2
1. Ocupación de la vía pública con escombros, tierras, arenas, materiales de construcción, leña o cualesquiera otros materiales, por metro cuadrado o fracción y día .......................................... 0,20 euros 2. Ocupación de la vía pública con vallas, andamios, o cualesquiera otras instalaciones adecuadas, por metro cuadrado o fracción y día............................................ 0,20 euros 3. Ocupación de terrenos de uso público con puntales, asnillas, u otros elementos de apeo, por cada elemento y día .................. 0,20 euros ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADA DE VEHICULOS ATRAVES DE LAS ACERAS Y RESERVAS DE VIA PUBLICA PARAAPARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA DE VEHICULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCIAS DE CUALQUIER CLASE Se modifica el artículo 6 que quedará redactado como sigue: 1. Las tarifas a aplicar serán las siguientes: I. Entrada de vehículos en edificios o solares, cocheras particulares o aparca- mientos individuales: Por cada metro lineal o fracción de la entrada o paso de vehículo y año, a) Si se trata de garaje público o establecimiento comercial o industria ................................................................4,81 euros b) Si se trata de garaje particular..................................................3,12 euros c) Los locales dedicados a garaje que se guarden más de un coche, aparte de la tasa anual por entrada, pagarán también por cada plaza ..............................................2,55 euros II. Reserva de espacios en vías y terrenos de uso público para carga y descarga satisfarán al año: a) Autobuses y camiones............................................................12,82 euros b) Si se trata de otros vehículos ..................................................9,62 euros ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR DISTRIBUCION DE AGUA Se modifica el artículo 6 que queda redactado como sigue: Las tarifas de esta Tasa serán: 1º USO DOMESTICO: Mínimo de 4 m 3 /mes ............................................................ 0,88 euros/mes De 4 a 12 m 3 .......................................................................... 0,29 euros/m 3 Más de 12 m 3 .......................................................................... 0,37 euros/m 3 2º USO AGRICOLA Y GANADERO: Mínimo de 20 m 3 /mes .......................................................... 1,64 euros/mes De 20 a 40 m 3 ........................................................................ 0,22 euros/m 3 Más de 40 m 3 .......................................................................... 0,30 euros/m 3 3º USO INDUSTRIAL: Mínimo de 10 m 3 /mes .......................................................... 3,74 euros/mes Más de 10 m 3 .......................................................................... 0,59 euros/m 3 4º OBRAS: - En aquellos casos en que excepcionalmente se autorice el consumo de agua para obras sin, contadores pagarán por día .................................................................. 1,28 euros/día - Instalando contador ............................................................ 0,27 euros/día ENTRONQUE DE NUEVO SERVICIO Y CAMBIO DE TITULARIDAD ................................................ 77,90 euros ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS O REALIZACION DE ACTIVIDADES DE CONCESION DE LICENCIAS PARA TALA DE MADERA Se modifica el artículo 9.a) que quedará redactado como sigue: a) Por cada m 3 de madera cortada o a cortar de cualquier especie, se abonará 0,32 euros. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE ESCUELA INFANTIL DE PRIMER CICLO (0-3 AÑOS) Se añade al cuadro de tarifas el siguiente apartado: “4. El alumnado en régimen de media jornada que utilice el servicio de come- dor deberá abonar una cuota suplementaria de 3,50 euros por día por uso del servi- cio. Sobre esta cuota no cabe ningún tipo de reducción o beneficio fiscal que pueda ser aplicable a la tarifa general.” ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DE BASURA Se modifica el artículo 5.2. que queda redactado como sigue: “A tal efecto se aplicará la siguiente tarifa: A) RECOGIDA DE BASURA EN ZONA URBANA (Recogida diaria) Euros/Trim. 1) Viviendas.................................................................................... 17,10 euros 2) Bares, cafeterías, restaurantes, hostales, residencias y similares .............................................................. 47,16 euros 3) Establecimientos de alimentación: a) con superficie inferior a 120 m 2 ............................................ 39,38 euros b) con superficie superior a 120 m 2 ........................................ 256,87 euros 4) Locales destinados a actividades industriales, comerciales, profesionales, servicios administrativos, etc., no incluidos en los apartados anteriores a) con superficie inferior a 120 m 2 ............................................ 35,98 euros b) con superficie superior a 120 m 2 ............................................73,66 euros B) RECOGIDA DE BASURA EN ZONA RURAL 1) Viviendas. Recogida una vez por semana .................................. 8,55 euros 2) Viviendas. Recogida dos veces por semana .............................. 10,31 euros 3) Bares, tabernas, comercios, etc. ................................................ 14,61 euros ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIAS DE AUTOTURISMOS Y DEMAS VEHICULOS DE ALQUILER Se modifica el artículo número 4 quedando redactado como sigue: La cuota tributaria se determinará por una cantidad fija señalada según la natu- raleza del servicio o entidad, de acuerdo con la siguiente Tarifa: Conceptos Euros a) Concesión y expedición de licencias. Clase B. ................................ 641,31 b) Transmisión de licencias. Clase B. .................................................. 384,15 c) Sustitución de vehículo........................................................................ 22,41 d) Uso y explotación de licencias ............................................................ 16,01 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO Se modifica el artículo 3 quedando redactado como sigue: La cuota tributaria quedará determinada por la siguiente tarifa: 1. ACTIVIDADES INOCUAS: 1.1. Se establece como cuota fija y hasta un mínimo de 50 m 2 ..256,52 euros 1.2. Se liquidará la tarifa anterior, más los metros cuadrados que excedan comprendidos entre 51 y 100 m 2 , a ......................2,56 euros 1.3. Se liquidarán las tarifas anteriores, más los metros cuadrados que excedan y comprendidos entre 101 y 200 m 2 , a ................1,92 euros 1.4. Se liquidarán las tarifas anteriores, más los metros cuadrados que excedan y comprendidos entre 201 y 500 m 2 , a ................1,29 euros 1.5. Se liquidarán las tarifas anteriores, más los metros cuadrados que excedan de 500 m 2 , a razón de ..........................................0,64 euros 2. ACTIVIDADES SOMETIDAS AL REGLAMENTO DE ACTIVIDADES MOLESTAS, INSALUBRES: 2.1. Se establece como cuota fija y hasta un mínimo de 50 m 2 , a ............................................................................320,66 euros 2.2. Se liquidará la tarifa anterior, más los metros cuadrados que excedan comprendidos entre 51 y 100 m 2 ................................3,20 euros 2.3. Se liquidarán las tarifas anteriores, más los metros cuadrados que excedan y comprendidos entre 101 y 200 m 2 a ..................2,56 euros 2.4. Se liquidarán las tarifas anteriores, más los metros cuadrados que excedan y comprendidos entre 201 y 500 m 2 a ..................1,92 euros 2.5. Se liquidarán las tarifas anteriores, más los metros cuadrados que excedan de 500 m 2 a ..........................................................1,28 euros 478 SUPLEMENTO AL B.O.P.A. 30-XII-2006

