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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES
CARRERA DE DERECHO
“LA INSUFICIENCIA DE NORMAS JURÍDICAS DE DERECHO
AERONÁUTICO EN EL ECUADOR”
Proyecto de investigación previo a la obtención del título de
ABOGADA
Ambuchi López Camila Alejandra
TUTOR: Dr. M. Sc Edwin Patricio Sánchez Padilla
Quito, Abril 2016
ii
DEDICATORIA
Quito, 05 de enero del 2016
Dedico este trabajo de investigación a los seres más hermosos que componen mi
extraordinaria familia que son mi madre y mi padre que nunca declinaron en
brindarme un futuro mejor y me formaron como ser humano en principios y valores ,
me faltarán vidas enteras para poder agradecerles todo lo que han hecho por mí , de
igual manera expreso mi gratitud a mi hermana por haberme siempre animado a que
existen nuevos horizontes y metas que podemos alcanzar, y a mis sobrinos que siendo
tan pequeños me inyectaron todo el amor y fuerza necesaria para seguir adelante . A
todos los que componen mi hermosa familia quienes siempre estuvieron conmigo a
lo largo de toda mi carrera no me queda más que decirles que le agradezco a Dios por
tenerlos en mi vida y que los amare por siempre.
Los amo a todos.
Atentamente: Camila Alejandra Ambuchi López
iii
AGRADECIMIIENTOS
Con profundo agradecimiento y gratitud, deseo dar las gracias a mis amigos,
compañeros, profesores que me alentaron con su apoyo y colaboración, a continuar en
mi sueño de lograr terminar mis estudios y llegar a culminar el último y más
importante peldaño mi carrera. De manera muy especial expreso mi agradecimiento
infinito a quien fuera mi director del proyecto de investigación Dr.MSc. Patricio
Sánchez Padilla quien tuvo la plena disposición de guiar mis pasos y auxiliarme con sus
conocimientos para la elaboración de este proyecto. Para todas las personas que
estuvieron atentas y dispuestas a darme el estímulo necesario para sobrepasar los
obstáculos, un agradecimiento infinito, colmado de gratitud a todos ustedes.
Atentamente.
Camila Alejandra Ambuchi López
iv
DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD
Quito, 05 de enero del 2016
Yo, Camila Alejandra Ambuchi López, portadora del pasaporte de identificación RUN
PERSONAL 179212498, en calidad de autora de la investigación, libre y
voluntariamente DECLARO que el trabajo titulado “ LA INSUFICIENCIA DE
NORMAS JURÍDICAS DE DERECHO AERONÁUTICO EN EL ECUADOR” es
de mi autoría original y no constituye plagio o copia alguna y que las ideas,
procedimientos investigativos, conclusiones , recomendaciones y propuestas
presentadas en el presente proyecto de investigación, son de mi absoluta autoría y
responsabilidad. De ser comprobado lo contrario me someto a las disposiciones legales
pertinentes.
Es todo cuanto puedo decir en honor a la verdad.
Atentamente:
Camila Alejandra Ambuchi López
N.P 179212498
E-mail: cam_1992@outlook.es
Telf.: 0939886794
v
AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL
Yo, Camila Alejandra Ambuchi López, en calidad de autora del proyecto de
investigación realizada sobre “La insuficiencia de normas jurídicas de derecho
aeronáutico en el Ecuador”, por la presente autorizo a la UNIVERSIDAD CENTRAL
DEL ECUADOR, hacer uso de todos los contenidos que me pertenecen a parte de los
que contiene esta obra, con fines estrictamente académicos o de investigación.
Los derechos que como autora me corresponden, con excepción de la presente
autorización, seguirán vigentes a mi favor. De conformidad con lo establecido en los
artículos, 5, 6, 8; 19 y demás de la Ley de Propiedad Intelectual y su Reglamento.
Quito, 05 de enero del 2016
Camila Alejandra Ambuchi López
N.P 179212498
Telf.: 0939886794
E-mail: Cam_1992@outlook.es
vii
ÍNDICE DE CONTENIDOS
DEDICATORIA ............................................................................................................................ ii
AGRADECIMIIENTOS ............................................................................................................... iii
DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD .................................................................................. iv
AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL .............................................................. v
APROBACIÓN DEL TUTOR ...................................................................................................... vi
ÍNDICE DE CONTENIDOS ....................................................................................................... vii
ÍNDICE DE TABLAS ................................................................................................................... x
ÍNDICE DE GRAFICOS ............................................................................................................. xii
RESUMEN .................................................................................................................................. xiii
ABSTRACT ................................................................................................................................ xiv
GLOSARIO DE TÉRMINOS ...................................................................................................... xv
INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................ 1
CAPÍTULO I ................................................................................................................................. 3
1.1 Problema ............................................................................................................................. 3
1.2 Planteamiento del problema ................................................................................................ 3
1.3 Diagnóstico de la situación actual ....................................................................................... 4
1.4 Determinación de los nudos críticos. .................................................................................. 7
1.5 Sub problema ...................................................................................................................... 8
1.6 Análisis crítico .................................................................................................................... 8
1.7 Prognosis ............................................................................................................................. 9
1.8 Formulación del problema. ................................................................................................. 9
1.9 Preguntas directrices. ....................................................................................................... 10
1.10 Objetivos ........................................................................................................................ 10
1.11 Justificación ..................................................................................................................... 10
CAPÍTULO II ............................................................................................................................. 11
2. Marco teórico ...................................................................................................................... 11
2.1 El derecho aeronáutico y sus antecedentes ........................................................................ 12
2.2 Cronología de la aviación en el Ecuador. .......................................................................... 13
2.3 Cronología de la legislación aérea en el Ecuador. ............................................................. 15
2.4 Elementos del derecho aeronáutico ................................................................................... 16
2.5 Clasificación del sector aeronáutico ................................................................................. 16
2.5.1 Sector aeronáutico civil .............................................................................................. 17
viii
2.5.2 Sector aeronáutico comercial ..................................................................................... 17
2.5.3 Sector Aeronáutico Militar ......................................................................................... 18
2.6 Fuentes legales del Derecho Aeronáutico ....................................................................... 18
2.6.1 La ley ......................................................................................................................... 18
2.6.2 La costumbre ............................................................................................................. 18
2.6.3 La jurisprudencia ....................................................................................................... 19
2.6.4. La doctrina................................................................................................................. 19
2.6.5 La sentencia ................................................................................................................ 19
2.7 Importancia del transporte aéreo como mecanismo de comercio. .................................... 20
2.8 Características del transporte aéreo. ................................................................................. 20
2.9 Clases de transporte aéreo. ................................................................................................ 21
2.10 El derecho aeronáutico y sus convenciones e instrumentos internacionales .................. 21
2.11 Principios internacionales del derecho aeronáutico. ...................................................... 23
2.12 El derecho aeronáutico y su relación con cuerpos jurídicos del orden nacional. ........... 23
CAPÍTULO III ............................................................................................................................ 25
3. Metodología. ....................................................................................................................... 25
3.1 Determinación de los métodos que se utilizaron para el desarrollo del proyecto de
investigación. .......................................................................................................................... 25
3.2 Método sistemático. .......................................................................................................... 25
3.3 Método deductivo. ............................................................................................................. 25
3.3.1 Método inductivo. .................................................................................................... 26
3.3.2 Método analógico o comparativo. ................................................................................. 26
3.3.3 Método histórico. ....................................................................................................... 28
3.4 Diseños de la investigación. ............................................................................................. 29
3.5 Operacionalización de las variables. ................................................................................. 30
3.5.1 Variable dependiente. .................................................................................................... 30
3.6 Operacionalización de las variables .................................................................................. 31
3.6.1 Variable independiente .................................................................................................. 31
3.7 Población y muestra. ........................................................................................................ 32
3.8 Técnicas e instrumentos de la investigación. .................................................................. 33
3.8.1 Modelo de la encuesta N°1 ......................................................................................... 34
3.8.2 Modelo de la encuesta N°2............................................................................................ 35
3.8.3 Modelo de la encuesta n°3 ............................................................................................. 36
3.8.4 Modelo de la encuesta N°4............................................................................................. 37
ix
3.9 Validez y confiabilidad de los instrumentos. .................................................................... 38
3.10 Técnicas de procesamiento y análisis de datos. .............................................................. 38
3.11 Instrumentos manuales de la investigación. ................................................................... 38
3.12 Recursos Materiales. ....................................................................................................... 38
CAPÍTULO IV ............................................................................................................................ 40
4. Análisis e interpretación de Resultados........................................................................... 40
4.1 Encuesta Nº1 ..................................................................................................................... 40
4.2 Encuesta N°2 .................................................................................................................... 47
4.3 Encuesta técnica con fines de recolección de datos. ........................................................ 59
4.4. Encuesta técnica con fines de recolección de datos. ....................................................... 68
4.4.1 Análisis cuantitativo ................................................................................................... 79
4.4.2 Análisis cualitativo ..................................................................................................... 80
CAPÍTULO V ............................................................................................................................. 82
5. Conclusiones y recomendaciones ........................................................................................ 82
5.1 Conclusiones ..................................................................................................................... 82
5.2 Recomendaciones ............................................................................................................. 88
CAPITULO VI ............................................................................................................................ 89
6. La propuesta ........................................................................................................................ 89
6.1 Título de la propuesta ....................................................................................................... 89
6.2 Datos informativos ........................................................................................................... 90
6.2 .1 Localización .............................................................................................................. 90
6.2.2 Beneficiarios............................................................................................................... 90
6.3 Antecedentes de la propuesta ........................................................................................... 90
6.4 Justificación ...................................................................................................................... 91
Bibliografía ................................................................................................................................. 93
Anexo .......................................................................................................................................... 98
x
ÍNDICE DE TABLAS
Tabla 1 cuadro de operalización de variable dependiente. ............................................. 30
Tabla 2 cuadro de operalización de variable independiente ........................................... 32
Tabla 3 Encuesta 1 .......................................................................................................... 41
Tabla 4 Encuesta 1 .......................................................................................................... 42
Tabla 5 Encuesta 1 .......................................................................................................... 44
Tabla 6 Encuesta 1 .......................................................................................................... 45
Tabla 7 Cuadro de Resultados ........................................................................................ 46
Tabla 8 Encuesta 2 .......................................................................................................... 47
Tabla 9 Encuesta 2 .......................................................................................................... 49
Tabla 10 Encuesta 2 ........................................................................................................ 50
Tabla 11 Encuesta 2 ........................................................................................................ 51
Tabla 12 Encuesta 2 ........................................................................................................ 52
Tabla 13 Encuesta 2 ........................................................................................................ 53
Tabla 14 Encuesta 2 ........................................................................................................ 54
Tabla 15 Encuesta 2 ........................................................................................................ 55
Tabla 16 Encuesta 2 ........................................................................................................ 56
Tabla 17 Encuesta 2 ........................................................................................................ 57
Tabla 18 Resultados de la encuesta N°2 ......................................................................... 58
Tabla 19 Encuesta 3 ........................................................................................................ 60
Tabla 20 Encuesta 3 ........................................................................................................ 61
Tabla 21 Encuesta 3 ........................................................................................................ 62
Tabla 22 Encuesta 3 ........................................................................................................ 63
Tabla 23 Encuesta 3 ........................................................................................................ 64
Tabla 24 Encuesta 3 ........................................................................................................ 65
Tabla 25 Encuesta 3 ........................................................................................................ 66
Tabla 26 Cuadro de resultados de la encuesta N°3 ........................................................ 67
Tabla 27 Encuesta 4 ........................................................................................................ 68
Tabla 28 Encuesta 4 ........................................................................................................ 69
Tabla 29 Encuesta 4 ........................................................................................................ 70
Tabla 30 Encuesta 4 ........................................................................................................ 71
xi
Tabla 31 Encuesta 4 ........................................................................................................ 72
Tabla 32 Encuesta 4 ........................................................................................................ 73
Tabla 33 Encuesta 4 ........................................................................................................ 74
Tabla 34 Encuesta 4 ........................................................................................................ 75
Tabla 35 Encuesta 4 ........................................................................................................ 76
Tabla 36 Encuesta 4 ........................................................................................................ 77
Tabla 37 Resultados de la encuesta N°4 ......................................................................... 78
xii
ÍNDICE DE GRAFICOS
Gráfico 1 Encuesta 1....................................................................................................... 41
Gráfico 2 Encuesta 1....................................................................................................... 42
Gráfico 3 Encuesta 1....................................................................................................... 44
Gráfico 4 Encuesta 1....................................................................................................... 45
Gráfico 5 Encuesta 2....................................................................................................... 48
Gráfico 6 Encuesta 2....................................................................................................... 49
Gráfico 7 Encuesta 2....................................................................................................... 50
Gráfico 8 Encuesta 2....................................................................................................... 51
Gráfico 9 Encuesta 2....................................................................................................... 52
Gráfico 10 Encuesta 2..................................................................................................... 53
Gráfico 11 Encuesta 2..................................................................................................... 54
Gráfico 12 Encuesta 2..................................................................................................... 55
Gráfico 13 Encuesta 2..................................................................................................... 56
Gráfico 14 Encuesta 2..................................................................................................... 57
Gráfico 15 Encuesta 3..................................................................................................... 60
Gráfico 16 Encuesta 3..................................................................................................... 61
Gráfico 17 Encuesta 3..................................................................................................... 62
Gráfico 18 Encuesta 3..................................................................................................... 63
Gráfico 19 Encuesta 3..................................................................................................... 64
Gráfico 20 Encuesta 3..................................................................................................... 65
Gráfico 21 Encuesta 3..................................................................................................... 66
Gráfico 22 Encuesta 4..................................................................................................... 68
Gráfico 23 Encuesta 4..................................................................................................... 69
Gráfico 24 Encuesta 4..................................................................................................... 70
Gráfico 25 Encuesta 4..................................................................................................... 71
Gráfico 26 Encuesta 4..................................................................................................... 72
Gráfico 27 Encuesta 4..................................................................................................... 73
Gráfico 28 Encuesta 4..................................................................................................... 74
Gráfico 29 Encuesta 4..................................................................................................... 75
Gráfico 30 Encuesta 4..................................................................................................... 76
Gráfico 31 Encuesta 4..................................................................................................... 77
xiii
TEMA: La insuficiencia de normas jurídicas de derecho aeronáutico en el Ecuador
Autor: Camila Alejandra Ambuchi López
Tutor: Dr. M. Sc. Edwin Patricio Sánchez Padilla
RESUMEN
El Derecho Aeronáutico es la consecuencia y jurídica – legal y el resultado de los procesos de
transformación y de renovación, sostenidos por la ciencia de la aeronáutica en el mundo, es el
resultado de una disciplina meramente técnica y logística, que mediante un proceso de
desarrollo y evolución se transformó en una doctrina legal que necesita relacionarse
directamente con otros conocimientos del saber humano, siendo así una interrelación inevitable
como lo es el derecho aeronáutico. El mercado aeronáutico internacional se ha introducido en el
mundo de la aviación y está en permanente metamorfosis y renovación, impulsado por los
avances tecnológicos y la globalización de las informaciones que avanzan con fuerzas y que
de la misma manera generan y suministran una amplia gama de variedad de servicios y un
surtido de insumos que satisfacen las necesidades aéreas presentadas por los usuarios o por la
oferta y demanda de los mismos. Debemos entender que para obtener una mayor eficiencia y
efectividad en el campo comercial de la aviación internacional, donde la legalidad y el orden
jurídico nacional e internacional son muy importantes. Los instrumentos internacionales y las
organizaciones que regulan dichas actividades basadas en el transporte aéreo tales como la
OACI (Organización de Aviación Civil Internacional) y las empresas y multinacionales de la
aviación, tales como Airbus, Boeing, entre otros, que representan y acaparan una amplia
variedad de réditos y ganancias lucrativas para el sector aeronáutico mundial. El sector
aeronáutico nacional debería aumentar las alternativas y ofrecer un marco jurídico óptimo para
este tipo de nuevas necesidades mercantiles previstas en un futuro no muy lejano , teniendo en
cuenta la proyección de crecimiento considerable que tiene el Ecuador en el sector aeronáutico,
por lo tanto, se debe actualizar de manera significativa, teniendo en cuenta la creación y
promulgación de nuevas leyes aeronáuticas en el país con el fin de compensar las deficiencias
legales o futuras insuficiencias que podrían presentar y de esa manera asegurar la efectividad y
actualización legal para el sector de la aeronáutico nacional.
PALABRAS CLAVE: AERONAVES / AERONÁUTICA / DERECHO AERONÁUTICO /
NORMAS JURÍDICAS / INSUFICIENCIA / INSTRUMENTOS INTERNACIONALES.
xiv
TITLE: Insufficient Juridical Standers in the Aeronáutical Law in Ecuador
Author: Camila Alejandra Ambuchi López
Tutor: Dr. M. Sc. Edwin Patricio Sánchez Padilla
ABSTRACT
Aeronautic Law is the consequence and juridical resulted from the transformation and
and renewal processes sustained by aeronautics science in the world, wich turned out
from a merely technical and logistic discipline into a legal doctrine that needs to be
related and directly aided with other knowledge of human being, such as aeronautic
law. International aeronáutical market is also inserted in the aviation world and in
permanent metamorphosis and renewal, propelled by technologic progresses that
forces it generate and supply an ample variety of services and an assortment of
imputs and needs intendend to obtain efficiency and affectivity in the field; where
legality and national and international legal order are very important. International
instruments and organizations regulate such activity , such as ICAO ( International
Civil Aviation Organization) and companies, such as AIRBUS, BOEING, among other
that account for a wide assortment for the world aeronautical sector. The national
aeronáutical sector should enhance alternatives and offer an optimum legal frame to
such new necessities foreseen in a close world, taking into account Ecuadorʼs
projection in the aeronautic sector, hence, it should be significantly upgrade,
considering the creation and enactment of new aeronautic laws in the country in order
to offset future legal failures or insufficiencies and assure effectiveness and updating to
the national aeronautics sector.
KEYWORDS: AIRCRAFT / AERONÁUTICS / AERONAUTIC LAW / LEGAL
STANDARDS / INSUFFICIENCY / INTERNATIONAL INSTRUMENTS.
xv
ABSTRA
GLOSARIO DE TÉRMINOS
PALAB
RAS DEFINICIÓN
FUENTE DE REFERENCIA
Derecho
Es el orden normativo e
institucional de la
conducta humana en
sociedad inspirado en
postulados de justicia y
certeza jurídica.
https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho
Ciencia
La ciencia (del latín scien
tĭa ‘conocimiento’) es el
conjunto ordenado de
conocimientos
estructurados
sistemáticamente.
https://es.wikipedia.org/wiki/Ciencia
Ley
Regla o norma
establecida por una
autoridad superior para
regular, de acuerdo con la
justicia, algún aspecto de
las relaciones sociales.
https://www.google.com.ec/?gws_rd=ssl#safe=a
ctive&q=ley
Normas
jurídicas
La norma jurídica es una
regla dirigida a la
ordenación del
comportamiento humano
prescrita por una
autoridad cuyo
incumplimiento puede
llevar aparejado una
sanción. Generalmente,
impone deberes y
confiere derechos.
https://www.google.com.ec/?gws_rd=ssl#safe=a
ctive&q=normas+jur%C3%Addicas
xvi
Aeronáut
ica
La aeronáutica es la
disciplina que se dedica al
estudio, diseño y
manufactura de aparatos
mecánicos capaces de
elevarse en vuelo, así
como el conjunto de las
técnicas que permiten el
control de aeronaves.
https://es.wikipedia.org/wiki/Aeron%C3%A1utic
a
Aviación
Se entiende por aviación
al diseño, desarrollo,
fabricación, producción,
operación, y utilización
para fines privados o
comerciales de aeronaves,
especialmente las más
pesadas que el aire.
https://es.wikipedia.org/wiki/Aeronave
Insuficie
ncia
Falta o escasez de la
cantidad que se necesita
de una cosa.
https://www.google.com.ec/?gws_rd=ssl#q=insu
ficiencia
Industria
aeroespac
ial
La industria aeroespacial
es la industria que se
ocupa del diseño,
fabricación,
comercialización y
mantenimiento de
aeronaves (aviones,
helicópteros, vehículos
aéreos no tripulados,
misiles, etc.), naves
espaciales y cohetes, así
como de equipos
específicos asociados
https://es.wikipedia.org/wiki/Industria_aeroespac
ial
xvii
(propulsión, sistemas de
navegación, etc.).
