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, S8S1tm m 3 extraordinaria 8P, de AOJiembre de 1933 PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES INDlOE GENERAL DE LA SESION; l. -Su:rna.rio del deibate. JI . r-Sll)!1ariode dOic1lmentos. III.-A,cta la anteri:or. IV. -Documen:tQ6 de la. cuenta. V . -Texto del deba.te. 1. SUMARIO DEBATE A. - Preferencias 1. A proposición del señor Rivera (Presi- dente), se entra 'a tratar sobre tab1a las modificaciones introducidas pOr el Sena- do en el proyecto sobre consolidación de las deudas fiscales con el Banco Central de Chile. La Cámara aprueba estas modi- fica·eiones. 2. !Se pone en discusión y se aprueba la modificación introducida por el Senado en el proyecto relativo a la enajenación de1 Cuartel de Cazadores y a la inversión delproc1udo de e.sta venta. 3. Se posterga hasta mañana y se anuncia para la tabla de fácil despacho, la dis- cusión de la. insistencia del Senado res- pecto ele una modificación introduc,ida por la Cámara en el proyecto que 'Prorro- ga la vigoncia df> la ley número 5,142. so- br(' aumento del ;jO por ciento en 1o¡; de- rechos quc fija el Arancel Aduanero. ')XVERA y DiE LA JARA. -+ 'gl señor Rivera (Presidente), da cueu- ,le que Be iha citado a una reunión & 11)<' Comités, a fin de bus-car acuerdo re- l,:1,t':vo a la tramitación de la Ley Gene- ".l: :le Presupuestos. " }:n suspende la sesión por un cuarto de 11,.) "'1. B. - Orden del d.ia. ? pOI1eeu discusión el segundo infor- me en el proyecto sobre reorga- nización de 'la industria salitrera, y que- d R ':lendiente el debate. c. - Incid"eDtes 7 Var:os !Señores Diputados piden el envío de diversos oficios. 8. St' pone en discusión una indicación de varios señores Diputados re-Iativa a la. asistencia médica del Seguro Obrero. __ ,,_r ...... 9. Se acuerda suprimir la sesión del ,sába- do 4 del presente y substituÍrla por una que debe celebrarse mañana viernes de I ' 2 1:12 a 4 ,P. M., destinada a tra tal' del proyecto salitrero. 10. El señor Mardones formula divers'lS ob.sc?rv:lciones de 1a renuncia del señor MinistrD de Fomento y de alguna.s \

f~ ,~ de AOJiembre de 1933 - BCN

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S8S1tm m 3 extraordinaria 8P, .~~i~~[~f~ ,~ de AOJiembre de 1933 PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES

INDlOE GENERAL DE LA SESION;

l. -Su:rna.rio del deibate. JI . r-Sll)!1ariode dOic1lmentos. III.-A,cta 4~ la ~n anteri:or. IV. -Documen:tQ6 de la. cuenta.

V . -Texto del deba.te.

1. ~ SUMARIO I)}i~rJ DEBATE

A. - Preferencias

1. A proposición del señor Rivera (Presi­dente), se entra 'a tratar sobre tab1a las modificaciones introducidas pOr el Sena­do en el proyecto sobre consolidación de las deudas fiscales con el Banco Central de Chile. La Cámara aprueba estas modi­fica·eiones.

2. !Se pone en discusión y se aprueba la modificación introducida por el Senado en el proyecto relativo a la enajenación de1 Cuartel de Cazadores y a la inversión delproc1udo de e.sta venta.

3. Se posterga hasta mañana y se anuncia para la tabla de fácil despacho, la dis­cusión de la. insistencia del Senado res­pecto ele una modificación introduc,ida por la Cámara en el proyecto que 'Prorro­ga la vigoncia df> la ley número 5,142. so­br(' aumento del ;jO por ciento en 1o¡; de­rechos quc fija el Arancel Aduanero.

')XVERA y DiE LA JARA.

-+ 'gl señor Rivera (Presidente), da cueu-,le que Be iha citado a una reunión &

11)<' Comités, a fin de bus-car acuerdo re­l,:1,t':vo a la tramitación de la Ley Gene­".l: :le Presupuestos.

" }:n suspende la sesión por un cuarto de 11,.) "'1.

B. - Orden del d.ia.

? 8· pOI1eeu discusión el segundo infor­me ~'ncaÍdo en el proyecto sobre reorga­nización de 'la industria salitrera, y que­d R ':lendiente el debate.

c. - Incid"eDtes

7 Var:os !Señores Diputados piden el envío de diversos oficios.

8. St' pone en discusión una indicación de varios señores Diputados re-Iativa a la. asistencia médica del Seguro Obrero. __ ,,_r ......

9. Se acuerda suprimir la sesión del ,sába­do 4 del presente y substituÍrla por una que debe celebrarse mañana viernes de

I ' 2 1:12 a 4 ,P. M., destinada a tra tal' del proyecto salitrero.

10. El señor Mardones formula divers'lS ob.sc?rv:lciones ac',~rca de 1a renuncia del señor MinistrD de Fomento y de alguna.s

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CAMARA DE DlPUT ADOS -------================

irregwaridadl's produeádas I'n los servi­ClOS dependiente-s de ese Mmjsteri{).

'11. El señor Yrarráza.val formula diversas observaciones acerca de la necesidad dz que' el Gobierno desarrolle una política agraria clara y precisa.

II. - SUMARIO DE DOOlTMENTOS

j. Me14<;aje {lue autoriza a la Municipali­dad de Calama para donar al Fisco un terreno de su propieda¿,

2. ¡Mensaje que modifica 'el d.ecreto con fuerza de ley número 3,329, de 21 de ago.'S to de 19-30, que <lrgamzo las Comisiones Médicas de Carabineros.

3. Mensaje que ;autonza la const!'uc.ción de un puente sobre el río Mataquito.

4. Proyecto que modifica la Partida 1,400 del Al'aneel Aduanero.

ij. ,oficio del PresidE.>nte d" la República eon el que induye en la convocatoria e: proyecto que modifica p~ Presupuesto vi­gente ('n el sentido de aumentar el item 08:0l::{)l del Ministerio de Justicia.

6. -Oficio del Presidente d~ la R,epúbliea ron 1"1 que incluye en la convocatoria el pro­yecto sobre formación de una colonia

• agrícola para. los obreros cesantes de la Emprf'sa ele los F,errof~arriles del Esta­do.

7. Ofició del Ministro r.lel Interior recaído en las observacione.'! del señor Gajardo, Mbrr el srr,icio de aJnmbrado eJéctri-c. de Chimharongo.

s. Oficio drl sefíor Ministro ue Justicia y Educación, con el que contrsta las obser­vaciones drl señor Romero, sobre habi­litaéíón de un nuevo local para la Cár­cel de ·Concepción.

!l. Oficio C}pl mi~mJ señor Minh3tro con ,,1 qUf> se I'f'fiere a la~1 observa·eiones del s€>­ñor Frrrada. sobre nombramirnto ele un

1rinistro en Visi.ta al Juzgado de Letras de Calbuco.

10. Oficio del mismo señor Minllitro, con 1'1 que contesta las ob~frvaciones de los señores Nieto y Torres don Eugenio, respe.cto a la creación de un estableé­miento de enseñanza secundaria en Los. ~-\ndes .

11. Oficio del mismo ~eñor Ministro, con el que contesta las observaciones del se­ñor Ferrada, sobre reincorporación de los maestros separados a raíz de la Con­vención celebrada en Concepción.

] ~. Oficio del señor 3>Iúü"tro de Fomento, con el que contesta las observaciones del señor Guzmán García, sobre construcción d e1 ferrocarril de Potare a a Chincolco.

n. Oficio del mismo señcr Ministro, con el qUe contesta las oh!'t>rvacioncs del se­ñor Coloma sobreconstrncción del cami-110 de Nicudahue a Oho1'oieo.

14. Ofil'io elel mismo seüor Ministro, con el que contesta la8 observaciones del se­ñor Torres don Ernesto, sobre constrU<l­ción de caminos que desde Caritaya y Chiapa lleguen a la frontera de Bolivia.

};). Oficio del mismo sf'ilOr :Ministro, con e 1 que remite los antecedentes solicitados por los señores Cárdenas y Martínez don Carlos Alberto. sobre h! ~onstrl1ceión pOl' la Em]Jre~a de los Ferrocarriles del E~­tado de la variante di:' Uo-Lleo.

H¡. Oficio del mismo sl'üor Ministro, con el que l'ontesta las ob"ervaeiones del se­ñ.or Gajardo, sobrE' lo~ servicios de la Dirección General de E·,tadística.

JI. Oficio del spñor l\Iini.~tro de Salubri­dad, C011 el qUe remite los antecedentes ppclic10s por ('1 sefíor Cañas Flores, éon relación a los servicios de la Caja de S~­guro Obrero.

l·S. Oficiodt'] Honora bleSt'naclo con ~l

que remite aprobado el proyecto que ,cou-

."' .. l:5.aSE-.SION EXTRAORDINARI.A EN JUIDVES 2 DE NOVIEMBRE DE 1933 559

cooe subi>idios especiales a los estableci­mientos hospitalarios que indica.

19. Oficio elel Honorable ',Senado, con el que remite aprobado el proyecto que es­tablece una destinación especial a la COll­

tribución adicional sobre los bienes raÍ­ces de la comuna de Ñuñoa.

20. Oficio del Honorable Senado, con el que remite aprobado el proyecto sobre prolongación de la Avenida Italia de es­ta ciudad.

21. Oficio del Honorable Senado, con d que remite aprobado COn modificaciones el proyec·to s o'b r,e consolidación de la deuda fiscal t'on e-1 Banco Central de Chile.

22. ¡Qficio' del Honorable Senado, con el que remite ¡¡,probado con modificacion,~s el pro)'('cto que fija la drstinación que debe darse a.I producto del remate del edi­ficio ('11 qlH' f111lcÍona h:. e 1 Regim~,ento Cazadon's.

2'3. Segundo informe de la Comisión de Hacienda. acerca del proyecto sobre re­organiza cÍt'in de la industria salitrera.

U. Informe de la {'omi:;ión dn Constitll­rión, Le-giBlación y J llSticia, acerca de la eonsu'lta sobre pago de la dieta parla­mentaria a un Diputado que ha perd¡dn su fuero.

25. Informe de la .comisión de nelaci01:~,,; Exteriores. ~ecaíd'o en el Proyecto de Acuerdo que- aprueba el Tratado de Con­ciliación t:elebrado entrE' Ohile;- Dina­marca.

26. Moción de 1 señOr RodrígueL, qUe (;C­

clara exentos del pago de CQntrihu{)iollE's fÜ',cales y municipales a los bienes rá-Íct"" de las sociedades de sororrOs mutuo'S ~; sindicatos obreros.

217. !'}{oción de varios señúres Diputad os que modifica la ley orgánica de la Con­traloría Genf'ral de la República.

28. Oficio del senor :Ministro de Colombia

en Chile, con el que aCMa recibo al que' se le dilrigió en respU'esta a la nota de sa­ludo enviada a la !Cámara con motivo del ani!vhsario patrio de nUeBtra R!{'públi­ea.

'!9. Oficio del Director del DepartamentL de la Habitación con el que se refie!'e a los datos solicitados por el seuor Ola ',-e, sobrt' habitaciones obreras.

JII. - AOTA DE LA SESION Aj'.¡']'ER[()R

La,,> actas ele las sesiones 12·.a y 13.a ex­traordinarias, celebradas la primera el día martes 24 de octubre, de 16 a 19 horas, y la segunda, el día miércoles 25, de 14.30 a 16 horas, se declararon ál)l'obadas por no ha ber merecido observación.

El acta de la sesión 14.a extraordinaria, /5e1ebrada el día miércoles 2,5, de 16 a 19 horas. quedó a clispo.'lición de los señores Dipntados.

Di{'f' así:

Sesión 14.a extraordinaria. en miércoles 25 ele octubre de 19053 . - Presid,ellcia de Jos srñorese Rivera y De la .Tara.

Se abrió a las 16 tboras y 16 minutos y asistirron los señores:

Aburto, Rodrigo. Acharán A., Carlos. Acuña R., Benigno. ,AgllÍIre P., Enrique. Alcalde C., Enrique. Alfonso, Pedro.

Alvarez, Humberto. Ampuero Q., Juan de

Dios. Amunátegui J., Grega-

rio_

Aránguiz C., Horado. Arellano F., Humberto.

Armas R., Rodolfo. :Barros T., Roberto. Bart, Manuel.

Becerra, Ma:ximiliaJlo. :Beeker V., Cristiano. Be¡tavente A., Amelío.

:BoizaXd, Ricardo. B~h, Baturlo.

:Bust.os V .. Juan Bautis-ta.

Cabezón D., Manuel. Cá-ceres, Raúl.

Cañas F., Enrique. Cañas L., Eduardo. Cárdenas N., Pedro. Ca.rrasco R., IsJllMl.

Casali M., Humberto. Casanova O., Osear. Castelblanco A., Pedro.

Celis M., Armando.

Cifuentes L., Rafael. Coloma M., J. Antonio.

Concha M., Miguel A. Concha., Nemesio.

Correa F., Guillermo. cruz F.,· Manuel Isido-

ro. Chanks, Osear Armando Cbaparro, Manuel.

560 CAMARA lOE DIPUTADOS =============,==--=--=-------::=-=-_--_c:o_ -----=

Del campo R., Oados. Del Oanto, Rafael. Del Río G., Rafa·el. Drien B., Augusto. Durán B., Florene:iD. Dussaillant, Alejandro. Ebensperger R., Jorge.

. Ecluturren A., Joo.-ge

Manuel. Elgueta, Carlos Roberto Esoobar D., Clemente. Escobar D., Andrés. Estévez G., Carlos. Perrada R., Raúl. Fuenzalida E., Edmun-

do. Gajardo V., Osear .. Gardeweg V., Artur~.

Garrido S., Dion1si.o. González G., Pedro E. González V., Gabriel. Gutiérrez R., Aníbal. Guzmán G., Samuel. Guzmán F., Eleador,

Enrique.

Rein R., Ernesto. Ruenchullán M., Art.-

ro. Larr¡¡,in T., Pablo. Lira U., Enrique. Lois F., Arturo H.

Madrid A., Manuel. Madrid O., Enrique. Maira 'C., FeTllando. Manzano E., Zenón. Mardones V., lIumberto Martinez M., Carlos A. Martínez M., Julia. Merino Ro, Rolando. Meza L., Pelegrín. MolJ.er B., Alberto. Moore M., Eduaroo. Morales B., Raúl. Moreno E., Rafael. Müller R., Carlos. Muñoz C., Manuel. Murillo G., Ruperto. Navarro R., Fortunato, Nieto C., Manuel. Núfiez G., Domingo. Ola varna B., Arturo.

Glave A., Ramón. Opazo L., MigueL Opitz V., Pedro. Ortega M., RudeclDdo. ParOOi B., Jorge. l'ereira L., Julio. Pereira L., Jorge. Pérez G., Jorge . Párez G., Lindor. Pinochet, Rafael.

Prieto O., JoaqUÚl. Pr52-to L., Jenaro. Quintana., Alfonso. Retamales, Nicasio. R:,)3 A., José M. ::;.io~. Juan Antonio. -':t,,:m ero, Abraham. i';,oo·a,;.r s, Eloy.

¡':~p''¡~.veda P., J. Mi-

gnd.

Serani B., Alejandro. o;;ilva P., Juan. Sil"<\' S., Luis A.

Sotoma.yor P. C., JW3ti-niaJlo.

Sub-c:rcaseaux R.., Gui-llermo.

T€ITa~as, Litis Felipe. Toro M., Leoncio. Torres G., Ernesto. Torres M., Rafael. Torres M., Arturo.

Torr?s L., Eugenio'. Ur:b€ B., Luis . Urr"jola, José' Francisl:o Urrutia C., Efrain. UrmBa G., Mario. U!'zúa U., Jorge. Vaillant R., PedrQ Pa.-

blo.

chaga 'focornal; el Ministro de Hacienda, señor Gustavo Ross; el Ministro de Agri­cultura, señor Carlos Henríqucz.

El Secretario señor Errázuriz Mackenna y el Pro secretario señor Echaurren Orre­go.

Se dió cue.11ta:

1.0 De un mensaje de Su Excelencia ,~r Presidente d€ la República, con €l que 60-

nE't,: a la considBración del Ccngreso Na­Ci011111 un proyecto l'l.'lacion,:do con el fun, cionamiento del Juzga.do Militar 'con asi€n­to en San tiag o.

8{; man¡[ó él, Ccm~sión de Defensa Nacío nal.

::;.0 Deo tn~ oficir¡.; del s{'ñor :Ministro del lll:.-"Íor:

',;,;H el primero r{;m~te 1o,- ililtecedentes pccLdos por el señnr Torr'/3 1\1o::na, con r~­lae:úll a ciertos. d,',,:ór,lf,lc, ,~·~'!':'idC',-; en el flll1do "Corralhue".

\. ~',.' el I:iE'g'und 1 cv.,·';' '"bsel'vacio-JlO [e:'mulaclas por 0['1 /',2i'ior 2o'ani, sobre pr¡~;(>il al'bitn,rÍa de ciuc1ada"os en el lugar Gell"mlnado Puré",

Con el tercero. da riOSpUi'sta f' las ob.'>€l' vae:.cme5 hecha" por -el seño" C(u:l-enas, con ré'spc':.:to a los deT'echo~·J(' cción que e-o:';' la, lHunicipalí{(ad di' .s(]ll'i~go.

3.0 De Ull oficio ele] s501' j\['nistro de Dc';·(n . .,a Naeiona,l, l'eUu~j;'und~ (o: el que se l(~ c1ir.gió a petici6r" é;" b ;-2:o';'2S Casali, O'.;;"rría, Bustos, Ciin1rl1'1': 7' ;,[ ·."tín€z don e,:" 1 (;;;-i Alberto, c,.¡ i j':·t·:~' c. ,ro ¡ G .~ 1:1 inclu~ión

{,,-, 'l e nvocatorÍ': ,1,_,: l':~: cc' () (1";~ autoriza [:'. (~, vn'ueión de iy;'p0.~iei·,;;::, a: personal T{:~n,~;~L,. ·de las fllr·;'/(~.~ :ll':'ln(~RS q r 1·2 no goza

Valenzuela R., Juan de dr' ",; ión. Dios.

Valenzuel:a V., Néstor. Va.ras C., Fernando. Verdugo E., Hipólito. Vicuña, Carlos. Walker L., Joaquín. Yrarrázaval C., Rafa~1.

Z.apata. D., Emilio. Zúfiiga., Armando.

(/, D" nn ofie';, d,l ¡;r.;'0'" ::\I>oistl'o de A; ('¡¡'-ura, con 'l (re, t1n. r:"·"n,'8ta a las OQ·".','v:·:·:on€.'l h{'ck:o rOl' (,1 Af'ñ~·;' Acharán Aró,", "bre fomen;,: riel :':111",'(':0 de expor-

(~:'I~(lFOn a di"po<::Cj{l]l "'", 1u ,nñorrs Di­pr' L~r.;'

5.0 Ji:' un ofiein d.;1 E;"0¡"b' ,., S€nado, er)1\ ',\1 fi'-I.~ renlÍt<: n.l:rol"~ J{; 111: -" ~~:'yecto de ),,:. 0"(> 1"lodificp 1[!~ nr'~;:';"8 ,1' r2tiro d{' ! :¡ '., ;. - - ' 1 , -los a 1\° o ~ 11 ~ C0; () r ]"" y (', el (' l:m

El::\Iinistro de Relaciones, 'leñor Crll- h:el'J~as armadas.

15.a $ESIO~ EXTRAORDINARIA EN JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 19;~:3 ;)61

= Se mandó a Comisión ele Dt'fen.<;a X acio-

nal . 6.0 Dr un informe de la Comisión de Ha­

cienda, a'cerca d{'j pro.vecto que dero,ga, el decreto con fuerza df' ley número 64.

Quedó en tabla. 7.0 D2 lllJa lllocióll (1t,1 señor Fl'rl'ada, en

la que inil'ia un proyl'cto c!p ley que esta­blece diversa" c1isposiciol1rs encaminadas a obtenrl' til cobro ele ccmtribucion2S no paga· da.s por declaraciones ill'completas o falsas dr lt~s capitaks en giro.

Se mandó a Comisión de Hacienda. 8.0 Di' una moeión de los s2ñores Nava

1'1'0, ~la,nzano. Bart y Sotmlla~-or, ell la ·que inician UI1 pro.,-,,(·to ,le Ir,\" qne aUÍCJriza la provi,.,ióll lIt, las \"ae¡llIL'" ([ue .'i,' Pl'Od,lIZ('illl

en los ¡'Pl'\"icio'i ¡}('l Congr~'so XaeioJ1ill. Se mandó a 'Comisión ele Hacienda. 9.0 Dl' una eOll1unic<-lt:ión en la 'cual los

mismo.,; t>eñO['l'S Diput;;clm; quP firman la llloción alli.crir 1', pic1l'D que se dirija oficio al S2í"íCll' ~lilli.,ll'o c1{'l Illtt'rior. a' fin de 'qUE', si lo tiene a. bien. ~(' fiinil recabar la inclu­bión del proyecto por ellos pri't';entado entre los asuntos ele que- IllH'rl2 ocnpan;p el Con­greso, Xacional en la adnal legislatul''l' ex­traordinaria.

Se dirigió el (ficio ,~ulil'itado. 10. D{· una comunieaeiún del seÍlor Cár­

denas en la \1 ne pid~~ ,s" dirija ofieio al señor 2.Vlini",iro clpl Interior. l'epl'C'sentánc1ole d justificado (lp&:ontellto y recelo qUf' ?xist,' en el ve·cindari{!. de lH capital, espE'cialmen· te entre los contribuyentes y empli'ados mu­nicipales, por el acuerdo sorpresiyo adopta­do por la actual Junta de V~cinos di' San· tia.go, de confe:ccionar Y.. di.sc \l tir i'n sesion?,> secretas el presupue¡:;to p~ra el ano 1934, substra~-éndo.lo así del conocimiento di' 10<; interesados.

S2 dirigió el oficio. 11. De cinco solicitudes parüculares, con

las cuales las personas q~e se indican, pielen los siguienti's beneficios:

Don Ventura Anriquf' Zauzagoitía. abo­no dl' tiempo;

Doña María Avendañe Y. de Poblet? pró' rroga de pensión;

Don Guillermo Rodríguez Pinochet, pen sión de gra,cia;

Don Dionisio 2.0 Fuentes Muñoz, pensión de gra'cia; y

= Don l\1auricio Garín González. jwnsión de

gracia. Se mandaron aComisióll Especial de So­

l icitudes Particulares.

Entrando a Ol:llparSe de los asuntos anun­ciados pa,ra la tabla lIt' fácil despacho, sin debate r por asentimi"nto tácito se dió por aprobado ('ll general el proyecto que deroga el decrf'to con fuerza de l"y número 64, de 26 de marzo clP 1931.

El selior RivPI'a. (Presidente) en confor­midad al Reglamento lo d"claró aprobado tmnbiéll erí parti'cula,r en los términoo pro­puestos por la Comi<;ión de Hacienda, que SOl1 los siguientes:

PROYECTO DE I.JEY:

"Artículo Lo. Derógase, desde el 1.0 d~

enero de 1938. f' 1 decreto con fuerza de ley número 64. de :?G (le marzo de 1931.

Art. 2.0 Los "alores por contribución mo­biliaria que por disposición del citado de' crf'to con fu-erza de ley no. se hubif'ren pa­gado a las :\Tunieipalida,des hasta el 31 de diciembl'e cI(, 1 U:~2. se liquidarán por la Con­tl'alorÍa (J-pneral de la Rep1,Íblica con arre­glo a las 'cuotas señaladas en el decreto de Hacienda núml'ro 657, de 27 de f"brero de 1928, para el sclo efecto de compellBarlos, hasta su concllrr-encia, con las actuales deu­da . .., de las respecti"aB Municipalidades a favor dclFisco por aportes legales de, Con­tr8.}oría, Carabineros, Tesorería General y Departamento d" }funicipalidade.s.

Art. 3.0 Es.ta lt>y. regirá desde la fecha de fin publica'ción en el "Diario Oficial".

También sin debate y por asentimiento tácito se dió por aprobado en general el pro· ~'ecto que crea una Subcomisa,ría de Inves­tigaciones en los Ferrocarriles del Estado.

El señor Rivera (President,,) declaró aproba,dos también en particular los tres artículos de que consta este proyectD, por no haber sido objeto de indicacionNl.

El proy2'cto aprobado dic-e como sigut>:

PROYECTO DE LEY:

"Articulo 1.0 'Créa-,>e una Subcomisaría: de Investigaciones de los Ferrocarriles del Es-

36. -Extraordinaria.s.

/

CAMARA DE DIPUTADOS =

tado, dependiente de la Dirección de Inv!ls' Art. 2.0 La dotación' del pel'f'iunal y 108-tigaciones, Identificación y Pasaportes. sueldol'i serán 108 siguientes:

===========_.~,====

1 Subcomisario, gTado 11 '" '" ... . .. ~) Inspector€s, grad~ 16 ... ... o ........ ..

3 Agentrs 1.08, grado 17 4 Agentes 2.os, grado 19 5 Agrntes 3.0..'>, gra,do 22 6 Agentes ,t.os, grado 23 6 Ag'entes 5.08, grado 2-1

Art. 3,0 El mayor gafito que importa esta l.ey se financiará 'con la suma de ci{~nto se.­tenta, y lllH'Ye mil seis.s:ielltos CUHrenta ~;

ocho pesos ($ 179,648.(0) que la Empre.<;a de lOh F'erl'ocaITilcs d:,l Et>tado d.epooitará P11 el llH'S de enero de cada año ,'11 arcas fis­calps y que cOl'rp¡o;pOlllle al monto d" los sueldos y a la gra.tificación de alojamiento que debe percibir apl'o,ximadamente un 50 ]Jo]' ci<:'nto de ('st" personal".

Se pasó a considera.r. en seguida. el pro' ~'ecto que 'collcede facilidac1e¡,; ele pasajes pOl' los l<~errocal'ril{'s del Estado al personal ju· bilado c}{' dieha Empresa.

Puesto ('n di.."cusión g'eneral y particular a la vez <:'1 artículo único de ,que COIL"ita este pro,y~cto, usaron dc la pa,labra los señor-es ::\:Iurill o, (Diputado infonml1lte). Retama­l~s, :;\Iardonel>, Urrutia dOll Efraín, Acha­rán. Walker y l<"rl'l'ada,

Se formularon laR "igllielltl'S illc1icacio­llrs:

Drl Mñor .:Hal'llones, para, modificar e1 inciso 1.0 del al~tícn}o 41, di'cirudo a.~í:

"El Dil'?ctor Grl1f'l'a 1 poará otorgar palie libr.' al pe1'.'\onal dr empJea(lo.~ y obrf'l'os de la l<Jmprf'sa y dr la Caja dt, Retiro y Pre­visión Social de los Ff'lTo('al1·ilr~".

De los s~ñores Rrtam"Jef>. Jfa1'tínez }Iontt y Gutiérrf'z para agregar .el siguiente inciso: • "Tendrán del~cho a la rebaja clf'l 50 por ciento lo;; empleados ~' SUB familias del per­sonal d? la Caja ele R"tiro dI' 10,<; l<~€lToca­

l'rileS",

$ 12,600 $ 12,6(}{) 8,400 16,800 7,800 ~.3,400

6,600 26,400 5,200 26,000 -1,800 :?8,800 -1,-100 26,400

-----

5; 160,400

Del lieüor Ganillo para que se den las. Jlli¡;llla,~ franquicias a los obr€ros que hayan :sido (l('elarados celiantes con más de 5 años. de servicio,'; en la EmpreE¡a.

Por los s~'D(),rpr; U1'l'utia don Efraín. Ca­sali, Gupn[¡n don Eleodoro y TorJ'{'s Mai-11<11'<1, pllra que se inclnya en pI bel1Pfi'cio de la rebCija (1pl 50 por ci(,!lto a los e:studiante.s ([IH' "i'ajell dial'iall12nt{' el1 tn'llPS locale~ pa­rCi a:si~ti]' a ¡,;ns coleg'ios.

El .,,('Dor Aehal'án Aree. fnrmnló. y poste­rio.l'lllPlltl' (lió pOl' !'dira(la, ulla indicación pHI'a Cjll(, ('11 {'l ineiso ~.o del al'tícnlo J..ose intereal<'ll las palabras ":'11 actual serviciO' y lo¡.¡" el continuación el" la fra¡;,p: '''los em· pleados y obl'cro.,,".

C('ITa(lo el (lpbatp, .'iP puso .en yota'ción en g'ellt'ra I :d pl'Oy<'Cto y ¡;;e aió pOl' apro.bado­por a,sentimiento tácito.

S,· pasó a votar en particnlar pI artículo ~' lar; indieaeiolles.

Po!' 30 yotos contra 1:í se dió por recha­zada la illdiC'ación de los señores Guzmán don Ele-c.c1oro, tTnutia don EfraÍn, Casali y rrOl'l'e.~ l\[aillanl.

Por 40 votor; contra 10 ¡;" dió por r:,cha­zada la il1~licación del señor Garrido.

POl' ;10 votos eontra 23 SP aió por re'cha­zada la indicaciónc1el señ(l]' 'Ylal'c1ol1€l'; y

Por 39 "cios contl'a ~4 se dió por recha­zada la indicación d.e 10..<; señores R~tamales, Martínez l\fontt y. Gutiérr2z.

Por as"ntimiento tácito se dió por apro­bado el artículo en la forma prop~lesta pCT'

la Comisión. que eti la siguientr:

15.a 8ESION EXTRAORDINARIA EN JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE Hl33 56~

PROYECTO DE LEY:

"Artículo únieo. - -;\'Iodifícasl' l'11 la si-~

guil'ute forma el artículo 41 dl'l decreto­('on fUf'l'za de ky número 167. dc> 12 de ma· yo de 19,31:

""htículo H.-El 1)i1'PCt01' General ]lO' drá otorga!' -pase-librr al lWT'sDlwl tle em­pIpados y obreros dI' la Empresa.

"Los f'lllpJ<,ados y obreros que hay<'lJ1 ob~

tenido jubila CiÓll :' r;u ('ónyng'p, pa dres, hi­jot; solteros y ]¡"l'mallaS ;-;olt('ras, <1P 111€­llOS dI" 21 año,; de' "dad. tel1drán una l'e~ baja dpl eilleuenta por ('i,'nto (50%) en el valOJ' de lo,; pasaj<,s por las líneas de la Empn'sa de 10.-; Fprrocilniles dpJ B''itado, no lH.Hlil'llctn pI nínlll'ro tl" ('.stos, en total, Sl')' "l/pl'rim' rI dOl'(' 1.)(I"I!.ie~ 'ipl1('illos l'n p·l año.

"lin ¡'pglamrntl) {'speci¡¡l determillará los ('a~ ,Y la forma en que los interesados po~ ,Irán acogl'rsp a la . .., fraJl(juieias cOl1cpdiclalS ('n los incisoo precedentes".

"Esta ley l'l'g'i1'á destlp la fpl']¡a lle sn pn bliral'ióll <'11 pI "Diario Ofisial".

A i1ldieación del "puor RiYl'ra (Pl'p"idell­Íf'). j;{' acol'dó tramitar los asuntos des­pa(·hados -JlI ;·"pnar la aprobaeión del ada.

Dentro Ul' la Ol'df.'ll del día se pasó a tra­tar l-Id proyedo sobre reOl'g-anizaeión (lo la industria salitrf.'ra.

Continuó la discusión general del pro~

~-edo y llliarOl1 de la palabra los :'H'ñores Aifons{) y E¡';('obar don Alldr;'t'i.

St' forlllularon las sig:nit'l1tE't'i lllH'Y¡JS in~

(li¡'aciol1es: Por los señoÍ'es Zapata. ~Il'rino. {'asali,

lIartíl1€z don Oarlos A .. y Yerdngo. para a g-rega l' al proyecto l.os .siguit'J1tffi a rtíenlOfi lllH'YOS: "Art. '" Establécese- la jornada de spis horas diarias dl' trabajo para los obr€l'os y plllplp3{los q He Se" oeupPl1 ('n la industl'ia "8 litrf.'ra " ..

"Art. ... Lo." obreros y "l11pleados que trabajt'll ell la industria salitrf'ra gozarán deul1 "alario mínimo y familiar. <¡up sprá fijado por una comisión de oorf.'1'os, em~

ple-ados y patrones en la forma quP dd-er­mine- el Reglamento ret;ppctivo".

Art. ... Esta bléees<, la zona s{'('a (>11 toda la l'e.glOn sa.litrera".

Por pI señor Gonzálpz don Pedro para

.. _-"=:::=:"'

reemplazar el artículo 1.0 del proyMto por el sigl1Jenlte: "Artículo 1.0 Por ex~irlo el intf'rés nacional, erp3se una prrsona jurít\iea denominada "Estanco del Yodo".

SE' l'ntil'nde por yodo, cualquiera' mat.e­ria con ley de yodo, derivado del trata· lItíe'nto en ·Chile de salf's l1atural€s, vege­tal es, aguas minerales, de sólidos o líqui­dot'i. re-sultante de ese tratamiento.

La penmua jurídiea "Estanco del Yodo" ";NÍl a dministrada por HU Consejo Directi­YO. eompu€sto del )Iínistro de, Hacienda qne- lo presidirá; del Director Gpllpral de llllfHl""tos Intl'J'l1os de la República; del Superintendente- d.p. Salitre y }Tinas, y de nna llP-r~Ol1a designada. por el Pres·ident.e (Ü' la R('pública de nna terna formada p(}r la ~oeif'dad Xaciollal de 1Iil1('·ría.

El objeto dl'l e~tanco del yodo, será ad­quirir dé' los indnstrialeti la producción de yodo ;.- ,üpnder a I~n cX)lurtaeión, come-rcio y distrl!mción.

Lo ... ind¡¡~triales ¡" Pl1ljll'¡'sas salitreras venderán Sll pl'odu('(·ión de .nJdo al estan­co. l'] emll la nclquirin1 al tos<to ef€-ctivo, llIá" \ln re{'t\rg'o de un 4>0 por ciento.

El (,,,tanco fijará a los indmtrialet; y pro­C.1tII'lOl·PS la~ enotas. ealitladl's .'" fechas de entre/.ra : e01110 tambipn ,'1 ('osto t'ff'etivo, p¡'eyjo informe ck la SUjll'rintt'ndencia de Sal itre ~. Yrinas.

l,a inobserval1l'ia o ('umplimiento tardío de las únlenf's del Estaneo (le parte de 106 ill<lllf'tl'iales y produetol'f's. facultará al Es­lam'o para ineantar,,;(' de los hie-nes v mate­rias industriales de la elaboración ·d€l yo~ yo, i!lea ntación q LH' dura l'á . hasta el curo­plimi,'nto pf('etiyo ,\- total de las órdenes impartidas y sin (lUe proel'tla t'll tales ca~ "OS Í1](1 elllnizacÍón a 19u11a.

La Yl'nta a terceros' del yodo por parte dI.' lúti industrial€~ ,\" productores y toda ojlel'aeión de C0111I:'1'cio ilícita. extraña a la intpl'Yl'lleión del Estaneo. S Pl'ál1 penad~ i.~on Ulla multa·a brl1f'fÍ('Ío fisl'al de tres mil IWSOS por cada kilogTamo .r fracción de Jrilogl'amo y eOl1 prpsiclio lllP1101' .en su ¡rra­do máximo.

Las utilidadet; d('-l Estan\'o ingresará.n a rent.as ge-nerales del Estado y parte de plla¡:¡ s-e destinará al fomento de al explo­tación y elaboración de abonos compuestos r iCflpecialme-ntf' dI' abonos fosfatados.

El Estal1('O del Yodo BP regirá por las

564 CAMARA DE DIPUTADOS '============================,,----==.....::==.;;-.. = disposiciones de la presente ley y especial­mente por los estatutos que de acuerdo. con el Consejo Directivo dicte el Presidente de­la República, los cuales deberán publicarse en el "Diario Oficial" dentro del plazo de 30 días, contados desde la fecha de la pro­mulgación de la presente ley".

Para roomplazar el artículo 2.0 por e-l si­guie-nÍ1o: "Art. 2.0 Por exigirlo el int.eré!' nacional, se ~tablece el Estanco del ,salitre de Chile en favor del Fisco chileno.

En consecuencia, la <,xportación y comer­cio de estos productos sólo podrá hacprse p{)rel Estanco.

Se entiende por salitre toda sal o mez­cla de sales con ley de nitrato de sodio.

El Gobierno da en arrendamiento el ~ tanco de Salitrr a la persona jurídica que con el nombre de "Corporación de Ventas de Salitre" se crea en esta ley, y en los términos qUP5e indican en las disposicio­nes .{ue SIguen.

El objeto de la Corporación de Ventas del Salitre, será adquirir de las pmpresas productoras, el salitrc y atender a su ex­portación, trall8porte, distribución y ven­ta y efectual' aqnellas operaciones expre­samente determinadas en la pr~ente léy.

El Estanco del Yodo y la Corporación de Ventas de Salitre, podrán n~alizar los actos y celebrar los contratos nec-esarios pa­ra el cumplimiento de sus fines y contraer toda clase de obligaciones mercantiles re­lacionadas con la movilización, distribución y venta del yod.o y del salitre".

Para suprimir los vocablos "J- yodo" en lM artículos siguientes

Para suprimir en el artículo 10 las' si­guientes frases: "yodo en el extranjero, ocho chelin~, nueve peniques, oc,henta ~.

dos eelltésimoo por kilo" y "y yodo en Chi­le, cinco chelines, diez peniques cincuenta y cinco centésimos d€ penique por kilo".

Para suprimir los incisos 1.0 y 2.0 del artículo 1;6.

Por el señor Dussaillant: Para suprimir el inciso 6.0 del artículo

19'; y Para suprimir el inciso 4.0 del artícu­

,lo 22. Por el señor Torres don Eugenio, para

qU€ se agregue en el artículo 2.0 d€6pu~s de la palabJ:a "transport.€", la palabra "pro­paganda".

Por el sE'ñor Cañas Lira. pa.ra que se a,gregue el si gllÍf'ut;e .artícu).o nuevo: "Art. ... Toda compañia explotadora de los yacimientos salitrales estará obligada a ocupar un 9>5 por cif'nto del personal chile­no e invertir también un % por ciento de 106 ,;ueldos en personal chileno".

Por el señor Prieto Concha, para agre­gar el sig:uiellte inciso al artíclllo 35: "Con las mismas solemnidadffi la Comisión Li­quidadora podrá celebrar transacciones o convenios con los acreedores a fin de eli­minar o reducir crédicos mediante la trans­rt'rencia de parte del activo".

Por los señores Cárdenas, Serani y Casa­llova, 11ara que se ,eollsultt' el siguiente ar­tículo Illleyo: "Al't. ... La Corporación de Ventas queda obligada a entregar a la Ca­ja de Crúdito Agrario, a objeto de que este org'ani"mo Jo di/ltribuya NlÍl'l' las colonias o coop€rativas .agrícolas actualmente orga­nizadas o que se organicen en el futuro, o a las personas naturales que se lo soliciten, pI salitrE' que necesite la agl'icultura del país. Es.ta entrega Sé' lIal'á al precio de cos­to industrial pup8oto a bordo o en f.erroca­rril".

Por los señores Sel'ani y Cáruellas, para l'ccmplazal' d artículo 1.0 por el siguiente: "Art. 1.0 Por exigirlo el interés nacionaL se establecc el Estanco del Salitre y del Yodo a ravor del Fisco chileno. En conse­cuencia, la exportación y el comercio de (1)to\<; productos sólo podrán hacerse por el Estanco".

Para substituir el artículo 2.0 por el si­guiente: "Art. 2.0 El Fis~o dlikno -da eE arriendo el Estaneo del Salitre y del Yo­do en las condicioll('s que establece esta ley, a la persona jurídica qlle con el nom­bre de Corporación d{'- V·entas de 'Salitre y Yodo se crea en 'esta misma ley. Este arrendamiento se hará en las condiciones qE'll se expresan en los artícnloo siguien­tes.

Para qu{'- se consulte- el siguiente artícu­lo nuevo:

"Art .... El arrendamiento a que se re­fiere el artículo 2.0 .será por tiempo inde­finido. .Sólo podrá ponérsele término por una ley. Este hecho no otorga a los asocia­dos ningún derecho para perseguir indem· nizaciones de parte del Fisco chileno.

Terminado el arrel'ldamiento, la Corpo-

15.a SESIO~ EXTRAORDINARIA EN JUEVES' 2 ,DE NOVIEMBRE DE 1933 565

raClOD se disolwrá inmediatamente y se procederá a su liquidación".

Para que Be consulte el siguiente artícu­lo nuevo: "Art. .. , La administración de la CorporaciÓn corresponderá a un Direc­torio que estará constituído en la siguien­te forma: por 4 Directores chilenOR que nombrará f'1 Presidente de la República, uno de loS" cuales será el Superintendente del :Salitre; por cuatro Directores que nom­brarán los productores adheridos a la Cor­poración, y por un Director que será ele­gido por el conjunto de los ocho Directores ya mencionados. Este Direct.or. que deb.el'á. ser chileno, será 1'1 Presidente de la Corpo­ración y para entrar en ejercic.io de sus funcione¡;; deberá se-r nombrado por el Pre­sidente de la República. Los reprf'Sentan­tes de los productores serán designados de la manera siguiente; uno por la Compañía Anglo ('hilena; uno por la Lautal'o Xitraü· Company Limited y do:-; por las ot.ras em­presas productora". Sólo podrán part.icipar en esta elección los representantes de aque­llas empresas o compañíaf! que están en producción a lo menos seis llleses ant-es de la -elección. Cada empresa productora ten­drá 1\erecho a un voto cualqtüera que sea el número de oficinas o la cantidad de sa­litre que elabore".

Para agrf'gar el siguiente imiso al ar­tículo 8.0: "El Directorio de la Corpora­ción no podrá sesionar ,sin 1 a concnrrtmcia de- trt's Directores rppresentantes del Fisco chileno".

Para agregar el siguiente inciso al ar­tículo 13·: "Ijas cuotas canceladas reduci­das o suprimidas se repartirán entn~ los demáf; produdore-s a prorrata de las cuo­taR que tf'níall antes de la s11pre.'lión, can­celación o reducción".

Para agregar el siguiente artículo nue­YO: "Art. .... IJa fijación de cuotas. de producción deberá hacerla anualmente el Directorio de la Corporación".

Para eliminar el artículo que se refiere a la cancelación por parte del Estado de la deuda en Bonos Secnrr-d.

Para eliminar ele la ley todas las impo­,,¡ciones rplativasa la deuda de la indus­tria salitr"€'J'H y hacpr una de-claración en el sentido de (4ue la ,hmta o Comisión Liqui­dadora actnal continuará en el desempeño

=

de las funciones que le encomienda el ar­tículo 34 de la ley 4,863.

Para modificar el artículo 12 en e.J sen­tido de- establecer expresamente en la ley que en los casos de establecer~ nuevos in clusíriales, la Corporación queda obligada a fijarles cuotas de producción, sin que és­tOb tellg'an que contribuir con su utilidad al pag'o dE' las deudas antiguas de la in­dUlstria.

Para aumentar al 45 por ciento la par­ticipación fiscal en las utilidades o en sub­r;idio, sompter la industria salitrera al ré­gimen común de contribuciones, estable­ciendo que el salitre de-be pagar una vez en Chilp el impuesto d" 2 por riento sobre las venta:>.

Para declarar que la paríf' de utilidades que 1 .. torrpsponde a los industriales será pntregada a la Comisión Liquidadora para el r;ervirio d~>' las deudas.

Por el sf'ñor Ministro de Hacienda: Pa­ra re-emplaza r pI incllio 2.0 del artículo 5.0 por pI lSiguiente: "La Corporación se esta­blece por plazo indefinido. Sn disolución podrá producirse por acuerdo de su Direc­torio, tomado con el voto conforme de la mayoría d ... los Directores represent.antes de los industriales y de los Dir('ctores fiscales, d cual nec-esital'á s€r aprobado por una ley ~in per.inieio de lo dispuesto 1']1 el inciso 2.0 del artículo 559 d0] Código Civil".

Para agregal' en {'l inciso 1.0 del artícu­lo 22 la pala.bra "o (>xplotB:ción" después de la palabra "ocupatión" en la frase que dice; "... ind-emnización por ocupación de terrenoo fiscales pag'adéU> por empresas sa­li treras".

Para comenzar el inciso 3.0 de este mis­mo artículo con las palabras; "durante el present.e año calendario". /

Para corregir el prror de referencia que se hac{' al artículo 23, debiendo ser el '22 €n los artículos 28, 29 Y 44".

Para reemplazar en el artículo 39 la fra­se final que dice: "al precio de costo pUe&-1.0 a bordo o en ferrocarril. más un .;) por ciento", por la siguiente: "al precio que fije {'l Direct9rio con acuerdo de los repre­sentantes fiscales".

Para reemplazar en el artículo 10 los in­CiS06 7.0 y 8.0 por los siguientes; "El pago del precio del salitre tanto de existencia

CAJ\.fAR.A DE DIPUTADOS

como de nueva producción, lo hará la Cor­poración dentro del plazo de 6 meses con­tados desde la terminación del resppctivo año salitrero. El pago del precio dd yodo se hará mensualmpnte como hasta la fE'­eha".

(Inciso 8.0) : "La Corporación deberá ha­cer mensualmente anticipos ('n dinero a lOti industriales que lo soliciten por sumas equivalentes al costo industrial del salitre producido dentro de la cuota que corres­ponda a 6"te indnstria 1 en el período res­pectivo y rsi(,lllpre que su costo de produc­ción quede dentro . de las disposiciones de la ley. También deberií la Corporación an­ticipar el dinero necesario para atender a todos los gastos que demand{' la colocación del salitre clp"clp callel~a-ofic;¡na hasta el co,stado dE' la llave é'n el puprto de pmbar­que. Estos allticipo;,; sr harán contra pntr{'­ga del salitre ¡¡ dispo",ieión de la Oorpora­ción, sobrE' pI {,llal purda la ¡Corporación constituir Jgaral1tJ.a sufioiel1te a terClcJ'os".

Para suprimir en el artículo 12 la fra~e final del inciso 1.0 que dice: "para aprp­ciar esta capacidad, la.8 reservas de eada empresa SE' cOl1;:;iderarán. \Sólo en cuanto fuesen ner('sal'ias. f'n el respectivo perío­do" .

Para agregar al artü'ulo]2 el sig'ui('llte inciso final: "El Dil'ectorio deberá notifi­car por escrito a los productoret-i las (-uo­tas que les ha asignado y éstos, dentro del plazo de 15 dJas, podrán reclamar ante el Directorio de la cuota que se les haya fija­do, nombrando al mismo tiempo a un téc­nico de su f'llJ presa para que se estudie nuevamente la ¡'cspectiva asignaclOll de cuotas, de acuerdo con otro técniro que elegirá el Directorio dE' la Corporación, con

, prescindencia dl' los Directores que repre­sentan los interE'ses de la empresa reclaÍnan­te. Los dos peritos mencionados elegirán, antes de actuar, un tprcero de común acuer­do, que servirá de árbitro en caso de dis­cordia".

Para reemplazar el artículo 14 por el si­guiente: "Art. 14. No obstante lo dis­puesto en el artículo 12, regirán como cuo­tas iniciales por un período de 75 años a contar desde el 1.0 de julio de 1~33, cuo­tas de un tercio sobre el total de las ventas para 'la Compañía de ,salitre de Chile y dos tercios del mismo to,ta1, en conjunto, pa-

ra 'TJw Lautaro lNitrate eompany Limited y para la Compañía Salitrera Anglo Chi­lena, Las 'cuotas que cOl'l"fflpondan dentro ck e8te período a otros productol'es, 6€gún se detl'rminen de acuerdo con lo establecido {,ll el artículo 12, &e otor,gal'áll, deduciéndo­las a prorrata de lafi cuotas aseguradas a la Compaflía de !Salitre de Ohil{', 'rIle Lau­taro Xi trate Company IJtd., y ·Compañía ::-lalítrel'a Allglo Chilena.

Las emIll'-etia" productoras podrán aptici­]lar la producción de su cuota en el pe­ríodoleor~ClSpondiellte" .

Para in6€rtar a continuación cid inciso ] . o delartícl1ln 16 el siguiente: ",si algu­lla~ de estas empresas paralizara su produc­c:ón, eOlli>;>l'vará I>U cuota en la~ ventas de yodo hasta el agota,nlÍf'nto dE' la6 exú;kn­~ias que tuviere al tiemIJo de lq pal'aliza-

"' ,. elOn . Para modifical' el inriso l. o del artícu­

lo :2:2, como sig'ur: "El }'ÍlSro [lPrcibil'á de la Compañía el,· 8alitt'r ele ,eh ile -en Liqui­dación, d<: '1'11-10 Lautaro Nitrate CO'll1pany Ltd., y de la Compañía Salitrera Anglo Chilena. l'fl,'l aIlo 1933, 1,10 millones de pe-fiOS. ,

8erán de abono a esta ·cantidad los de-

rechos ele exportación de salitre y yodo percibidos ]lor pI l"isco, los derechos por participación ('n c011tratos de explotación de elll]ll'f'sa:S salltnras, 10R impuestos fiscales, etc. "

Para agr{,gar al inciso 5. o dd artículo 2:2 la has,e ;;ig-uient.e: "& exc ~ptúall de ('8-

te reajuste las empresas que tengan en la, actualidad contrat08 especiales con el FÍ6-

co, sob!'" pro{luc'ción y venta de fialitre y dc yodo".

Para r-eenl1Jlaza~ el incÍt>o l. o del artícu­lo 42, por el R1guiente: "El primer Direc­tor:o de la Corporación durará en sus fun­cion€8 cinco años, debiendo designarse loo ocho directores que corresponden a los in­dustrial'es ('n la Riguiente forma: tres por The Lautaro )[itrate Compan~' Líd.. dO!" por la Compañía Salitrera Anglo Chilena, dos por las empr-esas adheridas a la Com­pañía de Salitre de Chile, en liquidación, y uno por las empresas independientes que es­tén (>n trabajo ('TI el momento de elección del Directorio.

En la misma forma y proporción indiea-

". ;1

15.a SE,sIO~ EXTRAORDINARIA EN JUEVES 2 DE NOV1IEl\lIBRE DE 1933 567 ===========- .

. das en €l inciso allt.erior, se llomb:,anín ]01S

Director€lS ¡;;uplentes uno por cada Director en prop:eclad, en .el caso de acordarse la ,dpt';ignaéión de Director€S suplent.es".

Por loo seiíorelS Lira y Alealde. para re­dactar la parí!:' final df'l artículo 1. o. ,on la siguiente forma: " ... cuando este pro­·ducto no perturb;:> :01 mercado (1Pl í"alitre lJi del yorlo".

P¡ll'lI ilgTegar al artículo í. o el signien­-te inci,.;o: "rn ciudadano nacionalizado po­drú ~f'l' Pl'l~id€n te sólo despuét; de cinco años el,' estar en posesión d€ sus cartas de na (' iOllil liza C'i Óll , •.

Pill'a rr'mplazar el artículo 8.0 por el túgnil'lJte: "-:\!'t, 8. o Sin per.JlllelO el" 10 (lispupsto r11rl artículo anterior. {,ll los acuerdos qlW exijan ,p1 '\'oto conformp dl' lo/'; Dil'l'C't(ll'i't'i fi;.;cales, ~€ "níendprú cumplido ~l r€quisito ~iempr{' q~le se hayan adoptado en /;P"iOll(,S aqlle al'átan dichos Directores y -el voto de todo/; "pa favorablf'. Bastará el voto en contra de uno de ellos para que no qu.edc cumplido el requisito".

Para ,'el1actar la primera part" del artícu­lo 9. o ('n la I'>;g-uiente forma: "La Corpora­ción queclar[\ obligada a comprar a las em­Pl'('fi(l ~ productoras a dlH'ridas, y éstas a ven­dp1'lo" .

Para suprimir {'n el inciso ij. o el"l ar­tíC'1l1o 1 () la fJ'a;;~ qne dice: "Cuando sea J1-e(,("K<ll'ÍO acn~centar las utilidades de la CorpOl'a(·ión destinada6 al servicio de lo" bonor; a que S€ r.efiere -el artículo 2.5, etc."

Pan\ rlPempla'zal" el artículo 11 pOI' .el s;g'ni'_'llti': "Art. 11. Los precio" y de­mlÍ.- ('oll(lirionf's de venta del t>alitrp y del yodo lo/; fijará el Directorio eon el voto eonfnrme de lo.~ Dirf'ctor,es Fiscales. El pre­ein cl{' \"('nta 110 podrá ser fijado sin que se af;:,gnre \,1 t'i'.'l'Yieio d+, lo/'; :bonos a que S€

refi('l'c 'pl artículo 2,5. Sin embargo, por neC'er;idades dI' rompptencia en el m.ercado podrú <,1 Dirpctorio fijar un precio inferior

'{le Yenta. bar-;tanclo para fijar pI nuevo pre­cio la opinión conforme d.e los Directore8 ffficale8" .

Para reemplazar el artículo 14 por el si­gui<,ntl': "Xo o.bstantl' lo dispuesto en el artírnlo 12.rf"g';rán ,como cuotas iniciales, por nn ]Wl'íodo o:' cinco años, a contar des­,di' €l 1.0 ele jnlio de H)~3, cuotas de 40 por .ciento para la Compañía de Salitre de Chi-

lp ~' tle 6D por ciento P11 conjunto para The Lantaro Nitrate Company \Ltd., para, la Compaíiía Salitrera Ang-lo Chilena. Las enotar; que corrffipondan df'ntro d€ este p€'­l'Íodo a otros produetol'€s. seg-Íln se deter­mint'll d€ aCllPrdo con lo €lStab1ecido. en el artículo 12, se otorgarán deduciéndolas a p:'orrata de las' cnotas de los demás".

Para l'e?lllplazar 'el artículo 15 por .el si­gniE'llte "Art. 15. E,l Dil'ectorio. a ppdido de los Dir;eetol'Pti fiscalp/>, deberá exigir de las empresas adlH'ridas 'quP distribuyan en las distinta/'; zonas salitr€ras la prodnceión ne­c2saria pal'a satisfacer sus cnotas y {'H cuan­to. a dasp lIt' "alitre. que la entrega fi(' ha­g-a en proporción a las exigencias d.el mer­('neJo" .

Para reemplazar el inciso? o dd artícu­lo 17. por el signif.'nt.e: "Podrá .el Dir2ctorio fillSlwlHlt'r la n'nta di' ffitas exi"tellcia/'; o re­dneil' el mínimum de 20 por ciento cuan­do f,l precio dt' >"enta no dejare diferencia a favo!' de la Corporación. aplicando,,{' la fras€ final del artículo 11 para e8te €aso, sah-o quP loo interf"sados convengan con la COl'pOraCióll una c1i",minllción c1f.' 108 pre­cios fijados f.'1l el artículo 10".

Para suprimir el inciso .f.o d;:>l artículo 17. Paril re(,lllplazar .el inciso. 2. o del artícu­

:0 19 por el siguiente: "El 2:) por ciento de ,estas utilid'adffi corr"'fipollclerá al Fis­eo .r se paga1'ú a medida f[ll:' f){' Ya~-¿¡ p1'o­lIuciendo" .

Para r,eemplazal' el ineiso 7.0 del artículo 19 por f.'l sigu!entf.': "El saldo de las utili­dade;.; det>pué¡; ele servidos los bonos, se en­Íl'egal'á a los re"pf."ctivos productore8".

Para reemplazar el inci80 1. o delartícu­Jo 20 por el siguieut.e: "MientralS las utili­dad",s dl' la industria no repretientar€ll el doble de la suma corri'spolldif.'nte al servi­cio anual de los bonos a que se refiere .el artículo 25, las operacione8 y utilic1ad.es de la Corporación o de las .empresas proouc­toraR adhf.'ridas a ella 'provenienti's del co­mprcio y explotación del salitr.e y del yo­do, quedarán exentas de todo otro impues­to, /,;.ea de f.'xportación, de morvilización, a la renta o sobre las ventas".

Para suprimir en .el artículo 23 las pala­bra8: "Bonos y" en la fra8e final de este artículo.

Para reemplazar .el inciso 5. o del artícu-

"':"

, ,

568 C~UfARA DE DIPUTADOS

102'5" pOI' el siguiente: "El servicio de e6-

too bonoo se dev-engará a contar d€Sde. elLo de enero de 1934. Ganarán el 3 por ciento de interés y se amortizarán con un 2 por ciento, destinándooe otro 1 por ciento para que la Corporación pueda rescatar €Stos bo­nos' en 10R mercadoo. Las sumas que se des­tienen a intereses o amortización no podrán acumularse para añoo siguientf's, en caso de no haberSe alcanzado a servir con las utilidades de un balance o periodo anual".

Para suprimir los incisos ,6. o y 9. o del artículo 25.

Art. 28. Para agre.gar a 'continuación de las palabras "se cubrirán en el incis,o 2.0" la frase "rll cuanto se promulgue €Sta ley".

Para reempla7..ar el inciso 3. o del artícu­lo 28, por el siguiente: '1Sin embargo estoo saldoo -quedarán -en poder de la Corporación por cuenta de las Compañías acreedoras a un inte~s que no baje del 4 por c¡~mto anual, mic;ntras la Corporación n€cesite dis­poner de su valor para los negocios de las Compañías a-creedoras y en eSip€cial para efectuar a esas Compañías los anticipoo a que se refiere r 1 inciso final del artÍ<culo 10."

Art. 29 . Para 'que se suprima. Art. 35. Para suprimir en el inci.so 1. o

la palabras "en acciones y". AI't. 3t7. Para reemplazar en el inciso 2. o

las palabras "y con la anuencia", por las siguientes: "y con d ,voto conforme".

Art. 39. Agregar un inciso 2.0 que di­ga: "también Nltn'gará a precio de cooto, al Instituto de Crédito Industrial y Caja de Crédito Minero, por iguales partes, hasta 10 toneladas de yodo anual.es, siempre que 10

solicitrn, sea para la Ben-eficencia Pública o industrÍ'as' con -capital y personal en su mayoría .chilenos".

Art. 42 .. Para suprimir el inciso 2. o 'Y el inc:so 3.0

Artículo ]2

Para reempl3Jzar la primera part? _ del artículo, por la siguiente:

"Las cuota.<; de venta de las empl'E'6aS pro­ductoras se fijarán de comúnacu-erdo por un t€:Cnico de la respectiva empresa, cuya cuota vaya a determinar»? y otro técnico de8ignado por la Sup€ritnendetl'CIa de Sa-. litre. En caso de discordia loo dOR técni-

co~ menciou<ldos elegi'rán un t,ercero de co­mún acue:-do y en CaílO de desacuerdo l()· nombrará :·1 Presidf'nte de la Corte Supre­ma. Estos técnico.'S t{'ndrán d rarácter d-e arbitradores" .

Artíenlo 17

Para ag'l't'g'ar al inciso 1. o lo siguiente: "Sin embargo, si las venta¡; fueren infer:o­

res a un millón de toneladas LilllTales se li­quidará del stock un 10 por eiento de las ,",'ntas al Liño".

Artículo 27

Para reemplazar el artkulo pOl' el si­g'llÍente:

"La Corporación pagará por cuenta de la Compañía de Salitre de Chile, en liqui­dación, 'The 'Lautaro Nit:ratp Company y :12 la Compañía Salitrera Ang'lo Chilena, las obligaciones a favor del Banco Central de Chile, contraídas por estas Empr.esas an­tes de que la Corporación inicie &US operacio~ nes. La Corporación hará el pago destinan­do a ello, de preferencia, la parte de utili­dades que. eorresponde de a;clwrclo con el inciso 4.0 del art~culo 19 a loo productores y también en primer lugar el valor que de­be pagar a las Compañías por sus ex~sten­eias de 8"alitr<> rn Dhile" .

Artículo 28

Para agrrgar al artículo un inciso 4. (). que diga:

"Loo saldos a qu-e se refiere t'] inciso au­tprior, sé entregarán a la.s Compañías acree­doras dr estos saldoo después del primer año de funcionamiento de la Corporación. Las sumas correspondientes s.ervirán a las GompañíalS acreedoras para cel"brar ajus­tes directoo con su., acrepdorrs y si éstos no­s{' e:D€otual'len" quroaráncomo capital de ex­plotación que s-erá inembargable".

A rtículos nuevos

El señor Zúñiga formula indicación para: qUf' 1St' contemplen loo siguirntrfl artículos nuevoo :

"Art. . .No obtstante lo disput'sto ~n loo demás títuloo de esta lry, la Corporac:ón

16.a SE.sION EXTRAORDINARIA EN JUEVES 2 DE NOV1IEMBRE DE 1938 569

de Ventas estará obligada a vender a indus­trial€+; chileno" radicados ,'n d palli, todo el yodo que éstos neco{'siten para su trans­formación ~n derivados yodados. El pre­cio d" vmta será el que fije la Corpora<lión do{' Ventas pll'ra las existencias en Europa, deducido un 30 por ciento do{' dffiCuento por ,,1 yodo puesto a bordo en puerto salitr'cl'o chileno" ,

"Art, '" El comprador chileno de yodo no podrá vend?rlo ni traIlBferirlo sin pre­via transformación industrial en derivados yodados, "

'\Art, '" ,Sólo podrán ser comerciadoo y fabricados los derivados yodados que reú­nan las condieiones de calidad ;y caracteres exigri.dos por la Famnacopea. Nacional, y cuando estOl> produdoo sean para la expor­tación, deberán ~',"~pol1c1-,,' n la:,; condiciones :>xigidas por las Farmacopeas de los paí­ces de destino."

"Art. ." 1& declara libre la fabricación, vmta ',)" exportación de los deriyados yoda­dos, elab{)ra.dos de acuerdo eon loo artícu­los anteriores, sin perjuicio de las, disposi­cionp~ f'manadas de la Ley sobre Control de Cambiof> y de los convenios int€rnacio­naJes sobre pxpol'taeión,"

"~\rt, '" No obstante 10 dispuesto en el artículo l. o, se declara libre, para 106 chilenos radicados ,'11 C'hilt', la fabricación o extracción de yodo do{' las sales naturales, de los ve getalefl. o de los líquidos o r;óiidoo qu~ lo conteng'an y que no provengan de pampas u oficinas salitreras en .explota-

. ción d;:> nitratos de sodio, y siempre que f'ste yodo Rea convertido por el industrial que 10 extraiga, -en los derivados yodados cOIlBultados en este título.

"Art, N o obstante 10 dispu~sto en los artículos pertinentes, de esta ley, se de­clara libre, para¡ los ciuda,danos Cihilenos radicados en el país y para las -empresas chi­lenas cuyos capitales y participaciones per­tenecientes a ciudadanos chilenos radicados en el paÍJS, no sean inferior 'al 50 por cien­to, la fabricación, comer<lio y exportación de abonos' nítricos mixtos, que contengan hasta 25 por ciento do(' nitrato de sodio y que provengan de la fabricación en 'Chile de la soda al amoníaco, emple'ando como ma-

.~======~============

teria prima -el nitrato de sodio o las disolu­ciones de las sales contenidas en los cali­ches."

"Art. '" Las infracciones a las disposi­ciones de ('Ste título 'Y del Reglamento que al respecto dicte -el Presidente de la Re­pública, serán sancionadas con el decomi­so de las instalaciones y de laS mercaderías afectadas y por multas hasta de 200 pes08 por kilogramo -de yodo y 500 pesos por 1;0-

nelada de nitrato de sodio, Las sanciones Rerán aplicadas por pi Directorio de la C{)r­poración de Ventas, oído el interesado, y con el voto conforme de los Directores fis­cales, y de acuerdo con lo €l~tableeido en el reglamento mencionado",

Por el señor Muñoz Cornejo, para a,gre­gal' la siguiente disposición transitoria:

"I~a Caja do{' Previsión de Emple'ados Par­ticulares y demás instituciones similares de­berán devolver, a petición de los interesa­dos, el total de los fondos 'de 'retiro de los f'lIlpleados ce.sante-; de la indu .. ",tria salitrera qu-e se pncuentran cesantes desde .el 1. o de enero de 1930. y de los qU€ quedaren ce~ sant-es con motivo de la prffiente ley".

Por los seilOres Parodi, JHiller, ,Chapa­rro, GOllzálpz García y 'forres, para agre­gar al proyecto, el siguient.e artículo:

"Se -establec-e lID salario mínimo de 15 pesos diarios a los obreros solteros O<lupa­dos en las fa-enas de extracción, transporte y elaboración d"l caliehe, sus derivados y complementos,

"Los obreroR casados y padr€s de fami­lia, obtf'ndrán un salario mínimo de 2'() pe­sos diarios,

"Las empresas dedicadas a las labores se­ñaladas en -el i'nciso 1. o de este precepto, ocuparán en HlS faen'as un porcentaje n&

inferior al 50 por ciento de obro{'TOO casa­d os" .

Artículo 10

De' lo>; señores Cabezón y Ad13rán para cambiar en el inciso último del artículo, 10 la expresión "IJa Corporación podrá hacer anti'cipos" pOI' la de "La Corporación debe­rá hacer anticipos". manteniendo -en el res.­to del inei.<;o la misma redaccióu . ..

· 57'0 CAMARA DE,

Artículo 14

Por los seüol'{'.s Ijha y TÜl'l't--,.; dr:n Euge­nio, para fijar solamente por 2 años la¡; cuotas de Y{'nta d~ laCurporación d", Ven­tas.

Artíl"ulo 3;)

Por los señores DUbsaillallt, }[uüoz Gale no y Huenzalida, para agregar le/; dos inci­sos siguientes al artículo 35:

"L,a,,, ba¡;r¡; y est¡ttutos dé' la Sociedad a que este artículo se refien~, ~erán acorda­dos pOl' la Comisión I.Jiquiclac1ol'a, en unión de Ulla c¡¡'leg'ación de tr{','; pé'ri,ona¡.; eLe'gidas 'por los a'cciolli"ta.~ el!:'" la ex Co,;ac11 en una Junta Central a que la ('O,lllisiólI Liquida' dora citará l"OIl {,f>tr objeto.

"Al fonl1m"'iI' la Compaiíía (le (11l{' habla est'f' artículo (85), la Comi.'iión Liquidado­ra prol"cderá a -efectuar na reajuste gene­Tal de las deudas de la ineluf,tl'ia drspuét; de oir a lo¡.; acreedore." y a los inehmtriales pro' ,ductore¡,;",

Artículo 28

Por d seño,l' Jluñoz Galeno, para cambiar la redH'ción ele la pal·te' final del artículo 23, pcr la siguiente:

"En consecl1rncia, el Tesorero General de la R{'pí,blica (lestruirá los ,títuloli dl> a'ceio­Res C]l1P hubif'1'e recibido de la Compañía Sa litrera ele Chile y destruirá igualmente 10" títulos sobre 20 millones de bOllOS Secured que corresponden a la contribución antici­pada l'prihid;; pe'r el F'li;co por daño 1933 '!' 'qm' el,ita lE'Y reempla.za con los 140 millo­n{'f¡ (]i' pesos ~tablecidos por el artículo 22",

Artículo 36

DIPUTADOS

Por el señor 1.ir<1 Urqnieta, para "gregal' la :,;iguiellte disposición tra nsitoria :

¡'Artículo. " K o lie alterarán por las dis­'posicione ... d2 la lJl'E .. ~ellte ley las ac'ciones judiciales dE'dncidas por .las C'l11pl'e,-.;as o so­cié'd<!des ci'Clheril1a." a la COlllpañía dp Sali­trr elf' Chil(> :,;ob1'e llulidad ,d!:'" la Compañia o de Ir..,; aportes a ella incorporado¡;, ni af,>('­tm'án tmnpoco a los der2chos que I"e decla­re'll por ¡';·PlItencia l'j('('ut oriada",

En Cllluplimiento del aellerdo R,doptado pOr la Cúmanl i'11 In S(~l'iiÓll elel lunes p1'óxi­mo, ,1 la.~ J 8.:20 horas el seiíOl' Rivera (1'1'e· sidpllL') deelaró 'cerrado el debatef'n la (lis­cusión g'Pl1el'aL

POI' no. habel' contado con la utla,nimiclac1 l'l'Cjuerida quedó I"in {'fecto nna indic¡wióu de 101' S\,ll(Te..,; Ca,sanova, Jlülkl' ~- Casali, para que se pONtel'gara la votación grneral cl21 1ll'O,\'('cto hasta las 1!J,20 horas,

Por igual motivo quedó sin efecto Ulla

petieión c!f'l s{,ñor l~sl'obar clon Andrés, pa­raqne se le' permitina trrminar su di¡.;cul'­so,. Tampoco ."e p]'O{] uj o acuerdo para que se insertara la pa1't(' cl2 su cliAcnrso qne no alcanzó a pronuneiar,

..:\.1 proCed0rS{' " tomar votación. que a pe­tición d('! Comit(, :;:;ociali,'ita debía hac:'l','';L' en forma nominc¡,l, ('1 spñor E,'icobal' (lon An­drés obstaculizó la ,'otación queJ'ienrlo rl:1J' término. a su discurso.

Por ,,¡,;te motiyo el ¡.;C'ñol' RiYE'ra (Pre,;i derü,'). ck¡.;pués tI(, llamar al urd{'n al t:;",fíor Diputado, le apllcó la medida di"ciplinal'ia de umrlll',,,tación l'ollt<,mplac1a en la letra a) (lel artículo lO~ de] H(>glamento ..

El ..,;!'Í1M Escol¡¡ll' ¡lon Andre"" a pesar :d 3

-c'sta alllo!wstacióll, siguió 1e."f'nelo, su e!i.<;­curso, {'Il "ista de lo cnal ('1 lif'ñor Hivera (Prc..,;idelltl') lo ('{'llSIUÓ,

A pesar de la aplicación de estas sa1wio­n~, el s(·ñor E.'icobar impedía que ..,;e toma­ra la votación, pOl' l" cual d "eñor Hivera

POI' ('1 señor Lois, para agregar f'l signirl1- (Presidt'nte) en cowüc!eración a que ,<,,1 beJíN t~ inciso al artí'culo, 36: Diputa(lu no tt'nía ningún derecho para ha-

"Las comunidades o particulares propie cpr ut'o de la palabra, solicitó f'l acuel'Clo de ¡taries de terrenos saJitreroo podrán il1gres<lr la Sala para retira1' dr la se"iól1 al be'llor a la Compañía. que se forme ~gún el ar- Escobar (lon Anch'é.s, tícu,lo 35, previa avaluación ,de sus ferrenos Tom¡¡r]a la votación ]'rque1'ida Pll p] )lE'­

por los técnicos que ~l Directorio de la nue- núltimo inciso elel rrf2rido artículo 102 del va Cnmpañía designe". Reglamento para la, aplicación de esta me-

15.a SEHWX EXTRAO;aDINARIA' EN JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 1933 571 -----=========================================

dida. por 45 ,"otos contra 42 se acordó que of'l señor Diputado se r~tirara de la Sala.

