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UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA La Universidad Católica de Loja Escuela: Contabilidad y Auditoria Legislación Mercantil y Societaria Nombre: Glenda Japón Sánchez Docente: Lenin Paladines Paralelo: A”

Universidad TéCnica Particular De Loja

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Page 1: Universidad TéCnica Particular De Loja

UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA La Universidad Católica de

Loja

Escuela: Contabilidad y Auditoria

Legislación Mercantil y Societaria

Nombre: Glenda Japón Sánchez

Docente: Lenin Paladines

Paralelo: “A”

LOJA – ECUADOR

2009

Trabajo de fin de ciclo: Enero del 2010

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OBJETIVO:

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La elaboración de todos los documentos

que contienen los títulos ejecutivos.

La letra de cambio, el pagare a la orden, el cheque; son títulos privilegiados, dotados por la ley de especiales características que aseguran eficacia en el ejercicio de los derechos del titular; y ello permite un confiable uso de estos títulos su circulación, y facilita las transacciones mercantiles. Asimismo, en la actividad bancaria y empresarial en general es cuotidiano y obligado el uso y constitución de garantías personales y reales, como la fianza, solidaridad pasiva, prenda e hipoteca, así como la utilización de ciertos contratos mercantiles, como el mutuo o préstamo de consumo, del contrato de arrendamiento mercantil, del contrato de fideicomiso mercantil, del contrato de venta con reserva de dominio, entre otros.

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El uso común de los títulos y contratos en mención, por una parte; y, por otra, la relativa complejidad de las normas que se rigen, amerita su análisis, principalmente para sistematizar las normas, conocimientos y comentarios sobre los mismos.

Estos títulos y contratos aparentemente sencillos y fáciles de manejar y utiliza, en la practica y en su aplicación presentan variados casos e incidencias jurídicas que para resolverlas necesitamos del análisis de la ley y del apoyo de la doctrina y jurisprudencia.

a. LETRA DE CAMBIO

1. CONCEPTO

Es un titulo de crédito, a la orden, creado y regulado por la ley, que contiene un mandato de pago emitido por el girador para que otra persona, girado o librador, de aceptar la orden, la cumpla de estos en los términos fijados en el documento, en favor se tenedor.

Girador: persona que crea o emite la letra de cambio.Girado: persona obligada a pagar la deuda. Beneficiario: persona a la que se le debe efectuar el pago; es decir, recibe el pago por la letra d cambio.

2. REQUISITOS

2.1 La denominación de letra de cambio inserta en el texto mismo del documento y expresada en el idioma empleado para la redacción del mismo. Las letras de cambio que no llevaren la referida denominación, serán sin embargo válidas si contuvieren la indicación expresa de ser a la orden.

2.2 La orden incondicional de pagar una cantidad determinada.

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2.3 En nombre de la persona que debe pagar (librado–girado).

2.4 La indicación del vencimiento.

2.5 El lugar en donde debe efectuarse el pago.

2.6 El nombre de la persona a quien o cuya orden debe efectuarse el pago.

2.7 La indicación de la fecha y del lugar en que se gira la letra.

2.8 La firma de la persona que emite la letra de cambio (librador o girador).

3.

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4. CONDICIONES GENERALES DE LA LETRA DE CAMBIO

De la aceptación. De la prescripción. Disposiciones de la letra de cambio. De los conflictos de leyes. Del Aval Del Vencimiento. Del pago De las acciones cambiarías y de las acciones no cambiarias. Del protesto De la solidaridad cambiaria La resaca Caducidad de los derechos contra endosantes, girador y demás

obligados. Pérdida o destrucción de la letra de cambio. De la intervención De la pluralidad de ejemplares. De la letra de cambio en blanco. De la letra de cambio en garantía. Del endoso (endoso pleno, endoso en blanco, endoso

semipleno, endoso a la orden del comitente, endoso de Retorno, endoso de la letra en juicio, efectos del endoso, el endoso y la cesión de créditos).

De la falsificación y las alteraciones de la letra de cambio. De las copias

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b. PAGARÉ A LA ORDEN

1. CONCEPTO

Es un titulo de crédito, creado y regulado por la ley, que contiene un a promesa incondicional del suscriptor de pagar una suma determinada a otra persona, a su orden.

Suscriptor: es quien promete pagar.Beneficiario: es la persona a quien o cuya orden debe pagarse.