Derecho
aeronáuti
co
La expresión Derecho
aeronáutico remite al
conjunto de normas
jurídicas que regulan la
navegación aérea y el
establecimiento y uso de
sus infraestructuras, sea
con fines civiles
(comerciales o no) o
militares.
https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_aeron%C
3%A1utico
Investiga
ción
La investigación es
considerada una actividad
humana, orientada a la
obtención de nuevos
conocimientos y su
aplicación para la
solución a problemas o
interrogantes de carácter
científico
https://es.wikipedia.org/wiki/Investigaci%C3%B
3n
Estudio
El estudio es el desarrollo
de aptitudes y habilidades
mediante la incorporación
de conocimientos nuevos
https://es.wikipedia.org/wiki/Estudio
1
INTRODUCCIÓN
La evolución de las ciencias jurídicas en el área del derecho de aviación en los últimos
cincuenta años ha tenido una repercusión importante en todos los ámbitos de aplicación
legal en el país en torno al desenvolvimiento de las actividades aéreas que se realizan
día a día dentro de la circunscripción territorial. Esta corriente legal de las ciencias
jurídicas tiene una particularidad de notable preponderancia en relación a las otras áreas
del derecho que son objeto de estudio que es la de ser una derivación , resultado y
consecuencia legal de una ciencia netamente técnica y logística como es la aviación o la
aeronáutica en sí, convirtiéndose en la representación más concreta y clara de todos los
preceptos jurídicos nacionales como supranacionales de la aviación en lo que a materia
de tránsito aéreo nacional como internacional se refiere.
En el Ecuador el Derecho Aeronáutico tuvo sus primeros inicios a partir del año de
1920 creándose los primeros hitos de legalidad en el país en lo que a legislación aérea se
refería, a esto se asociaron hechos y acontecimientos como los primeros acuerdos
comerciales y conjugaciones empresariales que se hicieron en pro de elevar la
competencia nacional e internacional en el área de aviación comercial en el Ecuador
entre los años 1920 y 1978. La última codificación legal que se realizó en lo que a
Derecho Aeronáutico se refiere fue la creación y expedición del Código Aeronáutico
del Ecuador en el año de 1978 el cual establece las normas y procesos legales que
tienen que ejecutar tantos las compañías nacionales como internacionales para operar
dentro del país con sus respectivos lineamientos y reglamentos de ley, a esto se suma la
existencia de organismos de carácter nacional-gubernamental que dan seguimiento y
vigilan todas las actividades y operaciones aeronáuticas que se desenvuelven día a día
en el país.
Sin embargo la globalización y los grandes avances tecnológicos y científicos que se
están suscitando en la industria aeroespacial como en los mercados bursátiles
aeronáuticos mundiales, hacen que el factor de innovación, creación y desarrollo de las
infraestructuras, las legislaciones, los procedimientos aéreos y un sin número de
insumos y necesidades de este sector económico sean inevitables e ineludibles para cada
país en el mundo. El sector aeronáutico es una esfera económica que está en constante
cambio y metamorfosis, hoy por hoy la demanda y oferta de aviación civil y comercial
2
está creciendo cada vez más pero también se viene estudiando la posibilidad de que las
aeronaves no solo tengan un destino de uso netamente de carga y de transporte de
pasajeros de un punto determinado del mundo a otro, si no también que se desarrollen
nuevas modalidades de exportación aérea de mercancías, bienes muebles o suntuarios
que tengan un objetivo de comercialización macro a escalas más altas.
Actualmente el Derecho Aeronáutico enmarca y agrupa un sin número de parámetros
jurídicos que establecen la correcta funcionalidad de las operaciones aéreas nacionales e
internacionales que se rigen tanto por normas jurídicas internacionales de aviación y
sobrevuelo como por las legislaciones nacionales de cada país en vela y protección de
sus intereses nacionales como en la cautela y salvaguarda de la estabilidad y
legitimidad de los derechos soberanos correspondientes como en este caso sería el uso
y tránsito de las aeronaves en el espacio aéreo nacional, pero es necesario estar insertos
en procesos de creación e innovación jurídica para de esa manera generar más
competitividad en mercados supranacionales y beneficiar el crecimiento económico,
científico y legal del Ecuador a través de mecanismos de investigación y prospección
de estudios aéreos que beneficien el desarrollo del país.
3
CAPÍTULO I
1.1 Problema
La insuficiencia de normas jurídicas de derecho aeronáutico en el Ecuador
El problema es aquella situación y acontecimiento que fractura, desestabiliza o
produce lagunas legales o jurídicas en un problema planteado, cuando hablamos de
problemática legal nos referimos a la delimitación de un fenómeno de carácter jurídico
que puede estar obstruyendo y dificultando el progreso, desarrollo o evolución de un
punto controvertido del derecho. El derecho como sabemos es una rama del saber
humano que se articula de otras ciencias por la cual su relación con otros tópicos o
informaciones y conocimientos es inevitable e ineludible. La rama jurídica del derecho
aeronáutico o derecho de la aviación es la consecuencia jurídica y resultado legal de una
ciencia que es netamente técnica y lógica y que necesita un proceso de reestructuración
legal conforme a la ley aérea vigente para de esa manera generar más competitividad
comercial ante una inminente proyección del crecimiento del sector aeronáutico a nivel
mundial que sería el parámetro macro de la problema planteado.
1.2 Planteamiento del problema
Según el Artículo 6 del Código Civil Español la insuficiencia de normativa se
establece cuando no existe ley exactamente aplicable al punto controvertido, este
código delimita la insuficiencia de leyes como lagunas del Derecho, en efecto, las
lagunas del derecho son la ausencia de norma positiva aplicable a
una relación determinada. Según Ramírez Gronda (1999) “los lugares neutros o
espacios sin juridicidad que ofrecería el ordenamiento jurídico; de tal suerte, un
caso judicial no encontraría solución lógico legal” (pag.35).
La normativa aérea en la legislación aeronáutica del país relativa al transporte
aéreo de bienes muebles no permite la aplicabilidad de la legislación en un punto
controvertido, la promoción de la actividad económica de exportación e importación,
puesto que, no prevé mecanismos de incentivo para los sectores competitivos del
transporte aéreo en relación al transporte marítimo.
4
1.3 Diagnóstico de la situación actual
El derecho aeronáutico en el Ecuador nace en el año de 1920 como la figura de
decreto en el cual se declaraba al transporte aéreo o servicio aéreo como una necesidad
indispensable, en esa época se consideraba a la aviación como un tema de carácter
urgente, el contactar y contratar a expertos y científicos que entendieran de la ciencia
de la aviación y de la aeronáutica era fundamental, esto motivo a que el ejecutivo
tomase la iniciativa de organizar la primera escuela nacional de aviación en el Ecuador
en el año de 1924 que tenía enfoques netamente civiles ( transporte de personas de un
lugar a otro) y militares ( estudios para la defensa nacional) .
Del año 1920 a la época contemporánea que es el presente año ha transcurrido casi
una brecha de noventa y seis años, es decir casi un siglo, en este casi siglo se han
suscitado un sin número de transformaciones jurídicas que han enmarcado al derecho
aeronáutico ecuatoriano de manera significativa , la última legislación y cuerpo
normativo que se creó y expidió en el Ecuador fue el Código Aeronáutico en el año
1978 , desde esa época hasta la fecha actual dentro del contexto y marco jurídico no han
habido proyectos o intenciones de crear nuevas perspectivas legales del derecho aéreo,
lo cual quiere decir que desde este último cuerpo legal expedido han transcurrido casi
treinta y ocho años hasta la fecha actual.
En lo que respecta a legislación y normativa legal aeronáutica ecuatoriana el Dr.
Homero Martínez Almeida en su obra “El contrato de transporte aéreo internacional”
menciona lo siguiente “El Ecuador se mantuvo por mucho tiempo al margen de los
acontecimientos de la aeronáutica pero las primeras manifestaciones de
comunicación aérea, apresuraron la necesidad de reglamentarla”. (Martinez
Almeida, 1992)
Comentario:
Probablemente por una situación de apatía y de una postura legal al margen es
posible que el Ecuador no hubiera sentido la necesidad de desarrollar en un inicio un
ordenamiento jurídico previo en esos tiempos que catapultara la creación o expedición
de nuevas normas aéreas, de ser el caso. El Ecuador en estos instantes esta camino a
5
hacia una actualización técnica y jurídica en aspectos de aviación comercial y civil,
porque la globalización y avances tecnológicos que nos inundan día a día están en
constante cambio y variación, esto nos hacen replantearnos las posibilidades de
expansión, investigación y estudio de la aeronáutica para de esa manera poder proponer
beneficios al sector y mercado aeronáutico nacional.
Actualmente existen tres cuerpos legales en referencia al derecho aeronáutico que
norman en el país;
1. Código Aeronáutico
2. Ley de Aviación Civil
3. Reglamento a la ley de Aviación Civil.
Estos tres cuerpos legales son los que controlan, regulan, permiten y prohíben todas
las operaciones y actividades de carácter aéreo en el Ecuador. Los organismos
gubernamentales de control de carácter estatal que velan por la correcta organización,
ejecución y administración de las actividades aeronáuticas específicamente en el país
son:
1. Dirección General de Aviación Civil
2. Consejo Nacional de Aviación Civil
Las siguientes instituciones estatales que ayudan articular al correcto
desenvolvimiento de las actividades secundarias que tienen los aeropuertos del país y
que están relacionadas a la aeronáutica son:
1. SENAE ( Servicio Nacional de Aduana del Ecuador)
Se encarga de evaluar la legalidad, legitimidad, licitud y justificación de los
bienes corporales de carácter mueble que ingresan y salen del país a través de los
aeródromos o aeropuertos de cada ciudad con destino de viaje nacional e
internacional.
2. SRI ( Servicios de Rentas Internas)
Se encarga de la respectiva declaración y pago de impuesto de objetos y bienes
que pagan ciertas tasas arancelarias por ingreso o salida del país.
3. Dirección Nacional de Migración, Antinarcóticos y Policía Judicial.
6
Son elementos de acción directa en asuntos específicos de seguridad
aeroportuaria, como a su vez combaten y previenen el tráfico aéreo de
estupefacientes y sustancias psicotrópicas, tráfico de órganos, contrabando de
mercancías etc.
De los aspectos antes mencionados es importante recalcar que la infraestructura
aeroportuaria ha tenido grandes cambios y transformaciones en los últimos años,
haciendo posible que exista una mayor capacidad de abarcar más demanda y oferta
aeronáutica en lo que a transporte, insumos, bienes y servicios de consumo aéreos se
refiere. El mercado aeronáutico o sector de la aviación es bastante amplio y tiene una
gran gama de elementos que lo conforman, el sector aeronáutico está clasificado en
tres secciones:
1. Sector aeronáutico civil.
2. Sector aeronáutico militar.
3. Sector aeronáutico comercial.
De los tres enumerados enfocaremos la problemática al sector aeronáutico
comercial; Existe la ley que controle el uso y goce del transporte aéreo, de los servicios
que lo caracterizan y de que consiste cada uno, en el artículo 101 del Código
Aeronáutico que nos dice “los servicios aéreos se clasifican en: servicios de transporte
aéreo, servicios de trabajos aéreos y servicios aéreos privados.” (Codigo Aeronáutico
del Ecuador, 1978)
Pero en ningún momento dentro de la clasificación escrita en la ley, menciona que
la comercialización directa de bienes muebles sea un servicio aéreo, por tanto el
fundamento jurídico que respalda al comercio aeronáutico es poco sustentable, es decir
no denota una importancia relevante a las actividades comerciales que se pueden
ejercer por aeronaves. En otro artículo de la misma ley existe una falta de inserción del
sector aeronáutico comercial en el artículo 1 el cual se refiere a la aeronáutica civil
única y exclusivamente “Art 1.- La aeronáutica civil en la República del Ecuador se
rige por la Constitución de la República del Ecuador y los tratados y convenios
internacionales ratificados por la República del Ecuador, así como por este código,
sus leyes especiales y reglamentos” (Código Aeronáutico del Ecuador, 2007 ) cabe
recalcar que en ningún capítulo de la ley se menciona a la aeronáutica comercial como
sector o ramificación de la aeronáutica en sí, haciendo evidente y no negable la
7
insuficiencia jurídica que existe en uno de los tres únicos cuerpos legales que tratan y
versan sobre derecho aeronáutico en el país, suponiendo que la actividad comercial de
cualquier tipo es de vital importancia para los ingresos y réditos de un país.
Existe un cuerpo legal que avala las operaciones mercantiles dentro del país y
estipula todos los requisitos necesarios que se deben cumplir para que las mercancías o
mercaderías que salen con fines de comercializarse en el exterior, pero también da
indicios y una muestra clara y precisa de que aún existe una cierta apatía legal en lo que
a comercio aeronáutico se refiere y esto lo podemos probar revisando el Artículo 3 del
Código de Comercio “ Son actos de comercio ya de parte de todos los contratantes ya
de parte de alguno de ellos los siguientes : Núm.5 El transporte por tierra de ríos o
canales navegables de mercaderías o de personas que ejerzan el comercio o viajen por
alguna operación de tráfico”. (Codigo de Comercio, 1960) (Código de Comercio,
Registro Oficial Suplemento 1202, pág. 1, 1960, Quito-Ecuador)
Comentario:
En el artículo 3 de la ley antes mencionada no se hace mención ni tampoco se
pronuncia que el transporte aéreo sea una opción o mecanismo de comercio interno y
externo tampoco se estipula que el comercio de carácter aeronáutico pueda ser un acto
de comercio fijo y continuo, lo que también nos lleva al análisis de que existe un cierto
grado de “discriminación legal” al transporte aéreo como una alternativa de comercio.
El derecho aeronáutico es una rama jurídica que como todas las demás se
interrelacionan con otras ramificaciones del derecho, pero dentro de estas clases del
derecho que auxilian al derecho aeronáutico deben también existir modificaciones
sustanciales de acuerdo a la actualidad y vanguardia legal de los cambios que se
efectúan en este campo del derecho, en el cual ha sido netamente escaso en los últimos
años creando así una insuficiencia legal.
1.4 Determinación de los nudos críticos.
El derecho aeronáutico es una rama jurídica de carácter dual que tiene una gran
gama de beneficios que ofrecer, pero existen algunas desventajas considerables que se
pueden mejorar, solucionar o modificar para que exista un equilibro y desarrollo
sustentable de esta rama del derecho. Existen muchas falencias legales en lo que a
8
derecho aeronáutico se refiere, pero delimitaremos y enfocaremos el problema en el
aspecto mercantil y comercial del derecho aeronáutico.
Podemos definir nudos críticos los siguientes:
1. Son escazas las iniciativas de prospección económica comercial aérea
2. No se contempla al comercio aeronáutico como una actividad que puede ser
habitual y recurrente.
3. No se prioriza a la aeronave como un medio de transporte de bienes muebles a
gran escala.
4. Se sobre estima la capacidad logística y técnica de las aeronaves y aeródromos
en relación a otros medios de transporte más utilizados como lo son los
transportes marítimos y fluviales.
5. Existe poca normatividad relacionada al comercio aeronáutico o al sector
aerocomercial como tal.
6. Existe un desconocimiento general sobre información del Derecho Aeronáutico.
7. Falta de iniciativa para la creación de nuevos cuerpos legales referidos a la
aeronáutica legal.
1.5 Sub problema
La insuficiencia de normativa legal que avale al comercio aeronáutico como una
actividad netamente mercantil frente a la proyección de crecimiento de los mercados
aeronáuticos mundiales.
1.6 Análisis crítico
La legislación aeronáutica del país ha logrado mantener y desarrollar las
actividades y gestiones aéreas a través de la legalidad y licitud necesaria para su
correcta operación, lo cual ha significado que el sector aeronáutico nacional se
estandarice y pueda generar una gestión aeroportuaria-legal sustentable que genere una
oferta y demanda de servicios aéreos de transporte aéreo de personas a lo que va
enfocado el sector aeronáutico civil y comercial, el traslado de personas ha sido el
motor e incentivador de todas las actividades aéreas que se desarrollan día a día, porque
la movilidad de personas de un lugar determinado a otro en todo el globo terráqueo
9
tiene una demanda de miles de millones que se facturan por este servicio aéreo, el
porcentaje de personas que adquieren servicios aéreos es considerablemente más alto
que el traslado de mercaderías , bienes muebles u objetos suntuarios o pecuniarios.
1.7 Prognosis
La presente investigación tiene como objetivo primordial enfatizar la insuficiencia
de normas jurídicas de derecho aeronáutico en el Ecuador evidenciando las falencias
que la legislación aeronáutica nacional tiene actualmente en lo que a transporte de
mercancías se refiere , lo importante y relevante del presente proyecto es crear
opiniones, criterios, debates y juicios de valor que aporten de manera significativa al
desarrollo de esta rama del derecho en el aérea comercial con respecto a los bienes
muebles la cual tiene grandes y cuantitativas posibilidades de crecer en todos los
aspectos y elementos que lo conjugan, para de esa manera generan más competitividad,
desarrollo y crecimiento del sector aeronáutico nacional.
1.8 Formulación del problema.
En el siguiente proyecto de investigación presentare los siguientes temas que son
objeto de estudio e investigación de la problemática y delimitación del problema
planteado.
1. La insuficiencia de normas jurídicas de derecho aeronáutico en el Ecuador
2. La carencia de normativa comercial aérea en referencia a los bienes muebles
que se pueden importar y exportar, en las legislaciones aeronáuticas del país.
Sobre estas dos problemáticas podemos exhibir las siguientes causas:
1. La normativa aérea no está actualizada en relación a otros países del mundo.
2. Ausencia de motivación e interés de investigación y estudio de otras fuentes del
derecho aeronáutico.
3. Carencia de información, compendios, libros, ensayos, investigaciones sobre
derecho aeronáutico que impulsen la creación y expedición de nuevas leyes.
4. Desestimación del transporte aéreo como mecanismo de comercio a escala
macro.
10
1.9 Preguntas directrices.
1. ¿Qué es el derecho aeronáutico?
2. ¿Qué es la aeronáutica comercial y cómo influye en el uso y goce de los
servicios aéreos por parte de las personas?
3. ¿En qué consiste la aeronáutica comercial y qué relación tiene con las personas?
4. ¿Qué normativa auxilia al derecho aeronáutico?
5. ¿En qué consiste el mercado aeronáutico y que es el comercio de bienes
muebles?
6. ¿Qué es el derecho aeronáutico internacional?
7. ¿Qué es la industria aeroespacial?
8. ¿Cómo se puede solucionar la falta de normativa legal en derecho aeronáutico
comercial?
9. ¿En que beneficia el comercio aeronáutico a la economía del país?
1.10 Objetivos
General
El objetivo principal del presente proyecto de investigación es promover y
evidenciar la insuficiencia de normas jurídicas de derecho aeronáutico en el Ecuador,
delimitando a la aeronáutica comercial y al transporte aéreo de bienes muebles.
Especifico
Promover la creación, modificación y expedición de leyes aeronáuticas de tipo
comercial.
1.11 Justificación
El transporte aéreo es el mecanismo real y material por el cual se trasladan
personas, equipajes, mercancías, mercaderías y bienes muebles , siendo el traslado y
movilidad de personas por este medio de transporte el ingreso más fructífero que ha
tenido la aeronáutica comercial y civil, no podemos dejar de estimar los bienes muebles
que podemos comercializar bajo los parámetros legales existentes que tienen como
11
finalidad principal ser distribuidos y comercializados a nivel interno (nacional) y
externo (internacional). El derecho aeronáutico busca regular y controlar la licitud y
legitimidad de estos actos jurídicos los cuales se efectúan bajo la sujeción de las
normas y códigos que mandan, prohíben y permiten dentro de la jurisdicción del
Ecuador, a su vez podemos mencionar que el derecho aeronáutico es un tipo de derecho
dual porque rige bajo normas de derecho público y privado como a su vez de derecho
internacional.
El objetivo y justificación del siguiente proyecto de investigación es develar que
las operaciones aéreas son de vital importancia para el comercio aéreo y a su vez para
el sector aeronáutico del país, ya que se obtiene una gran cantidad de ingresos por estas
actividades que si se potenciarán mediante la implementación de más leyes de carácter
aéreo se podría magnificar la cantidad y variedad de opciones que pueden tener
personas naturales como jurídicas para ejecutar actos de comercio con fines de lucro,
por esa razón en un mundo tan globalizado como es el nuestro debemos estar a la
vanguardia y actualidad de todos los acontecimientos que se suscitan y generan día a
día producto de un sistema globalizado en el cual los aspectos de tecnología e
información evolucionan con una rapidez considerable, pero se necesita comprender
previamente que es de vital importancia sumarnos a la iniciativa de establecer al
comercio aéreo como un mecanismo legal y novedoso a través de la modificación,
creación y expedición de leyes de este tipo.