Para hacer ·cumplir este acuerdo el srñor Rivera (Presidfmte) suspendió la 8es.ión po!' cinco minutos.

El señor E/,;cobar se retiró de' la Sala. Transcurrido 28te' plazo .<;e re'a brió la se­

",ión y el señor \Valker Larraín, COIl la "enia de la Cá nl<l1'a , formuló indicaci6n pal'aque se aeordara reco11sidel'ill' el acuerdo adopta­do en contra del /'ipilor E6cobar don .A.ndrés.

El señal' Hi,;rra (Pr,~identr) mal1if2stó qne la Mesa, al pp(lir rl HCllrrc]n de la Cá­mara para ha'ce1' ,<;alie d(' la Sala al ~eñor Es­<?obar. no había heche: otra (,O.~H que cumplir' con d Regla11lPI1tn y mur a ¡.;n Jl?sar, por cuanto 110 podía rxprrilllH1wrSt' ap:rado al· guno al l:idicitar medidas quP drsearíH 11(' fU('l;r llpc{'('-·ario qne /'ie adoptara P11 ningún momento :'11 la Cámara.

Por asrlltimientc unáni1ll0 tal' la indicación propuesta. vValker Larraíll.

se acordó acc'p­por el seilor

Acto continuo rI S(>ilor Zavata fué amo­nestado y 'censurado por el señor Rivera (President~'l rn vista de' que dicho señor Diputada impedía que se prol'Pfliera él la vo­tación.

Pue,010 e11 yotación e11 g-elH'ral el pl'oyecto, ré¡;;l.ütó a j11'O hado por n, Yoto~ COl] t I'a . 36 -:---4 abt.:tf'l1eiollc:;,

Votaron [lar la flfirmatiya los s-e-ñores: Aburto, Aphal'án. Acuña. Ap:uil'l? .Alfonso. Alv;uez, Amullátegúi, Aránguiz, Arma.~, Da-1'1'0.'0, Bal't, Upl'prra, Be'ckel'. Bc-nayenh'. Boi­f:al'd, C111WZÓll. Cañas Lira, Carrasco. Cas­telbla]1(·o. (,('li~, CifuC'ntrs don Rafael. Co­loma. ('oll~ha don Miguel. Correa, Chanks, Dr la ,Jara, DI"l Campo, D21 Canto, Del Río, Durán, Dussaillant, Eben .. 'ipt'l'g'er, Erhaurren, 'EIgueta, E~tévez, Fuenzalida, Gardeweg, GDnzálf'z dé'l] <;abl'icl, Guzmán GarcÍ::J., Guz­mán don Elpocloro, Hein, Lois, .:\Ia..dl'id don M:lllllP], 'Jlarll'irl don Enriqu-p, 'JIail'a, :\Ian­zano. }Iarc!ollPs. Meza, :'IIoller, Mooer" Mo rales don Ra úl, Moreno Echavarría, l\Iuñoz Cornrjo, 1\1 urillo. N ava,rro, Nie,to, Núñez, OlavanÍa, Opazo, Opitz. Ortega, Pérez don Jorg'e, Pél'ez don Lindor, Pinochrt, Pri-Ptn ~on ,Joaquín, Prieto don .Jenaro, Quintana. Ríos Arias, Río" don Juan Antonio, Rivera, Romero, RosalC'l'i, Se-púlvedn, Silva don Luí,>, Sotomayor, Subercaseaux. Terrazas, Toro,

'rerres l\laíllard, Torres ~Iolína, Urib€, Urre- -joJa, Urrutia don Efraín, Urrutia don Ma­rio, 'C'rzúa, Vaillant, Valenzu-Pla don Juan lle Dioli, Valenzuela don S&itor, Y"rati, \Val­ker (' Y rarrázayal.

Votaron por la negativa loo seúor~s: Am­pll'P1ro, Arellano. Bosch, Btl.'ito.'i, C¡'icel'es, Ca­uas F'hrl'li, Cárdenas, Ca;;ali, CaSallOYil, COll­

cha don I\emesio, Chaparro, Drien, Escobar don Clpm-pnte, Eticobar don Allclré.'i, 1<'erra­da, Gajarclo, Garrido, González don Pedro, GuJiélTt'z. IInendlUllán, LurraÍll, IJira Ur­qui2ta, 'J[artÍnez don Carlos Alberto. :'IIartÍ­nez :;\[ontt, ::\IC'rino. 1\1üller, Parclli, Pe'reira I~.von. Rrtamak~, Serani, Silya Pintu. To­rres don Erlletito. Verdugo, Vi'~nñH, Zapata ~. Zúiliga.

Se ab"tm-ipl'oll dl' Y(IÜ:1' los ¡.;eñore,.¡. Al­raldp, Cruz. Pl'l'l'ira (1011 .Julio y Torr~s don Eugenio.

'Varies .";lflOl'P~ Diputados fundaron su ,"oto. l1e eonformidad H un acuerdo adop· tado' al deeío antes de pro,ceder¡o;e a la \'0-

tacióll, (l pedido del Comité Socialista. A inclicaeión uel ¡",ñor Ari'Ilano sr acor­

dó ins·ertal' en pI Boletín un dis(,U1'~(I de' Su Seuoría l'elaeiollado eDil el .prn.Yedl l salio trero.

En '('onfOl'lllidad al Reglallll'llto, el pro­y-ecto salitnra pa,,\¡ a Comi"ióll pa1'::\ s~gun­do informe y por aS211timiento unánime se aeorc1(, dar l1e plazo para rste trámite hasta el día ju{'ve~ do¡; de noviembre' próximo.

Sin debate y por ai'elltimi{'nto tácito se c1ió por aepptclda la l'-enun.cia d21 s('líor Pl'i('Í() d(}l1 Joaquín del car~o de mirmbrn

de 1<1 ('omisión Mixta de Presupuestos y a Pl'0lll\{'sta del señor Rivera (Pre¡;idente) sr dl'¡.;ig·n() en f..U l'pemplazo al señor Cañas Flo]'('s.

Dnrante la votación c!pl proyecto salitre-1'0 el srñor Zapata formuló un reclamó en c('ntra (le la conducta ek la Mesa. rl fjn~ quedú para srr re.<;uelto una vez terminada la votación.

El tiriíor Zapatil usó (Ir la palabra para fundamelltar IiU n'clamo. rl que lo basó rn 1'1 h('cho de qUé' la :'Ilesa no había permitirlo c! ... q ul' Su St,ñorlH tomara parte en la dis­'cn;;ión del referido proyecto.

572 OAMARA PE DIPUTADOS

Después de explicar el señor Riv€ra (Pre­sident.~) la situación producida, se puso en votación el recl1lmo, sI que resultó desecha­do por 78 votos contra 2.

Por haber llegado la hora de término de la votación que ;quedó reglamentariamente prorrogada, hasta el término de las votacio­ne.s, se levantó ésta a las 19.401 horas.

IV.-DOCUMEN'TOS DE LA CUENTA

I

1) Mensajs d{~l Preside-nte de la Repúl:'li-ca:

Oonciudadanos del Senado y de la Cámara de Diputados:

La "l\Innicip,didad de la comuna -de Cala­ma d<,'Sea donar al :B'isco {'J terreno y edificio de su propiedad, en que- se halla ubi'cado actualmf'ute el Cuartel de Carabinerofi.

La única condición exigida es la, de que el 1<'i,<ieo cancele al constructor señor 1vo Rendic K. la suma de 2,000 pe.sos que se le adi'uda por reparaciones efectuadas en el edificio d€ la iSubprefectura de Carabin 'l1'08

de Calama. El Gobierno estima ventajoso p,ll'a los il1-

tf"re.,,('s fiscales 'conc-ed2r la autorización ne­ceBaria para llevar a efe·cto la donación ofr·ecida.

Por ('sta • ., consideraciones y en virtud de 10 dispu('sto ~n rl número 3 del al,tícula 44 d~ la Constitución Política del Estado. ten­go p] honor d-€> someter a vuestra aproba­ción para que pn('da ser tratado en rJ actual 'geríodo de S?Si01WS extraordinaria>;. f'J si­guirnte

PROYECTO DE LEY:

"Artículo 1.0 Antoríza¡.;p a la Municipa­lidad cl-e Calama para d nar al Fisco el tr­rreno y €'difi'cio de propiedad municipal ubi­cado en bciuda(l de Calama, y qu(' tiell(' los siguientE's deRlindrs: Nortr, propiedarldE' don VicentE' Arcl'; Sur, propit>dad (11' (lnD

Joaquín Alvarez Ca>;tro; Orif"nte, propiedad dE' don Vic-ente Arce y Poniente, prolonga­ción de la calle Granad prOs.

Art. 2.0 TE'rminadOR los trámites de ac:ep-

tación VOl' el F'isco de la clona ción en refe­l'E"TIcia, se pagará con 'cargo al ítem "Impre­vistos" del Presupuesto de Carabineros la suma d0 2,000 pesos qU€ se adeuda al señor 1 va Rendie por reparacione,., efeetuadas en el edificio mate;ria d.e esta donación.

Art. a.o Esta ley comenzará a, regir desdcl la fecha de su publicación en el "Diario Ofi­cial".

Santiago, 25, de octubre de 1933.-Arturo Ales:sandri.-Alfredo Piwon.ka.

2) .:\fensajedel Presidente de la Repúbli-ca:

Con'ciudadanos del Senado .r de In Cámell'a de Diput.ados:

El decreto con fuerza de ley número 3,:129 <le 21 de agost.o de 1930, organizó las Comi­siones Médicas de Carabineros {'ncargadas de examinar al personal que inicia expe­diente de retiro por inutilidad fÚlÍca, inva­lidez relativa o absoluta, o al que .'iolicita abono de años de s€rvicios; ;> CI't'-D al mismo tiempo, dos nuevas Comisionf's en cada una de las eiudades de Antofaga.'>ta y Temnco.

Con la adopción de e8tH medida se han evitado ingentes glli'ltos para el }<}rario por €-l 0apítulo de pasaje.s.

Sin embargo, lqs benefIciaR producidos por el citado decreto no han aleanzado a la guarnición de Magallan-es, pues, en atención a lo dispuP'ito en el artículo a.o (1{~1 referid<Y decN'to con fuerza de ley, el pt'l"'ional de Carabineros dp la mencionada unidad d-ebe concurrir ante la Comisión :;\Ol{>t1il'a de Te­mueo para someterse al exampl1 técni'co de rigor, inellrriendo por e • .,te motivo tanto €-l Fisco como los afectados, ('n considf'rables despmbo!soR dada la distancia que separa a. las indicadas ciudades.

Tal situaeiónpodría subsanar,..,e creand<Y en la ciudad ele ~Iagallanes nna 1111('va Co­misión l\Í{'-dica que- tuviera 'como radio ju­risdiccional el Territorio d('] mismo nom­bre.

La ereaeión de esta nueva Comisión no de­mandaría ga.<;to alguno al Erario ~acional, por cuanto sería formada por pI }Iédico J e­f" Provincial de Sanidad, por 21 1Iédico 2.0 dE' Carabineros y por el Cirujano d,,,,I Ejér­cito, funcionarios que actualmente pr-estan ¡.;rrvicio~ ~n di'cha localidad. y .<ie clf'"empe-·

15.a SESION EXTRAORDINARIA EN JUEVES.2 DE NOVIEMBRE DE 1933 57:~

ñarían ad.,honÓrem en idénticas cOlldiciOlns que los que actualm-e.nte sirven en lasComi· siones de Antofagasta, Santiago y Temuco.

En mérito de las cOMideraciones expuffi­tas teng{) el honor de someter a vuestra de­liberación para qUE' sea tratado en el actual período de .'iesion€s extraordinarias el si· g'lüE'nte

PROYECTO DE IJEY:

"Artículo único. RE'emplázallse 101> nÚlll~­

ros 1, 2, 3 Y 4 del decreto con fuerza de l.¿-y 1lúmero 3,32H. de 21 de juliu de 1030, por los siguientes:

1.0 Créa.-;e en cada una de las ciudades de Antofagasta. Temuco ~. Magallanes, una Comisión Jlédica !que tendrá a su cargo f'mi­tir los dictámelle.s médicos ·t'xigidos para la tramitación de los expedientes \le rdiro pOl'

imposibilidad n,"fca () invalide" o abonos de años de s('rvicio,-s, por hel'ida¡; o con tusio· lles recibida5 1'11 actos dE'l mismo.

~.o Las Comi.,,jonel'l a qUE' se rdit'rE' ('1 nú' mero MlÍ2riol' s(' compondrán: dE'l l\Iéc1i'co .Jefe Proyincial ele S:cwidad. del Mf>di.co 2.0 de CarabillE'l'O,,; ~-df'l Cirujano del Ejército de mayor graduación que exista .en la guar­nición.Será w prE'sickllte el facultativo de más alta gra.duación.

3.0 La Comi.'\ión Médica de Antofagasta tendrá como territorio jllri.~dicciollal el co­rrespolldient.e y las proviuC'ias de Tarapa'cá, Antof,agasta :-- Atacama. La ae Temuco, la" provincias de Concepción, Biobío. Cautín. Valdivia y Chiloé y el Territorio de Aysell. y la (le- Mag'allanes f'l territorio de este nomo breo

4.0 Lll Comisión Médica oe Santiago cuya composición fur determinada por d.ecreto número 4.282. de 22 de junio de 1927, ten­drá como' radio .jurisdiccional las provin'ciaEi dé' Coquimbo, Aconcagua, Santiago, 801cha­gua, Talca, l\faule y Ñuble y desempeñará, además d-e. las funciones que le son propial:i, 1 q labor d€ comisión revisora respecto de los informes v dictámenes que €vacuaren las de las ciudadE's de Antofagasta, Temuco y Ma· gallan€s, a fin de prollun'ciarse- sobre su con­formidad de acuerdo con el mérito quearro­j€n los antececlentet> respedivos y en caROS excepcionales que ."<€o estim.en necesarios, ci­tar ante ella a 100 afectadOB.

5.0 La presente l€.r reg·jrá desde la. fecha de su publicación €n el "Diario Oficial".

Sal1tia.go, 25 de octubre de 193..1.-Arturo Alessandri.-Alfredo Piwonka.

3) l\Ie'usajt' c1('l PresidE'llte de la Repúbli­·r:a:

Coneindaelano;-, del Senado y ele la Cámara de Diputados:

Los yeCillO", de CUl'Cpto han l;olieitado del Uobierno lR eOll~truecióll df'l puente Mata­quito en Los Escalcne.s, cuya l'onstrucción PS indi,"pem;abk para dar ;;;alic1a hacia €l fe­rrocarril a la zona de Curepto y PutÍl.

E.ste puente. aparte df' :"21'\-i1' a una zona pl'o(lnctora eL: kntrja.'i, trigo y otros pro­c1u'ctcs de importancia, l'eprese'uta Ulla eco­nomía f'feetiYil. pnefi hace inoficio,~a la cons· trucci611 cle"líut'a férrf'a hasta -t'tlrepto mis-1110,

De acuerdo ('O1l lo dit-puesto {'11 el d~,crE"

to lf'~' número :367, sobre construcción y re· paración aj' ¡)U('nte¡;;. la inclm,iól1 de esta llUe\"[l obra t'n la lista de pl'ef2ren'cia. debe hacE'l'se . con a probación le!!islativa.

Para PStE' rfl'eto, tengo el honor de some­ter [l vuestra cOllf.idera·ción. para que sea tratado en pl artual período de se.siones ex­h'aordinaria". el signiE'llte

PHOYECTO DE LEY:

"Artículo 1.0 111c:lúyes0 eutre los puentes que deben cOl1struirS€, de acuerdo con lo dispuesto E'll -el decreto ley número 367, de 18 de marzo de 1925, el pu€onte Mataquito en !¡OS Escalones, sobre el río Mataquito. f'1l E'l camino de Lica,ntéll a Curepto.

Art. 2.0 Esta ley comE'llzará a regir des' de la fecha de su publicación -e.n el "Diario Oficial".

Santiago. 28 de octubre de 1933.-Arturo Alessandri.-Domingo Santa Ma.ría. ..

4) Mensaje de S. E. e1 Presidente de la República:

Núm. 3:8. - Conciudadanos del Senado y de la ,Cámara de Diputados: .

En los últimos años el país ha conse.gui-

574 C~-L'íARA DE DIPUTADOS

do independizarse de los mercados extran­jeros en el abaste-eimiento de los materia­les Ipara las instalaciones u~ alumbrado e1éctrico. 1,a industria nar-ional fabricll 10'J

aisladores de vidrio y porcelana, los fusi­bles, loo interruptorr.s y otros artefacto~ para redes domicilia.rias ele alumbrado y últimamente los alambres y cables de so­bre, desnudos y forrados.

La bombilla Campolleta) es uno de los pocos elemento.') para instalaciones eléctri­cas que hasta hoy no elabora nuestra in­dustria, a pesar de que el país cuenta con la casi totalidad de la materia prima que Se utiliza en ,su fabri.cación.

La internación de bombillas en los últi­nI os añoR, ha sido la siguiente:

Cantidad Valor $ 6d.

Año 19:28 :2;,}2.955 K. B. Año 19:29 297.749 K. B. Año 1930 277,129 K. B. Añn 1931 205.619 K. n. Afio 19:3:2 116,540 K. B. .\ ño 19:3.:~ (1) 175,000 K. B.

(1) La r-iira deducida dI' la de los primeros ocho mese.-.

:3.818,075 :3.6<83,547 :3.691,348 :2.757,869 1.82;6,217 2.730,000

in terna ción

De rstas cifras se dedue,p que la interna­ción media anual de bombilla,s es de 200 mil K. B. Y su costo cif. es de 3 millones de 6 peniques. Como 'la mercadería llega ordi­nariam~nte en cajas de cartón, puede de­ducirse que el 50 par ciento deo! peso bru­to de internación eorre;;ponde al peso ne­to, lo que significa un consumo medio anual d{' 2 millones 750 mil a 3 millones de am­polletas. (Cada kilo. brut\, contiene 12,5 unidades de 40 watts).

E1 ro.<;to medio cif. del al,tículo durante estos últimoo cinco años f'S de 13 pesos 50 centavos de 6 .peniques por K. B. En el año 1933 el promí'dio del va 101' cif., lejo8 dí' bajar. como ha ocurrido con las de­más mercaderías de importación, ha subi­do a 15 pe,so,<; por K. B.. aunque en los úl­timos meses, las bombillas procedentes dE' Fstados Unidos ,han marcado un valor cif. de 10 pesos e'l K. B. Puede pues estimar­se que el precio actual del art.ículo, al mar­gen del "dumping ruso", fluctúa entre 10 prsos y 12 pesos de 6, peniques por K. B.

El d('reeho actual de internación es d,~

'lO centavos de 6 peniques el K. B., Y el t'ecargo de la ley 5,142, de 50 por ciento­'labre e&e dereclho, '10 que, en conjunto, sólo 'lignifica 11n 7,5 por ciento del valor del ar­tícnlo.

Esti' l't'eargo, si se conside¡:,a que otros qrticulos de producción nacional están pro­tt'gidos con un gravamen muy superior. que Jleg'a en el caso de los licores hasta el t .000 por ciento, resulta insignificante.

La Sociedad Crista1ería de Chile ha he­cho una presentación al Gobierno. en laque pi<1é' el alza de lo.,:; derechos de internación r!" las bombillas de 5(}centavos por K. B. má" rl re-cargo de 33 centavos ele 6 peni­C[lH'S por unidad para las que consumen m~­no,; (le 60 ,,'atts, y a 50 ecntavos por uni­clarl para las de mayal' -consumo y para las bOl1lbil~as de calefacción y re.~i<;tencia pa-1'3 estufa". Lo~ fnlldamentos dr esta solicitud han

sido lo!; siguientes: a) (~up la referida Sociedacl instalará <1

])]·jn(:ipios d,,] año vf'llidero 11na fábrica de lJol1lbillas, para lo cual ya ha pedido pro­p\1Psta.~ para la provisión d" la maqninaria ~. ha ad·quirido mone<1a pxtrHl1jera para ~u cHneelación.

h) QllC esta fábricaocnpará 300 obreros d¡j'l(·no.~ "11 la fabrica~ión del artículo; que Jos ('¡¡squillos mrtálicoli serán elaborados ]lor la Fábrica y Maestranza del Ejército y qu" máli c1"l 95, por ciento del costo de proc1ucciónqupdaJ'á en el 'país pOrconeepi.o de jornales y materiales.

c) QUé' nlla alza adecuada de los dereeho.s de internación es r1 único procedimiento que eolocaría a rsta nueva Íltdustria en eondic·jon·ps de competir con la fabricación pxtl'an.lf'ra, tanto más cuanto que los indus­frialt'R rusos han implantado ('1 "dumping" en "ste artículo.

el) Qn{, laproduceión será ca.paz de ·sa­tisfaepr las demandas de nuestro mercado y qnf pI artículo srrá jgua~, :>11 calidad. a la llH'rcadería importada. -

El Gobirrllo estima qUf en un país de consumo relativamente pequeño, como el nUfstl'O, <,n que no plH'den estableceroo va­rias indUfiírias en cf>mpetencia. la ,política proteceionista debe ü>nf'r restricciones a fin dp. que f'l Arancel no asegure a lafá­bl'ie.a nacional pl'OdtlctOl'afl monQPolio del artículo. C011 su,'; COllsig'l-lient.p s conseCllel1-

i5.a SESION EXTRAORDINARIA EN JUEVES l2i DE NOVIEMBRE DE 1933 575, . ~. _.- -

cias. Por tal rausa pi!'n~a 'que los artícu­los de uso corriente y necesario no ,pueden protegerse en forma qUe 'm precio de venta pueda re~arl!ars!' más aH:; de un 30 a 35 por' ciento.

La protec'ción ."-olic·itada '!l1E'da bajo es­tepoI'Centaj0, si Sr toma en cuenta el pre­cio norlllal de venta. El precio del dum­ping' no debe considerars;c' por su caráctrl' transitorio.

=

Sin rmbargo, por razones arancrla~ias y '!

de faci'lidad de aforo, no es conveniente fi­jar rl derecho e11 la forma propuesta por los solicitantes, siendo pri:'ferible mantener la unidad aduaJ. Se mo(lificaría, así, 80-

lamentf' el derecho a que e.'ltá afecta la partida eOl'respondiente r1evándolo de 50" CE'ntavos pOr K. B. a 5 pesos.

El drrecho que paga actualmente esta mercadería, la grava en la siguiente ,forma:

e ~===========================================

Bombillas Peso neito gr.

Derechos mico K. B. (1)

Derechos por unidad (2) mlc.

26 ,vatts 40 ,,-atts 60 WHtts

100 WHtts

200 watt.s

25 $ 40 4;; 50 65

1 .. JQ J.5{) 1.50 1. 50 1. 50

.$ 0.075 0.12 0.136 0.15 0.187

(1) El derecho el1 11l0!wda coniente se obtiplle ;¡gl"f'g'ando al Del'e~JlO Arancelario ($ 0.5.0) el recargo del 50 pOr ciento esta bleeiclo por la 'le~' 5,142 y a este total el ree31'g'O ele la Le~' }Ionetaria.

en El derpeho por' unidad sc ha calculado sobre la bas(: de que un kilo bruto con­tit->ne 20 bombillas (fE' 2.-5 ,,'atts; ]2,5, de 40 "'atts; 11. el!' 60; 10, de 100; y 8, de 200.

COIl el alza l1el dt'l"f'Cho de 50' centavos c!e (j p.'J1iqup,.; a :1; 5, <'stos valores .serían los )ij~rnjpntE'~ :

25 watts 40 watts 60 watts

lOO' watts ~OO watts

:ji

-1,) .00 15.00 15.00 15.00' 15.00

$ 0.75 1.20' 1.36 1.50 1. 87

='--ccc=c~c:::,===---=-----.c===============--======

Tomando como base de e~lculo la bombi­lla de 40 watts, tendríamos que al. costo eif. c1e 10 peso,.~ de 6 peniques (K. B. $ 40 m"c. ') su Pi'ceio de venta actual sería:

Costo ~if. por unH:lad.. ... . .. $ 3.3<) DerE'ehos pOlo unida·d ... ... " 0.12 Utilid ad 20 por cientú ... ... 0 . .&.6

:$ ::l.98

o sea, ! .pesos moneda corriente por uni­dad. ,

El mayor c1frecho para esta bombilla se-

rí<i dp. 1 IWSO :24 centavos moneda corrien­tr- y l'omo los importadores y revendedo­res l'alcu1all el precio de venta con la uti­lidad .<;obrp los grayámenl's, calculada esta ,on un 20 por ciento, el alza de los dere­c:hos propuesta, significa un recargo de 1 peso 5-0 Cf-ntavos por unidad, cifra que qlH'da cerca del límite de 35 por ci.ento que se ha señalado anteriormente.

La bombilla de m-enOr consumo se vende hoy día al mismo precio q'le la de 40 watts, de manera qut' ('1 porcentaje de .aumento es ll1 enor ('11 ésta que rn la,> de 40 wa tí.<;.

Cou rl mérito de las razones expuestas"

CAMARA DE DIPUTADOS ,._---~--~~--~~-===============

____ ~ __ -----OI .. _-_.~

t' "someto a vuestra consideración para 'que sea tratado en el aetual período de sesio­.Res extraordinarias, el siguiente

PROYECTO DE LE,Y:

"Artículo 1.0 Modifícase la Partida 1,4QO ·de la I.Jey Arancelaria,. en la siguiente for­ma:

"Partida 1,400. Bombil1as ine.andescen­;tes para alumbrado eléctrico, para ador­.no o para calefacción y las resistencias pa­.1'a estufas K. B. 5 pesos".

Art. 2.0 La ,presente ley regirá a contar desde el 1.0 de enero de 1934".

Santiago, 30 de octubre de 1933 . . A.rtua:-o Aleissandri. - G'O.sta,VIQ¡ ROSS.

5) Oficio del Presidente de la Repúbli­,ca:

Núm. 1,118. ~ Santiago, 25 de octubre ,de 1933. - Tengo el honor de comunicar a V. E. 'que he resuelto inc'luir entre los asuntos de que puede ocuparse el Congre­so Naci<>nal, en el actual pllríodo de sesio­nes extraordinarias, el proyecto de ley ·que incrementa el ítem 16:0:L:06 "Contribucio­nes Generales de Protección ¡Social", de la Ley de Presupuestos, con la suma de 42 mil pesos que consulta el ítem 08:1,01101 pa­ra pagar el sueldo de Ministro d,e Justicia.

Dios guarde a V. E. - Arturo A1essan­dri.- Alfredo Piwonka.

de 1933. - En rel>'Puesta al oficio de V. E., número 30, en 9 del mes ,en curso, ten­goel agrado de transcribir a V. E. la n,o­ta de la Dirooción General de Servicios Eléctricos número 3,149, de 19 del mismo mes. sobre el ¡particular:

"En cumplimient.o a lo ordenado por U. S. cábeme manifestar a US. lo siguient::: La Dirección a mi cargo en cumplimiento de 'la Ley de Servicios Eléctricos -ordenó las publicaciones de las tarifas solicitadas a fin de que dentro de los 00 días ,se hicie­ran las oposiciones de parte de los intere­sados. Aun no ha terminado el plazo fi­jado, de manera que no se ha comenzado e1 estudio de ,estas tarifas. Sin embargo puedo adelantar a eSe l\finisterio que la planta eléctrica de Chimbarongo se com­pone de dos motores a gas pobre y un mo­tor a petróleo. Los motores a gas pobre S011

insuficientes para mantener un buen ser· ,vicio, de manera que si se desea un "e1'­"jcja normal, tendría que funcional' el mo­tor a petróleo que ahora no trabaja por 01 costo excesivo del combustible. En este caso, estima el infrascrito, aunque COmo lo he dicho anteriormente, no se ha hecho aun el estudio finaneiero de. la Empresa, ha­bría que pensar en la necesidad dfl un a'lza de tarifas".

Dios guarde a V. E. - AHredo Piwon­ka.

8) Ofici(\ del señiOr Ministro de Justi-6) Oficio del Presidente de la Repúbli- cia;

ca:

Núm. 1,128. - Santiago, 27 de octubre de 1933. - Tengo el honor de p(mer ,en eo­.nocimiento. de V. E., que he resuelto in­cluir entre los asuntos de que puede ocu­parse el Oongr,eso Nacional, en el actual período de sesiones extraordinarias, el pro­yecto de ley sobre formación de una colo­nia agrícola para lo.s obreros cesantes de 'los Ferr<>carriles d.el Estado.

Núm. 1,472. - Santíago, 26 de octubre de 1933. ~ En nota númEro 725, de 12 de septiembre .próximo pa.satio, V. E. trans­mite a 'este Ministerio la petición del ho­norable Diputado señor Abraham Romero, de que se dispongan los fondos necesarios para la habilitación del nuevo edificio de la Cárcel de Concepción, en atención a las pésimas condiciones del local que actual­mente ocupa este esta,blécimientopenal.

Dios guarde a V. E. - AIturo Alessan­dri. - AlfrOO.o ~wOlDka.

En respuesta, cúmp1eme manifestar a V. E., que este Ministerio, después de ha­ber pedido el informe correspondiente a la

7) Oficio del señor Ministro del Inte- Dirección General de Prisiones, se iha di-'rior: rigido a la Dirección de Obras Públicas

pidiéndole incluya los trabajoo de ihabili­Núm. 1,125. - Santiago, '1fl de ootubre tadón de'l edificio én cOll8truceión para la

I5.a SESION EXTRAORDINARIA EN JUEVES 2 DE) NOVIEMBRE DE 1933 577

Cárcel referida en 'el Presupuesto de Obras Públicas del añD prQximo.

Dios guarde a V. E. -- Domingo SaDJta lVlaría.

9) Oficio del señor Ministro de Justi­cia :.

• Núm. 1,465. - Santiago, 24 de octubre de 1933. - En re3puesta a la nota de V. E., núm('ro '74, de 18 de1 mes en curso, en la 'que a petición del honorable Diputado don Raúl Ferrada, solicita a este Ministe­rio se dirija a la I'lustrÍsima Corte de Ape­laciones de Valdivia, a fin de que se de­signe un Ministro en Visita en el Juzgado de Letras de Calbuco, tengo el honor de manifesb r a V. E. que ya dicho Tribunal ha designado al señor Rafael Fontecilla 'Pa­ra que se- constituya en visita en el Juzgado de L,etraR de Calbuco, lo qUe ilomunica en oficio número 195, de lO del actual.

Dios guarde a V. E. - Domingo Du­rán

10) Ofi~ío del señor Ministro de Edu-(~ación :

Núm. 2,760. - Santiago, 28 de octubn, de 1933. - Por oficio número 15, de 5 de~ actual, V. E. pone en conocimi'ento de e-~­te Ministerio la petición formulada por los señores Diputados Manuel Nieto y Eugenio Torres, en el sentido de que .se eree en la ciudad dl' Los Andps un establecimiento de enseña TI za secundaria.

A1 resnf'~cto, siento manifestar a USo qPC' no es nm:ihle accedrr a la petición indica­da, P1'"'' el Pr?supuesto no eonsnlta ·fon­dos T'fI":l la creación de lluevas estableci­mientns "rlucacionalps.

Dio" [!uarde a V. E. - Domingo pu­ñn.

rente a la reincorporación de }Q.S maestros separados :~. raíz de la Convención de Con­cepción, peledo manifestar a V. E. que el illfrase:rito ha ordenado se haga una revi­sión dr les antecedentes de estos profeso­res. i1 fin dr reinc-orporar a los que 'Por su condición ",'an acrecdore,<¡ de esta medida, 11l1a vez QU0 se encuentren ubicados los ~i­ceneiado~ (pe se hallan actua1mentece­santes.

Dios ;,:narde a V. E. - Domingo Du­rán

l;n Ofir·io de] SF'ÍÍm Ministro de Fomen­to:

Núm. 1.:374.- Rantiago, 25 de oCJtubre de 1933 -- Por oficio núrrue¡fO 532, de 21 dl~

agosto prC,ximo pasado, V. E. St' sirivió tras­mitir a ""ti' Yrirüst'2rio, la petición del ho­norablf nin'.ltado don Samuel Guzmán Gar­úa, rer'!'Pl1Tc'/'l a la construc{lión del F~Tro-- . ('1Irril de !),t0·:·e!l a. Chincolco v la insinua­ción de ,,;tediar y constroor {ma variante ell ;e1 calIli;Jt} de Chala.co al ¡:stablecimj¡mto dl' Alql'itr[tn.

Refiri·(.nJmne a la construcción del Ferro­carril de P,'torca a Chinco.lco, debo m'lni­ftstar a V. K. que esté' :Ministlerio ha e:f.lt1!­tuado ]0·~ ('s~udios definiltivos de la obra. Uegando ;( ,,';tablecer que sería de una lon~ gitud de R S kilóm2tro,; y de un costo aproxi­mado dlp, 1 . .fYOO:OOÚP-:lios; pero no figura ell­tl'E aquól]¡¡,~ p,wa ¡las 'cua,}lrs destina fonnos el presupue-sto de 1933, ni ha sido posible, elada .1a escaSa cuota 'presuIPuestaria, incltlil'­Jaentr(" oh" obra,,, :por eje,cUltar en 1934.

Con ,la \'al'in'lt¡,·, .propuesta en el camino d'e Chala'co nI mineral de Alquitrán Se corta­ría run pn~,{) a trav0S efe 1 río Petorca y ec' ~'f¡j;irarÍCl rtl,] lt'cho del ¡río' una ~ongitlld de nolS kilómC'iro~ del actual camino, aco""tán­<'lose, wlcl11ás, r} l"t'eorric1o d0' d'os kilóme-tros, apr·{j:.,:¡madam p ll{e. y su co"t.o aSl'cn­

~1.) Ofic;o del sruo!' Ministro tle EducR- .1erÍa a ?O(){lO pesos, ",in incluir el valor ele ción:

:;'\,';""1 '!.7;)7. -- Snntiag-o, 28 (1(, o('tnh~'

(lp. 1n"~. ~-- 'En 11tO)'(.ión al 0firi() númer·) ]~. Cln '; ',1-1 ,'('tll.~l. ("11 el fin" Y. E. se S!"

vp. t-·

(~¡'(Tl'()R.

'Esta (.]»'11 1)0,11-ía in ici¡¡,r'Re el "fío .. si 1,1 !'l'lta J) 'na1·tRmentll.}

p;:óCl'imo (lo r,nn¡-

11~,~ dE' 1\,':",,-,:, COll,sulÜlra fondos na~;1 ,·'1 la rr· :1, "';ún 811iU,] ,lp foneln~ .1

37.-Extraodinarias.

, 'i:"!'

. ,

,;.

CA~rARA DE DIPUTADOS =============---_.

Diosgual'de a V. B.-- Domingo Santa Ma­ria..

13) Ofieio dd señal' :VÜnistro deF'oIIlit'11-' ,to:

N.o 1,393.- Santiago, 26 de o-etUJbre de )933.-'-- En res1mesta al oficio de V. E, nú­mero 005, de 30 d,,' agot:;to próximo pasado, dirigido a este }íinisno'!'io, a petación del honorabLe Diputado don .Julan A. eoloma, me es grato maniJlest.atl.' a V. E., qUe en el arreglo' del camino d'2 Nicudahu€, aChorol­ca Se han ilweI1tido Jlasta la fecha la tot~li­dad de los fondo", erog~ado", por los vecinos a leste .efecto, ascendente a 5,333 peSOS 40 C>i'utavos. ej-ecutando 2.930 111etros de camino P{)iI" la marg'en izquierda del lio Tabolero.

Como pn el Presupusto d'2 ('amino.<; del pl'íe~el1tf' año no s{>consuUta i.mil. partida es­pecial eorre,-;pollc1iel1h' a 1 a,~ l'uotas fiscales que- Be aduliclan por lerogacionesparticulares. e:-te Ministerio pondrá a disposición del In­geniero d:?, la pl'ovin,cia de Colchagua. en el año próximo, la enota fi>:.eal eorrf'SpOll­difut'e ~' . 'llH' as6end:" a la suma dp 10.66\) pesos SO eenta,'ns. 'Con ('argo a 10í' f{)lldos dd I're"upn~to ordinal'io lk la Nación pa­ra 1934.

Para mejor informa~ión. adjunto l11Jé p.~

gr8Jtü remitir !l V. E. cDpia de lo que' l!O­

bre ¡pI particular informa el Tngrniero d? Proyincia en Bíobío, PÍl nota llúmc'ro 1,B8:2, de 30 del mp;;, próximo pn.s.ado.

Dios g'uardc' a V. E.-- Domingo Santa Mil-, .

na.

14) Oficio ,1el sei'íor Jfinist1'ode Fomm, to:

:'Il'Úm. 1,375.- Sant.i8¡.!'o. 2;") d'" oetubrc 110 1933.- En la fiesión dp] día ..t fl12 julio del p1'?se.ntp m10. p] D~:rnt.ac1o ,-;eüor Ernei't,\ 'forrf's. formuló al gnnns o b~:TYaeiolles 1ICt"'· ea de ,]a COIlTC>llel1cín df' cOll.struír ,los cam:­nos que dle'BOr- el C'nritaya :-- {lesde el pueblo dI' Cl1Íapa Hfelgan a la f:'ont·.'1'a ,le Boli· V!{l.

taJas a la SubcollÚsión ~Iixta de Pl"f;SUpWé'.s­tos una partida 300,000 pesOB para la ej·."­cución de -es1a obra.

Dios guarde a V. E.- Th>mingo Santa Ma­ria.

1.5) Ofiúo cId sejior ::\Iinlstro de Fomen .. tüi:

~Úm. 1.+21.- Santiago, 30 dI'- o~jubt'!.e(1e

lH:3:3.- Se han recibido en ,este- Df'partamen­to de &tado los oficios número,; 5!l8 y 6ÜC d", :30 de agosto dd presente año, p~'r los CHales Y. E., a pedido de lo.,; hGll()rabll'\~

Diputados ,.;eñorcs Pcdrv iCárden:liO v C:\l'ios _\lberto~Iartilwz, solicitan ("P enyí~n a C&'1

HonorabLe Cámara los anteced.entes relacio­l1a,Ios con ola .construcción de la ,-ariante d~ Vo Ll"o. hceha por ,la Empn,m :]1' 10,5 .F2-I'l'ocarl'oile.,,> del ESI:.ado.

Solicitac1m:; los JlifOrUF's 'lel ca~''. 1<:1 Di,'t'C­(:ión G2neral (le 1;; Empl'l;s:1 dl' 1.)s j<"'l'l'üta­

l'l'ilI'S d'l Estado, dic.e a e.~tf~ )Tini:,>t''1'io lo .... 12'uil '?TI te:

.. En atención a los ofieio.; que ha diri.gido t:: }Iínistl'lio de US .. la Honorable Cá.mara de Dipultados, solicitando anteC:c(kntf's (~t'

lo", Co.stos de las yaá<al1't:os de Llo 1,leo qn·· L,c! ('onstnúdo 1<1 Empresa. teng'o el 11011')1' l1,· a.compañar a rs., un memorándum ,,1) c[ne "e d,"t.aHan los datos solicitados.

D" este llllClllOrándum ~12 di'duce qll-e ,~1 (>r\.;to e.fectivo de ambas variantes fué ,tI :!.:j:H . .J.l·.S pesos (JO centavos. Jo qn,' R1TOj;¡

ll1];1 dife:", neia (J" ..t:14,41;R prSDS 60celltaYOs. rf',;;pc,ct,) al presupuesto ap¡"oxima(lo qn::, se; hizo de 1.880,000' pesos.

Eqt\ mayor gasto. St'gúll se l'xpli,'¡¡, qu{'d" c'nmplotallH'l't{> jnst.ifiea.<io por ,l 111ayOl' ('[¿,­

bo deeortr.s habido ';en la8 dos Variall:te's, dohido a i¡¡ ]laturaleza del tr1'1'eno ~. prin­cipalm(,llt(~n()r la ma:--or pl"opoI'eión de co1't.;* ~1l roca !lu)'!] flUl' fu~ llecsario ->xtl'ae1' ('11 \.1

corte grande de la "aiantr El Tranque. i'l1-j'losibl¡-' (L- ]Jl't'YE'T qur lle<gó a la cantidad (1,.' ~:)':'i,50 m('t1'o:" -cúbico¡.;;, Si'211do el eubo p1'i'­\,;:,;to el,', 35,000 metros {'úbico~

A wst't' respe'cto \hacr pre8ente a V. E.. qnc DnrantC' pI tranSCUl'SD ele la rjl'cución {1,> p·elk1trado este ::\Iinist·P1'io dp la importaneia jn;;; obra." ,subieron en gran proporción mat",­l·e-giona.l cJe.l call1ino en rf'fer~l1cia, decretó ln l'ia1tscol11o dinamita. a0e-!'os, bencll1a, -erre. suma. diO 30,000 pesos para init'iar 10.'1 e.stn- Esta Dir2cción Genpra.L tl~ndrá el mayor

dios y consultó en las indicaciollffi pres.ell- agraél.'o en amplia.r estas informa ci on€lS, res-

1:'1 . .1 ~E~IO:\ EXTRAOHDI:\..\.RL\. EX JUEVES 2 DE XOVI:li1.'\tUmE DE ]933 57U --------------_._-_.

p~t{) a los ·puntos qu," USo d8fle conocer con Dios guardt~ a V. E.- Domingo Santa Ma-más d~taitllés ". ría.

Dios guard{' a Y. E.- Domingo Santa Ma­ria.

Hi) Oficio c1t'1 s·eñDl' JIinistro de 1<-'onwn t6:

)J'úm. 1.414.-- Santiag·o. 30 n? odubre de 1933.- En eo!1itestaeión "tI oficio d'e ;V. E.. núm{'ro 3.6. elel 11 lkl actna1. por el cual solx.ita di, este -:\Iinistet'io a.lgunos datos l't'­~iol1adoo COn ·d personal (le la. Direeción Gefiif'ral de Estadística. a lll'tieión d'el Ho­Dornbll' Di¡mtllclo don Osear Gajarllo, me 'l}prmitc, tran,s1.'ribir a eontinúaeióll pI iafmo­m,,· t'yacu8,{loal l1\"pec:to pOI' la :fpartición ,,¡]udida: • . ,:

.¡ 1.0 :\Iotivos que ol'iginarDll la 'eJirnjna­eióll .rue:íO emplpaflos: Pll p] SP1'yicio a mi c¡¡r.go 110 ha sido eliminado p11 lo¡-; últimos meSf:; nillgún plllpk'ado.

Hubo la inten~i{m d,~liminal' ,·illCO. pp1'o como eonJo;t.a a T-~ .. "sta intención no Sf' 1k-1'6 a di9.rto.

~.o XúmeJ'o dr .-mplpados pxiranji:"l'Os rl ó.,

('_<cta 1'~1)artició11 y fpchas de :,;lB 110mbl'amirIl­tos: P11 pI SC'.l·yü·io a mi l:arg'o 110 hay nin­glÍll extT1cll1jero. Conformp al Estatuto Ad­ministrativo, no es posiblf hacer nombra­mi2'ntos d" pxtl'mljero:,; para la planta. d'f' un ;<id'vitio, j),1'0 tamp-oco ,,'¡lti" t'J lh'l'.·;onal ~1

(,-ODtrat.a figura al¡:;Íln ext.ran.ifro. 3.0 RaZOlH'S por la,<.; cuales p·l Dil'Pctol' se

ha opnr.'3Ito a la formación de la unión ,1,' fll'vicios. qne PS una as(}ciación nl~ bi"lPS­tal' y c1e eooperación (lp ·los {'mnlpador;: rs la primpra v('z (11"~ lJl'g':l a 1l1j eOl1oC'imiento t-st~ {'argo. He tenitlo tan pora intel"'.1'11rión f'TI la Asoriaeión, que sólo alhora me h1m jnformado que pl1a funciona 1'11 la Dil'cceÍón a mi >cargo.

Según 1111" diep el &.-cT.et.ario Gf·lwra1. qur es su Presirlfllte. pl1n. funcim1a sin ningmn d'ifieultad. dp 111:mrra qup pI honorablp Di­put.ado ha querido ta} voz r,e-f.fTir:se a otro Rf'rviciocon rl cargo quP hacp, o ha 'sido in­formando maliciosanwntr. Esta sosppcha s' acentúa si "e toma rn consideración la pl'P­gunta níunl'l'o ('; qll~ forn1l',la".

17) Oficio ,¡"I] Séñol' ~Hinistl'o ae Salubri­úad ;.

Xúm. :31.- Snlltiago.Z6 <ir> rretubr·( de 1~33.~ En l't':".puesta al ofi~jo de V. E. nú­mero 7L':. d" 1.0 de sf"Ptil'mbrt· próximo pa­txido, por ·~l '111>" tl!'asmite a f,sk ~1iniqt:erio

las obS>:'1'\'aciollt'S 'Iup, a,<,erea elE" la Caja de Seguro Ob~¡.!talt.oric,. formuló -el honorable Diputado ,1r'L Enrique Cañas :F'lores, me 'C,~

;,¡;rato I'pmitír eopia dpl info-rm'2 que so!we "i partien1m' lla evacuado la menCiOIl,,'1dh illstitueióll.

Se acompaiíC1 ta,rnbién u,n cuadro dlf' -en.tra­Itas y gastos ,lt~ la Ca,i,'l yel bal811C' de eom­!probac'l1lón d.~ :at{) ;dl> ,-;.t'pl¡¡'·mb1! .priÓ~mD pasado.

Dios guar{jy a V. El. -Alfredo Piwonka ..

J S) Oficio ,1.-:1 Honorable S2nado:

Xínn. l)1.~).-San:iago. ~6 dI' odub¡'p d~ 1933.- Con motivo de la. moción que teIugo d llOllOI' d," j}¡-j.-.ar a manoo elr Y. E.; el Se­l1adoha dad/> ~11 aprobación al siguipl1k'

PRc fYEC'J'O DE LEY:

"Artíeu.lo ún~t~o. COlleédesp un buhsidio (·xtraorc1inm'j (\. ('on caJ'g'O al sobrante del í'tlem 01. ,1f'1 l'h.píwlo 01, <le 1 PreSupufsto correspoJl(lifl1k' al Mini."tl2·rio d," Justicia, a los signipnte~ HIX'>pita']ps:

Hospital de Chillál1. 10.000 P'~os: Hospical {le Ti'l1l11eo. 7.000 pesos: Hospital (l(' Traiguén. 3.000 'pl-,"sos: IIospitill de Xiños ck· la Cl'1'rZ Roja d~ Tc-

l1lnco. 7,000 PPSOfi: IIo-"lJitaJ de (,'(~l1ipnJ1i.8.000 pesos: HospitAl (1" ra!·;J'ro. 12.00{) p~'Sos;

Dios gUArd.· a Y. E.~ Guillermo Porta.l~. Enrique Za.ña:rtu E.

vElO CA MARA DE" rnTADOS _.-- -- ===.=-==--=-:=...=--. =====--~

19) Oficio dld Honorable Senado:

Núm. 614.- Santiago. 26 d," octubr' de 1933.- Con motivo del MensajE', informe 'y demás arrtec·edentes qur tengo '°1 honor dl' pasaT 'a manoo de V. E., 1(',1 S!°nado ha dade su apr<J.hación al sl'guiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo único. De la con·tribwción adi­cional del dos y medio po:' mil sobl'e lo·s bie­nes raíces de la comuna fle Ñuñoa, que {"Sta Meen la ley número 4,012 de 22 de mayo dr 1924, corr1esponderá (·,1 dos por mil a la Di-· ree>ción de Pavimen1a.ci ón Comunal, para los fines que €'sa d'ey y ot1'll.S pOlster.iores indi­can, y f'Il medio por mi: re·"tante, ir..gr·e,sará como 112'11ta ordinaria a.1 presupuesto de 111 Municipalidad de la COl'.'mna mencionada.

La pres·ente ley ·ent,r~l':í a l"c¡g-1r drsd,( "l Lo de novil~m.bre del ·presnnte año".

Dios guarde a V. E.~ Guillermo Portales. Enrique ZañaTtu E,

20) Oficio del Honorable Senado:

Bidonte. de la ,RepÚJblica para convertir y "(}n~olidal', con -el Banco 'Central de Chile, las ,liversas obligacion-es que constituyen la ji'ucia flotante interna d-el Estado, ha sido

: amhién aprobado por -el S:mado, con las si­'ru i" n tes modificacionefl:

Artículo 1. o

El mclSO 2. o .ha siao substituí do por el . i '~u1,C)nt0: "Las nuevas obligaciones dcven­':H(;n interesesqlle no excedan de dos por ')"r<'o anual, y silrán pagadas por m~dio

el illOl'tizaciolles acumulativas no inferio­r',; al uno por ciento anual del capital pri­mitivo" ,

Artículo 2.0

Fn el inciso 1. o se ha ·elimina.do la, frase: " , .. con los recursos asignados a esta insti­tueiún por el decreto ley número 595, de 9 el' ~-eptiembre de 1932".

T"llgO ,,1 honor de decirlo a V. E., en cont;.'fltacióna vuestro ofi-eio número 634, de 4 <l·e septiembre próximo pasado.

Dios guarde a V. E.-Gmo. Portales. -Enrique Zañartu E ..

32) Oficio del Honorable Senado:

Núm. 612'.- Santif1¡go, 27 de octubre de 193.3.- El Senado ha tenido a bien apro­bar, en los mismos té::,minos en qu~ lo hizo esa Ho~orabl.e Oámara, el proyecto por el . cual se declaran de utilidad pública, y SR ',-,

autoriza la eXpropiaci6n, de ciertos terreo­nos en Ñuñoa, para la prolo'l1gadón de la

Xúm, 613.-Santiago, 26 d~ octubre d-e lfl8~J.- El proyecto de ley remitido por ('sa Honorable Cámara, ¡que autor'za laenaje­nación en pública subasta, del flitin y {'dÍ­

fieio que ocupaba el Regimientp ,le Caba­Jl./:'l'Ía N, o :,:: Cazadores de Baqt{eLlano, nbi­,·ado en la Avenida IPortugal de esta t'luaad. .\- la invcrsión, en diversas obras púbEcat' {{,el "l'odncto ,'¡ne se obtenga de la v{'nta, ha "i­do t<lll1'bi,~n a.probado por el &nado. con la ,~üla modifiC'<1ción de haber 'elimir~ado rll h¡

ktJ'a h) del artículo 2.0, la [¡'!I,-C" " .•. 1:JS t'iUn1?:" que sc le adeuden por nypl'opi!l\'¡ñ'1

'.l" los tcrr-ellos, dispuesta po]' h 1,,;- 'lÚ­

]l"O 1,19ü, d" 16 de septicU1 ur·,·L, 3 \':)";-, y pc,-:,' ... "

A venida Italia hasta la A venida Irarrám­val.

T,mgo -el h<J.llor de d-ecirIo' a V. E .. en eontestación a vuestro oficio número 167. dr 20 de junio próximo pasado.

Dios guarde a V. E.-Gmo .. Portales.­'EnT'ique Za.ñ'a.rtu Ei.

21) Oficio del Honor;; blp Senado:

i\Túm. 609.- Santiag·;). 25 ele octubre de ICJil::l.- El proTecto de ~e~' r'lmitido por f'cm Hono::,ahl'e Gámari1, (¡ll' autoriza al Pre- '1":' ~m :21 }¡OllOr de decirlo a V, J~. :-ll

15.a SE,';;;IO..\' EX'fRA:ORDIN ARIA EN JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 1933 581 -_._,- ---'~-_ .. _'-._-

('ont~stación a vuestro oficio núm~ro 659. de 6 de s-cptiembr-e de 1933.

Dios guarde a V. E. - Gmo. Portales. -Enrique Zañartu E.

23) Informe- de Comisión:

Honorable CámaTa:

Vuestra Com:si6n de Haci~llda ha d(l,J" túmino al s€gundo trámite d€ Comisión del proyecto sobr~ reorganizaciólÍ ,le la indl1fi' tria salitrera.

Vu€Stra Comisión ha d"dicado nUm€roSJll" sesiones al estudio de las indicac:ones for­muladas durante la disc1lSÍón ge.neral .~~ a la revisión del proyecto, tarea en la cual ha contado con la coop€ración constante d~J señor Ministro de Hacienda y d~l Suywrin. tend~:nt.e de Salitre y Yodo.

En conformidad a lo dispuefito eu el aro tículo81 cId RRlglamento, rela,,>ionado wm el 28, pasa Vuestra. Comisión a mencionar 100 artículos que no han sido objeto de iu­dicacione& en la, di-s.cusión general ui dr modificaciones en este. segundo iuf(~nne v que deben quedar. por lo tanto, de hecho aprobados; de 10f; artículos qll' ha,u sido ob~to d-e indicaciones en la dh.,cusión ge­neral o modificados "n el S€gundo informe y de 10..'> artícul00 nuevos int.roducidos en este oogundo informe.

Cabe hacf'r .presente .que el lJToye-cto d" minoría no se. ha e<mmdeTado, por cuanto !1m disposicionoo fueron presentadas como Jndicaciones en la discusión g€n-t'ral.

Artíettlos que no han sido objeto de in­dica.ciones en la diJrousión¡ general ni de mo­dificaciones en la Comisión:

Articulos: 7.0 (ex 6.0), 30, 31, 32, 33, 38,40,41,47, (f':X 46) y 49 .(ex 48).

.ARícu:los que b.a.n sido objeto de indica­ciones o de modificacion.es ene,l segundo mforme:

Artículos: 1, 3 (ex 2), 4 (ex 3.1. 5 (ex 4), 6 (ex 5), 8 (ex 7). 9 (-ex 8), 10 (ex 9). 11 (ex 10), 12 (ex 11), 13 (-ex 12), 14 (ex 13) (14 suprimido), 15, 16, 17. 18, 19, 20, 21,

22, 23, 24, >2:5,26, 2/l, 28, ~9, 34, 35, 36, 37,39,42.43,44,45 Y 48 (ex 47).

AIiículos nuevos:

A1'tícuJ c-' 2 y 45.

Acuerdos de la- Comisión

Vu~tra (Xtmisión de Ha.eienda acordó re­t>olver primeramente algunas ideas g-en-el'a­j.¡ó6, y detSpuf,S de resueltos estoo puntos, con-8idcra!' lO!;: artículos d,,] proy?C'to y las in­cLc-aelonl''' prffienta{las.

Artículo 1.0

Como prim,.~ras ideas fl1l1dauwntal-es se ~(tnsic1f'raron las sif,vuientes:

La ¡, &> es1ablee--e Bl Estaneo a favor d-e-l l<'~·o o a Livor de la Co:,poración de Ven­Wg'?

2. a ¿ Se administra el Estanco por el Ets· taLlo o ~e da en arri~mdo?

3. a ¿El arriendo IS€ hace con pl~zo o sin. nJ azo determinado? . 4. a ¿!Se separa -el yodo de este F...stanco!

Se acordó: l. o Que el Estanco soea fiscal; 2. o Que 6ea dado "n arri~ndo y adminis­

trado por un organismo distinto del Fisco; 3. o Que fflt-e a17i"ndo Sf'a por plazo in­

determinado; 4, o Que el Estanco compr-enda conjunta­

mente al salitre y al yodo. Resueltos estos puntos, 5e pasó a C01161-

d-erar los artículos del prO'y-ecto y las indi­caciones que digan relación {'on los acucr­dOB anteriores.

I..as indicaciones de los señores Castel­blanco, Ortega y S<ltomayor cont-eIQ.plan la idea de establec-er el estanl'O a favor d€l Fisco, como igualmcnte, las de los señoree Parodi, CáC{'res y Müller y otros, y de los se­ñores Cárdenas y Serani.

Se procedió a r"dactar el artículo en'la si­gnie.nt€ forma, -ionsultando las indicacionef> referidas y los otros incisos del artículo 1.0 (}('1 proy"cto. que 110 mnecieron objecioneAi

r:~\:\LARA DE DIPUTADOS

en est:> ~gundo informe; "Artículo 1.0 Por exigirlo el interés na­

cional & f'f>1:ablece el Estanco dd Salitrt> ~.

Yodo de Chile -en favor del Fisco. En eon­s-ecu-encia, la -exportación y eonwl'cio dé' rs­tos productos ,,;ó10 podrá. nacp¡-s,' por f>l Es­tanco.

8e entiende por salitre toda fial o lllE'zcla d-e r,;ales con ley d-e nitrato de sodio y, por yodo, cualquiera materia 'COl! 1,3' d-e yodo d-erivado d-el tratamiento -en {'.Ide dI' sales natnralrs. aguas t-el'males, Yt'Q'dalCh o d,' liquiclo.'i o sól idos rf'8ultant-et' d: ('\Sr trata­miento.

Sin perjuicio de lo di::ipu€~tc, N. el inellio p,:im,'ro. el Directorio d-e la {;c'l'pnración de Ventas (le Salitrp ~- Yodo, a (In"' se r{'fiel";' -el artículo 2. o, podrá. ton d ynto -confo]'­me de loo director,es fllieales, antnrizar la li­hre expol'taeión.\· com"rcio de ,m prOdlH'to con ley hasta ele 1;") por c:2nto <1,. nitrato de sodio .Y ha8ta 2 por mil de yodo. cuando ffle produrto no pCl'tlll'he d merC';;,!" del r,;al.i­tre ~~ di'] yodo. '!

Artículo 2.0

Como COl1fif'CnrrlCia de la apr>(4J,aeinn 1:-1'

lat-; ide{ls d-e dar ,'n ar'ci-endo el Estall'co y df'l plazo, ,\"a diehos, se redaet,', el artíeulo 2. o tomando cOlTIobase las ind; "acimH'tSdt' loo t'>-eñores Castclblanco, Opitz y 80toma­yOl', d{, 108 señor·ps Parodi, C~it:,~rct; y oh'os, y di' 10f; g::-ñol'E'S Cárdena's y Se'c'anÍ, fOl'llln­lada", -en el artículo 2,0 d-rl pro:n'cto.

Qu-e(ló el artículo rcda'ctado ¡j"í:

"Al'tíeulo 2.0 El Piseo da en i1l'l'Íclldo d Estal1eo dd Salitl'{, ~- Yodo el la persollGl ju6dica que. e011 -el nombro{; d,:· ''Corpora­ei6n de Ventas del Salitre y Yodo de Chile': t;{' creR por ('.,ta ky y que s€ re'.:!"il'á ¡)(tI' sus disposi ci(}ne-s .

El arriendo se-l'it porplazü üi¡]t>tenninado y sólo podrá ponérS!'le térmÍl:(¡ por m-edio de una I-ey.

Terminado el arriendo, la Corporación se disolverá inm-ediatam-entle y Sto ,'foc('derá a su liquidación".

Con la aprobación de estos artí<.lulos, que­dó implícitamente des-echada L, indicación d€l señoi~'\Ticuña.

La indicación de 106 señ/)res IJira y Al­ea lde. se consid€ró al final del inciso ter­('{'ro cid artículo 1.0

TJa indicación del señor Gonrnl€z s(' dió por de~chada en virtud de no acept.arse la I{{'pal'aeión del é'lStanco del salih'r y d('l yo­d"

Artículo 3.0

El al'tinüll :2.0 del jH'Ür.:cto. qu:' pasa a figurar COlllO 3.0, ti<:' dió por aprobado, acepo tÚlldost' algunas indicaeioD{'t-. {h· J'"€daceión formulada!'; por lO¡'; seúOl'rs Parodio eúceres y otro<-;. ~- por. d señor TOlTf-S don Eugenio.

Ql1edú "l artículo redactado ¡¡sí; "Al'tíeulo ~1. o (-ex ~. El objeto d." la

C'Ol'j)Ol'<tC;(Hl ,",crá adquirir d", 18s -empresas j)l'oductora¡,; el salitr.-, ~- el yodo y atender a ,;.el exportación. tranf:portf'. propaganda, di.:-;üibueión y venta y eft'etuar aquf'lla.' ope­nH'iclH"" e::qn'E't';am:>llt-e d€t·erminadas por la ]ll'\'t;en te 1 ey .

La Corporación poc1r{¡ n'allzdr lo" actos ,\" cf'll'brar loo contratos n-ecf'l'>lúic)fi pa.ra el cllmplimi,'nto de sus fine.,., y contraer tuda c1a,"{' (\t' oblig-I1Ciollf'¡-; 1'plaf:iollada:-; ton 1 .. , mov:lizaciún. di"tribución, propaganda y y\,nÜl del ¡,;"litre y elel ~-odo".

Como ('Ol1SeClH'lH'ia Llc U11 acutl'do a.nte­rio)'. qne-d6 d-esrchada la indicación qu<' ha­bía formulado e11 este al'tíeulo <,1 ¡,;'iiol' Gon­zál(,z don P-edro. relacionada con la Sf'IH,­

!'iH'ión del F..st.'lllCO dt'l lodo.

Artículo 4.0

Ell relación con. el artículo :3. o del pro­,\"-eeto. qUf' pa-'ill a ser 4,0, se formuló la si­g:nient.e 'pre;runta como idea fundam-ental:

"¿ Lüs Ei'-tatuto.s podrán modificars;> por ('1 solo aruerdo del Prf'lsident.; de la Pl.-BpÚ­blil'<l o por medio de una 10yr'

SE' acordó quc fu€ra por -el solo ae\lerdo <1:>1 Prffiid-el1te de la República ('11 la forma 41W fíg:l1ra f>ll d artículo 3, o

Quedó. por tanto, redactado ('1 artículo -en la ¡:;iguiente forma:

"Artículo 4.0 (f>X 3.0) IJaCorpora{lión S<e

l'egírií por ~ta lf'y y por los Et>tatut06 que

13.a SESIOX EXTRAORDINARIA EN JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 19-33 5S:~

~l'lf" de a~nE'rc1o con la misma ley dicte el Pre";-d-ente df' la Re-púbLica, los eualffi deheráll publicarse en -el "Diario Oficial" € in8cri­biree en el Rf.¡¡:istro ele ComC>I"cio de Valpíl­raísh. nentro dE'1 plazo de 30 día¡;, contado.­desde la fecha de la promulgación de la pre­¡.;{'nt€ ley.

L()lS. EstatutO:'; podrán s€r modificados pOI' el Prffiident~ df> la Rep11blica, sólo a pro­)Hwsta del Directorio de la Corporación. To­da modificación se inscribirá en €l Registro de Comercio ·ele YalparaiRo y I'\{' publicará en ~,l "D1ario Ofieiar'.

romo cOllseeueneia de hab:> rs (' aprobado d artículo en la forma anterior. querlaroll dffi-pehacla.f< las indicaciones de los s-eñort·..; Híoi' dOl1 .Tnan Antonio. y Parodi, Các~l'{,'"

Artículo 5. O

E.H {'j artíeulo 4.0, que pasa a s€r 5.1',<. ineidp nna indicaceión formulada ]lor el s,c,­ñor Lir!l ~- q t\{' fíg'l.u'a ent1'(, las indícacic.­tlf'S pal'a a~!.'reg-ar al'tíenlos transitorios ~. qnE' !líce t'!OftlO sign(':

Quedó el artículo así: "Artículo 5.0 (ex: 4.0) Para partiCipar en

las vpntas de salitre y d" yodo toda empre­ba productora debe-rá declarar. por escritu· ra pública, su adhesión a la Corporación, E¡;ta dpclaración se inscribirá €n el Regis­tro de Con1\'rcio d" Valparaí."io, y. cumplido este trámite, gozarú la e.mpresa de ,los de­l'(,(, hos ~' quedará sujeto a las obligaciones, que por P-St<l ley y 10b Est.atutos, COl'l'1OSpon· dan a lafl empresas ]ll'o-duetorat'.

Lo,> productor0s que adhieran a la Cor­poración :; que formaban parte de 1a8o­cie.dad de hecho denominada "Cúmpaiiía de &alitre dp Chile", d€bt'rán declarar en la escritura de adhesión 4ue r€-conoceJl 1M obligaciones contl'aida,<; por ésta en la pro· j10rción que le" corresponda de acuerdo c-o,u la.;; disposiciones d(A la present.e ley".

Artículo 6.0

El artículo J. (1 qUE' }la.'<I a S.:'l' 6. o. no ,nfrió lllodifieación.

Dice así:

"Artícnlo ... Xo:sr alterarán por las disposi- "Artículo 6.0 (t'x ;).0' El 1.0 de. julio de ('iolles elf' la presente ley las acciones ,iudi· 19::)3. se considerarú como f(~ha inicial de ciale:" df'dl1eiclao-: por las emrll'('sas o soci,,- las operacionf's de la Corporación para to­dade" adheridas a la Compañía de Sa·litre d,:, dos los (>fectos de- esta ley. . Chile. fwbrE' nulidad dt" la Compañía o de l(o~ 1.<'1 Corporación se establece- por plazo In.

apol't{>ri a ella incorporados. ni afectaráL dt"finido, y no podrú ser dÍt-;u{'lta sino por tampoco a los dere-chos que s(' dedaren pOco mUl ley" -sentenciaejecu.toria-da". Com'o ~oI1SE'.cne-neia de este acuerdo. que-

Vlwstl'a Comisión considpró la situaciót:~dal'on sin efecto las indicaciones de los se­que- s\' plantea en la indicación antf'rior Y~üorE's Parodi, Cáceres y otros, RíOB don Juaa con el objeto de dejar claram(>nte expresado :::::} .. ntonio. Castelblallco. Ortega y pür el M . .:'1 espíritu de la ley. acordó, tomando come ~---=jli",tl'o el€- Hacienda. base la indicación del señor Lira, insertar~: en E'ste artículo f'1 sig'lliE'nte inciso:

"Los productores que adhieran a la Cor­poración y qu€- formwban parte de la S()cit-· dad de hecho denominada "Compañía di'­Salitre- de Chile". deberán declarar en la escritura de adhesión qU€ reconocen lfu, obligaciones contraídas por ústaen la pro­pDrción que- les corresponcLa, de acuerde, con las disposiciones de la pI,e-sente ley".

Se aceptó, tambi€-n, la indicación de los .!>e-ñores Parodi, Cáceres y otros para agre­goal' la propüsición "de" ante,1'; de la pala· bra "yodo".

Artículo 7. o

El artículo 6. o que- pasa a Ser l. o. no ha. sido objeto de indicaciones en la discusión general ni de modificaciones €n este segun­do informe.

Dice así: "Artículo 7.0 (ex 6.0). El domicilio de

la Corporación será la ciudad d€- Yalparaí· so. Podrán establecerse ag,cncias en Chile y en el f'xtranjero".

584 C:A.\fARA DE DIPU'1'ADOS

Artículo 8. o

El artícuJo 7. o, que- pasa a s('r 8. o, fUB objeto del siguiente cuestionario 00 ideas:

"Directorio: Proporción de los miemhros de1 Consejo. a) Número de Directorf's industriales. b ) Número de Directores nom brado¡s por

el Presidente de la R",pública. e) ¿ Habrá Directores nombrados por el

Oongret3o~

d) Número de Directore,s que sean fUlJ·

cionarios públicos por derecho propio". Se acordó,: Fijar el número de miembros del COMe

jo en once, comprendido -el presidente, que deberá ser de na.cionalidad chilena y nacido en Chile.

Los miembros, serán cinco funcionarios públicos individualizados en el artículo que se co-pia a contiua.::ión; cinco designados por los industriales en la proporción de su participación en las venta-s y el presidente designado librementf. por el Presidente de la República.

Quedó el artículo rr-dact<l.do como 81-

gue: "Articulo 8.0 (ex 7.0). La administra­

ci6n de la Corporación corresponderá a su Directorio, que se compondrá: De mi pre­sidente, designado por el Presidente de la ReJl'Ública; del presidente del Consejo de Defensa Fiscal, del presidente del Banco Central de Chile, del Director General de Impuestos Internos, del Superintendente de Aduanas y del Superintendonte de Salitre y Yodo y de cinco miembros, que nombrarán los industriales en proporción a su partí­-cipaci6n Ay ~as ventas.

El P!-c~(Hmte deberá ser de nacionalidad 'Chil~na y nacido en -el territorio (Le- Chile".

Con motivo de la aprobación del artículo en la forma anterior quedaron .,in efoow las indicaciones formuladas para este ar­tículo.

Artículo 1). O

El aortículo 8.D que pasa a ser 9.0, se aproobé en la forma propuesta por los seño­res Lira Urquieta y _\lcalde y modificada en la forma en qne figura en el artículo

--_ ..

fIue se copia a continuación, conjuntamen­te ,con la indicación formulada por el señor" Parodi, que figura como inciso final.

"Artículo 9.0 (ex 8.0). Sin perjuicio de lo dispue"sto en el artículo anterior, en los acuerdos que- exijan el voto conforme de los directores que representan al Fisco, oo· entenderá cumplido el requisito siempre fIue se haya adoptado con el voto favorable de tres de eBOS dire-ctores que hubieran asis­tído a la reuni6n y bastará el voto en con­tra de uno de ello:s para que· no quede cum­plido el requu3Íto.

Para celebrar contratos de transporte, la Corporación deberá preferir a las agencias radicadas en el pais, en igualdad de con­dicione-s".

Con la aprobación del artículo en la for-· ma antedieha quedaron sin efecto las indi­caciones formul.adas para este artículo.

Artículo 10

En el artículo 9. o que pasa a Rel' 10, se­dió por aprobada la forma p~opuesta en el proyec>to, con una indicación de redacción formulada por los señores Paro{]i, Các-eres y­otroo .

Quedó -el artíc~llo así:

TITULO JI

Compras, V'Clltas, Precios, Cuotas y Sanciones

"Artículo 10 (ex 9. o) La Co;'pora<lión quedará obligada a comp,-al' a lat; empreSas productoras adheridas y ffita5 a vender a aquélla, e1 salitre y -el yodo t'xistentes -en Chile, y f'n el extranjero que les pert-en~ can ~n 1.0 de julio de 1 !}33 , y la nueva pro­ducción d-e-sde la misma fecha. e,n las con­diciones que esta ley señala y manteniéndo­se las garantías preferent-es que &"iablccen las ley€s nÚ'nl€ros 5,133 y 5.185.

