros/ING 3% 2% 2% 2% 2% 2% 2%
INDICADORES 2013 2014 2015 2016 2017 Media 2013-17 Exp. Norte
Ingresos/Rotacion 10,1 12,2 10,6 9,7 10,1 10,55
Ingresos/Sup. Venta Bruta (Eur/m2) 52,5 63,6 55,2 50,3 52,5 54,8 54,8
Rotaciones 8,5 7,6 9,2 10,9 11,7 9,58 4,8
Crecimiento rotaciones (%) -0,9 1,6 1,7 0,8 0,80 0,40
EBITDA/ING 9% 14% 16% 17% 19% 15% 15%
Crecimiento EBITDA/ING (%) 11% 10% 11% 11% 11%
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
83
mantiene de forma constante hasta alcanzar las 16 rotaciones año, cifra que se alcanza el año
30 de proyecto (2051).
La rentabilidad de la actividad para el mismo periodo referido, Ebitda/Ingresos, se sitúa en
la media del 15% anual, con un crecimiento medio del 11% al año.
Durante los 3 primeros años de actividad de la Expansión Norte se estima una rentabilidad
igual a la media del periodo 2013-2017: 15%. A partir del cuarto año se establece el mismo
crecimiento medio: 11% anual hasta el máximo del 30% alcanzado el año 10 de la inversión
(2031).
Este valor (30%) se mantiene de forma constante durante los restantes años de proyección.
Amortización del proyecto
La amortización de la inversión de 180MM€ se establece de forma lineal durante 30 años
desde el año 1 de proyecto en 2023.
Inversiones para el mantenimiento
Las inversiones necesarias para el mantenimiento y actualización del recinto ascienden a
200MM€, las cuales se realizan en los siguientes periodos:
Año de proyecto: 15-40: 180M€ (100% del valor de la inversión inicial)
Año de proyecto: 50-70: 90M€ (50% del valor de la inversión inicial)
El plazo de amortización de las inversiones de mantenimiento en el recinto se establece de
forma lineal durante 30 años.
Entorno económico
Este informe mantiene un crecimiento lineal de la economía compensando los periodos
cíclicos de crecimiento y recesión.
La TIR positiva del proyecto se alcanza el año 27 (2049) con un valor de 0,14%.
El primer año de EBIT positivo se sitúa en el año 10 de proyecto (2032).
Estimación de los primeros 10 años de proyecto en base a las hipótesis y los indicadores
señalados:
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
84
Estimación de los 75 años de proyecto en base a las hipótesis y los indicadores analizados y
datos acumulados del periodo.
Nota: Resaltados en fondo amarillo para los indicadores y su inicio en la proyección.
16.4. Viabilidad financiera
Para este ejercicio de viabilidad se ha considerado una superficie comercializable de 40.500
m2, no se han estimado ingresos por las fases posteriores correspondientes al resto del
Centro de Convenciones (plantas 1 y 2), la Fase 4 y la explotación de servicios terciarios de
usos asociados (Fase 5), ya que a la fecha no se dispone de información de gestión posterior
suficiente para desarrollar un proyecto. La inversión considerada 180MM€, corresponde a
las fases 1 a 2.
Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6 Año 7 Año 8 Año 9 Año 10
AMPLIACIÓN NORTE 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032Superficie ( m2) 40.500 40.500 40.500 40.500 40.500 40.500 40.500 40.500 40.500 40.500
Rotaciones 4,8 5,2 5,6 6,0 6,4 6,8 7,2 7,6 8,0 8,4
Superficie Venta Bruta (m2) 193.923 210.174 226.425 242.675 258.926 275.176 291.427 307.677 323.928 340.178
Ingresos MM€ 10,6 11,6 12,7 13,7 14,8 15,9 17,0 18,1 19,2 20,4
Alquiler de Espacios 6,5 7,1 7,7 8,4 9,0 9,7 10,4 11,0 11,7 12,4
Servicios a Eventos y ferias 3,5 3,8 4,2 4,5 4,9 5,2 5,6 6,0 6,3 6,7
Servicios Complementarios de recinto 0,6 0,7 0,8 0,8 0,9 1,0 1,0 1,1 1,2 1,2
Restauración 0,2 0,2 0,2 0,2 0,2 0,2 0,2 0,3 0,3 0,3
Aparcamiento 0,3 0,3 0,3 0,4 0,4 0,4 0,5 0,5 0,5 0,5
Otros 0,2 0,2 0,2 0,3 0,3 0,3 0,3 0,3 0,4 0,4
Gastos MM€ -9,0 -9,9 -10,8 -11,4 -12,0 -12,6 -13,1 -13,5 -13,9 -14,3
EBITDA MM€ 1,6 1,7 1,9 2,3 2,7 3,2 3,8 4,5 5,4 6,1
INVERSIONES
FLUJO DE CAJA 1,6 1,7 1,9 2,3 2,7 3,2 3,8 4,5 5,4 6,1
Amortización (30años) MM€ -6,0 -6,0 -6,0 -6,0 -6,0 -6,0 -6,0 -6,0 -6,0 -6,0
EBIT MM€ -4,4 -4,3 -4,1 -3,7 -3,3 -2,8 -2,2 -1,5 -0,6 0,1
No considerados Actos y Convenciones
ingresos/rotacion 10,5 10,7 10,8 10,9 11,0 11,1 11,2 11,3 11,4 11,5
ingresos/Sup. Venta Bruta (Eur/m2) 54,8 55,4 55,9 56,5 57,0 57,6 58,2 58,8 59,4 60,0
Rotaciones 4,8 5,2 5,6 6,0 6,4 6,8 7,2 7,6 8,0 8,4
Crecimiento rotaciones (%) 0,4 0,4 0,4 0,4 0,4 0,4 0,4 0,4 0,4
EBITDA/ING 15% 15% 15% 17% 18% 20% 23% 25% 28% 30%
Crecimiento EBITDA/ING (%) 0% 0% 11% 11% 11% 11% 11% 11% 8%
TIR -99,11% -89,70% -76,28% -63,22% -52,12% -43,01% -35,55% -29,41% -24,32% -20,16%
Año 1 Año 10 Año 20 Año 30 Año 40 Año 50 Año 60 Año 70 Año 75
AMPLIACIÓN NORTE 2023 2032 2042 2052 2062 2072 2082 2092 2097Superficie ( m2) 40.500 40.500 40.500 40.500 40.500 40.500 40.500 40.500 40.500
Rotaciones 4,8 8,4 12,4 16,0 16,0 16,0 16,0 16,0 16,0
Superficie Venta Bruta (m2) 193.923 340.178 502.684 648.938 648.938 648.938 648.938 648.938 648.938
