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TEORÍA Y NORMATIVA TEORÍA Y NORMATIVA DEL PRECEDENTE DEL PRECEDENTE JUDICIAL JUDICIAL

TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

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Precedente Judicial

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Page 1: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

TEORÍA Y NORMATIVA TEORÍA Y NORMATIVA DEL PRECEDENTE DEL PRECEDENTE

JUDICIALJUDICIAL

Page 2: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

FUNCIÓN JURISDICCIONALFUNCIÓN JURISDICCIONAL

Conforme a las palabras de Bobbio, Conforme a las palabras de Bobbio, el problema central del Derecho el problema central del Derecho actual es el problema de su actual es el problema de su interpretación.interpretación.

Zagrebelsky afirma que la actividad Zagrebelsky afirma que la actividad interpretativa debe concebirse hoy en interpretativa debe concebirse hoy en día como una actividad intermedia o día como una actividad intermedia o mediadora que vincula la realidad mediadora que vincula la realidad con el Derecho, lo que representa un con el Derecho, lo que representa un replanteamiento de la lucha entre la replanteamiento de la lucha entre la ratioratio del caso y la del caso y la voluntasvoluntas de la ley. de la ley.

Page 3: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

¿Que es precedente ¿Que es precedente constitucional?constitucional?

El precedente constitucional vinculante es aquella El precedente constitucional vinculante es aquella regla jurídica expuesta en un caso particular y regla jurídica expuesta en un caso particular y concreto que el Tribunal Constitucional decide concreto que el Tribunal Constitucional decide establecer como regla general; y, que, por ende, establecer como regla general; y, que, por ende, deviene en parámetro normativo para la resolución deviene en parámetro normativo para la resolución de futuros procesos de naturaleza homóloga.de futuros procesos de naturaleza homóloga.

   El precedente constitucional tiene por su condición El precedente constitucional tiene por su condición

de tal efectos similares a una ley. Es decir, la regla de tal efectos similares a una ley. Es decir, la regla general externalizada como precedente a partir de general externalizada como precedente a partir de un caso concreto se convierte en una regla un caso concreto se convierte en una regla preceptiva común que alcanzar a todos los preceptiva común que alcanzar a todos los justiciables y que es oponible frente a los poderes justiciables y que es oponible frente a los poderes públicos.públicos.

Page 4: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

JURISPRUDENCIA Y PRECEDENTEJURISPRUDENCIA Y PRECEDENTE

La jurisprudenciaLa jurisprudencia constituye la constituye la doctrina que desarrolla el Tribunal en doctrina que desarrolla el Tribunal en los distintos ámbitos del Derecho, a los distintos ámbitos del Derecho, a consecuencia de su labor frente a consecuencia de su labor frente a cada caso que va resolviendo; con cada caso que va resolviendo; con el el precedenteprecedente en cambio, el Tribunal en cambio, el Tribunal ejerce un poder normativo general, ejerce un poder normativo general, extrayendo una norma a partir de un extrayendo una norma a partir de un caso concreto.caso concreto.

Page 5: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

Entre los antecedentes de los precedentes Entre los antecedentes de los precedentes vinculantes en el Perú, tenemos en principiovinculantes en el Perú, tenemos en principio

a).- La Ley 23506, Ley de hábeas Corpus y a).- La Ley 23506, Ley de hábeas Corpus y Amparo.Amparo. Que en su artículo 9º, establecía que las Que en su artículo 9º, establecía que las resoluciones judiciales emitidas en los procesos resoluciones judiciales emitidas en los procesos de amparo y hábeas corpus constituían de amparo y hábeas corpus constituían jurisprudencia obligatoria cuando de ellas jurisprudencia obligatoria cuando de ellas pudiesen desprenderse, principios de alcance pudiesen desprenderse, principios de alcance general, sin embargo los jueces podían apartarse general, sin embargo los jueces podían apartarse del criterio en la medida que sustenten las del criterio en la medida que sustenten las razones de hecho y derecho que así lo justifiquen.razones de hecho y derecho que así lo justifiquen.

Page 6: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

EVOLUCION HISTORICAEVOLUCION HISTORICA

Entre los antecedentes de los precedentes Entre los antecedentes de los precedentes vinculantes en el Perú, tenemos:vinculantes en el Perú, tenemos:

a).- La Ley 23506, Ley de hábeas Corpus y Amparo, a).- La Ley 23506, Ley de hábeas Corpus y Amparo, que en su artículo 9º, establecía que las que en su artículo 9º, establecía que las resoluciones judiciales emitidas en los procesos resoluciones judiciales emitidas en los procesos de amparo y hábeas corpus constituían de amparo y hábeas corpus constituían jurisprudencia obligatoria cuando de ellas jurisprudencia obligatoria cuando de ellas pudiesen desprenderse, principios de alcance pudiesen desprenderse, principios de alcance general, sin embargo los jueces podían apartarse general, sin embargo los jueces podían apartarse del criterio en la medida que sustenten las del criterio en la medida que sustenten las razones de hecho y derecho que así lo justifiquen.razones de hecho y derecho que así lo justifiquen.

