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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE LEONCIO PRADO 2017 PROF. PASCUAL BARRUETA TARAZONA DIRECTOR UNIDAD GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LEONCIO PRADO PROF. LUIS ALBERTO SOTO ALVARADO JEFE DE GESTIÓN INSTITUCIONAL OFICINA DE PLANIFICACIÓN TINGO MARÍA – PERÚ

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – MOF

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA UNIDAD

DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE LEONCIO PRADO 2017

PROF. PASCUAL BARRUETA TARAZONA

DIRECTOR UNIDAD GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LEONCIO PRADO

PROF. LUIS ALBERTO SOTO ALVARADO

JEFE DE GESTIÓN INSTITUCIONAL

OFICINA DE PLANIFICACIÓN

TINGO MARÍA – PERÚ

2

0

1

4

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN 2

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL UGEL LEONCIO PRADO 3

CUADRO ORGÁNICO DE CARGOS UGEL LEONCIO PRADO 4

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 5

Capítulo I: Contenido y alcance 5

Capítulo II: Naturaleza y fines 6

TÍTULO II DE LAS FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA 7

Capítulo I: De las funciones 7

Capítulo II: Estructura orgánica 9

TÍTULO III DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA UGEL LEONCIO PRADO 10

Capítulo I: Órgano de Dirección 10

Capítulo II: Órganos de Línea 15

Capítulo III: Órgano de Apoyo 29

Capítulo IV: Órgano de Asesoramiento 41

Capítulo V: Órgano de Control Institucional 43

Capítulo VI: Órgano de Participación 46

Capítulo VII: Órgano de Ejecución 48

TÍTULO IV DE LAS RELACIONES INSTITUCIONALES 49

INTRODUCCIÓN

El presente Manual de Organización y Funciones, es un documento normativo interno

de la Unidad de Gestión Educativa Local Leoncio Prado que dinamizará la eficiencia y

eficacia del sistema educativo; estableciéndose la organización y funciones de las

múltiples acciones que realiza el personal, en concordancia con el Decreto Supremo Nº

009-2005-ED que aprueba el Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo. En su

elaboración se ha tomado como referencia las orientaciones dadas por la Oficina de

Apoyo a la Administración de la Educación del Ministerio de Educación; con la finalidad

de lograr la Misión, Visión y objetivos orientados a brindar un servicio Educativo de

calidad en concordancia con las políticas del sector y los requerimientos de la

comunidad.

En su diseño se ha tenido en cuenta el Equilibrio Funcional, la Línea de Autoridad,

Responsabilidad y Coordinación para que éste sea un instrumento básico de Gestión

Institucional, Ágil, veraz, oportuno y concordante con la realidad educativa del ámbito

jurisdiccional. El Manual de Organización y Funciones como un documento normativo e

instrumento que orienta la acción administrativa, a partir de su estructura Orgánica,

aprobada por Resolución Ministerial N° 144-2001-ED; Organización y Funciones de las

Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local, aprobado

por Resolución Suprema N° 203-2002-ED y dentro del marco del Decreto Supremo N°

015-2002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales

de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local.

La Unidad de Gestión Educativa Local Leoncio Prado es un Órgano desconcentrado de

la Dirección Regional de Educación de Huánuco y proporciona el soporte técnico

pedagógico, institucional y administrativo a las Instituciones Educativas de su ámbito,

con la finalidad de asegurar el servicio educativo de equidad y calidad.

El presente es un documento normativo interno de la Unidad de Gestión Educativa

Local Leoncio Prado que dinamizará la eficiencia y eficacia del sistema educativo en la

Provincia de de Leoncio Prado; brindando un servicio y/o atención de calidad a los

Usuarios e Instituciones y Programas Educativos. Mediante éste documento se

potencializará el trabajo del recurso humano, asignándole funciones individuales y de

equipo, a cada uno de los integrantes de acuerdo al CAP estructural y organizacional,

con la finalidad de lograr los objetivos de Misión y Visión.

Consta de cuatro (04) títulos, Diez (10) capítulos; y cincuenta y cuatro (54) artículos;

asimismo comprende el organigrama de la estructura orgánica de la Unidad de Gestión

Educativa Local Leoncio Prado como Órgano desconcentrado del Ministerio de

Educación.

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

UGEL LEONCIO PRADO

DIRECCIÓN

CONSEJO PARTICIPATIVO DE

EDUCACIÓN

CEI

ESCUELA PROGRAMAS

CENTRO

BASE

COLEGIO CENTRO Y PROGRAMAS

EDUCATIVOS

ÁREA DE AUDITORIA

INTERNA

ÁREA DE

ADMINISTRACIÓN

ÁREA DE GESTIÓN

PEDAGÓGICA

ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL

ÁREA DE ASESORÍA

JURÍDICA

CUADRO ORGÁNICO DE CARGOS

UGEL LEONCIO PRADO

DENOMINACIÓN DE LOS CARGOS CARGO ESTRUCTURAL TOTAL

ÓRGANO DE DIRECCIÓN 05

Director del Programa Sectorial III Director 01

Especialista Administrativo I 01

Relacionista Público I 01

Técnico Administrativo I 01

Secretaria II 01

ÓRGANO DE LINEA

Área de Gestión Pedagógica 16

Director del Programa Sectorial II Jefe 01

Especialista en Educación 12

Asistente de Servicio de Educación y Cultura 01

Secretaria I 01

Área de Gestión Institucional 06

Director de Sistema Administrativo II Jefe 01

Planificador I 01

Estadístico I 01

Especialista en Finanzas I 01

Ingeniero I 01

Secretaria I 01

ÓRGANO DE APOYO

Área de Gestión Administrativa 13

Director de Sistema Administrativo II Jefe 01

Contador I 01

Tesorero I 01

Especialista Administrativo I 02

Asistenta Social I 01

Técnico Administrativo I 03

Secretaria I 01

Trabajador en Servicios II 03

ÓRGANO DE ASESORAMIENTO

Área de Asesoría Jurídica 02

Director de Sistema Administrativo II Abogado 01

Secretaria I 01

ÓRGANO DE CONTROL

Área de Auditoría Interna 02

Director de Sistema Administrativo II Auditor 01

Secretaria I 01

TOTAL CAP 43

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I

DEL CONTENIDO Y ALCANCES

Artículo 1°.- El presente Manual de Organización y Funciones, determina la

naturaleza, funciones, estructura orgánica y relaciones de la Unidad de Gestión

Educativa Local Leoncio Prado con el Ministerio de Educación, el Gobierno Regional de

Huánuco. La UGEL, es el Órgano Desconcentrado del Ministerio de Educación,

responsable del desarrollo Administrativo de la Educación en las Instituciones

Educativas y Programas de la Jurisdicción de la Provincia de Leoncio Prado; y depende

de la Dirección Regional de Educación de Huánuco.

Artículo 2°.- La Unidad de Gestión Educativa Local Leoncio Prado, es una

Organización Desconcentrada del Ministerio de Educación, creada por Resolución

Suprema N° 203-2002-ED; cuya finalidad es administrar el servicio educativo en las

Instituciones Educativas y programas en el ámbito de la provincia de Leoncio Prado;

dependiendo orgánicamente de la Dirección Regional de Educación de Huánuco y

administrativamente del Gobierno Regional Huánuco; ejerciendo la autoridad sobre las

Instituciones Educativas y programas que funcionen en su ámbito.

Artículo 3°.- El contenido del presente Manual de Organización y Funciones, deberán

cumplir todos los trabajadores de las diversas áreas y/u órganos de la Unidad de

Gestión Educativa Local Leoncio Prado.

Artículo 4°.- El presente Manual se sustenta en las siguientes normas legales

vigentes:

- Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

- Decreto Legislativo 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de

Remuneraciones del Sector Público” y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-

90-PCM.

- Decreto Ley N° 25762 - Ley Orgánica del Ministerio de Educación y su

modificatoria Ley N° 26510.

- Ley N° 28044 - Ley General de Educación y su Modificatoria Ley Nº 28302.

- Decreto Legislativo N° 1023, crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil.

- Decreto Supremo N° 007-2010-PCM, Aprueban Texto Único Ordenado de la

Normatividad del Servicio Civil.

- Decreto Supremo Nº 009-2008 – ED Reglamento de Gestión del Sistema

Educativo.

- Decreto Supremo N° 006-96-ED, Reglamento de Organización y Funciones del

Ministerio de Educación.

- Decreto Supremo Nº 015-2002-ED: Aprueban el Reglamento de Organización y

Funciones de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de

Gestión Educativa.

- Resolución Suprema N° 203-2002-ED Aprueban ámbito jurisdiccional,

organización interna y CAP de diversas Direcciones Regionales de Educación y sus

respectivas Unidades de Gestión Educativa Local. Resolución Jefatural Nº 095-95

INAP/DNR, aprueba Directiva Nº 001-95 -INAP/ DNR, “Normas para la

Formulación del Manual de Organización y Funciones”.

CAPÍTULO II

DE LA NATURALEZA Y FINES

Artículo 5°.- La Unidad de Gestión Educativa Local es una instancia de ejecución

descentralizada de la Dirección Regional de Educación de Huánuco, con autonomía en

el ámbito de su competencia. Depende orgánica y administrativamente de la Dirección

Regional de Educación de Huánuco y presupuestalmente del Gobierno Regional

Huánuco.

La Unidad de Gestión Educativa Local LEONCIO PRADO, es la responsable del logro de

la educación, garantiza la calidad de los servicios, supervisa, monitorea y evalúa el

cumplimiento de las acciones desarrolladas por las Instituciones Educativas de la

jurisdicción y depende de la Dirección Regional de Educación de Huánuco.

Proporciona el apoyo pedagógico, Institucional y Administrativo a las Instituciones

Educativas de su jurisdicción, para asegurar un servicio de calidad con equidad, en

cooperación con los gobiernos locales.

Artículo 6°.- Son fines de la Unidad de Gestión Educativa Local LEONCIO PRADO:

a) Fortalecer las capacidades de gestión pedagógica y administrativa de las

instituciones educativas para lograr su autonomía.

b) Impulsar la cohesión social; articular acciones entre las instituciones públicas y las

privadas alrededor del Proyecto Educativo Local; contribuir a generar un ambiente

favorable para la formación integral de las personas, el desarrollo de capacidades

locales y propiciar la organización de comunidades educadoras.

c) Canalizar el aporte de los gobiernos municipales, las Instituciones de Educación

Superior, las universidades públicas y privadas y otras entidades especializadas.

d) Asumir y adecuar a su realidad las políticas educativas y pedagógicas establecidas

por el Ministerio de Educación y por la entidad correspondiente del Gobierno

Regional.

TÍTULO II

DE LAS FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA

CAPÍTULO I

DE LAS FUNCIONES

Artículo 7°.- La Unidad de Gestión Educativa Local Leoncio Prado cumple las

siguientes funciones:

1) POLÍTICAS Y NORMATIVIDAD:

1.1 Difundir, orientar y supervisar la aplicación de la política y normatividad

educativa y local así como evaluar sus resultados.

1.2 Formular, ejecutar, evaluar y administrar las políticas locales de educación,

cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación de su jurisdicción y

contribuir en la formulación de la política educativa local.

1.3 Diseñar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Local y los programas de

desarrollo de la cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de su

jurisdicción, en concordancia con los Proyectos Educativos Regionales y con

el aporte, en lo que corresponda, de los gobiernos locales e instituciones de

la Sociedad Civil.

1.4 Orientar y evaluar los documentos de gestión, proyectos educativos

institucionales de las instituciones educativas públicos, privadas y de

convenio de su jurisdicción.

1.5 Formular proyectos para el desarrollo educativo local y gestionarlos ante las

instituciones de cooperación nacional e internacional.

2) PROVISIÓN DE SERVICIOS:

2.1 Asegurar y supervisar los servicios educativos que brindan las Instituciones

Educativas en su jurisdicción, preservando su autonomía institucional.

2.2 Promover y ejecutar estrategias y programas de alfabetización y otros

programas estratégicos en el marco de las políticas y programas nacionales

y regionales, de acuerdo con las características socio- culturales de cada

localidad.

2.3 Promover centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte así como

de deporte y recreación y brindar apoyo sobre la materia a los gobiernos

locales que lo requieran. Esta acción la realiza en coordinación con los

organismos públicos descentralizados de su localidad.

2.4 Coordinar con los gobiernos locales, universidades y otras instituciones

especializadas, públicas y privadas, el establecimiento de programas de

prevención y atención integral; así como, programas de bienestar social

dirigidos especialmente a la población escolar en situación de pobreza y de

extrema pobreza.

3) DESARROLLO PEDAGÓGICO:

3.1. Apoyar la medición de la calidad de la educación que ejecute la sede central

del Ministerio de Educación.

3.2. Promover innovaciones tecnológicas en las acciones de la educación, desde

la formulación, ejecución y evaluación de proyectos de investigación,

experimentación e innovación pedagógica buscando el mejoramiento de la

calidad del servicio educativo.

3.3. Promover la educación y diversificación del Diseño Curricular Nacional en los

diferentes niveles y modalidades educativos a nivel de Centro Educativo y de

aula. Asimismo, brindar el apoyo y monitoreo permanente que garantice la

aplicación del Diseño Curricular Nacional.

3.4. Adecuar el Diseño Curricular Nacional a la realidad geográfica, de

climatología y de los medios que se cuenta a favor de la educación.

4) DESARROLLO INSTITUCIONAL:

4.1 Apoyar la medición de la calidad de la educación que ejecute la sede central

del Ministerio de Educación.

4.2 Promover, asesorar y evaluar la formación y funcionamiento de redes

educativas como forma de cooperación, intercambio de experiencias exitosas

y ayuda mutua entre centros y programas educativos de su jurisdicción.

4.3 Fortalecer a las instituciones educativas, promoviendo su autonomía,

capacidad de innovación y funcionamiento democrático y la pertenencia a

redes con la participación de la sociedad.

4.4 Apoyar y modernizar el desarrollo y la adaptación de nuevas tecnologías de

información, comunicación y de la información para conseguir el

mejoramiento del sistema educativo con una orientación intersectorial.

4.5 Impulsar, organizar e implementar el Consejo Participativo de Educación, a

fin de generar acuerdos y promover la vigilancia ciudadana.

4.6 Identificar las necesidades de capacitación del personal docente y

administrativo, desarrollar programas de formación continua, así como

brindar facilidades para la superación profesional.

