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Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre (CCNN-TT) Cuarta Sesión Ordinaria 2018 Fecha: Noviembre, 21, 2018 Sesión: Cuarta Ordinaria Hora: 11:30 Hrs. Página 1 de 22 ACTA DE LA CUARTA SESIÓN ORDINARIA 2018 DEL COMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN DE TRANSPORTE TERRESTRE (CCNN-TT). Siendo las once horas con treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil dieciocho, se llevó a cabo la Cuarta Sesión Ordinaria 2018 del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre (CCNN-TT), en la Sala de Usos Múltiples de la Dirección General de Autotransporte Federal, sita en Calzada de Las Bombas No. 411-11º piso, Coyoacán, Ciudad de México. La Sesión fue presidida por la Lic. Rosa María Zúñiga Canales, en su carácter de Presidenta del CCNN-TT y encargada del despacho de la Dirección General de Autotransporte Federal, acompañada por el Ing. Jesús Pablo Mercado Díaz, Secretario de Actas del CCNN-TT y Director General Adjunto de Normas y Especificaciones Técnicas y de Seguridad en el Autotransporte, con la participación de los representantes de las Dependencias y Organizaciones que establecen las Reglas de Operación del CCNN-TT. Orden del Día 1. Registro de Participantes. 2. Aprobación del Acta de la Tercera Sesión Ordinaria 2018, celebrada el 25 de septiembre del 2018. 3. Informes de Actividades de los 4 Subcomités de Normalización. Subcomité No. 1 “Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos”. Informe de Actividades. Subcomité No. 2 “Especificaciones de Vehículos, Partes, Componentes y Elementos de Identificación”. Informe de Actividades. o Presentación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROYNOM-035-SCT-2-2018, Remolques y semirremolques-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba. Subcomité No. 4 “Señalamiento Vial”. Informe de Actividades. o Presentación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROYNOM-034-SCT2-2018, Señalamiento horizontal y vertical de carreteras y vialidades urbanas. Subcomité No. 5 “Criterios Médicos-Científicos y Tecnológicos aplicables al Personal que Conduce, Opera y/o auxilia en Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal”. Informe de Actividades. 4. Aprobación de los temas que requerirán de revisión quinquenal en el año 2019. 5. Aprobación del Programa Nacional de Normalización 2019 del CCNN-TT. 6. Calendario de Sesiones 2019. 7. Asuntos Generales.

ACTA DE LA CUARTA SESIÓN ORDINARIA 2018 DEL COMITÉ

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Page 1: ACTA DE LA CUARTA SESIÓN ORDINARIA 2018 DEL COMITÉ

Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre (CCNN-TT) Cuarta Sesión Ordinaria 2018

Fecha: Noviembre, 21, 2018 Sesión: Cuarta Ordinaria

Hora: 11:30 Hrs. Página 1 de 22

ACTA DE LA CUARTA SESIÓN ORDINARIA 2018

DEL COMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN DE TRANSPORTE TERRESTRE (CCNN-TT). Siendo las once horas con treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil dieciocho, se llevó a cabo la Cuarta Sesión Ordinaria 2018 del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre (CCNN-TT), en la Sala de Usos Múltiples de la Dirección General de Autotransporte Federal, sita en Calzada de Las Bombas No. 411-11º piso, Coyoacán, Ciudad de México. La Sesión fue presidida por la Lic. Rosa María Zúñiga Canales, en su carácter de Presidenta del CCNN-TT y encargada del despacho de la Dirección General de Autotransporte Federal, acompañada por el Ing. Jesús Pablo Mercado Díaz, Secretario de Actas del CCNN-TT y Director General Adjunto de Normas y Especificaciones Técnicas y de Seguridad en el Autotransporte, con la participación de los representantes de las Dependencias y Organizaciones que establecen las Reglas de Operación del CCNN-TT.

Orden del Día

1. Registro de Participantes.

2. Aprobación del Acta de la Tercera Sesión Ordinaria 2018, celebrada el 25 de septiembre del 2018.

3. Informes de Actividades de los 4 Subcomités de Normalización.

Subcomité No. 1 “Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos”.

➢ Informe de Actividades.

Subcomité No. 2 “Especificaciones de Vehículos, Partes, Componentes y Elementos de Identificación”.

➢ Informe de Actividades.

o Presentación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROYNOM-035-SCT-2-2018, Remolques y

semirremolques-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba.

Subcomité No. 4 “Señalamiento Vial”.

➢ Informe de Actividades.

o Presentación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROYNOM-034-SCT2-2018, Señalamiento

horizontal y vertical de carreteras y vialidades urbanas.

Subcomité No. 5 “Criterios Médicos-Científicos y Tecnológicos aplicables al Personal que Conduce, Opera y/o

auxilia en Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal”.

➢ Informe de Actividades.

4. Aprobación de los temas que requerirán de revisión quinquenal en el año 2019.

5. Aprobación del Programa Nacional de Normalización 2019 del CCNN-TT.

6. Calendario de Sesiones 2019.

7. Asuntos Generales.

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Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre (CCNN-TT) Cuarta Sesión Ordinaria 2018

Fecha: Noviembre, 21, 2018 Sesión: Cuarta Ordinaria

Hora: 11:30 Hrs. Página 2 de 22

8. Acuerdos.

1. Registro de Participantes.

Respecto al punto número 1 de la Orden del Día, respecto al registro de participantes queda cubierto con la lista de asistencia firmando el registro de asistentes para la sesión:

Lic. Rosa María Zúñiga Canales Presidenta del CCNN-TT.

Ing. Jesús Pablo Mercado Díaz Secretario de Actas del CCNN-TT.

Lic. Cuauhtli Hernández Torres Secretaría de Energía Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias.

Biol. Gabriela Valdés Herrera Secretaría de Salud Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios

Ing. Luis Felipe Acevedo Portilla

Subsecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Subsecretaría de Fomento y Normatividad Ambiental Dirección General de Fomento Ambiental, Urbano y Turístico.

Lic. Samuel Reyes Ramírez Secretaría de Relaciones Exteriores Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Ing. Neftalí Reyes Carranza Secretaría de Agricultura, Ganadería, Recursos Naturales, Pesca y Alimentación Dirección General de Sanidad Vegetal.

Lic. Miguel Ángel Ortega López Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Administración General de Aduanas; Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas.

M. de M. de G. Erasto Rivera Fuentes Secretaría de la Defensa Nacional. Dirección General de Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos.

Lic. Zully Aquino Alcántara Secretaría de Gobernación Dirección General de Vinculación Innovación y Normatividad en Materia de Protección Civil.

Inspector José Juan Estrada García Inspector General Juan Díaz Camarena

Comisión Nacional de Seguridad. Policía Federal.

Ing. David Estrada Amador Asociación Nacional de la Industria Química (ANIQ)

C. Roberto de la Vega Moreno Asociación Nacional de Fabricantes de Documentos de Identificación Vehicular (ANFDOIV)

Ing. Roberto Escamilla Cruz Ing. Daniel Aqua Hernández

Asociación Nacional de Fabricantes de Pinturas y Tintas A.C. (ANAFAPYT)

Ing. José Antonio Ortega Oviedo Asociación Nacional de Productores de Autobuses, Camiones y Tractocamiones (ANPACT)

Ing. Daniel Estelius Montañez Nava Asociación Nacional de Transporte Privado (ANTP)

Ing. Salvador Saavedra Ceballos Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA)

Lic. Felipe de Javier Pena Dueñas Confederación de Cámaras Industriales (CONCAMIN)

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Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre (CCNN-TT) Cuarta Sesión Ordinaria 2018

Fecha: Noviembre, 21, 2018 Sesión: Cuarta Ordinaria

Hora: 11:30 Hrs. Página 3 de 22

C. Carlos García Álvarez Alianza Mexicana de Organizaciones de Transportistas A.C. (AMOTAC)

Lic. Alejandro Mata Arredondo Asociación Mexicana de Ferrocarriles A.C. (AMF)

Lic. Tomás Martínez López Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR)

Lic. Omar González Osorio Cámara Nacional del Autotransporte de Pasaje y Turismo (CANAPAT)

Ing. Claudio Gallegos Pérez Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos (CONATRAM)

Ing. Héctor Manuel Bonilla Cuevas. Instituto Mexicano del Transporte (IMT)

Ing. Guillermo Enríquez Prado Instituto Mexicano del Petróleo (IMP)

Dr. Mario Alberto Rodríguez Casas Dr. Sebastián Diaz de la Torre

Instituto Politécnico Nacional (IPN)

Dra. Angélica Lozano Cuevas Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)

Ing. Gilberto Gustavo Manzano García Dirección General de Servicios Técnicos.

Ing. José Luis Monsivais Tenorio Coordinador del Subcomité No 1

Ing. Ángel Sánchez Tenorio Coordinador del Subcomité No. 2

Ing. Alfonso Mauricio Elizondo Ramírez Coordinador del Subcomité No. 4

Dra. Fátima del Rosario Guzmán Pinedo Suplente Coordinador del Subcomité No. 5

La Lic. Rosa María Zúñiga Canales tomó la palabra precisando que de conformidad con el artículo 14 de las Reglas de Operación de este Comité, la sesión daría inicio en segunda convocatoria a las 11:30 hrs. con los miembros que se encontraban presentes, toda vez que en primera convocatoria no se contó con el quórum necesario para celebrar la sesión, dando inicio a la Cuarta Sesión Ordinaria 2018. Antes de abordar los tópicos del Orden Día comentó a todos los presentes que fue designada por la C. Subsecretaria de Transportes la Lic. Yuriria Mascott Pérez, Presidenta del CCNN-TT para presidir esta Cuarta Sesión Ordinaria 2018, mediante Oficio Núm. 4.- 045/2018, de fecha 14 de noviembre de 2018.