Page 7: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

b).- b).- El Texto Único Ordenado de la Ley El Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder JudicialOrgánica del Poder Judicial ( LOPJ). D.S.017- ( LOPJ). D.S.017-93-JUS. 93-JUS.

El artículo 22ºEl artículo 22º, precisa que las Salas Especializadas , precisa que las Salas Especializadas

de la Corte Suprema, ordenan publicación en el de la Corte Suprema, ordenan publicación en el diario Oficial El Peruano, las ejecutorías que diario Oficial El Peruano, las ejecutorías que fijan principios jurisprudencial es que han ser fijan principios jurisprudencial es que han ser de obligatorio cumplimiento, en todas la instancias de obligatorio cumplimiento, en todas la instancias judiciales, las mismas que los jueces de diversas judiciales, las mismas que los jueces de diversas instancias deben invocarlas.,instancias deben invocarlas.,

Permite excepcionalmente que un juez pueda Permite excepcionalmente que un juez pueda apartarse de los principios jurisprudencial, pero apartarse de los principios jurisprudencial, pero obligatoriamente deben fundamentar obligatoriamente deben fundamentar adecuadamente.adecuadamente.

A la vez indica que la Corte Suprema pueda apartarse A la vez indica que la Corte Suprema pueda apartarse de sus propios principios, debiendo también de sus propios principios, debiendo también fundamentarla su decisión, generando un nuevo fundamentarla su decisión, generando un nuevo precedente. precedente.

Page 8: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

Artículo 80º inciso 4)Artículo 80º inciso 4) entre las entre las atribuciones de la Sala Plena de la atribuciones de la Sala Plena de la Corte Suprema establece la Corte Suprema establece la sistematización y difusión de la sistematización y difusión de la jurisprudencia de las Salas jurisprudencia de las Salas Especializadas de la Corte Especializadas de la Corte Suprema.La publicación trimestral de Suprema.La publicación trimestral de la ejecutorías que fijen principios la ejecutorías que fijen principios jurisprudenciales que de han de ser jurisprudenciales que de han de ser de obligatorio cumplimiento en de obligatorio cumplimiento en todas las instancias judiciales. todas las instancias judiciales.

Page 9: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

El artículo 116º,El artículo 116º, consagra los consagra los plenos jurisdiccionales, nacionales, plenos jurisdiccionales, nacionales, regionales o distritales, que es la regionales o distritales, que es la reunión de los Vocales Superiores a reunión de los Vocales Superiores a fin de concordar la jurisprudencia de fin de concordar la jurisprudencia de su especialidad.su especialidad.

Sin embargo estos acuerdos no Sin embargo estos acuerdos no tienen efecto vinculante. tienen efecto vinculante.

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c)El Código Procesal Civilc)El Código Procesal Civil En su artículo 400º. En su artículo 400º. Establece la Establece la

doctrina jurisprudencial. doctrina jurisprudencial. A través A través de sala plena de la Corte Suprema , de sala plena de la Corte Suprema , en decisiones que se tome en en decisiones que se tome en mayoría absoluta constituye mayoría absoluta constituye doctrina jurisprudencial doctrina jurisprudencial y vincula y vincula a los órganos jurisdiccionales del a los órganos jurisdiccionales del Estado, hasta que sea modificado por Estado, hasta que sea modificado por otro pleno casatorio. otro pleno casatorio.

Page 11: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

Código Procesal CivilCódigo Procesal Civil

• Art. 384: La finalidad de la Art. 384: La finalidad de la casación es la unificación de casación es la unificación de jurisprudencia nacional por la jurisprudencia nacional por la Corte Suprema (función Corte Suprema (función nomofiláctica). nomofiláctica).

Page 12: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

dd) El Código Procedimientos Penales.) El Código Procedimientos Penales. El año 2004, mediante decreto El año 2004, mediante decreto

legislativo 959, se incorporó al legislativo 959, se incorporó al Código de Procedimientos Penales, Código de Procedimientos Penales, en la jurisprudencia penal peruana el en la jurisprudencia penal peruana el precedente obligatorio, y fue por el precedente obligatorio, y fue por el artículo 301º-A, la misma que artículo 301º-A, la misma que contempla los dos tipos de contempla los dos tipos de sentencias vinculantessentencias vinculantes

a)a) Sentencia normativaSentencia normativab)b) Sentencia plenariaSentencia plenaria

Page 13: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

Precedentes en el Código de Precedentes en el Código de Procedimientos PenalesProcedimientos Penales

• Art. 301-A, num.1: las sentencias de Sala Art. 301-A, num.1: las sentencias de Sala Penal de la Corte Suprema, sin perjuicio art. Penal de la Corte Suprema, sin perjuicio art. 22 LOPJ, son precedente vinculante cuando 22 LOPJ, son precedente vinculante cuando así lo expresen las mismas, precisando así lo expresen las mismas, precisando extremo efecto normativo.extremo efecto normativo.

