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ALCABALAS. La alcabala fue el impuesto más importante del Antiguo Régimen en la Corona de Castilla que gravaba el volumen de las ventas y era el que más ingresos producía a la hacienda real; pues aunque el diezmo era aún más importante, su perceptor principal era la Iglesia, con participación del rey. La denominación se utilizaba habitualmente en plural: las alcabalas. En su tiempo fue objeto de innumerables críticas por parte de contribuyentes, políticos y economistas, por su carácter regresivo y paralizador de la actividad económica. Según el DRAE (edición 22, del año 2001), proviene del árabe hispánico alqabála. En ediciones anteriores, entre 1956 y 1991 se especificaba que el significado en idioma árabe era el contrato, el impuesto concertado con el fisco. En la edición de 1726 se aportaban dos opiniones (prefiriendo la primera): la del Padre Alcalá (cabála o cabéle... recibir, cobrar o entregar) y la de Sebastián de Covarrubias (gabál... limitar, tasar), en ambos casos con la adición del artículo Al.2 Origen del impuesto: En su origen era un impuesto local, administrado por los concejos. Existen noticias de estas alcabalas locales desde el siglo XI, posiblemente por imitación de algún impuesto previamente existente en la España musulmana.4 Así seguiría funcionando hasta que en 1342 fue concedido a Alfonso XI por un período de tres años.

Alcabalas

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ALCABALAS.La alcabala fue el impuesto más importante del Antiguo Régimen en la Corona

de Castilla que gravaba el volumen de las ventas y era el que más ingresos

producía a la hacienda real; pues aunque el diezmo era aún más importante, su

perceptor principal era la Iglesia, con participación del rey. La denominación se

utilizaba habitualmente en plural: las alcabalas.

En su tiempo fue objeto de innumerables críticas por parte de contribuyentes,

políticos y economistas, por su carácter regresivo y paralizador de la actividad

económica.

Según el DRAE (edición 22, del año 2001), proviene del árabe hispánico

alqabála. En ediciones anteriores, entre 1956 y 1991 se especificaba que el

significado en idioma árabe era el contrato, el impuesto concertado con el fisco.

En la edición de 1726 se aportaban dos opiniones (prefiriendo la primera): la

del Padre Alcalá (cabála o cabéle... recibir, cobrar o entregar) y la de Sebastián

de Covarrubias (gabál... limitar, tasar), en ambos casos con la adición del

artículo Al.2

Origen del impuesto:En su origen era un impuesto local, administrado por los concejos. Existen

noticias de estas alcabalas locales desde el siglo XI, posiblemente por imitación

de algún impuesto previamente existente en la España musulmana.4 Así

seguiría funcionando hasta que en 1342 fue concedido a Alfonso XI por un

período de tres años.

En 1349 fue cedido a perpetuidad, decisión que lo convirtió en impuesto

permanente y de libre disposición del rey, lo que le permitió usarlo como parte

de su patrimonio, situando la deuda sobre las rentas de alcabalas,

vendiéndolas o haciendo donación de ellas en favor de particulares.

Características:Al principio consistía en un 5% del valor de las cosas enajenadas,

posteriormente elevado al 10%, tasa teórica que no se aplicó en la mayoría de

las ocasiones. La regulación del impuesto fue objeto de meticulosa normativa

legal, recogida en los Cuadernos de alcabalas, como el de 1491, que acabaría

siendo incorporada a la Nueva Recopilación.

De igual modo, en principio era un impuesto de aplicación universal, tanto por

razón de las personas como de las cosas, a pesar de lo cual la corona otorgó

buen número de excepciones que redujeron sensiblemente la importancia de

una contribución cuya aplicación estricta habría sido imposible.

La obligación universal de tributar, formulada en el Cuaderno de 1491, quedaba

limitada en el mismo texto para el caso que el vendedor fuese: el rey, las casas

de la moneda o los receptores de la bula de Cruzada. A este grupo de exentos

se añadieron, por privilegio real, nuevos beneficiarios: los eclesiásticos en la

venta de los bienes y productos de sus explotaciones directas; ciertos

empleados de la casa real (el carnicero, el regatón del pescado, el boticario);

territorios enteros (el reino de Granada, las ciudades de Fuenterrabía y

Simancas); algunos conventos, como las emparedadas de Úbeda; incluso

algunas personas, como Antonia García y sus descendientes, que llegaron a

ser suficientemente numerosos como para que su proliferación preocupase a

los representantes en Cortes.