Así también comentó que la Convocatoria, el Orden del Día, el Acta de la Tercera Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de septiembre de 2018, las Revisiones Quinquenales para el año 2019, el Calendario de Sesiones Ordinarias 2019 y el Programa Nacional de Normalización 2019, fueron enviados vía correo electrónico de forma adjunta para su revisión, en el tiempo establecido conforme a las Reglas de Operación.

2. Aprobación del Acta de la Tercera Sesión Ordinaria 2018. En relación con el segundo tópico del Orden del Día, la Lic. Rosa María Zúñiga Canales cedió la palabra al Ing. Jesús Pablo Mercado para su desahogo.

El Ing. Jesus Pablo Mercado tomó la palabra y precisó que derivado del envío por correo electrónico del Acta de la Tercera Sesión Ordinaria, para su revisión, se recibió un comentario por parte del Lic. Tomás Martínez López representante de CANACAR, por el cual solicitaba la corrección en una de sus intervenciones, la cual hacía referencia a la NOM 012 pidiendo que se asentara como NOM 002, solicitando la omisión de su lectura. Asimismo, comentó que CONATRAM había ingresado una solicitud para agregar un comentario al Acta respecto a los 60 días de suspensión del plazo por el requerimiento emitido por la Dependencia, respecto al método alterno, mismo que se atendió aclarando que dicho comentario no fue hecho durante el desarrollo de la Tercera Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de septiembre de 2018, por lo que no sería procedente. Al respecto, el Ing. Jesús Pablo Mercado solicitó la aprobación del Acta de la Tercera Sesión Ordinaria 2018, aprobándose por consenso.

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Fecha: Noviembre, 21, 2018 Sesión: Cuarta Ordinaria

Hora: 11:30 Hrs. Página 4 de 22

3. Informes de Actividades. La Lic. Rosa María Zúñiga Canales tomó la palabra para continuar con el desarrollo de la Sesión, y dar paso al punto 3 del Orden del Día, relativo a los Informes de Actividades, por lo que solicitó la intervención del Ing. José Luis Monsivais Lumbreras, Coordinador del Subcomité No. 1, a fin de abordar el Informe de Actividades del Subcomité No.1 de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.

Informe del Subcomité No. 1 “Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos” EL Ing. José Luis Monsivais Lumbreras tomó la palabra mencionando que el Subcomité No. 1 se reunió el 15 de noviembre del año 2018, en las instalaciones de la Dirección General de Autotransporte Federal. En dicha sesión se informaron los avances de los trabajos para la elaboración y modificación de las NOM proyectadas para su desarrollo en este año dentro del Programa Nacional de Normalización 2018, siendo éstos los siguientes:

• Especificaciones para el transporte de determinadas clases de substancias o materiales peligrosos embalados/envasados en cantidades exceptuadas-Especificaciones para el transporte de productos para el consumidor final, inclusive.

Al respecto informó que este Proyecto de Norma Oficial Mexicana tiene como objetivo y justificación, establecer las disposiciones de seguridad a las que deberán sujetarse determinadas clases de substancias o materiales peligrosos (mercancías peligrosas) que se presenten para su transporte debidamente embaladas/envasadas en cantidades exceptuadas, considerando inclusive productos para el consumidor final, elaborados a partir de alguna substancia o material peligroso, de conformidad con el artículo 48 del Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos. Agregó que se continúa trabajando en el Proyecto de Norma, tomando como base bibliográfica las Recomendaciones para el Transporte de Mercancías Peligrosas de la Organización de las Naciones Unidas (Regulación Modelo), Capítulo 3.5 Mercancías Peligrosas Embaladas/Envasadas en Cantidades Exceptuadas, 20ª Edición Revisada. Derivado de los trabajos para su integración, se está considerando la inclusión de un apartado para “Consumo Final”, que mencionó de manera enunciativa y no limitativa como sigue:

✓ Determinar la cantidad máxima por envase y si está permitido en cantidad limitada. ✓ Determinar la cantidad máxima por embalaje. ✓ Considerar productos de consumo final de uso personal y uso doméstico. ✓ Que el envase cuente, con el etiquetado de advertencias de peligro del Sistema Globalmente

Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (GHS), por sus siglas en ingles. ✓ Que el embarque cuente, eventualmente, con un documento que precise los números UN, la

clase de peligro y la cantidad de productos que se están transportando. ✓ Determinar la cantidad límite por unidad de transporte.

• Modificación a la NOM-005-SCT/2008 Información de emergencia para el transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.

Informó que se continúa trabajando en la gestión ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) y el Diario Oficial de la Federación (DOF), para su publicación.

• Modificación a la NOM-020-SCT2-1995 Requerimientos generales para el diseño y construcción de autotanques destinados al transporte de materiales y residuos peligrosos, especificaciones SCT 306, SCT 307 y SCT 312.

Al respecto, el Grupo de Trabajo integrado por el Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED), la CANACINTRA, la Empresa Constructora de Autotanques NACASA y la ANPACT se han abocado a la actualización de la

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Fecha: Noviembre, 21, 2018 Sesión: Cuarta Ordinaria

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NOM-020 logrando un avance significativo considerando que de la traducción de su base bibliográfica retomada del CFR 49 Transportation, se ha tratado de que la adaptación sea con un lenguaje técnico nacional de lo más comprensible para los sujetos obligados al cumplimiento de la NOM.

• Temas a incluirse en el PNN 2019. En cuanto a los temas que se incluirán en el Programa Nacional de Normalización se acordó integrar la NOM-002-SCT-2011, toda vez que es la Norma Oficial Mexicana medular para la aplicación de las diversas Normas Oficiales Mexicanas aplicables al Transporte de Materiales y Residuos Peligrosos, por lo que su actualización a la última edición revisada de las Recomendaciones Relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas de la Organización de las Naciones Unidas, que es la base bibliográfica de la referida NOM, es de vital importancia. Por lo que los temas que se incluirán al Programa Nacional de Normalización 2019, por parte de este Subcomité de Normalización, serán los siguientes:

✓ Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-002-SCT/2011 Listado de las substancias y materiales peligrosos más usualmente transportados

✓ Especificaciones para el transporte de determinadas clases de substancias o materiales peligrosos embalados/envasados en cantidades exceptuadas-Especificaciones para el transporte de productos para el consumidor final, inclusive.

✓ Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-005-SCT/2008, Información de emergencia para el transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.

✓ Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-020-SCT2-1995, Requerimientos generales para el diseño y construcción de autotanques destinados al transporte de materiales y residuos peligrosos, especificaciones SCT 306, SCT 307 y SCT 312.

• Notificación de Resultados de Revisión Quinquenal. Sobre este particular, informó que se enviaron los resultados de revisión quinquenal al Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, fechados el 12 de noviembre del año 2018 sobre el resultado de las siguientes Normas Oficiales Mexicanas:

Nomenclatura Designación Oficio

NOM-003-SCT-2008 Características de las etiquetas de envases y embalajes, destinadas al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos

4.2.- 1614/2018

NOM-004-SCT-2008 Sistemas de identificación de unidades destinadas al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.

4.2.- 1615/2018

NOM-005-SCT-2008 Información de emergencia para el transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos

4.2.- 1616/2018

Así también informó que, para el año 2019 se deberá notificar al Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización sobre el resultado de revisión quinquenal de la siguientes Normas Oficiales Mexicanas:

Nomenclatura Designación Período para realizar la notificación

NOM-010-SCT2/2009 Disposiciones de compatibilidad y segregación para el Almacenamiento y transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.

31 de octubre de 2019 a 30 de diciembre de 2019

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Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre (CCNN-TT) Cuarta Sesión Ordinaria 2018

Fecha: Noviembre, 21, 2018 Sesión: Cuarta Ordinaria

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• Distribución de la Guía de Respuesta a Emergencias 2016. Al respecto mencionó que se terminó el proceso de distribución de las 12,600 Guías de Respuesta a Emergencias 2016, donadas por el Departamento de Transporte de los Estados Unidos de América, ejemplares que fueron destinados a los cuerpos de emergencia que atienden los accidentes o incidentes en donde están involucrados los materiales peligrosos que se transportan vía terrestre por el país, añadiendo que la Dirección General de Autotransporte Federal guardó una reserva de 2981 ejemplares para repartir a los cuerpos de emergencia que lo soliciten. El Ing. José Luis Monsivais terminó con la lectura de su Informe de Actividades sometiéndolo a la aprobación del Pleno del CCNN-TT, de la siguiente forma:

✓ El Informe de las actividades del “Subcomité de Normalización No. 1 “Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos”.