• Art. 301-A, num. 2: Si otra Sala Suprema Art. 301-A, num. 2: Si otra Sala Suprema tuviera criterios discrepantes sobre aplicación tuviera criterios discrepantes sobre aplicación o interpretación de una norma, a instancia o interpretación de una norma, a instancia cualquier Sala, Fiscalía Suprema Penal o cualquier Sala, Fiscalía Suprema Penal o Defensoría Pueblo, se convocará Pleno de Defensoría Pueblo, se convocará Pleno de vocales penales supremos para dictar vocales penales supremos para dictar sentencia, adoptada por mayoría absoluta.sentencia, adoptada por mayoría absoluta.

Page 14: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

e) e) La Ley del Proceso Contencioso La Ley del Proceso Contencioso AdministrativoAdministrativo..

El artículo 34º de la Ley 27584, El artículo 34º de la Ley 27584, precisa que las decisiones adoptadas precisa que las decisiones adoptadas en casación por la Sala Constitucional en casación por la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República, constituirán Justicia de la República, constituirán doctrina jurisprudencial en materia doctrina jurisprudencial en materia contencioso administrativa. contencioso administrativa.

Modificado por Dec.Leg. 1067 Modificado por Dec.Leg. 1067 (28.06.08)(28.06.08)

Page 15: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

Precedentes en INDECOPIPrecedentes en INDECOPI

Art. 43 D.L. 807: resoluciones Comisiones, Art. 43 D.L. 807: resoluciones Comisiones, Oficinas y Tribunal Defensa Competencia y Oficinas y Tribunal Defensa Competencia y Propiedad Intelectual INDECOPI que, al Propiedad Intelectual INDECOPI que, al resolver casos particulares, interpreten resolver casos particulares, interpreten expresamente y con carácter general expresamente y con carácter general sentido legislación, serán precedente sentido legislación, serán precedente observancia obligatoria, mientras dicha observancia obligatoria, mientras dicha interpretación no sea modificada por interpretación no sea modificada por resolución debidamente motivada órgano resolución debidamente motivada órgano emisor.emisor.

Page 16: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

f) El Código Procesal Constitucional.f) El Código Procesal Constitucional. La ley 28237, el artículo VII del T.P., refiere La ley 28237, el artículo VII del T.P., refiere

que las sentencias del Tribunal que las sentencias del Tribunal Constitucional que adquiere la autoridad de Constitucional que adquiere la autoridad de cosa juzgada constituyen precedente cosa juzgada constituyen precedente vinculante cuando así lo exprese la vinculante cuando así lo exprese la sentencia, precisando el extremo de su sentencia, precisando el extremo de su efecto normativo.efecto normativo.

Cuando el Tribunal Constitucional resuelva Cuando el Tribunal Constitucional resuelva apartándose del precedente, debe expresar apartándose del precedente, debe expresar los fundamentos de hecho y de derecho que los fundamentos de hecho y de derecho que sustentan la sentencia y las razones por las sustentan la sentencia y las razones por las cuales se aparta del precedente. cuales se aparta del precedente.

Page 17: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

NORMATIVA SOBRE PRECEDENTE VINCULANTENORMATIVA SOBRE PRECEDENTE VINCULANTE

El artículo VIIEl artículo VII del Título Preliminar del del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional reconoce en Código Procesal Constitucional reconoce en estos términos, el precedente constitucional estos términos, el precedente constitucional vinculante: “Las sentencias del Tribunal vinculante: “Las sentencias del Tribunal Constitucional que adquieren la autoridad de Constitucional que adquieren la autoridad de cosa juzgada constituyen precedetnte cosa juzgada constituyen precedetnte vinculante cuando así lo exprese la sentencia, vinculante cuando así lo exprese la sentencia, precisando el extremo de su efecto precisando el extremo de su efecto normativo. Cuando el Tribunal Constitucional normativo. Cuando el Tribunal Constitucional resuelva apartándose del precedente, debe resuelva apartándose del precedente, debe expresar los fundamentos de hecho y de expresar los fundamentos de hecho y de derecho que sustentan la sentencia y las derecho que sustentan la sentencia y las razones por las cuales se aparta del razones por las cuales se aparta del precedente”.precedente”.

Page 18: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

PRECEDENTE VINCULANTE E INTERPRETACIONES PRECEDENTE VINCULANTE E INTERPRETACIONES CONSTITUCIONALMENTE VINCULANTESCONSTITUCIONALMENTE VINCULANTES

