OBJETIVOS DE ESARROU.0 SOSA TENIBLE
Servicio de Salud del Libertador General Bernardo O'H
Número de Informe: 840/2017 12 de diciembre de 2017
CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
1t PAZ, JUSTICIA
1111 E INSTfTiJCIONES saums
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Resumen Ejecutivo Informe Final N°840, de 2017 Servicio de Salud Libertador General Bernardo O'Higgins
Objetivo: La fiscalización tuvo por objeto practicar una auditoría al uso y distribución de las ambulancias por parte del Servicio de Salud O'Higgins, SSO, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2016, con la finalidad de verificar la observancia de las disposiciones legales y reglamentarias, de determinar que los registros se encuentren debidamente acreditados, que cumplan con la finalidad para las que fueron adquiridas y que se dé cumplimiento a los principios de eficiencia y eficacia contemplados en la ley N° 18.575.
Preguntas de auditoría:
• ¿El SSO mantiene sus conciliaciones bancarias al día?
• ¿Cuenta el Servicio de Salud, con procedimientos de control en el cumplimiento de sus funciones?
• ¿Ajusta el SSO el registro de sus transacciones a la normativa contable y financiera vigente?
• ¿La repartición pública cumple con lo establecido en el decreto ley N°799, de 1974, y en el oficio circular N°35.593, de 1995?
• ¿El SSO enmarca sus actuaciones dentro de, los principios de efitiencia, eficacia y economicidad?
• ¿La entidad se, ajusta a los plazos regulados en la normativa aplicable en la .realización de los procedimientos disciplinarios?
Principales resultados:
• El SSO presenta un retraso en la elaboración de sus conciliaciones bancarias de diferentes cuentas corrientes, por lo que el jefe de servicio tendrá que instruir la actualización de estas, fortalecer sus procedimientos de control y adoptar las medidas necesarias que impidan, en lo sucesivo, el retraso excesivo en su confección, con la finalidad de una mejor torna de decisiones y vigilancia de los recursos. Sin perjuicio de lo anterior, en lo sucesivo, el SSO deberá mantener actualizada sus conciliaciones bancarias, conforme la norma instruida por esta Contraloría General.
• Se determinaron deficiencias en las conciliaciones bancarias revisadas, razón por la 'cual le corresponderá a esa repartición pública acreditar el ajuste por los cheques girados y no cobrados caducos por un total de $238.420.888; regularizar el- registro de cheques girados y no cobrados extrayendo de estelas provisiones de transferencias masivas bancarias, por un monto de $372.670.861; y, ajustar las partidas no aclaradas ni ajustadas, remitiendo los" antecedentes a esta Entidad Fiscalizadora en el plazo de 60 días hábiles, hecho que será validado en la etapa de seguimiento. En lo sucesivo, esa Entidad deberá fortalecer sus procedimientos de control con la finalidad de evitar la ocurrencia- de situaciones
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como las descritas en la especie.
• Se advirtió la falta de equipamiento técnico en ambulancias examinadas en terreno, Nos HKLT-59, HKLT-57, HPFT-14, HKLT-58, HVSY-98, HCRB-55 y HPFT-16, conforme lo establecía• en las especificaciones técnicas del vehículo de emergencia, por lo que el SSO deberá evidenciar la repoáición de la totalidad del equipamiento observado, remitiendo los antecedentes que lo acrediten a esta Entidád Fiscalizadora en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, hecho que será validado en la etapa de seguimiento. Asimismo, a futuro le corresponderá velar por la eficiente e idónea administración. de los medios públicos y 'por el debido cumplimiento, procurando que las ambulancias operen con la totalidad del equipamiento adquirido. ,
• Se constató que el SSO no tiene registradas contablemente las ambulancias placas patentes WHKLT-57; HKLT-58 Y HKLT-59, por un monto total de $122.950.800, razón por la\ cual deberá efectuar el ajuste contable respectivo e informar documentadamente a esta Contraloría Regional en un plazo de 60 días hábiles contados desde la recepción del presente informe, aspecto que será verificado en la etapa de seguimiento. En lo sucesivo, ese Servicio de Salud deberá fortalecer sus procedimientos de control velando porque a futuro no se reitere la situación advertida en el presente informe.
• Se determinó un eventual uso indebido del vehículo estatal placa patente N°HVSY-98, dependiente del Hospital de Pichilemu. Ratificada la falencia detectada, este Organismo de Control instruirá una investigación sumaria por presuntas infracciones del decreto ley N°799, de 1974, destinada a determinar eventuales responsabilidades referidas al Uso y Circulación de Vehículos Estatales. A futuro, el SSO deberá dar estricto cumplimiento al decreto ley N°799, de 1974, y al oficio circular N°35.593, de 1995.
• Se evidenció que el SSO mantiene sin utilizar aparcado en sus dependencias los vehículos platas patentes NosJHBJ-44, HSTC58, JKYX-26 y JKYX25, vulnerando los principios de eficiencia, eficacia y economicidad, establecidos en los artículos 3° y 5° de la ley N°18.575, por lo que tendrá, en virtud de lo comprometido, que destinar los móviles, remitiendo la documentación a esta Entidad Fiscalizadora, en el mismo plazo anterior, lo cual será constatado en la etapa de seguimiento que efectuará esta Contraloría Regional. Asimismo, en lo sucesivo, deberá fortalecer y arbitrar las acciones de control para que a futuro no se reitere la situación representada.
• Se verificó que el SSO mantiene 47 sumarios administrativos y 21 investigaciones sumarias sin concluir, con más de 1 año desde la respectiva fecha de instrucción, ante lo cual esa repartición pública deberá ajustarse a los plazos regulados en la normativa aplicable en la realización de los procedimientos disciplinarios, de cuyo avance deberá informar a esta Entidad Fiscalizadora, en un plazo no superior a 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, remitiendo los antecedentes que den cuenta de aquello, lo que será
verificado en la etapa de seguimiento.
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PREG. N° 6.015/2017 REF. N° 69.57712017
INFORME FINAL N°840, DE 2017, SOBRE AUDITORÍA AL USO Y DISTRIBUCIÓN DE LAS AMBULANCIAS DEL SERVICIO DE SALUD O'HIGGINS.
RANCAGUA, 12 de diciembre de 2017
En cumplimiento del plan anual de fiscalización de esta Contraloría Regional para el año 2017, y en conformidad los artículos 95 y siguientes de la ley N°10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, y 54 del decreto ley N°1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, se efectuó una auditoría al uso y distribución de las ambulancias por parte del Servicio de Salud del Libertador General Bernardo O'Higgins, SSO.
Lo anterior, basado en los principios de eficacia,. eficiencia y economicidad en la administración de los medios públicos, consagrados en el Título Primero de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
El equipo designado para llevar a cabo la auditoría estuvo conformado por Claudio Rivas López, Ítalo Atenas Moya y William González Gárate, fiscalizadores y supervisor, respectivamente.
JUSTIFICACIÓN
De acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista en la etapa de planificación de las auditorías a realizarse durante la presente anualidad y a los datos recopilados y analizados por la Unidad Técnica de Control Externo de esta Sede Regional, que consideró la información contable remitida a esta Entidad de Control; noticias de prensa; denuncias recibidas; y, los resultados de las últimas fiscalizaciones, se determinó que el SSO se encuentra dentro de las entidades relevantes para ser auditadas.
Asimismo, a través de esta auditoría la Contraloría General busca contribuir a la implementación y cumplimiento de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible, ODS, aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Agenda 2030, para la erradicación de la pobreza, la protección del planeta y la prosperidad de toda la humanidad.
En tal sentido, esta revisión se enmarca en los ODS, NI°s 3 Salud y Bienestar y 16, Paz, Justicia e Instituciones Sólidas.
A LA SEÑORITA PAOLA REYES VERGARA CONTRALOR REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS PRESENTE
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ANTECEDENTES GENERALES
El Servicio de Salud es un organismo funcionalmente descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, al cual le son aplicables, entre otras normas, el decreto con fuerza de ley N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, MINSAL -que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N°518:933 y 18.469-, y el decreto N° 140, de 2004, de esa misma cartera de Estado, que aprueba el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud.
La Red Asistencial del SSO comprende las provincias de Cachapoal, Colchagua y Cardenal Caro, teniendo por misión ser una institución pública de salud que garantice el acceso de las personas de la Región de O'Higgins a prestaciones de salud. Su principal fuente de financiamiento la constituyen las transferencias recibidas de las Subsecretarías de Salud Pública y de Redes Asistenciales, del Fondo Nacional de Salud, FONASA, y en un porcentaje menor los ingresos propios de operación.
La Red Asistencial del SSO está conformada por 15 hospitales, 32 Centros de Salud Familiar (CESFAM), 7 Centros Comunitarios de Salud Familiar (CECOSF), 79 Postas, 10 Servicio de Atención Primaria de Urgencia (SAPU), 1 Servicio de Alta Resolutividad (SAR), 16 Servicios de Urgencia Rural (SUR), 4 Clínicas Móviles Dentales y 2 Móviles de Rehabilitación.
En este contexto se inserta el servicio de atención médica de urgencia (SAMU), regido por la resolución exenta N°338, de 2005, del MINSAL, que aprueba la norma general técnica N°17 sobre sistema de atención médica de urgencia, que consiste en una modalidad de atención fuera del hospital y prehospitalaria, esta es, aquella que se otorga desde que se comunica un evento que amenaza la salud, en cualquier lugar donde éste ocurra, hasta que él o los pacientes son admitidos en la Unidad de Emergencia u otro establecimiento de salud cuya capacidad resolutiva sea la adecuada, y comprende: alarma, recepción de la llamada, regulación, intervención, traslado, preparación a la recepción y recepción en la unidad de emergencia.
Dicha norma general define el área de regulación como un conjunto relacionado de acciones destinadas a analizar la demanda de atención expresada en la llamada al centro regulador, y tomar la decisión de asignar los recursos más adecuados para la intervención requerida para ese caso, lo que incluye la determinación de la salida o no del móvil, el tipo de móvil en caso de enviarlo, el desarrollo y apoyo a la intervención del personal en terreno y la coordinación del conjunto de interventores hasta que el paciente es admitido en el servicio asistencial más adecuado, en caso de que ello sea necesario.
Asimismo, establece el área de intervención como el conjunto de acciones de salud realizadas, a demanda del Centro Regulador, por los equipos que tripulan las ambulancias.
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Cabe mencionar que, con carácter confidencial, mediante el oficio N°6.576, de 2017, fue puesto en conocimiento de la autoridad, el preinforme de observaciones N°840, del mismo año, con la finalidad que formulara los alcances y precisiones que a su juicio procedieran -cuyo plazo fue ampliado a través del oficio N°7.126, de igual anualidad, conforme al artículo 16 de la resolución N°20, de 2015, de este origen-, lo que se concretó mediante oficio N°2.580, del presente año, documento que ha sido considerado para elaborar el presente informe.
OBJETIVO
1.a fiscalización tuvo por objeto practicar una auditoría al uso y distribución de as ambulancias por parte del SSO durante el período comprendido entre el 1 de enei o de 2015 y el 31. de diciembre de 2016, con la finalidad de verificar la obseNancia de las disposiciones legales y reglamentarias, así como determinar que los registros se encuentren debidamente acreditados, que cumplan con la finalidad para los que fueron adquiridos y que hayan sido aplicados eficientemente.
Asimismo, examinar la veracidad y fidelidad de las cuentas de acuerdo con la normativa contable emitida por la Contraloría General y la autenticidad de la documentación de respaldo, de conformidad con los artículos 95 y siguientes de la ley N°10.336, 55 del decreto ley N°1.263, de 1975, y en las resoluciones Nos 759 y 30, de 2003 y 2015, respectivamente, ambas de esta Entidad de Control, que Fijan Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas.
Adicionalmente, se procedió a evaluar el ambiente de control interno ejercido por la entidad en los procesos auditados a la fecha de la presente fiscalización, esto es al mes de septiembre del año 2017.
METODOLOGÍA
El trabajo se practicó de acuerdo con la Metodología de Auditoría de este Organismo Fiscalizador contenida en la resolución N°20, de 2015, que Fija Normas que Regulan las Auditorías Efectuadas por la Contraloría General de la República, con los procedimientos de control aprobados mediante la resolución exenta N°1.485, de 1996, ambas de este origen, y con las normas de contabilidad y de auditoría aceptadas por este Organismo de Control, las cuales son compatibles con las promulgadas por la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores, INTOSAI, considerando resultados de evaluaciones de aspectos de control interno respecto de las materias examinadas y determinándose la realización de pruebas de auditoría, en la medida que se estimaron necesarias en las circunstancias, orientadas esencialmente respecto de los atributos de legalidad y respaldo documental.
Las observaciones que este Organismo de Control formula con ocasión de las fiscalizaciones que realiza se clasifican en diversas categorías, de acuerdo con su grado de complejidad. En efecto, se entiende por Altamente complejas/Complejas, aquellas observaciones que, de
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MONTOS
Total Fuente: Elaborado por la comisión fiscalizadora de esta Contraloría Regional, sobre la base de los datos proporcionados por el Departamento de Recursos Financieros del Servicio de Salud de O'Higgins
MATERIA
Subtítulo 29 Subtítulo 31
Financiamiento Gore
UNIVERSO ($) 989.961.000 170.836.400
122.950.800
1.283.748.200
MUESTRA ($) 190.876.000
O
122.950.800
313:826.800-
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acuerdo a su magnitud, reiteración, detrimento patrimonial, eventuales responsabilidades funcionarias, son consideradas de especial relevancia por esta Institución Fiscalizadora; en tanto, se clasifican como Medianamente complejas/Levemente complejas, aquellas que tiene menor impacto en esos criterios. Lo anterior, de, conformidad con el artículo 52 de la citada resolución N°20, de 2015.
UNIVERSO Y MUESTRA
De acuerdo con los antecedentes proporcionados por la entidad fiscalizada, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2016, el SSO adquirió una dotación de 27 ambulancias asignadas a diferentes centros de salud de la región, cuyos gastos fueron imputados a los subtítulos 29 y 31 del SSO, en tanto que el monto que se indica fue financiado por el Gobierno Regional del Libertador General Bernardo' O'Higgins, a través de adquisiciones mediante convenios mandatos, verificándose la operadión y distribución de éstas según la siguiente tabla y detalle por vehículo en Anexo N°1 .
Cabe agregar que del total de ambulancias se verificó en terreno una muestra analítica de 7 vehículos, lo que equivale al 26% de dicha población, correspondiente a las ambulancias placas patentes únicas Nos HKLT-59, HKLT-57, HPFT-14, HKLT-58, HVSY-98, HCRB-55 y HPFT-16.
Es necesario precisar que no fue posible realizar la cuadratura de los móviles en la cuenta contable N°141.05, denominada "Vehículos", debido a que existen ambulancias no contabilizadas en la mencionada cuenta, lo cual se detalla en el cuerpo del presente informe.
La información utilizada fue puesta a disposición de esta Contraloría Regional a contar del 4 de julio de 2017.
RESULTADO DE LA AUDITORIA
Del examen practicado, y considerando los argumentos y antecedentes aportados por el servicio en su respuesta respecto de las situaciones observadas en este informe, se determinó lo siguiente:
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N° CUENTA
38109053594 38109098725 38109098881
DETALLE
Gastos Generales-Dirección de Servicio Remuneraciones Computarizadas-Dirección de Servicio Remun. Accesorias y De cu ?rntos-Dirección de Servicio
PERIODO ÚLTIMA
CONCILIACIÓN Julio de 2017 Julio de 2017
Marzo de 2015 38109099373 38109099934
APS Municipal-Dirección Servicio Inversiones-Dirección de Servicio
Julio de 2017 Julio de 2016
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I. • ASPECTOS DE CONTROL INTERNO
El estudio de la estructura de control interno y de sus factores de riesgo permitió obtener una comprensión del entorno en que se ejecutan las operaciones, del cual se desprende lo siguiente:
1. Sobre conciliaciones bancarias
Al respecto es pertinente recordar que la conciliación bancaria es una herramienta cuyo mérito es verificar la igualdad entre las anotaciones contables y las constancias que surgen de los resúmenes bancarios, efectuando el cotejo mediante un ejercicio de revisión, basado en la oposición de intereses entre la institución y el banco. Sin embargo, al carecer de ella, se produce un desorden financiero y administrativo, por cuanto la entidad no tendría la certeza acerca de los dineros disponibles, como tampoco del destino de estos mismos, es decir, se pierde el control de los depósitos, los giros y pagos de cheques, además de otros cargos y abonos efectuados por el banco.
1.1 Conciliaciones atrasadas
Se constató que al 6 de septiembre de 2017 las conciliaciones de las cuentas corrientes del Banco Estado se encontraban desactualizadas, de acuerdo a lo expresado en el siguiente cuadro:
Fuente: Tabla confeccionada por la comisión fiscalizadora sobre la base de los antecedentes proporcionados por la entidad.
