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./ l"- ronlx CALL CONTACTCENTER TRIBUNAL DISTRITAL DE LO C No. 17811-20'13-14713 (1): Dr. N lng. Hugo Jácome Estrella Super¡ntendente de Economía Popular y Solidaria, Presidente de la Función de Transparencia y Control Social (FTCS) Dr. Carlos Polit Faggion¡, Contralor General del Estado, Vicepresidente de la FTCS Lcda. Yolanda Gonzalez Lastre Pres¡denta del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social lntegrante de la FTCS Dr. Ramiro Rivadeneira Silva, Defensor del Pueblo e lntegrante de la FTCS Ab. Suad l\ilanssur, Superintendente de Compañías, Valores y Seguros e lntegrante de la FTCS Ab. Christian Cruz Rodriguez Superintendente de Bancos (SBS) e Integrante de la FTCS Eco. Pedro Páez, Superintendente de control de Poder de l/ercado (SCP[¡), lntegrante de la FTCS Lcdo. Carlos Ochoa, SupeÍntendente de lnformación y Comunicación (SUPERCOIVI), FTCS Dr. Diego Garcia, Procurador General del Estado (PGE) Dr. Galo Chiriboga, Fiscal General del Esiado (FGE) Dr. Wilson Toainga, Fiscal Provincialde Pichincha; (lndagación Previa No.3l-2015 (,170'1018151012791 Dr. Gustavo Jalk, Presidente delConsejo de la Jud¡catura (CJ) lng. Richard Espinosa, Presidente del Consejo Directivo del IESS Eco. Jorge Rodriguez, Coordinador General de la Comisión Cívica Anticorrupción Mat. Edwin Jarrín Jarrín, Vicepresidente del CPCCS Eco. Efrén Roca Alvarez, Secretario Nacional de la STTG de la Presidencia Dr. Alexander Velepucha Ríos, l\.¡inisterio de Justicia Eco. Santiago Vásquez Cazar. D¡rector Gqner, 11," t- tt\o 2Dló f'¿r",tco (lJn¡, ñrr¡er¡tcr¡r-- n¡nn¡e y MTsERABLE \ql6 CORRUPCION Y COLUSION IESS-RECAPT- SOLNET, e¡ecutada desde dic¡embre de 2010 (5 años); Colus¡ón sancionada desde sept¡embre 20'15. (CONTRATOS DE CALL CENTER IESS-RECAPT). Asunto: !{f!f!!{Q{!\ CONTRADICCION EN SENTENCIA DE NULIDAD DE CONTRATO IE55-RECAPT SEGÚN LA PROCURADURIA GENERAL DEt ESTADO TRIBUNA]- CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SENTENCIA Y DECLARA LA NULIDAD DE CONTRATO IESS-RECAPT, EL 16 MARZO DE, 2016 (después de 30 meses, el contr¿to IESS-RECAPT, declar¡do nulo terminó en marzo de 2014). De mis consideraciones: Para vuestro conocimiento e información. el Tribunal Contencioso Administrativo No. '1 en resolución de 26104/2016 a las 12:45 en el proceso No. 178'11-2013-'147'13, tesolviói Q Bl+¿sr.-^ Q *ggll Telf.:(593 2)2445450 www-cronix,com,ec NCIOSO ADMINISTRATIVONo. N FERNANDo r-opez ¡¡ccifie. Av. 10 de Agosto N34-601 y lua n Pablo Sanz, 4to piso / Certified since: March 2011 Página 1de 2

Oficio no pe 2016 04-29-01 ratificada la contradiccion en sentencia de nulidad de contrato iess recapt segun la procuraduria general del estado

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TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CNo. 17811-20'13-14713 (1): Dr. N

lng. Hugo Jácome EstrellaSuper¡ntendente de Economía Popular y Solidaria,Presidente de la Función de Transparencia y Control Social (FTCS)

Dr. Carlos Polit Faggion¡, Contralor General del Estado, Vicepresidente de la FTCS

Lcda. Yolanda Gonzalez LastrePres¡denta del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social lntegrante de la FTCSDr. Ramiro Rivadeneira Silva, Defensor del Pueblo e lntegrante de la FTCSAb. Suad l\ilanssur, Superintendente de Compañías, Valores y Seguros e lntegrante de la FTCSAb. Christian Cruz Rodriguez Superintendente de Bancos (SBS) e Integrante de la FTCSEco. Pedro Páez, Superintendente de control de Poder de l/ercado (SCP[¡), lntegrante de la FTCS

