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José Fermín Garralda Arizcun 1

FESTIVIDAD DEL “CORPUS CHRISTI” EN PAMPLONA. DEL SIGLO XVIII AL HOY 2011

Por José Fermín GARRALDA ARIZCUN

Dr. en Historia Pamplona, 1 de julio de 2011

SUMARIO: Introducción 1. Hablemos del hoy: el día de 2011 2. Hablemos del ayer

en el espléndido siglo XVIII : 2.1. Las fuentes 2.2. Relación de las celebraciones y festividades religiosas del ayuntamiento 2.3. ¿Cómo se celebraba el “Corpus Christi”? 2.4. El abanderado del “Corpus Christi”: 2.4.1. Su importancia 2.4.2. ¿Quiénes llevaban la bandera de Pamplona? 2.4.3. ¿Qué decir de los gastos? 2.4.4. Ampliación de la base social en la elección 2.4.5. El momento de la elección 2.5. ¿Influencia ilustrada?: 2.5.1. Medidas municipales durante todo el siglo. 2.5.2. Criterios municipales. 2.5.3. Una reforma en las procesiones 3. Conclusiones. Notas

Hoy como ayer, y recorriendo las hermosas calles del Casco Antiguo de Pamplona, se celebra una de las festividades cristianas de mayor calado popular, la fiesta del “Corpus Christi”. Esta secular festividad religiosa se solemniza con la Santa Misa en la S.I. Catedral, seguida de la procesión por el Casco Viejo de Pamplona.

Hasta hace unos años, esta festividad también era fiesta civil, y se celebraba el jueves -pues el Jueves Santo está empañado por el dolor de la Pasión- indicándose como festivo en el calendario laboral. Por decisión de los poderes civiles esta fiesta se suprimió, y la Iglesia la trasladó al domingo siguiente. De mantener la Iglesia la fiesta el jueves, la Santa Misa y la procesión sería imposible un día laborable, ya por

Vista del Casco Viejo de Pamplona desde el río Arga. A la

izquierda, el museo de Navarra. Foto: JFG2011

la ausencia de los asistentes -incluida la Corporación municipal-, ya por el tráfico de las calles, ya por desmerecer la dignidad propia de una celebración de --

éste calado e importancia. No obstante, aunque la festividad se celebre el domingo, también la Corporación municipal festeja el día del Corpus junto a muchísimos pamploneses, y como desde hace siglos lo ha hecho.

Hay constancia que este día siempre se ha celebrado con mucha alegría y

esmero: procesión general por las calles, presencia de autoridades eclesiásticas y civiles, asistencia de muchas asociaciones religiosas, colgaduras en los balcones de las casas –aunque hoy esta expresiva costumbre va a menos-, pétalos de rosa sobre el ostensorio, templete y carroza del Santísimo, y alfombra verde para adornar y realzar todo el recorrido de la procesión.

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Diremos algo del hoy, e ilustraremos a los lectores más interesados e inquietos sobre el ayer, concretamente el que hunde sus páginas en el tranquilo y activo siglo XVIII. Así se podrán apreciar las continuidades básicas en el tiempo, y los cambios propios de unas u otras épocas que tienen una diferente intensidad y duración.

Sobre el hoy, la crónica. Sobre el ayer, la disciplina histórica basada en fuentes

documentales primarias. ¿Queda todavía fe católica en Pamplona? Sí, y mucha aunque se encuentre cubierta por capas de tibieza, falta de formación etc. ¿Desde cuándo se realizó y cuándo cobró auge esta procesión? Las diferencias entre el ayer y el hoy las apreciamos al abrir los ojos a los objetos, la estética, y cómo se expresa la relación que hay entre las personas. Ahora bien y yendo más allá, ¿hay algunas constantes básicas entre el siglo XVIII y el año 2011? ¿Trajeron o importaron los aires “ilustrados” –que en sentido general siempre los hubo- de fines del s. XVIII alguna novedad sobre este tema en la Pamplona dieciochesca?

El auge de esta festividad religiosa está vinculado a los pontífices Juan XXII y

Eugenio IV, que en 1316 y 1443 respectivamente mandaron sacar en procesión a Santísimo Sacramento. La procesión del Corpus se remonta en Pamplona a comienzos del siglo XIV, concretamente hacia 1320, siendo obispo el Ilmo. don Arnaldo Barbazán, el de la capilla “Barbazana” de la catedral.

* * *

1. HABLEMOS DEL HOY: el día de 2011

En Pamplona se celebra con mucho gusto la festividad religiosa del “Corpus Christi”. Este año 2011, fue el pasado domingo 26 de junio. Se celebra en las familias y parroquias, en la catedral y con una procesión general por toda la ciudad antigua, que simboliza la nueva.

Este año, con 35 grados de temperatura, a los actos de la catedral y la procesión acudieron muchos fieles o vecinos, las instituciones eclesiásticas y autoridades municipales. De cuando éramos pequeños, recuerdo que a veces estrenábamos ropa y, sobre todo, calzado. Veíamos con mucho gusto a los “gastadores” de la escolta militar, seguramente procedentes del Regimiento de Infantería “América”, que ya no asisten. De chavales, era un acontecimiento ver a soldados “de verdad”. Cuando había balcón en el primer piso de casa Zozaya –que siempre había para nosotros-, en la parte de Estafeta, estábamos puntuales para ver pasar el precioso cortejo. Era todo un acontecimiento como también lo es hoy, aunque con el paso de los

El ostensario con templete en su paso por Navarrería. Foto:JFG2011

años la procesión se hace más familiar y accesible. A veces hasta uno piensa por qué unos van dentro y otros no. Bromas aparte, los fieles

reciben, adoran y acompañan a la Custodia detrás de las autoridades municipales.

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Que el ayuntamiento vaya a la Santa Misa y en la procesión por la ciudad no es

un asunto únicamente de hoy, sino continuado desde hace muchos siglos, diríamos que de siempre, a excepción de algunos años de laicismo, vinculado -a pesar de los intentos conservadores y, hoy día, del calambur sobre la palabreja- a una lastimosa persecución religiosa.

El centro neurálgico y corazón de la procesión del Corpus es Quien se expone en

el ostensorio –o custodia- de templete. Adelantemos, pues, algunos datos de historia. El ostensorio es propiedad de la catedral de Pamplona. Es la admiración de los fieles, y la mirada sobre su cuidadoso modelado -por amor- de materia noble nos conduce hacia Él. Se trata de dos piezas perfectamente diferenciadas. La primera es el ostensorio o custodia de estilo plateresco, que se ejecutó en los talleres de Pamplona hacia 1540-1550. El artista u orfebre del ostensorio o custodia nos es desconocido, pero la obra se atribuyó a un tal Pedro del Mercado. Para otros quizás el artista pudiera ser un tal ACHIN, que es el nombre que aparece en una filacteria que lleva uno de los profetas del remate. Ahora bien, nada de esto no es así. La tesis doctoral ya publicada de Asunción de Orbe (1) sobre la platería de Pamplona, afirma que se ignora totalmente quien puede ser el autor del ostensorio o custodia de plata dorada. Sin embargo, cuando finalizado el Concilio de Trento se promueve la festividad del Corpus, y en Pamplona se prohíbe que cada parroquia realice su propia procesión, el Obispo Antonio Zapata y Mendoza encarga una segunda pieza con sus propios fondos. Se trata de un templete o andas donde llevar la anterior custodia u ostensorio. El encargo se realiza a José Velázquez de Medrano, que era un afamado maestro platero y diseñador en Pamplona. Corría el año 1596-1598. El maravilloso trabajo de Velázquez de Medrano es de plata virgen. Así, formando una unidad en dos piezas, el precioso ostensorio está cubierto de un templete o andas, todo lo cual hoy se expone llevándose en una carroza diferente y más sencilla a la estrenada en 1954, en vez de llevarla en andas como era costumbre.

Este año 2011, la Santa Misa en la S.I. Catedral de Pamplona se ha celebrado a

las 11 horas, y, tras el familiar tañido de las campanas restauradas y reinstaladas, la procesión por la ciudad comenzaba a las 12 del mediodía. El tiempo, tan inestable en Pamplona, dejaba lucir con fuerza el sol. Iniciaban el cortejo los gaiteros de San Lorenzo, con sus tambres y txistus, y el zaldiko, junto al macero de la S.I. catedral. Trece asociaciones religiosas formadas por hermandades y cofradías con sus banderas y estandartes, la cofradía del Santísimo Sacramento, ocho cruces parroquiales más la cruz arzobispal o de la catedral, unos ochenta los niños de primera comunión –ensimismados aún dentro del bullicio propio de su edad- y los seises del Corpus, todos ellos precedían al precioso ostensorio de plata labrada como centro de atención de todas las miradas y corazones, heridos en la actual crisis de las almas y hasta de los cuerpos. (¿Queríamos sólo cuerpo?, pues ya no tenemos alma pero… tampoco cuerpo). Tras el ostensorio de templete, iba el Sr. arzobispo de Pamplona-Tudela, Excmo. Francisco Pérez González, acompañado por el cabildo de la catedral en pleno, seguidos todos ellos por el M.I. Ayuntamiento pamplonés con su escolta municipal. Detrás, “La Pamplonesa” o banda de música municipal, que al son de “vientos, metales, cobres y percusiones” (V. Redín) es querida y aplaudida en tiempos difíciles por todos los buenos pamploneses.