4.7 Suscribir convenios y contratos para lograr el apoyo y cooperación de la

comunidad nacional e internacional que sirvan al mejoramiento de la calidad

educativa en su jurisdicción, de acuerdo a las normas establecidas sobre la

materia.

4.8 Formular, programar y evaluar el presupuesto de la UGEL, con participación

del Consejo Participativo de Educación y las instituciones educativas y

gestionar su financiamiento, en coordinación con la Dirección Regional de

Educación de Huánuco y Ministerio de Educación.

5) ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL Y RECURSOS:

5.1 Brindar apoyo administrativo y logístico a las instituciones educativas

públicas de su jurisdicción.

5.2 Determinar las necesidades de infraestructura y equipamiento, así como

participar en su construcción y mantenimiento, en coordinación con el

gobierno local, regional e instituciones especializadas.

5.3 Ejecutar el presupuesto de la UGEL, con participación de las instituciones

educativas.

5.4 Asesorar en el proceso de ejecución del presupuesto anual de las

instituciones educativas.

5.5 Administrar los recursos humanos, materiales, financieros y patrimoniales a

su cargo, en concordancia con la normatividad establecida por los

respectivos sistemas administrativos.

5.6 Conducir el proceso de evaluación, ingreso y permanencia del personal

docente y administrativo, atendiendo los requerimientos y la participación de

las instituciones educativas.

5.7 Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia.

CAPÍTULO II

DE LA ESTRUCTURA ÓRGANICA

Artículo 8°.- La Unidad de Gestión Educativa Local Leoncio Prado tiene la siguiente

estructura orgánica:

ÓRGANO DE DIRECCIÓN

Dirección

ÓRGANOS DE LINEA

Área de Gestión Pedagógica

Área de Gestión Institucional

ÓRGANO DE APOYO

Área de Gestión Administrativa

ÓRGANO DE CONTROL

Área de Auditoría Interna

ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN

Consejo Participativo de Educación

ORGANOS DE EJECUCION

Instituciones Educativas

TÍTULO III

DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA UGEL LEONCIO PRADO

CAPÍTULO I

DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN

Artículo 09°.- Es responsable de dirigir la Unidad de Gestión Educativa Local Leoncio

Prado, en concordancia con las normas del Gobierno Regional de Huánuco y de la

Dirección Regional de Educación Huánuco y los lineamientos de política sectorial local

y regional, en acción directa hacia las Instituciones Educativas y Programas

Educativos. El titular de la UGEL es el funcionario con el mayor nivel jerárquico en su

ámbito, con autoridad y facultad para adoptar decisiones resolutivas y administrativas

de acuerdo a ley. El cargo es de confianza designado por la Dirección Regional de

Educación de Huánuco.

El Órgano de Dirección cuenta con un equipo responsable conformado por:

Artículo 10°.- Sus funciones generales son:

a) Orientar y supervisar la aplicación de la política y normatividad educativa e

implementar el proceso de mejoramiento continuidad de la calidad, equidad y

democratización del servicio educativo.

b) Conducir la formulación, ejecución y evaluación del proyecto educativo de la UGEL

- LEONCIO PRADO y los planes operativos anuales, en coordinación con el Consejo

Participativo de Educación; asimismo, aprobar el proyecto educativo y los planes

operativos anales.

c) Conducir e incrementar la productividad y eficiencia de los procesos de gestión

pedagógica, institucional y administrativa de las instituciones educativas a su

cargo.

d) Apoyar el proceso de descentralización de la gestión efectiva de las Instituciones

Educativas.

e) Suscribir convenios de cooperación y/o contratos con entidades públicas o

privadas, nacionales o internacionales, encaminados a mejorar la calidad de la

educación.

f) Evaluar permanentemente la gestión educativa de su ámbito, adoptando

oportunamente las acciones preventivas y correctivas pertinentes y presentar los

informes de su gestión a las instancias correspondientes.

g) Concertar con las entidades públicas y privadas de su ámbito, para ejecutar

programas de acción conjunta a favor de la educación, la ciencia y tecnología, la

cultura, la recreación y el deporte en su ámbito.

h) Organizar, ejecutar acciones de capacitación continua del personal de las

instituciones educativas, así como el personal de la sede institucional.

i) Conducir la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto y sus

modificaciones en coordinación con las instituciones educativas de su ámbito.

j) Implementar mecanismos de participación y vigilancia ciudadana para garantizar

una gestión transparente y equitativa.

k) Aplicar estrategias efectivas y pertinentes para disminuir drásticamente el

analfabetismo y apoyar los programas de organización multisectorial de

alfabetización.

l) Delegar funciones y atribuciones que faciliten y flexibilicen la descentralización de

la gestión educativa.

Artículo 11°.- Director del Programa Sectorial III

Tiene autoridad sobre todos los órganos de la Estructura Orgánica de la sede

administrativa y de las Instituciones Educativas Públicas y Programas Educativos de la

Unidad de Gestión Educativa Local Leoncio Prado.

Tiene como responsabilidad conducir a la Institución en forma adecuada y con

transparencia, en el marco de la Política Sectorial Local y Regional; con sujeción al

Código de Ética de la Función Pública y los Dispositivos. Para el mejor logro de su

gestión, se apoya en el Consejo Participativo de Educación y otros órganos de

participación y gestión.

Sus funciones son:

a) Coordinar y participar en la formulación de la Política Educativa Regional.

b) Dirigir y evaluar la formulación y ejecución de la Política Educativa, cultural,

deportiva y recreacional de acuerdo a su realidad; el Proyecto Educativo Local,

Planes Operativos y Proyectos Específicos; el Presupuesto institucional y de las

Instituciones Educativas; los Documentos de Gestión de carácter institucional y la

participación de la Comunidad en la Gestión Educativa, a través de sus órganos

pertinentes.

c) Preparar el Informe Anual de su Gestión informando sus resultados.

d) Administrar adecuadamente los recursos materiales, humanos y financieros

disponibles; priorizando las necesidades de las instituciones educativas, evitando

que no permanezcan cerradas o haya aulas desatendidas.

e) Gestionar ante el Gobierno Regional y Nacional, el financiamiento de plazas

docentes, administrativas y de auxiliares de educación; de bienes y servicios,

infraestructura y otros según corresponda.

f) Establecer y desarrollar medidas que contribuyan al fortalecimiento de la

Autonomía de las Instituciones Educativas a través de la Asignación de

presupuesto; el asesoramiento para el correcto cumplimiento de las facultades y

funciones de los directores; la participación de la Comunidad Educativa a través

de los Consejos Educativos Institucionales; el apoyo a las iniciativas, gestiones,

suscripciones de convenios dentro del marco jurídico; y la coordinación en lo

referente a movimientos temporales de su personal, a fin de no afectar el normal

desarrollo de las actividades educativas.

g) Dirigir las acciones de supervisión y monitoreo a las instituciones y programas.

h) Suscribir convenios y acuerdos de participación interinstitucional, multisectorial o

con el empresariado privado, que contribuyan al logro de los objetivos

estratégicos del Proyecto Educativo Local.

i) Autorizar con Resolución la creación, ampliación, fusión, reubicación, recesos,

reorganizaciones y otros de Instituciones Públicas y Privadas con excepción del

nivel Superior No Universitario.

j) Presidir el Comité de Coordinación Interna y el Comité de Participación Local,

dando las facilidades para el cumplimiento de las funciones de estos.

k) Firmar Resoluciones Directorales de su competencia.

l) Supervisar y evaluar el cumplimiento de las funciones y actividades que ejecutan

los equipos que pertenecen a la Dirección como órgano estructurado.

m) Autorizar acciones de contratos, nombramientos, rotaciones, destaques,

reasignaciones y permutas de personal docente y administrativo, de acuerdo a

Ley o sus Normas Específicas.

n) Velar por el ejercicio responsable del Principio de Autoridad y un Comportamiento

Ético, en la Entidad e Instituciones y Programas Educativos.

Perfil del Cargo:

- Título profesional Pedagógico o Licenciado en Educación.

- Ser miembro hábil del Colegio de Profesores del Perú.

- Experiencia laboral en cargos de gestión, jerárquicos o directivos.

- Capacitación especializada en el área.

Artículo 12°.- Especialista Administrativo I

Depende directamente del Director de la Unidad de Gestión Educativa Local Leoncio

Prado.

Sus funciones específicas:

a) Coordinar la implementación de los procesos técnicos del sistema administrativo

de Trámite documentario, Archivo y evaluar su ejecución.

b) Proponer Normas y Procedimientos Técnicos de su responsabilidad.

d) Efectuar estudios e investigaciones referentes a la aplicación del marco normativo

de las acciones de Trámite Documentario y emitir informes técnicos.

e) Coordinar la programación de actividades.

f) Participa en Exposiciones, Charlas relacionadas con su especialidad.

g) Dirigir, coordinar y controlar los procesos de trámite documentario y Archivos de

la sede institucional y de las instancias de gestión administrativa descentralizada.

h) Dirigir y supervisa la expedición de certificados de estudios de acuerdo a las actas

que obran en los archivos.

j) Promover y participar en coordinación con el Jefe de Área de Gestión Institucional,

en la Racionalización de procedimientos y trámites.

k) Coordinar con cada dependencia de la Dirección, sobre el correcto uso y

conservación de los expedientes que ingresan y salen.

l) Capacitar al personal en materia de trámite documentario y archivo.

m) Dirigir y controlar la conservación, custodia y depuración de la documentación

destinada al archivo de acuerdo a la normatividad vigente.

o) Realizar otras funciones de su competencia que le encargue el Director.

Perfil del Cargo:

- Título Profesional Universitario en Administración, Contabilidad, Economía,

Ingeniería Industrial, Licenciado en Educación.

- Experiencia y Capacitación en conducción de personal, abastecimiento,

contabilidad y/o trámite documentario según sea el caso.

- Conocimiento básico en computación e informática.

- Estar colegiado y habilitado

Artículo 13°.- RELACIONISTA PÚBLICO I (IMAGEN INSTITUCIONAL)

La oficina de Imagen Institucional está representado, por el Relacionista Público I.

Sus funciones específicas:

a) Mejorar la Imagen Institucional, proponiendo alternativas de un trato adecuado

al público y detectando áreas de atención crítica.

b) Establecer relaciones con los medios de comunicación masivos.

c) Procesar información inherente al Sector Educación para la prensa escrita,

radial y televisiva.

d) Organizar, ejecutar y conducir programas y acciones protocolares de la

Institución.

e) Organizar, producir y ejecutar actividades en los diferentes medios radio,

televisión y prensa escrita.

f) Elaborar spots audiovisuales, micro – programas o programas en radio y TV.

g) Organizar y llevar adelante exposiciones audiovisuales de la Institución.

h) Elaborar material gráfico Revistas, boletines, volantes, afiches, etc.), notas

informativas y documentos afines para medios de comunicación social.

i) Fortalecer las relaciones humanas entre el personal de la Institución y del

personal externo.

j) Organizar actividades de recreación, motivación, campeonatos, paseos,

reuniones, con el personal de la sede y demás trabajadores del sector.

k) Formulación de periódicos murales y otras formas de comunicación interna.

l) Dirigir las ceremonias y eventos protocolares organizadas por la Institución.

m) Fortalecer las relaciones humanas entre el personal de la Institución y del

personal externo.

n) Formulación de periódicos murales y otras formas de comunicación interna.

Perfil del Cargo:

- Título Profesional Universitario en Comunicaciones.

- Experiencia y Capacitación en conducción de personal y especialista en

comunicación social.

- Conocimiento básico en computación e informática.

- Estar colegiado y habilitado

Artículo 14°.- Técnico Administrativo I

Depende directamente de la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local.

Sus funciones específicas:

a) Distribuye los expedientes que ingresan a la Unidad de Gestión Educativa Local

Leoncio Prado.

b) Orienta al usuario sobre el proceso de gestión y estado de sus documentos en

trámite.

c) Efectúa el seguimiento de los expedientes que se procesan en las diferentes Áreas

de la UGEL.

d) Revisa, registra, enumera, fecha, coloca sellos y distribuye las Resoluciones

Directorales, que se emiten en la UGEL.

e) Archiva las autógrafas de las Resoluciones Directorales, que emite la UGEL,

llevando el correspondiente control.

f) Recepciona, registra, clasifica y deriva los expedientes para las diferentes áreas

de la UGEL.

g) Mantiene codificado, clasificado, empastado y en condiciones de seguridad los

originales de las Resoluciones y demás documentos archivados.

h) Mantiene estricta reserva acerca de las acciones y documentación emitida por la

UGEL.

i) Cuidar los bienes a su cargo, dando seguridad y conservación.

j) Elaborar la información estadística del trámite de los expedientes recibidos en la

UGEL en forma mensual, y efectuar las acciones correctivas a que hubiera lugar.

k) Realizar otras funciones de su competencia, que le encargue el Director.

Perfil del Cargo:

- Profesional Técnico Superior en carrera relacionada con la especialidad y/o área

en que se desarrolla (Personal, Contabilidad, Abastecimiento, Trámite

Documentario).

- Amplia Experiencia en labores técnicas de la especialidad y/o área en que se

desarrolla.

- Capacitación técnica en el área que se desarrolla.

Artículo 15°.- Secretaria II

Depende directamente de la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local Leoncio

Prado.

Sus funciones específicas:

a) Recepciona, registra, clasifica, y distribuye la documentación ingresada al

despacho del Director, así mismo prepara la documentación por remitir, a través

del técnico Administrativo.

b) Realiza el seguimiento y control de la documentación a su cargo, manteniendo

informado al Director de los asuntos de su competencia.

c) Organizar la agenda de actividades, concertar citas y reuniones de trabajo para el

personal de la dirección de acuerdo con sus indicaciones.

d) Redacta los documentos según las indicaciones del Director y presentarlas para la

firma del mismo.

e) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento del mobiliario, equipo y

acervo documental de la Dirección, así como mantener actualizado el inventario

correspondiente.

f) Requerir periódicamente, al área de Administración el suministro de materiales y

útiles de oficina, para el órgano de Dirección de acuerdo a sus necesidades.

g) Atender y mantener el control, sobre las comunicaciones Telefónicas.

h) Orientar e informar al usuario sobre la situación de la documentación que ingresa

a Dirección.

i) Organizar y mantener actualizado el archivo de la dirección, de acuerdo a las

normas vigentes, cuidando su seguridad, conservación y confidencialidad.

j) Archiva la documentación propia de la Dirección, ciñéndose a normas

establecidas.

k) Gestionar la reproducción de impresión de los documentos que sean requeridos

por el personal de la Dirección.

l) Atender y efectuar llamadas telefónicas, así como remitir y recepcionar

documentos vía facsímil, en cumplimiento de las actividades de la Dirección.

m) Mantener estricta reserva, de las acciones tratadas a nivel de Dirección.

n) Solicitar los pedidos de materiales y útiles de oficina, recepcionados, distribuidos y

cuidar su seguridad y control.

o) Realizar otras funciones de su competencia, que le encargue el Director.

