UNIVERSIDAD DE LOS ANDES – TACHIRA
ESTUDIOS DE POSTGRADO
SAN CRISTÓBAL – EDO TÁCHIRA
ILICITOS BANCARIOS E ILICITOS CAMBIARIOS
Grupo 6:
Angelys Arenales
Henry Duran
Edmary Molina
Ericksson Jaimes
Lucia Rossi
San Cristóbal, 27 de junio de 2.011
INTRODUCCION
La finalidad de este trabajo es darles a conocer en qué consiste los ilícitos
bancarios y cambiarios. Es importante señalar que todas estas violaciones son
penalizadas y pueden llevarte a la cárcel.
Son muchos los que alguna vez en sus vidas han participado en la
falsificación u omisión de información o documentos, alterando desde nombres,
teléfonos, direcciones, hasta firmas. En una simple carta de referencia que suelen
pedir los bancos para abrir una cuenta corriente o de ahorro, se suelen hacer
afirmaciones en los documentos como por ejemplo: colocar a la madre como
Gerente de La Empresa Ford y al primo como en un cargo público importante, algo
que parece normal ya que es muy común alterar el contenido de las referencias.
Muchos venezolanos lo hacen, piensan que al fin y al cabo nada pasará, cuando
realmente se está cometiendo una falta.
En el mes de mayo de dos mil diez, fue publicada en Gaceta Oficial Nº
5.975 la Ley de Reforma Parcial de la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios. Este
instrumento jurídico tiene por objeto establecer los supuestos de hecho que
constituyen ilícitos cambiarios y sus sanciones. El Banco Central de Venezuela es
el único ente que puede vender y comprar divisas por cualquier monto, bien sea
en moneda o en títulos valores, con el fin de obtener para sí o para sus clientes la
liquidación de saldos en moneda extranjera.
De igual manera se explicaran los distintos delitos bancarios según la ley
de instituciones del sector bancario, determinando así las sanciones a los mismos
con el objeto de evitar y sancionar este tipo de delitos, con la finalidad de
garantizarle a los usuarios y usuarias de el sector bancario, igualdad, confianza y
evolución a través de sus productos siendo esta una de las mejores formas de
incentivar y estimular el desarrollo financiero de nuestro país.
DELITOS BANCARIOS
El fraude a la banca venezolana representa 0,04% del total de las ventas de
las tarjetas de crédito y débito, según la Asociación Bancaria de Venezuela. Las
denuncias de supuestos actos delictivos reportadas a la banca y a centros
policiales ascienden a 7 mil u 8 mil denuncias mensuales, y los riesgos aumentan
cada día ante delincuentes atentos a posibles vulnerabilidades de los sistemas.
En todo el mundo se registran mensualmente más de un millón de
transacciones fraudulentas, de las cuales 150 mil corresponden a América Latina y
menos de 8.000 en nuestro país. Sin embargo, hay mucho por hacer.”
La banca ha hecho grandes inversiones en los últimos cinco años y, por las
nuevas disposiciones del gobierno, debe seguir haciéndolas.
Los delitos bancarios son los cometidos por las instituciones de crédito que
se considera ofrecen servicios de banca y crédito, de captación de recursos del
público en el mercado nacional para su colocación “en el publico”, mediante actos
causantes del pasivo directo o contingente, quedando el intermediario obligado a
cubrir el principal, y, en su caso, las acciones financieras de los recursos
captados.
Estos delitos se han tipificados como “especiales”, al exigir una calidad en
el sujeto activo, sea empleado o funcionario de una institución de crédito o una
persona acreditada. La norma penal tiene una función protectora de los bienes
jurídicos, permitiendo descubrir la naturaleza del tipo, dándole sentido y
fundamento. Los bienes jurídicos que se tutelan en las instituciones de crédito, son
aquellos que tienen la debida y adecuada prestación del servicio de banca y
crédito y el control que sobre dicho servicio debe tener el Estado.