478 SUPLEMENTO AL B.O.P.A. 30-XII-2006 - Asturias · 2007-01-30 · - Puestos sin altillo ..... 3,85 euros/m2. 2. Los derechos de traspaso devengarán el 15 por ciento del importe

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1. Ocupación de la vía pública con escombros, tierras, arenas,materiales de construcción, leña o cualesquiera otros materiales,por metro cuadrado o fracción y día .......................................... 0,20 euros

2. Ocupación de la vía pública con vallas, andamios,o cualesquiera otras instalaciones adecuadas,por metro cuadrado o fracción y día............................................ 0,20 euros

3. Ocupación de terrenos de uso público con puntales, asnillas,u otros elementos de apeo, por cada elemento y día .................. 0,20 euros

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADADE VEHICULOS A TRAVES DE LAS ACERAS Y RESERVAS DE VIA

PUBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA DEVEHICULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCIAS

DE CUALQUIER CLASE

Se modifica el artículo 6 que quedará redactado como sigue:

1. Las tarifas a aplicar serán las siguientes:

I. Entrada de vehículos en edificios o solares, cocheras particulares o aparca-mientos individuales:

Por cada metro lineal o fracción de la entrada o paso de vehículo y año,

a) Si se trata de garaje público o establecimientocomercial o industria................................................................4,81 euros

b) Si se trata de garaje particular..................................................3,12 euros

c) Los locales dedicados a garaje que se guarden másde un coche, aparte de la tasa anual por entrada,pagarán también por cada plaza ..............................................2,55 euros