CAPÍTULO II
2. Marco teórico
Antecedentes
Desde épocas antiguas el hombre siempre mostro un deseo y anhelo de conquistar
las altas esferas del espacio y poder sobrevolar el cielo que nos cubre , las leyendas
como las de Ícaro y Dedalo en las historias épicas de aquellos hombres que soñaban con
tocar el cielo eran profundos deseos de superar la barrera de la gravedad. Después de
muchos y fallidos intentos los hombres empezaron a innovar nuevas formas y
capacidades de vuelos en ese entonces, en el siglo XVIII comenzaron a experimentar
con globos aerostáticos los cuales no cargaban ningún peso que los impidiera elevarse,
12
pero la problemática se presentó cuando estos artefactos caían al poco tiempo de
elevarse disminuyendo así las posibilidades de desarrollar un aparato aéreo que pudiera
llevar cosas más pesadas que el aire al cielo, eso cambio en el siglo XIX con la
construcción de los primeros dirigibles que podían ser controlados por los humanos,
poco después de ese tiempo se elaboran los primeros diseños más tecnificados de
aeroplanos. Existen dos fechas trascendentales que marcan un hito en la historia de la
aviación, que fueron los primeros hombres en realizar vuelos en un avión o aeroplano.
El señor Albert Santos Dumont
Los hermanos Wright en el año de 1903, 17 de diciembre.
A raíz de la primera guerra mundial suscitada en el año de 1914 los gobiernos y
estados en defensa interna y externa de sus naciones dieron un enfoque a la aviación
eminentemente militar, por las circunstancias de guerra que el mundo vivía en ese
tiempo, al acabar la primera guerra mundial en el año de 1918, algunos países
decidieron dar una apertura a la posibilidad de cambiar el enfoque de la utilidad de los
aviones y dar el inicio a una nueva era de comercialización a través de los aeroplanos.
En el año de 1919 se crean algunas compañías áreas de aviación comercial en el
continente europeo y latinoamericano.
2.1 El derecho aeronáutico y sus antecedentes
En el siglo XX inicialmente aparecen las primeras empresas comerciales dedicadas
al transporte aéreo, en el año 1919 se crean algunas compañías aéreas de carácter
comercial, las cuales empezaron a desempeñar trabajos aéreos, que se basaban en
transportar correos y cierto número de personas a través de aeroplanos , las compañías
que logran conformarse y se aventajan a otras creadas posteriormente son KLM
originaria de los países bajos en el continente europeo y SCADTA (Sociedad
Colombo-Alemana) en Latinoamérica que es hoy en día es la línea aérea Avianca ,
paulatinamente estas empresas de la aviación civil y comercial con el transcurso de los
años fueron creciendo y ampliándose de manera considerable hasta transformarse en
grandes multinacionales de la aviación civil internacional. Sumándose a este
acontecimiento uno de los más notables hitos históricos dentro del derecho aeronáutico
se produjo en el año de 1944 con la creación del Convenio de Chicago el cual dio paso
13
a la creación del ente regulador más importante de las aviación civil y comercial en el
mundo; la OACI (Organización de Aviación Civil Internacional).
2.2 Cronología de la aviación en el Ecuador.
Datos importantes:
La primera vez que se elevó al cielo una nave tripulada fue el 4 de diciembre de
1842 cuando el aeronauta, José María Flores despega de los patios del convento
San Agustín hasta cubrir el cielo centro de Quito en un globo de aire caliente.
En el año de 1912 llega al Ecuador el primer avión, de propiedad del chileno
Eduardo Molina Lawin , quien realizaría algunos vuelos en el Hipódromo del
Jockey Club.
El primer ecuatoriano que voló en un aeroplano sobre suelo patrio fue el Mayor
Julio E. Jáuregui, jefe militar del puerto principal.
El 4 de noviembre de 1920 el viador Elia Luit, al mando del “Telégrafo I” se
eleva por primera vez sobre los Andes ecuatorianos, en el vuelo realizado entre
Guayaquil y Cuenca.
El 22 de julio de 1992 a bordo de un avión Ryan B.5, llamado Ecuador I, se
realiza el primer vuelo de circunvalación a la República.
Existen antecedentes de la historia de la aviación en el Ecuador que clarifican la
idea del transporte aéreo nacional y como fue desarrollándose y creciendo con el
transcurso de los años, el primer punto de partida se dio en el año de 1913, más
específicamente el 8 de octubre cuando se dio a conocer el primer avión que
sobrevolaría la ciudad de Guayaquil, mientras el mundo seguía su curso y se
aventuraban a la actividad aeronáutica, diferentes personas de la época como por
ejemplo: Albert Santos Dumont, Luis Bleriot entre otros ya tenían ansias de conquistar
los cielos.
En el año de 1920 en el Ecuador se marca un hecho importante para la aviación
civil ecuatoriana, después muchos años de inactividad en ese sector, la hazaña hecha por
el piloto de origen italiano Elia Liut quien realiza el primer vuelo aéreo desde Guayaquil
hasta la ciudad de Cuenca, la aeronave que realizo este viaje tuvo el nombre de “El
14
Telégrafo I”, se lo llamo de esa manera en homenaje y agradecimiento a la empresa
periodística porteña por el financiamiento y patrocinio económico. Fue tal el impacto e
impresión que tuvo tal acontecimiento sobre los espectadores que el hecho pasa a ser de
interés legal para los legisladores y autoridades de aquella época, los organismos
competentes a través de sus representantes le conceden al piloto Luit el permiso y
licencia para que funde la Escuela de Aviación con sede en la ciudad de Guayaquil.
El objetivo o propósito de la entidad que se creo fue la de proporcionar y brindar
preparación y estudios sobre la aeronáutica para de esa manera desarrollar la aviación
militar y la aeronáutica civil. Después de la iniciativa que se mostró para desarrollar la
aeronáutica en el país, el 2 de julio de 1928 el Ecuador firma el primer contrato de
transporte aéreo de pasajeros, carga y correos con la SCADTA, la cual autoriza a dicha
empresa a realizar el sobrevuelo de un punto de determinado a otro de pasajeros con el
país vecino que de Colombia a destinos del litoral ecuatoriano. Posteriormente
mediante y por decreto ejecutivo del 22 de febrero del 1929, un año después de la firma
del contrato con SCADTA., se firma otro contrato de transporte internacional con el
representante PANAGRA, el Sr. Harlod Ross Harris, para realizar vuelos desde el
cualquier parte del Ecuador hacia Sudamérica.
Posteriormente de ocho largos años se crea la primera empresa de aviación
nacional con el nombre de SEDTA (Sociedad Ecuatoriana de Transportes Aéreos) en el
año de 1937, y su génesis fue fruto de la firma de un contrato con el ciudadano alemán
Fritz Hammer, quien aporta la mayoría de sus esfuerzos para que se establezca la
actividad aerocomercial en el país. El 24 de julio de ese mismo año se realiza la
inscripción oficial de la Sociedad Ecuatoriana de Transportes Aéreos, pero
fatídicamente el socio Fritz Hammer falleció, y producto de la segunda guerra mundial,
los inversionistas alemanes tuvieron que dejar el país, como resultado la empresa
SEDTA dejo de operar en el año 1941.
Según criterios y opiniones de varios juristas tenemos la del Dr. Homero Almeida
Martínez quien en su obra “El Contrato de transporte aéreo internacional” nos
menciona lo siguiente “En las décadas de los 50 y 60 se fundan numerosas aerolíneas,
dado el extremado facilismo en el que cayeron los organismos estatales para la
15
concesión de permisos de operación, esto produjo necesariamente su liquidación a
corto plazo” (Martínez, 1992)
(Dr. Homero Martínez Almeida, “El Contrato de transporte aéreo internacional”,
pag.52, Editorial Aldus, Quito – Ecuador).
A partir de la mitad del siglo XX es decir aproximadamente en la década de los 50 y
60 el Ecuador empieza a insertarse de una manera más continua en la aviación civil y
comercial de carácter nacional e internacional, también se incorpora a varias redes de
aerolíneas aéreas y a su vez también ejecuta diversas negociaciones y convenios
internacionales con el sector de la aeronáutica mundial.
Espacio Aéreo
El espacio aéreo es una porción de la atmosfera terrestre, tanto sobre tierra como
sobre agua, regulada por la legislación aérea espacial de cada país, para esto
delimitándonos al espacio aéreo del Ecuador. Se denomina al espacio aéreo como toda
extensión de la atmosfera que se encuentra supra yacente al territorio continental,
marítimo e insular del país. El espacio aéreo es el lugar donde transitan miles de
aeronaves por el mundo, para trasladar a las personas de un punto determinado en el
mundo a otro.
2.3 Cronología de la legislación aérea en el Ecuador.
Año Fecha Tipo de Ley Contenido
1920 27 de Octubre Decreto
El servicio aéreo es de indispensable
necesidad para la Republica, se reconoce la
urgencia de contratar expertos extranjeros y se
faculta al Ejecutivo para organizar la primera
Escuela de Aviación.
1924 9 de Julio Reglamento Estudio de posibilidades que el Ecuador
ofrece a la aeronáutica militar y a la civil
1925 13 de Julio Decreto
Se adscribe oficialmente la Aviación al
Ministerio de Guerra y Marina, para que el
Sector Militar se encargue de la aviación pero
16
posteriormente se dio a relucir que se podía
obtener ingresos de los servicios aéreos.
1926 19 de Abril Decreto
Se inscribe la primera escuadrilla de guerra,
antecedente de la FAE en el Ministerio de
Guerra
1929 Decreto Se faculta al ejecutivo para que se construya
el aeropuerto de Guayaquil.
1933 15 de Abril Decreto
Se ratifica la convenio firmada en la Sexta
Conferencia Panamericana de la Habana,
Convención que aprobó el Derecho
Internacional Privado Sánchez de Bustamante.
1936 23 de Julio Decreto Ratifica decreto de la Convenio de transporte
aéreo en buenos aires ( Buenos Aires)
1936 12 de septiembre Reglamento
Reglamento Interno para los aeropuertos de la
Republica y la Ley de Tránsito Aéreo,
publicados en el 3 y 6 de octubre de ese año,
respectivamente.
1936 12 de septiembre Ley Ley de Tránsito Aéreo.
1960 11 de diciembre Ley Ley de Aviación Civil
1978 14 de julio Código Código Aeronáutico del Ecuador
2.4 Elementos del derecho aeronáutico
Transporte aéreo
Infraestructura aeronáutica
Logística aérea
Fuerza de trabajo
2.5 Clasificación del sector aeronáutico
El Derecho Aeronáutico se divide en tres grandes sectores:
17
2.5.1 Sector aeronáutico civil
Esta división se enfoca en todos los aspectos de aviación privada las cuales se
caracterizan por ofertar la prestación de servicios y consumos de transporte aéreo por
parte de empresas particulares y especializadas en aviación civil en razón de generar
lucratividad que tiene como finalidad ofertar una gama de servicios aéreos y así
generar una demanda que sea significativa y ganancial.
Como ejemplo tenemos los siguientes puntos:
Servicios de vuelos internacionales
Servicios de vuelos nacionales
Servicios de carga
Servicios turísticos de destinos diversos ( viajes, paquetes promocionales de
traveling)
Servicios de asesoramiento y marketing para futuras visitas a determinadas
personas jurídicas o naturales que estén interesados en el país como punto de
destino de atracción turística o con fines de inversión extranjera.
2.5.2 Sector aeronáutico comercial
El sector aeronáutico comercial comprende todos aquellos campos de bursátiles
donde se ejecutan operaciones de comercio, negociaciones internacionales, inversiones
en acciones de aerolíneas, compra y venta de aeronaves, corporaciones aeronáuticas,
empresas de fabricación de aeronaves etc.
Pondremos un ejemplo el área de comercio exterior o interno;
Exportación aérea ejemplo: industria florícola
Importación de bienes muebles comerciales; mercancías de carácter
valorativo y nominal.
18
2.5.3 Sector Aeronáutico Militar
Es aquel que regula todas las actividades aeronáuticas en dirección a precautelar el
bienestar, estabilidad y seguridad del estado mediante fuerzas de acción y coacción
aeroespaciales, las cuales son direccionadas por el Estado para así mejorar, mantener y
proteger su defensa interina de cualquier amenaza o comportamiento hostil externo.
2.6 Fuentes legales del Derecho Aeronáutico
Como toda rama jurídica, el derecho aeronáutico tiene una clasificación que son
sus fuentes legales conocidas como la ley, la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina y
la sentencia ; todas inspiradas en los principios generales de derecho, que son los que
fomentaron desde un inicio al derecho aeronáutico y funciono como espejo de
legalidad y normatividad a otras naciones del mundo que se insertaron bajo el
ordenamiento jurídico internacional aeronáutico y que de esa forma cada nación y país
conformo su propia normativa aérea reguladora.
2.6.1 La ley
El concepto o definición de ley es muy específico y fácil de entender; la ley
manda, prohíbe o permite, es decir la ley tiene un carácter mandatorio, punitivo y
permisible , esto nos describe todas las leyes que tenemos en materia aeronáutico de
ámbito nacional o internacional que se plasma como la expresión legal de una realidad
jurídica existente. En el caso de las leyes de carácter aeronáutico tenemos las de
jurisdicción nacional y las de aplicación internacional que son los instrumentos
internacionales de derecho aeronáutico ratificados por el Ecuador.
2.6.2 La costumbre
Esta fuente del derecho aeronáutico es el resultado de la frecuencia regular que
tiene el tránsito aéreo que se efectúa todos los días en los distintos espacios aéreos del
planeta lo que da como consecuencia un reiteración de actos aeronáuticos, tales como lo
son los permisos de vuelo, los permisos de aterrizaje, los procedimientos legales
aeroportuarios y demás que determina la ley.
19
2.6.3 La jurisprudencia
En materia aeronáutica no son muchos los fallos que se han dado o plasmado en el
mundo judicial, esto lleva a que no haya mucha jurisprudencia aeronáutica tanto en el
exterior como en ambiente judicial nacional, pero llegara el momento propicio en
donde la circunstancias de la recurrente y diaria ejecución de operaciones legales
aéreas que se realizan en el espacio ,entre en algún litigio de carácter especializado y
necesitarán concurrir a la administración de justicia , lo que muchos tratadistas y autores
han mencionado es que es necesario que en algún determinado momento de la
evolución jurídica de esta rama se conforme por primera vez tribunales aeronáuticos en
el país.
2.6.4. La doctrina
Es el conjunto de conocimientos, bases, estudios, investigaciones, enseñanzas y
teorías emitidas por expertos jurídicos o conocedores profundos de la ciencia del
derecho que aportan una gran cantidad de información importante para el desarrollo y
aplicación de esta rama, como lo son todos los tratados de derecho aeronáutico o libros
de gran relevancia que tienen objetivo dar los datos e información necesarios para el
entendimiento de esta materia.
2.6.5 La sentencia
Las que rigen para ámbitos nacionales y supranacionales que crean precedentes y
antecedentes de derecho siendo el dictamen final del juez la ley para las dos partes
litigantes o para cualquier persona natural o jurídica que pida ante autoridad competente
la ejecución, extinción o legalidad de derechos conferidos por la constitución o por
normas jurídicas que regulen o se relacionen con el punto del conflicto o razón de la
Litis.
20
2.7 Importancia del transporte aéreo como mecanismo de comercio.
El transporte aéreo tiene una significativa importancia de carácter productivo al ser
el instrumento y estructura aeroespacial que permite y hace posible el traslado de
personas, mercancías y bienes muebles de un punto de partida a otro de arribo o llegada.
Según el Dr. Homero Martínez Almeida en su obra “El Contrato de transporte aéreo
internacional” menciona a las operaciones de comercio que se efectúan a través del
transporte aéreo como actividades que generan una entrada de ingresos económicos
considerable y que tiene una gran incidencia en la economía del país. En su obra
menciona que el transporte aéreo cumple tres funciones preponderantes en la vida
social del hombre y son las siguientes:
1. La satisfacción de la necesidad de movilización y desplazamiento personal o de
bienes.
2. La satisfacción a los sectores productivos en la necesidad de concentración de
materias primas y medios en el proceso de transformación y distribución.
3. La contribución a la integración de los grupos sociales y a la difusión de la
cultura.
Comentario:
La primera función que tiene que ver con el desplazamiento personal de bienes, se
refiere al movimiento físico de objetos de valor pecuniario de tipo personal, pero dentro
del pensamiento del autor antes mencionado podemos plantear que no solo se efectué el
transporte de bienes de carácter unitario y personal sino también la circulación de bienes
de servicios que tenga como finalidad una acción de comercio.
2.8 Características del transporte aéreo.
Según el Dr. Homero Martínez Almeida en su libro “El Contrato de transporte
aéreo Internacional”, las características del transporte aéreo son:
Traslado de un lugar a otro
Circulación aérea
Internacionalidad
21
Velocidad
Infraestructura terrestre
2.9 Clases de transporte aéreo.
1. La naturaleza de la operación: en público y privado.
2. El ámbito del desplazamiento: interno e internacional.
3. La frecuencia de sus itinerarios; en regulares y no regulares.
4. El sujeto de transporte: en transporte de personas y transporte de cosas
5. La forma de operación: en simples y sucesivos.
(Martínez, H. 1992 “El Contrato de Transporte Aéreo Internacional)
2.10 El derecho aeronáutico y sus convenciones e instrumentos internacionales
Las leyes de carácter supranacional que versan sobre una materia determinada y
rigen para una gran cantidad de naciones como lo es el derecho aeronáutico
internacional tienen el carácter de exigibles en un significativo número de países, estos
instrumentos jurídicos están representados como:
Tratados
Convenios
Pactos
Protocolos
Dentro de todos los convenios internacionales que existen en materia de aviación
internacional los que se mencionan en el presente trabajo son los más destacados.
El Convenio de Chicago de 7 de diciembre de 1994 de este convenio
nacieron dos pautas que re direccionarían el Derecho Aeronáutico que son:
La formación y creación de la O.A.C.I (Organización de Aviación Civil
Internacional) reglas y disposiciones dirigidas a controlar y regular la
aviación y ciertos aspectos del transporte aéreo.
El Convenio de Varsovia de 12 de octubre de 1929 para la unificación de
determinadas reglas relativas al transporte aéreo internacional, este convenio
22
fue modificado por protocolos firmados en la Haya el 28 de septiembre de
1995 y en la ciudad de Guatemala el 8 de marzo 1971.
El Convenio de Roma de 29 de mayo de 1993 sobre embargos preventivo de
aviones o aeronaves.
El Convenio de Bruselas de 1938 asistencia y salvamento (no tuvo vigencia)
El Convenio de Ginebra de 19 de junio de 1948 sobre reconocimiento
internacional de derechos sobre aeronaves.
Convenio de Roma del 7 de octubre de 1952 relativo a la unificación de
ciertas reglas referentes a los daños causados por la aeronave a los terceros
en superficie.
Convenio de Guadalajara del 18 de septiembre de 1961 unificación de
ciertas reglas relativas al transporte aéreo internacional realizadas por quien
no sea el transportista contractual.
Convenio de Tokio del 14 de septiembre de 1963 sobre infracciones y ciertos
actos sometidos a bordo de aeronaves.
Convenio de París de 10 de julio de 1967 sobre procedimiento aplicable para
el establecimiento de las tarifas de los servicios aéreos regulares.
Convenio de Paris de 10 de julio de 1967 sobre procedimiento aplicable
para el establecimiento de las tarifas de los servicios aéreos regulares
Convenio de la Haya de 16 de diciembre de 1970 sobre la represión del
apoderamiento ilícito de aeronaves.
Convenio de Montreal de 23 de septiembre de 1971 sobre la represión de
actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil.
Acuerdos regionales e internacionales de aviación
Acuerdo de París de 30 de abril de 1956 sobre derechos comerciales, de
servicios aéreos no regulares europeos.
Acuerdo de 13 de diciembre de 1960 por el que determinados países
europeos establecieron una organización común encargada de regular la
circulación aérea.
Tratado de Yaoundé de 28 de marzo de 1961 para la explotación del
transporte aéreo por una sociedad común ejemplo: AIR AFRIQUE entre
determinados países africanos.
