View
233
Download
2
Category
Preview:
DESCRIPTION
Revista Legal LEX, La primera revista de Ambito Legal de toda Bolivia.
Citation preview
NO JURO CHÁVEZ
24
NECESITAMOS UN ANÁLISIS PROFUNDO
SENADOR POR EL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ
Gemán Antelo Vaca16
PRODUCCIÓN GARANTIZADA
Se promulgó la Ley para apoyar al sector agropecuario
72Revista Legal LEX
PRIMERA REVISTALEGAL DE BOLIVIA
EdiciÓn Mensual - N. 72 - FEBRERO 2013 - NACIONAL Bs. 20 - SCZ Bs. 15
DESAFÍO DE LA NUEVA DIRECTIVA CÍVICA
¿HABRÁ UNIDAD?
38 Nicolás Maduro ‘encarna’ a Hugo Chávez
3 www.revistalex.com |
Editorial
De lo dicho a lo hecho
No es tarea fácil lo que le espera a Fernando
Castedo después de ser posesionado como
Presidente del Comité Pro Santa Cruz. Desde
el 26 de febrero tendrá que emprender un
largo camino en pro de lograr la unidad
en la institucionalidad cruceña, para una
vez conocido los resultados del Censo
de Población y Vivienda en el mes de julio,
puedan ser plasmados como manda la Ley de
manera inmediata.
Al frente tendrá a regiones que hasta hace
poco eran aliadas, que defenderán su
representación política en la Asamblea
Legislativa Plurinacional y municipios que
se resisten a que sus recursos puedan ser
recortados, porque los resultados preliminares
del Censo no los favorecen. La tarea será
larga y puede haber la intención de querer
para la próxima gestión gubernamental,
postergar su representación. Será su primera
prueba y de salir bien demostraá a la
capacidad que tiene.
Pero no será su única tarea, con su
experiencia como vocal electoral, tendrá
que convertirse en el fiscalizador de la
realización de un proceso de conformación
de ternas de vocales electorales para
que los mejores profesionales puedan ser
seleccionados para esos cargos. Quizás va
a tener que convocar a todas las bancadas
que componen la Asamblea Legislativa
Departamental de Santa Cruz y lograr un
gran pacto por la independencia del órgano
electoral cruceño, que durante muchos años
ha sido un referente para todos los que
vivimos en este departamento.
No será un primer año de tranquilidad para el
actual presidente del Comité Pro Santa Cruz,
su tarea es dura, tres metas en poco tiempo
tendrá que conseguir plasmarlas en hechos
concretos, antes de comenzar a plasmar
su plan de gestión. De mi parte, mi apoyo
incondicional como ciudadano y cívico para
que el mismo logre su objetivo, porque será
una tarea dura y todos tenemos que estar
unidos por el bien de Santa Cruz.
AGUSTÍN ZAMBRANA ARZE DIRECTOR EJECUTIVO
DIRECTOR EJECUTIVOAgustín Zambrana A.
REDACCIÓN y PAG. WEBLuis Vaca Pinto
ADMINISTRACIÓNInés Marcos R.
COMERCIALIZACIÓNInés Marcos R.
DIR. DE ARTEIOXUS PUBLICIDAD
DIAGRAMACIÓNKasandra Mercado
ASESORES LEGALESZambrana & Tirado SC
CORRESPONSAL CHILENicolas Freire
CORRESPONSAL SUECIAMauricio Aira
IMPRESIÓNImprenta El Deber
STAFF CONSEJO EDITORIAL
Agustín ZambranaCayo SalinasIvan Altamirano M.Sonia Eliana RocaCarlos Cordero C.Susana SelemeCenta Rek
Calle Chuquisaca 489Telf.: 339 9086administracion@revistalex.comredaccion@revistalex.comwww.revistalex.comSanta Cruz - Bolivia
4 | www.revistalex.com
Indice Revista Legal Lex
A NACER JURÍDICAMENTE Ministerio de Autonomías será la entidad que otorgue la personalidad jurídica
SANTA CRUZ CRECE EN REPRESENTACIÓNLos datos preliminares del Censo 2012 favorecen al departamento
¿CUÁNTO ERA EL DINERO ROBADO DEL SERECI?Funcionario es el responsable del delito, según declaraciones de las otras personas
CRISIS CÍVICA Lograr la unidad de la institucionalidad será el principal objetivo de la próxima gestión
UNA TAREA PENDIENTE Unir a la oposición sigue siendo una tarea difícil para los actores políticos
JURO EL PRESIDENTE BARACK OBAMAObama inicia su segundo mandato como presidente
EL PODER AL PUEBLO Organizaciones Sociales fiscalizaran a los Órganos del Estado
NO JURO HUGO CHÁVEZ Nicolás Maduro ‘encarna’ a Hugo Chávez y jura el cargo por él
PRODUCCIÓN GARANTIZADA Se promulgo la Ley para apoyar al sector agropecuario en su producción
6
11
38
21
35
26
31
40
16
Legal
Índice
Actualidad
Caso del Mes
Internacional
6 | www.revistalex.com
l pleno de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de Ley que
tiene por objeto regular la otorgación y el registro de la personalidad jurídica otorgada a organizaciones sociales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en más de un departamento.
Esta norma, está enmarcada en la competencia exclusiva asignada al nivel central del Estado en los numerales 14 y 15 del Parágrafo II del artículo 298 de la Constitución Política del Estado (CPE), respecto a la otorgación y el registro de personalidad jurídica que registren o realicen actividades en el país.
RECONOCIMIENTO A PERSONALIDAD JURIDICA A PERSONAS COLECTIVASLas organizaciones sociales,
organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro, cuyo ámbito de acción y operación sea mayor al de un departamento, deberán tramitar su reconocimiento de personalidad jurídica ante la entidad competente del nivel central del Estado, el mismo que deberá emitir una resolución expresa de reconocimiento a la organización solicitante.
Como requisitos imprescindibles para el reconocimiento de la personalidad jurídica la norma establece:
a) Escritura pública de constitución:b) Estatuto;c) Reglamento Interno;d) Actas de aprobación del Estatuto y del Reglamento Interno;e) Poder notariado de representante legal;
f) Otros que sean determinados por la entidad competente del nivel central del Estado, conforme reglamento.
El Ministerio de Autonomías se constituye en la entidad competente de la otorgación y registro de la personalidad jurídica de las organizaciones sociales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro, cuyo ámbito de acción sea mayor a un departamento.
Las personas colectivas podrán conformar y constituir redes institucionales u otros entes de coordinación y relacionamiento debiendo para ello tramitar sus respectivas personerías jurídicas en sujeción a esta propuesta de Ley y su reglamento, quedando prohibida de toda forma la transferencia y/o comercialización de la misma.
Legal Revista Legal Lex
A NACER JURIDICAMENTE MINISTERIO DE AUTONOMÍAS SERÁ LA ENTIDAD QUE OTORGUE LA PERSONALIDAD JURÍDICA
E
7 www.revistalex.com |
LegalRevista Legal Lex
Las organizaciones no gubernamentales y fundaciones constituidas en el extranjero, deberán tramitar ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y las entidades competentes del nivel central del Estado, la suscripción de un Acuerdo Marco de Cooperación Básica con el Estado Plurinacional de Bolivia, que le permita operar legalmente en el territorio.
RECONOCIMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LAS ORGANIZACIONES RELIGIOSASLas iglesias y las agrupaciones religiosas y/o de creencias espirituales tendrán personalidad jurídica como organizaciones religiosas, cuya otorgación se tramitará ante el Ministerio de Relaciones Exteriores,
para su reconocimiento formal por el Ministerio de la Presidencia, mediante Resolución Suprema.
A efectos de su constitución y reconocimiento, las organizaciones religiosas deberán presentar la siguiente documentación:
a) Acta de fundación;
b) Escritura pública de constitución;
c) Declaración de Culto y/o Creencias Espirituales, que contendrán la base fundamental de su doctrina o cuerpo de creencias religiosas y/o espirituales;d) Estatuto;e) Reglamento Interno;
f) Actas de aprobación del Estatuto y del Reglamento Interno;
g) Poder notariado del representante legal.
La presente Ley podrá ser utilizada de forma supletoria por los Gobiernos Autónomos Departamentales de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 11 de la Ley N” 031, de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”.
b) Realicen actividades distintas a las finalidades señaladas en sus estatutos.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.- El Reglamento de la presente Ley será aprobado mediante Decreto Supremo, a propuesta del Ministerio de Autonomías, en un plazo no mayor a sesenta (60) días hábiles a partir de la publicación de la presente Ley.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.- Para fines de compatibilización de información, los Gobiernos Autónomos Departamentales, remitirán al Ministerio de Autonomías el detalle de las personalidades jurídicas de personas colectivas registradas.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA.- Para fines de registro, las personas colectivas que desarrollan actividades en más de un departamento y que obtuvieron su
personería jurídica con anterioridad a la vigencia de la presente Ley, deberán presentar ante el Ministerio de Autonomías una copia legalizada de su personería jurídica en el plazo de un (1) año a partir de la publicación de la presente Ley.
DISPOSICIÓN FINAL CUARTA.- En el plazo de dos (2) años a partir de la publicación de la presente Ley, las Asociaciones Religiosas con personalidad jurídica legalmente reconocidas ante los Gobiernos Autónomos Departamentales, realizarán el trámite de homologación ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. Transcurrido ese plazo y no habiéndose solicitado su homologación, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a la solicitud de revocatoria de la personalidad jurídica otorgada.
DENOMINACIÓN. I. Las Organizaciones No
Gubernamentales deben incluir la sigla “ONG”, antecediendo al nombre de la entidad.
II. Las Fundaciones deben incluir el prefijo “Fundación” antecediendo al nombre de la entidad.
MODIFICACIONES.Toda modificación a los Estatutos y Reglamentos Internos serán tramitados de acuerdo a lo dispuesto por la reglamentación de la presente Ley.
REVOCATORIA DE PERSONALIDAD JURÍDICA. Será revocada la personalidad jurídica a aquellas personas colectivas que:
a) Incumplan lo dispuesto por la presente Ley y sus reglamentos;
> DATOS
8 | www.revistalex.com
Legal Revista Legal Lex
“El Proyecto de Ley se encuentra dentro
del ámbito constitucional vigente”
Nombre:Betty Tejada Soruco
Cargo: Diputada Nacional por el Movimiento Al Socialismo (MAS)
la asociación, a un fin especial
no lucrativo. En el caso de las
asociaciones, es la voluntad de dos
(2) o más personas que conllevan
a constituir una persona colectiva,
siendo sus normas internas, estatutos
y reglamentos internos, los que
determinen su finalidad, patrimonio,
fuente de sus recursos entre otros.
El Parágrafo III del Artículo 14 de
la CPE, dispone que el Estado
Boliviano garantiza a todas
las personas y colectividad en
general, sin discriminación alguna,
el libre y eficaz ejercicio de los
derechos establecidos en esta
Constitución, las leyes y los tratados
internacionales de derechos
humanos. El parágrafo V del mismo
artículo 14 de la norma fundamental,
establece que las leyes bolivianas
se aplican a todas las personas,
naturales o jurídicas bolivianas o
extranjeras, en territorio boliviano.
La Ley Marco de Autonomías y
Descentralización abroga la Ley
No 1654 de Descentralización
Administrativa de 28 de julio de
1995, cuerpo legal que otorgaba
a las Prefecturas de Departamento
ahora Gobiernos Autónomos
Departamentales, la facultad de
emitir la personalidad jurídica
a fundaciones, asociaciones,
sociedades civiles constituidas en el
territorio nacional; siempre que éstas
instituciones hubiesen establecido
domicilio y jurisdicción concreta.
Por otro lado, el Código Civil
Boliviano en actual vigencia
sostiene en su artículo 58 que el
reconocimiento de la personalidad
jurídica se obtiene a través de una
Resolución Suprema, previo trámite
efectuado en la Prefectura del
Departamento ahora Gobierno
Autónomo Departamental.
Asimismo, la norma fundamental
de nuestro ordenamiento jurídico,
en su Artículo 300 parágrafo 1,
numerales 11 y 12, determina
que son competencias exclusivas
de los Gobiernos Autónomos
Departamentales en su
jurisdicción, otorgar personalidad
jurídica a organizaciones
sociales que desarrollen
actividades en el departamento.
Otorgar personalidad
jurídica a Organizaciones No
Gubernamentales, fundaciones y
entidades civiles sin fines de lucro
que desarrollen actividades en el
departamento.
Respecto al cumplimiento de la
competencia exclusiva asignada
al nivel central del Estado, sobre
la otorgación de la personalidad
jurídica, se ve la necesidad de
contar con una normativa que regule
la otorgación de la personalidad
jurídica y absolver el vacío jurídico
generado en la abrogación de la
Ley No 1654 con la promulgación
de la Ley Marco de Autonomías y
Descentralización.
La Ley Marco de Autonomías y
Descentralización, en su artículo
64 parágrafo 1, señala que son
competencias de las entidades
territoriales autónomas: Todas las
competencias exclusivas asignadas
por la Constitución Política del
Estado a las entidades territoriales
autónomas y aquellas facultades
reglamentarias y ejecutivas que
les sean transferidas o delegadas
por ley de la Asamblea Legislativa
Plurinacional deberán ser asumidas
obligatoriamente por éstas, al
igual que aquellas exclusivas del
nivel central del Estado que les
correspondan en función de su
carácter compartido o concurrente,
sujetas a la normativa vigente.
El Capitulo Octavo del Título
1 de la Tercera Parte de la
CPE, desarrolla la distribución y
asignación de competencias a
los diferentes niveles de gobierno
de la administración pública y
en su artículo 298, parágrafo
II numerales 14 y 15 reconoce
como competencia exclusiva
del nivel central del Estado la
otorgación de personalidad
jurídica a organizaciones
sociales, Organizaciones No
Gubernamentales, Fundaciones y
entidades civiles sin fines de lucro
que desarrollen actividades en más
de un Departamento.
Finalmente, el presente Proyecto
de Ley está estructurado en Tres
Capítulos, en el primero se refiere
a las disposiciones generales, se
establece que el objeto de la
Ley es regular la otorgación y el
registro de las personalidades
jurídicas a organizaciones
sociales, organizaciones no
gubernamentales, fundaciones y
entidades civiles sin fines de lucro
que desarrollen actividades a
nivel nacional o en más de un
Departamento, de acuerdo a la
competencia exclusiva asignada al
nivel central del Estado.
En ese contexto, el presente
Proyecto de Ley se encuentra
dentro del ámbito y línea
constitucional vigente.
a Constitución Política del
Estado (CPE), en su Artículo
298 Parágrafo II numerales 14
y 15 reconoce y distingue la
naturaleza de las personas
colectivas en la obtención de sus
personalidades jurídicas, reconoce
que se debe otorgar esta
personalidad a las organizaciones
sociales, organizaciones no
gubernamentales, fundacio3nes y
entidades civiles sin fines de lucro.
Por otro lado, el Código Civil
Boliviano reconoce dos formas
de constitución de personas
colectivas, las asociaciones y las
fundaciones, en el caso de las
fundaciones su característica es la
afectación voluntaria de bienes de
una o más personas que conforman
OPINIÓN
L
9 www.revistalex.com |
LegalRevista Legal Lex
vivido un tránsito en la otorgación
de Personerías Jurídicas, porque en
primera instancia estas se tenían
que tramitar en la ciudad de La
Paz. Con la promulgación de la Ley
de descentralización Administrativa
esta competencia pasó a las
Prefecturas Departamentales,
permitiendo que las mismas puedan
ser otorgadas de carácter nacional
en función al domicilio.
Hoy con la nueva Constitución
Política del Estado (CPE) la facultad
de otorgar Personerías Jurídicas se
divide en dos ámbitos, el nacional
y el departamental. Las sujetas a
territorio por mandato del artículo
300 en sus numerales 12), 13) y 23)
serán tramitadas ante los Gobiernos
Departamentales y las que tengan
alcance en más de un solo
departamento serán otorgadas
por el Gobierno Nacional. En estos
momentos se está debatiendo a
nivel nacional cual será la instancia
que otorgue estas personalidades
jurídicas y puede que sea el
Ministerio de Autonomía.
La Asamblea Legislativa
Departamental (ALD) sancionó la
Ley Departamental de Personalidad
Jurídica, ya fue promulgada por el
Gobernador Rubén Costas y en los
próximos días será reglamentada.
Esta norma tiene por objeto
establecer los requisitos para
la otorgación de personalidad
jurídica, regular las causales de
extinción y revocatoria, normar
el seguimiento a las entidades
con personalidad jurídica pre
existentes ante de la promulgación
de la presente Ley e instituir el
Registro de Personalidad Jurídica
a nivel departamental. Nosotros
como Gobierno Departamental
hemos sancionado nuestra Ley
y esperamos que el Gobierno
Nacional pueda hacer lo propio
en el ámbito de sus competencias.
Pero esto es simplemente
procedimientos, que si bien es
importarte ordenar y transparentar
los requisitos para la otorgación
de personalidades jurídicas, como
también tener un registro fiable
en el departamento de Santa
Cruz de las misma existe un tema
central, pero que esta fuera de
nuestra competencia y es el tema
de las conceptualizaciones de
las asociaciones, fundaciones,
entidades sin fines de lucro porque
existe una legislación obsoleta
al respecto. El Código Civil se
hizo en los años 70 y hasta la
fecha no se ha realizado ninguna
modificación al respecto, por
ejemplo hasta la fecha no existe
una regulación para las ONG´s
pero existen procedimientos para
otorgar personalidad jurídica. Es
necesario que se haga una Ley
complementaria y tiene que hacerla
el Gobierno Nacional.
LEX: Durante mucho tiempo en Bolivia diferentes organizaciones han tramitado personalidades jurídicas para fines políticos y no cumplen el rol por el cual se otorgaron las mismas ¿Cómo hacer para garantizar que las entidades que obtengan personalidades jurídicas utilicen las mismas para los fines solicitados?Tenemos que delimitar que esta
situación no está dentro de nuestro
campo de acción, porque el
que quiere hacer política tiene
que ir a tramitar la creación de su
agrupación ciudadana o partido
político ante el Órgano Electoral,
pero entiendo la intención de la
pregunta, porque muchas veces
se ha utilizado este campo de
hacer asociaciones o instituciones
para otros propósitos, por eso
cuando debatíamos esta Ley
departamental con los asambleísta
departamentales existía la misma
preocupación, pero al mismo
tiempo teníamos que ver la forma
de no afectar a los ciudadanos su
derecho a la asociación con fines
lícitos. En nuestro país no había nada
en el tema de regulación nacional
para verificar el cumplimiento de los
fines de las asociaciones.