II. Reserva de espacios en vías y terrenos de uso público para carga y descargasatisfarán al año:

a) Autobuses y camiones............................................................12,82 euros

b) Si se trata de otros vehículos ..................................................9,62 euros

ORDENANZA REGULADORADE LA TASA POR DISTRIBUCION DE AGUA

Se modifica el artículo 6 que queda redactado como sigue:

Las tarifas de esta Tasa serán:

1º USO DOMESTICO:

Mínimo de 4 m3/mes ............................................................ 0,88 euros/mes

De 4 a 12 m3 .......................................................................... 0,29 euros/m3

Más de 12 m3 .......................................................................... 0,37 euros/m3

2º USO AGRICOLA Y GANADERO:

Mínimo de 20 m3/mes .......................................................... 1,64 euros/mes

De 20 a 40 m3 ........................................................................ 0,22 euros/m3

Más de 40 m3 .......................................................................... 0,30 euros/m3

3º USO INDUSTRIAL:

Mínimo de 10 m3/mes .......................................................... 3,74 euros/mes

Más de 10 m3 .......................................................................... 0,59 euros/m3

4º OBRAS:

- En aquellos casos en que excepcionalmente se autoriceel consumo de agua para obras sin, contadorespagarán por día .................................................................. 1,28 euros/día

- Instalando contador ............................................................ 0,27 euros/día

5º ENTRONQUE DE NUEVO SERVICIO YCAMBIO DE TITULARIDAD ................................................ 77,90 euros

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIONDE SERVICIOS O REALIZACION DE ACTIVIDADES DECONCESION DE LICENCIAS PARA TALA DE MADERA

Se modifica el artículo 9.a) que quedará redactado como sigue:

a) Por cada m3 de madera cortada o a cortar de cualquier especie, se abonará0,32 euros.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAPOR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE ESCUELA

INFANTIL DE PRIMER CICLO (0-3 AÑOS)

Se añade al cuadro de tarifas el siguiente apartado:

“4. El alumnado en régimen de media jornada que utilice el servicio de come-dor deberá abonar una cuota suplementaria de 3,50 euros por día por uso del servi-

cio. Sobre esta cuota no cabe ningún tipo de reducción o beneficio fiscal que puedaser aplicable a la tarifa general.”

ORDENANZA REGULADORADE LA TASA POR RECOGIDA DE BASURA

Se modifica el artículo 5.2. que queda redactado como sigue:

“A tal efecto se aplicará la siguiente tarifa:

A) RECOGIDA DE BASURA EN ZONA URBANA(Recogida diaria) Euros/Trim.

1) Viviendas.................................................................................... 17,10 euros

2) Bares, cafeterías, restaurantes, hostales,residencias y similares .............................................................. 47,16 euros

3) Establecimientos de alimentación:

a) con superficie inferior a 120 m2 ............................................ 39,38 euros

b) con superficie superior a 120 m2 ........................................ 256,87 euros

4) Locales destinados a actividades industriales, comerciales,profesionales, servicios administrativos, etc., no incluidosen los apartados anteriores

a) con superficie inferior a 120 m2 ............................................ 35,98 euros

b) con superficie superior a 120 m2 ............................................73,66 euros

B) RECOGIDA DE BASURA EN ZONA RURAL

1) Viviendas. Recogida una vez por semana .................................. 8,55 euros

2) Viviendas. Recogida dos veces por semana .............................. 10,31 euros

3) Bares, tabernas, comercios, etc. ................................................ 14,61 euros

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIASDE AUTOTURISMOS Y DEMAS VEHICULOS DE ALQUILER

Se modifica el artículo número 4 quedando redactado como sigue:

La cuota tributaria se determinará por una cantidad fija señalada según la natu-raleza del servicio o entidad, de acuerdo con la siguiente Tarifa:

Conceptos Euros

a) Concesión y expedición de licencias. Clase B. ................................ 641,31

b) Transmisión de licencias. Clase B. .................................................. 384,15

c) Sustitución de vehículo........................................................................ 22,41

d) Uso y explotación de licencias ............................................................ 16,01

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA PORLICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO

Se modifica el artículo 3 quedando redactado como sigue:

La cuota tributaria quedará determinada por la siguiente tarifa:

1. ACTIVIDADES INOCUAS:

1.1. Se establece como cuota fija y hasta un mínimo de 50 m2 ..256,52 euros

1.2. Se liquidará la tarifa anterior, más los metros cuadradosque excedan comprendidos entre 51 y 100 m2, a ......................2,56 euros

1.3. Se liquidarán las tarifas anteriores, más los metros cuadradosque excedan y comprendidos entre 101 y 200 m2, a ................1,92 euros

1.4. Se liquidarán las tarifas anteriores, más los metros cuadradosque excedan y comprendidos entre 201 y 500 m2, a ................1,29 euros

1.5. Se liquidarán las tarifas anteriores, más los metros cuadradosque excedan de 500 m2, a razón de ..........................................0,64 euros

2. ACTIVIDADES SOMETIDAS AL REGLAMENTO DE ACTIVIDADESMOLESTAS, INSALUBRES:

2.1. Se establece como cuota fija y hasta un mínimode 50 m2, a ............................................................................320,66 euros

2.2. Se liquidará la tarifa anterior, más los metros cuadrados queexcedan comprendidos entre 51 y 100 m2 ................................3,20 euros

2.3. Se liquidarán las tarifas anteriores, más los metros cuadradosque excedan y comprendidos entre 101 y 200 m2 a ..................2,56 euros

2.4. Se liquidarán las tarifas anteriores, más los metros cuadradosque excedan y comprendidos entre 201 y 500 m2 a ..................1,92 euros

2.5. Se liquidarán las tarifas anteriores, más los metros cuadradosque excedan de 500 m2 a ..........................................................1,28 euros

478 SUPLEMENTO AL B.O.P.A. 30-XII-2006

3. CUADRAS, ESTABULACIONES, INSTALACIONES AGROPECUA-RIAS:

3.1. Se establece como cuota fija y hasta unmínimo de 200 m2..................................................................256,52 euros

3.2. Se liquidará la tarifa anterior más los m2 que excedande 200 m2 a razón de..................................................................0,64 euros

4. SUCURSALES DE BANCOS, CAJAS DE AHORROS Y SIMILARES abo-narán una cuota mínima de 1.282,64 euros.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAPOR LA UTILIZACION DE COLUMNAS, POSTES DE PUBLICIDADY OTRAS INSTALACIONES PARA LA EXHIBICION DE ANUNCIOS

Se modifica el artículo 3 que quedará redactado como sigue:

Conceptos Euros

Por cada anuncio al año................................................................ 160,32 euros

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POREXPEDICION DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

Se modifica el artículo 6 quedando redactado como sigue:

La Tarifa a que se refieren el artículo anterior se estructura en los siguientes epí-grafes:

EPIGRAFE 1º. CERTIFICACIONES.

• Por cada certificación y página. ....................................................1,29 euros

Por cada año de antigüedad de hecho el certificadose incrementará en ..........................................................................0,32 euros

• Certificación de exposición de anuncios en tablóndel Ayuntamiento ............................................................................1,92 euros

EPIGRAFE 2º. COPIAS DE DOCUMENTOS.

• Por cada copia o fotocopia simple ................................................0,32 euros

• Por cada copia o fotocopia compulsada ........................................1,29 euros

EPIGRAFE 3º. EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS.

• Recibos de presentación de documentos........................................0,64 euros

• Autorización de anuncios particulares ..........................................2,56 euros

• Por cada comparecencia a instancia de parte y página ..................3,84 euros

• Tramitación de expediente de ruina a instancia de parte ............64,02 euros

• Por cada información testifical a instancia de parte y página........3,84 euros

• Tramitación Modificación Normas Subsidiarias ainstancia de parte ..........................................................................38,41 euros

• Por cualquier otro expediente o documento noexpresamente tarifado ....................................................................3,20 euros

EPIGRAFE 4º. CONCESIONES DE LICENCIAS.

• Por cada una ..................................................................................1,29 euros

• Por cada tarjeta de armas ..............................................................6,40 euros

EPIGRAFE 5º. DOCUMENTOS RELATIVOS A SERVICIOS DE URBANIS-MO.