La importancia que significan las instituciones de crédito, ya sean de banca
múltiple o de desarrollo es evidente, porque sirven de soporte indispensable a
cualquier economía moderna. No puede concebirse la vida económica de un país
sin el apoyo de las actividades bancarias, ya que éstas posibilitan o facilitan en
gran medida, diversas operaciones o transacciones entre personas físicas,
empresas pequeñas, medianas, grandes, transnacionales, e inclusive entre
países.
Los bancos tienen especial relevancia también por los grandes volúmenes
de capital que manejan, producto en su mayoría de los depósitos que pequeños o
grandes inversionistas o ahorradores hacen en las diversas instituciones
bancarias. Por lo anterior surge la necesidad indispensable de que las
instituciones de crédito, así como las operaciones que realizan sean protegidas
legalmente, inclusive con la norma más enérgica del sistema jurídico nacional, que
es la norma penal.
Los delitos bancarios (llamados a veces “fraudes bancarios”) se definen
como los actos u omisiones que atentan contra las actividades bancarias,
consideradas básicamente como operaciones consistente en recibir y custodiar
depósitos y prestar dinero; y contra las instituciones que realizan tales
operaciones; y que la ley correspondiente tipifica y sanciona.
No obstante, es común sentir que las personas se quejan de irregularidades
en sus cuentas, tales como retiros de dinero no efectuados por ellas, clonaciones
de tarjetas y efectivos debitados en los cajeros automáticos pero no entregados.
Hoy día, México y Argentina presentan altos índices de fraudes. En México,
los cuerpos policiales identifican bandas organizadas que vienen de Venezuela.
En Argentina, el aumento de delitos se debe a la reactivación de los servicios
financieros en los últimos tiempos.
En contraste, Brasil y Colombia han desarrollado tecnologías preventivas
más fuertes en los últimos tiempos, al igual que Venezuela.
Milton Chávez, experto en criminalística y computación forense, coincide en
que la tecnología informática de los bancos venezolanos es de primera línea, pero
considera que las debilidades radican en la implantación y mantenimiento de las
normas de calidad y operativa preventiva de los sistemas.
Delitos más frecuentes Uno de los delitos más frecuentes es el copiado del
grabado de la banda magnética (que se traspasa a un software y de ahí a tarjetas
físicamente en blanco). Este tipo de delito es realizado por bandas delictivas
organizadas ya que se necesitan copiadoras, magnetizadoras, etc., es decir, toda
una tecnología para soportar el plagio.
La tecnología da para mucho, en todo sentido, ya que hasta circulaba una
página en Internet que enseñaba, paso por paso, como se copiaba una tarjeta de
crédito o débito.
I - Un nuevo vocabulario
Los delitos bancarios han generado su propia jerga, la cual incluye, entre otros, a
los siguientes delitos informáticos “de moda”:
Hackers – Personas que hacen ataques directos a las bases de datos, sistemas
de empresas e Instituciones y, sobre todo, contra las propias aplicaciones de las
entidades bancarias y financieras que almacenan gran cantidad de información
privada de sus clientes y procesos internos.
Spy.Banker (espía bancario) – Virus que se transmiten por e-mail con un archivo
adjunto que, al abrirse, libera un gusano que captura la información bancaria, en
general a modo fotográfico.
Keylogger – Dispositivo que registra el tecleo de los códigos de acceso a las
cuentas que digita el usuario en los cybercafés. Estos delitos se efectúan con
complicidad del dueño del comercio y se han detectado en Venezuela numerosos
casos de este tipo. De ahí que algunos bancos hayan cambiado por el sistema de
teclado virtual (el usuario marca la clave en la pantalla con el mouse y no con el
teclado del PC) y otros, no garantizan seguridad en las transacciones operadas
desde más de un punto autorizado.
Phishing – El propio usuario proporciona a los delincuentes las claves de acceso a
sus cuentas bancarias personales confundiendo la página web de la institución
con otra falsa.
Pharming –Tendencia evolutiva del phishing. Los timadores compran un dominio
en Internet y abren una dirección casi igual a la del banco. Se trata de una página
totalmente legal, pero con uso ilegal. (Cabe acotar que abrir un dominio cuesta
menos de $50 y que este tipo de direcciones no se puede ratrear). La
neutralización del pharming es mucho más compleja que la del phishing.