Ingresos MM€ 10,6 20,4 33,3 47,0 47,0 47,0 47,0 47,0 47,0
Alquiler de Espacios 6,5 12,4 20,3 28,7 28,7 28,7 28,7 28,7 28,7
Servicios a Eventos y ferias 3,5 6,7 11,0 15,5 15,5 15,5 15,5 15,5 15,5
Servicios Complementarios de recinto 0,6 1,2 2,0 2,8 2,8 2,8 2,8 2,8 2,8
Restauración 0,2 0,3 0,5 0,7 0,7 0,7 0,7 0,7 0,7
Aparcamiento 0,3 0,5 0,9 1,3 1,3 1,3 1,3 1,3 1,3
Otros 0,2 0,4 0,6 0,9 0,9 0,9 0,9 0,9 0,9
Gastos MM€ -9,0 -14,3 -23,3 -32,9 -32,9 -32,9 -32,9 -32,9 -32,9
EBITDA MM€ 1,6 6,1 10,0 14,1 14,1 14,1 14,1 14,1 14,1
INVERSIONES 1,0 15,0 15,0 1,0 1,0 12,5
FLUJO DE CAJA 1,6 6,1 9,0 -0,9 -0,9 13,1 13,1 1,6 14,1
Amortización (30años) MM€ -6,0 -6,0 -6,2 -7,0 -6,0 -5,8 -5,4 -3,0 -3,0
EBIT MM€ -4,4 0,1 3,8 7,1 8,1 8,3 8,7 11,1 11,1
No considerados Actos y Convenciones
ingresos/rotacion 10,5 11,5 12,7 13,9 13,9 13,9 13,9 13,9 13,9
ingresos/Sup. Venta Bruta (Eur/m2) 54,8 60,0 66,2 72,4 72,4 72,4 72,4 72,4 72,4
Rotaciones 4,8 8,4 12,4 16,0 16,0 16,0 16,0 16,0 16,0
Crecimiento rotaciones (%) 0,4 0,4 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
EBITDA/ING 15% 30% 30% 30% 30% 30% 30% 30% 30%
Crecimiento EBITDA/ING (%) 8% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0%
TIR -99,11% -20,16% -3,64% 0,81% 0,60% 2,40% 3,04% 3,22% 3,35%
ACUMULADO Año 1 Año 10 Año 20 Año 30 Año 40 Año 50 Año 60 Año 70 Año 75Ingresos MM€ 10,6 153,9 426,9 840,6 1310,7 1780,7 2250,8 2720,9 2955,9
EBITDA MM€ 1,6 33,4 115,3 239,4 380,4 521,4 662,4 803,5 874,0
EBIT MM€ -4,4 -26,6 -5,4 54,4 157,9 239,6 322,7 427,7 483,2
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
85
El análisis de la cuenta de explotación 2013-2017 y el cálculo de indicadores sobre ella, nos
permiten junto a las hipótesis sobre el inicio de actividad de la ampliación del recinto,
definir el punto de partida y crecimiento de la actividad económica.
La cuenta de resultados se completa con los siguientes datos del recinto:
Superficie: Superficie máxima del recinto
Rotaciones: Superficie comercializada total anual dividido entre la superficie del recinto
Superficie Venta Bruta: (Superficie x Rotaciones): metros cuadrados comercializados
Proyección económica de la Expansión Norte
Los ingresos en este ejercicio se inician teniendo en cuenta una rotación por actividad
equivalente al 50% de la media del recinto actual de IFEMA durante los últimos 5 años:
2013-2017, y considerando el precio de venta unitario medio obtenido en el mismo periodo
con un crecimiento lineal del 1% anual.
La rentabilidad de la actividad para el mismo periodo referido, Ebitda/Ingresos, se sitúa en
la media el 15% anual con un crecimiento medio del 11% anual hasta el máximo del 30%
alcanzado el año 10 de la inversión (2031).
Entorno económico
Este informe mantiene un crecimiento lineal de la economía compensando los periodos
cíclicos de crecimiento y recesión.
La TIR positiva del proyecto se alcanza el año 27 (2049) con un valor de 0,14%.
El primer año de EBIT positivo se sitúa en el año 10 de proyecto (2032).
Amortización del proyecto e inversiones de mantenimiento
La amortización de la inversión de 180MM€ se establece de forma lineal durante 30 años
desde el año 1 de proyecto en 2023.
Las inversiones necesarias para el mantenimiento y actualización del recinto ascienden a
200MM€, las cuales se realizan en los siguientes periodos:
o Año de proyecto: 15-40: 180M€ (100% del valor de la inversión inicial)
o Año de proyecto: 50-70: 90M€ (50% del valor de la inversión inicial)
El plazo de amortización de las inversiones de mantenimiento en el recinto se establece de
forma lineal durante 30 años.
C RESULTADOS RECINTO ACTUAL 2014 2015 2016 2017
Superficie (m2) 192.350 192.350 192.350 192.350
Rotaciones 7,6 9,2 10,9 11,7
Superficie Venta Bruta (m2) 1.465.799 1.768.248 2.100.000 2.246.780
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
86
Proyección Económica
Estimación de los 75 años de proyecto.
Del análisis de los datos anteriores se deduce la sostenibilidad económica y viabilidad
financiera del desarrollo de la parcela de Ampliación III de IFEMA.
MEDIDAS PREVENTIVAS, REDUCTORAS Y CORRECTORAS DE LA ACTUACIÓN 17.
A EFECTOS MEDIO AMBIENTALES Y ACÚSTICOS
17.1. Medidas medio ambientales
Para la ejecución de la urbanización y las fases de construcción del ámbito, deberán tenerse
en cuenta las medidas preventivas que establece el Apartado 10 del documento de
Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada (EAE) que acompaña al Plan Especial como
Anexo, referido a las etapas de proyecto, ejecución y seguimiento.
Se tendrán en cuenta las medidas encaminadas a la correcta gestión de residuos, y se
establecerá un Programa de Vigilancia Ambiental (Apartado 11, EAE) para las fases de
realización de obras de urbanización y de construcción.
