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DERECHO PENAL INTERNACIONALDERECHO PENAL INTERNACIONAL
Docente: Docente:
MY ROBERTO RAMÍREZ GARCÍAMY ROBERTO RAMÍREZ GARCÍA
Magister en Derecho Procesal PenalMagister en Derecho Procesal PenalEspecialista en Procedimiento Penal Especialista en Procedimiento Penal ConstitucionalConstitucional
Especialista en Docencia UniversitariaEspecialista en Docencia Universitaria
Correo: Correo: [email protected]
DERECHO PENAL INTERNACIONALDERECHO PENAL INTERNACIONAL
DEFINICIÓN:DEFINICIÓN:
Rama del derecho que define los Rama del derecho que define los crímenes internacionales y crímenes internacionales y regula el regula el funcionamiento de los tribunales funcionamiento de los tribunales competentes para conocer de los casoscompetentes para conocer de los casos en los que los individuos incurran en en los que los individuos incurran en responsabilidad PI, responsabilidad PI, imponiendo las imponiendo las sanciones que correspondansanciones que correspondan
CRÍMENES DE GUERRA Y CRÍMENES DE GUERRA Y VIOLACIONES GRAVES A LAS VIOLACIONES GRAVES A LAS LEYES O USOS DE LA GUERRALEYES O USOS DE LA GUERRA
EVOLUCIÓN HISTÓRICAEVOLUCIÓN HISTÓRICA PENALIZACIÓN Y JUZGAMIENTOPENALIZACIÓN Y JUZGAMIENTO TPI DE N-T-Y-R MIXTOSTPI DE N-T-Y-R MIXTOS
CRÍMENES DE GUERRA Y CRÍMENES DE GUERRA Y VIOLACIONES GRAVES A LAS VIOLACIONES GRAVES A LAS LEYES O USOS DE LA GUERRALEYES O USOS DE LA GUERRA
EVOLUCIÓN HISTÓRICAEVOLUCIÓN HISTÓRICAEvolución del DI Clásico – interestatal Evolución del DI Clásico – interestatal Se considera a la personal como sujeto de DISe considera a la personal como sujeto de DISe constituye en una reacción jurídicaSe constituye en una reacción jurídicaSurge la CPI como 1er Tribunal de JI permanenteSurge la CPI como 1er Tribunal de JI permanente
HISTORIA: HISTORIA: Precedentes del DPI antes de la PGM, tratado de Precedentes del DPI antes de la PGM, tratado de
Versalles del 28 de junio de 1919 para juzgar al Versalles del 28 de junio de 1919 para juzgar al Kaiser Guillermo II de Alemania. Los países bajos –H y Kaiser Guillermo II de Alemania. Los países bajos –H y Luxemburgo- ofrecieron asilo al emperador y se frustra Luxemburgo- ofrecieron asilo al emperador y se frustra la iniciativa. la iniciativa.
CRÍMENES DE GUERRA Y CRÍMENES DE GUERRA Y VIOLACIONES GRAVES A LAS VIOLACIONES GRAVES A LAS LEYES O USOS DE LA GUERRALEYES O USOS DE LA GUERRA
EVOLUCIÓN HISTÓRICAEVOLUCIÓN HISTÓRICAHISTORIA: HISTORIA: Tras la SGM los aliados acordaron, a través de la carta de Tras la SGM los aliados acordaron, a través de la carta de
Londres, la constitución de un tribunal que juzgara no solo Londres, la constitución de un tribunal que juzgara no solo los C de G, sino también los C contra la H cometidos bajo el los C de G, sino también los C contra la H cometidos bajo el régimen Nazi.régimen Nazi.
Los juicios seguidos ante los T de N y T constituyeron el Los juicios seguidos ante los T de N y T constituyeron el inicio de la aplicación del principio de RP Individual por inicio de la aplicación del principio de RP Individual por tales actos, sin embargo las circunstancias en que se tales actos, sin embargo las circunstancias en que se desarrollaron impiden considerarlos como modelos de la JPI.desarrollaron impiden considerarlos como modelos de la JPI.