IJ-a compra de e.xist-encías en el extranje­ro, comprende las accionet; de Corporacio­nes y loo dere.0hoo de las -emprffias produc­toras, representativoo de .esas existencias.

Las empr-esa.;; adheridas mientrab ,manten­gan en su poder las existencias de salitre y

15.a S:ES[u~ BXTltAOlWINARIA EN JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 1933 58-,

yodo al 1.0 de julio de 1933, las t~ndrán co­mo dep·ositarios y no se admitirán sobre ellas a0cion€s de terceros.

Tampoco podrá ejercitan;.e acción alguna so·bre 1'os valores que la Corporación deba pagar por la compra de lasexi8tencias, ni sobre las utilidades que s'" obtengan d-e su realización que tien-en una· d€Stinaeión es­pecial por -esta le,y"_

Las demás indicaciones quedaron desecha-das.

Artículo 11

El artÍ(~ulo 10, que pasa a ser 11, se

estudió sobN' la base del siguiente cuestio-nano:

"¿Se. fija en la ley el precio de "CO'illpTa de los btock", o se deja al precio del mer­Mdo?"

"&Los anticipos serán facultativos n obli­gatorios para la Corporación y"

"b El $ L 50 mon.ooa americana (dólar) qu-eda o no afecto al servicio de los Bonos Pl'ior·'fI

'Se aeordó:

Se mantuvieron los precios fijadoo en el proyecto de mayoría.

Se aceptó la indicación dd señor Alfonso pa.ra agregar a continuación del incisú 1.0

·un irtciso nuevo qu~ establezca que el pre­cio decormpra de los stocks por la Corpo­ración no podrá ser .f'U ninglm caso supe­rior al que ésta obtenga al venderlos.

Como cOl1&Ccuencia de todos los acuerdos anteriores, quedó el artíeulo redactado en la forma siguienoo:.

"Artículo 11. (ex 10). Las existencias d·e salitre y yodo en 1. o de julio de 1933, tendrán los siguienk-s· precj06: Salitre f'TI

el extranjero, el monto de las obligaeiones garantizadas. con esa existencia y cuyo pa­go la Corporación tomará a su cargo; yo­dQ en d extranjero, 8 ehelines, 9 IHlniqnes 82 cenresimos de penique po-r. kilo; salitre l'n Chile, 3 libras esterlinas por tonelada, y yodo en Chile, 5 chelines, 10 peniques y 55 centélsimos de penique por kilo.

:N" o obstante lo expresado en el inciso an­terior, el precio de compra, de los stO{lm, p<>r la Corporación no podrá ser €:TI ningún caso f!uperior al que ésta obtenga al v-enderlo.

1Joo precios indicados para las existenciai'! de salitre y yO'do en Chile, son al costado

Fijar en la l~y d precio de >,ompra .. Que los anticipoo sean obligatorios. Que .. 1 dólar 1.60, no quM.. afecto

s-erviciQ de los Bonos Prior. al . del barco en puerto salitrero (F. A. S.) y se

deducirán de dIos los gastoo :y mermas que se produjeren hasta ponerloo al eootado del barco.

Como {'OlltieCuencra df' estos acuerdos, ¡;,e

eJíminó en d inciso 5. o la pal't€ que 00 re­fiere a que cuando sea uecffiario aumenta.r el sE'>rvicio df' los Bonos Prior, las empresas productoras no recibirán el todo o parte d-e esa eanticIad, en cuanto sea necesario para eompletar elS€rvicio de e&OB bonoo.

Se aceptó. {'n eambio, la parte de la in~ dÍocación de, los señores Parodi, Cáeeres y otros, para que e-l valor del dólar 1.60, pueda redueirsi' en ·todo o parte cuando las necesidades del mercado d€'termin-en ñjar un precio que no admita incluir tocIo o par-00 de esa cantidad en el costo.

Con la aprohación de estas indicaciones, quedaexprooado d espíritu de la ley de que el dólar 1.5:0 pertenecerá a • los product~ res y sólo podrá ser disnúnuído en el caso de que- las conveniencias de la colocación del salitre a conse~n re-bajar su precio.

Se- aceptó, tambi~n, la redacción pTO'pUes­ta por el señor MinistrO' de Hacienda. a la parte relativa a los antieipOfl.

El precio de la nueva producción de sali­tre y yodo" será su costo industrial al, cos­tado del barcO'. Anualment.e lo determinará par-a. cada porductor, el Directorio de la C(}rporación, previo dictamen de la Superin­tendencia de Salitre, y, con el voto confor­me de lüt; Directore; fiseales.

El costo industrial comprend0rá todos los gaStos de la resIHlctiva empresa productora, incluyendo lag r·eparaciones necesarias, pe­ro sin computar amortización de maquina­ria, ni agota1miento de terrenoti, ni in1:!eTe;;es de capital. ni servicios de deudas, tOOú de acuerdú con reglamentos que dicte el Di­rectoriO' -df' la Corporación, previo informe de la Superintendencia de Salitre, CQn el voto conforme de los Direct()re,> fiscale; y aprobadoo por el Presidente de la Repúbli­ca.

Al costo industr:al s", agregará, como par·te de preeio. la cantidad de 1 dólar 50,

('AMARA DE DIPGTADOS

moneda df' Estadot'i FnidOti de Améóca, vor ton·plada métrica de salitTC.

Si. por necesidades del mercado fuere 11€­

cesario fija.r un pre-cio dr> Yentaque 110 I}('r­mita incluir como parte del precio'l dú­lar 50 moneda ele EBtac10s Unidos. podrá +,1 Dir-rctorio fijar un p1'+'cio inferior de y,ou­ta, reduciéndose en todo o en part", dieha cantidad.

En ningún ca"o podrá la Corporación fi­jar ni pagar como precio. de adquisición d.'l salitre lUlO' superior al de wmta, deducidOtl tSllS gastoo y obligacion;:,s en pI mismo afio.

El pago del prp>cio del salitl'{' ypndido, tanto d" f'xi"tencia como elf' nueya produc­ción, lo hará la Corporac:óll c'!:>ntro del pla­zo de 6 mes·es ('ontados elcI'de la termina('ión del respectiyo aúo salitrel'(). El pag'o el+,l precio del yodn M' hará mellhnalnwllte.

La Corporación c1dJ-E'l'ú hacer lll:>n~ual­

J11E"l1t-E' anticipos en dinero a lel'; inclUlstrial¡'f' que lo Rolieitf'1l por "nm¡l¡, N-iuiyal;onte" al costo industria 1 <:1 e 1 :sal ¡ tri'- pl'od ucid o el en­tro de la cnota qu·(' corresponda a est::, in­dUBtrial ca d TlfIríodo rff>j}('ctivo, ~' siem­pre que ,'m ('o!Sto de produccióu CJlwde d-e-ll­tro de lati dispo."icion~ de la ley. Tambi{>n debl'rá la COl'poraeión anticipar el c1Ílwro necesario para atender a todoo lo~ g-a",tOti que demand;o la colocación dd salitr" des­de cancha··o·ficinahasta el cOf'ta{10 d€ la nave en .el puerto cl{' ("mbarque. Estoo an­ticipos ~? harán cont.ra entrega c1rl "<Ilit1'e a disposición de la ICorporación. libl'" de todog-ravamen ;; t>if'mpr;o que ffita pueda obtene!' loscré{1itOti 116ce:,arios para hacer loo anticipos".

Como cOlls-ecuenc:a de habellil' aprobado f'l artículo en la forma anterior. con las in­dicaciones ya dichas, lati d't'más indÍl'aeio­nes qlH'claroll imp1ícitamentf' dffiechadas.

ArtículQ 12

Eil1 el artículo 11.quf' pasa a ser 12, in­<lide la siguiente preg'Unta del cUE"StiünarÍo:

"¿ En caso de desacuerdo para fijar el pre­cio do(' venta, prevalece la opinión de los Di­r('ctores fiscales?"

Se acordó que dehía prevale-cer la opinión el·e loo Dil"€ctorffi fiscales.

Como pOtlt.eriOl'lllcllte se acordó dar t1'a­talllicllto eSp-E'cial a loo Bonos Prior, el ar­tículo no ¡,¡ufrió yal'iacioIlffl.qne-dando apro­bado el artÍl'ulo en la forma en que figm'a en el proyecto. adaptándooe la parte final a la nueya composición d€l Directorio acorda­da ~·íl. ('st" t';cp:nlldo illfornw.

El artículo qui'-cló así: "Artícnlo 11. Lw pr-e~ios y é."lnás con­

di('iolll~ de venta del saiitrf' y del yodo los fija.t·ú el Dil':·etol·jo con 1"1 \'otc' conforme de los DinO(·ton's fiscalE'f;. El pr€cio de Wll­

ta 110 podrá t'Wl' fijado tún que ~.(. aM'gure, (;011 la difel'l'ucia sobre d precie. medio de C01ll11l'3 pag'ado. ('1 S>el'yicio de lo¡..; bonos a. lJIW r;,' l'f'fi-f'l'(,t'l artículo ?G. Sill rmbargo, por l1t'ces:dadl';'; d:'l ll1('!'eado. ',y -en la. mi..,ma forma d,· yotaciúll. podrá el DÍl'\:ctorio fi­jar uu ]11'('('io inferio!' dt, w'nta, ~- si no S€

j 11' (l(1 ajere 11 ('¡¡{'I'do prima l'Ú la opinión con­fnnne df' ln,s Dil'{'ctore,; fit;cales ('011 la del Pn'f'.idente" .

La incl:r'al'iúll (1,' lo.,; I't'ÍÍnt·¡.·., :t'al'odi. Cá­c{'re',~ y otro~. para suprirnir -el artículo se (1\.6. el! C(ll!s{~('\lell('ia. ]")0']' d·t"~,"ehada.

La illdiCi!('ir',n d(' los t'f'iinr{'í; Lira Urqui.e­ta ~. Alcald-f' para modificar la part-e final del. artículo. tamhién fu-c. detScChada en vis­t.a d{~ haber sido aprohado el articulo ('11 la forma indicada.

Artículo 13.

En el artículO' 12, que pa.Sa li 6<'1' 1:-), inci­d;'l1 las í'ig'uif'1l te.s preguÍl t¡¡¡.; del cuestiona­rlO:

¿ Las cuota¡.; de ye'uta tie fijarár, por el Di­l'('dorio sin ult{'rior l'-eclamc (> puede recla­lIlil1'.'-'.pde (' llas '?

i· Plazo de fijación de las cuot" '! ¿THl cuota mínima .se modifica; se le fija.

pt'O porciúll ,'tl la 12Y; i'ie le df'ja al Directorio­fijar c·sta pl'Oporciún '?

i: Se fija cuota máxima' 11 un 1'[,10 conB-or­cio?

Se acordó:' QU€ las cuotal> de Y(>nta. Sf'atn ::'ijadas pcn'

el Dire'ctorio y se podrá. reclamal' do(' ella,¡¡. Que SI' fij€- un pl¡lzo má.ximum. Que ,se proc2'da a la fijación ("n la forma.

propue¡;;ta en el proyecto.

1,1.a SEBIO:\ EXTRAORDINARIA E.'\ JUEVES 2 DE NOVIK\IBRE DE 19:33 587

Que se fijt' lilla cuota máxima. COfiO CClnsecll~llCiE¡ dE' esto.'i aCllerdos se

aprobaron la,-; indica.ciol1'E"S de lOi; SE'ñOl'et-i Ga.-;t21blanco. Ortcg'a ~. Soto mayor y del 1'E"

ñor lVIinistro dE' Haci~:llda y una indicación formulada pe r d ,;.f.)ñe,r Torres don Eugenio ¡,n el curso dE' la cliscu ... ión para evitar la for­ma.ción de tnt.'.;t.~ o sea para fijar una cuota máxima. ell manos d~" lllJ ~olo industrial o conr;o!·cio.

ArtÍrmlo li!. (ex 12 . Las l'uGtaf; df' venta {le las \'mpl?Sf,t-; procllldoras las fijará d Di· l'ee,torio eC'n el yoto eOllfornH' de los Din'c­tares fisealp~. prt·yio .lictanwn (1(' l¡¡ Super· intrn·(bneia de! Salitl't,. E"tas euotati l'egi-1':111 .por ]}{'ríu<1.c,.; unifl>1'11lps que el Directo­rio (l!'t.('rminarÚ :' (1'1<' 110 podr;lll exceder ch· 5 :lños :' 'iP l'11 kulanín SOhl'<, la h",,,e de la ('illl1lcida(lpl'oduct r,ru ole las oficinas, al coso to máximo aceptado \'01' la C'ol"]lüración pa· r:! }.JI';' CClllpl'as.

?\!j.¡w:nnil ?l1ljll'<,sa r> 'eon.son·io de Cll1pl'f'­

,~aí" podrú Obtt'lWl'. dil't'cta o indil'pdamente. HU total {le clIotas que eX\'t'{la al ();j pe!' üento (le la \:\lnta anmü (l~' yellt.a".

'l'enclrún (1f'1'l'dl0 é asi¡::Il<l>eión ¡j{. cuota. a" aetl'.·l'ilo l'01l í'll cal>aeidad pro-tluctol'a .'iO·

bre la;; bases indicad&:-. los j)l'odUctores que inieit'll {lplltro ele uu rlt']'ír~do 'e'xplotación de tpl'l','llü¡,; Cj\lP 110 hnbi.·l"']) "ido ponsidpl'adOh ~'11 la fijaóón a(' Cuotil.'i yigente.

L'ltSCllo.t.a" tj ue s(' ~li, ignen a empresas se· g-regadas en el curso ,le Ull período. sE'rán neclnci{las dI' las euora~ de las C'ompaiíia.s

en (Iond .. ('sta¡;; Emp:\haS se hubierell Ol'i~ó­

na,do. El Dil'eetol'ic el+' In Corporación. eon el

H,to eonfonuc' ele lf~, Dire'ctol'cs fi.<;cales, dietará lo,.; He¡.damectos sobre fijación clf' eUO!?K delltI'o d(' la" bafles fnm:lanH'ntales dr esta ley,

El Dil'E'ctorio deherii notificar 1)01' ;>scrito a los proeluctol'f'ti las ~notas que les ha asigo nada y éstos, df'ntro ,del plazo dr 15 días. podrán reclamar ante {'l Directorio clf" la euota que >;e les haya. fija.clo, nombrando al mismo tiempo a un r,:cllico d2 fin rmpresa para qu-€' estudip nuen1liwnte. la rffip€'CtiY3 asignaeión 'elr cnota, de acuerdo conct1"O técnico que elegirá. el Directoriol de la Cor­poración. eon pr2seinJencia de, lo:- Dirf'cto­rt'" qne l'epr{'-senten l,',~ il1tf'l"f'Ses dI' las cm·

.=

pr"",a:s rrelamantes. En ca,S{) de discordia entr\:" esto!> técnieoe;. r?solvl'rá pJ 1'eclamo -el Superintf'llcleute de Salitre ;, Yodo.

Con la. aprobación del artículo en los 'términos anterioJ'{'s, quedaron ;]¡.."eehadas la • .;; i lldieaci 011 {'·S ]ll'OpuhiÍlll~.

Artículo 14,

En ,,1 ¿¡l'tíell]o J;;. que ]HL"a a ~'1' 14, S€

apl'obó una inclici!eióll formulada por el se­ñor Alfonso para inte1'cala1' dlSpllés de la palabra "Direetol'io", la siguient.e frase "con el ,"oto eonfol'lne c1p 1M Direetoreii fisca­l c"t;".

Qll:'dó ('1 al'tículo afií: "~\rtíenlo 11 ('ex 1:1). El Direetol'io podrá,

C(Yll el voto l'ollforn1C' de los DÍredol'('s fis­('alps, C<11w(']ar'. T't'(lueir o "'l1bjl<'ll<1('r su.';; de· l'1'C'!tÜ" a <,nota a lo,.; }ll'odu\'tol'es Q11.;" 110 ~·n­

tl'rgal':>l1 la ellOÍ>a' qU{' l(,~ hubiere eorres­pümlido. Ln,,, euotaseallCf'ladas. reducidas o sll"lwn<1ida • ..; ([tI!' conespot1dan a prochlc· tCl'l'¡'" obJig·ado . ..; al sel'\'ieio de Jos bO'llOS a r¡Uf' ¡,:¡" refín\' pi 31'tkulo 25, incrementarán la" cnOÜI'" el,' los d21l1Ú.-; llro,duetol'el-; afee.t.oo a ('/'ie sel'Vieio. ;: las de lo.; no oblig'ados, la:,- el" aquellos qlLe están también exentos di' la oblig'ación.

La caneE'laeiúll, l'"'(luceión () ~u¡...pellsión de cuota:,;, ]lO afectará a la lic¡uida'l'ión d2 las eXi¡;;telleias. al organizarsE' .la Corpo]'.¡l,ción",

Las demús il1d.icaeiol1e¡.; fonuulad3ti en es­tt> artíenlo, qnedaron dE':-ie'chadas.

Artículo 14 antiguo suprimido,

~f' aceptó la indicación dé' lo,.;; señon's Cas­telbhill1co. Ort-ega y Soto mayor )' d{· 10l-; se­iicl't's Parodio CácPl'es ;: ct.rOi;. para suprimir e"ti' artículo. quedando implíeitament.f'- de­s, chada.., la,~ otras indicacionps que incidían el1 \'l.

Artículo 15,

El artícnlo 1;:) fué aprobado el! la forma 211 que fig'ur.a, .("11 el pro;--e'cto, quedando, por la tanto, df'sech~j(lai'; la • ., indicacionf'S qtle se le habían formuladr.

Dic{'- así: "~\rtíenlo 15. El Directorio. con el voto

588 CAl\lARA DE DIPUTADOS

conforme de. 10<'3 Directores fiscales, podrá exigir ,de las EmpI'E-sas adheridas que dis­tribuyan en 1M disltil1tJ!;llS zonas salitreras la producción neP.esaria .para satisfacer BUS

cuotas, y -en 'cuanto a dase de salitre, qu-e la entrega se haga en propcrrción 'al las '9XÍ­

gencias dd mercad·o.

Artí'Culo 16.

El artículo 16 ¡;;e aprobó en la forma en que figura. f'n 1'1 proyecto y con la agrega­ción de un inch--W prDpuesto por el señor Mi: nÍJSltro de Hacienda y por los señol't'i> Paro­di, Cácer'€8 y otros.

Quedó ,aiSí: "Artículo 16. Desde ell?Q de julio de 1933,

las cuotas, d¡; venta de yodo serán iguales a las que ;tf'ugall para salitre los respecti­vo.r.; produ'ctores. no·te-niendo dereeh<o a cuo­ta eu ventas de yodo, sino las empresas pro ductora,s co.n cuotas .0.2 veutlal de salitre en ]¡a Corporación.

Nü obstante, 10"- tenednres de existencias d(' yodo produeido antes del 1.0 de julio de 1929, y -cuya euota inicial en las ven­tas de sali.tre no fije Ci'>ta. 12y. gozarán hasta el l8'got.ami cnt.o el." dichas exi.<;tcncias, {le una cuota de yodo di? acuel'd<é; cou'lo dispuesto en. el articulo 2.0 transitorio {le los Estatu­tos de la Aso'ciaeióll d? PrO(luciores de Yo­do de Chile, aproha,dcrs en la ley número 4,820.

La Asociación cl€ Produetores de Yodo de Chile entrará en ,1iBo}ución ;: liquidación tan pronto como .C;U6 exj¡.;;t~'T¡.cias S!('an tr.ams­feri{la,,, a la Corpol'ac-i6n, fJ.uü~n la sucMe­ráen ,,;us derechos y obligaciones.

Si alguna dt> esta8 empresas para]jza RU

pl'oou0ción, C011f;NVará su cuota! en las ven­tas de yodoha • .,ta <"1 agotamiento -de las ('xis­ten'cias que tuviere al t.iempo de la paraliza­C'ión".

La indicación pl'opu<,sta ('11 este artículo por el seDor González quedó det>echa.cla.

Articulo 17

En \'1 artículo 17 incide 'la pr\'gunta el",! cuestionario que dice así:

¿,Se varía la prO'PorciÓn -en que ~ liqui­darán la.s existenci3JS d:esailitre1

. Se a-0CJl'dó 110 variar ffita M proporción,

{{'U edarn do, en consecufmcia, aprobado el ar­tícult} en los mismos términos del ~;roy('lCto, que son 1018 siguientes:

"Articulo 17. Las existencias de salitre) en 30 de junio de 19,33, .se liquidaránveu­diéndose de ,enas anualmente no mBnos del W por cient.o ni más del 33 p-or ciento dd total de las ventas.

P{)drá -el Directorio su~nder la venta de estás existencias o reducir el mínimum d" 20 por ciento, em. el c·aso de aplicación de la disposi'~'¡{¡n final del artículo 11, salvo que los interesados convengan con la Corpora­ción una disminuci6n de los !precios fijados para ellas -en .el a·rtículo 10.

Mientras quedarem. pendientes deudas pagaderasoon estas €xistencia.~ a favor del Banco ·Centra.! de Chile, bastará ·el acuerdo d,~ 'esta institución CM la Corporación para la reducción de -loo precio!».

El máximum de :}3 porc~e'1lto podrá 80-

brepa·SI8.rse por aeuerdo d,.l Directorio, con el vot,(! conforlIlle ele los Dlreetores fisca­les.

'F}n las v{'uta,,, dé estas -"xisteneias, c. tresponderá a c.ada; empresa productora una cuota proporcional a las éxi:stencias efecti­vas de cada compañía, cles!pué,<; (lel reajUiSte a qUe se ri'fipre el ineiso ].0 del artículo :?8".

L.as indicacioneS formnJ~Hla.s quedaron. por ta!l:o, implícitamentt:' clf"seC'hadas.

Artículo 18

El artien!o 18 110 fn? modificado, que .. .¡ando, \'11 eon.secut'lll'1a. dlé';;E"<'nada la indi­l~aeión formulada para el artículo por 1M ,,,eñú)'es Par(){l:i, Cáeerps y otros.

Dice el artíc'ulo: .iArtíl.'ulo 18. El Dirt'(·tOl'io pod~á san­

rionar por medio de mnLta>!.; H. los produe­tore8 adlheridos. por incumplimiento o in­fracción a las disposieion,:." {lp la ¡presente ;ey. dp los Estatutos o de sus propias l"teSO­

]ucioTIt's de acuerdo con los mismos Estatu­tos, y, r-n eS'Pecial, 'las siguientes:

1) E:x:.port.ar en cualquier f()<rma salitre () yodo y I'fectüar rna.1quip r Nrml'rcio con enos.

2) Entrega drl salitre y yodo, en mala. condiciOJ1ffi de calidad o envase .

3) N~gli~nc~ en la conservación de la%

15.a SESION EXTRAORDINARIA EN JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 1933 589

existencias de 9alitre y yodo de que sean depositarios.

4) OClfltaci6n o adulteración de datos l'""-

1ac:ionados con la Iprodueeión y su ClÜstO.

Las multas en l'Ü.;; tres primeros casos p0-drán ser hasta de 500 -pesos por tonelada de salitre y hasta de 20,000 pesoo por qnintal de yodo y -en el enarto hasta 20)000 pesos por cada infllaccióll.

Las mu~s a qu~ se rdieren los inci.sos precedE'ntes, serámaplieadas pOr el Dire0to­riodE'S'pués de oír al interesado y con el vot.o conforme de 10s representantes fisca­les

Tendrá mé.rito ejecutivo la copia de es­tos acuerdo.s del Directorio, certificada su 8utenticida<d pOr un Notario.

El producto de las maltas estable.cida¡,¡ por .el presente artículo y por -el articulo 32 deberán entregarse anualmente por el Di­rectorio a la Jurutu de Beneficencia del de­partamento en que esté ubicada la ofi­cina sa1itr·~ra en que se hubiere cometido 18 infracc,ión.

Mientras esté pendiente el pago de 188

multflls. el Diractorio podrá retener las su­mas que correspondan al infractor hasta ~il

entero, y el infractor no podrá reclamar 10 rE'tmido hasta que haya pagado las multas, sin perjuicio de las accione.s que para su reintegro pudiera ejercitar ante ('} Tribunal Arbitral corre-spondiente".

Artícu10 19

En el artículo 19 inciden las sigui-ente-s pregunta1s d€l cuestionario:

1.0 ¿ Se fija la participnción fiscal en un 25 por ciento manteniendo la libertad dE' modificar est.e tributo sin 1Ímitación?

2 o 'Se eleva esta participación T a) ¿Libremente! b) tHasta qué pÜJrcE'ntaje~ e) &CC11 re~¡¡ci&n a las ventas~ d) i Con relación a la.,> utilidades? f) g COl] j'elación al empleo df' mat('riaJ.>.~

nacionales '! SI' ;¡er'!'dIÍ fijar esta participación en un

:?;') llnl' (·ie~li(). qu"dnndo ·~n conSfr'llCl1cia, clr.~F(·h;I(l:j"; ]e,..; opmÍJ,,.; iel-p'as pro'p1lrstas 'en e 1 ",i'~ ",ti () 11"]' j (1 V n l' l' cOl'reS-pml d ell n 111" cOlltenill<lf' ('J] jndiell('iones formn'hdll.s, "ahü Jr¡ r"lati"!l I! protetgel' a las oficÍnlls

qu.e eíIllp'leen material-es naeionales, a que se refiere la letra f) anterior, en que co­mo derivación de la indi\'.aci&n de los se­ñores Dussaillant y otros y a indicación d'dI señor E'lgueta, se a('lordó insertar un 'inciso en qu.e se contemple la idea de con­ceder una p],'ima de 10 pesos moneda na­cional por e-ada tonerada de carbón nácio­nal que u.sen' las Dficinas en ia elaboración de salitre y con cargo, el pago de €'Sta pri­ma, al porcentaje que corresponde al Fisco en las uti1idad€'S.

Se aC{lrdó agregar como inciso final de B.st.e artículo, el inc.iso final del artículo 20, por ser pertinente a sus disposicionE'S.

Quedó el artículo red'ac:tado así:

TITULO In

Utilidlllies, su ¡<f;stribución y Régimentribn­tario

"Artículo 19. Las utilidaMs de la Cor­poración serán 'las diferooeias entre el pre­ciD que .pIla pague 'pOr e1salitre y yodo que adquiera, segú.n se establooe en lo-s ar­tículos 10 y 17 Y los precios de venta obte­nidos, previa deducción dé sus gastos y to­das loas demás que obtuviel'·e de sus activi­dad'es secundarias.

El 25 por ciento de estas utilidades p,o­

rresponderá al Fisco, C1omo impuesto a la renta de la industria de salitre y yo-do y "1} pagará a' medida que ·s.e vaya produciendo.

La quinta parte de esta participación fis­eal se destinará al fomento de la produ~­C:-lón minera e industrial d8 1as provincia~ de Tarapacá y Antofagasta, de acuerdo con las disposicioner; d,.' la Ley Orgánica de Asambleas Provinciales o, en su defecto, de

{ltras leye.s e~pecialc.s, ' De la parte de uti1idades corres:p{)udicn­

te~al Fisco, SE' drdncirán, también, las caa­tidades necesarias para pag-ar una prima n.e 10 p.:,sos, moneda corriente, por cada tone­¡ael::! de cerbón 111'.(~ional IIue se use en ];:t

elahoración de .salitl'e. El 75 por ciento re,.;ta'ntc ~or~sponderá

a los productorrs. La Corporacióll, ron e.,;te 75 por ciento,

at('n;l.rá prrfr>l'C'll) ",'11('l1t,' ~¡j pa!!o de los in­tlTt'I'\eS y a.morti:·,u·íón dl' ']0,';; honos a (ll'-tl

,-, refipre ".] ¡¡¡'1~('i11" ~ií.

590 CUfARA DE

Antes de haepr E'!>t", pal2,'o S~ separara al:' la-s utilidades disponibles para efectuarlo, la parte de f'sas utilidades proveniente d€- la venta de existencias de salitre rn Chile,:,n 1.0 de juHo de 1933, la qUé' sólo se .aplicará a P'S'€ servicio pon 'la canticlad rn que no al­c·aU7..are a ha~erse con el l'("sto de las utiL­darles disponiJbh~B.

El salelo, después de vl'vidos los bonos, &9 entrega.rá a los l"Mpectivos productores; pero, cuando hubieren reeibido dI' este sal­do, como utilidades de un año salitrero, U11a

suma igual a la clel servicio anual de los bo­nos, del exceso, se destinará un 30 por cien­topara amortización ,extraordinaria de los mismos )bonos, y el 70 p()r ciellto se entre­gará a loo ¡productores. No se destinarán a amortizacionrs extraordinarias las utiliela­de.,> que proveng'an elE' la VE'nta dl' las ac­tuales l'xistencias C1.2 salitre y de yodo.

L.a,,, l'ntrp¡ras al' utilid;1des a 'los pl'vdue­tores B(' harán a prorrata de sn8 cuotas ele ",""nta, pE'ro después de niv'l'lal'se el precio ya pagado por .]a Corpora,·i{m a los produc­tm"s, en forma fiue el pa~0 total por tonela­da al' salitre y por kilo .. 1(' :rodo, 'ya p1'o­V('llg'H, dI> l'xistp]}rias o d" proclu(·.ción, rc­sult,l' {'l mis11lo para todos. La,,> diferencias qur; por e6te motivo, ipnclifl'pn quedar l}en­dientes dentro de un año ¡'iéllitrero. serán aju&tada,s ('11 Jos años si'glliente.¡.

J-,D dispuesto E'1l(:steaTtícul0,'2n cuanto Re re·fiere a servicios de bOl-OS. afectará a laa¡; ntilid:vdes ch, toda 1 a indust:riR salitrera, con la sola excl'pciól1 de las provenient,es de' terrenos y oficina.s que no hubieren estado inscntos, el 2 de enero de 1933. a ilombr,' d" la Compañía de Salitre de Chile. de The JAlutaro KitrMe Company Limitpcl' o de la Compañía Salitrera Anglo Cihilena.

La par-tiópación que el artículo 402, d,'l decreto con fuprza de ley 178. qlH' c>odifi­('ó las leyes dt'l 'l'rabajo, Nc:on'Üepo a los Sin­dicat(}s, corrpspolldr-rá a Jo." obreros c1p la jndustria, a'1111 cuando no ,estén sindicados".

Qupdaron. t'11 ,~on¡;¡E'euencill. cll'st'ehada." toda~ la.,; ill(1ieaeiOllPS }wt's{'ntadas en ff;te artíenlo.

Artículo 20

EYl -el artículo 20 Il'? formnlaron las 151-

gui""ntt'b pr€guntas del euel'Stionario;

DIPUTADOS =

l. a i 8{' ,eliminan lo- .impl1l·¡..;to<s ordil1ari(}~

f'1l razón d.p la })Hrtie.ipaeión (1('] F~'ieo ('H

la.-.; utilidades! 2.a ¿~{' limitapstn 't'xceJl(~ióu hatita que

la illdn,.,tria obt('llg'a l'i ?rta ntiiidM! '! Hl'8pNto de la primera idea, :..e aeordó

I't'dactar {'¡ artíclll(} i'11 forma de (let-ermillar t'xpI'etsamC'ntl' lor; impu-t'btül'> que sl'l'íall eli­minados, facultánc1OM" con ·pste objeto al !::'npl'rint¡E'1ldenü' de Salit.re para que, en unión del Dir:'c!n1' di' Impuesto.,; Int€ruOti. proct'dieran a redadal' el artículo perÚnell­'t,'. La redacción lIl'l artículo Pl'('s('lüado por ('tito'> fnncionario,,, fn~ ac{'ptada por Vues­tra Comi,,,ióll ~' el' la/Inl' se ha dad() al a1'­tíl:UlO qne /'ie pré:~ellta a la dl'libf'raeión de 1<1 Honorable Cámara.

En cnanto a la hl'gunda idpa, que,dó (*,­

ta blel·.itlO f'XI)l'{'~am211t~ que una ley podrá en el futnro yariar pr"te rt>g'jlllen de tribu­ta l·ión ..

;:)? dC\.¡gl()~ó él!'l anÍ;,:lüo pl'illdiyo el lll­

ej<.;o final. como 1'+' (':xpre,.;a al hablar dd ar­tí(:nlo ]9.

('OllloCOIlSli"elwúl·ia ,le la l'pclacción aeol'­lla(la. qn.edó d0iwchada la indieación lEesen-­taaa {'nH~tl' artíenlo po~' 101'1 SeU01'('8 I,lra L'l'quif'ta y Alcalde.

El artículo quedó a"í: ".Al'tíeulo :W. 'Lá~ utilidad"", de la Cor­

poraeióll y de las empr"€sas adheridas a dlá. jlI·(\Yt'nif'llte.-; de la ,-'xplotaciúll .v comercio (h-t salitre ;' del y(}do, f'stal'<Ín {'x{'nü¡s dp IOh i111P11('St0\'; o«}bn' Ja r211ÜL. E"t.a {'xt'nción ('.ollllJl>ellde: 10ti impnestar; df' la tercera y enarta eat{'g"ol'Ía8: imput'stot'i (11' cehantio y adicional .';obl'{~ la 1','11ta: imput'stos soh!'!' in­tf'rffi('~ act(,lHladof; ,'11 d extranjero, y 1'>0-

br{' las enotas o diYidl'ndos pagados por la Corporación () l'l1lpt'l'¡.;a¡.; }lroduC'to • .'as a sus s(wio~ o accion:¡;;ta~: P;'l'(}, no inclnyp pI im­lmer;to global complementario {!ue pU'eda aff'cial' j)t'J'sDnalmelül' a cada industrial.

La Corporaeión .\- Jan :'mprt'1SHtl adhf'ridas qlH'darún ta,mbi{'ll ('xelltas dt' todo impue¡;;­to dp ('xpodaci{)n, de mo\-iJización yde compra v{'nta", p~'ovl'llientl'Scl€ la ('xplota­ción y e011wl'cio elel ¡.;aLtre y (lel yodo. y 11., .('nalqni:>t atro impuesto que ])Ut'da afe~c tal' a loo actos o contratÜ>.<; c€l.ebracloo entre pllar;' en cllnlplimi'>Il'o d{' las obligaciones l'l'cíproc¡¡¡,; qlW lff; imp011€ la presente ley, () 11 los dOCnm€lltos que otorgllé'n con ocasión do(' dichos actoo o contratos.

15.a SESIOX EXTR.AORDINARIA EN' JUEVES.:2 DE ~OVIEMBRE DE 1933 591

L.as ofieina.s salií,rt'ra¡; paraliz.adM :r SlllS

terr'enos, los t",rreuOti r>ín planta de €laho­ración, las (~on('et,;ionet; fiscales :r obras por­tuarias qn" ])0 e¡.;tnvier€n €Il lUSO, t{u€darán libN'sd2- toda c011tribnción fisc8 1 que afec­t.e a 106 inmueMes".

Artículo 21

El artÍl'ulo 21. be aprobó (,O!1 la modifi­cación, clp agT"'g'ar despn{'I'; de las palabras iniciales "I .. afl operaCiODf':S" las ¡;jguient-es: "y utilidades". borrando la palabra indus­triales", c1e¡,;-echándOtie la indicación de 108 señor'es Parodi, Cácerf't~ :r otrOlS.

Dí~e el artículo: "ArtÍculr} 21. Lah opPTaciollt's y utilida­

des d{' la& -eIllpr{'f;aS adheridas que no co­.ne"pondail a la producción ~. movilización de salitr(' y' yodo. como las p¡,oyeniente.-; el.' la t'xplotaeión de otras rsubtitaneía6 cont.enl· das en "tu;" t~l'n'J1O,;;, fábrica!'; indutitrialt>t; de SUb¡H'o{[ndos, <)ctividadffi Jllim'l'a~. ferroea· rril·ffi públicos n ot::-a6, que-da!'án gTayaclm; C'Ül1 las eont.ribnciones qn-e correspondan a ffias adividad{,6. 01 conformidad a la¡;; li'Y"s gellPl'alet-;. para lo eual deb<>rán llt'yar con­tabilidad I".~parada cl-e dla". die acuerdo con ~1 reglam\'nto que diet<:' el pl'(~~identf' de la República.

LaJ'Y empresas productora!'; qne fU-erf:ll uue· ña6 el.' fl']']'f)co,aITiles públicos abonarán a (~S­

t06, con eargu al co,,,to industrial, 106 flete!'; ",olT.esponuient2fi a su salitr", y yodo t.rans­portador';. ,le acuerdo con las tarifas genera­le" apl'c>lJa,lar; por el Prp¡,;id .. nté ele la Re­pública" .

TITrLO IV

Liquidación con el Fisco, deudas romunes de la Industria Salitrera

Articulo 22

El a rtÍc-ulo 22 i'{'. a probó con las fiiguien­tes indicaeiones prf'Sf'ntadas por ,,1 R>eñor }Ii­nistro de Hacienda:

Pa¡·a agregar f'n f'] ill~it;O 1: o las pala­bra_,; "cxplot.aeión", <kspups ele la pala­Bra "ocupación", {'n la frase que dice: "e illdelllllÍzación por ocupación de tRrrenos fiscales .pagadas por empres.;;; salitreras".

Para comenzar d inciso 3. o con las pala­bnu;: ¡'durante el }JI'f'&ente año calendario".

Para lll(){lifi';ar el incÍbo l. o eomo sigue: "El Fisco percibirá de la Compañía de

Salih'e df' C'hilE', en Liquidación, de The Lantaro Xitratf' Compal1y Ltd., y de la Compañía >'Salitren\ ~\nglo Chilplla, P11 el mio 1933, 14:0 millOl1Rs de p-e6D6.

SP!'{lll dt' abono a -esta ealltidad los derf'­cJlOtS dR ('xportación de 6alitn y yodo per­cibidos por el Fit;co, lo¡;; del'{'chos por par­ticipación -eH eonL'atot'i de explotació1l de empre,,;as :'iaJitreras, lOfi lmpn'-'htOfi fiscales, ~tc." y

Pa¡:a ag-regar al inciso 5.0 la frase si­guiente:

"Se exceptúall de este reaju6t-e las em­pl'elSatS que- tengan ('n la adnalid'ad COl1tra­t06 {'¡;J}t'~iale", l'on f'l Fisco sobre producción y "€nta d€ sa}it1'f' y d", ,yodo".

Lato; (kmú" indieaciolll'" pre.-;2utadrit; a es­te al'tíenlo fnenm u\'st'ehadu6.

El <Id í('u]o <lU0d6 aproba.do en la forma siguiellt<' :

"ArtÍenl\) 22. El Pi,-;;::o pe:'l'ilJirá de la Compaiiía el:' ~ajit1'e df' Chil{', -en lir¡nida­CÍÚll; ü-e Th,(' Lautaro Xitrate Cía. Ltd" ,l' ch· la Compañía Salitrera Anglo Chilena, (11 d añn U}:33. 110 rnillour" dp pesos.

S<'l'ún de abono a ('¡.;ta eantidad los dt'r-e­cJJ(l:; <le {'xportación (k "alitrf' y yodo per­cibi{l();~ por el Fisco; los del'Bchos por par­Ú('ipilf.'iólJ t'll eouL-ato de explotac:ón dp em­presas t<aLtr .'ras; lo;-> impuestos fiscaleS a la l'{'uta y t>obr-e bi{'ll('~ raÍ('es e indemniza­cioll€s pOl' of.'upaci6n o pxpíotación de ter1'e­llOH fisealct> pagadOb por empresas salit!'{'­ral>, todo u,'nt1'o el",l present·e aiio cal-euda­i'io, y la mitad de loo clert'chOri que corres­pondan al 1":8co por su 25 por ciento en la Corporación, -ell d aúo fialitr{'l'o iniciado .el l. o de julio de 1933.

La Corporaei611 queda fllf.'uHalla para con­tnw¡' las obligacioIlf'S neevsariar;, a fin d-e <"ompletar \'l pag'o de los 14:0 millonet; de W';()t;, ant:'/'; (lt·l 31 de diciembre próximo.

Durante {'¡ pn-.,...,('ute año ealenda1'io se dffitinarán a cOl11plf'tar dichot; 14() millo­}1('S {le Pffi{)b o a cancelar las obligacione-s qlW hubiere contraído la Corporación co.n est.p, objeto, las utilidades <1 e t'r;ta. corl'ef>·' ponüienÜ' a loo industria.les.

Si la;;; utiiidad"'f> de,.;tina{las al pago de .; 0-

,. ;~

592 CA MARA DH DJPüTADOS ======~========~~========~==========~==========~==-~

I 1')~ ta obligación, no fueren suficientes, ~. apli­ciará a dicho pago, despu€ts de canceladas las obligaciones a que se refiere el artículo 27, el valor que d·eb·e abonar la Corporaeión a la,s empresas productoras por su existen­~ia de salitre en Chile, de acuerdo con los artíeulos 11, 17 Y 19.

En el r3ajuste de situación entre las em.­presas productoras, &e consi.lcrarán estos pagos en forma d.e que cada una contribu­ya en propo:¡cióna los cuotas de v·enta que les corresponda.

Se exceptúan de est~ reajuste, las empre­sas ,.que tenga en la <1lctualidad contratos e;:;peciales con el Fisco Hobre producción y venta de salitre y de yodo".

Artículo 23

Se discutió este: artículo sobre la base de la siguiente pregunta del formula:'io:

"¿ Se mootienen loo B>nf:1S Secured fisca­les, hasta en qu~ cantidad?".

Vu·e1Stra Com:sión acordó mantener estos bonos salvo los corroopond:{'nt~s al año 1933, que se eBitimó que no podían S't'r recono­cidos por cuanto la Compañía de Salitre de Chile dejó de tener existencia de heeho cl 2 de enero de 1933.

En consecuencia, Sf ac·eptó la id·pa con­tenida en las indicacion~ formuladas pnr los ,seño:-es Castelblaw'o. Ortcg'3 y Sotoma­yor, que inciden -en ffit-e artículo y en el 26, y se d€Bignó a los Bf'ñoY'ffi Alfomo, Prieto y al señor Snp?rintendf'nte de Salítr-e para qu-e la redactaran, ins-ertándola -en ffite ar­tículo o en otro del proyecto.

La Subcom:s,Íón pr",,-entlí su redaceión que fué apl"obada con l¡g-eras modificélCiones.

Quedó el artículo redactado, :-D consecu-en­cía, como sigue:

"Art1eulo 23. ,se fl>{'ela"an exting-ui(lHs las oblig-aciones T~cíprocas derivadas ele la l€y número 4,863, entre el Fi"co y la Compañía de Salitr€ de Chib. dostruyéndose- 101'> títu­les de honos y acciones de ]a Ccmpafiía de Salitr.e ¡le Oh!le qu{' hu1)iTi l'''c·;>ido el Te­sorero Genel'al d~ la R('p.,'¡b1i(·'l. Sé' \'XC'<21.'­

túan (le esta 'dispM;'''!':):' b. r ':',: S:>enl'Nl recibid()" por -el Fi",ro.o :. :,":" "(t;Ti"POlldt'll

a los dividendos (f.('] ;,;]u In:;::, ,t,l'~m'iV30N

al Fis.eo por la cit3da '!",·:r¡¡ r·]¡Egneión

será asumida por la Compañía d-e Salitre d3 Chile, en liquidación, The Lautaro Nitra­te Co. Ltd., y la Com~ñía Salitrera An­gio Chil'ma, en la prCtporción qUe les co­rrf"sponde y que drtermnaría el Dir€ctorio de la Corporación. De esta r·esolución podrá. r.oclama·¡se ante el Tribunal Arbitral esta­blcc:do en el artícuJú 31".

Artículo 24

El artículo 2-1 fif acordó mant.enerlo, de­clarándos.e, en consecuencia, d€scehada la indicación d.ql señor Vicuña para suprimir­lo.

El artículo dice aS1: "Artículo 24. Se eondonan las eontribucio­n-oo Lscalet'l que adl'U(Ü'n las ofic:nas y te­rrenos sa,litrales al 3D d-e junio de 1933."

Artículo 25.

En d artíenlo 25 correspo·nden los siguien­tés puntes del cuestionario:

¡, "d~ considera en esta }€y trataJ;Iliento pa-ra los bo1'1\(o; Frior"? .

f, "Se conc0de moratoria para su servi'cio hatSta formar un fondo o capital ,para la Cor­porac:ón"?

¿ "Se f,ja en la ley el S>E'rvicio' de interest.s y am,rtización., s€paradamente" 1

¿ "Se haca acumulativo el interés"f ~ "Se hace slcumulativa la. amortización" 1 Respec:o al primer punto se acordó man

tf'/ler en esta ley un tratamiento especial para los bonos Prior.

El segul1'd..o punto se d3B-echó, quedando en 'comiPcuenc:a rechuada la ind:cación formu­l:,da por el Comité RalLcal, sin perjuicio del acuerdo que Be tome en d artículo 28 para mant2nrl' un f:,ndo de explota.ción para la Corporación.

Bl tercer punto Se urscchó. y en cnanto a los dos últimos puntos fI{'

il.:ordó diminar ,le· la ley la fríll"c qne prl' mi i e l' ,:e: J:>,l1 lit cifl', d.' intf'l'(,sf'" ~' am.rrrti zaeión de li'l aEn 1',l"a airo.

S" ~m]':"lÓ L: ;)),r"Al'i'~\'l d'l señor 1\fl1ñn? (:nrr~ej ~):,¡r:! ,<~~Jt¡'!1~~~ {~n el l1}'eI~o 6.0 ~}l

f',".'-l~f' qn~l ~l;"i) ;'dcn';.;itl1'do ~ns g·:~tflnfí;lc;;

Jl:'('e::~tn'la:1 'Ji!.' -,~ ;"f,j',-:C":n~' ~\~ tel'rnl:1~1i· "!J

15.a SESION EXTRAORDINARIA EX JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE, 1933 51:)3 -

inciso 8.0 con la siguiente frase, después de la qute' di{~(-: "oblig:ándose por .ellas"; "y otorgarán las garantías nect',sarii:r; para 21 ;&el'\'icio de 1I:s bonos", "11]>1'1mi6I1do-';0 el res· to del inCh'iO.

El articulo q1leda ]"(,-dadado a"í: "Artículo ~3. La CCl"poraciún tOlllal'it a ."11

-eargo por tll('uta de los pr()c111ct(ll'e.~, y ,e'Jl

los ,términos (,í-ite,·ble(·jdos ('\l la ]H'?';l'llte ley, el servicio (le [(~bOllOS llamado¡.; "Prior Sr" cured", emitidos por la Compañía ,de Sali tl':,· de Chil(;' dr a('IlPl'do ('on 10h ('Olltrat06 c1p ~8 de L'bl'el'o de H)31. !Jerod fiervicio ,Y amortizal'iún 10 har;l "ólo sobre aquello.;; b:'llOS cuycs t(-nedorp,s acepten 11\1'> modifica­ciones estahl ('idn" rll ,,~t:,. l('~' :' (,JI los ,COIl'

tratos Clnl' (:,lt-hre la C'O¡'p0l'Heiúil C011 los ,adualp" fitll'i(·oJllisario.s o con Jo,'; nn('Yo.~

que se dl'"ig-lli'll para .'in servicio ~. renUll' ci\'ll ¿¡ todo Ul'l"chepor :-alrlo de intereses y amortizm·j(ín c¡nC' resultt'lI ¡\lleudados por el período anterior d 1.0 ele ('nel'o de ]9:34, rlespués de Lli:,tribuírsr lo.~ fOlldo,..; el! po(kl' ,le' los fickieol1l il'iario~.

De tcdo ello debl'rá (12jarhl' tc¡.;tinwllio en los mismos bonos, o '(,11 los qlH' I'f'p'mitiel'en en fiU re,(' Illil 1 il ZO,

La ('orpo],(l('iún emitirá. ad(,ll1ú.~, bonos con ig'llale~ del'<'chos c¡ ue lo" c¡ lle se 1'econo­N'rán' a 10:'- n:no.'i "Prior ~eC111'1'l1", por :3 mi.lloneii cll' ¡[(llares, en CHllcelaciún de prés· tamos por ig'ua1 cantidad hechos pOI' inter, mrdio d(· la Comp&lñía Salitrera ~\.ng:lo Chi­lena, para las op2racioncs cOlljuntas de p,,­la, de· la Compañía ele Salitre ele Chile y de Thf' Lautaro N'itratr COmpall,\' Limitell, en {'l período dieiembre de 1931 a maifZO de 1932.

Al pago 'cL' estos bonos, tuyo valOr nómi­nal no podrá exceder de 52.000,000 de dúla-1'l.'s o su equivalente en otras monedru:; y hasta fiU total 'cancela-ciól1, quedarán afee­ta.". en la formal que e6tab12ce esta ley, las utilida·des d-el salitre y yodo que se extrai· gan de t·e'rrenos qne, el 2 de enero de 1933, estaban inscritos a nombre de cualesquiera df> las compañías nombra.das o que fueren ela bondos- en oficinas pertenecientes >C'Il la misma fecha a cualooquiera de e11a.s.

El servicio de estos bOllOS no podrá exce­d·N· de un 6 prr ('iento anual sobre su va· 101' !lomina 1 dl' ('misión y se devengará a ,tcmt~ d,esde el 1.0. de enero de 1934. Este

6 por ciento se destina.rá a pagalI', por se· melStres Y2n-cidOl3, el interl's anual que se ei.;tipule. sobr\' el capital adeudado y el sal­do a amortiza'ción,siu perjuicio· de la amor­tización e.x::traordi ll¡;,l'ia a que se refiere el artículo l!).

La Cl'¡lol'al:ión qUeda fal:uLtada para ce ¡,brar con los fideicomiharios de estos bonos los eontl'atoiS correspondientes, determinan­(lo el! dlo.,-; el interés, y su'; 'élemás términos y ['olldieiollcs inclusive la de depcsitar en poder de los fich-'icomis:i'!'ios, a medida ¡que S{', fuere produciendo, el 75 por ciento· de las lit i 1 ida,des ele la Corpura'ciún provenientes ¡ll'l salitre :- .roc!o afecto . ..; a esta obligación, lta-,ta eC:Jllllletarse,denüo ele cada año, el "cnicio at'l mi • .;;moti afi()o

La ('OI'[lCl'f¡ICíÚll no podrú emitir ni servir otJ·o,,, bOllO,~ (lUl' los indicados en :>1 presente­artí('n[o.

Bi se disohipra la Corporación sin estar eallceladc.'i los bOllO~, esta¡.; obligaciones que· (lal'ÚIl ar-;lllllidas por la Compañía de Sa·li· tl'(- d(' Chile. l'll liqnidaci6n. Th,e· Lautaro l\'itratp ('olllllan.\" Limited r la Compañía galitr?ra .\n,C!']o Chilena o ¡;;US sucesores en los tenenos ." oficina,;; afe:ctos a su pago, la¡.; que deberún haeer {,l depósito corr€spnn­tlipnte en poder de lcó:> fideicomí.'iario8. Es· tI¡¡.; Com ]lañía,~ concurriráll a los contratos que se cC'lebrf'll por la Corporación con los fiüelcomisario,s. oblig'ándose' po,r ellas y otorgarán las garantías n~"cC'GalriaB para el servicio de los bonos.

Bstas obliga,ciones ¡;;e cou.siderarán in'cor­poradas a toda tra'llSf€l~ncia que se hiciere sobrr terrenos y oficinas afectos al palgo, anotándose al margen d.e- SU inscripción y en rl Registro de Gruyámenes corr,:,spon­dienveI".

Las otrc;t; illclicacionf's formula,das para este al~tículo quedaron sin .efecto por s<'r 'contrarias a las proposiciones de cará.ct.~r

general aprobadas

Artículo 26.

El artículo 26 relacionado con el 23 y después de la forma en que- se- aprobó este último artículo, no sufrió otra, variaci6n qu~ la refer-enoo a la Jllodificación cOll'templa-da en el artícu10 23 sobre lot> bonos Secured del Fisco.

38. -BnraordiDarial.

59,4-"'_==C~C~~I.

CA1'vlARA DE DIPGTADOS

Quedó redactado así, {léti,!:'{JHíndOtip las ]]1.

dica'ciones formuladas: "Artículo 2·6. Laíi obligaciones a{~tlla¡mell'

,t,~ rl"lll'csenta{las por bonos "Secul'ed". em;· tjdo,~ por la COlllpafíía !l(> Salitl'e de Chil,',

{'Il pago {le delllla¡.; o aiJOl'tes de acu!:'l'c1o con {'l ¡'onÍl'ato dp :2S dI' fl'brt'J'o (le 1,981. q1H" ¡]nrún :ll'illmidos. a la L,dm a? orgalliziH:ión

<le la CorjJoracióll, como obligaciolles parti 'euJares, por las Ccmpaíiías dOlHlp I'nt']'on OJ'igilliit!O;'; () ¡lO]' 1 :1', Compañías ,~llCf'.~Or;IS

(11' lo,,, adiyo" {1,' {',.;tas Compaijías. I"ill la garantía con que fll{'!'OlL elllitieln..;, tUl' bu· JI'S Set'lll'l'(l (kl }<lis('o t:'llt!l'Ún rl 11'atamieJl' t'l <¡¡¡("les sffíala el :lrtí('ulu ~:3 (le ];¡ Ill'(",;('\1·

te ]"y, Lo,s [('III',101'('S de bOllOS "Prioi' S<'t'II1'I',I1",

:'Illiti¡]o,'i ,'ll ¡¡¡lito elt' a)lortl'ti o (lt'utlii's, "i· l11nJtÚlll'alllentr ('011 ot I'a l'allticl,i(l (1" bi)~

¡¡O,., ":-;t'('l1l'pd". d~'l)(,l'Úll ~lltl'('gHl' ('a IH'eln 11 o,..;

a la ('ol'pul'aeió,n, al t'feetu,ll' la ae:'p1,1:t'í(l;1 ;" J'pllUlleí;;, de ,deJ'{'('ho,,, H <jn:' i"t' ]Tfi,'1'!, e(

HJ,tín¡h 2:), In ('¡¡Ora j)1'0IHll'l'illllal de hOllo:; "8r'l:11l'{'¡j" y j it'f'llle, ~,dYO l¡¡¡P ('Sicl l'¡¡otu la hubie]'pn ya Plltreg,l(lo ¡¡ In \'Ol'po]'(ll:iÍlnIO,.,

rps]lPl'ti y()~t t'll ?,(l Ol'es,

BIl e<Jsn ,le ¡¡ll<' pi total () parte di' di('ha C110t:I' ha;.'a ,,,ido entJ'pg'ill1a a Ü'l'('pr:ls, 6"(11'\

no Ih"J'C'ihil'iIlJ :-;(,l'\'ieio ,s"bl'l' ¡p,,, bUllO" ":-;".

e!lJ'('rr' 'Ill!' IHI,'-;:"IIl. Ilf'!'o li!:'; í'lllJlI'('SaS d()lí­

de tnlp,,-; bOllO, f\1prOll originildos lIl<l1ltell'

dJ'ún I'n ('artel'a. para '-;11 t'allj" po!' lo,; t'X­

lJrooados bOllO" ('11 ]lo,ell']' dI' t:'J'ee!'(),s, 1;1:;

nu::~ hU, o bfi ga e i 011 PI-; (111:'. e1 (' ;1('n PJ'( lo (' ti n ('1 al'1"~.::!ln ;lfi (le esb lr,Y. pn('(lall <'miti!' f'll SlI reemplazo. )' 'flllP' Pl'opol'('ionahl1E'llte les ('0· l'l'l'¡';}Jondnll,

1,n (;orporaeión ('ntrrg:arií {'Il ('alllhio c1~

lo,,", bonos "Sp'cllJ'ed" qllP SI' 11' 11;'Y1ll'1"'lll.

cl'rtifica(lo ,con te¡,ti1llonio di' "\l 111 111:0, de la Compaí'íía {1 0]](1 e, fne1'Ol] l,rigilliHlos ;" (le la p:~J',~Oll;¡ que lla lweho L¡, ('Jltl't'g'il. ~' tlar:'J avi,~o a la ( umpafíía fjdP, ~('gúlI lo tliSj)l!{'t;

to {'n 1,1 ine;,Jo 1.0 dp I'.';t(' adí('l1l', ('01Tl'~­

pondipI'e la obligacíóll, pa]'a ('1 \ redo de] ¡'p. conocimÍ<'nl0 11:: Jn obJigal'ióll j'{'s!li'('iiva a fa,v())' de la persona qllP hllbi('l'p ('llt1'('~uHl0

Jo,.; bonos l'epn'spntatiyor; (lr' ('lla".

Artículo 27

El al'tícul,o 27 sr aprobó con algnIlL!s mo~

eiiieaciollril dl' rf'dacción,

Die" W'iÍ:

"Ar,tículo 27. La Corpol'ación ]HJ!.!,'ará por cu€nta d" la Compañía d!' S cltlitl't' de Chile, en liquidación, (le The Lautaro Xitl'ate' Com­pan)' IJimiteü ,\' dl' la Compafíía ~alitrel'a

Anglo Chil{'na, h¡¡" oblig:aeiollPs il fa \'01' del Baueo, C:>nt1'al de Chil!' (,olltraída..; por {'.s· ta,; l'lllpl'P¡.;a;., Hlltl>;'; <1,' que la (',l'porHcióll iniciara su" {)]lel'acioll('~, Este pag'o 8e hará d('I,tillii,llt10 il (']Jo hasta sn total C'allcebejón, ,'1 yaloJ'qUl' t'Ol'l'(',sJlonda ;¡ l'st;h~ ('olllJlaíiía.s ])()]" fiUS existeneías (le fia litt'e ,'n (;hill', en ('()lJfOrllli(lad eOil lo1'i artít'lllos lO. 17 Y lD Y "in pel'jnie,io dd 1'('ajuste tll' ''.stas lleuda;s,

lltl't' pIla", ('11 In propoI'ción que' a (:ada una l'OITp,-;ponde en p,a" oblíg'8ciol1"s",

Artículo 28

El artil'lllo :2", ,,(~ Hpl'obú i!e:'plúll,1Vti'e llna j:lt!iti!l'ión del ;;piíOJ' :\1 illi",tl'O de Hacipl1tla ¡¡¿Il',,' eOJ'regil' lllJ eJTOl' ,(le ('ita ~' agTrgáll­dos,' por Ji! ('()lJJi~iúll elo", illl'isf" rillale'. <111" ti"lll'll po]' ('j¡.idn il,'-rglll'ill' UIl I':qlital lk :'XpIOtil(,ilíll a la COl'])(II'<1(,i()1l t1ul'H1He d til'lllJlP f[\1(' dUJ';1 l¡¡ 1it1'litlnciúll d,' lo" ,~T()('l,,,

~' "j¡'lllpI'(' '1\1l' lJI\ ,"'il pOl' mú" ti" lO ailoti. Q[tf'tl6 e¡ :Il'tíl'illo n.sí: ")ntí('nlo :2f;. ¡\ Jn f('('I1<1 de illi(,j{\l' la Cor­

!'ol'ati(m ~l1s opt'l'i!('iOlH'S, :.;{' ¡ll'il('rit'al'ú la liq\lj(l;¡(~i(rll r !'(',Ijnsted" sítna('i()]l e:ltl'C la ('OTllll¡¡üí;¡ de ~aiitl'" ele ('hilf, Th(, Lantal'o Xi1nJtI' ('Olnp,lJI~' Lil11ite(1 ~' Compañía SaL t['en: Anglo' (,hilen!!, PBl',1 p"labl,'ci'l' las I'Xi,<tplleiw., r1P ,.,alit!'? y ,\'ot1o en (~hile y I()~ ,tI<,I'('('ho,-; sobr(, <'xÍ.'itPlleillti ('11 .,1 i'xtl'an­.in'o '¡JI;' a eadil [lllil j1Pl'tplIf'zeail. 1 r¡lllÚ n t.1 o'

!'.(' ?lIel1l'lIj;¡ ]il~ Yl'llta~ ('11 {'xt'P'in 'iobre sn,s 1,('-;p",(,tiYll:; ('¡101m; '111P SI' Imbit'n']1 Jll"(']IO en

lo,'i e,jf'I'eiej;'s illlil'l'ion'.'i,

Los tialtlos fll1<' l'('snltHI'('ll t'1111',' COllllla­

itías. lk"lllH~S ¡Jp pI'Heti('lltlo p] l'P(!,justr a11' tniol', K¡> 'ellhl'il'Ún, (k"..,tinúnt!ose a ello, el y,¡Jor dl' la,'i\'xi"t:'lIl'ías (le .'ialítl'i' ell Chil-e 'lne la COl'pol'al,itÍll l¡phe ]la g'a 1'. de acuerdo ('c'n lo" nrtíelllo,'i 10. 17 Y 19. todo sin ¡)(>r· .)llICI:: (1(, los vago", pl'pfil'putpS a que t8m­

hi6n I'~t(¡ ohlíg"l'd<l en ('onfoI'mida,d a los (Jl'tíc:ulos :2:2 ~' ~í.

Sill eH1hfll'g;o, :'stos sal(loK qnl'dCll'án en po· del' (le la eOI'j)or¡j'eltÍll, pOI' ('lwllta dI" las COlllpafíía." () el11¡)l'e¡.;a,'l l'rspediYH,';, hasta ]a

total liquiüación d¡> los a.ctna].:f.; stocks, no

15.a SESJOX EXTRAORDINARIA EN JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 1933 595

pudiendo, rl1 ningún caso, excl'dt'l' de] plazo d:> 10 años COlltIN]O desde la f('cha de la pl'O­

lHltlgaeiún de la prrMente l('y, Lo;, ,;<lld(),~ r,fPJ'idol'l ganal'[¡ II Hll inr,'rés

hasta ¡[,,! 4 pOI' ei,'nto illll1:11i. qm' .srrún va­g,ll!o;,; po]' <lnl1ali(l<ulrs yeneidas. y SerY11'<l11, [lrincipalluPlltl', p<ll';1 :'fel'1nm' 1: ¡-; anticipos a qU/' se refierl' p1 H;tículo 10",

('Oll \:1 illlrolnl'iúll (11 artínllo CH la fol' 11l1ii'('f"l'idtl. 111.-.; <1l'1I1;í" indi"¡¡('i011t"" M' die-1'011 ;)(,]' 1','('llaZIH111I'l,

Artículo 29

El 'artí('uio ~!) st' aprobó, a('('ptando nna illrli('a('¡úll ael S"I-lO]' }fini¡.,tro ,1r Haeipnc1a para l:Ol'l':'g:ir l\lla ('ita.

El 11 l'tí ('ul o l[lll'dó así: "..:\l'tíeulo :!0, Lo" saldos de ])r('('ios y utili­

lla(1,,:-; (1l1l' ]'I',.;ultan11 <1" la aplicación (le lOS Hrtícnlo,s lO, 1í ,\' 10 ,..;ohn' las ('xi:-;tl'nciar; de S1I I it ¡p en ('hile 1'1] Lo ele .i nJio de 1933 (111(' ('O íTI'SpOllt11l Il las cm prpsa ~ productoras d(,sl}\H~,~ d, hl'l'l!O"'; loti pago,.; llreferplltes a quP ¡';Z' rdi"l'('ll ,'S(OS ilrtí('lllo" y 10<; númc'­]'0, ~~, :!.í Y :!.M. S('I'i111 dl·,ti1l<1<1o:-; 11 abo~

!lOs id (~ailit1l1 dl' la,o; "hligaeiollP:-; ."in garan­tía o tjll" 1[1]('<1"11 "iu ¡!'al'antía ,'n yi1'llld (le ('"ta l('~', ,\' q W' l'(,COllozcan (lic]l1n {'mpl'l'l';as ji 'l'Yl'lllt'ntt'" di ('r('ditor; d,' aCeptación, pa­~HI'(>S. giros ~' so])n'gil'os cOll\,pdido,.., para la ]J]'()(ltH'Ci(;1l ~' o]lt'l'aciolles de ella.., o sus a11-

t"l'('r;orp-;'n IH fonna y IH'Ojlol'ciúll (!lle il\'l1l:l'­

(1en ]0':; ]ll'odneto1'Pr; o la \ 'omi"iún Liqu.ida­dora (1<, la ('olllpaílíh ([" ~alitre (](' Chile con rli\'hw; i]el'l'l'r1o ,('S, La (listl'ibucil')ll '111 pI'O­

P01lg,¡ (1ie]¡a ('omi,;iúll Liqni(lac1ol'a üebc,ni Sl']' act'ptada por los II(,I'{:l'r1ol'('s l'l'fl'l'idoti en 111la .JllIlÍil Espeeial. qUl' 'i,' cl.,le!Jnll'[¡ ,'11 .el plazo l!ll(, <,r;tablt'ee el ill('iso ~,o d"l artícu­lo :¡;í. d"J¡ipllllo 10,,; al:llt']'(lo,.; (J:., dicha .JUll­

ta S·,']' aprobarlos po]' ulla lllay()]'ía del 51 pOl" ciputo (!C- lo,~ l'rpdito~ coneul't'entr,,',

Las ill(lie,ll'iollC,; fOl'lJl1l1arla~ panl ~l1'11ri­u<11' (',.;te; al'tíC'.ulo ([U('dal'on. ('11 (',ol1spl'll"'neia, "in efecto,

Articulo 30

No ha sido obj.Pto de indieaeiones ni de JI1odifieaC'iones el! d segnn(10 informp '.

Dier a,:;í:

------

TITULO V

Liquidación Compañía de Salitre ·de Chile. Disposiciones generales y transitorias

., >\ ],tíenlo :10, Qu(~da cOlll}wendida la ü<>r­j)ol'IIl'iríll .-:lltl'" las entidad",.; autorizadas pa­ra obtl'lll'l' eré(üt(lf;CO!l al'l'('glo a lo dispues­to (']] la 1l'.\' ;),185, Esto~ cl',',ditos serán C011-sirl(,l'Ill]Oo; dl"lltJ'O de la l'no: a dpstinada po~'

('Sil ll'~' ;] la Compañía d,' :-;alitre- dr- Chile, ('11 l il) uiel;] l'ión",

Artículo 31

Xo ha "ido oh,j<'to de i11dicaciones ni de llli'llifil'Hl'ioll\'-; "n la ('omisión.

QI:."rla a.o;í: "ArtÍCulo :l1, :-;('t'Ú l'e"uelta por Tribuna­

l, ,.., !ll" "\l'hitra(lol'l'S cOlltititnídos (>n la for­llHl lJ u,' ,..,e l''it¡¡ hkzea en los Estatutos, toda CUt'r;tit'JIl <>l1tl'l' In COl'}lOración y las emp:~­S¡lS ;¡dhpl'idil" .\' la,.; '1UI' adhid'an ('n el fu­t111'O".

Artículo 32

Xo fU!: llloti\'o ti illlli('<\,'ione/o; ni ele mo­~1ifit'ill'inlll'" "11 la ('omisi.ín ~' 1'11 consecuen­('ia q\leda a~í:

"Artíf'l1.1o ::\:!, }[odifíl'<ll1'i" las atl'ibucio­J]es ~- rlebo'('" ,1" la SU]lPl'inteIHlencia d,el Salitl'p, de ne]H'l'clo con .Ja" clispoRiriones de la P]'t's"ni J p ,\',

La¡.; l'lIljlrl''''¡'¡~ ])l'Opo/cionaJ'úll a la ' Supe­J'jllhllllencia todas las informaciones que le'i soli('ite ~' otorgarán a .~n personal las fa­cilidades lll','e ... al'ias para ",1 "xamen de lot'! libl'O,>; y pilril eff'ctual' comprobaciones de C'nalquiel':1 naturaleza. Las empresas estanul ohli¡.!'ada s a Ileyal' .su eon1nbilids.d princi. pal (']] Chil.' ~. ,H castellano.

El Prr'sidente dr la República, oída la Rllpr]'intendellcia, podrá' aplicar multas hall­ta de 50,000 pr¡.;os por la" l'ontravencione« o' lo' I'itabl~cir1o en el inciso antrrior.

Los r1ato~ que recoja la Superintendencia ,~erán e~t' ,ictamellte confiel, nciales",

Artículo 38

No fué obj€to de indicacion~s III ele' mo-

596 CA~fARA 'DE DIPUTADOS

dificaciones en la Comisión y t'n consecuen­cia, queda así:

"Artículo 33. Las Elllpresas o sociedades qUe ,(1USBCn retirar el activo y ,el pasivo que hubieren aportada a la Compañía de Sali­tre dr Chile, podrán hacerlo en la forma y ·con los requisitos siguientes:

a) Las peticiones die! retiro debe¡'¡án pre­prp>:entarse a la Comi.,¡ión Liquidadora de la ('ompañía de Salitre de Chile dentro de un plazo de treinta días, que! -empezará a contnr"e noventa días d espué"s de la fecha de ,Sll pu.blicación en el "Dia,rio Oficial" de los K~tatutos de la Corporación. Dichas 80-

lieituJes d-ebebrán ponerse en conocimiento de 10" acreedo: ¡ec;¡ anteriores del ,solicitante.

b) N o se alterarán por el retiro los actos y contratos l'l"galmBnte ejecutados o cele­brados por la Comisión Liquidadora d-e la Compañía deSaJitre de Chile, en cumpli­mirnto a las disposiciones de esta ley y de las leyrs númeTos 5,133 y 5,18'5" ni las ga­lrantías -establrcidas por ellas. Estas garan­tía·s hls aflictarán en la pa~1te que proporcio­nalmente les corresponda E'n las l'~lsp-ectivas obligaciones.

e) Gar<1lltizarán, en la pa'rte que a ella.g les corresponda, el pago d-e las obligaciones contraídas por la Compañía de Salitre de Chile o por la Comisión Liquidadora y de­más obligaciones que por -el retino debelIl asumir. La cuota qu-e corresponda a las em­pr('f:ia¡;, qllR se retiren, en las actual,e:s ·exis­tencias <loe salitre y de yodo, las que reajus­tarán y liquidarán en la forma establecida en esta ley. se aeeptar,án en 'garantía, del todo o parte de estas obligacion-es y de las que: tengan -en favo;; de acreedores anterio­res a. su ingreso a la Oompañía de Salitre de Chile.

d) Toda dificultad que se suscite entre la Comi,sión Liquidadúr,a, o la empresa o sociedad que: solicite su retiro, será resuel­ta por u.n tribunal- arbitral, compuesto de dio" per,sonar; designadas una pon cada pa1'­tt y de un tere-eroen discordia designa>do de común acuerdo por éstos ú en easo d-e desacuerdo por el Presidente de la Corte Suprema. Estos árbitros tendrán el carác­ter d-e arbiÜ1adores".