17.2. Medidas para controlar la contaminación acústica
Se ha comprobado que los niveles de ruido presentes en el ámbito para el escenario
preoperacional están dentro de los objetivos de calidad acústica (OCA) que establece la
normativa vigente en materia de acústica. Lo mismo sucede en el escenario postoperacional
para la actividad ferial, donde la entrada en funcionamiento del ámbito una vez desarrollado
no generaría ningún efecto adverso apreciable sobre el ámbito interior desde el punto de
vista de la contaminación acústica9.
Con base en el Estudio Acústico realizado para el Plan Especial, se enumeran a continuación
varias recomendaciones encaminadas a lograr una mejor situación acústica tras el desarrollo
del sector.
9 Estudio Acústico del Plan Especial de la Ampliación III de IFEMA, Documento Anejo al Plan Especial,
Apartado 12, Conclusiones.
Año 1 Año 10 Año 20 Año 30 Año 40 Año 50 Año 60 Año 70 Año 75
AMPLIACIÓN NORTE 2022 2031 2041 2051 2061 2071 2081 2091 2096Superficie ( m2) 40.500 40.500 40.500 40.500 40.500 40.500 40.500 40.500 40.500
Rotaciones 4,8 8,4 12,4 16,0 16,0 16,0 16,0 16,0 16,0
Superficie Venta Bruta (m2) 193.923 340.178 502.684 648.938 648.938 648.938 648.938 648.938 648.938
Ingresos MM€ 10,6 20,4 33,3 47,0 47,0 47,0 47,0 47,0 47,0
Gastos MM€ -9,0 -14,3 -23,3 -32,9 -32,9 -32,9 -32,9 -32,9 -32,9
EBITDA MM€ 1,6 6,1 10,0 14,1 14,1 14,1 14,1 14,1 14,1
Amortización (30años) MM€ -6,0 -6,0 -6,0 -6,0
EBIT MM€ -4,4 0,1 4,0 8,1 14,1 14,1 14,1 14,1 14,1
ACUMULADO Año 1 Año 10 Año 20 Año 30 Año 40 Año 50 Año 60 Año 70 Año 75Ingresos MM€ 10,6 153,9 426,9 840,6 1310,7 1780,7 2250,8 2720,9 2955,9
EBITDA MM€ 1,6 33,4 115,3 239,4 380,4 521,4 662,4 803,5 874,0EBIT MM€ -4,4 -26,6 -4,7 59,4 200,4 341,4 482,4 623,5 694,0
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
87
1.- Templado de tráfico
La velocidad del tráfico de tráfico pesado a las zonas de ferial y de eventos, no deberá
superar los 30 km/h.
2.- Materiales
Los materiales que conformen las calzadas de las calles interiores deberán ser uniformes,
evitando discontinuidades superficiales y, en especial, tratamientos como empedrados o
adoquinados en los tramos donde las velocidades superen los 30 km/h.
Se recomienda el empleo de materiales porosos con elevado índice de absorción acústica
como los asfaltos drenantes, silenciosos y microaglomerados.
Se respetará la tipología acústica de la zona en lo referente a emisiones hacia el exterior, de
forma que ningún emisor acústico podrá producir ruidos que hagan que el nivel ambiental
sobrepase los límites fijados para cada una de las áreas acústicas interiores o exteriores al
ámbito, de acuerdo con el RD 1367/2007 y la Ordenanza de Protección contra la
Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) del Ayuntamiento de Madrid.
3.- Eventos al Aire Libre
a) Deberá limitarse el uso que se haga para Eventos al Aire Libre, de tal manera que no se
transmitan a las zonas colindantes , fundamentalmente las áreas residenciales, niveles
sonoros por encima de los límites establecidos en la normativa de aplicación (Artículo
15 de la OPCAT y artículo 24 del RD 1367/2007) que establece como valores límite 55,
55 y 45 dBA para los períodos Día, Tarde, y Noche respectivamente, para áreas
acústicas de tipo residencial, y respetando de esta forma lo dispuesto en la ficha de
condiciones del APE 16.11 “Ciudad Aeroportuaria y Parque de Valdebebas”, del que
forma parte el ámbito del Plan Especial de Ampliación III de IFEMA.
b) Alternativamente, de solicitarse por parte de los organizadores del evento la suspensión
o modificación temporal de los niveles máximos de emisión sonora, se deberá aportar
justificada acreditación que verifique que las mejores técnicas disponibles no permiten el
cumplimiento de los objetivos cuya suspensión se pretende, de acuerdo con el artículo 9
de la Ley 37/2003, del Ruido.
c) Los promotores de cualquier actividad al aire libre con amplificación sonora en el
ámbito del Plan Especial, deberán cumplir las siguientes condiciones10
:
1. Monitorizar los niveles sonoros generados en las primeras líneas de las parcelas
residenciales con motivo de la actividad y durante la completa duración de la misma,
verificando el cumplimiento de los valores límite de inmisión aplicables (60 dBA
para los períodos Día y Tarde, o 50 dBA para el período Noche, evaluados mediante
el índice LKeq,5s) o aquellos que, excepcionalmente, pueda determinar la autoridad
municipal en virtud de la aplicación justificada del artículo 19 de la Ordenanza y del
10
Estudio Acústico del Plan Especial de la Ampliación III de IFEMA, Documento Anejo al Plan Especial,
Apartado 10.3. Estudio de potenciales afecciones acústicas por conciertos al aire libre y otras posibles
actividades con amplificación sonora.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
88
artículo 9 de la Ley 37/2003, del Ruido (es decir, donde no sean efectivas otras
soluciones técnicas previas).
2. En lo posible, coordinar la información con los representantes de las personas
potencialmente afectadas, en particular con los representantes vecinales del barrio de
las Valdefuentes, compartiendo los resultados de la monitorización, así como de la
interpretación de los mismos.
3. Dado que para no superar dichas limitaciones existen soluciones técnicas cuya
adopción debe ser anterior a la solicitud de suspensión o modificación temporal de
los niveles máximos de emisión sonora a que hace referencia artículo 19 de la
Ordenanza y del artículo 9 de la Ley 37/2003, del Ruido, éstas deben ser
inicialmente consideradas.