23
2.11 Principios internacionales del derecho aeronáutico.
Según VIDELA ESCALADA, Federico los principios de Derecho Aeronáutico
Internacional son “Nociones básicas que sirven de punto de partida para todas las
elaboraciones de la materia y por la simple aplicación de reglas de pura lógica,
dominan las normas a dictar y rigen los temas a través de las diversas soluciones”
(Rodríguez, 2000, pág. 27) (“Lecciones de derecho aeronáutico para ingeniero
aeronáutico y mecánico aeronáutico”, Abg. Felipe Ricardo Rodríguez, pág. 27, 2000,
Editorial de la Universidad Nacional de Córdova, Córdova – Buenos Aires).
2.12 El derecho aeronáutico y su relación con cuerpos jurídicos del orden
nacional.
El Derecho Aeronáutico comprende un diverso sistema normativo ya que abarca
normas y disposiciones de todo tipo de índole particular o público, incluso en cuestiones
y asuntos de seguridad nacional e internacional, a su vez esta rama jurídica se
fundamenta en una serie de principios que ayudan a coadyuvar su operacionavilidad en
los servicios aéreos que oferta en el mercado de las aerolíneas. El Derecho Aeronáutico
es una clase de sistema normativo adaptable; es decir que se adapta a cualquier situación
social, jurídica, económica o política lo que nos demuestra la volatidad de esta rama
jurídica que se reinventa y transforma su eje conforme al paso del tiempo y de la
demanda y oferta de sus consumidores, su adaptación al desarrollo científico y técnico
dan prueba feaciente de su mutabilidad. Dentro de nuestro orden jurídico nacional
tenemos los siguientes cuerpos legales.
Leyes y reglamentos relacionados al derecho aeronáutico o derecho de aviación.
Constitución de la República del Ecuador 2008.
Código civil ecuatoriano.
Código de comercio ecuatoriano
Código de la producción.
Código aeronáutico ecuatoriano.
Código penal ecuatoriano.
Ley de compañías (Ecuador).
24
Ley de defensa del consumidor (Ecuador).
Ley de aviación civil.
Reglamento a la ley de aviación civil.
Otras resoluciones expedidas por la Dirección Nacional de Aviación Civil.
Los antes mencionados pertenecen y caracterizan lo que conocemos como el
derecho internacional aeronáutico que está compuesto por todos los acuerdos bilaterales
y multilaterales entre naciones y países pactando así lo que ellos consideran de
beneficio común que es en consecuencia la legalidad del tránsito aéreo. El tránsito aéreo
es la actividad recurrente, diaria y frecuente que es tomada para el derecho como el
hecho, acto y negocio jurídico que el derecho aeronáutico busca promover.
Uno de los autores más importantes en lo que libros de aeronáutica nacional se
refiere es el Dr. Homero Martínez Almeida quien nos dice que el enfoque económico y
comercial que tiene derecho aeronáutico se basa netamente en la aeronáutica comercial
que la define de la siguiente manera “La aeronáutica comercial es el conjunto de
actividades y servicios directa o indirectamente vinculados con la circulación y
utilización de aeronaves privadas o públicas, con marcado propósito comercial. De
otra manera se diría también que la actividad aerocomercial es el conjunto de
acciones y servicios de transporte y trabajos aéreos, con fines de lucro”. (Martinez,
1992, pág. 7) (“El contrato de transporte aéreo internacional”, Dr. Homero Martínez
Almeida, pag.7, 1992, Editorial Aldus, Quito – Ecuador)
25
CAPÍTULO III
3. Metodología.
Los métodos utilizados para la elaboración del presente proyecto se seleccionaron y
ejecutaron bajo el propósito de ordenar y agrupar en sistemas coherentes los datos e
información recopilada en el proceso investigativo efectuado, el cual tuvo como
propósito inicial exponer una línea de análisis teórica sobre un problema expuesto y
demostrar bajo métodos de encuestas e información otra línea de investigación de
campo experimental sobre el tema y su problemática.
3.1 Determinación de los métodos que se utilizaron para el desarrollo del proyecto
de investigación.
Los métodos que se aplicaron al proyecto de investigación fueron los siguientes:
3.2 Método sistemático.
Mediante este método se pudo ordenar de manera sincronizada mucha de la
información y antecedentes del tema que se profundizo e investigo consiguiendo de
esta forma estudiar una serie de conocimientos que tenían relación entre sí, es decir
concordancia y coherencia de esta manera se pudo estructurar, coordinar y adecentar
los siguientes ítems bibliográficos de la presente investigación:
Revistas
Ensayos
Libros
Publicaciones
Cuerpos legales y normativa vigente como reglamentos y resoluciones.
3.3 Método deductivo.
En el proceso de la elaboración del presente proyecto de investigación se utilizó
simultáneamente varias metodologías de la investigación que me permitieron establecer
deducciones sobre las percepciones y juicios de valor de cada uno de los autores, libros,
26
ensayos, publicaciones científicas, cuerpos legales e instrumentos internacionales que
tome como guía y punto de partida para elaborar análisis y conceptos que plasme en el
presente proyecto.
3.3.1 Método inductivo.
Existen ideas y percepciones que se configuran de pensamientos particulares que
construye el autor (a) de una obra, de un libro o de un proyecto investigativo que es el
caso que estamos presentado, estas reflexiones y resoluciones se forman de manera
continua para desembocar finalmente en una hipótesis, criterio o idea personal de un
concepto o problema.
3.3.2 Método analógico o comparativo.
En el proceso de elaboración del proyecto de investigación se utilizó y aplico de
manera considerable la comparación, el contraste y la relación de investigaciones,
estudios, proyectos relacionados al tema que eh planteado mas no su problema de
fondo, poniendo en antecedentes los siguientes áreas de investigación comparativas.
En el siguiente cuadro pondremos como ejemplificaciones las siguientes
investigaciones científicas que demuestran que existen abogados que están inmersos y
han contribuido con la investigación aeronáutica legal fuera y dentro del país.
Área de Investigación
Trabajos de tesis que se han realizado
en torno al Derecho Aeronáutico
Comprobación de que existe intención de
prospección científica en esta aérea del derecho.
Título
"Políticas públicas en materia aeronáutica
civil"
Autor Darío Sebastián Reina Báez
Año 2013
Lugar Quito - Ecuador
27
Ensayos
Título "El derecho aeronáutico"
Autor Dr.Jorge W.German R.
Fecha 24 de noviembre del 2015
Lugar Quito - Ecuador
Revista Revista Judicial DerechoEcuador.com
Publicaciones
Título "Aproximación del derecho aeronáutico"
Autor Lcd.Manuela Navarro Peral
Fecha Privado
Lugar España
Página web Hispanaviación.com.es
Título Derecho Aeronáutico
Autor Romero Arteta Ponce Abogados - Law firm
Fecha Privado
Lugar Quito - Ecuador
Página web www.ecuadorianlawyer.com
Cuadro elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Otras áreas de investigación:
Repositorio utc – Universidad Técnica de Cotopaxi.
“El Derecho Aeronáutico y Política aérea en el Ecuador” ( Quito – Ecuador)
Facultad de derecho de Buenos Aires. (Buenos Aires-Argentina)
“La Construcción de aeronaves: su estatuto y régimen de responsabilidad”
Griselda Capaldo.
C.E.D.A.E- Centro de estudios de derecho aeronáutico y espacial
European Centre For Space Lae. (países europeos)
28
Lecciones de derecho Aeronáutico pata ingeniero aeronáutico y mecánico
aeronáutico del Abg. Felipe Ricardo Rodríguez, Universidad Nacional de
Córdova, 2000, Córdova – Argentina.
3.3.3 Método histórico.
La investigación se ha desarrollado bajo la premisa de antecedentes de carácter
cronológico que tiene una evolución por todos los eventos que se suscitan en el mundo
en sus diferentes tiempos de acción; pasado , presente , futuro es decir que se van
suscitando paulatina a medida de que transcurren los años, décadas etc., donde ocurren
acontecimientos que marcan un precedente para estudiar y analizar en que tienen todos
estos componentes influencia en el desarrollo del derecho aeronáutico como por
ejemplo;
Los convenios, tratados, protocolos sobre Derecho Aeronáutico Internacional:
La Convención de Chicago, 7 de diciembre 1944.
Declaración de las Naciones Unidas
Protocolo de Buenos Aires, septiembre 24, 1968, protocolo relacionado al texto
trilingüe auténtico de la convención de la Aviación Civil Internacional.
La Convención de Tokio, septiembre 14 de 1963 sobre ciertas ofensas y otros
actos cometidos a bordo de las aeronaves civiles.
Convención de la Haya, diciembre 16 de 1970.
Convención de Montreal de 1971, septiembre 23 de 1971, convención para
evitar actos ilegales contra la seguridad de la Aviación Civil.
Convención de Montreal de 1988, febrero 24 de 1988, protocolo para evitar
actos ilegales de violencia en aeropuertos que sirven a la Aviación Civil
Internacional.
Convención Joint Financing Iceland, Ginebra, Septiembre 25 de 1956, Acuerdo
para la articulación de los instrumentos financieros para ciertos servicios de la
Navegación Aérea de Islandia y enmendado por el Protocolo por el Protocolo
de Montreal de 1982.
29
3.4 Diseños de la investigación.
Con el propósito de contestar a las interrogantes y preguntas que plantea esta
investigación se ha estructurado un plan de diseño previo para poder responder todas
las inquietudes que el público lector tenga sobre el presente tema, el proyecto que tiene
un fin de investigación científica pone el investigador que es mi roll como autora del
presente proyecto la obligación primordial de establecer y formular hipótesis y
respuestas sobre los cuestionamientos que se dan de la problemática de insuficiencia de
normas jurídicas en el Ecuador.
30
3.5 Operacionalización de las variables.
3.5.1 Variable dependiente.
Tabla 1 cuadro de operalización de variable dependiente.
CONCEPTUALIZACIÓN CATEGORÍAS INDICADORES ÍTEMS TÉCNICAS E
INSTRUMENTOS
Falta de normas jurídicas
en materia aeronáutica y
constitucional
Derecho Constitucional:
Sublinea:
Neoconstitucionalismo:
Derechos y garantías
constitucionales
Normativa Aeronáutica
Ecuatoriana.
¿Que son normas
aeronáuticas?
¿Existen normas
constitucionales que se
correlacionen con normas
de derecho aeronáutico?
Encuesta
Entrevista
Cuestionario
Tabla elaborada por: Camila Alejandra Ambuchi López
31
3.6 Operacionalización de las variables
3.6.1 Variable independiente
Tabla 2 cuadro de operalización de variable independiente
CONCEPTUALIZACIÓN CATEGORÍAS INDICADORES ÍTEMS TÉCNICAS E
INSTRUMENTOS
Falta de normas jurídicas
de derecho aeronáutico
Derecho Aeronáutico
Derecho Internacional
Público
Derecho Internacional
Privado
Normativa internacional
de aviación y transporte
Aéreo.
Convención de Chicago.
Declaración Universal de
los Derechos Humanos.
¿En que beneficia el estudio
de esta rama del derecho?
¿Cómo podemos adquirir
conocimientos de esta rama
del derecho?
Encuesta
Entrevista
Cuestionario
Tabla elaborada por: Camila Alejandra Ambuchi López
32
3.7 Población y muestra.
La población y muestra que se utiliza en los proyectos de investigación para
resultados científicos se mide a través de la fórmula de la ponderación la cual da un
numero de 100 como expresión infinita, variando de todos modos el porcentaje de
población que a criterio del investigador sea necesario recurrir para poder obtener un
resultado científico y comprobable de la formulación del problema.
= 2,5 /100-0,025
= 100/2,5
= 40
Cuadro elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
La población que se utilizó en esta investigación:
Personal de agencias de viajes
Travimar, Gaspar de Villarroel y Shirys ( Quito – Ecuador)
Agencia de viajes internacional ,Ed. Torres de Almagro ( Quito – Ecuador)
Turisa , Colon y Amazonas ( Quito – Ecuador)
Total de personal encuestado: ocho (8)
Estudiantes de la carrera de derecho de la Universidad Central del
Ecuador , Av. América y Santa Clara (Quito - Ecuador)
Total de personal encuestado: treinta (30)
33
Catedráticos de la carrera de derecho de la Universidad Central del
Ecuador, Av. América y Santa Clara ( Quito – Ecuador)
Total de personal encuestado: seis (6)
Funcionarios del Ministerio de Justicia y Cultos , Oficinas de las Torres
de Almagro y Colon, ( Quito – Ecuador)
Total de personal encuestado: cinco (5)
Total de la población encuestada: cuarenta y nueve personas ( 49)
3.8 Técnicas e instrumentos de la investigación.
La técnica que se utilizó en la recolección de datos para la presente investigación
fue la encuesta, por la cual se adquiere un número determinado de datos mediante un
cuestionario elaborado a través del cual se obtiene los criterios y opiniones de los
encuestados con respuestas afirmativas o negativas que se reflejan en “si” y “no”.
34
3.8.1 Modelo de la encuesta N°1
Universidad Central del Ecuador
Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales
Escuela de Derecho
Encuesta técnica experimental con fines de recolección de datos.
Número de encuesta: 1
Finalidad: Proporcionar datos sobre respuesta afirmativas o negativas acerca de conocimientos o
informaciones sobre Derecho Aeronáutico.
Población: 30
Tipo de población a encuestar: Estudiantes
Casona: Universidad Central del Ecuador, Carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, Ciencias
Políticas y Sociales.
SI NO
Pregunta N°1
¿Tiene usted conocimiento de que es el derecho aeronáutico?
Pregunta N°2
¿Alguna vez tuvo aprendizaje o enseñanza sobre esta cátedra?
Pregunta N°3
¿Ha investigado algunos de los aspectos del derecho
aeronáutico como son la doctrina, jurisprudencia, ley,
sentencia o costumbre aeronáutica?
Pregunta N°4
¿Tiene conocimiento usted de que es la ciencia de la
aeronáutica?
35
3.8.2 Modelo de la encuesta N°2
Universidad Central del Ecuador
Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales
Escuela de Derecho
Encuesta técnica experimental con fines de recolección de datos.
Número de encuesta: 2
Finalidad: Proporcionar datos sobre respuesta afirmativas o negativas acerca de conocimientos o
informaciones sobre Derecho Aeronáutico.
Población: 6
Tipo de población a encuestar: Catedráticos
Casona: Universidad Central del Ecuador, Carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, Ciencias
Políticas y Sociales
SI NO
Pregunta N°1
¿Tiene usted información en términos jurídicos cual es la definición de derecho aeronáutico?
Pregunta N°2
¿Tiene conocimiento de la normativa legal existente en el país sobre derecho aeronáutico?
Pregunta N°3
¿Considera usted al derecho aeronáutico como una rama jurídica novedosa?
Pregunta N°4
¿Cree usted que el derecho aeronáutico es una rama jurídica con proyección futurista?
Pregunta N°5
¿Cree usted que existe insuficiencia de normativa jurídica para la aplicación de esta rama del
derecho?
Pregunta N°6
¿Considera usted que existe un desconocimiento de esta rama del derecho y de sus beneficios
aquí en el país?
Pregunta N°7
¿Tiene usted conocimiento de alguna instrucción académica de nivel superior, tanto en
materia de maestría, especialidad o doctorado que aborde acerca de esta materia?
Pregunta N°8
¿Ha recibido capacitación, cursos o nivelación académica sobre esta rama del derecho?
Pregunta N°9
¿Considera usted que existe una insuficiencia de leyes o normas jurídicas de carácter nacional
que se manifiesten en representación de esta rama jurídica?
Pregunta N°10
¿Considera usted que deben expedirse más leyes de carácter aeronáutico en el país?
36
3.8.3 Modelo de la encuesta n°3
Universidad Central del Ecuador
Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales
Escuela de Derecho
Encuesta técnica experimental con fines de recolección de datos.
Número de encuesta: 3
Finalidad: Proporcionar datos sobre respuesta afirmativas o negativas acerca de conocimientos o informaciones
sobre Derecho Aeronáutico.
Población: 8
Tipo de población a encuestar: Empleados privados
Institución: Agencias de viajes
Pregunta N°1 si no
¿Cree usted que la normativa legal existente en el país es suficiente para enfrentar el
desarrollo del sector aeronáutico en el país?
Pregunta N°2
¿Cree usted que los ordenamientos jurídicos nacionales relativos a la aeronáutica son
suficientes frente a la proyección de crecimiento global del mercado aeronáutico
mundial?
Pregunta N°3
¿Considera usted que se deberían hacer modificaciones o expediciones de ley más
contemporáneas o nuevas en materia aeronáutica legal?
Pregunta N°4
¿Cree usted que el mercado aeronáutico ecuatoriano es un sector económico que podría
beneficiar de manera directa a la población en todo tipo de escala?
Pregunta N°5
¿Cree usted necesaria la implementación de programas de capacitación tanto pública
como privada en esta rama del derecho?
Pregunta N°6
¿Cree usted que el Ecuador debe tener más vinculación internacional en temas legales
con respecto a otros países en lo que a derecho aeronáutico se refiere?
Pregunta N°7
¿Considera usted la impartición de la catedra de derecho aeronáutico en todas las
escuelas de derecho, como mecanismo de innovación, creación, perspectiva y desarrollo
de este tipo de derecho en el país?
37
3.8.4 Modelo de la encuesta N°4
Universidad Central del Ecuador
Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales
Escuela de Derecho
Encuesta técnica experimental con fines de recolección de datos.
Número de encuesta: 4
Finalidad: Proporcionar datos sobre respuesta afirmativas o negativas acerca de conocimientos o
informaciones sobre Derecho Aeronáutico.
Población: 5
Tipo de población a encuestar: Funcionarios públicos
Institución: Ministerio de Justicia y Cultos
SI NO
Pregunta N°1
¿Tiene usted información en términos jurídicos cual es la definición de derecho aeronáutico?
Pregunta N°2
¿Tiene conocimiento de la normativa legal existente en el país sobre derecho aeronáutico?
Pregunta N°3
¿Considera usted al derecho aeronáutico como una rama jurídica novedosa?
Pregunta N°4
¿Cree usted que el derecho aeronáutico es una rama jurídica con proyección futurista?
Pregunta N°5
¿Cree usted que existe insuficiencia de normativa jurídica para la aplicación de esta rama del
derecho?
Pregunta N°6
¿Considera usted que existe un desconocimiento de esta rama del derecho y de sus beneficios
aquí en el país?
Pregunta N°7
¿Tiene usted conocimiento de alguna instrucción académica de nivel superior, tanto en
materia de maestría, especialidad o doctorado que aborde acerca de esta materia?
Pregunta N°8
¿Ha recibido capacitación, cursos o nivelación académica sobre esta rama del derecho?
Pregunta N°9
¿Considera usted que existe una insuficiencia de leyes o normas jurídicas de carácter nacional
que se manifiesten en representación de esta rama jurídica?
Pregunta N°10
¿Considera usted que deben expedirse más leyes de carácter aeronáutico en el país?
38
3.9 Validez y confiabilidad de los instrumentos.
Estos procesos se aplican para el idóneo y correcto desarrollo de la investigación
con la finalidad de evaluar la validez y consistencia del diseño y estructura de los
instrumentos y el fin que se dio por medio de estos para la recopilación de datos y el
adecuado desenvolvimiento de la investigación, en el caso presente hemos aplicado la
encuesta que tiene un rango de confiabilidad de 95%.
3.10 Técnicas de procesamiento y análisis de datos.
Una vez recopilada toda la información necesaria para el procesamiento de datos o
información se puede de manera manual o por medio de programas estadísticos como
Microsoft Excel crear y generar cuadros, gráficos y tablas sobre la información
procesada.
3.11 Instrumentos manuales de la investigación.
En el presente proyecto se tomaron los siguientes instrumentos auxiliares para
recopilación y adquisición de información:
Fichas nemotécnicas
Fichas bibliográficas
Cámara digital
Computadora Laptop
Impresoras
Scanner
Fotocopiadora estándar.
3.12 Recursos Materiales.
Para el siguiente proyecto de investigación se dispuso de los siguientes ítems:
Para el siguiente proyecto de investigación dispondré de:
39
Papel de Impresión A4
Esferográficos
Resaltadores
Carpetas Folders
Separadores de Documentos
Clips
Grapadora
Fichas
Cuadernos
Papel Fotográfico de 180 gramos
Tintas de Impresora
Scoth
Borrador queso
Liquick Paper
Anillados
Calculadoras
Cuadernos de 100 hojas a línea
Programas y software de estadística
40
CAPÍTULO IV
4. Análisis e interpretación de Resultados
Las encuestas son un método de investigación muy útil y verídica en temas de
análisis e interpretación de datos o resultados ya que son la comprobación estadística de
los niveles de aceptación o negación de una población determinada respecto a un tema
o tópico a discutirse.
