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Reglamento de la LGEEPA
en materia de Evaluación
del Impacto Ambiental.
Evolución del marco jurídico del PEIA
Reformas al marco jurídico del PEIA
Ley Federal para Prevenir y controlar la Contaminación
ambiental
Ley Federal de
Protección
al Ambiente
Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Evolución al enfoque integral de la gestión ambiental
1971
Enfoque higienista
SSA (1972)
Subsecretaria de Mejoramiento del Ambiente.
Dirección de Impacto Ambiental
SEDESOL (1992) Suprime Subsecretaria de Ecología nace INE y PROFEPA
PROFEPA: Funciones de inspección y vigilancia
INE : Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental
1976
SEMARNAP (1994)
2000
Se crea la SGPA y DGIRA
PROFEPA Inspección y vigilancia
Se transfieren atribuciones a Delegaciones
1988
Enfoque Urbano
2012
SEDUE (1982) Subsecretaría de Ecología Dirección de Impacto
Ambiental
SARH (1977)
Dirección General de usos del agua
Subdirección de Impacto Ambiental
SEMARNAT (2000)
NOM-022-SEMARNAT-2003
Modificación
al Art. 5 (REIA)
Reformas a
la LGEEPA
Ley de
Responsabili
dad
Ambiental
Art. 60-TER
LGVS (2007)
1988 Obligatoriedad de obtener la autorización de impacto ambiental de manera previa para:
• Obra pública federal
• Obras hidráulicas, vías generales de
comunicación, oleoductos, gasoductos y carboductos;
• Industria química, petroquímica, siderúrgica, papelera, azucarera, de bebidas, del cemento, automotriz y de generación y
transmisión de electricidad;
• Exploración, extracción, tratamiento y refinación de sustancias minerales y no minerales, reservadas a la federación;
• Desarrollo turísticos federales
• Instalaciones de tratamiento, confinamiento o eliminación de residuos peligrosos, así como residuos radiactivos; y
• Aprovechamientos forestales de bosques y selvas tropicales y de especies de difícil
regeneración.
Ley General de Equilibrio
Ecológico y la Protección
al Ambiente (LGEEPA)
• MIA para obtener la autorización y
en su caso, un Estudio de Riesgo.
• Registro de prestadores de servicios
que realicen MIA’s.
Primer Reglamento de la LGEEPA en
materia de EIA. • Define el procedimiento
administrativo,
• La excepciones
• Modalidades
• Plazos
• Registro de Prestadores de Servicios
• Medidas de control y sanciones.
Ley General de Equilibrio
Ecológico y la Protección
al Ambiente (LGEEPA)
SEDESOL (1992)
Suprime Subsecretaria de
Ecología
Se crean el INE-PROFEPA
1992 1994 Se establecen atribuciones: •El INE como instancia normativa y encargada de evaluar las MIA’s. •La PROFEPA como la instancia encargada de la
inspección y vigilancia.
1994. Se crea la SEMARNAP con objeto de planear el manejo de recursos naturales y políticas ambientales en nuestro país desde un punto de vista integral, articulando los objetivos económicos,
sociales y ambientales.
SEMARNAP (1994)
1996
Reformas a la LGEEPA:
•Se modifican algunas obras y
actividades
• Obra pública federal (sólo las
que estén en otras fracciones)
• Quedó fuera la industria de
bebidas y automotriz.
• Desarrollos turísticos federales por
desarrollos inmobiliarios que
afecten ecosistemas costeros.
• Se incorporaron obras en ANP y
en cuerpos de agua y su zona
federal
• Se incorporan mecanismos de
participación social
• Publicación del extracto.
• Consulta pública
• Reunión pública.
• Se incorporó la posibilidad de
evaluar planes y programas de
OET y PDU.
• Se elimina la obligatoriedad del
Registro de prestadores de
servicios.
• Se modificaron los plazos de
evaluación
• Se incorporó la posibilidad de
exigir seguros y garantías.
Reformas a Ley General de
Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente (LGEEPA)
2000
Se crea la SGPA y DGIRA
PROFEPA Inspección y
vigilancia
Se transfieren atribuciones
a Delegaciones
Reglamento de la LGEEPA
en materia de Evaluación
del Impacto Ambiental.
SEMARNAT (2000)
El REIA:
•Define obras y actividades que requieren
autorización y las excepciones.
•Define las nuevas modalidades de MIA
•Unifica los plazos para: evaluación y resolución,
•Aterriza el proceso de consulta pública y reunión
pública
•Define las etapas del procedimiento de
evaluación de MIA’s y del Informe Preventivo
•Precisa los supuestos para seguros y garantías.
•Define el procedimiento para inspección,
medidas de seguridad y sanciones a cargo de la
PROFEPA.
El Reglamento Interior de la SEMARNAT:
•Otorga atribuciones a las delegaciones para
que puedan evaluar y resolver MIA’s.
Reformas al marco jurídico del PEIA
2002 2003 2007 2010 2012
Trámite Unificado de
Cambio de uso del suelo
Evolución al enfoque integral de la gestión ambiental
• 10/Abril/2003. NOM-022-SEMARNAT-2003.
• 01/Febrero/2007. Artículo 60 TER de la LGVS.
• 22/Dic/2010. Acuerdo para presentar el
Trámite Unificado de Cambio de Uso del Suelo
en Materia Forestal y de Impacto Ambiental.
• 26/Abr/2012. Reformas al REIA
• 26/Nov/2012. Modificaciones al Reglamento
Interior de la SEMARNAT. Modificaciones al Art. 5
(REIA)
NOM-022-SEMARNAT-
2003
Art. 60-TER LGVS (2007)
Reformas al marco jurídico del PEIA
2013
Evolución al enfoque integral de la gestión ambiental
• 20/Mayo/2013. Art. 32. Todos los PDU y POET
que incluyan obras del Art. 28 deben presentar
MIA.
• 07/junio/2013. Ley Federal de Responsabilidad
Ambiental. Define conceptos y procedimientos
para:
o Reparación del daño,
o Compensación ambiental,
o Creación del Fondo de Responsabilidad
Ambiental y del
o Sistema Nacional de Seguros de Riesgo Ambiental
o Montos de sanciones: 300 a 50 mil días SMVDF
(personas físicas) y Mil a 600 mil días SMVDF
(personas morales).
Ley de
Responsabilidad
Ambiental
Reformas a la
LGEEPA
Instrumento de política ambiental de carácter preventivo.
Procedimiento administrativo (no es un simple trámite).
Promotor del desarrollo
sustentable.
¿Qué es la Evaluación del Impacto Ambiental (EIA)?
Los actores del PEIA:
inversionista
10 20 30 40 50 60 0
III.
Re
solu
ció
n
Publicación en Gaceta (artículo 37)
El Procedimiento Administrativo de la EIA
Solicitud de consulta pública (artículo 40)
Aceptación de consulta y solicitud de publicación de extracto (artículo 41 REIA)
I. R
ec
ep
ció
n
1 Integración de expediente (artículo 21)
15
Publicación del extracto de la MIA en periódico local (artículo 41 fracción I
REIA)
25
Solicitud para poner a disposición del público la MIA en la entidad (artículo 41 fracción II REIA)
Propuestas y observaciones a la MIA
(artículo 41 fracción III)
Publicación de convocatoria para reunión pública (artículo 43 fracción I)
Reunión pública de información (artículo 43 fracción II)
45
5 días
10 días
5 días
5 días
10 días
20 días
25 días
5 días
Solicitud de información adicional (artículo 22)
40 días
59
Su
spe
nsi
ón
de
l P
EIA
35
Solicitud de opiniones técnicas (artículo 24)
II.
Evaluación
Más de 35,000
proyectos sometidos
al PEIA (1988-2013).
17,775 de 2007 al
30/abril/2013.
42% ha ingresado en
Oficinas Centrales y
58% en las
Delegaciones.
FUENTE: Cifras tomadas del SINAT al 30 de Abril de 2013.
Delegaciones
Resultados de la aplicación del PEIA
(1988-2012)
27,500
55,000
82,500
110,000
48,66543,095
100,518
34,492 33,73543,001
$175,000
$350,000
$525,000
$700,000
$225,015$183,555
$693,299$645,318
$159,683$112,773
Inversión de proyectos (millones de pesos) y Empleo
2007 2008 2009 2010 2011 2012
Autorizados y negados por sector
NEGADO AUTORIZADO
Insuficiencias técnicas en las MIA’s
No se delimitó el sistema ambiental (regional)
No se respetó la integridad funcional del
ecosistema
No se efectuó un correcto diagnóstico
ambiental
No se respetaron los criterios de
sustentabilidad de los recursos naturales
Se incumplió con lo establecido en algún instrumento ambiental (POET, ANP, PDU, NOM,
etc.)
Causas de una resolución negativa
Evolución del enfoque integral de la evaluación del impacto ambiental
Mejoras al Proceso de Evaluación: •Apoyo de otros instrumentos de regulación:
– ANP’s
– POET
– NOM’s (022, 059, 162)
• Desarrollo de herramientas
tecnológicas, como:
– Micro sitio de trámites
– SIGEIA
– Biblioteca Digital SEMARNAT
– Sistematización del PEIA para el ingreso
electrónico de MIA’s e IP’s
– SICOP (DGIRA-PROFEPA)
• Y emisión de:
– Lineamientos y criterios (internos)
– Capacitación y certificación de
técnicos
En el portal de la SEMARNAT
existe esta Guía de ayuda
para identificar el o trámites
que se requieren para
desarrollar un proyecto,
según corresponda a cada
materia:
•Impacto ambiental
•Forestal
•Vida silvestre
•Residuos y actividades
riesgosas
•Calidad del Aire
•ZOFEMAT
Guía de trámites
www.semarnat.gob.mx
Para obtener el resultado, sólo es necesario
contestar las preguntas que apliquen a cada proyecto.
Como resultado se
obtiene:
•Resumen de la información elegida y los trámites que se requieren previo a la construcción y
los posteriores,
•Costos del trámite y
•Plazos de respuesta.
Guía de trámites
Registro y corroboración de la
ubicación de más de 2 mil proyectos
sometidos al PEIA de 2009 a 2013.
Identificar el grado de incidencia de
un proyecto sobre los instrumentos de
planeación ambiental y restricciones.
30 capas de información:
ANPs, POETs, RTP, RHP, RMP, AICAS,
sitios RAMSAR, cuencas hidrológicas,
UMA’s, manglar, usos del suelo, tipos
de vegetación, inventario forestal,
INEGI.
Se implementó en 2009 como una
herramienta de apoyo al PEIA para:
Sistema de Información Geográfica para la Evaluación
del Impacto Ambiental
Sistema de Información Geográfica para la Evaluación del
Impacto Ambiental
En 2012 se puso a disposición de la
ciudadanía la versión pública del
Sistema en internet.
www.semarnat.gob.mx/sigeia
Utilidad para la ciudadanía:
Corroborar la ubicación geográfica de los
proyectos previo a que sean sometidos al PEIA.
Generar archivos con la ubicación de los
proyectos para incluirlos en las MIA’s.
Identificar el grado de incidencia de un
proyecto sobre los instrumentos de planeación
ambiental (ANP, POET, PDU, regiones
prioritarias, manglar, usos del suelo,
vegetación, etc.)
Elegir de varias alternativas de ubicación, la
mejor opción.
• En el 2008, se creó la Biblioteca
Digital del CIGA, y en 2009 con el apoyo de la DGIT, CECADESU y el IMTA, se convirtió en
• Disponible en Internet para
cualquier usuario desde agosto de 2012.
• Más de 25 mil documentos digitales e impresos con información ambiental de
estudios de impacto ambiental, normas, leyes, reglamentos, libros, manuales, guías y documentación que ayudan a fomentar una cultura ambiental.
http://www.semarnat.gob.mx/biblioteca
Biblioteca digital SEMARNAT
Beneficios para la ciudadanía:
Acceso a la normatividad ambiental y a los estudios de impacto ambiental para conocer sus implicaciones y ejercer su derecho de acceso a la información.
Quienes realicen gestiones ambientales tienen acceso en línea a la normatividad y documentación de apoyo para elaborar las MIA’s.
Acceso a información ambiental relevante para fomentar la conciencia ambiental o para sus actividades académicas o de investigación.
http://www.semarnat.gob.mx/biblioteca
Biblioteca digital SEMARNAT
Esta herramienta tiene como
objetivo sistematizar el proceso para el ingreso, gestión,
evaluación y resolución de:
•Manifestaciones de Impacto
Ambiental modalidad
• Particular
• Regional e
• Informes Preventivos.
Sistema para el ingreso de MIA’s e IP’s en forma
electrónica.
Beneficios para el ciudadano:
1.Diseñada en ambiente web, amigable
para el usuario.
2.Permite el envío de trámites desde
cualquier Pc con acceso a Internet.
3.Notificaciones y respuestas de los
trámites, por el mismo sistema.
Sistema para el ingreso de MIA’s e IP’s en forma electrónica.
7. Guardado temporal,
conforme se integran
los 8 capítulos de la
MIA. .
4.Tablas para facilitar la
integración de la
información.
5.Permite adjuntar archivos
(planos, fotos,
documentación legal).