Es a partir de la constitución de los T de Y y R así como la Es a partir de la constitución de los T de Y y R así como la aprobación del Estatuto de la CPI, en donde se establecen las aprobación del Estatuto de la CPI, en donde se establecen las bases de un sistema PI para INV y sancionar graves crímenes bases de un sistema PI para INV y sancionar graves crímenes contra los DHcontra los DH
CRÍMENES DE GUERRA Y CRÍMENES DE GUERRA Y VIOLACIONES GRAVES A LAS VIOLACIONES GRAVES A LAS LEYES O USOS DE LA GUERRALEYES O USOS DE LA GUERRA
EVOLUCIÓN HISTÓRICAEVOLUCIÓN HISTÓRICATIP para Y: TIP para Y: Yugoslavia surgió como un Estado al final de la segunda guerra Yugoslavia surgió como un Estado al final de la segunda guerra
mundial. Tras la muerte del Mariscal TITO en 1980, artífice de la mundial. Tras la muerte del Mariscal TITO en 1980, artífice de la unión de los pueblos de Eslovenia, Croacia, Bosnia Hersegovina, unión de los pueblos de Eslovenia, Croacia, Bosnia Hersegovina, Montenegro, Serbia, Macedonia y las provincias autónomas de Kosovo y Montenegro, Serbia, Macedonia y las provincias autónomas de Kosovo y Vojvodina, salen a la luz viejas discrepancias étnicas y religiosas Vojvodina, salen a la luz viejas discrepancias étnicas y religiosas entre as distintas repúblicas. Se agudiza por la caía del muro de entre as distintas repúblicas. Se agudiza por la caía del muro de Berlín que deja consecuencias económicas.Berlín que deja consecuencias económicas.
Croacia y Eslovenia se declaran independientes debido al mensaje Croacia y Eslovenia se declaran independientes debido al mensaje ultranacionalista de líderes servios, al mando de Sloboban ultranacionalista de líderes servios, al mando de Sloboban Milosevic.Milosevic.Para 1992 los servios ya habían constituido una nueva República Para 1992 los servios ya habían constituido una nueva República Federal de Yogoslavia, inician un proceso de purificación étnica, lo Federal de Yogoslavia, inician un proceso de purificación étnica, lo que conllevó a ejecuciones sumaria, desapariciones forzadas, que conllevó a ejecuciones sumaria, desapariciones forzadas, torturas, tratamientos crueles, inhumanos y degradantes, detenciones torturas, tratamientos crueles, inhumanos y degradantes, detenciones arbitrarias, violaciones sistemáticas, embarazos y prostitución arbitrarias, violaciones sistemáticas, embarazos y prostitución forzadas de mujeres, etc. forzadas de mujeres, etc.
CRÍMENES DE GUERRA Y CRÍMENES DE GUERRA Y VIOLACIONES GRAVES A LAS VIOLACIONES GRAVES A LAS LEYES O USOS DE LA GUERRALEYES O USOS DE LA GUERRA
EVOLUCIÓN HISTÓRICAEVOLUCIÓN HISTÓRICATIP para R: TIP para R: Creado por el consejo de seguridad de las UN en 1994, para Creado por el consejo de seguridad de las UN en 1994, para
perseguir, arrestar, juzgar y condenar a los autores o promotores perseguir, arrestar, juzgar y condenar a los autores o promotores del genocidio ruandés. del genocidio ruandés.
el 6 de abril de 1994, los presidentes de Ruanda y Burundi, murieron el 6 de abril de 1994, los presidentes de Ruanda y Burundi, murieron al caer el avión en que viajaban producto de un atentado terrorista, al caer el avión en que viajaban producto de un atentado terrorista, cuando se prestaba a aterrizar en la capital Kigali. Esto provocó el cuando se prestaba a aterrizar en la capital Kigali. Esto provocó el inicio de una masacre entre las tribus Hutu y Tutsi. Genocidio inicio de una masacre entre las tribus Hutu y Tutsi. Genocidio después de 50 años de la declaración universal de los derechos después de 50 años de la declaración universal de los derechos humanos.humanos.
Caso Akayesu –Jean Paul-Taba-. Constituye un hito mundial al ser Caso Akayesu –Jean Paul-Taba-. Constituye un hito mundial al ser considerada la primera condena internacional por genocidio y la considerada la primera condena internacional por genocidio y la primera en reconocer la violencia sexual como actos constitutivos de primera en reconocer la violencia sexual como actos constitutivos de genocidio. Declaró culpable a Akayesu por no haber impedido ni genocidio. Declaró culpable a Akayesu por no haber impedido ni detenido una violación en su calidad de oficial, y por no haberla detenido una violación en su calidad de oficial, y por no haberla cometido personalmente. cometido personalmente.
Antecedentes
Tribunal Penal Internacional para Ruanda
Tribunal Penal Internacional para Ex Yugoslavia Juicio De Nuremberg
Mundo
Fuente Consultada:
Juvenal habyarimana
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Mundo
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LA CPILA CPI
SE ESTABLECE CON BASE EN 4 CRITERIOS:
Crímenes que puede conocer Momento a partir del cual adquiere competencia
Lugar o territorio dentro del cual la CPI ejerce su jurisdicción y competencia
Nacionalidad de las personas sujetas a su jurisdicción
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LA CPILA CPI
RATIONE MATERIAE: Crímenes de competencia de la CPI
Son los más graves que afectan a la comunidad internacional en su conjunto:
GENOCIDIO – LESA HUMANIDAD – DE GUERRA Y AGRESIÓN (ART. 5 ER) (ART. 70 ER, DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA)
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LA CPILA CPI
RATIONE TEMPORIS: Tiempo de comisión de los crímenes
Competencia sobre los crímenes cometidos con posterioridad a la entrada en vigor del ER (No antes del 1 de julio de 2002) (FRANCIA Y COLOMBIA 7 años después de la entrada en vigor)Cuando es el consejo de seguridad quien remite el caso, basta con que haya ocurrido después del 1 de julio de 2002.