En el siguiente capítulo veremos los niveles de negación o afirmación de la
población encuestada acerca el conocimiento o instrucción que tienen del Derecho
Aeronáutico como también la opinión que ejercen si existe o no una insuficiencia de
normas jurídicas de Derecho Aeronáutico en el Ecuador.
En el siguiente informe he clasificado cuatro tipos de población tomando en cuenta
y considerando que tienen relación directa con el tema y que es necesario enfocar que
aspectos del Derecho Aeronáutico son más importantes para cada uno de ellos.
La población encuestada es la siguiente:}
Treinta estudiantes de la Universidad Central del Ecuador – Facultad de
Jurisprudencia Ciencias Políticas y Sociales, Escuela de Derecho (30)
Seis catedráticos de la Escuela de Derecho , Uce (6)
Ocho empleados (a) de agencias de viajes (8)
Diez funcionarios públicos del Ministerio de Justicia y Cultos (5)
Total de personas encuestadas: 49 personas
4.1 Encuesta Nº1
Población: 30 personas
Tipo de población encuestada: estudiantes de primero a decimo semestre de la
Carrera de Derecho; Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales.
Universidad Central del Ecuador.
41
Numero de encuestados: 30
Tema de encuesta: conocimiento o investigación del Derecho Aeronáutico por
parte de futuros aspirantes a abogados de la República del Ecuador.
Número de encuesta: 1
El objetivo de la encuesta nº1 es demostrar el conocimiento sobre Derecho
Aeronáutico en un número determinado de estudiantes, proyectando así en cada
pregunta de las cuatro formuladas en esta encuesta el nivel de instrucción o estudio
sobre aspectos de Derecho Aeronáutico como lo pueden ser la costumbre, las leyes o
sistemas jurídicos que enfocan esta rama del derecho como también lo pueden ser sus
elementos como la doctrina, sentencia etc.
1. Tiene usted conocimiento de que es el Derecho Aeronáutico?
Tabla 3 Encuesta 1
Fuente: encuesta realizada a 30 estudiantes de la carrera de derecho, facultad
de jurisprudencia, ciencias políticas y sociales de la Universidad Central del
Ecuador.
0
10
20
30
Si No
827%
2273%
Gráfico 1 Encuesta 1
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 8 27%
No 22 73%
TOTAL: 30 100%
42
Interpretación: De la población a la que fue dirigida la encuesta N°1 que son
estudiantes entre primer a decimo semestre de la carrera de derecho, el 27% dio una
respuesta afirmativa de tener conocimiento sobre la rama del derecho aeronáutico y el
73% restante dio un resultado negativo.
Análisis: En la población encuestada no se observa ningún tipo de conocimiento previo
sobre el derecho aeronáutico.
2. ¿Alguna vez tuvo aprendizaje o enseñanza sobres esta cátedra (Derecho
Aeronáutico)?
Tabla 4 Encuesta 1
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 4 13%
No 26 87%
TOTAL: 30 100%
Fuente: encuesta realizada a 30 estudiantes de la carrera de derecho, facultad
de jurisprudencia, ciencias políticas y sociales de la Universidad Central del
Ecuador.
413%
2687%
0
10
20
30
Si No
Gráfico 2 Encuesta 1
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: De la población a la que fue dirigida la encuesta N°1 que son
estudiantes entre primer a decimo semestre de la carrera de derecho, el 13% dio una
respuesta afirmativa de haber recibido un aprendizaje, enseñanza o conocimiento sobre
la rama del derecho aeronáutico y el 83% restante dio un resultado negativo.
Análisis: En la población encuestada se observa que existe un pequeño y reducido
número de personas que tuvieron algún conocimiento o enseñanza sobre el derecho
43
aeronáutico en comparación a una percepción general del grupo que contesto
negativamente a esta pregunta.
44
¿Ha investigado algunos de los aspectos del derecho aeronáutico como lo son la
doctrina, jurisprudencia, ley, sentencia o costumbre aeronáutica?
Tabla 5 Encuesta 1
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 3 10%
No 27 90%
TOTAL: 30 100%
Fuente: encuesta realizada a 30 estudiantes de la carrera de derecho, facultad
de jurisprudencia, ciencias políticas y sociales de la Universidad Central del
Ecuador.
310%
2790%
0
10
20
30
Si No
Gráfico 3 Encuesta 1
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°1 que son
estudiantes entre primer a decimo semestre de la carrera de derecho, el 10% dio una
respuesta afirmativa de haber realizado algún tipo de investigación referente a algunos
aspectos legales enfocados al derecho aeronáutico, mientras el 90% de la población
restante contesto que nunca han realizado investigaciones sobre este tipo de derecho.
Análisis: En la población encuestada se observa que existe un pequeño y reducido
número de personas que dan importancia a la investigación de esta rama del derecho en
comparación a una percepción general del grupo que contesto negativamente a esta
pregunta.
45
3. ¿Tiene conocimientos usted de que es la ciencia de la aeronáutica?
Tabla 6 Encuesta 1
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 10 33%
No 20 67%
TOTAL: 30 100%
Fuente: encuesta realizada a 30 estudiantes de la carrera de derecho, facultad
de jurisprudencia, ciencias políticas y sociales de la Universidad Central del
Ecuador.
1033%
2067%
0
5
10
15
20
25
30
Si No
Gráfico 4 Encuesta 1
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°1 que son
estudiantes entre primer a decimo semestre de la carrera de derecho, el 33% dio una
respuesta afirmativa de tener conocimiento sobre que es la ciencia de la aeronáutica,
comparado a un 67% de la población restante que respondió negativo a la pregunta y
que de a relucir que no tienen ningún concepto de que es la ciencia de la aeronáutica.
Análisis: En la población encuestada se observa que existe un conocimiento sobre que
es la ciencia de la aeronáutica en un número de encuestados no mayoritario pero si
considerable.
46
Tabla 7 Cuadro de Resultados
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30
Encuesta N º1
Pregunta Nº1
Si X X X X X X X X
No X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X
Pregunta Nº2
Si X X X X
No X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X
Pregunta Nº3
Si X X X X
No X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X
Pregunta Nº4
Si X X X X X X X X X X X
No X X X X X X X X X X X X X X X X X X X
Cuadro elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López .
47
4.2 Encuesta N°2
Población: 6
Número de encuesta: 2
Tipo de población encuestada: catedráticos de la Escuela de Derecho de la Universidad
Central del Ecuador.
Lugar: Facultad de Jurisprudencia, Escuela de Derecho.
Casona: Universidad Central del Ecuador
Objetivo:
La encuesta número dos tiene una finalidad más específica en razón de ser los
entrevistados personas que ya tienen una instrucción profesional avanzada sobre el
derecho, son en su totalidad abogados con larga trayectoria catedrática que pueden
emitir un criterio u opinión más certera sobre este tema.
1. ¿Tiene usted información en términos jurídicos cual es la definición de derecho
aeronáutico?
Tabla 8 Encuesta 2
VARIBALE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 0 0%
No 6 100%
TOTAL: 6 100%
Fuente: catedráticos de la carrera de derecho de la facultad de jurisprudencia,
ciencias políticas y sociales – Universidad Central del Ecuador
48
0
6100%
0
2
4
6
8
Si No
Gráfico 5 Encuesta 2
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°2 que son
catedráticos y docentes de la carrera de derecho el 100% de los encuestados
respondieron negativamente sobre la posibilidad tener conocimientos en términos
jurídicos de que es el derecho aeronáutico.
Análisis: En la población encuestada se observa que existe un desconocimiento
bastante considerable en términos jurídicos sobre lo que es el derecho aeronáutico.
49
2. ¿Tiene conocimiento de la normativa legal existente en el país sobre derecho
aeronáutico?
Tabla 9 Encuesta 2
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 1 17%
No 5 83%
TOTAL: 6 100%
Fuente: catedráticos de la carrera de derecho de la facultad de jurisprudencia,
ciencias políticas y sociales – Universidad Central del Ecuador
117%
583%
0
2
4
6
8
Si No
Gráfico 6 Encuesta 2
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°2 que son
catedráticos y docentes de la carrera de derecho un 17% contestó afirmativamente sobre
el entendimiento de la normativa aérea que existe actualmente en el Ecuador mientras el
resto de los encuestados respondieron negativamente sobre la posibilidad tener
conocimientos en términos jurídicos de cuál es la legislación aeronáutica en el país.
Análisis: En la población encuestada se observa que existe un desconocimiento
bastante considerable en términos jurídicos sobre la legislación aeronáutica existente en
el país.
50
2. ¿Considera usted al derecho aeronáutico como una rama jurídica novedosa?
Tabla 10 Encuesta 2
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 0 0%
No 6 100%
TOTAL: 6 100%
Fuente: catedráticos de la carrera de derecho de la facultad de jurisprudencia,
ciencias políticas y sociales – Universidad Central del Ecuador
6100%
0
2
4
6
8
Si No
Gráfico 7 Encuesta 2
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°2 que son
catedráticos y docentes de la carrera de derecho el 100% de los encuestados estuvieron
de acuerdo en concordar que el derecho es una rama novedosa.
Análisis: En la población encuestada se observa que existe una aceptación amplia,
como el criterio de que la rama de derecho aeronáutico es novedosa para el país.
51
3. ¿Cree usted que el derecho aeronáutico es una rama jurídica con proyección
futurista?
Tabla 11 Encuesta 2
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 6 100%
No 0 0%
TOTAL: 6 100%
Fuente: catedráticos de la carrera de derecho de la facultad de jurisprudencia,
ciencias políticas y sociales – Universidad Central del Ecuador
6100%
0
2
4
6
8
Si No
Gráfico 8 Encuesta 2
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°2 que son
catedráticos y docentes de la carrera de derecho el 100% de los encuestados estuvieron
de acuerdo en concordar que el derecho es una rama jurídica con miras futuristas y que
ese desarrollo podría ser sustancialmente beneficioso para el país y para el sector
aeronáutico del país.
Análisis: En la población encuestada se observa que existe una aceptación amplia de
considerar a la rama del derecho aeronáutico como un derecho de proyección futurista
para el país.
52
4. ¿Cree usted que existe insuficiencia de normativa jurídica para la aplicación de
esta rama del Derecho?
Tabla 12 Encuesta 2
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Abstención 1 17%
Si 4 67%
No 1 17%
TOTAL: 6 100%
Fuente: catedráticos de la carrera de derecho de la facultad de jurisprudencia,
ciencias políticas y sociales – Universidad Central del Ecuador
117%
467%
117%
0
1
2
3
4
5
Abstencion Si No
Gráfico 9 Encuesta 2
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°2 que son
catedráticos y docentes de la carrera de derecho el 83% de los encuestados estuvieron de
acuerdo en concordar que existe una insuficiencia de normativa aérea en el Ecuador,
mientras un 17 % de la población restante negó el criterio de creer que existe una
insuficiencia de normas aérea en el país, se presentó solo una abstención.
Análisis: En la población encuestada se observa que existe una aceptación amplia de
considerar que existe una insuficiencia de normas aéreas en el país.
53
5. ¿Considera usted que existe un desconocimiento de esta rama del derecho y de
sus beneficios aquí en el país?
Tabla 13 Encuesta 2
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 6 100%
No 0 0%
TOTAL: 6 100%
Fuente: catedráticos de la carrera de derecho de la facultad de jurisprudencia,
ciencias políticas y sociales – Universidad Central del Ecuador
6100%
0
2
4
6
8
Si No
Gráfico 10 Encuesta 2
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°2 que son
catedráticos y docentes de la carrera de derecho el 100% de los encuestados estuvieron
de acuerdo que no existen conocimientos amplios y específicos sobre el derecho
aeronáutico en el país.
Análisis: En la población encuestada se observa que existe una aceptación amplia de
considerar que hay un desconocimiento general sobre que es el derecho aeronáutico en
el país.
54
6. ¿Tiene usted conocimiento de alguna instrucción académica de nivel superior,
tanto en materia de maestría, especialidad o doctorado que aborde acerca de esta
materia?
Tabla 14 Encuesta 2
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 1 17%
No 5 83%
TOTAL: 6 100%
Fuente: catedráticos de la carrera de derecho de la facultad de jurisprudencia,
ciencias políticas y sociales – Universidad Central del Ecuador
117%
583%
0
2
4
6
8
Si No
Gráfico 11 Encuesta 2
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°2 que son
catedráticos y docentes de la carrera de derecho el 83% de los encuestados no tiene
información sobre programas de instrucción superior de tercer y cuarto nivel en la
materia de derecho aeronáutico y solo un 17% dio una respuesta afirmativa de tener
conocimiento sobre especializaciones en este tema o área del derecho.
Análisis: En la población encuestada se observa un desconocimiento o falta de
información sobre instrucción superior en derecho aeronáutico.
55
7. ¿Ha recibido capacitación, cursos o nivelación académica, sobre esta rama del
Derecho?
Tabla 15 Encuesta 2
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 1 17%
No 5 83%
TOTAL: 6 100%
Fuente: catedráticos de la carrera de derecho de la facultad de jurisprudencia,
ciencias políticas y sociales – Universidad Central del Ecuador
117%
583%
0
2
4
6
8
Si No
Gráfico 12 Encuesta 2
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°2 que son
catedráticos y docentes de la carrera de derecho el 83% de los encuestados indican que
no han tenido ningún tipo de capacitación en relación al derecho aeronáutico, pero un
17% si ha accedido a capacitaciones de este tipo.
Análisis: En la población encuestada se observa que la mayoría no ha tenido la
oportunidad de insertarse en el ámbito del derecho aeronáutico mediante capacitaciones
o nivelaciones.
56
8. ¿Considera usted que existe una insuficiencia de leyes o normas jurídicas de
derecho aeronáutico de carácter nacional que se manifiesten en representación
de esta rama jurídica?
Tabla 16 Encuesta 2
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 5 83%
No 1 17%
TOTAL: 6 100%
Fuente: catedráticos de la carrera de derecho de la facultad de jurisprudencia,
ciencias políticas y sociales – Universidad Central del Ecuador
583%
117%
0
1
2
3
4
5
6
7
Si No
Gráfico 13 Encuesta 2
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°2 que son
catedráticos y docentes de la carrera de derecho el 83% de los encuestados creen que si
existen una insuficiencia de carácter legal en lo que a normativa aérea respecta.
Análisis: En la población encuestada se observa que la mayoría comparte el criterio de
que si existe una insuficiencia jurídica en torno a la normativa aérea.
57
9. ¿Considera usted que deben expedirse más leyes de carácter aeronáutico en el
país?
Tabla 17 Encuesta 2
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 5 83%
Desconoce 1 17%
TOTAL: 6 100%
Fuente: catedráticos de la carrera de derecho de la facultad de jurisprudencia,
ciencias políticas y sociales – Universidad Central del Ecuador
583%
117%
0
1
2
3
4
5
6
7
Si Desconoce
Gráfico 14 Encuesta 2
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°2 que son
catedráticos y docentes de la carrera de derecho, el 83% de los encuestados creen que es
necesario que se expidan y creen nuevas leyes en torno a la legislación aeronáutica del
país.
Análisis: En la población encuestada se observa que la mayoría comparte el criterio
deben crearse nuevos cuerpos legales como a su vez normas jurídicas en esta área del
derecho.
58
Tabla 18 Resultados de la encuesta N°2
1 2 3 4 5 6
Encuesta N º2
Pregunta Nº1
Si
No X X X X X X
Pregunta Nº2
Si X
No X X X X X
Pregunta Nº3
Si X X X X X X
No
Pregunta Nº4
Si X X X X X X
No
Pregunta Nº5
Si X X X ABSTENCIÓN X
No X
Pregunta Nº6
Si X X X X X X
No
Pregunta Nº7
Si X
No X X X X X
Pregunta Nº8
Si X
No X X X X X
Pregunta Nº9
Si X X X X X
No X
Pregunta Nº10
Si X X X X X
No Desconoce
59
Cuadro elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Encuesta técnica º3
4.3 Encuesta técnica con fines de recolección de datos.
Población: 8
Tipo de población encuestada: personal administrativo de agencias de viajes.
Turisa S.A
Agencia de Viajes Nacionales e Internacionales: Matriz Colon y Amazonas
Travimar Agencia de Viajes
Lugar: sectorizado por agencia
Tomas de Berlanga y Shyris
Colon y Amazonas
Colon y Diego de Almagro
Numero de Encuestados: 8
Objetivo:
La presente encuesta tiene como objetivo es estudiar los datos recolectados de un
campo importante y de suma relevancia que tiene relación directa con el sector
aeronáutico comercial, en lo que a servicios de transporte aéreo se refiere, es necesario
tomar varios criterios para poder llegar así a una conclusión más aseverada del
importante progreso que tendría el Sector Aeronáutico si se implementaran más normas
jurídicas de este tipo para propulsar la actividad aeronáutica en el Ecuador.
60
1. ¿Cree usted que la normativa legal existente en el país es suficiente para
enfrentar el desarrollo del Sector Aeronáutico en el país?
Tabla 19 Encuesta 3
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 1 13%
No 7 88%
TOTAL: 8 100%
Fuente: personal administrativo de agencias de viajes
113%
788%
0
1
2
3
4
5
6
7
8
9
Si No
Gráfico 15 Encuesta 3
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°3 que son personal
administrativo de agencias de viajes, el 83% de los encuestados creen que la normativa
aérea del país no es suficiente.
Análisis: En la población encuestada se observa que la mayoría comparte el criterio de
que la normativa aérea actual no es suficiente.
61
2. ¿Cree usted que los ordenamientos jurídicos nacionales relativos a la aeronáutica
son suficientes frente a la proyección de crecimiento global del mercado
aeronáutico mundial?
Tabla 20 Encuesta 3
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 0 0%
No 8 100%
TOTAL: 8 100%
Fuente: personal administrativo de agencias de viajes
0%
8100%
0
2
4
6
8
10
Si No
Gráfico 16 Encuesta 3
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°3 que son personal
administrativo de agencias de viajes, el 100% de los encuestados creen que la normativa
aérea del país no es suficiente para enfrentar procesos de globalización en el mercado
aeronáutico.
Análisis: En la población encuestada se observa que la totalidad de los encuestados
considera que actualmente el país no tiene ordenamientos jurídicos necesarios para
enfrentar un proceso de globalización aeronáutica.
62
3. ¿Considera usted que se deberían hacer modificaciones o expediciones de ley
más contemporáneas o nuevas en materia aeronáutica legal?
Tabla 21 Encuesta 3
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 7 88%
No 1 13%
TOTAL: 8 100%
Fuente: personal administrativo de agencias de viajes
788%
113%
0
2
4
6
8
10
Si No
Gráfico 17 Encuesta 3
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°3 que son personal
administrativo de agencias de viajes, el 83% de los encuestados están de acuerdo en que
se deberían hacer modificaciones y expediciones de ley más contemporáneas en materia
aeronáutica en el país.
Análisis: En la población encuestada se observa que la mayoría de los encuestados
está de acuerdo con el criterio de que deben hacerse más modificaciones o expediciones
de ley más contemporáneas o nuevas en materia aeronáutica en el país.
63
4. ¿Cree usted que el mercado aeronáutico ecuatoriano es un sector económico que
podría beneficiar de manera directa a la población en todo tipo de escala?
Tabla 22 Encuesta 3
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 7 88%
No 1 13%
TOTAL: 8 100%
Fuente: personal administrativo de agencias de viajes
7 88% 1
13%0
2
4
6
8
10
Si No
Gráfico 18 Encuesta 3
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°3 que son personal
administrativo de agencias de viajes, el 83% de los encuestados están de acuerdo en que
el mercado aeronáutico puede beneficiar de manera directa al país.
Análisis: En la población encuestada se observa que la mayoría de los encuestados
está de acuerdo con el criterio de que deben hacerse más modificaciones o expediciones
de ley más contemporáneas o nuevas en materia aeronáutica en el país.
64
¿Cree usted necesaria la implementación de programas de capacitación tanto pública
como privada en esta rama del derecho?
Tabla 23 Encuesta 3
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 8 100%
No 0 0%
TOTAL: 8 100%
Fuente: personal administrativo de agencias de viajes
8100%
00
2
4
6
8
10
Si No
Gráfico 19 Encuesta 3
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°3 que son personal
administrativo de agencias de viajes, el 100% de los encuestados están de acuerdo en
que se debe implementar programas de capacitación tanto pública como privada en esta
rama del derecho.
