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PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE ¿Derecho de Autor o Propiedad Industrial?

ProteccióN JuríDica Del Software

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Page 2: ProteccióN JuríDica Del Software

La Propiedad Intelectual esta dividida en dos grandes rubros:

Derecho de AutorPropiedad Industrial

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DERECHO DE AUTOR

Es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, científica o didáctica, esté publicada o inédita.

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PROPIEDAD INDUSTRIAL

Es un conjunto de derechos que puede poseer una persona física o jurídica sobre una invención (patente, modelo de utilidad, topografía de productos semiconductores, certificados complementarios de protección de medicamentos y productos fitosanitarios), un diseño industrial, un signo distintivo (marca o nombre comercial), etc.

Otorga dos tipos de derechos: en primer lugar el derecho a utilizar la invención, diseño o signo distintivo, y en segundo lugar el derecho a prohibir que un tercero lo haga

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¿QUÉ ES EL SOFTWARE Y ACTUALMENTE COMO SE PROTEGE?

El Software o Programa de Ordenador es una secuencia de instrucciones que hacen que una máquina realice una tarea determinada. Esa secuencia de instrucciones al tener una forma concreta de expresión, creativa y original, es considerada como una obra literaria.

Considerada actualmente en el Perú dentro del rubro de Derecho de Autor.

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El derecho de autor protege todas las obras o creaciones intelectuales originales sin

importar su mérito o destino.

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CONTROVERSIA

Hoy en día si bien existe casi unanimidad en proteger el software por el derecho de autor como una obra más, dado que en casi todas las leyes el listado de obras protegidas es sólo ejemplificativo, pues no todos consideran que esto sea así.

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El derecho de autor exige que la creación sea la expresión original de la actividad intelectual de una persona: el software más complejo es el resultado del trabajo de un grupo asistido incluso por computadoras. Entonces el concepto de “obra” del derecho de autor no se adapta sino forzadamente a la naturaleza técnico- industrial de un programa de computación.

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En nuestra legislación. Los derechos de autor, que incluye el SOFTWARE, son protegidos por el decreto legislativo 822, la decisión andina 351, el Decreto Ley 25868, el Código Penal (art. 216° al 221°), la Convención Universal sobre Derecho de Autor y el Convenio de Berna y por ultimo también son protegidos por nuestra Constitución Política Peruana.

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La Oficina de Derechos de Autor del INDECOPI protege el software a través del registro de éste y de las acciones administrativas que lleva a cabo.Esta Oficina vela por el cumplimiento de las normas legales que protegen al autor con respecto a su obra, así como a todo titular de derechos sobre la misma creación intelectual. También protege a los herederos o cesionarios.

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Las obras intelectuales que se salvaguardan son las literarias, artísticas y literario - científicas, incluyéndose a los programas de computación donde incluiríamos al Software. Sin embargo, en el Perú los derechos de los autores están protegidos aún sin efectuar su registro.