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LA CPILA CPI
RATIONE LOCI: Lugar en el que se cometieron los crímenes- En el territorio del cualquier Estado parte- Los cometidos en cualquier lugar por nacionales de un Estado parte- En el territorio de un Estado no parte que acepte la competencia mediante un acuerdo especial- Se entenderán cometidos dentro del territorio de un - Estado, los perpetrados a bordo de navíos o aeronaves de su nacionalidad, en el espacio aéreo sobre el cual ejerza jurisdicción , y en las aguas territoriales. (ART. 12 ER)
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LA CPILA CPI
RATIONE PERSONAE: Personas que la Corte puede enjuiciar (ART. 24 Y 25 ER)- Personas naturales- Mayores de 18 años- Que realice alguno de los comportamientos prohibidos en el artículo 5 del ER. - Además de a quien lo ejecuta materialmente, a quien lo ordene, proponga, instigue, o coparticipe a título de cómplice, encubridor o colaborador o contribuya de algún modo en la consumación o tentativa del mismo, a los jefes superiores militares por lo cometidos por sus subordinados o fuerzas bajo su mando y control efectivo, en razón de no haber ejercido un control apropiado sobre esos subordinados o fuerzas.
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE LA CPIDE LA CPI
LA ESTRUCTURA DE LA CPI ESTÁ COMPUESTA POR:
-LOS ÓRGANOS DE LA CORTE
-ASAMBLEA DE LOS ESTADOS PARTE
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE LA CPIDE LA CPI
LOS ÓRGANOS DE LA CORTE (ART. 43)-Presidencia-Sección de apelaciones-Sección de primera instancia-Sección de cuestiones preliminares-La Fiscalía-Secretaría
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE LA CPIDE LA CPI
LOS ÓRGANOS DE LA CORTE (ART. 43)PRESIDENCIASe encarga de la correcta admon de la Corte, excepto de la Fiscalía.
Integrada por un Presidente y dos Vices, elegidos por mayoría absoluta de los magistrados. Periodo de 3 años.
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE LA CPIDE LA CPI
LOS ÓRGANOS DE LA CORTE (ART. 43)SECCIONES Y SALASSon 3 las secciones:-Sección de Cuestiones Preliminares (No – de 6)-Sección de 1ra. Instancia (No – de 6)-Sección de Apelaciones (Presidente y 4)A cada sección pertenecen las salas que ejercen funciones judiciales de la corte.
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE LA CPIDE LA CPI
-Sección de Cuestiones Preliminares (No – de 6)-Sección de 1ra. Instancia (No – de 6)ESPECIALISTAS EN PROCEDIMIENTO PENAL(PROCESO PENAL LEY 906-2004)
-Sección de Apelaciones (Presidente y 4)ESPECIALISTAS EN DIH
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE LA CPIDE LA CPI
-La sala de Cuestiones Preliminares Ejerce el control jurisdiccional etapa preliminar y de investigación a cargo del Fiscal.- La sala de 1ra. Instancia o de juicio Tiene a cargo la sustanciación del juicio. -La sala de ApelacionesDecide los recursos de apelación interpuestos contra las decisiones de las restantes salas
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE LA CPIDE LA CPI
En general la corte está integrada por 18 magistradosIndependientesDedicación exclusivaNombrados por votación secreta de la asamblea de los Estados partePeriodo de 9 añosArtículo 36 (Condiciones que deben reunir)
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE LA CPIDE LA CPI
LA FISCALÍA:Órgano independiente y separado de la CorteDirigida por el FiscalRecibe remisiones e información sobre crímenes de competencia de la Corte, para determinar si ejercita la acción penal ante la CPI, luego de examinar la veracidad e la información que recibe.El Fiscal es elegido por votación secreta por la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea de los Estados Parte. (Fiscales Adjunto)Periodo de 9 años no reelegible