2. REQUISITOS

2.1 La denominación del documento (pagare) inserta en el texto mismo y expresado en el idioma empleado en la redacción del documento.Los pagares que no llevaren la referida denominación, serán, sin embargo, validos si contuvieren la indicación expresada de ser a la orden.

2.2 La promesa incondicional de pagar una suma determinada.

2.3 La indicación del vencimiento.

2.4 La del lugar donde debe efectuarse el pago

2.5 El nombre de la persona a quien o cuya orden debe efectuarse el pago (beneficiario).

2.6 La indicación de la fecha y el lugar donde se suscribe el pagare.

2.7 La firma del que emite el documento (suscriptor).

3.

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4. CONDICIONES GENERALES DE PAGARÉ A LA ORDEN.

El analfabeto, quien no sabe escribir ni firmar, no puede o no esta capacitado legalmente para otorgar un pagare a la orden. Sin embargo de, la ley orgánica del banco nacional del fomento establece una excepción a esta norma o disposición general, al establecer “cundo una persona no sepa firmar, contraiga obligación a favor del banco, la misma que debe constar de instrumento privado, estampara su huella digital al pie del documento, bajo la cual se anotara su nombre y apellido, y el numero de su cédula de identidad.

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El suscriptor puede ser múltiple. El suscriptor puede actuar a través de su representante legal o apoderado. Si el que emite pagare (suscriptor) es una persona jurídica, la firma del pagare tendrá que hacerla su representante legal.

Para suscribir un pagare como mandatario se requiere poder especial, ya que la suscripción de un pagare es un acto que sale de los limites señalados en el inciso primero de esta disposición. Para que el mandatario puede suscribir un pagare a nombre del mandate es necesario entonces que en el poder especial se lo autorice y faculte para ello.

El suscriptor no puede ser a la vez beneficiario, por que no es legalmente procedente que se haga una promesa asimismo y porque además recaería en una misma persona las calidades de acreedor y deudor, produciéndose así confusión; y, por lo tanto la obligación se extinguiría.

El pagare a la orden contiene un promesa; y esta es la esencia del pagare. Aquí el suscriptor promete un hecho propio desde su creación.

c. EL CHEQUE.

1. CONCEPTO

El cheque es un titulo mediante el que un cuentacorriente expide una orden incondicional de pago de una suma determinada de dinero, a la vista, al banco en que ha hecho el depósito monetario.

Girador: es el que crea o emite el cheque, en base al contrato de cuenta corriente con un banco en el que ha hecho el depósito monetario correspondiente.Girado: es la institución bancaria que debe cancelar los valores constantes del cheque.Beneficiario: es el portador o tenedor del cheque; el puede extenderse a la orden del mismo girador.

2. REQUISITOS

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2.1 La denominación de cheque, inserta en el texto mismo del documento y expresada en el idioma empleado para su redacción.

2.2 El mandato puro y simple de pagar una suma determinada de dinero.

2.3 El nombre de quien debe pagar, o girado.

2.4 La indicación del lugar de pago.

2.5 La indicación de la fecha y del lugar de la emisión del cheque.

2.6 La firma de quien expide el cheque o girador.

3.

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4. CONDICIONES GENERALES DEL CHEQUE

Del endoso De la presentación y del pago.

• Plazos de presentación.• Del protesto.• Ordenes de no pago de cheques• Causales para la falta de pago

Clases de cheques• De los cheques regulares• De los cheques irregulares

Acciones judiciales• Acciones civiles• Acciones penales

De la prescripción Del girador: cuando son firmas conjuntas deben firmar las dos

personas, si no hay una de estas el cheque no tiene validez; cuando son firmas individuales si firma el o ella el cheque es valido; firmas conjuntas y sello institucionales si falta alguna de estos el cheque no tiene validez.

Cuando se cierra una cuenta, es cuando se halla protestado tres cheques por insuficiente de fondos.

La caducidad del cheque es de trece meses. El cheque posfechado se cobra multa. Ebrios consuetudinarios, no pueden firmar un cheque por que lo

toman todo a mentira.

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Compañía AnónimaOBJETO SOCIAL: distribución y comercialización de materiales estudiantilCAPITAL: 500 mil dólares SOCIOS: 30 personasDistribuir el capital entre los 30 sociosNombre de la compañíaDomicilio de la compañíaRealizar de acuerdo al modelo del libro los documentos necesarios para construir la compañía.