✓ Notificación de los resultados de revisión quinquenal durante el año 2019 para continuar la vigencia de la Norma:

✓ Incluir los temas Normativos en el PNN 2019. o Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-002-SCT/2011 Listado de las substancias

y materiales peligrosos más usualmente transportados o Especificaciones para el transporte de determinadas clases de substancias o materiales

peligrosos embalados/envasados en cantidades exceptuadas-Especificaciones para el transporte de productos para el consumidor final, inclusive.

o Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-005-SCT/2008, Información de emergencia para el transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.

o Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-020-SCT2-1995, Requerimientos generales para el diseño y construcción de autotanques destinados al transporte de materiales y residuos peligrosos, especificaciones SCT 306, SCT 307 y SCT 312.

La Lic. Rosa María Zúñiga Canales solicitó la intervención del Ing. Ángel Sánchez Tenorio, Subdirector de Normas de Vehículos y Coordinador del Subcomité No. 2, a fin de que aborde lo relativo a su Informe de Actividades.

Subcomité de Normalización No. 2 “Especificaciones de Vehículos, Partes, Componentes y Elementos de Identificación”.

El Ing. Ángel Sanchez tomó la palabra mencionando que dicho Subcomité se reunió el 14 de noviembre de 2018, en la sala

usos múltiples de la Dirección General de Autotransporte Federal.

En la referida sesión extraordinaria y atendiendo los trabajos de Normalización programados para el año 2018, informó lo

siguiente:

A) Los miembros del Subcomité 2 acordaron presentar ante el pleno del Comité el anteproyecto de Modificación de la

Norma Oficial Mexicana NOM-035-SCT-2-2010, Remolques y semirremolques-Especificaciones de Seguridad y

Métodos de Prueba, con el objeto de que se apruebe su publicación como Proyecto en el Diario Oficial de la

Federación, para consulta pública por 60 días.

A continuación, presentó un resumen de las principales modificaciones a la NOM-035-SCT-2-2010.

I. Actualización de Referencias:

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Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre (CCNN-TT) Cuarta Sesión Ordinaria 2018

Fecha: Noviembre, 21, 2018 Sesión: Cuarta Ordinaria

Hora: 11:30 Hrs. Página 7 de 22

✓ El Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal (DOF 22 de noviembre de 2012); las

Normas: NOM-012-SCT-2-2017, NOM-040-SCT-2-2012, NOM-068-SCT-2-2014, NMX-D-225-IMNC- 2017 de películas

reflejantes, NMX-D-233-IMNC-2016 Luces exteriores, NMX-D-313-IMNC-2015 Sistemas de frenos de aire, NMX-D-

318-IMNC-2017 Dispositivos de Protección Lateral, NMX-D-319-IMNC-2018 Ensamble de cadena de seguridad para

convertidores.

II. Se actualizan y agregan definiciones, entre ellas las de: Convertidor (Dolly), Gancho pinzón o de arrastre, Lámpara de

advertencia y suspensión neumática.

III. Se establecen las relaciones entre la capacidad de diseño de los ejes (CDE) en los semirremolques, remolques y

convertidores y el peso máximo que pueden transmitir al piso, así como modificaciones a la tabla de descargas por tipo

de eje.

IV. En el caso de sistemas de frenos se homologan las especificaciones establecidas en la Norma Mexicana NMX-D313-

IMNC-2015 de sistema de frenos, siguientes:

a) Tiempo de aplicación de los frenos

b) Tiempo de liberación de los frenos

c) Energía eléctrica del sistema antibloqueo en remolques

d) Frenos de estacionamiento (lo aplicable a remolques)

e) Freno de emergencia para remolques

V. Se adecúan las especificaciones del sistema de luces de los remolques, semirremolques y convertidores, para que

cuente como mínimo, con: cantidad, color, intensidad luminosa y posición de las lámparas, con el objeto que se

establezca una paridad con las disposiciones que se establecen en el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes

de Jurisdicción Federal y la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2017, Sobre el peso y dimensiones máximas con

los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de

jurisdicción federal, respecto a la señalización de luces por autorizaciones de conectividad.

VI. Se establece la altura a la que debe estar posicionado el centro del enganche del gancho pinzón y que son 83 a 82 cm

(33 in), con una tolerancia de ± 5,08 cm (2 in), que aplica para convertidores tipo “A”.

VII. Se establece que los remolques y semirremolques deben contar con un anclaje para sujetar las cadenas de seguridad

con una resistencia a la ruptura de al menos el PVBD de los vehículos que pueda arrastrar; que para los

semirremolques de un eje el anclaje deberá tener una resistencia la ruptura mínima de 30 toneladas, en tanto que

para los semirremolques de dos ejes deberá tener una resistencia a la ruptura de al menos 38 toneladas.

Por último, informó que una vez revisado el Anteproyecto de Norma que se acordó en el Subcomité No. 2, el anteproyecto

de Norma para su aprobación no contiene la disposición que establecía la capacidad de arrastre:

✓ Para el caso de semirremolques diseñados para transitar sin arrastrar un remolque, debe ser igual al Peso Bruto

Vehicular de Diseño (PBVD).

✓ Para semirremolques diseñados para arrastrar un remolque, debe ser el doble del Peso Bruto Vehicular de Diseño

(2 PBVD).

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Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre (CCNN-TT) Cuarta Sesión Ordinaria 2018

Fecha: Noviembre, 21, 2018 Sesión: Cuarta Ordinaria

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Lo anterior, en virtud de que en sesión previa a la realizada el 14 de noviembre de 2018, el Subcomité analizó

ampliamente que la existencia de semirremolques para ser usados en configuraciones sencillas con capacidad de arrastre

distinta a los que se usaran en configuraciones dobles, generaría un distorsión en el mercado secundario, porque el

vendedor de un semirremolque usado podría modificar la placa de especificaciones, señalando que fue construido para

operar en configuraciones dobles y así poder venderlo a un mayor precio, siendo que éste se fabricó sólo para ser utilizado

en configuración sencilla, determinándose que no debía incluir la disposición de capacidad de arrastre el Anteproyecto.

El Ing. Ángel Sánchez terminó con la lectura de su Informe de Actividades sometiéndolo a la aprobación del Pleno del CCNN-TT, de la siguiente forma:

✓ Se solicita al pleno aprobar el anteproyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-035-SCT-2-2010, Remolques y semirremolques-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba, a fin de que se eleve a Proyecto, y se autorice su publicación en el Diario Oficial de la Federación como Proyecto para consulta pública por 60 días.

✓ Incluir los temas Normativos en el PNN 2019. o Defensas Traseras para Camión, Requerimientos Técnicos que Deberán Cumplir las

Defensas Traseras de los Camiones Pesados. o Características y Especificaciones Técnicas de Seguridad que Deben Cumplir los

Vehículos de Autotransporte de Pasajeros y Carga Nuevos y de Importación que Circulen en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal.

o Modificación a la NOM-035-SCT-2-2010 Remolques y Semirremolques-Especificaciones de Seguridad y Métodos de Prueba.

✓ Por último, se puso a su consideración y aprobación el presente informe.

Finalmente, precisó que, respecto a la petición de la CANACINTRA para incorporar dos temas Normativos en el Programa,

este asunto se abordará más adelante.

La Lic. Rosa María Zúñiga dio gracias al Ing. Ángel Sánchez y dio paso al Coordinador del Subcomité No. 4, el Ing. Mauricio Elizondo Ramírez, para presentar lo relativo a su Informe de Actividades.

Subcomité de Normalización No. 4 “Señalamiento Vial”.

El Ing. Mauricio Elizondo tomó la palabra y precisó que desde la Sesión 03/18 del CCNN-TT, efectuada el 25 de septiembre de 2018, el Subcomité No. 4 se reunió una vez y su Grupo de Trabajo se reunió 3 veces, con lo que se efectuaron en total 23 reuniones en el año 2018, como se muestra a continuación:

REUNIONES DEL SC No. 4 Y SU GT-1 AÑO 2018

FEC

HA

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o

19 d

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ner

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emb

re

SUM

A

SC No. 4

Ex O Ex O 4

GT-1 Ex Ex Ex O O O Ex O O Ex O O O O O O O Ex O 19

El Ing. Mauricio Elizondo Ramírez precisó que de acuerdo con el Programa Nacional de Normalización 2018, lo siguiente:

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Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre (CCNN-TT) Cuarta Sesión Ordinaria 2018

Fecha: Noviembre, 21, 2018 Sesión: Cuarta Ordinaria

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• NOM-034-SCT2-2011 Se concluyó el Anteproyecto de modificación de la NOM-034-SCT2-2011 “Señalamiento horizontal y vertical de carreteras y vialidades urbanas”, que fue aprobado y firmado por los miembros del SC No. 4 en su Sesión 02/18, del día 23 de octubre de 2018, con la designación APROY-NOM-034-SCT2-2018 y que se presenta a la consideración de este CCNN-TT para su aprobación como Proyecto con la designación PROY-NOM-034-SCT2-2018 para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para su consulta pública. Las modificaciones más importantes en esta NOM son:

1. Se precisan definiciones de vías ciclistas para vehículos no motorizados y se incluyen las vías terciarias.

2. Se incluyen referencias al Manual de Señalización Vial y Dispositivos de Seguridad, publicado por la Dirección General de Servicios Técnicos, de la Subsecretaría de Infraestructura, de la SCT.

3. Se simplifica la clasificación de las rayas separadoras de sentidos de circulación; se introducen las marcas para estacionamiento de pago en vías públicas, estacionamiento de motocicletas, la marca para identificar vías ciclistas de uso preferencial y la raya de protección al ciclista. Asimismo, se homologan las rayas para cruce de peatones en vialidades primarias y secundarias.