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE LA CPIDE LA CPI
SECRETARÍA:Se encarga de los aspectos no judiciales de la administración de la corte y de prestarle servicios a la misma.Integrada por un Secretario, que es el principal funcionario administrativo de la Corte y un Secretario Adjunto. La secretaría es el conducto de comunicación de la Corte. Periodo de 5 reelegible por una sola vez
PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTOSISTEMA JUDICIAL ACORDADO:Responde al sistema acusatorioTiene características del sistema inquisitivo: -El fiscal actúa como órgano de justicia-Favorable y desfavorable-Víctimas -Participación y protección-Todas las etapas del proceso
PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTO
SE CONJUGAN DOS GRANDES SISTEMAS JURÍDICOS:EL COMMON LAW EL CONTINENTAL
SON 5 LAS ETAPAS PROCESALESEtapa de investigación de una situaciónActuaciones relativas a la conformación de cargosEl juicio oral o enjuiciamientoImpugnaciónEjecución de penas
PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTO
SALA DE CUESTIONES PRELIMINARES
-ACTÚA EN LA ETAPA DE INVESTIGACIÓN-AUTORIDAD JUDICIAL-EL FISCAL ES EL CONDUCTOR DE LA INV-PUEDE SUPLIR DEFICIENCIAS DEL FISCAL EN LA INV
PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTOSALA DE CUESTIONES PRELIMINARES: -DICTA, A INSTANCIA DEL FISCAL LAS PROVIDENCIAS-AUTORIZA LA APERTURA DE LA INV FORMAL CUANDO EL FISCAL ACTUA DE OFICIO-AUTORIZA AL FISCAL EL ADELANTAMIENTO DE LA INV PESE A LA MANIFESTACIÓN DE UN ESTADO QUE ESTÁ LLEVANDO O HA LLEVADO UNA INV. (MISMAS PERSONAS, MISMOS HECHOS)-AUTORIZA AL FISCAL A ADELANTAR INV DE OPORTUNIDAD ÚNICA-REEXAMINA, A PETICIÓN DE UN EDO QUE HAYA REMITIDO EL CASO O DEL C de S DE NU, CUANDO HAYA SIDO ÉSTE EL REMITENTE, LA DECISIÓN DEL FISCAL DE NO INICIAR LA INV.
PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTOSALA DE CUESTIONES PRELIMINARES: -AUTORIZA AL FISCAL PARA QUE PRACTIQUE LAS DILIGENCIAS NECESARIAS MIENTRAS LA SALA RESUELVE ACERCA DE SU COMPETENCIA O DE LA ADMISIBILIDAD DE LA CAUSA-AUTORIZA AL FISCAL PARA QUE ADELANTE DILIGENCIAS INVESTIGATIVAS EN EL TERRITORIO DE UN ESTADO PARTE, CUANDO NO SE HUBIESE OBTENIDO LA COOPERACIÓN DE ÉSTE. -PROFIERE, A SOLICITUD DEL FISCAL, ORDEN DE DETENCIÓN O DE COMPARECENCIA VOLUNTARIA DE UNA PERSONA, FIJANDO LAS CONDICIONES EN QUE ÉSTAS DEBEN PRACTICARSE-CONFIRMA, ANTES DEL JUICIO, LOS CARGOS FORMULADOS POR EL FISCAL, EN AUDIENCIA QUE SE CELEBRA CON LA PRESENCIA O AUSENCIA DEL INVESTIGADO
PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTOSALA DE CUESTIONES PRELIMINARES: -CONFIRMA LA MODIFICACIÓN DE LOS CARGOS EFECTUADA POR EL FISCAL-ASEGURA LA PROTECCIÓN Y EL RESPETO DE LA INTIMIDAD DE LAS VÍCTIMAS Y TESTIGOS, LA PRESERVACIÓN DE LA PRUEBA; LA PROTECCIÓN A LAS PERSONAS DETENIDAS O QUE HAYAN COMPARECIDO EN VIRTUD DE UNA ORDEN DE COMPARECENCIA; ASÍ COMO LA PROTECCIÓN DE INFORMACIÓN QUE AFECTE LA SEGURIDAD NACIONAL-DICTAR, A PETICIÓN DEL IMPUTADO, LAS PROVIDENCIAS Y ÓRDENES NECESARIAS PARA PREPARAR LA DEFENSA, ENTRE LAS QUE SE ENCUENRAN LA SOLICITUD DE COOPERACIÓN DE LOS ESTADOS PARTE. -ADOPTAR MEDIDAS Y SOLICITAR LA COOPERACIÓN PARA EL DECOMISO DE BIENES
PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTOSALA DE CUESTIONES PRELIMINARES:
DEBEN SER APROBADAS POR LA MAYORÍA DE LOS MAGISTRADOS:
-LAS DECISIONES RELATIVAS A LA COMPETENCIA Y LA ADMISIBILIDAD DE LA CAUSA-LA AUTORIZACIÓN AL FISCAL DE INVESTIGACIONES EN EL TERRITORIO DE UN ESTADO-LA CONFIRMACIÓN DE CARGOS-LAS QUE TIENE RELACIÓN CON LA SALVAGUARDA DE INFORMACIÓN QUE AFECTE LA SEGURIDAD NACIONAL OBTENIDA A TRAVÉS DE INFORMACIÓN DE LOS ESTADOS PARTE.
PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTOSALA DE PRIMERA INSTANCIA O DE JUICIO:
-ADELANTA LA ETAPA DE JUICIO-LOS CARGOS DEBEN HABER SIDO CONFIRMADOS -LA PRESIDENCIA, UNA VEZ CONFIRMADOS LOS CARGOS, DEBE ASIGNAR EL ASUNTO A UNA SALA DE PRIMERA INSTANCIA -GARANTIZA QUE EL JUCICIO SEA JUSTO Y EXPEDITO-GARANTIZA EL PLENO RESPETO DE LOS DS DEL ACUSADO -PROTECCIÓN DE VÍCTIMAS Y TESTIGOS-EL JUICIO SERÁ PÚBLICO (SALVO EXCEPCIONES)-EL ACUSADO DEBE ENTENDER LA NATURALEZA DE LOS CARGOS-AL INICIO DEL JUCICIO SE LE DARÁ LA OPORTUNIDAD AL ACUSADO DE DECLARARSE CULPABLE O INOCENTE
PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTOSALA DE PRIMERA INSTANCIA O DE JUICIO:
-DECIDE SOBRE LA ADMISIBILIDAD O PERTINENCIA DE LAS PRUEBAS-TOMA LA MEDIDAS PARA MANTENER EL ORDEN EN LAS AUDIENCIAS
PROCEDIMIENTO EN CASO DE DECLARACIÓN DE CULPABILIDAD:
DETERMINA SI EL ACUSADO COMPRENDE LA NATURALEZA Y LAS CONSECUENCIAS DE LA DECLARACIÓN DE CULPABILI
PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTOSALA DE PRIMERA INSTANCIA O DE JUICIO:
PROCEDIMIENTO EN CASO DE DECLARACIÓN DE CULPABILIDAD:
-DETERMINA SI EL ACUSADO COMPRENDE LA NATURALEZA Y LAS CONSECUENCIAS DE LA DECLARACIÓN DE CULPABILIDAD
-SI ESA DECLARACIÓN HA SIDO FORMULADA VOLUNTARIAMENTE TRAS SUFICIENTE CONSULTA CON EL ABOGADO DEFENSOR
- SI LA DECLARACIÓN DE CULPABILIDAD ESTÁ CORROBORADA POR LOS HECHOS DE LA CAUSA EN CUANTO A:CARGOS- CARGOS COMPLEMENTARIOS-PRUEBAS
PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTOPRESUNCIÓN DE INOCENCIA :
-SE PRESUMIRÁ QUE TODA PERSONA ES INOCENTE MIENTRAS NO SE PRUEBE SU CULPABILIDAD ANTE LA CORTE.
-LE CORRESPONDE AL FISCAL DEMOSTRAR LA CULPABILIDAD
-PARA DICTAR SENTENCIA CONDENATORIA, LA CORTE DEBERÁ ESTAR CONVENCIDA DE LA CULPABILIDAD DEL ACUSADO MÁS ALLÁ DE TODA DUDA RAZONABLE.
PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTODERECHOS DEL ACUSADO:
-OÍDO PÚBLICAMENTE-INFORMADO SIN DEMORA Y DETALLADAMENTE EN UN IDIOMA QUE COMPRENDA Y HABLE PERFECTAMENE, DE LA NATURALEZA Y CONTENIDO DE LOS CARGOS. -TIEMPO Y MEDIOS ADECUADOS PARA LA DEFENSA-COMUNICARSE LIBRE Y CONFIDENCIALMENTE CON SU ABOGADO DE SU ELECCIÓN (CONFIANZA) (OFICIO)
-A SER JUZGADO SIN DILACIONES INDEBIDAS-A INTERROGAR O HACER INTERROGAR A LOS TESTIGOS DE CARGO -A OBTENER LA COMPARECENCIA DE LOS TESTIGOS DE DESCARGO-A PRESENTAR PRUEBAS ADMISIBLES-A SER ASISTIDO POR UN INTERPRETE
PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTODERECHOS DEL ACUSADO:
-A NO SER OBLIGADO A DECLARAR CONTRA SÍ MISMO, NI A DECLARARSE CULPABLE Y A GUARDAR SILENCIO. -A DECLARAR DE PALABRA O OR ESCRITO EN SU DEFENSA SIN PRESTAR JURAMENTO-A QUE NO SE INVIERTA LA CARGA DE LA PRUEBA NI LE SEA IMPUESTA LA CARGA DE PRESENTAR CONTRAPRUEBAS. -A QUE EL FISCAL DIVULGUE LA O LAS PRUEBAS QUE INDIQUEN O TIENDAN A INDICAR LA INOCENCIA DEL ACUSADO, O A ATENUAR SU CULPABILIDAD
¿Qué es la Corte Penal ¿Qué es la Corte Penal Internacional (CPI)?Internacional (CPI)?
(ART 1)(ART 1) Institución Institución PermanentePermanente
Juzgará a Juzgará a PersonasPersonas
Crímenes Graves Crímenes Graves Trascendencia Trascendencia
InternacionalInternacional
¿Cómo está organizada la ¿Cómo está organizada la CPI?CPI?