Muchos fieles, mucho recogimiento y respeto en la procesión, aunque los de

Pamplona siempre echemos en falta un buen coro que entone los debidos cantos.

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Porque, voces, no nos faltan. Bellos cantos, tampoco. Y ganas, menos…. Digo esto porque este es un día de alegría, un día para cantar. Creo que esta procesión “pre veraniega” –calor y brillo al sol-, no puede ser como la procesión del silencio de viernes santo. Aquí somos muy serios y nos guardamos el canto, que en estas y otras ocasiones deberíamos exteriorizar. En el Corpus hay que adelantarse a San Fermín, nuestro patrono “morenico”, en la manifestación de la alegría, aunque sea de otro modo, una alegría más serena, pausada y contemplativa, ¿no?

La procesión del Corpus de este 2011 cruzó la castiza Navarrería hacia abajo, la

calle del Mentidero (actual Mercaderes), dobla la Plaza Consistorial, y, enfila Pozoblanco y Comedias (donde en el s. XVIII ahí estaba su teatro municipal, cuyos ingresos iban a la casa de los Niños Expósitos o Doctrinos), y llega hasta la basílica de San Ignacio, que acoge la adoración perpetua abierta por nuestro Sr. arzobispo. De vuelta, se pasea al Santísimo por la ancha calle de García Castañón, parte del Paseo de Sarasate y un ladillo de la Plaza del Castillo, se sigue la larga y emblemática calle Estafeta y, de nuevo, Navarrería “p’arriba” hasta la S.I. Catedral.

Como otros años y antaño, acompañan a la procesión una hermandad con sus graciosos y esmerados bailes de gala, esta vez con zaldiko, y algunos cabezudos. Unos pocos años atrás vi, en Navarrería, hasta un imponente dragón de piel verdusca y casi de verdad, siempre a una prudente distancia de la procesión. Así se han distinguido los actos religiosos de otros actos folclóricos no exentos a su vez de matices religiosos. El siglo XVIII, como diremos, sería algo parecido, pues el folclore se sumaba a la fiesta religiosa, pero sin confundirse. Siempre que haya respeto, todo enriquece. No obstante, quizás en las procesiones de la Pamplona antigua -como en otros lugares- hubiese cierta mezcla de elementos serios y folclóricos, pues

La procesión en su entrada a la plaza

consistorial. Al fondo la hermosa torre de la parroquia de San Cernin.

Foto:JFG2011

el ayuntamiento aceptó la Real Cédula de 1780, que prohibía las danzas, gigantones, gigantillas etc. Otra cuestión es si tal mandato fue aquí con o sin necesidad. Por aceptarlo, que no quedase.

Avanzado el siglo XX llegarán tiempos “puristas” y un tanto “fríos”, cuando se

echaban las manos a la cabeza si junto a la procesión veían elementos folclóricos que en otros tiempos se podían juzgar siempre prudentes y contenidos. ¿Cómo si no? Díganselo a la chiquillería, que además por esos días iniciaba el período estival. Por otros motivos, es decir, por los ramalazos contrarios a la piedad popular y a las manifestaciones externas de religiosidad –tan “puros” y “modernos” íbamos a quedar-, y no sólo por los actos religiosos demasiado “serios”, se despoblaron muchas procesiones, que ahora queremos recuperar con esmero e ilusión.

* * *

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2. HABLEMOS DEL AYER EN EL ESPLÉNDIDO SIGLO XVIII

2.1. LAS FUENTES Muchos iruñenses han dejado razón escrita de la celebración de esta festividad.

Hace unos años, Valentín Redín escribió con acierto un librito titulado Usos y costumbres del ayuntamiento de Pamplona (2). Sin embargo, pocos han investigado sobre el siglo XVIII. Quien esto escribe, lo hizo con mucha paciencia y sin ayuda alguna (al final todo hay que decirlo) aunque sí con reconocimiento académico, en su tesis doctoral sobre “La administración municipal de Pamplona en el siglo XVIII” (Universidad de Navarra, 1986), y en otros trabajos sobre “La vida religiosa del Ayuntamiento de Pamplona. Siglo XVIII y XIX” (3). (Pues bien, ya hemos llegado hasta aquí).

La vida religiosa del siglo XVIII en Pamplona era muy activa. La Ciudad (o

ayuntamiento) asistía a muchas funciones de Iglesia, “ya por voto ya por costumbre” (4). ¿Cómo eran los festejos religiosos? ¿Trajeron los ilustrados de fines del s. XVIII algunas novedades sobre este tema en Pamplona?

El ayuntamiento de Pamplona del siglo XVIII era muy tradicional, amigo

siempre de las mejoras y el progreso, de sus derechos y tradiciones municipales -especialmente las religiosas-, así como de sus propias formas de hacer. Como las épocas dejan su huella, los nuevos tiempos matizarán y modificarán hasta hoy algunas cuestiones relativas a la procesión del Corpus, por lo que al final de estas páginas ofrecemos nuestras conclusiones.

Pamplona era sus vecinos, organizados familiar, laboral y socialmente, en el

ámbito religioso (parroquias y cofradías), en los 20 y luego 18 barrios, y también políticamente. Políticamente, su ayuntamiento o “regimiento” municipal era la parte esencial de la ciudad. Quizás por eso éste último se llamaba “la Ciudad”, con mayúscula para diferenciarla de la urbe. Pamplona tenía un altísimo grado de autogobierno desde 1423, y la corporación municipal será muy celosa siempre de él y singularmente con el absolutismo (despotismo ilustrado) de finales del siglo XVIII. Este ayuntamiento, por si y por sus vecinos, celebraba numerosas fiestas religiosas, esto es, de forma positiva, como profesión religiosa y no sólo con un carácter sociológico. La corporación profesaba una confesión religiosa, a la que le animaba –y en parte hacía posible- el que todos los vecinos fuesen católicos, entre los que sin duda habría muchos más buenos que tibios. Hoy no se si podríamos decir lo mismo. Varias de estas celebraciones eran fiestas votivas del ayuntamiento, al establecerse en acción de gracias por haberse salvado la ciudad de diferentes pestes y epidemias.

Las fuentes utilizadas para escribir estas páginas se encuentran básicamente en

el Archivo Municipal de Pamplona (AMP), sobre todo en su sección de Consultas, actas o acuerdos municipales, pero también en las secciones de asuntos eclesiásticos, propios y rentas, correspondencia municipal, libranzas (pagos), el Libro de Oro etc.

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2.2. RELACIÓN DE LAS CELEBRACIONES Y FESTIVIDADES RELIGIOSAS DEL AYUNTAMIENTO.

Como visión global para enmarcar la asistencia del ayuntamiento en la festividad del Corpus, digamos que este asistía “ya por voto ya por costumbre” a numerosas celebraciones. Ofrecemos una extensa relación de ellas aunque intentemos abreviarla.

Se trata, cronológicamente, de las fiestas siguientes: Santos Fabián y Sebastián (20-I, votiva desde 1599), los sermones de cuaresma pronunciados por el predicador nombrado al efecto por el ayuntamiento, el Jubileo de las 40 horas de Ntra. Sra. de la Soledad (3er domingo de cuaresma, durante tres días que varían la semana y el mes), San Jorge (23-IV, votiva), San Marcos (25-IV, día de letanías mayores), las procesiones de Jueves y Viernes Santo (abril), la Santa Cruz de mayo con el Paso de las Cinco Llagas de la Cofradía Vera Cruz (3-V, votiva desde 1599), San Gregorio Ostiense (9-V, votiva), las cuatro Rogaciones o Letanías en diferente semana y mes (a finales de mayo, el lunes, martes y miércoles antes de la Ascensión), las Reliquias

Fachada de la casas consistorial engalanada en el paso de la procesión del Corpus. Foto:JFG2011

de San Fco. Xavier (dos días, a finales de mayo o domingo infraoctavo de la Ascensión, o bien a comienzo de junio, el domingo inmediato a la octava de Ntra. Sra. del Camino), la fiesta

del Corpus a finales de junio, San Fermín de Julio (la víspera día 6, la fiesta del 7 y el sermón del 8, que es votiva, con su novenario), San Abdón y San Senén (30-VII, votiva), San Roque (16-VIII, votiva), dos días de San Fermín de septiembre o martirologio de San Fermín (24 y 25-IX), la Oración de San Lucas al inaugurar las aulas públicas municipales de gramática (18-X), San Martín (11-XI, votiva), San Saturnino (28 y 29-XI) como “fundador de la Fe en esta capital”, San Francisco Xavier (4-XII), San Nicasio (14-XII, votiva), la Inmaculada Concepción (víspera, día 8-XII y su octava, tres días), la función de Desagravios al Santísimo Sacramento el domingo infraoctavo de la Concepción con motivo de los sacrilegios ocurridos en España durante la guerra de Sucesión, la Bula de la Santa Cruzada (domingo de septuagésima).