4. Los colores para las marcas del pavimento, que se establecen en coordenadas cromáticas, ahora se miden con una fuente luminosa estándar “D65”.

5. Se simplifica la clasificación de los botones reflejantes.

6. Para las películas reflejantes de las señales verticales, se sustituye el color “amarillo reflejante” por el “amarillo reflejante fluorescente”; se actualizan los coeficientes mínimos de reflexión y las coordenadas cromáticas de todos los colores y se incluyen las coordenadas cromáticas en condición nocturna.

7. Se establecen las señales verticales de estacionamiento de pago en vías públicas (SIS 71), módulo de pago (SIS-72) y estacionamiento para motocicletas (SIS-8ª).

8. Se modifica la regla para vados y se hace extensivo su uso para zonas inundables.

• NOM-037-SCT2-2012 Se informó que se continuaron los trabajos de modificación de la NOM-037-SCT2-2012 “Barreras de protección en carreteras y vialidades urbanas”, que el 23 de enero de 2018 cumplió su primer quinquenio, por lo que oportunamente se notificó al Secretario de la Comisión Nacional de Normalización, que esa NOM será modificada y que permanecerá vigente hasta que se publique su nueva versión.

• NOM-008-SCT2-2013 También se realizó la revisión a que se refiere el Artículo 39 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, de la NOM-008-SCT2-2013 “Amortiguadores de impacto en carreteras y vialidades urbanas”, que el 29 de enero de 2019 cumplirá su primer quinquenio, determinándose la conveniencia de su modificación pues existen oportunidades para mejorarla, por lo que se propone que se notifique al Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, que esa NOM será modificada y que permanecerá vigente hasta que se publique su nueva versión, en los términos del cuarto párrafo del Artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

• Programa Nacional de Normalización 2019.

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De acuerdo con lo anterior, se consideró necesario que se incorporen en el PNN 2019 los siguientes temas:

II. Normas vigentes a ser modificadas A. Temas Nuevos 1. Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-008-SCT2-2013, Amortiguadores de impacto en carreteras y vialidades urbanas. B. Temas Reprogramados B.2) Que no han sido publicados 2. Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-034-SCT2-2011 Señalamiento horizontal y vertical de carreteras y vialidades urbanas. 3. Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-037-SCT2-2012, Barreras de protección en carreteras y vialidades urbanas.

• NOM-198-SCFI-2017 “Instrumentos de Medición-Sistemas de Pesaje y Dimensionamiento Dinámico Vehicular-Requisitos Técnicos y Especificaciones”.

Con relación a la NOM-198-SCFI-2018 “Instrumentos de Medición-Sistemas de Pesaje y Dimensionamiento Dinámico Vehicular-Requisitos Técnicos y Especificaciones”, que fue aprobada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE) en su Sesión Ordinaria 02/18, efectuada el día 21 de junio del año 2018, se informa que aún no ha sido publicada en el Diario Oficial de la Federación, por el obstáculo que ha implicado el criterio de 2 por 1.

• Seguimiento a la señalización de la Ciudad de México. Respecto a la no conformidad de la señalización vial en la Ciudad de México con la NOM-034-SCT2 2011 “Señalamiento horizontal y vertical de carreteras y vialidades urbanas”, se informa que la Secretaría de Movilidad de esta ciudad no ha realizado acciones para corregir la señalización, por lo que se sigue incumpliendo impunemente la NOM.

• Manual de Calles. Diseño Vial para Ciudades Mexicanas. Con relación al “Manual de Calles. Diseño Vial para Ciudades Mexicanas” elaborado por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU) y publicado en su página de Internet, se informa que ese Manual fue retirado de dicha página en tanto se concluyen las correcciones pertinentes para cumplir con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas aplicables. Leonardo Gómez de la ANTP comentó que la NOM 034 ésta debería ser fortalecida, derivado de algunos accidentes que han ocurrido por falta de señalización cuando hay un mantenimiento a la carretera y que tiene que ser un tema de señalización movible en donde se indique en un kilómetro que hay algún mantenimiento o modificación de trazo en la carretera que permita al conductor, previo a llegar a ese punto, que debe disminuir su velocidad, solicitando a su vez que esto sea contemplado para fortalecer dicha NOM. El Ing. Mauricio Elizondo les recordó que existe la NOM-086-SCT2-2015 que es la segunda versión de esa Norma que se llama: Señalamiento y dispositivos para protección en zonas de obras viales y es en esa Norma donde se contemplan todos los aspectos para señalamiento y no solamente de eso si no también esta Norma da los criterios para el diseño de la

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zona de obra, y también para establecer la velocidad máxima con la que se pude circular en la zona de obra por la afectación que se está haciendo en la vialidad y obviamente toda la señalización y dispositivos de protección. Esta Norma está vigente y estamos en la disposición de revisarla. Por último, Leonardo Gómez mencionó que independientemente del proceso de la NOM y el estado en que se encuentre, la información que contenga, poniendo como ejemplo a la NOM 012 que es de pesos y dimensiones a la cual se le han metido cosas que ni siquiera deberían estar, es un tema de prevención en busca de una mejora, pero si ustedes creen que no se debe modificar porque ya está en la NOM-086 entonces solo hay que ver el tema de su cumplimiento. El Ing. Mauricio Elizondo terminó con la lectura de su Informe de Actividades sometiéndolo a la aprobación del Pleno del CCNN-TT, de la siguiente forma:

✓ La aprobación del año 2018 informe.

✓ La aprobación del proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-034-SCT2-2011 “Señalamiento horizontal y vertical de carreteras y vialidades urbanas”.

✓ La aprobación para que se notifique al Secretario Técnico de la Comisión Nacional de

Normalización, que la NOM-008-SCT2-2013 “Amortiguadores de impacto en carreteras y vialidades urbanas” será modificada y que permanecerá vigente hasta que se publique su nueva versión, en los términos del cuarto párrafo del Artículo 51 de la LFMN.

✓ La aprobación para que se incorporen en el PNN 2019 los siguientes temas: o Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-008-SCT2-2013, Amortiguadores de

impacto en carreteras y vialidades urbanas. o Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-034-SCT2-2011 Señalamiento horizontal

y vertical de carreteras y vialidades urbanas. o Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-037-SCT2-2012, Barreras de protección

en carreteras y vialidades urbanas. La Lic. Rosa María Zúñiga C dio las gracias al Ing. Elizondo, y le cedió la palabra a la Dra. Fátima del Rosario Guzmán para dar el Informe del Subcomité No. 5, Criterios, Médico Científicos y Tecnológicos Aplicables al Personal que Conduce, Opera y/o Auxilia en Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal”

Subcomité de Normalización No. 5 “Criterios, Médico Científicos y Tecnológicos Aplicables al Personal que Conduce, Opera y/o Auxilia en Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal”

En representación del Dr. José Valente Aguilar, la Dra. Fátima del Rosario Guzmán Pineda dio el Informe de Actividades del Subcomité No. 5 comentando que, respecto la publicación de la Norma Oficial Mexicana NOM-087-SCT-2-2017, que establece los tiempos de conducción y pausas para conductores de los servicios de autotransporte federal, y en cumplimiento del Segundo Transitorio el cual establece:

“9. Transitorios SEGUNDO. La Secretaría publicará en un plazo no mayor a 45 días, contados a partir de la publicación de la presente Norma Oficial Mexicana, el listado de los sitios y espacios físicos recomendados para su cumplimiento.”

Al respecto, informó que el Subcomité No. 5, sesionó el 15 de noviembre del 2018 y se acordó analizar el listado adjunto de paradores que la Dirección General de Servicios Técnicos de la Subsecretaría de Infraestructura emitió y establecer los parámetros que estos paradores deberán cumplir para poder ser publicados en el Diario Oficial de la Federación y de esta

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manera dar cumplimiento al Segundo Transitorio de la NOM 087. La próxima sesión del Subcomité está programada para el 28 de noviembre del 2018. El Ing. Leonardo Gómez, representante de la ANTP, comentó que le gustaría saber si los paraderos que aparecen en el listado son públicos o privados y si cumplen con las características descritas en la Norma para dar cumplimiento a ésta. La Dra. Fátima del Rosario Guzmán Pineda comentó que la lista se estará validando justo con los lineamientos de la Norma con los miembros de Subcomité en la próxima sesión. El Ing. Claudio Gallegos, representante de la CONATRAM, mencionó que no se tiene conocimiento si los paraderos en el listado cumplen con los requisitos para estar en condiciones de ofrecer los servicios de una forma segura para los transportistas, y la otra, si existe ya algún convenio que le dé la seguridad a los transportistas de poder llegar a pararse ahí. Son muchas las cosas que se deben tener en cuenta ya que no se puede aprobar o votar algo del que no se tiene el sustento. La Dra. Fátima del Rosario Guzmán comentó que estaba de acuerdo con esto, pero es un trabajo al que se le debe de dar continuidad dentro del Subcomité No. 5. El Ing. Claudio Gallegos opinó que entonces la Norma aún no podía entrar en vigor, ya que no quieren estar sujetos a sanciones por la falta de incumplimiento de la Norma en cuestión, y desconoce que exista un tabulador para las sanciones de la Norma. La Dra. Fátima del Rosario Guzmán precisó que no hay un tabulador de sanciones implícito en esta Norma. El Ing. Claudio Gallegos comentó que entonces la Policía no los podía sancionar por cuestiones referentes a los paraderos, pero seguiría trabajando bajo los lineamientos de la Norma. El Ing. Jesús Pablo Mercado precisó que el segundo transitorio no supedita la vigencia de la Norma en la cual existe un mandato y se está trabajando en él, por otro lado, respecto a lo que mencionó el Ing. Claudio Gallegos existe el artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización menciona que al año, una vez evaluada la Norma si requiere un ajuste está abierta esa posibilidad, y que es importante que dejemos que la Norma empiece a madurar para ver sus beneficios. La Lic. Rosa María Zúñiga dio las gracias a la Dra. Fátima del Rosario Guzmán, dando por cubierto el punto número 3 de la Orden del Día y así dar paso al punto No. 4, la Aprobación de los temas que requerirán de revisión quinquenal en el año 2019, cediendo la palabra al Ing. Jesus Pablo Mercado para abordar este punto. 4. Aprobación de los temas que requerirán de revisión quinquenal en el año 2019. El Ing. Jesús Pablo Mercado tomó la palabra mencionando que como se podía observar, se tienen programado llevar a cabo durante el año 2019, las notificaciones de las siguientes Normas Oficiales Mexicanas, a efecto de dar continuidad a su vigencia, de la siguiente forma: Para el Subcomité No. 1 “Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos”.

