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Trabajo Decente y Libertad Trabajo Decente y Libertad Sindical Sindical
Profesor Adjunto de la Facultad de Derecho de la [email protected]
01.2013
Luis Enrique Mendoza ChoqueLuis Enrique Mendoza Choque
I. ¿Qué es el «Trabajo Decente»?
II. ¿Qué es la libertad sindical?
III.¿Cuáles son los principales convenios de
la OIT sobre libertad sindical?
IV.¿Qué es y para qué sirve la negociación colectiva?
V. ¿Qué es la huelga?
«No se trata simplemente de crear puestos de trabajo, sino que han de ser de una calidad aceptable. No cabe disociar la cantidad del empleo de su calidad».
«Trabajo Decente para todos» Memoria del Director General OIT 1999.
I.- ¿Qué es el trabajo decente?
El respeto de los principios y derechos
fundamentales en el trabajo.
Oportunidades de empleo e ingresos
1. Libertad sindical / negociación colectiva .
2. Eliminación del trabajo forzoso u obligatorio.
3. Abolición del trabajo infantil.4. Eliminación de la discriminación en
materia de empleo y ocupación.
Diálogo social y tripartismo
Protección y seguridad social
1. Creación de puestos de trabajo.2. Elección libre.3. Condiciones dignas.
1. Políticas y protección social 2. Seguridad en el lugar de trabajo3. Salud y trabajo4. Sistemas de pensiones .
1. Creación de puestos de trabajo.2. Elección libre.3. Condiciones dignas.
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I.- ¿Qué es el trabajo decente?
Funcionamiento inseparable de sus tres elementos.
II.- LIBERTAD SINDICAL
Expresión
Garantía
Presupuesto
SINDICACIÓNNEGOCIACIÓN
COLECTIVA
HUELGA
Convenio 87 – Libertad Sindical
ARTÍCULO 2
Los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derechos de constituir las organizaciones que estimen convenientes así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.
“Los trabajadores y empleadores”
“sin ninguna distinción”
“sin autorización previa”
“estimen conveniente”
“observar los estatutos”
BILATERAL
TODOS
AUTONOMÍA EXTERNA
CUALQUIERA
AUTONOMÍA INTERNA
II.- LIBERTAD SINDICAL
LIBERTAD SINDICAL EN LOS CONVENIOS OIT
El Convenio 87, sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación.
Establece los límites del Estado frente al ejercicio de la libertad estatal “Autonomía máxima – Heteronomía mínima”
“toda organización de trabajadores o de empleadores que tenga por objeto fomentar y defender los intereses de los trabajadores o de los empleadores” Art. 10
El Convenio 98, sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva.
Señala parámetros para ejercer el derecho de libertad sindical frente a la parte empleadora.
II.- LIBERTAD SINDICAL
LIBERTAD SINDICAL
De organización
De actividad
De organización
De actividad
COLECTIVA
INDIVIDUAL
Libertad de constitución
Libertad de afiliación
Desarrollo de Actividades sindicales
Libertad de reglamentación
Libertad de disolución
Libertad de representación
Libertad de federación
Libertad degestión
Interna
Externa
II.- LIBERTAD SINDICAL
Fuente: Javier Neves Mujica
Artículo 28º: el Estado reconoce los derechos de sindicación, negociación colectiva y huelga. Cautela su ejercicio democrático:
1.Garantiza la libertad sindical.2.Fomenta la negociación colectiva y
promueve formas de solución pacífica de los conflictos laborales. La convención colectiva tiene fuerza vinculante en el ámbito de lo concertado.
3.Regula el derecho de huelga para que se ejerza en armonía con el interés social. Señala sus excepciones y limitaciones.
Constitución Política del Perú
II.- LIBERTAD SINDICAL
II.- NEGOCIACIÓN COLECTIVA
Convenio 154 (Artículo 2) LRCT (Artículo 41)
1. Fijar las condiciones de trabajo y empleo, o
2. Regular las relaciones entre empleadores y trabajadores, o
3. Regular las relaciones entre empleadores o sus organizaciones y una organización o varias organizaciones de trabajadores, o lograr todos estos fines a la vez.
Regular las remuneraciones, las condiciones de trabajo y productividad y demás, concernientes a las relaciones entre trabajadores y empleadores.
NegociaciónColectiva
Convenio Colectivo
III.- NEGOCIACIÓN COLECTIVA
El deber constitucional de fomento de la negociación
colectiva.
EquilibrarPacificarNormarAdaptarEtc.
¿Para que sirve la Negociación Colectiva?
IV.- HUELGA
Modelos normativos: estático, dinámico y de la LRCT
Artículo 72º.- Huelga es la suspensión colectiva del trabajo acordada mayoritariamente y realizada en forma voluntaria y pacífica por los trabajadores, con abandono del centro de trabajo. Su ejercicio se regula por el presente Texto Único Ordenado y demás normas complementarias y conexas.
Modelos normativos: estático, dinámico y de la LRCT
Artículo 81º.- No están amparadas por la presente norma las modalidades irregulares, tales como paralización intempestiva, paralización de zonas o secciones neurálgicas de la empresa, trabajo a desgano, a ritmo lento o a reglamento, reducción deliberada del rendimiento o cualquier paralización en la que los trabajadores permanezcan en el centro de trabajo y la obstrucción del ingreso al centro de trabajo
IV.- HUELGA
El conflicto colectivo laboral.
Soluciones para el conflicto laboral.
Triangularidad del Derecho Colectivo del Trabajo.
IV.- HUELGA
IV.- CIFRAS
Lima Metropolitana: situación del empleo por tipo de contrato (1990 - 2008)
Fuente: De 1990 a 1997 en Olivera (1999) “Ampliación de la cobertura de pensiones: el caso de los trabajadores independientes en el Sistema Privado de Pensiones” Olivera. Convenio MTPE-INEI, ENAHO 1999, 2000, 2001 III Trimestre. MTPE, Encuesta de hogares especializada en niveles de empleo, de 2002 al 2008 III Trimestre. Elaboración propia.
Tasa de afiliación sindical en Lima Tasa de afiliación sindical en Lima Metropolitana 1990-2009Metropolitana 1990-2009
Lima Metropolitana: Evolución de trabajadores con afiliación sindical, asalariados y la tasa de afiliación sindical, 1990-2009. Incluye empleados y obreros públicos y privados. Elaboración: Fernando Cuadros
Convenios colectivos en Perú 1985-2011Convenios colectivos en Perú 1985-2011
Fuente: MTPE. Elaboración propia. Los datos del año 1992 corresponden a Lima Metropolitana.
Perú: huelgas a nivel nacional (1970-Perú: huelgas a nivel nacional (1970-2011)2011)
Fuente: MTPE. Elaboración propia.
Perú: Evolución de la participación del PBI Perú: Evolución de la participación del PBI según tipo de ingreso 1991-2011según tipo de ingreso 1991-2011
Incluye utilidades (90% aprox.) e ingresos de independientes (10% aprox.).Fuente: INEI / Elaboración: Gabinete de Asesores del MTPE.
I. ¿Qué es el «Trabajo Decente»?
II. ¿Qué es la libertad sindical?
III.¿Cuáles son los principales convenios de
la OIT sobre libertad sindical?
IV.¿Qué es y para qué sirve la negociación colectiva?
V. ¿Qué es la huelga?
Muchas gracias !!!
Luis Enrique Mendoza ChoqueLuis Enrique Mendoza Choque