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SUSPENSIÓN DE
OBRA NUEVA
LEGISPERITUM STUDIOSUS
MARBETH CASTILLO VALVERDEJERRY GONZÁLEZ TREJOS
INTERDICTO
LA POSESIÓN
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Es un hecho por el cual una cosa se halla sometida
a nuestra voluntad.
LA POSESIÓN
LEGISPERITUM STUDIOSUS
También es un derecho porque existe una relación
directa e inmediata entre el poseedor y la cosa.
LA POSESIÓN
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Este derecho puede protegerse judicialmente
mediante la utilización de un instrumento
procesal (proceso sumario) conocido como
interdicto.
INTERDICTO
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Es un procedimiento que garantiza la protección de los
estados posesorios a través de la correspondiente
sentencia.
INTERDICTO
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Puede ser utilizado como protección ante cualquier
agresión que una persona sufra sobre su pacífica
posesión, como ruidos, olores y mas afectaciones que
impidan a una persona disfrutar de la posesión de un
bien.
INTERDICTO
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Esto recurre a la paralización de obras cercanas o de
otras actividades molestas (salas de fiestas, etc.) para el
propietario de un inmueble.
INTERDICTO
LEGISPERITUM STUDIOSUS
EN NUESTRA LEGISLACIÓN COSTARRICENSE ENCONTRAMOS CINCO TIPOS DE INTERDICTO
Amparo Posesión Derribo
RestituciónReposición de mojones
Suspensión de obra
FUNDAMENTO JURÍDICO
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Artículo 457
“Los interdictos son: de
amparo de posesión, de
restitución, de reposición de
mojones, de suspensión de
obra nueva y de derribo.
Cuando se haya establecido
equivocadamente un interdicto
por otro, o todos a la vez, eljuez, con vista de la situación
de hecho que se demuestre,declarará con lugar el que
proceda”.
INTERDICTO
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Los interdictos sólo procederán respecto de bienes
inmuebles y de ninguna manera afectarán las cuestiones
de propiedad o de posesión definitiva.
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SUSPENSIÓN DE OBRA NUEVA
SUSPENSIÓN
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Suspensio ... Es la detención temporal de un proceso, como un tratamiento, una construcción o un programa.
Puede ser una punición (castigo), una condena o una reprimenda (desaprobación) como respuesta a un determinado comportamiento.
OBRA NUEVA
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Es un documento público donde sedeclara la existencia de una edificacióno la construcción de una nueva..
www. gralusa.com
INTERDICTO DE SUSPENSIÓN DE OBRA NUEVA
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Por obra nueva se
entiende no sólo la que
se edifica enteramentede nuevo sino también
la que se hace sobre
cimiento, muro o edificioantiguo, generando más
extensión o elevación o
variando la forma queantes tenía.
INTERDICTO DE SUSPENSIÓN DE OBRA NUEVA
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Este interdicto se interpone
en aquellos casos en losque se está desarrollando
alguna construcción y
genera una afectación.
INTERDICTO DE SUSPENSIÓN DE OBRA NUEVA
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Existiendo la posibilidad de que la nueva
obra se construya en terreno ajeno, o que
con ella se perjudiquen derechos ajenos,en el artículo 470 de nuestro código
procesal civil se establece el interdicto
prohibitorio llamado …
“Suspensión de Obra Nueva”
FUNDAMENTO JURÍDICO
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Artículo 470
“Presentada la demanda, el juzgador ordenará
la suspensión de la obra y se constituirá en el
lugar de ésta para practicar el cabal
reconocimiento, lo cual podrá complementar
con prueba pericial.
Si la continuación de la obra apenas
ocasionare un leve daño y el que la ejecuta
rindiere garantía de destruirla, si se declarara
en la sentencia del interdicto justa la
denuncia, el juez podrá autorizar su
continuación.