El Tribunal señala que el artículo VI del Código Procesal El Tribunal señala que el artículo VI del Código Procesal Constitucional, como también la Primera Disposición General Constitucional, como también la Primera Disposición General de su Ley Orgánica,, hacen referencia a la obligación que de su Ley Orgánica,, hacen referencia a la obligación que afecta a los jueces y tribunales de interpretar y aplicar las leyes afecta a los jueces y tribunales de interpretar y aplicar las leyes y reglamentos conforme a las disposiciones de la Constitución y reglamentos conforme a las disposiciones de la Constitución y a la interpretación que de ellas realice el Tribunal y a la interpretación que de ellas realice el Tribunal Constitucional, a través de su jurisprudencia en todo tipo de Constitucional, a través de su jurisprudencia en todo tipo de procesos tal efecto está referido, en términos generales, al procesos tal efecto está referido, en términos generales, al efecto vinculante de las efecto vinculante de las interpretaciones del Tribunalinterpretaciones del Tribunal con con relación a los jueces del Poder Judicial sobretodo cuando se relación a los jueces del Poder Judicial sobretodo cuando se trata de su labor de máximo intérprete de la Constitución. En trata de su labor de máximo intérprete de la Constitución. En cambio, cuando el Tribunal considera que a partir de un caso cambio, cuando el Tribunal considera que a partir de un caso concreto resulta relevante extraer una regla con carácter más concreto resulta relevante extraer una regla con carácter más general, válida no sólo para la interpretación judicial sino para general, válida no sólo para la interpretación judicial sino para todo el ordenamiento jurídico, podrá ejercer su poder todo el ordenamiento jurídico, podrá ejercer su poder normativo a través de la técnica del normativo a través de la técnica del precedente vinculanteprecedente vinculante..

Page 19: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

Precedente vs. Interpretación Precedente vs. Interpretación vinculantevinculante

Caso Salazar Yarlenque (Exp. Caso Salazar Yarlenque (Exp. 3741-2004-AA/TC):3741-2004-AA/TC):

Doctrina jurisprudencial: conjunto sentencias Doctrina jurisprudencial: conjunto sentencias TC quehacer cotidiano jurisdiccional que TC quehacer cotidiano jurisdiccional que resuelven forma idéntica casos idénticos o resuelven forma idéntica casos idénticos o análogos. Art. VI TP CPC, I D.F. LOTC: análogos. Art. VI TP CPC, I D.F. LOTC: vinculante desde vinculante desde ratio decidendiratio decidendi..

Precedente: poder normativo general, se Precedente: poder normativo general, se extrae norma a partir caso concreto. Art. VII extrae norma a partir caso concreto. Art. VII TP CPC.TP CPC.

Page 20: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

PRECEDENTE VINCULANTE Y COSA JUZGADA DE LA PRECEDENTE VINCULANTE Y COSA JUZGADA DE LA SENTENCIA CONSTITUCIONALSENTENCIA CONSTITUCIONAL

El propio Tribunal ha precisado que la decisión o fallo El propio Tribunal ha precisado que la decisión o fallo constitucional constituye el pronunciamiento expreso y constitucional constituye el pronunciamiento expreso y preciso, por medio del cual el Tribunal Constitucional preciso, por medio del cual el Tribunal Constitucional estima o desestima el petitorio de una demanda de estima o desestima el petitorio de una demanda de naturaleza constitucional. Tal decisión adquiere poder naturaleza constitucional. Tal decisión adquiere poder jurídico para surtir efectos prácticos por el sólo hecho de jurídico para surtir efectos prácticos por el sólo hecho de tratarse de una decisión del Máximo tribunal tratarse de una decisión del Máximo tribunal jurisdiccional, de modo que si bien la decisión puede ser jurisdiccional, de modo que si bien la decisión puede ser abiertamente errónea en su fundamentación, sin embargo, abiertamente errónea en su fundamentación, sin embargo, por el efecto de cosa juzgada, tal decisión deba siempre por el efecto de cosa juzgada, tal decisión deba siempre cumplirse, lo que no ocurriría para el caso del precedente, cumplirse, lo que no ocurriría para el caso del precedente, cuya aplicación depende, por lo general, de cierta cuya aplicación depende, por lo general, de cierta corrección en el razonamiento de la corte o tribunal.corrección en el razonamiento de la corte o tribunal.

Page 21: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

PRECEDENTE VINCULANTE Y COSA JUZGADA DE LA PRECEDENTE VINCULANTE Y COSA JUZGADA DE LA SENTENCIA CONSTITUCIONALSENTENCIA CONSTITUCIONAL

De este modo, para el caso peruano y siempre en el marco De este modo, para el caso peruano y siempre en el marco de la actual regulación del precedente vinculante, habría de la actual regulación del precedente vinculante, habría que afirmar que cuando el Tribunal coloca la regla del que afirmar que cuando el Tribunal coloca la regla del precedente vinculante en el fallo sin un mayor desarrollo o precedente vinculante en el fallo sin un mayor desarrollo o sustento en la fundamentación de la sentencia o cuando tal sustento en la fundamentación de la sentencia o cuando tal argumentación resultara luego equivocada o errónea, o argumentación resultara luego equivocada o errónea, o peor aun, sin una conexión relevante con el caso peor aun, sin una conexión relevante con el caso desarrollado, a tal mandato no puede atribuírsele la desarrollado, a tal mandato no puede atribuírsele la condición de precedente, aun cuando no quepa dudas condición de precedente, aun cuando no quepa dudas sobre el efecto de cosa juzgada que lo respalde como a sobre el efecto de cosa juzgada que lo respalde como a toda decisión jurisdiccional. El efecto de cosa juzgada se toda decisión jurisdiccional. El efecto de cosa juzgada se despliega entonces al margen de los errores o despliega entonces al margen de los errores o imprecisiones en ]a argumentación, mientras que el imprecisiones en ]a argumentación, mientras que el precedente exige un mínimo de racionalidad precedente exige un mínimo de racionalidad argumentativa, de modo que en el error la judicatura argumentativa, de modo que en el error la judicatura inferior no está obligada a seguir el precedente60.inferior no está obligada a seguir el precedente60.

