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Garantías financieras, ¿obligación o
buenas prácticas de gestión?
Miguel Ángel de la Calle Agudo
CREADO EN 1994
25 ENTIDADES ASOCIADAS
CAPACIDAD AGREGADA DE TODOS LOS SOCIOS
ACTIVIDAD DE REASEGURO
Miguel Ángel de la Calle Agudo www.perm.es
Sujeto al reglamento europeo sobre acuerdos de
coaseguro y reaseguro.
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RELACIÓN DE COMPAÑIAS ASEGURADORAS
ALLIANZ SEGUROS AXA SEGUROS
BILBAO SEGUROS CASER
CATALANA OCCIDENTE ESTRELLA SEGUROS
FIATC SEGUROS GENERALI SEGUROS
GROUPAMA SEGUROS HDI SEGUROS
HELVETIA SEGUROS LA UNIÓN ALCOYANA
MAPFRE EMPRESAS MUSSAP
MUTUA GENERAL DE SEGUROS PATRIA HISPANA
REALE SEGUROS GENERALES
RELACIÓN DE COMPAÑÍAS REASEGURADORAS
CONSORCIO COMP. DE SEGUROS MAPFRE RE.
MÜNCHENER RÜCK NACIONAL DE REASEGURO
ODYSSEY RE. SCOR GLOBAL P &C
SWISS-RE XL RE. EUROPE
Garantías financieras
Algunos ejemplo de accidentes ambientales:
- Minas de Aznalcollar.
- Balsas de Lodos de Hungría.
- Accidente en un centro de Transferencia de Residuos del Automóvil
- Accidente en una estación de servicio
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LOS RIEGOS AMBIENTALES TAMBIÉN
SON RIESGOS OPERACIONALES QUE
PUEDEN COMPROMETER EL FUTURO
Y LA VIABILIDAD DE LAS EMPRESAS
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EVALUACIÓN DEL RIESGO (ESTABLECIMIENTO DE CRITERIOS)
-EXPECTATIVAS DE LAS PARTES INTERESADAS
- COSTE-BENEFICIO, ETC.
GESTIÓN DEL RIESGO
-ELIMINACIÓN
-REDUCCIÓN
-FINANCIACIÓN
-TRANSFERENCIA
-ACEPTACIÓN
ANÁLISIS DEL RIESGO
IDENTIFICACIÓN DE CAUSAS Y DE PELIGROS
IDENTIFICACIÓN DE SUCESOS INICIADORES
ESTIMACIÓN DE CONSECUENCIAS
ESTIMACIÓN DEL RIESGO
(probabilidad/frecuencia)
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LEY 26/2007 RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL ¿Por qué una garantía financiera obligatoria?
Directiva 35/2004
Países sin garantía financiera obligatoria
Países con garantía financiera obligatoria
Ley 26/2007
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LEY 26/2007 RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL
Los operadores del ANEXO III
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LEY 26/2007 RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL
Exenciones
a) Los operadores de aquellas actividades susceptibles de ocasionar daños inferiores a 300.000 euros.
b) Los operadores de actividades susceptibles de ocasionar daños cuya reparación se evalúe por una cantidad comprendida entre 300.000 y 2.000.000 de euros, que acrediten que están adheridos con carácter permanente y continuado, bien al sistema comunitario de gestión y auditoria medioambientales (EMAS), bien al sistema de gestión medioambiental UNE-EN ISO 14001.
c) La utilización de los productos fitosanitarios y biocidas con fines agropecuarios y forestales.
Ley 11/2014 añade una nueva exención.
d) Los operadores de actividades de las actividades que se establezcan reglamentariamente atendiendo a su escaso potencial de generar daños medioambientales y bajo nivel de accidentabilidad.
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REAL DECRETO183/2015
• ACTIVIDADES SEVESO
• ACTIVIDADES IPPC
• INSTALACIONES DE RESIDUOS MINEROS CLASIFICADOS COMO DE CATEGORÍA “A” SEGÚN RD 975/2009
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LEY 26/2007 RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL
Modalidades de garantías financieras
1. Una póliza de seguros, complementada por un fondo constituido
por el Consorcio de Compensación de Seguros
2. Un aval bancario
3. La constitución de una reserva técnica mediante la dotación de
un fondo “ad hoc” con materialización en inversiones financieras
respaldadas por el sector público
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LEY 26/2007 RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL Contenido Obligatorio del Seguro
REQUISITOS
Garantía específica y exclusiva de las responsabilidades de la ley.
Gastos para evitar un riesgo inminente de daño por contaminación.
LIMITACIONES AUTORIZADAS
Origen involuntario e inesperado.
Reparación Primaria.
Contaminación (eliminada mediante RD-ley 8/2011. artc. 32.dos)
POST-CLAUSURA
Daños descubiertos tras el cese de actividad, a cargo de un Fondo de Compensación de Seguros.
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REAL DECRETO 183/2015 por el que se modifica el R.D 2090/2008. Cómo se fija el límite de la garantía financiera
1.) Realizar el análisis de riesgo (norma UNE 150.008 o similar)
2.) Dicho análisis de riesgos debe contener:
a) Identificar escenarios accidentales y establecer la probabilidad de ocurrencia de cada uno de ellos.
b) Estimar un índice de daño medioambiental (IDM) asociado a cada escenario accidental siguiendo los pasos establecidos en el anexo III.
c) Calcular el riesgo asociado a cada escenario accidental como el producto de la probabilidad de ocurrencia de cada escenario y el índice de daño medioambiental.
d) Seleccionar los escenarios con menor índice de daño medioambiental asociados que agrupen el 95 % del riesgo total.
e) Establecer la cuantía de la garantía financiera, como el valor del daño medioambiental del escenario de IDM mas alto entre los escenarios seleccionados. Para ello se seguirán los siguientes pasos
En primer lugar, se cuantificará el daño medioambiental generado en el escenario seleccionado.
En segundo lugar, se monetizará el daño medioambiental generado en dicho escenario de referencia, cuyo valor será igual al coste del proyecto de reparación primaria. (MORA)
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LEY 26/2007 RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL
Limite máximo de la garantía financiera
La cobertura de la garantía financiera obligatoria nunca
será superior a 20.000.000 de euros.
(Real Decreto-ley 8/2011. art. 32.dos:La constitución
de esta garantía por la cobertura máxima no exime a
los operadores de realizar el correspondiente análisis
de riesgos)
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ORDEN MINISTERIAL
Establece el orden de prioridad y el calendario para la
exigibilidad de la garantía financiera obligatoria
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LOS RIEGOS AMBIENTALES TAMBIÉN SON
RIESGOS OPERACIONALES QUE PUEDEN
COMPROMETER EL FUTURO Y LA VIABILIDAD
DE LAS EMPRESAS
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¡Muchas Gracias!
Pool Español de Riesgos
Medioambientales C/ General Perón Nº 27
28020 Madrid
Tel.: 91 561 84 11
Fax.: 91 564 36 79
E-mail.: mdelacalle@perm.es
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