Lo anterior se encuentra ratificado mediante Acta N°1, suscrita por el Sub:-,! -ector Administrativo (S).
La situación advertida no se ajusta a las instrucciones impartidas por la Contraloría General en los dictámenes Nos 45.237 y 57.189, ambos de 1974, sobre manejo de cuentas corrientes bancarias, corno tampoco a lo establecido en el Capítulo I, número 3, de la 'resolución exenta N°1.485, de 1996, que previene que la entidad deberá elaborar y mantener datos financieros y de gestión fiables.
Sobre el particular, la autoridad informó lo dificultoso que ha sido la regularización considerando la sobrecarga de trabajo de la única persona a cargo del proceso y que los registros conciliatorios consideran partidas históricas pendientes de aclarar.
Sin perjuicio de lo anterior, indicó avances
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en la elaboración, lo que expone en el siguiente cuadro, no obstante que no se acompaña documentación de sustento:
DETALLE CONCILIACIÓN PERIODO ULTIMA
Gastos Generales-Dirección de Servicio Septiembre de 2017
Remuneraciones Computarizadas-Dirección de Servicio Agosto de 2017
Remun. Accesorias y Descuentos-Dirección de Servicio Marzo de 2015
Septiembre de 2017 APS,Municipal-Dirección de Servicio
Inversiones-Dirección de Servicio Agosto de 2016
Fuente: Tabla confeccionada por la comisión fiscalizadora sobre la base de los antecedentes proporcionados por la entidad en la respuesta la Preinforme de observaciones.
En mérito de lo expuesto, corresponde
mantener el alcance formulado toda - vez que esa entidad confirma la deficiencia observada y no aporta antecedentes que permitan desvirtuar la materia cuestionada, debiendo el jefe de servicio instruir la actualización de las conciliaciones bancarias pendientes, fortalecer sus procedimientos de control y adoptar las medidas necesarias que impidan en lo sucesivo el retraso en la confección de éstas, con la finálidad de que este instrumento sirva para la toma de decisiones y el control.
1.2 Cheques girados y no cobrados caducos
Se comprobó que la conciliación bancaria del mes de julio de 2017 de la cuenta corriente N° 38109053594, denominada "Gastos Generales-Dirección de Servicio" del Banco Estado, registra 58 documentos que se encuentran girados y no cobrados por más de 90 días, por un monto total de $238.420.888, y que al 31 de julio de la presente anualidad se encontraban vencidos, sin que el SSO los contabilizara como cheques caducados. El detalle se encuentra en el Anexo N°2.
En relación con la materia, la normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación, contenida en la resolución N°16, de 2015, de este Ente de Control -que imparte instrucciones sobre Normativa del. Sistema de Contabilidad General de la Nación-, manifiesta que los cheques girados y no cobrados dentro de los plazos legales establecidos para dicho efecto, deben contabilizarse en la cuenta Documentos Caducados, sin afectar las cuentas de Acreedores Presupuestarios, reconociéndose simultáneamente el incremento de las disponibilidades de fondos.
El reconocimiento de la obligación financiera por concepto de cheques girados por la institución y no cobrados por los beneficiarios, debe registrarse en la cuenta 216.01, documentos caducados y, en el evento de que las obligaciones no se hagan efectivas dentro del plazo legal de 3 o 5 años, según se trate de una institución del Fisco u otras entidades, se deberá aplicar el procedimiento B-01, sobre ajuste cheques caducados por vencimiento de plazo legal de cobro, consignado en el Manual de Procedimientos Contables para
N° CUENTA
38109053594
38109098725
38109098881
38109099373
38109099934
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el Sector Público NICSPCGR Chile, contenido en el oficio CGR N°96.016, de 2015, de este origen, tanto para lo relativo al ajuste por la prescripción legal de la deuda, coma para su aplicación al ingreso presupuestario.
. Asimismo, lo expuesto no se aviene con los principios de eficiencia y control que debe observar la Administración del Estado, acorde a lo establecido en el artículo 3° de la ley N°18.575, y, a su vez, se aparta del numeral 57, de la 'resolución exenta N° 1.485, de 1996, que indica que debe existir una supervisión competente para garantizar el logro de los objetivos del control interno. •
1.3 Provisión de transferencias electrónicas incluida .en cheques girados y no cobrados
Se verificó que la conciliacióh bancaria del mes de julio de 2017, de la cuenta corriente N°38109053594, dentro del concepto de cheques girados y no cobrados mantiene registradas provisiones de transferencias masivas bancarias, por un monto de $372.670.861, detalladas en Anexo N°3.
La ' situación expuesta contraviene el registro oportuno y adecuado de las transacciones y hechos, establecido en las normas específiCas, del capítulo I, de la resolución exenta N°1.485, de 1996.
1.4 Partidas sin conciliar en conciliación bancaria
De la revisión de la conciliación bancaria de la cuenta corriente N°38109053594 denominada "Gastos Generales-Dirección cíe Servicio", elaborada y aprobada' al mes de julio de 2017, se detectaron partidas no aclaradas ni ajustadas, detalladas en Anexo N°4, provenientes de periodos _ anteriores, cuyo resumen se muestra en cuadro adjunto, a saber:
CONCEPTO EN CONCILICACIÓN BANCARIA MONTO ($) Saldo congelado al 31-08-2010 Correspondiente años Anteriores -55.377.978 Depósitos no contabilizados 215.791.850 Transferencias en transito 268.797.217 Otros (Transferencias en tránsito) , 15.377.781 Depósitos en transito 31.248.379 Otros (Depósitos en tránsito) 19.517.626 Transferencias erróheas 318.238.509 Sin contabilizar (transferencias) 264.114.498
uente: Tabla confeccionada por la comisión fiscalizadora sobre la base de conciliación bancaria, periodo julio de 2017.
Lo anterior no se ajusta a las instrucciones impartidas por la Contraloría General en los dictámenes N" 45237 y 57.189, ambos de 1974, sobre manejo de cuencas corrientes bancarias, como asimismo a lo establecido en el capítulo I, número 3, de la resolución exenta N°1.485, de 1996, que previene que la entidad deberá elaborar y mantener datos financieros y de gestión fiables.
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A su vez, lo descrito en el presente numeral 1, contraviene los objetivos de la información financiera de las entidades del sector público, los cuales son proporcionar información sobre la entidad que sea útil para los usuarios de los estados financieros a efectos de rendición de cuentas y toma de decisiones, indicados en la mencionada resolución N°16., de 2015.
Sobre a las objeciones expuestas en los numerales 1.2, 1.3 y 1.4, el SSO se comprometió a realizar los análisis y ajustes que correspondan a partir del mes de noviembre de 2017, por lo tanto, las observaciones se mantienen en su totalidad.
Considerando lo anterior, esa repartición pública deberá acreditar el ajuste por los cheques girados y no cobrados caducos por un total de $238.420.888; regularizar el registro de cheques girados y no cobrados extrayendo de este las provisiones de transferencias masivas bancarias, por un monto de $372.670.861; y, ajustar las partidas no aclaradas ni ajustadas, remitiendo los antecedentes a esta Entidad Fiscalizadora en un plazo no superior a 60 .días hábiles, contados desde la recepción del presente informe, hecho que será validado en la etapa de seguimiento.
Asimismo, esa Entidad deberá fortalecer sus procedimientos de control con la finalidad de evitar la ocurrencia de situaciones como las descritas en la especie.
2. Procesos disciplinarios sin concluir ■
2.1 Sobre sumarios administrativos
Se comprobó que el SSO, al 6- de septiembre de 2017, mantiene 47 sumarios administrativos sin concluir, con más de 1 año desde la respectiva fecha de instrucción, encontrándose la mayoría de ellos en etapa indagatoria, los cuales se detallan en Anexo N°5-A.
Al respecto, es dable señalar que los procesos disciplinarios instruidos por la Administración Activa son procedimientos reglados cuya tramitación se rige por las normas previstas en la ley N°18.834, que Aprueba Estatuto Administrativo, las cuales permiten a los afectados hacer valer sus planteamientos en diversas etapas para garantizar una adecuada defensa de los involucrados, resguardando el principio del debido proceso, lo que seincumple en la especie.
En este orden de ideas, el artículo 143 de. dicha ley prevé que vencidos los plazos de instrucción de un sumario y no estando éste afinado, la autoridad que lo ordenó deberá revisarlo, adoptar las medidas tendientes a agilizarlo y determinar la responsabilidad del fiscal (aplica criterio contenido en el dictamen N°26.618, de 2015, de esta procedencia). -
2.2 Sobre investigaciones sumarias
Al respecto se comprobó que el SSO, al 6
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de septiembre de 2017, presenta 21 investigaciones sumarias sin concluir, con más de 1 año desde la respectiva fecha de instrucción, encontrándose la mayoría de ellas en etapa indagatoria, los cuales se-detallan en Anexo N°5-B.
Sobre el particular, resulta necesario recordar que de acuerdo a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 126 de la - ley N° 18.834, el plazo de la investigación sumaria no puede exceder de cinco días, lo que se incumple en la especie.
Respecto de las objeciones planteadas en los numerales 2.1 y 2.2, la autoridad del. SSO informó la conclusión de 7 sumarios administrativos, 3 investigaciones sumarias, y además de dejar sin efecto 1 proceso sumarial por duplicidad, sin embargo, no acompañó copia de los actos administrativos que finalizan dichos procesos. En cuanto a los restantes procedimientos disciplinarios confirmó que se encuentran aún en la etapa reprochada.
Al tenor de los argumentos expuestos, continúan pendiente una serie de sumarios e investigaciones sumarias y no se acompaña documentación de respaldo respecto de aquellos concluidos, por lo que corresponde mantener las objeciones.
En lo sucesivo, esa repartición pública deberá ajustarse a los plazos regulados en la normativa aplicable en la realización de los procedimientos disciplinarios, de cuyo avance deberá informar a esta Entidad Fiscalizadora, en un plazo no superior a 60 días hábiles, contado desde la recepción ,del presente informe, remitiendo los antecedentes ciue den cuenta de aquello, lo que será verificado en la etapa de seguimiento.
II. EXAMEN DE LA MATERIA AUDITADA
1. Arribulancias no registradas contablemente
a) Se verificó que el SSO no tiene registrado contablemente, es decir, activado, los siguientes móviles:
PATENTE AÑO FABRICACIÓN
FECHA DE RECEPCIÓN
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
FACTURA
FECHA MONTO ($) 40.983.6b0 HKLT-57-7 2015 24-08-2015 Gobierno Regional 19-08-2015
HKLT-58-5 2015 24-08-2015. Gobierno Regional , 19-08-2015 40.983.600 HKLT-59-3 2015 24-08-2015 Gobierno Regional 19-08-2015 40.983.600
TOTAL 122.950.800 uen e: Tabla confeccionada por la comisión fiscalizadora sobre la base de los antecedentes
proporcionados por la entidad.
Lo anterior, se encuentra ratificado por el Subdirector Administrativo (S), mediante Acta N'2, de 6 de septiembre de 2017.
Dicha omisión vulnera las características cualitativas de la información financiera denominadas representación fiel y verificabilidad, y los conceptos de valorización inicial, valorización posterior y depreciación indicadas en la normativa específica Bienes de Uso, establecidas en
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la citada resolución N°16, de 2015.
Asimismo, dicha omisión transgrede el literal G, del oficio N°96.016, de 2015, sobre Procedimientos Contables para el Sector Público NICSP — CGR Chile.
b) Se constató que la totalidad de las ambulancias sujetas a fiscalización, detalladas en anexo N°1, no se encuentran depreciadas. Situación ratificada mediante acta N°3, de 6 de septiembre de 2017, suscrita por el Subdirector Administrativo (S).
Al respecto, es dable señalar que -la depreciación es la disminución regular del potencial de servicio de un bien de uso originada por su utilización, obsolescencia regular o antigüedad del mismo. Esta disminución afecta el valor contable del activo y se efectúa anualmente en función de la vida útil para lo cual la Contraloría General dispone una tabla referencial, sin perjuicio que la entidad podrá establecer formalmente su propia tabla de vida útil, en base a una metodología apropiada, de acuerdo a lo estipulado en la resolución N° 16, de 2015, lo que se incumple en la especie.
Finalmente, es útil recordar que la información sobre la situación financiera de una entidad pública permitirá a los usuarios identificar los recursos económicos que controla, la estructura de sus fuentes de financiamiento, la liquidez y solvencia, establecido en la referida resolución N°16, de 2015, lo que se vulnera ,con las omisiones detalladas en los literales precedentes.
Respecto a los literales a) y b), el SSO informó que el Departamento de Finanzas comunicó -mediante memorándum N°112, de 2017-, que solicitó al Departamento de Logística informar antes del 31 de octubre de esa misma anualidad, el catastro actualizado de los vehículos, para su registro y activación. Agrega que no había sido informado y que por esa .razón no fueron contabilizados en su oportunidad.
Dado lo anterior, se mantiene el alcance formulado hasta que esa repartición pública ajuste y registre en su contabilidad los activos indicados, de lo cual deberá remitir evidencia a esta Entidad Fiscalizadora, en un plazo no superior a 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe lo cual será constatado en la etapa de seguimiento efectuada por esta Contraloría Regional.
Sin perjuicio de lo anterior, en lo sucesivo, deberá fortalecer sus procedimientos de control velando porque a futuro no se reitere la situación descrita en la especie.
2. Ambulancias aparcadas en las dependencias del SSO pendientes de entrega y sin utilizar.
Se comprobó la existencia de 3 ambulancias que se encontraban aparcadas en las _ dependencias del SSO, disponibles para su uso, cuyo destinatario final -indicado en la tabla siguiente-,
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UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
estaba contemplado en los proyectos que definen las iniciativas de inversión para cada adquisición de salud y que a la fecha de la presente fiscalización, no han sido entregadas a las instituciones respectivas, de acuerdo al siguiente detalle:
CODIGO • BlP N°
FECHA DECRETO HACIENDA
PATENTE AÑO FABRICACIÓN
ESTABLECIMIENTO ASIGNADO
FECHA DE RECEPCIÓN KILOMETRAJE
FACTURA
N° FECHA MONTO ($)
30371186 719 de 2015 HSTC58--2 2016
SAR María Latife dependiente de la Corporación Municipal de Rancagua
14-03-2016 12.993 664 17-12- 2015 42.709.100
30429278 351 DE 2016 JKYX26-4 2016
SAR RIENZI Valencia, dependiente del Departamento de Salud Municipal de Rengo
22-03-2017 165 916 29-12- 2016 42.709.100
30129275 351 de 2016 • JKYX25-6 2016
SAR Enrique Dinstrans dependiente de la Corporación Municipal de Rancagua
22-03-2017 156 915
. 29-12- 2016 42.709,100
TOTAL - 128.127.300
uente: Tabla confeccionada por la comisión fiscalizadora sobre la base de los antecedentes proporcionados por la entidad.
Sobre lo anterior, el Jefe de Departamento de Emergencia y Atención Prehospitalaria, mediante informe SIN°, de 4 de septiembre de 2017, indicó que los vehículos detallados precedentemente corresponden a los SAR María Latife, Rienzi Valencia y Enrique Dintrans, respectivamente, los cuales se encuentran en etapa de construcción y actualmente no se cuenta con financiamiento para la correspondiente tripulación (Conductor y Técnico Paramédico).
Lo anterior, vulnera los principios de eficiencia, eficacia y economicidad así como el deber de efectuar una idónea administración de los medios públicos, consagrados en los artículos 3° y 5° de la ley N°18.575.
A mayor abundamiento, la jurisprudencia administrativa ha señalado que es deber de las Instituciones de la Administración del Estado el cumplir y velar por la idónea administración de los medios públicos, consagrados en los preceptos normativos mencionados en el párrafo anterior, atendidos el origen estatal de los mismos, y que estos se ciñan a los principios de economicidad, eficiencia y eficacia en, su ejecución. (Aplica criterio dictamen N°63.786 de 2014, de este origen).
En su contestación, el SSO acompaña el memorándum N136, de 2017, del Departamento de Logística y correo electrónico emitido por el Jefe de Unidad de Riesgo Vital, Emergencias y Desastres, los cuales evidencian la recopilación de antecedentes para dar inicio a las acciones administrativas que permitan las trasferencias de los vehículos a las respectivas municipalidades y de esta forma realizar la regularización de la situación planteada.
Sin perjuicio de lo expuesto por la autoridad administrativa, se mantiene la observación hasta que ese Servicio realicé
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la respectiva destinación de los móviles, de lo cual deberá remitir la documentación a esta Entidad Fiscalizadora, en un plazo no superior a 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, lo cual será constatado en la etapa de seguimiento efectuada por esta Contraloría Regional. Debiendo el SSO, en lo sucesivo, fortalecer sus acciones de control velando porque a futuro no se reitere la situación descrita en la especie.