2.3. ¿CÓMO SE CELEBRABA EL “CORPUS CHRISTI”? Queda dicho que la fiesta del Corpus, que data en Pamplona hacia 1320, se

celebraba por todo lo alto. Era el jueves de la copla: “Tres jueves hay en el año que lucen más que el sol: jueves santo, Corpus Christi y el día de la ascensión”. Según Martinena, las primeras referencias documentales son de 25-V-1559 y están recogidas en las actas municipales, cuyo texto ofrece el autor (5).

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Debía de ser la del Corpus una procesión importantísima, porque nada menos que el capítulo V del privilegio de la Unión (1423), de los 29 que tiene este importantísimo documento jurídico, trata “De cómo y por qué personas se debe llevar el palio” municipal que se utilizaba en las procesiones. El palio los llevaban el alcalde, los regidores cabo –o primeros- de los tres burgos de San Cernin, La Población o San Nicolás, y Navarrería, y otros regidores. Desde 1559 la Ciudad invitó –con éxito- al regente del Consejo Real y al propio Virrey, que también llevarán el palio.

Así se mancomunaban el ayuntamiento, el obispo y el rey. En realidad, quien

aprobó el privilegio de la Unión de 1423 era el rey, con quien el ayuntamiento tendrá una relación bastante directa. Por ejemplo, el virrey será quien cada año elija al alcalde ordinario entre la terna propuesta por el ayuntamiento. Quizás por eso no era necesario invitar a la procesión al Reino, representado en la Diputación. Creo que la interpretación de Martinena de que la invitación al regente y al virrey se debía a conveniencias políticas, no comprende el todo la mentalidad de la época.

Nada más contemplar el actual ostensorio con templete, podemos advertir algo

de la grandeza de esta festividad. No es extraño que, debido al mal estado del antiguo palio municipal, en 1848 el alcalde marqués de Rozalejo encargase rápidamente otro previo acuerdo municipal. En efecto, según las actas municipales: “Hallandose en mal estado el palio propio de la Corporación que se usa en las procesiones del Corpus, acuerda S.S. que se construya otro nuevo, y se encomienda la ejecucion al Sr. alcalde” (6). Precisamente este es el palio de la pintura de Sanz de Benito de 1849 que se encuentra en el Ayuntamiento de Pamplona, y que se utilizó hasta 1953. Omitimos otros elementos actuales ya descritos por Martinena Ruiz (7).

En aquella época, las formas sociales y la cuestión de etiqueta eran mucho más

importantes que hoy. Por ejemplo, de 1751 se conserva un formulario de lo que debía realizar el ayuntamiento en sus relaciones con el cabildo catedralicio en relación con las rogativas y procesiones. Algo de ello afectaba a la procesión del Corpus, aunque su formulario no mencione expresamente esta festividad (8). También se conserva un “Ceremonial para las festividades que asiste la Ciudad y otros actos publicos”, sin fecha, pero debiera de estar datado entre 1766 y 1772 (9). En esto, como en todo, si las cuestiones no se regulaban por la costumbre y hasta se escribían como se hacía con todo esmero en las actas municipales de todo el siglo XVIII –y a medida que avanza el tiempo con más extensión y detalle-, sería un desorden, ya por surgir iniciativas muy saludables pero siempre nuevas, ya –en el caso extremo- por evidente dejadez lo cual era, por otra parte, impensable.

Cuando la Ciudad estaba de luto por el fallecimiento de alguna persona de la

familia real, los regidores acudían con traje de luto, y no había danzas ni juglares. Otras veces se suspendió el luto por ese día (v. gr. 26-V-1712), o se decidió el medio luto (31-V-1714). Este último exigía que los regidores fuesen sin joyas o bien con joyas pero sin cordoncillos ni cadenas, en las trompetas se quitaban los colgantes negros, había danzas en la procesión pero no por las calles, el abanderado iba vestido de riguroso negro, los fieles -empleados municipales- utilizaban gramellas coloradas, y las pesadas mazas de plata que porteaban los maceros iban al descubierto.

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Cuando había mala suerte porque llovía, no se tenía más remedio que disolver la procesión. Así ocurrió el 22-V-1704 y 30-V-1709. Otras veces la lluvia afectó a un tramo de la procesión como en 15-VI-1713 y 16-VI-1718.

No siempre todos los regidores asistieron a la procesión. En este caso les

sustituían los consultores (los regidores del año anterior) (4-VI-1711). Ya hemos dicho que, desde 1559, el ayuntamiento también invitaba al obispo y al virrey, aunque no pocas veces durante el siglo XVIII estas autoridades, que eran las máximas del Reino, estaban ausentes. En tal caso les representaban el prior de la catedral y el regente de los tribunales reales respectivamente. El obispo podía estar en Madrid, o de visita pastoral, y virrey a veces no había tomado posesión de su cargo. También se invitaba a los miembros de los tribunales del Consejo Real y de la Cámara de Comptos, y, por carta, a los consultores municipales, aunque consta que estos últimos faltaban muchas veces (10). El problema surgiría si, en este último caso, también faltaba el regidor correspondiente en el orden de Ciudad, de lo que no hay constancia que ocurriese. No tenemos razón de que se invitase a la Diputación del Reino, quizás porque la relación era entre el ayuntamiento, el rey y el obispo, y no con el Reino representado en la Diputación. Quizás hubiese también alguna dificultad para que los siete diputados estuviesen en Pamplona, ya que seguramente su presidente, que era un alto eclesiástico, no pocas veces el abad de algún monasterio, quería celebrar la festividad del Corpus en su monasterio de origen. Por último, la Ciudad invitaba a las parroquias, conventos, y a los gremios que acudían con sus flamantes estandartes.

Unifiquemos todas las fuentes documentales en el acuerdo municipal del 16-VI-

1808 (11), aunque aportemos otros datos. En primer lugar, dos regidores más los tenientes de justicia municipales, los

maceros, clarineros y danzas, iban a buscar al abanderado que iba a llevar la bandera o estandarte de la Ciudad en la procesión. La comitiva procedía desde la casa consistorial hasta el domicilio del abanderado para luego conducirlo al ayuntamiento. También llegaban los borlistas que iban a acompañar al abanderado. Una vez en la casa consistorial, todos ellos permanecían en su secretaría.

A continuación, la Ciudad asistía a la Santa Misa que celebraba su capellán en el

oratorio de la casa consistorial, a la que acudían los diez regidores (5 del burgo de San Cernin, 3 de La Población o San Nicolás, y 2 por Navarrería), el alcalde ordinario, y los diez consultores (regidores del año anterior). Al parecer, no acudían ni el abanderado ni los borlistas porque el ejercicio de tales no eran parte de la corporación municipal.

Entre las 9 y 10 de la mañana, el ayuntamiento, en “Cuerpo de Ciudad”, iniciaba

su marcha hacia la catedral, formando un desfile solemne acompañado de sus mazas y maceros, tenientes justicia, clarines, timbales y ministros. Seguía un orden acostumbrado por filas. En la primera fila iba el abanderado con el estandarte verde y el escudo bordado de la Ciudad, acompañado de cuatro borlistas: dos, el alcalde ordinario y el regidor preeminente, más los otros dos borlistas invitados. Siempre les acompañan un “gran número de ciudadanos y caballeros” a quienes se invitaba previamente por Bando, así como juglares y danzas, que en 1808 procedían de la villa de Aoiz.

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Una vez en la catedral, las actas municipales del 16-VI-1808 (de las que respeto la grafía) dicen así:

“entro la Ciudad en la capilla Mayor a una con el abanderado quedando fuera de ella el

estandarte y los laderos y ocupó los bancos de entre el organillo y el trono, y a breve rato entraron también en la misma capilla el Preste, Diacono y subdiacono, con el Cabildo mayor, el señor virrey y los tribunales, que todos se colocaron en sus respectivos puestos, y despues de haberse dado velas al sr. virrey y a los tribunales por los uixeres y a la ciudad por sus tenientes de justicia, mientras se cantaba por la capilla de musica, una area o villancico, correspondiente a la festividad del dia salio el abanderado de la capilla, sin hacer reverencia mas que al Sacramento y tomando el estandarte, fuera de ella con el y los laderos, llevando los clarines delante y una maza detrás, se colocó en la Procesión que a ese tiempo hiba (sic.) desfilando por la puerta llamada de San Josef con asistencia de los Cabildos de las Parroquias, las comunidades regulares, los gremios con sus banderas, toda la clerecía y mucho número de vecindario, y a su tiempo salieron tambien de la capilla los señores del Ayuntamiento con las velas encendidas, y fuera de ella se colocaron a alumbrar al Santísimo hasta fuera de dicha puerta y delante de la ciudad estaban preparados con achas encendidas dispuestas por la ciudad los señores consultores que acudieron mediante convite por carta a alumbrar al Sacramento”. El palio utilizado para el Santísimo era de la Ciudad. El que ésta tenía era de

seis varas, aunque en 1598 la corporación municipal dispuso la construcción de otro con ocho varas, quedando las dos terceras para el virrey y regente por ser las que estaban más próximas a la custodia. A la vez, gracias al obispo Zapata, se inauguraba el templete o andas para cobijar el ostensorio o custodia. Eran estos unos años en los que la reforma católica (contrarreforma la llaman) quería realzar la procesión del Corpus, cuyo dogma de la transubstanciación era negado por Lutero.