Perfil del Cargo:

- Título de Secretariado Ejecutivo, otorgado por un Instituto Superior Tecnológico

autorizado de nivel superior.

- Diplomado Expedido por alguna Universidad Nacional y/o Privada.

- Experiencia en labores de secretariado.

- Capacitación en computación e informática.

- Capacitación Técnica Constantes.

CAPÍTULO II

DEL ÓRGANOS DE LÍNEA

Artículo 16°.- Los órganos de línea son los responsables del cumplimiento de las

funciones sustantivas de la Unidad de Gestión Educativa Local. Está conformado por:

- Área de Gestión Pedagógica.

- Área de Gestión Institucional.

ÁREA DE GESTIÓN PEDAGÓGICA

Es el responsable de la ejecución, supervisión de actividades y la coordinación técnica

pedagógica de su jurisdicción. Está conformada orgánicamente, por el Jefe del Área,

Especialistas en Educación y Secretaria; dependen jerárquicamente del Director de

Programa Sectorial II.

Artículo 17°.- Sus funciones generales son:

a) Adecuar la política y normatividad educativa nacional, en función de la realidad

socioeconómica y cultural de la zona; así como, orientar y supervisar su

aplicación.

b) Aplicar estrategias alternativas orientadas a mejorar la calidad de los servicios

educativos de los diferentes niveles y modalidades educativas.

c) Desarrollar programas de prevención y atención integral, así como programas de

bienestar social para los educandos de los centros y programas educativos en

coordinación con las Unidades de Gestión Educativa, los gobiernos municipales e

instituciones públicas y privadas especializadas, dirigidos especialmente a la

población en situación de pobreza y pobreza extrema.

d) Promover, elaborar y ejecutar, en coordinación con las Unidades de Gestión

Educativa, proyectos de innovación pedagógica y estrategias de alfabetización

acorde con las características socio culturales.

e) Apoyar y participar en los programas y proyectos de investigación e innovación

pedagógica promovidos por la Sede Central del Ministerio de Educación y otras

instituciones públicas y privadas.

f) Asesorar, monitorear y evaluar las acciones de diversificación y desarrollo

curricular en los diferentes niveles y modalidades educativas, en coordinación con

las Unidades de Gestión Educativa.

g) Impulsar la creación e implementación de centrales de recursos educativos y

tecnológicos que apoyen el proceso de aprendizaje.

h) Realizar programas de evaluación local y medición de la calidad educativa y

participar en las acciones de medición nacional de aprendizajes que ejecute la

Sede Central del Ministerio de Educación.

i) Realizar acciones de actualización y capacitación continua del personal

responsable de la gestión pedagógica en las unidades de gestión educativa y en

otras áreas de gestión que se implementen en su ámbito.

j) Elaborar proyectos de innovación educativa para captar recursos de la cooperación

técnica y financiera de la comunidad local, regional, nacional e internacional.

k) Emitir opinión técnica en aspectos de su competencia.

Artículo 18°.- Director de Programa Sectorial II Jefe de Área de Gestión Pedagógica. Tiene autoridad sobre el personal de su área,

especialistas, asistente y secretaria; depende directamente del Director de la Unidad

de Gestión Educativa Local Leoncio Prado.

Sus funciones específicas son:

a) Dirigir, coordinar y evaluar las actividades del área a su cargo a través del equipo

de especialistas de educación.

b) Elaborar, orientar y asesorar la adecuada aplicación de las normas y disposiciones

Técnico - Pedagógicas.

c) Promover y coordinar con otros sectores e instituciones el apoyo y/o la

participación de las actividades programadas.

d) Asesorar al Director de la UGEL en asuntos relacionados con el área de su

competencia.

e) Formular, controlar e informar el avance del Plan de Trabajo del Área.

f) Programar, coordinar y evaluar estudios en materia de tecnología educativa,

métodos y técnicas del proceso de Enseñanza - Aprendizaje.

g) Participar en las reuniones del Comité de Coordinación Interna.

h) Reemplazar al Director de la UGEL, en su ausencia.

i) Coordinar y evaluar la ejecución de acciones de capacitación y actualización

docente.

j) Evaluar las programaciones, aplicación de currículo, adecuación del calendario

escolar y el servicio educativo.

k) Participar en eventos relacionados con la naturaleza del área.

l) Representar al Director en actividades organizadas por las Instituciones

Educativas Públicas, a su solicitud.

m) Clasificar, conservar, custodiar las actas de evaluación de los Centros y Programas

Educativos que se tramitan en la UGEL.

n) Rectificar los certificados de estudios, con errores en los nombres y apellidos de

los estudiantes.

o) Visar los certificados de estudios, de todos los niveles y modalidades educativas

del ámbito de la UGEL.

p) Revisar y firmar los informes y demás documentos, que se elaboran en el área.

q) Visar las Resoluciones Directorales sobre asuntos de su competencia, que le sean

delegadas.

r) Asumir otras funciones que le sean asignadas por el órgano de Dirección.

s) Coordinar y orientar la formulación del Plan de Trabajo Institucional y el

Presupuesto de la UGEL.

t) Evaluar e informar sobre el avance y logro de los objetivos del Plan de Trabajo

Institucional y la ejecución presupuestaria de la UGEL.

u) Participar en la elaboración del Diagnóstico Educativo y en acciones de

investigación sobre planeamiento educativo.

v) Visar cuadro de distribución de horas de clase, de las Instituciones Educativas

Públicas.

w) Autorizar la creación, modificación, traslado, clausura, receso o reapertura de

centros y Programas Educativos Públicos y Privados, según corresponda.

x) Programar los requerimientos de infraestructura de las Instituciones Educativas

Públicas.

y) Revisar y firmar el estudio técnico sobre la distribución de plazas presupuestadas

de docentes y administrativos de las Instituciones Educativas Públicas.

z) Revisar y consolidar el compromiso anual.

aa) Brindar asesoramiento a las Instituciones Educativas y Programas Educativos,

para la elaboración y evaluación de sus respectivos proyectos, planes de trabajo y

documentos de gestión institucional.

bb) Elaborar el Presupuesto Analítico de Personal, en coordinación con el área de

Administración de la UGEL.

Perfil del Cargo:

- Título Profesional Pedagógico, o Licenciado en Educación.

- Pertenecer como mínimo al cuarto nivel magisterial.

- Capacitación especializada en el área.

- Experiencia en la conducción o Supervisión de Programas Educativos

Artículo 19°.- Especialista en Educación Inicial

Depende Jerárquicamente del Jefe de Área de Gestión Pedagógica.

Sus funciones son:

a) Programar, coordinar, y ejecutar las funciones a su cargo; informando a la

jefatura del área, los resultados, logros y dificultades.

b) Realizar las funciones de supervisión educativa y especializada, en los Centros de

Educación Inicial, Jardín de Niños; informando a la jefatura de su área.

c) Orientar, capacitar y asesorar en métodos, técnicas y estrategias de aprendizaje,

evaluación, en el uso adecuado de material educativo y otros.

d) Promover acciones de promoción y difusión del nivel Inicial.

e) Propiciar estrategias para el intercambio de experiencias educativas entre los

docentes para el mejoramiento del proceso de aprendizaje del nivel.

f) Analizar la problemática educativa en el nivel inicial, realizando las observaciones

y planteando sugerencias u observaciones.

g) Formular, ejecutar e informar su plan de capacitación, acompañamiento,

monitoreo y el de supervisión.

h) Promueve y asesora la ejecución de las innovaciones pedagógicas de investigación

y/o experimentación promovida por el Ministerio de Educación, Gobierno Local y

Regional.

i) Promueve, supervisa, coordina y evalúa el funcionamiento, y es responsable del

programa no escolarizado de educación inicial (PRONOEI), noema el proceso de

selección del personal ejecutor.

j) Promueve la participación de los padres de familia y profesores en la elaboración

de material educativo.

k) Vela por el cumplimiento del perfil del niño de 3, 4 y 5 años, respetando sus

derechos.

l) Planifica y organiza la conformación de Redes Curriculares y sus respectivos

grupos funcionales de Inter aprendizajes.

m) Incentivar el cumplimiento del calendario cívico mediante la programación de

acciones pedagógicas que promuevan el desarrollo de capacidades, de identidad

cultural, local, regional y nacional.

n) Verificar y orientar sobre las nóminas y actas de las Instituciones Educativas del

nivel Inicial.

o) Asesorar al personal docente y directivo de las Instituciones Educativas del Inicial

sobre el desarrollo del Plan Lector con estrategias propias del nivel Inicial.

p) Elevar informes bimestrales sobre el avance del Plan de Trabajo de su nivel y/o

modalidad.

q) Participar en la evaluación del Plan de Trabajo del Área.

r) Vela por el cumplimiento de las horas pedagógicas.

s) Es la jefa inmediato superior de la coordinadora de los PRONOEIs.

t) Realizar otras funciones de su competencia que le encargue el Jefe del Área de

Gestión Pedagógica e Institucional.

Perfil del Cargo:

- Título Pedagógico o de Licenciado en Educación, con Mención Educación Inicial.

- Contar con el III Nivel Magisterial.

- Experiencia en conducción o supervisión de programas y labores especializadas de

carácter educativo.

- Capacitación especializada en el área, especialidad o nivel educativo.

- Experiencia en la conducción de personal y administración educativa.

- Ser miembro hábil del Colegio de Profesores del Perú.

Artículo 20°.- Especialista en Educación Primaria Menores

Depende Jerárquicamente del Jefe de Área de Gestión Pedagógica.

Sus funciones son:

a) Planificar, organizar, coordinar, ejecutar y evaluar las acciones de monitoreo,

supervisión y seguimiento del aspectos Técnico - Pedagógico de educación

Básica, Regular, nivel primario.

b) Realizar las funciones de supervisión educativa general y especializada, en los

Centros y Programas e Instituciones Educativas Públicas del nivel primario.

c) Orientar, coordinar ejecutar y evaluar permanentemente acciones del nivel y

difundir el nuevo enfoque académico de metas de atención

d) Desarrollar y difundir el perfil de los planes y programas, métodos y técnicas de

enseñanza y aprendizaje.

e) Organizar, ejecutar y evaluar eventos de actualización y capacitación docente, de

acuerdo a los intereses de los profesores y necesidades del sistema educativo.

f) Elaborar informes técnicos y opinar en asuntos de su competencia.

g) Organizar y ejecutar jornadas Técnicos Pedagógicas de actualización y

capacitación dirigidas a directoras y docentes.

h) Realizar acciones de promoción y difusión del nivel primario en la modalidad de

menores, promoviendo la participación de la comunidad e institucionalizando

mejoras en la Gestión Educativa

i) Realizar la adecuación de los contenidos curriculares y demás documentos

pedagógicos y disposiciones educativas.

j) Analizar la problemática educativa, realizando las observaciones y planteando

sugerencias y/o soluciones.

k) Programar, coordinar y promover, las acciones de supervisión y monitoreo,

general especializada para las Instituciones Educativas.

l) Propiciar intercambio de experiencias educativas entre docentes, para el

mejoramiento del proceso educativo.

m) Brindar asesoramiento técnico pedagógico a los directores y docentes de las

Instituciones Educativas en la elaboración de los proyectos curriculares de la

institución; programaciones anuales, programaciones de corto alcance y

evaluación de acuerdo al nuevo enfoque

n) Proponer la adecuación del calendario cívico escolar.

o) Participar como coordinador y expositor de eventos de capacitación docente.

p) Realizar otras funciones afines, que sean encomendadas por el Jefe del Área.

Perfil del Cargo:

- Título Pedagógico o de Licenciado en Educación, en Mención Educación Primaria.

- Contar con III Nivel Magisterial.

- Ser miembro hábil del Colegio de Profesores del Perú.

- Experiencia en conducción o supervisión de programas y labores especializadas de

carácter educativo.

- Capacitación especializada en el área, especialidad o nivel educativo.

- Experiencia en la conducción de personal y administración educativa.

- Contar con el III Nivel Magisterial.

Artículo 21°.- Especialista en Educación Secundaria Menores

Depende Jerárquicamente del Jefe de Área de Gestión Pedagógica.

