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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD FERMIN TORO ESCUELA DE DERECHO Alumno: Manuel Molinari CI: 25854750 Evolución Histórica del Derecho Agrario en Venezuela Barquisimeto, 03 de Diciembre de 2016

Evolucion historica del derecho agrario

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Page 1: Evolucion historica del derecho agrario

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD FERMIN TORO

ESCUELA DE DERECHO

Alumno:Manuel Molinari

CI: 25854750

Evolución Histórica del Derecho Agrario en Venezuela

Barquisimeto, 03 de Diciembre de 2016

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Como se puede observar dentro de la historia de Venezuela, antes de ser un país exportador de petróleo, solía ser un

país agricultor el cual se dedicaba al cultivo, producción y venta de rubros, cacao, café (del cual predominaba), entre otros. Todo esto debido a las tierras fértiles que ofrecían

nuestro país, por consiguiente lo estipulado anteriormente marca lo que se conoce como el ‘‘Periodo Agrícola’’.

Evidentemente durante el siglo XIX los derechos de las propiedades de grandes extensiones de tierra y a la vez las

mas prosperas estaban bajo el control de los que eran denominados ‘‘Terratenientes’’, los cuales estaban

conformados por civiles y militares debido a su estatus social (debido en su mayoría descendían de razas como los

mantuanos, la oligarquía criolla, entre otras).

Inicios del Derecho Agrario

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Cabe mencionar que esto hizo que en los años siguientes (durante el siglo XX) se considerara eliminar estos ‘‘Derechos Exclusivos’’, en otras

palabras el dominio tradicional de las tierras en ese entonces, por consiguiente se decidió crear leyes

más justas e igualitarias en este tema, en el cual el interés colectivo debía privar sobre el interés

particular, la cual llego a ser conocida como Ley de Reforma Agraria del año 1945 y a la vez provoco

grandes avances dentro del Derecho Agrario.

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Ley de Reforma Agraria de 1945

De acuerdo a lo estipulado anteriormente sobre esta ley promulgada en 1945, cabe mencionar que tenía como finalidad cambiar la estructura del país en materia agraria (entre estos, mejorar la condición de vida campesina), se pueden mencionar como aspectos mas destacados, los siguientes:

•Estipulaba que toda tierra que pudiese ser explotada y no estuviese siendo cultivada, podía ser expropiada para darla a agricultoresque sí quisieran aprovecharla.

•Establecía la facilitación de créditos agrícolas, asistencia técnica, entre otros.

Sin embargo hay que mencionar que esta ley no fue publicada por la Gaceta Oficial en ese entonces en consecuencia al derrocamiento del gobierno del presidente Isaias Medina Angarita y por consiguiente fue derogada.

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Ley Agraria de 1948

Esta ley establecía en materia agraria, la prohibición de que toda tierra pueda ser expropiada, siempre que la tierra se mantuviese en producción.

Estatuto Agrario de 1949

El Estatuto Agrario de 1949, empezó como un reemplazo de la ley mencionada anteriormente y por consiguiente fue pronunciada por la Junta Militar de ese entonces, por otra parte este estatuto se caracterizó por poseer un enfoque empresarial agrícola de colonización, dentro del cual la agricultura era considerada como elemento importante para la colonización o en otras palabra, para la “conversión de las tierras inexplotadas en tierras de producción", en consecuencia termino inversión muy concentrada de los recursos.

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Ley de Reforma Agraria de 1960

Esta ley tenía como propósito solucionar los problemas en cuanto a la tenencia de la tierra. Por otra parte  se basaba en la teoría de la función social y el derecho del campesino a la propiedad de la tierra y en consecuencia establecía normas para que al campesino se le pudiese otorgar créditos, asistencia técnica, entre otras normas. Sin embargo no toleraba la ocupación violenta de la tierra sino a través de métodos pacíficos ajustados a normas jurídicas. También establecía que el estado tenía que estimular, apoyar y respaldar a quienes se hayan dedicado al trabajo del campo.