Nosotros establecimos como
parte de los objetos de la Ley
Departamental el seguimiento a
las entidades con Personalidad
Jurídica preexistente a la presente
Ley y sobre aquellas quienes le sea
aprobada y extendida a partir de
su vigencia, así como también el
proceso administrativo sancionador,
que era lo que te decía, que está
establecido del articulo 21 al 23.
Establece la obligatoriedad que
las organizaciones que tramiten
Personalidad Jurídica y la obtengan
tiene la obligación de presentar
un informe cada 3 años de sus
actividades en cumplimiento de
los fines para lo cual fue obtenida,
también hemos establecido los
mecanismos de seguimiento.
Que quiere decir esto, que
una entidad del Gobierno
Departamental en base a la
Nombre:Vladimir Peña
Cargo:Secretario de Gobierno del Gobierno Departamental de Santa Cruz
“Nosotros tenemos saneado
toda el área de personerías jurídicas”
LEX: ¿Cuál era la base jurídica que permitía a la ex Prefectura otorgar las personerías jurídicas a las instituciones? La Ley 1654 de Descentralización
Administrativa era la que regulaba
el ejercicio, atribuciones y
competencias que tenía la ex
Prefectura del Departamento.
Esta fue la que estableció como
atribución de los Prefectos la de
otorgar las Personalidades Jurídicas
a las diferentes asociaciones,
instituciones civiles sin fines de lucro,
fundaciones o ONG´s que todavía
no están reguladas. Bolivia ha
10 | www.revistalex.com
reglamentación de oficio puede ver
si una asociación está cumpliendo
con los fines solicitando información
o también recibir denuncias de
los ciudadanos, que ven que la
institución no está cumpliendo la
función para lo cual se le otorgó la
Personalidad Jurídica. En ese sentido
cuando es de oficio o a denuncia
de parte se establece una falta,
se abre el proceso administrativo
sancionador que puede llegar con
la revocatoria de la personalidad
jurídica. Este es un proceso donde
la asociación tiene el derecho
a defenderse presentando sus
pruebas de descargo y también la
persona sustentar su acusación.
LEX: Con esto ¿se puede decir que se estaba buscando transparentar el funcionamiento de las entidades que tengan Personalidad Jurídica en el departamento de Santa Cruz? Ese es uno de los objetivos
que nosotros tenemos. Nosotros
tenemos saneado toda el área
de personerías jurídicas. Hace
6 años cuando llegamos a la
Prefectura del Departamento no
teníamos un registro confiable
para verificar los nombres de las
asociaciones y fundaciones, no
se quedaba registro de quienes
eran los directores y como estaba
compuesta. Hoy tenemos ambas
cosas, tenemos un registro confiable,
sabemos que cada año otorgamos
500 Personalidades Jurídicas y
tenemos el registro de cada una.
Esto va a servir para utilizarlo
también para enviarlo anualmente
toda la información, estadísticas,
porque es una obligación además
al Instituto Cruceño de Estadísticas
(ICE) para que pueda tenerla a su
disposición y estamos trabajando
para un futuro muy próximo, el hecho
que tengamos en la página web
del Gobierno Departamental la
información de las Personalidades
Jurídicas y así la gente pueda saber
de las mismas.
Va a ayudar mucho, va a ayudar a
transparentar a las organizaciones
que tenemos en el departamento,
que tengan un buen funcionamiento
y esperamos también poder
depurar a malas asociaciones o
fundaciones que han obtenido
Personalidades Jurídicas y no han
cumplido los fines establecidos,
pero siempre lo hemos hecho con
el propósito de brindar un buen
servicio a la gente en primer lugar,
de que puedan haber requisitos muy
claros para los ciudadanos, que
los puedan cumplir y segundo que
podamos tener un registro fiable
como Gobierno Departamental
que permita exigir que cumplan con
el rol para el cual han obtenido esa
Personería Jurídica.
LEX: ¿Cuáles serán las características del Registro de Personalidad Jurídica a nivel departamental? Es cierto que no existía una
base fiable del registro de
personalidades jurídicas. Nosotros
estamos trabajando en base a
dos supuestos, el primero tratar de
reconstruir todo lo anterior para
tener una base confiable de todo
lo que se entregó antes del 2006,
las que hemos entregado en la
gestión del Prefecto Rubén Costas
ahora Gobernador y las que vamos
a entregar en el futuro, ósea para
que esto sea permanente, para que
cada año el área de Personería
Jurídica presente un informe de
cuantas personalidades jurídicas se
han entregado en Santa Cruz y a
que campo están destinadas.
Legal Revista Legal Lex
“El que
quiere hacer política
tiene que ir a
tramitar la creación
de su agrupación
ciudadana o partido
político ante el
Órgano Electoral”
11 www.revistalex.com |
LegalRevista Legal Lex
a Asamblea Legislativa Plurinacional (ALD) aprobó la Ley de Participación y Control Social, la cual define los fines, principios,
atribuciones, derechos, obligaciones y formas de su ejercicio en aplicación a los artículos 241 y 242 de la Constitución Política del Estado (CPE).
Con el fin de fortalecer, consolidar y garantizar la democracia participativa, representativa y comunitaria, además de transparentar la gestión pública, la norma establece que todos los niveles de Gobierno, Fuerzas Armadas, Policía Boliviana, empresas descentralizadas y las entidades territoriales autónomas el derecho a los ciudadanos de fiscalización a la gestión pública.
BASES FUNDAMENTALES DE LA PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIALSon actores de la Participación y Control Social, la sociedad civil organizada, sin ningún tipo de discriminación de sexo, color, edad, orientación sexual, identidad de género, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil, condición económica o social, grado de instrucción y capacidades diferenciadas.
La Ley señala la existencia de los siguientes tipos de actores en la Participación y Control Social: 1. Orgánicos. Son aquellos que corresponden a sectores sociales, juntas vecinales y/o sindicales organizados, reconocidos legalmente.2. Comunitarios. Son aquellos que corresponden a las naciones y pueblos indígena originario campesinos, las comunidades interculturales y afrobolivianas, y todas las reconocidas por la Constitución Política del Estado, que tienen su propia organización.3. Circunstanciales. Son aquellos que se organizan para un fin determinado, y que cuando el objetivo ha sido alcanzado, dejan de existir.
La norma señala que los actores de Participación y Control Social tiene el derecho a participar en la formulación de políticas, planes, programas, proyectos, y en la toma de decisiones en los procesos de planificación, seguimiento a la ejecución y evaluación de la gestión pública en todos los niveles.
También permite que puedan acceder a información documentada sobre la calidad de los servicios básicos que prestan las empresas públicas, privadas, incluyendo a las cooperativas u otro tipo de entidades, sin poder ser discriminados.
Asimismo podrán formar parte activa del Consejo Nacional de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito y Legitimación de Ganancias Ilícitas, a través de los representantes de la sociedad civil organizada reconocidas legalmente a nivel nacional, manteniendo independencia en el cumplimiento de sus atribuciones específicas, en el marco de la Ley N° 004, Ley de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”, de 31 de marzo de 2010.
RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES A LA PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIALLa Participación y el Control Social tiene un carácter amplio y participativo en esta norma, pero también recibe algunas restricciones que tienen que ver con la no participación y ejercer control en temas de seguridad del Estado, sea esta interna o externa, como solicitar información de carácter secreto,
LegalRevista Legal Lex
El Poder al PuebloORGANIZACIONES SOCIALES FISCALIZARAN A LOS ÓRGANOS DEL ESTADO
L
12 | www.revistalex.com
reservado y/o confidencial definido por Ley. Igualmente en el Órgano Judicial y en el Ministerio Público, no podrán dilatar o entorpecer el curso normal de la tramitación y resolución de procesos judiciales. En el Órgano Electoral no podrá intervenir en los procesos electorales en su conjunto.
El Control Social no retrasará, impedirá o suspenderá, la ejecución o continuidad de planes, programas, proyectos y actos administrativos, salvo que se demuestre un evidente y potencial daño al Estado, a los intereses o derechos colectivos, específicos y concretos. El potencial daño será determinado por autoridad competente.
FORMAS DE PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIAL Toda persona de manera individual puede adscribirse de manera circunstancial al Control Social sea éste territorial o funcional, ejercido a la gestión pública, a una determinada política, plan, programa o proyecto. La Participación y Control Social goza de legitimidad y de reconocimiento por el Estado, para el ejercicio de sus derechos.
La Participación y Control Social colectivo se ejercerá a la gestión territorial y/o funcional, en los niveles nacional, departamental, municipal y regional, a diferencia del comunitario e intercultural se ejercerá en el ámbito indígena originario campesino, según corresponda.
ESPACIOS Y REPRESENTACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIALLa Participación se ejercerá de manera amplia y decisoria sobre la gestión pública en todos los niveles de Estado, siendo el Control Social complementario y consecuencia de aquella, entendiéndose que el mismo coadyuvará y complementará a la fiscalización y/o control gubernamental y recomendará con carácter vinculante a las autoridades competentes, el inicio de peritajes técnicos, auditorías y/o en su caso, los procesos correspondientes.
La fiscalización y/o control gubernamental es función y competencia del Estado, que le faculta a investigar, controlar y sancionar la administración de las entidades públicas y de aquellas en las que el Estado tenga participación o interés económico, con el fin de impedir,
identificar y comprobar el manejo incorrecto de los recursos del Estado.
PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIAL A LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y SERVICIOS BÁSICOSLos actores de la Participación y Control Social, y los usuarios ejercerán Control Social a la administración y calidad de los servicios públicos prestados por empresas públicas; y a la calidad de los servicios públicos básicos prestados por entidades privadas, sujetos a la autorización, control y fiscalización del Estado.
El incumplimiento del servicio por parte del proveedor, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, facultará a los actores de la Participación y Control Social, a exigir el cumplimiento de la prestación, a recibir una prestación equivalente o exigir la restitución y la reparación integral de la vulneración del derecho ante las autoridades competentes. En los casos en que el incumplimiento del servicio derivare en indicios de la comisión de un delito, deberán remitirse o presentarse los antecedentes al Ministerio Público, para el inicio de la investigación correspondiente.
La sanción derivada del incumplimiento por parte de los proveedores de servicios será aplicada por la autoridad competente de acuerdo a Ley. Los actores de la Participación y Control Social velarán y en su caso promoverán el cumplimiento de las sanciones impuestas, ante la autoridad que corresponda.
FINANCIAMIENTO PARA LA PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIALLas Máximas Autoridades de los Órganos del Estado, en todos los niveles y ámbitos territoriales, empresas e instituciones públicas descentralizadas, desconcentradas, autárquicas y empresas mixtas, garantizarán que en todos sus planes, programas y proyectos se contemple dentro de su presupuesto anual, los recursos necesarios y suficientes destinados a efectivizar el derecho de la Participación y Control Social.
Las Entidades Estatales de Fiscalización y Regulación que tengan competencias sobre cada área específica, destinarán del presupuesto asignado por el Tesoro General del Estado, de los ingresos provenientes de las tasas de regulación, derechos, patentes,
multas y otros ingresos; los recursos necesarios y suficientes para efectivizar el derecho de la Participación y Control Social a la calidad de los servicios de empresas privadas que presten servicios públicos o administren recursos fiscales para fines de la presente Ley
Los recursos destinados a los comités de vigilancia en los gobiernos autónomos, pasan al fortalecimiento de la Participación y Control Social representado por los tipos de actores establecidos en el Artículo 7 de la presente Ley. El uso y destino de estos recursos estará sujeto a fiscalización por parte de la Contraloría General del Estado, de acuerdo a reglamentación.
Legal Revista Legal Lex
> DATOSDISPOSICIONES TRANSITORIASPRIMERA. Las entidades territoriales autónomas
departamentales, regionales, municipales, e
indígena originario campesinas, garantizarán la
inclusión de la Participación y Control Social en
sus respectivos Estatutos, Cartas Orgánicas y en
la normativa correspondiente, en el marco de la
Constitución Política del Estado, la presente Ley y
demás normas aplicables.
SEGUNDA. En el marco de la presente Ley, los
cuatro Órganos del Estado, Ministerio Público,
Defensoría del Pueblo, Contraloría General
del Estado, Procuraduría General del Estado,
Fuerzas Armadas, Policía Boliviana, empresas
e instituciones públicas descentralizadas,
desconcentradas, autárquicas, empresas mixtas y
empresas privadas que presten servicios públicos
básicos o que administren recursos fiscales,
deberán en un término no mayor de noventa
(90) días, reglamentar la forma de procesar y dar
cumplimiento a los informes de carácter vinculante
emitidos por las y los actores de la Participación y
Control Social, para los efectos establecidos en
el parágrafo II del Artículo 24 de esta Ley.
TERCERA. I. A partir de la promulgación de la
presente Ley, las autoridades competentes, en el
plazo máximo de noventa (90) días, elaborarán
concertadamente con los actores sociales,
un instrumento normativo para la distribución,
disposición y manejo de los recursos destinados
a la Participación y Control Social.
13 www.revistalex.com |
LegalRevista Legal Lex
El proyecto de Ley de Participación
y Control Social es el resultado de
un largo proceso de construcción
colectiva que se inició el año
2008, con el apoyo del Ministerio
de Transparencia y Lucha contra
la Corrupción. El proceso de
construcción incluyó la presentación
de propuestas sectoriales o
específicas, el consenso de los
contenidos esenciales de la norma,
la sistematización de las distintas
propuestas, el análisis, consenso,
ajuste y mejora de la propuesta
y la aprobación del documento
final. Participaron alrededor de
305 Organizaciones Sociales,
y 1.575 representantes de los
nueve departamentos y ciudades
intermedias, conformados por
hombres, mujeres, profesionales,
jóvenes y otros. Intervinieron también
los pueblos indígenas originario
campesinos, mediante dos talleres
específicos en Camiri (Tierras Bajas)
y Lallagua (Tierras Altas).
Se define que la Participación
como “un derecho, condición y
fundamento de la democracia,
que se ejerce de forma individual
o colectiva, directamente o
mediante sus representaciones; en
la conformación de los órganos del
Estado, en el diseño y formulación
de políticas públicas, en la
construcción colectiva de leyes, y
con independencia en la toma de
decisiones”. Asimismo, respecto al
Control Social, se señala que es “un
derecho constitucional de carácter
participativo y exigible, mediante el
cual todo actor social supervisará
y evaluará la ejecución de la
Gestión Estatal, el manejo debido y
probo de los recursos económicos,
materiales, humanos, de la Madre
Tierra y la calidad de los servicios
públicos, como autorregulación del
orden social.”
El ámbito del control social es la
Gestión Pública en general, es decir
salud, educación, administración de
justicia, calidad en la prestación de
servicios, estado de los derechos
humanos y la construcción de
normativa y leyes del Estado
Plurinacional. El control social
se aplica a los cuatro órganos
del Estado, Ministerio Público,
Defensoría del Pueblo, Contraloría
General del Estado, Procuraduría
General del Estado, Fuerzas
Armadas, Policía Boliviana, Las
empresas e instituciones públicas,
Entidades Privadas que prestan
servicios públicos y entidades
territoriales autónomas.
Respecto a la estructura y
composición de la participación y
Control Social, la propuesta reitera
lo que establece la Constitución
en su artículo 241. V. que señala:
“La sociedad civil se organizará y
definirá la estructura y composición
de la participación y Control
Social para todos los niveles del
Estado”. Se definen cuáles son los
tipos de actores de control social:
individuales y colectivos y dentro
de esta última, los actores pueden
ser orgánicos, comunitarios y
circunstanciales.
Son actores orgánicos aquellos que
corresponden a un grupo o sector
social organizado. Los comunitarios
corresponden a las naciones
y pueblos indígena originario
campesinos, las comunidades
interculturales y afrobolivianas, que
tienen su propia organización; y los
circunstanciales son actores que se
organizan para un fin determinado,
y que cuando el objetivo ha sido
alcanzado, dejan de existir.
La participación y control social
se ejercen de manera amplia y
decisoria sobre la gestión pública,
y es complementaria y coadyuvante
al control gubernamental o fiscal.
De acuerdo a esto tiene la
atribución de recomendar con
carácter vinculante el inicio de
auditorías, peritajes y procesos,
ante las autoridades competentes.
La fiscalización y/o control fiscal
o gubernamental es función y
competencia privativa del Estado, a
lo cual el control social coadyuva y
apoya con el fin de prevenir y luchar
contra la corrupción y el mal uso de
los recursos públicos. Finalmente, se
señala que las entidades públicas,
en todos sus niveles y ámbitos,
garantizarán en todos sus planes,
programas y proyectos recursos
destinados a efectivizar el derecho
de la participación y control social.
Las autoridades de fiscalización y
control social sectoriales, destinarán
del presupuesto para efectivizar
el derecho de la participación y
control social a la calidad de los
servicios de empresas privadas
que presten servicios públicos o
administren recursos fiscales para
fines de la ley. Se prohíbe que el
control social utilice estos fondos
para el pago de remuneraciones u
otros conceptos similares.
Nombre:Nardi Suxo Iturry
Cargo:Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción
“El control social se aplica a los
cuatro órganos del Estado”
OPINIÓN
14 | www.revistalex.com
Legal Revista Legal Lex
“Les han dado facultades extraordinarias a los que son militantes”
Nombre:Norma Alicia Piérola
Cargo:Diputada Nacional
LEX: ¿Cuál ha sido el análisis que ha podido realizar acerca de la Ley de Participación y Control Social?La Participación y el Control Social en la Constitución Política del Estado (CPE) está garantizada en los artículos 241 y 242. El pueblo soberano, por medio de la sociedad civil organizada, participará en el diseño de las políticas públicas y ejercerá esos derechos a la gestión pública en todos los niveles del Estado.
Sin embargo esta Ley, que nace supuestamente al amparo de la CPE, ha sido totalmente tergiversada por el Poder Ejecutivo Nacional y ha creado un 5to. Poder Supremo Popular similares al del régimen de Cuba y Venezuela. Este nuevo grupo creado bajo esta Ley tiene facultades vinculantes, superiores a las que tiene inclusive el propio Tribunal Constitucional Plurinacional. Nosotros como autoridades electas no tenemos estas facultades, y eso que somos electos, que la Ley otorga a estas organizaciones sociales que son vinculadas al Movimiento Al Socialismo (MAS).
Se ha excluido de manera deliberada a los Comités Cívicos, Juntas Vecinales y Colegios de Profesionales, pero también se ha excluido a los Comités de Vigilancia quienes en muchos municipios realizaban un excelente trabajo. Esto provocó un duro debate en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), por parte de los que tenemos
conocimiento de la norma. La misma fue aprobada contra viento y marea, sin tomar en cuenta las observaciones presentadas por las Juntas Vecinales, porque la disposición transitoria tercera había abrogado la Ley de Participación Popular y la Ley de Descentralización Administrativa pero igual se mantenían vigente los Comités de Vigilancia y las OTB´s, pero ahora con esta Ley dejan de existir y no van a poder formar parte de esa sociedad civil organizada.