II – Nuevas tecnologías:
También se están desarrollando toda clase de tecnología sofisticada para
identificar y/o detener a los estafadores
Telegestión –Son gestiones automáticas centralizadas en la Casa Matriz del
banco, a través de las cuales se pueden controlar las distintas sedes y sus
canales tecnológicos. Por ejemplo, en caso de detectarse irregularidades a
distancia, desde la Casa Matriz se pueden cortar los servicios de agua, gas,
electricidad, etc., de la sede en problemas.
Monitoreo Neuronal de Transacciones – Este sistema permite filtrar transacciones
y rastrear a los clientes para confirmar sus operaciones, ante sospecha de
fraudes. Se activa ante patrones específicos de irregularidades (por ejemplo,
fraudes reiterados en cajeros automáticos de una misma zona y a la misma hora).
Monitoreo de ambiente en cajeros automáticos – Hay bancos que pueden ver, a
través de cámaras, los cajeros automáticos de las calles en tiempo real. Banco
Mercantil, por ejemplo, tiene un sistema permanente de vigilancia desde su
central.
Sistemas que establecen rangos de peligrosidad – A través de indicadores en
Internet, se detectan intromisiones en las líneas de conexión, lo que permite
contactar inmediatamente al usuario en carácter de advertencia.
Medidas bancarias
Las principales medidas consisten en maximizar los mecanismos de
prevención de la banca y educar al cliente.
Los bancos venezolanos se han dotado de plataformas tecnológicas de
avanzada y se constata que muchas mafias que en los últimos años operaban en
Venezuela, han migrado a otros países de la región con sistemas menos
sofisticados, lo que les permite delinquir con mayor facilidad.
García: “Somos exportadores tanto de materiales fraudulentos como de
software de soluciones. Hace unos cinco años, Venezuela fue una víctima muy
grande de fraudes pero logramos pasar de 10 puntos bas (=proporción entre el
fraude y el número de transacciones) en el año 2000 a 0,04 en la actualidad, aun
aumentando el número de transacciones en cinco”.
Hoy día, hay convenios entre bancos y comités interbancarios debido a que
se ha superado el temor de compartir información entre las entidades. “Hemos
aprendido que cuando un banco es timado, se perjudican todos. Debemos estar
unidos”, señala García y agrega: “Los bancos, incluso por la nueva ley, deben
invertir mucho en tecnología de prevención. En este momento, por ejemplo, el
Banco Provincial emite entre 3.500 y 4.000 tarjetas diariamente, tiene 17.000
puntos de venta y 932 cajeros automáticos. Debimos implementar la tecnología
IBM Altamira y la Plataforma unificada BBVA y siempre procuramos estar a la
vanguardia porque esto en definitiva, se trata de una guerra tecnológica
constante”.
Según los expertos allegados al sector, Banco Mercantil es uno de los que
más se ha desarrollado en materia de seguridad informática. Banco Provincial ha
hecho grandes inversiones en tal sentido (también es el único banco que tiene
cámaras de videos en los recintos de los cajeros automáticos donde está el cliente
y fue pionero en la separación de los teléfonos de los cajeros (para reforzar la
seguridad). Banesco es uno de los bancos con mayor número (quizás, el mayor)
de tarjetahabientes, lo que lo haría –por lo menos en teoría– más expuesto a
determinados tipos de delito.
PENALIZACIÓN
Las áreas de seguridad operativa de los bancos están coordinadas con los
cuerpos policíacos, pero poco y nada se puede hacer si el cliente timado no coloca
la respectiva denuncia. Aún cuando existan videos como parte probatoria de
delitos, éstos no alcanzan sin la denuncia correspondiente.
Son muchos los usuarios que manifiestan que no desean estar en “un problema
de tribunales por sólo Bs 200 mil” (o montos similares). A situaciones de
comodidad personal que inhiben las denuncias se suma el miedo, las amenazas y
la extorsión.
García: “La ley contra delitos informáticos en particular, establece un rango
de prisión que va de 3 meses a 5 años. Sin embargo, a pesar de que se identifican
y capturan delincuentes a diario, no siempre se pueden procesar”.