PresidenciaPresidenciaSalas:Salas: ApelacionesApelaciones Primera InstanciaPrimera Instancia Cuestiones Cuestiones
PreliminaresPreliminaresFiscalíaFiscalíaSecretaríaSecretaría
PRINCIPIOS GENERALES CPIPRINCIPIOS GENERALES CPI
NULLUM CRIMEN SINE LEGE (DELITO)NULLUM CRIMEN SINE LEGE (DELITO)
NULLUN PENA SINE LEGENULLUN PENA SINE LEGE
RESPONSABILIDAD PENAL INDIVIDUALRESPONSABILIDAD PENAL INDIVIDUAL
INTENCIONALIDAD EN EL ACTUARINTENCIONALIDAD EN EL ACTUAR
IRRETROACTIVIDAD RATIONE PERSONAEIRRETROACTIVIDAD RATIONE PERSONAE
La responsabilidad La responsabilidad individualindividual La tienen agentes del Estado La tienen agentes del Estado por actos oficiales, por lo por actos oficiales, por lo general (caso Ruanda)general (caso Ruanda)
Graves crGraves críímenes internacionales menes internacionales imprescriptiblesimprescriptibles– CrCríímenes de Guerramenes de Guerra– Genocidio Genocidio – TorturaTortura– CrCríímenes de Lesa Humanidadmenes de Lesa Humanidad
Corte Penal Corte Penal InternacionalInternacional-Crímenes De Trascendencia-Crímenes De Trascendencia Sede en La Haya, Holanda ( ART 3 )Sede en La Haya, Holanda ( ART 3 ) Condición Jurídica Y Atribuciones ( Condición Jurídica Y Atribuciones ( ART 4 )ART 4 )
Competencia: (ART 5 )Competencia: (ART 5 )– Ratione materiae:Ratione materiae:CRIMENESCRIMENES: :
GenocidioGenocidio CrCríímenes de Guerramenes de Guerra CrCríímenes de Lesa Humanidadmenes de Lesa Humanidad CrCríímenes de agresimenes de agresióón ( NO DEFINE )n ( NO DEFINE )
Genocidio (Genocidio (Raphael LemkinRaphael Lemkin 19441944)) Art. 6: Actos con intenciArt. 6: Actos con intencióón de n de destruir total o parcialmente a un destruir total o parcialmente a un grupo nacional, grupo nacional, éétnico, racial o tnico, racial o religioso. Incluye: matanzas, religioso. Incluye: matanzas, lesilesióón a la integridad fn a la integridad fíísica o sica o mental de los miembros de un grupo, mental de los miembros de un grupo, sometimiento a condiciones que sometimiento a condiciones que lleven a su destruccilleven a su destruccióón, impedir n, impedir nacimientos dentro del grupo, nacimientos dentro del grupo, traslado a la fuerza de nitraslado a la fuerza de niñños. os.
GenocidioGenocidio El genocidio no requiere una situación El genocidio no requiere una situación de guerra, interna o internacional. El de guerra, interna o internacional. El genocidio se puede cometer en genocidio se puede cometer en situación que no necesariamente sea de situación que no necesariamente sea de guerra.guerra.
CRÍMENES DE LESA CRÍMENES DE LESA HUMANIDADHUMANIDAD Art. 7: actos cometidos como parte de un ataque Art. 7: actos cometidos como parte de un ataque
generalizado o sgeneralizado o ssistemático csistemático ccontra la poblacicontra la poblacióón n civil y con conocimiento de dicho ataque:civil y con conocimiento de dicho ataque:
ASESINATO EXTERMINIO
IMPOSICION CONDICIONES VIDA
HOMICIDIO INTENCIONADO
CRÍMENES DE LESA CRÍMENES DE LESA HUMANIDADHUMANIDAD
ESCLAVITUD
DERECHO PROPIEDAD SOBRE UNA PERSONA
ApartheidApartheid
ACTOS INHUMANOS REGIMENDE OPRECION
CRÍMENES DE LESA CRÍMENES DE LESA HUMANIDADHUMANIDAD
TORTURA VIOLACION
Sufrimientos, físicos o
mentales esclavitud
sexual
Crímenes de guerraCrímenes de guerra ( CONVENIOS ( CONVENIOS ))
Art. 8. Art. 8. En caso de conflicto armado que no sea de índole internacional, las violaciones graves del artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949, a saber, cualquiera de los siguientes actos cometidos contra personas que no participen directamente en las hostilidades, incluidos los miembros de las fuerzas armadas que hayan depuesto las armas y las personas puestas fuera de combate por enfermedad, herida, detención o por cualquier otra causa: – i) Los atentados contra la vida y la integridad corporal,
especialmente el homicidio en todas sus formas, las mutilaciones. – ii) Los ultrajes contra la dignidad personal, especialmente los
tratos humillantes y degradantes. – iii) La toma de rehenes. – iv) Las condenas dictadas y las ejecuciones sin previo juicio ante
un tribunal regularmente constituido, con todas las garantías.