Sobre visitas a terreno
3.1 Equipamiento faltante en ambulancias
En inspección realizada a 7 vehículos de emergencia SSO, a saber: placas patentes Nos HKLT-59, HKLT-57, HPFT-14, HKLT-58, HVSY-98, HCRB-55 y HPFT-16, por parte de la comisión fiscalizadora, los días 30, 31 de agosto y 6 de septiembre de 2017, se constató faltante de equipamiento en los móviles respecto al instrumental detallado en las especificaciones, técnicas del proveedor y lo recepcionado por el servicio, cuyo detalle se encuentra en anexo N°6.
Sobre el particular, la jurisprudencia administrativa de este origen contenida, entre otros, en los dictámenes W63.012, de 2011, 39.964, de 2015, y 38.623, de 2016, ha señalado que la administración de un bien importa la gestión normal y corriente de este, tendiente a conservarlo, valorizarlo, explotarlo y hacerlo fructificar conforme a su naturaleza, concluyendo que se trata de una obligación que conlleva su custodia e importe no solo el deber de preservarlo, sino también el de emplearlo o ejecutarlo según su naturaleza.
A mayor abundamiento, corresponde recordar que el artículo 5° de la citada ley N° 18.575, señala en lo que importa que las autoridades y funcionarios deberán velar por la eficiente e idónea administración de los medios públicos.
•
En su respuesta, el SSO indicó que los equipamientos faltantes son desechables, de los cuales se está gestionando su reposición, para los vehículos HKLT-57, HKLT-58, HKLT-59, HCRB-55.
Al respecto y considerando que los argumentos expuestos por el servicio de salud confirman la objeción planteada, se mantiene.
A su vez, el SSO deberá evidenciar la reposición del equipamiento observado, remitiendo los respectivos antecedentes a esta Entidad Fiscalizadora en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, hecho que será validado en la etapa de seguimiento.
Finalmente, a futuro corresponde que esa -entidad vele por la eficiente e idónea administración de los medios públicos, procurando que las ambulancias operen con la totalidad del equipamiento respectivo.
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3.2 Sobre visación de las bitácoras.
Se advirtió que la totalidad de los vehículos de emergencia revisados en terreno no cuenta en sus bitácoras con la visación periódica del jefe respectivo, transgrediendo con la letra f), del numeral XII, de la circular N°35.593, de 1995, de la Contraloría General.
-Al respecto, la repartición pública indicó que es responsabilidad del encargado de movilización de cada establecimiento realizar la visación. Agrega que en la actualidad se encuentra en desarrollo la elaboración de un instructivo de supervisión, a cargo de los Supervisores de Turno del Centro Regulador, y que en cada móvil se encuentra una bitácora foliada, con instrucciones claras y precisas de que no debe ser retirada de cada vehículo.
En consecuencia, lo señalado por el servicio no desvirtúa la observación formulada, por lo que cabe mantener la objeción hasta que se elabore e implemente el instructivo de supervisión comprometido por la entidad, cuyo avance o término será validado en la etapa de seguimiento respectiva.
Asimismo, en lo sucesivo, el SSO deberá procurar que las bitácoras cuenten con la debida visación periódica del funcionario' competente.
3.3 Uso indebido de vehículo estatal
De acuerdo a los registros de la ambulancia placa patente N°HVSY-98, dependiente del Hospital de Pichilemu, se constató que el móvil habitualmente realiza traslado i de funcionarios a sus domicilios. A modo de ejemplo, en Anexo N°7, se detallan las vulneraciones ocurridas en los meses de junio y julio de 2017.
Lo anterior, contraviene el artículo 2°, del decreto ley N°799, de 1974 y el oficio circular N°35.593, de 1995, debido a que se indica que los medios de movilización con que cuentan los entes del Estado sólo pueden ser empleados para el cumplimiento de sus fines.
A su vez, es preciso indicar que el artículo 8° de la Constitución Política de la República, en concordancia con el artículo 52 de la citada ley N°18.575, ordena que en el ejercicio de las funciones públicas se debe dar estricto cumplimiento al principio de probidad.
Por su parte, el artículo 62 de la ley N°18.575, preceptúa, en lo que interesa, que contravienen especialmente a la probidad administrativa el "Emplear, bajo cualquier forma, dinero o bienes de la institución, en provecho propio o de terceros" y "Ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del organismo en
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UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales".
En relación con la materia, este Organismo de Control ha resuelto, entre otros, en sus dictámenes Nc's5.298, de 1983, 43.875, de 2011 y 13.482, de 2012, que los servidores públicos nó deben utilizar dichos medios de movilización en actividades particulares o ajenas a los cometidos de la respectiva entidad.
En su respuesta, el SSO acompañó el memorándum N°136, de 2017, del Departamento de Logística, el cual indica que el uso correcto de los vehículos es responsabilidad de cada establecimiento y la orden interna N°08, de 2017, suscrita por la Directora (S) del Hospital dé Pichilemu, la cual prohibe el traslado de funcionarios en ambulancia.
Ratificada la falencia detectada, este Organismo de Control instruirá una investigación sumaria por eventuales infracciones del decreto ley N°799, de 1974, destinada a determinar eventuales responsabilidades referidas al Uso y Circulación de Vehículos Estatales.
Sin perjuicio de lo anterior, en lo sucesivo, el SSO deberá dar estricto cumplimiento al decreto ley N°799, de 1974 y al oficio circular N°35.593, de 1995.
3.4 _Bitácora incompleta
Se advirtió registros incompletos en la bitácora de la ambulancia placa patente N°HKLT-58, dependiente del SAMU, específicamente, 2.883 kilómetrqs recorridos sin registrar, cuyo detalle se expresa en el Anexo N°8.
Lo anotado impide el adecuado control del uso del aludido vehículo, y contraviene lo prescrito en el numeral XII, letra f), de las instrucciones contenidas en el mentado oficio N°35.593, .de 1995, que dispone que por cada vehículo debe llevarse una itácora en que se señale, por lo menos, el kilometraje y el recorrido que _cumple, la que deberá ser visada periódicamente por el jefe respectivo.
Sobre la materia el SSO reitera mediante memorándum N°1.378, de 2017, que estableció que el Enfermero Supervisor del turno, es el encargado de velar por el cumplimiento de dichos procesos, correspóndiendo ratificar la objeción.
Al efecto, esa repartición pública deberá arbitrar las medidas correspondientes, de manera que las bitácoras mantengan sus registros completos, conforme lo ha expresado la citada jurisprudencia administrativa de esta Contraloría General.
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HL EXAMEN DE CUENTAS
En virtud del examen practicado, se comprobó el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, la veracidad y fidelidad de las cuentas, la autenticidad de la documentación de respaldo, la correcta imputación y cálculo, la exactitud de las operaciones aritméticas y de contabilidad y que el gasto fuese autorizado por un funcionario competente, al tenor de lo dispuesto en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336.
Cabe hacer presente que el examen practicado fue a las ambulancias adquiridas por el SSO, con imputación al subtítulo '29 y 31 por la suma de $1.160.797.400.
Al efecto, se constató que mediante el comprobante de contabilidad folio N°7.216, de 6 de enero de 2016, correspondiente al ejercicio fiscal 2015, el SSO contabilizó en la cuenta 1610207 Vehículos (Proyectos), la ambulancia placa patente ITHSTC-59, por un monto de $42.709.100, asignada al SAR René Schneider, dependiente de su red asistencial.
Sobre el particular, se mantiene dicho registro contable del móvil en circunstancias que este se encuentra en operación, vulnerando con ello el numeral 9 de la normativa específica de Bienes de Uso, establecida resolución N°16, de 2015, la cual señala que aquellos bienes que se construyen o adquieren mediante iniciativas de inversión se contabilizan según la norma específica de Costos de Estudios, Proyectos y Programas y una vez finalizado el proyecto de inversión, el bien adquirido o construido deberá contabilizarse según esta normativa como un bien de uso.
Lo anterior se encuentra ratificado por el Subdirector Administrativo (S), mediante Acta N°2, de 6 de septiembre de 2017.
En su contestación, la repartición pública fiscalizada no se pronunció sobre la materia.
Dado lo anterior, se mantiene el alcance formulado, hasta que el SSO ajuste en su contabilidad la partida indicada, de lo cual deberá remitir los antecedentes contables respectivos a esta Entidad Fiscalizadora en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, hecho que será validado en la etapa de seguimiento.
Sin perjuicio de lo anterior, en lo sucesivo, deberá arbitrar las medidas para dar estricto cumplimiento a la resolución N°16, de 2015, de este origen.
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IV. OTRAS OBSERVACIONES
Vehículos aparcados en recintos del SSO sin utilizar
Se constató que al día 7 de septiembre de la .presente anualidad, el vehículo fiscal Hyundai, placa patente N'JHBJ-44, año de fabricación 2017, no perteneciente al' universo de vehículos a revisar, .registra 25 kilómetros en su odómetro.
Sobre el particular, el Jefe de Departamento de Emergencia y Atención Prehospitalaria, mediante informe SIN°, de 4 de septiembre de 2017, indicó que el citado móvil corresponde al SAR Enrique Dintrans, y fue adquirido para apoyar la función de visitas domiciliaras del personal. Termina indicando, que a la fecha no se cuéntan con financiamiento para la correspondiente tripulación (Conductor y Técnico Paramédico).
Lo anterior, vulnera los aludidos principios de eficiencia, eficacia y buena administración de los recursos públicos de conformidad a los artículos 3°, inciso segundo y 5° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Basés Generales de la Administración del Estado, que establecen que la autoridad administrativa, en el ejercicio de sus atribuciones y en el resguardo del interés público, debe velar por la eficiente e idónea administración de los recursos públicos.
En su respuesta, la entidad auditada no se
pronunció sobre la materia.
En lo sucesivo, el SSO deberá velar por la eficiente e idónea administración de los recursos públicos, de conformidad con los dispuesto en los artículos 3°, inciso segundo y 5° de la citada ley N° 18.575.
■
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UNIDAD DE CONTROL EXTERNO.
CONCLUSIONES
Atendida las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, el SSO no ha aportado antecedentes que permitan las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 497, de 2017, de esta Contraloría Regional, por lo que se mantienen, debiendo esa repartición pública adoptar medidas con el objeto de dar cumplimiento a las normas legales y reglamentarias así como a los principios que rigen la materia fiscalizada, entre las cuales se estima necesario atender, a lo menos, las siguientes:
1. Respecto a lo advertido en el acápite II. "Examen de la Materia Auditada", numeral 3. "Sobre visitas a terreno", punto 3.3 "Uso indebido de vehículo estatal", este Organismo de Control instruirá una investigación sumaria por presuntas infracciones del decreto ley N°799, de 1974, destinada a determinar eventuales responsabilidades administrativas referidas al Uso y Circulación de Vehículos Estatales. (AC).
Sin perjuicio de lo anterior, a futuro, el SSO deberá dar estricto cumplimiento al decreto ley N°799, de 1974 y al oficio circular N°35.593, de 1995.
2. Referente a lo representado en el acápite I. Aspectos de Control Interno, numeral 1 "Sobre conciliaciones bancarias", punto 1.1 "Conciliaciones atrasadas", al SSO le corresponderá instruir la actualización de las conciliaciones bancarias pendientes, fortalecer sus procedimientos de control y adoptar las medidas necesarias que impidan en lo sucesivo el retraso excesivo en la confección de esta herramienta de control, con la finalidad de que este instrumento sirva para la toma de decisiones y el control. (AC).
3. En virtud de lo expuesto en el acápite I. "Aspectos de Control Interno"; numerales 1.2 "Cheques girados y no cobrados caducos", 1.3 "Provisión de transferencias electrónicas incluida en cheques girados y no cobrados" y 1.4 "Partidas sin conciliar en conciliación bancaria", el SSO deberá acreditar el ajuste por los cheques girados y no cobrados caducos por un total de $238.420.888; regularizar el registro de cheques girados y no cobrados extrayendo de este las provisiones de transferencias masivas bancarias, por un monto de $372.670.861; y, ajustar las partidas no aclaradas ni ajustadas, remitiendo los antecedentes a esta Entidad Fiscalizadora en un plazo no superior a 60 días hábiles, contados desde la recepción del presente informe, hecho que será validado en la etapa de seguimiento. (AC).
Asimismo, esa Entidad deberá fortalecer sus procedimientos de control con la finalidad de evitar la ocurrencia de situaciones como las descritas en la especie.
4. En relación con lo representado en el acápite I. "Aspectos de Control Interno"; numeral'2 "Procedimientos disciplinarios sin concluir", numerales 2.1 "Sobre sumarios administrativos" y 2.2 "Sobre investigaciones sumarias", esa repartición pública deberá ajustarse a los plazos
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regulados en la normativa aplicable en la realización de los procedimientos disciplinarios, de cuyo avance deberá informar a esta Entidad Fiscalizadora, en un plazo no superior a 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, remitiendo los antecedentes que den cuenta de aquello, lo que será verificado en la etapa de seguimiento (C)
Respecto a lo advertido en el acápite II. "Examen. de la Materia Auditada", numeral 1. "Ambulancias no registradas contablemente", literales a) y b), el SSO deberá ajustar y registrar en su contabilidad las partidas indicadas, de lo cual deberá remitir evidencia a esta Entidad Fiscalizadora, en un plazo no superior a 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe lo cual será constatado en la etapa de seguimiento efectuada por esta Contraloría Regional. (C).
Sin perjuicio de lo anterior, en lo sucesivo, el Servicio de Salud deberá fortalecer sus procedimientos de control velando porque a futuro no se reitere la situación descrita.
6. Acerca de lo consignado en el acápite 11. "Examen de la Materia Auditada", numeral 2 "Ambulancias aparcadas en las dependencias del SSO pendientes de entrega y sin utilizar", el servicio tendrá que, de acuerdo a lo comprometido, realizar la respectiva destinación de los móviles, de lo cual deberá remitir evidencia a esta Entidad Fiscalizadora, en un plazo no superior a 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe; lo cual será constatado en la etapa de seguimiento efectuada por esta
'Contraloría Regional. (C).
Asimismo, en lo sucesivo, deberá fortalecer y arbitrar las acciones de control para que a futuro no se reitere la situación representada en el presente acápite.
7. Referente a lo señalado en el acápite II. "Examen de la Materia Auditada", numeral 3. "Sobre visitas a terreno", punto 3.1 "Equipamiento faltante en ambulancias", ha dicho Organismo de Salud, le corresponderá evidenciar la reposición anunciada del equipamiento observado, remitiendo los respectivos antecedentes a esta Entidad Fiscalizadora en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, hecho que será validado en la etapa de seguimiento. (C)
A futuro, a esa entidad le incumbirá que las ambulancias operen con la totalidad del equipamiento.
8. En cuanto a lo observado en el acápite II. "Examen de la Materia Auditada", numeral 3. "Visitas a terreno", puntos 3.2 "Sobre visación de bitácoras", el servicio tendrá que elaborar e implementar el instructivo de supervisión comprometido, cuyo avance o término será validado en la etapa de seguimiento respectiva. (MC)
Asimismo, en lo sucesivo, el SSO deberá procurar que las bitácoras cuenten con la debida visación periódica del funcionario
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competente, á fin de evitar de reiterar lo representado en el presente informe.
}.
Acerca de - lo consignado en el acápite II. "Examen de la Materia Auditada", numeral 3. "Visitas a terreno", punto 3.4 "bitácora incompleta", el SSO, a futuro deberá fortalecer sus procedimientos de control y la supervisión de los registros completos de las bitácoras de los vehículos fiscales. (LC)
10. Sobre lo representado en el acápite III.' "Examen de Cuentas", el SSO deberá ajustar en su contabilidad la partida indicada, de lo cual deberá remitir los antecedentes contables respectivos a esta Entidad Fiscalizadora en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, hecho que será validado en la etapa de seguimiento. (C)
Sin perjuicio de lo anterior, la autoridad deberá adoptar las medidas tendientes a dar estricto cumplimiento a la resolución N°16, de 2015.
11. Respecto a lo anotado en el acápite IV. "Otras Observaciones", el SSO deberá" velar por el eficiente y la idónea administración de uso de los recursos públicos. (C)
Finalmente, sobre aquellas objeciones que se mantienen, ese municipio deberá remitir el "Informe de Estado .de Observaciones", de acuerdo al formato adjunto en el anexo N°9, en plazo máximo 60 días hábiles, a partir de la recepción del presente informe final, comunicando las medidas adoptadas y acompañando los antecedentes de respaldo respectivós.
Transcribase al Director y al Jefe del Departamento de Auditoría, ambos del Servicio de Salud del Libertador General Bernardo O'Higgins.,
Saluda atentamente.