• NOM-010-SCT2-2009, Disposiciones de compatibilidad y segregación para Almacenamiento y Transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos, publicada el 01 de septiembre del 2009 en el Diario Oficial de la Federación.

Para el Subcomité No. 4 “Señalamiento Vial”

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• NOM-008-SCT2-2013, Amortiguadores de impacto en carreteras y vialidades urbanas.

Respecto a la NOM-036-SCT2-2009, Rampas de emergencia para el frenado en carreteras, que había sido incluido para

revisión quinquenal en 2019, se aclara que ésta quedará fuera toda vez que fue publicada en 2016 por lo cual no le

corresponde tener una revisión quinquenal.

Al no existir comentarios al respecto el Ing. Jesús Pablo Mercado, solicito la aprobación del CCNN-TT, aprobándose por consenso.

La Lic. Rosa María Zúñiga Canales tomó la palabra para dar paso al punto No. 5 de la Orden del Día, la Aprobación del Programa Nacional de Normalización 2019, cediendo la palabra al Ing. Jesús Pablo Mercado para abordar el punto. 5. Aprobación del Programa Nacional de Normalización 2019 del CCNN-TT. El Ing. Jesús Pablo Mercado precisó que la CANACINTRA solicitó se adicionaran 2 Temas al PNN 2019, por medio de 3 escritos, a los cuales dio lectura de la siguiente forma:

“Por medio de la presente, solicitamos a ustedes, se incluya el tema de sujeción la carga en el programa nacional de Normalización 2019 como sigue:

• Norma Oficial Mexicana NOM-077-SCT-2, transporte terrestre-servicio de autotransporte federal de carga y transporte privado-especificaciones de seguridad para la sujeción de la carga que deben cumplir los vehículos que transitan en los caminos y puentes de jurisdicción federal. ✓ Objetivo: Establecer las responsabilidades de los involucrados en la sujeción de la carga, así como los elementos mínimos necesarios para la sujeción de la carga, a fin de evitar que toda o parte de esta se desplace del vehículo. ✓ Justificación: Establecer las responsabilidades de los involucrados en la sujeción de la carga, para seguridad de la misma y evitar accidentes generados por su caída en el camino. Las necesidades de la existencia de la NOM surgen de la multiplicidad de personas y empresas involucradas en las labores de sujeción de la carga, cuando esta ha de ser transportada. El 27 de abril de 2015 fue publicada en el diario oficial de la federación la entrada en vigencia de la Norma mexicana NMX-D314-IMNC-2014 transporte terrestre-servicios de autotransporte público Federal de carga y transporte privado-especificaciones de Seguridad para la sujeción de la carga que NMX se define las disposiciones de seguridad que deben seguir quienes realizan laboras de sujeción de la carga, de igual forma se establecen los métodos de sujeción y se establecen los procedimientos de sujeción para productos específicos. Como Norma mexicana que es, no establece funciones de obligatoriedad que deben cumplir las personas y empresas, de ahí que consideremos que es necesaria la emisión de la NOM solicitada, de tal forma que toda la carga que sea transportada sea sujeta de forma adecuada y se prevengan accidentes por la caída de la misma, o por cambios de posición durante su transporte. Posteriormente se discutió en el Subcomité No 2, determino no incluir en el programa esta Norma y CANACINTRA la semana pasada, permitió un nuevo documento que dice como referencia de aplicación de la información respecto a la solicitud de inclusión del proyecto de la NOM de la sujeción de la carga el cual dice: De conformidad con los acuerdos tomados el día 14 del año 2018 en la sesión del Subcomité 2 de Especificaciones de Vehículos, Partes, Componentes y Elementos de Identificación, por medio de la presente ampliamos la

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Fecha: Noviembre, 21, 2018 Sesión: Cuarta Ordinaria

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información relativa a las razones que nos motivan a hacer la presente solicitud, así como incluimos la propuesta de objetivo y campo de aplicación, como sigue:

• La sujeción de la carga es reconocida como una acción de seguridad vial tan importante que el Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal en su artículo 15 y el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de jurisdicción Federal en su artículo 75, la mencionan y reglamentan.

• En el caso del Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los caminos y Puentes de Jurisdicción Federal se establece como sanción solamente cuando parte de la carga cae al camino, no obstante que la regla indica también que se debe evitar que la carga se desplace. En este artículo se determina que “es responsabilidad del transportista sujetar la carga”.

• En el caso del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal se establece entre otras disposiciones que “La carga de un vehículo deberá estar acomodada, sujeta y cubierta en forma que no se ponga en peligro la integridad física de las personas ni se causen daños materiales a propiedades de terceros”. Desde nuestro punto de vista una carga mal sujeta pone en peligro la integridad física de otros usuarios de las vías de transito pues puede caerse en una maniobra o moverse causando cambio súbito del centro de gravedad pudiendo hacer que el vehículo pierda estabilidad y cause un percance. La determinación de si la carga no está bien sujeta, al no existir un documento Normativo oficial, queda a criterio de quien haga una verificación en carretera y deja por tanto en indefensión al conductor del vehículo, inclusive cuando la observación de la autoridad sea técnicamente correcta.

• Una vez que la carga ha caído, puede causar daño físico y aún la muerte a quienes transitan junto al vehículo de carga, así como causar maniobras de evasión a los conductores de otros vehículos que encuentren en su camino obstáculos, pudiendo ocasionar percances, por lo que consideramos que es importante que toda carga sea sujeta correctamente desde su origen y verificada durante su trayecto.

• Dependiendo del tipo de carga y del tipo de vehículo en que se transporta, varios entes o sujetos realizan actividades tendientes a una correcta sujeción de la carga, entre los que se encuentran, el dueño de la carga, la persona física o moral que hace los labores de sujeción de la carga (que pueden ser el dueño de la carga, el transportista o un tercero), el dueño del vehículo (que puede o no ser el transportista), la empresa de transporte y el conductor. En tanto que no existe una regulación clara en cuanto a una sujeción segura de la carga, el conductor o transportista pueden iniciar un viaje con la carga mal sujeta al no tener un documento contra el cual verificar si la carga está bien sujeta o no, por lo cual subsiste una alta probabilidad de caída de la carga, con lo cual se pueden presentar percances de tránsito.

• Dentro de los programas de capacitación a los conductores ya se incluye el tema de sujeción de la carga, sin embargo, queda abierto al conocimiento y criterio del personal que capacita la utilización del material de apoyo para realizar esta capacitación. Algunos de los centros de capacitación y empresas ya utilizan como base la NMX-D314-IMNC-2014 transporte terrestre-servicios de autotransporte público Federal de carga y transporte privado-especificaciones de Seguridad para la sujeción de la carga que deben cumplir los Vehículos que transitan en los caminos y puentes de Jurisdicción federal, sin embargo, no es algo generalizado. Considerando lo anterior problemática es que somos de la opinión, y base a ello hicimos la solicitud, de que se incluya en el PNN-2019 el tema de sujeción de la carga para que el Subcomité 2 se trabaje en el desarrollo de una norma oficial mexicana bajo el siguiente objetivo y campo de aplicación. Campo de aplicación: La Norma les aplica a todas las personas físicas y/o morales que intervienen en los procesos de sujeción de la carga. Si bien solicitamos que la Norma les aplique a personas físicas y/o morales que de acuerdo a los dos reglamentos mencionados no podrán ser sancionados ni por la POLICIA FEDRRAL ni por la SCT en caso de caída de la carga o por los supuestos del artículo 75 del reglamento de tránsito, sienta las bases para las relaciones contractuales entre ellos.

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La existencia de la NOM haría que los requerimientos sobre las especificaciones que debe cumplir una correcta sujeción de la carga sean claros y conocidos por todos los involucrados, de tal forma que una inspección en carretera no sorprenda al transportista. La existencia de la NOM y su correcta aplicación deberán incidir en una reducción de la posibilidad de movimiento y caída de la carga, por lo que se estaría atendiendo esta problemática como potencial causante de percances de tránsito.”