El juez le permitirá realizar las obras que sean
absolutamente indispensables para la
conservación de lo construido. Contra esta
resolución no cabrá recurso alguno”.
INTERDICTO DE SUSPENSIÓN DE OBRA NUEVA
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Este interdicto tiene comofin la suspensión de la
obra comenzada hasta
que en juicio
contradictorio se ventilen y
decidan los derechos de
las partes.
INTERDICTO DE SUSPENSIÓN DE OBRA NUEVA
LEGISPERITUM STUDIOSUS
EJEMPLOS:
•Destruir una tapia colindante y construirla en terreno de
la parte actora.
•Que durante la construcción, tiren los escombros en mi
propiedad taqueando alcantarillas generando
inundaciones en invierno.
INTERDICTO DE SUSPENSIÓN DE OBRA NUEVA
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¿CUANDO SE DEBE RECURRIR A ESTE INTERDICTO?
Cuando un propietario o poseedor de un inmueble creaque está en riesgo su propiedad.
Que se vea afectado en la posesión o tenencia que ejerce
sobre su propiedad a causa de la construcción de una
obra nueva, sea esta un edificio, plantaciones de árboles,
entre otros o que la misma no se sujetare a las normas
establecidas.
FUNDAMENTO JURÍDICO
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Artículo 311
“Cuando la obra nueva, o el mal
estado del edificio, construcción
o árbol pueda perjudicar alguna
cosa pública o sea una amenaza
para los transeúntes, cualquiera
que tenga interés puede
constituirse demandante como si
se tratara de defender su
propiedad o posesión, sin
perjuicio de las medidas de
policía a que hubiere lugar
conforme a la ley”
INTERDICTO DE SUSPENSIÓN DE OBRA NUEVA
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REQUISITOS
•Que la obra se encuentre en estado deejecución.
•Cuando la obra no se ajuste a las
normas sobre servidumbre.•Cuando la posesión del actor sufre un
menoscabado o perjuicio.
•El acto perturbador debe ser actual no
eventual o futuro.•Que la construcción pueda perjudicar
alguna cosa pública o sea una amenaza
para los transeúntes.
INTERDICTO DE SUSPENSIÓN DE OBRA NUEVA
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DEMANDA
Una vez admitida la demanda, el juez deberá suspender los
trabajos de la obra y señalara la fecha y hora de una
audiencia de inspección en un plazo máximo de 3 días a la
cual deberán asistir los peritos tanto de la parte demandante
como demandada.
INTERDICTO DE SUSPENSIÓN DE OBRA NUEVA
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Resultado de la inspección realizada por el juez, este
podrá disponer la paralización de la obra o le permitirá
realizar las que sean absolutamente indispensables para
la conservación de lo construido.
Contra esta resolución no cabrá recurso alguno.
DEMANDA
FUNDAMENTO JURÍDICO
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Artículo 470
“Presentada la demanda, el juzgador
ordenará la suspensión de la obra y se
constituirá en el lugar de ésta para
practicar el cabal reconocimiento, lo
cual podrá complementar con prueba
pericial.
Si la continuación de la obra apenas
ocasionare un leve daño y el que la
ejecuta rindiere garantía de destruirla,
si se declarara en la sentencia del
interdicto justa la denuncia, el juez
podrá autorizar su continuación.
El juez le permitirá realizar las obras
que sean absolutamente indispensables
para la conservación de lo construido.
Contra esta resolución no cabrá
recurso alguno”.
INTERDICTO DE SUSPENSIÓN DE OBRA NUEVA
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EFECTOS DE LA SUSPENCIÓN
El Juez deberá prevenir al
demandado dueño de la obra,
en caso de no estar presente se
le prevendrá al director pero si
éste no estuviere presente en el
acto de reconocimiento, la
prevención se la hará al director,
encargado u operarios, los
cuales deberán suspender los
trabajos en el momento,
advertidos de la consecuencia
de desobedecer la orden.