4. Adoptar sistemas de amplificación sonora altamente direccionales que proyecten la
emisión sonora exclusivamente hacia el área de público. En este aspecto, se deberá
prestar especial atención a la emisión en las bajas frecuencias, utilizando por ejemplo
sistemas de subwoofer configurados en cardioide11
, pues éstas son habitualmente la
principal fuente de quejas y molestias frente a este tipo de actividades.
5. Alternativa o complementariamente, adoptar estrategias de amplificación sonora que
eviten la concentración de potencias de emisión en una zona (escenario)
repartiéndola a lo largo del área de público mediante sistemas difusión sonora con
múltiples emisores, obteniendo niveles de inmisión elevados con bajas potencias de
emisión.
El estudio Acústico que se incluye como Anexo 3, concluye que el Plan Especial de la
ampliación de IFEMA, con estas consideraciones, ha sido concebido teniendo en cuenta los
necesarios criterios de compatibilidad acústica y, tras su desarrollo, es esperable que en el
entorno se respeten los OCAs establecidos en la normativa vigente en la materia.
11
Figura de directividad acústica con propagación mínima hacia la parte posterior. JGPGL
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
89
FICHA DE CATASTRO 18.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
90
III. NORMATIVA URBANÍSTICA
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
91
ÍNDICE DE LA NORMATIVA URBANÍSTICA:
CAPÍTULO 1. DETERMINACIONES GENERALES
Artículo 1.1. Terminología y conceptos
Artículo 1.2. Interpretación de los documentos
CAPÍTULO 2. RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO
Artículo 2.1. Regulación del suelo
Artículo 2.2. Desarrollo y ejecución del Plan Especial
Artículo 2.3. Proyectos de urbanización o de obras ordinarias de urbanización y de
edificación
CAPÍTULO 3. NORMAS DE EDIFICACIÓN
Artículo 3.1. Condiciones generales de la edificación
Artículo 3.2. Ordenación de Zonas
Artículo 3.3. Edificabilidad máxima
CAPÍTULO 4. RÉGIMEN DE LOS USOS
Artículo 4.1. Uso cualificado
Artículo 4.2. Usos asociados
Artículo 4.3. Usos alternativos
Artículo 4.4. Usos provisionales
CAPÍTULO 5. PARÁMETROS Y CONDICIONES GENERALES DE LA EDIFICACIÓN
Y DE SUS RELACIONES CON EL ENTORNO
Artículo 5.1. Edificabilidad por Zonas de Ordenación
Artículo 5.2. Tipología de edificación
Artículo 5.3. Posición de la edificación en cada Zona
Artículo 5.4. Altura de la edificación
Artículo 5.5. Vuelos
Artículo 5.6. Altura de pisos
Artículo 5.7. Condiciones estéticas
Artículo 5.8. Espacio libre interior de Zona
Artículo 5.9. Eventos al aire libre
CAPÍTULO 6. CONDICIONES PARTICULARES DE LAS ZONAS: CULTURAL,
ESPACIOS LIBRES, APARCAMIENTOS Y VIARIO
Artículo 6.1. Condiciones específicas de la ZONA K Cultural
Artículo 6.2. Condiciones específicas de los Espacios Libres (ZONAS M, J y L)
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
92
Artículo 6.3. Ámbito y condiciones de las Zonas de Aparcamiento (ZONAS F, G, C y D)
Artículo 6.4. Condiciones de la red viaria interior (ZONA N)
CAPÍTULO 7. CONDICIONES ACÚSTICAS
Artículo 7.1. Eventos al aire libre
Artículo 7.2 Obligaciones de los Promotores
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
93
CAPÍTULO 1. DETERMINACIONES GENERALES
Artículo 1.1. Terminología y conceptos
Se establece como uso cualificado principal el de Red General de Equipamiento Social-
Ferial. Esta terminología se enmarca en los términos utilizados por la Ley 9/2001 del suelo
de la Comunidad de Madrid que se recoge en la ficha de condiciones de desarrollo para este
ámbito en el APE 16.11 “Ciudad aeroportuaria – parque de Valdebebas”.
El uso cualificado principal de acuerdo con la terminología del PGOUM 97 corresponde al
uso de Ferial en la clase de Dotacional de servicios Públicos, categoría de Recintos feriales,
de acuerdo con el artículo 7.11.1 f) de las Normas Urbanísticas del Plan General de 1997, en
adelante NNUU del PGOUM 97.
El resto de los términos y conceptos utilizados en la presente Normativa se corresponde con
los establecidos por las NNUU del PGOUM-97, particularmente en sus Títulos VI y VII.
En lo no regulado en esta Normativa Urbanística del Plan Especial, se estará a lo establecido
por las NNUU del PGOUM-97, particularmente en sus Títulos VI y VII.
Artículo 1.2. Interpretación de los documentos
La interpretación del Plan Especial corresponde a la establecida en el artículo 1.1.5 de las
NNUU del PGOUM-97.
CAPÍTULO 2. RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO
Artículo 2.1. Regulación del suelo
El Plan Especial, mediante el trazado del viario interno a la parcela, establece un conjunto de
Zonas cuya delimitación y localización se define en el Plano O.3. ZONIFICACIÓN
INTERIOR y en la Memoria de Ordenación.
Para cada Zona, esta Normativa Urbanística establece en sus Capítulos 5 y 6 una regulación
específica u Ordenanza Particular para la aplicación de los parámetros de la edificación y de
los usos permitidos.
A tales efectos, el Plan Especial regula el suelo mediante:
a) Normativa urbanística del Plan Especial.
a) Remisión genérica a los “Parámetros y condiciones generales de la edificación y de
sus relaciones con el entorno”, contenidos en el Título VI de las NNUU del
PGOUM-97, así como a las “Condiciones particulares de los usos” definidas en el
Título VII de las NNUU del PGOUM-97.
b) Usos pormenorizados aplicables en las distintas Zonas en que se divide el ámbito a
efectos de regulación.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
94
c) Determinaciones gráficas recogidas en los planos y determinaciones numéricas
recogidas en los cuadros de la Memoria y Normativa de este Plan Especial.
Artículo 2.2. Desarrollo y ejecución del Plan Especial
El presente Plan Especial contiene todas aquellas determinaciones necesarias para su
desarrollo. Para su ejecución se requerirá la previa aprobación de los correspondientes
Proyectos de Urbanización o de Obras Ordinarias de Urbanización y Proyectos de
Edificación.
