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Documentos medico legales
Anonimo
Introducción• Se distinguen dos grupos de pruebas en las
pruebas documentalesPruebas
preconstituidas
Prueba que inicialmente no tiene
ese carácter
Documentos creados con el único objetivo de que sirvan
como elemento probatorio en un posible litigio
Son aquellos documentos que no adquieren valor probatorio en el
mismo acto de originarse, sino con posterioridad, en virtud de diferentes
causas que sobrevivenen a ellos
Informe medicolegal
Historia clinica
INFORME MEDICOLEGAL• Es el medio a través del cual el medico legista
hace efectiva su colaboración con la administración de justicia
Dictamen Certificado consulta
DICTAMEN• También conocido como informe propiamente dicho,
informe pericial, experticia o pericia• Un doc. Emitido por orden de autoridad judicial para
que el perito lo ilustre acerca de aspectos médicos en hecho judiciales o admin.– Preámbulo– Exposición– Discusión– Conclusiones– Formula final
preámbulo •Contiene el nombre, titulo y lugar de residenc ia del perito•Autoridad judicial que solicita la pericia, tipo de asunto y nombre de las partes , objetivo del informe
exposición •La relación y descripción de objetos, personas o hechos acerca de los cuales debe informars•Descripción de las técnicas empleadas por el perito y de los resultados obtenidos
discusión •Evaluación mediante un razonamiento lógico y claro en el que se relacionan los elementos estudiados con las conclusiones a que se llega una vez efec tuado el estudio
Conclusiones •Sintetiza la opinión del perito de modo concreto y breve y es posible categórico
Formula final •“ A la disposición del señor juez para cualquier información adicional que considere pertinente” incluye la firma del medico
• El dictamen también puede originar dos tipos de informes; aclaración o ampliación
• Declaración: cuando el perito informa verbalmente y se diferencia por carecer discusión o razonamiento y por rendirse bajo juramento
CERTIFICADO Y CONSULTADa constancia escrita de un hecho/s en el que el medico ha comprobado con base en exámenes
clínicos, labs.
El medico queda relevado del
secreto profesional
No va dirigido a nadie en particular
también conocida como
opinión
PREPARACIÓN DE LA PERICIA
observación• Debe ser
atenta, precisa, minuciosa, directa o inmediata e imparcial
Hipótesis de trabajo• Armónico• Integra hechos
recogidos
experimentación• Reunir hechos
que confirmen o descarten hipótesis• Concordancia• diferencia• Variación
concomitante
Conculsion• La verdad cientifica
qu sintetiza el resultado de la investigacion pericial
• Se analiza los componentes del problema medicolegal y luego se sintetiza en un juicio de valoracion
Peritos medicos
Del latín peritus: docto, expermientado, practico una ciencia o
arte
Puede dar el dictamen sobre los hechos por poseer determinado conocimiento
científico, artístico o simplemente practico
Peritos de oficio= juez los designa y peritos de
parte= son sugeridos por uno de los accionantes
Peritos generales= abarcan una gran gama de
conocimientos o peritos especiales= determinadas
ramas de ese campo
HISTORIA CLINICA• Puede definirse como el relato escrito de lo que
le ha sucedido al paciente durante su permanencia en el hospital
• Valor medico y potencial valor legal
• Se considera completa cuando contiene suficiente info acerca de los acontecimientos que justifiquen el dx, tx, y resultado final
• Se inicia cuando el paciente es entrevistado para su admision
Sección sociológica •Datos de ID•Informes de servicio social
Sección medica •Interrogatorio o anamnesis, EF, dx tentativos, dx finales, tx sugerido•Notas de evolución, firma del examinador, otros informes
Sección de enfermería •Cuadro clínico•Anotaciones de la enfermera
Aspectos legales• HC es un documento de valor legal potencial• Es propiedad del hospital y se elabora y se conserva para
beneficio del enfermo• Contenido pertenece al paciente
– Por orden judicial– A solicitud escrita de un medico– A solicitud del paciente con autorización de un medico– Por solicitud de una institución de seguros mediante petición escrita y
autorización firmada por el asegurado
INTERROGATORIO• Paciente relata su malestar actual
• Medico usa palabras literales del enfermo pero no olvidar que puede exagerar el enfermo
• Malestares se describen en orden de severidad con sus características
Examen Físico• Pueden ser importantes registrar positivos y
negativos por que permiten descartar otras posibilidades dx
• Se debe enfocar hacia la región u órgano que es el motivo de la demanda
Exámenes de lab. Y gabinete• EF Y Interrogatorio para formular dx tentativo
• Y los lab. Para dar dx final
• Constituyen la prueba mas objetiva en el estudio de las reclamaciones judiciales del paciente
DIAGNÓSTICOS• Al comienzo un cc se puede conducir con un dx
tentativo y depende de la respuesta al tx da el dx final
• Abogados no entiende la dinámica de la clínica y cualquier error dx equivale a mala practica profesional
TRATAMIENTO• Abogados hacen preguntas para que aclare el
medico si el paciente tuvo dolor
• Pero el medico debe estar enterado de que los abogados ya ha revisado las notas de enfermería y así lo han descrito
Valor probatorio de la HC • Adquiere característica de elemento probatorio
cuando entra el conflicto medicolegal
• Requiere interpretación por perito medico legal para que el juez le de su real valor probatorio
• Juez dispone de tres sistemas principales para la valoración de la prueba– Sistema de la intima convicción– Sistema de la prueba legal– Sistema de la libre convicción
SIC •Juez disfruta de amplia libertad en la ponderación de la prueba
SPL •Establece ciertos supuestos legales que obligan al juez a considerar una prueba verdadera aunque no este convencido de su bondad
SLC •Libertad del juez para apreciar las pruebas conforme a las reglas de la lógica, psicología y experiencia común
LEGISLACIÓN PROCESAL LEGAL: México cap. VIII peritos
•Siempre para el examen de alguna persona/objeto se requiere conocimientos especiales, se procederá con intervención de peritosArt. 162
•Como regla general los peritos que se examinen deben ser dos o mas pero bastara con uno si solo este pueda ser habido, cuando haya peligro en el retardo o cuando el caso sea de poca importanciaArt. 163•Cada parte tendrá derecho a nombrar hasta dos peritos a los que se les hará saber por el juez y se les ministraran todos los datos que fueren necesarios para emitir su opinionArt. 164