NOZ ÁNGELAD G EZ ALB Je
Control Externo del General Bernardo
Con trelorla General de la R inw
19
20
Minsal SAMU 14105 Vehículos
SAMU Minsal 14105 Vehículos
Merc. Benz 2016
Merc. Benz 2015
2015 Merc. Benz
Merc. Benz
, Merc. Benz
Merc. Benz
Merc. Benz
Merc. Benz
2015
2015
201.5
2015
2015
2016
2016
N° PATENTE
GXCB-88-1
GXCB-91-1
GXCB-90-3
HCRB-55-6
H KLT-57-7
HKLT-58-5
H KLT-59-3
HPFT-16-6
HPFT-14-K
SAMU
SAMU
SAMU
HOSP. PICHILEMU
SAR RIENZI VALENCIA Renio•
SAR Enrique Dinstrans CORMUN
Minsal
Minsal
GORE
GORE
GORE
Minsal
Minsal
Minsal
40.162.50C
40.983.60C
40.983.60C
40.983.60C
47.897.50C
47.897.50C
47.897.50C
47.897.50C
47.897.50C
47.897.50C
47.897.50C
42.709.10C
42.709.10C
54.918.50C
54.918.50C
54.918.50C
54.918.50C
54.918.50C
42.709.10C
42.709.10C
14105 Vehículos
1610207 Vehículos
JKYX26-4
J KYX25-6 Minsal
14105 Vehículos
14105 Vehículos
14105 Vehículos
1610207 Vehículos 1610207 Vehículos
14105 Vehículos
14105 Vehículos
14105 Vehículos
14105 Vehículos
14105 Vehículos
1610207 Vehículos
Minsal
Minsal
Minsal
Minsal
Minsal
Minsal
Minsal
Minsal
Minsal
Minsal
Minsal
14105 Vehículos Minsal
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UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO N° 1 DOTACIÓN DE AMBULANCIAS
AÑO FABRICACIÓN
ESTABLECIMIENTO ASIGNADO
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CUENTA CONTABLE
VALOR ADQUISICIÓN MARCA
40.162.50C
40.162.50C
40.162.50C
Merc. Benz
Merc. Benz
Merc. Benz
Merc. Benz
Merc. Benz
Merc. Benz
Merc. Benz
Volkswagen
Volkswagen
Merc. Benz
Merc. Benz
Merc. Benz
Merc. Benz
14105 Vehículos
No contabilizado
No contabilizado
No contabilizado
14105 Vehículos
14105 Vehículos
14105 Vehículos
Volkswagen
Volkswagen
SAMU
SAMU
HOSP. GRANEROS
HOSP. LITUECHE
HOSP. RANCAGUA
HOSP. RANCAGUA
HOSP. RENGO
HOSP. SAN ¡FERNANDO
HOSP. SANTA CRUZ
SAR RENE SCHNE1DER (SSO) SAR MARIA LATIFE (MUNICIPAL)
HOSP. COINCO
HOSP. LOLOL
HOSP. PEUMO
IIOSP. CHIMBARONGO
HPFT-12-3
HPFT-13-1
HPFT-19-0
HPFT-18-2
HPFT-17-4
H STC-59-0
HSTC-58-2
HVSY-99-1
HVSZ-10-6
HVSY-97-5
HVSZ-11-4
HVSY-98-3
2016
2016
2016
2016
2016
2016
2016
2016
2016
2016
2016
2016
2016
CUENTA CONTABLE
N° PATENTE MARCA AÑO FABRICACIÓN
ESTABLECIMIENTO ASIGNADO
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
VALOR ADQUISICIÓN
JBDC-32-8 Merc. Benz Minsal SAMU
2017 SAMU
JBDC-35-2 Merc. Benz 2017 SAMU
JBDC-33-6 Merc. Benz
2017
2017 Minsal
Minsal
Minsal
14105050102 Vehículos 14105050102 Vehículos 14105050102 Vehículos 14105050102 Vehículos
TOTAL:
SAMU
JBDC-34-4 Merc: Benz
CONTRALORÍA GÉNERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
54.859.000
54.859.000
1.283.748.200 Fuente: Tabla elaborada por la comisión fiscalizadora en base a los antecedentes proporcionados por el
servicio
54.859 000
54.859 000
21
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO N°2 CHEQUES CADUCADOS
CONCILICIACIÓN BANCARIA MES DE JULIO DE 2017
MONTO MES 'Na CHEQUE RUT NOMBRE ($)
AGOSTO*2014 158380 99513400-4 CGE DISTRIBUCION S.A. 109.300
OCTUBRE*2014 974789 90635000-9 TELEFONICA CHILE SA 465.856
NOV. * 2014 1732848 76037788-0 ;()MERCIAL DREAM CHILE LIMITADA 57.299
BECTON DICKINSON DE CHILE 1.177.805 DIC.* 2014 2174683 59051480-2
DIC.* 2014 2797546 90635000-9 TELEFONICA CHILE SA 268.232
DIC.* 2014 2797576 VIRGINIA GONZALEZ MOYA 20.792
FEBRERO*2015 3216558 PATRICIA DEL CARMEN ORTIZ ARAYA 24.000
ABRIL* 2015 3216675 763717763 CAPACITACIONES Y SERV. WEB LTDA. 89.500
ES 3110 S.A. 4.654.900 MAYO* 2015 6* 76833300-9 ~
CIA . SEGUROS ASEGURADORA DE 1 MA 3ALLANES S.A.
14.200 MAYO* 2015 3662952 99231000-6
313.897 405.913 150.000
JUNIO* 2015 3663006 3663007 150000
76810800-5 76810800-5 61602153-2
AUTOMOTORA VEGAARTUS LTDA. AUTOMOTORA VEGAARTUS LTDA. HOSPITAL PICHILEMU
JUNIO* 2015 AGOSTO*2015 AGOSTO*2015 129 GERARDO CARVALLO CASTILLO 4.000
AGOSTO*2015 135 96992030-1 SOCIEDAD. CONCESIONARIA VESPUCIO NORTE EXPRESS S.A.
6.034
SEPT.* 2015 2381 1628001 DIRECCIÓN DEL SERVICIO 46.743.200
DIC.* 2015 3663094 CARLOS MOISÉS DONOSO DONOSO 3.600
DIC.* 2015 FOLIO 7421 PATRICIA ARREDONDO ARREDONDO 624
DIC.* 2015 FOLIO 7421 MARIO ALEJANDRO PIZARRO PIZARRO 697.245
MARZO *2016 363 9 J01:IANA ELIZABETH SALGADO RAMIREZ 5.200
1367 99513400-4 CGE DISTRIBUCION S.A. 270.300 MARZO *2016
1446 - 61606800-8 SERVICIO DE SALUD O'HIGGINS 100.012 MARZO *2016
MARZO *2016 1579 99513400-4 CGE DISTRIBUCION S.A. 276.500
ABRIL* 2016 1 1628001 DIRECCIÓN DEL SERVICIO 4.430.063
Sin identificar 1628001 DIRECCIÓN DEL SERVICIO 50.000.000 ABRIL* 2016
ABRIL* 2016 Sin identificar FRANCISCA MARLENE LABBÉ VIDAL 294.366.
MAYO* 2016 Sin identificar 1628001 DIRECCIÓN DEL SERVICIO 781.047
MAYO* 2016 120880 RAMON ARANEDA PARRA 1.350.000
MAYO* 2016 120880 LUIS PONCE MORENO 630.000
MAYO* 2016 120880 EDGARDO FELIPE ROJAS TRONCOSO 2.543.821
MAYO* 2016 120880 ZAMYR DIEGO PEDREROS PARRA 630.000
MAYO* 2016 120880 GABRIEL ALEJANDRO PUJA LOPEZ 383.999
MAYO* 2016 120880 JUAN IGNACIO VARGAS HERV1A 305.878
MAYO* 2016' 120880 TERESA ELIANA DEL PI PLANET MARÍN 1.440.000
MAYO* 2016 120880 OSCAR EDUARDO LOBOS MORAGA 945.000
986 61602132-K S.N.S.HOSPITAL DE GRANEROS 440.145 JUNIO* 2016
JUNIO* 2016 986 61602138-9 HOSPITAL REGIONAL RANCAGUA 14.584.384
JUNIO* 2016 986 61602140-0 HOSPITAL DE RENGO 908.960
986 61602145-1 SERVICIO DE SALUD 365.861 JUNIO* 2016 JUNIO* 2016 986 61602151-6 HOSPITAL DE MARCHIHUE 198.022
JUNIO* 2016 *1026 1628001 -DIRECCIÓN DEL SERVICIO 6.215.602
JUNIO* 2016 806* 61606800-8 SERVICIO DE SALUD O'HIGGINS 11.600
JULIO* 2016 1205- 1628001 DIRECCIÓN DEL SERVICIO 75.436.960
1228 1628001 DIRECCIÓN DEL SERVICIO 5.265.938_ JULIO* 2016 .
JULIO* 2016 407 1628001 DIRECCIÓN DEL SERVICIO 4.440.844
22
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
MES Na CHEQUE RUT NOMBRE MON (S)T O
AGOSTO*2016 1427 61603000-0 ' FONDO NACIONAL DE SALUD 1.453.138 AGOSTO*2016 1479 JUAN ESTEBAN TAPIA DURÁN 162.000
SEPT. *2016 1709. 99513400-4 CGE DISTRIBUCION S.A. 1.784.000 SEPT. *2016 1901 SORAYA MARIA JARA LUZARDO 621.000 NOV.* 2016 651 JANET CRISTINA FLORES CERDA 2.400 NOV.* 2016 2393 81698900-0 PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE 5.740.000 DIC.* 2016 2462 61602153-2 SERV.SALUD HOSPITAL PICHILEMU 150.000 DIC.* 2016 919 FABIO MARTINES CASTAÑOS 162.000
MARZO* 2017 907 PAULA LOBOS ORTIZ 5.500 MARZO* 2017 908 76341344-6 SOCIEDAD COMERCIAL VERCON 107.477 MARZO* 2017 909 IRIS DEL CARMEN MARDONES CORREA 420
•
4 DIRECCIÓN DEL SERVICIO Traspaso 5359-4 a MARZO* 2017 325 16280Ó1 d 31.535 9888-1
MARZO* 2017 ' 451 61606800-8 SERVICIO DE SALUD O'HIGGINS 740.519
TOTAL 238.420.888 Fuente:
_ . Tabla a a elaborada conforme el. extracto de la conciliación bancaria proporcionada por el SSO
23
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO N° 3 PROVISIÓN DE TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICA
REGISTRADA EN CHEQUES GIRADOS Y NO COBRADOS
N° TRANSFERENCIA
COD RUT Y NOMBRE MONTO ($)
173087 4352 PEDRO ASCANIO MIRANDA NUEZ 803.678
173087 4352 PEDRO ASCANIO MIRANDA NUEZ 945.222
175059 4597 76231844-K ACCION GRAFICÁ PUBLICITARIA SPA 12.764.059
175059 4597 96556940-5 PROVEEDORES INTEGRALES PRISA S.A. 292.265
175059 4597 96556940-5 PROVEEDORES INTEGRALES PRISA S.A. 952.133
175059 4597 96556940-5 PROVEEDORES INTEGRALES PRISA S.A. 1.352.233
175059 4597 96556940-5 PROVEEDORES INTEGRALES PRISA S.A. 3.607.060
175059 4597 96556940-5 PROVEEDORES INTEGRALES PRISA S.A. 1.414.408
175059 4597 96556940-5 PROVEEDORES INTEGRALES PRISA S.A. 822.278
175059 4597 96556940-5 PROVEEDORES INTEGRALES PRISA S.A. 307.318
175059 4597 96655860-1 FACTORING SECURITY S.A. 6.961.500
175059 4597 99580240-6 ACF CAPITAL S.A. 5.366.852
175124 4604 92580000-7 ENTEL S.A. 2.251.542
175124 4604 92580000-7 ENTEL S.A. 51.690.793
175124 4604 92580000-7 ENTEL S.A. 2.255.967
175124 4604 92580000-7 ENTEL S.A. 51.792.390
175124 4604 92580000-7 ENTEL S.A. 10.159.200
175124 4604 96697410-9 ENTEL TELEFONIA LOCAL S. A. 5.707.809
175124 4604 96697410-9 ENTEL TELEFONIA LOCAL S. A. 6.322.654
175124 4604 96806980-2 ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A. 3.559.089
175124 4604 96806980-2 ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A. 3.700.228
175124- 4604 96806980-2 ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A. 3.726.126
175124 4604 96806980-2 ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A. 3.795.845
175124 4604 96806980-2 ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A. 3.560.904
175337 4633 96945670-2 NOVOFARMA SERVICE SA 66.640
175337 4633 96945670-2 NOVOFARMA SERVICE SA 133.280
175337 4633 96945670-2 NOVOFARMA SERVICE SA 799.680
175337 4633 96945670-2 NOVOFARMA SERVICE SA 833.000
175337 4633 96945670-2 NOVOFARMA SERVICE SA 806.344
175337 4633 96945670-2 NOVOFARMA SERVICE SA 34.510.000
175337 4633 96945670-2 NOVOFARMA SERVICE SA 833.000
24
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N° TRANSFERENCIA COD RUT Y NOMBRE MONTO ($)
175386 4639 76177621-5 CUMPLO CHILE S.A 1.233.370
175386 4639 76177621-5 CUMPLO CHILE S.A 4.025.250
175386 4639 76177621-5 CUMPLO CHILE S.A ' 2.522.800 .
175386 4639 76177621-5 CUMPLO CHILE S.A 934.150
175386 4639 97030000-7 BANCO ESTADO DE CHILE 2.794.120
175386 4639 97030000-7 BANCO ESTADO DE CHILE 1.344.700
175386 4639 97030000-7 BANCO ESTADO DE CHILE 3.058.300
175386 4639 97030000-7 BANCO ESTADO DE CHILE 2.351.440
175386 4639 97030000-7 BANCO ESTADO DE CHILE 2.060.485
175409 4648 1 RAMON ARANEDA - PARRA 1.350.000
175526 4684 1 LUIS PONCE MORENO 650.160
- --- - - - A c.c.,-sr-• ZAMORANO 4004 JuKbt ZAMORANO LAMUKANO 1.208.601
175526 4684 LORETO ANDREA ZÚÑIGA SOTO 495.000
175526 4684 ALEX ROBERTO GODOY MUOZ 1.063.569
175526 4684 EMILIO DANIEL ESTADES CUEVAS 1.933.762
175526 4684 ALVARO LIGARIUS GASTELU 2.136.240
175526 4684 BARBARA ANGELICASILVA PIZARRO 1.594.037
175526 4684 KAREN DEL PILAR AMSTICA SEZ 1.504.037
175526 4684 SERGIO ENRIQUE VILCHES LEON 2.115.000
175526 4684 MARISOL DONOSO ALE 495.000
175526 4684 MATILDE SARAOS OSORIO 940.500
175526 4684 MAURICIO BASUALTO VÁSQUEZ 1.176.694
175526 4684 LUIS ALFREDO REYES GONZALEZ 1.488.996
175526 ■11■-
4684 REMIGIO ERNESTO TOLORZA ILABACA 1.208.601
175526 4684 VÍCTOR ALEJANDRO MARCHANT CÁCERES 778.919
175526 4684 ZAMYR DIEGO PEDREROS PARRA 650.160
175526 4684 RAQUEL ARMIJOS CABRERA 373.500
175526 4684 RENZO MINA MOLINA 688.500
175526 4684 ARISTIDES COLMENARES PAREDES 342.000
175526 4684 RICARDO DONOSO ARDILES 2.997.330
175526 4684 PEDRO ANTONIO PALMA MORA 899.340
175732 4747 LUIS ENRIQUE BENITO BARRIOS ABARCA 21.735
175732 - 4747 LUIS ENRIQUE BENITO BARRIOS ABARCA 21.735
175732 4747 LUIS ENRIQUE BENITO BARRIOS ABARCA 21.735
25
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
° N° TRANSFERENCIA
COD RUT Y NOMBRE MONTO ($)
175732 4747 LUIS ENRIQUE BENITO BARRIOS ABARCA • 21.735
175732 4747 SOLEDAD DE LAS NIEVE ARÁNGUIZ REYES 21.735
175732 4747 SOLEDAD DE LAS NIEVE ARÁNGUIZ REYES 21.735
175732 4747 MARIO ALBERTO PIZARRO CALDERON 21.735
175732 4747 MARIO ALBERTO PIZARRO CALDERON 21.735
175732 4747 MARIO ALBERTO PIZARRO CALDERON 21.735
175732 4747 MARIO ALBERTO PIZARRO CALDERON 130.409
175732 4747 MARIO ALBERTO PIZARRO CALDERON 130.409
175732 4747 MARIO ALBERTO PIZARRO CALDERON 21.735
175732 4747 RODRIGO ANDRES REY FARFAN 21.735
175732 4747 CLAUDIA GERALDINE LOBOS SALDÍAS 17.639
175732 4747 CLAUDIA GERALDINE LOBOS SALDIAS 17.639
175732 4747 GLORIA DE LAS MERCED CARRASCO ESCOBAR 17.639
175732 4747 GLORIA DE LAS MERCED CARRASCO ESCOBAR 17.639
175732 4747 GLORIA DE LAS MERCED CARRASCO ESCOBAR 17.639
175732 4747 GLORIA DE LAS MERCED CARRASCO ESCOBAR 17.639
175732 4747 GLORIA DE LAS 'MERCED CARRASCO ESCOBAR 17.639
175732 4747 GLORIA DE LAS MERCED CARRASCO ESCOBAR 17.639
175732 4747 VICTOR MANUEL DIAZ VILLAVICENCIO 54.337
175732 4747 VICTOR MANUEL DIAZ VILLAVICENCIO 43.470
175732 4747 JUAN CARLOS LOPEZ OSORIO 17.639
175732 4747 MARCELO ANTONIO RIQUELME MANRIQUEZ 35.278
175732 4747 MARCELO ANTONIO RIQUELME MANRíQUEZ 17.639
175732 4747 HECTOR SEPULVEDA RIOS 43.470
175732 4747 HECTOR SEPULVEDA RIOS 65.205
175732 4747 CAROLIN PAMELA VALENZUELA NÚÑEZ 21.735
175732 4747 FABIOLA ANGÉLICA MUÑOZ DUHART 21.735
175732 4747 FABIOLA ANGÉLICA MUÑOZ DUHART 21.735
175732 4747 FABIOLA ANGÉLICA MUÑOZ DUHART 21.735
175732 4747 FABIOLA ANGÉLICA MUÑOZ DUHART 21.735
175732 4747 CARLOS MANUEL GUZMÁN MILLÁN 70.556
175732 4747 JOSE ANTONIO SEGURA SEPULVEDA 194.031
175732 4747 RODOLFO ARTURO DÍAZ ORELLANA 17.639
175732 4747 CARLOS GONZALEZ CARO 88.195
26
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N° TRANSFERENCIA COD RUT Y NOMBRE MONTO ($)
175732 4747 CARLOS GONZALEZ CARO 61.737
194.031
105.835
175732 4747 PATRICIA DEL CARMEN ORTIZ ARAYA
175732 4747 LINCOLN DANILO CÁCERES SILVA
175732
4747 1 LINCOLN DANILO CÁCERES SILVA
79.376
175732
4747 MARIA HERRERA MAURO
21.735
175732
4747 1 CYNTHIA CAROLINA REY PINTO
21.735
175732
4747 CYNTHIA CAROLINA REY PINTO
21.735
175732
4747 DAYANA MACARENA VALDIVIA FERNÁNDEZ
21.735
175732
4747 1 DAYANA MACARENA VALDIVIA FERNÁNDEZ
21.735
175732
4747 1 DAYANA MACARENA VALDIVIA FERNÁNDEZ
21.735
175732
4747 1 DAYANA MACARENA VALDIVIA FERNÁNDEZ
21.735
175732
4747 1 DAYANA MACARENA VALDIVIA FERNÁNDEZ
21.735
175732
4747 1 OSCAR CAMILO OLATE REYES
76.072
175732
4747 LEONARDO ANDRÉS CARRASCO DÍAZ
21.735
175732
4747 1 CAROLINA SUSANA SALOMON CHAIGNEAUX
21.735
175732
4747 1 ERNESTO FERNANDO NAVAS VARGAS
21.735.