Esta Ley fue aprobada rápidamente en la Cámara de Diputados y el Senado Nacional sancionado la misma antes de fin de año. Las Juntas Vecinales habían amenazado con hacer marchas en defensa de los derechos adquiridos. Esta Ley crea un nuevo poder del Estado, en el cual ni los diputados estamos seguros porque al tener facultades vinculantes podemos ser destituidos.
LEX: ¿Cuál es la finalidad de haber aprobado una normativa de estas características? Se está politizando 100% el Control Social porque las organizaciones que lo ejercen son personas afines al MAS. Cuando el articulo 241 en su parágrafo V señala que es la propia sociedad quien debe definir la estructura y composición de la participación y control social, no se toma en cuenta que estas características las reúne primeramente los Comité Cívicos y los Colegios de Profesionales, antes que estas
organizaciones inorgánicas que se forman al calor y en favor del Partido Político de turno.
Yo creo que al establecerse que deben generarse espacios de participación, pero esto no debe entenderse como está señalado en esta Ley, que va a permitir que este nuevo Poder Popular haga lo que quiera en este país. Es necesario que formen parte de esta sociedad civil organizada los Comités Cívicos, reponerse las Juntas Vecinales y los Comités de Vigilancia, que se han quedado callados ante la aprobación de esta norma por parte del Órgano Legislativo.
LEX: ¿Cómo se puede entender entonces que esta normativa permita que el Control Social también pueda ser ejercido por el ciudadano de manera independiente y sin organización? El derecho al libre acceso a la información está incorporado en la CPE, pero además habla de participar de la planificación de los órganos del Estado y apoyar al Poder Legislativo en la construcción de leyes. El problema de esto es que ellos van a venir a imponer y eso no solo va a suceder en el Legislativo, también en todos los órganos de poder público y las entidades descentralizadas.
El objetivo es mostrar transparencia en el manejo de los recursos públicos y apoyo a la gestión, pero lamentablemente ese derecho lo ejercen organizaciones afines
“Ellos van
a venir a imponer
y eso no solo va
a suceder en el
Legislativo, también
en todos los
órganos de poder
público”
15 www.revistalex.com |
LegalRevista Legal Lex
al MAS. No creo que realicen el control de ninguna situación, más bien, van a avalar las actitudes o acciones que realicen los que están en función pública en este momento. Cuando uno observa la gestión del Contralor General del Estado y el Procurador del Estado se puede dar cuenta de eso, porque no están realizando su trabajo.
LEX: Estas organizaciones podrán realizar un control social a todas las organizaciones que brinden servicios básicos, ¿Qué establece en el caso de las Cooperativas que tienen a sus socios como control social? Les han dado facultades extraordinarias a los que son militantes. Esta Ley les otorga facultades inexistentes y competencias. Para eso no
necesitan tener Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) y Asamblea Legislativa Departamental (ALD) ellos pueden hacer lo que quieren, tienen más competencias y atribuciones que los legisladores electos. Por lo tanto creo que esto va a encontrar un choque frontal, porque se ha creado una especie de monstruo o como yo lo denomino un 5to Poder del Estado, que va a poder hacer lo que le dé la gana en este país.
LEX: La Disposición Transitoria Tercera de esta Ley establece que la Reglamentación será elaborada en concertación con las Organizaciones Sociales, ¿Quiénes serán estas organizaciones? Y ¿Cómo harán para convocarlas? Son instituciones designadas a
dedo por el MAS. No se respeta ni a la sociedad civil organizada que está representada por los Comités Cívicos y los Colegios de Profesionales por lo que estos tienen sus personerías jurídicas, pero ahora están queriendo quitarle competencia a los Gobiernos Departamentales Autónomos en la otorgación de estas personerías.
La elaboración de este reglamento no va a resolver muchas cosas, porque el mismo será elaborado por el Órgano Ejecutivo. Esto no va a resolver los vacíos que tiene esta normativa.
16 | www.revistalex.com
a Ley de Apoyo a la Producción de Alimentos y Restitución de Bosques
promulgada por el Presidente del Estado Evo Morales, tiene por objeto establecer un régimen excepcional para el tratamiento de predios con desmontes que se hayan realizado sin autorización entre el 12 de Julio de 1996 y el 31 de diciembre de 2011, cuyos beneficiarios se acojan al “Programa de Producción de Alimentos y Restitución de Bosques”, que tiene interés nacional y utilidad pública.
La norma tiene por finalidad incentivar, en predios que hubieran sido objeto de desmontes sin autorización, la producción de alimentos para garantizar el derecho fundamental a la soberanía y seguridad alimentaria y la restitución de áreas de bosques afectadas, en el marco del Parágrafo II del Artículo 16 de la Constitución Política del Estado (CPE) y la Ley Nº 300 de 15 de octubre de 2012, la Ley de la Madre Tierra.
Asimismo, se beneficiaran con la aplicación de esta Ley, los predios titulados por el Instituto Nacional de Reforma Agraria, los que están en proceso de saneamiento o sin sanear en los que existan desmontes sin autorización; así como a beneficiarios de predios con procesos administrativos sancionatorios que no cuenten con resolución por parte de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT). Las naciones y pueblos indígena
originario campesinos podrán acogerse a los alcances de esta Ley. Se exceptúan de la aplicación de esta Ley los predios que se encuentren al interior de Áreas Protegidas y Reservas Forestales.
Para el caso de las pequeñas propiedades y propiedades colectivas, la aplicación de la presente Ley no afectara su derecho propietario o posesión legal en el marco de las previsiones constitucionales.
PROGRAMA DE PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS Y RESTITUCIÓN DE BOSQUESPara alcanzar los objetivos esperados, la norma crea el Programa de Producción de Alimentos y Restitución de Bosques con el objetivo de incentivar la producción de alimentos y la reforestación de áreas afectadas, que estará a cargo del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, de la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos (EMAPA) y de la ABT.
Debiendo el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, EMAPA y la ABT encargarse del registro, evaluación, aprobación y monitoreo de los componentes del Programa de manera coordinada. La información generada será remitida de manera periódica al INRA.El Programa de Producción de Alimentos y Restitución de Bosques tendrá una duración de cinco (5) años a partir de su reglamentación, teniendo los siguientes componentes:
a) Componente de Producción de Alimentos, que se orientará a la producción agrícola y pecuaria, eficiente, sustentable y priorizada, en base a regímenes diferenciados por región, actividad productiva desarrollada y clase de propiedad;
b) Componente de Restitución de Áreas de Bosque afectadas, que se orientará a la restitución y protección de las servidumbres ecológicas legales, y reforestación de áreas de bosque afectadas.
En Tierras de Producción Forestal Permanente los beneficiarios del Programa deberán restituir entre el 10 y el 20% de la cobertura forestal afectada cuando se trate de predios con superficies mayores a las 50 has. La determinación del porcentaje a reforestar será establecida mediante norma técnica aprobada por la autoridad competente.
SANCIÓN ADMINISTRATIVA POR DESMONTES SIN AUTORIZACIÓNSe establece de manera excepcional que los beneficiarios de predios que se inscriban al Programa, pagarán un monto único por concepto de sanción administrativa por desmonte sin autorización, de acuerdo al siguiente detalle:
Legal Revista Legal Lex
SE PROMULGÓ LA LEY PARA APOYAR AL SECTOR AGROPECUARIO EN SU PRODUCCIÓN
L
PRODUCCIÓN GARANTIZADA
17 www.revistalex.com |
> INCUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA. El incumplimiento del Programa por parte de los beneficiarios dará lugar a lo siguiente:
a) Aplicación inmediata del procedimiento de reversión y/o el no reconocimiento del área de desmonte sin autorización como área efectivamente aprovechada. En la aplicación del procedimiento de reversión no se reconocerá proyección de crecimiento en la valoración de la Función Económica Social;
b) Aplicación del régimen de patentes, sanciones y multas por desmonte ilegal conforme a la Ley N° 1700, de 12 de julio de 1996, Forestal y su reglamento por parte de la ABT.
> DESTINO DE LOS RECURSOS PROVENIENTES DE LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES Y FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA.
I. Los recursos provenientes de la aplicación del Parágrafo I del Artículo 6 de la presente Ley, serán destinados al Tesoro General de la Nación – TGN.
II. El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, para la implementación del Programa, asignará los recursos de acuerdo a su disponibilidad financiera.
III. El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, realizará la solicitud de los recursos para el Programa, incluyendo los requerimientos de la ABT y EMAPA.
> DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.- I. Los desmontes realizados sin autorización a partir de la publicación de la presente Ley, darán lugar a lo siguiente:
Reversión y/o no reconocimiento de la Función Económica Social;
Aplicación de una sanción económica equivalente a un monto no menor a UFVs 976.- (NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS 00/100 UNIDADES DE FOMENTO A LA VIVIENDA) por hectárea en el caso de medianas propiedades y empresas agropecuarias y a UFVs 391.- (TRESCIENTOS NOVENTA Y UN 00/100 UNIDADES DE FOMENTO A LA VIVIENDA) por hectárea en el caso de pequeñas propiedades y propiedades colectivas;
Inicio de acciones penales que correspondan.
II. Se exceptúa del Parágrafo anterior aquellos desmontes realizados sin autorización entre el 1 de enero de 2012, hasta la publicación de la presente Ley, a los cuales se les aplicará el régimen agrario y forestal vigente al momento de cometida la infracción.
El pago es condición previa para la suscripción al Programa, que podrá realizarse al contado o plazos; en éste último caso la primera cuota es la condición habilitante.
Los desmontes realizados en propiedades colectivas estarán exentos del pago de la multa hasta una superficie de diez 10 has por unidad familiar, disposición que comprende también a la pequeña propiedad siempre que tenga una superficie igual o menor a 50 has.
SUSCRIPCIÓN AL PROGRAMAPara suscribirse al Programa los interesados presentarán un plano georeferenciado que identifique el área con desmonte ilegal, a efectos de determinar la superficie y la cobertura forestal desalojada. El plano
debe ser elaborado por un profesional acreditado por la ABT con base en una identificación de campo; en caso de verificarse fraude respecto a los datos presentados, se anulará el beneficio de adhesión al Programa.
El procedimiento y los criterios técnicos operativos de los Componentes del Programa serán establecidos en reglamentación expresa elaborada y aprobada por las entidades competentes.
EFECTOS DEL PROGRAMA EN EL ÁMBITO AGRARIOEn los predios cuyos beneficiarios se adscriban al Programa, las áreas desmontadas deberán ser autorizadas
por la ABT de acuerdo a las condiciones establecidas en el Artículo 4 de la presente Ley, para ser consideradas como áreas efectivamente aprovechadas dentro de los procedimientos agrarios administrativos.
Para efectos de esta Ley, la valoración de la Función Económica Social dentro de los procedimientos agrarios, en predios con actividad ganadera tomará en cuenta la relación de 2 has con 5.000 mts2 por cabeza de ganado mayor, exceptuando la región del Chaco, que mantiene la relación de 5 has por cabeza de ganado mayor.
Caso del MesRevista Legal Lex
> DATOS
CLASE DE PROPIEDAD ÁREAPAGO AL CONTADO
UFV/HECTÁREAPAGO A PLAZOS UFV/ HECTÁREA
EMPRESA Y MEDIANA TIERRA DE PRODUCCIÓN FORESTAL PERMANENTE (TPFP)
235 313
EMPRESA Y MEDIANA OTRAS ÁREAS 157 235
PEQUEÑA PROPIEDAD TPFP Y OTRAS ÁREAS 117 117
COMUNIDAD TPFP Y OTRAS ÁREAS 39 39
18 | www.revistalex.com
Legal Revista Legal Lex
“Los desmontes contribuyen en
gran medida a la deforestación”
Nombre:Nemesia Achacollo Tola
Cargo:Ministra de Desarrollo Rural y Tierras
Por su parte los antecedentes
concernientes a la temática de
bosques, ha identificado un índice
preocupante de deforestación
no autorizada, entendida como
la desaparición y/o pérdida de
los bosques por las acciones
del hombre sobre la naturaleza
por diversas causas (desmontes,
quemas, incendios forestales,
etc.). Entre los efectos de la
deforestación, tenemos: suelos
degradados (pérdida de bosques),
alteración climática, pérdida de
biodiversidad (flora y fauna) y mayor
empobrecimiento de las familias.
En nuestro país la deforestación a la
fecha, alcanzó un número aproximado
de 7,7 millones de hectáreas desde
el año 1975 al 2011; de las cuales
3,8 millones de hectáreas han sido
realizadas desde el año 1996 al
2011 aproximadamente.
Los desmontes contribuyen en
gran medida a la deforestación,
definiéndose como el corte
y desalojo de la vegetación
arbustiva y arbórea, realizado
en forma mecanizada o manual.
Esta actividad se la realiza con el
propósito de limpiar una superficie
de tierra para dedicarla a la
agricultura, ganadería, producción
de carbón, infraestructura caminera,
petrolera y otros usos diversos,
actividad que debe ser autorizada
por la entidad competente.
De conformidad con las
disposiciones constitucionales
prevista en los Artículos 387,
389 el Estado debe conservar
los bosques naturales en las
áreas de vocación forestal, su
aprovechamiento sustentable, la
conservación y recuperación de
la flora, fauna y áreas degradadas;
toda conversión de suelos en
áreas no clasificadas para tales
fines constituirá infracción punible y
generará la obligación de reparar
los daños causados.
Para este efecto, los Artículo 22, 28
y 41 de la Ley N° 1700, de 12 de
julio de 1996, Forestal, establecen
las atribuciones de la Autoridad
Competente, los derechos de
utilización forestal en los permisos
de desmontes y acciones en
las contravenciones al Régimen
Forestal que dan lugar a sanciones
administrativas por la normativa
forestal y agraria vigente.
Ante la imperiosa necesidad de
buscar mecanismos que permitan
ser lo más eficiente en la aplicación
de medidas que permitan frenar la
deforestación en la vía preventiva,
dando una respuesta estructural al
tema, que permita dar seguridad
jurídica a los productores,
garantizar la seguridad alimentaria
y la restitución de bosques en
áreas afectadas por desmonte
no autorizados, además de la
incorporación de otros actores
importantes, como las comunidades
en el uso y aprovechamiento
sustentable de los recursos naturales
mediante Planes de Gestión Integral
del Bosque y Tierra – PGIByT que se
constituye este último aspecto, en
una Política del Estado.
En el contexto de lo señalado la
presente Ley establece aspectos
importantes, como ser:
a) Es importante asegurar y
garantizar la seguridad alimentaria
con mayor eficiencia y productividad
en las áreas intervenidas con la
responsabilidad social de restaurar
las servidumbres ecológicas y
determinada cobertura boscosa
que restablezca ecosistemas de
bosque, sin que ello implique el
avance de la frontera agrícola o
ganadera en áreas de producción
forestal permanente;
b) Para poder paralizar la
deforestación es importante de igual
manera, dar seguridad jurídica a
todos los actores que garanticen la
seguridad alimentaria y la restitución
de bosques y servidumbres
ecológicas en áreas deforestadas;
c) Es importante incorporar a
las comunidades en general a
desarrollar PGIByT de una forma
ordenada, bajo instrumentos de
planificación que permita efectuar
un uso y aprovechamiento de los
recursos de manera sustentable.
Finalmente, de conformidad con
las disposiciones constitucionales
previstas en los Artículos 397, 398
y 401 para fines de conservación
del derecho propietario agrario
la propiedad empresarial está
sujeta a la revisión de la función
económica social; prohibiendo el
latifundio en los términos definidos
por este ordenamiento jurídico y
estableciendo como sanción la
reversión de las tierras, bajo estos
conceptos el cumplimiento de los
Programas permitirán mantener el
goce del derecho propietario
agrario conforme la normativa
expuesta y el privilegio del principio
constitucional reconocido en el
Artículo 16.
OPINIÓN
l Artículo 16 de la Ley Nº
144, de 26 de junio de 2011,
de la Revolución Productiva
Comunitaria Agropecuaria,
determina que se fomentará
un mejor y mayor rendimiento
de la producción en el marco
de la economía plural, a la
producción tradicional, orgánica,
ecológica, agropecuaria y
forestal con destino al consumo
interno que permita alcanzar la
soberanía alimentaria así como la
generación de excedentes, en el
marco de los saberes, prácticas
locales e innovación tecnológica
en base a las formas de
producción familiar, comunitaria,
asociativa y cooperativa.
E
19 www.revistalex.com |
LegalRevista Legal Lex
LEX: ¿Cómo está el aparato productivo y en especial el sector agropecuario en Santa Cruz? Como lo dije en el informe
de gestión de la Cámara
Agropecuaria del Oriente (CAO)
hemos tenido un crecimiento en
el aparato productivo, que ha
podido alcanzar más del 20% en
la parte agrícola y más del 17%
en la parte pecuaria. Ha habido
excedentes de producción en
varios productos como son el arroz,
maíz, caña de azúcar y lo que no
ha habido es liberación a tiempo
de estos productos, causando un
perjuicio en los productores porque
han recibido precios que no eran
los adecuados.
LEX: ¿En qué medida la Ley de apoyo a la producción de alimentos y restitución de bosques colaborara al desarrollo del sector productivo? Esta medida en primera instancia, y
la más importante creo yo, va permitir
a diferentes propiedades entrar en
la normativa legal por desmontes
realizados sin autorización en
los últimos 15 años. Estos predios
estaban con los procesos de
titulación parados por los procesos
de desmonte ilegal que les seguía
la Autoridad de Fiscalización y
Control Social de Bosques y Tierras
(ABT), evitando que la banca
acepte la propiedad que tiene un
proceso de por medio.
Los productores van a poder sanear
los predios, tengan seguridad
jurídica, puedan ampliar su frontera
agrícola y la otra cosa importante
es que permitirán que sean sujetos
a crédito.
LEX: Esta Ley crea el programa de producción de alimentos y restitución de bosques e instruye al Ministerio de Economía que garantice los recursos para su funcionamiento, ¿Cómo puede beneficiar el mismo a los productores?Yo no sé si eso va a funcionar,
aquí en Santa Cruz las personas
hacen inversión propia, no existen
usos de recursos de inversión del
Gobierno Nacional. Hasta la fecha
sigue inconcluso el programa de
repoblamiento ganadero que era
llevado adelante por la ex ministra
Susana Rivero. No se ha hecho esa
reposición a los afectados por las
sequias en el sur por ejemplo.