Lady Japón Distribución y comercialización

de materiales estudiantiles Compañía anónima.

1. Escritura Pública

Identidad de la compañía :

1. Lady Japón: distribución y comercialización de materiales estudiantiles, compañía anónima.

2. Plazo de duración de la compañía: 22 años plazo de servicio a la ciudadanía lojana

3. Domicilio: 10 de Agosto y Sucre esquina

Identidad de los socios:

1. Srta. Lady Japón: nacionalidad Ecuatoriana2. Srta. Karina Uchuari: nacionalidad Ecuatoriana3. Sra. María Sánchez: nacionalidad Ecuatoriana4. Sr. Gustavo Japón: nacionalidad Ecuatoriana5. Sr. Frans Vásquez: nacionalidad Ecuatoriana

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Requisitos reales:

1. Objetivo Social: distribución y comercialización de materiales estudiantiles

2. Importe del capital social: 500 mil de dólares (500,000.00)

3. Indicación de la participación de cada socio: (16,666.67)

Aspectos de funcionalidad de compañía: lo relacionado con el gobierno y administración de compañía, además se debe adjuntar el texto certificado de depósito bancario en numerario.

2. Aprobación

SEÑOR INTENDENTE DE COMPAÑÍAS

En su despacho.-

Lady Japón, Gerente General de la Compañía de Responsabilidad Limitada “CONSTRUCTORA Lady Japón CIA ANÓNIMA”; debidamente autorizado; a Ud. Muy comedidamente digo:

I. Acompaño tres copias notariales de la escritura pública de la constitución de la compañía “COSTRUCTORA Lady Japón CIA ANÓNIMA”, con domicilio en Loja, así mismo el certificado pertinente del que consta en esta compañía se encuentra afiliada a la Cámara de la Construcción de Loja.

II. Con este antecedente, solicito a Ud. Señor Intendente de Compañías se digne dar tramite a la aprobación de la escritura constitutiva de la antes nombrada compañía, por cumplir con los requisitos de ley; para cuyo efecto se expedirá la Resolución correspondiente ordenando la publicación de un extracto de la escritura, la inscripción en el Registro Mercantil del Cantón Loja, así como los demás actos que fueren de Ley.

III. Pido se me notifique en el estudio profesional del Dr. Antonio Japón, en la ciudad de Loja.

Por su gentil atención en este asunto le expreso mis agradecimientos.

Firmo con el Abogado que me patrocina.

Atentamente,

f)……………………………………

Céd. No…………………………

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MODELO DEL CERTIFICADO DE APORTACION DE LOS SOCIOS

MODELO DEL TALONARIO DE CERTIFICADO DE APORTACION NO NEGOCIABLE

CERTIFICADO DE APORTACIÓN

CERTICADO DE APORTACIÓN NO NEGOCIABLE

Nombre de la compañía: “CONSTRUCTORA Lady Japón CIA ANÓNIMA”

Domicilio Principal: Domicilio: 10 de Agosto y Sucre esquina

Capital social: (500,000.00), dividido en (16,666.67).

Constituida: en Loja el 20 de septiembre del 2009, mediante escritura publica otorgada en la notaria TERCERA del cantón Loja, e inscrita en el registro Mercantil bajo el No 321 de fecha: 20 de septiembre del 2009.

Este CERTIFICADO acredita que la Sra. María Sánchez; es propietaria de las participaciones de un valor de 1 millón de dólares de los Estados unidos de América (16666.67), con todos los derechos y obligaciones que corresponden a los socios, de acuerdo con la Ley de Compañías y los Estatutos de la Compañía.

Ciudad: Loja, a 20 de septiembre del 2009

Presidente Gerente

TALONARIO DE CERTIFICADO DE APORTACION NO NEGOCIABLE

Nombre de la Compañía: “CONSTRUCTORA Lady Japón CIA ANÓNIMA”.

Domicilio Principal: 10 de Agosto y Sucre esquina.

Constituida: en Loja el 20 de septiembre del 2009, mediante escritura publica otorgada en la notaria TERCERA del cantón Loja, e inscrita en el registro Mercantil bajo el No 321 de fecha: 14 de noviembre de 2009.

Este TALONARIO, acredita que la Sra. María Sánchez; ah recibido un certificado de aportación correspondiente a participación en el capital de la compañía

Ciudad: Loja, a 20 de septiembre del 2009

f) Socio

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2.1 Aprobación de un extracto de la escritura constitutiva.

