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HISTORIA DEL DERECHO Profesora: Tula Benites Vásquez

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HISTORIA DEL DERECHO

Profesora: Tula Benites Vásquez

HISTORIA

TEORÍA PLURIDIMENSIONAL Poliédrico - Multívoco - Difuso :1. Historia como narración2. Estudio de esta narración3. Reflexión sobre la génesis y ritmo 4. Guía para la acción5. Vivencia o razón6. Medio para llegar a la verdad7. Nueva Historia

DEFINICIÓN

• Ordenación de acontecimientos o sucesos ocurridos en el pasado de la Humanidad

• Periodo histórico que transcurre desde la aparición de la escritura hasta la actualidad

• “La Historia es la narración fiel de los acontecimientos y cosas memorables y conocidas del pasado

• Disciplina que estudia los hechos y acontecimientos relativos a una cosa o persona o pueblo

• Ciencia que tiene como objeto de estudio el pasado de la humanidad y como método el las ciencias sociales

HISTORIADOR

• Rescata los acontecimientos del olvido para vencer sobre la memoria

• Crónica de los acontecimientos pasados para conocerlos, analizarlos, comentarlos, estudiarlos o explicarlos

• Investiga, ordena pulcramente los materiales

• Historiador: reconstruye imaginariamente el continuo histórico como un devenir progresivo

TUCÍDIDES

• Nace en Atenas 460 a. C. - Tracia 398 a.C.• Carrera militar• “Histor” • Investiga y ordena pulcramente los materiales

y fuentes encontradas• Obra: “La Guerra del Peloponeso”

PRINCIPIOS :• Sólo lo que se ha visto puede escribirse• “Logos” : discursos• Erga: acontecimientos• Pruebas jurídicas• Análisis de los hechos• Avanzar más allá de lo anecdótico• Indagar sobre los protagonistas de los hechos• Imprimir objetividad

• “La nueva historia es una reconstrucción del pasado captada en toda su inmensa complejidad, y, por ello, el historiador debe además de ser investigador ejercer los “oficios” de economista, sociólogo, antropólogo y hasta el de geógrafo”

• Fernand Braudel: El Mediterráneo y el mundo contemporáneo en la época de Felipe II

HISTORIA DEL DERECHO

• Disciplina jurídica que describe, narra y explica el origen, desarrollo y transformaciones de los sistemas jurídicos

• Teoría general de la evolución y progreso humano del derecho

• Es la historia de los libros jurídicos• Tres temas esenciales:

- estudio de fuentes materiales- análisis de instituciones jurídicas- historia del pensamiento jurídico

• Historia de la formulación, aplicación y evolucionaba el Derecho así como de las instituciones sociales reguladas por él

• a la historia del mundo del derecho, obtenida de los textos jurídicos, y la historia de las instituciones, bien sean públicas o privadas.

OBJETO DE ESTUDIO

• Ciencia social que estudia esencialmente la formulación, aplicación y evolución del Derecho así como de las instituciones sociales reguladas por él

DIVISION DE LA HISTORIA DEL DERECHO

• Universal- fenómeno jurídico en su desarrollo mundial

• Particular- fenómeno jurídico en su evolución particular de la presencia de una civilización, raza, pueblo

IMPORTANCIA

• Comprensión de la realidad jurídica presente en función del pasado

• Actualización del conocimiento • Vincula los antecedentes concretos y los fines

del Derecho

FUENTES DE LA HISTORIA DEL DERECHO

CONTENIDO HISTORIA DEL DERECHO

1. Historia de las fuentes histórico- jurídicas

2. Historia de las instituciones jurídicas

3. Historia del pensamiento jurídico

FUENTE• Aquello de donde emana el derecho• Fenómeno físico de contenido jurídico• Producto de la actividad humana• Actuación del hombre• Sirven para hacer uso de los conocimientos y

conclusiones que proporciona la investigación• Hace posible la reconstrucción del Derecho

FUENTES DEL DERECHO

• Emanan las bases del Derecho positivo• Tradicionalmente: ley, costumbre y

jurisprudencia judicial• Expresión representativa del Derecho

FUENTES HISTÓRICO-JURÍDICAS

• Comprende la reconstrucción de los sistemas jurídicos del pasado

• Incide sobre el contenido, esencia, la causa de un hecho con trascendencia en la vida social, de uno o varios principios jurídicos históricos

• Fenómenos jurídicos observables, apreciables desarrollados en el pasado

1. Doctrina: Diccionario de la Legislación peruana

2. Literatura: Tradiciones Peruanas3. Jurisprudencia: Sentencias de la Corte

Suprema

• “Todo fenómeno físicamente apreciable que pueda darnos noticias sobre los fenómenos jurídicos del pasado es fuente histórico-jurídica, y con la clasificación cuaternaria se desborda como un río caudaloso y tormentoso que arrasa los terrenos cercanos hasta su descargo en el mar” Jorge Basadre: Historia del Derecho

DIVISIÓN DE LAS FUENTES HISTÓRICO-JURIDICAS

FUENTES DIRECTAS

• Proporcionan una relación directa entre el investigador y el Derecho

• Ejemplos:- códigos, leyes- decretos, ordenamiento- normas de un sistema jurídico

FUENTES INDIRECTAS

• Documentos de aplicación del Derecho, la literatura jurídica

• Redacciones privadas del Derecho Consuetudinario

• Documentos de literatura no jurídica

OTRAS CLASIFICACIONES

1. -Fuente externa o de las fuentes: fuentes de producción del Derecho fuentes del conocimiento del Derecho

-Fuentes internas o de las instituciones jurídicas

2- GráficasAbundantes:constituciones, códigos, derecho convencional, judicial

3- OralesInciden en el estudio de palabras o términos de interés para el estudio de H D

4- Objetos histórico-jurídicos5- Actos

PERIODIZACIÓN EN LAHISTORIA DEL DERECHO

• Valor didáctico, pedagógico• Periodización histórica y tradicional• División histórica de la Historia del Derecho

es ideal e imprecisa• Periodos que poseen rasgos comunes entre sí,

lo suficientemente importantes como para hacerlos cualitativamente distintos a otros periodos

• No hay un acuerdo universal sobre la periodización en Historia, aunque sí un consenso académico sobre los periodos de la Historia

DEFINICIÓN

• Periodos de evolución histórico-jurídica a lo largo del desarrollo de la Humanidad

• División de la historia del hombre dedicado a designarla por etapas, periodos o edades, teniendo en cuenta acontecimientos con repercusión jurídica

• Divisiones de la Historia del Derecho en períodos o lapsos de tiempo con ciertos rasgos o características que justifican esta división

• Su fundamento: académico y de investigación• Épocas : para lapsos relativamente breves• Edades: para lapsos mucho mas largos en el

tiempo

CRITERIOS PARA ESTABLECIMIENTO DE

PERIODIZACIONES

• Criterio histórico puro • Criterio histórico jurídico• Criterio universal y globalizado• Criterio histórico político• Criterio histórico y cronológico

• Criterio histórico jurídico: la formación de grandes monumentos legales; o bien, las transformaciones del D. público, como el territorio o la monarquía. Admítase en general que el ritmo histórico es diverso según las distintas ramas del Derecho

• Criterio histórico-jurídico: general, dogmático e institucional.

• El primero trata de ver el derecho actual y su relación directa con el pasado

• El dogmático se refiere únicamente al derecho como un conjunto de normas

• El criterio institucional parte del derecho positivo , busca el ordenamiento de la vida social con valor medio

• El criterio político se basa en las diversas formas de gobierno por las que atravesó el pueblo romano y es así como se puede referirse sobre:

- la Monarquía- la República -el Imperio ( principado y bajo imperio)

• El tiempo histórico es la duración de los hechos sociales, políticos, culturales, etc que han generado cambios

• ejemplos: antiguedad, la edad media, contemporánea

Periodizar es trazar líneas divisorias en el tiempo histórico

• El criterio histórico y cronológico es la división del tiempo histórico en periodos

• Marca una etapa en la que se han desarrollado diferentes procesos Torres Bravo es: un espacio de intelegibilidad de los procesos históricos

HISTORIOGRAFÍAHISTORIOLOGÍA

HISTORIOGRAFÍA JURÍDICA

• Estudio de autores de tratados sobre Historia del Derecho

• “La historiografía jurídica bien podría ser definida como la historia de los historiadores del derecho”

• Objeto: obras sobre Historia del Derecho• Historia de los libros de Historia del Derecho

• La Historia del Derecho fue entendida como una herramienta de la ciencia histórica

• Utiliza el método histórico crítico• Dinámica del curso:

- narración de vicisitudes- problemas históricos- sin metodología propia- dependiente de la ciencia social histórica- sin autonomía

ESCUELAS DE HISTORIA DEL DERECHO

• Principios desde S. XVI y XVII en el auge del proceso de desarrollo del sistema jurídico hispano indiano

• Anteriormente:- narraciones políticas- conflictos internacionales- problemas diplomáticos

ESCUELAS DE HISTORIA DEL DERECHO

• Escuela española• Escuela francesa• Escuela italiana• Escuela alemana

ESCUELA ESPAÑOLA

• Eduardo Hinojosa (1852 – 1919)• Tesis: la Historia del Derecho enriquece el

estudio de las instituciones jurídicas porque permite penetrar en el razonamiento del legislador indagando en el pasado del hombre

• Niceto Alcalá Zamora (1877 – 1949)• Incorpora las leyes de Indias con las de las

Partidas que elevó significativamente el espíritu español

• Debido a su importante producción: obra seria y científica, se ha convertido en base de importantes estudios que sustentan la historia jurídica de España

• “Escuela de Hinojosa” : Anuario de Historia del Derecho Español (1924)

ESCUELA ALEMANA• La revolución historiográfica del siglo XX se

estructura en cuatro escuelas principales• Precursores: Savigni (1779 – 1861) • Método histórico• Savigni sostiene que el derecho es un elemento

natural sujeto a reconocimiento que no puede codificarse porque es el producto de la evolución de un pueblo: “derecho del pueblo”

• Stolley : • Se centra en la Historia del Derecho Público

alemán• Investiga hasta el período del sistema jurídico

del Estado nazi influenciado por la corriente alemana de los conceptos históricos fundamentales

• Este enfoque en sí rompe con el enfoque predominante en la historiografía jurídica de la Escuela chilena de Historia del Derecho: fijar como límite a las investigaciones la Codificación

• “Sin duda la Historia es historia del presente, que estudia el pasado como parte de un presente que fue, pero que es en sí siempre historia (proceso histórico)”

Dr. ALFONSO GARCÍA-GALLO: 1952 NOV.

• “En el campo histórico-jurídico no se da la sucesión de sistemas porque el derecho no evoluciona al mismo ritmo en su totalidad ni a saltos”

• El curso debe ser considerado una disciplina para estudiantes de Derecho bajo una óptica de ciencia jurídica

• No debe dictarse para estudiantes de historia que no portan un nutrido bagaje jurídico

ESCUELA DE HISTORIA DEL DERECHO PERUANO

PRINCIPALES PRECURSORES

1. Toribio Pacheco :Cuestiones constitucionales 1854

2. Manuel de Mendiburu Ojeada: La esclavitud bajo el régimen colonial3. José Antonio Barnechea:

Lecciones de legislación civil comparada

4. Francisco García Calderón LandaDiccionario de la legislación peruana

5. Román AlzamoraCurso de Historia del Derecho Peruano

6. Luis Felipe Villarán y Manuel Vicente Villarán La Constitución peruana comentada

7. Jorge Basadre Grohmann Historia del Derecho Peruano Los fundamentos de la Historia del Derecho

HISTORIOLOGÍA

DEFINICIÓN

• Disciplina que investiga y describe científicamente el desarrollo de acontecimientos o hechos históricos

• Identificación objetiva de los procesos históricos

• Filosofía de la historia o interpretación teleológica de la historia

• Teoría de la historia• Disciplina que busca interpretar la

historia, procurando explicar porqué se producen los hechos y cuáles serían las condiciones para que éstos vuelvan a suceder

ESTUDIOS ROMANISTAS EN EL PERÚ

HISTORIOGRAFIA JURIDICA PERUANA

1. Leopoldo Cortés:Apuntes de Derecho romano ( 1897 )

2. Carlos Rodríguez Pastor: Prontuario de Derecho romano ( 1938 )

3. Fernando Tola:Derecho romano, obligaciones, contratos,

delitos y acciones ( 1948 )

4. Román Alzamora - Lizardo Alzamora Silva Derecho Romano ( 1946 )

5. Darío Herrera Paulsen : Derecho romano ( 1988 )

6. R.P. Luis Cordero: Cursos de Derecho romano

7. Manuel Gamarra Pereda Derecho romano (1962 )

8. Darío Herrera Paulsen y Jorge Godenzi Alegre

Derecho romano ( 1999 )

EL DERECHO EN LAS PRIMERAS CIVILIZACIONES

• El comienzo real de la existencia del hombre es todavía un escenario desordenado

• La humanidad necesitaba para sobrevivir de reglas elementales obligatorias y mandatorias

• Primeros grupos humanos en Mesopotamia: antigüedad de 100,000 a. C.

• Tablillas bíblicas corresponden a la III dinastía Ur, centro religioso civilización sumaria

LAS COMPILACIONES ARCAICAS

• No son códigos en sensu stricto• Redacciones parciales del amplio aparato

legislativo dictado sobre la base de precedentes antiguos o prácticas constantes

• Fijaron cláusulas y enmendaduras a normas anteriores

• Rey Shulgi de Ur (2094 - 2047 a.C.). Segundo gobernante de la dinastía: “Rey de las cuatro zonas del mundo”

• Rey Lipit Ishtar , ciudad-estado de Isin (1934-1924 a.C.)

• Rey Hammurabi de Mesopotamia

• Definen el punto de partida de la vida jurídica en la humanidad

• Comprenden vivencias casuísticas y no teóricas o científicas en el campo del desarrollo del derecho

• No constituyen un corpus iuris homogéneos con principios propios: representan cláusulas y enmendaduras a normas anteriores

CÓDIGO DE LIPIT ISHTAR

• Si un hombre entró en el huerto de otro hombre y cogió allí para robar, él le pagará diez shekels de plata

• Si a un hombre casado su esposa le da niños y esos niños están viviendo, y una esclava también le da niños de su amo pero el padre concedió la libertad a la esclava y los niños de

ella, los niños de la esclava no dividirán la propiedad con los niños de su amo anterior.• Si la esposa de un hombre no ha parido los

niños pero una ramera de la plaza pública ha

• parido sus niños, él mantendrá con grano, aceite y ropa a esa ramera. Los niños que la ramera ha parido serán sus herederos, y con tal de que su esposa viva que la ramera no vivirá en la casa con la esposa.

• Si un hombre alquiló un buey y dañó su ojo, él pagará la mitad de su precio.

• Si un hombre alquilara un buey y rompió su cuerno, él pagará un cuarto de su precio.

• Si un hombre alquiló un buey y dañó su cola, él pagará un cuarto de su precio.

CÓDIGO DE HAMMURABI

• Hammurabi: Monarca y legislador , 1792 - 1750 a.C

• Fue el sexto rey de Babilonia• Gobierno fuerte, despótico y centralizado• Fueron grabadas en una estela de piedra• Reúne normas ya existentes entre los

sumerios y antiguas civilizaciones nacidas en Mesopotamia y dispone su adaptación como regulación de conducta entre los estratos sociales

• Inserta principios jurídicos con importantes efectos pautadores en el tiempo

• Contiene normas como la pena capital • El Estado para demostrar y asegurar la

autoridad :- ejecuta al que delinque, causa desorden o altera la paz social

APORTE HISTÓRICO-JURÍDICO DE LAS PRINCIPALES

CULTURAS

MESOPOTAMIA

• Primeros grupos humanos en Mesopotamia: antigüedad de 100,000 a. C.– Ausencia de sistema de derecho– Sin presencia de estado

• Primeras creencias culturales: 6000 a 5000 a.C• Primeras fuentes jurídicas aunque escasas :

aumentan en la dinastía Ur 2300 a 2180 a. C

• Ubicada alrededor de la cuenca de los ríos Eufrates y Tigris

• Extensión : 140,000 km2 de tierras fértiles• Centro de desarrollo urbano con sólida

economía agraria: Eridu, Uruk, Babilonia y Asur

• El proceso de evolución comprende el tercer y parte del segundo milenio a.C.

• Desarrollaron importantes pueblos como:– Sumerios– Acadios– Babilonios– Hititas– Asirios– Caldeos

• Estaban asentados en territorio comprendido entre los ríos Tigris y Eúfrates - Creciente Fértil ( por su forma de media luna y aptitudes para los cultivos)

• Aparece la agricultura la que desarrollan muy hábilmente, utilizar el adobe como material de construcción y transporte de mercancías a través de ríos y canales.

• Ante la carencia de materias primas ( piedra, metales y madera) nace la idea del comercio

• Aproximadamente hacia los 3200 a. C.• Se organizan en ciudades-estado gobernados

por dinastías de reyes• Civilizaciones más importantes históricamente:

- Ur- Lagash- Umma- Eridum- Nippur

• Civilización profundamente religiosa organizada alrededor de los templos construidos con devoción admirable

• Inventaron la escritura ideográfica de forma cuneiforme: grabaciones sobre tablas de arcilla blanda (secado y expuesto al sol)

• Posteriormente el lenguaje fonético hasta que los signos representaron sílabas lo que hizo posible el incremento de combinaciones

ACADIOS Y BABILONIOS

• Desarrollaron su civilización en Mesopotamia durante los milenios IV y III a.C. en la región de Akkad luego se unieron con los sumerios y fusionaron el territorio mesopotámico

• Este imperio fue realmente fascinante en la historia antigua: - los avances técnicos : la rueda, las primeras ciudades, el aprovechamiento de los recursos, las matemáticas o la escritura etc.

• La cultura que desarrollaron es el origen de nuestra forma de pensar y vivir

• El Imperio Acadio creó reinos, gobernados por monarcas considerados de origen divino

• Sargón: impulsor del primer gobierno de la historia

• Tras un periodo oscuro resurgieron los sumerios y posteriormente se inicia el Imperio Paleobabilónico con la asunción de Hammurabi (Babilonia)

HITITAS

• Civilización de origen indoeuropeo afincada en la región central de la península de Anatolia entre los siglos XVIII y XII a.C.

• Usaron jeroglíficos propios y en ocasiones escritura cuneiforme (Asiria)

• Formó un poderosos imperio gracias a las conquistas de otras ciudades-estado, superioridad militar y su habilidad diplomática

• Se convirtió en la "tercera" potencia en Oriente Medio luego de Babilonia y Egipto

TRATADO DE PAZ DE QADESH

• Primer tratado del que se tiene constancia escrita

• Firmado por el faraón Ramsés II y el rey Hattusil III, alrededor del 1285 a.C. entre los imperios de Hatti y Egipto

• Se utilizó lenguaje diplomático: caldeo• Tablas de plata y réplicas en arcilla

• Mira, en lo que se refiere a la relación del gran rey, el rey del país de Egipto, y del gran rey, el rey del país hitita, desde la eternidad el dios no permite, por causa de un tratado eterno, que la enemistad exista entre ellos.

• Reamasesa, mai-Amana, el gran rey, el rey del país de Egipto, no debe atacar jamás al país hitita para apoderarse de una parte (de este país). Y Hattusili, el gran rey, el rey del país hitita, no debe atacar jamás al país de Egipto para apoderarse de una parte (de este país).

• Si un enemigo extranjero marcha contra el país hitita

• y si Hattusili, el rey del país hitita, me envía este mensaje: "Ven en mi ayuda contra él", Reamasesa, mai-Amana, el gran rey, el rey del país egipcio, tiene que enviar sus tropas y sus carros a matar a este enemigo y a dar satisfacción al país hitita

• Si un extranjero marcha contra el país de Egipto y si Reamasesa, el gran rey, el rey del país de Egipto, tu hermano, envía a Hattusili, el rey del país hitita, su hermano, el mensaje siguiente: "Ven en mi ayuda contra él", entonces Hattusili, rey del país hitita, debe enviar sus tropas y sus carros y matar a mi enemigo.

CALDEOS Y ASIRIOS

• Siglo XIX a. C.• Asiria se extendía por la orilla oriental del Tigris

y estaba limitada al Norte por Armenia, al Este por Media, al Sur por Caldea, y al Oeste por Asia Menor

• Las conquistas realizadas por sus monarcas dieron mayor extensión al territorio original llegando a comprender en el siglo VIII a.C.: Armenia, toda Mesopotamia, el norte de Arabia, Fenicia, Palestina y el norte de Egipto

• Las expediciones guerreras: invasión un pequeño reino para proveerse de alimentos, talar el campo, cortar las cabezas a los muertos, incendiar las ciudades y tomar prisioneros que eran encadenados para llevarlos consigo como esclavos

• Su código de leyes revelaba severidad y gran crueldad, más que el de Babilonia o de los Hititas

• El rey era el intercesor ante la divinidad: gran sacerdotes del dios Assur (gran árbol de la vida – sol) y gran comandante en jefe del ejército

• El Consejo de jefes de familia de ciudadanos libres representantes de la ciudad tenía competencias judiciales (su poder e influencia no se ha podido precisar)

• Sociedad patriarcal de marcada influencia en la organización del comercio

• Asiria se extendía por la orilla oriental del Tigris, y estaba limitada al Norte por Armenia, al Este por Media, al Sur por Caldea, y al Oeste por Asia Menor. Las conquistas realizadas por sus monarcas dieron mayor extensión al territorio original, de manera que el reino llegó a comprender, en el siglo VIII a.C., Armenia, toda Mesopotamia, el norte de Arabia, Fenicia, Palestina y el norte de Egipto

LEGISLACIÓN MESOPOTÁMICA

CÓDIGO DE HAMMURABI

• Inscrita en forma desordenada sobre piedra de 2.25 m. altura y 1.90 m. de circunferencia

• 282 leyes o mandatos condicionales• Población: 250,000 y 300,000• Contenido: normas penales, agrícolas,

comerciales y patrimoniales• Cuerpo: preámbulo, ley y epílogo

• Hechizo y sortilegios• Delitos de brujería,robos, atentados a propiedad• Injurias y sobornos contra los testigos• Diligencias y anulación de juicios• Materia hereditaria• Régimen de esclavitud• Condición y obligación de funcionarios• Regulación de los contratos y obligaciones• Normas de la familia• Régimen médic,veterinar,arquitec,albanil,barber

MUJER• Normas protectoras, esencialmente patriarcales• Derechos básicos. Categoría igual al varón• Podía repudiar a su marido “si se averigua que es

cuidadosa y no se le halla falta, sin tacha y su marido sale del hogar y la descuida” puede recoger su dote y fijar su domicilio

• La mujer casada tenía capacidad para comprar, vender, arrendar, comparecer en juicio o atestiguar

HERENCIA

• El padre puede disponer de su patrimonio a favor de tercero o de su esposa

• A la muerte del padre había que separar una parte para los hijos menores, otra para la madre, otra porción para los varones y otra para las hijas

• La fortuna de la mujer casada se transfería al viudo

LEYES HITITAS• Mitad de los siglos XVI o XV a.C. (1500)• Tiene un amplio radio de acción tutelar en la

misma forma que el texto hammurábico• Texto de dos partes de 100 parágrafos c/u uno• “si una persona le quita la vida a un hombre o

una mujer con furia, el victimario debe entregar a la familia de la víctima cuatro hombres o mujeres para pagar su responsabilidad por este hecho”

• Homicidio intencional y no intencional• Secuestro de hombres y robo de esclavos• Matrimonio• Tenencia de la tierra• Reglas religiosas y de culto• Robo de cosas, animales, bienes muebles• Regulación de tarifas para retribuir el trabajo• Justicia: jueces permanente e itinerantes

DERECHO PRIMITIVO• La ley deriva de normas pre existentes• Inicialmente profundo contenido moral y

religioso en su naturaleza más adelante los conceptos éticos, morales, económicos, jurídicos y religiosos aparecen mezclados

• La costumbre: -H. Köning: “costumbres jurídicas”-L. Adam: necesidad social obligatoria-Malinowski: normas y costumbres

• Los textos son reproducciones escritas de la costumbre imperante

• Abandono de los periodos de la ficción • Ley fundamental de la reciprocidad y equidad• Religión, moral, economía, costumbre y

Derecho no tienen una relación de sucesión: “reglas sociales” primitivas

EL DERECHO ROMANO“NE QUID NIMIS”

GENERALIDADES• La historia del Derecho romano debe ser

estudiada dentro del conjunto de la historia de Roma, ya que no es posible separar el aspecto jurídico de las demás manifestaciones culturales, artísticas, políticas y sociales

• Bajo la etapa imperial los dominios de Romasiguieron aumentando llegando a su máxima

extensión durante el reinado de Trajano• Abarcó desde el Océano Atlántico al oeste

hasta las orillas del Mar Negro, el Mar Rojo y el Golfo Pérsico al este y desde el desierto del Sahara al sur hasta las tierras boscosas a orillas de los ríos Rin y Danubio y la frontera con Caledonia al norte

• Su superficie máxima se estima sería de unos 6,14 millones de km²

ORIGENES• Rigió a los ciudadanos de Roma y aquellos

instalados en distintos sectores de su Imperio, en un espectro histórico cuyo punto de partida se sitúa en la fundación de Roma año 753 a. C. y que se extiende hasta el año 476 d.C.

• Roma fue fundada en el siglo VIII a.C sobre el monte Palatino, en la orilla izquierda del Tíber.

• Los primeros romanos surgieron de la unión de latinos, sabinos y etruscos. La historia de este pueblo comprende tres importantes etapas: la Monarquía, durante la cual Roma fue regida por siete reyes, entre 753 y 509 a.C.; la República, gobernada por el Senado y los cónsules, desde 509 hasta 27 a.C.; y el Imperio, que abarca desde 27 a.C. hasta 476 d.C.

DEFINICIÓN

• Conjunto de normas jurídicas consuetudinarias y escritas que han regido la convivencia social de Roma, durante las diferentes épocas de su existencia

• “corpus juris civilis”• Reglas sociales pactadas tras larga lucha entre

• los diferentes grupos sociales que habitaron la ciudad de Roma

• Se sustenta en bases filosóficas• Fundamento: la Filosofía del Derecho• Fenómeno jurídico: espacio y tiempo

histórico

IMPORTANCIA• Creó el Derecho• Fijaron a perpetuidad las categorías del

pensamiento jurídico• Destaca:

- técnica perfecta de sus expresiones- método eficaz- sabiduría en sus principios

- excelente sistematización- seguridad de sus normas- profundo sentido filosófico- conocimiento perfecto de las circunstancias

históricas- auxiliar histórico- perdurabilidad de sus principales instituciones

jurídicas

• En esta época tiene lugar la labor compiladora del emperador Justiniano conocido desde el Renacimiento como «Corpus Iuris Civilis»

• Los textos justinianeos han permitido a algunos autores hablar también de Derecho Romano de la Edad Media

• El Imperio Romano fue una etapa de la civilización romana en la Antigüedad clásica caracterizada por una forma de gobierno autocrática

• El nacimiento del imperio fue precedido por la expansión de su capital Roma que extendió su control en torno al Mar Mediterráneo

PERIODOS DEL DERECHO ROMANO

1. Monarquía

2. República

3. Imperio

PERIODIZACIÓN HISTÓRICA-JURÍDICA

• 1)Hasta S. III a. C. : purificación de la península italiana

• 2) Entre S. III a. C. al S. III d. C. : momento de auge y esplendor de Roma

• 3) A partir del S. III en que se produce la decadencia paulatina y el derrumbe del imperio romano

PERIODIZACIÓN HISTÓRICO-JURÍDICO

1. Periodo del derecho antiguo y quiritario(del 753 a.C al 130 a.C.)

2. Periodo del derecho clásico (del año 130 a.C al 230 d.C.)

3. Periodo del derecho postclásico (del 230 d.C al 527 d.C.)

4. Periodo del derecho justinianeo (del 527 d.C al 565 d. C.)

• 1er. Periodo: estaba todavía en sus inicios, comprendía las costumbres de los pueblos de la península itálica que fundaron la ciudad de Roma

• 2do. Periodo: el Derecho Romano tomó carácter nacional (debido a la interpretación de los pontífices y jurisconsultos)

• 3er. Periodo: apogeo del Derecho Romano presencia significativa de Roma

Las legislaciones extranjeras alcanzaron mayor grado de perfección• 4to. Periodo : Bajo Imperio : real

decadencia e inicio de la codificaciónA groso modo este criterio de periodización resume el nacimiento, el desarrollo y la decadencia del Derecho Romano

IMPERIO DE OCCIDENTEOCTAVIO - AUGUSTO

• Proyectó las transformaciones que Roma necesitaba para su estabilidad

• Modificó la formación del Senado• Recibió los poderes de los magistrados• Gozaba de inviolabilidad tribunicia perpetua• Ius auxilli: derecho de oponerse a las

ordenanzas de los magistrados, propuestas de leyes y decretos del Senado

• Año 38 a. C. : título de Imperator

• Rechazó la dictadura, el consulado perpetuo, la vigilancia de las costumbres y el gran pontificado ( princeps )

• Podía disponer la guerra o la paz• Presidía el senado y los comicios• Derecho de veto • Derecho de intercesión• Funciones vitalicias, no hereditarias• Ejerció el poder sin buscar satisfacción

personal

1. La Lex Iulia de maritandis ordinibus (18 a.C.)2. La Lex Papia Poppaea (9 a.C.) 3. Limitó los derechos hereditarios para los

herederos indirectos4. Proceso de romanización de las provincias

(Roma)5. Sistema de adopción para cubrir la sucesión

del monarca

CONSTANTINO• “Obispo del exterior”• Sentimientos cristianos• Obligó al personal de la nación al “descanso

dominical”• Libertad de matrimonio entre personas

socialmente diferentes, restricción al divorcio• Dividió el Imperio entre Constantino II,

Constancio y Constante

DIVISIÓN DE ROMA• Se considera el principio de la caída de Roma• Fue declarada en el año 363 d.C. • El emperador Diocleciano señaló que el

Imperio era demasiado grande como para que lo gobernara un solo hombre

• El Imperio Romano de Occidente se quedó con Roma, Italia, Hispania, Britania y buena parte de Germania

• El Imperio Romano de Oriente se quedó con Constantinopla, Tracia, Turquía, Armenia, Siria Jordania y Egipto

• Roma de Occidente fue Católica mientras que Oriente Ortodoxa lo que originó disputas entre ellos

• El Imperio de Occidente se siguió introduciendo en la cultura romana

• El Imperio de Oriente se inclinó más por la cultura helenística abandonando así la romana

• En Occidente a medida que los invasores llegaban se transformaban a la cultura germana

IMPERIO DE ORIENTE JUSTINIANO “EL GRANDE

• Fue netamente griego, tanto en idioma, población, teología, como en cultor religioso y romano de su derecho, organización militar y supremacía del Estado sobre el individuo

• Se inicia con el imperio Bizantino: emperador Arcadio en el año 397 y su máximo esplendor lo alcanzó con el emperador Justiniano “el Grande”

• Resistiendo fuertemente la acechanza de los enemigos supo pervivir durante diez siglos

• Justiniano fue adoptado por su tío Justino I con el nombre de Justiniano

• Hombre de amplio espíritu de romanidad, justo, razonable, sumamente inteligente y culto con formación humanista y teológica

• Meta: reconquistar Occidente• 18 años después (553 d.C.) derrotó a los

ostrogodos

• Impuso:- las creencias religiosas basadas en el

cristianismo ortodoxo-una organización del aparato

administrativo con base legislativa

RECOPILACIÓN DEL EMPERADOR BIZANTINO JUSTINIANO

OBRA• “Corpus Iuris”: magna compilación del

derecho romano• Resultado de un intenso y metódico trabajo

de reunir los jura, las obras de los juristas clásicos y las leyes o constituciones imperiales en la compilación que se conoce como la obra más extraordinaria de la historia

• Supo realizar tareas grandiosas sin contentarse con hacer cosas pequeñas y efímeras

ORDENAMIENTO DEL DERECHO ROMANO• Año 2° de su gobierno: designó una comisión

presidida por Triboniano• Juntó en un solo libro las constituciones

insertas en los Códigos Gregoriano, Hermogeniano, Teodosiano, y las Novelas Post-Teodosianas y legislación posterior

• Las constituciones fueron divididas en libros según materia y en títulos (cada texto con el nombre del emperador que lo promulgó)

DERECHO JUSTINIANEO

• DIGESTO -está divido en 50 libros y en 7 títulos :principios generales, doctrina, obligaciones y contratos, herencia, derechos reales, instituciones, derecho penal

• INSTITUCIONES- 4 libros para la enseñanza del Derecho: personas clasificación de las cosas, propiedad, derechos reales y testamentos Carácter obligatorio, tenían que regirse según los libros

• LAS NOVELAS:– Compilación fuera del código de las instituciones

(leyes Nuevas)– Reserva de introducir las reformas necesaria,

mediante la dación de leyes nuevas, nuevas constituciones o simples novelas

– Justiniano compiló “los miles de libros de jurisconsultos con los que se han edificado el templo de la justicia romana”

EDAD MEDIA • Periodo entre caída del Imperio Romano de

Occidente (476 d.C.) y el descubrimiento de América 1453

• Cuatro acontecimientos:1. Ingreso de los bárbaros al territorio europeo2. Expansión del Imperio de Carlomagno3. Feudalismo: afirmación poder del señor feudal4. Cruzadas a Tierra Santa para defender el Santo

Sepulcro del poder musulmán

DERECHO CANÓNICO

• La fe cristiana convirtió a grandes poblaciones• Intentó reducir la esclavitud y las penas

establecidas por el Derecho Romano o la legislación bárbara

• Organizó acciones de caridad para los más humildes

• Orígenes de la Iglesia Católica: Provincia de Judea desde donde Jesús de Nazaret predicaba una nueva religión llamada cristianismo que revolucionó el orden social

• En las ceremonias de culto oficial del Estado, obligatorio para los súbditos de Roma, los cristianos se negaron a participar y reverenciar tributo a los dioses romanos

• Los primeros cristianos sufrieron persecuciones al ser acusados de poner en peligro la unificación religiosa del Imperio

• Se formaron pequeñas comunidades llamadas asambleas o iglesias

• La libertad de culto fue autorizada con la promulgación del Edicto de Milán del 313

• La imposición del cristianismo como religión oficial: 391 d. C

• La organización de la Iglesia instauró a los obispos como jefes de la comunidad cristiana de cada ciudad

• Primer jefe de la Iglesia: apóstol Pedro, nombrado por Jesús. Murió en Roma

• Recibió el nombre de Papa y desempeñaba a la vez el cargo de obispo de la ciudad

• Sistema de normas jurídicas promulgado por la autoridad eclesiástica, Iglesia Católica

• Establece los derechos de la sociedad eclesiástica y la de sus miembros

• Forma de cánones o reglas que emanan de la Iglesia

• Regula el matrimonio, filiación, testamentos y contratos, establece la responsabilidad civil, regla de la autonomía de la voluntad

• Cánones: normas o reglas de conducta jurídica particular o general que emana de los concilios, sínodos o actos del papado

• Papa Adriano I mandó redactar la gran colección denominada Dionisio-Adriana (entregado a Carlo Magno en Roma 772 era cristiana

• Papa Gregorio VII: Dictatus Papae (anuncia la independencia de la Iglesia del Estado)

• Concordia discordantium y Corpus Iuris Canónico

EL DERECHO INDIANO

EDAD MODERNA

• Régimen de la consolidación y la expansión del estado español lo elevó a la categoría de una monarquía absoluta

• Irradió hacia América el Derecho Territorial Castellano

• Bagaje jurídico que transportó Colón

1492

1. Conquista de Granada que pone fin a la guerra con el reino nazarí

2. Conquista de las Canarias3. Descubrimiento de América

ESPAÑA Y AMÉRICA

• Encuentro de dos mundos: los antiguos de Europa y el descubierto de América

• Para el imperio castellano en las Indias Orientales y Occidentales: creación del Derecho hispano-indiano

• Dualidad de sistemas: general para Europa y el específico para América

DEFINICIÓN

• Conjunto de normas jurídicas vigentes en América hasta la independencia, inclusive la expedición del Código Civil de 1852 y el Código de Comercio de 1853

• Fuerza vinculante de normas consuetudinarias indígenas basadas en los usos y costumbres (tradición clásica)

• Aquel derecho que rigió en las Indias Occidentales durante el período de dominación de la Corona Española

• Derecho urgente en América durante a dominación española

ELEMENTOS

• Derecho Castellano• Derecho Indiano• Derecho Canónico (origen peninsular o

criollo)• Derecho Indígena

• Cabe distinguir:A) El derecho indígena respetado por el colonizador español B) El derecho especial para Indias, normas especialmente dictadas para América (ley y costumbre)C) El derecho de Castilla vigente en América con carácter subsidiario

ÉPOCAS ( NICETO ALCALÁ )1. Desde los Reyes Católicos hasta Carlos V :

Formación jurídica indiana / Prólogo2. Intermedia que cubre la dinastía austriaca

que rigió España en el s. XVII :Integración / Texto

3. Decadencia: la dinastía borbónica en el s. XVIII :Desintegración del Derecho Indiano / Decad.

EL DERECHO INDIANOEN EL PERÚ

• El descubrimiento de América se realiza antes de expandirse en España las "Leyes de Toro" y la "Nueva Recopilación”

• Cristóbal Colón viaja en búsqueda de plata y especias y descubre América se encuentra que estaba poblada, por esta razón, surgen problemas de naturaleza jurídica

• Nace el derecho indiano (el Derecho de Castilla) para su aplicación en América

• Las recopilaciones no eran materiales nuevos elaborados especialmente

• Aglutinaron elementos jurídicos diversos que conservaron una fisonomía típica y peculiar de acuerdo a la época de la que provenían sin haber sido fusionados o integrados en un conjunto uniforme (ni en estilo ni en su contenido

BULAS• Documento papal, estrictamente formal que

es empleado para asuntos de importancia, sumamente solemnes

• Son redactados en pergamino fuerte (antes papiro) con estilo formal y que lleva atado hilo de seda y un sello de plomo en cuyo anverso está el nombre del Papa reinante, y en el reverso las efigies de San Pedro y San Pablo

BULAS DE ALEJANDRO VI• Se otorga a los reyes de España y Portugal

las tierras de las Indias y se dispone el reparto geográfico de la tierra firme, las islas descubiertas y las por descubrir

• Precisa los grados de latitud de ambas zonas• Objetivo: Cristianizar a los aborígenes• Concesión religiosa o pontificia : Papa

• Condiciones y obligaciones- concede título espiritual y penal sobre el dominio de las tierras- obligación de carácter imperativo:“Os mandarnos, proteger y evangelizar a los indios ...”

FUENTES DIRECTAS

1. Ley2. Costumbre3. Jurisprudencia

FUENTES INDIRECTAS

1- Generales: legislación de Castilla, de aplicación supletoria- leyes de la Recopilación- cédulas, ordenanzas y provisiones anteriores a la recopilación- leyes de Castilla

2. Indirectas: leyes especiales aplicables a ramas del derecho:- derecho comercial (Reglamento del Comercio Libre)- ordenanzas de Bilbao- derecho de minas- extensión de la vigencia para las Indias de las ordenanzas militares y navales

CARACTERÍSTICAS• Leyes de interés general: se pregonaban• Leyes para autoridades civiles y religiosas: en

copias• Leyes particulares: presentación personal para

su acatamiento• Derecho público: mayor parte de la legislación • Derecho privado: escasas disposiciones, casos

concretos

• Legislación indiana: espíritu religioso y humanitario

• Voluntad española: proteger a los indígenas e incorporarlos a las civilización cristiana

• “....encierran un valor mucho más grande que todo lo que se ha hecho en las colonias inglesas o francesas en el mismo orden”

• Edouard Gaylord ( Universidad de Yale )