175732
4747 1 EDGARDO FELIPE ROJAS TRONCOSO
30.682
175732
4747 1 EDGARDO FELIPE ROJAS TRONCOSO
30.682
175732
4747 EDGARDO FELIPE ROJAS TRONCOSO
30.682
175732
4747 1 SEBASTIAN GUZMAN MILLAN
17.639
175732
4747 1 SEBASTIAN GUZMAN MILLAN
17.639
.175732
175732
4747 EDUARDO GUTIERREZ JAQUE 17.639
4747 EDUARDO GUTIERREZ JAQUE 17.639
175732
4747 EDUARDO GONZALEZ QUINTANA
17.639
175732
4747 CECILIA CAROLINA BRAVO CAMPOS
21.735
175732
4747 CECILIA CAROLINA BRAVO CAMPOS
21.735
175732
4747 1 CECILIA CAROLINA BRAVO CAMPOS
21.735
175732
4747 1 SEBASTIAN CID GONZALEZ
17.639
175732
4747 SEBASTIAN CID GONZALEZ
17.639
175732
4747 1 CRISTIAN MARCELO ARAVENA GALVEZ
52.917
175732
4747 1 CRISTIAN MARCELO ARAVENA GALVEZ
88.195
175732
4747 1 JESSICA ANDREA CONTRERAS MAULÉN
17.639
175732'
4747 1 JESSICA ANDREA CONTRERAS MAULÉN
17.639
175732
4747 1 JESSICA ANDREA CONTRERAS MAULÉN 17.639
27
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N° TRANSFERENCIA
COD
4747
RUT Y NOMBRE
JESSICA ANDREA CONTRERAS MAULÉN
MONTO ($)
17.639 175732
175732 4747 JESSICA ANDREA CONTRERAS MAULÉN 17.639
175732 4747 MARCELO ALEJANDRO MEZA HERNANDEZ 17.639
175732 4747 MARCELO ALEJANDRO MEZA HERNANDEZ 17.639
175732 4747 MARCELO ALEJANDRO MEZA HERNANDEZ 17.639
175732 4747
4747
MARCELO ALEJANDRO MEZA HERNANDEZ
MARCELO ALEJANDRO MEZA HERNANDEZ
17.639
17.639 175732
175732 4747 MARCELO ALEJANDRO MEZA HERNANDEZ 17.639
175732 4747 MARCELO ALEJANDRO MEZA HERNANDEZ 17.639
175732 4747 MARCELO ALEJANDRO MEZA HERNANDEZ 17.639
175732 4747 JOSE GOMEZ AZOCAR 70.556
175732 4747 JOSE GOMEZ AZOCAR 17.639
175732 4747 MAURICIO CRDENAS ARRIAGADA 21.735
175732 4747 MAURICIO CRDENAS ARRIAGADA 21.735
175732 4747 1 YANETT CAROLINA CASTILLO SEPULVEDA 17.639
175732 4747 GIANINA ELIZABETH SOTO SANCHEZ 17.639
175732 4747 GIANINA ELIZABETH SOTO SANCHEZ 17.639
175732 4747 GIANINA ELIZABETH SOTO SANCHEZ 17.639
175732
■••
4747 GIANINA ELIZABETH.SOTO SANCHEZ 17.639 1
175732 4747, FRANCISCA ANDREA GALLEGOS CID 17.639
175732 4747 FRANCISCA ANDREA GALLEGOS CID 17.639
175732 4747
4747
-9 MARTA EUGENIAARIAS CARREO
-9 MARTA EUGENIA ARIAS CARREO
21.735
21.735 175732
175732 4747 FELIPE ANDRÉS MEDEL GONZÁLEZ 35.278
175732 4747 FELIPE ANDRÉS MEDEL GONZÁLEZ 17.639,
175732 4747 FELIPE ANDRÉS MEDEL GONZÁLEZ 17.639
175732 4747 MARCELA SEGUEL ORTIZ 17.639
175732 4747 MARCELA SEGUEL ORTIZ 17.639
175732 4747 JOSÉ MIGUEL VALLADARES GONZÁLEZ 88.195
175732 4747 -9 RENATO CRISTOBAL PUEBLA GONZALEZ 21.735
175732 4747 RENATO CRISTOBAL PUEBLA GONZALEZ 21.735
175732 4747 ISABEL ALEJANDRA BETANCOURT SALAS 21.735
175732 4747 ISABEL ALEJANDRA BETANCOURT SALAS 21.735
175732 4747 SEBASTIAN ANDRES SEPULVEDA ZUMAETA 21.735
28
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N° TRANSFERENCIA COD RUT Y NOMBRE MONTO ($)
175732 4747 SEBASTIAN ANDRES SEPULVEDA ZUMAETA 21.735
175732 4747 SEBASTIAN ANDRES SEPULVEDA ZUMAETA . 21.735
175732 4747 SEBASTIAN ANDRES SEPULVEDA ZUMAETA 21.735
175732 4747 SEBASTIAN ANDRES SEPULVEDA ZUMAETA 21.735
175732 4747 SEBASTIAN ANDRES SEPULVEDA ZUMAETA 21.715
175732 4747 PABLO ANDRES RIVERA VEGA 17.639
175732 4747 INGRID CABEZAS VALDES 88.195
175732 4747 KARLA PEREIRA FLORES 17.639
175732 4747 ARIEL BARRA ARAYA 239.083
175732 4747 ALVARO MARQUEZ MATA 17.639
175732 4747 ALVARO MARQUEZ AJATA - 17.639
175732 4747 ALVARO MARQUEZ AJATA 17.639
175732 4747 ALVARO MARQUEZ AJATA 17.639
175732 4747 ALVARO MARQUEZ AJATA 17.639
175732 4747 ALVARO MARQUEZ AJATA . 17.639
175732 4747 ALVARO MARQUEZ AJATA 17.639
175732 4747 ENRIQUE GALAZ DIAZ 130.409
175732 4747 ENRIQUE GALAZ DIAZ 76.072
175732 4747 MARIA LORETO LARA POBLETE 21.735
175732 4747 ANA SILVA ALISTE 17.639
175732 4747 ANA SILVA ALISTE 17.639
175732 4747 RAFAEL CABELLO ROMERO 17.639
175732 - 4747 -0 RAFAEL CABELLO ROMERO 17.639
175732 4747 LESLIE VIVIANA OLIVARES IBAÑEZ 17.639
175732 4747 LESLIE VIVIANA OLIVARES IBAÑEZ 17.639
175732 4747 FELIX AREVALO REYES 17.639
175732 4747 FELIX AREVALO REYES 17.639
175732 4747 FELIX AREVALO REYES 17.639
175732 4747 CAROL MARDONES MEDEL 17.639
175732 4747 CAROL MARDONES MEDEL 17.639
175732 4747 0 NICOLE MACARENA CASTRO GARCÍA 17.639
175732 4747 NICOLE MACARENA CASTRO GARCÍA 17.639
175732 4747 NICOLE MACARENA CASTRO GARCÍA 17.639
175732 4747 NICOLE MACARENA CASTRO GARCÍA 17.639
29
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N° TRANSFERENCIA
COD RUT Y NOMBRE ' MONTO ($)
175732 4747 NICOLE MACARENA CASTRO GARCÍA 17.639
175732 4747 NICOLE MACARENA CASTRO GARCÍA 17.639
175732 4747 NICOLE MACARENA CASTRO GARCÍA " 17.639
175732 4747 CAROLINA FLORES GONZALEZ _ 239.083
175732 4747 MELISSA SALINAS MUÑOZ 17.639
175732 4747 NATALIA DOMINIQUE QUILODRÁN URRUTIA 17.639
175732 4747 ANA LUCÍA ( ASTRO MUÑOZ 17.639
175732 '4747 MIRKO CAE.1_LO MOLINA 238.129
175732 4747 MIRKO CABELLO MOLINA 105.835
175732 4747 CARLOS EDUARDO HERRERA SOTO 65.205
175732 4747 CARLOS EDUARDO HERRERA SOTO 21.735
175732 4747 IRIS DEL CAE ;ME .N MARDONES CORREA 21.735
175732 4747 VICTOR REYES ABARCA . 21.735
175732 4747 ELISA ROXANA HERNÁNDEZ MORELLE 21.735
175732 4747 ELISA ROXANA HERNÁNDEZ MORELLE 21.735
175732 4747 ELISA ROXANA HERNÁNDEZ MORELLE 21.735
175732 4747 ELISA ROXANA HERNÁNDEZ MORELLE 21.735
175732 4747 ELISA ROXANA HERNÁNDEZ MORELLE 21.735
175732 4747 ELISA ROXANA HERNÁNDEZ MORELLE 21.735
175732 4747 ELISA ROXANA HERNÁNDEZ MORELLE 21.735
175732 4747 ELISA ROXANA HERNÁNDEZ MORELLE 4
21.735
175732 4747 ELISA ROXANA HERNÁNDEZ MORELLE 21.735
175732 4747 ELISA ROXANA HERNÁNDEZ MORELLE 21.735
175732 - 4747 ELISA ROXANA HERNÁNDEZ MORELLE 21.735
175732 4747 MAURICIO SÁNCHEZ GONZÁLEZ 21.735
175732 4747 TERESA DEL CARMEN PÉREZ YÁÑEZ 17.639
175732 4747 ELIANA VERÓNICA DÍAZ UBILLA 21.735
175732 4747 ELIANA VERÓNICA DÍAZ UBILLA 21.735
175732 4747 ELIANA VERÓNICA DÍAZ UBILLA 21.735
175732 4747 ELIANA VERÓNICA DÍAZ UBILLA 76.072
175732 4747 MANUEL OYARZUN TORRES 88.195
175732 4747 CRISTINA DEL CARMEN LAGOS GONZÁLEZ 17.639
175732 4747 CRISTINA DEL CARMEN LAGOS GONZÁLEZ 17.639
175732 4747 CRISTINA DEL CARMEN LAGOS GONZÁLEZ 17.639
30
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N°
TRANSFERENCIA COD RUT Y NOMBRE MONTO ($)
175732 4747 • CLAUDIO ERWIN CASTILLO ROJAS 21.735
175732 4747 CLAUDIO ERWIN CASTILLO ROJAS 21.735
175732 4747 CLAUDIO ERWIN CASTILLO ROJAS 21.735
175732 4747 CLAUDIO ERWIN CASTILLO ROJAS 21.735
175732 4747 JOSÉ ANTONIO CRISTI LEÓN 43.470
175732 4747 CARLOS MOISÉS DONOSO JÉLVEZ 21.735
175732 4747 CARLOS MOISÉS DONOSO JÉLVEZ 21.735
175732 4747 PABLO MARCELO LEIVA GARCIA 17.639
175732 4747 PABLO MARCELO LEIVA GARCIA 17.639
175732 4747 MARCELA ANGÉLICA GÓMEZ LOBOS , 17.639
175732 4747 ERICA DEL CARMEN MATA DÍAZ 194.031
175876 4771 ROBINSON TALAVERA CERDA 35.278
175876 4771 RAÚL FERNANDO TAPIA ZÚÑIGA 17.639
175876 4771 JUAN ANDRÉS URZÚA HONORATO 17.639
175876 4771 IVÁN FERNANDO PÉREZ LÓPEZ 17.639
175876 , 4771 JAVIER FRANCISCO CHIRINO VILLEGAS 17.639
175876 - 4771 LUIS ALBERTO OSVALDO SANTIBAEZ BEIZA 52.917
175876 4771 JOSÉ MOISÉS ORELLANA GONZÁLEZ 17.639
175876 4771 LEANDRO ALBERTO FARFÁN LILLO 17.639
175876 4771 JUAN REINALDO OSSES VILLASECA 17.639
175876 4771 VICTOR MARCELO OYARZQ ALVAREZ 35.278
175876 4771 3 PATRICIO EDUARDO HERRERA SEPÚLVEDA 17.639
175876 4771 JOSE URZUA ARENAS 17.639
175876 4771 FRANCISCO JAVIER GATICA ORELLANA 17.639
175876 4771 FELIPE ARAYA SOTO 17.639
175876 4771 CRISTIAN RODRIGO ALEGRIA SALDAA 17.639
175876 4771 CRISTIAN MANUEL GÓMEZ GREZ 17.639
175876 4771 MARÍA ALEJANDRA PARADA VALENZUELA 52.917
175876 4771 MARCELO ALEJANDRO RAMÍREZ SALAS 17.639
175876 4771 EMILIO JOSÉ CASTRO GAETE 17.639
175876 4771 FREDY PALOMINOS SANCHEZ 17.639
175876 4771 ROBERTO CRUZ JEREZ 17.639
175876 4771 JOSÉ LUIS PEÑA FIGUEROA 17.639
175876 4771 HECTOR ALARCON MARIN 17.639
31
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N TRANSFERENCIA
COD RUT Y NOMBRE MONTO ($)
175876 4771 EDUARDO ARIEL POBLETE HERRERA 35.278
175876 4771 CÉSAR ANTONIO ACEVEDO ACEVEDO 35.278
175876 4771 CAROLINA ANDREA MERIÑO COFRE • 17.639
175876 4771 EDUARDO ANDRÉS DE LA FUENTE GAMA 17.639
175876 4771 XIMENA ADRIANA CORREA ASSAD 35.278
175876 4771 MAXIMILIANO ISMAEL PIZARRO QUINTANILLA 17.639
175876 4771 JEAN PAUL GREIG BRICEÑO , 52.917
175876 4771 JUAN RAMÓN ORELLANA REYES , 17.639
175876 '4771 VICTOR ANDRES MELLA MELLA 35.278
175876 4771 FRANCISCO SALAZAR HERNANDEZ 35.278
175876 4771 RUBI CONSTANZA LAVIN BARRENA 35278
175876 4771 NORTON CONTRERAS LACERES 35.278
175876 4771 RENE ALEJANDRO MELLA PINO 17.639
175876 4771
MANUEL ROJAS SALINAS 17.639
175876 4771 NATALIA ALEJANDRA BAEZA MONSALVE 17.639
175876 4771 CAROLINA ANDREA LARA REYES 17.639
175876 4771 CARLOS REYES QUINTEROS 52.917
175876 4771 DANIELA SÁNCHEZ ROMO 17.639
175876
175876
4771
4771
GUILLERMO DUQUE JUJIHARA 35.278
DANIELA LLANOS CATALAN 17.639
175876 4771 LUIS POBLETE MUJICA 17.639
175876 4771 PAULINA PEALOZA DIAZ 17.639
175876 4771 NICOLAS SOTO' VALDIVIA 17.639
175876 4.771 LENIN JAVIER ESPAÑA NARANJO 17.639
175876 4771 DANIEL CLAUDIO NAVARRO TORRES 52.917
175876 4771 ENZO LEONARDO MALDONADO RAMÍREZ 35.278
175876 4771 COSME ARNOLDO MALDONADO RAMÍREZ 17.639
175876 4771 JUVENAL DEL CARMEN SOTO TAPIA 17.639
175876 4771 ISIDORO ELÍAS VALDIVIA CARO 17.639
175876 4771 JORGE ANTONIO MONSALVE MORENO 17.639
175876 4771 HÉCTOR SEGUNDO GONZÁLEZ CONTRERAS 17.639
175876 4771 MANUEL RICARDO CABELLO JORQUERA 17.639
175970 4788 RODOLFO BELTRAN BRIONES 172.800
175970 4788 IVAN PARRAGUEZ MALDONADO 537.358
32
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N° TRANSFERENCIA COD RUT Y NOMBRE MONTO ($)
175970 " 4788 RODRIGO VIDAL SÁNCHEZ 537.358
175970 4788 JOAN NrCOLAS CORNEJO 537.358
175970 4788 TERESA ELIANA DEL PI PLANET MARÍN 792.000
175970 4788 MARIA CECILIA GUZMAN ZENTENO 1.142.502
176060 4810 VICTOR MANUEL DIAZ VILLAVICENCIO 9.900
176060 4810 SANDRA PAMELA OSORIO SILVA 2.800
176060 4810 MÓNICA BEATRIZ SÁNCHEZ BOETTCHER 4.050
176060 4810 HECTOR SEPULVEDA RIOS 25.300
176060 4810 JORGE ANDRÉS VARGAS ZLAIGA , 2.600
176060 4810 JOSÉ LUIS VILLAR ESCOBAR .14.720
176060 - 4810 NATALIA HERVIA VALDIVIA 8.100
176060 4810 PAULINA JARA SOTO 3.500
176060 4810 LILIANA ANDREA GUAJARDO PINO 19.680
176060 4810 MARCELA BASAEZ ARREDONDO 4.200
176060 4810 DAYANA MACARENA VALDIVIA FERNÁNDEZ 21.620
176060 4810 MARÍA ROSA TRINIDAD LARA GREZ 11.880
176060 4810 EDUARDO GUTIERREZ JAQUE 14.900
176060 4810 CRISTIAN MARCELO ARAVENA GALVEZ 29.600
176060 4810 MARCELO ALEJANDRO MEZA HERNANDEZ 10.400
176060 4810 EDWARD STEVE VARGAS PEA 10.800
176060 4810 GIANINA ELIZABETH SOTO SANCHEZ 2.600
176060 4810 SEBASTIÁN IGNACIO ALVARADO GALLARDO 9.000
176060 4810 MANUEL ALEJANDRO GUAJARDO LARA 39.700
176060 4810 SHANNON FIELDHOUSE CORTES 21.000
176060 4810 JOSE LUIS QUINTEROS BRAVO 2.400
176060 4810 LISETTE ANGÉLICA MAULÉN FIGUEROA 1.800
176060 4810 - MARIELA HONORES MORALES 21.000
176060 . 4810 CAROL MARDONES MEDEL 20.500
.176060 4810 DAVID JARA GUERRERO 6.000
176060 4810 CAMILA BELEN DROGUETT ESPINOZA 3.000
• 176060 4810 YARIZA ELIANA HERRERA DIAZ 20.400
176060 4810 YOLANDA ESTÉR CASTILLO OWENS 4.200
176060 , 4810 TERESA DEL CARMEN PÉREZ YÁÑEZ 13.650
176060 4810 JOSÉ ANTONIO CRISTI LEÓN 13.560
33
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N° TRANSFERENCIA
COD ' RUT Y NOMBRE MONTO ($)
176060 4810 9821593-K PABLO MARCELO LEIVA GARC1A 9.300