Loja, 20 de septiembre del 2009

Doctor: Antonio Japón

Nomina de los accionistas de la compañía de responsabilidad limitada:

Lady Japón Distribución y comercialización

de materiales estudiantiles Compañía anónima.

Srta. Lady Japón: nacionalidad EcuatorianaSrta. Karina Uchuari: nacionalidad EcuatorianaSra. María Sánchez: nacionalidad EcuatorianaSr. Gustavo Japón: nacionalidad EcuatorianaSr. Frans Vásquez: nacionalidad Ecuatoriana

El plazo de duración de la compañía es de 22 años

La compañía se encuentra ubicada en la ciudad de Loja en la calle 10 de Agosto y Sucre esquina.

Nuestra compañía se dedicará a la distribución y comercialización de materiales estudiantiles.

Contamos con un capital social de (500,000.00), dividido en (16666.67) para cada socio.

La compañía anónima anteriormente mencionada estará administrada de la siguiente manera:

PRESIDENTE: Lady Japón. GERENTE: Karina Uchuari.SECRETARIO: Gustavo JapónDEP. ADMINISTRATIVO: María Sánchez.

Compañía Limitada

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Y

J

Distribución y comercialización de

materiales de construcción Compañía Limitada.

OBJETO SOCIAL: distribución y comercialización de materiales de construcción.Nombre de la compañíaDomicilio de la compañíaCapital: 3 millones de dólaresDistribución entre 10 sociosDe conformidad al modelo del libro, incluir todos los documentos para constituir la compañía.

L

1. Escritura Pública

Identidad de la compañía:

1. L y J: distribución y comercialización de materiales de construcción, compañía limitada.

2. Plazo de duración de la compañía: 18 años plazo de servicio a la ciudadanía lojana.

3. Domicilio: Av. Manuel Carrión Pinzano y Carlos erréis esq.

Identidad de los socios:

1. Srta. Lady Japón: nacionalidad Ecuatoriana2. Srta. Karina Uchuari: nacionalidad Ecuatoriana3. Srta. Erika Romero: nacionalidad Ecuatoriana4. Srta. María José Machuca: nacionalidad Ecuatoriana5. Srta. Karla Gonzales: nacionalidad Ecuatoriana6. Sra. Katherine Rivera: nacionalidad Ecuatoriana7. Sra. Maryori Cevallos : nacionalidad Ecuatoriana8. Sr. Gustavo Japón: nacionalidad Ecuatoriana9. Sr. Romel Cueva: nacionalidad Ecuatoriana10. Sr. Julio Macas: nacionalidad Ecuatoriana

Requisitos reales:

1. Objetivo Social: distribución y comercialización de materiales de construcción

2. Importe del capital social: 3 millones de dólares (3’000,000.00)

3. Indicación de la participación de cada socio: trescientos mil dólares (300,000.00)

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Aspectos de funcionalidad de compañía : lo relacionado con el gobierno y administración de compañía, además se debe adjuntar el texto certificado de depósito bancario en numerario.

2. Aprobación

MODELO DEL CERTIFICADO DE APORTACION DE LOS SOCIOS

SEÑOR INTENDENTE DE COMPAÑÍAS

En su despacho.-

Lady Japón, Gerente General de la Compañía de Responsabilidad Limitada “CONSTRUCTORA L y J CIA LTDA”; debidamente autorizado; a Ud. Muy comedidamente digo:

I. Acompaño tres copias notariales de la escritura pública de la constitución de la compañía “CONSTRUCTORA L Y J CIA LTDA”, con domicilio en Loja, así mismo el certificado pertinente del que consta en esta compañía se encuentra afiliada a la Cámara de la Construcción de Loja.

II. Con este antecedente, solicito a Ud. Señor Intendente de Compañías se digne dar tramite a la aprobación de la escritura constitutiva de la antes nombrada compañía, por cumplir con los requisitos de ley; para cuyo efecto se expedirá la Resolución correspondiente ordenando la publicación de un extracto de la escritura, la inscripción en el Registro Mercantil del Cantón Loja, así como los demás actos que fueren de Ley.

III. Pido se me notifique en el estudio profesional del Dr. Jonny Uchuari, en la ciudad de Loja.

Por su gentil atención en este asunto le expreso mis agradecimientos.