Sus funciones son:

a) Elaborar, adecuar e ¡implementar las normas y documentos técnico pedagógicos y

demás dispositivos de su competencia a las características locales y a las

necesidades educativas.

b) Supervisar y monitorear la aplicación de las políticas educativas aprobadas en el

ámbito nacional, regional, local y demás normas técnico pedagógicas en las

Instituciones Educativas de la jurisdicción.

c) Brindar asesoramiento y asistencia técnico pedagógico al personal directivo y

docente del nivel secundaria de! ámbito de la UGE Leoncio Prado.

d) Participar en las acciones de promoción de la investigación técnico pedagógico,

innovaciones educativas, experimentación e intercambio de experiencias

pedagógicas en los docentes.

e) Promover, orientar y asesorar a las Instituciones Educativas la adecuación de las

capacidades y contextualización de los conocimientos en la programación

curricular; así como en la producción de material didáctico.

f) Formular directivas, instructivos, informes, proyectos, cláusulas para convenios y

otros documentos de su competencia o responsabilidad.

g) Desarrollar y participar en programas locales, regionales y nacionales de

evaluación y medición de la calidad educativa.

h) Coordinar programar, ejecutar y evaluar las funciones a su cargo, dando cuenta a

la Jefatura del Área de Gestión Pedagógica, sobre los logros y resultados.

i) Diseñar y proponer sistemas de evaluación curricular, métodos, estrategias e

instrumentos pedagógicos acordes a la realidad local.

j) Promover, coordinar y evaluar el desarrollo de las acciones y programas

escolarizados y no escolarizados.

k) Promover la organización, funcionamiento y evaluación de las Redes Educativas

en su jurisdicción.

l) Programar, ejecutar y evaluar las acciones de supervisión general y especializada

a las Instituciones Educativas proponiendo las alternativas de solución.

m) Revisar y recepcionar las nóminas de matrícula, las actas de evaluación y de

recuperación de educación secundaria y canalizar su encuadernación y

archivamiento respectivo.

n) Participar en la distribución, supervisión, monitoreo y el uso adecuado del material

didáctico, bibliográfico y de laboratorio en las Instituciones Educativas.

o) Planificar, coordinar, promover y monitorear el desarrollo de las acciones técnicos

pedagógicos y administrativas para el cumplimiento de las normas del sector

educación en las Instituciones Educativas.

p) Promover la difusión de los contenidos de los programas de tutoría en la

comunidad educativa, a través de la sensibilización y capacitación docente.

q) Promover y fortalecer en los padres de familia el compromiso en la I.E. y

participación en el logro do los aprendizajes de sus hijos.

r) Formular informes técnicos pedagógicos y proyectar resoluciones de su

competencia.

s) Propiciar en los estudiantes y docentes el uso responsable de las TIC y las nuevas

tecnologías.

t) Participar en eventos culturales, deportivos y científicos convocadas por el MED u

otras instancias.

u) Participar en la formulación del Plan Operativo del Área de Gestión Pedagógica e

Institucional.

v) Realizar las funciones de supervisión educativa general y especializada, en las

Instituciones Educativas Públicas del nivel y modalidad a su cargo.

w) Sugerir la racionalización de plazas docentes y otros recursos, como resultado de

las acciones de supervisión y monitoreo de metas de atención.

x) Conducir, asesorar, monitorear y evaluar la aplicación del Diseño Curricular

Nacional y su diversificación; metodología y técnicas de aprendizaje; y evaluación

del Aprendizaje.

y) Organizar, ejecutar y evaluar eventos de actualización y capacitación docente, de

acuerdo a los intereses de los profesores y necesidades del sistema educativo.

z) Elaborar informes técnicos y opinar en asuntos de su competencia.

aa) Realizar acciones de promoción y difusión del nivel secundario de la modalidad de

menores; promoviendo la participación de la comunidad e institucionalizando

mejoras en la Gestión Educativa.

bb) Realizar la adecuación de los contenidos curriculares y demás documentos

pedagógicos.

cc) Dirigir, coordinar, apoyar y/o promover estudios de investigación pedagógica.

dd) Analizar la problemática educativa, realizando las observaciones y planteando

sugerencias y/o soluciones.

ee) Orientar y monitorear la aplicación de las Normas Pedagógicas del nivel y propone

sus adecuaciones.

ff) Participar o apoyar en el tratamiento de la problemática del educando de

secundaria.

gg) Dirigir y participar en las acciones de supervisión y monitoreo a las instituciones

educativas públicas y privadas del ámbito de la UGEL de Leoncio Prado.

hh) Propiciar el intercambio de experiencias educativas entre docentes, para el

mejoramiento de la Gestión Educativa y Logro de los Aprendizajes.

ii) Integrar la Comisión de Aprobación de Cuadro de Horas Lectivas a nivel de UGEL

de Leoncio Prado.

jj) Participar y apoyar en actividades como Campañas Educativas, Festivales, etc.

kk) Brindar asesoramiento a los Consejos Estudiantiles y Consejos Educativos

Institucionales.

ll) Participa como coordinador y expositor de eventos de capacitación docente.

mm) Realizar otras funciones afines, que les sean encomendadas por el Jefe del

Área.

Perfil del Cargo:

- Título Pedagógico o de Licenciado en Educación con mención en Educación

Secundaria.

- Contar con el III Nivel Magisterial.

- Ser miembro hábil del Colegio de Profesores del Perú.

- Experiencia en conducción o supervisión de programas y labores especializadas de

carácter educativo.

- Capacitación especializada en el área, especialidad o nivel educativo.

- Experiencia en la conducción de personal y administración educativa.

Artículo 22°.- Especialista en Promoción Comunal, Alfabetización y Educación

de Adultos

Depende Jerárquicamente del Jefe de Área de Gestión Pedagógica.

Sus funciones son:

a) Programar, coordinar y ejecutar las funciones de supervisión del nivel primaria y

secundaria de adultos y CEO. Brindando información a la Jefatura del área, de los

resultados, de los logros y dificultades.

b) Realizar las funciones de supervisión educativa general especializada, en las II.EE.

Del nivel, modalidad Primaria y Secundaria de Adultos y CEO. Alcanzando

información al Jefe de su Área.

c) Orientar y asesorar a los Docentes y Directores de la Jurisdicción de la UGEL de

Leoncio Prado, en aspectos técnicos pedagógicos, en planes y programas,

programación curricular, métodos y técnicas de enseñanza y aprendizaje,

evaluación, material educativo y otros, según nivel y modalidad educativa.

d) Participar en acciones de actualización y capacitación docente.

e) Realizar la adecuación de los contenidos curriculares y orientar la diversificación

curricular y la contextualización de capacidades.

f) Participar en acciones de implementación técnica, para un mejor desempeño de

las funciones individuales y grupales.

g) Analizar la problemática educativa de su contexto, responsabilidad, realizando el

diagnóstico para las observaciones y sugerencias viables de solución.

h) Realizar acciones de promoción y difusión del nivel, modalidad o proyecto a su

cargo, comprometiendo la participación de la comunidad e instituciones en la

gestión educativa.

i) Participar en las reuniones de carácter técnico pedagógico, asumiendo las

responsabilidades que se deriven de los acuerdos, salvo que deje constancia

escrita de su oposición.

j) Elaborar informes técnicos y opinar en asuntos de su competencia.

k) Orientar y asesorar al personal directivo, docente, padres de familia y ex -

alumnos de las Instituciones Educativas.

l) Participar como coordinadores y expositores en eventos de capacitación docente.

m) Mantiene actualizado la documentación técnico pedagógico y administrativo de su

responsabilidad.

n) Es el responsable del programa de Alfabetización y post Alfabetización.

o) Realizar otras funciones análogas al cargo, que le asigne el jefe del área.

Perfil del Cargo:

- Título Pedagógico o de Licenciado en Educación y/o Profesor que incluya estudios

relacionados con la especialidad.

- Contar con el III Nivel Magisterial

- Experiencia en conducción o supervisión de programas y labores especializadas de

carácter educativo.

- Capacitación especializada en el área, especialidad o nivel educativo.

- Experiencia en la conducción de personal y administración educativa.

Artículo 23°.- Asistente de Servicio de Educación y Cultura

Depende Jerárquicamente del Jefe de Área de Gestión Pedagógica.

Sus funciones son:

a) Formular, Ejecutar, y Evaluar por nivel educativo el Plan Anual de Trabajo, el Plan

de Capacitación, y el Plan de Supervisión, y Acompañamiento del Área de Gestión

Pedagógico.

b) Elaborar e interpretar cuadros estadísticos y resúmenes variados.

c) Participar en comisiones y/o reuniones sobre Educación y Cultura.

d) Organizar y ejecutar actividades de Educación y Cultura.

e) Llevar a cabo los Juegos Florales Artísticas Escolares, con la participación de

alumnos de las II.EE. Públicas y Privadas del ámbito de la UGEL.

f) Coordinar la aplicación del Programa de Promoción y Defensa del Patrimonio

Cultural en las II.EE. de la jurisdicción de la UGEL.

g) Cordinar la ejecución del “Programa Recreativo de Vacaciones″, en las II.EE.

seleccionadas por la UGEL.

h) Estar a cargo de la coordinación general de los concursos Nacionales de

Argumentación y Redacción en el ámbito de la UGEL.

i) Representar al Director de la UGEL, en algunos eventos Educativos, y Culturales,

organizados por la Municipalidad, Gobernación, Centro de Salud, etc.

j) Elaborar y consolidar Horas Efectivas de Trabajo Pedagógico en las Instituciones

Educativas.

p) Realizar otras funciones análogas al cargo, que le asigne el jefe del área.

Perfil del Cargo:

- Título Pedagógico o de Licenciado en Educación y/o Profesor que incluya estudios

relacionados con la especialidad.

- Contar con el III Nivel Magisterial

- Experiencia en conducción o supervisión de programas y labores especializadas de

carácter educativo.

- Capacitación especializada en el área, especialidad o nivel educativo.

- Experiencia en la conducción de personal y administración educativa.

Artículo 24°.- Secretaria I

Depende Jerárquicamente del Jefe de Área de Gestión Pedagógica.

Sus funciones son:

a) Recibe, clasifica, registra, distribuye, controla y archiva la documentación que

ingresa o se genera en la Dirección de Gestión Pedagógica.

b) Orienta al público acerca de la gestión y situación del Expediente de su petición.

c) Redacta y revisa la documentación que le asigna el Director de Gestión

Pedagógica.

d) Atiende la comunicación telefónica y recibe a las personas que solicitan entrevista

con el Director.

e) Mantiene actualizado el inventario físico y archivo de la Dirección de Gestión

Pedagógica.

f) Lleva la agenda de reuniones del Director y registra fas audiencias.

g) Vela por la seguridad, conservación y mantenimiento de los bienes a su cargo y de

la Dirección de Gestión Pedagógica.

h) Realiza acciones de coordinación, distribución y control del material de Oficina.

i) Realiza las demás funciones que se le asigne.

Perfil del Cargo:

- Título de Secretariado Ejecutivo, otorgado por un Instituto Superior Tecnológico

autorizado de nivel superior.

- Experiencia en labores de secretariado en el área – un año y medio.

- Capacitación en computación e informática.

ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL

Es el responsable de planificar, organizar, dirigir y evaluar los asuntos relacionados

con la formulación del presupuesto, proyectos y planes estratégicos de la Unidad de

Gestión Educativa Local, así como aspectos de gestión, fortalecimiento institucional,

estadística, racionalización e infraestructura educativa.; jerárquicamente depende del

Director de Sistema Administrativo II.

Artículo 25°.- Sus funciones generales son:

a) Adecuar la política y normatividad del Sector Educación en materia de gestión

institucional a las particularidades regionales; así como, orientar y supervisar su

aplicación.

b) Elaborar el plan estratégico regional y otros instrumentos de gestión institucional

que orienten el desarrollo integral de la educación fomentando su calidad y

equidad.

c) Elaborar estudios técnicos para autorizar la creación, modificación, traslado,

clausura, receso y reapertura de instituciones superiores no universitarias y

academias, en base a la normatividad vigente y a los estudios presentados por los

interesados.

d) Promover y realizar la actualización y capacitación continua, en gestión

institucional, del personal directivo, profesional y técnico que cumple funciones en

esta área.

e) Utilizar indicadores para la evaluación y medición de la eficiencia de la gestión

regional, de la Unidad de Gestión Educativa y centros y programas educativos.

f) Elaborar proyectos de modernización de la gestión y equipamiento para captar

recursos de la cooperación técnica y financiera a nivel local, regional, nacional e

internacional.

g) Orientar y asesorar la elaboración, ejecución y evaluación de los planes

estratégicos institucionales de la Unidad de Gestión Educativa y centros y

programas educativos a su cargo.

h) Elaborar el presupuesto anual de la UGEL y realizar sus modificaciones, sobre la

base de objetivos y metas regionales y locales, con participación de las Unidades

de Gestión Educativa y los centros y programas educativos.

i) Identificar la necesidad real de plazas docentes y administrativas en función a la

demanda de la población escolar y sustentarla ante el órgano regional

competente, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Economía y Finanzas.

j) Racionalizar en forma efectiva los recursos materiales, físicos, financieros y de

personal, utilizados en la prestación de los servicios educativos, a fin de lograr

mayor equidad en su distribución.

k) Elaborar las estadísticas educativas y construir los indicadores que definan la

calidad y pertinencia del servicio, utilizando los modernos sistemas de

información.

l) Dotar progresivamente de tecnología y cultura digital a las diversas instancias de

gestión educativa en su ámbito, a fin de mejorar su desempeño institucional.

m) Identificar y sistematizar las necesidades de infraestructura, mobiliario y

equipamiento de los centros y programas educativos, especialmente en las zonas

más desatendidas, y solicitar su atención al Ministerio de Educación.

n) Mantener actualizado el margesí de bienes inmuebles de su ámbito territorial,

efectuando el saneamiento físico-legal de aquellos que lo requieran, en

coordinación con el órgano competente de la Sede Central del Ministerio de

Educación.

o) Difundir, ejecutar y supervisar normas orientadas para una adecuada construcción

y mantenimiento de los locales escolares, en coordinación con la comunidad y el

órgano competente del Ministerio de Educación.

p) Supervisar y dar mantenimiento a las instalaciones de los centros educativos, y

comunicar, al finalizar el primer semestre de cada año, a la Sede Central del

Ministerio de Educación el estado de la infraestructura.

Artículo 26°.- Director de Sistema Administrativo II

Jefe de Área de Gestión Institucional. Tiene autoridad sobre el personal de su área,

planificador, especialistas y secretaria; depende directamente del Director de la UGEL

LEONCIO PRADO.

Sus funciones son:

a) Brindar asesoramiento a la Dirección de la UGEL, para una adecuada toma de

decisiones, proporcionando la información necesaria, sobre aspectos relacionados

a los sistemas de su responsabilidad.

b) Proponer, Organizar y planificar las acciones inherentes al Área de Gestión

Institucional, fomentando la eficiencia y el trabajo en equipo.

c) Coordinar y orientar la formulación, Programación y evaluación del presupuesto de

la UGEL.

d) Coordinar y orientar la formulación y evaluación del Plan Operativo Institucional

de la UGEL.

e) Coordinar y orientar la ejecución de las acciones de racionalización, así como la

identificación y verificación de la oferta y demanda educativa.

f) Promover y conducir las acciones de asesoramiento a los Directores de las

Instituciones Educativas, en cuanto al Proyecto Educativo Institucional, su

articulación con el Plan de Trabajo y la Programación Curricular de la Institución

Educativa.

g) Analizar y asesorar la formulación de los Cuadros para Asignación de Personal de

la UGEL, Instituciones y Programas Educativos.

h) Promover y Orientar el diseño y la Racionalización de funciones, estructuras,

cargos y procedimientos.

i) Revisar y visar los informes técnicos y los proyectos de normas y demás

documentos que se procesan en el Área a su cargo.

j) Visar los proyectos de Resolución que implican modificación del presupuesto.

k) Revisar y consolidar el compromiso anual.

l) Dirigir y difundir la estadística oficial; así como los indicadores necesarios para el

mejoramiento de la gestión educativa.

m) Informar trimestralmente a los órganos inmediatos del sector sobre el avance del

Plan Operativo de la UGEL.

n) Realizar otras funciones de su competencia que le encargue el Director de la

UGEL.