Artículo 34

E6te artículo 'Sufrió diversas modificacÍo-11lS introducidas por la Comisión en su S€­

gllnd oinforme derivadas de una indica~ión del :,;eilor l\1uñoz Co;me,jo y que se encuen­tl'all incorporadas en la parte final del in-

. ciso 1.0 Se ac-eptó, igualménte, una indú;ación deol

'H'UOI' .i\luU:oz Cornejo, pa.ra agregar un in­cino final.

El artículo quedó así: "Artículo 34. Dentro de los 30 día.." si­

guientes a la fecha dE' la publicación de la lll'.",ente l"y, tie procederá. a liquidar las !'e­

laciones que han -existido entre la Com­pa iíía de Salitre de Chile, The Lautaro Ni­Late Company y la Compañía Salitrera An­glo Chüella. La Comisión Liquidadora ,de la Compañía de Salitr.e: de Chile queda fa­{'nItada para suscribir todos los contr'atos y ejecutar lOts acte!,s necesarios para la se­paración definitira de dicha" Compañías. Se le fatultaeslwcialmellte para canjear las acciom:s de la Compaiíía Salitrera Anglo Chilena y la.<; acciones ordinarias de Lauta­ro Xit ¡ate Company IJimited, por las corrcs­pOlldielltesacciones ordinaria:s de la Com­pañía de Salitre de Chile. Antes ete: pro­tedel" a este canje, la Compañía Salitrera Anglo ChilJ3ua .Y The Lautaro Nitrate Com­pan,\' Limitc,d. d,E,berán reconocer y garan­tizar el pago de la" obligaciones que le.s afecten de acuerdo con las dispo.siciones d~ la ley y las que convengan 1m los contra­tos ,'espectivos.

La cuota qu.e' les corresponda a estas com" ]HlñÍas o -empr€sas ,en las actuales existen­cias d:e: salitre y yodo, después dé pra.ctica,­dos los reajustes y las liquidaciones en la forma establecida por esta ley, se aoopta.rá en garantía del todo o parte de esas obli­gaciOnlEIS.

La Comisión Liquidadora de la Compañía de Salitre de Chile, continuará' r~pJlesen­tando las acciones ordinaliÍas de la Compa­ñía Salitrera Lautaro y las acciones de la Compañía Anglo Chil-ena que no huhilf'Ten sido canjeadas, hasta que esta operación se efectúe".

15. 0 8ESIOX EXTRAORDINARIA E~ JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 19:J3 597 _..:======-==== ---~'-"----------~-------~-'-- ====-====

Artieulo 35

El al·tículo 35 quedó aprobado en la for­maen qu,c figura más adelantle', €n qU€ se encucnhan incorporadas las indicaciones for mulada", por los señores :!\1uñoz Corn~jo, Prieto Concha y Lira "(Trqlüeta y Alcalde. La indicación de los señorf's Dussaillant y otros, para agregar dos incÍlSos al artículo, fué aprobada ·en la parte que se refier~ al primeo de dichos in"isos; 'pero rué modifi­cada en la torma en que figura en el ar­tícn.lo en qu~ dicp.o inciso tiene el número. . Tlas demás indicaciones fueron dEsC'Cha-. da.s .

.. Artículo 35. El activo qlW quede de la C{)mpañía de: Salitre de Chile, en liquida­ción, una VJ>Z segregadas. las ,empresas que hubieren ejercitado el derecho que concedle: el artículo 38, eliminadas de dicho activo las aceiol1ffi ordinarias de Th~ Lautal'O Nit:1attl Company IJünited y de la Compañía Sali­trera Anglo Chilena y efectuad'orS los pa¡ros prefer"l1tes y reajustes que i~stabl'~cen los artículOB 23, 28 Y 29 de e<;ta ley, será alpor­tad o a una Sociedad euyas aceiones se dis­tribuirán a prorrata ~ntne! los accionistas que queden de la Cúmpañía d-e Salitl'le de Chile,en Liquidación, y cuyo pasivo -&e con­vertirá en bonos que serán s.e·rvidos sólo €n r1 ('fl'SO de que hayan utíli.dades y qu.~ serán disfribuídos -entre loo acre('dor~s Ifn la for­ma i(ue proponga la Comisión Liquidadora, manteniéndose las 'obligaciones que afectan dicho activo de acu-erdo eon esta ley.

La distribueión die' los bonos d~bcrá 6er !!.probada pO:1 los ref-eridos aere~dores. Para este efecto, dcntro de los 60: día.s después d!' publicados ~n Id "Diariü Oficial" los Es­ta-tntos de la Corporaeión de Ventas, la Comisión Liquidaclora Jos citará a una jun­ta )!pneral que SI' ('plpbrará en Santiago ,des­pur" diE' 30 días d~ la eitación. La citación sprá hecha por dos veces ,en diariO€ de San­tiago. Nueva York y Londr-es. La Junta se celebrará ('on 10.<; ac:tePdoJ'le:s que concurran y JOR acu.('rdos quP- sr· tomen serán obligal­torio" para todos pll0f3. si fm~ren aprobados po!' tlna mayol'"Ía de más dd 51 por cí~nto d{'] va10r de los créditos concurrentes.

Para cómpll.tar esta mayol1Ía, los créditos en monp.da ,extranjera ~ considerarrán al

«ambio oficial d~l Banco Omtral de Chi­le.

Con las mismas solemnidade'l, la Oomi­sión Liquidadora podrá celebrar transaceio­nes o convenios con los aereerlores, a fin del' eliminar o 11e·ducir c:·~dito.'l m~diante la trRl1hfen>lleia de parte del activo.

La organización de- la nueva Sociedad, se­rá ,ometida a una junta gen~ral rue· accio­nÍl3tas preft-l'ídos de la Compañía de .Salitre de Chilf', que se ee1lt·brará eon la concurr€n­ria de no menos del 50 por ciento de las aceioms de ~sta catJeogo"~a que fueron emi­tida.s, y S€ entenderá allrobada, siempre que reúna los votos de la mayoría absoluta de laf; aeCiÜl¡i s r~prest'ntadas".

Artículo 36

Este artíl'nlo i'ué aprobado, desechándo8e la indicación del tieñor Lois y quedando l"iin efecto la indicación del SPJlor Parodi y otros para suprimirlo.

Dicf'; así: "Artí .. ulo :36. En la reconstrmión de la in­

dustria salitrera, las empresas adheridas a la Corporación, podrán emitir acciones preJ'eridas, acciollffl "in valor a la par, de­bentm'es y obli¡ra(·ione.s dE'- toda l'lase, sin garantía espel'i¡¡l, caucionado>; ~on los de­rechos que a las em1'r0886 rorresponda con­tra la ,Corpol'a('ión o con eualquicra otra se­g·llridad. No ,..;erán aplicables a la emirdón de esto,> bo·nos y üebentnre¡.; las disllosicionCiO prE'-vias a la emisión ni las prescrip('iones s'o·bre garantía estableeidas en la ley núme­ro 4,5{jr'7".

Artí~u1o 37

En este artículo Sf' apl"obó una indica­ción formulada por el señor Lira Urquieta y Alcalde.

Queda a sí el artículo: "Artírulo 37. Las empresas adhPl'idas a la

Corporación estarán obligadas a adquirir los productüs, combrustibles, artículos ma nufaeturados, materiales y mercaderías de pl"odu('"ión nacional, en igualdad de eondi­CiOlll'S a los ('xtl'anj~ros, puestos en tierra. en pWéTtos salitI'CI'Os, después de pagado.!! los drrechos eJe Aduana.

Sólo rn easos calificados y con el voto

l'

CAMAHA DE DTPL'T ADOS ============~=================

eonforme de los Directores Fiscale~ I'n 1'1 Diredorio de la Corporación. pl'er;tada en ]a forma que determine el rt'glamento, po­drán las empret;as adheridas adquirii, de pro­cedencia extnilljt'ra. los artíéulos a que se rp.fiere el ineiso allt('riol'''.

Artículo 38

Este artículo 110 ha sido O'bjt'to de- indica 60nes ni de modificaciolles e11 la Comi­sión.

Diee así: "ArtÍéulo 38. La Corpol'aeión o las ('mpre­

;'las adherirlas a ella deberán contratar todOfo sus s('gnros en Gompañía~ ;)a('ionalps de Segu1"os o Ag-e11éias de Compaiíía¡.; Extran­jeras. autorizílCla:.., E:'11 ChilE:'. "ipmpI'e (llle ']as ('ondi\.Ü'Olles en Q1H' ellos ~(' l"OIlYOlgall. ell. -espeeial las que tellgllll relación (:011 las ga­rantías y tarifR,,; cJ{, los mislllos. sean a lo l1H'110'l iguales }l lit'; que pndi?l'an obtener~(' en el mercado extranjero dl' seguros.

Si la Corjlo!'(l("iÓll contratara ¡,ns segul'O~

{'oH COl1lpal!ía~ ;\aciona].e" o Agpncias rk Compañías Extralljeras autorizarlas Cll Chi­le, éstas debpriíl1 proceder (le acuerdo y (~Oll

la aprobación de la SuperilltC'ndencia de Se guro:" y Sociedac1('s Anónima~. en todo lo q nc se refiere a la emisión y yig'pl1eia de las pó­lizas respechnls.

Artículo 39

Etite artíeulo H' aprobó ('onjulltamentc con Ulla indicll('ióll de los l';PllOres Lira lrl'qui,eta -;.- Alcalde. ]Jara agregar una ílldicacióll re­ferente al yodo .r una indieacióll df'l SellOr lVIini",tl"o de Haeienda, relati"a <1 c.ambial· la fl'<,\se final del irwiso pl'Ímet'O. qUf' die,': "más el 5 por ciento" por la de "al ¡ll'pcio que fija el Dil'{.~dprio, etc.".

Quedó el artículo así: "Artículo 39. La Corpol'aeiólJ de Yentas

queda obligada a entrE'g'ar a la Caja de Gl"édit'o Agrario o a otras instituciones que el Presidente de la República determine, la cantidad de ",aUtr,e que se necesita. para la agricultura del país, al precio que fije el Directorio con acue.rdo de los representan­tes fiscales.

En las mismas condicione.s entregará tam­hi€n al Instituto de Crédito Industrial y .a la Caja de-, 'Crédito Minero, siempre que

10 soliciten. hasta 10 toneladas de yodo anuales en total. destinadas 'ya spa a la Be­neficl'ncia Pública o a las industrias na­c:ionales, y para S11 consumo en el país".

Artículo 40

Este artículo no fué objeto de indieaeio 11 <'8 lli l1lodifieaeiones en Comisión.

Die/.", a!;í: "~\rtÍculo 40. Sp prorrog'a ha~tll el ~O de

junio de 1934, el plazo a qnp~\' n-fiere el iHií(:ulo ::l.0 de la ley nlullero ;),1:33".

Artículo 41

~(' aprobó ell la sig'uil'tlte fOl'ma. con lllla

modificación el(' l"Nla(:(:iúll hecha en la Co­llli,íÓll :

"Al'tíC'ulo 41. Las eSl'l"ituras ~- documentos (le organizac·iúJI dl' la Corporación, dI' nue­"as COlllpañías, de trllnsferpl1eia de pro pie­dad\'s. ci,' emisión de acciones y bonos y (lemásque ÍlH'rre lH'cpsario otorga!' para la ]'e('onl~tru(:ciól! de la industria salitrera. has­ta el 31 de diciembre de ]934, quedará.n l'xf'ntos de l'os i1lljHwsto.S consultados Pll la ,1(',\- lil' tilllbre:~. 'estampillas y papel sellado. Tampoco pagarán contribución las transfe­r('l1CiaiS de bienes raíces o muebles, qUie< se hí('ilTeu con motivo de la recOllstrucción (1\' la indmtl'ia t'ialitreril hasta ln misma fe­(.]¡ iI ".

Artíoulo 42

El al'tíelllo -t:? ;,t' aprobó c0l1fol'lllánc101o a la llueva cOlllposición del Directorio y agre gall(lo un inciso l'efprente al t{>rmino de las fnll\'iollt'S elel rt'presentantt' de los aceionis­tas en la Comü;i(m Liquidadora (}.e la Oom­pañía dI' ~alitrt' el!" Chile y fijándole un ¡¡lazo al primer Dil't'etorio, de dos años.

Las indica ciones formuladas en (,I"te ar­tículo quedaroll, en con st'cUlC'llcia , sin efec­to.

Quedó e,l artícu}o a~í:

"Artículo 42. El primer Directorio d€< la Corporación durará ('H :'illS funciones dos años y será nombrado en la forma e¡;;table-ci­da en el artíeulo 8.0. debiendo designarse los cinco Directores qne corresponden a los industriales en la siguiente- forma: dos por la IJautaro NitratE' Co.; uno por la

l;;.a~E~TO:\ EXTRAORDIN~-\RIA EN" JUEIVES 2 DE NOVIEMBRE DE 19:3:1 :ífHJ

Compañía Salitr(>ra Anglo ChilplHl: uno por las f'mTll'I.Sa:., aclll(>riclas a la Compañía de Salitre dl' Chik en Liquidación, ~- nn'O

por la~ NlllH'psa¡oo; inclrpendientps que estén ell trabajo c'll ("1 lllOIlH'nto (lE' la e!t'l'('ión dr los DirE'C"Íon's.

La nesümaeiú11 (lp] Diredor dI' las ('m· J)l·l, .. ;as <lClh:'l'ic1l1~ 11 la Compañía dE" Salitrc> de Chill', ('11 Liqllida('ión. tirú 11E"cha por ti II e om isi(lll Liq tl i(la dora ~. larlesignaeión (lel J)ireetnr qll(, J"e-prrsl"ntp a los industria­le'., i11dejlf'!Hlipllll's. se hará l']1 Ulla rpunión de estos ilJdllstJ'iak~, l'e-Iebrada a11t(' la Co­misión Liqnichlllor,l. ~. a ]a (,!ial ('OlTeSpC)]]­

del'Íl talllhi,',u l'()lIJ!1I1i('a!' ('.-ta desig'l1ación 11

Jos interl"~¡¡(l(h.

El l'(>prl'''l"lltallte lit' lo., an,iollisÜI'''; e11 la al'tlwl ('ollli:~ilíll Liquicladoril dl' la Compa­ftía ll(,~lIlitl'l' ¡jl' Chile. t(,l'lllllHlrÚ sus .hm­eiollt'sillltll'diatillllellte c!t-slmi';s (1 l' eelí'bra­dolS los ('OllÍl'<11(h a que SP l'E'fil'l'(' l'l artü:ulo :~4 de la ll['('.;ellte le," y se ]ll'o('ed\'l'~ 11 nom­bra.d!' 1'(-'{'lllplHZIl1l1(' por a(~('iollis1a" POSC('­dores de ¡jC,('iOllP;'i 1)]'1'fl'riclas (ll' la misma Compañía".

Artículo 43

El Ill'tí'.,¡dll -1:1 M' Hprn[¡t', e]] la si¡.nüentp JOl'ma:

")utÍl:ni() -1:\. (-.!IlI·<1a l'Xp¡,p';llll1elltl' fanllta­(la la Comi~ión Liquidadol'(l el!' la Compañía dc' Salitre de Chile para ee!ebr6lr. en reprp­í:ic-'ntaeión el(' las empre:'ias adhl'l'idas. todos l(lIS contratos n0('esarios para d cnmpli­mi.!ltto (le (,,,ta ley",

Artículo 44

St' aprobó ('011 una lIlodifieaciólI de cita VrO!)lW"ti1 por d ,.;eflor ::\Iin istro dp Hacir'lI­da:

Quedó a"í: "Artículo ±4. LOe, pagos a (¡UE' se refien'

el artículo ~2, no serán C'onsidf'ra(los COl1l0 gastos de produccióll de salitre pn Chilp. para lo,; . .efectos de lo dispuesto en .el ar­:tículo 6,0 de la ley número 5,107",

Artículo 45 (Nuevo)

Se acordó eonsideraren elite artículo la idea }l¡'oJHle'ita po!" PI Comité Radical para

il''''('gllra!' ell d futuro la nacionaJización df' la inclnst¡'ia salitrera,

Sp !l('ol'nú l"l'rlactú 1'1 artículo l'om¿ fii-gue:

"J.xtíl'ulo -1-,), Lc.s re";PI'VilS salitrales po­j)rán ser ('xplotadas por 01 Fisco, d(· H('urrdo CO!1 las di,,])()sil'ione,.., ¡](> la prp~f'-nt(' ley y 110 POdr111l ser tran:·;f'el'iclas a per.sonas que ]jO ,,(';}JI chilenas, qL1ieIlP~, a su VPZ. si las obtll\'i('l'Pll. 110 podrúlI ialllJlol:o transferir­.la" ('11 dominio o gO('l'. "itlo a Ilaeiollales, La l'l''iiÓllO tranSfl'l'elll'ias, s{lln podráu efee­tllart;e a virtud de' una lt>y".

Articulo 45 (Ij!l(' pa:oa a Sl'l' -I-li I

El cu,tíl'ulo -l.) ~(' apl'oh(¡ "in lIlodifi('Heio­Ill'S. t!p"l>chálltlc'''I'. PI1 l'Ollsl'L'neJlC'¡a la cld .,l·iíorPI1 roe! i.

qllP!.llí el nníl'l1lo aSl:

"~\rtíl'ulo -t.(j (¡ox -I-:i). La (li"posición del Hrtíl:nlo .";.0. (tralhitoriul d" la le,' número ±.8()!-L dl' n de jlllio r1l' l~):i(), modificada j)ol'la le-y nÍlIllPl'o ±.904. de 11 cll' octubre cli:'l lIli.,mo año. I'("g'il'~ hasta ('1 :31 (le diciem­b¡'(' cl(' Ht~r.

Artículo 46 (q\H' pasa a ,p!, 47)

Xo fn{~ objeto de indie<ll'io!l.l s ni dl' lllodi­fi('aei()np~ e)] ('st,· ,,(';':·1\11l1., in1'01'11ll',

Din' c);,ií:

"AJ'tíl:lllo +7 (ex -bli). Hl'PlIlplúza"l' d in­tiso 1.0 él!.'1 nl'tí~\llo 3~. (L·I clc'creto ley ()l'~rúllieo ell'] H,l11('() CPlltl'al de {'hile, nú­lllPI'O .:J-iHi. etp ~1 Ü!.' <lg'oqo Lle 192:i. refor­mado pOJ' (lec·J'do;.; 1,·,\'p;.; nÍlmcros ,)75. de 2~) dt" ;';f'ptielllbl'P ¡Je HJ2:i y número 133, t1"t' 80 el\' abril de 19.31. las pálabras "Aso­oia;ción de Prold:ulotoresde Salitre de Ohi­le" por "Corporación de Ventas de Salitre y Yodo de Ohile",

Artí{lulo 47 (q 11l' pa sa P s<'l" -M)

El artículo 47 se aprobó en la siguiente. forma:

"Artículo 4:7 (ex .:J-6). El Banco Central de Chilp queda facnltildo para designar un de­h'gado ant~ la Corpo: ¡ación ne Ventas de Salitrp ~- Yodo de Chile, con igualoo atri­buciones a las s"üala¡Jas en d artículo.2D de la 10~' núnu'ro :1.1815, de 30 de junio de 1933",

fiOO CMIARA DE DIPUTADOS ---_ ... _----_.. ---_ ... -'~---- ---~----_._._,-------_. __ .. _-_._---~-- --, ---~---------------- - --==--~-.:.:'-=-====--:-=-=:: ~_::- .:....:-=-~:-=--~-==---==--==-==-~----

Artículo 48 (que pasa a ser 49,)

El artículo 48 !lO fué objeto de indicacio­nes ni de modifjcaciones en la Comisión.

Dice como sigue: "Artículo 49 (e-xl<8). Est.a ley regirá des­

de la fecha de su publicación en pI "Diario Oficial".

T .. as demás indicaciones a que 110 se ha he· . cho referencia anteriormente y que figuran bajo el epígrafe de "título de indicacio­np6 nuevas o de artículos transitorios", fue­ra de las ya individualizadas de loo señores Lira Urquipta y Alca,lde, considera­das en \"1 artículo 4.0, que pasa a ser 5.0, y d-01 Comité Radical considerada en el al" tículo nuevo que lleva el número 45, fueron dese-chadas por estimarse que no eran per­tinentes, completas o suficientemente estu­diadas o que contenían ideas ya re,suel­tas:

La indicaci6n pl'l'~eiltada por los señores DU:isai1lant y otros para consultar un im­pllrsto en espe·cies al yodo, con el objeto de formar un stock por el Gobierno, se ac'ordó desglosarla y c8tndiarla separada­mente.

Vuestra Comisión omite, por no hacer de­nwsiado extem:o este informe, agregar el proyecto definitivo, ljue por 10 demás se en­cuentra redactado en la forma que queda cada artículo, al tratar las indicacione.squr­inciden en él, o cuyo 1 exto ya. se ha dado en tos easos en que no hubo' indicacionffl.

En conformidad al artículo 28, pasa VUPI".­tra Comisión a detallar las i!ldicacionps re­chazadas, advirti€ndooe que algunas de es­tas illdicaciolllEIS han sido aceptadas en par:te, dándoseles otra redacción o haciéndolas in­cidir en otro artículo como ya et>tá dicho.

Son las siguientes:

INDIOAOIONES REOHAZADAS

Artículo 1,0

Par el señor Ríos 'dOOl Juan Antonio:

Para redactar el artí<.mlo 1.0 en la siguien­tr :forma:

·'.Artículo 1.0 Por ·exigirlo (,J iBIl'r'"'" na-

riOllal, .'il' estabJ2ce ('11 fa-ror del Estado el ('",taneo el',] ¡,;alitl'p y yodo en Chil". Sin' -:ID­barg-o. p1 Prcsidl'l1te de la Hepúhlica, de' ;¡'cundo con la . ., disposiciollf'S ¡J,o f'6ta ley, podrá ('('(1(']' o al'l'{O)Hlar por un plazo que no, exn'da df' 35 años, el derechCl al estanco a la ¡wrSOlla jnrídica qUP,COll el nombre d~ ('orporaci(ín de V"ntas de Balitn' y Yodo de Chüe, "w erpa por la pI'espnte lf'y. En con· ;;p'l'ueneia, la expo)'tación y com?rcÍo de ('s­to . .., proclu'ctu,'; ¡.;ólr, podrú hacerse por e-l Es­tano o ]lor la ('Ol'poracióll a ljlH' I"e ha he­cho refpr·enl'ia".

Para suprimir =,n el inciso :3.0 de -E"Stf" mÍ,<;111o articulo la siguiente fras',,: "con ~] yoto confonnp dp l,o+> Directorpc; fiRcal-es".

Pe'l' 'el sf'ñol' Vicuña:

Para reemplazar el Íllciso 1.0 del artíeulÜ' 1.0 PO)' el ,~iguiente:

"POr ~'xig>irlo el inL~rés nacional se esta­bl~l'e PI Estanco del Salitr-e y del Yodo oe-n fa yor del E,stado chileJ1D representado por lll1a persnna jurídica de derecho público d:?­nominada "Corporación de V{'ntas d,p, Salí trI' ,'" Yodo el,' Chile".

1Jo,<; señores Castelblanco, Ortega y 8oto­mayor formulan las siguientes indieaciones:

El seño)' González don Pedro formula in­dicación para r~emplazarp,l flrtí'eulc, 1,0 (lel proyecto por el siguiente:

"Artículo 1.0 Por exigirlo e1 interés na­('lonal, créase una persona jurídica deno­minada "Etanco del Yodo".

Se entiende por yodo. cualquiera mate­ria con }e'y de yodo, o?ri"ado del trata­miento en Chil(' do{' sali's natnra l('ti, wg'eta­les, aguas mineralps. dI' ,~óJic1os o lífluidos, resultant.es de t','iP t¡'ahnni:>lltll.

La persona jurídica "E:-;tall("() dd Yodo", será administrada por U11 COll¡.;ejo Dil'l'Cti· vo, 'eompuesto d.pl 1\Iilli,·;tl'() (le Hal·ienda, que lo ,presidirá, del Director Gf'l1:~l'al de Im­puestos Internos de la República, de-! Snper­intedellt-e ele S¡¡]iüp r ::\linas y el,· una pn­son'a clf'flignada por el Pl'?~idel¡tp de la Re-. públiea ('11 una te'1'na formacIa )lor la Socie­dad Na('io!lal ek }linel'ÍfI.

El objeto d"l Estanco dl'! Yodo serán ad:' quil'ir (le los in<1ustriale.~ 1<1 l)j'od11(~ción de-

'.,,' ..... ~ ~ ,

15.a HE8IOK EXTRAORDINARIA EX JUEVES 2 DE NOVIEMtBRE DE 1933 601 ==,,--c:..-=--=.'====== .=:-_= c=--~_· === ====

yodo. y aten(1er a su l'xjlortaciúll. comereio y distribución.

Loo indu,"trial"s y emprt"'ias salitreras, yt'udf'rán ~n prooucciún de yodo al Estan­co, €l 'cnalla adquirirá al CORtO érctivo, más un recargo üe un 40 por cipnto.

}JI Estanco fijará a los inaustrialPti y pro­ductores las cuntas. ealida(lf',~ y fecha_" de elltl'eg'a; como también el eosto eff'ctiyo, ]l!'c·vio. ¡.nfornw ele la :-\upe'rintend€ncia d€ Salitre y Minas.

r~a inolJ&ervanciá o cumplimiento tardío de las úrdenes elel E'itan'co de parte de los industI'iales y }Jroc1uctores. facultará al Es­tancol para illeautame elf' los· bi{'ues y ma· t"rias indu::;triales de la da boración !lel :vo­do, incaut.acióll fIue durará hast.a f'l cumpli­miento pfeetivo y total dI' las' Órdf'llf',<;' im· partidas :r sinquf' procroa en tales cafiOS indemnización alguna.

La Y€uta a t€l'Cf'ros d~>1 yodo por parte de 10r; il)dutitriaJ.e·s y prorlnctol'f's y toda \lpera'ción dr comercio ilíeita,t'xtraña. iI la intf'rvención d"1 Estanco. sprán pf'.nadas con una mulla a bpueficio fiseal d(, 3 mil peso/'; porcada kilogramo y fracción d.e ki­logra.mo ~. COll pl'Niidio menor ~n su grado lHÍlximo.

Lns utilidades (!{'·l Estanco ingrp~ará.n a ¡-·enta.s g'enerales del K.,tatlo y parí\' clf' t'llaB se destinarán al fÜ.filf'nto de la~x.plotación y elabol'aeión de abonoseompuestos y es­peeialmNlt{' clp ahonos fosfa,tados.

E1 Esian'eo drl Yodo 'Sf' l'Pgirá por la:, dis­posiciones de la })l'es·ente ley y e·specialmen­b con loc,s eíitatntm:; que ·de acuerdo con <:>1 COIJSiejo Directivo dicte el Presidente de la R~~pública; lDs cuales d·eberán publiearse en €l "Diario Oficial", d€ntro del plazo d€ 30 días, contado desde la fecha de la. proDlUl­gación de la preRent.e ley".

ArtíCUilo 2.0

Por d señor González don Pedro:

Para l'?emplazar el artículo 2.0' por el • .,i-1!1l ¡ente:

"Artículo 2.0 Por exig11'10 el interé6 na­(-ie'1I:d. ¡';{' ¡",tablec!' f'1 Esta.n'co del Salitre tlp Chile f'11 favor del Fisco chileno.

En consecu:>ncia, la exportaeión y c'Omer cio dt' f'st.oti productos sólo podrá haeeme

.por f'l Estanco.

Se elltipnd'2' por salitre toda sal o mezcla dp sales 'con ley de nitrat.() de ,sodio.

El Gobierno da. ·en. arrf'ndamiento el Es­tanco de Salitre a la. }Jf'rsona jurídica que eOll d nombl'f" de "Corporación de Ventas de Salitre" se crea en esta ley, y en los tér­miní':'; qu:> ,¡.p indican en las disposicion€'.s ~l Uf' siguen.

El objeto de la Corporación de Ye-ntas del Sa.litrf' ,<;erá adquirir de las empresas pro­ductoras el sa.litre y atender a su exporta­ción. traIL';portr, distribución y vznta y efec.tllar aqu€llas ope'raciones expresamente dptermiuadas en la presente ley.

El &tanco del Yodo y la Corpora'ción d~ Vputas de Sali.tre podrán realizar les aetos y cl'lebrar los contrato.s uf·cesarios para e:l elUnplimiento de SUti fines y contra.er toda cla;,;·l' de obligaciones mercantil2s r€laciona­das con la moyili;r.a.ción, distribución :f ven­ta del yodo. y del salitre'''.

Para suprimir los yoeabl'Os "y yodo" en los artíeul(o),<; siguientes.

Artículo 3.0 (Q11(' pasa a ser 4.0)

Por el s610r Río,,> don .Juau Antonio:

Par;;. rrdactar d artículo 3.0. inciso 1.0, "'ll la sig'uicnte forma:

"Artículo :1.0 La Corporación se regirá por l'sta. ley y por 198 estatutos que de a~u2rdo con la mÍiima: lf'Y dic.te el Presidente de la Rt'pública. Los estatutos delF'rán publi'car­"e en 21 "Diario Oficial".

Para reda.ctar el inciso 2.0 del mismo ar­tículo en la ,<;ig'Uif'nte forma:

"Sólo 11 propuesta del Directorio de la Corporación y C'Cm aprobación legislativa, podrá el Presidente de la R2pública modi­ficar los estatutos de la Oorporaeión. Toda modificaciém 1ileberá inscribirse en el Regis-· tro dt' Comercio elc Valparaíso y se publi­cará en el "Diario Oficial".

Por lo.s señores Parodi, Cácere·s, Müller, Concha don Miguel, Fuenzalida, Opitz y Arellano:

Para suprimir en €l inci.so 2 .. 0 la frase "sólo a propuesta del Directorio de la Cor­pora.ción".

Articulo 5.0 (que pasa a ser 6.0)

'\

002 'CA~IARA DE DIPUTADOS -é::::::::c:-===========:========--- ==== c=,--_-~-_-_-__ -_=o- '-----=-,,_,-_=

!POI' los st'ñol'e.s Parorli, Ccíceres. }liiller, Concha don Miguel, :B'nenzalida, Opitz y Arellanoo :

Para agr2g~r {l{~spn{'s el .. la palabra "ini­cial" la expN"sión : "del Estanco y", y Su­primir el inciso 2.0 (:o-a eOlll'iiderado ante­riormente).

Por el señor Ríos don ,Tu:1ll Antonio:

Para re(laetal' Pl artículo ,"i.n. inciso 2.0, t',n la signit'nte forma:

"La COl'pora(·ióll lie establec:.' .por el plazo d€' 3ií nilos ~- no podrá &cr di.suelta antici­pÚlt-llllí'llte sino por ley (ll' la Hepública".

Por los sefíore.'-i CastdbhlllCO, Ortf'i!.'a y Sotolllayor:

Para agr"ga¡' ell d al'tí('ulí :í.o, jllci~o l.o. despué.~ d2 la palabra "i!l~('iHI". las signi{'ll­teli: "del Estanco y". Suprimir el illciso 2.0.

El sellor .:\li11itl'o (k ILwiellda fOl"lllula las siguientes incli'C'Hcionel'i:

Para reemplazar pI Íll(·i~() 2.() (ld m·ticulo 5.0 por -el sig'uielltl':

"La Corporación se :'staJlll'('e pOI' ]Jlazo indefiui(lo .. Su íüsolncióll l)()(!r[l pro(ll1eirse por acuerdo dé" :,m Directorio tomado 'con el voto conforme de la mayoría sle los Direc­tOl'e~ representallt-es de 10fi industriales y d3 los Directcres fi,5'cales, el cual necc·sitar(¡ ser aprobado por una ley sin Jlerjuicio de lo dispuesto en el inciso 2.0 (1d artí(·ulo 559 del Código Civil".

Articulo 7.0 (que pasa a SE'r 8.0)

Por los SellOre¡;; Parodi, CiI eerE~. :.\I1iller, Concha don ::\Iiguel, Fuellza-lida, Opitz y Arellano:

Para r-e2mplazar el artí"culo 7.0 por el si­guiente:

"Artículo 7.0 La administración d-e la Corporación corresponderá a sn Directorio. Este se compondrá de· 9 miembros: 4 Direc­tores chilenOB, que nombrará el Gobierno. ullO de los cuales s-erá el Superintt'ndentt' de Salitre, 4 que npmbrarán k,s productol'ffi a.dherido.-; a la Corporación y uno que será elegido pOI' los Directores representant{'s

del Gobierno y c!{' los productor:'s por sim­ple mayoría. Si ,S'l' produjere empat{'. la cle,~i~1l8.ción 'con-P6ponc1erá el los Directores fisrale".

Lo,.;repl'P""lltantt'fi <1e los prollnctorers se­rán c1i'siim¡¡(!oli de la .. .;ig-uipnk manera: UIlO por la COlllpaj"¡ín .\.nglo Chilena: uno ]Jor TIteL:lllt~ll'e Xitrate Company I~ill1ited y de . ..; por las otras emp¡'esas .[ll'Odlletora¡;; en e]¡¡borncióll, ekgiclo¡,; por mayoría d~ vot05 de represE'ntantes ele toclas las 01ras empre­Sa., .'" compañías que elaboren, pOr lo me­n(l~. (ksc1e G I112ses antes de lla fe~ha de la ell'cc·ióll. t(~acla compaj"¡ía o ('lllpn'sa tel1{h·{¡ dereC'ho a 1111 yoto CW:'](luiera que fl1-ere ia ean1 idad dí' oficilla.'Í fll1(' te1lga {'JI trnbl1jo r la illl]lOrtan'c·jr.¡ (1~' (osta~.

El Presidente <1(' la Corporación será ]Hlllbl'ado ]le l" el l'resiclent{' de la Hepúbli­ca de entre los l\ueYl' rlirectol'~'S ~. di'·berá sel" ehilel1o.

El J)irectorio Sl' rrllOYarÚ c<!ch! año".

PO!,.pl señor Híos don .}l1¿lll ~\Iltollio:

l'arn redu(·tar el artícnlol.c en lasiguj.E'll­t? fOl"lll',¡ :

"~\1"tí('lIl,) 7.0 La A(lmillÍiraeión de la COl'­porHeir'lll ('ol'l'espondel'ú a nn Dil,{,ctorÍí' COllljlUesto de do'ee lllil'lllbl'o,,; que serún: sei" de librC' 'fleceión del Pl"esi(l:-~I1te ele la RepÍl­blic'a; el Superintendente de Salitre y eine(l elegiclo,.; J)(1' 10,-'; indnsüiR.]es en pl'oporeiún a /',l1 JlartieipaciólI en las Hllta, y ele acuer­do CPll d Reglamento que' al ('fecto dicte el Pn"ic1pnte de la RepÍlblieH.

El Ilombramiento (lel P!'esidellt2 de la CorjJol'a'ción deberá l'l'caCT {'1I nllo dc' los G miembro" de libre ple('ción del Presidente de la República, y s{'rH h('c110 jlOl' {'ste fun­ciollario a prepuesta ('11 terna del DiI'2cto­no.

'l'anto el Pl'e.'!idente ('romo los demá.s miem­bros designauol-\ por el Preside'nte de la Re­pública d2berán ser c·hilen08",

Por el 8f,ñor Alfonso:

Para substituir el artículo 7.0. por el si­guiente:

"Artículo. ,. La Administración de la Corporación corresponderá a un Directorio \,1 qU€ estará formado de 11 miembros: 5

c1psignado.<; po!' el Pr2sidf'nte' de la RBPÚ-

lvoa SE~IO.\"" EXTRA ORDIX ARIA EN JUEVES 121 DE NOVIEMBRE DE 1933 =-c=----== ----- --.----=========== --._-=--..,

bJi~a: 5 dt'í'igonaclos por los indu~triales en pr:1-porci611 a sn:', montos dC' producción y 1 elt')!,"ído de común acnento llo1' t()(lo>i los ano tE'l"iores, o -r0Jl sn 11rfpcto po]' simple rna~-o­

ría. 'l1H=' c1~'berú ~er ('hileno de naeilllit'nto y que hará las Y('ces ele Pre,.;idPlltp de rl.

Los DiN°C'tot°e,.; t'legidC's por 1'1 ]'resic1ente de la República tel\(lriín el (,ilriídn de ,Tefes <le Oficiua¡-, o l'lllllle(ld(),~ ~npPl"io¡O('spal'a el t;olo objeto cOllljH'enllido {'l\ ,1 nl'tícll]o 7~

número 800 (ll' la C()llstitlll~iúll Pu]ítie(l del E,<;tado"o

POL' el ~eiiol' Yieuiía :

Pi1l'H l'E't'lllplazal" :,1 ilrtítlllo 700 po!' el Sl­¡;!°nit='nte:

o'Artí(,lllo o o o La atlmillistraeiún tI!'l hS·

't'!l¡idl y de la Corporacj(¡ll el!- \'o'l1t:lo~ e,)­lTP.'-'pOllllerit H un COl\sejo J)irzol'Íi\"(1 (1(' 12 :Aú"mbrol'o () ,lp los °eualeA S:'l"ÚII ni 11¡])n\(lo~ PO)O ,,¡ Prbidt'l1te de la RellÚbli(~;1. :¡ por ('; Sllclllo y 3 po)" la Cúmara ele Diputado/:', rn vota\'i6ll secretao To,los ello,.; <1ekTiín '-'el'

chíknos ~o !lul'al'án cnatro aiío,~ ('1] d cje1'· eíe:Ío de Slb funciones y tencll'iln ('C'!Uo l'f'­

Bl1111pración el mH1io por cicllto d" las uti­lidade,; líquid'f¡-' qne ('UITt'¡,pOIl<la a 10f; pro­ductores,

Este Confoeju nomb¡Oarií (1" ~ll

1'1'('"irl"11tl' ,'on a,proba'ción (Id do la Hepública"o

¡-('no 1111

l'n ... íc1?llte

1'(1' lo.~ "ellores Ca~telblpncoo OrtegR y Soto mayor :

Snb.-,titnÍr]o por el signi2nte: "Artículo 700 TJa auministrae:iúll elr la

COl"poraci(¡n corre¡;;ponderá a un Dir2ctol'io. Este se compondrá de9 miembros: 4 elegí­ele,,, PO!' d Presidente de la República; que debení II ¡;;21' chilenos y uno de los cU111es será el Superintendente del Salitre; 4qup' nom­brarán los productores, y 1 ele'gidoo también por e1 Pn."ielpnte el2 la República, que será Prpsid"lItr dp la Corpol'il:ci6n".

Por lo.'> t')(,llOl'eS Lira Urquieta y Alcaldoe-:

Para iq.!.TPg'ar al artículo 700 el .'liguiente inciso:

"Pn ciudadano nacionalizado podrá ser Pr?"idf'llte ,,{¡lo df'spné.-..: de cln('o años de eiiÍar P11 }w"esión r1('0 .'in." cartas a" naciona­liza('ión" o

Artíeu10 8.0 (que pal"ia a ser Aoo)

POI' 10:-; c,piÍ):;.l"e ... Pal"Ocli, Cáceres, l\Iüller, Condw dOIl ~ri~!"neL l<'ut'llzaliclno Opitz y Arellann:

ParH HgTPgill' d sigl1iel1tt' inciso: "'Para la Yalir1~'z (le ¡oste:,; aOcuerdosse re­

qni"r!' ja (,ollC'l1lTelleiu ele por lo menos tres Dirl'dOl"o¿>~ fjsca les" o

Por el Sl'iío!O Híc¡.; don ·Juan .Antonio:

p¡¡!'(¡ rl='¡'lll[Jl!lZill' el artí('ulo 800 por 1'-1 SI­

goui,'nt? : ".\l"tíe¡¡io tloo El nil't'C't0rio 110 pudrú ce­

leb¡OH1 0 M'l'iOlll'''; cou mp]l<(,; (\" _"ieti' de sns miemhro,., ~. HC ~(o lw,hú 11 tomar acuerdos siH llll qW')¡OLlIll {'ll que co"t~1I {'ll mayoría los n'}llOI't-,ellt¡¡lIte~ cld int\,r(,,, fi¡-;('¡¡]"o

Para \ll~l"('g<\or al fillal (Id artículo 800 el si~_miH1tp inciso:

"El Directorio 110 llotlrá s2s1011ar sin que a:,;j¡.itan p01' lo. mE o110 dos d(' los cinco Di­rpdol"P.~ dl'signa<1n.'i por el Presidente de la Hppúbli"!l°'o

POlO ,1 ";,,11(:10 Yien\l<l:

Para l':'\'mplaziH ['1 ¡¡¡otí('nlo 800 1101' el 81-gnil'nÍl' :

"Artícnlo o o o To(lo,., lo ... acuerdos elel Con­spjo Se ,t(lIlal'án por ",imple mayoría, pero spr!Ín lleCp.-;Hl'ios los do,'i t,)"cios de los miem­bros }ll"eM'nt?" plll'a fijar un precio dt' yen­ta elel l'alitl'P o elel .'°oeJo igualo inferior al preeio de ('0111p1'11 t1e lo,.; mi¡.;mcs.

Xo po(lní tift>ion8r el Consejo sin la 'con­Clll'relJeJa de ocho (le ;"ll,'i miembros por lo 111::1108".

POl' los SellOl't',s Sprani y Cárdenas:

Pna agregar el s1g'Uil'lltco inciso al ar­tículo 8.0:

"El DireOctorio de o la Goroporación no po­drá I't'sionar sin la concurrencia de tres Directo!'2s repri'sentantes del Fisco chíl<'"­no".

Por los señores Lira Urquieta y Alcalde:

604 CAMARA DE DJPPTADOS --====~~===============================

Para r-eelllplaznr f'l artículo S. o por -el si­gnÍf>nte:

"Art. 8. o Sin perjuicio Uf' lo dispuesto en -el artículo ant~rior, -en los acuerdos qu-e ex;jan ,,1 voto confo:'me de los directoreíl fiscales, s-e -enwderá cumplido el requiisto, si€mpre que se hayan adoptado f'll sesiones a que al3istandichos directorrf; y el vot.o de todos sea favorable. Bastará el voto -eH contra dt' uno de pilos para que no quede cumplido .el requisito".

Artí~o 9.0 (que pasa a Ser 10).

Por loo 6-eñores Parodi, Uác.eres, Miiller, Concha don Miguel, Fuenz.alida, Opitz y Ár€llano:

Para redactar el inéiso 2.0 como sigue: "La compra d-e existencias en el extranj-ero compr-end~ los derechos de COl'poracionffi y los d€ las empresas productoras r€pl'ffienta­tivaR ue esas -existencia"," .

Por 108 6eñorcr¡· Lira Urquieta y Alcaldf~:

Para redactar la primera parte dd artícu­lo 9, o en la siguient-e forma: "L'a Corpo· ración quedará obligada. a comprar a las t'1l1-

P¡€Bas productoras adheridas y éstas a ven­d-erlo" ,

Articulo 10 (que pasa a ser 11)

Por los s"ñorf's Parodi, Cáceres, lVlülh~r, Concha don .Mig'uel, Fuenzalida, Opitz y Ar-elllano, :

Para reemplazar la frase "Salitre en Chi­le, 3 libras esterlinas, y yodo~en Chile, 5 che­lines, 10 peniqut'S, 55 {lentésimos de penique por kilo,gramo" por esta otra: "salitre y yo­do -en Chile, el precio que tengan en el mer­eado a la fe'chade la adquisición".

Para agr,egar al inciso 6. o después de la palab'ra "salitre", la fraS€ "y del yodo",

Para agreg'ar en el inciso 7. o d~pups de la primera frase la siguiente: "La liquida­ción de las ventas ele la 111lcya prollucci6n deb~rá hacerse d€ntro de los 6 mf'&eS si­guient?S a la fecha de la terminación d€! respectivo año salitrero" . .

Para agregar antes del inciso final 10 si­guiente: "Este pago en lo que se refiere ,a

lafi {'xi.stcncius cleSalitre y Yodo en Chile, al 1.0 d,' ,julio de 19'33, se entregará a la Comlliión Liquidadora de la Compañía de Salit.re de Chile, exceptuánd06€ las existen­eiafi prov€nientes de terrenos u oficinas que !lO hubier€ll estado legalmente inscritos el ~ de €llero de 1933, a nombre de la Compa­ñía de SaEtre de Chile, de The Lautaro Ni­trate Cmnpany Limited o ele la Compañía Salitrera "Anglo Chilena".

Para l'erml11a7Alr el último illC:iso por el siguiente: "La Corporación deberá hacer an­ticipos €n dinero a los industr,ialffi qu-e lO' soliciwn para la producción, por sumas equi­valentes al costo industrial d(>l salitr€ al costado de la nave. Estos antie.ipos. se ha­rán mensualmenw y a m-edida qu-e se ya­ya elaborando y siempr€ que el costo in­,d llfi tri al ,cumpla con las clisposicion€s de "folta j.!,y".

Para ag"l'E'gar al final .el siguiE'ute incllio ~ "Loo precios y de,más condicioncs de ,""nta del salitre y del yodo los fijará el Directorio ¡'on el -roto conforme ,de los Directores fisca-1E's" ,

Para snprimir ~n el inciso 5. o del artícu­lo )O la fra~ í>iguiente: "Cuando sea nc<w­sario acrecentar las utilidades de la corpo­ración destinadas al s-ervicio de los bonos a que se refiere el artículo 2.5, las E'mprt'SaB productoras afectas a su pago, no recibirán t'1 todo o parte de esta ~antidad adicional, t~n. cuanto Rea necesario para compl€tar -el ~el'vicio" .

Por el señor González don Pedro:

Para suprimir -en el artículo 10 las sÍ­guientes. frases: "yodo en el -extranjero, 8 chE'lines, nueve peniques, oooenta' y dos centésimoo por kilo" y "y yodo en Chik cin­co chelin€!';, diez p-enique-s cincuenta y cin­co c.¡>nt6,,;mos d-e penique po.r kilo".

Por los foieñoN's Lira Urquieta y Alcalde:

p¡¡ ra Mlprimir -en ~L ineÍSo 5. O del artícu­lo 10 la fl'asr que dice: "Cuando Rea néc.esa­l'io lH'f'0C2lltar las utilidadoes de la Cor}X)-

15.3 SE,SIOX EXTRAORDINARIA EX JUEVES 2 .DE NOVIEMBRE DE 1933 605

raClOn destinadas al servicio de los bonos :a qut' S1' rf'fiere el artículo 25, de."

Por lbf; I-it'iinn't; Cabezón y Aeharán:

Para cambiar en el inciso .último del ar­iículo 10 la expresión: "La Corpora<lÍón po­·drá haoer anticilJ05" por la de "La Corpora­ción d·eberá hacer anticipos", manteni-endo en el !'esto de<l ineÍso la misma redacción.

ArtíCU!lo 11 (qUl' pasa a ser 12)

Por los &'iiores Parodi, Cácer-es, )lüllcl', Concha don }Itiguf'l, Fut'nzalida, OpitJz y .Arellallo :

Para 6upl'imit· este articulo.

Por los señore6 TJira Urquieta ~. ~~J('alde:

para rN'mpl~7.ar ,,1 artículo 11 por el "iguiente :

"Art. 11. L()f; precios y demás condiciones de venta df'll salitr€ y del yodo los fijará e1 Dír~ctorio con el voto conforme de los Di­rectores FiscalE'ti. El precio ele venta no podrá ser fijado sin que se asegure el ser­vicio d-e los bonos a qu-e se refiere el artícu­lo 25. Sin embargo, por nec.esidades de com­pet€ncia f'n el mercado podrá -el Dir.ectorio fijar un precio irrfe1"ior de venta. bastando para fijar el lluevo precio la opinión con­form{' de los director-es fiscal-es" .

Al1tíeu'lo 12 (que pasa a .',;er 13)

Por los seiiort's Parodi, Cácerffi. :Nlül1er, Concha don Miguel. Fue.nzalida., Opitz y

. Arellano:

Pa.Ta reemplazar en -el inciso 1. o la pa­labra "cineo" 'Por "uno; Y

Para suprimir el inciso 3. o

Por el seño.r Vicuña: Para suprimir el inciso 1. o d-el artícu­

lo 12. Por los 6ۖores Castelbllanco, Ortega y

Sotomayor:

Para re-emplazar la frase: "Estas cuotas regirán por períodos de cineo años" por estas

otras: "EstM cuotas regirán por perÍ()dos <j ue l'l Diri'ctorio determine".

Po]' 10:-; r,.,·iioréfi Serani y Cárdenas:

Para modificar el artículo 12 en -el ~n­tido dl' establecer expresam-ente en la ley que €ll los casos de establecerse nuevos in­d u.<;tria l€s. la Corporación queda obligada a f:jarles cuotas de producción, sin que ~ tOt; tengan que contribuir con su utilidad al pa¡!o d:, la;, deudas antiguas de la indus­tria.

Por el ~E'lwr :'Iinií'h·o ele Hacienda:

Pa 1'a snprimir en .el artículo 12 la fraS(' final del inciso 1. o que dice: "para apr-e­ciar e,,,ta capacidad, la", reservas d-e cada f'tll presa ",,' cOllsiclf'rarán, sólo en cuanto fue­bdl l1€cf'sarias, en el resp-ectivo período".

Para agl'q~al' al artículo 12 el siguient-e inciso final: "El Directorio deberá notifi­car po!' e",c'rito a los productores las cuotas ((lW les ha asignado y éstos, dentro del pla­zo de 13 (lías. podrán reclamar ante -el Di­rpctorio clt' la cuota qu.e se les hay.a fijado, nombrando al mismo tiempo a un técnico ele sn em)!re6a para que se estudie nueva­mpnt€ la rffip€ctiva asignación d-e éuotas, de aeuerdo con otro técnico qu" d.egirá el Di­rectorio de la Corporación, con prescinden­cia de los directores que representan los in­tereses d.e ,la empresa reclamante. Los dos peritos mencionados elegirán, antes de ac­tuar, un tercero de común acuerdo, que ser­,-irá de árbitro €-n caso de discordia".

Por los señol'ffi Lira Urquieta, y Alcalde-: .

·Para 1"€emplazar la primera parte del ar­tículo, por ]a siguient.e:

"Las cuotas de venta de las empresas pro­ductoras se fijarán de común acuerdo por llll téenico de la respectiva -empresa cuya cuota vaya a determinarse y otro técnico de­signado por la Superintend.e.ucia de Salitre. En caso de discordia los dos técnicos men­cionados elegirán un tercero de común acuerdo y -en: caso de desacu-erdo lo nombra-o rá el Preside-n te de !la Corte Suprema _ Es­tos técnicos tendrán el ca ráete-r de arbitra­<lores" .

60G CAl\;L\RA DE DIPU'l'ADOS _--~~·cc-'-=.=====

Artículo 13 (iUf' pasa a ser H)

Por loo señoreiS Pal'odi, Cácel'es,. lV!üUer, Concha don l\Iiguel, Fnt>nzalidil, Opitz y Ar<'1lano:

Para reemplaza l' la s:>>;unda fl'ase dd in­ciso 1. o por la :->igllirnte: "IJaIS cuotas cau­cclada~, reducidas o !Suprimidas, se repa:;-ti-1'án entre los ¡liomÍ1,.., Ill'Oel nt'ÍOl't'l"', a pl'J'olTa­ta".

Los ,:,prlol'es S-eralli:-- Cúnl"lJa,"; forlllulan

12. regirán como cnotas inicial-eiS, por un: !l€ríodo elr> cinco añoo, a contar de¡;;d(' el 1. o dp jnllo de 1933, {motas de 40 por ej"l1-10 pHl'a la Compañía de Sa'Jitr<, d" Chile 'f lIt, (in ¡HH' c:eJlto ("11 conjnnto lllll'il The Imu­t¡P'O Xitl'ajrCompany T.ltcl. -:.' paya la Com­l,a¡-Üa Salitt'era .Anglo Chil(>lla. Las ('l1Ota6 r¡nr l'ol'l'esponcla11 d::'11t1'o <.lI e¡;;t" período a oll'o;-i j)l'odnt'Íol'rs, según se c1etel'minf'1l de ;!l·¡w¡'(ln enll lo f'stahl{o('ido f'n el al'tí('lllo 1:.!. "i' otorgarán (lpclnciéndolas a prorrata ,1" );jh enOÜ¡f¡ (le los ikmás",

imh'aeión para agl'1'gm' .p] l,;iguíellte illCif;O POi' lo.; r'e]¡or.'s Lira rl'qni('j:l ;" 'rO¡'I'€R-

al artícnló 1:): "Las ~notas eancl'ladas r;>- ¡1011 Bugenio: dUl'idati () snll1'il1líüa~ lit' rl'pal'tirÍ1n nürC' los delllás l'roduetOI't'h el lll'ol'l'ata 112 IRIS CUo­talS \lue tl'nían ank~ ll(~ la ,"¡l1l1¡'\'.;ió:¡, "ane·,>, la~ióll () ]'('du~c:ión.

Artí'culo 14 (alltiguo Jjnprimido)

El seí'íor 3Iini:->Íl'o (11' Haeip1H1a fOl'lllula la.., hignll'lltf,'; ill(li('<lcioll{'S:

Panl l'('emplazar l>1 Dl,tíeulo lA por d SI­

gnil'nt(':

"Ad, 1+. Xo ob¡.;hlllte lo lli\"lllll'titO {'ll el artículo 12, regiráll e01110 rnotas inieia1\'R por Ull período de í5 aiío¡~ a contar ck'S(lt' el l. o de julio ¡1,~ 1933, enojas de un tereio sobre el total 'de laR ventas para la Compa­üía d~ Salitre el(' Chile y df' dos tr-rcioo del mismo total, en (·on,jnnto, para 'rhe Lantaro Nitrate Cumpan,\' Limit-ed y para la Com­paüía Salitrera Anglo Chilena. Las eno­tas que correspondan dentro d~etih, período g otnlts producto:',es, S€gÚll fW cleterminl'n de aeu2rdo con lo estahl"cido -ell el artícu­lo 12, "r otorg'ar<in, c1educi{>ndola¡; a p1'Or1'a­ta (le laR euotalS aHegul'ac1as a la Compa­ñía el·f' Salitre de, Chik Thr Lantal'o Xitra­te Company IAd .. , y Compañía Salitl'"ra An­glo Chilena.

Tms rmp;'{'~as produetOl'ah podl'áu HnLei­par la producción de su cuota -en el perío­do corrrspondi?ntc".

Por lo,s sf'ñorf's L.jra Urqnieta :v Alca»>¡.:

Para ret'mplazar el artículo 14 por -el tÚ­

guiente: UN O ob¡;;tante lo dis'puesto ~11 elartíeulo-

Pal'a fijar ,",olanwnt<' ]lO]' :! ,1!:(}" l¡¡~ ('110-

toí; (Ir y,'nta (le la COl'pOl'lleión de Yenta!';.

Artículo 15

POI' los ,,,{,iíOl'{'~ Par'olli, CÍ1e,']'("', ::'Ifiill(T, {'¡]w]¡;¡ don ?lfig'¡w1. Fn<'llzl1]i(l,l. ()llitz ;,­.\ 1'(']1[1110:

]'anl I'el1artal'lo a61: ""\I't, 1,). El Dire(~toJ':o. ('on ,,1 yoto '"011-

formo al' 10'-; (li]'('ctor~í, fjsea¡'('~. !lpbrr6 clis-1,'ilmi!' e:1 lHi~ rlistilltaR ZOlla.~ R:ditI'pl'Hr; la »l'oc!uceión paJ'il satisf¡¡ep,' la¡;; Y('ntas .\' laR H<'l·esi(la(lp..; (1(0 las J1oblaci()]ws de cada zo­nil pI'o(luetol'a. ~'. en ('llanto a elal'le ~' ca-1i(lad 'el!' "alit¡·c para hlo'; ]H'l'f'sirlad",¡.; el" la. :\1(lm;1J'i¡¡ qnímira, (lf'brní ?llÍl'rgar Jet;; tipos ,1p s,lliÍl't' ('n pl'oporeión a' la", <,xigencias lld nwl'c~c1o".

P,H'a rPpmplazal' rl anÍrnlo l:i por el SI­

g'lliPlltt' : ".\.1-1. 1.'), El Dir(>l'ÍoJ'io. i1 IW(lido dl' 106

l1il,:>ctOl'e.., fiscales, ¡1,,>bel'Í1 ('xi~!'i!' dI' laB cm-.\ p~'r~as llrllH'l'ídilf; qne ,1istrJmyall en las di!i-j inti1s mnas ,q.a!JítI'(')·H6 la l)I'odu('('Íón D{'CeSa­

l'ia pU1'a hati",faeel' ~n,,,, l'llota¡;: ~' en ('llanto a (~la¡.:r (le ~alitr('. C[lW la PlItl'l'ga se ha!';a ;'11 P!'opo1'eión a 1¡Hi {'xigrnc'iafi (1('1 l11:>I'C'lldo".

Artículo 16

POI' r1 MiJo" GOllziÍlez don Per1ro:

Par-a suprimir lOA melfWS J. o y 2. o .'

15.a SESION EXTRAORJ)INARIA EN JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 1~ia3 60T ============'--=---- ,-' f.'stc' artículo.

Artículo 17

P"r los ril'ür¡n~ Parodi, Cá\·en'-.;. 11iHler, Cnllehn don :.\Ii~nH'1, Fnellutlida, Opitz y _\!'el]¡1llo :

Pa:'1I cambiarlo por i'] &iglliente : ",Art. 17. La,.; t'xi&tt'lll"ia,~ d'l'~alitre ,'11

:W de junio el:> 198:3 hC lic¡niüarán: cuando d total {le la¡..; Y('nta;; exct:da de 1.000,OO(} de tondadas a nncl'll\-;. fil' liljnidarú el 7;5 por e;ellto dd PX(,,';;O f'iobl't' l.()OD,OOO de tone1a­,1a;.; illllHd"s para el allO l!1:H: un ;jO pOI' (·ip!lto para ,pi auo 1~¡:3:) .y 1111 :2.1 pOJ' ciento para l()~ ililos f'iignientet'i".

P¡¡rn sll]ll'imil' el ineiso 4. o ,1e {'tite at'-' t íl'111 o .

Pa ta ]'('t'lIlpla7,iH el Íllci"o :2. o ele! artícu­lo :27 ¡)ot' el f'iigni?nte: "Pod]'~ el <h'ectorio !';l1';;!Wlldel' la yenta tl{, ('"ta" {'xi',Íf~n('iafi o }'t'dneit, \,1 mínimum ,le' :20 por l'ient,o enallclo r; ]ll'Nio el.' Y('nta 110 ;]('ja1'(' dife­ren('ill ,1 f¡!Yor IL' la ('orp0l'aei{¡n, aplicflll­do.'w jafnis,' final (],'l w·tíeulo 11 para este C'afiO. t-;ah'o qn!' IO/i interesados e0l1Vcng"1l1 eOH la Corporaeión una dism:nul'ión i1e IOB ]H'f'ciof; fijlldflB ('n d al'tíenlo 10".

Para agl'('gtl1' al inciso], () lo /ii;:!'ni'lIte: "::4in embargo, ¡si la¡;; V1?nta,.; fu\'nlll infe­

rio~'f's a un millón de tonelada;; a11na];'I';, I'C

Jiqn:daní del I-ito{,k mI ]0 pOI' eif'/lto de la, 'l'I1tH'" al liño",

Artículo 18

Por 10t, tif'tlo¡'es PaJ'odi, ('tíe"l'rii, :.\liilll'J', Concha don }Iig'uel. FUl'malida. Opitz y Al'rlJano:

Para n'emplaull' ,'11 pI ineifio ií. o la frase: "y €11 el enarto hasta :!O.úOú pel'ioo por ea­da infracción" po!' lo ,;igniente: "y .¡>ll el euarto CafiO, haMa de 20 ¡WSOS por cada to­uelada d€ .. a litre Pl'?dl.lCido".

Artículo 19

Por iu,;; fieuore>< Parodi, Cácere;;;, 11 iiller , Coneha don Miguel, Flwllzalida, Ol'itz y Arcllallo,

Para reemplazar el melSa segundo, por el ~ign¡\'¡¡tt':

"El ·ti )101' (,it';¡to dr las utilidades co­lT(>~pollde;';'¡ al Fi"eo a títlll¡J de reULa del hlT\'llllamii'llto (1p[ E~taneo de Salitre y Yodo, r Se ua~al'(l a llH'c1ida <In\' f'ie vaya ObtpllipllCll)" ,

Para l"'('lJljlÜ¡Z1¡l' ('1 illl'iso 4,0 por ~l si­gui"lIh':

"El ~al<l() (1,' las ntilidaL!l't'; de la llueva ]l)'(),Jlll'(';('1! "Ol'i'('ó'ijlOnt1l'l'ú iI los lll'oducto,

Pal':1 ~l1prillli]' loo.; ill('isl!-i a.o, G,o. 7,0, ~, !), o

Para I'¡>,'mplazal' l'l 'inciso b. o elrl artícu· lo 19 por d ~ig:uipnt~:

".:'lb ('11 tJ';h ('si P ]H'lld i ell f,' ) a lie¡ ltiüación de la C'IJlJ1jlúlíil de ~aljtl'l' de' ('hill', ]a Gor­pOl'a"j"lIl "1ltl'i').!'111'(¡ la ]>i!1'ÍI' 11r l1tilidadelS fi\le, ('ol'l'rspC>lIda a las eOJlIpaiíías ('onstitu­relll,'s () 'llb'ldial'ias (Íp ('11a. el sn Comisión i~iqlloÍ(ladol'a. ¡; rill de <¡lIt' ('sta la d(>stin~ al ]HW'O el" las obliga(·ionl's de dichas COID­

'paüíiL, de ill'lll'rrlo con tillS pl,,·f(,!'l"l1eias con­trae! \1~) 1 t·:~ ¡) lC'g'o lt-·:-;·'.

Los seüol'('S lJus.,.;ai¡la 11 f. Zqwda . .Nluri· !lo, <\:li"" X(¡i'kz Galeno, ~\.tharán, Retam.a­les y Untipl'!'('7, fOI'muJall illdieaeióll para 1Il0difj(,1l1' los illl'isO',., ~. 4, Y ,i. (h'l adí~ul0 ]9, dl'L PI'o~'l'do d0 la .\L1YOi'ía. (le la Co­mi~ii¡11 dC' Ha{'iPIH1a, ('omo sigur:

Inciso 2,0 "}<jI lB () el :27 )lor ('it'uto, se :,!.'ÚIl l'l ('¡\~o. (le ('stas lltiiidadf'S eorrespon­clerá al Fi,c'o, l'OlllO i1nj111'¿sto a la l'Pllta de la indlll'itria drl "aJitl't' y d,>j yodo y se pa­gan'¡ 'a JIl(>clida qlH' se yaya produriendo. Le cOl'l'e,~poIJclprá 1'1 ] 8 ]lor l~it'llto ~le las uti· lidllde,s ]1l'odu('ic1at'i pOl'lat'i ofil'inas salitre­ras que. en sn gasto total dr C'ombuI>tible, ('OWi1Im:ll1 a Jo ml'l1OS el 90 por eicnto. ,en pro.ductos 11a60na1r,,;; y el 27 por clruto res­pecto de las oficina;; que uo consuman a lQ'

608 CAMARA DE DIJ,>UT ADOS

menos dicho porcentaje de combustible na-donal" . .

Inciso 4.0 'Las utilidades restantes, o sea el 82 ,o el 73 por <liento, según el cas{), co· rresponderán a 10's productores".

Inci!oio 5. o Con el 50 por ciento del total de las utilidades, tomado de la parte que corresponderá a los productores, la Corpo­ración atenderá preferentemente al pago de los interes'es y amortización de los bonos a que se refiere el artículo 25. El saldo de uülidades, ascendente al 32· o al 23 por ciento. será entregado a los productores. Este ~aldo será inembargable respecto a operaciones anteriores a la vigencia de es­ta ley, y también, durante los lO. años si­guientE'" a la promulgación de éi'ta, respec­to de obligaciones futuras".

Aprobadas estas indicaciones, la Hono­rable Comisión de Hacienda armonizará con ellaR el resto del proyeeto de ley.

PCfr los señores Castelblanco,. Ortega y Sotomayor:

Para reemplazar el inciso segundo, por el siguJÍente:

"De las uülidades producidas, corres­ponderá al Fisco, como renta de arrenda­miento del Estanco, una participae;6u de a,cuerdo .con la siguiente tasa aplicable a la parte. y fracción comprendida entre las siguientes toneladas vendidas: entre O ~. 800,000 <:>1 25 por ciento; eutreOOO,OOO y 1.000,000 el 30 por ciento; entre l.fJOO,OOO y 1.200,000 el 3'5 pOlr ciento; entre 1.200,000 y 1.500,000 el 40 por cie.nto; y en la parte que -exceda de 1.500,000 el 45 por ciento".

Para substituir el inciso 4 .,0 por el si­guiente:

"El saldo restante corresponderá a 1;>3 productores.

Por e1 señor Dussaillant, para suprimir el inciso 6. o de este artículo.

Por los señores Lira Urquieta y Alcal­de:

Para reemplazar el inciso 2. o del artículo 19 por el siguiente:

"El 25 por ciento de estas utilidades co­rresponderá al Fisco y se pagará a medida que &e vaya produciendo"·

Para reemplazar ("1 inciso 7.0 del artícu~_¡)

19,por el siguiente: "E'l saldo de las utilidades. dcspuús de

servidos los bonos, se. entregará a los res­pectivos productores".

Artículo 20

Por el seÍÍor Vicuña:

Para suprÍmil' €stc artículo ..

Por los señores IÚl'i! lT

rquieta ~- ..-\lcald",:

Para reemplazar el illCi",o l. o del artÍen­lo 20 por el sigui en te:

.":i\'Iiclltras las uJilidatilcs de la industria no rcprCl>entaren el dobl€ d-e la suma co­rre-spondicllte al servicio anual de los bo· llOS a que se refiere el artíc'ulo 2·5 lal'; ope­raciones y utilidades de la Corporación o de las empresas productoras adherida» a ella, proycnientes del comercio y rxplota­ción del salit.re- y de1 yodo. qu0darán exen tas de todo otro impuesto, sea de exporta­~ión,de movilización a la renta o sobrp llls ventas".

A.rIt,ículo 21

Por los &eñores Parodio CáccH's, ~Iii1lel·. C{)ncha don Miguel, Fncnzalida, Opitz y Arellano.

Para agregar en el inciso final, después de la palabra "flet-es", la palabra "Exac-tas" . lO

Artículo 22

Por los señores Parodi, Các('res, JYlülIer, Concha don Miguel, FUE'nzalida, O'pitz y Arellano.

Para reemplazar en el iu<!iso l· o la ci­fra "25" por "45".

Para agregar como inciso final el si­gULiente:

"Se exceptúan de esta dispo.SÍcióu las ell­prtiSas quetengau en la actualidad contra­tos especiales con el Gobierno".

Por el señor Vicuña:

H'.a SESION EXTRAORDINARIA EN JUE~S 2 DE NOVIEMBRE· DE 1933 609 c=================================~======================= ----

--~-

Para suprimir este artículo..

Por el señor Dussaillant:

Para suprimir el inciso 4. o de este al'·

tículo.

Artículo 23

Por los: \Señores Parodi, Cáceroo, Müller, Concha don Miguel, Fuenzalida, Opitz"1 Arellano·

Para suprimir este artículo.

Por el señor VicuÍla:

Para suprimir este artículo.

Por los señores CastelblancD, Ortega y Si) tomayor:

Para suprimir este artículo.

Por los señores Iúra Urquieía y Alcal­<le:

Para suprimir en el arüculo.2.3, las pala·

Articulo 25

Por los señores Parodi, Cáceres, MüIler, Concha don Miguel, Fuenzalida, Opitz y Arellano:

Para suprimir este artículo.

Por el señor Alfonso:

Para agregar en el inciso 4. o del ar­tíCUllo 2'5 ia siguiente frase:

,~Ü\S bonos refe-ridos no se amortizarán ni ganarán en los años en que no haya uti· lídadet3" .

Para agregar al inci~o 5. o del mismo ar­tículo 25, lo siguiente:

"El interés no podrá exceder del 4 por ciento"; y

Para suprimir en el inciso 6. o la frase que dice: "y otorgando las garantías ade­cuadas para su seryicio ... " y la frase: "y el saldo que hubiere quedado pendient~ de loo anteriores".

Por el señor Vicuña:

Para suprimir este artículo.

bras: "Bonos y", en la frase fina:! de este Por los señoret3 Castelblanco, Ortega y artículo. Sotomayor :

Po.r el señor Núñez Galeno.:

Indicación para cambiar la redacción de 1a' parte final del artículo 23, por la si­guiente:

"En consecuencia, el Tesorero úeneral de la República destruirá los títulos de accio­nes que hubiere recibido diJ la Compañía Salitrera de Chile y destmirá igualmente los títulos sobre 20 millones de bonos se­eured que corresponden a la contribución anticipada riJcibic1a por el Fisco, por el año 1933 y que esta ley reemplaza con los 140 millones de pesos €\Sta blecido.s por el ar­tículo 22"_

Artículo 24

POto El señor Vicuña:

Para suprimir este artículo.

Para agriJgar el siguiente artículo nue-VO, después del artículo 25: ,

"Artículo _. _ No o.bstante lo expresa.do en el artículo que precede, la parte de uti­lidades correspondiente a los productores, se destinará previamente a la formación de un capital de explotación de la Corporación que ascend.erá a 10.000,000 de dólares. En con8ecueneia, ninguna deuda sná servida, mientras no se forme el referido capital"_

Por el señor Muñoz Cornejo:

Para que la frase final del inci¡so 5. o del artícnlu 23. Se re·daele eE la forma siguien­te:

"E':ite G 1Jor cie11to ~{, c1c:,tillHl'á a pagar, por semc"tl"h Ye!lcid0~, 0,·1 il1tpr,~S :;niwl de 4 por ciellto sobre d callitd ad{,t~{1auo, y el srddo (~, alnorti?:~r. f'~Tl l;~~l'j~;:(i() d~' ::\ (-~l:'lor·

!izaeión eX11\~(;"(ljllarj,_1 ~ (t::~' ,~c ref~·e-rcn

;013 artírnJ0', le¡ ,- 29". 39. -I:xtrao:-d.ina,!'ias .

e10 CA~IA.aA DE DIPIJ1'ADOS

Por los ,SE'ñorE's Lira Urqn.iE'ta , y Alcal­de:

Par?M reemplazar -el inciso ;). o del artícu­io 25 por el siguiente:

"El Rervieio de estOR bonos se devenga­rá a eontar deooe el 1.0 de enero de 1934. Ganarán e.( 3 por ciento de interés y se amortizarán eon un 2 por ('iento, destinán­dose f'se otro 1 pO-l'> ciento pa'ra ~Ui.e la Cor­poración pueda rescatar estos bonos en los mercados. Las sumas que se destinen a in­tereses <O amortización no podrán acumu­larse para año,> ,siguientes. en caso de no haberse alcanzado a se-rvir con las utili­dades de un balance () período anual".