Firmo con el Abogado que me patrocina.

Atentamente,

f)……………………………………

Céd. No…………………………

CERTIFICADO DE APORTACIÓN

CERTICADO DE APORTACIÓN NO NEGOCIABLE

Nombre de la compañía: “CONSTRUCTORA L Y J CIA LTDA”.

Domicilio Principal: Av. Manuel Carrión Pinzano y Carlos erréis esq.

Capital social: 3 millones de dólares (3’000,000.00), dividido en 300 mil dólares (300,000.00).

Constituida: en Loja el 11 de Octubre del 2009, mediante escritura publica otorgada en la notaria QUINTA del cantón Loja, e inscrita en el registro Mercantil bajo el No 123 de fecha: 11 de Octubre del 2009.

Este CERTIFICADO acredita que la Srta. Karina Uchuari; es propietaria de las participaciones de un valor de 300 mil dólares de los Estados unidos de

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MODELO DEL TALONARIO DE CERTIFICADO DE APORTACION NO NEGOCIABLE

2.1 Aprobación de un extracto de la escritura constitutiva.-

Loja, 11 de Octubre del 2009Doctor: Jonny UchuariNomina de los accionistas de la compañía de responsabilidad limitada:

CERTIFICADO DE APORTACIÓN

CERTICADO DE APORTACIÓN NO NEGOCIABLE

Nombre de la compañía: “CONSTRUCTORA L Y J CIA LTDA”.

Domicilio Principal: Av. Manuel Carrión Pinzano y Carlos erréis esq.

Capital social: 3 millones de dólares (3’000,000.00), dividido en 300 mil dólares (300,000.00).

Constituida: en Loja el 11 de Octubre del 2009, mediante escritura publica otorgada en la notaria QUINTA del cantón Loja, e inscrita en el registro Mercantil bajo el No 123 de fecha: 11 de Octubre del 2009.

Este CERTIFICADO acredita que la Srta. Karina Uchuari; es propietaria de las participaciones de un valor de 300 mil dólares de los Estados unidos de

TALONARIO DE CERTIFICADO DE APORTACION NO NEGOCIABLE

Nombre de la Compañía: “CONSTRUCTORA L y J CIA LTDA”.

Domicilio Principal: Av. Manuel Carrión Pinzano y Carlos erréis esq.

Capital social: 3 millones de dólares (3’000,000.00), dividido en 300 mil dólares (300,000.00).

Constituida: en Loja el 11 de Octubre del 2009, mediante escritura publica otorgada en la notaria QUINTA del cantón Loja, e inscrita en el registro mercantil bajo el No 123 de fecha: 11 de Octubre del 2009.

Este TALONARIO, acredita que la Srta. Karina Uchuari; ah recibido un certificado de aportación correspondiente a participación en el capital de la compañía

Ciudad: Loja, a 11 de Octubre del 2009

f) Socio

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Y

J

Distribución y comercialización de

materiales de construcción Compañía Limitada.

L

Srta. Lady Japón: nacionalidad EcuatorianaSrta. Karina Uchuari: nacionalidad EcuatorianaSrta. Erika Romero: nacionalidad EcuatorianaSrta. María José Machuca: nacionalidad EcuatorianaSrta. Karla Gonzales: nacionalidad EcuatorianaSra. Katherine Rivera: nacionalidad EcuatorianaSra. Maryori Cevallos : nacionalidad EcuatorianaSr. Gustavo Japón: nacionalidad EcuatorianaSr. Romel Cueva: nacionalidad EcuatorianaSr. Julio Macas: nacionalidad Ecuatoriana

El plazo de duración de la compañía es de 18 años

La compañía se encuentra ubicada en la ciudad de Loja en la Av. Manuel Carrión Pinzano y Carlos erréis esq.

Nuestra compañía se dedicará a la distribución y comercialización de materiales de construcción

Contamos con un capital social de 3 millones de dólares (3’000,000.00) distribuidos en 10 socios cada uno con una aportación de 300 mil dólares (300,000.00)

La compañía de responsabilidad limitada anteriormente mencionada estará administrada de la siguiente manera:

PRESIDENTE: Srta. Erika RomeroGERENTE: Srta. Karla GonzalesSECRETARIO: Sr. Gustavo Japón DEP. ADMINISTRATIVO: Sr. Julio Macas