Lcdo. Carlos Ochoa, SupeÍntendente de lnformación y Comunicación (SUPERCOIVI), FTCS

Dr. Diego Garcia, Procurador General del Estado (PGE)Dr. Galo Chiriboga, Fiscal General del Esiado (FGE)Dr. Wilson Toainga, Fiscal Provincialde Pichincha; (lndagación Previa No.3l-2015

(,170'1018151012791Dr. Gustavo Jalk, Presidente delConsejo de la Jud¡catura (CJ)lng. Richard Espinosa, Presidente del Consejo Directivo del IESSEco. Jorge Rodriguez, Coordinador General de la Comisión Cívica AnticorrupciónMat. Edwin Jarrín Jarrín, Vicepresidente del CPCCSEco. Efrén Roca Alvarez, Secretario Nacional de la STTG de la PresidenciaDr. Alexander Velepucha Ríos, l\.¡inisterio de JusticiaEco. Santiago Vásquez Cazar. D¡rector Gqner,

11," t- tt\o 2Dló f'¿r",tco (lJn¡,ñrr¡er¡tcr¡r-- n¡nn¡e y MTsERABLE

\ql6CORRUPCION Y COLUSION IESS-RECAPT-SOLNET, e¡ecutada desde dic¡embre de 2010(5 años); Colus¡ón sancionada desdesept¡embre 20'15. (CONTRATOS DE CALLCENTER IESS-RECAPT).

Asunto: !{f!f!!{Q{!\ CONTRADICCION EN SENTENCIA DE NULIDAD DE CONTRATOIE55-RECAPT SEGÚN LA PROCURADURIA GENERAL DEt ESTADO

TRIBUNA]- CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SENTENCIA Y DECLARA LANULIDAD DE CONTRATO IESS-RECAPT, EL 16 MARZO DE, 2016 (después de 30meses, el contr¿to IESS-RECAPT, declar¡do nulo terminó en marzo de 2014).

De mis consideraciones:

Para vuestro conocimiento e información. el Tribunal Contencioso Administrativo No. '1 enresolución de 26104/2016 a las 12:45 en el proceso No. 178'11-2013-'147'13, tesolviói

Q Bl+¿sr.-^ Q *ggll Telf.:(593 2)2445450www-cronix,com,ec

NCIOSO ADMINISTRATIVONo.N FERNANDo r-opez ¡¡ccifie.

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,,VISTOS:

Ortiz, conr.la p esente caLsa laDra P¿ulna Tru,iloel reemolazo de l¿ Dra Hroata)rbñ'del Conse.o de a JJdicaru a..Agréguese al p oceso los escrrrcs qLe

anteceden - El Abdgado l\/arcos Arteaga Valenzuela, DIRECTOR NACIONAL DE PATROCINIO,DELEGADO DE LA PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO y el señor Edison Eduardo Simbaña

Andrade, Gerente General de la Cor¡pañía RECAP RECUPERACION DE CAPITAL CONTAC

CENTER S A- .solic¡tan aclaración v ampl¡ac¡ón de la sentencia expedida por este Tdbunal el 16

de mar¿o de112016, las 16h48; cqtrido tras ado a las partes procesales con los escritos med ante

provldencia ¡e 30 de maeo de 2016, las 15h09, las partes contestan dentro del término concedido

rechazando as peticiones entre si.- El Tribunal en estudio pa€ iesolver considera: Qué el Art. 47

de la Lev de la Jur¡sd¡cc¡ón Contencioso Adm¡n¡strat¡va señala que "El Tr¡bunal no ouederévocaf ni alterar. en n¡nqún caso el sentido de la sentencia pronunc¡ada. pero podrá aclararla oampl¡arla. si alquna de las oaÉes lo solic¡tare deñtrc del término de tres días": v. el A.t- 48 de la

Lev ibídem establece que "La aclarac¡ón tendé luqar si la senténc¡a fuere obscura..." _ En el

caso que nos ocupa, la sentenc¡a es clara y precisa y han s¡do considerados todos los puntos

materia de la Litis; en consecueñcia se rechaza el pedido de aclarac¡ón presentado por laspartes procesales.- Tórnese en cuenta la deslgnación conierida por la Compañla RECAP