Ya al salir de la catedral, y en la puerta de San José situada al Oeste del ábside

poligonal, los canónigos que llevaban el palio dentro del templo, lo entregaban a los regidores. El Santísimo no tenía escolta militar en el siglo XVIII ya que no hay mención alguna a ella, pero sí la tendrá después como muestra el citado cuadro de Sanz de Benito fechado en 1849.

Comenzaba la procesión general, a la que asistían todas las instituciones

religiosas y civiles, mientras que hoy asisten bastantes instituciones religiosas y, como institución civil, sólo el ayuntamiento. Por entonces, delante del Santísimo iban las autoridades civiles. Asistían también los muchos gremios del mundo preindustrial, y lo hacían siguiendo el orden establecido en 1610. Iban las cofradías, los ocho conventos de la ciudad, las cuatro parroquias (San Juan Bautista, San Cernin, San Nicolás y San Lorenzo), y el cabildo catedralicio presidido por el obispo.

El recorrido estaba marcado por la costumbre, recogida en las Actas

municipales del siglo XVIII. En algunas ocasiones se modificaba el rumbo (2-VI-1703). El mismo recorrido se mantuvo hasta 1973, y es el siguiente: se inicia en la puerta de San José de la catedral, bajada por Navarrería, Mercaderes, Plaza consistorial, calle Mayor, Bosquecillo de la Taconera, San Antón (donde al pasar por “el árbol grande de -la calle- San Antón”, el cuerpo de artillería de la ciudadela disparaba una salva de respeto), Zapatería y Pozoblanco, plaza del Castillo siendo atravesada por su mitad, Estafeta, de nuevo Mercaderes y calle Curia hacia arriba para entrar en la catedral por su puerta principal, al son del siempre alegre y solemne tañer de las campanas. Como la procesión finalizaba en la S. I. catedral, el ayuntamiento regresaba en “Cuerpo de Ciudad” hasta la casa consistorial.

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Según Martinena, de vuelta la corporación municipal al ayuntamiento, “dos de los gremios batían las banderas en la plaza consistorial y el regidor abanderado ponía por encima la de la ciudad, formando una cruz”. Luego venían las despedidas entre el ayuntamiento, los gremios y los vecinos.

El mismo día, entre las 4 y 6 de la tarde, el ayuntamiento acudía a la bellísima

iglesia del Hospital General, del que era patrono, a la función de “reserva” o exposición al Santísimo. Los regidores llevaban el palio, y también asistía el abanderado. En el templo de dicho hospital, el cabildo de esta iglesia recibía y bendecía al ayuntamiento. Realizada la “reserva”, los corporativos acudían a la casa consistorial a tomar un refresco que lógicamente se sufragaba con los fondos municipales. ¿Quiénes eran invitados a la “reserva”? Se invitaba al capellán municipal, al tesorero de los propios y rentas municipales, a los dos consultores que habían hecho de borlistas del abanderado por la mañana, y al consultor (en ausencia de algún regidor) que había llevado el palio por la mañana y la tarde.

2.4. EL ABANDERADO DEL “CORPUS CRHISTI” Cada año, la corporación municipal elegía sistemáticamente al abanderado de

las procesiones del Corpus, San Fermín y la bula de la Santa Cruzada. En cada festividad el abanderado era un vecino diferente.

Hoy día nos puede parecer irrelevante lo mucho que el ejercicio del empleo de

abanderado o portaestandarte ocupó al ayuntamiento. Sin embargo, no era culpa del cargo mismo sino de las circunstancias sociales de la época. Desde luego, todo ello reflejaba la importancia de este empleo y la complejidad social de aquellos siglos.

En nuestros días, todo esto se ha simplificando mucho, porque las condiciones

de vida han cambiado profundamente. A ningún abanderado se le ocurriría hoy invitar a los vecinos a su domicilio particular para festejar el honor de realizar este servicio.

2.4.1. Su importancia

La bandera o estandarte de la Ciudad de Pamplona era la muestra visible del ayuntamiento y de los vecinos. El abanderado y la Corporación, formada por sus diez regidores más el alcalde ordinario municipal que la presidía, desfilaba en “Cuerpo de Ciudad” para festejar el día del Corpus. Por eso, la elección del abanderado del Corpus y San Fermín era importantísima. El ayuntamiento elegía es-

Casa Baleztena el día del Corpus. Se aprecian las

colgaduras y ser casa abierta el día de esta festividad. Foto:JFG2011

te cargo, y lo hacía en diferentes fechas y meses, tal como reflejan puntualmente las actas municipales.

La importancia del cargo estuvo unida a las dificultades para que el servicio se

hiciera como la corporación deseaba. Así, el cargo supuso al ayuntamiento continuas dificultades durante la primera parte del siglo, quizás por la

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importancia de la etiqueta en una época de intensa sociabilidad, por cuidarse mucho cómo la persona se presentaba y situaba en público debido a la profunda unión entre lo privado y lo público, por la importancia que se daba a las formas externas, y quizás por los respetos sociales y “el qué dirán”. A esto se sumaba el que no pocas veces los propios abanderados ocupaban –o podían ocupar- cargos concejiles de regidor, el alcalde mercado (que era un regidor) y, sobre todo, el alcalde ordinario, que era miembro de la nobleza, titulada o no. De esta manera, si el abanderado era influido por el ayuntamiento también influía de alguna manera en él.

2.4.2. ¿Quiénes llevaban la bandera de Pamplona? Al contrario de lo que pudiera pensarse, el abanderado o protoestandarte –

ahora diremos portaestandarte- no era un regidor cabo, sino los últimos regidores de los burgos, que solían ser comerciantes. El del Corpus solía ser del burgo de San Cernin y el de San Fermín el de San Nicolás o Navarrería. En alguna ocasión como en 11-IX-1750 ambos son de San Cernin. Creo interesante intentar comprender el sentido de la realidad de las pequeñas decisiones municipales, porque la elección de los últimas regidores en vez de los de mayor prestigio social (los regidores cabos) significaba que todos los regidores tenían la máxima representación, que la bandera de Pamplona no dependía de la posición social del que la llevaba, y que la Ciudad era la que utilizaba sus servicios. Podemos preguntarnos si fue la pertenencia a los últimos puertos de los Burgos, y la profesión de comerciantes con medios económicos, lo que inclinó a los abanderados a realizar unos gastos excesivos, quizás para compensar su escasa relevancia social, estar a la altura del servicio y hasta por psicología social.

Siempre que las actas municipales recogen la elección del abanderado, se

precisa que éste, una vez informado, daba las gracias por la honra de tal servicio. Pues bien, esto y la prohibición de realizar gastos, hacía que la Ciudad se curase en salud de todo tipo de problemas que luego diremos, y evitaba para un futuro la posibilidad de que las rentas municipales pagasen o debiesen pagar a los abanderados unos gastos innecesarios, realizados más por su mismo prestigio personal que por exigencias del servicio.

El abanderado llevaba dos borlistas a ambos lados. ¿Quiénes los nombraban, el

ayuntamiento o el abanderado? En 1738 (15-I), y aunque había constancia de haberse practicado ambas formas de elección, se acuerda que sean nombrados por los abanderados.

Debido a las circunstancias, el 27-VI-1703 don Martín Joseph de Garzaron

(regidor 5º de San Cernin) se excusó por dos veces seguidas del ejercicio de abanderado por tener un brazo en mal estado y no poder vestir de golilla (12). En este caso, se obligó a don Pedro de Gastea López (regidor 3º de San Nicolás) llevar el estandarte, y además bajo la pena de 2.000 libras. Efectivamente, Gastea López no quería hacerlo, porque según él había otros capitulares que también podían hacer el servicio. La Ciudad le respondió que era ella –y no él- quien tenía derecho a elegir a cualquier regidor según el orden establecido. Más tarde, también se excusó Pedro de Ibero (regidor 5º de San Cernin) el 13-IX-1712, aunque tampoco se le admitió la excusa porque a decir de los regidores sí era hábil para otros ejercicios violentos (13).

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2.4.3. ¿Qué decir de los gastos? Este fue uno de los principales problemas del ayuntamiento en relación con las

procesiones para las que elegía al abanderado. El abanderado iba vestido de golilla o traje “normal”, es decir, el

universalmente estipulado para ello. Ahora bien, debido a la importancia social del desempeño de esta función, los abanderados realizaban otros gastos con su dinero particular en vestuario y joyas para su adorno personal, en comidas y refrigerios (tengamos presente que el Corpus se celebra al comenzar el verano), en hogueras y cohetes lanzados en la puerta de sus casas etc. Esto ocasionaba un elevado perjuicio económico a sus familias y, por qué no -aunque el ayuntamiento no lo diga- que los abanderados se adornasen personalmente por un cargo público que debiera ser totalmente desinteresado, sobe todo si era con ocasión del culto a Dios.