Para /imprimir los incisos 6 _ o y 9. {} del artículo 25.

Articulo 26

Por los señorelS Parodio Citeere,';, )¡Iiiller, Con('.ha don Migu€-l. Fuenzalida, Opit-z y Árellano:.

Para suprimir €'st€' artículo·

Por eJ señor Vil'uña:

Pal'Il.SJuprimir este artículo·

POl'~ los SI?ñor\'s C'astelblan,:o. Ortega y 80-

tomayor:

Para agregar un ineiso que diga: "Al crédito de 40.149,000 dólares, servirá

de abono. la suma de 140.000,000 de. pesos que el Fisco recibe en virtud del artículo 22 de la pre\se-nte ley".

Articwo 'Z7

Por lo.s seño.res Paro.di, Cáceres, Müller. Concha don Migue1. Fuenzalida. Opitz y Arellano:

Para suprimir l'Ste artículo..

Por E'1 señor Vicuña:

Para suprimir este ar1íe,ulo.

Por los señore-r> IJira Urquiet.a y Alcal­de:

Para reemplazar el art.ículo. por el si­guiente:

"I~a Corpo.ración pagará po.r Cilenta de

la Co.mpañía de- Salitre de Chile en Liqui­dación, de The Lauíaro Nitrate Company y de la Compañía Salitrera Anglo Chile­na, laB o.bIigacione,s a favor del BancO. Cen­tral de Chile, contraídas por estas Ernpre­"as ant&~ de que la Co.rporación inicie "us: úperacion€-s. La Corporación hará el pago. destinando a ello., de preferencia la parte de utilidade~ que co.rresponde de acuerdo ton el inciso 4. o, elel artfculo 19, a lo<> pro.­ducto.res y también en primer lugar -el va­lo.l"qU¡e. debe pagar a las Compañías po.rsas t>xistencias de salitre en Chile" .

Artículo 28

De los ~eñorf's IJira Urquieta 'y Alcal­l1e:

Para agregar al artículo. un mClSO 4.0, que diga:

"JJOS saldOR a que 6e refiere el inciso an­terior se- entreg-arán a las compañías aoeree­doras de- 'e;;;tos saldos, despué~,> del primer año de fmícionamiento de la Oorporación. Las sumas ('orrespolldient>cs servirán a 'las l:ompañías acre-edoras para cf:'lebrar a}u¡s­t es directos con sus acre.edores y si éstos l~O se efectuaren quedarán como. capital de explotación que será in~mbargahle·'.

Por 101'> seiiores Lira Crquieía y Alcal­de:

Para agrt'gar a continuación de las pala­bras: "se cubrirán" en el inciso 2.0 del ar­úcul() 28, la iras€': "€'n euanto se promul­gue est~ ley".

Po.r loo sl'ñorcs Lira lhquieta J; Alca!.· de:

Para reemplazar el inciso. 3. o, del ar­tículo 28, por el siguiente:

'~Sin embargo estos saldOR quedarán en poder de la Corporación por cuenta deo las compañías acreedoras a . UJll interés que no baje del 4 por ciento anual, mientras la Cor­poración necesite disponer de su valor pa-

.SESIOX EXT'RAORDINARIA r::-J JUEVES 2 DE NOViÉMBRE DE 1933 611 15.a

ra los negocios de las Compañías acreedo­ras y en especial para. efectuar a .esasC0.m' pañías los anticip06 a que se reflere el lll·

riso final del artículo 10.

Artículo 29

Por los señores Parodio Cáceres, C{)l1cha don Miguel, lVlüIler. Fnenzalida, Opitz y

Arellano:

Para suprimir PlSt.:- artículo.

Por el señor Yicuñ,1:

Para suprimir t't't,o artículo.

De los señores Li}'a Urquieta y Alcal·

de:

Para que se suprima.

Artículo 35

Por los señores Parodi, Cácere-.s, lVlüller. Concha don ::\figuel. Fut'lIza1ída, o.pitz y

AreUano. Para replllplazar c-: artículo por el si-

guieJilte:

"ArL 85'. El activo que qut'do: en la Compañía el", ISalitre de Chile, en Liquidación, una vez agr.:;gadas las empre­sa." 'que concede el artículo 331 Y eliminado a-e dicho activ(} las. acciones ordinarias de Tille Lautaro Nitl'ate- Company Limited y de la Compañía .A.nglo Olúlena, y de la;; pampas y plantas 8fuanks adquirida.,> por el Fisco, en conformidad con el Título V (ahora VI), será distribnído entre su;; acreedores hasta COlll'nrrencioa de sus cr~­ditos, de acuerdo con la ley +,186.3".

ArtícuJo 36

Por los señores Parodi, Cáceres, :lIüller, Conc~ha don lEgue}, Fuenzalida, Opitz y Arellano,

Para suprimir este artículo,

Por el señor Lois:

Indicación para agregar el siguiente m­ciso al articulo 36:

"Las comunidad0s o pal'ticula.res propie­tarios de tt'-rrenoS! salitreros podrán ingre­sar a 1a Compañía que Sé forme según el artículo 35, pre.via avaluación de sus 1;€­

rrenos por los técnicos que el dire:cJtorio de la nueya Compañía designe",

Artículo 39

Por los señores ParorE, Cáceres, Müller, Concha don ~Iiguel, Fuenzalida, Opitz y Arellano.

Para agregar después de la palabra "cos­to", la pa1abra "industrial",

Artículo 42

Por los señore·,.; Parodi, C:á.ceres, lIüller, Concha don ~liguel, Fuenzalida, Opitz, y Arellano.

Para reemplazar a los incisos 1.0 y 2.0 por 10,'5 siguientes:

"1.1os representantes de los productor~s pn el primer directorio serán designados de ';1 ,,,iguientt' man"ra: uno por la Compañía Anglo Chilena; uno pOr The Lautaro Ni­trate Company Limited; uno por la Comi­:"iún Liquidadora <le la Compañía de Salí­tu' de Chile, y uno, por los actuales pro­d1H'tores independientes".

Por el iieñor Vicuña:

Para suprimir este 'artículo.

Por los señores Castelblanco, Ortega y Sotomayor:

Para suprimir los incisos 1.0 y 2.0 del ar­tículo 42.

Por el señor ::\lini<;tro de Hacienda:

Para reemplazar el inciso Lo del artícu­lo 42 por el siguiente:

"El primer directorio de la Corporación durará ,en SWl fUll'clones cinco años, de­biendo designarse los ocho directores que corresponden a los industriales en la SI­

guiente forma: tres, por The Lautaro Ni­trate Company Limited; dos, por la Com­pañía Salitrera Anglo Chilena; dos, pOr las empresas adheridas a la Compañía de ,8a-

",." T' •. ~ ,

612 'CÁMARA DE DIPUTADOS

litre de Ghileen Liquidación; y uno por , , las empresas independientes que esten en trabajo en el momento de la el,ección del directorio.

En la misma forma y proporción indica­das en el inciso anterior, se nombrarán 'los directores suplentes uno por cada directo­rio en propiedad, en el caso de acordars·e la designación de directores suplentes".

Por los señores Lira Urquieta y Alc.~ld",:

Para suprimir el inciso 2.0 y el iuc i60

3.0.

Artículo 44

Por el señor Ministro de HacÍ<enda:

Para que la referencia qUe se hace al artícu10 23 se substituya por la del artícu­lo 22

Artícmo 45 (que pasa a ser 46)

Por los señores Paro di, Các.eres, Müller, Concha don Miguel, Fuenzalida, Opitz, y Arellano:

Para agf\egar el siguiente inciso: "Regirá, también, hasta la misma fecha,

lo dispuesto en el artículo 9.0 (transito­rio), de 1a citada ley 4,863".

Artículo 47 (que pasa a ser 48)

P0r los señores Parodi, Cáceres, Müller, COll'{~ha don Miguel, Fuenzalida, Opitz, y Arellano:

Para suprimir este artículo.

TITULO III

El señor Torres don Eugenio, formu1a in­dicación para que 'en el Título III se agre­gUe después del 2.0 párrafo 10 siguiente:'

":Si las utilidades de un año salitrero fue­ran superior'es a 4 millones de dólares, sr entregará al Fisco el 50 por ciento elel exceso de utilidades sobre dicha 'suma' '.

TITULOS NUEVOS

Por los señores Parodi, Cáceres, Müller, Concha don Miguel,. Fuenzalida, Opitz, y

.' Arellano:' ¡

Para agregar el siguiente Título que. pa­saría a ser V ·con 1a siguiente denomma­ción:

TITULO V

Reorgrunización de la In.a:aStria Salitrera.

Art. .. Se autoriza al Presidente de ia República para adquirir de la Comisión IJiquidadora de la Compañía de Salitre de l:;hile~ todos los terrenos, pJ<¡tüas y útiles d~ elaboración de salitre y yodo que for­maron el aporte de las compañías consti-. tuyentes, incluyéndose en esta adquisición las propiedades y e1ementos de embarques en los puertos, pero excluyendo las exis­tencias de salitre y de yodo en Chile y en el extranjero.

El precio de las oficinas en referencia se . basará en el val<>r de sus terrenos, equi­pos, maquinarias y demás elementos y úti­les de producción de salitre y yodo ca'l.cn­lado por una tasación justa de su valor fí­sico y comercial en el estado en que se en­contrar2ID. Esta tasación se practicará por una Comisión Técnica compuesta de ·tres ll'!iembros nombrados, uno por los acreedo­res, representados por la Comisión Liqui­dadora de la Compañía de Salitre de Ohi­le; otro, por el Presidente de la Re:pública; y el tercero, por el Presidente de la Corte Suprema" .

Art. .. Para pagar la adquisición a que se refie¡r·e, el artículo anterior, el Gobierno emitirá bonos, que ganarán un interés de 4 por ciento y una amortización de 1 por ciento, a partir desde el 1.0 de julio de 1!t36; bonos que entregará en pago a la Comisión Liquidadora de la Compañía dt~ Sa'litre de Chile_

Art. .. El Gobierno dará en arrenda­J1lienlO, l'il suha.sta pública, las oficinas y dcmú¡S l'll'lllÜlltos que adqniera, u(- acuerdo cou 'los du.'- artículos aHtcrío~'E':', (:(111 Un mÍ­llimum dE- .arrendamiento (lE' 1:Z Pt'co,s de6

15.a SESION EXTRAORDINARIA EN JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 1933 618

\c=========================~

peniques por tonelada de salitre y 6 pesos

de 6 peniques, por cada kilogramo de yodo

producido, cuyo pago se deducirá en oro de

las utildades que correspondan a los arren­

datarios. Las sumas. recaudadas por 'elSte

capítulo se destinarán al servicio de l'Úd

bonos a que se refiere el artículo prece­

dente. El término de arrendamiento será de 20

años y ningún arremdatario podrá tomar en

arriendo terrenos y plantas salitreras con

capacidad de producción superior al 10

por ciento de la venta calculado para el

año salitrero siguiente a aquel en que se

efectúe el rema t •. El Presidente de la República hará ela­

"borar un plan de agrupaciones de terreoos

salitrales para servir a determinadas plan­

tas de ,eJaboración. Estas agrupaciones de­

berán complementarse, en casos ne0€sarios,

eon terrenos nuevoo, con el fin de formal'

reservas suficientes para explotaciones de

20 años eomo mínimum. ¡Se¡ pondrá im remate el número de plan­

tas con capacidad suficiente para satisfa­

cer las necesidades del mercado calculado

para el año salitrero siguiente a1 del re­mate.

Estos remates ~ efectuarán 't'lll Santiatgo

en las l(',ondiciOOle>'> que determine el Regla­

mento dictado púr el Presidente de la Re­pública.

Queda autorizado el Supremo Gobierno

para dar en arrendamiento plantas y equi­

pús de explotación salitrera a particulares

qUe dispongan de terrenos aprovecihables

en diooas p1antas, pudiendo' los arrendata­

riOlS, en casos calificados; ser autorizados

por el 'Supr,eano Gobierno para trasladar

las plantas a. los terrenos respectivos.

La renta de arrendamiento de las plan­

las. será de 6 pesos de 6 peniques por kilo­

gramo dI} yodo producido y Be recaudará

en la forma ilH'IeíVista: en el inciso 1.0 de 68-

te mismo articulo. .-

Art. " Se faculta al Presidente de la Re­

pública para emi,tir Vales de Auxilio Sali­

trero hasta un valor de 500 millones de pe­

~s D?onedaco.rriente, los que ganarán un

l~Úeu-es de :J por0iento anual; estas eroi­

SJone-s tendrán por objeto hacer p~tamQS

a los industriales salitrerQ6, con garantía

prendaria. . . . Para que el Título V, con su actual de­

nomiración, pase a ser Título VI.

Por el señor Escobar:

Para que se agregll€t el siguiente Título:

TITULO ...

Del mejoramiento oodnómico de los obre­

ros de la 'ilndustria

Art ... La Corporación de Ventas no po­

drá contratar nuevos obreI"Os con un sala~

rio 'Ín:feriOT a 20 pesos diarios, para loe;

o brero'S no clasificados; y \Consultará uu

aumento de 50 por ciento sobrel esta suma,

para los emp1eados y obreros clasifi'cartos,

debiendo. además, aumentar los salarios

actualmente en vigencia, al nivel que el

presente artículo 'e\Stableüe. Art. .. Todo obrero que sea despedid'Ú

de 'Sus faenas, recibirá una indemnización

de 600 pesos de parte d03 la Corporación,

y además correrán de cuenta de esta mis­

ma ,Corporación, lo~ gastos de pasajes y

bultos para él y su fami1ia,' hasta el punto

en que desee radicarse. Art. .. La Corporación no pod,rá poner

en práctica nuevos medios mecánicos, ni

en la elabora'ción ni, en. ,,,,,l· transporte y

embarque de los producto.", a fín de evitar

una mayor cesantía en la industria, por los

efecto,s de la raciQnalizaúión capitalista.

Art. .. Los o brerús marítimos (estibado-

1'e.'3, jornaleros, etc.), deberán ganar, como

mínimo, 20 pesos diarios, debiendo abonár­

&eles dieha suma los días en. que por no

haber trabajo o embarquo? suficiente no at­caneen a: ganarla. Esto ;;.in perjuicio que

trabajando a contrata, .:'n estas faenas,

puedan exceder dicl1a suma.

Art. . .La Corporaciól~ implantará 1.a jornada de 6 horas para iodos loo obre!l'oS

que trabajen en 'CUalquiera' rama de esta

industria, comO' un médio de reducir en

parte la -cesantía del Norte. Por los señores Vieuña y l'ol'r€s don }1:;u­

genio:

614 CAl\iARADE DIPUTADOS ,---'--

Para que€' se ag'regue el /5.iguiente Título:

TITULO

De las Comunidades Mineras Naciona1es para la Explotación de las .Reservas

Salitrales del Estado

.. Artículo 1.0 Las resenas salitrales' del Estad{) poddin ¡Sit-r t'xplohHlas en las condi­ciones qwe determina €sta ley, por comuni­dad€s mineras que cumplan con los siguicll­toes requisitos;

1.0 Estar formada" exclusivamente por chilenos mayores (k edad y domiciliado,:s ,en la República, en número no inf~rior' a diez;

2.0 Poseer un capital inil'i:a! 110 inferiot' ;t.

cien mil pt'S{):S, divididoell cllotasdé un mil pesos a lo menos cada una. cuyaeDec­tividad deberá acredítal'S.f> con certificado'" de -depósitos bancarios:

3.0' Haber6e con.-;tituído por e6critura pú­blica, en las cuales se estable'zean 1116 reS­ponsabilidades -(le los fundadores por ~1 ca­pitalaportado.

Art. 2,0 La.." cOjliullidadet> mineras que 110 cumplan con lot' requisitos preceptv.ado5 en 1<: artículo' p:·:ec-,:·dente tendrán derf"cho de solicitar del juez letrado respectivo y dentro ele las reS"l'W1S del Estado. una per­t~nencia 'salitr~t.ra de cinco h-eetál'eas por cada cien mil püIiiO.~ de su. e8p1tai pagado. sin que puedan las eonctr:s.iones a una misma comunidad exc<:'der Ni. lling:ún caso dE' ~5

hectáI'€!as. Ningu1la persona natural o juríd.ica pUJo:'­

de tener de: 1l'cho:, t"H mú . ., dI" una comuni­dad a la Y€Z.

Art. 3.0 l.1a8 manife8taeÍolH\' 6alitl'd~a,) ref~ridas en 1015. artículos pr€eedl~ntes qu-.::- . darán sometida" '11 las tramitaciones esta­bl€cida,<; para loo caloSO:" análo2'os <:'n el C(.-digo de Minería. ~

Art. 4.0 Esta,,:.. COlll.'e;>Íone'" -;alitr~:ra" .se­rán a título pI,pcario, pe,'O no caducarán si-110 por S€ntencia judicial. .:'ll 10"- caso." pr€'­vistOoS por la ley.

Caducarán especialmellk: 1.0 Por no haber produeido salitre dll­

rant€ dos añoscol1secutivos, qtlt- podrán contarse desde la. :t1e-C'ha de la primera eon­cesión judicial, -rH la cuantía que fij.. de

modo g€ueral el Reglamento que 8e dic~

pa;'a la Bjle-Cu.ciÓll d€ e~ta. ley; 2.0 Por la cesión d€l sus der€chos a ex­

trallj€l'OS o a chilene, domiciliadOlS fuera de la República;

3.0 Por haber perdldo todos sus miem­h1'ol'; su clomicilíoen la República;

4.0 POl' a dmÍnistl"ae iém descuidada () frauduh'llta de que ha~-,a provenido <:1 >en­deudamiento excRsivo de la comunidad. su disolución o ;,;u quif'brOl.:

5.\} Por cualquier,a infracción a las condi­('iones y :'equiúto.sestablecidos por esta l€'y perra su ('ou('e~ión y güee.

Art. 5.0 113:' euotas de estas comunidadoes :-cl'ún nominativas y ",,,tarán someHdas al J't:gin1l'll de las d.er€cho .. reale<; que estable­I'e <,1 Códij.!·o Civil, PETO llO pcdrán trans­i'el'Íl':;;'l' entl·", "ivos ni tl'llIlt5ll1itirse por cau­--a dE" mu.erte ',en favo·¡1de €xtranjero::; o de dtilenü:'- qlH: no tuvi-erc-n 'su c10nücilio ",n la RE'públiea.

L.a euota que i;¡i" tran::itil'icl'e o transmitiere en contravención a lo di"puesto en e·st.e al"­fÍeulo eecJ.erá t'H valor del primero qrlle de­nUllcial'P juuieialrlll¡mt~" esta eircuIll'Stancia, aun euando Ml d~nuncia se declare más tar­de' illlprOct'dellt-e PO;1 algún "icio de forma.

Lo mismo >~t' aplicarú al comunero qu" 'lbandonal'esu domicilio e11 la Hepública o qUt: l'p..;idiere por mátS de tr"',;;; años COMe­l.'utiyOS en el\'xtranj'ero. aun cOl1t;-ervando d 3"iento principal de: ~u.."" negocios en Chi­h.

A 1't. 6.0 s,. , declarag al' utilidad públi­ea la., oficinas. easas, galpones, cachuchos, lllúquinas y demás lel-el'HentOfi de trabaj'o de las oficinas salitr€ras que hayan peNnan~­e:ido o pél'll1auecieren inactins por más de tI,,·:,; aftOso Su:" bien-es I,ndrál1 'serexpropia-' düt, -en favor (k algun"colllunidad minera. formada COIl arreglo 2 hta 'ley, qUf" lo 60-

jj('ik, dando previamenté a sus dueños el valor dt'O la:;;' eosa,> 'expropiada8 a justa tel.­

sación de p.e ritos. .Art. 7.0 La Corporación de V'mtas de

SiJ,litI'f y Yodo adq uiril'á a loo preciOlS por élla fijado,;. la totalidad de la producción de salitre de estas comunidades minerlll'l par:a lo cual considerarú dicha pr(}ducció~ fuel;a dR la distribución de {!uotas el€ com­p:!a a qUté .Si" l'efi.erenotra" di"pQ¡Siciolles de e"t.a ley.

15.a SESIO)j EXTRAURDINARIA EN JUBVtES 2 DE NOV.IEMBRE DE 19i3:g 615

Artículos nuevos

Por los señores Parodi, Cácel"'f.'s. Miiller, Concha don }Iigud, FUt.'nzalida. Opitz y Al"ellano:

Para que se consulten loo siguientes a1"­tícul<ls llUe.VOS:

"Al'lÍ. '. El Tesorero General de 1:1 ltepú­bEca, POi, el Fi • .,co, y la Comisión Liquida­dora de la Compañía de Salitre de Chih', por sí, qu-edan autortzados para suscribir las escrihmas públicas necesarias para efec­tuar la tran'ifprencia a que se refiere el ar­tículo 25.

Ef'e<;tualiladic ha LcansfeTencia, y 'ha.sta que sean arrenclanclas las plantas. C011 'arre­glo a 10 clisÍmesto en el artículo :27, lel Fis­co, por intermedio de la Superintendencia de Salitrf' ~- tl'ansitorianwnte 00ntiuuará las labor-es en las oficinas que, a la fec!H d", la tra~<;fereneia, ~ encuentren en tl'abajo o en faenas prt'paratorias para la elaboración debiendo o1'1'"c-e1';;c en remate, en primer tér­mino, el ¡arrendamiento de dieha:,; oficilHh<;.

Para' atende;' las labore.s en l'eferencia, queda facultado. el Supremo Gobierno para emitir los vales de auxilio ,:;alitrt'ro nrc<:sa­Tioo, con snjec\.'i611 a lo previEto en <:1 ar­tículo 28 ".

Para ¡agregar el sigui~nt,e lllC1SO nu€yo: .. , En caso de la cancelación de la cuota a que se rdiere-el artículo 15 o de falt.a de la producción cOrl'espondicnte. sill motivo justificado, queda de hecho l'%uelto el con­trato de arrendamiento; y d Iilrrielldod~ la plant.a l'f'spectiva sr pondrá nue"am;>nt<:> en remate".

1.l0S señores Dussaillant, Zepeda, l\Iu.rillo, Cdis, Núñez 'Galeno. Retamales, Acharán, Gutiérrez y Chanks, formulan i'ndicación pa­ra agregar al proyecto d~ la Mayoria de la Comisión dc Hacienda ",1 siguiente artículo l1ueVO:

. "Art. Los . productonfs de yodo . pagarán al Fisco, eomo impuesto en especie, una cantidad de yodo igual a la que se ex­porte del paí<s, ~. ll!asta concurnencia de 600 toneladas anua'les. Si el yodo exportado pa­sare de esta cantidad, pagarán además sobl'c el exc.,dente. y hasta :enterar 1,200 tOllela-

= das, un impu.esto de medio kilogramo por, eada kilogran;o ,exportado. Y si lo que se ex­portare del mismo mataloide pasare .mual­nlJEllt€ de 1,200 toneladas, pagarán sobre el excedente de esta última cantidad, y además de la~ euotas anteriores, un cuarto de kilo­gramo dc yodo porcada kilogramo expor­tado.

El Pi.seo no deberá enajenar este yudo IMl­g<lClo (·omo impuesto, antí:6 d€ trascurridos 25 ¡¡¡iios de la vigencia de esta ley; y euando lo,; anajent· entr,eg'ará a 101S productol~es qUi€'

'hayan pagado el impuesto. o a qui.enes SU$

derechos r~pre"entel1 o correspondan, y a medida que se efe.ctÚle la -enajenación, la ter­cera pa rtc' del precio neto de venta, deduci­do,; lo,; gastOlS. Si, autorizado por una ley, -el Fisco vendiel't" dic!l{) stock de yodo, o parte de él. anÍl's dI' cumplido el plazo ref€rido, y ell todo cal"o !lO ant€s de tran.""curridos 15 años. 't'ntrpg:ará a lo" productores la mitad cld }ll'l'cio lH"to de venta, en lug¡ar de la ter­('er<1 part,· ..

El 20 por ciento a le> meno" de le qu.2 el Fiseü pereiba. para sí misIno, del precio me­to dI' venta del yodo que se haya pagad{) í:omo impuest.o. deberá ser invertido .en ol.was l'úblicas d<:> la zona salitrera. o en fomento dt' las industria.,:; y cultivos de lésta zona' '.

Los seúol't.'-s DUI:>ISaillant, X úúez Galeno, Ce­lis. :Gutiérrez, Mu.l'illo, Chanks. Ret.amales, Manzano, "IN<l.lker y CaÍÍ!as Lira, formulan in­dicación para que en el proyecto se consul­te el siguiente artículo nuevo:

"Art. " Durante los 15 años siguientes a· la promulgación dieest.a ley, los -extranjeros no podrán adquirir pampas ni oficinas sali­trera.s que pe11en.ezcall totalmente Den part-e a ciudadanos chilenos sin previaau.torización del Pr.esidJente- de <la República.

Para los ·efectos de ID dispuesto en este articulo. no seránconsideraclos como ext.ran­jeros la,> personas no chilenas radicadas en d país desd" más de 2,0 años" .

Por el señor Zúñiga:

Para que fi.e agreguen lo:..s siguientes ar­tículo" llUéV06 :

61>6 CA MARA DE DIPUTADOS

Art. ., No obstant,e lo dispuesto en 1\lS demás títulos d~ ,e,<;ta ley, la Corporación de Ventas ,estará obligada a vender a indus­triales chilenos radicados 'en €I país, todo -el yodo que éstos necesiten para su transfor­mación ~n derivados yodados. El precio de venta será el qU€ fije la Corporación d'e Ventas para las existencias .en Eurpoa, d,e­du.cido un 30 por ciento de descuento, por el yodo pU':l.Sto a bordo 'en PU€rto lSalitrero chileno.

Art. .. El comprador chileno de yodo no pod á v,end,e,rlo ni transferirlo sin previa transformación industrial en derivado.s yo­dados.

Art. ., Sólo podrán ser fabricados y co­merciados los derivados yodad'Os que r~ún.an laos condiciones d~ calidad y carecter,es exi­gidos por la };'armacopea Na,.cional, y cuan­do .e,stos productos sean para la ,exporta­ción, deberán responder a las condicion€S exigidas por la Farmacopea 'de los paÍSle'S de destin'O.

Art. .. Se dedara libr.e la fabricación, venta y, exportación de los derivados yoda­dos €laborado:s de acuerdo con los artículos anterio:-.es, sin perjuicio de las disposicio­nes emanadas 'M, la Ley sobre Control de Cambios y de los conV'enios Internaciona~es so breexportación.

Art ... No obstante 'lo dispu,esto en el ar­tieulo 1.0, se declara libre, para los chile­nQs radicados 'enChile, la fabricación o ex-, tracción de yodo de las sales natu!"la'les, de los v€getales o de· los líquidos o sólidos qu.e lo conwng¡an y que no provengan de pam­paos u oficinas salitr,eras ,en 'explotación de nitrato, ,de sodio, y iliempre que .est.e yodo sea convertido por .el industrial que lo .ex­traiga, en 108 derivad<lS yodado,> eonsulta­dos en 'este título.

Art .. _ No obstante ,lo 'dispuesto.en los artículos pertillJent.es de .esta. ley, se declara libre, para los ciudadanos chilenos rlUlica­dos en el país y para las -empresas chilenas cuyos capitales y participaciones ~1;'t.ene­cwntes a ciudadanos chilenos radicado9 en el pais, no .sean inferior al 50 por ciento, la fabricación, comercio y -exportaeión de abono,<; nítricos mixtos,qu.e contengan hasta 25 por ci€nto d€ nitnato de' sodio y que pro­v~mgall de la fabl'lcación en .Chi~ de la so-

da al amoniáco, empleando como materia prima el nitrato de sodio o las disolucione,s de las sal,es cont-enidas ,en los C'qliches.

Art. '. Las infracciones a las disposicio­nes d€ €ste títul'O y del Reglamento, que al respecto dicte €l Pr,esid€nte de la República, serán sancionadas con el decomiso de las ins­talaciones yde lias mercad.erías afectadas y por multas hasta de 200 pesos por kilo­gramo de yodo y 500 p€Sos por tonelada de nitrato d\3 sodio. Las sanciones serán apli­cadas por <31 Di:~ctorio de la Corporación de V~ntas, ordo €l interesado, y con el voto conforme de los Dir.ectoI'0S Fiscales, y d:e acuerdo con lo establecido ellel Reglamen­to meneionad{).

Los séñores Zapata, Merino, Casali, 1\1:ar­tínez don Carlos A., y V-erdugo, formulan indicación para iagnegar al proyecto los si­gui~ntes artículos nuevos:

"Art. EstabléCJese la jornada de seis hQrag . diarias de trabajo para los obreros y emplea­dos que se ocupen en la industria salitrera".

Art. '. Los obr,eros y empleados que trabaj,en en la industria salitrera gozarán de un salario mínimo y familiar, que será fi­jado por una comisión M obreros, emplea­dos y patrones ,en La forma que> d€termine ;el Reglamento respectivo.

A,rt. " Establécese la zona seca en toda la región'>8lJitr.e:'a.

El señor ~Jañas Lira formula para que .;.;'" 'agregue el siguiente nuevo:

indicaeión artículo

"Art. .' Toda eompalllR. explotadora die los yacimientos salitrales,estará obligada. a Deupar un 95 porci~nto del personal chi­leno € invertir también un 95 por ciento de lo~suehlos .~n perlsonal chileno' '.

Los señores Cárd€nas, Serani y Casanova, formulan indicación para que M consulte ~l siguiente artículo nuevo:

"Art. La Corporación de V'entas queda obligada a f'J1tl'legar a la Caja de Crédito Agrario, .a ()bjeto de que este o~anismo lo distribuya .entre las colonias o cooperativas agrícolas actualmente organizadas o qUle' se

15.a SESION EXTRAORDINARIA EN ·JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 1933617 ============================================================~.~

{)rgailÍceil en el futuro, o las personas natu­ral~s que se lo soliciten, el salitJ:'le que nece<;ite la agricultu.ra del país. Esta entrega se ha'l"á al pr~cio <Le costo industrial puesto .a bordo o en ferrocarJ·'¡¡".

Por los señ'Ores Ser.ani y Cárdenas:

Para que se consult.e -el siguiente articu­lo nu.evo;

"Art. .. El arrendamiento a qUJe se re­fiere d artículo 2.0 será por tiempo indefi­nido. Sólo pod: 1á ponérs-ele tórmino por una ley. Este hecho nO otorga a los asociados ningún derecho para cong¡;guir in<Lemniza­ciones de parte del li'isco chileno.

Terminado el arrendamiento la COl'pora­ció n ,se disolverá inmediatalll1en~ y«e pro~ cederá a su liquidación".

Por los señores Serani y Cárdenas:

Para que se consulte .el siguÍlent€ artículo nuevo:

, , Art. La administración de la Corporación corresponderá a u.n Directorio que estará constituídoen la .<;iguiente forma: por cuatro Dir-ectorE'.s chüenos que nombra­rá el Presidente de la República, uno die: los cuales será el Superintendente del Sali­tre; por cuatro Directores que nomb:?arán los productores adheridos a la CO:1loración y por un Director que ,será el?gido' por el conjunto de los ocho Directores ya mencio­nados. Este Director, qu.e ~eberá "el' ehi­leno, será el Presidiente de la Corpomción y para ""ntrar en ejercicio de sus funciones 'deberá ser nombrado por lel Presidente de la República. Los representantes d~ los 1>N­ductores serán designados de la mau,"ra si­guioente: uno por Ja. Complañía Ang10 Chi­lena; unO. por la Lautaro NitratR Compa­ny Limited y dos por las otras empresas pn­ductoras. Sólo podrán participar en esta. elección los -representantes de aqoo!las "m­presas o compañÍlas que estén f'U p::-oouc­ción a lo menos seis m€S€s antes de la. dee­ción. Cada empl'lesa productora tendrá de­recho a un voto ~u.alqlúera que sea el nú­mero doe oficinas o la :?antidad d~ salitre que elabore.

Pe r 10\5 s€ll,Otr{1S Serani y Cárdenas:

PaT'a agreg&r el siguiente arlículo nue­vo:

"Art. ... La fijación de cuotas de pro­ducción, deberá hacerla anualm1nte te! Di­rectorio die' la Corporación".

Por lo.s s-eñores Parodi, Müllf'r, Chaparro, González, GarcÍa y Torre_:

Para a,gregar al proyecto el signiente a1"­'lícu~o ;

"Se 'esahlece un salario mínimo die 15 pe­sos diarios a 10\5 obr'E,ros solteros, oeupados en l'1ls faenas de ,€'xtracción, transporte y elabora.ción del 0a1iche, sus d-erivados y complementos.

,Los obreroo easadoo y padr¡es de familia, 6btendrán un salario mínimo' dJe. 20 pesos diarios.

Ivas empr!esas dedicadas a ,las labores se­iÍ!liladas en el inciso primero die este pree>ep­to, ocuparáill en sws falenas UiD porcentaje no inferior al 50 pOO"ciento de dbnl>ros c!­sad-üt;;' '.

Artículos transitorios

Por d Sleñor Muñoz Cornejo:

Para 8.",o-regar la. sigui!erute disposicion tran­~toria :

"La Oaja de Previsión de Empl.ead08 Par­ooul:a!res y demás ~lÍtw0iones similares. debe,rán d,evolv,er, a petición dIE" loo interesa­do,s,el tot.aJ de lOs fondos de l'Ietiro de los empleados cesantes deo la industria salitrera. qUiEl :.'\e' encuentran ~esantes desde el 1.0 de enélI'O de 1930 y doe los que quedaren ,c~sant~ «.on moth'.o die la present.e l-ey' '.

Ind:iicacionels . de oarioter general

Por el señor Ríos dO'n .Juan A.:

Para elí~r del proJleclo todas las dis­posiciOil1!esqu.e digan ;reJacÍón con reconoci­miento o ool'vicÍo d.e d-eiúl-as dI€- la Compañía. do!?- Salitre d/e1 Ohile, en Liquidación.

Por los .'lieñoresSerani y CárdJenas:

Para >eilirrrinar el artículo que se refiere ilo la ;can·cIetlación por pa.rte dd Estado. de la dlfuda <'Le Bon~sSeeThl"e.d.

618 CAlMARA DE DIPUTADOS ================'-=============

Pmaelimiluar de la 1{),Y todas 1as illl'posl ciones :r-ela,tivas a la de!1.1da de la industria salitl'!erra, y ha'Cler una, declara.eión, en iEl sen· tido de qUieLa Ju;ntao Comisión Liquuida­dora ,actual, eonrtinuacrá 'en el desempf'ño de StlS funcion-es, que le 'encomienda el artículo 34 de la l·ey 4,'&63.

Para 'alUll!enta;r al 45 pOl" ,ciento la part i eipa>CÍón fi,scal en las utilidades () en sub­sidio, somerter la industria ,s-aEtr:era, al ré­gimen ,comoo de contribucionJes, estaM0lcieu­do que p,~ salitre éLe:be paga,r lUla wz en Chile el impuesto de dos por eiento sobre 1<11-> ~e!lltas.

Para cteC'lara:t' f[Ue la parte de uülidach" qllle ,le correspo:nde a los indu.stl-1:a l.e s , s~i'á €'lltrega,da a la Comisión Liquidadora pa ~a el s'e,rviciocre· ias deudas".

Los ,señores Vicuña y TOlTe~ ueHl Eugmio prc'scntall ",,1 ,'ügui,emte

CONTRA~ PROYECTO:

"Artícl1Jlo Lo Créase una institu.cióll ~,'­

mifiscnl con el nombl'e d.e Compañía Ohi. lena. de Salitres, dE'stinada a 'explotar ni­tratos y SUeS de,riraüiOs de los yaómiento:, qru<e se- e,nc:tlp'ntr'E'n P11 t¡crrenos el'ial¡es elf-] E<stado elÍ lll,'s ·condieÍonr¡; que d~termin<1 <,s' ta lley"

rLa mitad d,eI hab{'l' ctc' esta Compaüía J)'erlenece~á ,'al Fisco chilll"l1o; y la otra mí­tad Se di,~idirá ,en dos pai·te signa les, la fuma lrep:airltida E-I1l aooionl":s ol~el111múas de lerxplotacióu, y la otra en parlicipaciollf'S o bonos d'e :renta y sOl'Íeo, ga.rantizados 11Ol"

la Comp.a,fúa co.n sus:capii:ales propios, Ar1, 2,0 iL;aSl acJciOJlJ€ls,olrd¡ilnail'ia,; serán

100 mil. de un mil pesos ,cada UIla y no podrán se.!' subs,crita.s ni pooeídas sino por personas l1atu:r,aJe-s o jurídicas con nacio­llwlidad chilena, domi{'iliadas en la Repú· h1i'ca. E."t.a'i:1 acciones se ¡Emitirán por seriffi dí€' ,cinco mil de .ellas. a nwdida {IU" las 11e­eesidadlEs de la irndUJstria 10 exigie-.1'e-ll,

Art. 3.0 Las participacioll!e:s o bOllO:'; c1p renta y sOJ:'Íeo, s'e-ránaJ portador ~- 'podrán emitirse progr'esiva ml0nte , según las nece­sidades de.} me>rcado.hast.a la cantidad dé' un millón de ellas, de 'Cien pesos ele \"alor nominal cada un'a.

E,stas bOllOS 'ganarán un dos port" ciento d-el interés simple a,nua1, .S€ alUO'rtiz.arán Of··

ttinariam!ente ell ci!ncuEntaaños y extra:ol'­dina.riamoote, por sor too en la,s condicioll'es que expresa ,esta loey.

Art. 4.0 De las utilid:acues quecorrespoll­da.n a las parhcipacloruEs, se destinarán anualmente cinco millonC'S die pesos para mortizar extraorrlinariamente y rescatar,

mediant,e un premio a la "uert", dichas par­ticirpa.cÍoTl'c-s.

Habrá }Jara oCHo un mil CIento trece pre. mios, distribuído."" como slgTle: lUI primer premio d{, un millón ele pesos; dos segundos pl"emios de quinientos mil }Y2S0S; diez terc>€­ros pr·emios de cien mil pesos; cien cuarto.s proemios ele diez núl pesos: ~- mil quinientos premios de Illl 11111 pesos,

El l'lesto de las utilidades de las 'partici'· p,lciolles se destinará a pagar d intrerés de­los bonos ~. a formal' un fondo de I"IOOe'rva pa,l"a la amOl'tizadó¡¡ ordinaria eh los mis­lll(}S,

Si hubiere algúncxc.ed,entr {,ollsid'eTable podrán aUIllplltar:,p C011 él las amortizacio­nes {'xtraordinarias mediante otros prif'mios de d~ez mil })e .. -;os carul lUlO,

El saldo qu" quedan al liquidaJ'se ]a Compañía se clisü'.ibull'á a p.rorra,ta entre los bonos 110 sOl'1:l'ados eol0,~r¡;1(\s en ~l púo blico,

A,rt, ?í,o La sociedad ,SB constituirá por rlserituru pública, la Cjlüe, 110 podrá otorgar­se sin que haya por Jo meonoscln.cO millo­ies dJe '¡WSo.'i de ea piüll suscrito, en accio-1WS ordinarias,

Art. 6,0 La. Compañía t·endrá ekr~eho a pedir ,~natuitamente a, los jUf.ces letradoo 1',ST\0diYos ha'ita ,líez mil twcti1rea¡;; de toe­n"f,nD8 salifralps de las reservas del Esta­do, cDntinuas o discontinuas, para ,explo­tar los nitra.tos, sales amoniacales y sub­productos elt' la industria salitre,ra,

rjaS manif,fl';Í<1·cioncs respf'cth-a.s se ~ tra­mitarán con arreglo a las prf'scripciones del Código eh Minería, como si se trata;ra de minas nwtalíf~ras.

Art:, 7.0 C\w'lquiet'a ,'Perso.na o ,reunlOn de p¡erSOll<'1S podrá inidar la formación <1e . €'Sta Compailíía, reuni:endo cien mil pesos pa.ra los ga~os de Drganizacióll, otorgando una :esc.r.itlura púb1ic<'1. prelimina,r en la que Se ¡cDmpirometa :hl rfflpoon.sa;bilidad (Le los orgalliuldore.s ha.sta por cUcqa suma, y ha­ciendo 1<a~ publicHeioll€'scOO1t1:e.nientes pa-

15.a SESION EXTRAORDIKARIA E.\' JUEVES 2 DE NOvrlEMBRE DE 1933 619 ======-----~==- ========================================= -~ ~_ .. ------ ------_._._-

ea solicitar la subscripeión de .ac~.iones. F.s­tas e&Crituras y publica.ciou€-:; d"' berán ha­C{,l'SC en Santiago.

Si varias personas o reunioll~ de perso­nas intcniart<1, inde-pendienteme-nt ':. con 1,:8 formaJidad{'s y requisitos precedentes fOT­

l11<lr la Compafíía. deberán a.unar sus ca­pita.l€-s y 'üsfue:rzos y llombraT un dire>Cto­rio eomú:n paTa la ,m'ganización; pero na­die p(}drá ha e{' l' nueva declail',l0ióll en el sentido una. vez Su.oocrito.-; los prim€ros cin­co miHones de pesos ,Cll accione . .,. ordina­rias, necesm'ios para dar valor' leg'a:i a hl Compañía.

Art. 8.0 D"sdp h fl·c.ha f'·ll '¡ue &e de­el,lJ'" lfg'almcnte instalada la C{,mpaÚía,~~ll­drá un plazo fatal de trffi a110S 1.ara pro­ducir indu:strüLlmmte salitre {'ll la .cuantía qneo le fije el R-eglamento que :'o.e dicte,p.ar,[ la 'ejecución de e.sta '10('",\'. Doé 1'ü hacerlo, c{l,duca·rán sus d'fT1edlüs y Sé pi'o<:ederá a sn liquida,ción.

También Se liqui{brá, pow l'b,)ll1ción jl'r d~cial. compl"üba.dn. qlH' fu{"!'f ('n¡i{lqui~ra

'gravi ínfr,!¡ccióll, a L:1S cOJldici.on·~" y requi­sitos estabh<:idOis por <,sta ley pa:':) la con;;;­titución. snbsistclH-ia y adminisn':lci(m eLe Ja f'ompañía..

En C<l;SD' (h liqu:idaci.ón anti.:ip&da, la:; pampas salitreras yolve;án al E"tado y del n'sto df' sus bi'Cllffi M' asigna,rá un galardón Nmiv::lE'utca un ~i"í por cient" a las d.c'­nunciant.es p.rimeTos de- las infrat'ciones qUt

hnbipren motivado l{l liquidaéór. Al't. 9.0 L,as ac,c'Íones ordinaria,- "Pl'án uo­

minaftiv a.lil y estarán sometTda.s a: régirn2'll de, los d·prechos reales qué ,estabh·c.t> el Có­digo Civil, pero no podrán tra;m.f¿o.rirse e11-trt· vivos ~- ni transmitirse por causa de nnlif'il:te ¡fin fava]" d" extra,njeTOIS ~, de chil,>­nos que no tnyier('l1 I'U domicni" dI la Rf'­pñbli.ca.

Las acciones trallsff'ridas o t':;¡nsmitida¡;; <'11 oontra.vencióna lo dispuesto ,en el inci­<;() precedente, cJé'del'án en favor cid p"'Ímero nili: denuneia.re judicialmente ,esta cireum­ü\.ncia, aun CU'l,ndo :"u de:nuncia ,:",0 declare más tard" impl'OCf'&llte por 'algún yicio ch· forma.

Lo mismo se aplicará.a las a,oclo11<'S cuyo ,dueño a bal1dona,re su domicilio f>ll la R¡>­pública a que residiel'e por más d.,. tNS años e01lfif'oC:utiY()'~ en el extranj.e:ro, aun eoru;er-

yando el asiento principal de sus ll,{'-g6ICios En Chile.

Podrán l()~ ju,c<:'es apreCIar en coneieu­.cia la prueba en ·los juicio., sobre caduci­dad de acc.iones a qUt' .~e refier", ~8t€- ar-ticule; .

Art. 10. Se declarand" utilidad pública la ea.sa.s.galpom>i. c.ac1mchos. máquinas y demás elE'm{'nt~ ,de trabajo de 1a.<; oficina.s sa liüeras que permau"eiel'an má", de tres años inactivas d.,.,.;de la f,,:dta de ,la 'Pro­mulgación die ,,0...,1.3. i,~y, E"to..¡ bienes po­drán ser ,'xpropiado1' judi<'Íalmel1t.e a so­licitud de la Gompailía. Chilena de Salitre, dando pr-e\'üNtHlUtc: a IS.US dueiío-- sU valor, a justa tasa<>ión dE' :1hTito;;;.

Al't. 11. La Gorpoxación el" V,'nta:,: d" Saliüo., ;.- Yodo adquirirá a las pr;"cjfJs pDr

ella fijado.~ toda la pIXlduecióndp. la, Com­paiíia Chiit'na d\~ ,Salitre. para jn cua.l se consirkraJ'{¡ fu~ra de la distribución de IC\W­

tas de comp¡'a, mrtw·jon<lda,,~ éll psta' ley". El presl'ntl' inforlllt~ C01Té",pondé a loo

a,cllc'rdo tomado" por la ('o·mh",ióll. algunos ü<> le, euale.' !lO contaron 'CO!l la unanimi­dad dl' Jos H,to~ l'l'é",·nt"". En l'on..'ieeuen­cia. los miembro.' dI:' j¡" ('omisión se N'ser­van el deredlf> ,dI' p,,'dir la modificaciór:. de los artículos q Uf:' no aeeptarOl! di la discu­sión d(~estf' .<.:egundü inforlllf'. - José Ríos Arias.- Joaquín Prietol.- Gregorio Amn­náteguL- Alejandro Serani.-. E. Alcalde. Pedro. A1fonso.- Gabriel González.-Car'l08 Viouña.- C. R. E1gueta.- J. Parodi..- A, Duss:aillant.

_Acordado eH s0.~ión d~ Gomi."ión.- Gus­tavo. Montt Pinto, '::<ect'ptarin ¡l>. 1,·, Comisión.

24) lnforIlH' d{' {'·omisiúll :

Honorable Cámara:

Vuestra C{)misión d..; Constitución. Le~

gÍtilaeión y .T u:sticia haestudia.do detenida­mente la consulta. que le habéis sQmetido., a. indicacón de la Comisión de Policía Interior, acerca de ,la procedencia o improcedencia del pago de la dieta parlamentaria a un d'i.­putado qUll" ha. perdido >el fuero por I1e801u­ción judióal.

A fin de estlldia.r la sit.uación que ha ~ido objeto de la consulta co.n ~l debido eonO'ei­miento de causa, la Comisión ha buscado etJ.-

620 CAMARA DE DIPUT~i\.DOS

troe lo.s ant.€c.edentles que sirvieron de base al esta,blecimientode ~a dieta parlamenta­ria >e1Il la OolIlstitución vi~ente, ilas ()Ipiniollles o documentos qUle' pudiesen illustrar su cri­toerio al l'Iespecto', sin encontrar ning'Úll fun­damento que la pudiese inclinar -en cualquier. sentido sobr,e el particular. Tampoco,S\e' ha haUado en las Constituciones extr,anj-eraa disposiciones qu.e pudieran aplicarse a la nuestra por analogía, ni los prin~ipales co­mentaristas die< sus precepto8 aluden al caso consultaJo.

El únicoantoecedente que puede hacerse valer es el caso dcle'x-diputado don Fran­>cisco ipirllJÍll'o, a quien S'Ú' }e BU'SpCudió l'ldmi­nist: iativamente el pago de la dieta desde' la fecha ,en qlie se comilnicó a la Cámara la senten>ci!a firme que lleJ .quitó él fuero y ha':>­ta el momento ,en que obtuvo .sentencia de sQbl"e\lIeimioeilllto, 00 .el cual -se le pU'g~ron too das las di-etas devengadas durante el perío~ do de 'suspensión de su cargo.

Uno de los prineipa,]es puntos en que se ha eoloeado el llroblema es el de si se debe o no considerar a la dieta parlamentaria como una retrilmcióp eonmutativa de traba­jo. Del hecho de que durante 10S recesos parlamentarios continúe percibiéndose la dieta y, también, del que' no se les prive de ella a 10.s miembros del Congreso que gozan de pe;r,milso, -qUe qUE-dan a<ún 'i''X.en,tos de la multa por fraea·so de' sN>Íones, parece des­prend€rs-e que 1a institución de la dieta par­lamentaria no es una indemnización, sino un derecho inherente a la Ínvfstidura populliJr'. El citado caso del señor Pfraíno, al qu.e se le pagó la dieta corre~p'ondiente al tiempo que estuvo suspendido del ej·ercicio de sus funckmes vienel a confirmar esta deducción.

Las labores pa,rlamentarias, por BU origen y de~arrol1o, no pueden en ningún caso asi­milalrS.e a las de·l funcionario público, por lo cual sería improcedentt:l apli~ar a un miem­brodel Congreso 'los principios que rigen para los empleados fiseales, pero aun cuan­do 'seeonsidere a la di.e1a parlamentaria en elcará-cter de retribueióll conmutativ,a de trail3ajo, n'O 'exÍsteen nuestra' Constitu:ci'Ón la disposición expresa que' se requeriría para

. privar al diputado d,eBaforado de SUB bene­fici'ÜfJ. Nuestra Carta Fundamental sólo es­tablece la sanción de multa para los inasis­tent.es a las sesiones del. Congrf'6o o de Co-

mi,siones que fracasen por falta de qu.órum, poero, salvo la susp'C!lliSión del cargo; no con­sulta ningún pl"ee'epto para ilimitar a anular, en el caso de la pérdida d€'l fuero, los dere­chos y prerrogativas que 'Otorga a los par­lamentarios. En c.ambio, el Código Pena],. establece que al, empleado público dedarado reo por sentencia ejecuto'rdada se le ret.€n­drá la mitad del ,sueldo, io que indica queei'! nece,satria una dilSlpo'Sici~n ¡e'xpN'~a de la [ey, aiUll en el c.aso de retribución conmutativa de trabajo, para. hacer ·efe'ctiva una sanción que priva de un derecho adquirido. nooero1'Ía UUla disposieión i('lX!~esa d9 Ja 'ley; .Justicia de esta Cámara, al informar una consulta que se 'le sometió con motivo de la votación producida ·en la acusación al ex­Bl'esidente señor Ibáñez, interpretando la disposición del inciso 3_0 de la letra e) del ~.o 1 del. artículo 39 de la. Oonstitución P.o:Jítíc.a, infOImÍÓqUR los diputados ausentes en vir.tudd€! p~rmiso otorgado con ftrregl(\ a la Carta Fundamental no se encontrabaTJ en el ejereicio de sus funeiones. Este infor~ m.e fué aprobado por la Cámara. Sin em­bargo, aquellos diputados, aun cuando no ~titaban en el ejercicio de su cango, conser­vaban todas las prerrogativas anexas a su investidura, entre ]ascual",s figur.aba .el goce de dieta. Por analogía se pu.edeaplicar igual int.erpre'taeión al caso del diputado que et>tá suspendido' d.., su cargo por pér­dida del fuero.

El art.ículo 35 de la Constitución vigente {'s, en et>encia, .para ·los efectos del caso en m±'orme, re:pToduClc1:ÓJ1 <1Pl artículo 14 de la Constitución de 1833. Esta última no consuJ­taba la remuneración parlamentaria y, ..,n conseeuencia, la actual, ,a:l copiar la antigua disposic~ón ,sin establecer excepciones, DO

pudo privar a los miembros del Congreso de derechos qu.e no tenían en la primitiva. .

De lo 'expuesto se dedu.ce la improceden­cia de la aplicación de una sanción que' no está expresamente conl'lignada en la ley () en [a C~rrtaFund8imienta] ..

En seguida corresponde analizan los efec­tos que con. respecto a ]a investidura parla­mentaria produce 1J¡. pérdida del fuero .

El fuero e.8 un privilegio establecido con el objeto de garantizar la inmunidad por laa opipiones que emitan los miembros del Oon­greso en el dflSe'mpeño de su'! funeion~,~, a

15.a SESIONEXTRAORDINARIA EN JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 1933 621

fin de evitar que con fines políticos se adopten en su cont:13. m~didas arbitrarias que limiten l'a lib~trtad de, sus a,ctividades públicas; la pérdida del fu.ero termina con esa inmunidad resp~cto al delito de que Se'

le acusa. El problema entonces se reduee a eiltable'cer si el parlamentario d~saforad!) conserv,a o no su carácter ,de miembro del Congreso, po::que si con el de<iafu~ro pi,~r­de sólo ¡;u il)..lUunidad peTO no, su invlestidura, quiere decir qu.e continúan los d~más dere­chÜfl inherentes a ella. El hecho de que no se Mame a el'ección para proveer el ca'rgo

. del d·esaforado' y el de qU'~, aooueJ:to dteil. d'i'ili­to qué .. le imputa vu~lva a sus funciones, comprueba que, durante la secuda del pro­Cef'!O ha mantllnido .su inve.<s:tidUll"a popular, tésis esta que ~ confirma si se considera, que en e'l caso de un nuev{) proceso crimi­nal sería necesario repetir el dBsafuero.

En conse'cuencia, el desafuero no suprime la investidura parI.amentaria durante la tramitación del juicio c 'iminal que dió lu­gar a la formación de caUf'la contra un miembro del Congreso. Su único objeto es proceder a la detención d~l inculpado y la formación del proceso correspondiente, ,sin qlH' envuelva una pena, sino una simple m~dída juditlial para asegurar la sanción que pudiera cor::esponder al parlamentario.

Por las razones expuestas, ht Comisión de Constitución, Legisla'ción y Justicia estima QU'2 la pérdida d-el fuero 6ólo implica la sus­pensión del éargo parlamentario y la sus­presión de la inmunidad durante el respee­tivo proceso, sin que tlfecte 'a las demás prerrogativas inher~nte3 a la. investidu:'a popular, y que, por lo tanto, debe continuar pagándose la dieta al miembro del Congreso qur ha sido desaforado.

Sala de la Comisión, a 24 de octubr~ de 19RR.-Carlos Estévez.- Alfonso Quintana. -R!l,úl F~-rrada.- Samuel Guzmán G. -Manuei Cabezón.

Acorrla'rlo f'll sesión de fecha 24 de octu­br'e d~ ] 933, con asistencia de lo\; señores Es­thpz (P 'esidente), Cabezón, Ferrada, Guz­m(l11 García y Qni.'1ta'la,

El señor Frrrar1a fné o"signado di-putado infn"m'll1tE' el"l nelH','c1o r.do-ptado por la Co­m:s:')ll fiePj'ea de PISta (,Onfmltll.-Germán del Sol, StCí"etJrio c1L' la L~ol1lis!óh.·

25) 'Infomne .de C{)mÍlSión:

Honora,ble Cámara:

Vuestra ComÍlSión de Relaciones Exterio-· t'es ha con6idera,do el proyecto de acuerdo remitido por el cual se aprueba el tratado de -conciliación entre Chile y Dinamarea, subooripto en Copculhague el día 23 de di-ciembre de 1931. .

Como ~,e expre6a en la exposición de mo-. tivos con que el Gobierno sometió el pro­yecto ,de acuerdo al Senado, es uua preocu­pación constante de los Gobiernos modernos tener un ré,gimen de tratados que colitem­plan 601uciones pacíficas para los casos de diferencia", entre otros paÍs::>s y el nuestro) siguiendo esta encomiable política, ha cele­brado tratados análogos al que se propone ahora, con el reino de Itúlia y la Repúbli­ca de Polonia.

Vnestra Comisión de Relaciones Ext-erio­res ha hecho un estudio detenido de las dis­posiciones del ITratado, De 'CUas se des­prende que se ha eli:minado toda materia que pueda afectar a los derechos que mi­ran a la soberanía misma de un país, :r, ad~ más, todas aquellas mat-erias que la prácti­ca del derecho internacional deja a la com­pet€ncia exclusiva de las partes; lasque tengan un procedimiento esp-e-cial consagra­do por otras convenciones entre las partes y las que conciernan al estatuto territorial.

Las principales caracte-rísticas del Tratado con Dinan~arca pued-en resumirse :

1 ,o Institución de Ulla Comisión Perma­nente . d-e Conciliación, compu-estll. de dnco mietmbros, elegidos dos por ~ac1a parte con­tratante ,Y el quinto, de 'común acuerdo, y que será el Pr-e:sident:.> d-r la Comisión. La c1ul'ac: 611 de {',¡?,too cargos sm'á de 3 auos.

2. o Eista 'Comisión conocerá de todos los conflicto<s tIue surjan entre las partes y que hulJÍerell podido 6·er r:.>sueltos por la vía di­plümática, con exc.epciÓll de a'qu21Ia::; .mate­riasqu-e s'e m-encionan más arriba.

3. o ,si el Íinforme de la Com¡;'ióll no fue­re aceptado, se deÍ3ril'á la controv-ersia a h ¡Sociedad de las Nacion-es.

4.0 Sólo, en (-aso de deneg¡v~ión d'e justi­l' in o después d-e dictada seIitencia defini­tiv,a,podrá la Cl)mÍlSión conocer de un asun­ti) que la legi¡-;lación int.erna de una de las

622

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partRs considere como de la exdusiva com­petRncia de lo-sTribunales nacionales. En todo caso, esta facultad pr€scribirá a con­tar de'sde un año desde la fecha de la de­claración de la sentencia impugnada.

5" O' En algunos casos podrá, cua~quiera de las part.es. reemplazar al miembro nacional de la Comisión, por otra persona versada en la materia que se discute"

6,. o Las partes costearán por mitad el gas­tO' 'que demande d funciO'namipntO' de la Co­misión.

Estas so-n, en sus líneas generales, las prinicpales disposiciones de e;te tratado. Las. dlemás son de melrO' procedimiento- y son semejantes a las de O'tros tratados.

Vue;tra CO'misión de RelaciO'ne; ExteriO'­res nada tiene que O'bjetar, pues, a la que 1a Cámara preste su aprobación al prO'yecto de acuerdo del Honorable SenadO'.

Este proyecto dice ("omo' signe:

PROYl'lCTO DE ACUERDO :

"ArtiCUlO único. Apruébas.e el tado de Conciliación e.ntre Ohile y marca, suoocripto en Copenhague, el diciembre de 1931.

Tra~

Dina-23 de

,sala de la Comisión, a 23' ele octubre de 1913.3,.- ¡Se d~ignó Diputado informante al señor Benavente. - S. Guzmán García.. -AurelioBenavente;.- Armando Celis.­GllStavo E:rrá2mriz.- G. Montt Pinto, Se-cr.etario de la Comisión.

26) ,Moción del seño']' Rodríguez:

HonO'rable Cámara:

Considerando que las instituciones de 80-cO'rrool\1utuos organizadas en el país son di,gnas de mayor estímulo por la acción so­cial que practican, colaborando indirecta­mente y .e·n forma abnegada Cün el Estalo, cobijando bajo su capa protectora a nlilla­rpsde ciudadanos que ·carecen de los me­dios necesarios en caso de em€rmedad o muerte, es de justicia premiar esta nO'ble finalidad de las instituciones mutualistas, motivo que me mueve presentar a la con­sid€ración de la Honorable Cámara el si­guiente

PROYECTO DE LEY:

. "Artículo 1. o Las Sociedades de :Socorros Mutuos ~. Sindicatos Obreros con personali­dad. jurídica que t€ngan un bien raíz "ca_ sa propia", destinada exclusivamente al ser­vicio de SUB miembros, quedarán exentas del pag.o c1econtribución fiscal y munici­pal, siempre que el avalúo municipal de la parte que quedare exenta no sea superior a 2QO mil pesos.

Art. 2. o 'Cuando el bien raíz de que ha­bla el al'tículo precedénte tenga mayor ex­tensión que las dedicadas al exclusivo ser­vicio de la sociedad, corresponderá a la Jun­ta Tasadora. de Inmuebles de la Munici­palidad cO'rrespondiente, fijarle el avalúo para los efectos del pago de la contribu­ción a que quedare sujeta de acuerdo con 13 ley número 4,174, y decretos leyes núme­ros 225 !5" 4-6:3, la parte nO' ocupada en los servicios de la institución.

Art. :3. o Entibndese pO'r salas al servicio de Jos süciO!') las palra escuelas, conferencias, deportes, secretarías y en general para to­da que sirva para reuniones que tiendan a la educación y cultura de sus miembros.

Art. 4. o En ningún caso las institucio­nes ben.pficiadasen la presente 'ley, pO'drán explotar (üehos recintos comercialmente, ya t>pa eobrando arriendos o ·entradas.

. .:\.rt. 5. o El incump1imiento del artículO' anterior será causal suficiente para que la f;Qciedad pierda lüs beneficios deesía ley, no pudiendO' -en 10 sucesivo acogerse a ellos.

La pres.ente ley comenzará a regir desde la fecha ele su publicación en el "Diario Ofi­cial" .

SantiagO'. 2 de 110vii'mbre de 1933.-J·oa­quÍn Rodríguez.

~7) )Ioción de vanos I'it'ñüres Diputados:

lIonO'l'ahl:> Cá.mara:

En (,J d,'sf'O' de procura!' la mayor efi­ciencia de 101'> &'Tviciüs a. cargO' el" la Cr;I!' tralO'rÍa General de In República, los in­frascrÍíOf; eonsideran 'conveniente afiegumr en el escalafón del .'>{·rvicio la ffipecializR­ción d,e, - determinado personal, cuyas fun­ciones, por 6er eminpl1temente técnica.';, re" quieren d",dicaeión y pstudio no comun-es,

b

15.a SESIONEXTRAORDL~ARIA EN JUEVES 2. DE NOVl&\1BB-E DE 1933 &23

que so,brepasan los conocimientos quc im­porta la labor simplemente burocrática.

Esa calida,el la tienen los In.spectores ele Servicios Públicos y los abogados de la Con-

, traloría, quienes, dentro de las condicion3s del Escalafón, no tienen perspectivas ni ali­cientes que sean una reCOmpen&1 a sus la­bo.res, de efectivo valor delltro de la,s fun­cicmes 'de esta Oficina: los primeros son los órganos por me,dio de los 'cuales el Contra­]{)r fiscaliza en el tel"reno el buen manejo d€ los caudales públicos, y '-los seglUldos, los asesores jurídicos en el estudio y resolución legal deo las diversas materia sometidas ~1

mismo, funcionario. Ambos requieren de una dedieación ab­

soluta a sus labores y de una preparación administl'a,tiva y juríclica que no ('s posible jmprovisar.

Por otra parte las lw;;pectores. por la mis­ma razón de su trabajo, necet;.Ítan recuperar la calidad de jefes de oficina o empleadol'l superiores que antes que exÍl'ltiese la. Con­traloría tuvieron los Inspe:etor26 dp Ofiei­nas Fiscales y los Inspectorps (le Tpsorerías Municipalps. a "iliud d,' las le,yPr; orgánicas de la Dirección Gpllf'ral de Contabilidad y del Tl'ibunal dt' Cupnta.,>. ('aliclad absolut~. mente procedentr porque a"í pnedpll obrar eon mayor inclppendpncia f'n las ingratas funcione::; de defl'nsa dpo' 101'; int2rpse:-; públi~ eos.

El tecnicismo de las ÍlUleiollPs de los abo­gados c inspector€s hace 11ec('ario evitar én lo p~.,;ible la, promoción de< ellos a otros car­gos, que como ascensos, dl'ntro del mismo servicio, 101'; alejaría de sus puestos. Ten­diente a evitar eSotas promociones, propone­mos a la. cont;ideración de' la Honorabl? Cá· mara un sist.ema clr cuatrienios. que permi­te €stabilizarlos en sus labores y en virtud del cual, aquel que haya cumplido cuatro años en el grado sin amonestacion-etl, ascien­de por derecho propio al grado inmediata­m,mte supprior.

El redu'cido mayor g-a.<;to qU€ importa la aplicación del sistema €nunciado que pn

. ningún ca!>o ascencle-rÍa a más de 40 míl pt'­sos, se financia con la mayor entrada del rubro de ingresos provenientes de loo rP­

paros formulados por la ContralorÍa Gene­ral y que ingresan a Arcas Fiscales, reparos

ción con las labores fiscaliz.adoras de los mismos inspector€s.

Con. el mérito de esta." considera'ciones. .. ,enemos el honor de sompt..,r a vuestra· dt!'­lib2ración pI ¡.;jguient.e

• PROYECTO DE LEY:

"Artículü 1.0 Reemplázn8e el incisD final del artíeulo 5.0 de la Ley Orgánica de la Contralor(a Ueneral ele la República, pOlO el siguiente:

"El resto elel pel':ional g,nará de la inmo­vilidad quP, según su gra,do, le corresponda con al~reglo a lo esta.blecido en el ar,tículo 60 elpl Estatuto Administrativo, ent.endién­dosp, para los mismos dectos, que los Ins­pectore::; prhnan-éntes de ¡':0rvicios SOll, en todo easo. ell1pleados sUj}2-riores".

Art. 2.0 L{)S AbCtgados é Inspe'ctol'2s y el Oficial Ayudantp de la A-.:\?.sorerÍa .Jurídica lle la ('ontralorÍa General. tendrán dere-cho a ascend-2r un gradn en la escala de sueldos por cada cuatro años de "erviciol'l continuos ~. sin asep11:';OI'; Pll algunas de esas funciones, "in qUf' pOl' l'~t{' nlPclio plH~dan asc:mdpr a un grado ."iuperiOl' al terc'<:"ro,

Para los efpctofi dpl pl'écpdpntr in'ciso, serán considerados abogados lo~ oficial2s quP (le:,;pll1lwiían Ílmciont'..;, en los emplf"Os que l'eq11lerPll {'se tíll110 el'\? acu2rc1o con la ,Ley de Prl'supupsto.~ "igente y en el núme­ro fijallo por l':Sta. € Insp3cto.res los oficia­les de grado 5.0. 6.0 Y 7.0 que sirvan en fov­ma permanentp labores (le inspección d", oficil1as y servicios- público!; como delega­tlos del Contralor, ,a· Tirtllil de nombramien­to ('11 aquel 'carácter.

El derecho a. asce'nso de grado a quc se l'pfipren los dos incisos anteriorp¡-;, se hará ~fectiyo desde d 1.0 de enero ,úguiente. a la f('cha en que aqupl10s fUlwionarios cumplan los requisitos psiablecidos y a eontar desde 01 1.0 de el-lel'O di' 193-1- pn cuanto a los que ~'a lo hayan cumplido o lo,,:. cuinplan antes dt' ~;,ia última fecha.

Art. 3.0 El gasto que durante el año 1934 Jlupda importar cl ,artículo anterior, se de­ducirá de la mayor -entrada que se obtenga €'n el rubro D~l(}-ld en díeho año, por r2int.e­grQt; provenientes dp reparos de la Contra­toría Gpneral".

cuyoo rendimif"ntos pstán en íntima rela- Santiago, 30 de octubrp de 1933.-Grego-

624 CAMARA DE DIPUTADOO

no Am,unátegui. - JOOberio Barros Torres. -Manuel Nieto. - Justin.ia.n'() Sotoonayor. -ManUle~ Cabezón D.-ManU;el Muñoz Cor-nejo.-Julio Pereira Larraín.

28) Oficio del señor Ministro de Colom-bia: 9

Santiago, 23 de octubr,,· de 1!J33.-Tengo el honor de acusar recibo 'a S. S. d.c. la at€nta nota número 126, y que se 'refi.cre al saludo que la Cámara de Repre&e'ntantes dt' Colombia envió a la Cáma.ra de Diputadoo de Chile con motivo del aniv·ersario de su Independencia, y al mismo tiempo m.c es grato manifestar a S. S. que por elSt'e· corr€o le trascribí dicha' nota: al Presid-ente de la Cámara rue' Representantes de Colombila.

Aprovecho la oportunidad de presentar a S. S. los srntimientos de mi más aLta consi· de·ra'ciÓn.-N. 'SálliChez Ramí.rez.

29) Oficio del Departam.ento de la Habi­tación del Ministerio del Trabajo:

Núm. 3,339.-Santiago, 26 d€ octubre de 1933.-En contestación a la nota u·e esa lIo­no.rabIe Cámara n{unero 77, de 18 del pr{'<­sent-e, referente a datos estadísticos sobre la cantidad y calidad de las habitacion€s obreras, tanto agrícolas como' urbanas qU€ existan "'n el país, dato solicitado pOr el ho­norable Diputado don Ramón Olave, puedo manifestar a V. E. que apesar de que -el de­cr.eto con fm~rza de ley número 33 impone a la Junta d-e· la Habitación la o'blíga'ción de hacer el censo de la vivi-enda en 'el país, ' este censo no ha poc1iclo realizarse por eare­c~r, tanto la Junta de la Habitación como el De'partamento, de los m€dios necesarios para ello.

Por otra parte la Dirección General de E¡:;tac11stica en el volumen.H de1 c€nso de la población' el,' la R{'púhlica, efe'ctuado {'-TI

1930. (li'ee· en la página. 5.n ne la Introduc­ción ': "IJ.a eíitadllStica de la vivienna no se renlizó po!' falta d·e fondos y pDrque sus contestac·iones no yenÍnn rorr-r'Ctamente -en

'. . ,:o Dlgl~l1as l'~~r:v::l1él}U--; .

niOf;' g'1JRJ'fl r- '1 Y. E.--·E] nin'ctor (lr1 Dr-partamento.

V.-TEXTO DEL DEBATE

1.---'CONVERSION y OONSOLIDACION DE LA DEUDA INTERNA FLOTANTE DEL ESTADO CON EL BANCO CEN-TRAL.-PREFERENCIA. '

El señor Rivera (Presidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para tratar sobre­tabla dos proyectos modificad06 por el Se­nado. Uno d€ ellos que se refi-ere a la con­solidación de las. deudas del Fisco con -el Banco Central; y. el otro, ,a la inv€rfiión del producto de In venta del Cuartel de Caza­dores.

Acordado .. El señor Cifuentes (don Carlos). - & N o

podría agregarse· a ~a tabl,a de fácil despa­cho el proyecto de Correos y TelégnfoB.