Artículo 2.3. Proyectos de urbanización o de obras ordinarias de urbanización y de
edificación
Contendrán la documentación fijada en el Título 1, capítulo 1.4. “Instrumentos de
Ejecución” de las NNUU del PGOUM-97. Cumplirán también las condiciones estipuladas
en las disposiciones municipales que fueran de aplicación.
CAPÍTULO 3. NORMAS DE EDIFICACIÓN
Artículo 3.1. Condiciones generales de la edificación
De forma general, son de aplicación las normas recogidas en el Título VI de las NNUU del
PGOUM-97. Todos los edificios e instalaciones deberán cumplir con lo dispuesto en las
mencionadas NNUU del PGOUM-97 en cuanto a dotaciones obligatorias.
Artículo 3.2. Ordenación de Zonas
El Plan Especial identifica las siguientes Zonas:
ZONAS A, B, E, H e I, para Pabellones de uso Ferial y Usos Asociados
ZONA K de uso Cultural
ZONAS C, D, F y G de Aparcamiento
ZONAS J, L, y M de Espacios Libres
ZONA N de Red Viaria Interior.
Las Zonas Cultural, de Aparcamiento, de Espacios Libres y de Red Viaria Interior
configuran la ordenación del ámbito, sin edificabilidad en ningún caso.
Artículo 3.3. Edificabilidad máxima
La superficie edificable máxima total para el uso principal ferial del Plan Especial será de
250.000 m2e, de los cuales se podrá destinar a Usos Asociados hasta un máximo de 62.500
m2e (25 por cien del total), que se deberá detraer de la edificabilidad de dicho uso principal
Ferial.
En el siguiente cuadro se expone una distribución de las superficies máximas edificables
asignadas a cada Zona, estableciendo además y de modo indicativo, la superficie máxima
para usos asociados susceptible de detraerse del uso principal de Recinto Ferial en cada
Zona.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
95
ZONA
DENOMINACIÓN SUPERFICIE
DE SUELO
m2s
SUPERFICIE
EDIFICABLE
MÁXIMA
TOTAL USO
FERIAL
m2e
POSIBLE
SUPERFICIE
EDIFICABLE
DESTINADA A
USOS
ASOCIADOS
(CON MÁXIMO
DEL 25% DE LA
SUPERFICIE
EDIFICABLE
TOTAL) m2e
A
ZONA PRINCIPAL
DE PABELLONES
DEL FERIAL
123.594 m2s 112.000 m
2e 9.000 m
2e
B
PABELLONES DEL
FERIAL /
EVENTOS AL AIRE
LIBRE
55.760 m2s 50.000 m
2e 3.500 m
2e
E INSTALACIONES
DE SERVICIOS 9.432 m
2s 3.000 m
2e
3.000 m2e
H
USOS ASOCIADOS
EN EDIFICIOS
INDEPENDIENTES
47.794 m2s 55.000 m
2e
45.500 m2e
I PABELLONES DEL
FERIAL 47.998 m
2s 30.000 m
2e
1.500 m2e
TOTAL
284.758 m2s 250.000 m
2e 62.500 m
2e
La distribución de las superficies de usos asociados que se refleja en este cuadro puede
variarse siempre y cuando no se supere el total de 62.500 m2e.
Para el cómputo de la superficie edificable, se estará a lo establecido en el artículo 6.5.3 de
las NNUU, PGOUM-97.
CAPÍTULO 4. RÉGIMEN DE LOS USOS
Artículo 4.1. Uso cualificado
El uso cualificado del ámbito de ordenación es el de Red General de Equipamiento Social,
en la categoría de Recinto Ferial, equivalente al uso dotacional de Servicios Públicos en su
categoría de recintos feriales que define el artículo 7.11.1 f) de las Normas Urbanísticas del
PGOUM-97 como: Centros especializados destinados fundamentalmente a la exposición
temporal de bienes y productos.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
96
Artículo 4.2. Usos asociados
Será de aplicación el Artículo 7.2.3.2 b) i) de las NNUU del PGOUM-97 que define los usos
asociados de la siguiente manera: Respecto a un determinado uso se consideran como
asociados aquellos vinculados directamente al mismo y que contribuyen a su desarrollo, por
lo que quedan integrados funcional y jurídicamente con aquél.
En la ordenación prevista, se consideran usos asociados de acuerdo a dicha definición los
usos de:
Oficinas
Hospedaje
Restauración
Comercio al por menor
Todos ellos deberán quedar vinculados a la actividad general del Recinto Ferial
contribuyendo a su sostenibilidad y desarrollo, y sin perjuicio de que en el desarrollo del
Plan Especial puedan proponerse otros similares.
La posible superficie edificable de los usos asociados se indica para cada Zona en el cuadro
del artículo 3.3 de las presentes Normas Urbanísticas, con las siguientes condiciones:
i) En ningún caso podrá superarse el 25 por cien de la superficie edificada total o en
ejecución en el conjunto de todas las Zonas del ámbito del Plan Especial.
ii) No podrá superar el 25 por 100 de la superficie edificada total o en ejecución en la
ZONA A de Pabellones del Ferial, ni en las ZONAS B e I de Pabellones y Eventos al
Aire Libre.
iii) En las ZONAS H de Usos Asociados y E de Instalaciones de Servicio, toda la
superficie edificable asignada podrá destinarse a usos asociados en edificios
independientes del uso principal, respetando la limitación general de la letra i)
anterior.
iv) La solicitud para la edificación de usos asociados en la ZONA H, deberá
acompañarse del cómputo desglosado de las edificabilidades ya consumidas para
usos asociados, y del uso cualificado de Recinto Ferial, ya ejecutadas o en ejecución
en el ámbito de la Ampliación III de IFEMA, de modo que se justifique que no se
supera el máximo del 25 por cien de edificabilidad respecto al total de este último.
Artículo 4.3 Usos alternativos
Será de aplicación el artículo 7.11.4 b) de las NNUU del PGOUM-97.
Artículo 4.4 Usos provisionales
Será de aplicación el artículo 7.2.3.2 d) de las NNUU del PGOUM-97.
Se consideran usos provisionales aquellas instalaciones que se establezcan por tiempo
limitado, para albergar actividades tales como exhibiciones y espectáculos al aire libre, o
similares, con sus correspondientes instalaciones auxiliares.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
97
CAPÍTULO 5. PARÁMETROS Y CONDICIONES GENERALES DE LA
EDIFICACIÓN Y DE SUS RELACIONES CON EL ENTORNO
Artículo 5.1. Edificabilidad por Zonas de Ordenación
La edificabilidad asignada a cada Zona se regula en el artículo 3.3 de las presentes Normas.