176218 4830 78481840-3 IMPRESORA Y COMERCIAL FE & SER LTDA 2.041.683
176344 4853 7034236-7 RODRIGO JORGE RUIZ RODRIGO 112.901
176344 4853 76040155-2 AMERICA EXPORT LTDA. 655.099
176344 4853 76080982-9 DIPROVET SPA 94.081
176344 4853 76274027-3 INDOPHARMA 113.050
176344 4853 79636400-9 LORENZO JÍMENEZ E HIJO LTDA. 315.707
176344 4853 81378300-2 ABBOTT LABORATORIES DE CHILE LTDA. 687.820
176344 4853 91871000-0 LABORATORIO SILESIA S.A. 154.700
176344 4853 91871000-0 LABORATORIO SILESIA S.A. 580.125
176344 4853 91871000-0 LABORATORIO SILESIA S.A. 193.375
176344 4853 91871000-0 LABORATORIO SILESIA S.A. 232.050
176344 4853 91871000-0 LABORATORIO SILESIA S.A. 928.200
176344 4853 91871000-0 LABORATORIO SILESIA S.A. 402.220
176344 4853 91871000-0 LABORATORIO SILESIA S.A. 58.013
176344 4853 92288000-K DROGUERIA HOFMANN SAC 223.720
176344 , ,
4853 96519830-K BESTPHARMA S.A. 655.202
176344 4853 96523180-3 OPCIONES SA SISTEMA DE INFORMACION 1.113.089
176344 4853 99523840-3 CIBERGROUP COMERCIAL S.A. 554.855
176344 4854 13003968-5 MARIA 1NES RAMIREZ ORTIZ 1.773.100
176344 4854 61608404-6 INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER 4.097.174
176344 4854 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 168.314
176344 4854 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 35.319
176344 4854 76036479-7 ALATHEIA MEDICAL S.A. 345.100
176344 -4854 76059183-1 LIMPIEZA VERDE SPA 31.416
176344 4854 76374069-2 OFISILLAS IMPORTACION DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION
72.364
176344 4854 76377858-4 COMERCIAL BELTCHILE SPA 24.811
176344 4854 76389383-9 Droguería Global Pharma SPA. 15.470
176344 4854 76389383-9 Droguería Global Pharma SPA. 30.940
176344 4854 76389383-9 Droguería Global Pharma SPA. - 123.760
176344 4854 76389383-9 Droguería Global Pharma SPA. 30.940
176344 4854 76389383-9 Droguería Global Pharma SPA. 30.940
. 176344 4854 76424515-6 SOC.COMERCIAL PROOFFICE LTDA. 520.539
N 176344 4854 J
76793590-0 CIBERTEC RETAIL S.A. 188.507
34
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N°
TRANSFERENCIA COD RUT Y NOMBRE MONTO ($)
. 176344 - 4854 76830090-9 FARMACEUTICA CARIBEAN LTDA. 23.705
176344 4854 77749210-1 COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS MEDICOS 262.828
176344 4854 77762040-1 ALAMEDA COMPUTACION LIMITADA _ 27.897
176344 4854 77762040-1 ALAMEDA COMPUTACION LIMITADA 116.984
176344 4854 77762040-1 ALAMEDA COMPUTACION LIMITADA 165.153
176344 4854 79636400-9 LORENZO JIMENEZ E HIJO LTDA. 270.606
176344 4854 80447400-5 MUNNICH PHARMA MEDICAL LTDA. 84.259
176344 4854 81210400-4 REUTTER S.A. ' 269,892
176344 4854 88579800-4 MICROGEO S.A , 323.391
176344 4854, 88579800-4 MICROGEO S.A 533.299
176344 4854 • 89516100-4 ALGODONERA VARAS CIA LTDA. 160.650
176344 4854 9011423-9 HECTOR JOSE ZAPATA GONZALEZ 3.435.828
176344 4854 9011423-9 HECTOR JOSE ZAPATA GONZALEZ 741.382
176344 4854 9011423-9 HECTOR JOSE ZAPATA GONZALEZ • 1.180.932
176344 4854 9011423-9 HECTOR JOSE ZAPATA GONZALEZ 2.004.305
176344 4854 90193000-7 EMPRESA EL MERCURIO S.A.P 499.431
176344 4854 91335000-6 INDURA S.A. 133.280
176344 4854 96568740-8 GASCO GLP S.A. 304.164
176344 4854 96568740-8 ()ASCO GLP S.A. 252.470
176344 \ 4854 96636310-K ALLMEDICA S. A. • 1.182.384
SEC_VM_13850866 4854 71014200-9 CORP.MUNICIP.DE SERV.PUBLTRASPASADOS RGUA. 11.697.450
176344 4855 10507161-2 JORGE BERNARDO CID ÁLVAREZ 2.252.706
176344 4855 15382368-5 FELIPE RAFAEL BLANCO ROEPKE 1.236.410
176344 4855 60503000-9 EMPRESA DE CORREOS DE CHILE 333.209
176344 4855 60503000-9 EMPRESA DE CORREOS DE CHILE . 72.753
176344 4855 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 35.319
176344 4855 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 121.842
1.76344 4855 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 168.314
176344 4855 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 168.314
176344 4855 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 146.211
176344 4855 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 35.319
176344 4855 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S , 83.286
176344 4855 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 35.319
176344 4855 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 11.668
35
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N° TRANSFERENCIA
COD RUT Y NOMBRE • MONTO ($)
176344 4855_ 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 11.668
176344 4855 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 35.319
176344 4855 76036479-7 ALATHEIA MEDICAL S.A. 714.000
176344 4855 76042903-1 MEDDICA LTDA 205.546
176344 . 4855 76163112-8 COM. E IMP, DE MATERIAL DIDACTICO 122.455
176344 4855 76242192-5 IMPORTADORA EXPORTADORA Y COMERCIALIZADORA MARLENE NFLO.RES PATIO E.I.R.L
417.690
176344 4855 76389383-9 Droguería Global Pharma SPA. 154.700
176344 4855 76389383-9 Droguería Global Pharma SPA. 30.940
176344 4855 76389383-9 Droguería Global Pharma SPA. 154.700
176344 4855 76389383-9 Droguería Global Pharma SPA. 154.700
176344 4855 76389383-9 Droguería Global Pharma SPA. 123.760
176344 4855 76389383-9 Droguería Global Pharma SPA. 46.410
176344 4855 76773210-4 CARESTREAM HEALTH LTDA 928.200
176344 4855 77012870-6 COMERCIAL RED OFFICE LIMITADA 1.512.385
176344 4855 77725450-2 MUNCHEN MEDICAL LTDA 1.335.180
176344 4855 78026330-K ETEX FARMACEUTICA LTDA. 1.213.800
176344 4855 78027120-5 DROGUERIA DIPROLAB 207.679
176344 4855 78027120-5 DROGUERIA DIPROLAB 439.824
176344 4855 78835470-3 IMPORTADORA E INV. PROLAB 261.800
176344 4855 79595850-9 DENTAL LAVAL LTDA. 916.072
176344 4855 79728570-6 FARMALATINA LTDA. 434.112
176344 4855 8592211-4 JUAN CRISTIAN CABRERA CORREA 47.600
176344 4855 8592211-4 JUAN CRISTIAN CABRERA CORREA - 245.616
176344 4855 96523180-3 OPCIONES SA SISTEMA DE INFORMACION 364.604
176344 4855 96523180-3 OPCIONES SA SISTEMA DE INFORMACION 729.576
176344 4855 96523180-3 OPCIONES SA SISTEMA DE INFORMACION 384.804
176344 4855 96696000-0 MEDICAL TEK (CHILE) S.A. 335.675
176344 4855 96696000-0 MEDICAL TEK (CHILE) S.A. 162.164
176344 4855 96941960-2 GPS CHILE S.A. 119.904
176344 4855 96941960-2 GPS CHILE S.A. 599.522
SEC VM _13854647 _ 4855 71014200-9 CORP.MUNICIP.DE SERV.PUBL.TRASPASADOS RGUA.
12.293.330
176344 4856 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S ' 1.200
176344 4856 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 37.235
176344 4856 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 3.427
`36
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N° TRANSFERENCIA
COD • RUT Y NOMBRE MONTO ($)
176344 4856 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 2.285
176344 , 4856 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S t349
176344 4856 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 2.442
176344 4856 61608700-2 CENTRAL r-iL ABASTECIMIENTO DEL S.Ñ.S 35.319
176344 4856 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 35.319
176344 4856 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 35.319
176344 4856 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 168.314
176344 4856 76040155-2 AMERICA EXPORT LTDA. 154.586 ■
176344 4856 76113077-3 CONSTRUCTORA INMOBILIARIA COM. AKCURA 65.391
176344 4856 76120786-5 VESALIUS PHARMA S.A. 285.600,
176344 4856 76231391-K EMPRESA COMERCIALIZADORA LUIS VALDES LYON SPA •
44.403
176344 4856 76299358-9 SERVICIOS INTEGRADOS SIDAPT LTDA 134.048
176344 4856 76389383-9 Droguería Global Pharma SPA. 30.940
176344 4856 76389383-9 Droguería Global Pharma SPA. 15.470
176344 4856 77006620-4 MIRANDA, SELLE COMPUTACION LTDA. ,_ 531.206
176344 4856 77012870-6 COMERCIAL RED OFFICE LIMITADA 1.307.441
176344 4856 77012870-6 COMERCIAL RED OFFICE LIMITADA 51.214
176344 4856 77012870-6 COMERCIAL RED OFFICE LIMITADA 306.350
176344 4856 77012870-6 COMERCIAL RED OFFICE LIMITADA 64.446
176344 4856 77606220-0 Servicios Asesorías y Soluciones Financieras Ltda. 146.965
176344 4856 77762040-1 ALAMEDA COMPUTACION LIMITADA 67.830
176344 4856 RAQUEL URIBE CASTILLO 396.984
176344 4856 86821000-1 INMED DROGUERIA LTDA. . 128.106
176344 4856 91335000-6 INDURA S.A. 18.564
176344 4856 91335000-6 INDURA S.A. 66.640
176344 4856 91335000-6 INDURA S.A. 2.321,
176344 4856 91335000-6 INDURA S.A. . 18.564
• 176344 4856 91335000-6 INDURA S.A. 154.355
176344 4856 91335000-6 INDURA S.A. 196.338
176344 4856 91335000-6 INDURA S.A. 2.321
176344 4856 91335000-6 INDURA S.A. 6.962
176344 4856 91335000-6 INDURA S.A. 16.244
176344 4856 96792430-K SODIMAC S.A. 78.701
176344 4856 96792430-K SODIMAC S.A. 716.340
37
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N° TRANSFERENCIA
COD RUT Y NOMBRE MONTO ($)
176344 4856 96792430-K SODIMAC S.A. 116.525
176344 4856 96792430-K SODIMAC S.A. 123.391
176344 4856 96792430-K SODIMAC S.A. 11.037
176344 4856 96792430-K SODIMAC S.A. 17.087
176344 4856 96792430-K SODIMAC S.A. 16.868
176344 4856 96792430-K SODIMAC S.A. 16.153
176344 4856 96792430-K SODIMAC S.A. 467.1423
176344 4856 96792430-K SODIMAC S.A. 291:759
176344 4856 96792430-K SODIMAC S.A. . 141.164
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 13.195
176372 4861 616087002 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 2.999
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 5.998
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S . 10.196
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 4.798
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 2.999
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 47.981
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 76.969
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 38.485
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 105.558
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 27.489
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 32.987
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S • 16.493
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 136.071
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 49.480
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 21.991
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 24.740
176372 -4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 442.573
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 43.982
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 6.597
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S - 38.485
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 219.912
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 164.934
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 13.745
176372 4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 16.493
38
RUT Y NOMBRE
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
COD
4861
4861
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 321 176372 4861
4861 1.092 176372 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 386 176372 4861
4861 4.434 176372
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 176372 4861 1.202
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 619 176372 4861
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 176372 4861 10.310
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 543 176372 4861
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 176372 4861 3.256
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
4861
4861
129
129
176372.
