27
SUPERFICIE DERECHO REALE SOBRE COSA PARCIALMENTE PROPIA EN INMUEBLE AJENO

Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Modificaciones respecto a la Ley 25509

Citation preview

Page 1: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

SUPERFICIE

DERECHO REALE SOBRE

COSA PARCIALMENTE PROPIA

EN INMUEBLE AJENO

Page 2: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

SUPERFICIE

DERECHO REALE SOBRE

COSA PARCIALMENTE PROPIA

EN INMUEBLE AJENO

ART 2114 A 2128 CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL ,2014

Por Nina Norma Noriega

Page 3: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE

SUPERFICIE FORESTAL

antecedentes NORMATIVA LEGISLATIVA: LEY 25509 ,

Legislada el 11 diciembre 2001

LEYES COMPLEMENTARIAS:

Ley de inversiones para bosques cultivados

Ley 25.080

TIPO DE DERECHO : Derecho real autónomo

Ley 26994/14, Código Civil y Comercial, Art. 2114 a 2128

Page 4: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE SUPERFICIE

Concepto según Artículo 2114 Código Civily Comercial

El derecho de superficie es un derechoreal temporario, que se constituye sobre uninmueble ajeno, que otorga a su titular lafacultad de uso, goce y disposiciónmaterial y jurídica del derecho de plantar,forestar o construir, o sobre lo plantado,forestado o construido en el terreno, elvuelo o el subsuelo, según lasmodalidades de su ejercicio y plazo deduración establecidos en el título suficientepara su constitución y dentro de lo previstoen este Título y las leyes especiales.

Page 5: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE SUPERFICIE

FORESTAL

ART 2 LEY 25509

“EL DERECHO REAL DE SUPERFICIE FORESTAL ES UNDERECHO REAL AUTÓNOMO Y TEMPORARIO, QUEOTORGA AMPLIAMENTE AL SUPERFICIARIO EL USO,GOCE, Y DISPOSICIÓN JURÍDICA DE LA SUPERFICIE DE UNINMUEBLE AJENO CON LA FACULTAD DE REALIZARFORESTACIÓN O SILVICULTURA Y HACER PROPIO LOPLANTADO O ADQUIRIR LA PROPIEDAD DE PLANTACIONESYA EXISTENTES, PUDIENDO GRAVARLA CON DERECHOREAL DE PRENDA O ANTICRESIS. A LOS FINES DE LAPRESENTE LEY, LAS CORRESPONDIENTESPLANTACIONES O MASAS ARBÓREAS SERÁNCONSIDERADAS COSAS MUEBLES Y SE ENCUADRARÁNEN LAS NORMAS DEL LIBRO TERCERO, TÍTULO I DELCÓDIGO CIVIL. TODOS LOS INMUEBLES APTOS PARA LAFORESTACIÓN O LA SILVICULTURA-AÚN LOS GRAVADOSANTERIORMENTE CON HIPOTECA SON SUSCEPTIBLES DEQUE SE CONSTITUYA SOBRE LOS MISMOS EL DERECHOREAL DE SUPERFICIE FORESTAL

LOS INMUEBLES GRAVADOS CON EL DERECHO REAL DESUPERFICIE FORESTAL- DENTRO DEL ÁREA AFECTADA-NO PODRÁN TENER OTRO DESTINO QUE EL DEFORESTACIÓN O SILVICULTURA MIENTRAS SEENCUENTRE CONSTITUIDO Y VIGENTE EL MENCIONADODERECHO REAL DE SUPERFICIE

Page 6: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE

SUPERFICIE FORESTAL CARCTERÍSTICAS según ley 25509: DERECHO REAL INDEPENDIENTE

RECAE SOBRE COSA AJENA

TEMPORARIO ( 50 AÑOS)