Por razón de la bien objeto del tributo, la alcabala se cobraba tanto sobre

muebles como inmuebles, y en multitud de ocasiones se insistió en exigir que

la venta de éstos se realizase ante escribanos de número, a los que se

responsabilizó de la entrega de una copia de la escritura a los recaudadores de

alcabalas. A pesar de esas precauciones, la alcabala de heredades no podía

ser de gran volumen, habida cuenta que vinculación y amortización reducían

sensiblemente la oferta de tierras.

No obstante la generalidad citada, los Reyes Católicos eximieron del pago de la

alcabala a los libros, mulas y aves de caza. Con posterioridad Felipe II extendió

la exención a las armas y otros artículos de menor interés económico.

Por diversas razones, también escapaban de las alcabalas actos tan

importantes como dotes matrimoniales, sucesiones, alquileres de casas, rentas

de tierras, censos e hipotecas. En general, la clase rentista pudo percibir

íntegros sus ingresos y realizar la mayor parte de su consumo sin incurrir en el

pago de alcabalas.

IMÁGENES:

Estancos.Concepto:Se llama estanco al embargo o prohibición del curso y venta libre de algunas

cosas, o asiento que se hace para reservar exclusivamente las ventas de

mercancías o géneros, fijando los precios a que se hayan de vender (del

Diccionario RAE).1 Actualmente, los estancos más comunes son los del

tabaco, sellos postales y, en algunos países, licores espirituosos o cerveza.

En España había dos estancos mayores: sal y tabaco, y varios estancos

menores: aguardiente, salitre, azufre, pólvora, plomo, antimonio, mercurio,

bermellón, goma laca y papel sellado.2 Los estancos españoles de tabacos son

una de las instituciones más antiguas en vigor del mundo, con cerca de 400

años de historia durante los cuales han servido una gran labor como método de

recaudación de impuestos para el Estado mediante la venta de las labores del

tabaco.

Historia:Uno de los estancos más antiguos (que al parecer data del siglo XIV), es el de

la sal del reino de Aragón, que regulaba la venta y no permitía la importación.

En 1543 se crea el de barajas, no solo a efectos fiscales, sino para garantizar

que la impresión fuera correcta para evitar que los jugadores hicieran trampas

en el juego, por conocer los defectos de impresión, y no se produjeran peleas.

En 1634 se instaura, en la corona de Castilla el estanco del tabaco que

convirtió la venta en un monopolio y en una importante fuente de ingresos para

el estado.

El estanco de tabacos:Se asegura que hasta el año de 1542 no se vio el tabaco en España y que por

esta época vino a Sevilla una porción considerable de las islas de Cuba y de

Santo Domingo, en donde había algunas fábricas de particulares para su

elaboración. En las Cortes de 1636 se decretó su estanco, acordando el Reino

en 2 de Agosto de 1638 que se eligiese entre los arbitrios para el pago de los

dos millones y medio el producto del tabaco, disponiendo que mientras no se

arrendase se cobrase de cada libra tres reales tanto de lo que se destinaba a

vender, como del que se dedicare a regalos. Se debía percibir este derecho en

la Aduana de Sevilla o en las demás porque entrase y se imponían penas a los

que infringiesen esta disposición. Posteriormente, en las Cortes de 1650, se

perpetuó el estanco del tabaco en los reinos de Castilla y de León.

Las expendedurías de tabaco y timbre, popularmente conocidas como

estancos, cuentan con una amplia red distribuida estratégicamente por todo el

territorio español. Dicha red está compuesta por 16.049 expendedurías que

dan una eficiente cobertura a 47 millones de españoles. El comisionado para el

mercado de tabacos otorga periódicamente nuevos concursos en todos los

rincones de España.

Petróleos:Aunque nunca llevó el nombre de estanco, en la dictadura de Primo de Rivera

se instauró el monopolio de petróleos (Ley del Monopolio de Petróleos por Real

Decreto-Ley de 28 de junio de 1927) con una compañía arrendataria

(CAMPSA) que continuó su andadura hasta que perdió el monopolio en 1986.