176372
N° TRANSFERENCIA
176372
176372
MONTO ($)
3.427
11.424
176372
176372
4861
4861
12.829
2.699
176372
176372
4861
4861
1.349
665
176372
176372
4861
4861
3.364
4.733
76166183-3 EKSA DENTAL SOC POR ACCIONES
77762040-1 ALAMEDA COMPUTACION LIMITADA
77762040-1 ALAMEDA COMPUTACION LIMITADA
78801960-2 JORGE ESVEÍLE CEFATI Y CIA LIMITADA
86821000-1 INMED DROGUERIA LrTDA.
96626570-1 INCOFIN S A
96667560-8 TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A.
99580240-6 ACF CAPITAL S.A.
1.76372
4861
176372
4861
176372
4861
176372
4861
176372
4861
176372
4861
176372
4861
176372
4861
763.980
1.145.490
1.869.451
1.100.054
1.629.766
373.065
1.040.060
1.424.430
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
176372
4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 5.426
176372
4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
1.085
176372
4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 2.713
176372
4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 5.426
176372
4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 493
176372
4861 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
985
176372
4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 2.980
39
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N° -
TRANSFERENCIA COD RUT Y NOMBRE MONTO ($)
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 7.447
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 14.894
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 17.874
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 104.258
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 2.285
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 2.285
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 1.142
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 9.139
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 2285
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 6.702
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 55.335
176372 4862
4862
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
236.691
42.840 176372
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 39.508
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 18.622
61.561 176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
225.017 176372
•■■
4862 61608700-2 CENTRAL C E A3ASTECIMIENTO DEL S.N.S
15.001 176372 4862 61608700-2 CENTRAL C E A 3ASTECIMIENTO DEL S.N.S
67.505 176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 96.444
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 59.633
176372 . 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 178.500
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 35.700
176372 . 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 307.677
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S é 110.270
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 22.502
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 385.560
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 77.271
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 62.952
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 274.890
4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 57.477 176372
176372 4862
4862
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S
39.270
58.905 176372
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 17.493
40
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N° TRANSFERENCIA
COD RUT Y NOMBRE MONTO ($)
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 912
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 26.279
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N,S 71.400
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 6.747
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 109.040
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 109.040
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 109.040
176372 4862 61608700-2 CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL S.N.S 13.445
176372 4862 76191389-1 SERVICE 133.090
176372 4862 78715730-0 SOCIEDAD COMERCIAL DICER LIMITADA 182.623
176372 4862 78838070-4 SERVICIOS Y ASESORIAS HEAL T.HSTORE SA 85.037
176372 " 4862 79510190-K Inversiones y Servicios Balder Ltda. 345.100
176372 4862 80447400-5 MUNNICH PHARMA MEDICAL LTDA. 782.855
176372 4862 80447400-5 MUNNICH PHARMA MEDICAL LTDA. 100.957
176372 4862 81210400-4 REUTTER S.A. 5.712
176372 4862 81210400-4 REUTTER S.A. 214.378
176372 - 4862 81210400-4 REUTTER S.A. 105.696
176372 4862 96969310-0 SOC.COMERCIAL BJ S.A. 105.815
TOTAL 372.670.861
Fuente: Tabla elaborada conforme el extracto de la conciliación bancaria proporcionada por el SSO
41
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO N°4 DETALLE PARTIDAS NO CONCILIADAS DE PERIODOS ANTERIORES
CONCEPTO MONTO ($) TOTAL ($)
Saldo congelado al 31-08-2010 Correspondiente años Anteriores -55.377.978 -55.377.978
215.791.850
DEPOSITOS NO CONTABILIZADOS Cartola N° 243 23-12-13 - 10.805
Cartola N° 247 30-12-13 1.000
cartola 220 24-11-14 63.050 cartola 7 12-01-15 (está dentro del depósito p xl 12.648.539 Lic. medicas) 9.857 cartola 7 12-01-15 (está dentro del depósito por $ 12.648.539 Lic. medicas) 19.09.3
cartola 28 10-02-15 49.257
cartola 31 13-02-15 12.212
cartola 38 24-02-15 $ 4.326.743 - $ 3.767.422 folio 4309 13-06-16 559.321
cartola 39 25-02-15 (diferencia. C.c. 464) 206 026.453
cartola 41 27-02-15 45.050
cartola 46 06-03-15 Rechazo paso proveedores 16.419
cartola 55 19-03-15 depósito inicial de 6.167.327 87.154 cartola 59 25-03-15 Folio 5582 $ 16.658.- Nov. Y folio 6676 $ 535.633.-Diciembre 2015 pendiente de contab. $ 71.950.- (dep. inicial de $ 3.64.411.) 71.950
cartola 68 08-04-15 lsapre Cruz Blanca 203.099 cartola 98 26-05-15 10.12.973.- contab. En folio 2369 abril 2016 $ 946.373.- 66.600
cartola 105 04-06-15 36.419
cartola 120 25-06-15 268.929
cartola 120 25-06-15 41.755
cartola 225 26-11-15 dep. Inicial de $ 4.263.819.- 31.027 cartola 243 24-12-15 dep. x $ 1.900.526 (folio 230-231-297 Enero 2016 y 21.684.- sin contab.) 21.684
cartola 166 01-09-16 10.000
cartola 67 07-04-17 , 2.520.596
cartola 67 07-04-17 1.534.081
cartola 82 03-05-17 ' 3.980.808 '
cartola 91 17-05-17 98.331
cartola 91 17-05-17 6.900
TRANFERENCIAS EN TRANSITO
Pago Proveedores en línea Febrero 2015 19.027.673 c.c. 325 16-02-15 contabiliza pago rechazo Huerta... $ 348.432.- Y Chilemat S.A. $ 83.405.- 431.837
268.797.217
c.c. 584 28-02-15 Traspaso cta. 5359-4 a 9872-5 201 432.520
Folio 1497 31-05-15 acumulado Enero Marzo 2015 47.905.187
42
CONTRALORÍA GFNT.RAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBE R7ADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE .;0 1TROL EXTERNO
- CONCEPTO MONTO ($) TOTAL ($)
OTROS
Diferencia sin contabilizar dep. cartola 73 27-12-10 155 c.c. 246 24-01-13 Chilerad Ltda. Ch. 7225452 contabilizado por $ 305.800.- y en Bco cobrado por $ 299.600.- 02-04-13 cartola 63 . 6.200 c.c. 4934 19-12-14 Rechazos de sueldos por error transferidos de la cta. 9888-1 día 23-12-15 cartola 244 10.718.429
c.c. 4024 31-12-14 Yuriber Bascuñán contabilizado por cta. CxP iniciativa de Inversión y además por Bienes y. Servicios de Consumo 714.150
c.c. 6743 31-12-14 falto asiento cierre de deudores con banco 2.187.000 15.377.781
c.c. 107 28-01-15 regularización mal hecha 1.403.300
c.c. 4878 31-12-14 Deposito chilena consolidada (Bco. 06-01-15 cartola 3) contab. $ 19.768.674.- y en Bco. por 19.788.674.-) 20.000 c.c. 3441 23-09-14 APS Cardiovascular Rengo, error en medio de pago, se dígito por transferencias de Remuneraciones y debió ser Transf.
. Electrónica (Novo Nordik Farmacéutica Ltda.) 220.226
Folio 1511 22-03-17 (ajuste al folio 1128 del 28-02-17 c.c. 210) 108.283 Folio 3639 21-06-17 contabilizado por $ 588.838.- y en Bco. por $ 588.800.- 21-06-17 cartola 116 38
DEPOSITOS EN TRANSITO c.c. 3346 11-09-14 Contabilizado $ 2.221.884.-Menos 331.281.*30.310 Dep. 08-10-14 cart.188 1.860.293 c.c. 6257 31-12-14 Jorge Eveille Cafati y Cia. Ltda. (Bco. 07-01-15 cartola 4). 855.004
c.c. 1019 Abril 2015 folio 178 rechazo sueldo 6.221.451
Folio 2092 30-06-15 c.c. 1633 ingresa ch. banroedica 697.869
Folio 5931 31-07-16 ( 1.683.900
Folio 5931 31-07-16 162.000
Folio 6000 10-08-16 1.453.138
Folio 8285 31-10-16 375.085
Folio 8509 31-10-16 871.454
Folio 10004 31-12-16 Traspaso desde 9888-1 a 5359-4 378.856 31.248.379
Folio 2165 31-03-17 1 2.520.596
Folio 2166 31-03-17 1.534.081
Folio 2821 29-04-17 3.980.808 _ Folio 2887 10-05-17 C.C.711 CONTAB.DEPOSITOS POR I NG. DSCTOS.CAJA AHORRO.MARZO-17 VARIOS. 740.519 Folio 3397 31-05-17 CC 871 REINTEGRO DE ANTICIPOS SEGUN DEVOLUCIÓN MEMO N°69 Y 70 105.231
Folio 3873 29-06-17 Traspaso de fondos 9888-1 a 5359-4 7.808.087
Folio 4441 24-07-17 16.500
Folio 4586 31-07-17 8.505.239
Folio 4586.31-07-17 , 941.718
Folio 4626 31-07-17 9.000
43
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
CONCEPTO MONTO ($) TOTAL ($)
Folio 4724 31-07-17 1.748.900
Folio 4800 31-07-17 - 773.262
Folio 4824 31-07117 1.367.754
Folio 4827 31-07-17 5.611.254 Folio 4562 29-07-17 C.C.1131 TRASP.DE FDOS.CTA.9888-1 A LA CTA.5359-4 $229200.- 229.200
OTROS
19.517.626
c.c. 4402 31-12-2010 Fondo Fijo Olga 90.724
c.c. 5664 31-12-12 saldo fondo fijo Iris Mardones contab. x 163.300.- y en bco por 136.300.- (02-01-13) cartola 1 27.000
01-08-12 transferencia Prov. Fondos en línea (Honorarios julio 2012 ) 6.172.693
c.c. 4066 12-10-12 corp. Mun. Rgua. La Brújula contab. Por $ 7.590.000 y en Bco 7.759.000.-(16-10-12) 169.000
c.c. 504 31-03-13 Ajuste a reembolso fonasa dep. 24-12-12 Pedro Zúñiga $ 6.812-Fabiola Pineda $ 562- Claudia Díaz Romero $ 42.257
. 49.631
Diferencia en I.D- 470201 Regulariza ajuste reverso Hon. HRR ajuste consultorías c.c. 3929 .!
4.662.000 c.c. 542 28-02-15 ajuste realizado por $ 1.091.306 y/debió ser por $ 1.091.075 231
c.c. 905 31-03-15 ajuste (Natalia Herrera Urzúa ch. 1027759 cta. 9872-5) 1.424.240
-Pago duplicado folio 250 ch. 32166681 Bco. 28-04-15 cart. 81 y Transferencia 10-04-15 cartola 70 999.999 Folio 6831 31-08-16 contabilizado por $ 78.726.- y en Bco. por 68.726.-31-08-16 cart. 165 10.000
Duplicidad de contabilización folio 7492 30-09-16 y folio 8456 31-10-16 48.069
Duplicidad de contabilización folio 8285 y 8456, 31-10-16 36.339
Duplicidad de contabilización folio 8233 y 8456 31-10-16 23.200
- Duplicidad de contabilización folio 9407 30-11-16 y c.c. 4195 24-09-13 5.740.000 Duplicidad de ingreso de ch. 416 en folio 9422 12-12-16 y folio 1120 _ febrero 2017 24.500 Duplicidad de ingreso de ch.567 en folio 9422 12-12-16 y folio 1120 febrero 2017 40.000
TRANSFERENCIAS ERRONEAS
c.c. 1253 31-03-14 reversado en diciembre del 2014, no gontabilizado 6.849.000
c.c. 268 31-01-14 reversado por $ 1.733.913.-, contab. Por 1.019.763.-quedo sin contabilizar Yriber Bascuñán Bueno ch. 9960083 ' 714.150
c.c. 581 28-02-15 aplicación sueldos sigfe por $ 2.417.375.443.- y en Bco. por $ 2.727.668.480.- debió quedar contab) en cta. 9872-5 310.293.037 Transferencia duplicada en Bco. 07-10-16 cart. 191 y prov. Fdos. Por 31.127.150.- 06-10-16 324.000 318.238.509
Traspaso erróneo contab. En folio 7812 (13-10-16) en cta. 9993-4 y girado en cta. 5359-4 Dimerc 58.322
SIN CONTABILIZAR
transferencia sin contabilizar día 10-07-14 cartola 130 Sergio Carrascó 714.150 264.114.498
Transferencia sin contabilizar día 29-07-14 cartola 141 714.150
44
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
CONCEPTO ' MONTO ($) TOTAL ($)
Provisión fdos. En línea 30-12-14 cartola 24.794.801
Transferencia sin contabilizar 12-12-14 cartola 233 348.432
Transferencia sin contabilizar 12-12-14 cartola 233 83.405
ch. 1732972 sin contabilizar Bco. 30-12-14 cartola 243 943.920 .
ch. 1732975 sin contabilizar Bco. 29-12-14 cartola 242 1.148.850
Transferencia sin contabilizar 2912-14 cartola 243 178.622 112
Transferencia sin contabilizar 14-12-15 cartola 235 40.462
Transferencia sin contabilizar 27-01-16 cartola 16 484.125
Transferencia sin contabilizar 10-05-16 cartola 87 1.372.200
Transferencia sin contabilizar 07-10-16 cartc la ' 91 297.000
Transferencia sin contabilizar 09-11=16 cartc 'a I. 11 50.000.000
Transferencia sin contabilizar 03-05-17 cartola t2 Hospital Lolol, 900.000
, 50.000 Transferencia sin contabilizar 05-05-17 cartola 83 Hospital Santa Cruz
Transferencia sin contabilizar 05-06-17 cartola 103 93.208
Transferencia sin contabilizar 07-06-17 cartola 10.5 651.744
454.839 Transferencia sin contabilizar 07-06-17 cartola 105
Transferencia sin contabilizar 12-06-17 cartola 108 176.390
Transferencia sin contabilizar 14-06-17 cartola 111 127.620
Transferencia sin contabilizar 14-06-17 cartola 111 42.060
Transferencia sin contabilizar 14-06-17 cartola 111 39.200
Transferencia sin contabilizar 16-06-17 cartola Ola 112 1.456.405
Diferencia por identificar Diciembre 2014 559.425 Fuente: Elaborada conforme el extracto de la conciliación bancaria proporcionada por el SSO
45
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO N°5-A LISTADO DE SUMARIOS ADMINISTRATIVOS SIN TERMINAR CON PLAZO DE
INSTRUCCIÓN MAYOR A UN AÑO
N° PROCESO RESOLUCIÓN
EXENTA N°
FECHA QUE INSTRUYE PROCESO
MATERIA ESTADO FISCAL
1 Sumario
Administrativo 1839 07-06-12
Etapa indagatoria
Lincoln Cáceres Silva
,
2 Sumario
Administrativo 2259 - 11-07-12
Etapa indagatoria
Lincoln Cáceres Silva
3 Sumario 2255 11-07-12
, Etapa
indagatoria Ricardo Vila
Muñoz
4
•
Sumario Administrativo
• 3059 ,
14-09-12 Etapa indagatoria
Daniela Cornejo Kunz
5 Sumario Administrativo
4206 06-12-12 Etapa
indagatoria Norma Contreras
Guerrero
6 Sumario
Administrativo 1058 25-03-13 •
Etapa indagatoria
Didier Covacevich
Umaña
7 Sumario
Administrativo 1294 10-04-13
Etapa indagatoria
.Nelson Pérez Rebolledo
8 Sumario Administrativo
3983 09-10-13
Etapa indagatoria
Mauricio Cárdenas Arriagada
9 Sumario
Administrativo 4334
' 25-10-13 Etapa
indagatoria Esteban San
Martín Carrasco
10 Sumario
Administrativo 719 21-02-14
etapa indagatoria
Rocío Espinoza Quitra)
. 11 Sumario
Administrativo 1.139 20-03-14
Etapa indagatoria
- Gerardo Cisternas Soto
12 Sumario
Administrativo 1.783 05-05-14
•
Vista Fiscal Haroldo Legua
Barrales
13 Sumario
Administrativo 1.825 07-05-14
Etapa indagatoria
Nelson Muñoz Romero
14
(
Sumario Administrativo 2.958 15-07-14 Etapa
indagatoria
Mauricio Cárdenas Arriagada
. 15 Sumario
Administrativo 3.076 24-07-14 Etapa
indagatoria ,
Mauricio Cárdenas Arriagada .
16 Sumario
Administrativo 3.506 01-09-14
Vista Fiscal Mauricio Cárdenas Arriagada
46
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N° PROCESO RESOLUCIÓN
EXENTA N°
FECHA QUE INSTRUYE PROCESO
MATERIA ESTADO FISCAL
17 Sumario
Administrativo 3559 04-09-14 Etapa
indagatoria
Mauricio Cárdenas Arriagada
18 Sumario
Administrativo 163
•
19-01-15 .
Etapa
Aldo Díez De Medina Cepeda
indagatoria
19 - Sumario
Administrativo 832 ,
• 27-02-15
Etapa indagatoria
Patricia Arredondo
Moraga
20 Sumario
Administrativo 830 27-02-15
Etapa indagatoria
Andrea Caris Madrid
21 Sumario
Administrativo 1107 25-03-15
Etapa indagatoria
Sebastián Gómez Sepúlveda
22 Sumario Administrativo
1565 23-04-15 .Etapa
indagatoria
Mauricio Cárdenas ' Arriagada
23 Sumario Administrativo
4005 27-10-15 Etapa
indagatoria . Carlos Herrera
Soto ,
24 Sumario Administrativo
4623 04-12-15 Vista Fiscal, pendiente
Informe Jdco.
Cristián Serrano Arredondo
25 Sumario
Administrativo 4751 14-12-15
'
Etapa indagatoria
Mauro Esposito Vargas
26 Administrativo 4945 28-12-15 Sumario
. indagatoria
. ,
Eduardo Valladares Pavés
27 Sumario Administrativo 5153 31-12-15 Vista Fiscal
Patricia Pichuante Farías
28
• Sumario
Administrativo 5159 31-12-15
-. Etapa
indagatoria
Cecilia Bravo Campos
29
•
Sumario Administrativo
172 14-01-16
Etapa indagatoria Umaña
Didier CoVacevich
47
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N° PROCESO RESOLUCIÓN.
EXENTA N°
FECHA QUE INSTRUYE PROCESO
MATERIA ESTADO ' FISCAL
30 Sumario
Administrativo 236 20-01-16
Etapa indagatoria
Claudio George Saldivia
31 Sumario Administrativo
237 20-01-16 Etapa'. ia indagatoria ,
Sergio Delgado Padilla
32 Sumario Administrativo 664 18-02-16
Etapa indagatoria
Cecilia Formas Aravena
33 Sumario Administrativo
756 24-02-16
Vista Fiscal Nelson Pérez Rebolledo
34 Sumario Administrativo
757
.
24-02-16 Etapa
indagatoria Eduardo
Valladares Pavés
35 Sumario Administrativo
759 24-02-16 Vista fiscal Manuel Reyes
Ramírez
36 Sumario Administrativo
1.646
.
25-04-16 Formulación
de cargos
Mauricio Cárdenas Arriagada
37 Sumario Administrativo
. 1600 25-04-16
Etapa indagatoria
Camilo Olate Reyes
38 Sumario
Administrativo . 1 645 26-04-16 Etapa
indagatoria
Paola Guajardo Contreras
39 Sumario
Administrativo 1854 10-05-16
Etapa indagatoria
Osvaldo Pontigo Donoso
40 Sumario Administrativo 1.938 20-05-16
Notificado, en . etapa
indagatoria
Mauricio Cárdenas Arriagada
41 /
Sumario Administrativo
2159 01-06-16 Etapa
indagatoria Rodrigo Cáceres
Tapia
• 42 Sumario Administrativo 2519 04-07-16 Etapa
indagatoria
Laura Quezada Suarez
43 Sumario Administrativo
2922 . 10-08-16 Etapa
indagatoria Yanine Toala
Ponce
48
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N° PROCESO RESOLUCIÓN
EXENTA N°
FECHA QUE INSTRUYE PROCESO
MATERIA ESTADO FISCAL
44 Sumario Administrativo 2918 10-08-16 etapa
indagatoria Eduardo
Valladares Pavés
45 Sumario Administrativo 2926 10-08-16 Etapa
indagatoria Guillermo Gálvez Ponce De León
46 Sumario Administrativo 2959 12-08-16 Etapa
indagatoria Felipe Salaya
Jiménez
47 Sumario Administrativo 3183 23-08-16 Etapa
indagatoria Mariella Krause
Zúñiga
Fuente: Nómina elaborada sobre la información proporcionada por Unidad Jurídica del Servicio de Salud O'Higgins
49
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO N°5-B LISTADO DE INVESTIGACIONES SUMARIAS SIN TERMINAR EN EL PLAZO
N° -
PROCESO RESOLUCIÓN
EXENTA N°
FECHA QUE INSTRUYE PROCESO
MATERIA ESTADO FISCAL
1 Investigación Sumaria
3830 15-12-11 Etapa
indagatoria María Lira Sánchez
2 Investigación
Sumaria 2480 27-07-12
Etapa indagatoria
Lincoln Cáceres Silva
3 Investigación
Sumaria 3481 24-10-12 Etapa
indagatoria
Claudio Corbalán Plaza
4 Investigación Sumaria
3480 24-10-12 Etapa indagatoria
Lincon Cáceres Silva
5 Investigación Sumaria
2554 27-06-13 Etapa
indagatoria Claudio Corbalán
Plaza
6 Investigación
Sumaria 1254 04-09-13
Etapa indagatoria
Ana Moraga Illesca
7 • Investigación
Sumaria 4155 18-10-13
Etapa indagatoria
Héctor Mendoza Madariaga,
8 Investigación
Sumaria 4880 02-12-13
1
Etapa indagatoria
Paola Saavedra Paredes
9 Investigación Sumaria
762 26-02-14 Etapa indagatoria
Félix Arévalo Reyes
10 Investigación
Sumaria 1.207 01-04-14
- Etapa indagatoria
Mario Pizarro Calderón
11
,
Investigación Sumaria
1.407 08-04-14 Etapa
..indagatoria Jorge Molina
Millán
12 Investigación Sumaria
• 1.405 08-04-14
Etapa indagatoria
Roberto Del Pino Rodríguez
13 Investigación
Sumaria — 3201 06-08-14
Etapa indagatoria Céspedes
Patricia Valenzuela
14 Investigación
Sumaria 1.088 25-03-15
Etapa indagatoria
Elizabeth González Quintero
15 Investigación
Sumaria 1.089 03-05-15
Etapa indagatoria
Jorge Zapata Ibáñez
16 Investigación
Sumaria 2406 23-06-15
etapa indagatoria
César Aguilera Maldonado
17 Investigación
Sumaria 5145 31-12-15 Vista Fiscal
Sebastián Gómez Sepúlveda
18 Investigación Sumaria , 574 11-02-16
Etapa indagatoria
Sebastián Gómez' - Sepúlveda.
19 Investigación Sumaria
748 23-02-16 Etapa indagatoria
Lincoln Cáceres -- Silva
20 Investigación
Sumaria 843 02-03-16 Etapa
indagatoria
Álvaro Ríos Poblete
50
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
I‘l° PROCESO RESOLUCIÓN
EXENTA N°
FECHA QUE INSTRUYE PROCESO
MATERIA ESTADO FISCAL
21 Investigación
Sumaria 2162 . 01-06-16 Etapa
indagatoria Ricardo lnostroza
Altamirano
Fuente: Nómina elaborada sobre la información proporcionada por Unidad Jurídica del Servicio de Salud 0-1-1iggins
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SALIDA
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_ 04-06-2017 16:20 05-06-2017 01:26 06-06-2017 06-06-2017 00:00 07-06-2017 06:55 09-06-2017 07:03 .
10-06-2017 17:50 10-06-2017 24:20 12-06-2017 06:02 12-06-2017 _ 06:56 13-06-2017 03:40 14-06-2017 03:45 15-06-2017 18:00
DESTINO S/BITÁCORA
69.5Ó2 Dejar conductor y TENS
69.507 Buscar Matrón
69.724 Buscar Matrón
69.728 Dejar Matrón
69.732 Dejar Matrón
69.736 Dejar Matrón
69.740 Buscar Matrón de turno
70.309 Dejar conductor
70.511 Dejar conductor y TENS
70.517 Buscar conductor
90.915 Buscar conductor
71.507 Dejar TENS
71.704 Dejar TENS
71.895 Buscar Matrona - Los Jardines
71.901 Dejar Matrona - Los Jardines
72.411 Dejar TENS
72.811 Dejar conductor
73.007 Dejar conductor
69.497 69.502 69.720 69.724 69.728 69.732 69.736 70.304 70.502
KM HORA 00:30 03:58
01:39
10:15 12:50 15:40
00:30
16:30
LLEGADA KM.
70.511 07:15
70.910 07:15
71.503 18:00
71.697 24:40
71.890 06:20 71.895 07:15 72.406 03:50 72.807 04:00 73.003 18:10
15-06-2017 17-06-2017 17-06-2017 17-06-2017 18-06-2017 1806-2017 18-06-2017 20-06-2017 20-06-2017 20-06-2017 22-06-2017 24-06-2017 24-06-2017 25-06-2017 27-06-2017 28-06-2017 01-07-2017
23:25 12:51 14:15 17:26 08:10
•■■
00:05 06:45 01:02 08:20 14:40 21:10 02:35 20:59 04:48 23:35 07:25 19:00
73.007 73.406 73.415 73.424 73.433 _ 73.439 73.444
- 73.645 73.664 73.674 74.160 74.385 74.759 74.951 75.748 75.752 76.377
23:35 13:04 14:25 17:40 08.30 00:15 07:00 01:15 08:40 14:55 21:26 02:42 20:59 04:52 23:50 07:35 19:15
73.011 73.410 73.425 73.428 73.439 73.444 73.448 73.651 73.667 73.680 74.167 74.386 74.760 74.952 75.752 75.757 76.384
Dejar TENS Dejar Matrón - Los Navegantes Buscar Matrón - Los Navegantes Dejar Matrón - Los Navegantes Dejar conductor Dejar conductor Buscar conductor Dejar TENS Dejar funcionarios Dejar conductor Dejar funcionarios Dejar Matrona Dejar Matrona Dejar Matrona Dejar conductor Buscar conductor Dejar Matrón - Los Navegantes
09:10 76.577 Buscar Matrón - Los Navegantes ng_n7_9n na•nn 76.572
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA ...
C,ONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO N° 7 DETALLE DE TRASLADO DE FUNCIONARIOS
EN AMBULANCIA PLATA PATENTE N°HVSY-98. HOSPITAL DE PICHILEMU
54
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
SALIDA LLEGADA DESTINO S/BITÁCORA
FECHA HORA KM HORA KM. 05-07-2017 00:05 . 77.641 00:25 77.647 Dejar conductor 08-07-2017 03:20 78.490 03:35 78.493 Buscar Matrona 09-07-2017 02:05 78.925 02:20 78.929 Dejar conductor r
09-07-2017 24:10 78.929 24:20 , 78.930 Dejar funcionarios 11-07-2017 19:40 79.140 19:50 79.141 Buscar Matrona 11-07-2017 23:20 79.141 23:30 79.143 Buscar TENS 12-07-2017 00:10 79.358 00:30 79.366 Dejar conductor y TENS 15-07-2017 14:53 • 79.889 15.10 79.896 Buscar Matrona 15-07-2017 16:04 79.896 16:37 79.902 Dejar Matrona
16-07-2017 01:10 80.090 01:25 80.095 Dejar conductor
18-07-2017 06:45 80.322 07:00 80.327 Buscar conductor 20-07-2017 21:05 80.799 21:20 80.800 Buscar Matrona 20-07-2017 22:25 80.800 22:35 80.801 Dejar Matrona • 21-07-2017 06:35 80.801 06:50 80.808 Buscar conductor 22-07-2017 22:00 80.853 22.15 80.860 Dejar TENS-Urgencia 23-07-2017 00:10 , 80.860 00:32 80.868 Dejar TENS-Rayos 24-07-2017 23:00 81.433 ' 23:10 81.435 Dejar funcionario de rayos 24-07-2017 00:10 . 81.435 00:25 81.441 Dejar conductor 24-07-2017 06:30 81.441 06:40 81.445 Buscar Matrón -Los Navegantes 24-07-2017 06:40 81.445 06:50 81.449 Buscar TENS Calle Santa Cruz 24-07-2017 07:30 81.449 07:40 81.454 Dejar Matrón -Los Navegantes 25-07-2017 23:15 81.837 23:27 81.841 Buscar Matrón 25-07-2017 23:50 81.841 00:05 81.846 Dejar Matrón 26-07-2017 18:20 81.873 18:30 81.877 Buscar Matrón -Los Navegantes 26-07-2017 19:15 81.877 19:25 81.882 Dejar Matrón -Los Navegantes 27-07-2017 02:20 82.068 02:30 82.072 Dejar Matrón 28-07-2017 00:05 - 82.644 - 00:20 82.651 Dejar conductor - Cerro La Cruz 30-07-2017 10:05 82.651 10:20 82.657 Buscar Matrón -Los Navegantes 30-07-2017 13:20 82.657 13:30 82.666 Dejar Matrón -Los Navegantes
Fuente: Tabla confeccionada por la comisión fiscalizadora sobre la base de los registros de la bitácora de la ambulancia
55
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORÍA REGIONAL DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
ANEXO N° 8 REGISTRO DE BITÁCORA INCOMPLETO
AMBULANCIA PLACA PATENTE N'HKTL-58 (SAM LLEGADA SALIDA
K M. SIN REGISTRO
(B)-(A) FECHA
KM.
(A) FECHA
KM.
(B)
27-06-2017 93.217 28-06-2017 93.232 15
28-06-2017 93.313 29-06-201? 93.372 59
30-06-2017 93.422 01-07-2017 93.515 93
02-07-2017 93.792 03-07-2017 94.007 215
04-07-2017 94.135 05-07-2017 94.230 95
06-07-2017 94.449 07-07-2017 94.567 118
08-07-2017 94.601 09-07-2017 94.818 217
10-07-2017 95.089 10-07-2017 95.140 51
10-07-2017 .95.187 11-07-2017 95.213 26
12-07-2017 95.571 13-07-2017 95.626 55
13-07-2017 95.641 14-07-2017 95.835 194
14-07-2017 , 95.837 14-07-2017 95.872 35
14-07-2017 95.889 15-07-2017 96.091- 202
16-07-2017 96.437 17-07-2017 96.456 19
19-07-2017 96.909 21-07-2017 97.102 - 193
21-07-2017 97.230 21-07-2017 97.268 38
23-07-2017 97.324 24-07-2017 97.399 75
24-07-2017 97.444 25-07-2017 ,97.714 270
28-07-2017 98.262 29-07-2017 98.282 20
31-07-2017 98.481 31-07-2017 98.486 5
31-07-2017 98.669 01-08-2017 98.674 5
01-08-2017 98.958 02-08-2017 99.030 72
03-08-2017 99.195 04-08-2017 99.329 , 134
07-08-2017 99.617 08-08-2017 99.672 55
10-08-2017 100.010 11-08-2017 100.018 8
12-08-2017 100.315 12-08-2017 100.320 5
13-08-2017 100.379 14-08-2017 100.544 165
16-08-2017 100.747 18-08-2017 100.935 188
20-08-2017 101.064 20-08-2017 101.069 5
22-08-2017 101.56.1 23-08-2017 ' 101.588 27
25-08-2017 101.819 26-08-2017 101.951 132 27-08-2017 102.091 28-08-2017 102.183 92
TOTAL 2,883 Fuente: Tabla confeccionada por la comisión fiscalizadora sobre la base de los registros de la bitácora de la ambulancia.
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SU DOCUMENTACIÓN
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REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA
OBSERVACIÓN SOLICITADA PQR CONTRALORÍA EN
INFORME FINAL Acreditar el ajuste por los
cheques girados y no cobrados caducos por un total de
$238.420.888. Regularizar el registro de
cheques girados y no cobrados extrayendo de este las
provisiones de transferencias masivas bancarias, por un monto de $372.670.861. Ajustar las partidas no aclaradas ni ajustadas,
remitiendo los antecedentes a esta Entidad Fiscalizadora.
finalización de los procesos disciplinarios observados.
paradas inaicaaas, remitiendo los comprobantes de traspaso
correspondientes.
MATERIA DE LA OBSERVACIÓN
Cheque girados y no cobrados
Provisión de transferencias electrónicas incluidas en
cheques girados y bJ I C.4 UUb
Partidas sin conciliar en conciliación bancarias
Sobre sumarios administrativos
Sobre investigaciones
sumarias
registradas contablemente
N° DE OBSERVACIÓN
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REQUERIMIENTO PARA • SUBSANAR LA
OBSERVACIÓN SOLICITADA POR CONTRALORÍA EN
INFORME FINAL
Acreditar la destinación de los móviles
Demostrar la reposición del equipamiento faltante.
Elaborar e implementar el instructivo de supervisión
comprometido, cuyo avance o término será validado en la
etapa de seguimiento respectiva
Remitir ajuste contable
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20
Ambulancias aparcadas en las dependencias del
SSO pendientes de entrega y sin
utilizar Equipamiento
faltante en ambulancias
Sobre visación de bitácoras.
Ambulancia contabilizada en la cuenta N°1610207
Vehículos (Proyectos)
N° DE OBSERVACIÓN
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