OTORGA USO, GOCE Y DISPOSICIÓN SOBRE

LA SUPERFICE PARA REALIZAR FORESTACIÓN O

SILVICULTURA

1.- SE UTILIZA EL TERRENO PARA PLANTAR Y SE ADQUIERE LO PLANTADO

2.- SE PUEDE ADQUIRIR LA PROPIEDAD DE LO PLANTADO CON

ANTERIORIDAD

3.- SE PUEDE CONSTITUIR DERECHO DE GARANTIA

4.-EL NUDO PROPIETARIO PUEDE ENANJENAR EL INMUEBLE Y EL NUDO PROPIETARIO DEBE RESPETAR EL DERECHO REAL DE FORESTACIÓN

5.- PUEDE INTERPONER ACCIONES REALES, CONFESORIA, NEGATORIA

6.-EXISTIENDO ESTE DERECHO ,EL NUDO PROPIETARIO NO PUEDE DAR LA COSA PARA OTRO DERECHO REAL DE DISFRUTE O DE GARANTIA

Page 7: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE

SUPERFICIE FORESTAL

CONSTITUCION según Ley

25509:

POR CONTRATO

ONEROSO O GRATUITO

POR ESCRITURA PUBLICA

POR TRADICION DE LA

POSESION

POR INSCRIPCION REGISTRAL

Page 8: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE

SUPERFICIE

CONSTITUCION según Ley 26994: POR CONTRATO

ONEROSO O GRATUITO

SE PUEDE TRASMITIR POR ACTOS ENTRE VIVOS O POR CAUSA DE MUERTE

POR ESCRITURA PUBLICA

POR TRADICION DE LA POSESION

POR INSCRIPCION REGISTRAL

NO SE HABILITA LA USUCAPIÓN

LA PRESCRIPCIÓN BREVE ES ADMISIBLE A LOS EFECTOS DEL SANEAMIENTO DEL JUSTO TITULO

Page 9: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

PLAZOS

NO PUEDE EXCEDER DE 70 AÑOS PARA

COSNTRUCCIONES Y DE 50 AÑOS PARA

FORESTACIONES Y PLANTACIONES, DESDE LA

ADQUISICIÓN DEL DERECHO. LA PRÓRROGA ES

POSIBLE SIEMPRE Y CUANDO NO EXCEDA LOS

PLAZOS MÁXIMOS

Page 10: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

LEGITIMADOS

CONDOMINIO

TITULARES DE DERECHOS REALES

Page 11: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE

SUPERFICIE

¿QUÉ SE PUEDE HACER

CON ESTE DERECHO?

EL SUPERFICIARIO PUEDE, CONSTRUIR,

PLANTAR ,FORESTAR SOBRE LA

RASANTE,VUELO Y SUBSUELO DE

INMUEBLE AJENO HACIENDO PROPIO LO

PLANTADO, FORESTADO O CONSTRUIDO

Page 12: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE

SUPERFICIE

¿QUÉ SE PUEDE HACER

CON ESTE DERECHO?