Son programas creo que
necesitan un tiempo más para ser
viables. Yo reitero, el productor
cruceño y es por el cual yo puedo
opinar, es un productor que usa
sus propios recursos, propiedades
y obtención de créditos para
ampliar la frontera agrícola.
LEX: ¿Cuántas propiedades se verán beneficiadas con esta Ley? Es importante que la gente
conozca que esta Ley no es solo
para Santa Cruz, sino que para
todo el país. Obviamente más del
67% está en Santa Cruz y el saldo
en Cochabamba, Beni y Tarija.
Santa Cruz es el departamento
que tiene más desmonte tiene
y la Chiquitanía es la que más
desmonte ha realizado. Son 23
mil a 25 mil productores que tiene
este problema. Esta cantidad de
productores tienen una cantidad
de 5 hectáreas desmontadas.
Esta Ley la esperábamos
mucho, la estuvimos trabajando
desde la cumbre que estuvimos
en Cochabamba. Estuvimos
dialogando con el Gobierno con
la parte técnica y la parte legal
de la vicepresidencia, a la cual
pudimos demostrar que estos
desmontes se hicieron en primera
instancia por desconocimiento
de pequeños productores y otros
por la premura de no perder la
tierra, porque la norma señala
que si la tierra no está trabajada
es sujeta a reversión. Como ABT
está muy lento en los procesos
de titulación, que hizo la gente,
desmontar su propiedad sin permiso
para aumentar su producción.
Todos estos productores hoy
tienen la propiedad de que con
70 o 60 dólares van a tener sus
propiedades dentro de las normas.
LEX: ¿Se lo está tomando en cuenta al sector en la elaboración de la reglamentación de esta Ley? Se está trabajando, pero van a ser
cosas muy livianas, por decirle una
de las cosas que más nos interesa a
nosotros es que muchas propiedades
están en juicio con la ABT, las que
están en etapa de conclusión
difícil que puedan acogerse a esta
norma, pero aquellas que están con
proceso puedan ingresar al amparo
de esta Ley.
También estamos queriendo lograr
que entren las propiedades que
han realizado desmontes hasta
el último día del 2012, porque la
norma tardo un año ser promulgada.
Esto para que todo mundo, tenga
la opción, como lo tuvo en los
Nombre:Julio Roda
Cargo:Presidente de la CAO
“En Santa Cruz los productores hacen inversión propia”
20 | www.revistalex.com
autos chutos de legalizar sus tierras
porque están generan producción,
alimento y empleo.
LEX: ¿Cuáles son las necesidades que el sector agropecuario tiene todavía? Nosotros necesitamos que la Ley
contra los avasallamientos salga
con prima. Esta norma se encuentra
en la Cámara de Diputados y
se anexa con la Ley de Minas y
Propiedades Urbanas, permitiendo
que cualquier persona que ingrese
a una propiedad que tiene dueño,
se lo meta preso y se defienda
desde la cárcel. Esperemos que
ahora que se han posesionada a
las presidentas de ambas Cámaras
se pueda acelerar su tratamiento y
aprobación.
También estamos esperando
la aprobación de la Ley de
ampliación de las FES, para que
todo mundo tenga los 5 años que
se han pedido. Nos va a permitir
esta norma que cumplamos con
la carga animal, la cantidad de
hectáreas, el tema laboral y el tema
jurídico. Son leyes que van a permitir
que Santa Cruz crezca y que el
productor trabaje sin ninguna traba.
LEX: ¿Siguen los problemas de avasallamiento o los mismo han sido controlados? Continúan, se han aumentado pero
se ha comenzado a cortar. Hubo
un operativo en la propiedad San
Fernando donde se desalojó a
estas personas. Este es un trabajo
que se viene realizando con
el Ministro de Gobierno Carlos
Romero, con inteligencia de este
ministerio, con la Policía Nacional,
creándose una comisión con los
propietarios de las propiedades
avasalladas y también la CAO con
sus abogados.
Nosotros estamos teniendo
reuniones de esta comisión, estamos
trabajando con el INRA para
que verifique cada uno de los
premios y se sepa porque está el
trámite parado. Creo que en este
tema se está avanzando, se está
trabajando con el Ministerio de
Gobierno y de Desarrollo y Tierra.
Nosotros estamos trabajando en la
parte legal, hemos conformado una
asociación de personas afectadas
y tenemos un equipo de abogados
trabajando en este tema.
“La ABT
está muy lento en
los procesos de
titulación, que hizo
la gente, desmontar
su propiedad sin
permiso para
aumentar su
producción.”
Legal Revista Legal Lex
21 www.revistalex.com |
LegalRevista Legal Lex
a Constitución Política del Estado (CPE) señala en su artículo 146, que la Cámara
de Diputados estará conformada por 130 miembros. Ese mismo artículo en su parágrafo V establece que la distribución del total de escaños entre los departamentos se determinará por el Órgano Electoral en base al número de habitantes de cada uno de ellos, de acuerdo al último Censo Nacional, de acuerdo a la Ley. Por equidad la ley asignará un número de escaños mínimo a los departamentos con menor población y menor grado de desarrollo económico. Si la distribución de escaños para cualquier departamento resultare impar, se dará preferencia a la asignación de escaños uninominales.
Esos escaños parlamentarios comienzan a ser objeto de debate, dado que el presidente del Estado, Evo Morales, detalló los primeros resultados del Censo Nacional de Población y Vivienda 2012. Las muestras preliminares del estudio estadístico revelan que Bolivia ahora tiene 10.389.913 habitantes, 2.115.588 más que el registro realizado en 2001. En porcentaje, el país incrementó en 26% su población, pero
Santa Cruz es el departamento con mayor población (2.776.244 habitantes), según el resultado del censo 2012 presentados.
Tres analistas hablaron con la Revista Legal Lex, por separado, sobre estos datos que arroja el Censo Nacional de Población y Vivienda 2012, llegando a la conclusión que la migración ha crecido en los últimos años y que también no se podrán incrementar los escaños parlamentarios como muchos sectores, especialmente el indígena, demanda.
Desde la perspectiva del analista político, Carlos Cordero, la CPE es taxativa en lo referente a la conformación de la Cámara de Diputados, por lo que el incremento sería inviable, porque además, solo prevé la reasignación de escaños entre los departamentos después del Censo de Población y Vivienda.
“En consecuencia, así el Censo diga que la población rural se ha incrementado hasta límites insospechados, ello no significa que se deba asignar nuevos escaños a la base étnica” sentenció Cordero.
PELIGRO EN LOS ESCAÑOS INDIGENAS. Este criterio es compartido por la abogada y docente universitaria, Moira Sandoval Calvimonte, quien agrega que del resultado de la composición demográfica se deriva la distribución de escaños parlamentarios, sobre ello no habría novedad, pero lo que puede afectar y motiva su preocupación es la situación de las naciones y pueblos indígenas de tierras bajas, que productos del Censo podrían verse afectados en su representación.
“Concretamente, con los resultados de la pregunta Nº 29, el gobierno pretendería armar una nueva distribución de representantes en la Asamblea Legislativa, amparados en que la distribución de escaños es proporcional a la cantidad de habitantes. De acuerdo a la Ley de Régimen Electoral vigente, la composición de la Cámara de Diputados deberá ser modificada con los resultados de un censo, mediante ley expresa” explica Sandoval.
Agrego además, que la redistribución de escaños para las naciones originarias, será en inferior al que les corresponde
ActualRevista Legal Lex
SANTA CRUZ CRECE EN REPRESENTACIÓNLOS DATOS PRELIMINARES DEL CENSO 2012 FAVORECEN AL DEPARTAMENTO.
L
22 | www.revistalex.com
constitucionalmente, en virtud a que la representación de estos grupos étnicos no ha sido todavía regulada por la Ley Electoral, debiendo vincularse la representatividad a la cualidad de nación originaria y no a la cantidad o número de sus integrantes.
“El único camino que queda para producir una reasignación de escaños a favor de los pueblos indígenas es convertir las diputaciones uninominales o plurinominales en escaños especiales” manifiesta Cordero, quien pone por ejemplo que en el caso de La Paz, las diputaciones uninominales son 15, las plurinominales son 13 y la diputación especial indígena es una sola.
“Para asignar más escaños a los pueblos indígenas originarios del departamento, se podrían convertir las seis diputaciones en escaños especiales. De este modo, los electores de las provincias ganarían escaños. Pero los ciudadanos de las provincias
perderían el derecho a elegir diputados mediante el sufragio universal, directo, igual y secreto y elegirían representantes mediante usos y costumbres” declara Cordero.
SANTA CRUZ NO PUEDE TENER MENOS DE 5 ESCAÑOS. Desde la lectura del abogado constitucionalista, José Luis Santisteban, la distribución de escaño esta normado por la CPE y la esta es compleja porque una parte está relacionado con la población creciente y la segunda con las regiones que tienen menos población, debiendo para esto volver Bolivia a basarse sobre la base de 5 parlamentarios por departamento como punto de partida.
“Bolivia tiene 9 departamentos y sobre la base de 5 diputados por departamento serian 45 escaños distribuidos de entrada, todo lo demás deberán ser distribuidos por población hasta llegar a los 130 que
dice la CPE. Según los datos preliminares Santa Cruz no puede tener menos de 30 diputados” sentencio.
Santisteban explica que la Cámara de Senadores igualitaria, porque sin importar la población establece una representación de 4 senadores por departamento, por lo que la Cámara de Diputados es la única de las cámaras que compone la Asamblea Legislativa Plurinacional que deberá varias su representación.
“Ninguna elección puede realizarse en el país sino se conforma de acuerdo a los últimos datos del Censo de Población y Vivienda, no pudiendo los actuales diputados decir que no lo quieren realizar. Por mandato de la CPE el Órgano Electoral Plurinacional deberá enviar la nueva conformación de escaños, para que por Ley, sin facultad para ser observada, esta nueva asignación de escaños sea otorgada”.
Actual Revista Legal Lex
Lo que dice la Constitución Política del Estado:
Artículo 146. I. La Cámara de Diputados estará conformada por 130 miembros.
II. En cada Departamento, se eligen la mitad de los Diputados en circunscripciones uninominales. La otra mitad se elige en circunscripciones plurinominales departamentales, de las listas encabezadas por los candidatos a Presidente, Vicepresidente y Senadores de la República.
III. Los Diputados son elegidos en votación universal, directa y secreta. En las circunscripciones uninominales por simple mayoría de sufragios. En las circunscripciones plurinominales mediante el sistema de representación que establece la ley.
IV. El número de Diputados debe reflejar la votación proporcional obtenida por cada partido, agrupación ciudadana o pueblo indígena.
V. La distribución del total de escaños entre los departamentos se determinará por el Órgano Electoral en base al número de habitantes de cada uno de ellos, de acuerdo al último Censo
Nacional, de acuerdo a la Ley. Por equidad la ley asignará un número de escaños mínimo a los departamentos con menor población y menor grado de desarrollo económico. Si la distribución de escaños para cualquier departamento resultare impar, se dará preferencia a la asignación de escaños uninominales.
VI. Las circunscripciones uninominales deben tener continuidad geográfica, afinidad y continuidad territorial, no trascender los límites de cada departamento y basarse en criterios de población y extensión territorial. El Órgano Electoral delimitará las circunscripciones uninominales.
VII. Las circunscripciones especiales indígena originario campesinas, se regirán por el principio de densidad poblacional en cada departamento. No deberán trascender los límites departamentales. Se establecerán solamente en el área rural, y en aquellos departamentos en los que estos pueblos y naciones indígena originario campesinos constituyan una minoría poblacional. El Órgano Electoral determinará las circunscripciones especiales. Estas circunscripciones forman parte del número total de diputados.
Lo que dice la Ley 026 de Régimen Electoral:
SECCIÓN IIIELECCIÓN DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS Artículo 56. (COMPOSICIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS).
I. La Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional se compone de ciento treinta (130) miembros, de acuerdo con la siguiente distribución Departamental:
DEPARTAMENTO TOTALLa Paz 29Santa Cruz 25Cochabamba 19Potosí 14 Chuquisaca 11Oruro 9Tarija 9Beni 9 Pando 5
II. Esta composición será modificada por ley de la Asamblea Legislativa Plurinacional, después de un nuevo Censo Nacional de Población
> DATOS
23 www.revistalex.com |
ActualRevista Legal Lex
os resultados anticipados y parciales del censo 2012,
razono, reflejan, ni más ni menos, la realidad económica y social del país. La tasa de crecimiento de la población boliviana, que apenas supera el 2% anual, podría ser mayor debido a la sostenida disminución de la mortalidad infantil. Sin embargo, es contrarrestada por los bolivianos que emigran.
La disminución en la mortalidad infantil alcanzada en Bolivia en las últimas décadas no aleja a esta sociedad de exhibir las tasas de mortalidad más altas de América Latina. Grandes recursos se destinan a este fin, incluidos los de la ayuda internacional y los provenientes de la condonación de la deuda externa, que exige aumentar los gastos en salud.
La migración ha crecido en la última década y creo que es la causa principal para que la población registrada en el censo sea tan sólo de 10.389.913 habitantes, cifra a la que se alcanzó desde los 8.274.325 que el censo de 2001 contó.
En este período han nacido más de los dos millones de bolivianos en territorio nacional que hacen la diferencia entre estos dos censos, pero no encontraron las condiciones de empleo y salario como para quedarse. Relativamente elevadas tasas de mortalidad y de migración
son características que reflejan la pobreza que prevalece en el país y explican por qué la población crece como lo hace.
Las noticias muestran a personas de diferentes regiones preocupadas porque los resultados del censo afectarán la asignación de recursos fiscales y echan la culpa al censo. Con certeza el conteo no ha sido perfecto, particularmente en regiones remotas, pero los resultados finales no se alejan de manera exagerada respecto a las proyecciones basadas en censos anteriores. Como el dinero se reparte en función de la población, en todo lugar se quiere ser muchos más. Lo propio acontece con la representación política en el Poder Legislativo. Las cifras finales del censo reacondicionarán ambos: el dinero y los escaños.
Una mentalidad de desconfianza y la conducta que la acompaña hacen que unos resultados que en otras latitudes se aceptarían como naturales o parte de un proceso periódico realizado para conocer cuántos habitantes hay en un país, cómo están distribuidos y otras características relevantes, aquí son motivo para enarbolar reivindicaciones que conducen al conflicto.
Los resultados del censo deben servir para que, sobre los datos que arroje, se oriente el desarrollo socioeconómico de
Bolivia. Deben ser una de las bases para apuntar de manera específica cómo se propone vencer la pobreza, que se traduce en mortalidad infantil y emigración de una fuerza de trabajo.
En el discurso de evaluación de su gobierno el pasado 22 de enero, el presidente Evo Morales se refirió a 13 pilares que orientarán los objetivos al alcanzar el segundo centenario de Bolivia.
Se debe esperar que esos objetivos encuentren un fundamento más concreto en los datos que arroje el censo realizado en 2012. Los enunciados ambiciosos pueden servir para llenar discursos, pero hace falta decir cómo se lograrán. Un aspecto que hasta ahora no se encuentra en documentos ni en evaluaciones oficiales.
Nombre:Alberto Bonadona Cossío
Cargo:Economista
“Los resultados del censo deben servir para el desarrollo socioeconómico”
L
24 | www.revistalex.com
Actual Revista Legal Lex
“La representación tiene que
estar donde este la gente”
Nombre:German Antelo Vaca
Cargo:Senador por el departamento de Santa Cruz
año 2010. Hemos trabajado con el
Lic. Teófilo Caballero intensamente
el tema del censo, viajando a
las provincias compartiendo esta
inquietud y comparando datos, que
nos permiten decir que existe menos
población de la que se tenía
proyectada el año 2010.
El INE para el año 2010
proyectaba para Santa
Cruz 2.785.762 millones de
ciudadanos, esta proyección fue
actualizada por el Lic. Caballero
el 2011 y llegábamos a los
2.877 millones de ciudadanos
y resulta que los resultados
preliminares dados a conocer por
el presidente del Estado nos da
2.776 millones de ciudadanos,
menos que la proyectada por el
propio INE el año 2010. Eso nos
deja una duda, pero además el
ex director del INE Luis Pereira
calcula que aproximadamente en
Santa Cruz no han sido censadas
160 mil personas.
Estos son resultados preliminares,
vamos a tener resultados finales
en julio de este año recién y en
base a esos vamos a tener que
exigir lo que la constitución y la
Ley manda, la redistribución de
recursos de coparticipación en
donde los beneficiados serán
los Gobiernos Municipales y las
Universidades del país. Se calcula
para Santa Cruz cerca de 600
millones de bolivianos, que sin duda
van a beneficiar enormemente a la
población. También está el tema de
los derechos políticos de la gente
de ser representados, debiendo
para eso aumentarse los escaños
para la región.
LEX: En su paso por el Comité Pro Santa Cruz le toco una experiencia con el tema de la redistribución de escaño, ¿Qué recuerda de esta?Fue una lucha intensa que hizo en las
elecciones generales del año 2005
cuando salió electo el presidente
Evo Morales. En estas elecciones
por primera vez se iban a elegir los
Prefectos de los Departamentos
por voto popular, que era fruto de
nuestras luchas. Recordaremos que
en el segundo cabildo de enero de
ese año, previo a que ingrese como
presidente del Comité Pro Santa
Cruz, se nos dio el mandato primero
de lograr la elección de Prefectos
y el segundo la realización de un
referéndum vinculante para que
la autonomía sea incorporada en
la Constitución Política del Estado
(CPE). Eso se consiguió el 2 de julio
de 2006.
Lo que nosotros queríamos era
que nos asignen los escaños
que nos correspondían según el
censo del año 2001. Nosotros nos
movilizamos en pro de conseguir
este objetivo y los primeros que
asumieron la defensa de manera
participativa fueron los Comités
Cívicos Provinciales con una
huelga de hambre realizada en
el Salón Colonial del Comité Pro
Santa Cruz. La movilización obligo
a que los presidentes de ambas
Cámaras del entonces Congreso
Nacional bajaron a negociar la
representación que le respondía a
Santa Cruz, pero fue el presidente
de la Republica de ese entonces
Eduardo Rodríguez Veltzé, que a
través de un Decreto Supremo que
otorgo 3 de los 4 escaños que le
correspondía a este departamento.
El directorio del Comité Pro Santa
Cruz en pro de la democracia y
del proceso eleccionario acepto
esta determinación.
No se puede ceder lo que le
corresponde a la gente, porque
es un derecho constitucional, legal
y legítimo estar representado. Es
absurdo escuchar y peor aceptar
el argumento de algunos colegas
parlamentarios de oficialismo
como de la oposición, además
de autoridades departamentales
y municipales, decir que no van
a permitir que se les descuente
un solo centavo de recursos de
coparticipación y representación
política. Nosotros los bolivianos
tenemos 2 tipos de representación,
la primera por territorio que es el
Senado Nacional y la segunda es
por población que es la Cámara
de Diputados. La representación
tiene que estar donde este la gente.
