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Sandra Liliana Romero Ayala Asistente Orientación Empresarial Cámara de Comercio de Villavicencio Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 6817777 ext. 123 Pautas generales de origen legal Microempresas En cumplimiento de lo previsto en el nuevo Marco Técnico Normativo, las Microempresas en su esta- do de situación financiera de apertura deberán: Reconocer todos los activos y pasivos de acuerdo con lo señalado en esta norma; No reconocer partidas como activos o pasivos si esta Norma no lo permite; Reclasificar las partidas que reconoció, según su marco contable anterior, como activo, pasivo o componente de patrimonio, pero que son de un tipo diferente de acuerdo con esta norma; y Aplicar esta Norma al medir todos los activos y pasivos reconocidos. Importante: Los ajustes que surjan de aplicar el nuevo marco técnico normativo en el estado de situación financiera de apertura, frente al sistema contable anterior, se reconocerán directamente en la cuenta de resultados acumulados. Decálogo del Proceso de Implementación Antes de iniciar el proceso de aplicación de las NIIF (IFRS) se deben tener en cuenta varios as- pectos entre los cuales mencionaremos los si- guientes: Capacitación: El personal inmerso en las opera- ciones contables y financieras de la Entidad, de- berá encontrarse capacitado en el conocimiento y aplicación de las NIIF y cómo afectaría esta nueva metodología en las operaciones de la Entidad. Conocimiento de las operaciones de la Empre- sa o Negocio: Conocer en detalle la forma cómo se realizan las operaciones dentro de la Entidad, basándose en las políticas contables y la metodo- logía de medición de las transacciones, es decir, cómo se preparan actualmente los estados finan- cieros y cómo se realizará de ahora en adelante. Evaluación preliminar de las NIIF a utilizar: Una vez identificadas las operaciones se debe determi- nar la NIIF (IFRS) respectiva que se aplicará en cada tipo de negociación (transacción). Simultá- neamente, se analizará los requerimientos de la NIIF 1 en el caso del grupo 1 (o Sección 35 para Pymes – grupo 2) implementación por primera vez. NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIモN FINANCIERA Evaluación de los componentes de los estados fi- nancieros actuales: Una vez realizado lo anterior se deberá clasificar por cuentas o grupos de cuentas, con el fin de determinar la conformación del saldo y depu- rar la información mediante ajustes y/o reclasificacio- nes de cuentas Las Revelaciones: Tanto el proceso inicial como los sucesivos estados financieros requerirán de informa- ción complementaria que cada Sección de Pymes o NIIF demanda. No se puede esperar a finalizar el ejer- cicio para devolverse a construir esta información, por lo tanto, las revelaciones deben ser parte del proceso de información periódica. Las Entidades deben contar con información bajo XBRL: Los estados financieros se reportarán en un “formato electrónico” denominado XBRL (eXtensible Business Reporting Language) el cual será solicitado por las Superintendencias. Durante el proceso, Los administradores de las en- tidades serán conscientes del cambio de cifras en los Estados Financieros: De igual manera, puede haber cambios en los procesos para generar informa- ción financiera; el personal de la entidad involucrado en dichos procesos, debe estar preparado para dichos cambios. Impacto Tecnológico: Los sistemas de información deben estar preparados y/o tener un Plan de Con- tingencia Alterno. Cómo se administrará la informa- ción durante el año de transición y en adelante. Se de- be contar con un plan alterno en caso de que la casa de software no realice todos los cambios a tiempo. Debe ser claro los nuevos procesos de información por parte del personal de la Entidad: Cada proceso que realiza la empresa es llevado a cabo por distintas personas quienes deben conocer la nueva metodología para entregar información de tal manera que al proce- sarla se obtengan los resultados planeados (Información Financiera y Requerimientos Fiscales) La Entidad no puede suspender operaciones: El proceso NIIF no puede paralizar las operaciones de la empresa, ni por culpa del software, ni por desconoci- miento del personal. Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF ) son un conjunto de normas contables de carácter mundial, comprensibles y de obligatorio cumplimiento, que requieren que los estados financieros contengan información comparable, transparente y de alta calidad, que ayude a los inversionistas, y a otros usuarios, a tomar decisiones económicas.