Perfil del Cargo:

- Título Profesional en Administración, Economía o Contabilidad, de acuerdo a los

sistemas que maneja.

- Estar habilitado y colegiado.

- Contar como mínimo de cinco (10) años de experiencia en el sector público y en

las funciones que se desarrolla en este cargo.

- Capacitación y experiencia en Gestión Publica.

Artículo 27°.- Planificador I

Es responsable de las actividades de Planeamiento Educativo. Depende

jerárquicamente del Jefe de Área de Gestión Institucional.

Sus funciones son:

a) Diseñar, dirigir y consolidar la formulación de los siguientes instrumentos de

gestión, en coordinación con Dirección y el Área Gestión Pedagógica como son el

Proyecto Educativo Local o Plan Estratégico; Plan Operativo Institucional y/o

Planes de trabajo específicos; Plan General de Capacitación en Gestión

Institucional; Proyectos Innovadores en Gestión Institucional y otros.

b) Participar y proponer sugerencias en la formulación del Presupuesto de la Entidad,

el Presupuesto Analítico de Personal – PAP – Cuadro Para Asignación de Personal

(CAP), y otros documentos relacionados con Planificación.

c) Coordinar con la Comisión de Racionalización las propuestas de ampliación del

Servicio Educativo, como la ubicación de plazas docentes y administrativas;

teniendo en cuenta el estudio de necesidades.

d) Asesorar y monitorear a los Directores de las Instituciones Educativas en la

formulación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional (PEI), Plan Anual de

Trabajo, Proyectos Innovadores en Gestión Institucional, etc., buscando concordar

con el Proyecto Educativo Local y; preservando su autonomía institucional.

e) Evaluar e informar sobre el avance y cumplimiento de objetivos y metas y el

avance de la ejecución presupuestal.

f) Analizar y elaborar informe de las acciones de la medición de la calidad de la

educación que realiza el equipo de estadística.

g) Emitir opinión técnica, brindar asesoramiento, absolver consultas y preparar

información sobre asuntos de su especialidad.

h) Promover y participar en la formulación y evaluación de proyectos de cooperación,

convenios y contratos con fines educativos de acuerdo a las normas legales

vigentes.

i) Efectuar estudios de investigación sobre oferta y demanda educativa, en

coordinación con los responsables de estadística y racionalización.

j) Difundir y orientar la aplicación de las Normas y documentos de Planificación.

k) Integrar Comisiones relacionadas con sus funciones y otras que le asignen.

l) Participar en acciones de capacitación, supervisión y monitoreo. Así mismo en la

elaboración y evaluación de metas educativas

m) Preparar documentos de orientación como: Separatas, trípticos, Guías, etc.

n) Procesar y consolidar el Padrón de Instituciones Educativas de la UGEL Leoncio

Prado, por niveles y modalidades.

o) Realizar las demás funciones afines al cargo, que le asigne el jefe de área.

Perfil del Cargo:

- Título Profesional Universitario en Economía.

- Colegiado y Habilitado.

- Capacitación y experiencia en acciones de Planeamiento Educativo.

- Experiencia en conducción de personal.

- Experiencia como mínimo de cinco (05) años en el sector público.

- Capacitación y Experiencia en Gestión Pública.

Artículo 28°.- ESTADÍSTICO I

Depende jerárquicamente del Jefe de Área de Gestión Institucional, es responsable de

la información estadística para la remisión al Ministerio de educación.

Sus funciones son:

a) Procesar y consolidar el Padrón de Centros, Programas e Instituciones Educativas

de la Unidad de Gestión Educativa Local, clasificándolos por niveles, modalidades

y formas educativas. El Padrón se actualiza anualmente.

b) Producir, mantener actualizado y difundir la información estadística de la

jurisdicción, garantizando su validez y oportunidad de acuerdo a las normas

vigentes.

c) Elaborar boletines, cuadros y otros documentos con información estadística

necesarias para la toma de decisiones.

d) Emitir opinión técnica y participa en el cálculo, elaboración y evaluación de las

metas educacionales.

e) Realizar estudios estadísticos para la toma de decisiones.

f) Participar en la elaboración de la carta educativa de la Unidad de Gestión

Educativas Local en coordinación con el Planificador I y el Ingeniero I.

g) Preparar informes y demás documentos técnicos e instrumentos referidos al área

de su competencia.

h) Colaborar en los procesos de formulación y evaluación del Plan de Trabajo

Institucional, asi como en el proyecto de presupuesto.

i) Cumplir las demás funciones que le asigne el Jefe de Gestión Institucional.

Perfil del Cargo:

- Título Profesional Universitario en Economía y estadística.

- Estar habilitado y colegiado.

- Capacitación en el Sistema de Información de apoyo a la Gestión de las

Instituciones Educativas-SIAGE.

- Manejo del Web declaración de Gastos.

- Manejo de la Estadística Online y el SIEMED.

- Contar como mínimo de cinco (05) años de experiencia en el sector público y en

las funciones que se desarrolla en este cargo.

Artículo 29°.- Especialista en Finanzas I

Depende jerárquicamente del Jefe de Área de Gestión Institucional, es responsable de

la formulación y control de la ejecución del presupuesto.

Sus funciones son:

j) Formular, evaluar y controlar el Presupuesto de la UGEL Leoncio Prado y proponer

modificación presupuestal mensual que fueran necesarios, en coordinación con el

Área de Administración.

k) Elaborar y revisar proyectos de resolución sobre modificaciones presupuéstales en

coordinación con el Área de Administración.

l) Formular el Presupuesto Analítico de Personal de la UGEL, en coordinación con

Planificación, Racionalización y Personal.

m) Participar en la formulación del Cuadro Para Asignación de Personal de la Entidad

y de las Instituciones Educativas.

n) Propuesta de las modificaciones presupuestarias al pliego y brindar las

orientaciones técnicas correspondientes.

o) Efectuar el Costeo de las PEAS por Régimen Laboral.

p) Brindar asesoramiento técnico a las Instituciones Educativas, en lo referente a la

Recaudación y Administración de los Recursos Directamente Recaudados, de

elaboración del Cuadro de Horas y otros.

q) Emitir opinión técnica e informar sobre asuntos de presupuesto y afines, conforme

a las normas y dispositivos vigentes.

r) Dotar de presupuesto a las Instituciones Educativas y Programas Educativos.

s) Participar en las comisiones de trabajo de la UGEL, que le sean asignados.

t) Atender a los Directores de las Instituciones Educativas Públicas, de la jurisdicción

de la UGEL, la problemática referente a la Recaudación y Administración de los

Recursos Directamente Recaudados en dichas Instituciones Educativas

u) Participar en la comisión de aprobación de cuadro de horas.

v) Atender los expedientes y a los Directores de la Instituciones Educativas Públicas,

en asuntos relacionados a la problemática de cuadro de horas.

w) Revisar los proyectos de resoluciones que implique afectación presupuestaria.

x) Emitir oficios, informes y opinión en asuntos presupuestarios y de expedientes.

y) Difundir y orientar la aplicación de las Normas de carácter financiero.

z) Brindar asesoramiento en asuntos de competencia.

aa) Preparar los documentos de control y evaluación de metas del presupuesto.

bb) Otras funciones que le asigne el jefe del área.

Perfil del Cargo:

- Título Profesional Universitario en Economía, Administración y Contabilidad.

- Estar habilitado y colegiado.

- Capacitación especializada en el Sistema de Presupuesto.

- Experiencia en desarrollo y conducción de actividades financieras.

- Experiencia en Presupuesto y Manejo del SIAF – SP – MPP como mínimo cinco

(05) años en el sector público.

- Contar como mínimo de cinco (05) años de experiencia en el sector público y en

las funciones que se desarrolla en este cargo.

Artículo 30°.- Ingeniero I

Depende jerárquicamente del Jefe de Área de Gestión Institucional, es responsable de

las actividades de Estadística de Sistema Educativo.

Sus funciones son:

a) Elabora, actualiza procesa y consolida las estadísticas en forma continua del

ámbito provincial, efectúa las consolidaciones respectivas a nivel de Dirección

Regional, Gobierno Regional y Ministerio de Educación, garantizando su validez y

oportunidad de acuerdo a las normas vigentes.

b) Participa en la elaboración y evaluación de metas educativas.

c) Propone procesos de racionalización e incremento de plazas en las diferentes

Instituciones Educativas y las Normas Técnico Pedagógico de Desarrollo de las

Actividades Educativas que se aprueban en forma anual.

d) Mantiene actualizado el Registro de los Centros, programas e Instituciones

Educativas de la Jurisdicción, por niveles, modalidades y formas educativas.

e) Diseña y adecua instrumentos de captación y elabora dispositivos que orienten la

producción de información estadística (Talla, sexo, peso, y otros datos de los

educandos)

f) Elabora boletín de información estadística de la UGEL, cuadros y otros

documentos con información estadística necesaria para la toma de decisiones.

g) Evalúa y supervisa el desarrollo de las labores educativas (Asistencia e

Inasistencia, Retiro, Traslado y Deserción) escolar que se manifiestan en las

diferentes Instituciones Educativas, viendo sus causas, recomienda las mejoras.

h) Efectúa la coordinación con Escalafón los Censos Anuales de Personal Activo de la

UGEL - LEONCIO PRADO con respecto a su profesionalización, Cargos, Record de

Licencias.

i) Participa en la Elaboración de la carta educativa de la UGEL.

j) Participa en las acciones de la medición de la calidad de la educación.

k) Brinda asesoramiento a los Directores de los centros Educativos en la elaboración

de la estadística.

l) Elaborar, procesar, actualizar, analizar y consolidar las estadísticas de la población

estudiantil del ámbito de la UGEL, según su cantidad por aula, institución

educativa, rendimiento, edad y otros. También con relación al personal directivo,

docente y de servicio.

m) Analiza e interpreta cuadros estadísticos sobre tendencias, comparaciones e

índices de correlación, para la toma de decisiones.

n) Actualiza en forma permanente la estadística del Sistema SIRA.

o) Realiza otras funciones de su competencia, que le asigne el Jefe de Área.

Perfil del Cargo:

- Título Profesional Universitario en Ingeniería Civil.

- Contar como mínimo de cinco (05) años de experiencia en el sector público y en

las funciones que se desarrolla en este cargo.

- Capacitación técnica en el área que se desarrolla.

- Habilitado y colegiado.

Artículo 31°.- Secretaria I

Depende jerárquicamente del Jefe de Área de Gestión Pedagógica e Institucional,

Sus funciones son:

a) Recepcionar, registrar, clasificar y distribuir la documentación recibida y la que se

genera en el área.

b) Preparar la documentación para el despacho, con el Jefe del Área y/o con el

Director de la UGEL, cuando fuere necesario.

c) Realizar el seguimiento y control, e informa sobre la documentación que se genera

en el área.

d) Redactar y digitar la documentación, que le asigne el jefe del Área.

e) Llevar la agenda de reuniones del jefe de Área.

f) Recibir, orientar e informar al público usuario, sobre la situación de la

documentación que se tramita en el área.

g) Mantener actualizado el archivo del área, de acuerdo a las normas

correspondientes.

h) Coordinar la impresión de documentos y demás materiales que se elaboran en el

área.

i) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento de los bienes (mobiliario,

equipos, documentos y otros) del área y llevar el inventario respectivo.

j) Llevar el control de distribución, de los materiales asignados al área.

k) Transcribir las normas específicas que corresponden al área, emitidas por el

Ministerio de Educación y sus órganos desconcentrados superiores como la

Dirección Regional de Educación de Huánuco, Gobierno Regional, etc.; para los

Órganos de Ejecución de la UGEL.

l) Realizar otras funciones que le sean asignadas, por el Jefe del Área de Gestión

Pedagógica e Institucional.

Perfil del Cargo:

- Título de Secretariado Ejecutivo, otorgado por un Instituto Superior Tecnológico

autorizado de nivel superior.

- Experiencia en labores de secretariado.

- Capacitación en computación e informática.

- Contar como mínimo de cinco (05) años de experiencia en el sector público y en

las funciones que se desarrolla en este cargo.

CAPÍTULO III

DEL ÓRGANO DE APOYO

Artículo 32°.- El Área de Gestión Administrativa, es el órgano de apoyo encargado de

la ejecución del presupuesto institucional y de la asignación o distribución de los

recursos materiales, humanos y financieros. Desarrollará su labor de acuerdo a la

Política de Austeridad del Sector, en base al cual priorizará la atención de las

necesidades o demandas que incidan mayormente en estimular el aprendizaje de los

Educandos.

Artículo 33°.- Sus funciones generales son:

a) Proporcionar oportunamente los recursos económicos, bienes y servicios que

demande la prestación del servicio de las instituciones educativas públicas a su

cargo, en un marco de equidad y transparencia; mediante la ejecución eficaz de

los recursos presupuestarios de la UGEL.

b) Participar en las modificaciones presupuéstales necesarias, en coordinación con el

Área de Gestión Pedagógica e Institucional, a fin de lograr un mejor cumplimiento

de los objetivos estratégicos propuestos.

c) Asesorar a las IIEE. en la elaboración y ejecución de sus presupuestos.

d) Administrar el personal, los recursos materiales y financieros y bienes

patrimoniales de la sede institucional y de las IIEE. a su cargo.

e) Aplicar los procesos técnicos de los sistemas de personal, abastecimiento,

contabilidad y tesorería, en las dependencias administrativas a su cargo, de

conformidad a la normatividad emitida para cada sistema administrativo.

f) Mantener actualizados la base de datos del registro-escalafonario, el inventario de

bienes patrimoniales y el acervo documental, de la sede institucional y de las IIEE.

a su cargo.

g) Mejorar permanentemente los procesos técnicos de la gestión administrativa,

simplificando su ejecución.

h) Conciliar, la información contable, administrativa y presupuestal del ejercicio

fiscal, en los niveles administrativos y plazos correspondientes.