Análisis: En la población encuestada se observa que la totalidad de los encuestados
están de acuerdo en la implementación e inserción de programas de capacitación en
materia aeronáutica.
65
5. ¿Cree usted que el Ecuador debe tener más vinculación internacional en temas
legales con respecto a otros países en lo que el derecho aeronáutico se refiere?
Tabla 24 Encuesta 3
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 8 100%
No 0 0%
TOTAL: 8 100%
Fuente: personal administrativo de agencias de viajes
8 100%
00
2
4
6
8
10
Si No
Gráfico 20 Encuesta 3
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°3 que son personal
administrativo de agencias de viajes, el 100% de los encuestados están de acuerdo en
que se debe implementar programas de capacitación tanto pública como privada en esta
rama del derecho.
Análisis: En la población encuestada se observa que la totalidad de los encuestados
están de acuerdo en la implementación e inserción de programas de capacitación en
materia aeronáutica.
66
6. ¿Considera usted la impartición de la cátedra de derecho aeronáutico en todas
las escuelas de derecho, como mecanismo de innovación, creación, perspectiva y
desarrollo de este tipo de derecho en el país?
Tabla 25 Encuesta 3
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 8 100%
No 0 0%
TOTAL: 8 100%
Fuente: personal administrativo de agencias de viajes
8100%
00
2
4
6
8
10
Si No
Gráfico 21 Encuesta 3
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López – Gráfico N° 21
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°3 que son personal
administrativo de agencias de viajes, el 100% de los encuestados están de acuerdo en
que se debe implementar la cátedra de derecho aeronáutico como mecanismo de
innovación en materia legal.
Análisis: En la población encuestada se observa que la totalidad de los encuestados
están de acuerdo en que se inserte la cátedra de derecho aeronáutico en las escuelas de
derecho de todas las universidades aquí en el país.
67
Tabla 26 Cuadro de resultados de la encuesta N°3
1 2 3 4 5 6 7 8
Encuesta N º 3
Pregunta Nº1
Si X
No X X X X X X X
Pregunta Nº2
Si
No X X X X X X X X
Pregunta Nº3
Si X X X X X X X
No X
Pregunta Nº4
Si X X X X X X X
No X
Pregunta Nº5
Si X X X X X X X X
No
Pregunta Nº6
Si X X X X X X X X
No
Pregunta Nº7
Si X X X X X X X X
No
Cuadro elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
68
Encuesta técnica nº4
4.4. Encuesta técnica con fines de recolección de datos.
Población: 5 personas
Número de personas encuestadas: 5
Lugar de encuesta: Ministerio de Justicia y Cultos
Objetivo: sondeo y muestra de los conocimientos o indicios de información que puedan
tener los funcionarios a nivel general o específico sobre el derecho aeronáutico.
1. ¿Tiene usted información en términos jurídicos cual es la definición de derecho
aeronáutico?
Tabla 27 Encuesta 4
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 0 0%
No 5 100%
TOTAL: 5 100%
Fuente: funcionarios del Ministerio de Justicia y Cultos.
5100%
0
2
4
6
8
Si No
Gráfico 22 Encuesta 4
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°4 que son
funcionarios públicos de una institución del estado el 100% tuvo una respuesta negativa
sobre si conocían la definición jurídica de derecho aeronáutico.
69
Análisis: En la población encuestada se observa que la totalidad de los encuestados no
tienen información de lo que en términos jurídicos se entiende por derecho aeronáutico.
2. ¿Tiene conocimiento de la normativa legal existente en el país sobre Derecho
Aeronáutico?
Tabla 28 Encuesta 4
VARAIBLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 2 40%
No 3 60%
TOTAL: 5 100%
Fuente: funcionarios del Ministerio de Justicia y Cultos.
Gráfico 23 Encuesta 4
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°4 que son
funcionarios públicos de una institución del estado el 40% tiene conocimiento de la
normativa legal aeronáutica existente y un 60% contesto una respuesta negativa que se
asume como desconocimiento.
Análisis: En la población encuestada se observa que un porcentaje de la población
encuestada tiene conocimiento de que existe normativa legal aérea y que por tanto se
asume que el personal que está en áreas del derecho puede tener una mayor capacidad
de compresión del tema.
70
3. ¿Considera usted al derecho aeronáutico como una rama jurídica novedosa?
Tabla 29 Encuesta 4
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 5 100%
No 0%
TOTAL: 5 100%
Fuente: funcionarios del Ministerio de Justicia y Cultos.
Gráfico 24 Encuesta 4
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°4 que son
funcionarios públicos de una institución del estado el 100% respondió afirmativamente
en creer que el derecho aeronáutico es una rama jurídica novedosa.
Análisis: En la población encuestada se observa que una amplia totalidad de los
encuestados cree que el derecho aeronáutico es una rama jurídica novedosa.
71
4. ¿Cree usted que el derecho aeronáutico es una rama jurídica con proyección
futurista?
Tabla 30 Encuesta 4
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 5 100%
No 0%
TOTAL: 5 100%
Fuente: funcionarios del Ministerio de Justicia y Cultos.
Gráfico 25 Encuesta 4
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°4 que son
funcionarios públicos de una institución del estado el 100% respondió afirmativamente
en creer que el derecho aeronáutico es una rama jurídica con proyección futurista.
Análisis: En la población encuestada se observa que una amplia totalidad de los
encuestados cree que el derecho aeronáutico es una rama del derecho con proyección
futurista.
72
5. ¿Cree usted que existe insuficiencia de normativa jurídica para la aplicación de
esta rama del Derecho?
Tabla 31 Encuesta 4
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 4 80%
No 1 20%
TOTAL: 5 100%
Fuente: funcionarios del Ministerio de Justicia y Cultos.
Gráfico 26 Encuesta 4
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°4 que son
funcionarios públicos de una institución del estado el 83% respondió afirmativamente
en creer que la normativa jurídica aérea es insuficiente en esta rama del derecho frente
a un 20% que opina lo contrario.
Análisis: en la población encuestada se observa que una mayoritaria población
considera que existe insuficiencia de normativa jurídica para la aplicación de esta
rama del derecho.
73
6. ¿Considera usted que existe un desconocimiento de esta rama del derecho y de
sus beneficios aquí en el país?
Tabla 32 Encuesta 4
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 5 100%
No 0 0%
TOTAL: 5 100%
Fuente: funcionarios del Ministerio de Justicia y Cultos
Gráfico 27 Encuesta 4
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°4 que son
funcionarios públicos de una institución del estado el 100% respondió afirmativamente
en creer que existe un desconocimiento sobre esta rama del derecho y de sus
beneficios aquí en el país.
Análisis: en la población encuestada se observa que la totalidad de la población está de
acuerdo y considera que existe un desconocimiento de esta ramificación jurídica y de
los beneficios que puede brindar al país.
74
7. ¿Tiene usted conocimiento de alguna instrucción académica de nivel superior,
tanto en materia de maestría, especialidad o doctorado que aborde acerca de esta
materia?
Tabla 33 Encuesta 4
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 2 40%
No 3 60%
TOTAL: 5 100%
Fuente: funcionarios del Ministerio de Justicia y Cultos
Gráfico 28 Encuesta 4
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°4 que son
funcionarios públicos de una institución del estado el 40% respondió afirmativamente
en tener conocimiento sobre algún tipo de especialidad o instrucción de carácter de
nivel superior educativo en relación al derecho aeronáutico.
Análisis: en la población encuestada se observa que el 60% de los encuestados no
tienen información sobre especializaciones o maestrías de cuarto nivel en relación al
derecho aeronáutico.
75
8. ¿Ha recibido capacitación, cursos o nivelación académica sobre esta rama del
derecho?
Tabla 34 Encuesta 4
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 0 0%
No 5 100%
TOTAL: 5 100%
Fuente: funcionarios del Ministerio de Justicia y Cultos
Gráfico 29 Encuesta 4
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°4 que son
funcionarios públicos de una institución del estado el 100% respondió negativamente
en torno a la posibilidad que ellos han tenido de acceder a capacitaciones o
nivelaciones en la materia de derecho aeronáutico, siendo así nula el acceso de
información que han podido tener en torno al derecho aeronáutico.
Análisis: en la población encuestada se observa que el 100% de los encuestados no ha
tenido ningún tipo de capacitación o nivelación respecto a la materia de derecho
aeronáutico.
76
9. ¿Considera usted que existe una insuficiencia de leyes o normas jurídicas de
carácter aeronáutico?
Tabla 35 Encuesta 4
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 5 100%
No 0 0%
TOTAL: 5 100%
Fuente: funcionarios del Ministerio de Justicia y Cultos
Gráfico 30 Encuesta 4
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°4 que son
funcionarios públicos de una institución del estado el 100% respondió positivamente
en creer que existe una insuficiencia de normas jurídicas de carácter aeronáutico.
Análisis: en la población encuestada se observa que el 100% de los encuestados
concuerdan en que hay una insuficiencia legal en relación al derecho aéreo en el
Ecuador.
77
10. ¿Considera usted que deben expedirse más leyes de carácter aeronáutico en el
país?
Tabla 36 Encuesta 4
VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE
Si 4 80%
No 1 20%
TOTAL: 5 100%
Fuente: funcionarios del Ministerio de Justicia y Cultos
0
0.5
1
1.5
2
2.5
3
3.5
4
4.5
5
Si No
480%
120%
Gráfico 31 Encuesta 4
Elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
Interpretación: de la población a la que fue dirigida la encuesta N°4 que son
funcionarios públicos de una institución del estado el 80% respondió positivamente en
creer que deben expedirse más leyes de carácter aeronáutico o aéreo en el país frente a
un 20% que considera que no deben crearse más leyes de carácter aéreo.
Análisis: en la población encuestada se observa que la mayoría está de acuerdo y
coincide con el criterio de expedir más normativa aérea que refleje beneficios para el
país.
78
Tabla 37 Resultados de la encuesta N°4
1 2 3 4 5
Encuesta N º4
Pregunta Nº1
Si
No X X X X X
Pregunta Nº2
Si X X
No X X X
Pregunta Nº3
Si X X X X X
No
Pregunta Nº4
Si X X X X X
No
Pregunta Nº5
Si X X X X
No X
Pregunta Nº6
Si X X X X X
No
Pregunta Nº7
Si X X
No X X X
Pregunta Nº8
Si
No X X X X X
Pregunta Nº9
Si X X X X X
No
Pregunta Nº10
Si X X X X
No X
79
Cuadro elaborado por: Camila Alejandra Ambuchi López
4.4.1 Análisis cuantitativo
Las estadísticas realizadas en el presente proyecto de investigación pudieron
determinar y detectar que la población encuestada las cuales sumaron un total de
cuarenta y nueve personas entre ellas estudiantes, docentes , funcionarios públicos y
empleados del sector privado ligados a las actividades aeronáuticas arrogaron los
siguientes parámetros cuantitativos que se deben analizar de la siguiente manera:
En la encuesta N°1 que se realizó a estudiantes de la carrera de derecho de la
Universidad Central del Ecuador se pudo constatar que aproximadamente un
80% del alumnado encuestado no tenía conocimientos previos sobre el
derecho aeronáutico a su vez tampoco se tenía indicios de que el público
consultado tuviera alguna instrucción o información de este tipo de derecho.
En la encuesta N°2 que se realizó a docentes de la carrera de derecho de la
Universidad Central del Ecuador se pudo determinar que el 80% de los
profesores encuestados tuvieron una respuesta positiva y afirmativa de
considerar que el derecho aeronáutico es una rama jurídica novedosa y con
proyección futurista favorable como a su vez respondieron afirmativamente
en creer que existe una insuficiencia de normas jurídicas en esta rama y un
desconocimiento general del tema.
En la encuesta N°3 que se realizó a empleados de agencias de viajes que se
relacionan a la prestación de servicios vinculados al sector aeronáutico se
pudo determinar que el 80% de los encuestados considera que la expedición
de nuevas normas de derecho aeronáutico podrían beneficiar al sector aéreo
nacional como a su vez están en concordancia que se deben efectuar
programas de capacitación sobre la materia y que el Ecuador debe tener más
vinculación internacional en temas de derecho aeronáutico internacional.
En la encuesta N°4 que se realizó a funcionarios públicos del Ministerio de
Justicia y Cultos se pudo detectar que la población que se encuesto en esta
entidad tenia escasos conocimientos e información sobre el derecho aeronáutico
pero en preguntas referentes a si existe insuficiencia de normas jurídicas de
80
derecho aeronáutico o de si la proyección de esta rama del derecho es
beneficiosa para el país un 100% de la población encuestada es decir su totalidad
concordó con una respuesta afirmativa.
4.4.2 Análisis cualitativo
Todas las encuesta que se ejecutaron para la desarrollo de este proyecto tuvieron
como finalidad demostrar características y cualidades del derecho aeronáutico y cuál es
la percepción del público o de la población a la que se dirigían las encuestas sobre esta
rama del derecho que siendo una consecuencia legal de una ciencia técnica tiene mucho
que aportar al estudio e investigación de las ciencias jurídicas.
Dentro del análisis cualitativo tenemos;
El derecho aeronáutico es una rama jurídica con proyección futurista.
Se deben efectuar cursos, capacitaciones y talleres sobre el derecho aeronáutico
en instituciones como:
Dirección Nacional de Aviación Civil
Facultades de Jurisprudencia del país
Empresas de aviación civil internacional como: LanEcuador, Taca, Copa
Airlaines y otras.
Investigar a fondo nuevos parámetros legales aplicables al derecho aeronáutico
que tengan como finalidad crear y expedir nuevas normas jurídicas aéreas.
Abrir una base de datos de organismos internacionales relacionados al tema de
modo que cualquier interesado que quiera tener información de esta materia
tenga la posibilidad de obtener información para futuras investigaciones que nos
aporten material actualizado de lo que se está planteando en el mundo sobre lo
que tiene relación acerca de industria, mercado y sector aeronáutico nacional e
internacional de tal manera que se podría estar en vigencia con nuevos tratados y
legalidades que constantemente se presentan a nivel supranacional.
82
CAPÍTULO V
5. Conclusiones y recomendaciones
5.1 Conclusiones
El derecho aeronáutico es una rama jurídica en auge y expansión que aún no
explota todo el extenso campo ocupacional, investigativo, científico y educativo que
tiene y posee, realmente las personas que están debidamente capacitadas e instruidas en
esta rama pueden hacer uso de sus conocimientos con fines lucrativos, científicos o para
el aporte del crecimiento del sector aeronáutico de cada país. La problemática
fundamental de la insuficiencia de normas jurídicas de derecho aeronáutico en el
Ecuador es que no existe ni la promoción ni el incentivo necesario para el estudio de
esta rama o ciencia jurídica por ende y como consecuencia no se prioriza la creación de
nuevas leyes de aviación que favorezcan a este sector tomando en cuenta que existe una
realidad aeronáutica global que demuestra que este sector productivo aéreo esta en
miras de un crecimiento considerable y acelerado debido a la gran demanda de servicios
aéreos como aeroportuarios, si bien es cierto existe normas con relación al derecho de
aviación y aeroespacial en el país pero se debería tener un conocimiento y preparación
suficiente porque a diferencia de otras ramificaciones del derecho la que es objeto de
este tratamiento es la derivación legal de una ciencia netamente técnica, que queremos
decir con esto; que hay procedimientos, operaciones y estudios logísticos que por ser
muy altos en tecnología están por este momento muy lejos de nuestro alcance. La
instrucción superior o educación de pregrado es muy importante y sumamente relevante
para el conocimiento de la ciencia de la aeronáutica o de la aviación, en el país no
existen muchas universidades o institutos que ofrezcan carreras o capacitaciones
enfocadas en este ámbito, es más probable que en la fuerza aérea ecuatoriana por ser un
organismo del Estado y a su vez un protector de la seguridad nacional este más
capacitado e instruido en esta ciencia que otros sectores de la educación.
El desconocimiento de la normativa legal existente sobre derecho aeronáutico en el
país también muestra una profunda falencia en actualización o investigación jurídica
sobre esta rama, a diferencia de otros tópicos o temas del derecho esta rama no es
regularmente común, no tiene un enfoque académico a nivel de las escuelas de derecho
83
del país, a breves rasgos se puede saber de manera mínima aspectos muy pequeños del
derecho aeronáutico en cátedras de derecho internacional público o privado porque por
lógica catedrática se enseñan aspectos relevantes que están relacionados con el espacio
aéreo, la soberanía de los territorios , los convenios , tratados e instrumentos
internacionales que ayudan a un mejor aprendizaje pero que no son específicamente el
objetivo de la cátedra ni tampoco dan fundamentos claros en derecho aeronáutico.
La información que se recogió en el capítulo iv del presente proyecto fueron
encuestas que demostraron un rango de estadísticas bastante considerables sobre
desentendimiento, desconocimiento, desinterés y sobre todo poca iniciativa por parte de
los encuestados de indagar o estudiar que es el derecho aeronáutico, es entendible que
siendo una rama jurídica no tan regular , no tan explotada ni promocionada en el país no
se encuentre en la cúspide del acontecer y quehacer jurídico como los son las ramas de
niñez y adolescencia, civil, penal, laboral por poner algunos ejemplos de la
competitividad que también tienen y que ejercen en las esferas de administración de
justica en el país en los ámbitos de litigación nacional.
Hay una relación causa- efecto que es muy importante demostrar y sobre todo poner
en evidencia de que la raíz y el núcleo de toda falta o insuficiencia jurídica de normas u
ordenamientos jurídicos parten de la premisa de una carencia de estudio de los
fenómenos sociales que la acontecen, en este caso específico no existe un estudio a
profundidad de los denominados fenómenos aeronáuticos que en este momento presente
no son visibles ni reales pero la proyección que tienen en un futuro no muy lejano nos
refleja que debe existir una preocupación de carácter legal para impulsar y propiciar
crear, expedir o modificar leyes aeronáuticas o de aviación.
Se tuvo como prioridad y finalidad absoluta desarrollar un tema de estudio
académico que desde el punto de vista investigativo es de gran relevancia, importancia
y validez, como es el derecho aeronáutico, como estudiante investigador de derecho se
priorizo el enfoque directo en una rama jurídica que todavía es desconocida y de poco
conocimiento aún en las esferas legales del país y en los centros de estudios
universitarios más específicamente hablando los de derecho, con lo que mi
determinación y objetivo fue demostrar en este proyecto mediante estudios,
recopilación de datos, encuestas, cuadros estadísticos y análisis la insuficiencia de
84
normas jurídicas de derecho aeronáutico en el país como a su vez el desconocimiento
colectivo que existe directamente con esta rama del derecho, que puede ser en algunos
años más con la atención, preparación, capacitación, enseñanza e instrucción necesaria
una rama jurídica que puede ofrecer una amplitud inimaginable de estudios y
conocimientos y una gran oportunidad de campo laboral para los futuros abogados de la
República del Ecuador.
Mi primera observación durante el proceso de la investigación y análisis del tema
fue que pude detectar que en esta rama del derecho en el país existe una total carencia
de información y datos sobre el tema , no existe ningún tipo de habilitación alguna de
información sobre proyectos de investigación relacionados al derecho aeronáutico,
poseemos una escases de material bibliográfico de carácter nacional que nos arroje o
proporcione estudios realizados en esta área , también pude observar la ausencia de
material audiovisual como también de material didáctico que imposibilitan al interesado
en ahondar en la búsqueda de profundizar en el conocimiento de esta rama tan importe
del derecho. La segunda observación que considero de enorme relevancia es que el
derecho aeronáutico por la trascendencia que tiene como aspecto legal en la carrera de
Derecho debe ser incluida como pensum y materia de estudios en las diferentes
universidades del país debido a la trascendencia que posee en el desarrollo de normas
jurídicas que emplacen las necesidades del quehacer nacional como internacional. Las
instancias actuales que nos plantea un mundo globalizado como es el de hoy en día , nos
impulsan a desarrollar nuevas alternativas que se ajusten a los requerimientos legales y
jurídicos que protejan y satisfagan las múltiples necesidad y exigencias que se precisan
para el desarrollo y la competitividad. Mi tercera observación se sustenta en la
proyección que arrojan las encuesta realizadas durante la investigación a profesores y
catedráticos del derecho, personal que laboran en funciones relacionadas a la aviación,
estudiantes de la facultad de derecho de las cuales se deprende que la ausencia de leyes
jurídicas , procedimientos y normativas legales , imposibilitan la eficiencia , la
aplicabilidad ,la operacionalidad , la ampliación y la correlación que puede ofrecernos el
derecho aeronáutico , como rama del Derecho. Si se habilitan los estudios y la
investigación de estas nuevas normas y leyes, el derecho aeronáutico estaría creando
una nueva proyección ante el enriquecimiento de nuevas normas jurídicas, satisfaciendo
así las exigencias del campo legal y productivo. Considero importante acotar que existe
un gran interés, tanto en las personas entrevistadas, como también en estudiantes y
85
público en general en obtener conocimientos acerca del derecho aeronáutico, como
también se demostró una inclinación y disposición en estudiar e investigar esta
interesante rama del derecho.