Las cifras:El monopolio de expendedurías de tabaco y timbre mueve en España un

negocio con un volumen de 12.500 millones de € al año según los datos del

comisionado para el mercado de tabacos. De estos 12.500 millones de €, el

Estado español se beneficia de 9.400 millones de € que van a parar

íntegramente a la hacienda pública, convirtiendo así al monopolio del Estado

en un medio imprescindible.

No obstante, esta no es la única función de los estancos. En la actualidad son

un valioso aliado de la lucha contra el tabaquismo, ya que la profesionalización

de la red incluye en sus estatutos todas las medidas vigentes para evitar el

acceso de los menores al consumo de tabaco, protege a los consumidores

adultos de oligopolios que podrían promocionar el consumo de tabaco y

garantiza a dichos consumidores la legalidad y adecuada conservación de sus

productos.

Imágenes:

Mercados.IntroducciónEn una época de globalización y de alta competitividad de productos o

servicios, como lo es en el cambiante mundo del marketing es necesario estar

alerta a las exigencias y expectativas del mercado, para ello es de vital

importancia para asegurar el éxito de las empresas hacer uso de técnicas y

herramientas, una de ellas es llevar a cabo un estudio de mercado, en conjunto

con una serie de investigaciones como lo son, competencia, los canales de

distribución, lugares de venta del producto, que tanta publicidad existe en el

mercado, precios, etc.

Es muy frecuente que los empresarios no tengan claro qué es lo que venden.

Muchas veces parece irrelevante preguntarse qué vendemos. Evidentemente,

todos los vendedores conocen los productos que ofrecen a los consumidores.

Pero no necesariamente conocen que buscan los consumidores en nuestros

productos.

MERCADOLos Mercados que en la terminología económica de un mercado es el área

dentro de la cual los vendedores y los compradores de una mercancía

mantienen estrechas relaciones comerciales, y llevan a cabo abundantes

transacciones de tal manera que los distintos precios a que éstas se realizan

tienden a unificarse.

Origen de MercadoSe remonta a la época en que el hombre primitivo llegó a darse cuenta que

podía poseer cosas que él no producía, efectuando el cambio o trueque con

otros pueblos o tribus. Se reconoce pues como origen y fundamento la

desigualdad que existe en las condiciones de los hombres y los pueblos. El

mercado existió en los pueblos y tribus más antigua que poblaron la tierra, y a

medida que fue evolucionando, dicha organización desarrollo el comercio el

instinto de conservación y subsistencia del hombre hace que procure satisfacer

sus necesidades más elementales, luego las secundarias y posteriormente las

superfluas.

Definición de MercadoLos mercados son los consumidores reales y potenciales de nuestro producto.

Los mercados son creaciones humanas y, por lo tanto, perfectibles. En

consecuencia, se pueden modificar en función de sus fuerzas interiores.

Los mercados tienen reglas e incluso es posible para una empresa adelantarse

a algunos eventos y ser protagonista de ellos. Los empresarios no podemos

estar al margen de lo que sucede en el mercado.

Estudio de mercado.Es la función que vincula a consumidores, clientes y público con el

mercadólogo a través de la información, la cual se utiliza para identificar y

definir las oportunidades y problemas de mercado; para generar, refinar y

evaluar las medidas de mercadeo y para mejorar la comprensión del proceso

del mismo.

Dicho de otra manera el estudio de mercado es una herramienta de mercadeo

que permite y facilita la obtención de datos, resultados que de una u otra forma

serán analizados, procesados mediante herramientas estadísticas y así obtener

como resultados la aceptación o no y sus complicaciones de un producto

dentro del mercado.

El consumidor1. Sus motivaciones de consumo

2. Sus hábitos de compra

3. Sus opiniones sobre nuestro producto y los de la competencia.

4. Su aceptación de precio, preferencias, etc.

El producto1. Estudios sobre los usos del producto.

2. Test sobre su aceptación

3. Test comparativos con los de la competencia.

4. Estudios sobre sus formas, tamaños y envases.

Imágenes:

Cabildos.Los cabildos fueron corporaciones municipales creadas en las Indias (América

y las Filipinas) por el Imperio español para la administración de las ciudades y

villas. Fueron creados por una adaptación a un nuevo medio de los

ayuntamientos medievales de España, que en ocasiones también habían sido

llamados cabildos, en similitud con los cabildos eclesiásticos de las iglesias

catedrales. El término "cabildo" proviene del latín 'capitulum' "a la cabeza".