No se aplica a las situaciones de tensiones internas y de disturbios interiores, tales como los motines, y los actos esporádicos .
CrCríímenes de agresimenes de agresióónn AAunun no ha sido definida por no ha sido definida por la CPIla CPI
Corte Penal Corte Penal InternacionalInternacional
Competencia: Competencia: Ratione personaeRatione personae
La jurisdicción de la CPI es sobre personas no sobre La jurisdicción de la CPI es sobre personas no sobre Estados.Estados.
Son Son personaspersonas, que no necesariamente son militares. , que no necesariamente son militares. Ni siquiera los libra de esto la condición de ser Ni siquiera los libra de esto la condición de ser
jefes de Estado.jefes de Estado.
Toda persona que tenga una responsabilidad en Toda persona que tenga una responsabilidad en cualquiera de loscualquiera de los
Crímenes puede ser juzgada por la CPI, siempre y cuando Crímenes puede ser juzgada por la CPI, siempre y cuando el Estadoel Estado
respectivo donde se comete el crimen haya ratificado el respectivo donde se comete el crimen haya ratificado el estatuto deestatuto de
Roma.Roma. La Corte no será competente respecto de los que fuerenmenores de 18 años en el momento de la presunta comisión delcrimen.
Corte Penal Corte Penal InternacionalInternacionalCompetencia: Competencia: Ratione temporisRatione temporis
Hechos ocurridos en Estados Parte de la CPI a Hechos ocurridos en Estados Parte de la CPI a partirpartir
del 1 de julio de 2002del 1 de julio de 2002
Si un estado se hace parte después de la entrada Si un estado se hace parte después de la entrada enen
vigor: La jurisdicción solamente opera para el vigor: La jurisdicción solamente opera para el futuro esfuturo es
decir para crímenes que se cometan con decir para crímenes que se cometan con posterioridadposterioridad
a la ratificación por el Estado.a la ratificación por el Estado.
¿Qui¿Quiéénes inician un nes inician un caso?caso? Denuncia de un Estado parte al Denuncia de un Estado parte al fiscalfiscal
RemisiRemisióón por parte del Consejo de n por parte del Consejo de Seguridad de la ONU Seguridad de la ONU
El Fiscal de la CPI, de oficio, El Fiscal de la CPI, de oficio, puede iniciar una investigacipuede iniciar una investigacióón n preliminar. Solicita a la Sala de preliminar. Solicita a la Sala de Cuestiones Preliminares Cuestiones Preliminares autorizaciautorizacióón para abrir una n para abrir una investigaciinvestigacióón. n.
PODRA INICIAR INVESTIGACION.PODRA INICIAR INVESTIGACION.ANALIZARA LA VERACIDAD ANALIZARA LA VERACIDAD ( ONG ,ORGUBER)( ONG ,ORGUBER)
SI HAY MERITO PARA ABRIR INVESTSI HAY MERITO PARA ABRIR INVEST - - PETICION SALA CUESTIONES PRELIMINARESPETICION SALA CUESTIONES PRELIMINARES- CONFORMIDAD CON LA PRUEBA – ESTUDIO SALACONFORMIDAD CON LA PRUEBA – ESTUDIO SALA
- - NEGATIVA SALANEGATIVA SALA
- - FISCAL OTRA PETICION NUEVAS PRUEBASFISCAL OTRA PETICION NUEVAS PRUEBAS
El fiscal ( ART 15 )El fiscal ( ART 15 )
¿Qui¿Quiéénes pueden ser nes pueden ser responsables de un responsables de un crimen?crimen? Quien Quien Cometa ese crimen por sí solo, con otro o por conducto de otro,
Quien Quien ordene, proponga o induzca la comisión de ese crimen,
Cómplice o encubridor o colabore de algún modo en la comisión o la tentativa
QuienQuien contribuya de algún otro modo en la comisión o tentativa (La contribución deberá ser intencional )
Improcedencia del cargo oficial El Estatuto será aplicable por igual a todos sin
distinción alguna basada en el cargo oficial. – En particular, el cargo oficial de una persona, sea Jefe de Estado o de Gobierno, miembro de un gobierno o parlamento, representante elegido o funcionario de gobierno, en ningún caso la eximirá de responsabilidad penal ni constituirá motivo para reducir la pena.
Las inmunidades y las normas de procedimiento especiales que conlleve el cargo oficial de una persona, con arreglo al derecho interno o al derecho internacional, no obstarán para que la Corte ejerza su competencia sobre ella.