Ecuador posee como derecho un espacio aéreo que está conformado por un espacio
ficticio que con normas y leyes internacionales delimita y regula sus límites territoriales,
de este espacio aéreo se desprende su control, protección, utilización, maneo y
administración de las actividades aéreas de carácter licito que se ejecutan diariamente.
El derecho aeronáutico depende de una estructura jurídica que rige su funcionabilidad,
tanto nacional como internacional.
Para este proyecto de investigación tiene como objetivo colocar en evidencia tres
falencias fundamentales:
1.- Falta de información acerca del derecho aeronáutico en las diferentes áreas del
quehacer jurídico nacional.
2.- Falta o insuficiencia de nuevas leyes de carácter aeronáutico y aéreo – especial de
orden nacional con relación a la proyección de crecimiento del sector aeronáutico
nacional.
3. La ausencia de profesionales, catedráticos instruidos y capacitados en el manejo en la
rama del derecho aeronáutico.
Lo que arroja esta investigación está relacionada a la ausencia de normas legales
que sustenten la operacionalidad , la apertura de campo en la transacciones tanto
nacionales como internacionales de carácter aeronáutico, considero por lo que pude
comprobar que la falta de material bibliográfico que podría estar al alcance del
estudiante o de alguna persona que desee investigar o de material didáctico y
audiovisual es bastante escaso ,lo cual se puede determinar que es una área poco
atendida con muchas falencias de información y de un gran desconocimiento por parte
de funcionarios que laboran en servicios aeronáuticos , como también del público en
general. Este primer resultado de observación me ha llevado a plantear que la rama del
derecho aeronáutico precisa ser incluida como pensum de estudios en la carrera de
derecho de las diversas universidades del país y que de estas casas de estudio se
establezcan mecanismos de información e investigación que nutran otras áreas de
desarrollo académicos que precisen de argumentos legales en el campo del derecho
86
aeronáutico para sus necesidades y del público en general en estos momentos y que
además posee una gran proyección para el futuro en el ámbito académico y comercial
en el país. Durante el proceso de la investigación , pude detectar que en materia legal
de aeronáutica existen innumerables alternativas de estudio y aplicación legal siendo
este un tema en la cual podemos establecer como una primera propuesta de avance, la
inclusión de la materia de derecho aeronáutico como estudio y pensum en la carrera de
derecho en las universidades del país .La importancia de conocer las diversas políticas
legales en lo que a derecho aeronáutico se refiere , nos abre una infinita gama de
posibilidades de acción frente a las diversas formas de intercambio, comercio, seguridad
y estrategias que se manejan en el mundo hoy en día. En el ámbito académico se está
abriendo una puerta interesante para los futuros estudiantes de la rama de derecho ya
que con un mundo globalizado como es en el que estamos insertos, se precisa la total
actualización de los recursos legales con los que se manejan las actuales políticas del
derecho aeronáutico en el mundo. El derecho aeronáutico como rama legal , nos
concede la gran posibilidad de otorgar un beneficio sustentable en el ámbito
internacional ,ya que la proyección económico – aeronáutico en América Latina en un
futuro cercano se basa en optimizar todos los recursos para los cuales el derecho
aeronáutico deberá implementar y establecer ,convenios, estrategias, alianzas etc, para
estar a la vanguardia ante las necesidades que se presenten, para lo cual el derecho
aeronáutico como rama del saber humano no puede tener en estos tiempos ningún tipo
de insuficiencia de carácter legal que podría ser perjudicial para nuestro sector
aeronáutico , deberá contar con abogados especializados en esta materia y íntimamente
ligados al conocimiento internacional. Durante la investigación, también pude detectar
que la gran mayoría de personas ligadas al ámbito aéreo desconocen totalmente la
existencia de un código legal relacionado al derecho aeronáutico, lo cual pienso que se
debería otorgarse mediante algún medio de información.
Considero que dentro de toda la reseña histórica y antecedentes que ha tenido el
derecho aeronáutico a nivel internacional como nacional podríamos deducir que esta
derivación legal de una ciencia netamente técnica y lógica es producto y consecuencia
del crecimiento paulatino que tuvo este sector después de la primer y segunda guerra
mundial, en cual la aviación militar jugó un rol fundamental para la protección de cada
uno de los países involucrados y que además motivo en ese entonces el desarrollo de
nuevas tecnologías y planes de contingencia aéreos.
87
El derecho aeronáutico se repunta después de estos dos acontecimientos y ya
adquiriendo un enfoque distinto va ampliando sus campos de ejecución legal, en 1944
se crea y expide el Convenio de Chicago que dio paso años posteriores a la creación de
la Organización Internacional de Aviación Civil (OACI) que regula a nivel
internacional los parámetros legales del uso del espacio aéreo las delimitaciones de cada
especio, las actividades de transporte aéreo internacional y la licitud de todas las
operación de aviación civil que se realizan dia a día para toda persona que estudia e
indaga sobre este especial momento del derecho aeronáutico puede deducir que fue el
hito más importante que tuvo el derecho aeronáutico internacional y que causo grandes
cambios en la legislación de aviación de cada país y nación en el mundo.
El desarrollo del proyecto antes mencionado tuvo siempre por parte de mi
persona como autora del presente la finalidad de demostrar mediante criterios de
personas encuestadas y de respuestas netamente cerradas sobre un número determinado
de preguntas acerca de si existe una insuficiencia de normas jurídicas de derecho
aeronáutico en el Ecuador o si bien existe un desconocimiento de esta rama del
derecho.
Se elaboró para este capítulo 4 tipos de encuesta a 4 tipos de poblaciones distintas:
Ministerio de Cultos y Justicia
Agencias de Viajes
Estudiantes de la Carrera de Derecho de la Universidad Central del Ecuador
Personal Docente.
De todos los encuestados se concluye que respecto a temas como insuficiencia y
desconocimientos de normas jurídicas de derecho aeronáutico las encuestas arrojaron
los siguientes resultados:
Insuficiencia de normas jurídicas de derecho aeronáutico: existe un 86% de la
población encuestada que consideran que hay una insuficiencia de normas
jurídicas en esta aérea del derecho en el Ecuador.
Desconocimiento de normas jurídicas de derecho aeronáutico: Existe 95% de la
población encuestada que desconoce parcial o totalmente esta rama del derecho.
88
5.2 Recomendaciones
El derecho aeronáutico es una rama del derecho que tiene mucho por ofrecer, la
propuesta que desee presentar en este proyecto de investigación era demostrar que el
derecho aeronáutico es de gran importancia ya que proyecciones internacionales han
develado que el futuro aeronáutico de nuestro continente es muy prometedor y frente a
los avances jurídicos y tecnológicos del aérea aeronáutica en el mundo como
recomendación nos podemos dejar de ganar tiempo y promover la inmediata
capacitación e investigación de este sector el cual no solo nos puede otorgar
conocimientos bastos de la materia sino también nos puede ayudar a repotenciar y
generar competitividad del sector aeronáutico nacional, permitiéndonos así crecer en
todos los aspectos antes mencionados, la propuesta siempre tuvo la intención de ser
caracterizada por ser novedosa, por tener contenidos de visión futurista y por aportar
ideas que puedan nivelar nuestros conocimientos en esta aérea del derecho y acrecentar
los niveles de investigación y creación de nuevos cuerpos y normas legales aeronáuticos
para un mejor desenvolvimiento del sector aeronáutico nacional.
Enfoque el informe final de este proyecto argumentado cinco ideas a defender y
recomendaciones muy importantes que son las siguientes;
1. La instrucción sobre derecho aeronáutico para combatir la insuficiencia de
normas jurídicas de esta rama.
2. Promover el estudio, investigación y capacitación del derecho aeronáutico y
aeroespacial.
3. Disminuir la limitación de conocimientos de esta aérea del derecho.
4. Incentivar que se inserte a la rama del a derecho aeronáutico como materia de
estudio en las mallas curriculares de las carreras de derecho.
5. Promover la creación de leyes aeronáuticas para combatir cualquier tipo de
falencia legal que exista sobre nuevos fenómenos aéreos.
6. Promover el enfoque internacional de esta rama con suscripción de nuevos
tratados o acuerdos bilaterales o multilaterales en la materia.
7. Discutir la importancia del derecho aeronáutico en talleres o seminarios abiertos.
89
CAPITULO VI
6. La propuesta
La finalidad fundamental del presente proyecto de investigación es poder demostrar
y exponer de una manera clara y especifica que existe un indudable desconocimiento y
carencia de información sobre la materia que corresponde al derecho aeronáutico y del
transporte aéreo en general en el Ecuador, por tratarse de una rama jurídica que no ha
tenido una atención prioritaria o como principal atención de estudios jurídicos más
profundos, como los son las otras derivaciones del derecho tales como, el derecho
laboral, el derecho civil, el derecho penal entre otros. El sector del transporte aéreo tiene
una interesante y necesaria gama de informaciones y conocimientos que podrían
transformar la óptica de como vemos el sector aeronáutico y el mercado aeronáutico en
sí. Es de conocerse que el sector de transporte aéreo es una esfera que se relaciona
netamente con las personas por ser el instrumento y motor de traslado de un lugar a otro
de miles de pasajeros día a día que viajan a distintas partes del mundo. El tener la
apertura a incluir el estudio y la investigación en esta nueva área del derecho
aeronáutico en aspectos de comercio exterior y vialidad de considerar a las aeronaves
como artefactos meramente comerciales de bienes muebles es un paso que podría darse
a nivel de comercio internacional lo que nos brindaría la oportunidad para ampliar
horizontes jurídicos ,técnicos y comerciales que se pueden aplicar dentro y fuera del
país por lo cual lo que se propone en esta propuesta como factor primordial es, que se
genere una apertura para investigar y ahondar tópicos de derecho aeronáutico que
permitan crear nuevos conceptos, ideas y criterios legales que den paso a la creación y
expedición de nuevas normas aéreas.
6.1 Título de la propuesta
La inserción de la cátedra de derecho aeronáutico en las mallas curriculares de las
facultades de derecho del país con fines investigativos para la creación de nuevas
normas legales aéreas mediante los manuales de técnica legislativa correspondiente y
los artículos de la Constitución de la República del Ecuador 2008 que fomenta la
creación y expedición de nuevas normas legales enfocadas al transporte aéreo.
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6.2 Datos informativos
6.2 .1 Localización
Lugar: Quito
Sector: Distrito Metropolitano de Quito
Casona Universitaria: Universidad Central del Ecuador, Facultad de Ciencias
Políticas y Sociales, Carrera de Derecho.
6.2.2 Beneficiarios
Facultades de Jurisprudencia de todo el país.
Alumnos de las carreras de derecho.
Estudiantes de ciencias relacionadas a la aeronáutica
Estudiantes relacionados al estudio del comercio exterior
Profesores, docentes y catedráticos que desean capacitación en esta aérea.
Institutos y entidades públicas como privadas relacionadas al sector aeronáutico
nacional.
6.3 Antecedentes de la propuesta
El derecho aeronáutico es una rama jurídica y corriente legal derivada de la ciencia
de la aviación y la aeronáutica como tal , que como toda ramificación de una ciencia
necesita ser estudiada e investigada para proponer nuevos lineamientos de estudio que
desemboquen en una investigación que sirva de ítem y de prueba de lo necesario que es
enfatizar y evidenciar la creación y expedición de nuevas normas aeronáuticas que
generen novedad en ámbitos legales y que sobre todo puedan servir en esta aérea del
derecho para generar competitividad y desarrollo en el sector aeronáutico nacional.
El derecho aeronáutico evoluciono y se diversifico en varios ámbitos de aplicación
por lo cual, su efecto jurídico- legal fue producto de la necesidad y obligación de
cautelar todas las operaciones aéreas de carácter nacional e internacional, también
91
incluyendo a estas las operaciones realizadas en el espacio exterior con objetos de
estudio y seguridad planetaria conectando así continentes y países sin menoscabar que
también se interrelacionan y conjugan ordenamientos jurídicos de distintos estados, a
su vez de convenios, instrumentos y tratados internacionales que versan sobre la
materia, para así llegar al propósito común y final que es la legalidad y factibilidad
jurídica del transporte aéreo y tránsito de aeronaves en el mundo.
Si bien es cierto la ciencia de la aviación y de la aeronáutica están relacionadas
directa e íntimamente con el derecho aeronáutico, ya que al tratarse de una ciencia que
estudia específicamente los aspectos científicos, lógicos, matemáticos, operacionales e
infraestructurales que enmarca la aeronáutica en sí y que por consecuencia lógica y
legal tiene como resultado un conjunto de preceptos obligatorios legales para la
industria de la aviación y el mercando aeronáutico nacional e internacional.
Se puede entender e interpretar que el derecho aeronáutico ha influido en la
legislación aérea de cada país y nación, estableciéndose nuevos y contemporáneos
preceptos legales que han proporcionado y brindado informaciones, guías doctrinarias,
judiciales y de fuente de ley para la creación, expedición y reforma de varios cuerpos
legales de materia de aviación siendo así un antecedente positivo para el desarrollo de
esta rama en el país y en el mundo entero.
El derecho aeronáutico nace de un acontecimiento histórico que es el desarrollo
paulatino y avanzado de la aviación; este término tiene muchas connotaciones tales
como;
Derecho aéreo-espacial
Derecho aviatorio
Derecho de transporte aéreo
6.4 Justificación
El derecho es una ciencia del saber humano que se caracteriza por ser dinámica y
que necesita estar en constante transformación y cambio debido a la serie de fenómenos
y acontecimientos sociales que inevitablemente se suscitan en la sociedad diariamente y
que marcan un precedente de cambio y desarrollo en todos los ámbitos que lo rodean y
92
lo relacionan. El derecho aeronáutico no está exento a esta situación ya que los avances
en la industria aeroespacial mundial nos hacen plantearnos que debemos incurrir e
insertarnos a nuevas y novedosas formas de legalidad y procedimientos jurídicos, que
nos den bases científicas y legales que se encuentre en contemporaneidad. Si la
expansión de esta industria y sector comercial tiene miras futuristas de tener grandes
cambios y progresos, no podemos ser indiferentes a la evolución y desarrollo del
transporte aéreo. Como estudiante, egresada y futura profesional del derecho considero
que toda innovación, cambio y transformación es positiva y necesaria para poder
ampliar ópticas jurídicas y oportunidades de potenciar y explorar nuevas bases legales
que nos permitan estar a la vanguardia aérea.
93
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94
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2000.
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99
Anexo 1:
Derecho Aeronáutico
Jueves 24 de noviembre del 2005 | 13:33
Última actualización: lunes 07 de abril del 2008 | 09:45
Dr. Jorge W. German R.
INERESA A LOS ESTUDIOSOS del Derecho Aeronáutico y por supuesto del
Derecho Penal el problema de la esencia misma de las estructuras normativas en lo
referente a la presente especialidad del Derecho.
Esto no podría ser de otra manera, pues el Derecho es uno, y las distintas ramas que la
componen tienen su oriundez en aquello que nos rodea permanentemente; el mundo
circundante.
Es la naturaleza misma de la vida y de las cosas que encauza, en definitiva, el
pensamiento jurídico y el tema que motiva el presente trabajo que no escapa a esa regla
que, en última instancia, no conoce excepciones.
Dicho esto, podríamos ya, de todas maneras, adelantar nuestra respuesta al interrogante
de marras, pero prefiero que ello se manifieste en el papel, como ocurre primero en mi
mente, veamos pues, qué nos dicen los principios generales del Derecho Aeronáutico y
del Derecho Penal.
Autonomía del Derecho Aeronáutico
Una abrumadora mayoría de opiniones doctrinarias coinciden en sostener la autonomía
del Derecho Aeronáutico, y esta nueva rama del Derecho se nos presenta como un
profundo sentido de integridad, derivadas de las necesidades de comprender los
problemas que trae aparejados la aeronavegación, como así también sus
correspondientes soluciones en todo orgánico, de textura propia y específica a la
presente materia.
Muchas veces se pretende involucrar al Derecho Aeronáutico como un aspecto más
amplio del Derecho de Navegación. Así podemos mencionar en primer término, el
hecho técnico, en cuanto presenta un internacionalismo nunca aparecido antes y por
100
demás peculiar, pues los aviones actuales pueden recorrer enormes distancias (como es
el avión Concord - Francés), en pocas horas de un continente a otro, atravesando en su
ruta muchos países, de lo que devienen complejos y especiales problemas que necesitan
una solución adecuada.
Parentesco Político
Esta internacionalidad del Derecho Aeronáutico tiene un estrecho parentesco con el
problema político, ya que esa posibilidad del avión de recorrer varios países en poco
tiempo, hace que en la regulación legal de los vuelos se enfrenten planteamientos y
problemas jurídicos y políticos diferentes. Este factor político, considerado como un
criterio general, no sólo desde un punto de vista defensivo y militar, sino también de
modo importante, como posibilidad de facilitación comercial, tiene enorme influencia,
manifestándose en toda su intensidad en el principio de la soberanía de los Estados
sobre un espacio aéreo, del que, a su vez, surgen consecuencias tan complejas como por
ejemplo, la lucha por la supremacía de la explotación de las rutas aéreas internacionales.
Los Terceros en la Superficie
Otro aspecto que también puede ser mencionado para el conocimiento de los
distinguidos lectores, es el de los terceros en la superficie, cuestión que sólo cobra
relevancia en materia aeronáutica, en la que tienen enorme trascendencia por la secuela
que con relación a esos terceros, totalmente ajenos a la aviación, puede acarrear.
Entre los nuevos e importantes problemas que se plantean en relación con los terceros
en la superficie se debe tener en cuenta el ruido producido por las aeronaves a reacción,
así como el previsible de los aparatos supersónicos, incidiendo como es lógico, en los
bienes de dichos terceros.
Además este aspecto de los terceros en la superficie, es de trascendencia en materia
aeronáutica que, en principio, cualquier persona puede verse afectada por la actividad
aérea, aunque conozca de esta sólo de nombre. Basta pensar que un avión pueda
accidentarse tanto en una ciudad como en el campo, tanto en el mar como en la
montaña, y de esta indudable realidad han surgido soluciones de exclusiva aplicación en
el Derecho Aeronáutico.
101
Nacimiento Internacional
La diferente evolución legislativa, de ambas materias, esto es que el Derecho
Aeronáutico como ninguna otra rama de las ciencias jurídicas nació internacional con la
convención relativa a la reglamentación de la navegación aérea internacional firmada en
Paris en 1919, y es a partir recién de ésta fecha y de su influjo, que los diferentes
Estados han ido dictando sus propios Códigos y leyes específicas.
Es este nacimiento internacional el que también le otorga un carácter particularista,
coadyuvando a su autonomía, y ha hecho posible que, como ocurre con la Organización
de Aviación Civil Internacional, las normas y recomendaciones elaboradas por más de
unos ciento cincuenta países.
Problemas Jurídicos del Espacio Aéreo
Los problemas que surgen ante el análisis del régimen jurídico del espacio aéreo, tanto
en sus aspectos públicos como privados, que no aparecen en ningún derecho o
especialidad, especialmente en el Derecho Marítimo, y que puede sintetizarse en aquella
célebre frase de Eduardo Coutere, de que no sólo "todos los países son ribereños del
inmenso océano del aire, sino que también todos los propietarios territoriales son
ribereños", en la mínima escala de su propiedad superficial, de ese mismo océano"
(prólogo del libro Principios de Derecho Aéreo, de Alvaro Bauzá Araujo).
Libertades del Aire
Las peculiares cuestiones nacidas de la evolución y desarrollo del transporte aéreo,
exteriorizadas en las "famosas libertades del aire", con todas sus proyecciones e
implicancias: defensa de los Estados del tráfico originado en sus territorios, sujeción de
las empresas aéreas a las normas específicas de distintos ordenes de los países que
sobrevuelan en su ruta, etc., todas las cuales originan un vasto conjunto de principios
jurídicos de entidad específica: transporte regional, reciprocidad real y efectiva, ruta
razonablemente directa, y ,muchos otros, que no aparecen por ejemplo en el Derecho
Marítimo.