Page 22: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

Precedente vs. Cosa juzgadaPrecedente vs. Cosa juzgada

Precedente vinculante: si es erróneo pierde Precedente vinculante: si es erróneo pierde su efecto vinculante, puede ser sujeto de su efecto vinculante, puede ser sujeto de interpretaciones, cabe interpretaciones, cabe distinguish.distinguish.

Cosa juzgada: decisión permanece Cosa juzgada: decisión permanece inmutable, debe ser cumplida aun cuando inmutable, debe ser cumplida aun cuando sea errónea.sea errónea.

Page 23: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

¿El precedente vinculante es la ¿El precedente vinculante es la regla o la excepción en Perú?regla o la excepción en Perú?

• La JURISPRUDENCIA es la serie sentencias La JURISPRUDENCIA es la serie sentencias emitidas máximo tribunal que resuelven emitidas máximo tribunal que resuelven forma idéntica o análoga casos análogos o forma idéntica o análoga casos análogos o idénticos.idénticos.

• Cuando tiene FUERZA VINCULANTE, los Cuando tiene FUERZA VINCULANTE, los poderes públicos y ciudadanos deben poderes públicos y ciudadanos deben observarla (doctrina jurisprudencial).observarla (doctrina jurisprudencial).

• CLASES: Puede ser horizontal (CLASES: Puede ser horizontal (stare decisisstare decisis, , admite cambios motivados u admite cambios motivados u overrulingoverruling) y ) y vertical.vertical.

• La jurisprudencia es referencial. La excepción La jurisprudencia es referencial. La excepción es que sea vinculante.es que sea vinculante.

Page 24: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

Precedente y modelo de Precedente y modelo de judicaturajudicatura

En sistema En sistema common lawcommon law: precedente es creado : precedente es creado por máximo tribunal y recreado por tribunal por máximo tribunal y recreado por tribunal inferior que lo aplica caso concreto. No hay inferior que lo aplica caso concreto. No hay referencia expresa en precedente condición de referencia expresa en precedente condición de tal. Sistema confía criterio interpretativo juez.tal. Sistema confía criterio interpretativo juez.

En nuestro sistema: hay referencia expresa en En nuestro sistema: hay referencia expresa en precedente a condición de tal. Sistema no precedente a condición de tal. Sistema no confía criterio interpretativo juez. Riesgos: confía criterio interpretativo juez. Riesgos: precedente autoritario, desinterés por precedente autoritario, desinterés por ratio ratio decidendidecidendi, se pasa de juez boca ley a juez boca , se pasa de juez boca ley a juez boca TC.TC.

Page 25: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

¿Por qué el precedente es ¿Por qué el precedente es vinculante?vinculante?

Precedente: regla jurídica (norma) que, vía Precedente: regla jurídica (norma) que, vía interpretación o integración ordenamiento, interpretación o integración ordenamiento, crea juez para resolver caso planteado y, que crea juez para resolver caso planteado y, que debe (vinculante) o puede servir (referencial) debe (vinculante) o puede servir (referencial) para casos futuros análogos o idénticos. para casos futuros análogos o idénticos. Ratio Ratio decidendidecidendi o o holdingholding, parte sentencia que , parte sentencia que encierra precedente.encierra precedente.

Vinculante: fuerza con la que se proyecta Vinculante: fuerza con la que se proyecta norma para solución casos futuros. Operador norma para solución casos futuros. Operador no puede inaplicarla ante casos análogos o no puede inaplicarla ante casos análogos o idénticos. Art. VII TP CPC. Igualdad ante ley, idénticos. Art. VII TP CPC. Igualdad ante ley, seguridad jurídica, coherencia sistema seguridad jurídica, coherencia sistema jurídico (razonabilidad).jurídico (razonabilidad).

Page 26: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

¿Puede inaplicarse la fuerza ¿Puede inaplicarse la fuerza normativa del precedente?normativa del precedente?

Distinguishing: Distinguishing: no aplicar precedente a no aplicar precedente a casos distintos a los que sustentaron casos distintos a los que sustentaron precedente o jurisprudencia constitucional precedente o jurisprudencia constitucional vinculante.vinculante.

OverrulingOverruling: cambio del precedente ante : cambio del precedente ante circunstancias novedosas que así lo circunstancias novedosas que así lo justifican.justifican.