Al respecto el Ing. Jesús Pablo Mercado comentó que referente a lo solicitado por CANACINTRA, tomando en cuenta los argumentos que se consideraron dentro del Subcomité No. 2, se había determinado no incluir los temas, en virtud de que no se tenía definido con claridad quién era el sujeto obligado. En el escrito de CANACINTRA, nuevamente hacen ver que hay varios involucrados en la acción de sujeción de la carga, puede ser el expedidor, puede ser el transportista, puede ser el operador, puede ser incluso macheteros que están en la calle que es común que ahí están en la calle afuera de las industrias, entra el vehículo y se contratan jóvenes que están esperando hacer las labores tanto a veces de cargo como de sujeción de la carga y muchas veces de acuerdo a las Cámaras del Subcomité No. 2, hay ocasiones en el que entra el vehículo a la industria, pero ya no entra el operador, el operador es llevado inmediatamente a otra área, y la propia industria se encarga tanto de cargar el vehículo como de las acciones de sujeción de la carga, entonces una de las partes que vimos es que, esta parte tanto de aplicación que pone CANACINTRA a todas las personas tanto físicas como morales que intervienen en los procesos de sujeción, entonces ya estamos hablando de 5, 6 u 8 ejes diferentes y a la hora de verificar, a quién caería la responsabilidad. Esto es parte de lo que se comentó en el Subcomité No. 2 y se dijo que sí existe una problemática que se identifica pero no es una problemática que no ha sido de relevancia, puede ser común o no tan común, ver cargas caídas de un vehículo, a veces chocan en un puente o un contenedor caído o posiblemente errores en la sujeción cuando transportan postes, o cuando transportan troncos de árboles, pero no es algo tan común, incluso entonces, parte de lo que señaló ahí el IMT hacía ver si en el Parte de accidente existe una definición en cuanto a carga, como causa de accidente, no así en la valoración, ya que cuando llega la policía, se encuentra con que la carga ya está golpeada, la carga ya estaba mal, entonces es difícil determinar cuál es la situación de la carga, entonces ante esta incertidumbre, el Subcomité No. 2, llegó al acuerdo de que se analizara realmente la problemática, la relevancia del tema, el suplemento, ya de un análisis más detallado, más perfeccionado, podemos determinar si es conveniente o no incluir este tema Normativo, de otra manera abordar un tema donde no hay problemática qué identificar, donde no hay una cuantificación o una estimación, donde no hay ni siquiera un campo de aplicación definido, solamente vamos a caer en apartarnos en a la hora del trabajo Normativo. Eso fue lo que se comentó en el Subcomité. Adicionalmente la Norma 68 ya prevé aspectos de sujeción de la carga, cosa que CANACINTRA a lo mejor ahí faltaría que lo analizara, ya que la Norma 68 ya habla de cantidades de sujeción de la carga para determinados productos, ya habla incluso de alguna explicación que tienen que revisar de la Norma 68, entonces, antes de votarlo, me permito presentar una propuesta de punto de acuerdo, de no incluir el tema de elementos de sujeción propuesto por CANACINTRA y que en todo caso de instruir al Subcomité No. 2 para que presente en la sesión de junio 2019, la problemática, el objetivo y campo de aplicación de la Norma que se pretende desarrollar, a efecto de que, de ser necesario sea incluida en el Suplemento, es decir que sea el propio Subcomité que analice esta problemática, que analice este campo de aplicación, que analice la Norma 68, que analice todos estos aspectos que comentaron, y bueno ya el suplemento pues tiene la ventana de oportunidad, para que entonces ya haya un objetivo más claro hacia dónde va el tema Normativo y sea incluido. El Ing. Claudio Gallegos representante de CONATRAM comentó que esto es muy claro que, si ya se dijo en nuestro Subcomité que no, pues es no, para qué seguir preguntando. La otra es que esta Norma desde hace muchísimos años cuando la empezamos a trabajar, no se le ha dado continuidad y ahí se ha ido quedando, pero me preocupa el tema porque se habla de sanciones; van a sancionar al usuario expedidor para los casos en las que el operador nada tiene que ver y menos el dueño del camión, lo van a sancionar también y me preocupa por lo siguiente: Qué va hacer la Policía Federal para sancionar al usuario, si estamos viendo hoy en día que no aplica la corresponsabilidad que es un tema que

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está ya establecido y hay publicado unos lineamientos y que lo tienen que hacer y dicen que no lo hacen. No es culpa de ellos, es de su jurídico que vive en otro mundo; ¿Cómo lo van hacer aquí? Y otra vez le van a cargar la mano nada más al transportista, al operador, estas cosas tienen que pensar y analizar y cuál es la prisa, digo, si ha pasado tantísimos años y no se ha llevado a cabo todo esto, pues volvemos a lo mismo que decíamos ahorita de la Norma 87. Vámonos con calmita, vámonos analizándola, vamos viendo, no estamos en contra de, pero vamos a hacer las cosas bien. No le veo la prisa de que ahorita cinco para las doce, pues métela y a ver qué pasa, no, entonces yo creo que la postura al menos por parte de CONATRAM es clara, no creo que deba de pasar como se nos está solicitando. El Lic. Tomás Martínez representante de la CANACAR mencionó que se ha dicho que hay una MX de sujeción de carga y el día que presentaron el tema les dije, debe haber estadística de los efectos de la Norma, cómo se ha aplicado, dónde se ha aplicado, qué tipo de medidas se han aplicado, que tipo de cadenas, quién hace los amarres, dónde, cómo, cuándo, todo ese tipo de información, los datos que tiene son nulos, entonces si no tenemos ningún dato de soporte, cómo podemos meter al programa y lo segundo, no hay consenso para estar haciendo esos temas, y ya se les había explicado que si no tiene consenso, sobre todo a la parte a la que le vas aplicar la Norma, a los sujetos a los que les va aplicar la Norma, no estamos de acuerdo todavía que el tema se pase el Programa, pues entonces yo no sé porque la insistencia. Hay temas que llevamos ahí alrededor, no sé cuántos sexenios ya llevamos, ya estamos ahorita, temas que ya van en la 4ta transformación, a ver si esta vez sí se les hace. Entonces estamos programe y programe y año tras año, tras año, ahora creo que CANACINTRA debería dedicarse más a las defensas traseras, pues ya llevamos muchos años reprogramándola, entonces primero hay que terminar con lo que tenemos y después empezamos con otra cosa. Carlos García Álvarez representante de AMOTAC, comentó que retomando un poco el tema que comentó el compañero Claudio Gallegos, diciendo que cree que tiene mucha razón en quién va a pagar, ya que normalmente, la mayoría de transportistas se echan la bolita al hombre-camión, quien sujeta, quien hace toda la maniobra y pues posteriormente, quien va hacer parado y el brazo ejecutor es la Policía Federal, va a infraccionar abiertamente al transportista o al operador. Bien lo dice, si en la corresponsabilidad del peso y dimensiones, no se ha podido sacar, entonces sacar directamente a los responsables, porque hablemos que dentro de las cajas, hay variaciones, hay piedras, muchas vulneradas, hay acero y maquinaria en los lowboys, entonces esa maquinaria no puede ser sujeta por una persona, hay ocasiones que hasta con montacargas y para irlas rejuntando en el camino, porque también tendría que ser con el movimiento de la carga se va aflojando, entonces yo creo que el responsable directamente es el operador. El Ing. Salvador de Jesús Saavedra, representante de CANACINTRA, mencionó que coincidía totalmente con los conceptos de AMOTAC y de CONATRAM, en los cuales el transportista no necesariamente es el responsable de sancionar, sin embargo, en el Reglamento de Tránsito y el Reglamento de Pesos y Dimensiones dice que la sanción es para ellos, aunque no esté bien sujeta, la sanción es para ellos, lo que la Norma propone es abrir quién es el responsable de esa sujeción, no siempre es el transportista y como ellos dicen, a lo mejor ellos entran, los cargan y ni siquiera ven cómo los cargaron y su única responsabilidad es ver en el trayecto que la sujeción que les hicieron sigue siendo correcta, pero no son responsables de ponerle más bandas, ya alguien lo hizo. Lo que la propuesta de Norma busca es deslindar responsabilidades, hacer del conocimiento de todos los que intervienen, que existe una regulación oficial, es decir, no cuando las inspecciones de carretera, el policía dice, debe ser con cinco bandas, la Norma diga que son dos y el transportista cree que debe ser con una, es decir algo oficial que juntemos, si es relevante o no es relevante, todos los países de la orden tienen una revisión sobre sujeción de la carga. Es decir, somos el único que no la tenemos y creo que nos hace falta algo para salir, sin embargo, lo dejaba a decisión del Comité. El Ing. Leonardo Gómez, representante de la ANTP, comentó que él dejaría a un lado el tema de quién lo va a pagar, ya que cree que si hoy ya hay un NMX o que bien pudiera ser una buena práctica, este es un grupo, o el grupo de trabajo, es un grupo especializado que si bien ha dado este tema motivo, a buscar información, no lo dejemos a un lado, a lo mejor démosle pie a seguir platicando sobre el punto de que se debe hacer, que se debe establecer, que se debe estandarizar y no agotemos el diálogo, si se acepta o no en esta mesa, que es el momento dado, entiendo la máxima, pero trabajemos en el grupo de trabajo de expertos, con gente que ha venido y tiene toda la facultad para poder atender este tema, en un sentido meramente de prevención. Tengan la seguridad que de todos modos vamos a trabajar en ello, quién más que son ustedes, quienes conocen tanto el equipo, quienes conocen como autotransportistas el usuario, y hacer o presentar el día