Así, el ayuntamiento prohibió realizar gastos de almuerzos y refrescos, decisión

que reafirmó el 17-IX-1701 (14) y en otras muchas ocasiones. El 5-IX-1703, de nuevo el ayuntamiento prohibirá, bajo una multa de 200 ducados, que los abanderados llevasen joyas de oro o plata en el ejercicio de este servicio (15), y que realizasen otros gastos. Como, anteriormente, algunos de los gastos realizados se cubrían con lo recogido en una caja (“cageta” “cesto o bulla”) colocada al efecto, el 7-IX-1704 hubo un sonado conflicto cuando el Ayuntamiento se vio obligado a apresar al regidor Juan Martín de Olleta (regidor 5º de San Cernin) en la casa consistorial porque había tomado –seguramente era la costumbre- la mitad de lo producido en la caja (16).

No fue fácil evitar los gastos de los abanderados, aunque al final se logró

recordando con frecuencia las decisiones municipales. Por ejemplo, en algunos casos, el propio ayuntamiento incumplió lo establecido antes por él. Así, el 7-IX-1722 decidió entregar una cantidad a Mathías de Lanz (regidor 2º de Navarrería)por los gastos realizados como abanderado de San Fermín (17). No sólo eso, sino que, en esta ocasión, se recordaba la existencia de “el producto de los cestos y leña que regularmente se aplica por la Ciudad para los abanderados de Corpus y San Fermín para subvenir aparte los gastos que les ocurre en semejantes funciones”. Sin embargo, la tendencia estaba clara: ni se admitían gastos ni la Ciudad debía ayudar a sufragarlos como si fuesen exigidos por el cargo. Los acuerdos municipales a los que siempre se referían las actas municipales, y que recordaban las penas –“recuerda” desde todos los puntos de vista comprensible-, fueron los de 1726 (15-V), 1732 (7-VI), 1768 (3-IX) y 1775 (8-XI). Es esta última fecha, se realizaron algunas pequeñas reformas que incidían en las tendencias anteriores del ayuntamiento (18), aconsejadas en la Instrucción del ayuntamiento de 1774-1775, que decía:

“(…) para que de esta suerte haya quien sufra los crecidos gastos de dichas banderas

dejando acaso por este motivo fuera de la elección a otros cuya experiencia y aptitud tenia pruebas la Ciudad y resultando después de la elección bastante repugnancia en algunos para admitirlas, en grave perjuicio de otros que llevados de su propio pundonor las admitirían aun con mayor detrimento (…)”. Sin relación o quizás adelantándose al futuro talante algo racionalizador,

organizativo y simplificador de fines del siglo XVIII, el 13-IX-1766, con el objeto de evitar gastos, el ayuntamiento prohibió a los abanderados hacer hogueras y echar cohetes en las puestas de sus casas, a la vez que de nuevo les prohibía ofrecer

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refrescos en ellas u otra parte. Como la forma de festejar con cohetes, por otra parte muy mediterránea, pudo considerarse una buena costumbre, y quizás los particulares la realizaban porque nadie más se ofrecía a hacerlo, el ayuntamiento acordó que tales cohetes y hogueras se hicieran en la plaza consistorial, y no en las casas de los abanderados, bajo la pena de 50 libras. Así, el ayuntamiento trasladó el gasto y la iniciativa a la comunidad cívica (19).

Lo que se decidía para el abanderado del Corpus y San Fermín, también se

decidió para los priores de las cofradías de Ntra. Sra. de la Soledad. En los casos en los que se relajaba la observancia de los estatutos, el ayuntamiento tan sólo tenía que recordarlos. Así, se conservan las disposiciones del 16-I-1709 y del 13-IX-1735. En esta última se recordaba la prohibición de dar banquetes no sólo a los mayordomos de la cofradía sino también a muchos religiosos y vecinos que acudían, pues además esto hacía que los priores ocupasen el cargo con “tedio y horror originándose en los nombramientos algunos disturbios y disensiones”. ¿En qué se realizaban los dispendios? En el crecidísimo gasto de cera en hachas y velas, música de clarines y otros instrumentos, aceite de las lámparas, sermones, misas cantadas, misereres de cuaresma (aunque consta que iba poca gente), comidas y refrescos en las funciones religiosas, o bien con ocasión de la Demanda General por la ciudad, tras la cual se gastaban buen parte de lo recogido (20). A pesar de este último acuerdo, y por continuar los abusos, el 27-IV-1743 el ayuntamiento precisó, todavía más, cómo se debían de realizar las cosas y las anteriores prohibiciones. Como el cargo exigía a los priores algunos gastos, que se identifican y limitan, se estipula:

“En atención a los gastos que se ofrecen a dichos priores y deseando en cuanto fuese

posible igualarlos, se aplica al de la Veracruz los derechos de argolla, de la leña de rio por entero y al de la Soledad el producto de los cestos de pescado fresco de mar” (21). De nuevo 1766, 1775 y 1793, 1805 y 1806 se modificaron los gastos de los

priores, al suprimirse unos, moderarse otros, y distribuir de otra manera los ingresos aplicados a los priores de la Soledad y Veracruz, cuyo patrono era el ayuntamiento (22). A pesar de todo, los abusos continuaban, como se mostraba en 1781 (23).

Lo mismo diremos de la limitación de gastos de los gremios, de los priores de

barrio, cofradías y hermandades, aunque de ellas sólo hay constancia en Pamplona en 1706- 1707, 1734-1735 y 1744.

De esta manera, la Real Orden del Conde Aranda para evitar gastos, publicada

en 1770, no era nada nuevo, ni tan necesaria. Eso sí, expresaba cierta desconfianza hacia los ayuntamientos. Desde luego, en la ciudad de Pamplona las infracciones tampoco es que fuesen escandalosas. No por repetirse desde palacio las disposiciones municipales, los ayuntamientos iban a tener más autoridad. De todas maneras, esta cuestión parecía carecer de importancia como para estar en la mesa de un primer ministro.

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2.4.4. Ampliación de la base social en la elección

El ayuntamiento buscó ampliar el número de los que podían llevar el estandarte. Así, a comienzos del siglo XVIII, acordó nombrar como abanderados del Corpus y San Fermín, y como priores de las cofradías de Veracruz y Soledad, a personas que no hubiesen ocupado dichos cargos. Así evitaba las reelecciones, y las excusas por el motivo que fuere. O bien los enfados ante reelecciones injustificadas. Así ocurrió el 4-VIII-1728, acuerdo revocado el 23-X, y que se renovó el 18-IV-1731 (24). Esto distribuía mejor el servicio del abanderado entre los vecinos de significación social, y si por ventura de hecho alguien mantenía algún gasto, se disminuía el gravamen que importaba ejercer el cargo. Como se ve, todo esta-

La procesión al enfilar hacia la calle

Mercaderes (antigua del “Mentidero”). Foto:JFG2011

ba dirigido a asegurar que las personas relevantes socialmente ocupasen sin problema alguno este servicio tan necesario.

2.4.5. El momento de la elección Con voluntad expresa para evitar gastos inútiles a los abanderados, el

ayuntamiento decidió que este cargo se eligiese la víspera de la festividad en cuestión. La realidad mostraba sus propias exigencias, y los regidores se amoldaban a ella, aunque no siempre lo hicieron toda vez que a veces cambiaron de práctica.

Puede observarse dos momentos. En un primer momento, se optó por realizar

el nombramiento la víspera. Es el caso de las actas del 27-I, y 5-IX-1703, renovado el 30-V-1714 (25), el 10-VI y 12-IX-1716 (26), el 4-II-1728 (27) etc. Si el 12-IX-1716 se adelantó la fecha de elección muchos meses, sin embargo el 19-VI-1726 se decidió mantener el acuerdo de elegir la víspera.

En un segundo momento, la elección se realizó cuando parecía más oportuno.

En efecto, en las actas del 14-V-1704, 1706 y otras muchas, se eligió los abanderados del Corpus y San Fermín simultáneamente en cualquier fecha del año. Es más, el 4-II y 4-VIII-1728, y esto fue definitivo para marcar una línea a seguir, el ayuntamiento señaló expresamente el inconveniente que había en dilatar los nombramientos de los abanderados de Corpus y San Fermín, por lo que se acordó realizar el nombramiento una vez que los regidores tomasen posesión de los cargos municipales (28). Al fin, desde 1743 la elección de ambos abanderados se estabilizará en el mes de septiembre.

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2.5. ¿INFLUENCIA ILUSTRADA? 2.5.1. Medidas municipales durante todo el siglo. El gobierno municipal durante todo el siglo XVIII estaba muy atento a sus

obligaciones, a la costumbres y precedentes en general, y mantenía una continuidad que favorecía, aseguraba y simplificaba sus actuaciones. Ello no impidió que también fuese muy práctico, y resolviese los problemas que surgían en cada momento, siempre con unos criterios de sentido común.