Page 27: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

supuestos para la emisión de un precedente supuestos para la emisión de un precedente vinculante vinculante

a) a) La constatación, a partir de un caso que ha La constatación, a partir de un caso que ha sido sometido a la jurisdicción del Tribunal sido sometido a la jurisdicción del Tribunal Constitucional, de la existencia de divergencias o Constitucional, de la existencia de divergencias o contradicciones latentes en la interpretación de los contradicciones latentes en la interpretación de los derechos, principios o normas constitucionales, o derechos, principios o normas constitucionales, o de relevancia constitucional.de relevancia constitucional.

b) b) La constatación, a partir de un caso que ha La constatación, a partir de un caso que ha sido sometido a la jurisdicción del Tribunal sido sometido a la jurisdicción del Tribunal Constitucional, de que los operadores Constitucional, de que los operadores jurisdiccionales o administrativos, vienen jurisdiccionales o administrativos, vienen resolviendo en base a una interpretación errónea resolviendo en base a una interpretación errónea de una norma del bloque de constitucionalidad; lo de una norma del bloque de constitucionalidad; lo cual, a su vez, genera una indebida aplicación de cual, a su vez, genera una indebida aplicación de la misma.la misma.

Page 28: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

supuestos para la emisión de un precedente supuestos para la emisión de un precedente vinculantevinculante

C) Cuando en el marco de un proceso constitucional C) Cuando en el marco de un proceso constitucional de tutela de los derechos, el Tribunal constata la de tutela de los derechos, el Tribunal constata la inconstitucionalidad manifiesta de una disposición inconstitucionalidad manifiesta de una disposición normativa que no solo afecta al reclamante, sino normativa que no solo afecta al reclamante, sino que tiene efectos generales que suponen una que tiene efectos generales que suponen una amenaza latente para los derechos fundamentales. amenaza latente para los derechos fundamentales. En este supuesto, al momento de establecer el En este supuesto, al momento de establecer el precedente vinculante, el Tribunal puede proscribir precedente vinculante, el Tribunal puede proscribir la aplicación, a futuros supuestos, de parte o del la aplicación, a futuros supuestos, de parte o del total de la disposición o de determinados sentidos total de la disposición o de determinados sentidos interpretativos derivados del mismo; o puede interpretativos derivados del mismo; o puede también establecer aquellos sentidos interpretativos también establecer aquellos sentidos interpretativos que son compatibles con la Constitución.que son compatibles con la Constitución.

D) Cuando se evidencia la necesidad de cambiar de D) Cuando se evidencia la necesidad de cambiar de precedente vinculante (F. 41 Exp.Nº 3741-2004-precedente vinculante (F. 41 Exp.Nº 3741-2004-AA/TC)AA/TC)

Page 29: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

Condiciones del uso del precedente constitucional Condiciones del uso del precedente constitucional vinculantevinculante

   El uso del precedente se sustenta en las condiciones El uso del precedente se sustenta en las condiciones

siguientes:siguientes:    a)        Existencia de relación entre caso y precedente a)        Existencia de relación entre caso y precedente

vinculante.vinculante.    En ese sentido, la regla que con efecto normativo el Tribunal Constitucional decide En ese sentido, la regla que con efecto normativo el Tribunal Constitucional decide

externalizar como vinculante, debe ser necesaria para la solución del caso planteado.externalizar como vinculante, debe ser necesaria para la solución del caso planteado.    El Tribunal Constitucional no debe fijar una regla so pretexto de solución de un caso, El Tribunal Constitucional no debe fijar una regla so pretexto de solución de un caso,

si en realidad esta no se encuentra ligada directamente con la solución del mismo.si en realidad esta no se encuentra ligada directamente con la solución del mismo.    b)        Decisión del Tribunal Constitucional con autoridad b)        Decisión del Tribunal Constitucional con autoridad

de cosa juzgada.de cosa juzgada.   La decisión del Tribunal Constitucional de establecer que un caso contiene reglas La decisión del Tribunal Constitucional de establecer que un caso contiene reglas

que se proyectan para el futuro como precedente vinculante se encuentra sujeta a que se proyectan para el futuro como precedente vinculante se encuentra sujeta a que exista una decisión final; vale decir, que haya puesto fin al procesoque exista una decisión final; vale decir, que haya puesto fin al proceso

Page 30: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

El cambio de precedente vinculanteEl cambio de precedente vinculante

   La competencia para el apartamiento y La competencia para el apartamiento y

sustitución de un precedente vinculante está sustitución de un precedente vinculante está sujeta a los tres elementos siguientes:sujeta a los tres elementos siguientes:

   a)      Expresión de los fundamentos de hecho y a)      Expresión de los fundamentos de hecho y

derecho que sustentan dicha decisión.derecho que sustentan dicha decisión. b)      Expresión de la razón declarativa-teológica, b)      Expresión de la razón declarativa-teológica,

razón suficiente e invocación preceptiva en que razón suficiente e invocación preceptiva en que se sustenta dicha decisión.se sustenta dicha decisión.

c)      Determinación de sus efectos en el tiempo.c)      Determinación de sus efectos en el tiempo.