Es por ello, que las estrategias de los bancos venezolanos se enfocan no
tanto en la captura de los delincuentes, sino en ahuyentarlos. El vandalismo
minimizado suele migrar a otros bancos o a otros países.
Es sabido que bandas en Venezuela se relacionan entre sí, cuando
fracasan en delinquir en un banco pasan a otro y tienen redes de tan alta
organización que, según se rumorea en el sector, “sólo falta que formen un
sindicato”.
Según el experto Milton Chávez, “hay muchas tipificaciones de delitos
(ingresar a un sistema sin autorización ya es delito, la tenencia de tarjetas de otra
persona sin justificación también lo es, etc.), pero existen vacíos importantes en la
ley de penalización de la delincuencia organizada en el ámbito electrónico por falta
de especificaciones”, lo que debería superarse a la brevedad.
PERSPECTIVAS
El número de transacciones bancarias aumenta cada día. La propia banca
estimula las transacciones por Internet por ser más rápidas y económicas y esto
da lugar a mayor exposición a delitos tales como el pharming y el phishing.
Un aspecto fundamental del fenómeno de la vulnerabilidad bancaria es la
pérdida de reputación que generan los actos delictivos consumados, por pocos –o
muchos– que sean.
Con el tabú de que “es mejor no dar a conocer los incidentes”, los bancos
no siempre dan a conocer delitos que podrían servir para prevenir otros.
Hay campañas de educación al usuario, pero faltan mayores iniciativas
conjuntas por el mito de que “ante el fraude, la debilidad es siempre del banco”,
cuando en realidad muchas veces es el cliente que no sabe manejar sus cuentas
adecuadamente, con las previsiones necesarias.
Todo indica que se trata de otra forma de intentar reforzar los sistemas
bancarios y, por ende, la protección al usuario. Sin embargo, no pasa por alto que
se trata también de otra forma del gobierno de intentar recaudar, ante casos de
incumplimiento, sumas importantes de la banca nacional. Es de esperar que los
casos de incumplimiento no sean pocos considerando las altas exigencias que se
ven venir.
ILÍCITOS CAMBIARIOS EN VENEZUELA
En el mes de mayo de dos mil diez, fue publicada en Gaceta Oficial Nº 5.975 la
Ley de Reforma Parcial de la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios.
El Objeto de este instrumento jurídico: Es establecer los supuestos de hecho
que constituyen ilícitos cambiarios y sus sanciones, De igual forma se reforma
esta ley con objetivo de evitar la especulación con el dólar paralelo y reforzar el
papel del Estado en la supervisión y regulación a fin de preservar la estabilidad
cambiaria.
En el artículo 9, la reforma de la ley contra los ilícitos cambiarios apunta a
extender las competencias del Banco Central de Venezuela en la compra y venta
de divisas, para evitar posibles distorsiones en el mercado cambiario y que éste
pueda impactar a la economía real productiva, garantizando que el mercado de
divisas o de títulos valores que tenga por objeto la liquidación de divisas, sólo
podrá realizarse a través del Banco Central de Venezuela.
Como se desprende de la mencionada ley el Banco Central de Venezuela es el
único ente que puede vender y comprar divisas por cualquier monto, bien sea en
moneda o en títulos valores, con el fin de obtener para sí o para sus clientes la
liquidación de saldos en moneda extranjera.
DEFINICION DE DIVISA
Es el dinero en moneda metálica, billetes de bancos, cheques bancarios y
cualquier otra modalidad distinta al bolívar, entendido éste como la moneda de
curso legal en Venezuela, lo que comprende los títulos valores en moneda
extranjera o que puedan ser liquidados en moneda extranjera.
EL OPERADOR CAMBIARIO
Es la persona jurídica que realiza operaciones de corretaje o intermediación de
divisas; autorizadas por la legislación correspondiente y por la normativa dictada
por el Banco Central de Venezuela, previo cumplimiento de los requisitos
establecidos por el órgano administrativo competente.
OPERACIÓN CAMBIARIA
Es la Compra y venta de cualquier divisa con el bolívar.
LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA CAMBIARIA
es Cadivi. (Comisión de administración de divisas)
LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA SANCIONATORIA CAMBIARIA
Es el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Finanzas y la
Comisión Nacional de Valores.
APLICACIÓN DE LA LEY CONTRA LOS ILÍCITOS
CAMBIARIOS
Dicha ley se aplica a personas naturales y jurídicas que, actuando como
administradores, intermediarios, gerentes, directores y beneficiarios de las
operaciones cambiarias, contravengan la misma, por lo que incurren en
responsabilidad penal.
OBLIGACIÓN DE DECLARAR
Las personas que importen, exporten, ingresen o egresen divisas, por un monto
superior a los diez mil dólares de Estados Unidos de América o su equivalencia en
otras divisas, están obligadas a declarar ante Cadivi el monto y la naturaleza de
cada operación o actividad.
Los importadores deben indicar en el manifiesto de importación el origen de las
divisas obtenidas. Las personas que posean establecimientos que comercialicen
bienes y servicios que se hayan adquirido con divisas autorizadas por Cadivi,
exhibirán en un anuncio visible al público, cuáles bienes y servicios ofertados
fueron adquiridos con divisas autorizadas por la entidad cambiaria.
Los exportadores de bienes o servicios, cuando la operación ascienda a un monto
superior a los (US$ 10.000,00) o su equivalente en otras divisas, están obligados
a declarar al Banco Central de Venezuela los montos en divisas y las
características de cada operación de exportación en un plazo que no exceda de
quince días hábiles, contados a partir de la fecha de la declaración de la
exportación ante la autoridad aduanera.
DELITOS CAMBIARIOS
En la reforma de la ley contra los ilícitos cambiarios el artículo 9, sostiene: “Es
competencia exclusiva del Banco Central de Venezuela, bien en moneda, bien en
títulos valores realizados con el objeto final de obtener para sí o para sus clientes
la liquidación de saldos en moneda extranjera por la enajenación de los mismos
en una oportunidad previa a su fecha de vencimiento, la venta y compra de divisas
por cualquier monto. Quien contravenga esta normativa está cometiendo un ilícito
cambiario y será sancionado con multa del doble del monto de la operación.
Quien en una o varias operaciones en un mismo año calendario, sin intervención
del Banco Central de Venezuela, compre, venda o de cualquier modo ofrezca,
enajene, transfiera o reciba divisas entre un monto de diez mil dólares (US$
10.000,00) hasta veinte mil dólares de los Estados Unidos de América (US$
20.000,00) o su equivalente en otra divisa, será sancionado con multa del doble
del monto de la operación o su equivalente en bolívares Cuando en el caso
señalado anteriormente, el monto de la operación sea superior a los veinte mil
dólares de los Estados Unidos de América (US$ 20.000,00) o su equivalente en
otra divisa, la pena será de prisión de dos a seis años y multa equivalente en
bolívares al doble del monto de la operación. Sin perjuicio de la obligación de
reintegro o venta de las divisas ante el Banco Central de Venezuela, según el
ordenamiento jurídico aplicable” Dichos delitos están tipificados en los artículos 9,
10, 11,12 y 13 de la ley contra los ilícitos cambiarios.
Como información de interés podemos destacar algunas de las motivaciones que
el gobierno nacional tomo en consideración a fin de efectuar la reforma de la
mencionada ley; podemos tener en cuenta que según el presidente de la
Comisión de Finanzas, diputado Ricardo Sanguino recordó que recientemente el
Ejecutivo tomó una serie de medidas de ajuste cambiario orientadas a lograr una
estabilidad en el flujo de cambio, estableciendo un tipo de cambio de 2,60
bolívares por dólar para una serie de renglones prioritarios como alimentos y
medicina.
Uno de 4,30 para otros productos necesarios pero no prioritarios, y quedó la
adopción de unos instrumentos cambiarios denominados bonos cambiarios para
un mercado de aquellas actividades productivas que no pudieran acudir a ninguno
de los dos mercados. Se asignaba a través del BCV, los bonos cambiarios con
vencimiento de 90 días, explicó el parlamentario.