Cronograma 3 grupos niif

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Page 1: Cronograma 3 grupos niif

Sandra Liliana Romero AyalaAsistente Orientación EmpresarialCámara de Comercio de VillavicencioCorreo electrónico:[email protected]éfono: 6817777 ext. 123

Pautas generales de origen legalMicroempresas

En cumplimiento de lo previsto en el nuevo MarcoTécnico Normativo, las Microempresas en su esta-do de situación financiera de apertura deberán:

Reconocer todos los activos y pasivos de acuerdocon lo señalado en esta norma;

No reconocer partidas como activos o pasivos siesta Norma no lo permite; Reclasificar las partidas que reconoció, según sumarco contable anterior, como activo, pasivo ocomponente de patrimonio, pero que son de untipo diferente de acuerdo con esta norma; y Aplicar esta Norma al medir todos los activos ypasivos reconocidos.

Importante: Los ajustes que surjan de aplicar elnuevo marco técnico normativo en el estado desituación financiera de apertura, frente al sistemacontable anterior, se reconocerán directamente enla cuenta de resultados acumulados.

Decálogo del Proceso de ImplementaciónAntes de iniciar el proceso de aplicación de lasNIIF (IFRS) se deben tener en cuenta varios as-pectos entre los cuales mencionaremos los si-guientes:

Capacitación: El personal inmerso en las opera-ciones contables y financieras de la Entidad, de-berá encontrarse capacitado en el conocimiento yaplicación de las NIIF y cómo afectaría esta nuevametodología en las operaciones de la Entidad.

Conocimiento de las operaciones de la Empre-sa o Negocio: Conocer en detalle la forma cómose realizan las operaciones dentro de la Entidad,basándose en las políticas contables y la metodo-logía de medición de las transacciones, es decir,cómo se preparan actualmente los estados finan-cieros y cómo se realizará de ahora en adelante.Evaluación preliminar de las NIIF a utilizar: Unavez identificadas las operaciones se debe determi-nar la NIIF (IFRS) respectiva que se aplicará encada tipo de negociación (transacción). Simultá-neamente, se analizará los requerimientos de laNIIF 1 en el caso del grupo 1 (o Sección 35 para

Pymes – grupo 2) implementación por primera vez.

NORMAS INTERNACIONALES DEINFORMACIÓN FINANCIERA

Evaluación de los componentes de los estados fi-nancieros actuales: Una vez realizado lo anterior sedeberá clasificar por cuentas o grupos de cuentas, conel fin de determinar la conformación del saldo y depu-rar la información mediante ajustes y/o reclasificacio-nes de cuentas

Las Revelaciones: Tanto el proceso inicial como lossucesivos estados financieros requerirán de informa-ción complementaria que cada Sección de Pymes oNIIF demanda. No se puede esperar a finalizar el ejer-cicio para devolverse a construir esta información, porlo tanto, las revelaciones deben ser parte del procesode información periódica.

Las Entidades deben contar con información bajoXBRL: Los estados financieros se reportarán en un“formato electrónico” denominado XBRL (eXtensibleBusiness Reporting Language) el cual será solicitadopor las Superintendencias.

Durante el proceso, Los administradores de las en-tidades serán conscientes del cambio de cifras enlos Estados Financieros: De igual manera, puedehaber cambios en los procesos para generar informa-ción financiera; el personal de la entidad involucradoen dichos procesos, debe estar preparado para dichoscambios.

Impacto Tecnológico: Los sistemas de informacióndeben estar preparados y/o tener un Plan de Con-tingencia Alterno. Cómo se administrará la informa-ción durante el año de transición y en adelante. Se de-be contar con un plan alterno en caso de que la casade software no realice todos los cambios a tiempo.

Debe ser claro los nuevos procesos de informaciónpor parte del personal de la Entidad: Cada procesoque realiza la empresa es llevado a cabo por distintaspersonas quienes deben conocer la nueva metodologíapara entregar información de tal manera que al proce-sarla se obtengan los resultados planeados(Información Financiera y Requerimientos Fiscales)

La Entidad no puede suspender operaciones: Elproceso NIIF no puede paralizar las operaciones de laempresa, ni por culpa del software, ni por desconoci-miento del personal.

Las Normas Internacionales deInformación Financiera (NIIF) son unconjunto de normas contables decarácter mundial, comprensibles y deobligatorio cumplimiento, que requierenque los estados financieros contenganinformación comparable, transparente yde alta calidad, que ayude a losinversionistas, y a otros usuarios, atomar decisiones económicas.