Estructuras y Principios propios
Por lo tanto, y debido a la manifiesta especialidad de las instituciones que componen el
Derecho Aeronáutico , este se ha configurado con estructuras y principios propios que,
102
expuestos tímidamente primero, han ido luego afirmándose en la contingencia espacio -
temporal, para constituir un conjunto indiscutible de elementos antológicamente
originales, constituidos por un sistema jurídico completo, y a lo que el futuro tiene
reservado, sin duda, un mayor desarrollo y profundización , con motivo del
desenvolvimiento del progreso técnico del Mundo.
Hecho Novedoso
Fácil es observar que la aviación se manifiesta desde el punto de vista técnico, como un
hecho novedoso, pleno de alcances limitados, cuya veloz evolución es difícil de
predecir. Ya se anuncia máquinas de transporte comercial con una capacidad para
quinientas personas o pasajeros; no cuesta mucho pensar la cantidad de problemas
jurídicos que se presentarán, en orden a los hechos y actos ocurridos abordo de las
mismas, así como lo relativo a los derechos comerciales del tráfico y al desarrollo de los
diversos contratos de utilización de aeronaves, entre otros aspectos
Movilidad
Debe entenderse como tal la necesidad de adecuar la ciencia jurídica aeronáutica al
hecho técnico que la originó, en tanto y en cuanto este último ha tenido y tienen una
evolución sencillamente extraordinaria por su rapidez y perfección.
Características
Al mencionar algunos principios generales que conforman la materia jurídica
aeronáutica, hemos visto que los mismos se presentan con definidos aspectos de
"Especialidad", debiendo destacarse, también la "Integridad" de aquélla en cuanto se
muestra el ojo del investigador con una incontrastable tendencia a la "Completividad"
bajo los aspectos públicos y privados.
Cabe agregar además, que la independencia de la materia -que básicamente se apoya
sobre estas tres características mencionadas- surge esta evidencia: todos los problemas
del Derecho Aeronáutico deben ser solucionados armónicamente dentro del mismo,
pues en caso contrario se desarticula el principio automatista, creándose la dispersión,
sino que otras ramas del derecho deberían acudir a principios generales que no les
pertenecen para solucionar aspectos de la aviación, con lo que por su parte también,
destruirían su propia autonomía.
103
Unificación Legislativa Internacional
Por último, cabe señalar que ninguna otra rama jurídica -y en esto también se demuestra
la Autonomía del Derecho Aeronáutico tiene mayor tendencia a la unificación
legislativa internacional. En efecto, no sólo las legislaciones nacionales nacieron de un
convenio internacional, sino que la técnica desarrollada por los especialistas para
elaborar posteriores convenciones del mismo carácter, algunas de las cuales han tenido
gran importancia por su alto número de ratificaciones o por la influencia de sus propios
principios han tenido en leyes nacionales posteriores, es particular de esta materia, en
tanto lo ha hecho mediante el análisis de las distintas leyes nacionales, y teniendo en
cuenta, desde luego, las divergencias que éstas presentan entre sí.
Así mismo, y sobre todo en los últimos años, dentro del ámbito del país o países de raíz
jurídica romana como el nuestro, se han elaborado varios proyectos de codificación
internacional, o sea cuerpo de leyes que abarcan los principales problemas dentro de un
todo orgánico y sistemático; esto significa, sin duda, que la influencia de la
universalización que contemporáneamente presenta todo el Derecho es mayor en la
rama jurídico-aeronáutica, consecuencia evidente de la ontología especial de los hechos
que la originan.
http://www.derechoecuador.com/articulos/detalle/archive/doctrinas/derechoaeronautico/
2005/11/24/derecho-aeronautico
104
Anexo 2:
APROXIMACIÓN AL DERECHO AÉREO
El Derecho Aéreo, (algunos juristas prefieren llamarlo Derecho Aeronáutico, otros,
sobre todo en las Facultades de Derecho y en algunos manuales de Derecho Mercantil,
se refieren a él como Derecho de la Navegación Aérea) es, ante todo, Derecho. Forma
parte de ese todo indisoluble que clásicamente se ha definido como aquel conjunto de
normas y principios que rigen la actividad del hombre en la sociedad en la que se
desenvuelve. Esto es, regulando sus relaciones con los demás, resolviendo las
controversias que se puedan suscitar, estableciendo el régimen jurídico de sus bienes y
creando instituciones que garanticen la salvaguardia de los intereses que se protegen y
el cumplimiento efectivo de los mandatos contenidos en sus normas. Pero, en la materia
que nos ocupa, hemos de precisar que esas relaciones, controversias, bienes e
instituciones deben intervenir en una actividad concreta: la aeronáutica.
Cuando se trata de ofrecer una definición de una rama del Derecho, siempre se intenta
que, en unas pocas líneas, el lector asimile una idea clara y lo más completa posible, de
su contenido, su objeto, su alcance… en definitiva, de qué es lo que se está regulando.
Pero no es nada extraño que sean variadas las descripciones que de una misma materia
podemos manejar, ya que cada jurista va a destacar en ella los aspectos que, según su
criterio, sean más relevantes y mejor la caractericen. Sin embargo, a mi juicio, creo que
la que mejor y más claramente resume en pocas palabras el contenido del Derecho
Aeronáutico, es la que plasma RODRÍGUEZ JURADO en su obra “Introducción al
Derecho Aeronáutico”, que reza así:
105
“Derecho Aeronáutico es el conjunto de principios y normas, de Derecho Público y
Privado, de orden nacional e internacional, que rigen las instituciones y relaciones
jurídicas nacidas de la actividad aeronáutica o modificadas por ella.”
Y es que, realmente, en esta rama del Derecho se entremezclan los intereses públicos
con los privados, y sus normas bien pueden tener alcance nacional como internacional.
De hecho, en este momento, en el que me encuentro adentrándome en las profundidades
de esta fascinante disciplina jurídica, es lo primero que he observado: la existencia de
una vastísima cantidad de normas de diversa naturaleza, como diversa es la naturaleza
jurídica de las relaciones que se pueden desarrollar en este campo.
Nos hallamos por tanto, ante un sistema normativo muy complejo, que, considero,
recibe la influencia de otras ramas jurídicas, como por ejemplo, el Derecho
Internacional, (público y privado) habida cuenta de la vocación internacional de la
actividad aérea comercial, y el aparato que la hace posible, la aeronave, pensada para
transportar personas y cosas desde un punto a otro de la Tierra, entrando en juego
intereses concernientes a diferentes Estados y la soberanía que sobre el espacio aéreo les
concede el Convenio de Chicago de 1944, quedando sujeta a diferentes jurisdicciones.
Se hace necesario establecer una serie de principios uniformes y aceptados por todos los
Estados Miembros, que garanticen el desarrollo de la aviación comercial internacional y
los beneficios que, indudablemente, aporta a la sociedad.
También está estrechamente vinculado al Derecho Mercantil, en lo que atañe al contrato
de transporte aéreo, seguros, responsabilidad del transportista, auxiliares y agentes del
106
empresario de la navegación aérea, (esto es, el personal de tierra y de vuelo,
especialmente la figura del Comandante), régimen jurídico de las aeronaves, así como
todas las variedades de contratos de explotación de las mismas.
Habrá de recibir igualmente la influencia de los principios del Derecho Laboral, para
regular y resolver los conflictos que puedan surgir en torno a las condiciones de trabajo
del personal aéreo, sus limitaciones en los tiempos de vuelo, descansos, imaginarias,
formación, entrenamientos… etc.
Por supuesto, debe sustentarse en los principios del Derecho Penal el enjuiciamiento de
los delitos y faltas tipificados en la Ley 209/1964, de 24 de diciembre, Penal y Procesal
de la Navegación Aérea.
Respecto a la autoridad aeronáutica, que debe velar por el cumplimiento de la normativa
en materia de seguridad aérea, inspecciones, sanciones, concesión de licencias de
explotación, certificados de operador aéreo, certificados de aeronavegabilidad,
expedición y renovación de las licencias de la tripulación técnica y auxiliar… etc., todo
ello habrá de estar sometido a las reglas generales y cauces de actuación que prevea el
Derecho Administrativo.
Lo mismo puede enunciarse del Derecho Comunitario, de obligado cumplimiento en
territorio español. Hay que tener muy presentes las normas que la Unión Europea dicta
en el marco de la política común de transportes, al amparo de lo contemplado en los
artículos 90 y siguientes del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y
concretamente del artículo 100.2 (antiguo artículo 80.2 del Tratado Constitutivo de la
Comunidad Europea) por cuya virtud el Parlamento Europeo y el Consejo podrán
establecer disposiciones apropiadas para la navegación marítima y aérea.
Es por todo esto que antecede, que la autonomía del Derecho Aeronáutico ha sido
cuestionada y ampliamente debatida y estudiada por la doctrina científica, quien, en su
mayoría, partiendo siempre del respeto al principio de unidad del Derecho, defiende que
se trata de una disciplina que debe ser tratada como autónoma, propia, única, específica
y diferenciada del resto de las especialidades del ordenamiento jurídico. Dicha
107
autonomía se ha sostenido sobre la base de las características especiales de esta materia,
a las cuales paso a referirme a continuación.
El Derecho debe tener la capacidad de ser flexible, de evolucionar, de actualizarse
continuamente para poder adaptarse a las necesidades y los problemas de la sociedad de
su tiempo. Y el Derecho Aeronáutico, aún con más razón. Ya que debe seguir el ritmo
imparable de los avances de la tecnología, a fin de poder responder de forma adecuada
ante los problemas que se deriven de la actividad que regula. Este es el carácter
dinámico del Derecho Aeronáutico.
Otra de sus características es la integralidad. Como decía anteriormente, esta disciplina
se compone de un conjunto de normas de diversa naturaleza y procedencia, pero todas
ellas vienen a regir una materia única, la actividad aérea, formando un todo
perfectamente coordinado.
Otro rasgo característico es la internacionalidad, a la cual me he referido unos párrafos
más arriba al hablar de las influencias que recibe del Derecho Internacional, y de la
pertinencia de establecer unos criterios uniformes y válidos para todos los Estados que
posibiliten la expansión y el desarrollo satisfactorio de la aviación civil internacional.
Para tal fin se creó la Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI)
mediante el Convenio de Chicago de 7 de diciembre de 1944. Tiene su sede en Montreal
y goza del estatuto de Organismo Especializado de Naciones Unidas, en virtud del
acuerdo aprobado por la Asamblea General de Naciones Unidas de 14 de diciembre de
1946 y por la OACI del 13 de mayo de 1947. Actualmente cuenta con 191 Estados
Miembros.
108
En el artículo 44 del Convenio de Chicago, se consagran los objetivos y fines de la
Organización que son los siguientes:
- Desarrollar los principios y técnicas de la navegación aérea internacional.
- Fomentar la organización y desenvolvimiento del transporte aéreo internacional.
Y ello para,
- Lograr el desarrollo ordenado y seguro de la aviación civil por todo el mundo.
- Fomentar las técnicas de diseño y manejo de aeronaves para fines pacíficos.
- Estimular el desarrollo de aerovías, aeropuertos e instalaciones y servicios de
navegación aérea para la aviación civil internacional.
- Satisfacer las necesidades de los pueblos del mundo mediante un transporte aéreo
seguro, eficaz y económico.
- Evitar el despilfarro económico producido por una competencia excesiva.
- Asegurar el respeto de los Estados contratantes, y que cada Estado contratante tenga la
oportunidad de explotar empresas de transporte aéreo.
- Evitar la discriminación entre Estados contratantes
- Promover la seguridad del vuelo
- Promover el desarrollo de la aeronáutica civil internacional en todos sus aspectos.
La OACI ha logrado la armonización de todos los criterios que deben seguir los Estados
firmantes en materia de transporte aéreo a través de los 18 Anexos al Convenio de
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Chicago, que tratan fundamentalmente cuestiones técnicas, y que son los que se
enumeran a continuación:
1. Licencias al personal de vuelo. Contiene las recomendaciones relativas a la
expedición de licencias del personal de vuelo, controladores de tránsito aéreo,
técnicos de mantenimiento y despachadores de vuelo.
2. Reglamento del aire. Constituye una serie de normas acordadas a nivel
internacional, que tienen como finalidad garantizar la seguridad y la eficiencia
del transporte por vía aérea. Define y desarrolla las reglas de vuelo visual e
instrumental.
3. Servicio meteorológico para la navegación aérea. Proporciona a los agentes
intervinientes en la navegación aérea (explotadores, tripulación de vuelo,
servicios de tránsito aéreo y de búsqueda y salvamento) la información
meteorológica necesaria para preservar la seguridad de la operación.
4. Cartas aeronáuticas. Responde a la necesidad de que las cartas aeronáuticas
(mapas) empleadas en la navegación aérea sean uniformes, de manera que
impone a los Estados firmantes la obligación de emitir y confeccionar estas
cartas en determinado formato, y con determinados símbolos y colores.
5. Unidades de medida empleadas en operaciones aéreas y terrestres. En virtud
de este Anexo se normalizan las unidades de medida utilizadas en la aviación
civil internacional. En la enmienda 13 a este Anexo, de marzo de 1979, se
estableció el Sistema Internacional de Unidades (SI), aunque reconoce la
existencia de otras unidades de medida que pueden emplearse junto con las SI,
como el grado Celsius, el litro, o el grado para medir ángulos. También se usan
la milla náutica (nm) para medir distancias, los nudos (kts) para medir la
velocidad, y los pies (ft) para medir la altitud y la altura.
6. Operación de aeronaves. Desarrolla los criterios operacionales que deben
aplicar los Estados Miembros en aras de la seguridad, la regularidad y la eficacia
de las operaciones aéreas. Se recogen normas relativas a las operaciones de
aeronaves, performance, mantenimiento, documentación de vuelo y seguridad.
Impone la obligación de que exista un manual de operaciones para cada tipo de
aeronave. Reconoce la vital importancia para la seguridad del factor humano,
exigiendo que se limiten los tiempos de vuelo del personal para evitar la fatiga, y
apelando a la coordinación de la tripulación para gestionar de manera eficiente
posibles situaciones de emergencia.
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7. Marcas de nacionalidad y matricula de aeronaves. Se fijan los
procedimientos para establecer las marcas de nacionalidad y matrícula que
deben usarse, y cómo deben usarse, es decir, la colocación, de manera que sean
visibles desde el suelo y desde los lados, tipo de caracteres, dimensiones, colores
y símbolos. Es obligatoria la inscripción de las matrículas en el Registro de
Matrículas, cuya llevanza corresponde a cada Estado, así como portar a bordo de
la aeronave el certificado de matrícula. En el Suplemento 1º de este Anexo, se
recogen todas las marcas de nacionalidad de todos los Estados firmantes del
Convenio de Chicago por orden alfabético.
8. Aeronavegabilidad. Es la capacidad de una aeronave para cumplir con las
condiciones de utilización previstas con seguridad. Este hecho se verifica por las
autoridades aeronáuticas del Estado de matrícula, mediante la emisión de los
certificados de aeronavegabilidad tras una inspección de la aeronave en vuelo y
en tierra, que declara que la aeronave está en condiciones de volar, quedando
especificadas en tal documento sus características técnicas. Todas las aeronaves
que se empleen en la navegación aérea internacional deben estar provistas de
este certificado conforme al artículo 31 del Convenio de Chicago. En este Anexo
se contienen los requisitos mínimos que han de concurrir para que un Estado
reconozca los certificados de aeronavegabilidad que se expiden respecto de las
aeronaves de otros Estados que entran en su territorio o lo sobrevuelan, en
cumplimiento del mandato contenido en el artículo 33 de dicho Convenio, por
cuya virtud los certificados de aeronavegabilidad (…) emitidos por un Estado
contratante, serán reconocidos como válidos por el resto de Estados contratantes,
siempre que los requisitos en base a los cuales se hayan expedido o convalidado
sean iguales o superiores a las normas mínimas que se establezcan en aplicación
de este Convenio.
9. Facilitación. Contiene las normas que posibilitan la supresión de obstáculos al
libre tránsito de personas, correo y carga por vía aérea.
10. Telecomunicaciones. Los cinco volúmenes que forman este Anexo tratan de
unificar los procesos de comunicación aeronáutica.
11. Servicios de tránsito aéreo. Los Servicios de Control de Tránsito Aéreo son
imprescindibles para que éste se desarrolle de manera ordenada, fluida y segura.
En este Anexo se definen tales servicios especificando las normas que
mundialmente le son aplicables.
111
12. Búsqueda y salvamento. Sus cinco capítulos detallan los principios y
procedimientos de cooperación de los servicios SAR (Search and Rescue) para
que las operaciones de búsqueda y salvamento sean eficaces, procurando la
rápida localización de aeronaves siniestradas y haciendo llegar la ayuda
necesaria a los supervivientes de un accidente aéreo.
13. Investigación de accidentes e incidentes. Contiene los requisitos y
procedimientos aplicables a nivel internacional para llevar a cabo la
investigación de accidentes e incidentes aéreos.
14. Aeródromos. Aborda varios temas concernientes a la gestión y planificación de
aeropuertos, como ingeniería, entorno terrestre, iluminación, o equipos de
salvamento y extinción de incendios.
15. Servicios de información aeronáutica. Aseguran el flujo uniforme y coherente
de la información necesaria para que la navegación aérea internacional se
desarrolle en óptimas condiciones de seguridad, regularidad y eficiencia.
16. Protección del medio ambiente. Frente a los efectos del ruido de los motores
de las aeronaves y la emisión de gases a la atmósfera.
17. Seguridad: Protección de la aviación civil internacional contra los actos de
interferencia ilícita. Aborda las medidas técnicas para proteger la seguridad del
transporte aéreo internacional y la coordinación entre quienes participan en los
programas de seguridad.
18. Transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea. Desarrolla los
procedimientos que se deben observar para transportar de forma segura
materiales explosivos, inflamables, corrosivos, radiactivos, tóxicos e
infecciosos.
Recientemente, concretamente el pasado mes de febrero, durante la celebración de la
primera Semana de Seguridad Operacional de 2013, el Consejo Rector de la OACI ha
confirmado la adopción de un nuevo Anexo. El Anexo 19 sobre Gestión de la
Seguridad Operacional, a fin de consolidar las normas relativas a los programas
estatales de seguridad operacional y sus sistemas de gestión[2]. Su entrada en vigor está
prevista para el 14 de noviembre de 2013.
También juegan un papel relevante, aunque ya desde la esfera privada, las directrices
emanadas de la Asociación Internacional del Transporte Aéreo, conocida por sus
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siglas en inglés IATA. Fue fundada en La Habana (Cuba) en abril de 1945 por 57
miembros procedentes de 31 países, sucediendo a la anterior Asociación de Tráfico
Aéreo Internacional, constituida en La Haya en 1919, año en el que tuvieron lugar los
primeros vuelos regulares internacionales. En diciembre de 1945, la IATA obtuvo la
aprobación real británica mediante ley especial del Parlamento canadiense, obteniendo
personalidad jurídica y convirtiéndose, por tanto, en sujeto de derecho.
En la actualidad cuenta con 240 miembros, en los que se encuentran aerolíneas
regulares de la práctica totalidad de las regiones del mundo, (que suponen el 84% del
tráfico aéreo regular internacional) actuando en representación de la industria aérea a
través de una serie de políticas y programas sobre operaciones, infraestructura, medio
ambiente, carga, transporte sin riesgo de mercancías peligrosas por vía aérea, derechos
de los pasajeros, seguridad o la facilitación del transporte aéreo y las relaciones
comerciales entre compañías aéreas. Todo ello orientado hacia el servicio, apoyo e
impulso de la aviación civil internacional.
Por último, hacer referencia a otro de los rasgos que caracterizan a este Derecho. La
politicidad. El factor político está especialmente presente aquí, sobre todo en lo que
concierne a la tan necesaria y exitosa conciliación entre la libertad de circulación aérea
y la soberanía de los Estados sobre el espacio aéreo, que se extiende sobre sus territorios
terrestres y los espacios marinos sujetos a su jurisdicción, y al impacto que la industria
aeronáutica provoque en sus economías. Tal como mantiene BRAVO NAVARRO,
conectado al carácter dinámico del Derecho Aeronáutico, se encuentra este carácter
político, que se manifiesta en la creación de normas, sobre todo de naturaleza
administrativa, (reglamentos, órdenes ministeriales, circulares aeronáuticas) que cada
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gobierno va a dictar, a través de los órganos competentes de la Administración Pública,
en orden al uso de los recursos aeronáuticos en función de las necesidades del momento.
http://www.hispaviacion.es/aproximacion-al-derecho-aereo/
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