Dijo que una vez que empezó a funcionar se produjo en el mercado permuta una
serie de transacciones no muy transparentes que fueron desviando la orientación
inicial que se perseguía con los objetivos de política cambiaria y se convirtió en un
mercado perverso en el cual se dieron transacciones especulativas que llevó a
que el precio de la divisa, superase las estimaciones.
El objetivo es lograr que las transacciones que se dieran en este mercado estén
cercanas a las dos bandas vigentes 2,60 – 4,30. “el objetivo de esta reforma de ley
va orientado a satisfacer unos requerimientos para liquidar unas deudas en
divisas, se convirtió en un mercado especulativo, obteniendo ganancias
extraordinarias y distorsionando el precio promedio para la fijación de los bienes y
servicios”.
Como pudimos observar la finalidad de los gobernantes es hacernos saber que
somos una economía en transición hacia el socialismo, con permanencia y
presencia de un sector capitalista, unos productivos, otros comerciantes y otros
especulativos que distorsionan las transacciones en divisas. Por ello el gobierno
nacional tomo la iniciativa de proponer la reforma que fue publicada en gaceta
oficial Nº 5.975 de fecha 17 de Mayo del año 2010.
Ante las informaciones que objetaron la reforma de la ley contra los ilícitos
cambiarios, se dejaron a todos los operadores cambiarios sin divisas y por ende
comenzara a subir el precio del dólar a niveles “astronómicos”, respondieron los
afectos al gobierno que el BCV a través de su directorio podrá designar a los
operadores cambiarios que actúan y cumplen con las normas. “Recuerden que la
Comisión Nacional de Valores ha tenido que intervenir una serie de casas de
bolsa porque han actuado de manera irregular y nadie sabe quien está haciendo
esas transacciones”.
De la agenda Venezuela se desprende que en el primer año de su segundo
gobierno tiene que manejar una fuerte crisis financiera que se inicia con la
intervención del Banco Latino que había quebrado en el gobierno interino de su
predecesor en la presidencia Ramón José Velásquez, después de la destitución
de Pérez, continuó con el derrumbe e intervención de una decena de instituciones
bancarias y culminó con la fuga de capital por concepto de auxilios financieros
otorgados por el Estado a la banca, miles de ahorristas afectados y un grave
desequilibrio en la economía de Venezuela. La confianza y credibilidad de
venezolanos y extranjeros en las instituciones bancarias fue afectada gravemente.
Más de setenta mil medianas y pequeñas empresas quebraron, fundamentalmente
por el control de cambio impuesto por el gobierno, que dificulta la obtención de
divisas para adquirir insumos.
Caldera en el poder nuevamente hubo de manejar una vertiginosa espiral
inflacionaria y un paralelo descenso de las reservas de divisas, empleadas
generosamente para el sostenimiento del bolívar frente al dólar. El 27 de junio
anunció la suspensión con carácter temporal de algunas garantías
constitucionales, fundamentalmente las relacionadas con la propiedad privada y la
libre actividad económica, que supuso el control estatal sobre el mercado de
cambios, el sistema bancario y los precios. Las entidades financieras en
bancarrota por la fuga de capitales y las afectadas por prácticas especulativas
iban a ser intervenidas y saneadas por el Estado, y de hecho el Banco Central de
Venezuela (BCV) anunció la suspensión inmediata de todas sus operaciones de
compra-venta de dólares. Dado lo extraordinario de la situación, las medidas
fueron toleradas por los medios de comunicación y la comunidad internacional,
pero no por el pueblo venezolano. Aunque Caldera prometió durante su campaña
no acudir jamás ante el Fondo Monetario Internacional (FMI), debió hacerlo ante la
crisis económica. El nulo efecto de la práctica intervencionista en la economía del
país, hace que Caldera anuncie el programa llamado Agenda Venezuela que
prometía restablecer el equilibrio macroeconómico y apalear la inflación. Aplicando
medidas tildadas por sus detractores como "de corte neoliberal" de acuerdo con
las recomendaciones del FMI, que hasta entonces se había resistido a adoptar.