6.Ayudas para facilitar la
captura de la MIA
8. Cuenta con mecanismos de
seguridad y legalidad, al
considerar el uso de la Firma
Electrónica Avanzada.
Desarrollado en mayo de
2012 como mecanismo
eficaz para mantener
informada a la PROFEPA en
línea, del ingreso de:
•Proyectos sometidos al PEIA
(MIA’s e IP’s),
•Resolutivos emitidos y
•Oficios de respuesta del
seguimiento a cumplimientos
de condicionantes que se
atienden en DGIRA.
Sistema de Consulta Interna de Proyectos sometidos al
PEIA DGIRA-PROFEPA
• Para este 2013 se incorporará información de los
procedimientos instaurados por la PROFEPA .
1. Lineamientos para casos en que se realicen obras y actividades sin contar con autorización. (SEMARNAT-PROFEPA). 01/06/2009
2. Lineamientos que establecen contenido de los programas para el cumplimiento de las medidas de prevención, mitigación y en su caso, compensación. 02/09/2011.
3. Lineamientos para recepción de trámites y los
documentos de respuesta de los mismos, en los ECC. 29/02/2012.
Lineamientos y criterios para homologar el PEIA
4. Lineamientos sobre las diferencias técnicas del cambio de uso del suelo, entre impacto ambiental y forestal. 28/03/2012.
5. Lineamientos que establecen criterios técnicos de aplicación de la LGEEPA y el REIA. Nov/2012.
6. Lineamientos derivados de las Reformas al Reglamento Interior de la SEMARNAT Nov/2012-Feb/2013.
7. Foro DGIRA-Delegaciones y Correo [email protected]
8. Capacitación técnica especializada a técnicos evaluadores
Porque reorientar el PEIA
•Cambio climático
•Modificaciones a articulos 4 y 17 de la CPEUM
•Desarrollo tecnológico
•Incremento de la participación social
• Procedimiento de consulta a pueblos y comunidades indígenas
(Recomendación 56/2012 de la CNDH y Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y
Tribales en países independientes de la OIT)
•Incorporación de la EAE en otros países.
•Armonización y concordancia con otras Leyes:
• Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (2005)
• Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos (2008)
• Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (2003 y reformas 2012)
• Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (Reformas 2012)
• Ley de Vida Silvestre (Reformas 2012)
• Ley General de Cambio Climático (2012)
Aspectos a considerar en las reformas al marco jurídico
del PEIA.
• Obras o actividades que por sus características o ubicación, no requieren
de someterse al procedimiento de evaluación del impacto ambiental.
• Complementar los criterios o supuestos para determinar las modalidades
en las que se deben presentar los estudios de impacto ambiental.
• La necesidad de incorporar la Evaluación Ambiental Estratégica.
• Incorporación del tema social y comunidades
• Reglamentar el tema de seguros y garantías
• Actualización y publicación de las Guías para la MIA, IP y estudios de
riesgo
• Falta de definiciones en conceptos incluidos en el REIA.
• Imprecisiones en las referencias de algunos artículos en el REIA.
Hacia donde trabaja la SEMARNAT-DGIRA
• Establecimiento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto
Ambiental
• Implementación de la Evaluación Ambiental Estratégica
• Medición de la huella de carbono de las obras y actividades que se
sujetan al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental
• Análisis de Ciclo de Vida de los materiales involucrados en las obras
y actividades
• Incorporación de las internalidades y externalidades de las obras y
actividades sujetas al PEIA.
• Desarrollo de indicadores estratégicos que permitan evaluar la
efectividad de las medidas de mitigación que se establecen en las
resoluciones
Hacia donde trabaja la SEMARNAT-DGIRA
• Explotación de herramientas tecnológicas para facilitar el proceso
de análisis y evaluación (SIGEIA)
• Sistematización del proceso de gestión de impacto ambiental en
forma electrónica (elaboración e ingreso de la MIA, evaluación y
resolución, incluye los trámites derivados).
• Establecimiento de un esquema de acreditación de consultores
ambientales por un organismo externo (colegios de profesionistas).
• Criterios homologados del PEIA a nivel federal (DGIRA-
Delegaciones).
• Fortalecimiento de la coordinación-comunicación SEMARNAT-
PROFEPA.
Hacia donde trabaja la SEMARNAT-DGIRA
• Actualización de las guías para la presentación de las MIAs
• Desarrollo de la guía y compendio con las metodologías de
evaluación de impacto ambiental mas utilizadas por obra y
actividad