Las ZONAS H e I podrán ser intercambiables entre sí manteniendo cada una de ellas sus
propias determinaciones en cuanto a edificabilidad, usos, etc., pero no sus alturas máximas
señaladas en la tabla del Artículo 5.4. Es decir, la actual ZONA I con todas sus
determinaciones excepto las de altura máxima, podrá ubicarse en la situación de la ZONA
H, y viceversa.
Artículo 5.2. Tipología de edificación
La tipología es de edificación aislada en bloque abierto en el interior de cada Zona.
Artículo 5.3. Posición de la edificación en cada Zona
Las edificaciones guardarán las separaciones a linderos de Zona, medidas en proyección
horizontal a partir de las fachadas y sin incluir el vuelo de la cubierta, y en ningún caso
invadirán sobre o bajo rasante, el límite del Área de Movimiento señalado gráficamente en
el Plano O.3 ZONIFICACIÓN INTERIOR, con la excepción del párrafo siguiente.
Los cuerpos perimetrales añadidos a la traza modular de los pabellones en las ZONAS A
y B, podrán sobrepasar un máximo de diez (10,00) metros la línea del Área de
Movimiento, hasta una altura máxima de coronación de ocho (8,00) metros.
Cuando en una Zona se proyecten varios edificios que no guarden continuidad física,
deberán respetar una separación mínima entre sus fachadas igual o superior a la mitad de sus
alturas de coronación, con los siguientes mínimos:
Veinte (20) metros en las ZONAS A, B, H e I.
Seis (6) metros en la ZONA E.
Se permitirán pasillos de comunicación que unan los pabellones.
Las instalaciones provisionales podrán adosarse a edificación permanente.
Artículo 5.4. Altura de la edificación
La altura total de la edificación, medida en metros en cada ZONA edificable, está señalada
en el plano O.3. ZONIFICACIÓN INTERIOR. En la tabla siguiente se establecen tanto la
altura máxima de coronación como el número máximo de plantas:
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
98
ZONA A
ZONA B
ZONA
E
ZONA
H
ZONA I
Altura
máxima de
coronación
25 m. (*)
25 m.
12 m.
30 m.
25 m.
Número
máximo de
plantas
Pabellones 1 Pabellones 2
2
8
Pabellones 2
Edificaciones
complementarias
3
Edificaciones
complementarias
3 Edificaciones
complementarias 3
Centro de
Convenciones
4
(*) En la ZONA A los pabellones 20 y 21 así como el resto de edificaciones no podrán sobrepasar los 25 m de
altura máxima en coronación, con la excepción del Pabellón 22, cuya altura máxima podrá ser de hasta 30
metros. La numeración de zonas y pabellones responde al siguiente esquema:
NUMERACIÓN DE PABELLONES ESQUEMA DE ZONAS
Cota de origen y referencia: La altura total de la edificación en cada ZONA, medida hasta el
elemento más alto del edificio de acuerdo al artículo 6.3.5.c) de las Normas Urbanísticas del
PGOUM-97, se establece con referencia a la cota de nivelación de planta baja.
Las alturas señaladas en número de plantas en el plano O.6 IMAGEN FINAL
INDICATIVA, no son vinculantes.
La obtención de licencia de obras requiere informe vinculante de la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea (AESA), en relación a la altura proyectada de edificación.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
99
Artículo 5.5. Vuelos
Se admiten vuelos en pabellones y otros edificios, sin superar los límites señalados como
Área de Movimiento en el plano O.3 ZONIFICACIÓN INTERIOR.
No obstante, en el caso del Centro de Convenciones previsto en el acceso principal de
visitantes a la ZONA A, se permitirá el vuelo en las plantas superiores y cubierta hasta el
límite interior de la acera.
La altura de libre entre la cota de Planta Baja y la cara inferior del vuelo o de posibles
pasadizos entre pabellones será al menos de cuatro metros y medio (4,50) sobre la rasante
del terreno.
Artículo 5.6. Altura de pisos
La altura libre mínima de pisos entre las caras superior e inferior de forjados será:
a) Planta baja:
. - Once (11,00) metros para el espacio principal de pabellones.
. - Cuatro metros con cincuenta centímetros (4,50 m.) para el Centro de Convenciones
en la ZONA A y edificios en la ZONA E de servicios, y en general para instalaciones
de usos asociados tales como de hospedaje, oficinas y comercio, y para espacios más
reducidos tales como corredores de comunicaciones, salas de trabajo y similares.
b) Planta piso:
Cuatro (4,00) metros para la planta de piso, salvo en usos asociados tales como
hospedaje, que podrán ser 2,50 metros siempre que cumplan con su normativa
sectorial.
Artículo 5.7. Condiciones estéticas
Los pabellones deberán presentar fachadas de tipología e imagen uniforme, con las
diferencias propias de su dedicación específica. Las fachadas con acceso desde el viario
principal al Este, deberán ser representativas de la calidad propia del Recinto Ferial de
IFEMA.
Artículo 5.8. Espacio libre interior de Zona
Para las ZONAS de Pabellones A, B, e I, deberá ajardinarse en cada Zona, al menos un
cinco por ciento (5%) de su superficie de suelo.
Para la ZONA H de Usos Asociados, deberá ajardinarse al menos un quince por ciento
(15%) de su superficie de suelo.
En las zonas ajardinadas, la profundidad de tierra será suficiente para la plantación prevista.
Las franjas exteriores al Área de Movimiento deberán contar con el suficiente arbolado para
cumplir con el objetivo de contribuir a la mejora de las condiciones medioambientales en el
ámbito.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
100
Se admite la ubicación de un área de espera de taxi y VTC en la parte Este de la ZONA B,
incluso con instalación de pérgola para protección de lluvia y de soleamiento.
Artículo 5.9. Eventos al aire libre
Podrán realizarse Eventos al Aire Libre en cualquiera de las Zonas, excepto en la Zona
Cultural y la Zona de Espacios Libres, siempre que cumplan con la normativa vigente para
este tipo de eventos.