RECURPERACION DE CAPI-|AL CONTAC CENTER S.A., al Dr l\/arco l\¡orales Tobar, Abogados:

l\,4arco Antonio lrorales Andrade, Pablo Andrés l\¡oraes Andrade, Gabr]ela Ruiz Soto y Juan José

l\¡antilla, para que actúe dentro de la presente causa en caLidad de abogados patrocinadores de laparte demandada, haciéndole conocer a sus anter¡ores abogados que han sido slstituidos en la

defensa para los fines de ley - Tómese en cuenta el casilero judicial No 575 y el casillero electrónico:

[email protected] Actúe en calidad de Secretarjo deL Tribunal, el Abogado Juan

caros Hurtado - NoTlFiQuESE." (Lo resatado me corresponde)

Es decir, el Tribunal no dio respuesta al pedido de aclaración de la Procuraduría General delEstado que es el siguiente:

".., Del tenor del ortículo 1704 del Cód¡go C¡v¡1, invocodo pot ustedes en el cons¡derondo noveno del

fallo, se deduce que un contrdto declorado nulo es ¡nex¡stente y que d¡cho declorotor¡a "do o los partes

derecho o porc seÍ rest¡tu¡dos al m¡smo estodo en que se hollarían s¡ no hubiese ex¡stido" s¡n emborgo

de ello, lJsíos en lo porte resolut¡vo de la sentencio ordenan: "lo próct¡ca per¡cial de la l¡quidoción de

los bienes, seÍvicios y volorcs, que fuercn cancelodos por el lEss y los trabdios reol v debidamente

e¡ecutddos por RECAPY. kl subrayodo y rcsoltodo me pertenecen)

En vírtud de lo conttud¡cc¡ón exístente entre ld parte aonsideratívd v la resolutivd de ld sentenc¡a

sol¡c¡to se s¡rvon oclotor poÍ qué razón s¡ por mondoto legal el contrato No. 64000004 1002 C,

celebrodo entrc RECAPT y el IESS se reputa ¡nexistente, el Tr¡bunol monif¡esto que los trabojos

coffespond¡entes ol objeto del m¡smo fueron "reol y debidomente ejecutodos por RECAP(.

La pregunta obvia es: ¿Qué sentido tiene demandar la nulidad de un contrato, y que se declarenulo; si igual el Juez ordena que se liquide el contrato con un perito? Teniendo en cuenta ademásque la SCPIVI ya sancionó la Colusión IESS-RECAPT-SOLNET desde el 7 de septiembre de 20'15y que el Organ¡smo de Control en el segundo examen especial al contrato IESS-RECAPTdeclarado NULO, dice que existen pagos indebidos y en exceso por $'12.082.226.88 (doce millonesochenta y dos mil doscientos veinte y seis con 88/100). Esta información forma patte del proceso.

Es evidente que el Tribunal se negó a aclarar la sentencia, porqueque no requiere ni siquiera aclaración. Con esta realidad, me

la contradicción es tan evidentepermito sugerir al SERCOP un

cambio en la LOSNCP que expresamente diga que está peLOSNCP ular procesos en contratación públlca, porque este loslque iased ulo el contrato, de igual forma se l¡q a-on,owFts?itó:"'

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l+va ....¿ ..i.............*.....-..,."..-:--:-:

Av. 10 de Agosto N34 601 y l¡an Pablo 5anz, 4to piso

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CONSE]O OE FART CIPAC ÓN C UDS

DocLmenlo No. :CPCCS-SG 2016 0166 EX2016 05 0210159:29 GJ\¡T -05

Recibido por : Paoa Elizabeth o medo ArcePara verifcar elestadode s! doclmenlo ingrese a

htip://lvw.qestiondocumenta qob eócon€lusuario: 1705949178

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Super¡ntendenc¡a de CompañíasOuito

V¡siten06 en: v.wwsulercias.gob.€c

03/¡lAY/2016 11:49 53 ilsur dvil¿cis

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Remirenrer No r¿r¡t",¡-6701 lANJBAL CARRERA PRES LAENTE

lxpeolente: j- e7 1RUC

f<azon socral:

SubTipo tramile:COMIUN CAC]ONES

Asunto:COMI.]N CAC ONES (COPIA PARAcoNoc tvr ENTo)

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Fcchá: 02/05/2016 Ho€r 12:53

NoPéoncs / ane o. )D.s rpLion AnF'o,. ,/

Pecibido po. DIEGo.ALVARAI{o ,-,./

Tramite No: 10286 4