5.1. Certificación de documentos y acuerdos municipales ..............1,29 euros

5.2. Por obtención de certificaciones urbanísticas a que se refierela Ley del Suelo y Ordenación Urbana, así como señalamientosde alineaciones y rasantes o condiciones de edificación ainstancia de parte ......................................................................96,04euros

5.3. Por cada expediente de declaración de ruina, además delcoste del informe técnico si se precisara ..............................160,06 euros

5.4. Deslinde a instancia de parte ................................................160,06 euros

5.5. Segregaciones de parcelas ......................................................64,02 euros

5.6. Consultas del catastro (hasta 5 fincas) ......................................3,20 euros

5.7. Consultas del catastro (por cada consulta de fincapor encima de 5) ........................................................................1,07 euros

5.8. Prórroga de licencias:

- Obras mayores ......................................................................16,01 euros

- Obras menores ........................................................................6,40 euros

EPIGRAFE 6º. OTROS EXPEDIENTES.

Expediente de boda civil (contrayente/es empadronado/os) ..........32,01 euros

Expediente de boda civil (contrayentes no empadronados) ............64,02 euros

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIONDE SERVICIO O REALIZACION DE ACTIVIDADES. MERCADOS

Se modifica el artículo 4 que quedará redactado como sigue:

Las bases en percepción tipos de gravamen, quedarán determinados en lasiguiente tarifa:

1. Puestos del Merca-Rural destinados a la venta de cualquier clase de artículopagarán mensualmente:

- Puestos con altillo .............................................................. 5,16 euros/m2.

- Puestos sin altillo ................................................................ 3,85 euros/m2.

2. Los derechos de traspaso devengarán el 15 por ciento del importe de la trans-misión.

3. Cualquier puesto público en el mercado semanal 0,64 euros/m2/día.

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR LAPRESTACION DE LOS SERVICIOS Y REALIZACION DE

ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES

Se modifica el artículo 3 “cuantía” que quedará redactado como sigue:

La cuantía del precio público viene regulado en esta Ordenanza será la fijada enla tarifa siguiente, para cada uno de los distintos servicios o actividades.

A. Cuota anual de abonado:

1. Bono familiar ..................................................................42,70 euros/año

2. Bono individual mayores de 15 años ..............................31,90 euros/año

3. Bonos individual menores de 15 años ............................16,46 euros/año

B. Uso de cancha:

1. Por utilización de cancha completa abonados..................8,75 euros/hora

2. Por utilización de cancha completa no abonados ..........16,46 euros/hora

3. Por utilización de 1/3 cancha abonados ..........................3,60 euros/hora

4. Por utilización de 1/3 cancha no abonados ......................6,00 euros/hora

C. Por utilización del gimnasio:

1. Por sesión de 1 hora abonados ................................................1,65 euros

2. Por sesión de 1 hora no abonados ............................................2,16 euros

3. Bono 15 sesiones abonados ....................................................16,46 euros

4. Bono 15 sesiones no abonados ..............................................21,61 euros

D. Escuelas deportivas:

1. Gimnasia rítmica (sesión de 2 horas 3 días ala semana)...................................................................... 23,47 euros/mes

2. Gimnasia rítmica (sesión de 1 hora 2 días ala semana) ......................................................................12,80 euros/mes

3. Aeróbic y gimnasia de mantenimiento (2 díasa la semana) ....................................................................12,80 euros/mes

E. Publicidad:

• Por módulo de 1 m. x 0,70 o fracción al año ..........................75,12 euros

F. Alquiler de pistas para eventos, espectáculo o actividades culturalesLucrativas..................................................................................514,50 euros

Las cuotas por la impartición de cursos, talleres, actividades de verano, etc. queorganice el Ayuntamiento, serán aprobadas por la Junta de Gobierno Local en fun-ción del coste de la actividad y el número de participantes.

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR LAPRESTACION DE SERVICIOS CULTURALES (ESCUELA DE MUSICA)

Se modifica el artículo 4 “Cuantía” que quedará redactado como sigue:

La percepción del precio público regulado en esta ordenanza queda sujeta a lassiguientes tarifas:

Matrícula única .............................................................................. 16,00 euros

Música y movimiento .................................................. 16,00 euros mensuales

Ciclo formativo o área general:

1º y 2º ...................................................................... 37,34 euros mensuales

3º, 4º y 5º ................................................................ 41,61 euros mensuales

Ciclo formativo complementario o profesional:

Curso completo ...................................................... 53,35 euros mensuales

30-XII-2006 SUPLEMENTO AL B.O.P.A. 479