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de mañana si esta NMX tiene que ser una Norma Oficial Mexicana o se queda como una buena práctica. Finalmente es trabajar en la prevención, entiendo, para el tema de los casos de prevención accidentes, yo lo dejaría ahí, no lo desecharía a mi punto de vista como asociación, no lo dejaría libre, retomémoslo y la propuesta es, vamos, a darle una continuidad y si vienen todos los elementos suficientes para que suba al listado, lo subimos, si no lo seguimos platicando hasta agotar el tema. El Inspector José Juan Estrada, representante de la Policía Federal, mencionó que en relación a los comentarios que han escuchado, respecto los amarres, la capacidad de fuerza que tiene cada uno de los sujetadores, como son las cadenas o las bandas, vienen establecidas en el punto 61 de la Norma 68, viene sancionado por el reglamento y en caso de que no cuenten con la resistencia o no sean adecuadamente bien sujetos la carga, serán retirados de circulación con fundamento en el 74 fracción IV; agregando que, nosotros somos la autoridad ejecutora, nosotros somos los que sancionamos y se tiene que sancionar como lo establece la Norma en su punto 61, que un transportista o un propietario de un vehículo de autotransporte no permitirá, un conductor operar y un conductor no operara un vehículo de autotransporte, cuando las mercancías transportadas en/o sobre el vehículo de autotransporte, no estén debidamente contenidas, inmovilizadas o aseguradas. La situación de que se va a necesitar una banda, dos bandas, tres bandas, o si el conductor piensa que con una tiene, también en la Norma 68 se establece la manera de sujeción, ya sea si sea horizontal, diagonal, la manera de sujetar la carga, hay una operación que si ustedes gustan la podemos ver la siguiente sesión o cuando quieran, es una operación sencilla que se dé, de acuerdo al peso de la carga, que resistencia y que capacidad de las bandas o las cadenas deben llevar. Yo lo dejo ya en la mesa, pero la Norma 68 lo establece. El Ing. Claudio Gallegos opinó que, con mucha más razón, ahí está la preocupación, ya que dicen que la sanción en todo caso va para el transportista, no se habla del usuario expedidor, ya dijimos que las ocasiones que muchos ya actualmente, entran los camiones los cargan, le sujetan, los amarran todo eso, la carga ya sale así. Si bien es cierto, por seguridad, por precaución en el desarrollo del camino, el operador tiene que ir verificando si no se han aflojado las bandas, las propias cadenas si no se aflojaron también, porque eso es muy común que suceda, lo digo porque yo también anduve arriba del camión, entonces ¿Qué va a pasar? Cuando ese amarre es correcto o incorrecto, si debe llevar una, dos o tres bandas, de origen debe salir ya como debiera ser. La otra, las cajas secas, en cuántas y ustedes lo saben señores oficiales, que sale el camión cargado y les ponen los sellos y hay de aquel operador que se atreva a violarlo y no sabemos exactamente, qué productos estamos transportando pero no sabemos cómo fue colocado, si la descarga por ejes es debida o indebida no lo sabemos; si, sí hubo la ocurrencia de poner las tarimas a la distancia que deben de ir dependiendo el tipo de carga, porque tenemos que ver si el tipo de carga va hacia arriba y hacia los lados debidamente, si no lo sabemos, pero al no saber esto la Policía nos va a decir pues sabes que: te voy a sancionar, entonces por eso, yo no dije que esto se deseche, no, dije vamos haciendo las cosas bien y que se desarrolle en los trabajos del Subcomité, pero no meterlo ahorita, siento que ahorita no estamos todavía en tiempo a subirlo a como se pretende. El Ing. Jesús Pablo Mercado tomó la palabra y mencionó que consideraba inciertos los argumentos, por lo que no se debería incluir el tema de elementos de sujeción en el Programa Nacional de Normalización 2019, para atender la preocupación de Leonardo, de Claudio, de la propia dependencia, y para no dejar en abandono este tema y si así les parece correcto, se instruiría al Subcomité No. 2 para que presente en la sesión del mes de junio de 2019 la problemática del campo de aplicación, parte incluso de lo que se discutió en el Subcomité del análisis jurídico e incluso veíamos que era algo que iba a estar complejo, por esta situación de la corresponsabilidad de obligaciones de esta Norma, y es tema muy importante el que ha mencionado Policía Federal, pues es un caso sobre la regulación, que eso ya tenía rato y es algo que falta de establecer. Decía Salvador, somos un país que no tiene esta regulación, pero tenemos la 68, habría que ver hasta qué alcance tiene esta regulación de la 68 y qué falta, entonces si les parece, ponemos así el punto de acuerdo y dice; “No se incluye el tema de elementos de sujeción en el Programa Nacional de Normalización 2019 y se instruye al Subcomité No. 2 para que presente en la sesión del mes de junio 2019, la problemática, en el campo de aplicación de la eventual Norma que se pretende desarrollar a efecto que, de ser necesario, incluir el Suplemento en el Programa Nacional de Normalización 2019”. Acto seguido, el Ing. Jesús Pablo Mercado Díaz solicitó llevar a cabo el llenado de las boletas de votación de los 5 sectores que conforman el CCNN-TT, quedando de la siguiente forma.

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• Respecto a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública, todos a favor.

• Respecto a Organizaciones Industriales 6 votos a favor y una abstención por parte de la CANACINTRA.

• Respecto a Prestadores de Servicios 4 votos a favor y una abstención por parte de CANAPAT.

• Respecto a los Centro de Investigación Científica todos a favor con 4 votos. Resultando de la votación su aprobación por mayoría de votos. El Ing. Jesús Pablo dio la lectura a otro escrito de CANACINTRA el cual fue recibido el 21 de noviembre del 2018:

“Por medio de la presente solicitamos a usted sea incluido el tema de “Revisión periódica de las condiciones físico mecánicas de vehículos automotores con peso bruto vehicular menor a 3 857 kg” en el Programa Nacional de Normalización 2019, como sigue:

• Norma Oficial Mexicana NOM-000-SCT-2 revisión periódica de los con di de las condiciones físico mecánicas de vehículos automotores con peso bruto vehicular menor a 3 857 kg que deben cumplir los vehículos que transmiten los caminos y puentes de jurisdicción federal.

• Objetivo: Establecer la periodicidad de la inspección de las condiciones físico mecánicas de los vehículos motivo de la Norma, los aspectos a revisar, los procedimientos de verificación, el equipo utilizar, los criterios de aceptación y rechazo, así como el tiempo de exhibición de la verificación para vehículos nuevos.

• Justificación: No obstante que la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal establece en su artículo 35 que “Todos los vehículos de autotransporte de carga, pasaje y turismo que transitan el camino así puentes de jurisdicción federal, deberán cumplir con la verificación técnica de sus condiciones físicas y mecánicas y obtener la constancia de aprobación correspondiente con la periodicidad y términos que la Secretaria establezca en la Norma oficial mexicana respectiva”, hoy día solo existe una NOM para cumplir con este articulo para los vehículos con peso bruto vehicular superior a 4 toneladas, por lo que no existe un instrumento Normativo para verificar a todos los vehículos con placa federal con peso bruto vehicular menor. Además, la revisión de condiciones físico mecánicas que algunos estados empiezan a considerar para permitir el tránsito, de forma similar y en muchas ocasiones concurrente con los programas de verificación de emisiones de los vehículos. Por citar un par de ejemplos, en el Programa integral de Seguridad Vial que publico la CDMX se hace referencia a la necesidad de contar con un programa de esta naturaleza, además de que tenemos conocimiento de que los verificentros de esta ciudad ya se están haciendo verificaciones físico mecánicas a los automóviles durante su verificación de emisiones, mas solamente con fines estadísticos; por otro lado el secretario de Medio Ambiente del Estado de México declaró durante su presentación en la Semana de Movilidad y Seguridad Vial que están desarrollando los lineamientos técnicos sobre inspección periódica de condiciones físico mecánicas para implementar el sistema en una fecha no lejana. Ante la falta de una NOM se corre el peligro de que cada entidad federativa acabe con reglas particulares que pudieran resultar que un vehículo sea aprobado en una entidad y reprobado en otra.

• Fundamento Legal: artículos 38 fracción II y artículo 40 fracción XVI de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 1º. 2º. Y 4º. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 5 fracción VI, 35, 74 Ter fracción IV de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 217 párrafo tercero del Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales y 6º. Fracción XIII del Reglamento Inferior de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes.

A fines de año 2015 se publicó la NORMA MEXICANA NMX-D-228-SCFI-2015, criterios, procedimientos y equipo para la revisión de las condiciones físico mecánicas de los vehículos automotores en circulación cuyo peso bruto vehicular no excede los 3 857 kg. La Norma ha sido utilizada por algunos centros de verificación particulares para

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hacer del conocimiento de sus clientes el estado que guardan los vehículos al momento de las operaciones de compra – venta, por lo que solicitamos que en el desarrollo de la NOM se tome en cuenta esta NMX cuyos criterios técnicos ya han sido consensado con la única fabricante de este tipo de vehículos. Agradecemos de antemano sea tomada en cuenta esta solicitud de tal forma que el tema sea incluido en el PNN 2019, para así trabajar en este importante tema.”