Artículo 34°.- Director de Sistema Administrativo II

Es el Jefe del Área y depende jerárquicamente del Director de la institución. Tiene

autoridad directa sobre todo el personal de su área, especialistas, secretaria y

personal de servicio.

Sus funciones son:

a) Planificar, organizar, coordinar, ejecutar, evaluar y controlar las actividades del

área a su cargo.

b) Formular en coordinación con el equipo técnico, el Plan de Trabajo de su área.

c) Revisar y firmar los informes de ejecución presupuestaria y propuestas de

modificación de los calendarios de pagos, las solicitudes de giros, las cartas orden

electrónicas, firmar en el sistema SIAF – SP los giros sin cheque, la relación de

retenciones, la relación de cheques anulados, los compromisos de pago, los

cheques y las constancias. Así como el Cuadro de Adquisiciones de Suministros y

el Inventario de Bienes Muebles e Inmuebles.

d) Disponer la formulación y visar los proyectos de resoluciones sobre aspectos

financieros, contables y las relacionadas con las acciones de personal del ámbito

de la UGEL.

e) Autoriza los pagos, a cuenta de los Fondos Para Pagos en Efectivo.

f) Verifica las Conciliaciones Bancarias.

g) Programa, coordina, supervisa y evalúa las acciones ejecutadas por el personal

del área a su cargo.

h) Estudia y califica expedientes con el especialista o técnico correspondiente.

i) Llevar la información actualizada de plazas vacantes de las Instituciones

Educativas Públicas, según niveles y modalidades del ámbito la UGEL.

j) Organizar e implementar las acciones de seguridad, mantenimiento y

conservación de las instalaciones, equipos, vehículos y materiales de la sede de la

UGEL.

k) Participar en el Comité de Administración del SUB-CAFAE, de Procesos

Administrativos disciplinarios, de Altas y Bajas, de Reasignaciones y Permutas de

la UGEL.

l) Administrar al personal, los recursos materiales, financieros y patrimoniales de la

sede; cumplir con los procesos técnicos de los sistemas de personal,

abastecimiento, contabilidad y tesorería y asesorar la aplicación de los mismos en

las Instituciones Educativas Públicas, de acuerdo a las normas establecidas.

m) Coordinar con el Área de Gestión Pedagógica e Institucional de la UGEL, la

formulación del presupuesto de bienes y servicios y los respectivos calendarios de

compromisos. Así como la formulación del anteproyecto de presupuesto anual.

n) Emitir Resoluciones sobre acciones del sistema de personal: reasignaciones,

destaques, permutas, bonificación personal, familiar, gratificación, subsidio por

luto y gastos de sepelio, crédito interno (devengados) sobre remuneraciones y

bonificaciones, acumulación por años de estudios y reconocimiento de tiempo de

servicios, contratos de reemplazo por licencias, felicitaciones, sanciones,

conformación de comisiones y otros.

o) Participar en las Comisiones de Licitación Pública y Concurso Público de Precios y

supervisar las adquisiciones directas.

p) Conciliar los extractos de Cuentas Corrientes Bancarias.

q) Firmar y visar las planillas únicas de remuneraciones.

r) Revisar y firmar los informes mensuales, sobre Control de Asistencia y

Puntualidad, del personal de la sede de la UGEL.

s) Adecuar, orientar, coordinar y supervisar el cumplimiento de las normas y

procedimientos de los sistemas de administración.

t) Visa los comprobantes de pago, previa revisión de la documentación sutentatoria.

u) Realizar otras funciones afines al cargo, que le sean asignados por el Director de

la UGEL.

Perfil del Cargo:

- Título Profesional Universitario en una de las Especialidades de: Contabilidad,

Economía, Administración de Empresas.

- Experiencia en labores administrativas.

- Capacitación y conocimiento de los Procesos Administrativos.

- Ser miembro hábil del Colegio Profesional según su Carrera.

Artículo 35°.- Contador I

Depende del Jefe del Área de Administración.

Sus funciones son:

a) Coordinar con la Jefatura el registro del devengado en el SIAF. Cuidando que

cumplan con los requisitos y cuente con la firma del Administrador.

b) Verificar la correcta aplicación de partidas genéricas y específicas en función de la

dinámica operativa del Presupuesto.

c) Orientar y monitorear las acciones referentes al manejo de los Libros Diario,

Mayor y otros de Contabilidad de la Entidad y de las Instituciones Educativas.

d) Realizar la conciliación de la información contable, administrativa y presupuestal

del ejercicio fiscal correspondiente.

e) Asesorar en la elaboración del balance de la ejecución presupuestal de los

ingresos y egresos según la estructura de la dinámica operativa.

f) Revisar y liquidar documentos contables como notas de almacén, préstamos

administrativos, recibos, asientos de ajuste, saldos, bienes patrimoniales y otros.

g) Realiza el llenado bajo responsabilidad del Programa de Declaración Telemática

(PDT SUNAT) de la UGEL dentro de los plazos establecidos por el Código

Tributario.

h) Difundir los Balances y los documentos normativos de interés público.

i) Coordinar con Gestión Pedagógica e Institucional el avance de la ejecución

presupuestal, transferencias, y otros por Asignaciones Genéricas, Programas y

Actividades.

j) Elaborar y consolidar informes técnicos sobre movimiento contable de ingresos

propios, estudios de inversión y operación de compromisos.

k) Organizar, orientar y evaluar el sistema de pagos y de control patrimonial.

l) Elaborar documentos complementarios de orientación técnico-normativa.

m) Revisar y firmar los comprobantes de pago, estados de compromisos y ejecución

presupuestal, órdenes de compra y servicios.

n) Realizar arqueos de caja, cheques en cartera en coordinación con Tesorería.

o) Codificar documentos de operaciones contables que permitan su identificación

objetiva.

p) Integrar las operaciones contables de las áreas de bienes o fondos.

q) Procesar los documentos contables en el SIAF., y emite informe o reportes a las

Unidades respectivas.

r) Procesar la documentación de su competencia y emite opinión e informe.

s) Otras que se le asigne o encargue.

Perfil del Cargo:

- Contador Público Colegiado.

- Capacitación especializada en el área debidamente acreditado

- Conducta moral intachable en el manejo de fondos, debidamente acreditada.

- Experiencia en conducción de programas de contabilidad y administración.

- Experiencia en conducción de personal.

- Experiencia en Presupuesto y Manejo del SIAF – SP – Modulo Contable como

mínimo cinco (05) años en el sector público.

- Contar como mínimo de cinco (05) años de experiencia en el sector público y en

las funciones que se desarrolla en este cargo.

Artículo 36°.- Tesorero I

Depende directamente del Jefe del Área de Administración.

Sus funciones son:

a) Proponer a la Jefatura los lineamientos de política que permitan el funcionamiento

dinámico del Sistema de Tesorería.

b) Efectuar en el Registro del SIAF, la fase del Girado que sustente el Pago del dinero

y se emita el Cheque y/o Carta Orden.

c) Organizar las Sub Cuentas que constituyen la Unidad de Caja de acuerdo a la

Estructura Presupuestal.

d) Orientar y monitorear el servicio de operaciones contables: Fondo de pago, caja

chica, encargos internos, Transferencias, Comisiones de Servicios.

e) Realizar arqueos de caja al personal, manejo de las Sub Cuentas y Saldos.

f) Administrar la Chequera de la Entidad, girando los cheques de acuerdo con las

Sub Cuentas y autorizaciones legales pertinentes.

g) Coordinar con la Jefatura del Área lo concerniente a la formulación de Pago de

servicios básicos de Agua y Luz de las Instituciones Educativas; y Actividades de

Programación de caja, recepción y distribución de fondos.

h) Preparar y efectuar el pago a proveedores por obligaciones y compromisos.

i) Controlar, preparar y efectuar el pago de remuneraciones, pensiones y otras

asignaciones al personal activo y pasivo.

j) Efectuar conciliaciones por cuentas, sub cuentas según fuente de financiamiento.

k) Elaborar y presentar oportunamente la información para la Dirección General del

Tesoro Público y/o Tesorería Regional, según corresponda.

l) Revisar y firmar documentos valorados de acuerdo a lo que esté autorizado como:

Cheques, Cartas Órdenes, Comprobantes de Pagos y otros.

m) Preparar las papeletas de depósito a favor del Tesoro Público por las reversiones

de saldos no ejecutados.

n) Elaborar Comprobantes de Pago, Cartas Órdenes.

o) Programar los pagos pendientes o devoluciones para hacerlo efectivo mediante

cheque o depósito a la cuenta de cada beneficiario.

p) Apoyar en el monitoreo referente a la administración del Fondo para Pagos en

Efectivo y de Caja Chica.

q) Organizar el archivo de las Conciliaciones Bancarias en orden correlativo y

cronológico, de las Comisiones de Servicios.

r) Preparar los documentos y ejecutar las deducciones de pagos por concepto de

Seguridad Social, Salud, SUNAT, y otros conceptos.

s) Llevar los libros y documentos de control de ejecución del Gasto.

t) Seleccionar, codificar y archivar documentos valorados y otros.

u) Controlar y programar anulación y reprogramación de cheques.

v) Otras funciones afines que se les asigne.

Perfil del Cargo:

- Título Profesional Universitario en Contabilidad o Economía.

- Colegiado y habilitado.

- Experiencia Manejo del SIAF – SP – Módulo Administrativo como mínimo cinco

(05) años.

- Contar como mínimo de cinco (05) años de experiencia en el sector público y en

las funciones que se desarrolla en este cargo.

Artículo 37°.- Especialista Administrativo I

Depende del Jefe del Área de Administración (Personal).

Sus funciones específicas:

a) Participar en las comisiones de procesos administrativos disciplinarios, evaluación

de personal, reasignaciones, en el SUBCAFAE; etc., como miembro.

b) Llevar actualizado el cuadro nominal de personal de la UGEL, de los Centros,

Programas e Instituciones Educativas Públicas, según niveles y modalidades, así

como la información actualizada de las plazas vacantes.

c) Emite resoluciones por las acciones del sistema de personal.

d) Revisar informes periódicamente sobre el control de asistencia y puntualidad del

personal de la Sede de la UGEL.

e) Formula y actualiza el Cuadro para Asignación de personal (CAP) UGEL en

coordinación con el AGPI (especialista en finanzas)

f) Emitir informes técnicos y absolver consultas de su competencia.

g) Programar, coordinar, ejecutar y evaluar las acciones de Capacitación y

actualización del Personal Directivo y Administrativo de la sede de la UGEL, de los

Centros, Programas e Instituciones Educativas Públicas de la jurisdicción.

h) Formular, ejecutar y evaluar el plan de trabajo del área y participar en la

formulación y evaluación del Plan Estratégico Institucional de la UGEL.

i) Emitir informes técnicos sobre acciones de personal, que transgredan las leyes o

disposiciones legales administrativas.

j) Estudiar, proponer y proyectar resoluciones de contratos y reasignaciones de

personal docente, administrativo y de servicio; de acuerdo a la normatividad

vigente, que le sean asignado por el jefe del área.

k) Procesa y archiva, las autorizaciones de salida de los funcionarios y servidores, los

informes de las comisiones de servicios, memorándums de los jefes de área

relativos s la justificación por omisión de marcado de tarjetas del personal de las

diferentes áreas, marcado de tarjetas, administra el movimiento de personal de

acuerdo con los dispositivos legales vigentes, una vez al mes por cada trabajador.

l) Elabora el informe consolidado mensual de asistencia e inasistencias del personal

docente y administrativo de la jurisdicción para derivarlo al técnico en Planillas.

m) Participa en la comisión de Procesos administrativos, Procesos Administrativos

Disciplinarios, Selección de personal Docente y Administrativo, capacitación,

Reasignaciones y Permutas, Racionalización, bienestar y otras relacionada con el

sistema de personal.

n) Elabora el Rol de Vacaciones.

o) Elaborar el calendario pendiente de pago de docentes a cargo de Es Salud por la

cobertura de licencias con goce de haber.

p) Analiza y propone los movimientos del personal docente, administrativo y de

servicios, de acuerdo a las normas y disposiciones legales vigentes.

q) Elabora el Plan de Capacitación y Actualización del personal administrativo,

coordinando su ejecución.

r) Organiza y ejecuta propuestas de racionalización de personal.

s) Supervisar, evaluar, controlar y actualizar el registro correcto de la Base de datos

del sistema NEXUS, SUP y el Aplicativo de Recursos Humanos.

t) Propiciar, impulsar y coordinar las acciones de capacitación administrativa del

personal del sistema NEXUS, SUP, y el Aplicativo de Recursos Humanos a través

de convenios ejecución directa con el Ministerio de Educación, Gobierno Regional

y Direcciones Regionales de Educación.

u) Coordina con los Directores de las diferentes II.EE, aspectos relacionados con

normas de personal.

v) Realizar otras funciones que le asigne el Jefe del Área de Administración.

w) Elaborar el calendario pendiente de pago de docentes a cargo de ESSALUD por

cobertura de licencia con goce de haber e informar a la oficina de planillas y

contabilidad.

x) Mantener actualizado los legajos personales.

y) Analizar la Información técnica contenida en el módulo de gestión de recursos

humanos, en aplicación a la normatividad vigente y para el uso del aplicativo

informático para el registro centralizado de planillas y de datos de recursos

humanos.

z) Elaborar planillas de aportes de manera automática con el uso de AFPnet.

Perfil del Cargo:

- Título Profesional Universitario en Administración, Contabilidad, Economía e

Ingeniería Industrial.

- Habilitado en el Colegio profesional correspondiente.

- Capacitación y experiencia en el sector público con un periodo mínimo de cinco

(05) años.

- Contar como mínimo de cinco (05) años de experiencia en el sector público y en

las funciones que se desarrolla en este cargo.

Artículo 38°.- Especialista Administrativo I

Depende del Jefe del Área de Administración (Abastecimientos).

Sus funciones son:

a) Coordinar, consolidar y reajustar los cuadros de necesidades de los centros,

Programas e instituciones Educativas Públicas de la jurisdicción de la UGEL.

b) Revisar y autorizar la tramitación de la solicitud de cotizaciones, cuadros

comparativos de cotizaciones, pedidos comprobantes de salida, guía de

internamiento, órdenes de compra y de servicios y otros.

c) Participar en las Comisiones de licitación pública, concurso público de precios y

adjudicación directa para adquisición de bienes y servicios y otros que se le

asigne.

d) Verificar la conformidad de los artículos adquiridos, de acuerdo a la factura y

comprobantes de pago - guía de internamiento, controlando su calidad.

e) Integrar la Comisión de Inventarios de Bienes, Muebles, Equipos e Inmuebles de

la UGEL.

f) Ejecutar la asignación Presupuestal a las Instituciones Educativas Públicas, en

coordinación con el área de Gestión Pedagógica e Institucional.

g) Ingresa la fases de Devengado de bienes y servicios en el Registro SIAF – SP.

h) Llevar y actualizar las tarjetas binkard, de control visible de los artículos

almacenados.

i) Revisar y refrendar el kardex administrativo de almacén.

j) Efectuar la entrega de artículos, de acuerdo al cuadro de necesidades, en

coordinación con las áreas competentes.

k) Preparar el inventario físico de existencias (bienes, materiales, muebles,

maquinaria y equipo).

l) Ser miembro de la Comisión de altas y bajas de bienes, conforme a las normas

del Sistema de Abastecimiento.

m) Llevar el Registro de Proveedores, e incrementarlo con la inscripción de nuevas

firmas comerciales e industriales;

n) controlando la calidad de los bienes a adquirir.

o) Llevar actualizado el inventario de bienes, muebles y equipos del Activo Fijo de la

UGEL y de las Instituciones Educativas en el software de la SBN.

(Superintendencia de Bienes Nacionales).

p) Verificar el inventario físico de las existencias y notas de entrada al almacén.

q) Velar por la conservación, seguridad y mantenimiento de los bienes almacenados.

r) Elaborar la conciliación de remesas de bienes recibidos de la Sede Central del

Ministerio de Educación y/o del Gobierno Regional Huánuco.

s) Controla el uso de los bienes, muebles, equipos e infraestructura de la sede

administrativa de la UGEL Leoncio Prado e Instituciones Educativas de su

jurisdicción.

t) Llenar el control de los contratos por la Modalidad CAS.

u) Preparar el parte administrativo del almacén.

v) Realiza las adquisiciones de los bienes y servicios, autorizados para la compra

directa.

w) Elaborar los documentos fuentes del sistema de abastecimiento.

x) Autorizar el desplazamiento interno y externo de los bienes, enseres y unidades

móviles de la institución.

y) Evita la acumulación improductiva de bienes y servicios innecesarios para la

entidad.

z) Elabora los pedidos de comprobantes de salida de almacén (PECOSA)

aa) Controla la entrada y salida del vehículo dando cuenta al jefe de área.

bb) Realizar otras funciones que le asigne el jefe del área de administración.

Perfil del Cargo:

- Título Profesional Universitario en Administración, economía y contabilidad.

- Colegiado y Habilitado en colegio profesional correspondiente.

- Capacitación y experiencia en labores del Sistema de abastecimientos.

- Experiencia en el manejo del SIAF – módulo administrativo como mínimo tres

años en el sector público.

- Contar como mínimo de cinco (05) años de experiencia en el sector público y en

las funciones que se desarrolla en este cargo.

Artículo 39°.- ASISTENTA SOCIAL I

Depende del Jefe del Área de Administración

Sus funciones son:

a) Dirige, distribuye, orienta y supervisa las acciones de Equipo a su cargo.

b) Elabora y desarrolla el Plan de Capacitación y Actualización del personal directivo,

docente y administrativo en aspectos de Seguro Escolar para su correcta

aplicación; asimismo, de aspectos relacionados con el Seguro de los trabajadores

docentes y administrativos y de sus familiares.

c) Elabora y desarrolla el Plan de Bienestar Social para los trabajadores de la Unidad

de Gestión Educativa Local.

d) Canaliza las inscripciones de los trabajadores nombrados y contratados, tanto

docentes y administrativos de la jurisdicción de la Unidad de Gestión Educativa

Local así como de sus familiares al Seguro Es Salud, para ser beneficiarios de sus

servicios.

e) Elaborar planillas de reembolsos de Es Salud, para el personal activo que se

encuentra de Licencia por Enfermedad con Goce de Haber.

f) Canaliza la ejecución del Seguro Escolar de los Centros y Programa Educativos

estatales de la región Cumple las demás funciones que le asigne el Director

de la Oficina de Gestión Administrativa.

Perfil del Cargo:

- Título Profesional Universitario de Asistenta Social.

- Habilitado y Colegiado.

- Contar como mínimo de cinco (05) años de experiencia en el sector público y en

las funciones que se desarrolla en este cargo.

Artículo 40°.- Técnico Administrativo I

Depende del Jefe de Área de Administración (Escalafón).

Sus funciones son:

a) Organizar y controlar el proceso de registro de fichas escalafonarias y llevar

actualizado en orden alfabético, el archivo de las carpetas personales de todos los

servidores activos (nombrados y contratados) y del ámbito de la UGEL así como

de todos los pensionistas.

b) Verificar y firmar los informes de escalafón, para el otorgamiento de beneficios

por diferentes conceptos: remuneración persona, remuneración familiar,

gratificaciones, devengados, ascensos de nivel, etc.

c) Analizar expedientes y realizar informes de Escalafón para trámites de licencias

con goce y sin goce de haberes, cese, quinquenios, subsidios por luto, gastos por

sepelio, reconocimiento de contratos, cambio de nivel y otros.

d) Elaborar y firmar los pases INTER – UGELs.

e) Elaborar y revisar los cuadros sobre cómputo de tiempo de servicios,

remuneración personal y gratificaciones.

f) Emitir informes técnicos y absolver consultas sobre las funciones que le competen.

g) Participar en la formulación y ejecución del plan de trabajo del área.

h) Preparar Informes y proyectos de Resolución sobre ascensos de nivel, previas

evaluaciones de ley.

i) Orientar a los Directores y Docentes de los Centros Educativos en asuntos

relacionados con el área de Escalafón.

j) Informar mensualmente del personal que cumple 05, 10, 15, 20, 25 y 30 años de

servicios oficiales al Especialista de Personal, para el otorgamiento de la

bonificación personal a los servidores de las Instituciones y Programas Educativos

conforme a ley.

k) Efectuar el descargo de legajos de personal.

l) Realizar la apertura y reapertura de fichas escalafonarias y llevar a cabo su

actualización.

m) Remitir el informe técnico al Jefe del Área con copia al Órgano de Control

Institucional de las resoluciones del personal que vulneren los dispositivos legales

vigentes.

n) Mantener bajo custodia reservada las carpetas de escalafón del personal activo y

cesante debidamente clasificado.

o) Revisar la ubicación de grupos ocupacionales y niveles conforme a ley y a su

carpeta escalafonaria.

p) Anotar en las fichas escalafonarias las Resoluciones Directorales emitidas por la

UGEL y/o otros organismos superiores.

q) Emitir informes técnicos para pensión de cesantía y supervivientes (viudez,

Orfandad y ascendiente).

r) Mantener actualizado el archivo del equipo de trabajo de acuerdo a las normas

legales vigentes.

s) Elaborar anualmente cuadro de previsión coordinando con el financista para los

beneficios sociales.

t) Otras funciones que le asigne, el jefe del área de Administración.

Perfil del Cargo:

- Título Profesional Universitario y/o Bachiller en ciencias de informática y sistemas.

- Colegiado y habilitado.

- Experiencia como mínimo tres años en el sector público.

Artículo 41°.- Técnico Administrativo I

Depende del Jefe del Área de Administración (Planillas).

Sus funciones son:

a) Elaborar y procesar la planilla única de haberes del personal activo y cesante, en

coordinación con el especialista en Finanzas I de la UGEL; de acuerdo al

compromiso de pagos, actualizado por el Ministerio de Economía y Finanzas, a

través del SIAF-MPP.

b) Realiza las Planillas única de pagos y liquidaciones de planillas de descuentos

mensuales efectuados en la planilla única de pagos (activos y pensionistas)

c) Elaborar Planilla de Retención Judicial, de acuerdo a los mandatos judiciales.

d) Digitar boletas de pago de todo el personal, que conforma la UGEL.

e) Preparar los reportes de planillas por montos y egresos de planillas.

f) Es el responsable del manejo del Módulo del Control de Planillas de pagos y de

Servicios no Personales del SIAF (Altas y Bajas, modificaciones, Actualizaciones

bajo responsabilidad.

g) Mantiene actualizado la información del personal comprendido de los alcances del

D.L. 20530 activos y Pensionistas, informando de los cambios a la Oficina de

recursos humanos del Gobierno Regional Huánuco para su consolidación.

h) Realizar descuentos de terceros por diversos motivos y convenios; previamente

autorizados.

i) Elaborar el consolidado para pagos de AFPs.

j) Es el coordinador informático de la sede con la Dirección Regional educación de

Huánuco, Gobierno Regional de Huánuco para la implementación y adquisición de

los diferentes Software Estatales, supervisando su correcta utilización en beneficio

de la entidad.

k) Elaborar informes sobre pagos de remuneraciones, descuentos, gastos por sepelio

y luto, devengados, traslados de pensiones, sobrevivientes, etc.

l) Llevar el control de las resoluciones para el cumplimiento de las mismas.

m) Ejecutar las Resoluciones que son emitidas por la Dirección de la UGEL, por

diversos conceptos: remuneraciones, personal, familiar, cambio de nivel,

contratos, nombramientos, etc.

n) Preparar legajos o partes, de ejecución de remuneración y descuentos.

o) Recepcionar documentos remitidos por las AFPs, para el cumplimiento de los

aportes e informa sus retenciones.

p) Recepcionar expedientes para el tratamiento respectivo (consolidado de

tardanzas, inasistencias y Decretos Directorales de licencias sin goce, emitidos por

los Directores de las Instituciones Educativas Públicas).

q) Mantener actualizado el archivo y documentos sustentatorios que sean atendidos

y/o procesados, por el responsable de planillas.

r) Preparar el equipo de cómputo y su sistema operativo para la fase de producción

diaria, en la Sede Administrativa de la UGEL.

s) Controlar el buen funcionamiento de las máquinas y la calidad de los documentos

procesados.

t) Diagnosticar causas de las interrupciones en el procesamiento diario.

u) Registrar el tiempo de utilización del equipo o de cada programa.

v) Controlar el funcionamiento de los equipos que operan en la Sede Administrativa y

corregir imperfecciones en los datos a procesar.

w) Evaluar el rendimiento de los sistemas, que se emplean en los equipos de

cómputo.

x) Sugerir las necesidades de ampliación y/o renovación de equipos.

y) Realizar otras funciones y reportes, concernientes a planillas y pagos al personal,

que le delegue el jefe del área.

z) Llevar el control de entrega de Boletas de Pagos del personal docentes y

administrativo activos y cesantes.

Perfil del Cargo:

- Título Profesional universitario en economía, administración, contabilidad e

ingeniería de sistemas e informática

- Colegiado y Habilitado en el colegio profesional correspondiente.

- Experiencia en el Manejo del SIAF – módulo administrativo como mínimo de tres

años.

- Contar como mínimo de cinco (05) años de experiencia en el sector público y en

las funciones que se desarrolla en este cargo.

Artículo 42°.- Secretaria I

Depende del Jefe del Área de Administración.

Sus funciones son:

a) Organizar, coordinar y supervisar las labores de apoyo administrativo que se

realizan en el Área.

b) Realizar el seguimiento de la documentación del Área y mantener informado al

jefe de área.

c) Preparar la documentación para el despacho con el jefe de Área.

d) Llevar el cronograma de reuniones del jefe

e) Recibir y orientar al público sobre las gestiones que realiza

f) Llevar la agenda del jefe

g) Digitar y redactar la documentación y distribuir el trabajo

h) Recepcionar, registrar, clasificar y distribuir la documentación a los equipos de

trabajo.

i) Archivar la documentación de acuerdo a normas vigentes, cuidando de su

seguridad, conservación y confidencialidad.

j) Atender y efectuar llamadas telefónicas, así como remitir y recepcionar

documentos vía facsímile, en cumplimiento de las actividades de su Área.

k) Llevar el control de asistencia del personal del Área

l) Organizar y atender la biblioteca del Área

m) Velar por la conservación, seguridad y mantenimiento de los bienes y enseres del

Área.

n) Realizar otras funciones que le asigna su jefe.

Perfil del Cargo:

- Título de Secretariado Ejecutivo, otorgado por un Instituto Superior Tecnológico

autorizado de nivel superior.

- Capacitación en computación e informática.

- Contar como mínimo de tres años de experiencia en el sector público y en las

funciones que se desarrolla en este cargo.

Artículo 43°.- Trabajador de Servicios II

Depende directamente del Jefe del Área de Administración (Personal de Servicios).

Sus funciones son:

a) Es el encargado del mantenimiento y limpieza de los ambientes internos de la

UGEL.

b) Controla el ingreso de los usuarios en el horario de atención al público y es

responsable de brindar seguridad.

c) Está a cargo de la entregad e diferentes documentos emitidos por la UGEL en

coordinación con el responsable de mesad e partes.

d) Apoya a las diferentes áreas en la Impresión, difusión de documentos de la UGEL.

e) Realizar acciones relacionadas, con trámite documentario.

f) Durante el horario de trabajo lleva el control de ingreso y salida de equipos,

muebles, y enseres, vehículos y otros bienes de la UGEL, dando cuenta de los

mismos al jefe inmediato.

g) Responsable de las instalaciones eléctricas, sanitarias (mantenimiento y nuevas

instalaciones).

h) Realizar trabajos de almacenamiento, embalaje y distribución de materiales. .

i) Realizar traslados de muebles, equipos y enseres.

j) Apoyar en trabajos de artesanía (carpintería, cerrajería, electricidad, impresión de

documentos y otros), según calificación y experiencia.

k) Cumplir otras funciones, que le asigna el jefe del Área de Administración.

Perfil del Cargo:

- Instrucción Secundaria Completa.

- Experiencia en las labores técnicas: Carpintería, Electricidad, Gasfitería,

Albañilería, otros.

- Certificados de Educación Ocupacional: Carpintería, Electricidad, Gasfitería,

Albañilería, otros.

Artículo 44°.- Trabajador de Servicios II

Depende directamente del Jefe de Área de Administración (Guardián).

Sus funciones son:

a) Es encargado de la seguridad de los ambiente de la UGEL, así como de los bienes

y enseres con que cuenta.

b) Supervisa y controla el ingreso y salida de los equipos, Muebles y enseres,

Vehículos y otros bienes de la UGEL.

c) Controla y registra el ingreso de personal de la sede fuera del horario normal de

trabajo, dando cuenta de los mismos al jefe inmediato.

d) Informa sobre las acciones que atenta contra la seguridad de los ambientes de la

UGEL al jefe inmediato y da cuenta a la autoridad pública.

e) Es el encargado del mantenimiento externo de la sede de la UGEL.

f) Verifica con el personal de portería los documentos de autorización de salida de

materiales, equipos, muebles y enseres, de la Sede Institucional al exterior de la

misma.

g) Apoyar en labores de carga, descarga y almacenamiento de los bienes y

materiales que se transporta en el vehículo.

h) Realizar otras funciones, que le asigne el Jefe del Área de Administración.

Perfil del Cargo:

- Instrucción secundaria completa.

- Experiencia en las labores técnicas: Carpintería, Electricidad, Gasfitería,

Albañilería, otros.

- Certificados de Educación Ocupacional: Carpintería, Electricidad, Gasfitería,

Albañilería, otros.

CAPÍTULO IV

DEL ÓRGANO DE ASESORAMIENTO

Artículo 45°.- El Área de Asesoría Jurídica está representado por el Director de

Sistema Administrativo II. (Profesional en Derecho y Ciencias Políticas). Depende

jerárquicamente del Director de la UGEL Leoncio Prado y desarrolla las siguientes

funciones específicas:

Artículo 46°.- Sus funciones generales son:

a) Prestar Asesoramiento Jurídico - legal al Despacho Directoral de la UGEL Leoncio

Prado, y demás órganos del Sector Educación de su Jurisdicción.

b) Ejecutar la Defensa judicial por delegación del Director de la Unidad de Gestión

Educativa Local de Leoncio Prado.

c) Absolver las consultas de carácter Legal que sean formuladas.

d) Prestar asistencia técnica a la Unidad de Gestión Educativa Local de Leoncio

Prado, en el campo del derecho laboral y otros procedimientos adquiridos por la

jurisprudencia vigente.

e) Visar, reformular los proyectos de Resolución, que se sometan a su consideración.

f) Asesora a las diferentes Comisiones Técnicas.

g) Realizar funciones de carácter jurídico legal que el Director de la Oficina de

asesoría Jurídica, constituyendo parte integrable de su área.

h) Asesorar a la Dirección en asuntos de carácter jurídico legal.

i) Asesorar a las diferentes Comisiones Técnicas.

j) Emitir dictamen u opinión legal sobre recursos impugnativos y en asuntos

relacionados al servicio del sector, como instancia administrativa.

k) Emitir opinión legal en asuntos de su competencia.

l) Asumir la defensa legal de la dirección de la UGEL Leoncio Prado, y del personal

de la sede institucional en asuntos jurídicos relacionados al desempeño de sus

funciones.

m) Otras funciones que la sean encargadas por la Dirección de la UGEL-Leoncio

Prado.

Perfil del Cargo:

- Título Profesional Universitario (Abogado).

- Estar habilitado en el Colegio Profesional respectivo.

- Capacitación especializada y actualizada en el área.

- Contar como mínimo de cinco (05) años de experiencia en el sector público y en

las funciones que se desarrolla en este cargo.

Artículo 47°.- SECRETARIA I

Depende jerárquica y orgánicamente de la oficina de Asesoría jurídica.

Sus funciones específicas son:

a) Recibir, clasificar, registrar, distribuir, controlar y archivar la documentación que

ingresa o se genera en la Oficina de asesoría Jurídica, además recibe, atiende y

orienta al público acerca de la gestión y situación del Expediente de su petición.

b) Redactar y revisar la documentación que le asigna el director de la Oficina de

Asesoría jurídica.

c) Atender la comunicación telefónica y recibe a las personas que solicitan entrevista

con el director.

d) Mantener actualizado el inventario físico y archivo de la Oficina de Asesoría

Jurídica.

e) Llevar la agenda de reuniones del Director y registra las audiencias.

f) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento de los bienes a su cargo y

de la Oficina de Asesoría Jurídica.

g) Realizar acciones de coordinación, distribución y control de material de oficina.

h) Recopila y archiva las disposiciones legales

i) Realiza las demás funciones afines al cargo.

Perfil del Cargo:

- Título de Secretariado Ejecutivo, otorgado por un Instituto Superior Tecnológico

autorizado de nivel superior.

- Certificado de buena Conducta.

- Experiencia en labores de secretariado.

- Capacitación en computación e informática.

CAPÍTULO V

DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

Artículo 48°.- El Área de Auditoría Interna, es responsable del Control Posterior

Interno de carácter integral. Desarrolla su actividad a nivel de la Entidad, como de las

Instituciones Educativas Públicas. Su objetivo es evaluar el uso adecuado y

transparente de los recursos humanos, materiales y financieros; la aplicación correcta

de los dispositivos y procedimientos administrativos, así como el cumplimiento de los

deberes de función, de cuyos resultados emite Recomendaciones.

Fundamentalmente desarrolla su función a través de las Auditorias y Exámenes

Especiales, que aparte de sus objetivos específicos, debe buscar que la oferta del

Servicio Institucional se brinde en el marco de la Ética y la Moral. En esta perspectiva,

su responsabilidad principal no le excluye de actuar en situaciones cuyas evidencias

del proceso, demuestran la aplicación incorrecta o subjetiva de las normas o de un

procedimiento administrativo. Como también tiene la obligación de orientar a los

usuarios en el procedimiento de formalización de sus quejas o denuncias de acuerdo a

las Normas de Control y otras de su competencia.

Tiene facultad para realizar acciones de control preventivo sin carácter vinculante, al

Órgano de Dirección o de más alto nivel de la Entidad.

El Área de Auditoría Interna depende jerárquica y administrativamente de la UGEL.

Funcional y normativamente de la Contraloría General de la República. Mantiene

relaciones de coordinación, con los Órganos de Control de la Dirección Regional de

Educación Huánuco y del Gobierno Regional de Huánuco.

Artículo 49°.- Sus funciones generales son:

n) Formular, ejecutar y efectuar el Plan Anual de Auditoria Gubernamental, de

conformidad con la política y planes de control de las instancias correspondientes,

de la Dirección Regional de Educación de Huánuco, Sede Central del Ministerio de

Educación y las normas de la contraloría General de la Republica.

o) Realizar acciones de seguimiento que corresponda, cautelando la ejecución de

medidas correctivas y/o sanciones dispuestas por el titular de la entidad, para

mejorar la gestión y para la prevención de actos de corrupción de la gestión

pública.

p) Organizar y ejecutar las acciones de control posterior que específicamente le

entregue el titular de la UGEL y los organismos superiores de control.

q) Elaborar los informes de control interno y elevarlos a la Dirección de la Unidad

Educativa Local, la Contraloría General de la República y otras instancias según

corresponda.

r) Investigar las denuncias administrativas presentadas al Área de Auditoria Interna

por terceras personas, informando sobre los resultados al titular de la UGEL, para

que se tomen las medidas correctivas pertinentes.

s) Proponer e implementar mecanismos de prevención y sanción para los actos de

corrupción en la gestión administrativa.

Artículo 50°.- Director de Sistema Administrativo II

Depende jerárquica y orgánicamente del Director de la UGEL y normativa y

funcionalmente del Contralor General de la República.

Sus funciones específicas son:

a) Formular el Plan Anual del Órgano de Control Institucional, el cual deberá ser

elevado a la instancia superior correspondiente.

b) Ejecutar y evaluar el Plan Anual del Órgano de Control Institucional y el

seguimiento de las medidas correctivas de conformidad con la normativa del Ente

Rector, concordada con la política y orientación de control del Ministerio de

Educación.

c) Dirigir, inspeccionar e informar los resultados de las auditorías internas y

exámenes especiales a la Dirección y/o la Contraloría General de República de

acuerdo a las normas del Sistema Nacional de Control, proponiendo las medidas

correctivas necesarias.

d) Desarrollar acciones de control posterior interno de orden financiero, presupuestal

y legal en la Sede Institucional, así como en forma selectiva en los Centros y

Programas Educativos de la jurisdicción, establecidos en el Plan Anual del Órgano

de Control Interno.

e) Desarrollar acciones de control posterior interno a la gestión de orden

administrativo, normativo y técnico operativo, establecidos en el Plan Anual de

Auditoria Gubernamental.

f) Organizar y ejecutar acciones de control posterior interno que específicamente

encarguen el Gobierno Regional Huánuco, la Dirección Regional de Educación

Huánuco, el Ministerio de Educación y la Contraloría General de la República en el

marco de las funciones Generales establecidas.

g) Elaborar los informes que solicite la Dirección y/o la Contraloría General de

República.

h) Controlar el cumplimiento del Plan Anual de Auditoria.

i) Realizar otras funciones de su competencia, que le encargue la Dirección y/o la

Contraloría General de República.

Perfil del Cargo:

- Título Profesional Universitario.

- Estar habilitado en el Colegio Profesional respectivo.

- Capacitación especializada en la Escuela Nacional de Control.

- Experiencia de tres (03) años como mínimo en Auditoria Gubernamental.

- Cumplir con los requisitos establecidos para el cargo, por el órgano rector de

control.

Artículo 51°.- Secretaria I

Depende directamente del Jefe del Área de Auditoria Interna.

Sus funciones son:

a) Recepcionar, registrar, clasificar y distribuir la documentación recibida y preparar

la documentación por remitir.

b) Preparar la documentación para el despacho.

c) Redactar y digitar la documentación que se le encargue.

d) Archivar la documentación, ciñéndose a las normas correspondientes.

e) Realizar el seguimiento y control de la documentación del área, informando al

jefe.

f) Velar por la seguridad del acervo documentario, del Órgano de Auditoria Interna.

g) Llevar el inventario actualizado de los bienes, del Área de Auditoria Interna.

h) Controlar y distribuir los materiales y útiles de oficina, asignados al área.

i) Orientar e informar al público usuario sobre la situación de la documentación que

se tramita en el área.

j) Coordinar la impresión de documentos correspondientes al área.

k) Realizar otras funciones y actividades, que por necesidad del servicio, le delegue

el Jefe del Área de Auditoria Interna.

Perfil del Cargo:

- Título de Secretariado Ejecutivo, otorgado por un Instituto Superior Tecnológico

autorizado de nivel superior.

- Certificado de buena Conducta.

- Experiencia en labores de secretariado.

- Capacitación en computación e informática.

CAPITULO VI

ORGANO DE PARTICIPACION

CONSEJO PARTICIPATIVO DE EDUCACION

Artículo 52°.- El Consejo Participativo de Educación está encargado de promover y

apoyar la participación de la Sociedad Civil en el desarrollo de la Educación en su

ámbito territorial y contribuir a una Gestión Educativa transparente, moral y

democrática. El Consejo participativo de Educación está conformado por el Director de

la Unidad Gestión Educativa Local, quien lo preside e integrado por representantes de

Instituciones Eclesiales, Municipalidad Provincial de la Sede; Asociaciones de Padres de

Familia; Organizaciones Magisteriales; Asociaciones de Directores de las Instituciones

Educativas Públicas; Consejos Escolares e Instituciones Públicas y Privadas que

desarrollen trabajo en el campo de la Educación.

Artículo 53°.- Funciones Generales:

a) Participar en la formulación de la Política Educativa, así como en la elaboración del

Plan Estratégico de la UGEL y los planes educativos anuales.

b) Fomentar relaciones de cooperación entre la UGEL y las Instituciones públicas y

privadas y organizaciones de cooperación institucional.

c) Apoyar la instauración de mecanismos de vigilancia y control ciudadano que

garanticen equidad, honestidad y transparencia de la gestión educativa y

rendición de cuentas.

d) Establecer canales permanentes de información y diálogo con la población, con el

Consejo Participativo Regional de Educación y el Consejo Nacional de Educación.

Artículo 54°.- Está conformado de la siguiente manera:

- Presidente: Director de la UGEL.

- Representante de la Institución Eclesial.

- Representante de la Municipalidad Provincial de Sede.

- Representante de la Asociación de Padres de Familia.

- Representante de la Organización Magisterial.

- Representante de los Consejos Escolares.

- Representante de las Instituciones Públicas y Privadas que Desarrollen trabajo en

el campo de la educación.

Artículo 55°.- Funciones del Presidente:

a) Realiza reuniones de trabajo con fines evaluativos y de coordinación.

b) Analiza grupalmente la problemática institucional determinando las alternativas de

solución.

c) Determina las acciones estratégicas más adecuadas, para el cumplimiento del Plan

Educativo de la Institución.

d) Promueve acciones de integración del personal, política de estímulos, capacitación

y bienestar del Personal.

e) Realiza otras funciones que dinamicen el Comité de Coordinación Interna.

Artículo 56°.- Funciones de los Miembros:

a) Proponer criterios para la formulación de la política educativa en su jurisdicción.

b) Analizar la problemática educativa y proponer alternativas de solución.

c) Opinar en asuntos específicos que le encomienda el Comité de Coordinación

Interna.

d) Desempeñar comisiones específicas designadas por el Comité de Coordinación

Interna.

e) Asesorar al Director de la UGEL, en asuntos propios de su especialidad.

f) Realizar las demás funciones que se le asignen.

CAPITULO VII

ORGANO DE EJECUCION

Artículo 57°.- Instituciones Educativas Publicas y Programas Educativos

Los órganos de ejecución están representados por las Instituciones Educativas

Públicas y Programas Educativos. Son responsables de la prestación de los servicios

educativos, desarrollando los procesos y procedimientos educativos orientados a

logros de aprendizajes de los actores educativos directos. Su funcionamiento se rige

por las normas de carácter general emitidas por el Ministerio de Educación, así como

por las adecuaciones que pueda expedir las Direcciones Regionales de Educación y

Unidades de Gestión Educativa Local.

TÍTULO IV

DE LAS RELACIONES INSTITUCIONALES

Para el cumplimiento de sus funciones, las Unidades de Gestión Educativa Local,

coordinarán con los diversos órganos y Organismos del Ministerio de Educación y de

otros sectores, de acuerdo a los requerimientos de sus funciones.

Las Unidades de Gestión Educativa Local, promoverán la cooperación de entidades

públicas o privadas nacionales o internacionales, Organismos no Gubernamentales y

otros, para realizar acciones que contribuyan al cumplimiento de sus fines.