El señor Secretario.-EI oficio del Sena­do, respecto del 'primero de esos proye·ctos, dice así:

"Núm. 609.-Santiago, 25 de octubre d.c 1933.-EI proyecto de ley remitido por esa Honorable Cámara, qU€ autoriza al Pre-si­dente de la República para convertir y con­solidar, con el Banco C-entral de Chile, las diversas cbligaciones ¡que constituyen la deuda flotante inte'rna del Es.tado, ha sido también aprobado por el Senado, ·con las siguiente mooificaciolles:

Artí'culo 1.0

El inciso 2.0 ha sido Bubstituído p:11' el siguiente :

"L'lÚ, nuevat; obligaciones devengarún in­tereses qu·e· no' exc.cdan de 2 por ciento anual, y serán pagadas por medio de amortizacio­nes acumulativas. no inferiores al uno por ciento anual de.lcapital primitivo"_

.A rtÍ culo 2.0

En el inei.'io i .(, H' ha eliminado la frase: " ... con 1('8 l'{'('Ul'SOS asignados n ",,,ta ins­titución por .,..} (lecJ'eto ley númer, ;)~¡;-" de 9 de septiembn·de 19;-)~,

Tengo el hono¡' rh' (LPcirlo a V. K. en ('on­trstación a Y¡¡<'istro ofieio rtúm,~r() IJ.;-\.. ele 4 de ~~nti"mhJ',' 1'1'ÓXimél pr.~:H1o.

Dios g'n~m]\" a \T. E.-G'Il.ililienno Portales -Enll'ique Zañartu E."

15.a SE:-:>IOX EXTRAORDIKARIA EX JU}i}VES2DENOVíIEMBREDEHi33 625

El señer Rivera (Prf'sid?nieJ.-En diKcll' .sión las mo{lifiel!ciones.

Ofrezco 1~ palabra. Ofrezco la pillabra. Cerrado (,1 dcha tE'.

,si ]e pan'c\' a la HOllOrabl(· Cá.manl. se darían ]JO!' ajJj'obada~ la,,; 111OdificaeioJlelS.

Aprobrudas. El St'ñor Alcald!e.-Co11 mi yoto en COIü¡·a. El sC'ñoe Rivera (Prl'sic1ellt~) .-Aproba-

das COl! (,1 yoto l'1l contra ut' Su Señoría.

2.-ENAJENACION DEL EDIFICIO QUE OCUPABA EL REGIMIENTO DE CA­BALLERIA NUMERO 2 CAZADORES DE BAQUEDANO. El St-oc]" Secnjtario.-El oficio del Senado

nlatiy,o a la Plwjfllación .del Cual'te] de Ca .lador?1-i .\" a la ün"ersió11 drl prodll'cto ele' es­ta venta. dieto H"í:

"Xúrn. fili3.--·Salltiago. ~6 de octubre de ] 938. - El pro)-eeto de ley l'pmitido por esa Honorable Oámara, que autoriza la ena­jenación en pública subasta, del sitio'y edi­ficio' (il!(' N·tlllaba t'1 Ht'gimiputo de Ca­balkría :\úm. :!. CazadorfS (le Baqnedano, nbicac10 Pll ];1 .:\ yeniela Portugal de esta ciudad. ~. !n in\"ew,ión. ('11 di\"er~as obras públicas, del producto que se obtenga de la "enta. ha "ido tambi('ll aprobado por el Se­nado. con 1<1 sola modificación ele haber eliminado, ('11 _ la letra b) del artículo 2.0, ]a fras-e: " ... las sumas que s'e- le adeuden por C'xpro ¡¡ i[fe ión de los terrenos. displws­ita por la Ley Núm 4.190, el';, 16 de septiem­bre de 1.9,27, Y por ... "

Tengo e]' honor de decirlo a V'. E., en contestación a vuestro oficio Xúm. 659, de () de l-ieptiembr0 de 1988.

Dios gual'clf'_ a V. E.-Gmo. Ports.res. Enrique Zañartu E."

El seüOl: Rivera. (Presidf>nte). - En dis-(~usión la lllodificación.

Ofrezco la palabra. Ofr€zco la palabra. Cerrado el debate. Si le pareef' a la Honorable Cámara, se

daría pOI' aprobada la modificación. Aprobada. El señor Cá.rdenas (don Pedro). - Por

_ medio de este proyecto se trata ue dar tra­bajo a los obreros cesantes.

Que se trainite sin esperar la' aprobación ,.del aeta, señor Pl'Ie'6idente.

El se-ñor Rivera (Presidente). Oportu-namente solicita¡"é el acue.rdo. Honorable Diputado. -

3.-PRORROGA DE LA LEY NUM. 5,142, SOBRE AUl't'I.lmTO DEL 50 POR CIEN­TO DEL ARANCEL ADUANERO.

. El señor Rivera (Presid€llte).- Si a la Cámara le pIlI'ece. se trataría sobr-e tabla i' 1 . proyecto, c'n 5.0 tt-ámite constitucional,. nferente él una Jlrórro~!"a por un año más de la ley qm' aUIl1e-ntó rn un 60 por ci-en­to los derechos fijado6 por el Arancel Adua­nero.

Acordooo .. El 6eñ?r Secretario. :...- El proyecto, que

es de orIgen de esta C:ámara. tenía un lll­

('iso que decía lo siguiente: ' "Exceptúall~e de la Ley Núm. 5,142 las

partidas referelltl's al aZÍlcar, arroz, aceite dt' comer y café".

Esta modificaeión ha sido desechada por (,1 Senado. .

IJa Cámara de Diputados insistió, y -el 8l'nado ha tenido a hi(,11 insistir en det'le­ehar esa Jllod i i'icación.

El señor Rivera (PrE'sidente). - En dis­('usión~i se iusiste 'O no en la modificación el el Senado.

Un señor Diputado.-lnsist~m0t5. EIl señor OárdenlllS. ~ Yo creo que habría

conveniencia ('11 postergar hasta mañana la discusión de e-sta modificación, ya que se trata de- una mO'dificación que va a enca­recer la alimentación del pueblo.

Yo. a no~nbre del Comité Demócrata, pi­do s·u aplazamiento hasta mañana

EJ siñor Rivera (Presidente). ~ Si a la Cámara le parece, se postergaría su discu­"ión y quedaría anunciado para la tabla de' fá.cil despacho d€ la sesión de mañana.

Aooirdaldo.

4.-:-PLAZO PARA LA DISOUSION DE LA- LEY GENERAL DE pREsUPUES­TOS.

El,sMor Rivera (Presidente). - Me per­mito hacer presente a la Honorable Cáma­ra que la C(}misión Mixta no ha despacha­do la Ley de Pr€tmpuest 06 , y el plazo que tendrá la Honorable Cámara para diacu-

40. -Extraordinarias.

CAlVIARA DE DIPUTADOS -=.==

tirIa está venci'do o vencería el 27 de este mes-

Como rsta es una cuestión compleja, se ha citado a los cOll1it~s de los diversos par­tidos para una r('unión. hoy a las 19 ho-. ras, a fin de bnt'\í.'al' una fórmula: flU(' per­mita a la Cámara cliscutii· los Presupue~­tos.

E,l señor Urrutia (don Efraín). - ¿ Cuán. do vence?

El /Señor RiveTa (Prp . .,idpnte). - El 27 de noviembrC'. de p>;t<, mes ...

El señor Se,eretario.-La Comif;ión Mix­ta, en todo caso. tiPIH' :>11 plazo completa. mente ypncido ...

5.-SUSPENSIO·N DE LA SESION.

El señor Rivera (Pi·psidellte). - Corn's­ponde trata r en la orden del día sobre el H~~nUldo informe del pl'o:yeeto salitr,ero.

El señor González (don PC'dro). -- Pero no ha llegado pI informe imprpso, ~eñol' Prfe. ~iaente.

El señor Ríos (don ·Juan "\11tonio). Entonces, ¡ cómo 10 vamos a tra tar!

El ,serlOr Rivera (Prpcli<lente). - ~i lfe parece· a la HonorH ble Cúmara, Se SllSpPll­

df'-ría la sesión por n11 l~llarto <le hora. Aprobado. -Se suspendió la sesión.

6.-'-REORGANIZACION DE LA INDUS­TRIA SALITRERA.

El sl'fíor Ri;vera (Prpi·;jdente) .-Se ¡'cabre In sesión.

En disensión ('1 ~egü1Jdo inform(~ aceren del proyecto sobrp reo]'g-anizaci6n rle la in­dw-;tria sa litrn'a.

El seíior Secretario.-.'\o hall sido obji'­to de indicaeionl'~ en la discusión g-l'neral ni de modificaeionps en la COllli"ión. los ar­tieulo" 7.0 (rx ,6.0), 30. :31. :i2. 83. :{S, '+0, 41,47 (p,x 46) y 49 (ex 48).

El señor Rivera (P]'('sident{i). -- E"tOR artículos quedan aprobados. ,

En discusión el artículo ].0

E'l señor Del Río . .:.....DesearÍa hacer algll­nas obs€rvacibnes de carácter general so­bre las modificaciones introducida" a e6t(, proyecto en el segundo informe y, en con­secuencia, ruego Se me permita hacerlas,

ya que, según el Reglamento, debo ceñir­mfe al artículo en discusión.

}Ie siento obligado. mOl'almf"nte a expo~

ner el'ltas' obsevaciolles, por haber sido un impugnador ud proyecto y debo expone-r lUi criterio anÍ(, la8 modificaciones intro­(1 ncidas por la Gonü"ión di' Haeienda.

RlH>gO al señor Presidentf' solicite el a~rntimiento de la Sala para que se me c:unceda la palabra.

El s(·ñor Cárdenas. - Por 1111el';tra parte no ha~- ningún inconveniente, pero ha,\" un a(,l1l'l'flo de los (~omitrs para (l11e se l'Oll­cplla la palabra al' honorable r';eñor Fe­]'l·ada.

El Comitr Dem6c1'ata 110 til'11<:, inconv",­niente C!l que sc conceda la palabra al ",('­¡¡Ol' (/p] Río.

B1 .seflOr Rivera (Presirlf:'llte). - So1ir-itl) (,¡ a~l'l1timil'nto de la Cámara para conce­dl'r la palabra al honorable ,;¡>iíol' Perrada, de aeuúdo I:on lo determina(ln po!' los di­\'('1'>;0<.; l'omitéR (le la Cámara.

Un señor DiputíLdo. - ¿ Tod()~ lo,; I:omi-t0S?

El ~l,iíor Rivera (Pre"iÍd(,l1t(') .----todolS. Acordado. P'l1('(le usar dr' la palabra e] honorabl(~

S¡'fío!' FplTada. BI sl'fíor Ferrada.--Yris [¡¡¡labras durante

la Yota(~iÓll <lPI lll'oyedo salitrero. qut' han "illo tOI'eidamcntc interpretadas y cuyo c·o­mplltario a través <le todo d país ha sido dirigido en forma malrvola y antojadiza, me mueve a decir unas cllHlltas ha"ffi. tan­tn para puntualizar el verdadero al'cance r!l' mi pl'llsamiento emitido en ¡l!luella oca­~ión al ealor del debate más vibrtlllÍ<' de ('ste ¡H'l'Íodo legislativo, (~llanto para 1'P;.;­ponder cn forma serena y lPyaníada a la,. exprc'l'\iolleii g-rO~i't'as. enyenpnalIar; y proca­('es. qlw vertieroll el! mi ('ont1'a dos Hono­rable:..; DiputHdos.

Sabe Lwrfpcíallll'JJtp la Honorable Cáma-1'<1. qn(' drspllr~ d¡, haber "ido aludido, máfi (illU aludido, injnria<lo Pll forma inusitada l' inenlta, hie« todos los l,,,ftJ«l'ZO~ físico's qtlP e,.;tuvieroll a mi alcalll'c pilrH obt('nel' qnp illnll'diataltlPllte se me lll'l'lllitipl'a res­[lol1ckr 11 las ofellsas de qne se me hacía objeto.

La norma tradieional que €'st.a HOl1orablo ('únuna ha adoptado siempre que un par­lalllPl1tal'io ha ,;ido aludido .r que le per-

l;"í.a SESIOX EXTRA()RlJIX~-\RIA .EN JUEVES 2 DE NOVIE~rnRE DE 19;~3 627 :::.'-=.--:-:"='-=======

míte contestar los ataqu:'s, fué. <l2sgl'HCia­damente. olvidada el1 esta ocasión, y t'l1 un oTiterío . ensordecedor v dE'sordenado, se ;mordazó la voz de la" conciencia de un llOmbn· <{ue por muy modesto 'lue se¡¡., no 1'11 e ([E' pE'I'mitir qne SI' ll~ colOlll1l' l'll la pi­cota del e:~carnio público sin darlE' la opor· tunidad dl' vindicarse de cargos, que hoy demoi.;traré en(¡n toqws. injustos ~- c!e]rz­lHlbles eran.

La prrnsa llaeiollal. la lllef('el1aria pren­sa de estp p¡¡.Ít." dÓl'il ill,.;trlll11t'nto dI' todas las tiranía" ~; de todo .... los podel'osos, ha dl'stilado \lila yez lllás f,l Vt'IWllO de r-i\lS

odios. 'tomando margell ele' los iH>onteei· miento" /jll(' ha illtl'l'l1re1ado ,'11 forma eleti­proyista tI,' tOlln honradez ~- l'<lI'l"IÜI' dI' los mú,., ('lC'lllputalps prineiplos de Ilobleza y de ju .... tieia.

Han aparl'eido ('il'lItos dI' artíenlos eH IlI1

eontra, y sr me ha llf'g'a(lo ('1 dl're-eho (le eonte"tar a tOllos .. Ilos; pUPS dial'i()~. qm' ('om o "El Jl u:,1Taclo" sp ('['('ell n'slwta blp,s, han ('e!'l'ado ]¡1'l'méti"al1lt'1l1 (' SIlS ('ol \lmnas r'.in pnhlieal' ni siqlli(>I'a las palabras ljUf' yo clijp t'1l la yotal'i{)]r (lei pro,\'l'do salitrero, .r neg'ándosl' it dm' ('abilla a \lna ('al'ta qut' l"llyip al Dil'l"dor l'l ~() tll' ol'tnbl'(', y la (,ltal. por lln favor 'llli' ~'asi !l(l 1111' pxpli('o, J!ndo st'i' publieatla l'1l pI Í1ltilllo rinr(1I1 dI" le);'; diarios "La Xa('ióll" .\' "El ..\lerl'n1'io·' del día 27,

He clf'spn'eiac1o sÍl'mpn> a IOh pS)líritns serviles y apo('ados, qnl> así tan ÍlH1igm\­me-nte paiiean su de,sverg'iirl1za por los ('am, pos de la vida, y hoy, ere o qne esa ]Jl'elll"ia 'Cine me ha ataeado sin c1arme- oportunidilC[ de- ({pfenderme, no mel'l'('{' ni si1ll1úTa la h ie 1 el p mi detiprpeio.

Dt'9'0 allora referirl1lp, al 11 s inj \l r ia s a i­rigidas en mi eontra y de las enall's ha ~i­do teatro esta Honorabll' Cámara,

EsaR inj uria" tomaron ma,l'g'('n en las pa labras con las (~1lI¡]ps yo fundé mi yoto 11.1'­

gativo al proyecto salitrNo dpl (iohipl'l1o. El Rl'ñol' Rivera (Presidente).- Pel'lní­

tamp, honorabl€ Diputado, ,. El acuerdo de 10\5 Comité", y de la Cánw'ra es bien explí­cito s6brf' lo 'que Su Seíioríapu2de deej,l' \'11

('sta "esión, de modo que le ruego concr€­ta)' "n discurfio aloque llo1am€nte está fa­enlt.ado,

El señor Ferrada.- IPrecisamp,ute, voy a concretaTme,

El señor Barros Torres, - Hasta ahora no ha hecho otra cosa qU€ injuriar a la prensa, --Var~os honorable Diputados hablan a

la vez. El ~,·iior Rivera (Presidente),- ~I€ pe'l'­

mito llamar la atención de- Su SeñOl;ía al acnNdo de 10:-> Comités, y ,'11 e.,a inteligen­eia he ¡,;olieitado -el aeue1'<lo de la Cáma-1'11 para qnp Su Sei'íoría plldieti(~ hacer uso de la palabra,

El tieñor Ferrada - Ya be dicho que con la mayo]' sert'nidad, Yoy a trata¡' la materia para la que IL' "ielo facultado para hac€1I' l!<'il) de la palahra y, pl'e(~i8amente, dados fos ante('('d('ntes 1111e he expuesto, iba a refe­rirllle a lo qtH' ne!Seaba la Cámara,

Ln UOllorabl,· ('ú.mara no d,'be olvidar que en aquella ollol'tunidad ,yo actuaba a con­tinuación ele 1 violento ineirll'lltp provocado pOI' la inti'lll¡H'l'aneia COH (IUe una mayoría' déb:l t!(. -Ví cont.ra 43 Diputados había aco1'­dadü l'xpuls<ll' de la Sala al honorable ~­llor E"cobal·. a quien mOllll'ntos antpti tie le lubía n~gaclo. como única -excepción <:'n el {'l üi'bat{" la prólToga: <1(> ~n ti{'mpo regla­lllf'nl'ario pa!'a lJue .'iiguiel'il forjllulando sus ()h~I']'Ya .. iOlH'r".

Dl'l}(· I'rcol'dar igualmpnte la Honorable Cúma;'a, qne ,en la sesión anterior, la cele­brada el día :!'+ ele oetubl'p, ul1 honorable Diputado COllSI'l'Yildor había lanzado toda d¡¡sp (k injuria,; y aprel~iaeionC!'; hirie-ntes el! {'Olltra dp lo" Diputados impugnadores,

y quie'ro ahora r{·frescar la m::'lllomia d€ loo honora bl.p~ Diputad os pa ra hacerles pr-e­¡.;<'nte CjlH' yo adué bajo la fuerte impresión mOl'al el" aCFH'llos antecedE'-ntes y la qn€ me prodncía un telt'grama crUP salido desde la ~\lOJH'da, dl'jaba g'l'abadoti {'Il contra nuestra epíteto,; (1l1(~ f'l.;taban fuera de toda mesu­I'a. y qllP ('Tan nna abiert<l letanía de in-5tH'iar; illaeeptables,

Af,l'l'égner'e a PBtO, el (~[)]Ioc:llliento abso­IntoqlH' yo tt'nÍa de qu' {,11 la ~roneda l'i~. 1l0ti ('staba insultando. a diariD, y lan­zándo~pnos lati expresiones mús hirientes €n contra de nuestra dignidad dI' hom'bres T nuestra calidad de wrdadel'os patriotas, y ti'nclréis la razón de mi aetitud,., un tan­to violenta si se quiere; pero-, en todo caso, hija dpl más legítimo df'recho de- defensa qu~ en todo paí~ culto ni siquiera se 11' niega a loo criminales más a Yeza.do;;; ,

('AMARA DE DIPETADOS ============~"~========== =----'---- =====-==-==--===

Reconozco qUe -es la primera vez qu-e un parlamen't!ario, tiene decisión y coraj-e su­fici-ente, pa;ra levootar desde la tribuna par­lamentaria su voz, d-e prot-esta por 'las inju­rias que ru-edan -en el Palacio de 1M Presi­dente.s d-e Ohile; per6 dejo constancia, que mi espíritu noac-epta ni aceptará jamás hu­millaciones ni doMe,ces ant-e los poderosos, y qu-e, quienquiera que S€a el que lile inju­¡ríe injustamente, recibirá de mi parte la .respuesta ardorosa y la acción enérgica que me inspira mi honra, jamás mancillada, y que vale una montaña más qu~ todas las ac­tuaciones de los ar,d€'liones, de los adula­dores y rastreroo de todos los tiempos y , de todos los Gobiernos.

En todos estos hechos, queda, sin embar­go, en pie una observación indesíl'uctrble: Ja de que es perfectamente verídico qUf'

,¡(JI IPresidente d,eChile ha lanzado injurias 'Y acusaciones en contra !le los Diputados impugnadotres, ya ,que habiendo trallBcurri­do más de ocho días hasta hoy no se ha ¡visto desmentida la afirmación' que formu­lé en tal sentido.

Un Diputado ha dicho que h-e cometido el "acto criminal e infame de incitar las masas a la reYl1eJta"... y al as,esinato co­Ibarde de la persona del Primer Manda tario de la República" .

Tan falsa afirmación, me mueve a pen­sar que -el señor Diputado ha debido estar :muy ofuscado, para dar tan t()ircida inter­pretación a miS palabras.

Debo recordar, igualmente, que en la se­sión anterio,r, la celebrada el día 24, un ho· norable Diputado profirió expresiones hi­rientes contra los Diputados impug'naddl'es. En esta misma Cámara s€ leyó un telegra­ma salido de la Moneda, 'que no dejaba muy bien parados a los Diputados impugnadores,

Por mi parte, en aquella oportunidad no hice otra c·osa que rep€tir las palabras dd !Candidato de 19'31, ,qU€ sí recuerdo bien, en septiembre de ese año en la ciudad de Ran­cagua decía: "Antes que entregar las res er­:vas salitral€s, arrastrarán mi cadáver".

Hay honorables Diputados en este recin­toque pu€den certificar lo 'que afirmo, en­tl'eellos el honorable s~ñor Vicuña.

El señor Murillo.-:- P€irO nadie 'había lU­

juriado a Su Señoría en esa forma.

El señorCárdenas.- Ojalá no se le in­terrumpiera.

El se,flor Ferrada. - A €!'lte l'-especto. \'0,\' ¡¡ leer los comentarios que fi€ han hecho ---fii es que el tiempo d€ la HOIwra.ble Oá­raar¡'fme 10 permite-- o tlÍ no, que se 'pu­hliqlwn mis palabras, ya que siendo un ar­tículo publicado' por la prensa. puede iuser­tallir el! el "Boletín de Sesion€'s".

Si f'l señol' IPrf'sid:'lIte- tuviera la gentile· za, . ,

El S{'UOT Rivera (Presidente), - ,solicito el a.sentimiento d-l' la Cá;ma.ra para ins.e.rtar en el "Boletín de 8esiones" el artículo a que M refiere -el honorable Diputado. .

El t:>f~ñor Barros Torres. - Hespuéti que lo l'c,-i-.e la Mesa ...

El s2ñor Ferrada. - Ha sid0 publicado por la prensa. de manera que ya ha sido re­Vi~Hdo por la censura.

El señor Prieto (don .Joaquín) .- No hay censura,

El Rf'íiol' Ferrada, - El 27 la había. A,gl'egÍl ,,] señor Diputado qUf' yo "hac~>

algunos meses juraba amor eterno al Pre­lSidente de la Repúbli'ca'\ .. , "y prometía ser­,·i1'lo. con reHugnant€ servilismo" ...

A este respecto, dejando establecida la falsedad de tal afil~mación. débo dejar cons­tancia que si hay alguien qne algún afecto ~- respeto haya sentido por la persona del actual pl'('sidt'nte, si hay alguna p€'rson~ ,que ha,,-a l'iufrido vicisitudes y ,"-aerificios pOl' llevar al poder al s.eñor Presidente" son po­cOR los ,que pueden disputarme uno de 108 mejores 'lugares entr-e er;a g't'nt-e que mu­cho ha sufrido y luchado pUl' los id€alf1l'¡ que predieara aquel a quien durante mucho tiempo consid0ramo.<; 8'1 mas idealiSta df> los ciudadanos.

A estt' respecto, decía en la sesión de! ]2 de mayo:

"Hay en estos momentos alessandristas de última hora. que ant€ una situación de medN), señor íBresidente, ,han venido a cantarle loas al Presidente d-e la República y 110 ti€l1en d€recho a poner en duda la 'actuación inconfundible. innegable de qui(>­nes hemos estado defe.ndi€ndo un principio ideológico, no la persdna miSma de IS. E. el Presidentt' d€ la República. señor AlessaT~­dri.

J5.a SESIOX EX:TRAORDINAltI.A EN .J1}EYES 2 DE NO\TKMBRE DE Ul83 629

"Que él no soc aparte de su l'uta glorio­sa, que no olvid(l su legendaria tradición, que no olvide aquellos aTranques d(ll pasa­do, cuando nOSGtros escuchábamos sus pa­labras sincerat; y 'Candentes, sus palabras pletóricas de ·ensueños, con el corazón vi­brante de entusiasmo, con las manos tré­lIllulas de emo<ción, c~ando nosotrOQ €Scu­ehábamos la palabra del apóstol. Ahora, señor Presidente, se nos quiere obligar a que 'seamos personalistas. .

"Nosotros aplaudimos al apóstol, estamos con él en la línea continuando su tradición gloriosa; somos los soldados d~ un nuevo evangelio de redención social sobre la tie­rra ... "

Nuneahe setvido a nadie en la forma ig­nominiosa a que se refería el señor D:pnta­do. y ",j ·~s vf'rdad que .€n tr<'8 campañas política;.; apoyé d€'<'ididame.ntp al ac·tnal Brimel' .:\landatario, en cada ocasión lo h.e hecho ]lOI> puro y santo idealismo, y en las do" ocasiones que él llegó al poder, nada, ab­solutamE'nt.e nada le he p€dido.

Pf'J'o si algo he pedido, ha sido en bien genoeral dr1 país.

Actualmente he conversado con el Pr€Si­dpnte en tr.es· ocasione:s, y en una d'E' ella~, J[J última. me limité a fIarle cuenta de la atínaeión indecorosa del Int~ndente de Col. chagua. haciéndolf' VI'T la' eonveniencia de qu{' S+'. deeretara 6upermuta con el de I"i­nal'plS. por ejemplo.

El Presidentf' me dijo que era enemigo d., moyf\t.' a .los IntendenteR. a pf'Rar de re­cotloc€r la grav-eda(l y ef-eetividad de los ellrgof; que yo le comprobaba.

Sin t'mbargo, pocos días después, S€ ope­rn han alguno~ cambios de Intendent~s.

Si me he desvinculado de la política que siguf' el aetnal Pl'ef;idpnt-e y si -estoy deci­diclampnte Juchando en contra deeHa. 0('6 porque, a mi jui.cio, 1"1 ha abandonado los ideales de libertad. de rpdención y dr- de­Tem;a dr- la constitucionalidad y d-e la ley de que lS:iempre nos había hablado. En mi .f'ntendpr. elPresideníe ha abandonado to­talmentt' las reivindicaciones popularps y a las vitales fue-rzaR izquierdistas del país, en­tregándose de Heno a una po1ític.a peli­gTosa.

Et>,en mi entrnder, abandon~ de los idea­lC't; de libertad. pI haber con<lulcado las Ji­bertadp6 públicas mediante la ley de faeul-

tades extraordinarias, y es haber awntado <1ontra las institucion€S fundamentales de la República, como son las fuerzas arma· das, el haber otorgado recon{)cimiento a las miHcias 'l'epublicanas.

El señor González Videla.. - ¿ Pero no vo· tó Su ~ñoría la ley de facultades extraO'r· dinarias.

El s-eñor Ferra.da. - Las voté en contra. No sería capaz. de 'cometer un sacrilegio se-­m~jarlte .

El señor González Videla..- Sin embar­go, Su Señoría defendió en esa ocasión las fa·cultadeb extraordinarias.

El ~~:ñor ~1"I1"ada.- Pienso qUJese ha abandonadq ..al pu-eblo al hambre y a la. miseria leterna, alno haberse preocupado di..~

la dietaeióll de una ·hyque en reemplazo dd Comi,pl'iato ere SubsiSltel1<lias, ponga coto aL abuso y ('&p,~ulación de los comerciantes qUe han l211earecido hasta límites hirientes el costo' de· la vida.

1M Gobi'E'rno olla mira,do con desprecio la propia ¡,y de ola 'cual yo mism{) soy' autor, y la cua,l crea el Di'1)artamento de precios y existli'ncias comel'cialeR, ,como medioefooti­va dEi propender aJ. inmediato abaratamiento dlel'costO de la vida.

Ha d:espreciado tmnbión el GobiernD, mis le)"8\'; qnp pl'oponían amnistía.s para los de­LitOR de "l buso de 'Puhhcidac~. y la lJey qM en deiknsa df>,l gTlemio de du-eños de a utobu­fif'f', yo ~lUItomóvilrs de alquile~ proponía en su benJ2TIeio una l11ol'atOl'ia de 90 días para. eOl11'Pen.<;al' el pncarPcimiento de la l}enci­na.

El Gobil l'l1o ha. mirado tambi(.n con (125-precio inaudito mi proye·cto de ley. qUe Illi'­

diante rl estabkcimi"nto dH oDía .de la Sa­fnd públic·:!. proporciona auxili(ls a lOR H~­pilt.a,I:Es, Gaisas de Salud y Benefi'Cen~ia en grneraol.crfandoademás el fondo para ini­ciar ,el c(}mbate pro, tuberculosis. la enfer­medad que más est.ragos y muertes caus1. f'n la RepúbliCH iPues muer.en al año má8 de 20,000 tubercul(}sos y hay .,n el país 250 mil rmfLrmos di? este terrible flagelo .

..:\1 GobieITlO no ·l:e, ha importado la vida c'ir· estas 250 mil personas que yo dE'seaba dcff'uder con mi 1JrO~1:'CÍO de ley ya pesar d,(" que t2sta Honorahoc-' Cámal'!a p<lr unanimidad ha p,edidosu indusión en la convocatoria, (>stt~ aspirnción no Se ha. cumplido.

,630 GAMARA DE DIPUTADOS .======================:::;: ;;:::===-=--===

El señor Aoorurá.n Arce.- Esas SQneríti­casal Gohi<~lrno.

El señor ,Murillo., Erso nada tiene qtue \'('1'

con el a,cuerdo de 1015 Comitéls. El ,s!:tño'r Fi¿¡I',radJa.- D!eroo expriesar las 1'8-

2Ione,,, qUJe tUYic para c,iticar la tond llf : '1

gubernativa. Bl iS'eñor Murlill:lo.- .K" bünplemeJl,7' UII

l'fisiduo de ,la antigua ,enf'tl'medad. E,1 Isleñor Rh1¿:ra (Pl'l'siltente) ,- EI acuer­

do de 100 Conütés y el a'cnerdo 'tomado pOI'

la Honor'able üántaTa, no es {'H el s~ntid0 qUie I::lu ,Se,ñoría. pueda hacer eio;a clase dl' observaciones, sino ('11 .·1 ;1(' lJ ue ::::h~ ~eíiu ['íd

dé una I~xplicaó{¡n de SlIS 1'.111aóra:l. E,l :señor FeI'Tlll!d.a.- Si la Honorable Cá­

mara me nicga el üerec¡]lO d(' cilt.ar ant\."c·:'­dente15 ,sob1~l.!a.s ,wusacioillCS fOlmuladas en micQuDra, ,tend1"é qUe renunciar a mi d,,­l'€c'ho a la defens.a.

E'l señor Bar:r'o:sTorres.- No se trata de defensa sino dl' da,l' c1iseulpas.

.FJl gc,ñol' Mu:ril1o. -Por las o1lCilLSal>i diri­gidas ,a S. E.e 1 Presidente de la Repúb 1 i­ca ...

E,! s e ñ () r Rivera, (PrelSidente). -Me pf.'l>mito '11aeer. prflSf711te a Su SeflorÍ.1 QUJ(1 está n1UI informado, pues ii 1 aeul2'l'do lle los Comités ha sido tomado en el s'elltido d(' que, Su Señoría explique a la Cámara d allcanc'e de las fnlHrs pro,]] Ulwiad ,¡" (Ilj,¡ So -

sión anteriül'. E'l sellO!" Fe:rrada.- Sipmpl"p Se cnmpl(,ll

10:8 ,a'euerlos (lela Cámal'a, en que pOl' lIna-. nimidad, 'S(' }C, ha dado ilmplia 1iberíacl ¡[,

tiempo a 10;s hO)1orables Diputados 'afeictado.5 para que puedall l'espond,e;' a las acu,..:aeio­nes, y no tlE1UgO nada acerca de lo 'cual di s­culpa,rme, sino ratificar mi pensamiento.

y en verdad lC'sa ha ;sido la t'ondneta tra­dicional de la Cámar'a.

El ,s'e:ñorRivera (P,resi(1'e1lte) .- Yo 111e rpel1mito hacernw intérprf'te del acuerdo clú los Comités.

IL'a M'esa no ha podido sorpI'('tl,l\'1' a la Cámara, sino que cumple un acwerdo de los Gomités y nada míÍls.

El señor Fertrada.- Voy a concluir en po­cals palabras.

El señor DuSiS8ii11ant.- Su Señoría l'stá hack·udo Su propio panegÍ'r·icQ r criticando a S. Rel Pl'1esidente rue1 la República.

El señor Zapa;ta.- ¿ Con quf autorización est.á ha:blando Su Señoría?

El SEñor Dussaillant.-. Con más aUltüridad (Iue Su Se,ñorÍa.

EIsdiol'. FerraidJa.- ( :llno llO Sl' llle d,'ja o p:Tmlte :exponer mi ]J

('xpr,esando qnl~ ,osas no décima paTte de las ~'a;

lLle permito tle'~yinculan bernatinl.

,~.".....

En eambio, ,los hOllor nL Ihan injuriado no hoja 'tan b1'illante:de 1 nn'ierou durante los go

lO s(' qUl'hay a,lg'nu1

}Iil hpj' comba tillo todos rallía, y, que, sinemb: :: las tira !lÍas más l'P'llU¡

El sl'fíol'mavarría,.-

ll:"anlÍ'cllto, termino ~m nada más que la mes por ,las 0ua.JC¡; 1: ik la pnlítif';] g'll-

bks Dip\ltados ((lle

odl Úll lxhibil' ulla

Yida política, que ipl'l1oS de tiranía, ; q lIl' pontifican di' o" gobil'l'll().~ cl(· ti­>g:o. 11m1 aplallllic10 1allt, 'S.

\0 ~C' lpfcTil'ú a mí. ~ll Nl'fíorÍa. . . ,

E,)s6íOI' Ferrada.- : 1, hOllOl'abl(' Di-¡ m­

tallo. Yo.\· a loe]' ahora HU dOl'llnwnto públ.J{'d.

Es UII tPll'gralllD ell d l'llal el ';'fíol' (}ollzál'z '~itl;da, el :?,4 (le juuio (1 El:):!. aplalldl' la ¡.il'allÍ<l c1t' D¡hi,la.

El señor Ri~era (I'Il'sidz'Jll l ).- 1\ 'rmíta­mf. honmable DilHlltado.

Su Señoría 1lOCUllllJle lo al'<}l'dado por l(),~

COlllit¡; .... , ? 1(' ruego l'Olle]'et(lT',~.' ;1 la pxpii­C1ft' i<iJl (/1le ~ll Scño'I'Ía iba R dar

El spuor F¡drrada.-}lJs un antel·pd'ente. --Hablan varios señores Diputados a 19.

V€'z.

El Sl'l-lOl' González Videla.~- Yu HU 1 'llCll';a

il"('Oll\'ellil'lltl' tl1 qu,' (l s(,íiül' !<'PITur/n ha­blm'a todo lo qll'r lé\stimal'a IlPl'esario. perll SieU1jW(" que se abriera debate sobre este asunto ...

El señor Rive,r:a (Pl't'sidl'111tl').- Lo siento llIneho. allllqU lo pida ;'11 8, fíot'ía. pero h¡ }\[ esa ti ('11 (' q 11(' eum pI ir el a ('up 1'<10 del 0\

('omité,':; y llada ]11(.";.

El ~l'l' FkrrOOa.- El señor (¡o¡lzál,é''' Vi­de<!a debipra tamhj(.n ('xplie;!I' ~1Se:qH\'.il0-II es "merBtrÍceiS, impúdieas 1l y otras co-

El señor Rivera (Pl'esiJente ).- lD (>sto-,­obligado ,a 11ac:e1' cumplir loaeol'd'ado.

E'l SIe!ñor Fiell'l'a.d8..- Yo simto mu~ho qUé'

no se me deje hablrur con la extpllsión nl,'ee­&RrJ.R.

-Hablan v:arios :seño:res Diputados a la vez.

'El s'eñ(}r Zúñiga.- Yo pediría al señoC'

15.a SESION EXTRAORDINARIA EN JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 1H33 631

Fenada qll/e. no dFElra, ninguna \'xplicacióll más, porque, ¡tn realidad, esta g'E'nte no me­reCe ningUlIla expHcación.

El señor Fle!rra.da.- Sien:to qUI' !lO &,' me baya dlejado :lilwrtacl para hacE'I' mis ob<,;er­\aciones ;PP'l'O antes ek t'E'rminar. rlpbo ma­nifes-tar qne sil Pr~(,;idente eT.' la Hppúbli­cn ha recibido felicitaciones, yo también las 11!2 re!cibido )' muy importalüPK Yo>' a l. l'1' a~gunas.

Varios señores Diputados.- ~o.¡';l'ñor. E,l señor Ferra,da.- .:\Ir Yoy a r 'f't·ril'. ell­

tre otraoS, a la de don Guillermo Bañado,~. ex DipUltado,ex S¡cnado'r y l'X ~1illUstr() (le Estado·.... •

Un Sleñor Diputado.- Dp ~a didac1nra. -Ha.Man varios señores Diputa,dos a la

vez. El .-;Iiíor F,errllida. - r~xaetamente, de la

diet<tdura dI' Dávila. a cuyo sl'l'\'icio illg'reS') ·C(¡11I0 ::\finistro. a'con.';'E'jacl0 pOI' ' I propio SIL

fío'r .. Uessan<1rÍ. según I"sta ea'rta q11.e trn;.:!,'o a,qni.

Aquí lSl"hml nrído con e,] deN'eho y ha ]1abido hhc'rtaü para injl'lriarllH'. I!pro no llW tlejan hablar para c1ef't ncllcrlllv.

Un diario re~petabl,., (1('1 sur, h:l ]l\1b~i('é!llo

un arHculo bajo .f~ título de ., QUit'll .~iemhl'a "ientos eospc1w trll1j1"stadrs ". ~. al -propio Gohiern{) le l'l'l'omi Q1flo lel'!' ,c.~t, adÍculo, publi.cado '1)1 la ]lI'Pl1sa au-ti·a'!' qn" ha e~­

tado acusándolo d~' intpllllwrancia. Voy a tr'l'minal', SE'.iÍOl' Pl'esi(leTlltl'. lamep­

tando que mi:s hono'rabIes col¡CIg-as llO 111E' ha­:van dejado hahlar ('un libPTtad. pno ya f'XpOlldrp mi;" ohsIE:rvacioll!::s ~- drscarg-os con oportunidad en la ji:'a presidrncial al 'inr, a· la cual me dar~ e'} placer de asistir pa,ra ch­r,c:ndprm(' (le IOI~ 'ca,rgm"l injustos que '1'(' 111'>

hacnl. El señor River.-:a (Prelsiek'nt1) .-- Prnníh,­

me honorablr Diputado. SoEeito E'I as,:'ntimie:I1Ito de la IIonorabL'

Cámara para inserta:!" en r] Holl2tín c1r 81:'­sioI11""s la part,e del discur,.,o de Su ~('ñol'ía

qUE' n0' al,cnnzó a pronunciar. El señol' A1fon:sQ.- ~E' o-pongo. El s'eñor RiV1EIr'a (Presiekllte):- Hay opo­

sici6n. PU'0(lp usa r ere ,la pa,l a bra ,el ho,n(}ra Me se­

ñor dd Hín. El s€ñor Del Río.-~rñor PrE'sident€: El

1wc·11(1 de h:hn tlall ,1 ronocrr mi opinión

=

sobn' pI ]lroye'cto (]p l'eorg'anizaeiún de la illdu, .. tl'ia salitrera. opinión «lll'. como- ma­nif€Kt\; f110 la rl'.~nltanlp d"l rstlldio d€sa­pasionado q llP hir~t' (lE' Jos atlÍl"C.'rlPllte¡.; qUE'

se habían dlll10 a COl1o\'el' ¡,;ou1'e P, .. tI' prcblt'­m'l. llH' obli!!'1l hoy. frelltf' a la.s modifica­eiOlH'S ([lié' 1'11 ."u spgnn(lo trámit:, 11' ha in· tJ'()d\ll~ido la HCllIwablp ('omi¡.;i6n de Ha­eil'lHlH, a t!peir IlllPyaUH'lltp (los palabra" 80-

hr(' 1,1 matnia. 1)('}¡: hacl'r [ll'PSI'I1Í;' ,1 Illi,~ hOllorables co·

legas (Iue he seguido paso a paso la discll­"i(lll illtl'rpsalltísimn ¡¡('"ada a efedo é'll pI Sl'110 dI' la ('omi, .. i611 dl' J-laeÍf'ntln. lo ellal ha ('¡mtl'ibuído ,1 fOl'lnanlll' Illl el'itfTio cll'fini­tiyo sobr(" ('ste probkma <¡Ul' tanto Hpa,~i('-

1\(1 ,l' q11:' t ¡:ntli intrl'l'sa a llIlE".,tro paí¡.;. .A ¡'ill dI' \{llt' ,¡' plll'tlan apI'('I'inr la,., V(,I1-

taj¡¡-- (1111' prp¡":lIta {<1 Jll'o~'('do lllodifica(lo p:ll' la ('ollli ... i61l ¡]p Hacienda con l'(,,~p-r'('to

al 111[,' ,\in'i(¡ d,' b.;~,' ¡¡ la (h~(,lhi6n g'P1H'l'al, \~'Y 11 l'llllH'Z,lr I'nl1ltlpl'ilnt!o la,' ebjp'eiollt's (¡tl(' hic'p al proyl'do de llw~'()ría ~. har\> '.'11

Ke!.rnida 1111 ¡igl'l'o illlálisi . .; de las llloclific¡¡­('iOl1l'" qlH' 1(' fuproll introc.!1IcidaK a \>st!'. las qne a mi jnicio lo hall rlPjilrlO a l'ubil'J'to dE' casi toth" Jo." ¡H'I igTi.'i '!IH' fll'rlin Sl'ií:¡] arlo,;.;.

L,¡" ohj('eionps ljllP fonnul\> al proyecto r]l'] BjP'('utiyO fuc'ron ¡as "i!!'niellÍ*'s:

1) l'l'li!!'l'o qlll'. a mi jllieio. había eli" qne Ilna Mlla firma l'xtI'Hnj{'l'n o un cOQ,,,ol'eio (lp

hallqll:'l'~ s }lu(lit'l'<1 Ilq4'al' a tl'I1Pl' el mOll{)­polio ¡l(' 111tI'.~tra industria. jo cllal ,,(' habría 1ral]¡ll·ido p11 llna IWrm,llltllÍl' HmPllaza para 1,1 yjda tll' pila. ~'a qur lJlll'tlaba entregada -rll llHlno:.; d,' ac'r:.'l't!Ol'('" qlll' tamhipn po(lían serlo (1('1 ... alitre artificial.

2) npeOlllWilllil'llto total tlr (leudas dI for­ma que Sl1 ;,('ryi('io ah,.,· l'bía la totali(lad ele In¡.; ntilidadp.~. des¡Hll's (11' retirada la parti­cip<ll'i6n fi.~l'a 1 de un 2ií por ciento .. ,in el?­jdl' para lascolllllilñía ... prorluctoras U11 ali­ciente qUl' ]e¡.; jwrmitipra trabajar sin que­dar ,'xpuPslc:'i a tenrr (IU!' paraliz(ll' [lar eRta call1;a sus aetiyidacles. Er;te il1ronyeni,mte <lfrctaba rn forma e.'iIWcial a la¡.; compañías (le·nominadas eOllstituyelltes de la Cosach, la,., q1~2 quedaban aboeaclas a trabajar úni­camente para sprvir las deudas ...

Señor Pr2sident€, rogaría que se pusiera atención a mis obsE'rvacicnps, porque de lo contril'rio no tendría objeto alguno dar a

C011o'<or1' estos datos.

C.AMARA DE DIPUTADOS ====~=~=====.=~=======------~

J<Jl K't-ñor Rivera (Pl't'.<;idente) .-RUllgo 'l

los l¡onorablf'H Diputado~ se si ¡'van guardar silencio. -

El Sf'ñol' Del RíO.-Digo que afectaba en forma espe:·¡al a la.~ compañías constituy,en­,t,¡-'8 de la Cosach, porquE' ('n el caso de las subsidiarius, la Lautaro r la Anglo ChilelJa cont~olada;,; por los seuorc, Gnggenl12im 11. la circulIstancia de qn ~ (,l'te'8 mismos ball­queros, Man los prineipales acreedores de la industria, ('liminaba todo peligro para ella.,>, ya qUE' estos banqu?rol'i guiado¡;; del interés de servir sus propios créditos, serían los úni'ccs que podrían seguir trabajando allll

cuando no percibieran utilidades como pro­du('lo¡'{'s. La consic1{"ración anterior cOl1tJi­buíaa qUl' e:ste grupo <1l' aere2doreH llf'gan a tenf'l' a corto plazo elmonopclio total y c1('­finitivo de nuestra industria.

3) Sf'rvicio acumulativo de los bOllO:; Prior. l<Jstc factor contribuía también a qur si la industria por 1'113lquier motivo t,c'nÍ;.~ pocas utilida.Jes ~- é"ta,.; no al('anzaban a cu­brir ~II un año f'l ,';t'l'vicio correspondientr.' de los 51 millonelS (le bone,.; Prior, tendría que caer ésta irn'mpdiablem~mte en manos de sus aCl'pedores principaJ.C"s. los señores Guggenheim B., P?r la,~ mismal'i razones enu­meradas 8n el párl'aJo anterior.

4) Fijación de cuota;o; Jlor plazos (Je cinco añol'; Rin atender a otra consideración, que a la '('apacidad prOdlÚ!tiva d·p' las diversas compañías y pl'escindi(~ndo del factor eOl;;to minimo de produceiólI, qne a mi juicio, de­be ser con¡.;iderado ,'11 nna fOl:ma espf'cial, ya que en este factor ('~triba precisam€'ute el porvenir de la industria.

5) Directorio <le la CorporaciólI df' Vel1 tas 'compu2sto de 8 representanks de lo.~

industrialet>, 3 del('ga(los fi"cales y un pre­sidente designado de ('ol11ún acuerdo entre los primeros y éBtOS. Dadas las facultac1e's que se le asignan al directorio d8 la Corpo­ración' de Ventas *'xistía, a mi juiei", el evidente p{>ligro de que la repres'E'ntación exag2rada que se le elaba en éste a la firma Guggf'nheim, además de' la influencia lógica que los industriales tendríau' en el PI'\\"iden­te designado con su intervención, S(' pr2S­taba admirablement,€, para qué ps1'a firma pudi€ra ejercer una r>resión decisiva el1 llll' resoluciones del dire'ctorio. En esta ~ituacjón fácil e,<; imaginarse la suerte :qu'p· pnt1ínn ('0--

1'1'er lati demás rmpresa.<; adhf'ridll~ a la ("01:'­

rOl'ueÍón, E,stas son P11 l'iínteS4'l llls principales obj:eo.

('ione,,, ([tW formlllt~ al prny?do<;:t1itrero (kl Gobierno.

Paso ahora a hacer un ligero análisis de la.s prÍllcipal<'s modificaciOllt'", qu" f'n fie­g-uuelo trámite, h> ha int¡'ocTucido la Comi­sión de Haciendll 11 'e8te proy2cto. f'1 'cua! ]Jf'l'mitirá nI' hasta quP punto Il'ln "id0 aquéllas cOlJ,.;i(l€ra-dufi.

Me ¡'rfrriré en primer lug-ac' a la primera d{' mis ohjl'{'ionefi, qUf' ([2 aCilel'(lo con mi mall'~'ra de apreciar el problema, es la prin· cipal y lB más graV{l ele todas. haciendo la advertencia que ella coincide eOll nua de 12s cOllclusiolH'S a que llegó la Comü'¡óll d€Big­nada por pi Instituto (h', Tng-el1if:I'OS de Chilp,. qlW al ¡'<'s]Jectn dic{':

"Estimamcs que :~xistienc1o la pOfiibilidad dp peligro de monopolio, deb," conBultars0' una disposieión que f'stabll'zca (lIté' ningun:¡ C'ompañía o eOll.'.;()rcio de ella . .., pueda dil'l'('­tament,e o por indirecto cont!",] tn1<'r Ul(¡R

dpl 65 POl; eiento <1(' la cuota allual de ven­taj~".

La COJUi.~iólI ti? Hacienda a'cogió ia insi­lJ u:lción hecha en su informe por el ln,,;ti­tuto de lllg'{>niercs de Chile y acorrió agr,'­g'm' un lluevo .artículo al proy,€,eto que im­pi(l,:, que una tiola firma pueda llegar a te­n~'r el l1lollopolió de la industria. Sin cm­barg'o, yo estimo :que es,te artículo habría.

. hielo il1.';ufi('ient<~ y no ha,brÍa pedido 6Ul"tir

efecto 'fU la práctica si la Comisión de Ha­l!il'llda 110 1ll1biese acordado tamhién, como lo hizo, dejar como ali'ci{'ute para lns pro­duetores la cantidad de1,5D dóJ:¡r prr lo Il?lada. elp ¡;alitrp, como una COffi¡WIIf¡aci6n por el df'sgaf;tE' dI:' maquinarias y ag-ota­mi,,'nto de ,terrenos, el cual pnede conside­rar¡.;e como una utilidad mínima que éstos percibirán, aun en el ca60 d? (In(' hllbírSf'­necf'sidad ele "ender l1lH';" tra ,'í¡¡ l,itr" a l pre­cio el,E" costo si la cCll1lwtelú'ia 11('1 "iut(,tico así lo exige. En el proye'rto p¡'illlitiyc¡ p,,~e

dólar 50 se utilizaba, cuanlL las 'utiliclades eran poeas, en sprvir los bOllo~ Priol'. () "ea que el produc.tor est3ha ebliga.do ,1 traba­jar sólo para servir ('"tos bOllOS sin pe]"ri­bir por su trabajo, po,r 'c,l de;.,g-aste ¡]? -;1]1'>

maCJ.uinarias y por la disminll('iÓI1 d"

"n ('a-'

]f}.a SESIO~ EXTRAORDINARIA EN JUEVE.s Z DE NOV;¡EMBRE DE 19:33 633

pitHl la más mínima eompel1."3eitÍll. En f'Nta situación vendría lógieanwl1H' la paraliza­ción (le las 'eompaiíía..; COI1."titllypnt(·s ¡j" la Cosach: contral'ial1lf'llte 11 lo que (eunirá ahora. ya que en ?l má" d""fayoJ'able d'é" to­dos los casos tend'rán ",.;ta:; compañía.'i ¡¡'<,w'

gurado un mínimo (lE' utilidad. En e·onsf'cnencia. e~ta "ola moelifieneiiín

quP panel' "in lllayOl' imp'l'taneia, contri­buirá podero,,:lmenÍ<' a qUe' se l'limin? uno de los peligros (lU;> habrían Ilf'l'lll,itido, fácil­illpnte el monopolio dl' la inclw;tria por la firma Gu~genheilll. La.'i dolo; lllodifieacíones a que m:~ he' ref2-rido. agrt'gadas a la nucy[t forma cómo se e1e'girá el directorio y él aqué, lIa que suspende el servicio acumulativo, que contf'mplaba el proYf'cto dé' mayoría en fa­vor de los bonos Prior. :·liminan, para mí, lo¡.; peligTo., que había ~cñalaclo y que ha­brían tf'nninado por entregar nuestra in­rlustria E'll mane.'i de una sola firma pxtnlD­jera.

Con re;;;p'c'cto a la fOl'l1l:1eiún d'el directo­rio d.' la Corporación de Yellta.'i., la Comi sión d(> Hacienda aprobó una indiea('ión que modifica su comjlo",j'ción. el cual :ciueelará eons·titnído por 11 miembl'c.'i; ;; en r('pre­sentación ele Ls indu:;trialps. 5 c1elf'gados fis­cal'e'" y un Pre"ident:> df':ügnado libremente por el Pre.'iidenk de la Repílblica. d"bienclo s('l'ést2, chileno, naei(10 ~ll el pa1s. Se' com­prende que ,es.ta modifieación introducida al proyecto dd Eje'cutivo tien€ una impo.dan­cia manifiesta en lo que rf'spect a al interés de nuestro país, que en todo nFill'c'nto es­tará supervigilado por 1lTI9 mayoría el? (li­rf'ctores chilf'noi'i, {'ntre 1 os cualf'.~ el Prf'lü­df'nte no ,fen(lrá ninguna clat'ie (l·~· vincula­ci0nes con los directorE'." indn~trialeK El s9ñor Ministro de Haci,'nd'a ha manifer;tado que estf' directorio es f'll torlo .'if'illejallte al que fijaba .<:U proyecto, ya que en aquél, si bif'n eli ('ierto qUf' los dil'e'ctoré'", fisc11es es, taban 'e·n minoría. 1a-.; ati-iburiol1{'.<; que f>e daban a rl',~'os p{'rmitíllll qlle pwliera res­g'ual'darse en igual fOl'ma lns in1(,l'eses qu" afectf'n a 11l1cstro paí~,

Yo erro, soñar Pl'f'I'iic1,'nt{'. 'In" el ,eñor ?vlinit'itro elitá f'11 un ?no]' ,¡] .<;o,;tenrr 10 an­torio!'. pOI' cuanto rl (lirectol'io dr su pro­:'f'Ctr. i'staba compnr:'ité' por El industriales 'y por un Pre'!',id~nte qne no habría podido t"11p1' innrppnrl?ncia. ya fjlH' intf'l'YPJlían en

=

;>;ll dE'signa eión los· propiOli dirt'ct ores indus­triale,;; Con la modificación intl'o·;lucida, no­o'curre ,'sto y no· creo que ~f' pn·e·da :·;pguir .<;ü,<;tenielldo que ~sta no es una positiva ven­taja, mirada dE'sde el punto de "ista dpl in­ter~s nacioiwL

Otra (le las modificaciolll'''' importantes introducidas al proyecto 'de mayoría es la que se refiere a la fijación de cuotas y a la fijación de los plazOB que regirán para la.., mismas. El proyecto del Gobierno fija­ba plazos dE' cinco -años ~- e6ta blecía un porcentaje de cuotas de dos tercios para la Anglo Chilena y la La,1taro y de I1U ter­cio para las Compañías constituyentf's d~ la Cosa ch. Estas disposiciones fueron su­primidas y se dejó facultado al directorio tanto para fijar los plazos correspondien­tes como para fijar las cuotas que dentro de la Corporación de Ventas se le a:>ligna­ra a cada Compañía. En caso de dificulta­des resolverá en definitiva un tribunal ar­bitral compuesto dE' 3 miembros.

Oroo fiue no podrá negarse la ~mportan­cia de esta modificación que perm.itirá al directorio fijar en la forma má.c eonve­niente posible, los plazos y las cuotas men­cionada.-¡, el (JIU' en todo momento atende­rá no sólo a la capacidad productiva dI\' las diversas compañías, sino muy espp.cial­mente a los nuevos rumbos que seguramen­te imprimirán a su l1f'gocio los productores de salitre sintético, frente a la amenaza que para ellos significa la roorg'an1zación de nuestra industria.

En re'SUlllpll, las modificaciones introdu­cidas al proyecto del Ejecutivo por la Ho­norable Comisión de Hacienda implil'an un reconocimiento ele muchas de las objecio­nes formuladas 'a dicho proyecto. En con­secupncia, cumplo con el deber de declarar que a;<;í como ayer critiqué algunas c1ispo­",¡ciones del proyecto de mayoría, ho:v. q.ue he visto desaparecer las principales obje­ci~nes que le formulé. especialmente aque­llas que entrañaban un peligro para la in­dustria y una amenaza para ¡>l interés na­cional, reconozco qup el proyecto modifi­rada por la Comisión de Haciif'nda PI> tal vez el que más se adapta a las conyenien­t:iaí' de la industria y pI que mejor cou­tE'mpla el interés nacional. Esto no sig-nifi­ea que aún no puedan introducirse nuevas l11odificaciones' al proypcto que tiendan a·

CA,MARA DE DIPlTT AnOS

hacerlo ffirj01' aún, advirtiendo qu(' eonÍl'i­huiré ti apoyar con mi voto todas al!ucllas que sin herir interrtSes dp t(,1'Cer08, ;signifi­quen Ulla positiva ventaja para la indlls t1'ü¡ y pa 1'a el paír,;.

Apal't\' (le las ltlodifil':lciol\l'S a que he llr.,cho r('f('['Pueia, cabe meneiol1ar también la (1'1e SI' refiere' a( mantenimiento de los 22 millones de Bonos Rec111'ed que recibió el Fisco chileno en pago dI' la cnota que- la ley ([t' la Co~ac·h le asignaba para el año 1932. }1J¡';ÜI p,.; una e~idente "entaja para nuestro país, que aun cuando no pl'rcibip-1'a intere,.,es por su cr(>dito. como ocuniría ¡i las uti] idadf's el f' la ind lIstl'ia fueran C!C­

casas, al uwnOt; le servirá como e1 medio que podriÍ permitirle alcallzar en parte si­quiera d ,soñado anhelo dt' nacionalizar nuestra industria. A pl'opó"ito dp nacioJUI­Jización, la Comisi6n aCf'ptó en principio ('s­ta idea q lW en YlH'[yt> un ideal para los chi Ienos y que ll0S da. la eSpl'l'HllZa de vpr al­

gún día, a ulIq ue j l'jallo, desliga'da nue6tra principal. fuente dl' ri1tllezas el"l CalJitalis­liO extralljero.

Vari¡ts otras lllodifieaeionpri df' igual o menor importalH'ia que las enumeradas flH'· ron aceptarlas por la Comisión de Hacit>l1-da, todas las cllalt>s han contribuído a lil'­

jorar notablclll('nte el pl'o,vecto de reorga nizaci ón dI.' 1 a i nd llstria.

En cuanto a las objeciones (lUe tiE'uen l'elacióll con las deudas y con e1 tratamien­to que, a juic,io de alguno", debe darse a ('stas. yo Cl'l'O ([Ul' ya no vale la pena se­guir in~,i~til'ndo en ('[las, no porqne no las eonside·rp \'('ntajo~a,¡; para la in dn,.,tria , "ino porque la-; modifical'i()llf'~ a qu(' he hecho mención más atrá:s p(,l'lúitirán qul' {>sta marche sin tropiezos y en forma absoluta· m{'nt:' in(lé'pendiente, tanto de la;,; detlda~ miSlllrh como de 1a manera de pagarlatS. E,sto viene a ;:,atisfacer nuestro au·helo p€r­seguill0 en bien de la industria y del palli y t'n consecuencia e-sto de-be bastarnos. Por otra parte-, parecE' enteramente inútil que­rer I('¡óslar tomando en cuenta sólo uues· tro illterétS, prescindiendo de la voluntad dE' los acreedores, que aunque nos duela, deb{'mos reconoeer que son los v€'rdaderos dueño» de la industria. El caso de los Bo­nos Prior, por ejemplo, q.ue yo he soste­nido gué no deben reconocerse por la COl'· poración de Ventas ell su totalidad, sino

en aque-lla parte que fué entregada por la C'osach al Fisco ehile-no el! pago de las cuo­tas de los aúos 30 y 3-1, que ascienden a 32 lllillptll's dt' dólares, y que el I"aldo de 18 111 iUoues debiera St'I' asumido por la" res­¡wctivas cOlupaüías deudoras, el señor 'J\'[i­

llistro de Hacie-uda ha de-clal'ado en forma terminante clp que si esto se hace no ha­brá ley, por cuanto los tenedores de estos bOllO~'; habrían aceptado de su"pe-nder la gar&ntía de 60 pp:-;os oro y de rebajar de lln 10 a ni] (j por eiento su interés y amor­tizaciún, SiPlllj)l'l' qu(' é,stos fueran recono· ¡'idos en su totalidad, o sea en la cantidad deiíO millolles más o llH'nos. Ante una f;i­l11aeiún ('OUlO esta, me peguuto :vo. ~ cabe ,.,l'g'lIit· insi,Jiendo si se cO)lsidl'r·a además Ijlll' \lO ]lor ello "e ohtendrán ypntajas apre­eiablp¡.; para la industria?

Yo cn'o.. Sl'IIOl' Prp·"id('ntp, (1lll' si no con· t amos de antemano con la seguridad de lit\(' los itereedol'es aceptf>/l nuestros puntos d¡; vista, psabsolutamC'l1te inútil qUf'rer le­gislar ,,;in "n con.sentimieuto. ya que si así ~(' hiciera, correr€mos el l'iesg¿ de ver frus­trados nues,tros propósito;.;. Y. por último, si a lo. anterio1' se agrega que toda,s la,. YUntajlll'; obtenida" con la" modificaciones <[lit' se han introducido al proyecto, dejan <1 la illdll~tri<l ell cOllditiolleii de poder mar <:har ;,iill tropipzos ,\- sin peligro de que pUP­

(la paraliv.arse y (~ll situación de poder com­]wtir cen e1 miÍximum de Yentajas con el salitre artificial. no ltW p<lrece e'uerdo en St"gui t> insi"ticndo en obj('ciones que no re· clulldarÍan en un mayor beneficio para ella ;. qUl', en camhio, podrían acarrearle nue­Ya;~ y graves lwrturbaciolles. Hay que te-­neJ'pl'f'sl'nte, además, IJUl' lo único que a nosotros como chih'l1oS debe int{}rc.sarnos ('s encontrar una f;olución que permita que la industri(i marche con la .seguridad 'de qlle no irá a el1contrar obstáenlos en su ca· minO, lo cual encierra todo un ideal en me­dio de las miles de dificultade,s que hoy entraban Sil marcha, debido a los desacier­tos< y a la impr('visión de nue.stros ante· riOl'es goberllalltl'fi. Deb",mos sentir una sa­tisfacción pl'ofunda todos aquellos que con~ tribuÍmos a qUE' (' 1 proyecto prf'8entado por el Ejecutivo fuese modificado pn forma que .resguardara. como eren qU€ ahora ocurre, ehnt€rés de la i1ldustria y el del país. Creo. no equivoI'arnw al afirmar que to'dos los

15.a SESION EX'TRAORDINARIA EN ,JUEVES '2! DE NOVIEMBRE DÉ 1933 6:{;, --~----- -----~-

qUl' hemos tpllido C01110 único iclpal el in­t,(')'{>,; :mprpmo dp nuestra patria 'y la suer­te misma de la industria, e:;tan'mos C01¡­forUlí:R con el nneyo proyecto. que nos ha presentado la {'omisión el!' Haeienda.

Termino. Plle;". serlOr Prpsid('nte, mani­fe"Umdo (lue sólo guiado de mi fipl pro­p&-.ito y honrado d(~PO de eontribnir 1ll0-

df'~taIllPI1t(' a 11tH' se P!leolltrara la mejol' t>olnción para ('ste problema nal:iOllal, ,se­ñalando pll el tt'lTeno dl' la mÍls absoluta imparcialill<id e inde¡H'ndelleia ele critE:rio, lo,,, illCOnYPIIÍl'llt¡'S qtll' lf' elll:ontré a la so­IUl:i{)]] propnesta por pI (Jobir'rno, t('rmino, repito, lll¡W ifl'l"t ¡llldo Cj Uf'. ell me:d io de la 111&,., íntilllil "i1tir;fa¡'eióll a]l0yal'p pll todas 611S pitl'tl'" el ]ll'o,\-peto lIlorlifil:ado )lor la ComisiólI (!t> II<!ei¡'J1da. re,,cl'Yúllc101'tle sí f'1 r1el'Pl']¡O lit' p['I>,;;tal' llIi l"OllCUrSO a ellalquie­ra illdj¡'aci{)ll llllPn¡ qne sp pro]l(,Ilg"a ~' (IUl'

llll' ('OilVeJlZa 1111l' t'IlCletTa lIUl'Ylh y pOlói­tivol' b(>l1efil~ios para la iJ1(ll1"t!'ia ~. para el país.

El sf'ñor Rivera (Pl"t'sidí'llte \, En dis~ ('u"ir')]j (,1 al'tíeulo l.o.

Ofrezeo la palabra. El señor González (don Ppdro). - 'Aquí

]lay una il1I1il·a('ióll. :"il'Ullr Prelóidente. El señor Rivera (Presiden te) .--'Oíf¡'ezco

la l);¡]abnl. El ""ño]' González 1.(;0]1 P¡,(1l'o),-T'nn 1Il­

(ii(·¡¡ l,ión ... Pido la palabra, ,;ellor Pn>,-;idente. El ,;eñorRíos (don .Juan Antonio).-Pi­

(lo la palabra, ,,('uor Prpsidentp, El señor Rivera (Presidente), - Tiene la

pala bra el honora ble sf'ñor(~onzález; a con­tinuación la cOllcederé a Su St.'ñoría.

El señor GonzáIez (don Ppdro). - Se la cedo al hOllorab'h' señor Híos, /;f'ñor Presi­d€nt(,.

El scñor Rivera (Presiclf'nte). - Tif'lH:' 111 palabra Su 81'iloría.

El sf'ilor Ríos (don ,Juan Antonio),~Yo había formulado indicación a este artículo en t'l rsentido de que el Estanco ¡.;e e,sta­blecÍl'ra pn fayor del Estado y de que !Se facultara al Presidente de la República pa­ra que, dentro de los términos de esta ley, pudiera' ceder o arrendar este derecho a la. institución que se creaba con el nombre de Corporación dp Ventas de Salitre y Yodo.

La Comisión redactó este artícuJ.o de dis-

tinta manera, yen' el artículo 2.0 ha dejado (>¡;tablecida la faculta(l que daba el artícu­lo 1.0 al Pn'sidentp de la Repúbliea para el arrendamipllto del E"tallco, pero pn una forma q,U(' no me parece clara, IJorqm' dice: "EL }1~isco da en arriendo el Estanto del Sa litre y Y oclü a la persona jurídica que, con el nombrp de "Corporacióll de \~ entas elel Salitre ~- Yodo ele Chile". !Se crea por esta ley y qne :,;e egirá por ,us disposicio­nes".

E" (Ü'c':j', I"{' ('~tabl('l"l' ~'a aquí que {'¡ Fis~

l:0 del en anl'lldami"llto a la Corporación eL' Ventas (,1 dp!'.¡'cho al lll'iO d,'1 Esanco; jlt'l'ü JIU o;e ('c-;tabll'l~·p t>1 l'allon dp "1St" con­trato de' <11'J'{'lldallliento, y 1',., ele la ebencia (]{o llll cOlltl'atn !l{, a1'l'('l](lallli"lIt.O fjLl:' "'l' establezca dicho ('aUOll,

En el pro~,{'(·to delllinol'ía el'itabilestabll'­eido -el ('¡ilIOn de al'l'ellcl'¡llliputo. 8l' cle~ía

que el Fi/'icO podía (','lle!' el der"l"ho (Lo et;­

tal1l:O a la ('orporaeiún ele Venta,,; y pI c¡¡­llon de alT,endami€uto M' fijaba ,']1 las nti­lidadel'i que SI' habían dacIo a la (,Hlprpl"a.

Yo qui/o\iera l'iaherde labios del :wñor Di­putado illformant? o el(' alguno <11' lo/; sl'ño­reto; mipIllbru.'i cll' la .comisión dl' Hacienda {[uf. motiyo,..; ha habido para mant+'llel' elSta di"pooiciól1 t'll plSte¡ forma y para no habf'r dejado .estahl{>(·ic1.al'i de.sde hH'g'o toda:; lar; bases del tOlltratn de arr~lldami.ellto, ..

El f;{>ñlll' Rivera (Prp,si(h'nte) ,- E",t[¡ en lli~{:ur;Jm {.¡ artí~ulo 1.0, hOI1Ol'abll' Di¡lll­tado ...

El r;pDOI' Ríos (don .Juall ~\lltollio). -E8 que se refiere a él la materia 1111(' f'stoy tratando, :s2ñor Presid.ente.

El señOl' Rivera (Pn~sidl'lltf' 1,- Ofl'"zeo la pala bra so bl'e € 1 artícul () 1, o ,

'El señor Prosecretario. - Voy a leer an­te/; una indicación clf'1 t-ipíior Gonzálf'z don Pedro, que S~' ha formulado COll "i"te firma¡:;. Figura en la página 2df'1 Boletín en que aparpcl' f'l informe elf' la Comisión,

El señÜ'l" Rivera (Presidf'nte). - Como ffi­

tá imprf's,a la illdicación, ]ll1?de omitirse su l€ctura, si a la Hono'rablp Cámara le pare­ce.

Acordlado, Bu discusión la indicación. Tiene la palabra tI señor Diputado in­

fórmante. El señor Prieto (don Joaquín).- La Do-

:" ""':

CA:\l.ARA DE DIPUTADOS

misión de Hacienda modificó la estructura primitiva del proyeeto de Corporación de Vc:>nta,s y aC€ptó en general las ideas pro­puesta,>, como indicaeión, por el comité ra­dical. En €Stas ideas-que, ,por lo demál'\, no contaron con el voto personal mÍo---iS'e establecía 01 estanco del salitre y del yo­do rn favor del Flsco en el artículo 1. o, :r a continuación,en el artículo 2,.0, se es­tableda que esb estanco Se iba a arrendar

. a una Corporación de Venta,>. En el artícu­lo 8. o se indicaba la forma en 'que iba a ser' dirigida esta Corporaeión, por 5 Direc­tores fiscales, 5 industriales y un' Presiden­t-e . designado por el Plresidente de la Re­pública.

El señor Ríos (don Juan Antonio). -¿ Me permite el señor' Diputado?

A lo que yo hequ(:'rido referirme es a que aquÍ se dice:, "El Fisco d~ en arrenda­miento", como si quisiera d€cirse que ia mismo ley desde ya da en arriendo; se fijan, rn seguida, alguna .. d~~ las condiciones d,,·l contrato deM'Irendamiento, pero IjJO la prin­cipal, que es la renta o' canon.

El 'señor Prieto (don Joaquín).- Preci­samente los que no votamos a favor de esa indicación lo hicimos así pOl'qne teníalllos esa objeción que hacrrle. Nosotros no crt'{'­mos que, en realidad, sea éste un contrato <lB arriendo; más bien es de cesión o de administración que se otorga a una corpo­ración q ll€ yai a estar dirigida por 5 direc­to:'es fis.calcs, 5 industrial?s y un Presiden­te designado por el Presidente de la R€­pública. Sin embargo, se adoptó por ma­yoría de votaR la fÓl'mnla presentada por el comité radical, que -establecía un estanco lb salitre y yodo a favor del Estado. y una Corporación que arrendaría -este estanco por un plazo indefinido, al cual se podría po­ner té.rmino por m-edio de una ley. Esta Corpora-ción eS laqUe< va a ten-er la adm~­nistración y el nelgocio del salitre y el yo­do.

