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Riesgo eléctrico en minería

REME INTERNACIONAL SAS

VENTAS@remeinternacional.com

Ing. BRAULIO LEÓN DUARTE

Segovia, Antioquia, Noviembre 17 de 2011

COPYRIGHT: Ing. BRAULIO LEÓN DUARTE

RECONOCIMIENTOS POR

MATERIAL REFERENCIADO:

REGLAMENTO RETIE, Res. 181294, agosto 6 de 2008,

Ministerio de Minas y Energía, Colombia

CÓDIGO ELÉCTRICO COLOMBIANO,

Norma NTC 2050, 1ª. Actualización, 25 de noviembre de 1998,

ICONTEC

Copyright: Ing. Braulio León D. Bogotá, D.C. blremeltda@etb.net.co

DOCUMENTOS TÉCNICOS Y CATÁLOGOS

DE APPLETON DE ESTADOS UNIDOS

SEGURIDAD EN SITIO

BRAULIO LEÓN DUARTE

• Ingeniero Electricista

• Miembro ICONTEC - NTC2050

• Inspector e Instructor RETIE

MINERÍA Portafolio, Noviembre 16 de 2011

Las producciones de carbón, oro y plata registran crecimientos.

L

R E T I E

Artículo 36.2° CLASIFICACIÓN DE LAS INSTALACIONES

(…)

las instalaciones para uso final de la electricidad se clasificarán en:

- Instalaciones Eléctricas Especiales

- Instalaciones Eléctricas Básicas

- Instalaciones Provisionales

L

R E T I E

Art. 36.2.2 Instalaciones Eléctricas Especiales

Aquellas instalaciones que por estar localizadas en

ambientes clasificados como peligrosos o alimentar equipos o

sistemas complejos, presentan mayor probabilidad de riesgo que

una instalación básica y por tanto requieren de medidas

especiales, para mitigar o eliminar tales riesgos.

L

R E T I E

38.1° Certificación de Productos para instalaciones especiales.

Los productos eléctricos usados en instalaciones

especiales, para los cuales la NTC 2050 Primera

Actualización exija certificación, deben tener certificado

de producto que demuestre el cumplimiento con la norma

técnica internacional, de reconocimiento internacional o

NTC para ese producto y uso.

L

R E T I E

Art. 36.2 Instalaciones Eléctricas Especiales

a) Instalaciones de atención médica o de asistencia médica a que

hace referencia la sección 517 del Código Eléctrico Colombiano

(NTC-2050)

L

R E T I E

Art. 36.2 Instalaciones Eléctricas Especiales

b) Sistemas de emergencia y sistemas de alarma contra

incendio

L

R E T I E

Art. 36.2 Instalaciones Eléctricas Especiales

c) Instalaciones de ambientes especiales, contempladas en el

Capítulo 5 del Código Eléctrico Colombiano (NTC-2050)

clasificadas como peligrosas por el alto riesgo de explosión

debida a la presencia de gases, vapores o líquidos inflamables;

polvos, fibras o partículas combustibles.

L

R E T I E

Art. 36.2 Instalaciones Eléctricas Especiales

c) Clasificadas como peligrosas por el alto riesgo de explosión

• Exploración Petrolera

• Producción Petrolera

• Refinación Petrolera

• Transporte: Almacenamiento, Bombeo,

oleoductos, etc.

L

R E T I E

Art. 36.2 Instalaciones Eléctricas Especiales

c) Clasificadas como peligrosas por el alto riesgo de explosión

•Estaciones de servicio de Gasolina

• Estaciones de Servicio de Gas Natural

• Biocombustibles

• Industria Petroquímica (todas las que

usen solventes)

L

R E T I E

Art. 36.2 Instalaciones Eléctricas Especiales

c) Clasificadas como peligrosas por el alto riesgo de explosión

• Minería de cielo abierto

• Minería Subterránea

• Harineras, molinos, silos, etc.

L

R E T I E

Art. 36.2 Instalaciones Eléctricas Especiales

c) Clasificadas como peligrosas por el alto riesgo de explosión

• Puertos Marítimos

• Puertos carboneros

• Aeropuertos

L

R E T I E

Art. 36.2 Instalaciones Eléctricas Especiales

d) Instalaciones Eléctricas para sistemas de transporte de

personal como ascensores, grúas, escaleras eléctricas,

montacargas o teleféricos.

L

R E T I E

Art. 36.2 Instalaciones Eléctricas Especiales

e) Instalaciones eléctricas en lugares con alta concentración

de personas, (sitios de reuniones, entidades públicas, teatros,

áreas de audiencias, grandes supermercados, ferias y

espectáculos) a que hacen referencia a las secciones 518, 520, y

525 de Código Eléctrico Colombiano

L

R E T I E

Art. 36.2 Instalaciones Eléctricas Especiales

f) Instalaciones en MINAS o de POZOS DE PERFORACIÓN.

L

R E T I E

Art. 36.2 Instalaciones Eléctricas Especiales

g) Las que requieran construirse o mantenerse

en circunstancias distintas a las que puede

estimarse como de riesgo normal (Secc. 530,

540, 547, 555, 645, 660, 680 y 695 de la NTC

2050)

ACCIDENTES ?

ACCIDENTES

A cinco asciende el número de muertos por accidente minero en Socha

fuente: EL TIEMPO, 23 de Septiembre del 2011

NTC2050 - CAPITULO 5

Artículo 500: Lugares Peligrosos:

Clases I, II & III

Divisiones 1 & 2

TRIANGULO DE LA COMBUSTIÓN

AIRE

COMBUSTIBLE

FUENTE IGNICIÓN

1er. Detector

DETECTORES

CLASIFICAR RIESGO

1. Clasificar áreas - Extensión zonas

CLASIFICAR RIESGO

1. Clasificar áreas - Extensión zonas

2. Usar aparatos y sistemas de protección

aprobados

CLASIFICAR RIESGO

1. Clasificar áreas - Extensión zonas

3. Instalar cumpliendo RETIE / NTC2050

– Cap. 5

2. Usar aparatos y sistemas de protección aprobados

CLASIFICAR RIESGO

1. Clasificar áreas - Extensión zonas

3. Instalar cumpliendo RETIE / NTC2050 – Cap. 5

4. Asegurar la efectividad de las medidas

tomadas

2. Usar aparatos y sistemas de protección aprobados

COD. TEMPERATURA

CLASE

GRUPO

DIVISIÓN

CLASIFICACIÓN NFPA :

TEMPERATURA

T1 450 ºC

T2 300 ºC

T2A 280 ºC

T2B 260 ºC

T2C 230 ºC

T2D 215 ºC

T3 200 ºC

T3A 180 ºC

T3B 165 ºC

T3C 160 ºC

T4 135 ºC

T5 100 ºC

T6 85 ºC

C L A S E

I GASES Y VAPORES

II POLVOS

III FIBRAS

CLASIFICACIÓN

CLASIFICAR RIESGO

Clase I: Gases y Vapores Inflamables.

Group A: ACETILENO

Group B: HIDRÓGENO

Group C: ETILENO

Group D: GASOLINA

CLASIFICAR RIESGO

Clase II: Polvos Combustibles.

Group E: Polvos de Metales

Group F: Derivados del Carbón

Group G: Polvos de los Granos y Productos Químicos

CLASIFICAR RIESGO

Clase III: Fibras y partículas suspendidas en el aire, fácilmente incendiables.

CLASIFICAR RIESGO

DIVISIÓN

1 RIESGO NORMAL

CLASIFICAR RIESGO

DIVISIÓN

1 RIESGO NORMAL

2 RIESGO ACCIDENTAL

CLASIFICAR RIESGO

DIVISIÓN

F R E C U E N C I A

CLASIFICAR RIESGO

EQUIPOS Y

ACCESORIOS

APROBADOS

Por: ? Para: ?

500-5 (C) Aprobación

APROBACIÓN

LEGAL

500-5 (C) Aprobación

APROBACIÓN

LEGAL

RETIE

500-5 (C) Aprobación

APROBADO :

Aceptado por la

Autoridad Competente

encargada de hacer

cumplir el Código

SECCIÓN 100 - DEFINICIONES

500-5 (C) Aprobación

Equipos a prueba de explosión

500-5 (C) A probación

+ SIC

500-5 (C) Aprobación

500-5 (C) Aprobación

500-5 (C) Aprobación Junta Roscada

500-5 (C) Aprobación

500-5 (C) Aprobación

500-5 (C) Aprobación

500-5 (C) Aprobación

500-5 (C) Aprobación

ALCANCE - CAPITULO 5

Artículo 500: ATEX, Clase I, II & III

Artículo 501: Lugares Clase I

Artículo 502: Lugares Clase II

Artículo 503: Lugares Clase III

Artículo 501 Lugares Clase I

ALCANCE

Aplicable a todo tipo de

equipo eléctrico o

electrónico

501-4 Métodos de Alambrado

Conduit

Roscas

Cables y acc.

Cajas y acc.

Flexibles

501-4 Métodos de Alambrado

CABLE TIPO MC-HL Marcado y Aprobado

501-4 Métodos de Alambrado

Conduit

Roscas

Cables y acc.

Cajas y acc.

Flexibles

501-4 Métodos de Alambrado

Conduleta GRC Conduletas F7

501-4 Métodos de Alambrado

TABLERO DISTRIB.

APARATOS Grupo I

M 1

M 2

505-10 ROTULADO

CATEGORÍA

Ex II 1G

Ex II 2G

Ex II 3G

Ex II 1D

Ex II 2D

Ex II 3D

505-10 ROTULADO

CATEGORÍA

1er. Detector

1er. Detector

500-5 (C) Aprobación

DIVISIÓN 1

Temperatura

DIVISIÓN 2

Temperatura

501.8 Motores y Generadores

501.8 Motores y Generadores

501.9 Equipos de Alumbrado

- CÓDIGO TEMPERATURA

- FIJO

- COLGANTE

- PORTÁTIL

EN DVISIÓN 1:

501-12 Tomacorrientes y

Clavijas

TOMAS

CLAVIJAS

EXTENSIONES

500-5 (C) Aprobación

500-5 (C) Aprobación

Riesgo eléctrico en minería

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