EL SUPERFICIARIO PUEDE, CONSTITUIR

EL DERECHO SOBRE PLANTACIONES,

FORESTACIONES O CONSTRUCCIONES YA

EXISTENTES, ATRIBUYENDO AL

SUPERFICIARIO SU PROPIEDAD

Page 13: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE

SUPERFICIE

EL SUPERFICIARIO

COEXISTE CON LA

PROPIEDAD SEPARADA

DEL TITULAR DEL SUELO

Page 14: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

FACULTADES DEL

SUPERFICIARIO

CONSTITUIR DERECHOS REALES

DE GARANTÍA

EN LO QUE CONSTRUYA

SOBRE LA PROPIEDAD SUPERCICIARIA

AFECTAR A REGIMEN DE PH LO QUE CONSTRUYA

EN LO QUE PLANTE O FORESTE

TRASMITIR O GRAVAR COMO

INDEPENDIENTES, VIVIENDAS LOCALES O PARTES PRIVATIVAS

CONSTRUIDAS

P

L

A

Z

O

E

L

E

S

T

I

P

U

L

A

D

O

Page 15: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

EMPLAZAMIENTO O FORMA DE CONSTITUIRSE

SOBRE TODO EL INMUEBLE

PARTE DETERMINADA DEL INMUEBLE

CON PROYECCIÓN EN EL ESPACIO ÁEREO O

SUBSUELO

CONSTRUCCIONES YA EXISTENTES (incluso las de

Propiedad Horizontal

Si se utiliza más espacio del encesario para plantar

,forestar o construir, debe ser útil para su

aprovechamiento

Page 16: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

LA TRASMISIÓN DEL DERECHO

CONLLEVA LAS MISMAS

OBLIGACIONES DEL

SUPERFICIARIO A CUMPLIR

LA

RENUNCIA,DESUSO,ABANDONO

NO LIBRERAN DE LAS

OBLIGACIONES LEGALES O

CONTRACTUALES

Page 17: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE

SUPERFICIE FORESTAL EXTINCIÓN según Ley 25509 RENUNCIA EXPRESA

VENCIMIENTO PLAZO CONTRACTUAL O LEGAL

CUMPLIMIENTO DE CONDICIÓN

POR CONSOLIDACIÓN DE PROPIETARIO Y SUPERFICIARIO

NO USO POR TRES AÑOS

EL DERECHO NO SE EXTIGUE POR DESTRUCCIÓN SI EL SUPERFICIARIO VUELVE A PLANTAR EN EL LAPSO DE TRES AÑOS DESDE LA DESTRUCCIÓN

LAS OBLIGACIONES DEL SUPERFICIARIO NO SE EXTIGUEN POR RENUNCIA, DESUSO O ABANDONO

PRODUCIDA LA EXTINCIÓN DEL DERECHO Y SUBSISTAN PLANTACIONES, EL NUDO PROPIETARIO DEBERA INDEMNIZAR AL SUPERFICIARIO

Page 18: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

FACULTADES SUPERFICIARIO

El titular del derecho de

superficie está facultado para

constituir derechos reales de

garantía sobre el derecho de

construir, plantar o forestar o

sobre la propiedad

superficiaria, limitados, en

ambos casos, al plazo de

duración del derecho de

superficie. El superficiario

puede afectar la construcción

al régimen de la propiedad

horizontal, con separación del

terreno perteneciente al

propietario excepto pacto en

contrario; puede transmitir y

gravar como inmuebles

independientes las viviendas,

locales u otras unidades

privativas, durante el plazo del

derecho de superficie, sin

necesidad del consentimiento

del propietario. Art 2120

PROPIETARIO

El propietario conserva

la disposición material y

jurídica que corresponde

a su derecho, siempre

que las ejerza sin turbar

el derecho del

superficiario. Art 2122

Page 19: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE

SUPERFICIE EXTINCIÓN según Ley 26994

EL DERECHO DE CONSTRUIR, PLANTAR O FORESTAR FINALIZA POR

RENUNCIA EXPRESA

VENCIMIENTO PLAZO CONTRACTUAL O LEGAL

CUMPLIMIENTO DE CONDICIÓN

POR CONSOLIDACIÓN DE PROPIETARIO Y SUPERFICIARIO

NO USO POR DIEZ 10 AÑOS PARA EL DERECHO DE CONSTRUIR Y DE CINCO 5 PARA EL DERECHO A PLANTAR O FORESTAR

CONSOLIDACIÓN

Page 20: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE SUPERFICIE

EFECTOS

Al momento de la extinción del derecho desuperficie por el cumplimiento del plazoconvencional o legal, el propietario delsuelo hace suyo lo construido, plantado oforestado, libre de los derechos reales opersonales impuestos por el superficiario.

Si el derecho de superficie se extingueantes del cumplimiento del plazo legal oconvencional, los derechos realesconstituidos sobre la superficie o sobre elsuelo continúan gravando separadamentelas dos parcelas, como si no hubiesehabido extinción,hasta el transcurso delplazo del derecho de superficie.

Subsisten también los derechospersonales durante el tiempo establecido.Art 2125

Page 21: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE SUPERFICIE

DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN AL

SUPERFICIARIO

Finalizado el derecho de superficie debe indemnizar al superficiario,

salvo pacto en contrario. El monto indemnizatorio es fiado por las

partes en el acto constitutivo o en acuerdos posteriores.