CAPÍTULO 6. CONDICIONES PARTICULARES DE LAS ZONAS: CULTURAL,
ESPACIOS LIBRES, APARCAMIENTOS Y VIARIO
Artículo 6.1. Condiciones específicas de la ZONA K Cultural
La ordenación de esta Zona se realizará de acuerdo con las directrices establecidas por la
Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid o las que pueda
ampliar posteriormente.
Para el traslado y nueva instalación prevista de los Fortines de la Mata Espesa, se seguirán
las prescripciones de la Dirección General de Patrimonio Histórico, señaladas en la Memoria
de Ordenación del Plan Especial de Ampliación III de Ifema, Apartado 9.8, ZONA K
Cultural.
La Zona deberá contar con elementos museísticos y paneles de información referentes a la
función original de los Fortines de la Mata Espesa.
Esta Zona dispondrá, para control y seguridad, de un cerramiento adecuado para la
protección de los Fortines e instalaciones museísticas e informativas.
Artículo 6.2. Condiciones específicas de los Espacios Libres (ZONAS M, J y L)
El Plan Especial regula en el plano O.3. ZONIFICACIÓN INTERIOR las siguientes clases
de espacios libres de la Zona: Espacios Libres Ajardinados (ZONA M), y Espacios de
Terraplén Ajardinado (ZONAS J y L).
No son edificables en ningún caso.
1. Espacios Libres Ajardinados (ZONA M):
Serán accesibles para peatones, y cumplirán las condiciones de los artículos 4 y 5 sobre
barreras urbanísticas, del Reglamento Técnico de Desarrollo en materia de promoción de la
accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, Decreto 13/2007, de 15 de marzo, del
Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
Deberán disponer de plantación arbustiva y de arbolado, con instalación de riego con agua
reciclada.
2.- Terraplén Ajardinado
Deberán plantarse con especies arbustivas y arbolado adecuado para afianzar las pendientes
resultantes.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
101
En caso necesario podrán abancalarse mediante muros de contención.
La pendiente de los tramos de terreno deberá establecerse en el Proyecto de Urbanización
para asegurar su estabilidad y ajardinamiento, y se adoptarán las medidas necesarias para la
evacuación de aguas de lluvia minimizando la erosión.
Artículo 6.3. Ámbito y condiciones de las Zonas de Aparcamiento (ZONAS F, G, C y
D)
Su regulación estará a lo que le sea de aplicación del Título 7, Capítulo 7.5, Sección Tercera,
“Condiciones particulares de los aparcamientos públicos”, de las NNUU del PGOUM-97.
La ejecución de la ZONA F de aparcamiento requerirá la autorización del Ministerio de
Fomento por estar dentro de la zona de afección de 100 metros de la autovía M-11.
En todos los casos se admitirá una planta sótano inferior a la planta baja.
La planta baja en las zonas de aparcamiento no se considerará edificación a efectos de
cómputo de edificabilidad, debiendo ejecutarse sin cerramiento lateral ni cubierta
permanente. No obstante, se admite la cubierta ligera tipo pérgola para resguardo de la
lluvia.
Deberá realizarse plantación arbustiva y/o de árboles en el perímetro de la Zona de
aparcamiento. En cualquier caso, en el proyecto de ejecución podrá estudiarse la
implantación de arbolado intermedio que contribuya a la mejora de sus condiciones
ambientales y paisajísticas.
Artículo 6.4. Condiciones de la red viaria interior (ZONA N)
Incluye viario principal y viario secundario. El viario principal podrá ejecutarse para
funcionamiento como viario de coexistencia rodada y peatonal. Se representa en el plano
O.2. VIARIO INTERIOR Y ACCESOS.
Los anchos viarios y perfiles señalados en el plano O.2. VIARIO INTERIOR Y ACCESOS
son indicativos; el Proyecto de Urbanización deberá ajustarlos a las consideraciones técnicas
que justifiquen sus condiciones.
Todos los viarios deberán contener arbolado como elemento de sombra en los itinerarios
peatonales, y deberán cumplir el Reglamento Técnico de Desarrollo en materia de
promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, Decreto 13/2007, de
15 de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
CAPÍTULO 7. CONDICIONES ACÚSTICAS
Artículo 7.1. Eventos al aire libre
Los Eventos al Aire Libre cumplirán las Normas de Protección del Anexo de Estudio
Acústico, con las Medidas Preventivas señaladas en el Apartado 17.2 de la Memoria de
Ordenación de este Plan Especial, y en particular las siguientes.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
102
a) Deberá limitarse el uso que se haga de Eventos al Aire Libre, de tal manera que no se
transmitan a las zonas colindantes niveles sonoros por encima de los límites
establecidos en la normativa de aplicación (Artículo 15 de la OPCAT y artículo 24
del RD 1367/2007) que establece como valores límite 55, 55 y 45 dBA para los
períodos Día, Tarde, y Noche respectivamente, para áreas acústicas de tipo
residencial, y respetando de esta forma lo dispuesto en la ficha de condiciones del
APE 16.11 “Ciudad Aeroportuaria y Parque de Valdebebas”, del que forma parte el
ámbito del Plan Especial de Ampliación III de IFEMA.
b) Alternativamente, de solicitarse por parte de los organizadores del evento la
suspensión o modificación temporal de los niveles máximos de emisión sonora, se
deberá aportar justificada acreditación que verifique que las mejores técnicas
disponibles no permiten el cumplimiento de los objetivos cuya suspensión se
pretende, de acuerdo con el artículo 9 de la Ley 37/2003, del Ruido.
Artículo 7.2 Obligaciones de los Promotores
Los promotores de cualquier actividad al aire libre con amplificación sonora en el ámbito
del Plan Especial, deberán cumplir las siguientes condiciones12
:
1.- Monitorizar los niveles sonoros generados en las primeras líneas de las áreas
residenciales al oeste con motivo de la actividad y durante la completa duración de la
misma, verificando el cumplimiento de los valores límite de inmisión aplicables (60 dBA
para los períodos Día y Tarde, o 50 dBA para el período Noche, evaluados mediante el
índice LKeq,5s) o aquellos que, excepcionalmente, pueda determinar la autoridad municipal
en virtud de la aplicación justificada del artículo 19 de la Ordenanza y del artículo 9 de la
Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido (es decir, donde no sean efectivas otras
soluciones técnicas previas).
2.- En lo posible, coordinar la información con los representantes de las personas
potencialmente afectadas, en particular con los representantes vecinales del barrio de las
Valdefuentes, compartiendo los resultados de la monitorización así como de la
interpretación de los mismos.