En resumen trataba de mejorar el sistema económico agrario del país para que de esta manera contribuyera con el mismo y a la vez buscaba mejorar la forma de vida del campesino.

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Decreto con Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario del 2001

Estableció dentro de la mayor parte de sus artículos desarrollo agroalimentario del Venezuela a través de la justa distribución y redistribución de la tierra. Por ello el régimen de tenencia de la tierra es igual a la relación jurídica entre el titular que sea dueño de la tierra y la comunidad jurídica, en todo aquello que este relacionado al poder del titular de disponer de la cosa o de usarla solamente o de usufructuarla.

Dicho todo esto, establece los siguientes aspectos:

1.- Tiene por objeto establecer las Bases del Desarrollo, Rural, Integral y Sustentable y la eliminación del Latifundio como sistema contrario al interés social y a la armonía en el campo.

2.- Procura una justa distribución de la riqueza y una planificación estratégica, democrática y participativa en cuanto a la tenencia de la tierra y desarrollo de toda la actividad agraria.

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3.- Procura el aseguramiento de la Biodiversidad, la vigencia efectiva de los derechos de protección ambiental y agroalimentario de las presentes y futuras generaciones.

4.- Contempla los principios de Seguridad Alimentaria y de Función Social de las Tierras.

5.- Rige lo referente a la producción agraria, afectación al uso de las tierras, adjudicación de las tierras.

6.- Establece los Niveles Básicos de Productividad Agraria en: Fincas Ociosas e Incultas, Fincas Mejorables y Fincas Productivas.

7.- Persigue la incorporación del campesino al proceso productivo del país, otorgándoles garantías y beneficios.

8.- Se crean 3 Institutos Agrarios en sustitución del Instituto Agrario Nacional: Instituto Nacional de Tierras, Corporación Venezolana Agraria e Instituto Nacional de Desarrollo Rural. 

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9.- Regula la jurisdicción agraria tanto en lo referente a la jurisdicción ordinaria agraria, como a la jurisdicción contenciosa administrativa en materia agraria.

10.- Aparece la figura de las poligonales Rurales como zonas estratégicas para la aplicación de los planes de desarrollo agrario y sustentable. 

En conclusión se debe señalar que este decreto produjo cambios resaltantes dentro del aspecto agrario en el país, debido a que trato de muchas formas fomentar la propiedad o el uso de la tierra de forma individual o colectiva, y pretendía concentrar el derecho de dominio dentro de un solo titular.

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Ley de Tierras y Desarrollo Agrario Del 18 de Mayo de 2005

Fue promulgada el 18 de Mayo de 2005 por la Asamblea Nacional, al igual que el Decreto con Fuerza de ley de Tierras y Desarrollo Agrario del 2001, esta ley mantiene la misma finalidad que la anterior.

Sin embargo fueron cambiados algunos aspectos que la diferencian de la misma como:

1.- Definición de latifundio, articulo 7 de la Ley.

2.- Obligación de inscribirse en el Registro Agrario.

3.- Se suprime el término de Poligonales Rurales por el de tierras con vocación de uso agrario.

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Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, e l 29 de Julio de 2010

Fue promulgada el 29 de julio de 2010, estableciendo como aspecto importante:

•La eliminación del latifundio,

•La eliminación de la tercerización correspondiente a los sistemas contrarios al interés social y a la vez la paz en el campo, por consiguiente las tierras ya no son de uso agrario sino que son de uso agrícola.”

•Esta ley también estipula la autorización del órgano regulador y ejecutor Instituto Nacional de Tierras (INTI), a proceder con el estudio documental de las propiedades, determinando por medio de la existencia del título, suficiente como motivo de prueba del derecho de propiedad.

•Al mismo tiempo esta ley permite la actuación de la INTI para declarar ociosas y/o rescatar tierras con uso no conforme.

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Gracias a todas leyes que han sido promulgadas y derogadas con el paso

de los años el Derecho en materia Agraria se puede visualizar la

importancia que le daba a la población campesina ‘‘ dentro de sus leyes’’, tanto

como en años anteriores como en la actualidad.

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