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UNIDAD ACADÉMICA CIENCIAS QUÍMICAS Y DE LA SALUD
CARRERA DE BIOQUÍMICA Y FARMACIA
LEGISLACIÓN FARMACÉUTICA
Nombre: Carolina Barba ToroDocente: Dr. Carlos García.Curso: Quinto “A”Fecha: 05/05/2015
DIARIO DE CAMPO #1
La Legislación Farmacéutica se ocupa del estudio de las normas
legales que reglamentan el ejercicio de la profesión farmacéutica en
todas sus modalidades.
Desde la legislación aparecen en la profesión farmacéutica don
conceptos íntimamente relacionados que debemos definir y analizar: el
derecho farmacéutico y la legislación farmacéutica.
El primero, es un conjunto heterogéneo de disposiciones que regulan
directa o indirectamente la actividad farmacéutica. No puede
considerarse una rama independiente del derecho, pero sí es posible, a
efectos prácticos, ordenar sistemáticamente las disposiciones que lo
regulan. Por ello, surge esta nueva rama dentro del derecho sanitario,
en la que se ubica además, LA LEGISLACIÓN FARMACÉUTICA,
legislación que todo farmacéutico debe conocer y aplicar en su
actividad científico-profesional que, por otra parte, evoluciona
vertiginosamente.
DEBERES DEL
ESTADO
DERECHO
Es la Faculta de hacer o elegir lo que la ley establece a nuestro favor.
Conjunto de principios y reglas a que están sometidas las relaciones
humanas.
Conjunto de normas reguladoras de la actividad de la administración
política.
CLASIFICACIÓN DEL DERECHO.
Es apropiado clasificar al derecho según su contenido es decir, tomando en
cuenta lo que por medio de ellos puede ser exigido.
Derechos de la libertad, llamados también derechos del hombre.
Derechos Sociales.
Derechos Políticos.
Derechos Administrativos.
DERECHOS DE LIBERTAD.
Los derechos del Hombre constituyen la esfera de la Libertad que se
encuentra protegida por la obligación que el estado se impone abstenerse
ejecutar cualquier acto que lo obstruya.
Frente a estos derechos hace algún
tiempo el estado y consecuentemente la
administración, quedaba reducidos a una actividad limitada, la de mantener el
orden para evitar que el derecho e uno, entre en conflicto con el derecho de
los otros.
DERECHOS SOCIALES.
La acción positiva de la que hablamos al tratar los derechos de libertad es la
que da origen practico a los llamados derechos sociales, en virtud de los
cuales se recibe del estado presentaciones o beneficios creados para la
sociedad, en especial a aquellas clases sociales que se encuentran en
condiciones desfavorables en la lucha económica, también las que protegen y
dan seguridad al individuo en sus relaciones de trabajo y en su situación
económica, física, intelectual y moral.
DERECHOS POLÍTICOS.
Estos Pueden definirse como poderes de los Individuos, en su carácter de
miembros del Estado, con una calidad especial, la de ciudadanos, para
intervenir en las funciones públicas o para participar en la formación de la
voluntad del Estado.
DERECHOS ADMINISTRATIVOS.
Estos derechos, a diferencia de los derechos de libertad, tienen un contenido
mayormente positivo, consiste en el poder de exigir del estado la prestaciones
establecida por las leyes.
En el desarrollo normal de la actividad administrativa, esta clase de derecho
es la que entra principalmente en juego, pues
están comprendidos en ella todos los que
tienden a obtener, una prestación especifica del
Estado, como lo que ocurre con el sueldo o con
la pensión del empleado público; los que tiene
por objeto la realización de actos jurídicos como
lo son el otorgamiento de permisos o autorizaciones para el aprovechamiento
de los bienes públicos o para la realización de ciertas actividades sujetas a
aquel requisito, por último, aquellos cuyo contenido es el goce de los servicios
públicos establecido por la administración.
En la Constitución Política del país en su artículo 23, el estado reconoce los
siguientes derechos civiles:
La inviolabilidad de la vida. No hay pena de muerte.
La integridad de la persona. Se prohíbe las penas crueles, las torturas y
todo procedimiento inhumano.
El Estado adoptara las medidas necesarias para prevenir, eliminar y
sancionar, en especial, la violencia contra los niños, adolecente, mujeres
y personas de la tercera edad.
La igualdad ante la ley. Todas las personas están consideradas iguales y
gozaran de los mismos derechos, libertades y oportunidades.
La Libertad. Todas las personas nacen libres. Se prohíbe la esclavitud,
la servidumbre y el tráfico de seres humanos en todas sus formas.
El derecho a vivir en un buen ambiente sano, ecológicamente
equilibrado y libre de contaminación.
El derecho a disponer de bienes y servicios, públicos y privados, de
óptima calidad.
El derecho a la libertad de opinión y de expresión del pensamiento en
todas sus formas.
La libertad de la conciencia, la libertad de la religión, expresada en
forma individual o colectiva, pública o en privado.
La inviolabilidad de domicilio.
La inviolabilidad y el secreto de la correspondencia.
La libertad de trabajo. Ninguna persona obligada a realizar un trabajo
gratuito o forzoso.
El derecho a una calidad de vida que asegure la salud, alimentación y
nutrición, agua potable, saneamiento ambiental; educación, trabajo,
empleo, recreación, vivienda, vestido y otros servicios sociales
necesarios.
…………………………………..
Firma de Responsabilidad