FUNDAMENTO JURÍDICO
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Artículo 471
“El juzgador prevendrá la suspensión
al demandado dueño de la obra, pero
si éste no estuviere presente en el
acto del reconocimiento, la
prevención se la hará al director,
encargado u operarios, para que, en
el acto, suspendan los trabajos, bajo
el apercibimiento de ser juzgados por
el delito de desobediencia a la
autoridad.
En cualquier momento, a petición de
parte, el juez podrá ordenar la
destrucción de lo construido en
contra de la orden de suspensión, a
costa del infractor”.
INTERDICTO DE SUSPENSIÓN DE OBRA NUEVA
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Una vez realizada la inspección del juez
y en base a los informes periciales, estepodrá dictar sentencia, la misma que
dará como resultado lo siguiente:
•Se ordenará la suspensión definitiva de
la obra cuya ejecución se hará de
inmediato, aunque el fallo fuere apelado.
•Condenará al demandado a pagar los
daños y perjuicios.
SENTENCIA
FUNDAMENTO JURÍDICO
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Artículo 472
“En la sentencia
estimatoria se ordenará
la suspensión definitiva
de la obra cuya ejecución
se hará de inmediato,
aunque el fallo fuere
apelado.
Además, condenará al
demandado a pagar los
daños y perjuicios”.
INTERDICTO DE SUSPENSIÓN DE OBRA NUEVA
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De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 473 del Código Procesal Civil Costarricense, la sentencia del interdicto, sea cual que sea, no impedirá que se realice por
separado, el proceso abreviado correspondiente sobre la
continuación o destrucción de la obra.
FUNDAMENTO JURÍDICO
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Artículo 473
“La sentencia del
interdicto, cualquiera
que sea, no obstará para
que se entable, por
separado, el proceso
abreviado
correspondiente sobre
la continuación o
destrucción de la obra”.
INTERDICTO DE SUSPENSIÓN DE OBRA NUEVA
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CASO PARA ANALIZAR
INTERDICTO DE SUSPENSIÓN DE OBRA NUEVA
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CONCLUSIONES
En ningún caso se puede adquirir la posesión
de forma violenta mientras exista un poseedor
que se oponga a ello.
Quien se crea con acción o derecho para
privar a otro de la tenencia de una cosa
deberá solicitar el auxilio de la autoridad
competente.
INTERDICTO DE SUSPENSIÓN DE OBRA NUEVA
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CONCLUSIONES
Se interpone cuando se realiza una obra que
perjudica la posesión de la parte actora.
No solamente aplica a que afecte mi posesión sino
también que pueda perjudicar alguna cosa pública
o sea una amenaza para los transeúntes
Cualquier persona que tenga interés puede
demandar como si fuera su propiedad o posesión,
sin perjuicio de las medidas de policía a que
hubiere lugar conforme a la ley
FUNDAMENTO JURÍDICO
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Artículo 277
“El derecho de posesión
consiste en la facultad
que corresponde a una
persona de tener bajo su
poder y voluntad la cosa
objeto del derecho.”
FUNDAMENTO JURÍDICO
LEGISPERITUM STUDIOSUS
Artículo 311
“Cuando la obra nueva, o el mal
estado del edificio, construcción o
árbol pueda perjudicar alguna cosa
pública o sea una amenaza para los
transeúntes, cualquiera que tenga
interés puede constituirse
demandante como si se tratara de
defender su propiedad o posesión,
sin perjuicio de las medidas de
policía a que hubiere lugar
conforme a la ley”
FUENTE
LEGISPERITUM STUDIOSUS
http://www.iuriscivilis.com/
http://www.dyncr.com/blog/derechos-de-los-inquilinos-en-costa-rica/
http://pariniblogagrario.blogspot.com/2011/03/procesos-
interdictales.html
www.monografias.com
www.wikipedia.org
Código Civil de Costa Rica
Código Procesal Civil de Costa Rica