Hemos señalado que la importancia del cargo del abanderado estuvo unida a las

dificultades que éste tuvo para realizar el servicio como lo deseaba la corporación. Como la Ciudad tuvo muy presente la necesidad de asegurar el buen ejercicio de este importante empleo, se adelantó a varias disposiciones que podían haberse realizado de la mano del nuevo espíritu ilustrado. Utilizamos este término a sabiendas que tiene un amplio y algo vago contenido, que admite una diversidad de interpretaciones incluida el mantenimiento y profunda vinculación a la tradición. De esta manera, algunos contenidos de la ilustración en estos temas son, en Pamplona, anteriores a ella, lo que no impide que el nuevo talante de fin de siglo pudiese reafirmar lo que ya se realizaba durante todo el siglo.

La diferencia era que, al parecer, lo que quizás en la época de la ilustración

fuese insistente y premeditado, presentándose como un modelo “para siempre” (es decir, como una incipiente ideología), anteriormente no era premeditado y además respondía a otros motivos como el cumplimiento de las propias obligaciones, el sentido común, la costumbre, las decisiones municipales previas, las nuevas necesidades… aunque el resultado fuese puntualmente el mismo.

La imagen más antigua de la procesión del “Corpus Christi” en Pamplona. Óleo de Miguel Sanz y Benito (1849). En el centro, la custodia sin el templete de Velázquez de Medrano, bajo el palio de ocho varas. Los soldados rinden armas y los ciudadanos se postran en acto de adoración. El lugar es la actual plaza del

Castillo, con el antiguo teatro Gayarre (trasladado después a donde se encuentra hoy ) y los soportales de la Diputación Foral. Se conserva en el Ayuntamiento de Pamplona.

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2.5.2. Criterios municipales. ¿Qué criterios manifestó el ayuntamiento en este tema durante todo el siglo

adelantándose a las posibles aportaciones de la “ilustración” de finales de siglo XVIII?

Primero. En las procesiones del Corpus, San Fermín y Bula de la Santa Cruzada,

lo que el ayuntamiento deseaba era garantizar el servicio de llevar la bandera de la M.I. y M.L. Ciudad de Pamplona, Cabeza del Reino de Navarra (en 1823 se le suma el título de Muy Heroica), y que dicho servicio -que para el abanderado era personalmente importantísimo- se realizase con la máxima dignidad.

Segundo. En función de lo anterior, el ayuntamiento deseaba evitar

inconvenientes a los particulares que ejercían este cargo, relativos al gasto. Para ello, además de prohibirse los gastos, era muy útil evitar la repetición de este servicio, aunque todos los vecinos concebían este cargo como un gran honor e incluso dos vecinos lo solicitaron previamente.

Tercero. El ayuntamiento puso mucha atención en evitar el desorden, la

suciedad, y el excesivo bullicio de las aglomeraciones. Por ejemplo, y por su expresivo carácter, mencionemos el acuerdo municipal de 1770, tomado para recibir de la debida forma la imagen del “portentoso arcángel” San Miguel de Excelsis, a cuyos actos la ciudad fue invitada por el obispo de la diócesis:

“(…) se observaban muchas y graves irreverencias en la conducción de dicha santa

imagen y en el culto que aquí se le daba por la confusión, tropelía e incomodidades nada compatibles con la veneración sagrada a que en algun modo precisaba la cortedad del tiempo que se concedía para la conducción y detencion de la San Imagen en esta ciudad, hasta este presente año” (respetamos la grafía) (29). También, y por lo temprano de la fecha, tenemos delante el acuerdo del 21-III-

1761, relativo a las procesiones del Jueves y Viernes Santo, que dice:

“(…) se siguen algunos incombenientes (sic.) y desordenes dignos de particular remedio porque con el motivo de ser mucha la multitud de gentes patrienses, y forenses que de ambos sexos concurren llevados de la devocion o acaso de la curiosidad de ver la magnificencia con que se hacen dichas procesiones se amontonan todos en las Iglesias y bocacalles con mezcla de hombres y mujeres causando bastante irreverencia y algunas veces alborotos que privan la attenta devoción que piden los pasas de tanta compunción” (se respeta la grafía) (30). Para preparar bien procesiones, el ayuntamiento emitía un bando a los vecinos,

obligándoles a cerrar las tiendas, limpiar su zona y los frontis de las casas, y para que asistiesen a los actos (31). Otro modo de mantener el buen desarrollo de la procesión fue prohibir, el 10-VI-1699, que los gremios se detuvieran durante la procesión para tomar el almuerzo o bien refrescos, para lo cual se alegaba la “indecencia” y “grande nota y descomodidad” que esto suponía (32).

Cuarto. En relación con la decencia pública de los mismos cargos concejiles,

esta no sólo fue una preocupación de la nueva corriente ilustrada, sino que el 6-XI-1711, 19-VI-1726 y de nuevo el 4-II y 23-X-1728, se acordó que el abanderado de San Fermín no entrase “con los toros la mañana de la corrida por no ser esta acto decoroso ni correspondiente a su empleo de regidor y contra todo lo que se practica en todas las republicas de España”, bajo la multa de dos mil libras, es decir, 500

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ducados. En 1711, además de reconocer lo indecoroso que era el que “un regidor haga de baquero” (sic.), se declaraba que siempre se había considerado así en Pamplona y en todas “las ciudades de España”, valorándose también los riesgos propios de esta acción, “sin que el valor e inteligencia los remedie”. Dicha multa sin duda disuadía fácilmente a cualquiera (33). No obstante, en 1752 el ayuntamiento hizo una excepción, lo que indica lo difícil que era no reincidir en costumbres que se tomaban por inadecuadas (34).

Quinto. La Ciudad toma muchas disposiciones sobre el cuidado de la limpieza,

la moral y el orden de los lugares públicos y los vecinos, es decir, sobre todo lo relativo a la policía pública. Lo hace por iniciativa propia o bien en aplicación de diferentes leyes de Cortes. De su aplicación se encargaba la policía de la plaza, que era a modo de una superintendencia del ayuntamiento, o bien los priores de barrios.

Así, la corporación cuida, con un gran esmero y durante todo el siglo,

numerosas las costumbres sociales. Omitiremos su relación documental por la brevedad. Nos referimos a la prohibición del excesivo gasto en los trajes y lutos, al decoro en los bailes y el hablar, a evitar el ruido y alborotos, músicas, danzas y bailes, y a la prohibición de llevar armas blancas y de fuego (pistolas). El ayuntamiento evitaba los duelos, y perseguía todo tipos de juegos de suerte, azar y envite como los naipes, tablas, cubiletes, dedales, nueces, correguela, descarga, la burra, banca, zacarrete, parar, dados. Súmense a ello diferentes medidas para mantener la honestidad de las lavanderas del río, y la prohibición de que se bañasen en él. Se evitaba a los buhoneros, sospechosos y malhechores, a los contrabandistas y desertores, a los vagos, ociosos y mendigos, gitanos, fingidos estudiantes y malentretenidos. También se insiste en perseguir los robos, insultos y asesinatos (como los ocurridos en 1750-1751), y aquellos ejemplos escandalosos de vida de los vecinos. Las cantinas se debían cerrar a una hora aconsejable, y se debía guardar las fiestas religiosas. El ayuntamiento atiende estas y otras cuestiones durante todo el siglo, y no sólo al final del mismo, y además por iniciativa propia o bien –avanzado el tiempo- siguiendo las disposiciones de las Cortes del Reino.

Es algo propio de la moda ilustrada dejar constancia escrita de todas las

celebraciones realizadas. Sin embargo, así observamos que se hacía en el ayuntamiento de todo el siglo XVIII, aunque a medida que avanza el siglo se realiza de forma más amplia y detallista, fruto de la sistematización observada en el quehacer del secretario municipal.

Así, las cuestiones que suelen aducirse para mostrar la influencia de la

ilustración, el ayuntamiento de Pamplona las vivió durante todo el siglo XVIII, aunque es cierto que se intensifican a finales del mismo. Ello nos lleva a matizar y aún corregir algunas afirmaciones que se realizan sobre los “nuevos” aires y luces, que pretenden mostrar una separación y aún ruptura entre la tradición y la ilustración en general, como si la primera no condujese a la segunda en no pocas cuestiones, o bien la segunda no implicase la primera. Carlos Corona Baratech no aceptó semejante concepción, al afirmar que tan renovadores eran los tradicionales como lo que decían de sí los progresistas, mientras que no pocas veces los progresistas, más que reformas saludables a la vida cotidiana, buscaban otra cosa, esto es, modificar sustancialmente el espíritu de la nación. De todas maneras, en Pamplona todavía no se encontraban estos perfiles.

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2.5.3. Una reforma en las procesiones Hemos señalado la política general del ayuntamiento en relación con las

festividades religiosas y la del Corpus en particular. También se ha indicado la modificación que este hizo de alguna de sus decisiones anteriores conforme a las circunstancias. Si hubo algunos cambios a finales de siglo en materia de procesiones y otras celebraciones religiosas en Pamplona, fueron muy escasos, y mantuvieron la política municipal. En realidad, tan sólo se insiste en cuestiones ya existentes.