3.- Dado que para no superar dichas limitaciones existen soluciones técnicas cuya adopción
debe ser anterior a la solicitud de suspensión o modificación temporal de los niveles
máximos de emisión sonora a que hace referencia artículo 19 de la Ordenanza y del artículo
9 de la Ley 37/2003 de 17 de noviembre, del Ruido, éstas deben ser inicialmente
consideradas.
12
Estudio Acústico del Plan Especial de la Ampliación III de IFEMA, Documento Anejo al Plan Especial,
Apartado 10.3. Estudio de potenciales afecciones acústicas por conciertos al aire libre y otras posibles
actividades con amplificación sonora.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA MEMORIA Y NORMATIVA
103
4.- Adoptar sistemas de amplificación sonora altamente direccionales que proyecten la
emisión sonora exclusivamente hacia el área de público. En este aspecto, se deberá prestar
especial atención a la emisión en las bajas frecuencias, utilizando por ejemplo sistemas de
subwoofer configurados en cardioide13
, pues éstas son habitualmente la principal fuente de
quejas y molestias frente a este tipo de actividades.
5.- Alternativa o complementariamente, adoptar estrategias de amplificación sonora que
eviten la concentración de potencias de emisión en una zona (escenario) repartiéndola a lo
largo del área de público mediante sistemas difusión sonora con múltiples emisores,
obteniendo niveles de inmisión elevados con bajas potencias de emisión.
13
Figura de directividad acústica con propagación mínima hacia la parte posterior.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA
DOCUMENTO VI
RESUMEN EJECUTIVO EXPRESIVO
Noviembre 2019
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA RESUMEN EJECUTIVO
2
VI. RESUMEN EJECUTIVO EXPRESIVO
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA RESUMEN EJECUTIVO
3
ÁMBITO
El ámbito de este Plan Especial se corresponde con la parcela calificada como RG-EQ en el
APE 16/11 “Ciudad Aeroportuaria / Parque de Valdebebas” que coincide, a su vez con la
parcela catastral 7311305VK4871A0001RO:
OBJETO Y ALCANCE
El objeto del presente Plan Especial es la ordenación pormenorizada de la ampliación de los
Recintos Feriales en la parcela calificada como “Red General de Equipamiento Social.
Recinto Ferial” dentro del Plan Parcial APE 16/11 Ciudad Aeroportuaria / Parque de
Valdebebas, y, teniendo en cuenta las necesidades actuales de la Institución Ferial de
Madrid, IFEMA.
La actual implantación del Recinto Ferial de IFEMA ha tenido un aumento continuo de
actividades y de atracción de empresarios, exhibidores, vendedores y público en general, con
un creciente impacto económico en la región.
Actualmente cuenta con 200.000 m2 cubiertos de exposición, varias instalaciones
provisionales (carpas), y 14.000 plazas de aparcamiento, en las que se organizan más de 100
ferias anuales, que representan más del 90% de las de ámbito internacional de Madrid, y el
51% de los eventos de este tipo en España, frente al 43% en 2017.
Se hace necesario, por tanto, llevar a cabo su ampliación, tal como ya preveía el Plan
General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM) en 1997.
El alcance de este Plan Especial es establecer las condiciones de ordenación, que permitan
dar viabilidad urbanística a la ampliación de los Recintos Feriales cumpliendo con los
objetivos establecidos en las fichas de Condiciones particulares del APE 16/11 para este
ámbito que se transcriben a continuación:
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA RESUMEN EJECUTIVO
4
- Ordenar el desarrollo de la Ampliación de los Recintos Feriales, definiendo el uso principal y lo
usos compatibles con el mismo distribuyendo las superficies de éstos y disponiendo los volúmenes de
edificación necesarios.
- Resolver el contenido de los espacios libres, en particular la relación entre espacios ajardinados o
arbolados y espacios de movilidad incluyendo los aparcamientos. Configurar la red de espacios
libres en continuidad con el sistema de accesos.
- Plantear y resolver, en su caso, la conexión interna con los Recintos Feriales existentes sobre o bajo
la autopista M- 11, (antigua A- 10) tanto para peatones como para un posible transporte de
capacidad media.
RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS
Zonificación General:
La estructura de ordenación del Plan Especial consiste en una Zona destinada a la
instalación de pabellones de uso Recinto Ferial y usos asociados que recorre el ámbito de sur
a norte, y en Zonas destinadas a uso cultural, a áreas libres ajardinadas, a aparcamientos y al
viario interno. El esquema siguiente refleja la ordenación general y destino previsto para
cada Zona:
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA RESUMEN EJECUTIVO
5
Superficies edificables:
La superficie edificable máxima total para el uso principal ferial del Plan Especial es de
250.000 m2e, de los cuales se podrá destinar a Usos Asociados hasta un máximo de 62.500
m2e (25 por cien del total), que se deberá detraer de la edificabilidad de dicho uso principal
Ferial.
Para la asignación de edificabilidad a cada Zona, se ha tenido en cuenta el programa de
edificación e instalaciones previsto por IFEMA, ajustado de modo que resulten superficies
edificables razonables para cada uso y Zona.
PLAN ESPECIAL DE AMPLIACIÓN III DE IFEMA RESUMEN EJECUTIVO
6
Programa de Fases:
En el Esquema siguiente se reflejan las Fases previstas para las obras de urbanización y
edificación:
El calendario estimado para dichas Fases es el siguiente:
Primera Fase: final previsto, 1 año y 11 meses desde la aprobación definitiva del PE.
Segunda Fase: Final previsto, 3 años y 11 meses desde la aprobación definitiva del PE.
Tercera Fase: se estiman 6 años desde la aprobación definitiva del PE.
Cuarta y quinta Fases: se estiman 8 años desde la aprobación definitiva del PE.
Presupuesto estimado:
El proyecto de ampliación de los Recintos feriales en la parcela de Valdebebas se establece
en 5 Fases, las cuales se detallan en el siguiente cuadro en sus importes en Euros excluyendo
el IVA:
SUSPENSIÓN DE LICENCIAS
Por último, se señala que en el ámbito delimitado se deben suspender, durante un año, el
otorgamiento de licencias urbanísticas que pudieran resultar afectadas por las
determinaciones de esta Modificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.4
de la ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid.