51
Secretaría del Claustro 1 ACTA DEL PLENO DEL CLAUSTRO DE 27 DE JULIO DE 2005 ABRIL ALONSO, AGUEDA DEL ADRADOS SASTRE, MARÍA CONCEPCIÓN AGUADO ODINA, MARÍA TERESA AGUILERA ARILLA, Mª JOSÉ ALVARELLOS BERMEJO, JOSE ENRIQUE ÁLVAREZ ÁLVAREZ, JOSÉ FRANCISCO ÁLVAREZ ARZA, Mª JOSÉ ÁLVAREZ SUÁREZ, JOSÉ MANUEL ARCAS PARRA, JOAQUÍN ARTES GOMEZ, MARIANO AYALA ROCAMORA, JESÚS FRANCISCO AYLLÓN DÍAZ, JESÚS BACIGALUPO SAGGESE, MARIANO BARDISA RUÍZ, Mª TERESA BENITO MUÑOZ, JUAN J. BERMÚDEZ MORENO, JOSÉ BOIXAREU VILAPLANA, MERCEDES CABRERA SANZ, JESÚS CALVO GONZÁLEZ, JOSE LUIS CAMERO RAMOS, JOSÉ CANTERA MONTENEGRO, ENRIQUE CANTO DÍEZ, Mª ANTONIA CASADO QUINTANILLA, BLAS CASTEJÓN MONTIJANO, RAFAEL CASTRO CID, BENITO DE CASTRO SÁNCHEZ, CLARIBEL DE CHAMORRO PEREZ, JUAN FRANCISCO CLARAMUNT VALLESPÍ, ROSA Mª CLARO IZAGUIRRE, FRANCISCO CONTRERAS LÓPEZ, ALFONSO CORTINA MADARIAGA, ANE MIREN COSTAS RODRÍGUEZ, JENARO CRIADO SANCHO, MANUEL CRISTOBAL TAMAYO, Mª ÁNGELES CUESTA GONZÁLEZ, MARTA MARÍA DE LA DELGADO PINEDA, MIGUEL DÍAZ HERNÁNDEZ, ANA MARÍA DOBLAS Y RÍOS, JOSÉ DORMIDO BENCOMO, SEBASTIÁN DURAND ALEGRÍA, JESUS SENÉN ENTRALA Y VALENZUELA, EDUARDO ESCALANTE OJEDA, DOLORES ESCÁMEZ PASTRANA, Mª ISABEL ESCUDER CABREJAS, RAMÓN L. ESGUEVA MARTÍNEZ, MANUEL AGUSTÍN ESPINOSA BOISSIER, AGUSTÍN FERNANDEZ FERNANDEZ, ANTONIO FERNÁNDEZ MÁRQUEZ, FUENSANTA FERNÁNDEZ MARRÓN, JOSÉ LUIS FERNÁNDEZ OLIVA, JOSÉ MARÍA FERNÁNDEZ TRESPALACIOS, JOSÉ LUIS FERNÁNDEZ-MIRANDA ALONSO, FAUSTINO FERNÁNDEZ-MIRANDA CAMPOAMOR, CARMEN FRAIJO NIETO, MANUEL FUENTES LOSA, JULIO GALÁN RUIZ POVEDA, SALVADOR GALLEGO GIL, DOMINGO J. GARCÍA GARRIDO, MANUEL JESÚS GARCÍA LLAMAS, JOSÉ LUIS GARCÍA-ALEGRE SÁNCHEZ, GENOVEVA GARÍN MUÑOZ, MARÍA TERESA GARRIGA TRILLO, ANA JULIA GAYO SANTA CECILIA, MARIA EUGENIA GENTO PALACIOS, SAMUEL GIL PECHARROMÁN, JULIO GIMENO ULLASTRES, JUAN ANTONIO GISBERT VICENS, RAFAEL GÓMEZ PACOMIO, PEDRO JOSÉ GOMIS MEDINA, FRANCISCO GONZÁLEZ ARRIETA, Mª ANGÉLICA GONZÁLEZ BOTICARIO, JESÚS GONZÁLEZ BREA, JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ CRIADO, EDUARDO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, MIGUEL GONZALEZ GARCIA, MOISES GONZALEZ GAYA, CRISTINA GONZÁLEZ MANGADA, JULIA GONZÁLEZ PASCUAL, MARTA GONZÁLEZ VÁZQUEZ, FRANCISCO J. GONZÁLEZ YANCI, PILAR GRANADOS PALOMARES, VICENTE GUILLAMÓN FERNÁNDEZ, JOSÉ RAFAEL GUTIÉRREZ MARTIN, NEMESIA GUTIÉRREZ NOGUEROLES, AURORA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, JULIO HERRANZ CORTIJO, PILAR JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, MARÍA DEL CARMEN JIMÉNEZ GUERRA, PEDRO JIMENEZ MARSÁ, BEATRIZ JOVAL ROQUET, ÁNGEL LACRUZ LÓPEZ, JUAN MANUEL LLEIDA PERUGA, Mª ISABEL LÓPEZ PEINADO, ANTONIO JOSÉ LÓPEZ PITA, PAULINA LOPEZ VILLALBA, JOSE MIGUEL LOPEZ-REY GARCIA-ROJAS, AFRICA LORENTE MEDINA, ANTONIO LORENZO SEGOVIA, MARÍA JOSÉ MACIÁ ANTÓN, Mª ARACELI MADRIGAL COLLAZO, CARMEN MARCOS BRAVO, MARINA MARCOS DEL CANO, ANA MARÍA

Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

  • Upload
    others

  • View
    3

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

Secretaría del Claustro

1

ACTA DEL PLENO DEL CLAUSTRO DE 27 DE JULIO DE 2005

ABRIL ALONSO, AGUEDA DEL ADRADOS SASTRE, MARÍA CONCEPCIÓN AGUADO ODINA, MARÍA TERESA AGUILERA ARILLA, Mª JOSÉ ALVARELLOS BERMEJO, JOSE ENRIQUE ÁLVAREZ ÁLVAREZ, JOSÉ FRANCISCO ÁLVAREZ ARZA, Mª JOSÉ ÁLVAREZ SUÁREZ, JOSÉ MANUEL ARCAS PARRA, JOAQUÍN ARTES GOMEZ, MARIANO AYALA ROCAMORA, JESÚS FRANCISCO AYLLÓN DÍAZ, JESÚS BACIGALUPO SAGGESE, MARIANO BARDISA RUÍZ, Mª TERESA BENITO MUÑOZ, JUAN J. BERMÚDEZ MORENO, JOSÉ BOIXAREU VILAPLANA, MERCEDES CABRERA SANZ, JESÚS CALVO GONZÁLEZ, JOSE LUIS CAMERO RAMOS, JOSÉ CANTERA MONTENEGRO, ENRIQUE CANTO DÍEZ, Mª ANTONIA CASADO QUINTANILLA, BLAS CASTEJÓN MONTIJANO, RAFAEL CASTRO CID, BENITO DE CASTRO SÁNCHEZ, CLARIBEL DE CHAMORRO PEREZ, JUAN FRANCISCO CLARAMUNT VALLESPÍ, ROSA Mª CLARO IZAGUIRRE, FRANCISCO CONTRERAS LÓPEZ, ALFONSO CORTINA MADARIAGA, ANE MIREN COSTAS RODRÍGUEZ, JENARO CRIADO SANCHO, MANUEL CRISTOBAL TAMAYO, Mª ÁNGELES CUESTA GONZÁLEZ, MARTA MARÍA DE LA DELGADO PINEDA, MIGUEL DÍAZ HERNÁNDEZ, ANA MARÍA DOBLAS Y RÍOS, JOSÉ DORMIDO BENCOMO, SEBASTIÁN DURAND ALEGRÍA, JESUS SENÉN ENTRALA Y VALENZUELA, EDUARDO ESCALANTE OJEDA, DOLORES ESCÁMEZ PASTRANA, Mª ISABEL ESCUDER CABREJAS, RAMÓN L. ESGUEVA MARTÍNEZ, MANUEL AGUSTÍN ESPINOSA BOISSIER, AGUSTÍN FERNANDEZ FERNANDEZ, ANTONIO FERNÁNDEZ MÁRQUEZ, FUENSANTA FERNÁNDEZ MARRÓN, JOSÉ LUIS FERNÁNDEZ OLIVA, JOSÉ MARÍA FERNÁNDEZ TRESPALACIOS, JOSÉ LUIS

FERNÁNDEZ-MIRANDA ALONSO, FAUSTINO FERNÁNDEZ-MIRANDA CAMPOAMOR, CARMEN FRAIJO NIETO, MANUEL FUENTES LOSA, JULIO GALÁN RUIZ POVEDA, SALVADOR GALLEGO GIL, DOMINGO J. GARCÍA GARRIDO, MANUEL JESÚS GARCÍA LLAMAS, JOSÉ LUIS GARCÍA-ALEGRE SÁNCHEZ, GENOVEVA GARÍN MUÑOZ, MARÍA TERESA GARRIGA TRILLO, ANA JULIA GAYO SANTA CECILIA, MARIA EUGENIA GENTO PALACIOS, SAMUEL GIL PECHARROMÁN, JULIO GIMENO ULLASTRES, JUAN ANTONIO GISBERT VICENS, RAFAEL GÓMEZ PACOMIO, PEDRO JOSÉ GOMIS MEDINA, FRANCISCO GONZÁLEZ ARRIETA, Mª ANGÉLICA GONZÁLEZ BOTICARIO, JESÚS GONZÁLEZ BREA, JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ CRIADO, EDUARDO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, MIGUEL GONZALEZ GARCIA, MOISES GONZALEZ GAYA, CRISTINA GONZÁLEZ MANGADA, JULIA GONZÁLEZ PASCUAL, MARTA GONZÁLEZ VÁZQUEZ, FRANCISCO J. GONZÁLEZ YANCI, PILAR GRANADOS PALOMARES, VICENTE GUILLAMÓN FERNÁNDEZ, JOSÉ RAFAEL GUTIÉRREZ MARTIN, NEMESIA GUTIÉRREZ NOGUEROLES, AURORA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, JULIO HERRANZ CORTIJO, PILAR JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, MARÍA DEL CARMEN JIMÉNEZ GUERRA, PEDRO JIMENEZ MARSÁ, BEATRIZ JOVAL ROQUET, ÁNGEL LACRUZ LÓPEZ, JUAN MANUEL LLEIDA PERUGA, Mª ISABEL LÓPEZ PEINADO, ANTONIO JOSÉ LÓPEZ PITA, PAULINA LOPEZ VILLALBA, JOSE MIGUEL LOPEZ-REY GARCIA-ROJAS, AFRICA LORENTE MEDINA, ANTONIO LORENZO SEGOVIA, MARÍA JOSÉ MACIÁ ANTÓN, Mª ARACELI MADRIGAL COLLAZO, CARMEN MARCOS BRAVO, MARINA MARCOS DEL CANO, ANA MARÍA

Page 2: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

Secretaría del Claustro

2

MARÍA GONZÁLEZ, JOSÉ LEANDRO MARTÍ SIGNES, RAQUEL MARTÍNEZ MEDIANO, CATALINA MARTÍNEZ MONEREO, EMILIO MARTÍNEZ SEGARRA, ROSA MARÍA MARTÍN-MORENO CERRILLO, QUINTINA MARTOS EXPÓSITO, JUAN RAMÓN MAS CORNELLA, MARTI MÉNDEZ ZABALLOS, LAURA MIGUEL PAJARÓN, JUAN J. MIRA MIRA, JOSÉ MIRALLES DE IMPERIAL MORA-FIGUEROA, AGUSTÍN MOCHÓN MORCILLO, FRANCISCO MORALES DOMÍNGUEZ, JOSÉ FRANCISCO MORALES ORTEGA, JOSÉ LUIS MORÁN MARTÍN, REMEDIOS MORANTE BAILÉN, ANTONIO MORENO GONZÁLEZ, ENRIQUE MOSQUERA LAGRAÑA, JUAN ANTONIO MUÑOZ GARCÍA, JOSÉ FRANCISCO MUR PÉREZ, FRANCISCO NAVARRO FERNÁNDEZ, JAVIER NEGRÍN FAJARDO, OLEGARIO NUÑEZ MUÑIZ, MARIA DEL CARMEN OSCA SEGOVIA, AMPARO PABLO LÓPEZ, ANDRÉS DE PABLO REDONDO, ROSANA DE PALOMARES LERMA, GUSTAVO PEDRERO SANCHO, ROSA PEÑASCO VELASCO, MIGUEL PEREX AGORRETA, MARIA JESÚS PÉREZ GARCÍA, ANA MARÍA PÉREZ JUSTE, RAMÓN PÉREZ PRIEGO, MIGUEL ÁNGEL PÉREZ ZABALETA, AMELIA PÉREZ-LLANTADA RUEDA, MARÍA CARMEN

PÉREZ-VILLANUEVA TOVAR, ISABEL PIDRE PÉREZ, Mª BEGOÑA RAMÍREZ RAYO, ZAHIRA REGUEIRO GARCÍA, Mª TERESA RETUERCE FERNÁNDEZ, Mª JOSÉ RODRÍGUEZ BARRIO, JESÚS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, Mª CLOTILDE RODRÍGUEZ NUÑEZ, ALICIA RODRÍGUEZ RUÍZ, JULIAN RODRÍGUEZ-AVIAL LLARDENT, MARIANO ROS MUÑOZ, SALVADOR RUBIO LARA, Mª JOSEFA RUBIÓ QUEIRUGA, GUILLERMO RUEDA ANDRÉS, ANTONIO RUIZ CORBELLA, MARTA RUIZ FERNÁNDEZ, Mª ÁNGELES RUIZ VIRUMBRALES, LUIS MANUEL RUPÉREZ RUBIO, JOSÉ Mª SALAMANCA MAROTO, JUAN JOSÉ SANCHEZ GIL, INDALECIO SÁNCHEZ SILVA, MANUEL SANTAMARIA LANCHO, MIGUEL SANTOS LOSADA, MILAGROS SANTOS PEÑAS, JULIAN SARRIÁ SÁNCHEZ, ENCARNACIÓN SEBASTIÁN PÉREZ, MIGUEL ÁNGEL SEGOVIA VÁZQUEZ, JOSÉ SANTIAGO SICILIA RODRÍGUEZ, JOAQUÍN TAMAYO LORENZO, PEDRO ANTONIO TRASCASAS CASARES, MERCEDES VALDEHÍTA MAYORAL, Mª TERESA VALLE-INCLÁN BOLAÑO, JOSÉ LUIS VERGEZ SÁNCHEZ, MERCEDES VEUTHEY CILVETI, LUIS JESÚS VIECO AGUILAR, MANUEL

En Madrid, siendo las diez horas del día 27 de julio de 2005, en el salón de actos del Edificio de Humanidades de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) se reúne el Pleno del Claustro de esta Universidad, bajo la Presidencia de la Excma. Sra. Rectora Magnífica Dª Mª Araceli Maciá Antón, actuando como Secretario el Ilmo. Sr. Secretario General D. Pedro A. Tamayo Lorenzo, con la asistencia de los Sres. Claustrales que se relacionan.

1.- Lectura y aprobación, si procede, del Acta del Pleno de la sesión anterior.

Toma la palabra la Excma. Sra. Rectora para dar comienzo a la sesión del Claustro y pregunta si hay alguna objeción al Acta de la sesión anterior.

Page 3: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

Secretaría del Claustro

3

Interviene el Sr. Álvarez Suárez para decir que en el Anexo 3 “Titulares y suplentes de la Comisión que ha de elaborar el Reglamento de Régimen Interno del Claustro”, en concreto en el apartado de alumnos, deberían figurar la Sra. Herranz Cortijo como Titular y el Sr. Sánchez Silva como Suplente. Contesta la Excma. Sra. Rectora que se modificará ese punto.

Toma la palabra el Sr. Palomares Lerma para decir que esta convocatoria del Claustro tiene carácter extraordinario y que, según el artículo 72.3 de nuestros Estatutos, “Salvo en casos de urgencia, no podrán celebrarse reuniones de los órganos colegiados en los períodos declarados no lectivos”. Y que dado que el artículo 27 del Reglamento del Claustro señala que la apreciación de la urgencia compete a la Mesa de Claustro (Mesa), en su opinión, la presente convocatoria precisa de una explicación por parte de la Mesa sobre los criterios de urgencia valorados para establecer el primer antecedente de nuestra historia universitaria al convocar un Claustro en período no lectivo. Contesta la Excma. Sra. Rectora que explicará esos motivos en el apartado de Informe.