LEX: Se ha escuchado la posición de algunos departamentos que no están favorecidos con los resultados preliminares del Censo 2012, sobre la posibilidad de hacer una reforma a la CPE en el artículo 146 para ampliar el número de parlamentarios, ¿Qué opina Ud. de esta posibilidad? En realidad los departamentos
no se ven afectados, porque
la representación territorial por
departamento la da la Cámara
de Senadores y eso no va a ser
modificado. Lo que se modifica es
la representación por población,
que se establece de acuerdo al
número de habitantes. Yo creo
que difícilmente se va a modificar
la CPE, porque eso puede generar
otra serie de demandas que no
OPINIÓN
LEX: ¿Cuál ha sido el análisis que ha podido realizar luego de conocidos los resultados preliminares del Censo Nacional de Población y Vivienda 2012?Haciendo un análisis de los
resultados del Censo y comparando
datos que tenemos, hemos podido
comprobar que los resultados nos
dan menos cantidad de habitantes
con relación a las proyecciones del
25 www.revistalex.com |
ActualRevista Legal Lex
van a querer ser tocados por el
Gobierno Nacional. La distribución
de escaños se tiene que hacer
en base al número establecido
actualmente que es 130 diputados.
No debería haber problema en
la distribución, porque donde hay
mayor población debe haber
mayor representación, pero va
a existir resistencia de aquellos
departamentos que son expulsores
de ciudadanos.
LEX ¿Cuál es el rol que tiene que jugar la institucionalidad cruceña?Yo creo que la sociedad civil
organizada, como lo ha hecho
Santa Cruz y otros departamentos
tiene que hacer un levantamiento
y un análisis profundo a los
resultados del Censo 2012, no
solamente al número de escaños
que le corresponde sino a
las necesidades mismas de la
gente de sus condiciones de
vida. Esto le va a permitir a la
institucionalidad cruceña, a través
de sus comisiones, va a tener que
presentar las propuestas para no
esperar que sea los políticos que
las presenten. Tiene que ser el
Comité Pro Santa Cruz que asuma
el rol de incidencia política.
El segundo papel es hacer que el
proceso autonómico se profundice,
el Comité Pro Santa Cruz consiguió
en el 2006 que los asambleístas
constituyentes incluyan en la CPE
las autonomías, ante la negativa de
los asambleístas del Movimiento Al
Socialismo (MAS), que nos obligó
a movilizarnos y la misma concluyo
con el cabildo del millón. Eso hizo
cambiar la historia de este país, de
eso no hay duda, que fue gracias
a Santa Cruz. Lastimosamente las
autoridades regionales del país
no han profundizado ese proceso
autonómico, ni siquiera han hecho
las leyes de las competencias
exclusivas que tienen actualmente
y eso ha retrasado el proceso. No
solamente pelear y decir que el
Gobierno Nacional no nos permite
avanzar, sino presionar para que
los Gobiernos Departamentales y
Gobiernos Municipales profundicen
la autonomía.
Un tercer papel que el Comité Pro
Santa Cruz debe plantear es que
la redistribución económica se lleve
adelante, porque sin plata no se
hace autonomía, y debe luchar
para que la representación política
sea adecuada. Santa Cruz no es
solamente el departamento más
grande sino el más poblado del
país, que junto con La Paz van a
tener el 50% de la representación
política en diputados, por la que
tiene la obligación de hacer un
liderazgo político.
LEX: Algunos sectores dudan que los resultados del Censo 2012 vayan a reflejar la realidad de Santa Cruz y proponen la realización de un Censo Departamental ¿Cree que esa actividad pueda realizarse? Yo particularmente creo que
algunos están emitiendo criterios
desconociendo la CPE, que
claramente no permite que el
Gobierno Departamental haga
censos ni los Gobiernos Municipales,
pero en su artículo 300 habla que
son competencias exclusivas de
los gobiernos departamentales
autónomos, en su jurisdicción
según el parágrafo 11 hacer las
estadísticas departamentales, lo que
quiere decir que podríamos hacer
un levantamiento datos, que podría
ser similar al Censo pero desde
otro punto de vista, definiendo
cuanto somos y cuáles son nuestras
necesidades como ciudadanos.
Esto podría hacerlo el Gobierno
Departamental, porque es su
competencia exclusiva, pero
lastimosamente no están asumiendo
sus competencias. Esto debió
haberse hecho antes que el
Censo de Población y Vivienda.
El Gobierno Departamental esta
3 años funcionando y tiene una
Ley departamental legislada, pero
no la ha llevado a la práctica. Si
nosotros hubiéramos hecho nuestras
propias estadísticas, nosotros le
hubiéramos expuesto al INE nuestros
resultados y ahí sin duda sabríamos
cuanto somos y cuáles son nuestras
necesidades. Lastimosamente no
hemos hecho eso.
Lo mismo ha pasado con el
Gobierno Municipal, que no
ha hecho su propio centro de
estadísticas, no ha emitido la Ley de
Estadísticas municipales y por tanto
no tiene manera de contrarrestar los
resultados que seguramente van a
salir sobre el municipio de Santa
Cruz de la Sierra.
JURISPRUDENCIA GENERALTribunal Constitucional PlurinacionalTribunal AgroambientalTribunal Supremo de Justicia
JURISPRUDENCIA COMENTADA LEGISLACIÓN
PRÁCTICA
Civil y MercantilContecioso - AdministrativoLaboralPenal ConstitucionalTributarioAgroambientalFamiliar
Normas BásicasLegislación GeneralOrdenanzas MunicipalesDecretos y ResolucionesLegislación Supranacional
ContratosMemoriales
OTRAS RESOLUCIONESTribunales Departamentales de JusticiaJuzgados
DOCTRINABiblioteca Internacional · Biblioteca NacionalArtículos Jurídicos · Diccionarios Jurídicos
Av. 26 de febrero N.2110 · Telf.: 3599239ayuda@difusionjuridica.com.bo
Santa Cruz - Bolivia
AYÚDENOS A AYUDARLE
“Un tercer
papel que el Comité
Pro Santa Cruz
debe plantear es
que la redistribución
económica se lleve
adelante, porque sin
plata no se hace
autonomía, y debe
luchar para que
la representación
política sea
adecuada”
26 | www.revistalex.com
ntender que el Comité Pro Santa Cruz tiene su rol definido, que representa a
toda la institucionalidad cruceña y lograr hacer desaparecer el fantasma de las logias cruceñas cada elección de esta entidad, son algunas de las conclusiones que llegaron tres analistas sobre el cierre de la gestión de Herland Vaca Diez al frente de esta institución.
Los tres coincidieron en la gestión saliente deja una entidad saneada en lo financiero, pero aun separada de las instituciones que componen su interior, esto se hizo más notorio por la confrontación que existió entre el presidente de la Cámara Agropecuaria del Oriente (CAO) y el titular del Gobierno Moral de los Cruceños Herland Vaca Diez.
“Decir que el presidente de la CAO es el responsable por la postura institucional sobre su relación con el Gobierno Nacional no está bien” señalo Nino Gandarilla, quien fue segundo vicepresidente del Comité Pro Santa Cruz en la gestión de Rubén Costas Aguilera, agregando que las decisiones
institucionales de cada uno de los sectores que componen la entidad cívica son decisiones corporativas.
Gandarilla justifica al actual presidente cívico en su decisión de confrontarse con el presidente de la CAO, porque esta institución abandonó las reuniones de Directorio causando una sensación de “frustración” durante la gestión que terminaraá el 26 de febrero del presente año. “La CAO también ha vivido un abandono de los sectores de poder, de los empresarios y de las logias Toborochi y Caballeros del Oriente” sentenció.
LA INSTITUCIÓN MÁS IMPORTANTE. El analista Manfredo Kempff señala que el Comité Pro Santa Cruz es la institución más importante del Departamento, pero lamentablemente en esta gestión lo que faltó fue apoyo de las instituciones, por lo que considera necesario que la tarea de la nueva directiva que salga electa es la de recuperar la unidad de la institucionalidad.
“Es un gran honor ser Presidente del Comité Pro Santa Cruz, cargo que por su mismo carácter honorífico es una distinción para cualquier cruceño. Uno no puede pensar en una mayor recompensa que en el reconocimiento de la ciudadanía a una labor en favor del pueblo y en el Comité encuentra eso” explica Kempff.
Este agrega que el titular de esta entidad tiene que ser un ciudadano absolutamente honrado en su pensamiento, en cuanto a sus propósitos con el pueblo y consiente de la responsabilidad que tiene la investidura, porque es una responsabilidad muy grande.
SE CARACTIZÓ POR LA PRUDENCIA. El ex rector de la UAGRM, Reymi Ferreira, señaló que la gestión que culmina el actual Presidente Cívico se caracterizó por la prudencia, la apertura y por asumir posiciones menos intransigentes que sus antecesores.
“Se debe reconocer que la supervivencia del Comité Pro Santa Cruz en esta
Actual Revista Legal Lex
LOGRAR LA UNIDAD DE LA INSTITUCIONALIDAD SERÁ EL LOGRO MÁS IMPORTANTE DE ESTA ENTIDAD
E
Crisis cívica
27 www.revistalex.com |
LegalRevista Legal Lex
circunstancias se debió en gran medida al esfuerzo personal del Dr. Vaca Diez, cuya honradez, sensibilidad e independencia política hicieron difícil cuestionar su liderazgo” puntualizo.
Ferreira cuestiona las críticas dirigidas al titular cívico saliente, al señalar que la época que le ha tocado dirigir esta entidad no ha sido fácil, dado que asumió una institución desgastada en una coyuntura en que la sociedad civil de Santa Cruz ha sufrido profunda transformaciones, “esto ha sumido al Comité en una crisis cívica, crisis de la que ningún voluntarismo la podrá sacar, sino una adecuada realidad que vivimos”.
Ferreira fue duro al criticar al fantasma de las logias en las elecciones de la entidad cívica, indicando que hace mucho tiempo estas debieron salir a la luz pública, pero lamentablemente mantienen su forma actuar amparadas en la oscuridad y el misterio. “Estas organizaciones les hacen daño a sus mismos integrantes y también a las instituciones que han venido copando, como por ejemplo el mismo Comité Pro Santa Cruz” señaló.
INJERENCIA POLÍTICA EN ELECCIONES CÍVICAS. Nino Gandarilla comparte con Ferreira en su crítica a las logias cruceñas, pero destaca que ambas están renovadas y lo demostraron con sus candidaturas que presentaron por separado.
Gandarilla descarta que en el interior del Comité la injerencia de partidos políticos pueda ser considerable, mucho peor el MAS que ahora está en función de Gobierno, “siempre hubo una leve injerencia (política), pero el funcionamiento del Comité no permite su avance. Los que van por el Comité son los mismos de siempre, con alguno que otro idealista radical”.
Manfredo Kempff si ve que en este momento hay el peligro de que se intente tomar el Comité Pro Santa Cruz, pero esto no sería la primera vez que ocurre, aunque reconoce que el hecho de descabezar los comités cívicos en los Departamentos no coinciden con la política del actual Gobierno pero no por eso hay que dejar de tener cuidado.
“Estoy seguro de que el Gobierno festejaría lograr hacer algo así, que todavía no lo creo posible por los candidatos que se presentan, pero no se debe descartar en modo alguno que haya la intención del Gobierno de ‘capturar ’ el Comité Cívico. Sería un triunfo espectacular” explicó.
Ferreira indica que más que tener miedo al Gobierno Nacional, se debe tener claro que las logias cruceñas manejaron a gana y gusto el civismo cruceño durante los últimos 25 años, esa fue la razón principal por la que dieron la espalda a la actual dirigencia no solo en lo económico, sino, principalmente, en cuanto al apoyo institucional. “La represalia de los grupos de poder contra el Dr. Vaca Díez, cuyo nombre no salió de la cofradía, fue el abandono al que se dejó al Comité, abandono que fue compensado, sin embargo, por una posición serena, inteligente pero decidida de la directiva cuya gestión termina en febrero de 2013” explico.
ActualRevista Legal Lex
HISTORIAEl Comité pro Santa Cruz, es la organización cívica de mayor jerarquía en el departamento de Santa Cruz, Bolivia. Es esencialmente apartidista, sin fines de lucro y de bien común, y actualmente aglutina en su seno a más de 200 instituciones de la sociedad civil.
En virtud de sus luchas por el bienestar de la región, ha sido distinguido por diversas organizaciones; y en ocasión de sus Bodas de Oro, el 30 de octubre del año 2000, recibió el máximo galardón nacional: el Cóndor de los Andes, entregado por el entonces Presidente de la República, Gral. Hugo Banzer Suárez.
El Comité se fundó un 30 de octubre de 1950 por instituciones representativas de Santa Cruz, a iniciativa de la Federación Universitaria Local (FUL). El primer Presidente del Comité Cívico fue Ramón Darío Gutiérrez. Actualmente el Comité
está presidido por el Dr. Herland Vaca Diez Bush.
LA ASAMBLEA DE LA CRUCEÑIDADEs el máximo órgano de decisión del Comité pro Santa Cruz. Está formada por:
> Seis Delegados de cada uno de los 24 grupos de instituciones afiliadas.> Los Presidentes de los Comités Cívicos de Provincias y de Secciones de Provincias.> El Presidente, los Vicepresidentes y directores en ejercicio del Comité pro Santa Cruz.> Los Ex Presidentes de la entidad.
TRASCENDENTALES APORTES CÍVICOS> Logro del cumplimiento de la Ley de Regalías Departamentales de hidrocarburos.> Lucha por la reconquista de la autonomía de los gobiernos municipales.> Lucha permanente por los cambios estructurales del Estado.> Impulso permanente a programas
de servicio y proyectos de desarrollo departamental.> Contribución constante a la preservación de la tradición cívica y cultural de Santa Cruz.> Creación de unidades educativas que aportan al desarrollo integral de los ciudadanos, tales como la Escuela de Líderes “Santa Cruz” y el Postgrado en “Historia del oriente Boliviano”> Impulsor del Centro de Rehabilitación “Nueva Vida Santa Cruz” en el fundo rural Espejos.> Promotor del Corredor Bioceánico Man Césped para la concreción del Proyecto de Desarrollo de Puerto Busch – Mutún y su interconexión vial, que permitirá nuestra salida soberana y digna al océano Atlántico.> Precursor de instancias constitucionales que permitan mayor participación ciudadana en las decisiones gubernamentales.> Principal impulsor de una genuina descentralización administrativa, a través de las Autonomías Departamentales.
> DATOS
28 | www.revistalex.com
Actual Revista Legal Lex
“El Comité Pro Santa Cruz va a ser el
embanderado de las grandes conquistas del país”
Nombre:Francisco Echazú Ramos
Cargo:Abogado
El Comité Pro Santa Cruz fue creado el 30 de Octubre de 1950. En Santa Cruz existía una costumbre de crear instituciones o comités para solucionar los problemas que teníamos los cruceños, sin embargo, el Comité Pro Santa Cruz con el tiempo va adquiriendo un rol definitorio en la política cruceña, liderando en 1957 y 1958 las luchas por las regalías petroleras.
Antes de las luchas por las regalías petroleras, el Comité Pro Santa Cruz en 1951 va a realizar el primero Paro Cívico Departamental en Bolivia. En nuestro país no existía la costumbre de hacer movilizaciones departamentales, sin embargo, ante la falta de combustible realizó esta movilización. No se podía entender como el departamento productor de combustible no tenía combustible, es como la azúcar, como puede ser que el departamento que produce azúcar no la tiene.
El Comité Pro Santa Cruz fue creado por jóvenes, surgió la Universidad, de la gente de vanguardia que pensaba que una transformación era posible. Las luchas cívicas fueron el examen más importante para el Comité y el haber triunfado, logrando el pago de las regalías petroleras, que estaban establecidas por Germán Busch en 1938 pero nunca el Estado Central las entregó. El haber logrado después de dos años de lucha, donde hubo muerte de jóvenes de la Unión Juvenil Cruceñista, de persecución y que esos jóvenes hubieran sido trasladados a campos de concentración fue una de sus principales conquistas.
1965 el Comité Pro Santa Cruz se volverá a abrir y a partir de ese momento va a ir adquiriendo mayor fuerza, porque durante las dictaduras militares el Comité va a ser el espacio de debate. Es en 1970 que en el resto del país se crean Comités Cívicos, copiando el creado en Santa Cruz.
En los años 80 el Comité Pro Santa Cruz va a ser el embanderado de la democracia, quien va a promover y a realizar otro Paro Cívico importante van a ser los cívicos, en el momento que Oscar Román Vaca se va a oponer a la dictadura de Luis García Meza. La conquista por el restablecimiento de la democracia va a ser una más de sus conquistas, cosas que en el resto de Bolivia no lo quieren reconocer, pero la evidencia y los hechos así lo demuestran.
En 1983 va a empezar la lucha por las autonomías municipales y posteriormente la lucha por la descentralización administrativa, entonces el Comité Pro Santa Cruz va a ser el embanderado de las grandes conquistas del país y creo que así seguirá siendo, independientemente de lo que está pasando en la actualidad. El Comité Pro Santa Cruz seguirá siendo el representante de la política cruceña.
29 www.revistalex.com |
“El Comité Pro Santa Cruz va a ser el
embanderado de las grandes conquistas del país”
ActualRevista Legal Lex
ciudadanía, no habían tenido la formación conceptual, ni la visión de lo que necesitaba para defender y aplicarlo, porque desde el punto de vista político, social, administrativo y económico hay que tener planes bien elaborados.
LEX: ¿Cuál cree que será la tarea de la próxima directiva del Comité Pro Santa Cruz? Yo creo que el Comité Pro Santa Cruz como está, con todos sus defectos y dolencias, necesita una refundación. El Comité Pro Santa Cruz se fundó ante una necesidad y con ciertos objetivos que fueron cumplidos. La Santa Cruz que tenemos es otra y por lo tanto el Comité Pro Santa Cruz tiene que ser otro. Los desafíos que tiene el Comité Pro Santa Cruz tienen que ser otro y para eso necesita refundarse.
Esa refundación debe hacerse desde el inicio, si quiere hasta del nombre de la institución. Habría que hacer una reforma fundacional del Comité Pro Santa Cruz donde organismos internacionales o empresas hagan un estudio de la institución, donde la sociedad cruceña tenga participación en la reformulación de la institución y aunque duela hay que seguirlas. El civismo está en crisis, creo que la representación también y yo hice lo que pude.