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CLASIFICACIÓN GRUPOSGRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3

El artículo 1 del Decreto 2784 de 2012 establece que los prepa-radores de Información Financiera del Grupo 1, está conforma-do por:a) Emisores de valores: Entidades que tengan valores inscritosen el Registro Nacional de Valores y Emisores RNVE en lostérminos del artículo 1.1.1.1.1.del Decreto 2555 de 2010;

b) Entidades de interés público;c) Entidades que no estén en los incisos anteriores y que cum-

plan con los siguientes parámetros:

1. Planta de personal mayor a doscientos (200) trabajado-res, o 2. Activos totales superiores a 30.000 salarios míni-mos legales mensuales vigentes (smlmv), y3. Que cumplan con cualquiera de los siguientes requisitos:I. Ser Subordinada o sucursal de una compañía extranjera que

aplique NIIF plenas;II. Ser subordinada o matriz de una compañía nacional que

deba aplicar NIIF plenas;III. Ser matriz, asociada o negocio conjunto de una o más enti-

dades extranjeras que apliquen NIIF plenas.IV. Realizar importaciones o exportaciones que representan ms

del cincuenta por ciento (50%) de las compras o de las ven-tas, respectivamente.

Según el Decreto 3022 de 2013, el grupo 2 lo con-formana) Empresas que no cumplan con los requisitos delliteral c) del grupo 1;b) Empresas que tengan Activos totales por valorentre quinientos (500) y treinta mil (30.000)SMMLV o planta de personal entre once (11) ydoscientos (200) trabajadores, y que no seanemisores de valores ni entidades de interéspúblico; yc) Microempresas que tengan Activos totales ex-cluida la vivienda por un valor máximo de qui-nientos (500) SMMLV o Planta de personal nosuperior a los diez (10) trabajadores, y cuyosingresos brutos anuales sean iguales o superio-res a 6.000 SMMLV. Dichos ingresos brutos son losingresos correspondientes al año inmediatamenteanterior al periodo sobre el que se informa. Para laclasificación de aquellas empresas que presentencombinaciones de parámetros de planta de perso-nal y activos totales diferentes a los indicados, elfactor determinante para dicho efecto, será el deactivos totales.

Según el Decreto 2706 de 2012, el grupo 3 loconforman

(a) contar con una planta de personal no su-perior a diez (10) trabajadores;

(b) poseer activos totales, excluida la vivienda,por valor inferior a quinientos (500) SalariosMínimos Mensuales Legales Vigentes(SMMLV)

(c) Tener ingresos brutos anuales inferioresa 6.000 SMMLV.

Para efectos del cálculo de, número de trabaja-dores, se consideran como tales aquellas per-sonas que presten de manera personal y directaservicios a la entidad a cambio de una remune-ración, independientemente de la naturalezajurídica del contrato; se excluyen de esta consi-deración las personas que presten servidos deconsultoría y asesoría externa.

CRONOGRAMA DE APLICACIÓN

Periodo de preparación obligatoria.Desde el 1 º de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2013Fecha de transición. El 1 º de enero de 2014Estado de situación financiera de apertura 1º enero/2014Periodo de transición.Desde el 1 º de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2014Últimos estados financieros conforme a los decretos 2649y 2650 de 1993 y normatividad vigente 31 de diciembre/2014

Fecha de aplicación. El 1 º de enero de 2015Primer periodo de aplicación.Desde el 1 º de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2015Fecha de Reporte 31 de diciembre de 2015

Las condiciones de cada una de las etapas se encuentran des-critas en el Decreto 2784 mencionado.

CRONOGRAMA DE APLICACIÓN

Periodo de preparación obligatoria. Desde el 1 ºde enero de 2014 al 31 de diciembre de 2014

Fecha de transición. El 1 º de enero de 2015Estado de situación financiera de aperturaEl 1 º de enero de 2015)Periodo de transición. Desde el 1 º de enero de

2015 al 31 de diciembre de 2015Últimos estados financieros conforme a los de-

cretos 2649 y 2650 de 1993 y normatividad vi-gente 31 de diciembre de 2015

Fecha de aplicación. El 1 º de enero de 2016Primer periodo de aplicación. Desde el 1 º de

enero de 2016 al 31 de diciembre de 2016Fecha de Reporte 31 de diciembre de 2016

CRONOGRAMA DE APLICACIÓN

Periodo de preparación obligatoria. Desde el1 º de enero de 2013 al 31 de diciembre de2013

Fecha de transición. El 1º de enero de 2014Estado de situación financiera de apertura (El 1

º de enero de 2014)Periodo de transición. Desde el 1 º de enero

de 2014 al 31 de diciembre de 2014Últimos estados financieros conforme a los

decretos 2649 y 2650 de 1993 y normativi-dad vigente al 31 de diciembre de 2014

Fecha de aplicación. El 1º de enero de 2015Primer periodo de aplicación. Desde el 1º de

enero de 2015 al 31 de diciembre de 2015Fecha de Reporte 31 de diciembre de 2015