Page 31: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

El precedente vinculante como forma de cubrir El precedente vinculante como forma de cubrir una laguna normativauna laguna normativa

   La función integradora del Tribunal Constitucional permite La función integradora del Tribunal Constitucional permite

que, a través de la constitución de un precedente que, a través de la constitución de un precedente vinculante, se resuelvan las situaciones derivadas de un vinculante, se resuelvan las situaciones derivadas de un vacío normativo. Esto es:vacío normativo. Esto es:

   1. cuando, a pesar de la existencia de prescripción jurídica, 1. cuando, a pesar de la existencia de prescripción jurídica,

se entiende que esta se ha circunscrito a señalar conceptos se entiende que esta se ha circunscrito a señalar conceptos o criterios no determinados en sus particularidades; o criterios no determinados en sus particularidades;

2.cuando existe la regulación jurídica de una materia, pero 2.cuando existe la regulación jurídica de una materia, pero sin que la norma establezca una regla específica para sin que la norma establezca una regla específica para solucionar un área con conflicto coexistencial; solucionar un área con conflicto coexistencial;

3. cuando una norma deviniese en inaplicable por haber 3. cuando una norma deviniese en inaplicable por haber abarcado casos o acarrear consecuencias que el legislador abarcado casos o acarrear consecuencias que el legislador histórico no habría establecido de haber conocido aquellas histórico no habría establecido de haber conocido aquellas o sospechado estas; o sospechado estas;

Page 32: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

El precedente vinculante como forma de El precedente vinculante como forma de cubrir una laguna normativacubrir una laguna normativa

4.cuando dos normas sin referencia mutua entre sí 4.cuando dos normas sin referencia mutua entre sí –es decir en situación de antinomia indirecta– se –es decir en situación de antinomia indirecta– se contradicen en sus consecuencias jurídicas, contradicen en sus consecuencias jurídicas, haciéndose mutuamente ineficaces; haciéndose mutuamente ineficaces;

5.cuando, debido a nuevas circunstancias, 5.cuando, debido a nuevas circunstancias, surgiesen cuestiones que el legislador histórico no surgiesen cuestiones que el legislador histórico no tuvo oportunidad de prever en la norma, por lo que tuvo oportunidad de prever en la norma, por lo que literalmente no están comprendidas en ella, literalmente no están comprendidas en ella, aunque por su finalidad pudieran estarlo de aunque por su finalidad pudieran estarlo de haberse conocido anteladamente; y haberse conocido anteladamente; y

6. cuando los alcances de una norma perteneciente 6. cuando los alcances de una norma perteneciente al bloque de constitucionalidad no producen en la al bloque de constitucionalidad no producen en la realidad efectos jurídicos por razones de ocio realidad efectos jurídicos por razones de ocio legislativo.legislativo.

Page 33: TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial

La eficacia prospectiva del precedente La eficacia prospectiva del precedente vinculantevinculante ( (prospective overrulingprospective overruling))

   El Tribunal Constitucional puede disponer El Tribunal Constitucional puede disponer

excepcionalmente que la aplicación del excepcionalmente que la aplicación del precedente vinculante que cambia o precedente vinculante que cambia o sustituya uno anterior opere con lapso sustituya uno anterior opere con lapso diferido (diferido (vacatio sententiaevacatio sententiae), a efectos de ), a efectos de salvaguardar la seguridad jurídica o para salvaguardar la seguridad jurídica o para evitar una injusticia ínsita que podría evitar una injusticia ínsita que podría producirse por el cambio súbito de la regla producirse por el cambio súbito de la regla vinculante por él establecida, y que ha sido vinculante por él establecida, y que ha sido objeto de cumplimiento y ejecución por parte objeto de cumplimiento y ejecución por parte de los justiciables y los poderes públicos. de los justiciables y los poderes públicos.

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La eficacia prospectiva del precedente La eficacia prospectiva del precedente vinculantevinculante ( (prospective overrulingprospective overruling))

En atención a lo expuesto, el Tribunal Constitucional, al En atención a lo expuesto, el Tribunal Constitucional, al momento de cambiar de precedente, optará, según sean las momento de cambiar de precedente, optará, según sean las circunstancias, por establecer lo siguiente:circunstancias, por establecer lo siguiente:

   a)      Decisión de cambiar de precedente vinculante a)      Decisión de cambiar de precedente vinculante

ordenando la aplicación inmediata de sus efectos, de modo ordenando la aplicación inmediata de sus efectos, de modo que las reglas serán aplicables tanto a los procesos en que las reglas serán aplicables tanto a los procesos en trámite como a los procesos que se inician después de trámite como a los procesos que se inician después de establecida dicha decisión.establecida dicha decisión.

b)      Decisión de cambiar de precedente vinculante, aunque b)      Decisión de cambiar de precedente vinculante, aunque ordenando que su aplicación será diferida a una fecha ordenando que su aplicación será diferida a una fecha posterior a la culminación de determinadas situaciones posterior a la culminación de determinadas situaciones materiales. Por ende, no será aplicable para aquellas materiales. Por ende, no será aplicable para aquellas situaciones jurídicas generadas con anterioridad a la decisión situaciones jurídicas generadas con anterioridad a la decisión del cambio o a los procesos en trámite.del cambio o a los procesos en trámite.