Yo siempre dije que quería que me presten un rato el Comité Pro Santa Cruz, como los jóvenes cuando les dan una pelota, ven el tiempo que es corto y quieren seguir jugando, pero ese no es mi caso, yo no quiero seguir jugando justamente porque veo la necesidad de transformación al interior de la institución. Sé que en Santa Cruz existe mucha gente
buena, jóvenes profesionales muy capaces, gente solidaria, valiente y que aman a Santa Cruz, a todos ellos me interesaría verlos en el Comité Pro Santa Cruz, construyendo una ciudadanía y la Santa Cruz del futuro. No podemos limitarnos en pensar solo en el Gobierno Nacional y en Bolivia, porque estamos en un país que ha tenido toda una historia de fracaso. Creo que en Santa Cruz y el cruceño tiene que hacerse.
LEX: ¿Existe unidad en la institucionalidad cruceña? Se habla que no existe unidad, pero la unidad se construye en torno a principios básicos, en mis dos años he visto que en los cruceños existe mucha ambición por lo material, el protagonismo y la figuración. He visto mucha deslealtad, cosas que hieren y que lastiman. Yo creo que nadie debe seguir a un desleal, nadie sigue a ninguna persona que no sea valiente y esté dispuesta a hacer todo por su región, ese es el cruceño que quiero, que entre al Comité Pro Santa Cruz y que se le garantice su participación.
Muchos me decían que dos años son poco tiempo para acabar con la desconfianza y el recelo que hay con el Comité Pro Santa Cruz, por eso, si los que acceden en la próxima gestión a dirigir esta institución no logran la transformación, están perjudicando a la institución como instrumento y a Santa Cruz como departamento, porque los atrasos cuestan caro y es la gente la que sufre.
El Comité Pro Santa Cruz tiene un potencial extraordinario y está por encima de todo los intereses, en un país donde la democracia es tan imperfecta y la
organización del Estado también, donde las diferencias culturales, religiosas, étnicas, políticas son tan divergentes y en la mayoría de los aspectos antagónicas, está esta institución que ofrece y debe ofrecer ambientes de discusión, ser una fuente de información sobre todos esos defectos que tiene el país y todas las instituciones en la región, formando así a la ciudadanía de Santa Cruz.
LEX: ¿Se sintió solo el Presidente del Comité Pro Santa Cruz en su gestión o consideró que la misma realidad de Santa Cruz en este momento es esa?Yo no he sentido en ningún momento oposición, pero hubo una resistencia pasiva, puede llegar a compararse como una huelga de brazos caídos (risas) de las instituciones que conforman el Comité Pro Santa Cruz. Creo que dijeron que si quería cruzar el lago, que lo haga y a ver si llegas a la otra orilla o como lo hacía, pero sin recibir apoyo por todo lo que dije, yo podía hacerlo.
Hoy puedo decir que cruce el lago, me faltan pocos días para entregar el cargo. Yo he insistido que lo fundamental de esta gestión en el Comité Pro Santa Cruz, donde no han existido grandes movilizaciones pero hemos participado de varios eventos importantes, ha sido la defensa de los valores democráticos, exigir el respeto de los derechos humanos y eso me llena de satisfacción, porque Santa Cruz comenzó a responder con recelo pero a responder. Hemos comenzado una etapa de recuperar la credibilidad en los cruceños.
Nombre:Herland Vaca Diez Busch
Cargo:Presidente del Comité Pro Santa Cruz
“El Comité Pro Santa Cruz
tiene que refundarse”
LEX: ¿Cuál es el balance realizado de sus dos años al frente del Comité Pro Santa Cruz? Ha sido marcada por ser una gestión de reflexión y de información sobre cosas que no se decían, ni que se pensaban decir antes. El mayor mérito de mi gestión es que primó primero la razón ante que los instintos y los sentimientos, esto porque los cruceños fuimos entusiasmados y movidos mucho por los sentimientos, pero aquellos que lideraron, ilusionaron y movilizaron a todo un pueblo no habían sido tan cruceños. Eso me permitió ver esta experiencia.
También me permitió observar que los que llevaron adelante este proyecto, que movilizó a la
30 | www.revistalex.com
LEX: ¿Por qué en su gestión no se generaron grandes movilizaciones y se tomó mucha cautela en la toma de decisiones?Fue prudente en primer lugar porque tuve poco asesoramiento. El país ha elaborado 1.100 leyes en lo que va en la gestión del Gobierno Movimiento Al Socialismo (MAS). Los políticos cruceños no las conocen pero es bueno que el Comité Pro Santa Cruz las conozca y las debata. Debimos tener un equipo jurídico que haga un análisis sobre cada Ley o Decreto que ha sido puesto en vigencia, pero además, que también defienda los derechos humanos, para defender a los presos políticos y principalmente Santa Cruz necesita de ese instrumento para avanzar, por eso en la refundación del Comité Pro Santa Cruz se tiene que trabajar en crear el aparato jurídico, económico, comunicacional y político. Si bien el Comité Pro Santa Cruz es un ente apartidista, pero en su seno es un ente político de acción y de información con una óptica imparcial.
Porque en mi gestión no me la jugué más como dicen muchos, porque no tenía atrás muchas personas, realmente no tenía para hacer ningún tipo de movilización un solo aporte económico, todo lo que se ha hecho ha significado un sacrificio personal. Los aportes
quedaron muy cortos y las deudas muy grandes.
LEX: En uno de sus primeros discursos dijo que quería un pueblo valiente, ¿Encontró al pueblo valiente que buscaba?
No, porque nadie nace valiente y nadie nace cobarde. El ser humano tiene mecanismos de defensa, de protección y supervivencia que lo hacen temer a determinadas circunstancias y atreverse a otras, pero fuera de esos elementos intuitivos u hormonales, el hombre tiene la capacidad de razonar y de conocer. Yo vi la necesidad que había de formar a los actuales cruceño en el sentido que conozcan más la historia de Santa Cruz, no se defiende nada que no se ama y no se ama nada que no se conozca.
Nuestro departamento tiene casi el mismo número de habitantes cuando yo fui a estudiar a Uruguay, tres veces más extensión y es más rico.
En Santa Cruz no debe haber hambre, no debe haber gente desnutrida, porque somos extremadamente ricos, porque tenemos tierra y tenemos suficiente apoyo tecnológico para producir. Considero que si existe pobreza en Santa Cruz es por la mezquindad
de los que tienen.
LEX: ¿La situación financiera en el Comité Pro Santa Cruz fue lo más duro que tuvo que afrontar en su gestión? Demasiado duro, en este momento tengo 10 bs. En mi billetera (Cuando se realizó la entrevista) y estoy midiendo mis pesos día a día, trabajando hasta donde me dan mis fuerzas, porque me hicieron gastar demasiado. Las gestiones anteriores dejaron muchas deudas, funcionarios con salarios muy altos y que cobraron sus beneficios sociales elevados. Me encontré con un Comité Pro Santa Cruz de cruceños que no eran cruceños, que estaban viendo una serie de intereses que no eran los intereses de Santa Cruz eso me hizo sufrir mucho.
Pero hubo cosas buenas, demasiadas diría yo que compensaron esa situación, que dieron fuerzas para seguir avanzando. Una de las cosas que yo siempre tuve, que a pesar de las quejas, fue la decisión de no abandonar el Comité Pro Santa Cruz. Pero dar un sacudón en el medio de la gestión y hacer lo que propongo ahora que es una refundación tuvo en mi mente.
Actual Revista Legal Lex
“El Comité
Pro Santa Cruz
tiene un potencial
extraordinario y
está por encima de
todo los intereses,
en un país donde
la democracia es
tan imperfecta y la
organización del
Estado también”
31 www.revistalex.com |
LegalRevista Legal Lex
ograr unificar la oposición para las próximas elecciones nacionales del
2014 no parece ser tarea fácil, al menos si no existe voluntad política por parte de los actores en el país. Esa fue la coincidencia de los diputados Tomás Monasterio, Vanessa Moreno y Rafael López al momento de ser consultados sobre la posibilidad de lograr un gran acuerdo entre las fuerzas políticas, como sucedió en las elecciones departamentales del Beni para enfrentar al Movimiento Al Socialismo (MAS) que seguramente llevará al presidente Evo Morales a la reelección.
“No creo que vamos a lograr nada si vamos 4 o 5 locos a las elecciones nacionales por el simple hecho que tenemos una sigla” señala Monasterio al momento de comenzar su intervención, que convoca a los líderes de oposición a desprenderse
de sus aspiraciones por el bien mayor que es el país.
Similar criterio, tiene el diputado nacional y ex ejecutivo de la Federación Universitaria Local, Rafael López, aunque el mismo considera que esto puede ser difícil de conseguir dado que las fuerzas políticas como Unidad Nacional (UN) y el Movimiento Sin Miedo (MSM) son fuerzas totalmente diferentes, con ambos líderes con sus aspiraciones definidas.
“La oposición tiene que tener madurez y despojarse de egoísmo” sentenció Vanessa Moreno, indicando que esa es la única fórmula para poder llevar adelante un bloque de oposición fuerte y que de esperanza a los bolivianos que es posible tener días mejores.
La oposición en el Beni alcanzó una alianza para enfrentar al MAS en las elecciones departamentales, firmando un acuerdo para que a través de una encuesta a nivel departamental pueda elegirse al candidato que representará este bloque, siendo el elegido Carmelo Lenz, quien en ese momento fungía como subgobernador de la provincia Vaca Díez.
“Las fuerzas democráticas han anunciado el candidato elegido por el pueblo para la Gobernación de Beni: Carmelo Lenz profesional con experiencia”, informó vía Twitter Samuel Doria Medina, líder del partido Unidad Nacional (UN), en ese momento.
¿CÓMO LOGRAR QUE SE REPITA ESTA FORMULA? Monasterio señala que desde hace tiempo
ActualRevista Legal Lex
UNA TAREA PENDIENTEUNIR A LA OPOSICIÓN SIGUE SIENDO UNA TAREA DIFÍCIL PARA LOS ACTORES POLÍTICOS
L
32 | www.revistalex.com
vienen trabajando comprometidos en construir una propuesta alternativa al país, buscando repetir lo sucedido en Beni que tuvo resultados positivos para la oposición, al ofrecerle a este departamento como principal bandera la unidad para progresar.
“Tiene que haber una voluntad de todos los políticos de oposición, salir de una forma monolítica y decirle al país que esta es la opción. Tenemos que aprovechar y unirnos ahora que el Gobierno Nacional ha caído por su propia lengua, por sus propios actos y no hemos necesitado nosotros hacer nada para que esto ocurra” señalo Moreno.
Rafael López es más radical en su posición, señalando que mientras UN y MSM mantengan sus aspiraciones será difícil, por lo que ambos partidos trabajaran para ser la opción de la oposición a nivel nacional, dedicándose al oriente y al occidente buscando restárle votos al Gobierno Nacional.
“Este no puede ser un tema de respetar espacios, dado que estos no tienen título de propiedad de un determinado actor político. Si copiamos fiel mente la fórmula que empleo el Beni el resultado será positivo. Necesitamos no creernos los dueños o los líderes del proceso” añadió Monasterio.
Previo a las elecciones en el Beni Ernesto Suarez de Primero el Beni, Ruben Costas de Verdes, Johnny Torres del MNR, Freddy Terrazas de ADN, Oscar Ortiz de Consenso Popular y Samuel Doria Medina de UN
se reunieron firmar un acuerdo para las elecciones del Beni, que como resultado darían a Carmelo Lenz convertido en Gobernador.
¿UNA FORMULA CRUCEÑA ALTERNATIVA PARA LAS PROXIMAS ELECCIONES?Rafael López explica que sería una alternativa para garantizar mayor representación parlamentaria y garantizar que el MAS no obtenga los dos tercios, como actualmente ocurre en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALD), logrando convertirse en la oposición más grande del país.
“Santa Cruz tiene como líderes a Rubén Costas y German Antelo definidos, de lograr un acuerdo entre ambos sacaríamos 3 senadores y 17 a 18 diputados nacionales, manteniendo y convirtiendo a Santa Cruz en la oposición más grande en el legislativo nacional”.
Monasterio y Moreno descartan esta posibilidad totalmente, dado que es necesario actuar con madurez política en estas elecciones general del 2014 para evitar la reelección del Presidente Evo Morales.
“Los cruceños debemos encontrar a través de un binomio no solo la representación del Oriente, sino también del occidente en el país, no podemos seguir con la política sesgada a la que nos hemos acostumbrado a vivir cada proceso electoral” explica Monasterio, añadiendo
que basta con ver lo que sucedió con Convergencia Nacional pasadas las elecciones.
Moreno agrega que hay que pensar bien los pasos que se van a seguir en las próximas elecciones, porque más que el interés regional debe existir el interés nacional, pero sobre todo debe haber mucha habilidad política a la hora de tomar una decisión. “Si no logramos una paridad entre Oriente y Occidente no creo que en las próximas elecciones logremos un buen resultado” finalizo Moreno.
López si cree que no se está mirando en diseñar en común una estrategia política por el bienestar de los hijos y nietos de cada uno de los actores políticos, porque se sigue pensando en una alianza coyuntural para las elecciones y no para más adelante.
Actual Revista Legal Lex
> DATOS
> El Tribunal Departamental Electoral de Beni confirmó la victoria de Carmelo Lenz con 53% de los votos y por lo tanto será el Gobernador de este departamento. Lenz completara el periodo de Ernesto Suarez que se vio obligado a renunciar al cargo.
> La representante del MAS, Jessica Jordan, no superó el 44% de la votación, el postulante indígena Pedro Nuni sólo pudo alcanzar el 2,65% y finalmente Ademirson Algarañaz de Nacer llegó al 0,73%.
> En Sucre las agrupaciones de Jaime Barrón, Sabina Cuellar y Samuel Doria Medina se unieron para lograr ganar la alcaldía de este municipio. Moisés Torres logro convertirse en el alcalde de esta ciudada.
> DATOS
33 www.revistalex.com |
ActualRevista Legal Lex
Estamos satisfechos por el mensaje que ha dado el Beni el día de las elecciones, un mensaje de presente y de futuro, un mensaje que el Gobierno Departamental del Beni ha sido recuperado por ellos, porque con su voto han decidido quien es la primera autoridad política de ese departamento. También se ha demostrado que el camino de la unidad, es el camino que permitirá avanzar y recuperar Bolivia para los bolivianos.
El conteo realizado por el Tribunal Electoral Departamental del Beni revela una clara victoria de Carmelo Lenz frente a la candidata del partido del Gobierno Nacional, esa diferencia de 10 puntos muestra que en política David puede vencer a Goliat pese a todas las adversidades. El uso de los recursos estatales, aviones, a tener autoridades
parcializadas, ha logrado tener una victoria clara y que el pueblo es sabio.
Nosotros no teníamos ninguna duda que Carmelo Lenz iba a ganar en la primera vuelta, porque los benianos estaban convencidos que era el momento de enviarle el mensaje al país que el camino de la unidad, es el adecuado frente a la dispersión del voto. Ahora lo más importante es que todos los partidos que hemos participado de esta alianza, estemos conscientes que con este resultado debemos seguir trabajando en todo el país, para que en las elecciones generales del 2014 lleguemos con un proyecto de unidad.
La jornada electoral en el Beni ha sido desigual, cuando llegábamos al cierre de campaña de Carmelo Lenz se encontraba el avión presidencial en el
aeropuerto, la candidata oficialista se trasladó en un avión de la Fuerza Aérea a Trinidad y Riberalta, en las concentraciones del MAS se regalaban motocicletas, el canal estatal transmitía los actos de la campaña de Jessica Jordán por eso la campaña fue tan desigual. Pero no solo eso, el órgano electoral del Beni tampoco jugo limpio, realizando actos que no iban acorde con su acción como árbitros, como actores imparciales en el proceso electoral.
Esos hechos fueron los que de una u otra manera permitieron a los benianos irse convenciendo de votar por Carmelo Lenz. El pueblo vio y se convenció de la campaña excesiva que realizo el Gobierno Nacional en favor de la candidata oficialista, que con su voto rechazo y dijo que su campaña ha sido grosera.
Nombre:Samuel Doria Medina
Cargo:Jefe de Unidad Nacional
“Los benianos estaban convencidos que era
el momento de enviarle un mensaje al país”> DATOS
OPINIÓN
34 | www.revistalex.com
Actual Revista Legal Lex
“Una candidatura para presidente
y vicepresidente netamente cruceña”
Nombre:Javier Limpias Chávez
Cargo:Asambleísta Departamental de Santa Cruz
LEX: Pasadas las elecciones en el Beni, las diferentes fuerzas políticas que formaron parte de la alianza que impulso la candidatura de Carmelo Lenz hablan de la creación de una fórmula de unidad para las elección del 2014, ¿Cuál es su análisis sobre esta posición?Iremos por partes a la pregunta.
La candidatura de Lenz era un
secreto a voces muy poco tiempo
después de la renuncia de Ernesto
Suárez. Eso quiere decir que lo
de la encuesta para elegir al
candidato no fue más que un
discurso político creado dentro
de una estrategia por la coalición
electoral triunfadora. Ahora bien,
es indudable que, merced al
resultado del Beni, quizás una de
la opciones para hacerle frente
electoralmente a un MAS sólido
sea replicar nacionalmente la
propia fórmula beniana, es decir
insistir en la polarización del voto
y que todos, o la gran mayoría de
los opositores logren un binomio
opositor de unidad política. Que
esto se vaya a lograr en una
elección nacional con el mismo
resultado son dos pesos aparte.
LEX: ¿Cuáles creen que han sido los factores que obligaron a la población beniana a votar por Carmelo Lenz? Lo que logró el triunfo de Lenz
sobre el MAS no fue otra cosa que
el rechazo visceral a un proyecto
político y la polarización electoral.
No hubo un candidato ganador
que fuera querido ni conocido
por todos lo benianos, no hubo
una campaña larga ni onerosa de
parte de Lenz. Lo que sí hubo fue un
gobierno torpe, que quiso comprar
conciencias y votos, y obviamente
el pueblo beniano, que no deja de
ser estrictamente conservador en
sus decisiones, voto en contra de la
torpeza del gobierno y no a favor
de alguien.
LEX: ¿Se puede pensar en una candidatura cruceña o una formula cruceña para las próximas elecciones? ¿Por qué?
De no lograr nacionalmente una
polarización efectiva preelectoral,
donde se identifiquen claramente
dos candidatos fuertes, hay otra
teoría electoral para lograr, a
mediano plazo, arrebatarle el
poder al MAS y que se traduce
en dos o tres candidaturas de
oposición regionalizadas, que
estén en sintonía discursiva y que
logren un control absoluto en
sus departamentos o regiones.
De ahí la idea de tener una
candidatura para presidente y
vicepresidente netamente cruceña.
Así se estaría demostrando unidad
departamental, que tanta falta
hace, en torno a un proyecto
político nacional con raigambre
departamental. No es ilógico
pensar en esta propuesta, inclusive
desde mi punto de vista la prefiero
en vez de insistir en una polarización
nacional.
LEX: ¿Cómo se podría plasmar está en hechos concretos? En las elucubraciones teóricas sobre
las ciencias sociales, y en especial
la política, el “cómo” es lo más difícil
de responder, sin embargo estoy
convencido de que si hay unión
entre liderazgos políticos cruceños
y con proyecto político cruceño
para el país, lo demás viene por
añadidura. Seré más explicito, el
momento que se logre sellar una
alianza política sensata, solvente
y duradera entre Rubén Costas y
Germán Antelo, donde se lo haga
en proyección a veinte años, con
una visión desde Santa Cruz hacia
el país, estaríamos dando pasos
agigantados hacia la unidad
política del departamento. ¿Cómo
se logra esto? Tomando asiento,
además de una larga y pausada
bocanada de aire, y empezar a
buscar los puntos de coincidencias,
que son muchos, y trabajar en lo
que nos separa. Parece fácil, es más
es lo que la gente quiere y pide, sin
embargo es una tarea pendiente
que no obliga a considerarla.
LEX: Las alianzas políticas son coyunturales para las elecciones, ¿Cómo lograr que la misma pueda perdurar? Lo que estoy mencionando no
es coyuntural, no debería serlo,
y la única forma de que no sea
así es aplicando la misma receta
que se aplica en los matrimonios:
reconocimiento y respeto por el otro,
paciencia, confianza, y un horizonte
estratégicamente diseñado en
común por el bienestar de los hijos
y nietos. Así funcionan las alianzas
que perduran en el tiempo.
“En las
elucubraciones
teóricas sobre las
ciencias sociales, y
en especial la política,
el “cómo” es lo más
difícil de responder”
35 www.revistalex.com |
l fiscal de Materia, Osman Arias Villarroel, imputo de forma provisional a José
Luis Mendoza Arancibia, Leonel Montero Viricochea y Marco Antonio Flores Moreno por el supuesto delito de robo agravado previsto en el artículo 332 del Código Penal y a Sara Salvatierra Peralta por el supuesto delito de Robo Agravado en el grado de complicidad, esto por haber tenidos todos participación directa en el robo de 266 mil bolivianos pertenecientes al Servicio de Registro Cívico (SERECI).
RELACIÓN DE LOS HECHOS. En fecha 11 de Enero de 2013, a horas 13:45, Jaime Gonzales Arenas Camacho, en su calidad de subdirector y asesor legal del SERECI, formalizo la denuncia contra de los que resultares autores, de la comisión del delito de Robo Agravado, manifestando que ese mismo día, aproximadamente a las 7:30 de la mañana, en circunstancias
en que el ciudadano José Luis Mendoza Arancibia, funcionario de esta entidad, se encontraba conduciendo un vehículo de la institución por mediaciones de la calle España y Cuellar dirigiéndose a las oficinas del Banco Unión, a realizar el depósito de la suma de 300 mil bolivianos, siendo interceptado violentamente por dos o más personas, quienes utilizando armas de fuego, le habrían arrebatado el dinero luego de golpearlo, dándose a la fuga con rumbo desconocido.
Conocido el hecho, de manera inmediata miembros de la policía de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), inicia la investigación y consigue a arrestar al ciudadano Rolando Pinto, quien manifestó que, el ciudadano José Luis Mendoza Arancibia, supuestamente la víctima, antes de navidad le habría propuesto que junto a otras dos o tres
personas más, que el debería buscar, procedieran a atracarle y llevarse la remesa del SERECI, toda vez que resultaría muy fácil, ya que el normalmente transportaba el dinero personalmente y sin ningún tipo de escolta.
Con esta información y otros elementos investigativos, que hacían presumir la autoría de José Luis Mendoza Arancibia, es aprendido por orden del Ministerio Público, y luego de ser dado de alta, conducido a las dependencias de la FELCC, donde admitió haber planeado el hecho, junto con Marco Antonio Flores y Marco Leonel Montero, en contra de quienes también se libró mandamiento de aprehensión, habiendo sido aprehendidos y recuperado en su poder parte del dinero robado, y secuestrar el vehículo en el cual cometieron el hecho.
Caso del MesRevista Legal Lex
¿Cuánto era el dinero robado del SERECI?FUNCIONARIO SERÍA EL RESPONSABLE DEL DELITO, SEGÚN DECLARACIONES DE LAS OTRAS PERSONAS
E
“Una candidatura para presidente
y vicepresidente netamente cruceña”
36 | www.revistalex.com
Caso del Mes Revista Legal Lex
> Tres delincuentes armados asaltaron la mañana de este viernes a un funcionario del SERECI en inmediaciones de la calle Cuéllar y España. Los asaltantes se llevaron 260 mil bolivianos.
> La conclusión a la que llegó la Policía y el Ministerio Público da cuenta de que el atraco en el que delincuentes sustrajeron Bs 260.000 e hirieron a un funcionario del SERECI, fue planeado por la víctima del robo. Hay cuatro personas aprehendidas.
> Según el fiscal, el subdirector de SERECI formalizó la denuncia por robo de Bs 366.000, luego el funcionario declaró que trasladaba Bs 266.000, pero las personas que sustrajeron el dinero aseguran que solo había Bs 127.000 de los cuales la Policía recupero Bs 82.000.
> Mendoza Arancibia trabajaba hace seis años en el SERECI y desde julio del 2012 fue designado como recaudador de la entidad y transportaba la recaudación del día al Banco Unión.
> Solo se logró recuperar Bs 82.000 de las remesas del SERECI y se secuestró una vagoneta Toyota Corolla, con placa de control 2161-KHB color blanca que fue utilizada en el atraco.
> DATOS
En las diligencias de investigación, realizada por la policía, con el fin de aprehender a Marco Antonio Flores, se consigue aprehender también en flagrancia a Sara Salvatierra, quien fue enviada por Marco Antonio Flores, a entregar su parte del motín, supuestamente a José Luis Mendoza, sin embargo eran las investigadores de la FELCC, quienes la estaban esperando, procediendo inmediatamente a su aprehensión, recuperando de su poder, la suma de 41.500 bolivianos, siendo traslada también, a la FELCC.
FUNDAMENTACIÓN.De todos los elementos obtenidos dentro de la investigación preliminar, se tiene que el hecho ha existido, que constituye delito
y que existen los suficientes elementos para presumir que los denuncias José Luis Mendoza Arancibia, Leonel Montero Viricochea y Marco Antonio Flores son con probabilidad autores o participes del delito de robo agravado descrito y sancionado en el Código Penal y Sara Salvatierra por el mismo delito pero en el grado de complicidad.
El Ministerio Público observa que existen los suficientes elementos de convicción de que los imputados no se someterán al proceso y que obstaculizaran la averiguación de la verdad, toda vez que no han demostrado tener domicilio fijo, tampoco no cuentan con un trabajo licito estable, por lo que con el fin de proseguir con la investigación del presente caso hasta su esclarecimiento y asegurar la presencia de los mismo el Ministerio Público solicito la detención preventiva en el Centro de Rehabilitación Palmasola de la ciudad de Santa Cruz.
Asimismo, con el fin de proseguir con la investigación y asegurar la presencia de la imputada Sara Salvatierra, solicito como medida cautelar se aplique Medidas Sustitutivas a la Detención Preventiva, y sea las que establece el artículo 240 de la Ley 1970, que tiene que ver con la presentación ante el Ministerio Público una vez por semana, se ordene su arraigo y se presenten dos garantes personales con solvencia moral y económica.
37 www.revistalex.com |
Caso del MesRevista Legal Lex
LEX: ¿Cómo se llegó a la conclusión que el ex funcionario del SERECI fue el quien planifico el robó del dinero a su persona?Conocida la denuncia del hecho que ocurrió el día viernes en horas de la mañana, un grupo espacial de la FELCC se constituye en el lugar del hecho para comenzar una investigación. En primera instancia la Policía logra detener a Rolando Pinto, quien es amigo del funcionario del SERECI, quien en su declaración informativa explica que en diciembre antes de navidad, en un reunión donde ambos se encontraban, él mismo le propuso que organicen un auto robó a su persona dado que diariamente el trasladaba dinero al Banco Unión sin escolta. Esta declaración fue la pista que permitió a la Policía, junto con otros elementos, sospechar que José Luis Mendoza habría planeado el hecho e inmediatamente el Ministerio Público libro el respectivo mandamiento de aprehensión.
No quiero pensar o hablar mal de los médicos que lo atendieron, quienes al parecer en su informe se buscó favorecer al imputado con el tiempo de internación, por lo que nos obligó a llamar al médico forense que trabaja con el Ministerio Público, quien dijo que el golpe no había sido de gravedad. El traslado se realizó el sábado en la noche, pero desde las primeras horas de la mañana la Policía se encontraba en la clínica donde, estoy hablando del imputado, guardaba reposo.
En la FELCC en su declaración, el mismo admitió la comisión del hecho, dio los nombres de las otras dos personas y el colaboro a la Policía para detener a sus otros dos cómplices, quienes también se llevaron la plata.
Se recuperó la suma de Bs. 82.000 y la camioneta del SERECI no fue secuestrada. El SERECI ha pedido la devolución del vehículo y del dinero recuperado.
LEX: En algún momento el ex funcionario del SERECI se contradijo en su declaración y esto habría permitido llevarlo a admitir el hecho Contradecirse en cuanto a cómo ocurrió el hecho mismo nunca existió. La contradicción que aparentemente existe es en cuanto al monto del dinero y ese es un tema que vamos a investigar por lo siguiente: el hecho ocurre a las 7 de la mañana y exactamente a las 12:45 del mismo día, después de 5 horas de ocurrido el hecho, realizo la denuncia el subdirector del SERECI he indica que le habrían arrebatado en el atraco la suma de Bs. 360.000. No sé si fue un error del funcionario que realizo la denuncia, pero eso es lo que vamos a investigar, porque la supuesta víctima dice que el lleva Bs. 266.000. Un dato adicional a esto, es que cuando se los aprehende a los otros dos cómplices, los que se llevaron la bolsa con el dinero, por separados sin haberse comunicado entre ellos dice que en la bolsa solamente habían Bs. 124.000.
El funcionario del SERECI un día antes del hecho, como todos los días al finalizar la tarde, buscan el dinero de las 4 cajas que tienen, hacen el arqueo y el departamento de contabilidad le dice cuanto iba a ser el monto que tenía que ser depositado, eso lo debe saber el quien presenta la denuncia.
LEX: ¿Ud. ha solicitado la información al SERECI para aclarar esas observaciones entre la denuncia y las declaraciones de los imputados? El SERECI a requerimiento mío presento un informe general de lo que se recauda cada mes. Yo le hice notar al encargado, es que lo que se necesitaba era el informe de lo recaudado un día anterior, esto por las contradicciones en los montos en la denuncia y las declaraciones de los auto atracados. Yo necesito que me diga el SERECI cuanto era el monto que lleva José Luis Mendoza el día que lo atracaron y hasta la fecha no he recibido esa información.
Nombre:Osman Arias Villarroel
Cargo:Fiscal de Materia
“Él admitió el hecho y colaboró con
la detención de sus complices”
“El SERECI
presento un informe
general de lo que se
recauda cada mes.
Yo le hice notar al
encargado, es que
lo que se necesitaba
era el informe de lo
recaudado un día
anterior”
38 | www.revistalex.com
l vicepresidente de Venezuela, Nicolás Maduro, encarnó a Hugo Chávez, quien convalece en La Habana por la recurrencia del cáncer, y juró en su reemplazo, en
una multitudinaria concentración convocada en sustitución al acto de investidura de Chávez para el mandato 2013-2019.
“Comandante: Aquí hay un pueblo leal que lo eligió, que lo defiende y que hoy ha venido con la Constitución en la mano a hacer un juramento colectivo”, dijo Maduro con un ejemplar de la carta magna en alto al dirigirse a miles de chavistas.
En el mismo encuentro, el funcionario aseguró hoy que el Gobierno está listo para continuar la revolución bolivariana, a pesar de la ausencia por enfermedad del presidente.Maduro dijo que el mandatario sigue en su batalla por la vida tras una reciente
Internacional Revista Legal Lex
Nicolás Maduro ‘encarna’ a Hugo Chávez y jura al cargo por élVENEZUELA:
Ecirugía y “aquí están el Gobierno, la Fuerza Armada y un pueblo que están en la calle, construyendo todos los días la patria”.
“Nuestros compañeros del mundo vienen y cuando llegan traen una maleta de preocupaciones porque la prensa del mundo miente, miente y miente todos los días sobre la realidad de la revolución bolivariana. Vienen preocupados porque dicen que la revolución se acabó”, señaló ante una multitudinaria concentración convocada en sustitución al acto de investidura de Chávez para el mandato 2013-2019.
Maduro habló ante invitados internacionales, entre ellos los presidentes de Bolivia, Evo Morales de Nicaragua, Daniel Ortega, y de Uruguay, José Mujica, además una delegación de islas caribeñas.
“Nos estamos matando, pero de amor por Chávez, nos estamos matando de amor por el pueblo y la patria”, dijo luego y entonces recibió un abrazo de Diosdado Cabello, quien lo escuchaba a unos metros. “Aquí estamos rodilla en tierra con Chávez, con la patria”, añadió.
“Pueden decir, con seguridad, que nuestro pueblo, y eso no lo quiere entender la derecha, está más fuerte que nunca. Por donde nos busquen ahí estaremos. Por donde nos busquen, cuándo nos busquen, donde quieran, estamos listos para seguir esta revolución”, aseveró.
El vicepresidente refirió finalmente que el Gobierno velará para que la “democracia participativa, protagónica y socialista siga su desarrollo”.
39 www.revistalex.com |
a sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela sobre el juramento constitucional del presidente Hugo Chávez tiene su gracia. La Constitución
Bolivariana fija el diez de enero del primer año del período constitucional para la toma de posesión del candidato elegido en los comicios presidenciales. El cargo se asume mediante juramento tomado por la Asamblea Nacional, pero si por cualquier motivo no fuera posible, el mandatario podrá jurar ante el TSJ.
Si bien los receptores del juramento pueden ser sustituidos, nada dice la Constitución sobre la posibilidad de variar la fecha. Un curioso ejercicio de adecuación de la carta magna a la realidad presente enmendó la omisión. Según los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, el mandatario deberá jurar el cargo ante ellos en una fecha futura, pero mientras tanto continuará en su ejercicio.
La sentencia no sorprende, primero por la reconocida filiación chavista de los
InternacionalRevista Legal Lex
JURAMENTO DE CHÁVEZJorge Daniel MendozaExperto en Derecho Internacional
Ljueces venezolanos y, después, porque el secretismo en torno al estado de salud del presidente imposibilita determinar si su falta es “absoluta”, según el lenguaje de la Constitución, es decir, si su incapacidad física o mental es permanente. En ausencia de esa determinación, hay margen para interpretar la carta magna y, por sí misma, la formalidad del juramento, en la fecha determinada por la Constitución, parece una razón excesiva para ignorar el resultado de las recientes elecciones.
Lo curioso es el razonamiento de los magistrados: Chávez no necesitaba juramentarse el 10 de enero porque había rendido juramento después de sus sucesivas reelecciones, la última de ellas hace seis años, y “no es necesaria una nueva toma de posesión”.
Así pues, “el Poder Ejecutivo constituido (‘) seguirá ejerciendo cabalmente sus funciones con fundamento en el principio de la continuidad administrativa”, un concepto normalmente referido a la validez de los actos de la administración pública, pese al cambio de quienes ejercen la autoridad.
La invocación del principio no parece pertinente al caso concreto, y la solución despierta dudas. ¿Qué pasaría si el presidente entrante fuera a ocupar el cargo por primera vez? ¿Y si su reelección no hubiera sido consecutiva? ¿Es el principio de continuidad administrativa, de tan extraña invocación en este contexto, una norma superior a la Constitución?
Pero la más grande de todas las dudas surge de las declaraciones de la presidenta del TSJ, Luisa Estella Morales, quien se precipitó a asegurar que no encuentra razones para intentar determinar si la ausencia del presidente es “absoluta”, pese a insistentes informes sobre la gravedad de sus padecimientos, admitidos a regañadientes.
40 | www.revistalex.com
l presidente de EE.UU., Barack Obama, juró oficialmente para un segundo mandato que concluirá en enero de 2017 en una breve ceremonia en el Salón Azul de la
Casa Blanca acompañado de su esposa, Michelle, y sus dos hijas.
Obama usó para el juramento ante el magistrado John Roberts, presidente del Tribunal Supremo, una Biblia propiedad de la familia de su mujer, en un acto que fue televisado y que fue precedió con una ceremonia pública de investidura, a la que se espera que asistieran aproximadamente 800,000 personas.
Tras el juramento formal, que duró apenas un minuto, el presidente besó a su esposa y a sus hijas, y le dijo sonriendo a Sasha, la pequeña: “Lo conseguí”. La Primera Dama y Malia, de 14 años, llevaban vestidos en tonos azules, mientras que el de Sasha, de 11, era de color rosa.La Biblia usada a para jurar el cargo
Internacional Revista Legal Lex
Barack Obama juró su segundo mandato como presidenteEEUU:
Eprocede de Chicago y fue un regalo del padre de Michelle, Fraser Robinson III, a su madre, LaVaughn Delores Robinson, en 1958, según informó el Comité para la Investidura Presidencial (PIC, por su sigla en inglés).
POR SEGUNDA VEZ FRENTE AL CAPITOLIO “Nuestro trayecto no está completo hasta que no ayudemos a los inmigrantes que luchan por una mejor vida en esta nación”, dijo el presidente Obama en su discurso de aceptación de la presidencia de los Estados Unidos por segunda vez. “También debemos ayudarle a esos estudiantes y sus familias”.
El discurso del presidente Obama se concentró en la lucha de los derechos civiles, el mismo día que se celebra el nacimiento del líder negro Martin Luther King Jr.
El presidente Obama habló de unidad, del control de armas, de la igualdad entre hombres y mujeres, de la necesidad de proteger “nuestra tierra”, de la posibilidad de abandonar la guerra por el diálogo y “establecer relaciones con otras naciones para construir la democracia”. Obama dijo que es necesario rebajar el costo del seguro médico
Antes de su discurso, la jueza de la Corte Suprema, Sonia Sotomayor, le tomó el juramento al vicepresidente Joe Biden. El poeta latino Richard Blanco compuso y leyó su poema de unidad durante la juramentación, y el sacerdote Luis León bendijo la ceremonia frente al edificio del Capitolio en Washington D.C.
