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Dictaminación de la Aptitud Médico Laboral

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Dictaminación de la Aptitud

Médico Laboral

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Aptitud médico-laboral:

Capacidad psicofísica del individuo para

realizar su trabajo sin riesgo para su salud

y la de otros.

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• En materia de Derechos Humanos, en la Ley

Federal para Prevenir y Eliminar la

Discriminación, plantea aspectos para evitar

actos discriminatorios, situación que obliga a

través de los Servicios de Salud en el Trabajo,

ha establecer criterios para la dictaminación de

la aptitud médico laboral.

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• Se entenderá como discriminación a toda

distinción, exclusión o restricción que basada en

el origen étnico o nacional, sexo, edad,

discapacidad, condición social o económica,

condiciones de salud, embarazo, lengua,

religión, opiniones, preferencias sexuales,

estado civil o cualquier otro que tenga por efecto

impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio

de los derechos de igualdad.

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Los médicos de Salud en el Trabajo serán

los responsables de dictaminación de la

aptitud médico-laboral de los aspirantes a

ingresar con calidad, calidez y

oportunidad.

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Para emitir la dictaminación de la aptitud médico-laboral, se deberá consideran los siguientes criterios:

a) En el aspirante

. Analizar los antecedentes clínicos y laborales

. Determinar la capacidad física, mental y/o psicológica

. Establecer los hallazgos diagnósticos

. Considerar los diagnósticos y/o complicaciones establecidos en las interconsultas

.

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b) En el puesto de trabajo

. Determinar si el aspirante es capaz de

realizar las actividades esenciales del

puesto.

. Establecer el riesgo para la salud y

seguridad personal y de terceros.

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Solicitar estudios de laboratorio , previo

consentimiento por escrito del aspirante:

- Biometría hemática completa.

- Examen general de orina.

- Química sanguínea (glucosa, urea, creatinina,

ácido úrico, colesterol, triglicéridos).

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Además para áreas de alto riesgo, se deberá

solicitar, previo consentimiento por escrito del

aspirante:

- Prueba inmunológica de embarazo (PIE) en caso

de mujeres.

- Panel viral para hepatitis.

- VDRL

- Prueba de ELISA para VIH y en su caso prueba

confirmatoria.

- Prueba antidoping.

- Grupo y Rh

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Solicitar estudios de gabinete (PA tórax; AP,

lateral y oblicuas de columna lumbosacra

de pie) e interconsultas requeridas para

complementar el estudio.

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Si durante la dictaminación de la aptitud médico laboral se diagnostican patologías recientes como fracturas, esguinces, luxaciones, enfermedades infecto-contagiosas, quemaduras u otras, las cuales se encuentren en estudio, tratamiento o agudizadas y provoquen limitación funcional o requieran de incapacidad temporal para el trabajo y por ende impidan el desempeño adecuado de las actividades laborales del puesto, en ese momento no se deberá dictaminar la aptitud, sino hasta que la patología se resuelva, se estabilice o bien exista recuperación funcional.

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El embarazo no es causal de No aptitud, si a partir

de la confirmación del embarazo éste cursa en

condiciones fisiológicas normales, se deberá

dictaminar a la aspirante como apta.

La dictaminación de aptitud médico laboral en

embarazo de 34 semanas y más, deberá

diferirse hasta después de seis semanas del

parto.

La Ley Federal del Trabajo en el Título Quinto referente al Trabajo de las Mujeres en su artículo 170 fracción II, establece que las madres

trabajadoras tendrán derecho a disfrutar de un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto

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Si la aspirante pretende ingresar a un

puesto de trabajo y no podemos realizar

estudios imagenológicos de columna

vertebral, el examen médico de aptitud

laboral se pospondrá hasta la solución del

embarazo.

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• Si durante el interrogatorio y exploración

física o bien en los antecedentes médicos

del aspirante, se identifica que hace uso

de sustancias psicoactivas le deberá

realizar la prueba antidoping.

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• Es una sustancia o mezcla de sustancias

naturales o sintéticas que al ser

introducida en un organismo actúa sobre

el Sistema Nervioso Central (cerebro),

puede modificar una o varias de sus

funciones físicas y/o mentales.

¿Qué es una droga?

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siendo algunos parámetros los siguientes:

- Alcohol: 12 horas.

- Anfetaminas/Speed: hasta 4 días.

- Benzodiacepinas 7-10 días

- Cannabis:

. Consumo moderado: de 14 a 20 días.

. Consumo crónico: de 14 hasta 50 días.

- Cocaína: hasta 6 días

- Codeína 7 días

- Éxtasis: hasta las 72 horas.

- Heroína: 4 días

- LSD: de uno a cinco días.

- Metadona 10 días

Cuyo resultado positivo será suficiente para dictaminar la No aptitud laboral

Es posible que aparezcan falsos positivos con el uso de algunos

medicamentos legales, como por ejemplo, ibuprofeno y antihistamínicos

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La infección por el VIH

No afecta en sí misma la capacidad del individuo para desempeñar un puesto específico de trabajo.

Ante la sospecha de que un aspirante a áreas de alto riesgo, se le deberá solicitar la prueba de Elisa.

Es importante señalar que por ningún motivo, se deberá asentar en el dictamen de aptitud médico laboral el diagnóstico de VIH positivo o SIDA como causa de No aptitud laboral.

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Obesidad

La obesidad por si misma no será causa

médica suficiente para dictaminar la no

aptitud laboral, ya que está deberá

sustentarse en la valoración integral del

aspirante para determinar su estado de

salud y descartar alguna complicación que

le produzca limitación funcional para el

desempeño adecuado de las actividades

laborales de la categoría o puesto.

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OBESIDAD

Riesgo asociado para la salud:

Bajo peso < 18.5 Bajo, pero el riesgo de otros problemas clínicos incrementa

Peso Normal 18.5-24.9 Normal

Sobrepeso 25.0-29.9 Incrementado

Obesidad Clase I 30.0-34.9 Moderadamente incrementado

Obesidad Clase II 35.0-39.9 Gravemente incrementado

Obesidad Clase III > 40.0 Muy gravemente incrementado

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Inspección

Desde un inicio se

valora la libertad o

limitación de sus

movimientos

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Exploracion de columna cervical

• Valorar lordosis

• Limitaciones

• Contracturas

• Puntos dolorosos

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Signos de neurotensión

• Maniobra de Roger

Billas

• Maniobra de Adson

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Síndrome de túnel del carpo

• Maniobras de phallen

y Phallen invertido

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Síndrome de túnel del carpo

• Presión sobre el túnel

del carpo

• Signos de Tinnel

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Disco intervertebral

• Maniobra de Spurling

con alto índice de

sospecha de lesión

de disco.

• Maniobra tracción

• Sirve para valorar la

terapia de tracción en

lesión discal

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sensibilidad

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Exploración de columna lumbar

• La inspección es

importante, desde

que el paciente entra

al consultorio, su

facies, su actitud y

limitaciones

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movilidad

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movilidad

• La persona con dolor

no existe movimiento

• Sirve para valorar su

limitacion,contractura

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marcha

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Signos de neurotension

• Signos de Lassegue

• Es positivo a los 30 a

60 grados

• Signos de flexión de

la rodilla sobre muslo

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• Exploraciones de

rotaciones de cadera

• Exploración de

articulación

sacroiliaca, maniobra

de Patrick

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sensibilidad

• Dermatomas de

extremidades

pélvicas

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Para reflexionar…

Está dicho, claro y de manera reiterada en todos

los ámbitos empresariales, que el principal recurso

con que cuenta una empresa es el capital humano.

Teniendo en cuenta la importancia que representan

las personas para las empresas, es primordial fijar

un control claro en los riesgos que atentan contra

la salud de los trabajadores y contra sus recursos

materiales y financieros.

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• Ninguna empresa desearía accidentes de

trabajo y enfermedades profesionales para sus

empleados, pues estas afectan directa y

negativamente el flujo normal de la empresa y

por lo tanto ponen en riesgo su solidez.

• Así mismo, para los trabajadores los riesgos

pueden terminar convertidos en implicaciones

familiares y sociales. •

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ACTUALIZACIÓN: INCAPACIDAD TEMPORAL PARA EL TRABAJO PARA MÉDICOS DEL IMSS

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Marco Legal

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¿CUANDO?

• Si el médico tratante identifica que no

existe la posibilidad de que el

asegurado pueda reincorporarse a

trabajar, el asegurado deberá ser

referido a Salud en el Trabajo para

evaluar el posible estado de invalidez.

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invalidez

• L.S.S. Art. 119.

• Para los efectos de esta Ley, existe invalidez

cuando el asegurado se halle imposibilitado

para procurarse, superior al cincuenta por

ciento y derive de una enfermedad o

accidente no profesionales.

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• ¨Uno ve, lo que uno sabe ¨.