FIC EUBCA Curso Digitalización Clase 1: Dominio publico

Embed Size (px)

Citation preview

DOMINIO PBLICO en el mbito de los derechos de autor en Uruguay

Qu es el dominio pblico?

Patrimonio comnTesoro cultural comnHerencia cultural

Funciona como un fondo comn de material creativo al que cualquiera puede acceder

Fuentes del Dominio Pblico

Exclusiones, excepciones y Limitaciones

Dominio Pblico Estable o Permanente

Fuentes del Dominio Pblico

Exclusiones, Excepciones y Limitaciones

Creaciones cuyo plazo legal de proteccin ha expirado.

Dominio Pblico Estable o Permanente

Dominio Pblico Creciente

Fuentes del Dominio Pblico

Exclusiones, Excepciones y Limitaciones

Creaciones cuyo plazo legal de proteccin ha expirado.

Dominio Pblico Estable o Permanente

Dominio Pblico Creciente

Entrada en dominio pblico

50aosdespus de la muerte del autor

Entrada en dominio pblico

50aosdespus de la muerte del autor

1902 - 1964

Entrada en dominio pblico

50aosdespus de la muerte del autor

1902 - 1964

DP: 1/1/2015

Se habilita:

Reproduccin, enajenacin, publicacin, distribucin, traduccin, adaptacin, transformacin, comunicacin y puesta a disposicin del pblico.

Se habilita:

Reproduccin, enajenacin, publicacin, distribucin, traduccin, adaptacin, transformacin, comunicacin y puesta a disposicin del pblico.

Permanecen vigentes:

Derechos morales.

Incluye:

Creaciones intelectuales no susceptibles de restriccin: ideas, noticias, procedimientos, frmulas y conceptos matemticos.

Incluye:

Creaciones intelectuales no susceptibles de restriccin: ideas, noticias, procedimientos, frmulas y conceptos matemticos.

Obras autorales cuyo plazo de restriccin ha expirado.

Incluye:

Creaciones intelectuales no susceptibles de restriccin: ideas, noticias, procedimientos, frmulas y conceptos matemticos.

Obras autorales cuyo plazo de restriccin ha expirado.

Obras de autores fallecidos sin sucesores ni causahabientes.

Incluye:

Creaciones intelectuales no susceptibles de restriccin: ideas, noticias, procedimientos, frmulas y conceptos matemticos.

Obras autorales cuyo plazo de restriccin ha expirado.

Obras de autores fallecidos sin sucesores ni causahabientes.

Obras no editadas, representadas o ejecutadas en el transcurso de 10 aos a partir de la muerte del autor.

Incluye:

Creaciones intelectuales no susceptibles de restriccin: ideas, noticias, procedimientos, frmulas y conceptos matemticos.

Obras autorales cuyo plazo de restriccin ha expirado.

Obras de autores fallecidos sin sucesores ni causahabientes.

Obras no editadas, representadas o ejecutadas en el transcurso de 10 aos a partir de la muerte del autor.

Obras cuyos titulares entregaron expresamente sus obras al dominio pblico.

Incluye:

Herramientas Creative Commons para el dominio pblico

Sello de dominio pblico

CC0

Qu les parece esta frase?

...el dominio pblico ha sido concebido como un "espacio" residual, pudiendo describirse como la faz negativa de los derechos individuales de propiedad intelectual.Christian Schmitz Vaccaro (2009)

El dominio pblico no es el residuo pegajoso que queda cuando todo lo bueno ha sido cubierto por leyes de propiedad... El dominio pblico es la regla, la proteccin del derecho de autor la excepcinJames Boyle (2008)

Y esta otra?

Cuando estamos en medio de un paradigma es difcil imaginar cualquier otro paradigmaAdam Smith en Los poderes de la mente

Las dificultades del DP

Puede ser difcil determinar la fecha de muerte de un autor.

Las dificultades del DP

Puede ser difcil determinar la fecha de muerte de un autor.

Obras en ejemplar nico de difcil o imposible acceso.

Las dificultades del DP

Puede ser difcil determinar la fecha de muerte de un autor.

Obras en ejemplar nico de difcil o imposible acceso.

Obras hurfanas: es imposible determinar si se encuentran en DP.

Copyfraud

Abusos o apropiaciones indebidas de obras de dominio pblico.Ejemplos:Bloquear el acceso a obras de las cuales existen pocos ejemplares o copias.

Apropiacin de obras en dominio pblico por parte de editoriales.

Copyfraud

Mientras que la apropiacin de obras con derechos de autor afecta al titular de los derechos, la apropiacin de obras en el dominio pblico afecta a toda la sociedad.

Nicols Bello

Dominio pblico pagante

por alfonso benayas

Dominio pblico pagante

Pago al Estado por uso del dominio pblico

Fijacin de tarifa: Consejo de Derechos de AutorIgual a la tarifa por dominio privado

Recauda AGADUCobra % administrativo similar a dominio privado

Se destina a FONAM, COFONTE y Fondos Concursables del MECEl Estado tambin paga por el uso del dominio pblico (teatros estatales, SODRE, etc)

Para quienes estamos familiarizados con la correcta aplicacin del sistema del dominio pblico oneroso (o pagante) en materia de derecho de autor y sus bondades como fuente de financiamiento de la cultura nos llama la atencin su exigua recepcin en el mbito internacional.Delia Lipszyk (2012)

DERECHO DE AUTOR EN URUGUAY
Estado de situacin Dominio pblico

CONCEPTO

BRUTO

% DESCUENTO

DESCUENTO

% AFS

AFS

NETO

Ejecucin

118.661,40

35%

41.531,49

10%

7.712,99

69.416,92

Recitales

101.198,83

25%

25.299,71

10%

7.589,91

68.309,21

TV-RADIO

0

35%

0

10%

0

0

Fonogramas

78.900,84

15%

11.835,13

10%

6.706,57

60.359,14

Carnaval

46.550,65

15%

6.892,60

10%

3.956,81

35.611,25

Msica preexistente

117.852,00

15%

17.677,80

0%

0

100.174,20

Representacin

229.700,00

15%

34.455,00

0%

0

195.245,00

Droit de suite

5.269,96

15%

790,49

0%

0

4.479,47

TOTAL

698.133,69

138.572,22

25.966,28

533.595,19

Cunto recauda el dominio pblico en Uruguay?

Trimestre junio-agosto/2014:

Recaudacin Anual U$S100.000 U$S130.000 aproximadamente

Dominio pblico pagante
Nmeros

El Estado recauda entre 100 mil y 130 mil dlares anuales por dominio pblico pagante.

Dominio pblico pagante
Nmeros

El Estado recauda entre 100 mil y 130 mil dlares anuales por dominio pblico pagante.

El Estado paga aproximadamente el 50% del dominio pblico pagante.

Dominio pblico pagante
Nmeros

El Estado recauda entre 100 mil y 130 mil dlares anuales por dominio pblico pagante.

El Estado paga aproximadamente el 50% del dominio pblico pagante.

La comisin que cobra AGADU por gestionar el cobro ronda, en promedio, el 25% del pago.

Dominio pblico pagante
Nmeros

El Estado recauda entre 100 mil y 130 mil dlares anuales por dominio pblico pagante.

El Estado paga aproximadamente el 50% del dominio pblico pagante.

La comisin que cobra AGADU por gestionar el cobro ronda, en promedio, el 25% del pago.

Entre 30 y 48 mil dlares es lo que el Estado recauda a terceros!!!

Preservacin del dominio pblico

Derogacin el Dominio Pblico Pagante.

Creacin de un registro del DP.

Digitalizacin.

Puesta a disposicin a travs de Internet.

Declarar ilegal el abuso o apropiacin indebida del DP.

Anlisis de impacto antes de las reformas legales.

Instituciones culturales: etiquetaje obligatorio.

Muchas gracias!

Rodrigo Barbano Patricia DazJorge Gemetto

Descarg y reutiliz esta presentacin!Disponible en:http://es.slideshare.net/CreativeCommonsUruguay

Esta presentacin est bajo una licencia Creative Commons Atribucin - Compartir Igual 4.0 Internacional

1. Ttulo Seccin