El s~ñor Ríos (don Jua,n Antonio). -Siempre subsiste la mÍlSma duda, a pesar d€ la explica,ción dada por el honorabl-e Diputado.

El señor Prieto (don Jaquín) .- Se dijo en la Comisión, honor~le Diputado, que d canon que correspondería pagar a -esta ins­titución que iba a administrar la CO'rpora-

ción d:, Yentas, sería el ~5 por ciento de­lar> utilidades que S€ obtuyie:'an -en la ven­ta del salitre' y del yodo.

Yo, como digo, señorPrf'f>idrllte, no par­ticipa,ba de esas ideas 'Y efltimo, personal­ment{', que no es cO'nv-enient-€ la intromÍ­sión exeesiya del Estado en la administra­ción de esa Corporación.

Tiene esta intromisión muchos inconve­nientes, que se señalaroíl ext.ensamente en elcll'rso de la discusión que ,hubo en la Co­misión y que puedo repetir aquí breve­mente, si le pareC€ a la Honorable Cámara.

En prim€r lugar, se señalaba como incon­veniente principal, la f'xcesiva intromisión del Estado y, por lo ,tanto, ele la política en los nombramientos y en la administración general ele una iÜorpO'raciónque tiene ca­rárt€r industrial (} comf.rcial

Fue'l'a dl' €Sto, señor Pr€S,idente, la inter­"ención del ERtado crea, se puede decir,p-or­otro lado, o sea, por el lado- de loscompe­tidores del sillítre, del salitre sintético, ('l des{'o de obtenrr. también, la ;nt~rvenci6n

de I~US Estados para la defensa de su in­elut'itl'ia. o sea. se coloca al Estado chileno al frent€ de la administración del salitre na­cional. con lo 'que se provoca, al mism{) tiempo, la intervención .de los Estados ex­tranj{'ros. que se colocarán, a su vez, al frente del salitre sintético, y en conÍl'a de' la indusvria del Estado c,hileno.

Se crea así una mayor competencia ~' un mayor peligro para I'l salitre chill'no.

,se dijo. también, 'que efi-to que- se llama arriendo no corresponde, en realidad, a un arriendo, púesto 'que no hay un canon fijo, determinado,que se pague, porque aparece el Estado a:rr·endando al Estado. «'sto es, el Estado que es dueño del Estanco del Sa­lítre y del Yodo, lo arrienda a una Corpo­ración, que es, a su vez, formada por el Es­tado mismo en su mayoría,

Tiene esto el inconvenient·e d{' una co~ ficticia: aparece el Estado organizando una Corporación y arrendándole, a fiU vez, a la ·Corporación, que es ,,1 Estado mismo.

Por eso nosotros éramos partida,rios de que Se mantuviera la extructura primiti­va del proyecto, en el sentido dI' que fuera éste un Estanco creado por el Estado, pero entregado a la administración de una Cor­poración particular, e,n que hubipra int.eTffi.CS

".~"' -; -'~.-.

15.a SESION EXTRAORDINARIA EN JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 1933 687

indru;;trialelS ahí rept"€sentados e inter~ fiscales que tuvieran la supervigilaneia de la administración de esta Corporación.

Se votaron estas ideas y primó la redac­ción que se ha dado al ar,tículo l.o, qlH~ {·"tú en relación, llaturalll1ente,co.n 10/:\ artículos 2.0, 3.0 Y 8.0, e" ueci!', con ca¡,;i todos los ar­tículos primero¡.; uel pr()~·e<.·to. ~i hubitlra cualquiera illdieación que lllc(]ificara toda esta estrllctnra se pOclría ""!ltrar a el iscntir ; pero como yo ("reo que hasta ahol'a no sc ha prescntado a la ~\lesa ninguna indicá'eión en elStf' sentirlo, me pal'L'ee qlH' no cab".'· sino aceptar la elitl"UetIU'a (jl~e han ,'stndiaél0 ;,­que han M'ílalado los mil'mbro¡; del Comité Radical.

Respectl' a la inclieación f01'l11ul¡1(la por el honorabJ·c· seÍler Gonzálcz para suprimir d Estanco c1el Yodo, a fin ck ([lle otra le." lo estable-zca ílllicament{' P¡¡l'H p,.,ta ,;ustar.­cia. 82 dü';e utió el pun.to en la ('olllifiióll y S~

-Estimó que era inconveniente separar el E>;t;mco del Yocle el,' 1 E.stan\'o tld Salitrtl.

Traería e,.,to in('(lnyenj\'nte,., eOl]¡-;ic121',I~

h]es. Drsclp llN'lg'I', el d(' manten,,\' de,.; p:,;tanCO:i

diferentes, eOli aclministraeióll s('parada, 10 qlH' doblal'ía los g-a¡;to,; t-;in utilidad Jiinguna; ('11 ,,.,('guilla, \' 1 de ¡·;uprimir las ventajHs y las ntilidat!('s que produc" la venta dd ~'()d() Y C¡IW yi"mc a be­llt:>ficial' el c(',,,to el,,] salitre. Quitando al salitre 'fstas \'utraflas. úni<:aul\'l1te tie va a obtenet' un recargo en su cesto ~-, por 10 tan­to, una. ma~'or dificultad ])al'a Juehar con ?J salitre sintético.

Por este motivo se' ('stimó c()llY(.'Iliente mantener un solo pstanco pal'a las (le" subs~ taneia.'>, para que sean administradas por una mi."ma Corporación.

Po.r eliO yo tprmino, Reñol" Prpsident?, pi­diéndole a la Honorablr C'áma.ra qu" adop­te un a,cl1erdo a e",te respe-ctr, que ,t·e-nga congruencia con los articuloR subsigui?ntes del proyecto, porque la forma. en que vi."ne l'erlactado ·f·l proyecte de pste segundo in forme exige 2sa congruencia.

Era lo que qn-ería d('cir por \'1 memento, "eñor Prrsidentp.

El señor Ríos (don ,Jua.n Antonio). -Voy a continuar, señor Presid-e-nte.

El seño.r Rivera (presidente). - Puede continuar Su &ñona,

~

El señor Ríos (don ,Jnan Antonio). -Lallwntoque no hayamoo tenid c; tiempo su­ficiente para leer d segundo ínforuH' de la Comisión, y por lo tanto, para halwr formu­lado las indicaciones que fueran (];,} caso·; pero. '"n la indi'cación que había formulado en el artículo 1.0 S{' contemplaba. t'll forma perfcetanwnte clara esta idea dcl ('ontrato ,12 arrendamiento.

El hOllC',rable Dipl1tado informante llO¡;

dice ahora que esto que se contempla ell el· proyecto l1el segundo informe no -c'"S ni an'en, damiento ni cesión. No 89 sabe qué es.

Sin embargo, el artÍcú]o 2·.0 dice: "El Fis­co (la en arrirndo ... " y más aq:elaute se estableeell otra,~ 'condiciones d:,l contrato, pero. uo se -e.stablece en ningun.:! parte la cOJ)clieiúll c"encial en todo COlltrato de arrendamiento: la l'tlnta o ·canon.

En la indicación que había yo formulado 'Sobre el artículé.. 1.0, se decía: "~ill embar' go, '01 Pr-esidente de la Repúbli·ca. de acu-rr­do ("O!l la,'; disposiciones de e"ta ley. podrá l't'c1el' (l arrendar, por un plazo (IUP no ·exce­da de ;i:l afiOS, {'l der.echo al estanco a la per.~ona jlll'ídica que, con d nomb1'>"' de Co.r· pOl"ación de Yelltas de Salitre y Yodo. se' crea l)Or la. pl"t'tiente ley". .

Esto quedaba, pU2S, €lJ relación con 10 que, clof·SPUf.., f'1 Presic1ent-e de la República. facultado por esta ley, acordara 'con la Cor­poración de Yentas. Pero tal ·('omo está la di.<;posicióll, Ille parece que no va a producir ",fecto algullo, salvo quP ,'l€ la interpret,e·-en la ferma qu!' quiera el·que haya de anli· carla.

Era la observación que tenía {lue ha{ler. El señor Rivera (Presidente).~ Ofrezco

la palabra. sobre ·el artículo 1.0. El señor Vi-cuña,-Pido la palabra. El señor González (don Pedro).-Pido la

palabra. El señor Rivera (Presidenw).- Tiene la

palabra el honorable señor Vi'cuña, a eon· tinuación la cederé a Su Señoría.

EI señor Vicuña. - Es verdaderament-e se1lBible que no S€ haya ado.ptado Robre e..,tt' artículo 1.0 una redacción que tenga sentido jurídico. El artículo primitivo del proyecto de mayoría, aun cuando {'ra inconv~nienw,

'cemo tuV'€- ya ocasión de hacerlo pres-ente en la discllilión general, era 'con mucho., su­

perior a este otro. Este a{ltual -es simple-

63S c~rARA DE J)IPTTTADO~

ll1~nt{' un {,IHedo. algo qnt' no tirlle senti­rlo.

Empif'za el al'tlcuJo diciendo que' se esta­blece (,J E,-<taneo df'¡i::lalitl't, y cid Yodo en favor (lel Fi¡,:eo, y {,ll seguida, se da el} arri:mdo; debería (Ieeir eu arrpndanü9'nt't e"te r~..,tanCG a fayol' de la Corporación de Ventas.

?\o ha.v, l'OlllO lo hacía uotar lllUy bÜ'll ,·l honorable srñor RíOfl, ni siqnit'ra reuta, lli plazo, ni llinguna d·:" las lw)(lalidades (lel illTendamieuto. Este ll(' :'S 1111 l'Ollüato de <JlTE'l](lamil'llto. e~ Uli alTl'lHlallli('llto po]' la l,'y, ([\\(' sólo sprá tal pOl'l[lH' aKÍ lo llama una lpr. Esto "ielle Ílniealllpl}k a obst'ure­'(','1' las ideas.

A mí n](' hahía parecido 11l"1 la idea el;­crear una (:ol'jlonlción c!l- Yentas d{, 8nlitr¡> y Yodo f'llel aire, (111'" t('níél (J l)]'dendía te­ner 21 aspedo clr una r'J'po]'acióll ele J)pre­cho privado r{'gida por C'l rócligo Ci' .. ~L cwuHlo. en ]'p,¡]idad, 110 lo l'rél. ~- hahía pro­]l;¡Pi'tO (]\H' ;':(' ,··~1ahl('C:Pl'a (,1 Estalleo ([rl Salit1'l' y Yodo a favor del l<JstadD, l'é'pl'E'­

S~'JJi aelo P:')' la ('ol'poraei{¡n; }lo]'(ll1('. ('11 l'{'a­li(¡ncl. la C()I'[)()ra~i{¡ll dI' Vl'llÍ:¡¡; ~. el EKt:j­

do son 1111a .~()In ." ll\iS111a ¡>l'l':;ona. E", inútil hal'('r ('11 la ley -l~te (listing'o ([1U'

110' c.orresp0[lüe a la ¡·palic1ad; ni siquiera "11

la épo('¡¡ má.'i metafísll'¡¡. del rl.l'l·~'·eho r;(' ha llegado a :quPl'er· partir, como P11 ffit,~· caHO,

1111 cabello en ellfitrr partes, ~omo dict'n lo,; fral1eese,~, a di.'iti]l~r\lir Jo que no es dj¡.;tin­

g'uibJe. Aquí 110 hay sino e . .;1;htl'?S elJtidacl('.~: la

indu,;tria, ."'1 ~'i"co y la Corporación. y 110 hay tal illTt'lHlalllipn!": lo que hay

e,~ Ull neto de antoriclnd del ('ongT('SO ,k Chile, "11 virtu<l del cual i'ie quie)'!' substraer de} cOin'el'cio pílblico. d: 1 l'OllH'l'l'io libn', 1'1 salitre y el yod:'. ;Ell brllpficilr df qni{>n? Ya lo dijeron lOH tr[lti!(li,~ta'i de deret'l!o pú­blico v 10K eonstitu<;iolla}i.~tas: PIl ben:,fiein del E~tado y por exigirlo ('1 illtel't-'¡" nAcio­llaL .

¡,Aqué2Mamos con enrede,",' ;..:\ ([ué 'ie crea sin ba.se alg'una leg'al ni ,j\ll'ídica. ('S­

ta. COl'pol'aeión'~ ¿ A qu{' il1ycntam':¡;;. Pll to­da.,,' su" parte.", ('ste contl'nto de aIT"IHla­.niento quP n0 l'S tal contl'nto. porque no hay ~1'cneTdo (le voluntad"", quc' no ('S cont.rato d€ HrrrndumientC', porqNP no har renta y

(J1~ 110 tjPTl(' ning'una de la;.; modalidades propias d(~l t:ontrato dr af'I'Pudamiento.?

Por €I'lto yo, con un espíritu de transac­ción :-- (lp l~on('ilinción, pr(',fie]'o la forma pri­mitiy;¡ que había jll'()!)llPsto la ma~'oría dp la ('ollli,~ión ':'11 p] proyecto qllC' sirvi6 dt' hasp a la discusión g'c'lleral a psta forma adual. únicaUH'nt2 rkst·jna(la a traer como (,01JS('­

elH'n('ia ('l1redos y mala¡.; intpJ'pl'eta'ciones del

contrato. ~Oll inaeeptabJl'~ las ¡'HZOIlt'S q\\e liP han

(la(lo para no dpC'ÍI' franl'alllente. {'ll ,~<;fa

(li"por;icíóll, q\J~' plE."tan('o t!pl Salitn y del Yodc e¡; del E.,;tHdo.

La más gTaye razón qm' se ha dado ef\ '1\\e COlJ esta decla¡'aeión ~(' 111lpd(' l)\'OVO­('[Ir \lIH1 1'eneeióll clt> lo~ falJl'icantps del pro­elucto "illtéti('o. qm l'eqclE'ril'ían el [lpoyo de sus re,.;pectívos g-obipl'nos (']] favor de ~us illtel'e~e" ind'nstl'ia les.

Pe!':) (';.;tn razón ]lO ti,'ne ning-ull[l consis­tencia. porque a nadie "amo" á hacer pt>u­R[I l' q n,' pore[ ue Cl'f'amo'i una ('ol'poración {'n ei ail'<', como la que ('11 ('~Íl' jlJ'or('('to se (·n·a. qn!' "" alTiellelO o ,('"tall('O. y que no PS dpl~~"tado chileno, de la República de Chile .. qn!' é~ta no. tienE' intervención en dla.

La República dE' Chile. ha intl'!'veuido en la induíiiria ~litl'el'a, "in rstall('o, sin Go­s¡¡eh: ha intervenido ,'Il todo mOlllento euando f':sta industria ha trl1ido proy,'ccio­l1e,.; dp cal'ádpr internacional. ¿ Y vamos a hacrr t'l'ep)' ahora q\H' el Estado no ya a tenE'l' intpl'YPllCió]l {'11 el E'1'italwo! Siem­pre, tplld1'<Íll qU0 ereer lo,; pxtl'anjl~ro>; que :,;,' trata dI' una industria favori'eida por el Uobiel'IlO, pOl' ('¡ K~tado cll' Chile. DC' m8-

]]('ra que ('sta t'olJ"id€'l'a('ió¡J no yale nada. Así r-s que. aunque !lO VO~· a ri'llOYar-por­que nw parel'e !lila elllprt'~a tel11/'raria,-la j lldieaeióll que aJ re~peeto hiN" quiero ha­cer un llamado a la cordura de- la Hono­:'ablr ,Cámara, para que cambie ('sta redac­('¡(in, para que r;\I prima E'ste a I']'('udamienfo inútil, que, en ¡'ealidad, e.~ Ulla fal;;.eciad jurídica . .r que !lO I1wjol'aen forma algu­na el proyeeto.

Creo que' sf'J'ía pOlsible que los honora­bles diputados acordaran que la l'pdacción de este prim€')' artículos€' hieit'1'8 !le nue­vo, ya sea admitiendo a Yota~iólJ la indi­eación pl'Opllf.sta por mí en su rrrmplazo, o'

15.~ RESIO~ EXTRAORDINARIA EN Jl:"EVES 2DE NOVlE):IBRE DE 1!m3 6;3.~

bien adoptando la rl'dal'eiól1 dl'l proyecto lJrimitivo.

El ¡,rúol' Rivem (President.,) .-Ofrezco 1;1 palabra i'11 la (li~I'l1,.;iún ,Id artículo 1.0

El señor Alfonso. - Pido la [la la bra, se­úor Presidenti'.

El Reñor Rivera i Presidentp). - Tienp la palabra el honorable' Diputado.

El señor Alfonso.-Quiero (:onte:itar algu­nas df' las ()bsernlt·iol1e.~ que ,.;p han fol'­llluhdo. para e,,,tablecer '1lll'. Pll rpalidad, la di~l)()sieión en qu!' Sl' dl'elara la pxisteu­eia del e:,taneo del salitn' y ~-od() en favOl' del E<Stado, ~. s{' l'('al" a la ('orpol'aeiún de Venta,s mediant!" l1l1a PSPP(:il' d,' al'l'pnda· mil'llto. no "e 1'11I'nad]';¡ en Ulla forma pn'­eisa d:Jlltl'n (1t' la ill'l'!lciúll q,lll'. d,,'l alTell­damil']ltO. ('Xistl' 1'11 ll1wstl'as lpy"".

En rpalidad, Sl'íbl' Pl'psidl'lltp. no S{' tra· ta en t{'l'l)1inos jll·l·(,i"o"i (1 .. mI alTt'lll1amien­to ('OUlO pl Ijue SI' dl'fille 1'11 l'l ('()digo Ci­yil. ,.;illO dp llna fOl'ma l':'Jh'l'ial-~'lli gene· ri',-d!' ('O]H'l'llt'r la 'ixplotal'iúll ." adlllillis­Tl'aeióll cll' l'"ti' ,Eq¡llll'() l~)""ado ]lO)" 1,1 E~­

tallo y para el Estado, ¡I fin d., qUt' spa ('X­plotaLlo .'" admilli,tl'ii(l() pOI" Ulla firma par­

tienla]'. Estp l>;;, 1'11 I"t'illidad. el "ll'1I1]('p 111' la c1is­

po~icióll.

El señol' Vicuña. - ; :u" ¡wrlllite, ~)l ¡';p­ñoría, una palabra ~

El s;pñor Alfonso.-:\o tl'lIg0 int01l\"l'nien­tl'. honorable Diputado.

El "eñor Vi,cuña. -' y ~i ~1] ~piíoría re­t:01l0ep eKn, ¿ no CI'N~ qllp sería 1'011 \"l'niellte -ya quP reconoee q IIp la I'X presión ('ti im­]1rOpi¡¡~IJIH' t'11 p,;Í{' lIWllll'nto I'n que psta· mos ('ol1stl'uyel1do la le,'- y <¡IW no.., damos CIlf'l1ta de e"tll il1(·onY.ellif'lltia. IlO 1., pa]'ee(' conveniente, digo. a Sn ~eñ'ol'Ía. I'a III bia]' .·sta !'pdae('ión ]lOI" O!I'¡j miís aclpC'mlda?

El ~eiío]' Alfonso.-:\ o ha hría ineon \'l'­,~if'nte, hOllOl'<lble Dipntallo. ~il'llIprp que '1'

substitnye]'a e~til forlllil d,' rpdal·l·ión pOI'

otra qnp "ig-l1ifi('ara lo mislllo. o sea, que declarara pi l'stahleé'imil'nto elrl Estanco )Jara el Estado ~. qUf' (.ste fnera dil'ig-ido y explotallo por Illl;l ill"tituc·ióll particular.

Gl'pO qm' lo,.; honorabl"ti diputadcys de mi ]lartido no teJl(1]'ían lling'lJll ineOllypnientp para. al'pptar l'~ta ilidil'al·ión, sÍt'lllllJ'(" C'O­mo (ligo, que se encontrara nna fórmula que dejara \'igl'ntc la dpdaral'ión de que el Es­taneo ('J'; para pI Estado. porque ia fina-

====== -- -.~---===

• lidad 1J1lf' SE' ha pNse~uido al hacerlo ha ,~ic1o ,,1 q\\(" \'>;te monopolio f',spreial dé ex­plota]' ,,1 Estallco s·pa constituído no t'nbe­npfic~io rle p • .,a Corporación partil'ular, sino Pll bpIWfil'io del Estado. En la forma pro­pue:-;ta pOl' Su :':;pñoría. (In l'f!alidad. el be­Ill:'fieiado ~('ría d.irpetllmellÍl' dil'ha COl'PO­ración ¡]p Ypntas que, eOlllO partie·llol.ar, po­(h'Ía en (:Ilall\nipr momento haeE'1' val-er en ('ontl'a dpl K,taclo las dispo,i(~iollCS 'lile l'ma­llilrúll 1'11 ('"ta misma l{'y.

Bn la fO]'lllH Pl'O}H1P:,;ta por los radieales ~. quP ohjl'tall Sil,'; Señorta,.;. t'll lling'ún mo­lllPllt') la Corporación de \'(,lltas podría {J{'"eOllO('('I' lo" p]·iw·ipios en lJl1{' l'stá fun­dado l'~tl' p]'oyedo 11 olvida¡' sns (lisposi­eioll1''-'. ya <jUl'. si pilo IJ('ontpC'il'l'¡i podría de­jar:il' illlll"C!iatallll'ntp "in ('fl'do la ('Ollep­"i<Íll. ~ill indl'llllliza('iol1l's ni difit'l¡]tades de ninguna {,,,])('(·jl'. En ('amhlo. (l.·('larado el Estalll'o ¡¡ fayo]' dp la COI'!1ol'ii('iún llIpdian­ti' p·sta le.".' (.~ta. el1 l'lHO de' ';l'r priyada de tal lllOl1Opolio. Jl()(lJ-ía !ll'cli]' o l'l'('lamar 111-

tI I'm 11 iza e 101) .',;.

:El Estallo ]ll'(,l'"ita resguarda¡' l'tita in­c111stria, panl lH'llpfi('io df' la colf'ctiYidac1, sin perjuil'io ele J'(~sJlptal' a los productores y (](,llliís 11"I'PI']¡('~ yill('ula(los ¡I .. 11a.

Ji},t¡¡~ l·i]'l·nll~t¡¡ll('ias L~Oll las '¡Uf' hemos t(,llil1n JlI'l'~ellt(' al reforll1ar el artíeulo t'TI

p,;tt' i-wlltido. PI']'O en ning'ún easo esto im­porta que no ¡jc·pptl.'mos otl'a l'pdaeeión si ella (,pllsulta las ¡cleas (jllt' pxpong'o.

Ahoril bif'll, si :-;\1 Spíiol'Ía, 11 otro hono­rabI., Diplltado no Pl1ellpntra eon,"pniente qUl' PL,Í<1 idea sp manten¡.ra, s('ría Justo que Sn ,SríiOl'Ía indiearci Pl jll'oC'pdimiento que habr'Ía '1\11' ;-;('g:uil' para obt-PIH'I' el mismo Jill.

El spiíor Vkuñ,a.-Ese ]n'ol'edimiento se PI1ClH'lltra en pstf' debate- mismo, dentro de la, i(lpa~ qnp Su ~eñoría ha l'xpuesto. Por psta ('a usa f'stil1l o q uc' se tlebprÍa a probar ]a indieación mía, <jlll' prOpOllf' la siguiente redacC'ión:

"PO]' t'xigil'fo pi illt(']'(." nileional s(, ffita­blee(' pI E8tane() dpl Salitl'l' y del Yodo en fayor ([1'1 Estado ehileno rpprrseutado por una pet'sona jurídi('a el" dPl:pl'ho público de­nominada "Col'!)()ración dp Y('ntas de Sali­tre y Yodo de Chile".

Crpoque ('IJ esta rpdaceión Su ~eñoda no encontrarú ninguna forma illl'Onvenien­te para que ena sp-a l'e-ehazada.

CA~1ARA DE Dll'UTADOS

Hablan a Ía vez varios hOOl.ol"a:bles Dirpu­Itados.

El señor Ríos Arias.-Pido la palabrá. El señor RiVlel"a (Presidente). - Está

con la palabra el honorable ¡;eñor Alfonso. Puede continuar .su Señoría. El señor Alfonso. -- Quie-ro aclarar una

cuestión: Quiero decir al señor Vicuña. que me gu.staríaoír la opinión del señor Minis­tro de Hacienda, porque tengo entendido que la redacción propu!'sta por Su Señoría pued!' tener inconvenientes desde el punto de vj¡;ta del comercio internacional del sa­litre. En efecto, :si se establece el estanco para el Estado y éste queda representado 'por ]a Corporación, apal'ecerá el Estado comO' q·ue está directamente. ge,stionando los negocios del salitre en los mercados ex­tranjeros, y aparecería' así Chile-Estado en oposición con los productores particulares extranjeros,

EstO' podría crearle a la industria una si­tuación un poco difícil, ya que podría pro­vocar como consecuencia, nna lógica reac-

'ción: que los Gobiernos extranjeroo trata­ran de proteger 'IOn la misma forma al sali­tr-e sinMtico en su competencia con -el sali­tre nuestro, y en cambio, en 1a fO'rma tal eomo está esta di.s'pos1ción nO tiene ese in­conVomient·e·.

Como digo, sería conveniente oír la opi~ nión del señor Ministro a esoo respecto.

El señor Vicuña.- &,su Señoría perso­nalm~mte cree estO'?

El s-eñor Alfonso.- Sí, ,honorable Dipu­tado. Porque desdt> el momento que tene­moo d-eudalS públicas sin servir y obligacio­nes sin cumplir, podría suceder que los acreedores, en cuaLqui~r momento hicie­ran valer sus créditos sobre el salitre de­posita.do en el e~tranje<ro, fundados en la facultad que el derecho comÍín da a los acr.eedores para hacer efectivo su pago so­brebiencs del deudor.

El señor Viouña..- lo Su Señoría croo que , l(}s Gobi-ernos extranjeros se van aima­

ginar que es una cosa distinta el Estado Chi­leno de esta Oorporación d€ VentalS, que tal vez no va a tener ningún interés e~ Es­tado chileno?

El señor Alfonso.- Jurídicamente serán . distintos, honorable Diputado, si se aprue­ba el a.rtículo como 10 hemos pTGpuesto.

El señor Guzmán Garoía.- ¿Hatita cuán­do vamos a s-eguir en estoo diálo.goo?

El señor Ríos Arias. - El artículo 1. o es­tablece el estanco del yodo -en favO<r del Fisco. Rablfa, que illÚldifi:car el artículo 2. o, para no mantener una disposición que habla del arrendamiento, cuando el referido alTendamiento no' es .tal cosa.

El contrato de arrendamiento lo define el CÓdigo Civil dicielldo: "El arrendamiento ('S un contrato en que las dos partes se obligan recíprocaIl1ent~, la una a conceder d goc·e de una CMa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra, a pagar por este goce, obra o servicio, un pre-cio deter­minado" ..

El! e:'3te ca¡;o, no t-ie conced.' E'l goce de llinguna cosa ni 8e fija el precio, ..

El señor Alfonso.- Yo quiero contes­tato al ,honorable Diputado ...

,Grf'o que Su Señoría está equiyocac1o, El goce 'qUE' S(' concedería pOl' E'1 Estado sería el monopolio d{'clarado a su favor y que {""t(' concedería a la Corporación de Y€ntati, y el precio sería el 25 pOI' ciento de las uti­lidadE's, .qUE' "n otra pa.rte 8{, establece eti: su b'eneficio como impuesto. Bastaría agre­gar allí que es,e 25 pe ciento es a título de Dl'€Cio por el arrend2 Jiento y de impuesto. lIabría aBí eonCl1rrf' ('ia de amhoo 'requisi­tos 1egales.

El señor Ríos Ar ~.- Dentro de la es­tructura 'de esta le 1 no ha.y para la Cor­poración ninguna 1 ~ilidad con el estanco. N o hay, tampoco, 1 re<lio d'et€rminado. Por C'onsiguicnt.c., 110 ha ! arrendami€nto.

El s:,ñol' Alfonso i- P€!ro el Estado con­c€d" a ]a Corporac ~n de Ventas el mono­poliO' de un comerci Idete~inado, lo que im­porta, en r€a'lida(l, I un benefido bastante apreciable.

El señor Vicuña. La Corporación no es nadie ...

El señal' Rivera I ?residente).- Ruego a Sus ISeñorÍas se si: van no intel"rUmpir.

El señor Ríos Ar IS.- ISi las cosas se di­j€sen como son, h bría que d-ecir que la administración del estanco del salitre y ~odocorreFlponderi a la persona jurídi<la llamada COl'poració . de Ventas, que se crea eJl esta ley .

El señor Gon:záiI¡ ~ (don Pedro). - Esa es la consecuencia de llamar estaneo a lo

15.a SESION EXTRAORDINARIA EN JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 19.'33 641

que es un monopolio, en donde el Estado ti>e­.~le el 25 por ciento de las utilidad~s.

El ooñor Ríos Arias.- Estanco significa iimitar o prohibir la circulación o v-enta de un determinado producto, o su fabricación. El hecho de que el Estado obtenga o no utilidad no tiene nada qu~ hacer.

Si el señor Ministro de lIacienda esti­ma que ha,y ventaja para la industria en el ,:nanumimiento de este conc'epto, a pesar de flue está fuera del ,conceptO' jurídico, es <:osa que nos dirá Su Señoría. Pero, si se 'luisiera hacer exactamente lo que hay aquí, habría que deci:- que el estanco se establece en favor d-el Estado de Ohile y que se en­f;rega -en administración a la Corporación ,le Ventas qu-e se crea en este proyecto.

El señor Ríos (donJuan Antonio). -eonsidero' que lo práctico 'es aceptar la idea g::meral d-e establ-ecer el estanco a favor ,lel ~isco, y facultar al P:-esidente de la RepÚlblica para conceder su arrendamiento "'n los términos que indique l.a ley.

,Si se -establece el -estanco a favor del Gobierno de Chile y se entrega en adminis­'ración a la Corporación de Ventas, 'qUE'­nía decir que ésta obra como aministra­,lora, como mandataria del Gobierno chi­leno. Por consigui{mte, habría que separar dtas dos ideas.

El señor Rivera. (Presidente). - Tiene la palabra el señor Minist:ro de Hacienda.

El seTI.O'r !tOSi! (Ministro d'e Hacienda).­Creo que las modificacion-es ,que se han he­cho a la ley estableciendo el estanco, la perjudican.

La idea inicial era de establecer ,el co­mercio del salitre €n favor de la Corpora­ción de Ventas; después se agr-egó el -estan­co -en favor del Estado y s,e buscó la fór­mula del arrendainiE'nto; p·ero creo que se­ría mucho mejor fijar un plazo a la Cor­poración de Ventas.

Así saldría bien la ley. E,lseñor Ríos (don .Tnan Antonio).

Por eso, yo había puesto treinta y cinco años de duración.

El señor Ross (Ministro de Hacienda).­Yo -estov más nf' acuprdo con la indicación de Su Señoría .

El señor Prieto (el 011 .J oa quín). - En el a:-tículo 1. o. f.1C tf,t.í :'11 discl1si6n, no fi-. ~ura para na:'[t la ;Ü.·[l ele (ú yamos a ~rrendar y ('care' (> ;¡ dar 01 ach~inÍJStra-

ción esta corporaclOn que se va a crear. En el artículo 1. o figura la idea de crear

un estanco en favor del Estado. y nada más.

y ()' estimo p~monalmente que hay incon­v-enifmtes en crear el -estanco en favor del Estado, y es por -eso que con otros Diputa­dos más hemos formu1ado indicación para suprimir la idea del estanco para crear la Corporac'ón que tenga la administración y el come:-cio y la exportación del salitr,e.

Yo quiero recordar a E'iSte respecto la opi­nión de una persona bastante interioriza­da -en materia de salitrE'iS, y que no ha sido partidaria de este proyecto: don Tomás Ra­mÍrez Frías.

Las críticas qu~ha venido, formulando -este a rt' culista en la prensa se han ref.eri­do especialmente a la idea de crear un es­tanco, y señalaha los inconveui€ntes que tmdrÍa para e1 comercio del salitre al fren­te del comp·etidor de la industriá sintética.

Voy a leer las objeciones que -en la pren­sa ha hecho -el señor Ramírez Frías, y que Son las !Siguientes:

-" gn el ca.'!opr'\"lente, agr,::,garé que la ,f"X­

periencia que l"e:co'gí en Europa sobre la ingerenei'a dJe:l Es1ado' en las ventas mismas de] s:aliúre - aunque era ,sólo ¡f':x:trn oficial --me movi.erron a op,onerme a -que 'E'l Fisco fuera 'Socio len ,la Gümpañía de Saliltl'le -ie Chile y a aconwjar, desde mucho antes de su formación, que IC~ Gobierno 'procurara aparta:r8e cÍ<e tales actividad'es, sin p'erjuicio de ma,ntener una, sup,ervigilan.cia constan­te de la v'enta y :ptopaganda dd salitre y yodo.

Todo 'se queria. hacifll' Tlercaer sobre Ifm Go­biJern.o chileno, no 'Sólo pOlI' los industriales, sino por lo.s oolllll"reiantes e~j¡eil"i()S.

Al m:it-'mo tiempo, estimll?aba a. l~s produc­tores -rliva?l21s a mo~"er a su<; Pod,ell'lelS Nacio­nales ccm:tra. <Ed GOIbierno chileno".

De manera, wiíor ,Presiden tic, que noso­tros somos contria,rios a est'a idi?:a del es­tanco firslcal, pa'ra levit·ar que Se coloque el s alilt 1'1 21 ,chileno ,como una industria dll Es­tado, 'que ya· a tell'~'r qnr compE'tir con u.na indus,t'l'ia partiC"ular de otros paÍse:s. qnl2 a su ver. tratan ele obtI211'~r la prote~ci.ón de sus propios Gohil'rl1os.

, '!;amos a It011'['1" así una lucha ele Estado a Estado 01 ¡neta materia. qne dl9:be ser vil';ta

41. -Extraordinarias.

CAMARA DE DIPUTADOS

únicamente con criterio comercial y con eriteri~ mdUlSl1Jria..l.

Es ,pOTl eso,qute !hemos formulado varios Dipuroados, con ,las firmas l"('lg!a,menta:rias, u.n:a i~,di<cación' para sUlprimir e.'>Ita idea dlel estanco ,en favor d€'lEstado.

El señor PrOSOOlI"etario. - Los señor,es Prieto !C()llcha, Tor(l, GaJi'deW12Ig, Pérez don Lindor y otros sc,ñorlels Diputados. formulan mdicaci'ón palrilJ l~eda'ctar el inciso primerl) delartÍc1.üo Lo ,en la sigTllÍente forma:

"'Por ,exigirlo e-1 int.el'lés nacional, la ex­poI"bacioón y cO'illoe-rcio de-l salitn2' y yodo, de Chile, sólo podrá haCfe:rse por la persona ju­rcidi% quel con el nombr€, de Corporación de Ventas de Salitre y Yodo deChi<l¡" CI'ea 'esta Jey·'.

Loo incisos 2.0 y 3.0 quedarían igual'e1s :1

los del a,rtícul0 1.0 dd primer informe dI? mayoría dlel la Comisión '<le Hacienda ".

[)os in~iso~ segundo y tli're,ero qThedan :iguaJes al artículo 1.0 cIp,]. pl'ime-r inforl1lle d-e J.81 Oomisión,

ElSlooor RiVleTa (Presidente).- En discu­, siónr la indicación.

El ,<;.eñor Ríos Aria;s,- ,,}Ie IyeJ.>mite, se­iior iP1"f!sidentle?

Yo quisiera. solamenlte para imponer a la iH()rn~abJ:e C{vma~a,Ur:el' la (leifinieiónd,~ "~eo" que d'a ,el dicrionario; porqU!e' ha~' un 1t'..rrOr {L,,: cOlwepto.

Dice eL Diccio'lla~io: "Estanco. ,'2. Embargo o prohibición del

o("U:r:80 y \7'f'nta libre ele 'aIg"1.1na'8 cosas. o a'li,en­toque se ha,ce para re,,01','a1' ,pxclusivament;.:' J:3JS ventlli'l dl21 mercancías o 'géneros, ponien­do ~os pT'0cios a qu.e fijament?'R1e: hayan d,~ ve:nrnelr".

De ~uf'rte qUe' 110 implie3 la idea de una '!"lÍli-lidad,

SI" IHlJf,a:e ,e lst3!blec'e,r un 'f'S1tanco sin que ,haya uma utilidad ...

El señor Gonz~ (don Pedro).- Busque la definición di?' monopolio. honorab-le Dipu­tado ... N~otros debemos sacarnos las vendas de

]01' ojo..<;; ... NO' somos niño,'; chicos ... El S12ñor Ríos: ;AJria;s.- Estamos viendo 10

qUI(>: ."ígnifica la palabra estanca ... E lseñor GOOlzáliez' (donP~c1ro).- Pero "'1

~ un lConc,epto ('sf.rictam.)?lI1te jurídico. El señor Ríos Arias.-y la primera y prin-

eipal interpreta0ióllque se debe da'l', a una ley 'es su: ltert:;ra, dlC! la cna'l se d1esprendoe su sentido naiura1 y obvio,

y ,La ,letra. las palabras. tienen fijado su • alcance en el diccionario de la ,Lengua Es­pañola, según la Academia.

Et señor Go:nZánJez (don ,Pledro).- Pero se trata. -de un ic,oncepto jurídico y no de uma concepción meramente vulgar.

En ningún pais del mundo un \estanco ES

a favor de' una entidad panticular, sino a fa VOl' del Estado,.

E!'Iue: rES un monopo,lio a favo'l' de paI<ti'Cula­r,es, !llámese como se quiera. a la sociedad o ' Corporación de V/2Ultas qUJel seo forme, y en dondee1 Estado ÜellJle un interés pequeño, el 25 porciell'to, que. 'recibe a trueqUie, I€1n­tl'e otras cosrus, de Sl'JS del'echos die: lC'xporta­ción, de sus jmpuest05, dl~1 sR" lw:galias 00-

bre pampa,s"ete. El s.pñor RAV1elra (.president",) ,-- (}frle~co la

palabra. Ofr:ezco la ,palabra. El señor Opi1t,z.- Pido la pa'] abra. La Constitución Política estaMeCie qUé"

, , ni I1gun a, ,clase de trabajo o industria pue­de SlI'l' prollibid-a, a mOlO;:> que se oponga [1

las buenas 'costumbres, a la s'egurid'ad o a la ,'lalubridad públicas, o (llH> :10 12x.ija Id in­terés na,cional .Y Ul1a l~y Jo declare así".

Fundament'ado en e8ta ~lisposición ,consti· tUlcional, los Diprutados fjlW! priesentamos el

proyecto sobI1e 12sta l1Hltl'l'ia, p>;fablecíamos respecto all estanco, lo siguiente: "~nrstra !Carta Fnnc1amental pr(}hibe ",¡

ej\'l'cicio ele una ,indllstri'a o dl2 uncoffilfl'ci{l -si unal1ey lo de'clara a,;í-para que eSlta indUstria Oeste Icomercio no ."'~ ejt'rcitB por nadj'p' o para qui?' lOo asuma el Estado, previa ind:,mniza·ción; pero en ninguna parte per­mite, el despojo, sin comp'en'Sac~ón, de una facultad eomerciml o indusfrial en benefi'cio ck UJilOS pocos pa,rticulal"es.

,Pa,ra obv~ar ,los ineonTmientes que 'Pu­dieran derivarse el'e un Estanco Fisca'l. se entrega ést;e '\'11 arrendanli<'nto Ro una Cor­pOl"a!c'ión diQ, V,enta~, que como Fe ha dicho. srráadministra,da por lo's productOl'eR y por los DirectOrl2s Fiscales.

Se lle ha dado 'est'Rcomposiciól1 pa,ra evi­tar la primacíaruel capitalil>mo extranjero sobre una industria que es la ha,<:I~ die illU!ClS­

tra economía yqufe! dehe ,se:r nJciona:l".

15.a ~ESIO~ EXTRAORDINARIA. EN JUEVES 2 DE NOVilEMBRE DE 1~33 643

, "\ '1,,' •.• "

. POTqute, ,hay qUe' estable0er' {IUt'. aquÍs~ prohi:bI", ·e1 ejercicio de uiIla ind-USltria a una serie di' industriales para que laejerci1Jen otT'OO imlustri,al€'.'\, y nO' el Estado.

, A ffite T1fspecto me VOy a permitir leer 10 qu,e' die,eel tratadista Dlliguit, como ,10 Mee eJI la ComÍ'sión (V2: Haeifmda, en su Tratadq de ¡})en?'cho Cou.s1.itucÍonal, quifm al refe­rirSt' a,~ Comrenio y a las industrias proihi­bidws,elX'presa :

'''!L:a re,gla fundamental del dle,reeho mo­derno, .8i2'g'Ún la cual toda persüna. puede ejeu"ool' libremente el comercio () industria que ,eilij,a, 110 ,es obst.áculo, evidentemente, a '<loo el l"lgísl:aclor prohiba el ejerciéo por ¡particulares ele ci'crío,.;; ,comerciO's e indlls­Itrias, ' w'I:

Pero, en mi opinión, csta prohibición nO' puede producirse. süw en tr12S {'·asO's:

l,o El EstadO' puede prohibir un cO'1llf2'l'cio () industria para cO'nstit.uir un mOl1O'po~io fi$­cal;

2:0 El B.;;tac10 puede prohibir un eome'reío <O :indm;,iTia ~" orgamzarlos comq SI"rnci.os yúbliloos monopolizadGs, porqllf' correspon­den a una a,rtividad de int.erés g'~neral qu': no PUf'de Slh"P', mlel'St' ni un :-;O'Jo in:-;íante ;o" debla .organizars?' en SPl'vicio púb.lieo. mono­poEmd'o pa,ra su tlobi(la. r~aliza'ción ;'

3.0 EJ Es!: ado p1l'~dp pl'ohibir U11 C0111 erejo o jllJ(lu • .,tria porqur lo,; aetos qUf'IQS COll~­

tituyell son TP1'(lachl'amentl' 110('i"o,.; en sí miSlIllos, y, en C011SJ?Clli211Cia, ilícitos.

E~tiffi¡O que si, fnpr'a (I? esos tres C3.'>OS, lea Est.ado pro.hibiel'a un eOl1lrrcio O' indus­tria, ,cometería un atelliÜH]O al 'Pl'inl'ipiO' eL,' ]a -libertad comercial".

Si en E'ste proyecto 110 se establecil'r¡¡ {'l . Estilneo l<'í¡;eal. (Ir aCllel'(]O eon Dng:nit, ~p

cometpl'ía un att~lltado a la libl'l'Íad '<'0111:'1" cial pl'ohibipll(10 ,'.se ejercicio a d?termina­dos industrial(''; 1)111'8, c01]eedl'l'le p . .,ta faeul­t ad a otrn.s.

BaRnd os en r.'>ta razón nosotros propu' simos ~l Estanc'o (le) Estado'. Por otra par­te. pn IR' prár!ticn yo no creo Iquese van a producir lo:; daños a quP RE" han r.pfe]'idü alguno,; honorablps colegas, porque yo f'qlli­paro psta. .<;itn[leión. a la af'l dueño" <lp 1111

fllndoqllP Joda :'n arripll<lo. E,l nrrf'IHlatm'Ío cultiva 'eualqnipl' pl'O'

oucto y lo ypndp libl'pm.pnte- . .,in que el aup­fío del fundo tenga ningún interé.<; ei] é) y

ningún ¡)ereedor del du?ño del fundO' pO'd::-á embargar los productos ~el arrendatario,

1Ie- parec,e' .psta, una cuestión sumamente ,;em'illa e illsitir en (Olla mp pal'2ce ~mp,°l'­

fIuo. El h~('ho po"itivo e,;; qUB 1'1 ejereicio de

eSta facnltad lo va ¡) trallsfe'rir el &tanco Fiscal a una CO'l'pO'l'aeión jurídica, 8('1 esta' blezca o no t>? el'>tablezca el plazo; pero, es neep"ario "a bel' en qué forma, se ya a esta­bl,'cf'r d al'n~ndal11iento, y esto, se determi­na f'11 las dispo.;Ícion<,s de la lf'y.

Declaro, ]lll<'S, que voy a vo,taJ' el infO'r-n1t~ 1 a 1 e, mo ViC1W, en esta parte. '

El spñol' RIvera (Pre-sidellte).- Ofrezco la palabra soba pI artículo 1.0.

El ¡;eiíor González ( d on PedrO' ). - Yo qni{·l'o antt' toclo, preguntarle a la Mé'sa en qué ;-;ituBl:ión pstá mi moción; porque es muy llistinta a la illllicaóón que a'ctualmel1t~ s.e (1i,<;eute.

¿ Se Pl1:>üt' enhal' ell L1isell,~ión ~obre ml

ill(lil:aeión, I"PÚO¡' Presidente? 1~1 s<,ñor R!vera (1'residelltt').-Está "n

di¡';C'llsión la illdjeaci6n dl' Su Señoría. El Sl'iíol' González (1 OH Pet1l'0).- Sel-lor

PI'(·si(l:'lltt'. lJle YO,\' a referi¡" a una materia de' ,0.;11111,1 y d,o' ellorme importancia ;.- que no t:'S oira que p,..,tablpeer un Estaneo real, efec­tin> ". Y('nlilllPfo tle] Yodo n favor del Es­tado \' llO :',..,t(' "i111nlae1'o de EstancO' del Sa1itl'~ ~. (\el Yo\lo a fayor, Ij'e- dice, del F'is­eo, ('ll <jl11' s{¡lo S(' 1" (·Hlr.pg-a un 25 por eien­to de las ntilidalle¡.;, a cambiO' de sus .tl'acli· eiOllalp,'i (le]'('(,IIO" d:l exportación, de iiUS

t11blltOli y el'e .~us regalías. No BebemOli olvidar qne el Estanco es Ulla

medida económica en proveeho del Estado y todO' Jo q'te no sea en prov?cho elel Esta· do (~onstituye jurídicamente, un monopolio, una situaci6n ele- privilegio.

Dada, nuestra calidad de parlamentario;; ;.- de hombres ,..,obre f]uiene . ., pesa un 'cargo ~r una investidura populaj', nO debemos 01vi­(lar t'n ningún ins,ta11t(', :-;0 pena de tra1eio­llar a nuestras conciencias, aqll'E"l axioma de D:'re'cllO Económico: el interés colectivo ele­be supe(litar pn todo mOll1?llto, a los intere­,.;es ]1111'tienla1'p,; ~. de mera ('oI1Y2'niencia pri­vada. '

Po"pemos. lif'ñol' Pl'f'sidentr, una riqu::za úniea ," d(' illl:Omparable valO'r y no es otra

que las innwn¡;.as existencial'> dpl yodo '::!li el

CAMARA DE DIPUTADOS

"caliche y solares del no,rte. Por tales raza nes formulo esta indicación, en el sentido de SE'parar en absoluto, el salitre con res­pecto al yodo. Para imponE'rnes acerca de la naturaleza d8l yodo, de su porvenir, de sus múltiples aplicaciones y de la necesidad de .establecer un estanco efectivo a favo,r d,e-] Estado, es preciso conocer las propiedar des del yodo. EI yodo les un metaloide que' pet8rne'ce a la categoría de los halógenos y en con"ecuencia, es un cuerpo simple, una substancia ce,n pf'fSonalidad única y propia y (1U1.> se encuentra en la naturaleza íntegra o sea en el reino animal, vegetal y mineral; pero en proporciones tan p,equc'l1as e insig­nificantes, que su extracción eS en sumo di­ficultosa y per demás onerosa . .sólo por ex­cepción, el yodo se en'cuentra en 'c'l caliche con un,a alta ley de tres por mil, l-ey única­mente igualada po,r ciertas esponjas secas del mar.

Es preciso conoc-er las cualidad.es del yo­do para imponernos de sus aplicaciones fu­turas y de su gran pOTvenir y, en consecuen­cia, de la conveniencia nacional de que este producto sea df-tentado, pos-eído y comer­ciado exclusiva,mente por el ElStado d-e Chi­le. El yodo po,see propiedades desinfectan­tes, vivificantes y propiedades enérgicas.

Propif'dades desinfectantes, como el me­taloide más no,ble, porque por su ac'ción bac­tericida tiende a conserv¡;r la pureza de la vida. Vivificante, porque mantiene la fres cura de la vida, un organismo constante­mente N'novado, es decir, influye -en el me­tabolismo en general, o sea, en la transfor­mación constantc de las células orgá,nicas, imp:clindo una juventud efímera y toda vejez prema,t nra.

En consecuenC'ia, ",) yo,do e:;; la vida. El yodo también posee propiedades enér­

g:cas, 'cuaLdaclrs de atracción y repulsión, de acción y reaeción, 'e-n combinación, ya C011 0trrs cuerpos o sub.stancias, o mediante la simpl{~ prest"ncin.

La sol a circun.stancia d,e obrar el yodo llwaianle la simple pre.sBllcia 11( s llev,a a la C\llcfJ1 siún (le ([ue posee ~lquella virtud ca­t,¡ ii;-;n, () ,,;ea, 1n pl'opiel1ad de actuar sobr," otrns eneqws, ,,111 lntel'Y2nil' en ellos. pro­¿l¡'c'C{'n"o, uor ]0 tnnto. ileeio'1 p

" química.~ ;: r(~"(~' 'V', '~ .. (H)11 ,"'in :--r~·1a }Jl'Psenein .•

E1 ~, ~'(tHH) lo Jli~ eXl1rc\'-.:ncl0 .. e:-. inc1'~s-

pe-nsa ble a la economía animal y vegetal, y [a faLta de yodo adecuado, condu'ce a la de­generaC'ión de las espécies animales y ve­geta.le.s y al raquitismo y la deformidad de los hombres y de las ot"species anima12s.

Los seres viviente,s de la naturaleza po-6e-en pequ-eños acumuladores de yodo en su organismo, llamados glándulalS tiroidN; que transmiten substanciaB vitalot''S al torrente circulatorio y sin lo cual se produce la de­generación.

Es indis!}ensable también hacer una ex­posición a'c-erca del d-e.sarrollo de la indus­tria yodera, a fin de llevar a lasconci-encias d convencimiento de ¡que e.l alto precio del yodo en Chile ha producido, el desarrollo de la industria del yodo en el extranjero.

El yedo, como lo he manifestaldo, es un cuerpo simple, una substancia con persona­lidad única y propia y no es un derivado o ::;ubproducto forzoso, 'como Se' cree de la ela­boración del salitre, ya que puede obtenerse ",in ,elaborar salitre, media1l1te la acción o tratamiento del cloro y una interveneión posterior d-e R!e-roson.

Fué descubierto el yodo el 1811 por el químico franeés MI'. Cortois, que lo obtuvo d9 las algas marinas.

La primera fábrica de yedo fué estableci­da -en FraneLa por Mr. Tessier, en Brest, y de'spués instaláron,s.e en difer-entes partes de l!:scocia, Irlanda, :B'ran'ciu, etc.

El señor Rivera (Presidente).~Me permi­to 8!dvertir a Su 'Señoría que ha tp'rminado su tiempo r,eglamentario.

El señor Gon.záJJez (don Peuro).-Yo ne­cesitaría de unos 10 minutoR más para ter­minar mi exposición.

El señor Rivera (Presidelüe').- Solicito el asentimiento, unánime de la Sala para con'ceder por 10 minutos más la pallabra al honora ble señor González.

Varios Señores DiPU:twdos. - No, M'ñor Pre",id,c'nte.

El señor Rivera (President€).- K o hay acuerdo.

El señor GGlnzález (d(m Pedro) .--¿, Cómo es posib12, señor Presidente f Estoy hacien­do eon:-;ideracionH:; de vital importancia y 8€

me impide continuar formulándola~, El .~eñol' Rivera (Pre¡lidente). - l'el'mÍ­

tame, honorablp Diputado .. , S{, ya ¡¡ yotar la lletición de Su S2fwrÍa.

15.a SESION EXTRAORDINARIA EN JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 19.33 645 "',,============ ==================-~---=

-Pues.ta en ~o¡tooión económica la pelti­ción dlEQ honorable señor González para ha­blar por 10 minutos más, no hubo quór,um.

El señor Prosecretari.o.-No hay quórum. El señor Rivera (Presid€nte).-Ruego a

los honombles Diputados no abstenersé. El honorabl€ señor González don P€dro

ha ,pedido el a.'i·entimiento de la Sala para hablar por diez minutos más.

EL':leñor Madrid (don Manuel).-Esta l€y hay que votarla pronto; sólo quedan unolS cuantos dÍais para la discUBión parti'cular.

-Pueslta. nuevamenl~e en votación la peti. ción del honorruble señor González, tampoco hubo quórum.

El señor Proselcretario.-N o hay quórum. El seño'r Madrid. (don Manuel).-Ac€pte­

mos por tram;acción qur hable por cinco mi­nutos máK

El señor Amunátegui. - Suprimamos los incidentes de la presente S€sión y le daanoR los minut06 que solicita d honorabl.,. Dipu­tado.

Varios señores Diputados.. - No, s-eñor Presidente.

El señor Pereira. (don .J ulio) .-Be podría prorrogar la ord€n del día ...

Varios señores Diputados. -'- No, señor. El señor Prieto (do'll Joaquín). - Podría­

mos prorrogar la ordoe'll del día por 10 mi­nmos, prorrogando JOB incident€s por igual tiempo ...

Varios señores D.ía>utaJdos. - Ne. ,:eñOT Presidente.

El señor Riwra (PreRid-ente).- Solicito el a.s€ntimiento de la Sala para prorrogar la orden del día hasta las 6 y media.

Varios .señorles DipUitad.OS. - ~rf' opongo, señor Preílidente.

El señ'o'J" Ri~ra (Pr€sidente).- No hay a·cuerdo.

Rueg"} a lot'; honorables DiputadoB no abs-­tenerse.

El s2ñor Madrid (don Manuel).- Sf. loe­podría eonceder, por acuerdo unánime, que hable por cinco minutos más.

EJ .,>eño.r Ola.varna, - P~rmítame, f;eñor Presidente,¡,Por qué no propone Su Señoría que 'el honOl'abl€ .,>eñor Gon:záh~z hable du­l'IDlte cinco minu.tos y votamos en seguida ~

El señor Rivera (Presidente). -Solícito el asentimiento de la Sala para conceder la palabra por cinco minutos al hon.orabl{'

señor González y en seguida proceder a la. votación.

AOOÑado. El señor Gonzá1ez (don Pedro).-No voy

a alcanzar en el tiempo que se me ha con­cedido a desarrollar las observaciones que quería hacer; pero debido al anhelo que tengo de probar la necesidad y convenien­cia que hay en dejar el estanco del yodo en manos del Estado, voy a hac€r en lo po­sible una síntesis, a fin de cumplir un man­dato de mi conciencia.

Me referiré brevemente al costo del yo­do. Desde luego, puédo decir que el costo del yodo extranjero es mucho más alto que el costo del yodo chileno. Así, él yodo del Oriente, que se €xtrae de algas marinas, cuesta de 38.- a 42.- peso6 de () d. El yo­d() italiano, obtenido de 13iS fuentes terma­les de Salsomayore, tiene un costo d€ 46.­pesos de 6 d. El yodo ruso, obtenido de los pozo·s petrolíferos, cuesta 316.- pesos de f) d., y el yodo chileno, obtenido después d€ la elaboración del salitre, tiene un costo que no es superior a 6.- pesos de tres pe­niqueS!, gracias a la acción del hipOílulfito de sodio·, obtenido en las mismas oficinas por elsalnatrón, que consiste en la com­hustión de salitre, azufre y carbón, produc­to que disuelto en agua de hiposulfito, agregándose también a los cachuchos o es­tanques de agua vieja una porción de áci­do sulfúrico, fabricado fácilmente en el paÍl>.

El yodo tiene una enorme aplicación. Voy a citar alguna de ellas. En la actua-

·lidacl puede decirse que el yodo es el· me­jor abono y lluperior a todo,; los conoci­,dos. La aplicación del yodo como abono, produc€ 'una multiplicación .extraordinaria ·de los microorganismos azoadOíl, que son indispensables en la tierra para transmitir el ázoe en forma orgánica a las plantas. El aumento extraordina,rio de estos microor-

ganismos, o sea, de estos age-ñt"e;1.ransmi­sores del ázoe en forma orgánica a las plan­tas, merced al )'iodo, asciende a Ull 80 por ciento. En consecuencia, dot> kilos de yodo por hectárea diseminados en la tierra, au­mentan la proporción del ázo.e, porque el yo do activa la procreación de los microorga­ni6mos. Esta es una comprobación, fruto de las experiencias del gran químico Stoekla-

sa y que se llevó a la realidad e-n e-xwn-

646 CAMARADE

siones, antiguamente improductivas de te­rreno. como en Australia, etc.

Se sabe que la tierra eontien€- microor­ganismos azoados; qUE'. debido a la aplica­'ción del salitre sintético o de substancia6 amoniacales, se va produciendo en la tierra .una desyodificación, que influye qUf:l los productos de la tierra no contengan E'sa porción indispensable de yodo que debe te­ner toda alimentación humana por laR ra­'l1onef.. anotadas. Esa de6.vodificación -df' la ;tierra se manifiesta por la carencia de mi. croorganismo~ azoado:;;. Es por N'O qUE' -"" hace Ílldispel1lsa'ble ]a multiplicación de lo:" microorganismo·s. gracias al mejor de los abonos: que no es otro que el yodo.

Tenemos actualmE'nte otra aplica(·ión del yodo, qUf:l es el invento dE'1 ncumula.dor ,dE'l yodo, cuya paternidad pertenece a un chi­leno llamado Francisco Boissiel', invento

, que dt,tE'nta una emprffia ft-ancesa llamada Socieíé Yodac, que ha patE'ntado en todo" los paí",-cs del orbe, ·el acumulador "Etern", acumulador eléctrico que tiene la gran \'t'll­

taja dE' contener, en igualdad de peso. mii, del doble de cantidad de electricidad que los actuales acumuladores de plomo a· bas,· de ácido sulfúrico, y qnc tiene' Uila dura­ción diez veces superior y no produce ~,ta"es nocivoí'.

. Los altos precios del yodo, impiden <"\1

absoluto que el acumulador d(' yodo St'li

una }}plla realidad. El alcante de este in­vento es la energ-ía eléctrica ('11 q uímil'iL

Tenemos tambi{,n un sistema o procedi­miento de y.oduración del cobre, que ha· merecido la aprobación -:-- los elogios d"" lo~ ;centros científicos cOlll"tituyelldo. en (,nn­secue"ncia, otra gran aplicación dd yodo.

Basta explicar que por medio del sistema de yoduración del cobre, los mineros cric.-110s producen el cobre fino ta11 11eee~ario a la economía ya la industria chilena: cohrt-' fino sólo producido en Chile, por las em­presas ~mericana;s que son las qtW ·exportan íntegramentl' el cobre al extranjero. y que 10 devuelve colÍ. un recargo de un do:"ci-e-n­tos por ciento sobre el costo neto por el coneepto de alambre·s y ótros artíeulo~_

El señor -Rivera (Presidente). - Ha ter­minado la prórroga concedida a Su Seño­ría.

El votación el artículo 1.0. El St'í'íOl' González (don Pt'dro). - Yo

DIPUTAD.OS

rogaría. señor Presidente. que solicitara dí7 nuevo la b~nevolencia de la Honorable Cá­mara para terminar mi Bxposición. que h%!. quedado imperf€cta y del todo trunca.

El señor PrdseCl1e'tario_ - Se ha renova­do una indicación del señor Ríos don Juan Antonio. sobre el artículo 1.0, con las fir­mas reglamentarias, para redaetar el inciso· 1.0 en la siguient-e forma: .

"Articulo 1.0 Por exigirlo el in teré·s illl·

cional. se establece en favor del Estado el estanco del salitre y yodo en Chli-e-. Sin em· hargo. el Presidente de la República. de acuerdo con las disposiciones de esta ley, podrá cedf:ll' o arrendar por un V1azo que no exceda de 35 años, el derecho al estane{) a la persona jurídica que, con el Iiombre. de Corporación de Ventas de Salitre y Yo­do de Chile, se crea por la presenté' ley. En cOlllS'ecucncia, la exportaci6n y comercio «:le estos productos sólo llodrú hact"l'se por el Estado o por la. Corporaci61~il qu!"' se ha J¡(~cho referencia".

El señor Rivera (Pr€<sidente). - Se va a ,"otar el artículo con la modificación.

El "cItor .ProsecIletarlo. - Se ha rellova do Ulla indicación del ""ñor GOllzále.z do.n Pedro. que figura en la página dos dé->;[ im­preso ,;;oh!'f' laes 1udícaeínnes- ,1 l':,te 1)1")­~'ectll.

]'ji ,scún)' Rivera (Presideutp). - En vo­tación h. indicación ch·l honorahi~ :~eñür González don P()dro. , El !'>eflor Prie1lo (don .ioaqníll) - Esa. indicación es sobré el yodo ...

El .señor Oonzález (do!! P.e,irr,). - l¡;l.

Gámanl no f'stií en aptitud d(~ pronunciar-· ,~('. pOl'qw' no IU!" ha oído.

Et .~eñ.()rVi:cuña_-Podría lt'pnw ... J;~l ;"c"iíor RiV1era (Pre6ident(~). -- ··Está iro­

lH'ci'a; al darse l'uenta cit: ella, s<' dijo que: pstaba impresa en la página dos del boletín ~oh!'e las iEdicacioll€S a este proyecto.

- Votad.a en forma económica la. ~. ción del señor GOn'záilez d'On Pedro, fué 're-'

chruzaida por 45 votos contra 12. El seflor Prosecr~ario. - Indicación de

106 señores Toro, Prieto dOI~ Joaquín y 14: seiiores diputados más, para redactar el in­ci.so 1.0 del artículo 1.0 en la siguiente for­ma: "Por exigirlo el intel'és naeiollal, la exportación y comercio del salitre y yodo ue Chile sólo podrá hacerse por la persona jurídica que con el nombre de Oorporaeión

15.a SESION EXTRAORDll"\TAR.IA EN JlJEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 1933 6·47

de- Ventas de Salitre' y Yodo de Chile crea esta ley".

Los incis~ 2.0 y 3.0 quedarían iguales a los del artículo 1.0 del primer iuforme de mayoría de la Comisión de Hacienda".

El señor Secretario; - Se ha pedido vo­tación nominal para esta indicación.

Else-ñor Rivera ¡Presidente) .-En vota­<:ión nominal.

Un señor DipUltado.-Quese retire la pe­tición de votación nominaL

El señor Olavarría.-¡:Se pidió antes de la votación?

El señor Se.cretario.-Sí, señor. E1 señor Wa1ker Larraín. - ¡, Qui~n pidió

la votación nominal" El señor Sooreta.rio. - Entiendo que el

honorablr señor Parodi, en nombl'e del Co­mité Radieal 'Socialií"ta.

El señor Parodi.-Retiro la petición de vot.ación nominal.

El Reñor Rivera (Presidente). - Queda ret.irada la petición de- votación nominal.

En votación económica la indicación. -Toma.da ii.a votación, la Mesa tuvo du­

das SO'bre su resultado. El señor Rivera (Prrsidente). - Se va a

repetir la votación por el sist&ma ele po­nersf' de pie los hOllorables Diputados.

-Repetiidala votación en esa for:m.a. re­sultódiesechaJda la indicación pOIr 53 votos collittra 48.

El señor Rivera (Pr€sidente).-Las tribu­nas y gíflerías no pueden hacer ninguna clase de- manifestaciones.

El sOllor Prosecretario. -- Indicación re­novada, que había füI'mulado el señor Ríos don Juan Antonio, e-n la discusión general; para' redactar el inciso 1.0 del artículo 1.0, en la siguiente forma:

"Artículo 1.0 Por exigirlo el int.erés na­cional, se- 'establece' e-n favor del Estado el est.anco del salitre y yodo en Chile. Sin em; bargo, el Presidente de la República, de acuerdo con las disposiciones dé esta ley, podrá. ceder o arrendar por un· plazo que 110 exceda de 35 años, el derecho al estanco a la persona jurídica que, con el nombre de Corporación de Ventas de Salitre y Yodo de> Ohile,se- crea por la presente ley. En -consecuencia, la exportación y' comercio de estos productos sólo podrá haCerse- por el Estado o por la Corporación a que se ha hecho referencia".

El señor Vitcuñá. - ~ Cuándo se hizo esta indicación e-n la discusión general, señor Presidente ?

-H3Iblan varios ,señores Dipll!tados a iI.a vez.

]JI si':ñor Soot'elta!rio. - El señor Prosecre­tario la ha leído en ei boletín que Su Se· ñoría tiene a la mano.

El señor Rivera (Presidente). - ¿Ha pe· dido votación ri.ominal el honorab1e señor Serani'?

El señorSeram:i.. - No: nadie la ha pe-­dido, señor Presidente ...

El señor Prosecretario. - El sellor Seora ni pidió votación nominal. . El señor Serami.-El'a para 1,1. indicación.

de-l señor Prieto. El señor Secretario. -Aquí dice que es

para la del ,seúor Ríos ... El señor S&'MLi.-Es en et artículo 14. El señor Gonzáilez Vildela.-:-Retírela, ho­

norable Diputado ... El t;eúol' Rive:r:a (Pl'e&idt'11te). - Queda

retirada la. pftición d~ votación nominaL El ,.;"úor Seran'Í.- No puede quedar reti·

rada. pfH1qUe "ti 1.rata de Ull error. El St'úor Rivera (Pl'e~itlente).- No hay

petición d.<:' yotacióll nomínal.

-Votada !la indicación en forma econó­mica, resultó aprobada. por 68 votos' contra. 18 ..

.El soñor Alfonso.- ¡ O \Sea, que, posible .. mente, dllrantk' :3;) aúoo 110 se ya a poder le.­gislal' ~

El lSúñor Prieto (don Joaquín). - ¡,Me pm'mite, s€ñor? Qui6iera de{)ir una palabra..

El seÍÍ.or Rivera (Presidente).- Coo lo yenia ,de la 'Cámara. pu-ed<:' hacer uso de la palabra Su Sellaria.

El s-eiiol' Prieto (don JOO'qUÍll).- Los in­CÍts06 2. o y 3. o 'quedan igual"s porque, to­das las indicaciones están en la misma for·· ma; sin elnbargo, la indicación dil señor RíOl;, que parecequ-e 8e' 'refiere únicamente al inciso l. o, dice "para reodactar el articu­lo 1.0 -en la, siguiente forma", etc.

El sellor Secretario. - Dice: "para re.­dacta,r .el rurtículo 1.0" en la forma que se ha leído.

El señor Prieto (don Joaquín).- No, se­llor; es sólo el inciso 1. () del artículo l. ()

El señor Prosecreta.rio.- El inciso 1.0 del art.ícul{) 1. o, porqU1~ los incisos 2. o y

CAMARA DN DIPUTADOS

3. o se refieren a 10 que debe llama,rse sali­tre.

El señor Vieuña .. - 'Ti-ene toda la razón el señor Prieto, pOl'qU€ dice más, abajo: "Para sup·rimír -en el inciso 3. ° la sig1ütm­te frase: "con el voto conforme de los di­rectores fiscales" .

El señor Rivera (Presid,mte) ,- Si a la Cámara le parece, s-e enwllderáaprobada en es·a, forma la indicación.

EJ señor Prieto (dólJ. Joaquín) ,- O liea, que quedan los incll3os2.Ü' y 3.0

E'l señor Rivera. (Pr,eSlidente).- Aproba­da en esa forma.

El inciso 3. aqueJaría con la modifica­ción que ha formulado -el ,honorable &ñor Ríos, ..

El ooñor .Prieto ,Joaquín) ,- :No de-be .quedar pO'I'que esa modificación supri­me la €xigen'eia d.el voto 'Conforme de ,los Directores fil"ícalefO y g,para qué vamos a su­P!imir esto?

El señor Ríos; (don .Juan Antonio). -Yo quería darl-e mayoría al Fisco.

E.l ooñor Prieto (don .Toaquín).- Así se va a hacer. Lo' qú-e abunda no daña.

El señor Rivera. (:p?"e:<.idfmtE').- Si a la Cámara le parece, el inciso 1. o quedaría en la forma que 10 ha modificado d hono­rable seño'r Ríos y 10/3, incisos 2,. o y 3. o en la forma en 'lue están -en el proyecto.

Acordado,' Terminada la orden del día.

7.-PETIOIONES DEi OFICIO Eil señor Rivera. (Presidente).- En la

hora de incidentes, :está inscrito el comi­té radical.

El ooñor Prosecretario. - El señor Am­pu-ero solicita s€ oficie al stIDorMinistro de Hacienda a fin de Ique se sirva pedir al Director de la Caja de Empl:eados Públieos y Periodistas, y enviar a la Cámara, los siguientes datos :

1. o Nómina de e:mpl-eados de la Caja; 2.0 Sueldos 'que ganaron estos emplea­

dos en 1932 y sueldolSactualoo; 3. o Gratificaciones y sobr:esueldos per­

cibidos 'por ellos en los mismos añoo, y 4. o Nómina de las personas con indica­

ción de puesto y años de Servicios a quienes se ha pedido aumento de sueldo y razones que justifi'quen tal aumento.

Los s:eñores Ampuero y Silva Pinto soli-

citan se oficie al 5eñor Ministro del Interior, il fin de que, sli lo tiene a bien, se sjrva el]­vial' a la Cámara los siguientes. datos:

a) Motivos que ha tenido en vista el Al­calde de ,santiagO' para imp€dit el librE' ejer­cicio del trabajo al negar e'J permiso co­rrespondiente a un grupo de obreros sindi­ealizados para €jercer ia profesión de 1m;­n'adores ambulantes en diversos s.ectores d€2 (:t'llt1'O 11", la ·ciudad, esepecialmenteen 11\. Plaza de Armas, .Alameda, Estación Gen­tra1; €l porqué la. Prefectura üe Carabin",-1'01-; Pllyra patrullas especiales a detener " lo" obrero!>, ¡'ustrador€lS, a quienes después 11 .. t]tlitarle:> sus útiles de trabajo, los pasan al .Juzgado, como vagos, ,'n ('ircunstancia 11ue tienen uomi,cilioconoeido y t'~tán sin­lh'alizaüoli l~omo llll'itradol'{';'; profesionalffi.