El Ing. Jesús Pablo Mercado, recordó que referente a este punto en el año 2010 se desarrolló un proyecto de Norma 2009 y 2010 en el CCNN-TT y se presentó el proyecto, se envió a COFEMER, la cual a su vez precisó en su dictamen parcial la falta de atribuciones de la dependencia, incluso derivó en un panel jurídico, algo inédito en la Dependencia pero lo prevé así la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, cuando no hay, cuando cae en una controversia en la Dependencia y COFEMER, el siguiente eslabón es un proceso jurídico. Hubo una sesión, COFEMER, SCT y Consejería Jurídica y ahí se acordó que no era procedente la emisión de esta Norma, por parte de la Secretaría. Asimismo, posteriormente en el programa de 2011 se incluyó en el PNN a petición de la AMIA, revisar el proyecto de Norma, igual en condiciones físico mecánicas para vehículos de autotransporte federal, orientada a taxis de aeropuertos o algunos vehículos de guía turística. Este tema Normativo estuvo prácticamente 6 años y como bien decía hace rato Claudio Gallegos, no se avanzó gran parte y la Secretaría de Economía hizo una Norma Mexicana, es la que menciona ahí CANACINTRA y se declara su vigencia en el año 2015. Entonces en 2015 este Comité, como ya había la Norma Mexicana pues entonces se decidió bajar ese tema Normativo que traíamos arrastrando de entre 4 ó 5 años atrás, por lo que en su momento se decidió bajar del programa del CCNN-TT esta Norma de condiciones físico mecánicas de automóviles, porque al final del día se estima que la Secretaría de Economía quién tiene la atribución de Normalizar lo que son automóviles, industria automotriz, precisamente es la Secretaría de Economía. CANACINTRA nos está diciendo que la Norma Mexicana que ahora se suba, más bien esa fue la razón por la que se bajó, como Economía ya había emitido esa Norma Mexicana, sería un retroceso volver a subir por la misma razón por que la bajamos, es decir CANACINTRA menciona en su escrito “Incluir en la Norma Mexicana y vamos hacerla una Norma Oficial”. Adicionalmente precisó que el 21 de noviembre de 2018 habían recibido por parte del Comité de la Secretaría Economía la convocatoria para sus siguientes sesiones y van aprobar también su PNN 2019. Ahí la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores que es parte de los anexos que envía Economía en su convocatoria, igual es hacer la petición que esta Norma de condiciones físico mecánicas sea incluido en el PNN de Economía, entonces de alguna manera, el tema igualmente no se está abandonando, entiendo que Economía ve con buenos ojos la inclusión de este tema en su programa y se trabajará en ese Comité, para que ya se trabaje este tema. Por ultimo referente a este tema se pone a consideración el acuerdo que dice “No se incluye el tema de “Revisión periódica de las condiciones físico mecánicas de vehículos automotores con peso bruto vehicular menor a 3 857 kg” al Programa Nacional de Normalización 2019, dado que ya fue trabajada con anterioridad y se determinó la ausencia de atribuciones, y emitir atento oficio al Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE), para su inclusión en su Programa Nacional de Normalización 2019”, acordándose por consenso El Ing. Jesus Pablo Mercado para terminar con el punto No. 5 del Orden del Día, referente a la aprobación del Programa Nacional de Normalización 2019, procedió a informar que se incluirán 10 temas que serán desarrollados durante el año 2019, el cual consta de 2 temas nuevos y 8 temas reprogramados, mismos que se distribuyen en los 4 Subcomités de Normalización que conforman el CCNN-TT, como a continuación se presenta:

Subcomité de Normalización Temas

No. 1 “Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos”.

3 Temas reprogramados. 1 Tema Nuevo

No. 2 “Especificaciones de Vehículos, Partes, Componentes y Elementos de Identificación”.

3 Temas reprogramados.

No. 4 “Señalamiento Vial”. 1 Tema nuevo. 2 Tema reprogramado

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Sometiendo a consideración del pleno del CCNN-TT, los temas Normativos presentados por los 3 Subcomités de Normalización, los cuales se enviarán al Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, y de igual forma serán cargados en el Sistema Integral de Normas y Evaluación de la Conformidad (SINEC) de la Secretaría de Economía, para su incorporación al Programa Nacional de Normalización 2019, tal como lo establece la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Por lo que solicito se pronuncien a efecto de su aprobación, aprobándose por consenso. La Lic. Rosa María Zúñiga solicitó al Ing. Jesus Pablo Mercado para abordar los puntos 5, 6, 7 y 8 de la Orden del Día referentes a el Calendario de Sesiones, Asuntos Generales y Acuerdos, para continuar con el desarrollo de la Sesión. 5. Calendario de Sesiones. El Ing. Jesús Pablo Mercado preciso que, respecto al punto No. 6 del Orden del Día, relativo al Calendario de Sesiones 2019, sometió a consideración del pleno del CCNN-TT las fechas de sesiones para el año Normativo 2019, se propone continuar sesionando los días martes a las 11:00 hr, en las siguientes fechas: 26 de marzo, 25 de junio, 24 de septiembre y 21 de noviembre, todas ellas se llevarán a cabo en la Dirección General de Autotransporte Federal, no obstante que en caso de requerirse, se convocará en forma extraordinaria en cualquier tiempo, aprobándose por consenso. 6. Asuntos Generales. El Ing. Jesús Pablo Mercado precisó que respecto al punto No. 7 del Orden del Día, relativo a Asuntos Generales, comentó que mediante correo electrónico de fecha 26 de octubre del 2018 se turnó a todos los participantes del CCNN-TT, el documento a través del cual el solicitante del requerimiento del método alterno de la Tercera Sesión Ordinaria 2018, se desistía del mismo, por lo que se daría por concluido el Procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Al no presentarse comentario alguno al respecto, solicitó la aprobación del pleno del CCNN-TT, aprobándose por consenso. 8. Acuerdos. El Ing. Jesús Pablo Mercado precisó que respecto a los Acuerdos alcanzados en la Cuarta Sesión Ordinaria 2018, me permito comentarles que el Acta que se elabore con motivo de esta Cuarta Sesión Ordinaria 2018 incluirá los Acuerdos aprobados en esta Sesión, siendo los siguientes:

Acuerdos

1. Aprobación del Acta de la Tercera Sesión Ordinaria 2018, celebrada el 25 de septiembre de 2018, respectivamente. Acuerdo: Aprobado por consenso.

2. Aprobación de los Informes de Actividades de los 4 Subcomités del CCNN-TT. Acuerdo: Aprobado por consenso.

3. Aprobación del Anteproyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-035-SCT-2-2010 Remolques y semirremolques-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación e iniciar su proceso de consulta pública por 60 días naturales de conformidad con el artículo 47, fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento. Acuerdo: Aprobado por consenso.

4. Aprobación del Anteproyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-034-SCT-2-2018 Señalamiento Horizontal y vertical de carreteras y vialidades urbanas, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación e iniciar su proceso de consulta pública por 60 días naturales de conformidad con el artículo 47, fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento. Acuerdo: Aprobado por consenso.

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5. Aprobación para notificar los resultados de revisión quinquenal ante el Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización durante el año 2019, de conformidad con el artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 39 de su Reglamento para continuar su vigencia de las siguientes Normas Oficiales Mexicanas:

• NOM-010-SCT2-2009 Disposiciones de compatibilidad y segregación para el almacenamiento y transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.

• NOM-008-SCT2-2008 Amortiguadores de impacto en carreteras y vialidades urbanas Acuerdo: Aprobado por consenso.

6. Aprobación del Programa Nacional de Normalización 2019 del CCNN-TT Acuerdo: Aprobado por consenso.

7. No se incluye el tema de “Elementos de Sujeción” al Programa Nacional de Normalización 2019 y se instruye al Subcomité No. 2 para que presente en la Sesión del mes de junio de 2019, la problemática, el objetivo y el campo de aplicación de la eventual Norma que se pretenda desarrollar, a efecto que, de ser necesario incluirla en el Suplemento del Programa Nacional de Normalización 2019. Acuerdo: Aprobado por mayoría con 2 abstenciones por parte de la CANACINTRA y de la CANAPAT.

8. No se incluye el tema de “Revisión periódica de las condiciones físico mecánicas de vehículos automotores con peso bruto vehicular menor a 3 857 kg” al Programa Nacional de Normalización 2019, dado que ya fue trabajada con anterioridad y se determinó la ausencia de atribuciones, y emitir atento oficio al Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE), para su inclusión en su Programa Nacional de Normalización 2019. Acuerdo: Aprobado por consenso.

9. Se hace del conocimiento a este Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, sobre el desistimiento para el Método Alterno, ingresado en fecha 19 de octubre de 2018. Acuerdo: Aprobado por consenso.

10. Aprobación del Calendario de Sesiones 2019. Acuerdo: Aprobado por consenso.

Finalmente, la Lic. Rosa María Zúñiga tomó la palabra y dio por concluida la 4ta Sesión Ordinaria del CCNN-TT, dando las gracias a los participantes.

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