   . caso Juan Carlos Callegari Herazo [Expediente N.º 0090-. caso Juan Carlos Callegari Herazo [Expediente N.º 0090-

2004-AA/TC], 2004-AA/TC],

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LIMITACIONES A LA CONFIGURACION DEL LIMITACIONES A LA CONFIGURACION DEL PRECEDENTE VINCULANTEPRECEDENTE VINCULANTE

La emisión de un precedente normativo vinculante se encuentra La emisión de un precedente normativo vinculante se encuentra sujeta a las siguientes limitaciones:sujeta a las siguientes limitaciones:

1.1. La existencia de relación entre caso y precedente La existencia de relación entre caso y precedente vinculantevinculante. En ese sentido, la regla que con efecto normativo el . En ese sentido, la regla que con efecto normativo el Tribunal Constitucional decide externalizar como vinculante, debe Tribunal Constitucional decide externalizar como vinculante, debe ser necesaria para la solución del caso planteado. El Tribunal ser necesaria para la solución del caso planteado. El Tribunal Constitucional no debe fijar una regla so pretexto de solución de Constitucional no debe fijar una regla so pretexto de solución de un caso, si en realidad esta no se encuentra ligada directamente un caso, si en realidad esta no se encuentra ligada directamente con la solución del mismo”. con la solución del mismo”. (F. 45 Exp.Nº 3741-2004-AA/TC).(F. 45 Exp.Nº 3741-2004-AA/TC).

2.2. En segundo lugar, como lo ha señalado la tradición del En segundo lugar, como lo ha señalado la tradición del Common Common LawLaw, , el precedente debe constituir una regla de derecho y el precedente debe constituir una regla de derecho y no puede referirse a los hechos del caso,no puede referirse a los hechos del caso, si bien puede si bien puede perfectamente partir de ellos. (F.46)perfectamente partir de ellos. (F.46)

3.3. En tercer lugar, aunque parezca obvio, En tercer lugar, aunque parezca obvio, la regla del precedente la regla del precedente constitucional no puede constituir una interpretación de constitucional no puede constituir una interpretación de una regla o disposición de la Constitución que ofrece una regla o disposición de la Constitución que ofrece múltiples construccionesmúltiples construcciones; en otras palabras; en otras palabrasel precedente no es el precedente no es una técnica para imponer determinadas doctrinas u opciones una técnica para imponer determinadas doctrinas u opciones ideológicas o valorativas, todas ellas válidas desde el punto de ideológicas o valorativas, todas ellas válidas desde el punto de vista jurídico. (F.46)vista jurídico. (F.46)

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distinción entre precedente judicial y distinción entre precedente judicial y precedente constitucionalprecedente constitucional

Es Es conocido que el precedente judicial en el sistema del conocido que el precedente judicial en el sistema del Common Common LawLaw se ha desarrollado como precedente vinculante en se ha desarrollado como precedente vinculante en sentido verticalsentido vertical; ; es decir, aplicable desde la Corte Suprema (para el caso norteamericano) es decir, aplicable desde la Corte Suprema (para el caso norteamericano) hacia las cortes y juzgados inferiores de todo el sistema judicial. Osea, el hacia las cortes y juzgados inferiores de todo el sistema judicial. Osea, el efecto vinculante se establece aquí básicamente respecto de los jueces. efecto vinculante se establece aquí básicamente respecto de los jueces. Cualquiera que invoque un precedente, para que éste logre sus efectos, Cualquiera que invoque un precedente, para que éste logre sus efectos, deberá acudir ante un juez, quien deberá aplicarlo en un caso concreto.deberá acudir ante un juez, quien deberá aplicarlo en un caso concreto.

El precedente constitucional en nuestro sistema tiene efectos El precedente constitucional en nuestro sistema tiene efectos más generalesmás generales. La forma como se ha consolidado la tradición de los . La forma como se ha consolidado la tradición de los tribunales constitucionales en el sistema del derecho continental ha tribunales constitucionales en el sistema del derecho continental ha establecido, desde muy temprano, el efecto sobre todos los poderes establecido, desde muy temprano, el efecto sobre todos los poderes públicos de las sentencias del Tribunal Constitucional Esto significa que el públicos de las sentencias del Tribunal Constitucional Esto significa que el precedente vinculante emitido por un Tribunal Constitucional con estas precedente vinculante emitido por un Tribunal Constitucional con estas características tiene, características tiene, prima facieprima facie, los mismos efectos de una ley. Es decir, , los mismos efectos de una ley. Es decir, que la regla que el Tribunal externaliza como precedente a partir de un que la regla que el Tribunal externaliza como precedente a partir de un caso concreto, es una regla para todos y frente a todos los poderes caso concreto, es una regla para todos y frente a todos los poderes públicos; cualquier ciudadano puede invocarla ante cualquier autoridad o públicos; cualquier ciudadano puede invocarla ante cualquier autoridad o funcionario sin tener que recurrir previamente ante los tribunales, puesto funcionario sin tener que recurrir previamente ante los tribunales, puesto que las sentencias del Tribunal Constitucional, en cualquier proceso, que las sentencias del Tribunal Constitucional, en cualquier proceso, tienen efectos vinculantes frente a todos los poderes públicos y también tienen efectos vinculantes frente a todos los poderes públicos y también frente a los particulares. (F. 49 Exp.Nº 3741-2004-AA/TC)frente a los particulares. (F. 49 Exp.Nº 3741-2004-AA/TC)