Sin embargo, hubo un aspecto nuevo. No nos referimos a las prohibiciones, en

1769 y 1770, realizadas por el obispo Juan Lorenzo de Irigoyen y Dutari, de los disciplinantes con sangre según era costumbre en la procesión de viernes Santo (35), o bien a esa otra prohibición que durante las procesiones impedía que los estandartes y banderas rindiesen honores a personas distinguidas en vez de sólo a Dios, santos y mártires. Tampoco nos referimos a la Real Cédula del 22-X-1783 para que se moderasen los gastos en cera, música, luminarias, inserta en las actas municipales de 1784 (36).

El aspecto nuevo era el deseo de “purificar” los actos de piedad de elementos

populares, barrocos, y tradicionales, recogido en la Real Cédula de Carlos III, fechada el 21-VII-1780, que si afectó a Navarra fue porque nada indicaba en contra en el Fuero del Reino o bien municipal. La Real Cédula disponía lo siguiente:

“Que en ninguna Iglesia de estos Reynos, haya en adelante danzas, ni gigantones, sino

que cese del todo esta práctica en las procesiones y demás funciones eclesiásticas como poco conveniente a la gravedad, y decoro que en ellas se requiere” (37). Los términos “decoro” y “gravedad” no eran nuevos, pues se utilizaban

habitualmente en el ayuntamiento pamplonés del s. XVIII. Para lograr este ambiente, muy pronto la corporación municipal había tomado sus ya mencionadas disposiciones. Además las decisiones las había tomado él mismo y por sí, por tener facultades en primer lugar. Sin embargo, ahora la orden venía del monarca –o sus ministros-, y era sobrecarteada por el tribunal del Consejo Real. Según la citada Real Cédula, se había decidido suprimir los gigantones, gigantillas, danzas y Tarasca en Madrid, debido a los abusos e irreverencias cometidas en otros lugares. Esta medida se apoyaba también en que tales elementos no se usaban en Roma ni en muchas de las principales ciudades de España. En realidad, habría que examinar cuáles eran dichos abusos, y si indicarlos no era más que un pretexto para invadir jurisdicciones civiles y religiosas que no eran propias de los ministros del monarca. Según Pérez Goyena, “todas esas danzas, gigantones, gigantillas, etc. se introdujeron en la procesión del Corpus recordando sucesos escriturísticos”, que el autor cita con esmero destacando su bella significación. Al parecer, resultaba muy natural que esta fiesta religiosa tuviese una proyección civil, sin que hayamos encontrado dato alguno en la documentación municipal de Pamplona que indique alguna costumbre de este tipo digna de censura.

Sea lo que fuere, el 15-VI-1781 el Ayuntamiento acordó aplicar esta R.C. en la

fiesta del Corpus y de San Fermín, disposición que se mantuvo en adelante. Las danzas, juglares y gigantes no se mezclarán con la procesión, aunque sí acompañarán al ayuntamiento tanto por la mañana como por la tarde. Hoy día hemos visto que una danza, el dragón, el zaldiko y algunos cabezudos, separados de la procesión pero en su entorno, dan lustre a la celebración, al día, a la fiesta religiosa

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hecha también civil. Habrá que investigar con detalle y exactitud como discurrían las celebraciones en el pasado, que como todo lo humano tiene interés, y no sólo proyección histórica.

Estamos ante un ayuntamiento tradicional -¿quién dijo que tradición y

progreso se oponen?- con un sentido de autoperfeccionamiento y de servicio, utilizando para ello el sentido común, no sobrepasar la propia jurisdicción, las costumbres y acuerdos anteriores, y las nuevas necesidades. Un Ayuntamiento con luces y alegría, que sabía festejar, sobre todo hacer fiesta al Rey de reyes.

* * *

3. CONCLUSIONES No cabe duda que cada época tiene su estilo. Si en el siglo XVIII el estilo no

varió, recientemente ha variado en diferentes ocasiones. En realidad, y en relación con al celebración del Corpus Christi, todas las épocas de la vida pamplonesa tienen algo esencial y en común. Me refiero a la gran importancia que esta festividad tenía en Pamplona, a la gran significación de la catedral y su cabildo, a los actos religiosos con Santa Misa y una única procesión por toda la ciudad, a la asistencia del obispo y del ayuntamiento, y a la numerosa y recogida presencia del pueblo fiel.

Al parecer, hoy existe una menor asistencia de fieles porque muchos se van de

la ciudad durante el fin de semana, o viven en las afueras de una población muy extendida por su hinterland inmediato. Por otra parte, el recorrido procesional se ha reducido, no asisten instituciones civiles salvo el ayuntamiento, y los vecinos preparan menos las calles –seguramente porque es competencia municipal- y sobre todo las casas –ventanas abiertas, colgaduras, y pétalos de rosa sobre el Santísimo-. La corporación municipal va al final del cortejo y no delante como en el siglo XVIII, se ha simplificado mucho la etiqueta social, y el servicio del abanderado no origina gastos, y por ello tampoco las advertencias de antaño. Quizás hoy la procesión ocupe un lugar menos central en las familias, debido a la actual costumbre de salir de fin de semana y, sobre todo, a la disminución de pulso religioso en nuestra sociedad.

Hoy, el ayuntamiento simplifica sus actuaciones. No asiste a la “reserva” o

exposición al Santísimo por la tarde, la celebración es el domingo siguiente en vez del jueves tradicional, debido a los más que discutibles afanes del laicismo, lo que hace que la fiesta no esté en la conciencia popular tanto como antes.

Ahora bien, es muy probable que la procesión haya ganado en el compromiso

de los asistentes, el cortejo es absolutamente respetado en su desfile por toda la zona antigua de la ciudad, y ahora se detiene en la capilla de la Adoración perpetua abierta por el señor arzobispo , acompañándole el ayuntamiento en todo momento.

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Inscripción que recuerda dónde, según la tradición, San Saturnino bautizó a los

primeros cristianos de Pompaelo. En las actas municipales del 17-VI-1857, el ayuntamiento acuerda lo siguiente: “que sobre la bomba que se construya en sustitución del pozo de San Saturnino se coloque una lápida ó inscripción que perpetúe la memoria de la existencia del mismo”. Diez días después se acuerda: “que la piedra que se quite de la parte

exterior del pozo de San Saturnino se de parte y guarde por el Ayuntamiento en un lugar decoroso” (38). Foto: JFG2011

NOTAS: (1) ORBE Y SIVATTE, Asunción de, HEREDIA MORENO, Mª del Carmen, Biografías de los

plateros navarros del siglo XVI, Pamplona, Gobierno de Navarra, 1998, 333 pp. Según de Orbe, Velázquez de Medrano nace en Logroño en 1561 y fallece en Pamplona en 1622. Comenzó a labrar el templete eucarístico de la catedral de Pamplona en 1596-1598, para terminarlo en 1599. Obtuvo la carta de naturaleza en las Cortes de Navarra de 1596. Fue regidor de Pamplona en 1614-1617 y alcalde ordinario de la ciudad en 1612. Esto último es significativo porque si bien entre los regidores había comerciantes en los últimos cargos de cada uno de los tres Burgos, el cargo del alcalde se reservaba para personas de la nobleza.

(2) REDÍN Valentín, Usos y costumbres del ayuntamiento de Pamplona, Pamplona, Ayuntamiento de Pamplona, 1987, 238 pp. (Col. Temas Pamploneses nº 10).

(3) GARRALDA ARIZCUN J. F., en VV.AA. 1887-1987. Centenario Hermandad de la Pasión del Señor, Pamplona, CAN, 1987, 165 pp., vid. pág. 111-163, concretamente p. 125. Sumemos este otro trabajo del mismo autor: “Revolución liberal y secularización. El Ayuntamiento de Pamplona como ejemplo”, Madrid, Ed. Speiro, Rev. “Verbo” (marzo-abril 1987), nº 253-254, pág. 411-444.

(4) AMP Libro de Oro, redactado por el secretario municipal don Luis Serafín López y Pérez de Urrelo, hacia 1833, voz “Funciones”. Este secretario ejerció su cargo de 1811 a 1834, y fue expulsado del mismo por su fidelidad a don Carlos V de Castilla. Algunas noticias sobre su persona y sobre todo su descripción de la ciudad de Pamplona entregada al Diccionario Geográfico-Histórico de España (1801), están publicadas por MARTINENA RUIZ, Juan José, “Pamplona en 1800”, Pamplona, Diputación de Navarra, 1984, 27 pp. col. Temas de Cultura Popular nº 309. Martinena copia y comenta con detalle dicha descripción en notas a pie de página. No obstante, el secretario sólo describe cómo es externamente la ciudad. El documento original se encuentra en AMP Sec. Correspondencia leg. 25, nº 40, y se dirige a la Real Academia Matritense de la Historia, ubicación que Martinena no recoge.