El I-;.~ñol' Bustos solicitil I"5P oficie al se­llor JIinistro de Tii!l"l"8S y Colonización, a fin lIt' qlW Se sirva p11via1' a la Cámara to­do" lOS antecedentes relacionados eon la ad­'1ni"ición :v compra det fundo San Ramón, ubicado 1'11 -el dppartamenot de ~1 UJgoI, co­muna de Plll'én, por -el cual se- pagó la su­ma d:~ 1 millón 371· mil pesos,

Los señorps Concha don~emesio y Ga­rrido solicitan SE' oficie al ~ñor lVlinisti·o df' Fomento, a fjn d-e que s,-, sirva informal' a la Cámara ¡,;obre la efectividad de un de­nllneio que ase.gura que la Socipdad de Ce­mento del 1I-e]ón a pesa·r df" haber venei­do d plazo del el"el'eto que la autorizó pa­ra cobrar con nn 25 por ·ciento de recargo-el preeio el.>l cempnto nacional, continúa co­brando ,nbitral'ianwnte diciho anm-ento. En ('¡¡"o dE' ¡i('r f'ipctívo. se sirva poner término a e"te abuso.

El señor Coloma, solicita se oficie al se­llor :lVIinistro elE·l Interior, a fin de que se ¡;irva ordenar que se activen las gestiones nec'e"arías ;para proceder a la inmediata apertura ele la Casa de &corro en la ciudarl de IJos, Sa\uces.

El s{'ñor Elgueta solicita. de S. E:. el Pre­sidente de la República, por int.ermedio de los respectivos Ministerios, que se sirva in­cluir en la convocatoria el conocimiento de 100 siguientes proyecto:

a) El que autoriza a la Caja Nacional ele Empleadoo !Púlblicos y 'Periodistas dt('!'Vol­ver a los emplea.dos públicos cesantes, el 9{} por lCiento de sus imposieiones; y

b) E;l que eleva l~s pensiones de los fun-

l'¡.a ~ESlO~ EX'fR.AORDI~AlnA EN JUEVES:? DE N(JVlE,l\1BRE DE 1933 649 ======~============-

eionariot; (1 e ,~ll§>é:úánza secundaria jubilados };lltf'8 del i.. o tit' ('ne1'O de Il}~5.

El seúor' }\Ilorales don Raúl, pide que se üfieie al ¡.;·eiior :\Iini"tro ele Relacione¡;; y Co­mercio, pidiéndole la cOllsideraeiún de la f'oJicitnd de, lo" Y'i'eillÜl'S de :'IIculín. cuya co­pia "" aCOmpa<Tla. en la que piden la recala­da ,'ll {'sa isla dl' Chiloé <12 UJ10 de- IOb Yapo­pares lSubn'n~ionac1os.

El t'leiiar Romero p:ue r;{' oficíe al H'ñol' Ministro de Educación, a fin de que: 1S.e sir­va arbitrar 106 mediorS pi¡:'a (1ne "te' paguen ]01'; sueldo:> al pc>rsonal tlel ('Ul'SO pal'al-elo de la, escuela. anexa a'l Liceo de :-;¡iúa,s de Concepción, curso autorizado por circular {le 15: d{' marzn del pn'spnte aúo. de la Di­rección de Educación S2cundar:a, y que no, obstante no fig'Urar en el Pí .. esupnesto de la nación. ]!a. funcionado normalmente.

El S€ñ~l' RÜ'mel'o solicita se ofi~ie al se­ñor :Mini,tro del Interior IJM'a que t'i' l3irva ordenar el aumento de la dotación de ca­ra,bincro¡<; de Penco, a lo m€nos \'11 7 hom­bres, a fin de reprimir los constantel3 robos, alSaJtos y otros de1itos qlle se cometen con motivo de la eseal3a vigilancia t'll aquel im­portante centro industrial y en su"' campos mmediatos, asediados por una banda nume­rosa de ladronel3,

El señor Rivera. (Prffiidente). -Si' di.l'i­gi'rán los oficios a nombre de los l""iÍOl'€S

Diputados que los solicitan.

8. -ASISTENCIA . MEDICA DEL SEGURO OBRERO,- INDICAOION

El señor Proseeretario. - Lo,.; señores Casali, Torres :Nlolina, Olava'l'l'ía. Guzmán García. Serani, Cabezón y otros señores Di­putados formulan el siguient.e poryf>cto de acuerdo:

"Considerando qne la actual Asistencia m'édica del ISeguro Obrero Obligatorio y Cajas de 1P!'f>visión no corresponde a las aspiraciones de los interesados, la Cámara acuerda sugerir a S. E. el President.ede la República, la. ne.0esidad que exist-e de que por intermedio del Ministerio respecti­vo, se l:estaMezca el sistema de libre elec­ción del médico por el enfer!mv, en reem­plazo de la, asist.€ncia médica burocrática, euya d-eficiencia origina las más fundadas prot.€stas" .

El señor Rivera. (Presid\>nte). - En dis­cusión la índicaei6u,

9.- SESION ESPECIAL.- INDICA­CION

:El 8PI\01' Proaecretario.-Los señores Casa­li, Gutipl'l'ez, Cácere~~, Bal't, Núñez Galeno y otros selÍ01'2c', Diputados, fo,rmulan indica­ción para "uj1l'irnir la sesión del sábado 4

'del presente y ilubstltuÍrla por lma especial que debe n'l-eb"'¡u'S€ mañana. viernes 3, de 2 1:2 a 4 P. }I., destinac1a.a t'ratar d-el pro­.\~?cto ,.;alitrl'rn.

El SPJlOl' Rivera (Presidl'llt-e).- En vis­ta d{' la,-; l1Unl"rOsa6 firmas, "i leparec-e a la Cámara. ,,~ Jaría, pOI' a.probada la indi­cación.

Aprobada.

10.- RENuNlCIA. DEL SE!ÑOR MINIS­TRO DE FOMENTO ,:...- IRREGULARI­DADES EN ALGUNOS SERVICIOS DE­PENDIENTES DE E:SE MINISTERIO. El seño;" Rivera (IPre:-:;identc), - En la

hora de incitl-sntes, &,Itá inscrito en primer­lugar el Comité Ra,dical.

El señor Mardones.- Pido la palabra, 1<Jl &pño]' Zúñig'a..- Pido la palabra, se-·

ílor President<? El señor Rivera (Presidénte). - SolÍ-

~ito el asentimi€nto de la Sala para con­ceder la pa la,bra al ,honorable señor Zúñiga.

El r-;eñO'l' Matd.ones. - No puedo, señor Prer-;ident.e ...

El señor Rivera (Presidente). - Puede continuar !Su ,Señoría.

El se Jl 01' Mardones.~ Con motivo, señ()r Pr{'f;idente. de la última crisis ministeriál', se han hecho una serie de com~ntarios, tra­tando de determinar las razones por qué fueron aceptadas las renuncias tales o cua­l-es, y, a, propósito de que & ac.eptara la renuncia del b€ñor Ministro de Fom-ento, he oído ctiertas afirmaciones que me inter€­Ra contradeci~>, ll'O porque afecten a un dis­tinguido miembro de mi partido, sino parque veo, en ,,] fondo, una serie de hechos a loo cuales les atribuyo una, gravedad bastante grande y que merecen, por cierto, la aten­ción de la Cámara y la atrnción d-e los fun­cir}narios de Estado, que deben corr-egirl'os.

Este Departamento estaba servido por un distinguido ing-eniero, hombr-e joven y talentoso, cuya pro'bidad nadie se atr-ev~rá a discutir, ni aquí ni fuera de aquí, ha SI­do aceptada su r-enuucia y en los corrillos y en otras partl's se afirma que se ha acep- ..

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CAMARA DE D[PUTADOS ~===============================================================~

tado, porque este Ministro ¡había fracasado en el dese,mpeño de su cargo.

La Honorable Cámara sabe que por el Departamento de Fomento, de~filá.ron, es­pecialmente. en período:,; de dictadura. en períodos de la. abundancia,' de las vacas gOl': das, en danza fantástica,:los millones d€ mi­llones de pesos, que se invertían €llobras pú­bli,cas y ,que repre~enta,ban al país un gas­to dOble, y a veces más, del precio ,que- en realidad de:bió pagarse. Pero ignoro si la Honorable Cámara sabe que, por lo gene­ral, 'e8tos contratos se daban sin pedir pro­puestas públicas sin cumplir con esta sabia práctical administrativa. Y, desgraciada­nient,e, ocurría que estos contratos farvorecían si€mp~e a d{,terminadas pensonas, :siempre a las mismas personas. Aun mfus. estos con­tratos 1Jan ido a favorecer' a. pel'l&Onalq que constituci011almen t? esta b,Nl i nhab ili tadas para. contratar con él Pisco. las que ho,\-. por interpós'ita persona, siguen disfrutando de los beneficios que estos contratos signi­fican y siguen agítánd()í';.8. y poniendo 6U in­fluencia al &l:'rvicio d-el pago oportuno de­.estos g'astos, y, lo que :'1" peOl', al servicio ael recargo 211 el C06tO de las obras -ejecu-tadas. .

Así ha ocul'l'ic1oque mie!ltra~ lIna obra se contrataba CH 2 millones de pe-i'>OS, diga­mos, después de bacanales costeadas por e,­tos .c,ontratistas favoritos y a lati que con­currían los propio.s ,empleados. de estc Mi· nisterio, los pro.pio . ..; empleado& llamados a fiscalizar esas collstrucciollt;s. se obtenía ¡¡

corto plazo un aumento en el costo de 1a obra, 'que llegaba del 30 al 40 por ciento.

El señor CañaJs Flol'les. - & Su Señoría conoce los nombl"ps de todas t\sas ~)t'rsona~ ~

El señor Mardones. - Conozco alguno;;;. El señorOaña.s Flores. -- Sería úti1 de­

que los diera a conocer. El señor Ma11dones. - Si JlaY algunos

ib"onorable-s .Diputados que quisiPran atiu­mil' el papel que les corresponde ,\- quisie­ran que se design<'ra una ,Comisión Parla­mentaria para que investigara estas res­ponsabilidades, 110 tendría inconveniente en dar los nombres de los afectados.

Ell señor 'Oams FIOl"els. - Deber nuestro sería ha.c,erIo.

El señor Mardones. - .Dejémonos de ti­raresos peales, que pOr lo menos al Dipu­tado que habla no lo van a ,enredar.

El señor Cañas Flores. - Siempre que se hacen eargos en esta Cámara deberían traerse hechos concretos y asumir la re"i­ponsabilidad qne nos corresponclt'.

El señor MarldolWs. -' y oy a referirme' a un caso. concreto.

Durant" el desempeño del cargo de Mi­ni . .,!ro del señor SantalVlaría y siguiendo aquella mala práctica que viene de aque-110s tiempos a que me -refería. se tramitó un decreto que daba. un contrato en estas condiciones por 1 millón 800 mil pesos. Y quiero ha,cer presente a la Honorable Cá­lllara -que el favorecido con este decreto es un ,sujeto qu~ tiene antecedputes reiterados autp 1a ju"ticia del crimell.

;\'fás o meno.'> parpcidos son 1o.,; autecl'­dentes dr los otros ,favol'C'cidos por contrd­to,: anteriores. El .Diputado qu,' habla, en enllocimiento (lP estos hechos .. 't~ apresuró a l'eprelSentarle al señor :\Tinistl'o p;,-ta., cito. cun.sta ncías.

El Mini"tro, sorprellditl0 1lO!' el paso en falso ,que el J)¡epartll,mellto l'espectivo lo· había ,hecho dar, siguió la red<l 1lorma qm' debe seguir todo hombre en el desempeño dp '"u carg:o y procedió a dej<ll' sin efecto ,''sI' .deeretü.

Es de advertir qne ya SE' ,había ce1ebl'ado con los 1'8O'pect1vos banquctes y orgías, pOl" los ,favorE'cidos con (',,,te dt,creto. tan sucu­lt'lltO negocio para sus particu1ares intere­SE'''" y tan perjuc1ieial para lo., del Fisco,

El Ministro de F,omento ordenó. en for­ma terminante, que no dE'bía en lo sucesivo darsp- ningún contrato sin pre~'ia propuesta Tlúbliea. ¿ y quiere saber la Cáma 1'a cuál ha sido E'1 resu1tado dE' esta sana política .~eguida por el señor Ministro?

Que- los proponentes han hecho ¡propues­tas un 301 ó un 40 por ciento inferiores a 106 presupuestos elaborados. Al reyés de lo 'que sucedía antes, ,que los contratos Se

daban a los qUe se deseaba fayore.cer y to­davía aumE'ntados en un 30 Ó un 40 pOl" ciento más del presupuesto respectivo.

'En forma parecida a las de este Depa¡'­tamento, se han presen tado una serie de irregularidades, .con motivo de los dineros fiscales que debían invertirse en lQs lava­deros de oro, y, últimamente, se ha ,descu­bierto una en el Departa,mellto de Caza y Bosques, relacionada con un Ministro de' Estado, y que ha producido protestas. den-

1;).11 SESI(l~ EXTRAOIWIXARIA EN Jn~YES 2 DE NOVIEMBRE DE 1933 651 =c==========-=="-. ~=-.==-' =======================

\1'0 Y fuera de la Cámara . El señor Garrid.o. - Es:, sí que es Ull e.s­

·ándalo ... El señor Mardones. - Es un escándalo.

[)pro si ese Ministro procedió a aC0ptar esa 1)l'opuesrta, fué 'pOl'Clue el :j efe respectivo :a informó fa yorablemente.

El señor Cárdenas. Los antecedentes dicen otra c'osa.

El señor Mardones. Los antecedentes dicen que hubo un partido l1o'lítlco que am­·paró a r-se funcionario ante la reorganiza­L'ión que emprendía el }linistro.

El señor Cárdena.s. - Lo amparó porque ostaba haciendo obra r-fieiente y honrada ;,- era objeto de 'lwrsecucinnbs 1)01' ello.

El señor Mardones. - Yo no tendría nin­~'Ún inconveniente para aceptar todas la;;; interrupciones que qUi-iieran har;.-!rseme, pe­c'o, desgraciadamente, la tiranía del tiempo 111e obliga a no aceptarla ~.

El hecho eOi, como ,]18 (11e'l1o. que el pro­¡lÍo jefe el:·'l Departamento de Industrias -:: Fomento Pabril fué el que informó en ::'ol'ma fan)l'ablE' la lwtición de la Empr.!­"a dp-l alz¡¡ del CE'mento: y cuando ¡¡eh el'ti­,lo (·1 señor l\Iinllitro por E'l Diputado q'lé habla de e:.;t(' paso incollYeniE'ute, l1atueal­~nentt' reconsideró tambipl1 esta medida y ,,]e]'og-ó aquel dE'cl'etü e ilbistió una YE'Z má·, >on su pE'tición dE' reorganización de este D"partamento.

Y, como dig-o. psto no ha sido posiblp ob­--cenerlo.

Es ele imag-inat's,-, entoné es cómo un fun­\'.ionario, un Ministro de Estado, que ~o u;¡ -nosible que e~tp estudiandr. anteeedente PO)'

:mt,>('ede-nte-. <liga IllO:'" delptl'eando cada uno dp- los asuntaR que dE'be l'e,solv~>l', ya a Pt)­']P1' resolver pn forma bi'PYP Jo~ divel'lSoF asnn~o.s de su de~pac11O.

Esa ha sido la situación de este Minis­,ro: en ,el Departamento qne se informara. le flaqueaba... Se dil'igí[¡ a otro. :' tam­bi~n le flaqueaba ...

Debido ¡a esta eircun.~ta\ncia, e1 )finis­tra ha tenido .fjUe 'hacer una labor mucho ;nás a,enciosa, mucho m'is beneficiosa. y por consiguirnte, mueho más lenta.

Tengo aquí a la mano antecedentes que demuestran lo qUE' YE'ng'o afirmsndo. Aquí hay Un informe de mayo del año 3.3. dE' un distinguido ingeniero de l'stc- De.pa~taDlen-10, don Roberto 'rl1pPE'r. persona a quien no

conozco. pero cuyos antel'8dentes son per­fectamente fav-arables. Este funcionario ya se anticipó a hacer una dpllullcia.

V oy a leer sólo alguno:3 párrafos de ·su comunicación para confirmar lo -que afir­mo.

Dice: "E,;ta Oficina ha tenici.· irregularidades

como muchas otras, las. que revisten una mayor gravedad por el ~ni.ll movimiento que a1li ha habido.

A jlrsar de eú¡;¡tir en ella una sección especial con cierta organización y .que ha contado con un numerosÍsimo e innecesa­rio personal se ha incurrido. sin embargo, en contravE'nciones a la lE'y (illé sólo ahora van' a ser subsanada·s debitl" a la interven­ción de dos IllspEw.tores dí· la Caja que e.'S­tán haciendo un arqueo g'~lleral desde ha­ce más de un mes. Aunqut. se espera que­dar t~l'nünado en: una t';tmana más, aun no l'S posible precisar todavía la totalidad dl' 1as irregularidades coml'lidas ui los 1'08-

pOllsahle.~ clil'PC'tos de ella~. ni en la fOrID:! qUe podrún .,,('1' subsanada:,. me limito por e.l momento eh> lo que ha'i[;J ahora ha que­dado E'stablncido como resultado de la re­visión quc haepll los Insp'l'tores dE' la Ca­Ja.

1.0 Reci{'lI ~e iniciaron ] "i' trabajos de cesantes y aniL'¡.; de crear",· 1a sección de {'ontrol de las libretas en 1" ofieilla del lll­

geniero de la .provincia, ,,1' hicieron pagos en los cuales no se consultó el descuento correbpondientl' para la ley 4.054,. descuen­tos qUE' l'Ieg11n se ha comprobado, ascienden a una suma aproximada do'- 10 mil pesos. Como este dinero no ha foido pagado por (:[ Fisco y la omisión se 11¿, debidoexclu­,,,j"amente a un error. y que- el caso viene ele dos años atrás, según lilE- manifestaron los Inspectorel'l, ellos no harán cuestión de

. E'sta suina.que en realidad el Fisco adeuda a la -Caja.

2.0 Desdl' que se hiciel'(.n los trabajos drcesantes y se consultaron en planillas impooiciones de' la ley 4,054. la Oficina de Control no tomó a su cargo las libretas de los empleados a ¡planillas, la.;; {lue .quedaron en manos de los Conductores de Obras, quienes se encargaron de atreglár las ~ibl"C­tas. ,según se ha comprobado, los Inspec­tores de Obras no compraron las estampi­llas correspondientes a las :mposiciones y

652 CAMARA DE DIPUTADOS,

en algunos casos pagaron en dinero a los empleados el valor correspondiente a ellas y en otros casos se quedaron lisa y llana­mente con el dinero".

Viene en seguida una declaracióu de es­te Inspe.ctor que dice que aparece un ex­ceso de cien mil pesos en estampillas del Seguro Obrero.

Debo prQvenir a la Honorable Cámara que esto ocurre porque se piden las estam­¡piHas al Seguro Obrero, en vista de las planillas de pago que se presenta~, porque la ley exige que no se ,pagarán los sala­rios sin que previamente se hayan pegado las estampillas en las libretas. Pero ocu­rrió que, al momento de efectuarse el pa­go de salarios, quedaron en Caja cien mil pesos en estampillas, lo que demuestra que en las planillas se coloraron numerosos jor­na1eros y obrero,> suplantados. De ahí es que existiera este exceso de cien milpes')s en estampilla,s, y como se trata del cinco por ciento de las sumas ,que se ha tenido que pagar, tenemos que esta cantidad 1'8-

¡presenta una defraudación de dos millones -de pesos •

Antes que se hiciera esta denuncia, pE'dí al ,señor Ministro de Fomento que orcl~]]a­

ra una investigación al respecto, y fué así como el señor Ministro designó al propio señor Tupper para efectuarla. Pero debi­do, debo suponerlo, a influencias de algll­nos jefes afectados, el señor Tupper se eX­cusó, diciendo qne su salud no le permitía bacer la investigación. Por esta causa ~(' d.esignó a otr.o jefe del Departamento. a un ingeniero señor 'Üoncha. Extrañado por el giro que se estaba dando a esta investi­gación, me presenté de nuevo al señor !Ii­nistro y le pedí que ordenara que se hiciera esta investigación por un Insrpe,c,tor de la ContralorÍa. El señor Ministro accedió a mi petición y el Inspector fué designado; pero, según entiendo, aun no ha iniciado su misión porque S~ encuentra ocupado <"n Qtros (IUehaceres de su cargo .

Entonces se pI:esentó a1 Inspector de 1<1 ContralorÍa un director de obras que ha. venido insistetemenfe haciendo re.cIamos al señor MFnistro, a los ~E's del Departa­mento de Oaminos y al propio ingeniero investigador.

La presentación que ,hizo al InS/pector --te la tCO:ntra],orÍa die,e' así:

(Leyó) . Yo no querría, ya, que dis~ongo de tan

poco tiempo, molestar a la Honorable Cá­mara con la lectura íntegra de est.€ docu­mento, qne está revelando, a las claras, qu-e hay un funcionario no solament.€ competen­te, sino ,qúe perfectamente honrado y con la entereza suficiente pa'ra presentarse ante sus jefes, con toda insistencia, desafiando las amenazas y lás persecuciones de sus propioo jefes, para poner en su Iconocimiento esta IS€rie de irregularidades.

El señor Cárdenas.- Que S€ inserte en el "Boletín" ese documento.

El señor Mardones.- Yo también voy a solicitar que se inserten en el "Boletín" €'So­

tos documentos, ya que no n€ querido mo­lestar la atención de la Honorable Cáma­ra leyéndolos 'íntegramente.

El señor De la Jara (Vioopresidente).­Si le paI'Cce a la Honorabl.€ Cámara, se in­sertarían en el "Boletín" los documentos a que S~ ha referido el 'honorable Diputado.

Acordado. Los documentos a que se l't'fiere el aCUf'r­

dO' 'que pre-cede, dicen as~: ",santiago, 9 de mayo de 1933.- Señor

Director: En cumplimiento de 6U orden he estado revisando en la Oficina del Ingeni.e­ro de la Provincia de Santiago, la seeción que atiende la ley 4,05+, sobrt' la <mal paso. a informarlo.

EiSta. Otficin$ ha. tenido irlmgula.ridJades oomo muchas otras, ~as que re'Visten una ma­yor graveood, por el gran movimiento que aJlí ha hatbído,

A Pfflar de existir en ella una sección esp-ecial con cierta organización y que ha contado con un numer06ísimo e innecesario personal se ha incurrido, sin embargo. en contrav:cn~iones a la ley que sólo ahora van a ser subsadadas, debido a la intervención de dos inspectoN's de la Gapja que €Stán' haciendO' un arqueo general desde hace más de un mes, Aunque se espera quedar termi­nado en una semana más. Aun no €S posi­ble precisar todavía-la totalidad de las ir1'e­gulM'idades cometidas, ni, 106 respoll6ables directos de ellas, ni en la forma qne podrán s€r suooanadas, me limito pOol' .el 1110m-ento de 10 que hasta ahora ha quedado estable­cido como resultado de la revisión que. ha­cen los Inspectores de la Caja,

1. o R~ciBn se iniciaron los trabajoode

J:5.a SES10N EXTRAORDINARIA EN JUEVES 2 DE NOVIE,MBRE DE 1933 653

.cesantes y antes de creal'lSe la sec-ción de control de las libr€tas en la Oficina del In­geniero' de la Provincia se hicieron pagos en loscualcs no S3 consultó el descuento co­J.'respondiente para la ley 4:054. d·escuen­.tos que según se ha comprobado, asciende .a la. suma aproximada de 10,000 pesos. Co­mo -este dine~'o no ha sido pagado por el F'¡sco y la omisión se ha debido -exclusi­¡vamente a un .error y que .el ca60 viE'ne de .dos años atrás, según me manifestaron los inspeétores, ellos no harán cuestión de ·esta suma, que en r3alidad el Fisco adeuda a la Caja.

2. o Desd-e que se hicieron los trabajos (le cesantes y se consultaron €n planillas im­posiciones de la ley 4,054, la Oficina de Control no tomó a su carsgo las 1ibretas de les emplJa.ao~ a planillas, las que que­daron en manos de los Conductores d-e Obras, quienes se -encargaron de arreglar las libretas . Según se ha comprobado, los Conductores de Obras no oompraron las es­tampillascorrespoudientes a las imposicio­nes y en algunos casos pagaron en dinero a los empleados el valor correspondiente a ellas y en otros casos se quedaron lisa y lla­namente con el dinero, Esta situación se :mantuv~ hasta ab:"il o mayo de 1932, f.e­cha .en que fi.e entr-egó tamb:én a la Oficina del Control d-e libretas de los e.mpleadolS, acumu1ándose así una suma total de 59,üOO p3S0S .que los Inspetores d-e la Caja recla­man al Departamento de Caminos por omi­siones en la compra de estampillalS, cuyo valor ha sido entregado por el Fisco.

3. o A p·esar d·e la creación de la Oficina de Control, las libretas se han mantenido. con un cousiderab13 at:-aso y no se ha cum­plido con -el arHcu10 51 de la ley qu-e or­dena depositar en rezago el sobrante d€ las impos:cion.es que por algún motivo no se ha podido colocaJt en las librda",. Est-e atraso ha llegado' al extremo de habel'l'i{' acumulad'o una suma superior a 100,000 pe­sos en estampillas cuando los Inspectores de la Caja ll·egaron a visita-:-la. Esta situa­ción se ha estado subsanando mi€ntras 10'5

Inspectores efectúa·u su trabajo Jo' ("1"tabl{'­cen a ·cuánto d2be ascend{'r el depósito que deberá hacer8·[, en la Caja para cubrir el ,-a­lar que se 1\' actrnda pOT roncept(l rk im­posiciones rpza gadas.

!lfientraí'i f'l arqui'O no ;;" t~rm:n:, nn SI­

rá posible ·f'¡.;fablecer si la CR.ia dI' Eshmpi-11a __ qu-e manti'uÍa la Oficina de Contro1, efi-

t.aba o no conforme . Por lo que dejo expuesto puede compren­

der"e que en Oficina d€ Control ha fal­tado una cabeza qu·e organizara e hiciera cumplir con la .debida puntualidad las disposiciones de la ley. Salta también a la vista el excesivo peI'iSonal que esta Oficin!li ha tenido, el que, en los tiempos de ma­yor recargo d-e' trabajo pudo haber estado l"educido a la tel'eera o cuarta parte. Para dar una idea de la enorme desproporci.ón entre lo que se gasta en personal y el valor del servicio ,atendido por él, basta con de­cir que actuilmente el valor de lasimposi­ciones que deben pagarse mensualmente en las libretas no aloanza a 15,000 p9'SOS y los sueldos de 23 empleados que desempeñan estas funcionetS suma.n 9,000 pi!sos.

E,Sltimo qUJe· en una empres:a parti<J1ua;r, es te servicio estaría desempeñado por d~ empleados, con un gasto no ,superior a 1,000 pesos mensurules.

(;1'080 que como máximo no dehería admi­tirse qu~ para el futuro co·ntinuaran en -este serv<cio másd-e 5 -empleados, con un gasto total de slv~ldos que no se sobrepasara de 2,000 pesos mensuales. E,stos cinco emplEa­dos podrían ten?r las funciones siguienté'S:

a) Un jef-e qu-e tendría la Caja de 1as Es­tampilla's, at€nderÍa -el r·eeibo ." rntrega de las libretas, llevaría el libro "Indice G3ne­ral de Obreros~ la corrrt;pondencia eon la Caja de Seguro y llevaría una po8queña con­tabilidad do8l movimi€nto de estampillas de la oficina y de las imposieion2s en reza­go.

b) Un conh'alor de estampillas que haría la revisión general de todas las libr€tas pa­ra ver si la pegadura se ha hecho. confor­me a los desCUo8ntos do8 planillas.

.c) Tres pe.gado,r:os de estampil1as. Tener un peI'iSonal más numeroso no sólo

(~ignifica un mayor g~sto, s'no también diluir l'f.:::iponsabilidades :; acol"\tumbral" a ('::;ti' per­sonal a qu-e pase la mayor parte de ¡su tiem­po desocupado.

Se adjunta la 1'sta del p2monal que ac­tualn10nte está en sel'Yiclo. - (Fdo. )-- Ro~ h,orto Tupp-er".

"Salltiag'l, 2,6 <le or í n1);'(\ elr 1033. -Se­flor Insp-ector: HahiC:w!lillW prnsentaao a lnted ron er ob.i>to ·1" h;;cennc p~l'·te {'TI el ,.,nm'lI'io que s·r f'l"ln11':í rr':] m'lt;yo Je los dé'l1Ul1(,i",S f01'mnlfi'l:l~ )JC.," E'l In~rl1iero V1-sitadOl' don Roherto Tupp-el', en los so8rvi­eios d·e Caminos de la Proyincia de Santia-

654 CAMARA DE DIPUTADOS = go, me es grato decir a usted iü siguiente:

1 ~ ° En el m€s de mayo próximo pasadt>, tuvo conocimiento 'la Dir€>c~ión de Caminos de ~ infornw pasa:do -en que ponía de manifiesto la t'xistencia de irregularidades provenientes de suplantación de obreros en las planillas de tl'abajador~, de falsifica­cÍón de firmas en las libretas de seguro de la ley 4,054, y de la existencia de un rezago de estampillas d", más o menos 100 mil pesos. y que iu~ mandado arc'hivarque­dando, por consi'guiente, en la impunidad los r€sponsablffi del fraude, de la su.)lanta­dón de personas y de la falsificación de firmas. '

Las irregularidades tienen su origen dffi­de mediadw de 19':n, cuanclo sin ningu­na organización seria SE' instalaron campa­mentos con 9'.000 obreros cesantes. Los di­neros, UllW 2:0.000,000 de pesos, fueron en­tregados a un ingeniero 'con sólo un año y medio d-e práctica en trabajos de caminos.

2. {)' Con la nenltación de este informe oficial, que yo lw puesto en manos del se­ñor j\t[inistro de Fomento, para que &e haga luz y justicia en .,1 INpartamento de Ca­minos, (leja impm1t' a los (Ur~ctamentp ns­pom;ab]pt;¡ dE' lor'> fraudes. robos y falsifica­ciones, como son los 'Conductores de Obras, los Jdes de Campamento. {'te., etc.

3.0 Forma t'nqu{' se efectuó el fraurle de 2.000,000 de pE'SOS.

Existe en la '~'a:ja del ¡ngeniero de la Provincia de Santlago un r'2zago en eRtam­pillas de la ley -1'.0;'54, a:,;cendente a la can­tidad de' cif'n mil }l{'SW. Este rezago es el 5 por ciento del total de los jornales ga­nados por lo", e,brero& de caminos; luego los jornales adulterados abcienden a la can­tidad de 2:000.000 de, lJesos.

Si elite rE'zag-o €xiJste ('TI la Caja del In­geniero de la Provincia. es porque no hay libretas en qué colocar las estampillas; y si no hay diehal'< libreta!>. es porque 110 exis­Üeron los obreros que 8e hicieron figurar -en las planillas de pago.

4. o Estos fl'laudei'> {lue soe comprueban mediante la, existencia de un rezago de }I00,OOO pesos "n €!>tampillas, son los co­rrespondientes a obreros suplantados en las planillas y para, los cuales no se tuvo la precaución d-e tomarles, las libretas de se­guros obreros, pero aquellos obreros, tam­bién suplantados en planillas, a quienes fal­sifilCándoles su firma se les sacó con toda a.udacia libretas y cuyoo jornales fueron a

parar directamente al bolsillo de lQ6 .con­ductores de obras ~ cuántos fu-eron?

Estos escapan a todo control, sin embar­go, es sabido 'queE'xisti2l'on {'n cUIitidadeE B110rmC8 T 'que enriquecieron a muchos d'é los responsables de estos fraudes.

5. o El control sobre la inversión de fon­dos es práctica ordenada por la Lc~y de Ca­minos en su artíclo 26, en que dice que nf' nodrá pagars." ningún documento que no ll-eve la firma del deleg'ado de caminos M­

rrespondieute. ¿Por qué se subt>trajo de }" vigilancia de las Juntas de Caminos .~ 1n­yprsión de los fondos ~

La Ley de Gaminos lo ordena terminante­l1lt'nte y no hace diferenciaf\ ele ningullf. 'ClahC, cualesquiera que' :'12an los fondos qu~ se inviertan. Por lo tanto, los fraudes hH podido verificarse debido exclusivamente f'.

la falta de control. 6. o No trepido cen afirmar que se han co­

metido fraudes por más de los 2.000,000 dE pesos que los comprobados pOl> el r{'zago d~ estampillas, pues, el fraude ha sido cometido ('u la forma 'ya dir·ha f'1l ]wimel" lugar. :.~ t'am­bién repitiendo los nombr" ele loo: obrer(W' dos, trrfi., cuatro ;" haf;ta: diez vece's en la mi"ma planilla :" obreros snpl:ll1tados par" 'lni"l1e"i rx profeso IYE' tomaron librf'tasc1\c "",-'.guro.

7. o Hubo absoluta falta de control de part" ele lo" ,Trfes <Id St'l"vicio de Camino . ., ,;obr" sus subordinados, y ello &e comprue­ba Y2rificancla que en todas las planillas de pago .(son vrintemillonE's ele pesos) no e~­tán las firmas de los cabos de cuadrillar3. de loo mayordomos y de los delegados de caminos, todo lo cual está ordenado expre­samente pór la Ley de Caminos, y por e: Heglamplto de Caminos.

i. Por qué no lE'xistió este control? :Mal podía existir cuando lqs empleadO"­

desde ('apitán a paje obs{'quiaban a sus jr­fes cnn banquetes 1ll0J1f\truosos de más dE' 500' cubiertos, :cosíeados por cuotas corri­das por listas entre todo el lwrsonal subal­terno.

~ial podía existir control cuando son dE' todos conocidas las francachelas en que H

diario vivían los ,aonductores de obras -;.­jef~ de campamentos, cuando en cada yi­sita ocular que los jefes efectuaban a las obras se les recibía y hospedaba por días y noohes en medio de orgías y bacanal-es.

Es famosa, señor Inspector, la vida dis­pendiosa de los empleados de caminos, con

15,aSEtS¡¡ON EXT'lli..~üRDINARIA EN JUEVES 2. DE NOVIEMBRE DE 1933 655

gente de mal VIVIr, Ha formado €poca 'du- r(-sad~s y en otros Gaso>,> sin haeie,r pago al-rant-e el tiempo que hubo obreros cesarltes guno. . en faenas d,e caminos esta situaeión de co- En est.a forma se ha:bría acuJIllUlad'o la su-Trnpción}' vicios. Se sabe de un condue- fia de 59 mil pesos, tor de obras, Luis Herrera Salas, para no Además, "e haprodnciclo un sobrante de nombrar a otros,que dispone cl€ dos auto- imposici{)l1i2s en forma ele 'acumularse en es­móvil-es, uno fiscal y otro particular, easa tampi:hlas lUla suma superior a 100,000 pe'­propia y 1150,000 pesos disponibles en el sos, qUJe c()1Te:sponde a libl"cfas que no exi,,­banco, y este conductor de obras conrib<e- tieron o (-nya8 jmposiciones 110 se efectua­toes de ricachón, era ha<ce di€z años, cabo de ron, cuadrilla con jornal de siete pesos diarios. En la r~1Ulión qUe tuve ·con ustted y ",,1

8. o X o me g\lía otro· propósito, señor Dir:e'Ctor del Depart.arlllento de {'aminos Mn Inspector, al develar esta situación vergolÍ- motivo de mi llamado para saber las actua-2Josa que -el purificar el ambient.e -en el Ser- ciones pra~ticadas en rel'ación con el infor­vicio de Caminos. No ambiciono nada para me, 121 Dir-2cün' de.] De'partan1lento· d€ Ca­mí, pero d€seo t.rabajar en una repartición rainos 'expresó que dicho inform-,:' no lo ha­pública, como en la cual m€ gano la vida, bía. pue:;;;to en conocimie'nto suyo ni del Mi­no sintiendo a mi alrededor 'la vergüenza nh<;tro, po:rque 1211 12se mll~mo t:Íf'lll110, la Caja de qu-e por estar rodeado de los d-ementos de Se·g1.1ro Oblig;atorio, había ':·nviad~ lns­corrompidos se pueda p-ensar en complici- pe'CtoTcs VisitadO'l'e .. " para hae,>1' una revi­:dad de mi parte por guardar sil"ncio sohre "ión de las libretas. ereyenc10 quP -esa im­una materia que conozco Y es mi debcr po- pt2cciónsería suficiemDet para averiguar la n€r -en conocimiento del :Supremo.GobiBrno situación MUTrida en la. oficina. -en bene.ficio de la nonradez administrativa. y agregó qUf> sólo hacía dos elias que había

Estoy, pues, a las órd'enes del i>eñor lns- rt'cibic1o el informe d:' Ül,., In¡:;pt>etores Visi­pector ele la IContraloría, en la forma. que tadol'E's. len el {{U' O Sf' inelicaba la suma /exac-quif>ra disponer df' mis informacionef'.. ta qUlc·se a.deudaha por In,., estampillas. ESlto

Saluda a '(ic\. atentam-ent€. - Apoli- Caminos 'el día 3 ll,o oetubl'f". nano Catalán D .. :\Ioneda x.o 2454.~ Al n", pedido pOr-teriormenÍl: el informe: de la s?ñor Inspeetor de 13 Contraloría don l\fa- ['aja d? Seguro Obligatorio. y me he iIU­nu~l Các€res.- Pl'f"Sent.e". pue"t.o q1.)',? tie11(> ft'tha 14 de septiembl"e< del

"8obr,,, irr.rgl¡,laridades -,'ll el Depart,,~ allo en e1.lIl'So: <lU;> ,;c' c1espaehó a la Direc­mento t1~, Camínos.- X.o 1,:l9H.·- ~aniiag-o. ción de Obra,,; Públicas. d 28 del mismo mJeS,

78 de (¡pf l,,'élrc Ü" Fl~:). y que fué Y·'tibic1o {'11 el DqJal'tamento d'f' )O[e refr21'O a la situaeión producida en Caminos el día :3 el" oetubrf.

Jit ofi'Cina del Ingeniero de la. Provincia d~ ESI~iE' último informr e.o11firma 10 mani­Santiago, a cansa (h, .las irregl.ll&:ridadrs festado pOi' ,,1 seno,' T'upp"r. pues: la Caja ('('.ul"rida.o; con motivo die' la coloeaci,:m d,~ J'2(-lama un pa'go total de 164.D93 pesos 30 I~..;:; f'stampiHas corres-pondicnt!ps a las impo. crntavo.<;. f'iei~nle-s d'p la. ley de Seguro Obligatorio. ,PreguntadD '"1 ,..,Pllar Alliende sobre las

El día. 10 del ]wt'sente mes, Heg6 a mi ('0- demás actuácion:'s producidlls. con motivo nocim~ento por ('ond'ucto rXli:raiío a· !'osa Di. tlel informe del "'2fio," Tnpper. mE' agregó qUE"

l""cción. elinfol'l1le- número 3,511 de 9 d'.' no se hal)la. tomado l11nguna re-solución, tal m:ayo de 193'3, '"Taeuado por i?l In!g'elliero yez por estimar de poea importancia. di-cho Vi8itador don .Rohert.o TUppeT, sobre una inform'f". l'evisión hle'C'!1ra en la oficina dk"1 Ingeni"ro d~ Conside-ranclo la situaeión producida pr2-la Provincia dE' Santiago. I.!.'lmté al Direct.or de Caminos. qui.én. era dí-

Ese informe· deja.ba. cons1ancia ele -diWT- ·rrctamm1te l'$poTh'>H.ble ere las iriregulari­f~ ~rr?·.gula'ridad'es comet.idas ,como el hechü dades, y me 'expr€SÓ qu'e lo 'Era el Jefe d.t~ de que cuando se iniciaron los trabajo!" ['on la Oficina de Control. cRSallltes. las libr!2tas del Seguro Obligatorio, Estimé inmediatamente necl2sario, d-esig­qt'l?ua;ron e11 poder d·? Jos condnc1.ores· dl' nar a un funei(}nario, COllJ el Objl2tO de que obras. f'ncargándose a ·~",tos d€ 'lrr~glar]w;, Se hici.H'a c,a!rgo die' la,s inv€st-igaeion€s de es­S que JOs c~nductOTN; 11e obras no compra- tas denuncias S abriera el sumario corl'le8-ron las €'StampiHas corresr}Ondll~ntes, pagan- pondient.e, para, lo cual se designó al mismo

do <en dinero. en alguno cas-os a los int't'~ s2·ñor Tupp€r, el que d'os ~ tres días des-

656 CAl\IARA DE

""illi¡l~ .1

pués s;e ¡excusó de 1:omar tt .~u cargo ,este trabajo por l'J(> podle'r det>empeña'do debido ,l

qU€ 00 'encontraba enTrrmo. Me pidió qUI, 10 rel'evara de It'Sa (h~;;igna~ión, ya qwe deseil­ha solicitar permisn sin sUIf'ldo.

En lelSta ¡situaciól1. se nom'brú ,con el fin indieado, aJ Ingeniero Visitad'or don Carlos Concha, ysolicitlé del Director de Camino:" que aleja'ra die: ,,,UB fU11cion!e~ 'al .Jde de la Oficina die' Control. 'para, facilitar ,las inves­tigaciones delsl2ÍÍm' Con,cha.

Me acabo. de inLponerque . .cori:trariameu­>te a 10 aSleverado,' la raíz dlell inform'2' del· señor Tupp,er, Si!:" prodUjo un ,lar:go inform'~ de desca'rgos, diri'g'Ído al Ingeniero de la Pro­vincia Sleñor Hrien. e-11 el cual se hacen al­guruas aclaracionre", reliI)iE'Cto n lws denuncia" del señor Tupper. ~

<Según mis o'bsel'yarlones, '2ste informe' fU!: puesto e~ RUt 00:noclmie-1Ü()'.~(mjuntamE'nt 1

can d de didlO Señor. En resumen, (lU:E'da IE(ll claro que ha na,bido

funcionarios de su dependencia lempeñados tn sustraer dlfll ,c().l1ocimi:ento del Ministro, 101s .. infO'rm,s y demws ~omu'nicaciol1i2''S relacia­nadas con :las denuncia:sde irregularidad p ;;

indicad'as, y que esta reserva ha sido man­fÍJE'l1ida a pesar de mis pt'P!!untas al 1'<'811E'(,­

tn. -Como elsta aetitu:i (;fja en {~1:,!'(, qm' ha habido funcionarios que no han sabido CUlll­

pI,ir con las obligaciones de su cargo, ,\":1

que las denunci&s E'ran de :gran gravedad, usted se servirá proponer a leste .MinistE'l'io. las medidas disciplinarias d,el oCaso para san­cionar esta falta de cumpilimiento <le SU.~

obligaciones a los emph,a,dos af,e·c1ados. Por OItra parte,considerando d plazo

transcurrido desde la necha "In que el seÍÍm' Con'cha,8oe hizo cargo d'ea sumario 'f11 la Ofi­cina dle,l Ingeniero de Ja Provincia, Sil'Y8S'

comunicarle qrue. a más tardar el 31 d',,~

Pl'clsc·'nt,e me informe por escrito, sobre IO'

lestado de 1as investigaciones que haya efec­tuado y se 'Pronuncie 'sobre- si E'S () no w'· cesaría ID'antene,r :üE"jado dlc' su puesto n! Jiff,e ele la .oficina de (;0111rol.

SírvasE' tamhién ha.'cor pOller inmerEata" mentc en mi conoc-irni>'luto, iodos los ;ni'o¡". m,es, c0111Lmi'caci:)1l'e', y demás a.ntecec1nnt:: s y IlctUllciollE'SqUE' s'e hayan prod'ucido ah"­d'2dor de estas irregularidadE's.

N ó es Itol'E,ra bIE' que funcionaTio.s ele su

deplmelrmcia mantengan '\'111 reserva infol'­mes o deulllu-cios elf' irl'egulal'idad'cs en las

DIPUTADOrS

oficinas de ,m cargo, y mU01w lllellO" que nú tomen mpdida algu11Ia l),(U'U vel'ifi'C'ar esos d{:­nuncios y .pl'r",cguir !Ia re,,,.pot1l'\ahi15(lad a lns !fUE' 14¡sulten culpab1€s. . . Dio"1?11aN1E' a ust6d ",

E:¡ ,.,:e,ño!' Marr-dontEB. - Tellgo L\\lUí a 1.1. milllO UItéi luMa dE'lpropiu Hitor Ministro d.; FOlllJento. diri:l!:ida al Dir'l'C:tor de Obras Pií. bLica,..;, la ('¡UlI (·onfirma ,todo ¡u 'lUJ' \'("ll~rO

nfil'maurJo. S~íln vo.\· a let'r uno o do."párraf~squé

dicl'll Hn síntf'sis "1 ob,i01t.O de esta comuní· CHl'ión.

El ,Sí'ñol' De la JWr'a (\'ict'IHw.,.,idell't"·) .-­Pel'mítame hOilorable Diputado.

Ha te;rminado su tll'lllpíl r.E'\g'lam~'Htari".

Soli'cito pi a8,'ntimit'nl0 d,· la Ilollorabl,,; ('úmara. pura 'lUJf pueda continuar plllolHH'R­hlpDipwtado.

}}l señor Wallker Larn'am.- SiE'mprrt; que "<'prÚ'rrogu( la ,hora.

El seüo'!' De 'la Jalra (Víl-elm2side-nb,· ';.-StO pro;rro.g-(ll'íala llOra por: {~ir';co minuto:>.

QtUfua as.Í IH'Ol'dado. Pucdw, coutinnal' Su Señoría. El .señOr Mamones.- ~J¡sta eomullieaci¡)11

llrd señor MinÍstyo d,e ~omento al Dil'e,ctm' ele Obra~ Públicas d¡et~ ~lsí;

"En ,la TeiuüÓ;l qUE' tu\'{. con US'b2d :/ eL DirredÚ'r del Departamento de Caminos. con motivo de' mi llamado. pa'ra :saber las actua· ciones practicadas 1m l'ela'ción ,con e,1 info,r.­me, <tl DirectOr de-l Departamento de {)amí-11oseX'pre;só que. dicho informe' no lo había puest.o. en conocimiE'nto suyo ni d;el Ministro. purque en ese mismo tiempo la Caja de S<,­g"uro Obligatorio, hahía enviado Inspcrcto1'il'l'; Visitadores para hacer 'UIl'a ,Yl2visión ele las libtr'elt.als, 'creyendo :qweE'sa inspección s.e­ria suficÍJentt'i paraaverigual' lal'\ituación ocurrida E'n la oficina".

Vemos ~ntonces, por lo pronto, estable­cido qUE' el propio jefe del Departamento de Caminos ocultaba un informe de tanta gravedad como el del ingeniE'rD sellor Tup­per a su jE'fe inmediato, el DirE'ctol' dE' Obras Públicas, y al. propio señrr Ministro dé' Fo­mento.

Continúa la nota: "y agl'eg'ó que- sólo hacía dos dí:!~ que

habia recibido el informe (1e lrl<~ Im·nE'eto­J'E'8o Visitadores E'n el qne ~e indic~lm la fo;uma -exacta que se adellc1(lba por h" es· tamnillas. Esto ocurrió C'l 11 <1e ochlke.

H(' plcdido po oteriormel1tr ('1 informe de la Caja de Segnr( Oblif1'ntorio y me 110 im-

1b.a SESION EXTRc<\ORDINARIA EX JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 1933 657 --- . --- -, ~---- _._---~._- ._-~_.- . --

pu~sto que tiene fecha 14 de- septiembre del· año en curso; que se de;.;pachó a la Di­Tección de Obras Públicas el 28 del mismo mes y que fu¿ recibido en el Departamen­to de CaminO;'; el día 3 de octubrE'.

J<:ste último informe confirma lo mani­f""tacl0 por pI "ellO!' Tupper. pues l¡, G3ja reclama un pago total de 16 .. !'093 pe~os 30 c~'ntaYos.

Preguntado (1 señor Alliende fiobre la.,; demás actuaeiones podücidas con motivo dE'! informe del señor Tupper, me agregó qUe no se hahía tomado ninguna resolución, tal vez por ('I::'tim1\l' de poca importancia di­{' ho inform€"·.

Ypmos entonces que reaparece el Jefp él,,] Dppartamento dr Caminos haciendo a :,u j('ft'. pI I'pñnr )l1ni8t1'0 ele POlnE'nto, una afirmación completamente falsa: mientras él di(·(' qne sólo hacc dos o tres día.s qnc l'l'­

·c,ibió el informe de los inspectores respeé­tivos. la vNdad es qUE' lo tenía recibido

·d,'sd,· haeía má., df' un me:;. ::\1e parece que ~;."to ]l]'1l\~ha P\1 forma prcisa la irregulari­dad cometiaa por este jefe de D€parta­mf'llto.

Tp¡;:mina la ('omunicación diciendo: ":\1,' acabo af' imponer que, contrarian­

do a lo a:>\ewraao a raíz del info<n11'? del sellor TuppI'I' .. 'P produjo 11n largo infor­me de drs('argo;,; dirigido al ingeniero de la Provillcia. señor Drifl1. en el cua'! se ha­Cén algunas a(' la raciones re"pecto a las de­nuncias dfl Sc>ííiW Tupper. Según niis in­formaciones. ·C'ste informt· fué puesto en su conocimiento conjuntamente ('on el de di­cho ~rñol'.

En 1'0Sl1ltlCIl, queda en claro que ha ha­bido fU11cionario" de su dependencia empe· ñado,,, E'll fmbstraer del conocimiento del Mi­nistro los informes ~. demás comunicacio­nes relaejolladas con las denuncias de irre­gularidac1e.s indicadas, y que esta reserva ha "ido manteni(la a rH"sar de mis pregun­tas al respecto".

Ve la Cámara cómo las irregularidades cometidas por esfe funciOnario no sólo han consistido en dejar de cumplir con su de­ber de informar a sus jefes f',upe1'iores de estas irreglllaridachs. sin.o que hü ido mu-

,cho más Idos: ha negado. ante las interro­gaciones hechas por sus jefes fiuperiores, la

,existencia d!' estos hechOR. Ko sr cómo calificar la conducta de es­

.tos funcion~ri(ls, y si tomamos en consi· deración que los que han estado repartien-

do estas sumas fantásticas de millones, son los que se ga,stan esta corrección y esta moralidad en actos internos delserviéio, yo creo que hay derecho para pone.r en tela 'le juicio la actu?ción que ha podido co­rres'pollderlcs en la inversión de los enOtrmeS caudales públicos' ¡¡ni' pOI' SES manos han debido pasar .

..'IIaturalmente, pOI' la actitud que dejo enunciada de E'Ste jO\'f'll Ministro, lleno de buenas intenciones {' inspirado en la ma­yor hone¡;.;ticlael. ha tenido qUE'> encontrar la rp.sistencia de los intl'reses afectados y he­ridos, y ~s así eomo p'2J.'8011as inhabilitadas eOllstitucionalmente para celebrar contra­tos con el Fisco, se han E'ncargado de sem­brar la especiE' de que el Ministro era in­adecuado para el cargo. dI' que 1'1 Ministro no 1'e-solvÍa los problemas de su Departa­mento, de que el l\Iinistro había fraca­~ado.

Yo estinlü. sellor Presidente, que es in­d:iJspemable una y('reladera intervención quirúrgica, ,si pncliéramo~ decirlo así, para !'xtirpar ~lSte mal de raíz. y,como veo que va a llegar {'l término de la hora, y que debo abreviar. smspenderé el resto de mis observacionf''; ~ .. termino pidiendo a la Ho-110rable Cámara que acuerd~ transcribir al señor Ministro de Fomento entrante estas ühservaciones. porque estoy convencido que si el nuevo :\1inistro no empiE'za por la reorganización de- este Departamento, se va a deril', de.-;pués, que ha fracasado.

En consecuencia, y no queriendo abusar más de la benevolencia de la Honorable Cámara, pido que S€ envíe un oficio al se­llor Ministro transmitiéndole mis observa­ciones.

El sellor De la. Jara (Vicepresidente). -¡, Lo solicita Su Señoría a nombre suyo o de la Cámara?

El señor Ma.rd¡ones.-Yo creo que bien valdría la pena que la Cámara me hiciera <:.ll honor de acompañarme en eíSta petición, ya que se trata de un asunto,' de tanta t1'a8-ct'ndenciá.

Varios señores DiputaKl.os.-Muy bien .. El st'ñor De la· Jara. (Vicepresidente). -

Si a la Cámara le parece, se enviaría ~l ofi­cio a nombre de la Cámara ...

El señor Oá.rdeDalS.-No vaya oponerme sino a adherirme a la petición del honora­ble :'.eñor Mlardones, uniendo mis ruegos para' que el nuevo-Ministro 'del ramo ,se hn­ponga en detalle de todo 10 relativo al alza

42 . -ExtraordiDarias.

658 CAMARA DE D1PT~TADOS ---- --- -- - --- - ----- ----- -- ~------ ---=.:O....-:.~~=~-:~C===---===-~===--===I=:-==========~

del cemento, alza decretada, contrariando la opinión del Jefe del Departamento, funcio­nario que hace honor a la Administración por su competencia y honorabilidad. , -Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor De la Jara (Yicepresidente). -l./a Mesa entiende que ha habido oposición para 'Enviar eJ. ,oficio a nombre de la Hono­ra ble Cámara. En consecuencia, quedará para segunda discill'ión la indicación del honorable señor MaTdOl1'Ps. y fi'e, votará eu la s('sión de mañana.

Ti"nc la palabra el Comité Consevador. El señor Wllilker Larraín. - A nombre

del Comité Conservaclor. va a hacer nso de la palabra el honorable señor Yrarrázava l.

El señor De la Jara (Vicepresidente). -El ,honorable señor Yrarrázaval üene la pa­la,bra.

El señor Hue'lllch:ui1:1án. - Ruego al señor Presidente quiE'ra solicitar el asentimiento de la Honorable Cámara, a fin de que se me den algunofl minutos para dar una ex­plicación, puesto que he sido públicamente aludido y es norma en esta Honorable Cá­mara dar esta facilidad a les diputados que se encuentran en ese efuSO.

EI señor Olavarrla. - ¡ Ha sido aludido en la Cámara Su Señoría Y

El señor WalkerLarraín.- Que quede inscrito en el primer lugar de 1008 inciden­tes.

El señor De la Jara (Vicepresidente).­¡, D~ cuántos minutos necesitaría Su Seño­ría?

El señor Hue'oohullán. ~ Unos diez mi­nutos, máximo ...

Vários señores Diputados. - No. señor Presidente. . . .

~ El s~ñor HUeIWhl1l1án. -- Después del Co­mitk Cons~rvador ... "

-Ha.blan valías ~ Diputados &- la vez.

El señor Huenc;hullán. - Diez minutos, despué.s que termine- el Comité Conserva­dor ...

El señor De 1.a Ja.ra (Vicepresidente). -Hay oposición, honorable Diputado.

El señor HuenchuJilá.n. - Despnés que termine el Comité Conservador.

El señor De la. J·a.ra (Vice-presidente). -Voy a s'ÜUéitar nuevam·entle el aeuerdQ de la Cámara, honorable Diputado, op<>rtuna­mente.

Tiene la palabra d honorablt' señOr Yra­. rrázaval.

ll.-POLITIOA AGRARIA. El señor Irarrázaval -Scílor ~Presid.o'Yl­

te-: En la sesión que celebró r 1 ~enado de­la República el miércoles di' la semana pa­sada, el honorable Senador señor Errázu­riz formuló largas observacionrs relaciona­das con la política desarrolla(1a por. el 1'Ii­ni..··;terio de Agricu1tura, y de eUasi señor Prt'sidfmte, se desprende la absoluta nece­sidad que existe en que f',se .:\J1ínisterio des­arrolle una política perfectamente defini­da y coordinada, a fin de evitar así que la in­dustria agrícola se siga lencontl'an<lo 'entrega­da a las eventualida(h'l'l ea.sj ,;i('mpre desgra­ciadas que le depa,:'al1 lol' a(~ont('imientos n0

pll'evistos, y yo, pDr mi p'art'. de·seo desde e.'l­ta Cámara, no sólo im,istir sobre el parti­cular, sino hacer también alg"llna_~ eonside­raciones generales sobe polítiea agraria, no con el objeto de formular críticas tardías, sino con el de'seo que, dentro (11'1 sinnúmt'~ ro de problemas nacionales ellya importa.n­cia y solución l'NJuiel'E' la aÜ'neión de 106

poderes públicOlS, SI' le dé una y muy es­pecial preferencia a los pl'oblemasagríco­las, ya que es la agricultura la qUE' más Ilt'-cesita ,sentirse sometida a una política segura y rectilínea en la cual s€ lleve una orientación de bien marcados rumbos, que doé esa sensación de' seguridad ele marchar hacia el fin ,que sepel'sigue. La industria agrícola, señor Presidente, acaba de atrave­sar horas difíciles y años de crisis, y aho­ra que recién principia a convalecer, ne-­cesita no sentirs(' aJxmdonada a sus propiat> fuerza13, sino apoyada fuertemente por el Gobierno, como ocurre en todOtl los paises mejor organizados que el nuestro, y que, en materias agrícolas, han logrado un pro­greso bastante visible, pero gran parte de ('stc apoyo que con tanta insistencia se re­clama, se traduce en a1go qUf' está al al­cance de todo Gobierno y E'" la de seguir ul1a política continuada ~' metódica para las distintas ramas, a que la agricultura se d€'­dica, pero eoS evidente, Honorable Cáma­ra, que no se puede ni siquiera hablar 'de organiza~ión y de·' métod'o si 110 hay uni­dad en la dirección de la política agraria, a fin de que la re,sponsabílidad esté con­centrada en las manos del señor Ministro

del ramo, para que éste puooa desarrollar

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15.a SESIO~ EXTR.AüRJ)INARIA E~ JUEVES 2 D ENOVIEMBRE DE 1933 659

I un plan perfectamente compaginado y rol,,"

t6dico que responda al objetivo que se de­tir-a obtelle-r. Hoy día, señor Presidente, esa organización tan necetmria no pu¡>.de exis­tir. y de heeho existe una dr-sorganización totaL porque por una parte se pretende 6e­ñalar los rumbos desde- el ::\finisterio de Agricultura, mientras al mis1110 tiempo se señalan rumbos distintos desde €l Comisa­riato de Subsistencias, a qui~ll se le' deben pn gran parte los errores cometidos en po-lítü:a agraria. .

Volvif>nd(l, hOllorablt> Presidente, a la 11e­et~sidad de señalar una política definida, lo que desgraciadamt>nte no se ha realizado jamás, y a la llece.'iÍdad d= prote-ger al agri­pnlto]'. voy 1I ]'eferirmp a la indn¡;t1'ia de Ja fruticnltnl'a. l'll donde ha;'o' illy,'rtidos muchos millol1f>s de pelSos.

Hace- ya algún tiempo, Honorable Cáma­l'a, y si mal no recnterdo durante la lH'imf>-1'a Administración del Excelentísimo señor Alesliandri, sr comenzó a hacer én pI país y de parte del Gobierno esp~eiahm'nt~', una muy intell,s(l campaña en favor de la indllli­tria fnltícola, y recuerdo que s-e enviaron ('ümisionr-r; a los Estados Fnidos y a la He­pública Argelltina. C011 <,1 objeto clt' estu o

(liar todo lo que- coneierne eon e-stl' ramo de la agricultura, pero, drsgraeiadamente, este il1teré.~ tan mareado del Gobierno de aque 1 r-ntonce8, para orientar a 10.8 agricul­torefi hacia la fruticultvra, intE'rffi inspi­rado en r] mejor de- ]01' deseos. no sr' coor-' o.1nó con 106 hf'chos llamados a producirla.

No se <'ompl'ellcl(', sellar Pn:;iuf'nte, ha­bl"t, e1f' fnItieultnra , ... in que se est? pen:'tra' do elf' la nf'c<e·sidad vf'J'e1adr-l'ameTltt' prrlllio "a CjU;' existe f'll teJ1f'l' ?ll las di~tinta!'; zona." los frig-ol'Íficot< JWl~r¡"{ll'i()s, sin 1:'1l0~ 110 SI'

PUf>c!f rt'aliza.r. Honol'ablf' Cámara, en con­dicione;; mi" o l11d10S aceptable :,.<;t<l inclu;,­tria, e,s pues indisprllsable la ·coustl'ltcción di' frigorífieo". y asimÍi;mo f'1i indilSpPllsable 1:'1 a11lllE'l1to ele 101' earros fl'igol'Ífico-s. Para p]'o~Ci"'<ll' birH d;¡ro 111i" Obsel'YHl·iolles, d:oseo )'f'ferinue, sPllor Prr'."identp, a la imposibi-1idad (,Jl que I>e ,'llCnentran lluer;trO/; rxpOl'­tadol'rs d~' uya, por pjemplo, para podf'l' eme barcal' ""te producto "n los' "apore." elo\' la (trac'e> LinE'. Si 1->1:' des",¡ qur las uvas lleguf'lJ a lo:> l1lt'rc~do.o; de consumo rn buella.,; \'ondi­('jon~'s, no he pu{'de contar 'con qUé' ';'taR liopOl'ten mlÍ,.~ de dos días el'lcajonada.s, sin que Be depositen en el frigorífico. Pues bien

señor Pre.<;idente-, para eneajonar 5Q{t, c.ajo-

Hes ele uva se necesitan mii." (1 m€nos 200 operarios qu·c' e,.,tén limpialldo y ellcaj011an­do mientras'" otros 50 "* encargan de la re­colpcción dI' la fruta y del transporte de ella al ('rntro d~ empaquetadura; tenemos -e-n­tOl1ef'};, SellOl' Presidente, que pn tres días se

ha podido -l'llljlH(ll1<2tar 1,3DO cajoul'€ que debt'n eUyia.rflr a lo:,; yaperc''; de la Gra'ce Line. Sp compl'enderá fáeillllf'lltl:', Honorable C{llnara. <JllP ·"11 resultadu llU puede .<;er más pobJ'p. si s:' eOWiidera (11](' para el traut5por­te di" la In-a a los }<J.~taao,,, Pnido.'; no hay m~¡-; qiH' cnatl'O yapon'l-i r.1<' l'arrera perma­lIent(' porqllí' 1 .. " derná" no coinciclp.n con la q;;;raeiúll. En l'ambio, si hllbiPM'n frigorífi­C()'S lilIfieiente,". ',>l prodlletor. a '1'le me he rt'fprido por YÍ,¡ de r-jelllpJo. enviaría :!I fri­g'orífieo los ;)00 cajon!'s (liarias durante los 15 (1ía~ de' cliferell'('ia iJlle hay "I1111'e la llega­r.1a (11' U11 Y¡¡)lO], y el,> otro. Por lo df>más, Be­úo!' Pl'í"l'iid\'ntt', {'l'; algo qne nI), necesita de-· ll!(),..,.tI'al'Sl' t{lH' la inclll¡.;tl'ia d'l',l frigorífico ('ontritll,l/e a (l baratar la "ida. ya ({ne en el ilJyit'l'110 ¡-;il'yr para ~n11lrdal' 1 '2 ¡!nlllbI't', car-11('. ete.

POI' otl'a parte, sei'íor Pl't'."iclentp. se carE"-1',' 1'11 absoluto (le fletp., :' ('Dma nupstr:Y prü Cl\leei6n d\'.'Nta ('las!' (le prodne.tos de rx­pol"taeión ya l'ii·'tl1c1o ya bal'itante l'oMidera­bit'; hay neeesidad dr .SUbvPll('ional· a la .. ('oIl1paüÍa.s lla(·ionale:'\ o h"cpr cOlJyeniolS con las eompailías f'xtranjel'HS para. aumentar loo; fletf's. Esto!'; flf'Í:o¡; a. <¡up me vengo l'-e-.fi­ripndo /-ion tan (·I'il'aric.s, que 11lf' bastará de­cíl' '\ la !I(\llorublp Cám:ll'a que todos los flptt',~ ([ur ha~' aetualment'éi en las líneas per­man~'ntes a los Estados. Fniclos tif'l1en una' ('¡¡pacidad para I¡'¿'Yar el pr.,ducto de 150 ~lladras .Y PIJ t'J país ha~- J11i1r.~ de 'cuadra¡; plantada;;.

AC'tualnwnte hay cornioionista.<; que s-e, de­dican ¡¡ psta clase de Heg'ocios, contratando \'ap01'es :'+ipecialf'fi, pf'l'O f'8tO es difícil por fJH.C' l'('.~lllta illciedo pocLdes a,'!egurar el fl('tt' (~0l1lpleto, lo qut> no "iemprr se consi­gUí' y a;qul cabr consid!:'ral', :'Ieñor Presiden­tf', qw'! e.stc! relatin facilidad que ahora úl, limo ha existido para ·eontratar e6tos barcos (,/-i!wcial('<,; Sf' debf' a 1¡¡ enorme (·l'isi.s navi~· 1':1.

Por otra parte, .~eñor Presidente, la falta "\Ilorme de buques frIgoríficos ha produei­<lo ya ~u uno de nueStros rubl'o.'! más im­

. portante de exportación t'normes dañ"" y es "a birlo 'que el mel6n de expo.rtaei611, en ~1

660 CAMARA DE DIPUTADOS -'= ==~= =======',=-=----'--,--,"'--'-====

cual se fundaron grand€1S eSpel'anz,js, ha b­nido ahora menos demanda que en anos pa­sadOti y '1'110 se debe a que por falta d-e fle tes aprupiados ha debido?ltlbarcan-;e en va­pores eon bodegas ventiladas, pues en estos vapcl'{>s debe enviarse a m-edio madurar v por esta razón ha llegado a los mercados e-~l deficiente!' condiciones de madurez. lo qu{' ha, "i¡tllifíeado una rlisminución en la de­manda.

Ha,}" ntro.~ pro.c1u'ctob de exportación co' mo la luauzana, por (>j-emplo, que .,>e lleva mucho a Europa y debido a ú,>ta carencia de fktl'~ está ocurriendo que €ste ano se supone (1l1~ habrá unas 500,000 (lajas para e.xpoet:ll· y hasta ahora no ha. sido pC8ibl<:' contratar flete:::; para UIla cantidad mayor doe, 2ün.U{){} cajacs.

Vulyjendo a ins.istir UlJ poeo el] la 1leCC­

sidad dt· subvencionar a las compañías chi­lenas lle vapores o en la necesidad d-e con­tratar ron la:" ccmpañía.s extranjeras dit,{" señor Prfsiclentc, que fuera de la Grace Line hay una 601aeompaflía que hace e.sto.s fle.tes a los Estados Uuido& y cuya capacidad de.. tran6pOl'te es muy escasa.

Crt~o que eí 11 lo dicho <ju~cla de ma,nifies· to qU{' ¡;;i /;le, quiere dar un verdadero impul· so él nU2.':>tra illdw>tria frntíco,Ja, es indis' penS<l.bl,> que el Gobierno se preocupe de buscat' la manera ele aumentar 10t': transpor­tes y el," t'stablecel' frigoríficol'i en Los di~­

tinto~ pnert06 de embarque. ·Teng1o cllkn-dido, honorable Presidente.

que ?n Valparaíso ya hay mucho. adelant.ado sobl',> {sta materia y se cuenta C011 el local y lo;,; elementos más indispen.sables 'para ha­cer una ill"talación y aun con alguna c.all­tidad ele din-el'o no inferior a 4OO,{){¡Ü pesos. PUPti élS necesario disponer de 1.000,000 de pesos m<Í6, .v yo -espero que el Gobierno· to­mará 1'1 mayor interés pO/:>ible para que -esta obra quede pronto terminada..

Como dentro del escaso tiempo de que di,'l' pongo pa,ra hacer estas observaciones, no pue,d{' .t1'atarse a fondo una materia que de­bería estudiarse con más minuciosidad por el interés qu~ ella tiene para -el 'país, deseo solamente re'calcar la necesidad de manto€>­ner el servicio de Sanidad Vegdal, ya que la fn1ticultnra está constantemente amena' ~ada por ffilfermedades que existen en otro..s paít,;€s sudamericanos y que si llegaran has-·

ta aeá ce.n los medios sanitari06 que tene­mOti no he podrían librar nuestros hu-ertoo frutale¡-.; dd más completo de lOti desastres,

Al d·cljar formuladas estas observaciones, qu<: yo ruego a Su S2nOl'la se ¡,;irva trasmi­tir al señor Ministro del ramo, deseo. ooña­lar también la n~cesidad de que el'Gobierno dé a conocer a.l país la ·orientación que ,está dispuesto a seguir en 10 qu-e a política agra­ria Sp r,e.fiere. Ello t·raerá, sin duda, una s·en­sacióil de alivio a los a,gricultores que de· f-y€1an dedicame tranquilos a trabajar sus tierras, pero necesitan cuntar con la segu­ridad de que ~IlS esfuerzos no serán perdi, dos y que no vÚ'lverá a ocurrir ID que ya tod'os Ka bemos oc'urrió con la. cOllcesron de las gua­neras y con la ,oxportación de la, 'cebada, y con lo que ahora mismo -estlÍ oenrriendo con lo :que al trig(j se refiere.

La illch:Ml'ia agrícola llopllede {~star so-' metida a, continuos cambios, necesita para su uatura:l y normal de-sarl'ollo que se d<'1' filla una. política elara ~' precisa, a fin de qlW .tr'rmillen de U11a yez por touat-. estos con­tinuos vaivenes a: que la tiene sometida una política oscilante- porque si ello conti­lllla-ra no dude la Honorable Cámara que su l'esultado:scría funesto para la agricultura uaJCioual.

El seüor De la Jara (Vicepresidente).­Permítam:e honorable Diputado ...

Solicito. 21 acuerdo dli la Cámara )Ja,ra pro­lTog'ar la sesión por 10 minutos par.a que pueda. hacer uso de la palabra el honorable st;üor Huenchulláu.

Si le par-ece a la Cámara. o. Un .señor Diputado. - No hay acu~rdo. El señor Yrarrázava.l.-Terminaré en dos

o tres mintLt os mM ... El seno,r Huenchullán.-Sc1icito f'nton'ces,

qu·edar inscrito en prim-er lugar p8Jra la se­sión de mañana ...

El señor De la Jara (Vic-epresidente);­SDlicito el acuerdo de la. Cámara ...

Varios señores Dilputados.--'No, señor. . El señor De la Jara. (Vic-epresidente),­

No hay acuerdo. Se levanta la sesión. -Se levantó la sesión a 1.a.s 19.5 hM."aS.

A. Barra.za Alvarez, Jefe de la RMaeción ..