Organizacion Electoral

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ORGANIZACIÓN ELECTORAL DE COLOMBIA

POR:

CARLOS NARANJO POLO

LA ORGANIZACIÓN ELECTORAL

Los órganos que constituyen la llamada organización son autónomos e independientes de las tres ramas del poder público.La organización electoral se compone por los siguientes organismos: Consejo Nacional electoral y el Registrador Nacional del Estado Civil. 

CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

El número de miembros que componen el consejo Nacional Electoral será determinado por la ley pero no podrá ser inferior a siete, según se desprende del artículo 264 de la Constitución, artículo que igualmente determina para estos funcionarios un período de cuatro años y les exige a los candidatos a dicha corporación las mismas calidades que se requieren para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia y les prohíbe la reelección.

FUNCIONES DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

•Ejercer la suprema ejecución y vigilancia de la organización electoral.•Elegir y remover al registrador nacional del estado civil.•Servir de cuerpo consultivo del gobierno en materias de su competencia, presentar proyectos de acto legislativo y de ley, y recomendar proyectos de decreto.•Distribuir los aportes para el financiamiento de las campañas electorales y para asegurar el derecho de participación política de los ciudadanos que establezca la ley.•Efectuar el escrutinio general de toda votación nacional, hacer la declaratoria de elección y expedir las credenciales a que haya lugar.•Reconocer la personería jurídica a los partidos y movimientos políticos.

 

EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL

Es elegido por el Consejo Nacional Electoral para un período de cinco años y la constitución le exige las mismas calidades que se necesitan para ser elegido Magistrado de la Corte Suprema de Justicia.Dirige la Registraduría, dependencia encargada de las elecciones y tiene bajo su cargo todo lo relacionado con la identificación de las personas y la expedición de las tarjetas de identidad para los menores y de las cédulas de ciudadanía.

FUNCIONES DEL REGISTRADOR NACIONAL

Las funciones del Registrador Nacional del Estado Civil son:•Dirección y organización de las elecciones.

•Es responsable de llevar el registro civil y de la identificación de las personas.

•Puede celebrar contratos a nombre de la Nación, en aquellos casos que ella disponga.

•Las demás que le fije la ley.

Son igualmente funcionarios de la registraduría los delegados del registrador nacional del estado civil, que vigilan la organización electoral y lo relacionado con la registraduría general en las distintas secciones; los registradores distritales, nombrados, en número de dos, para Santa Fe de Bogotá y los registradores municipales que son dos para municipios con más de cien mil habitantes y uno para municipios con un número inferior.

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