Charles Schumer, senador del estado de Nueva York, fue el maestro de ceremonia y presentó diferentes personalidades, incluyendo a la cantante Beyonce quien cantó el himno nacional de los Estados Unidos.
41 www.revistalex.com |
l presidente de los Estados Unidos, Barack Obama, hizo su segundo juramento como mandatario de esa nación, en el que es considerado uno de los peores momentos de ese país en varios años, debido a la
fragilidad de la recuperación económica, y a un ambiente político poco favorable, al tener a los republicanos manejando la mayoría en la Cámara de Representantes, lo que hace que vencer a la oposición sea un gran escollo en los actuales momentos.
En su discurso de posesión, desde las escalinatas del Capitolio en Washington, Obama hizo un urgente llamado a la unión de todos los estadounidenses en torno a la urgente necesidad de encontrarle salida a los graves problemas económicos. De hecho, en menos de seis semanas tendrá que tener resuelto un nuevo techo para la deuda externa norteamericana, pues de lo contrario será seguro el ingreso de su sistema productivo en recesión, lo que tendría impactos muy perjudiciales en el resto del mundo.
El mandatario número 44 en la historia de Estados Unidos, tiene el desafío de devolverles la esperanza a millones de norteamericanos que desde mediados de la década pasada han visto el retroceso económico y el deterioro de las cifras de crecimiento, en general. Su compromiso social también le exige al mandatario cumplir con la cobertura y calidad en temas de salud, lo mismo que en la mejora del sistema educativo, todo con un espíritu de equidad que aún está por verse.
InternacionalRevista Legal Lex
UN JURAMENTO COMPLICADOPaul MenachoAnalista Político
EDebemos recordar que al cierre del año pasado Obama debió acelerar el paso para lograr un acuerdo mínimo en el Congreso entre demócratas y republicanos, para evitar que el país ingresara al que fue llamado Abismo fiscal. Sin embargo, tales acuerdos para que no se dieran recortes en el gasto público y se les cobrara más impuestos a los más ricos no fueron definitivos, ni con los alcances que el presidente estadounidense hubiera querido, por lo que marzo será un mes definitivo para saber si el futuro de ese país estará o no lleno de oscuros nubarrones.
De acuerdo con sus palabras frente a varios cientos de miles de asistentes al acto de posesión, el presidente Obama está comprometido con la paz del mundo, y está presto a colaborar para que haya alianzas fuertes que enfrenten cualquier posibilidad de guerra. En ese sentido, aunque la atención del mandatario estará concentrada en solucionar sus líos internos, valdría la pena buscar un mayor respaldo al proceso de paz que el gobierno colombiano adelanta con las Farc. Dicho aval ayudaría mucho a que los acuerdos logrados resulten más sólidos.
Otro punto que parece favorable para los colombianos y, en general, para los habitantes de América Latina, es su compromiso por buscar “una mejor manera de dar la bienvenida a los esperanzados inmigrantes” y solucionar las dificultades relacionadas con los indocumentados. Ojalá que en este segundo mandato se concreten sus promesas de dar un mejor trato a los hispanos, que cada día se vuelven más determinantes en todos los aspectos de la cotidianidad norteamericana, y que la legalización de los sin papeles sirva para mejorar, en general, sus condiciones de vida.
La decisión de Obama de limitar el comercio de armas es otro tema que debe interesarnos a los colombianos, ya que la idea es generar una cultura del desarme que nos asegure la tranquilidad social. En nuestro país deben seguirse los pasos de restringir el porte de armas, para lograr mejores resultados en la lucha contra el homicidio. El tema de la legalización de las drogas para atacar el corazón del negocio ilegal debe ser otro punto para profundizar durante los cuatro años del nuevo mandato del líder norteamericano.
42 | www.revistalex.com
Internacional Revista Legal Lex
LEX: ¿Cómo se puede observar que el presidente de Venezuela Hugo Chávez no hubiera jurado a su cargo y el de Estados Unidos Barack Obama lo hubiera realizado?Cada país tiene una Constitución Política del Estado (CPE) y en esta se establece el inicio del periodo constitucional. El rigor y el protocolo en la asunción del cargo exigen la juramentación que esta antecedida por un procedimiento, que no puede ser modificado, porque cada gestión inicia al momento de su juramentación.
La CPE de los Estados Unidos prevé la fecha y forma de juramentación para marcar el inicio de gestión de este país. El caso de Venezuela, si bien la CPE tiene establecido esta situación, al verse que el presidente de este país no iba a poder cumplir con esta ceremonia se hicieron las consultas al Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, y este otorgo licencia indefinida al entender que no era necesaria una nueva toma de posesión, dado que no existiría interrupción en el ejercicio del cargo.
Esta determinación deja en “Status Quo” la presencia del presidente de Venezuela en una nueva juramentación, pero esto está sujeto a la mejora del estado de salud del Hugo Chávez o a una eventual complicación de su salud en mayor grado, que imposibilite una figura presencial
en el acto de juramentación, que está establecido en la CPE y debe realizarse.
LEX: ¿Cuánto tiempo puede llevar esta situación en Venezuela? Yo diría que el tiempo necesario que la sucesión de Gobierno del Presidente Hugo Chávez establezca las condiciones para ir a una elección presidencial o el retorno del mismo, que muchos sostienen que es prácticamente imposible. Esto quiere decir que su retorno estaría muy difícil de lograrse y habría posibilidad de no juramentarlo.
El presidente Hugo Chávez no puede estar 5 años sin juramentar, lo que quiere decir que de empeorar la salud del mismo, puede darse una sucesión inmediata por parte del presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela Diosdado Cabello y en 30 días llamar a elecciones.
LEX: ¿Se puede decir que se ha consolidado un golpe de Estado a la CPE de Venezuela con la licencia del Tribunal Supremo de Justicia de este país al presidente Hugo Chávez?
Yo veo en el caso de Venezuela se está jugando un tiempo a favor y en contra. A favor de la oposición porque en la medida que el presidente Hugo Chávez no retorne, esta puede desarrollar un avance en presentarse a las
próximas elecciones, que por mandato constitucional debería darse en 30 días declarada la imposibilidad. Para el oficialismo de darse, iría en una situación de incertidumbre lo que podría poner en riesgo su permanencia en el poder.
Yo pienso que se están manejando en este momento una figura de cálculos por parte de la oposición y el oficialismo. No existe un golpe de Estado, porque hubo un ganador de las elecciones, que delegó el poder aunque no lo ha asumido. El presidente Chávez no puede pasarse el periodo completo en esa situación, es imposible un impedimento indefinido. Cualquiera sea la salida, va a tener necesariamente que volver Hugo Chávez que restablecería el periodo constitucional o las elecciones. En el caso hipotético que el presidente Chávez vuelva y sea juramentado, lo designe a Nicolás Maduro como el vicepresidente de Venezuela y en el transcurso de los días muera, garantizaría su permanencia en el poder. La pregunta es: ¿Será que Chávez puede volver para ser juramentado?
LEX: Pero en Estados Unidos, el presidente Barack Obama es prácticamente obligado a juramentar el 21 de enero, porque por mandato
“Chávez no puede estar indefinidamente sin jurar”
Nombre:Hugo Siles
Cargo:Experto en Relaciones Internacionales
43 www.revistalex.com |
InternacionalRevista Legal Lex
constitucional el periodo iniciaba en ese momento. ¿Por qué no se esperó un día para hacer la ceremonia pública?Lo que pasa es que hay dos figuras, un mandatario no se puede exceder un día en su periodo de Gobierno, pero en situaciones excepcionales cuando sucede algún impedimento no pueden hacer abandono del cargo,
entonces ante una figura así, la excepción puede considerarse un caso especial por la enfermedad del presidente Hugo Chávez.
En el caso de Estados Unidos no tenía ningún impedimento y según el periodo constitucional, para que este país tenga un Gobierno Nacional como manda la CPE, se lo obliga a hacer el juramente de rigor. El caso de Chávez su enfermedad es un impedimento, pero eso no se puede prolongar por un tiempo mayor al que más o menos se prevé su recuperación o la declaratoria de imposibilidad. Lo más probable es que en el tiempo que le reste a la imposibilidad de Chávez o la figura de impedimento, ambos, oficialismo y oposición estén manejando los cálculos para irse a unas nuevas elecciones.
Si bien en ambas figuras es similar, en el caso venezolano existe una situación excepcional y hace que una instancia como el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela se pronuncie y ha dicho que no necesitaba el presidente Hugo Chávez ser juramentado.
De todas maneras, algo para el análisis, en el supuesto caso que exista
un intento de alterar la CPE de este país, en el Sistema Interamericano, considerando que en Venezuela hay una alta movilidad de la oposición y que ha tenido una participación muy favorable en Octubre del 2012, puede lograr movilizarse y concientizar que se ha vulnerado el orden democrático, creando una cierta sensación de rechazo al Gobierno Nacional en ejercicio.
“En el caso
del presidente de
los Estados Unidos,
este no tenía ningún
impedimento que
le impidiera tomar
juramento del cargo,
y según el periodo
constitucional, para
que este país tenga
un Gobierno Nacional
como manda la CPE,
se lo obliga a hacer el
juramente de rigor”
44 | www.revistalex.com
Espacio Libre Revista Legal Lex
El ministro de Economía, Luis Arce Catacora, está convencido de que la emisión y colocación de bonos soberanos en el mercado internacional es un gran logro de su gestión.
Ha admitido, además, que los 500 millones de dólares de los bonos del año pasado serán incorporados a las inversiones programadas. Y ahora se apresta a lanzar bonos por un monto similar.
Expertos que si saben de economía han comentado que ese comportamiento es un error pero además es deshonesto.
Error porque es un dinero por el que está pagando una tasa de interés mucho más elevada que la existentes en los organismos de crédito. Y deshonesto porque ese dinero deberá ser pagado por gobiernos del futuro.
Pero ya se sabe que el ministro Arce Catacora no entiende ese tipo de principios. Sigue atribuyéndose el mérito de que las exportaciones tengan ahora valores más altos.
Pero lo que tendría que preocupar al ególatra ministro es la observación que han hecho expertos del FMI acerca del peligro que corren los
países subdesarrollados, como varios africanos, que se han puesto con mucho entusiasmo a lanzar bonos soberanos.
En un artículo publicado por la carta informativa Siglo 21 se menciona esta crítica. Los expertos del FMI llaman a este ejercicio de emitir bonos con tanta alegría “el pecado original ”.
En las décadas de los 80 y 90 se produjo una ola de estas emisiones que terminaron ahogando a muchos países, pues con los bonos estaban contrayendo deudas en moneda extranjera, deuda que debieron pagar cuando sus monedas se habían devaluado.
Con aquella lección aprendida, muchos países subdesarrollados optaron luego por crear mercados financieros en sus propios países y de esa manera evitar el peligroso ejercicio de recolectar dinero en el exterior.
Dice la información que algunos estados todavía dependen de acreedores extranjeros y los inversionistas internacionales han desarrollado un fuerte apetito por los bonos de los países en desarrollo, lo que ha reducido el costo de estos créditos y ha llevado a varios países a incursionar en el mercado de bonos.
Según Luc Everaert, vice director del departamento de mercados de capitales del FMI, este es un tema que ha empezado a llamar la atención del Fondo al ver que algunos países podrían estar cayendo nuevamente en el llamado “pecado original”.
Un “pecado original” que en Bolivia es vendido por el ministro Arce Catacora como una gran hazaña de su gestión.
Está haciendo falta un Primer Ministro, o alguien que entienda de economía, capaz de frenar estas aberraciones.
“Bonos peligrosos”
Nombre:Humberto Vacaflor Ganam
Cargo:Analista Político
45 www.revistalex.com |
PUBLINOTAPUBLINOTA
n su sexta versión consecutiva, la Cooperativa de Telecomunicaciones Santa Cruz, en dos diferentes actos entregó, 366 beneficios educativos a igual cantidad de personas, entre socios, esposas e hijos de socios.
Los favorecidos se adjudicaron 220 donativos escolares, todos ellos estudiantes de colegio, hijos de socios de COTAS, que fueron seleccionados por sus altas calificaciones entre los 110 distritos urbanos y rurales en todo del departamento de Santa Cruz.
Asimismo, se entregaron 57 becas universitarias y 89 becas técnicas que habían sido acreditadas mediante pruebas académicas a través de las cuales postularon socios de COTAS y sus familiares para cursar la carrera completa de su preferencia en las universidades privadas UPSA, NUR, UTEPSA, Domingo Savio, Universidad Católica Boliviana y los institutos técnicos INFOCAL, CECAP, Domingo Savio y “Jesús-María” Fe y Alegría.
Las becas de estudio son un beneficio que COTAS entrega a sus socios con el propósito de incentivar el estudio, contribuir al desarrollo regional a través de la capacitación profesional y reconocer la fidelidad de los socios de la institución.
Este beneficio educativo, fue entregado en las instalaciones de la Asociación de Profesionales de COTAS (APC), donde asistieron, los beneficiados, ejecutivos de la Cooperativa y los máximos representantes de las diferentes Casas de Estudios Superiores y de los Institutos Técnicos.
DEPARTAMENTO DE IMAGEN CORPORATIVA
NOTA DE PRENSA
E
SEIS AÑOS OTORGANDO BECAS A SUS SOCIOS La Cooperativa entregó 366 beneficios educativos
COTAS
46 | www.revistalex.com
in incremento en la tasa de aseo domiciliaria. Es la instrucción del alcalde, Percy Fernández que ya se plasmó en la ordenanza municipal aprobada por el Órgano Legislativo, que regula el equilibrio del pago para el sector de la industria que es un 3% y el comercial un 9%.
“Ésta fue una situación que expusimos en el Concejo Municipal a los vecinos, que no hay incremento para ninguna tarifa de domicilio, es decir el 88% de los consumidores no tendrán ningún aumento”, sostuvo la presidenta del directorio de Emacruz, Angélica Sosa explicando que el sector industrial pagaba un 0.05%, incrementándole sólo un 3% y para el sector comercial pagará entre 5% a 6% siendo éste monto ya sociliazado, puesto que responde a una producción de residuos sólidos urbanos asociada a la producción de más de 1.000 kw.
Sosa explicó que la regulación de la tasa tiene el objetivo de equilibrar el pago con la producción de basura que genera el comercio, puesto que en muchos de los casos están camuflados como domicilios pero que funcionan restaurant o pollerías.
“Habían personas que estaban disfrazadas de domicilio y tenían una pollería, tenían un restaurante que consumía dos mil bolivianos y estaban pagando 35 bolivianos, inclusive ésta tarifa estaba diferenciada de acuerdo al sector”, dijo Sosa quien inclusive dio un ejemplo común que sucedía con los supermercados, donde se producían bastantes residuos provocando realizar el servicio inclusive tres veces al día y sólo pagaban un boliviano. Añadió que se realizaron explicaciones ante el Concejo Municipal, el mismo Órgano Legislativo pidió observaciones y ningún sector presentó ante el déficit que significaba.
La presidenta del directorio de Emacruz ratificó que el “bolsillo de ningún vecino se está tocando”, resaltando que tampoco ingresan en el ajuste la pequeña industria, las escuelas fiscales y las instituciones sin fines de lucro e inclusive ni el de los ambulantes antes esperar el traslado al mercado minorista de “La Ramada”, donde ya con un control de cada puesto y con un medidor, se les podrá cobrar un tasa de aseo urbano para que cumplan con sus obligaciones.
En cuanto a la reciente apertura de propuestas para adjudicarse el nuevo servicio público de aseo y disposición final de residuos sólidos urbanos del municipio de Santa Cruz, Sosa explicó que por primera vez se realiza una licitación pública y que de seis empresas internacionales y dos nacionales, se presentó una del exterior que en la primera instancia cumplió con todos los requisitos pero que hasta el 15 de febrero se conocerán los resultados de la comisión calificadora para que adjudique o declare desierta la licitación.
“Si ésta empresa cumple se adjudicará por cinco años, Vega es la empresa a primera instancia en la primera ronda donde se invito a la Federación de Juntas Vecinales, Control Social, nuestro Alcalde, todo se cumplió en la primera instancia”, remarcó Sosa aclarando que el pliego elaborado por más de un año y que fue consultado a todos los colegios de profesionales e instituciones presenta un servicio integral de 14 servicios, de los cuáles el ciudadano seguirá pagando solo por la recolección, traslado y entierro de la basura, mientras que los otros servicios serán asumidos por el Municipio, como siempre lo hacía, pero antes desde diferentes reparticiones.
El operador que se adjudique realizará 14 servicios, de los cuáles el vecino seguirá como hasta ahora pagando por dos, la recolección, traslado y entierro de los
residuos sólidos urbanos, mientras que los otros serán asumidos por el Ejecutivo como se realizaba siempre, sólo que ahora realizarán un servicio integral.
Se adelantó que se comenzará una campaña de educación ciudadana por los medios de comunicación, insertando el nuevo concepto de recuperación de “Una Ciudad Limpia” empezando a reciclar los cartones, plásticos y vidrios para disminuir la cantidad de residuos sólidos que ingresan a relleno sanitario de Normandía. “Recuperaremos así la calidad de ciudad y las condiciones ambientales”, dijo Sosa
PUBLINOTA
s
EMACRUZ ALCALDÍA RATIFICA QUE NO HAY INCREMENTOEN TASA DE ASEO URBANO EN LOS DOMICILIOS
PUBLINOTA
1.- Servicio De Barrido Combinado De Vías Pavimentadas (Manual Y Mecanizado)
2.- Servicio de limpieza de vías sin pavimento
3.- Servicio de barrido y limpieza de áreas verdes (abiertas y protegidas de dominio municipal)
4.- Servicio de lavado de vías pavimentadas, plazas y áreas circundantes a mercados
5.- Servicio de recolección y transporte de residuos sólidos urbanos.
6.- Servicio de limpieza de ferias y eventos especiales
7.- Servicio de recolección y transporte diferenciado de residuos generados en establecimientos de salud (patológicos y/o bio infecciosos)
8.- Servicio de recolección y transporte de áridos de vías pavimentadas
9.- Servicio de recolección y transporte diferenciado de residuos sólidos reciclables
10.- Servicio de operación y mantenimiento de la unidad de recuperación de materiales reciclables en el relleno sanitario Normandía.
11.- Servicio de implementación, operación y mantenimiento de eco puntos.
12.- Servicio de poda, trituración, recolección y transporte diferenciado de residuos sólidos de áreas verdes.
13.- Servicio de mantenimiento de áreas verdes (abiertas y protegidas de dominio municipal)
14.- Servicio de operación, mantenimiento, monitoreo del relleno sanitario.
DATOS
Recommended