Responsabilidad de Responsabilidad de los jefes militareslos jefes militares
A. El jefe militar será penalmente responsable por A. El jefe militar será penalmente responsable por los crímenes de la competencia de la Corte que los crímenes de la competencia de la Corte que hubieren sido cometidos por hubieren sido cometidos por fuerzas bajo su mando fuerzas bajo su mando y control efectivoy control efectivo, en razón de no haber ejercido , en razón de no haber ejercido un control apropiado sobre esas fuerzas cuando:un control apropiado sobre esas fuerzas cuando:
i) i) Hubiere sabidoHubiere sabido o, en razón de las o, en razón de las circunstancias del momento, circunstancias del momento, hubiere debido saberhubiere debido saber que las fuerzas estaban cometiendo esos crímenes o que las fuerzas estaban cometiendo esos crímenes o se proponían cometerlos; se proponían cometerlos; y y
ii) ii) No hubiere adoptado todas las medidas No hubiere adoptado todas las medidas necesarias y razonables a su alcance para prevenir necesarias y razonables a su alcance para prevenir o reprimir su comisióno reprimir su comisión o para poner el asunto en o para poner el asunto en conocimiento de las autoridades competentes a los conocimiento de las autoridades competentes a los efectos de su investigación y enjuiciamientoefectos de su investigación y enjuiciamiento
Responsabilidad de Responsabilidad de los jefes militareslos jefes militares
En lo que respecta a las relaciones entre superior y subordinado distintas de las señaladas en el apartado a), el superior será penalmente responsable por los crímenes que hubieren sido cometidos por subordinados bajo su autoridad y control efectivo, en razón de no haber ejercido un control apropiado sobre esos subordinados, cuando:
i) Hubiere tenido conocimiento o deliberadamente hubiere hecho caso omiso de información que indicase claramente que los subordinados estaban cometiendo esos crímenes o se proponían cometerlos;
ii) Los crímenes guardaren relación con actividades bajo su responsabilidad y control efectivo.
iii) No hubiere adoptado todas las medidas necesarias y razonables a su alcance para prevenir o reprimir su comisión o para poner el asunto en conocimiento de las autoridades competentes
ÓÓrdenes Superioresrdenes SuperioresArt. 33 1. Quien hubiere cometido un crimen de la competencia de la Corte en cumplimiento de una orden emitida por un gobierno o un superior, sea militar o civil, no será eximido de responsabilidad penal a menos que:
a) Estuviere obligado por ley a obedecer órdenes emitidas por el gobierno o el superior de que se trate;
b) No supiera que la orden era ilícita; y c) La orden no fuera manifiestamente ilícita. 2. A los efectos del presente artículo, se entenderá que las órdenes de cometer genocidio o crímenes de lesa humanidad son manifiestamente ilícitas.
Reclusión por un número determinado Reclusión por un número determinado de años que no exceda de 30 añosde años que no exceda de 30 años
La reclusión a perpetuidad cuando lo La reclusión a perpetuidad cuando lo justifique la extrema gravedad del justifique la extrema gravedad del crimen y las circunstancias crimen y las circunstancias personales del condenadopersonales del condenado
MultaMulta Decomiso del producto, los bienes y Decomiso del producto, los bienes y los haberes procedentes directa o los haberes procedentes directa o indirectamente del crimenindirectamente del crimen
Penas Aplicables (Art. Penas Aplicables (Art. 77)77)
CPI - ColombiaCPI - Colombia Colombia ratificó el Estatuto de Roma. Lo hizo Colombia ratificó el Estatuto de Roma. Lo hizo con una salvedad permitida, de siete años para con una salvedad permitida, de siete años para crímenes de guerra. crímenes de guerra.
Hay cuatro categorías de crímenes pero Hay cuatro categorías de crímenes pero solamente una, crímenes de guerra, admite la solamente una, crímenes de guerra, admite la excepción. Crímenes contra la humanidad, excepción. Crímenes contra la humanidad, genocidiogenocidio y y agresión, no la admiten. agresión, no la admiten.
Eso significa que los eventuales crímenes de Eso significa que los eventuales crímenes de guerra cometidos en territorio colombiano, no guerra cometidos en territorio colombiano, no pueden ser juzgados por la pueden ser juzgados por la CPICPI sino hasta el sino hasta el séptimo año de la ratificación, pero los otros séptimo año de la ratificación, pero los otros sí.sí.
Acto Legislativo No. 02 de 2001Acto Legislativo No. 02 de 2001 Ley 742 del 5 de junio de 2002Ley 742 del 5 de junio de 2002 Sentencia Corte Constitucional Sentencia Corte Constitucional C-578 del 30 de julio de 2002C-578 del 30 de julio de 2002
Agosto 5 de 2002 deposito del Agosto 5 de 2002 deposito del instrumento de ratificación.instrumento de ratificación.
Entró en vigor desde el 1 de Entró en vigor desde el 1 de noviembre de 2002.noviembre de 2002.
La CPI en ColombiaLa CPI en Colombia