Así, se devaluó el bolívar en un 70%, el control de cambio fue levantado, los
combustibles se encarecieron en un 800%, se liberalizaron los tipos de interés (el
IVA subió a 16,5%), se continuó el proceso de privatización de los activos del
Estado y se avocó a la disciplina en el gasto público, que no surtieron efectos
debido a la crisis económica mundial en ese momento. Está medidas fueron bien
acogidas en el exterior, pero no en el país, en donde fueron frecuentes las
manifestaciones y disturbios de la población venezolana que se sentía afectada
negativamente. En 1997, una comisión tripartita, conformada por el sector
empresarial, laboral y Gobierno, asumieron la reforma del régimen de prestaciones
sociales, tras la revisión profunda de la Ley Orgánica del Trabajo. La labor de la
comisión tripartita quedó plasmada en un sistema de prestaciones sociales que
preveía, entre otras cosas, su pago anual y no al cese del desempeño laboral
como se hacía anteriormente; al mismo tiempo, se establecieron cinco
subsistemas de seguridad social con la finalidad de mejorar la actividad del
Ejecutivo en la resolución de los problemas básicos de los trabajadores
venezolanos.
También en el Gobierno de Caldera se inició un proceso de apertura petrolera que
muchos catalogaron como el preludio a la privatización del sector; sin embargo se
llevó a cabo aglutinando esfuerzos del sector privado, nacional e internacional,
para la explotación, exploración y refinamiento de petróleo y gas natural. La crisis
mundial en los mercados del crudo influyó negativamente en este proceso.
De cumplirse lo planteado anteriormente, las casas de bolsa tendrán un aumento
en su clientela como nunca antes en los últimos 10 años.
CONCLUSIONES
Luego de analizada la información, se llega a los siguientes puntos de vista:
• El control cambiario busca regular principalmente la salida de divisas
existente en el país y proteger las reservas internacionales que se pueden ver
afectadas por dicho fenómeno.
• Es importante destacar que la fluctuación del bolívar frente al dólar ha sido
considerable en los últimos 20 años, debido a varios factores entre los que
destacan: La aplicación de el control de cambios y el surgimiento de un mercado
negro, la malversación de los fondos públicos, la mala ejecución de las políticas
macroeconómicas por parte de los gobiernos centrales, entre otras, que
permitieron un deterioro progresivo de la moneda local, trayendo como
consecuencia desajustes económicos y graves problemas para la población
venezolana.
• La adquisición de divisas (inicialmente) será única y exclusivamente para
aquellas instituciones y diplomáticos que hayan suscrito tratados con la Republica,
rompiendo con la libre convertibilidad de la Moneda.
• Perjudica a pequeñas y grandes industrias, pues la compra y venta de
materia prima se paraliza por la aplicación de dicho control.
• El control cambiario se estimaba para 15 días desde su entrada en vigencia,
pero ya han transcurrido más de 90 días, convirtiéndose en una situación insegura
e incierta para las empresas radicadas en el país y aleja la posibilidad de la
inversión del capital foráneo.
• Viola la libertad económica prevista en la constitución.
• Restringe todas las operaciones financieras que se deseen realizar con
cualquier entidad internacional.
• El actual régimen cambiario ha tenido demasiadas demoras en otorgar las
divisas a las empresas para que realicen sus actividades de rutina como serían la
compra de materia prima, principalmente en el caso de las empresas de alimentos
(harina precocida o leudante) no pueden comprar el trigo para fabricarla, esto
aunado a otras empresas que tienen inventarios escasos para seguir produciendo,
queda impedido de llevar al mercado sus productos y por ende crea
desabastecimiento en el mismo.
• Dichas contradicciones dan a entender que el control aplicado es para
aquellas élites existentes en el país que discrepan de la política que ha implantado
el actual Presidente en los últimos cuatro años.
• Cabe destacar, que el control cambiario aplicado se "politizo", el tiempo ha
transcurrido y entre dimes y diretes por parte del Ejecutivo y los que se oponen a
su política, no han tomado en cuenta como se ha ido deteriorando cada día mas
(de lo que ya estaba) el país, trayendo graves repercusiones como el incremento
del desempleo, desabastecimiento, hambre, miseria y el alto índice de una
población analfabeta.
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