(5) MARTINENA Juan José, “Primeras noticias de la procesión del Corpus en Pamplona”, en “Diario de Navarra”, sábado, 5-VI-2010, pág. 31

(6) AMP Sec. Consultas, lib. 91, f. 33 (29-IV-1848) (7) MARTINENA RUIZ, Juan José, Historias del viejo Pamplona, Pamplona, Ayuntamiento de

Pamplona, 2001, 430 pp., vid. art. “Del palio a la carroza en la procesión del Corpus”, en pág. 255-258; ÍDEM., Historia y rincones de Pamplona, Pamplona, Ayuntamiento de Pamplona, 2011, 420 pp.. vid. artículo sobre la inauguración del palio del Corpus, en pág. 129-132

(8) AMP Sec. Asuntos eclesiásticos. Procesiones, leg. 27, nº 30 (15-IX-1751); AMP idem. Leg. 35 (27-VIII-1790).

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(9) AMP Sec. Escrituras, leg. 39 (1766-1772) nº 7, 10 pág. Se trata de actos religiosos o bien solo civiles como el cumplimentar al virrey el día de la toma de posesión y las Pascuas de Navidad

(10) AMP Sec. Asuntos eclesiásticos. Procesiones, leg. 35 carp. sin ordenar. (11) AMP Sec. Consultas lib. 69, f. 116 (16-VI-1808) (12) AMP Sec. Consultas, lib. 24, f. 89-92 (27-VI y 4-VII-1703) (13) AMP Sec. Consultas lib. 27, f. 76 (13-IX-1712) (14) AMP Sec. Consultas lib. 23, f. 335-336 (17-IX-1701) (15) AMP Sec. Consultas, lib. 24, f. 133 (5-IX-1703) (16) AMP Sec. Consultas, lib. 24, f. 263-266 (7 y 8-IX-1704) (17) AMP Sec. Consultas lib. 29 f. 218 (7-IX-1722) (18) AMP Sec. Consultas, lib. 30, f. 161-162 (15-V-1726), AMP Sec. Consultas lib. 45 f. 95 (8-XI-

1775). En relación con el acuerdo de 1775, como se reconoce que subsistían “graves perjuicios” en materia de abanderados, recordemos que se estipuló, previa aprobación del obispo, que el ayuntamiento variase las personas nombradas como abanderados, que los dos borlistas fuesen elegidos al arbitrio de los abanderados entre los diez consultores, y que los abanderados y borlistas fuesen vestidos de golilla y sin los distintivos acostumbrados. Al margen de esto, y aunque relacionado con ello, la corporación municipal, siguiendo el parecer de las Instrucciones de los ayuntamientos de 1772-1773 (nº 91) y 1774-1775 (nº65), prohibió realizar gastos a los abanderados del Corpus y San Fermín, suprimió adornos en los trajes (franjas, cabos y plumajes, blancos y amarillos), prohibió que los abanderados tuviesen preferencias en materia de puestos o asientos, y mantuvo la ceremonia de acompañamiento desde su casa a la del ayuntamiento realizada antes de los actos, y de ésta a aquella una vez finalizados. Algún consumo se hacía, porque se acordó que el gasto del refresco y de los fuegos efectuado por los abanderados, los pagasen las rentas municipales. El 6-VI-1776 se recordaba que se habían “suprimido todas las preferencias que los abanderado de Corpus y San Fermín solían gozar en sus días y el segundo en la víspera”, ya en relación con su posición en el banco de la capilla de la casa consistorial ya en el traje, como consta el 8-XI-1776, 18-VI-1778 y en adelante hasta el 23-V-1799. AMP Sec. Consultas, lib. 46 f. 36 (6-VI-1776) y f. 42 (6-VII-1776).

(19) AMP Sec. Consultas lib. 43 f. 11 (13-IX-1766). Este acuerdo se renueva posteriormente hasta 1769 inclusive.

(20) AMP Sec. Consultas, lib. 32 f. 187-188 (13-IX-1735) (21) AMP Sec. Consultas, lib. 35 fol. 36-39 (27-IV-1743) (22) AMP Sec. Consultas, lib. 43 f. 10-11 (13-IX-1766); lib. 45 fol. 96-97 (8-XI-1775); lib. 56 f.

81-82 (25-V-1793), lib. 67 f. 131-132 (1-IX-1805); lib. 67 f. 139 (13-IX-1805); y lib. 67 f. 180 (23-VII-1806).

(23) AMP Consultas lib. 47 f. 186 (14-III-1781) (24) AMP Sec. Consultas lib. 31 f. 80-81 (18-IV-1731) (25) AMP Sec. Consultas lib. 27, f. 209-210 (30-V-1714) (26) AMP Sec. Consultas lib. 28, f. 88 (12-IX-1716). Cuando dos vecinos, Pedro Miguel Zurbano

(regidor 3º de San Nicolás) y Moreno Gastón –seguramente ambos comerciantes-, solicitaron ser abanderados de San Fermín y Corpus respectivamente, el ayuntamiento les dio el empleo o servicio pero recordándoles que se mantenía el acuerdo municipal del 30-V-1714, por el cual la elección debía hacerse la víspera de las fiestas. También les advertía que no realizasen gastos para no sufrir así las multas establecidas. Esto no era nuevo, porque el 6-VII-1714 fue don Pedro Castillo (regidor 2º de Navarrería) quien pidió al ayuntamiento en encargo de abanderado para el día de San Fermín; su propuesta tuvo éxito pero se le exigió que no hiciera gasto alguno. AMP Sec. Consultas lib. 27 f. 228-229 (6-VII-1714). Efectivamente, el cargo era una honra y así lo dicen todos los abanderados del Corpus y San Fermín.

(27) AMP Sec. Consultas lib. 30 f. 283 (4-II-1728) (28) AMP Sec. Consultas lib. 24 f. 234-235 (14-V-1704), lib. 25 f. 154-156 (15 y 22-V-1706) etc. ;

y lib. 30, f. 283 (4-II-1728), 304-305 (4-VIII-1728) (29) AMP Sec. Consultas lib. 43, f. 305-306 (1770) (30) AMP Sec. Consultas lib. 41, f. 83-84 (21-III-1761) (31)AMP Sec. Asuntos eclesiásticos. Procesiones, leg. 32 (s. XVIII), leg. 35 (32) AMP Sec. Consultas lib. 23 f. 1 (10-VI-1699) (33) Sea lo que fuere, tanta insistencia resulta significativa de la tendencia que había entre

algunos regidores a correr delante de los toros. AMP Sec. Consultas lib. 38 f. 136 y 183 (17-V y 13-IX-1752). AMP Sec. Consultas lib. 30 f. 170 (19-VI-1826), lib. 30 f. 283 (4-II-1728) y lib. 31, f. 9-10 (23-X-1728)

(34) Así, el 17-V-1752 el ayuntamiento acuerda que el abanderado de San Fermín pudiese entrar con los toros de la corrida sin incurrir en pena alguna, sólo por este año y sin que crease precedente . El motivo fue simplemente la petición del abanderado de San Fermín. Así ocurrió dicho año, de modo

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que el 13-IX-1752 el nuevo ayuntamiento reafirmó la prohibición, tanto por el decoro como por el peligro al que se exponía dicho vecino.

(35) AMP Sec. Consultas lib. 43, f. 247-248 (17-V-1769) y sobre todo f. 303-304 (31-III-1770). El obispo de Pamplona señalaba a las cofradías de Veracruz y Soledad, ambas del patronato municipal, que la desnudez era reprobable, « causando con este traje (unos calzones) a más de la ridiculez y estorbos de la devoción no pequeño escándalo y ruina espiritual al innumerable concurso de gentes de ambos sexos (…)”. También señala la “suma irreverencia con que se profana la grave y majestuosa solemnidad”, “el estrépito de cadenas y barras”, y recordaba que “mucho tiempo ha que nos condolíamos de estos desórdenes”, por lo que decretaba la excomunión mayor para los que hicieran “disciplina de sangre, barras, espadas, cadenas ni otras cosas semejantes, permitiendo como permitimos tan solamente disciplina en seco y sin efusión de sangre y la penitencia de llevar al hombro alguna cruz o andar con los brazos extendidos o en otra forma decente, honesta, y edificativa de los fieles, con tal que anden vestidos y con las caras cubiertas”.

(36) AMP Sec. Consultas lib. 50, f. 9-12 (4-IX-1784) (37) Archivo General de Navarra (AGN), Sec. Consejo Real, tit. 8 fajo 3 nº 14 (21-VI-1780);

AMP Sec. Papeles sueltos. AMP Sec. Consultas lib. 48 f. 7 (15-VI-1781), f. 14 (7-VII-1781). (38) AMP Sec. Consultas, lib. 96 f. 77-78 (17 y 27-VI-1847) La fotografía (salvo el óleo de Miguel Sanz y Benito) es del autor JFG, y ha sido realizada en el

año 2011.

José Fermín GARRALDA ARIZCUN Dr. en historia

Pamplona, 1-VII-2011

LAUS DEO