El Cabildo español no procede de Roma, fue una manifestación del

individualismo teutón.

El cabildo —también llamado ayuntamiento o concejo (concillium)— era el

representante legal de la ciudad o villa, el órgano municipal por medio del cual

los vecinos velaban por los problemas judiciales, administrativos, económicos y

militares del municipio. Su estructura y composición fue semejante a la que

tuvieron los concejos de España, pero sus atribuciones variaron y también su

importancia política, debido a las condiciones especiales que tuvo la sociedad

de los reinos y provincias de ultramar.

HistoriaGénesis de los cabildos

La institución del cabildo provino de España, donde los habitantes de cada

ciudad elegían a sus regidores y alcaldes para que administraran y

reglamentaran sus comunidades. Para el momento de la llegada de los

conquistadores a América, los cabildos españoles habían perdido parte de su

poder, ya que muchas de sus atribuciones habían sido asumidas por la

monarquía.

El origen del cabildo indiano guarda relación con la fundación de las primeras

ciudades hispánicas en el siglo XVI. Cuando se fundaba una ciudad, el

fundador designaba entre los soldados que lo habían acompañado en la

fundación a los regidores y alcaldes que integrarían el cabildo de la nueva

población. De acuerdo con una de las Leyes de Indias, el nombramiento de los

regidores era una atribución privativa del adelantado que fundara la ciudad –

por sí mismo o por medio de un enviado suyo – por los días de su vida, y de un

hijo o heredero.1

Las primeras leyes pretendieron someter enteramente los cabildos a la

autoridad nombrada desde la España europea, intentando colocar a los

cabildos de ultramar en la misma situación de los ayuntamientos peninsulares,

los cuales en el siglo XVI ya habían perdido gran parte de su autonomía. No

obstante, los reyes terminaron por reconocer que esta situación no se podía

extender a los lejanos e inmensos territorios de ultramar, de modo que

admitieron que los cabildos adquiriesen una gran autarquía (no eran

autónomos, pues la legislación era potestad exclusiva del rey.

El centralismo borbónico:Hasta fines del siglo XVII, los cabildos debieron hacer frente al establecimiento

de la burocracia real, que gradualmente fue mermando la jurisdicción y las

atribuciones de los cuerpos municipales.

A principios del siglo XVIII, tras la Guerra de Sucesión Española y la llegada de

los borbones, se produjo una serie de cambios en la relación entre España y su

Imperio. Hasta ese momento, los reinos americanos dependían directamente

del rey, que las administraba a través de los virreyes y gobernadores como

representantes suyos. A partir de los cambios introducidos por los borbones,

los virreinatos y las capitanías generales pasaron a depender directamente de

la metrópoli. Su estructura social y económica fue modificada en el sentido de

una dependencia absoluta de la España europea.2

Un factor positivo fue la gradual eliminación de la venta de cargos públicos,

reemplazados por regidores electos, que se presuponía que serían para reducir

la corrupción. Pero hubo un incremento del número de regidores nombrados

por las autoridades locales, e, incluso, desde la España europea. Por otro lado,

se repitieron las providencias reales en el sentido de investir funcionarios que

sustituirían, automáticamente, a los gobernantes ausentes en caso de vacante,

quitándoles ese privilegio a los cabildos.1

El desarrollo de las ordenanzas de intendentes, en el último cuarto del siglo,

completó el proceso: a fines del período imperial, mientras se instauraba el

sistema centralista a imagen del sistema francés, los cabildos ya habían

perdido gran parte de sus prerrogativas, aunque no su prestigio

El período de la IndependenciaTucumán hacia 1812, cabildo e iglesia de San Francisco (óleo actual)

Ciudades como Tucumán demolieron sus cabildos a comienzos del siglo XX,

para reemplazarlos por “palacios” para el gobierno republicano.

Al producirse en España los hechos derivados de la invasión napoleónica y la

deposición del rey Fernando VII, los cabildos reasumieron repentinamente sus

antiguas prerrogativas: depusieron a sus gobernantes, incluidos los virreyes y

capitanes generales, y asumieron la representación del pueblo de cada ciudad.

Ese fue el comienzo de las distintas revoluciones que iniciaron a su vez la

Independencia Hispanoamericana. En general se recurrió a cabildos abiertos

para recabar la opinión de la parte sana y principal de los vecinos.

Imágenes: