Setiembre 2010
Dirección de Operaciones y CapacitaciónDirección de Operaciones y Capacitación
ASESORAMIENTO Y SERVICIO DE VOLUNTARIOS
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Agencia Peruana de Cooperación Internacional
MARCO LEGALPrincipales Normas
Decreto Legislativo N° 719-91-PCM, Ley de Cooperación Técnica Internacional y sus normas modificatorias.
Decreto Supremo N° 015-92-PCM, Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional.
Resolución Suprema N° 450-84-RE, Manual de Procedimientos de la Cooperación Técnica Internacional.
Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, Reglamento de Organización y Funciones de la APCI
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EXPERTOS
El Asesoramiento es una modalidad de cooperación
mediante la cual se reciben técnicos o
profesionales extranjeros con alto nivel de
especialización y calificación para la ejecución de
programas, proyectos o actividades de desarrollo.
Estas acciones están dirigidas a facilitar la solución
de problemas científicos y tecnológicos, así como
la transferencia e intercambio de conocimientos.
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EXPERTOSLos expertos extranjeros
son requeridos para
asesorar en los campos
en que no existe
personal nacional
calificado y disponible,
siendo sus atribuciones
de carácter consultivo.
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EXPERTOSDeberán contar con:
Experiencia no menor de cinco años en el área para la cual se requiere el asesoramiento .
Conocimiento del idioma castellano.
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El Servicio de Voluntarios es una modalidad de
cooperación que comprende las acciones de
profesionales y/o técnicos que, sin propósito de lucro,
colaboran en la ejecución de
programas, proyectos o
actividades de desarrollo,
en los que el país estime
conveniente su participación.
El Servicio de Voluntarios es una modalidad de
cooperación que comprende las acciones de
profesionales y/o técnicos que, sin propósito de lucro,
colaboran en la ejecución de
programas, proyectos o
actividades de desarrollo,
en los que el país estime
conveniente su participación.
VOLUNTARIOS
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Voluntarios
Deberán contar con:
Experiencia no menor de dos años en el área en donde prestará su colaboración
Conocimiento del idioma castellano.
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GENERALIDADES
Las solicitudes de expertos y/o voluntarios
deben estar incluidas en un programa o
proyecto de cooperación técnica y contener
información detallada que indique las
funciones a desempeñar, tiempo por el que
se le solicita, personal de contraparte, entre
otros.
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PERMANENCIAEl tiempo de permanencia de los expertos
y/o voluntarios será estrictamente
determinado por las necesidades del
proyecto en el que se desempeñan; en lo
posible no debe exceder a los tres años de
labor efectiva, incluyendo en este período,
las oportunidades de prórrogas.
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PERMANENCIA
Para el caso de la adscripción de los
expertos y voluntarios de las ENIEX, esta
solo procederá cuando vengan a
desarrollar acciones de cooperación por
un período no menor de un (01) año
contado desde el inicio de sus funciones.
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PERSONAL DE CONTRAPARTE
El arribo al Perú de un experto y/o
voluntario (opcional) obliga a la entidad
solicitante a disponer de, por lo menos,
un técnico nacional de adecuado nivel
que oficie de contraparte durante el
período de asesoramiento.
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CANCELACIÓN
La cancelación de la adscripción de un
experto o voluntario, debido a la no idoneidad
en el desempeño de sus actividades, puede
ser solicitada a la APCI por la unidad
ejecutora y los organismos responsables de
la cooperación técnica, previos informes
debidamente sustentados.
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INFORMES DE ACTIVIDADES
Para el seguimiento de las actividades de
los expertos y/o voluntarios, estos están
obligados a presentar sus informes
semestralmente, al término del período de
sus servicios o en la fechas que
establezcan su adscripción o prórroga.
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OPINIÓN FAVORABLE
La unidad ejecutora patrocinante de la venida
al Perú del experto o voluntario, debe solicitar
con la debida antelación, la opinión favorable
de la Oficina Responsable de Cooperación
Técnica Internacional (OR-CTI) o la que haga
sus veces en los sectores, gobiernos
regionales y/o gobiernos locales,
correspondientes.
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REQUISITOS PARA LA ADSCRIPCIÓN1. Opinión favorable en Formato A-1 de la Oficina
Responsable de Cooperación Internacional No Reembolsable (CINR) del Sector, Gobierno Regional o Local correspondiente, dependiendo del ámbito geográfico del proyecto.
2. Currículum Vitae del experto o voluntario.
3. Programa de actividades o términos de referencia de las funciones especificas a realizar por el experto o voluntario.
4. El documento de Proyecto deberá estar registrado en la APCI.
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REQUISITOS PARA LA PRÓRROGA1. Opinión favorable en Formato B-1 de la Oficina
Responsable de Cooperación Internacional No Reembolsable (CINR) del Sector, Gobierno Regional o Local correspondiente, dependiendo del ámbito geográfico del proyecto.
2. Informe sobre actividades realizadas por el experto ó voluntario.
3. Programa de actividades o términos de referencia de las funciones específicas del experto ó voluntario a realizar dentro de la prórroga.
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Formato A-1, Adscripción
Formato B-1, Prórroga
Ficha para los informes de labor
FORMATOS
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-Formato A-1, Adscripción
-Formato B-1, Prórroga
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FICHA PARA LOS INFORMES DE LABOR
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FICHA PARA LOS INFORMES DE LABORDirección de Operaciones y
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PRIVILEGIOS E INMUNIDADESEl Ministerio de Relaciones Exteriores, es el
único órgano competente para interpretar,
aplicar y modificar las disposiciones que
establecen los privilegios e inmunidades a los
expertos y voluntarios. Estos se rigen por los
respectivos convenios vigentes sobre dicha
materia, o normas establecidas para el caso de
los miembros de las ENIEX.
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DIAGRAMA POSITIVO DEL PROCEDIMIENTO
PARA LOS EXPERTOS Y VOLUNTARIOS U.E.U.E.
OR-CTIOR-CTI
APCIAPCI
MREMRE
F.C.F.C.
SIGLAS:F.C.: Fuente CooperanteU.E.: Unidad EjecutoraOR-CTI: Oficina Responsable de Cooperación Técnica Internacional del Sector , Gobierno Regional o local correspondiente.APCI: Agencia Peruana de Cooperación Internacional
SIGLAS:F.C.: Fuente CooperanteU.E.: Unidad EjecutoraOR-CTI: Oficina Responsable de Cooperación Técnica Internacional del Sector , Gobierno Regional o local correspondiente.APCI: Agencia Peruana de Cooperación Internacional
F.C.F.C.
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