El indicativo del valor de la indemnización será tomado de los valores subsistentes incorporados por el superficiario durante los dos

últimos dos años descontado la amortización

Page 22: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE SUPERFICIE

DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN AL

SUPERFICIARIO

Finalizado el derecho de superficie debe indemnizar al superficiario,

salvo pacto en contrario. El monto indemnizatorio es fiado por las

partes en el acto constitutivo o en acuerdos posteriores.

El indicativo del valor de la indemnización será tomado de los valores subsistentes incorporados por el superficiario durante los dos

últimos dos años descontado la amortización

Page 23: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE SUPERFICIE

EFECTOS DE LA EXTINCIÓN

Si el derecho de superficie seextingue antes del cumplimientodel plazo legal o convencional, elpropietario del suelo hace suyolo construido, plantado oforestado y el superficiario lodebe entregar libre de derechosreales o personales. Si seextingue antes del plazo legal oconvencional, los derechosreales o personales constituidosseguirán vigentes hasta el plazototal, y será afectada solo lasparcelas otorgadas en el derechode superficie

Page 24: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE SUPERFICIE

NORMAS APLICABLES

SUPERFICIE SOBRE PROPIEDAD

SUPERFICIARIA

Son de aplicación

supletoria las normas

relativas a las

limitaciones de uso y

goce aplicables en el

usufructo ( no modificar

la sustancia, no dar

otros fines, no

desavalorizar la cosa).

Puede haber pacto

entre partes al respecto

Si el derecho se ejerce

sobre construcción,

plantación o forestación

existente se aplican las

reglas para el caso de

propiedad superficiaria, que

a vez queda sujeta a las

reglas del dominio revocable

sobre cosas inmuebles

siempe y cuando seán

compatibles o no estén

modificadas por lo previsto

entre los artículos 2114 al

2126

Page 25: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE

SUPERFICIECONCLUSIONES

Esta figura incorpora nuevas reglamentaciones

respecto a su predecesora la Ley 25509 en lo

siguiente:

1) Amplia la definición, delimita el objeto en todo su

espacio, agrega a la construcción como objeto

2) Se incluye a la Propiedad Horizontal como

derecho real que puede estar afectado al derecho

de superficie

3) Establece plazos diferentes para la aplicación del

derecho

Construcciones: hasta 70 años (este plazo no

existía en la anterior ley)

Plantación y Forestación: hasta 50 años (el mismo

plazo de la ley

Page 26: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE

SUPERFICIECONCLUSIONES

Esta figura incorpora nuevas reglamentaciones respecto a

su predecesora la Ley 25509 en lo siguiente:

4) No permite aplicar la figura de la usucapión

5) Se puede trasmitir por acto entre vivos , sucesión o de

última voluntad

6) Se permite la aplicación de derechos de garantía por el

lapso del derecho, que subsisten hasta ese plazo aunque

se extinga el derecho. La aplicación de los derechos de

gravamen son más amplios( en la construcción puede

afectar también el terreno)

7) Permite aplicar la figura de la consolidación para la

extinción

8) Agrega como causa de extinción el no uso por 10 años

para las construcciones hechas o a realizar

9) En los casos de no uso del derecho de forestar o

plantar, se amplía el plazo de 3 (tres ) a 5 (cinco) años

Page 27: Derecho de superficie segun el nuevo Código Civil y Comercial

DERECHO REAL DE

SUPERFICIECONCLUSIONES

Esta figura incorpora nuevas reglamentaciones respecto a

su predecesora la Ley 25509 en lo siguiente:

10) Se establece una unidad de medida para la

indemnización del superficiario al finalizar el derecho. Esta

unidad tiene por base los valores subsistentes

incorporados por el superficiario durante los dos últimos

años descontada la amortización

11) Aplicación de normas subsidiarias:

Al derecho de superficie: las limitaciones del usufructo (

no modificar la sustancia de la cosa, no destruir, entre

otras)

A la propiedad superficiaria: Las reglas del dominio

revocable