Interviene el Sr. Ruiz Virumbrales para, en primer lugar, felicitar al Sr. Secretario por la confección del Acta y, para precisar en relación a cómo se ha recogido en el Acta su última intervención de la sesión anterior, que su pregunta pretendía aclarar si la convocatoria electoral se haría en septiembre o si bien las elecciones tendrían lugar en dicho mes, ya que anteriormente se había venido hablando de proceso electoral sin especificar más. Ruega por tanto al Sr. Secretario General que revise esta parte del Acta para clarificar la oportunidad de su pregunta. Contesta la Excma. Sra. Rectora para invitar al Sr. Ruiz Virumbrales a que acuda a Secretaría General para escuchar la grabación de la sesión y comprobar si su intervención se ha reflejado fielmente o no.

Sin más intervenciones, se aprueba el Acta por asentimiento.

2.- Informe de la Excma. Sra. Rectora Magnífica: Liquidación del presupuesto del ejercicio 2004.

Toma la palabra la Excma. Sra. Rectora para, en primer lugar, aclarar los motivos de la convocatoria del Claustro en estas fechas. Dice que la convocatoria cercana al período vacacional responde a la imposibilidad de hacerlo antes debido a los exámenes de junio y a las cautelas previstas para estos casos, así como por los plazos previstos para la elaboración del Reglamento de Régimen Interno del Claustro, que será objeto del punto siguiente. Que tanto la Mesa como ella misma consideraron que, si bien la fecha podría resultar un poco forzada, posponerla para el mes de septiembre conllevaría también un retraso considerable al ser necesario cumplir los mismos plazos para los exámenes de septiembre. Que consideraron que había motivos urgentes para convocar el Claustro, fundamentalmente para dotar a este órgano de su propio Reglamento de funcionamiento, así como para elegir a los miembros de la Comisión de Reclamaciones, dado que ya se están produciendo concursos de acceso y la resolución de alguno de ellos ha originado ya las correspondientes reclamaciones.

Informa que, dada la cercanía temporal del último Claustro, 25 de abril, el objeto del informe de hoy es dar cuenta de las acciones llevadas a cabo en relación a los temas surgidos en la anterior sesión, así como, presentar al Claustro el cierre provisional de la liquidación del presupuesto correspondiente al 2004, que ya ha sido presentado al Consejo Social.

Page 4: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

Secretaría del Claustro

4

Recuerda que el Claustro delegó en la Mesa el trasladar al Ministerio de Educación y Ciencia [MEC] un Memorando en el que se dejara clara la posición de la UNED en relación con el exceso de cautela ejercido desde el MEC. Y que la Mesa encargó la elaboración de dicho informe técnico o Memorando al gabinete jurídico que realizó el informe en relación con los reparos de legalidad puestos en su día por el MEC al Proyecto de Estatutos. Que dicho informe, recibido por la Mesa a finales de junio, fue remitido a la Sra. Ministra con el ruego de que fuese presentado al Gobierno. Da lectura al escrito remitido a la Sra. Ministra y expone el contenido del informe técnico.

En relación con la solicitud de corrección de erratas, informa que ha sido cursada la petición y se está a la espera de que sea publicada.

Por otra parte, en lo que se refiere al desarrollo estatutario, señala que, además del Reglamento de Régimen Interno del Claustro a tratar en el siguiente punto del orden del día, se ha elaborado el Proyecto de Reglamento Electoral por la Comisión integrada por aquellas personas que forman parte del Consejo de Gobierno como representantes del Claustro. Que este Proyecto de Reglamento será presentado en el Consejo de Gobierno de mañana junto con el del Reglamento de Régimen Interno del Consejo de Gobierno. Y que también serán remitidos al Consejo de Gobierno de mañana los modelos de Reglamento de Régimen Interior de Departamentos y de Facultades y Escuelas en cumplimiento de los compromisos adquiridos por la Secretaría General. Expresa su reconocimiento a todos los miembros de la Comisiones reglamentarias por el importante esfuerzo realizado en un tiempo tan ajustado.

A continuación, y en relación con la liquidación del presupuesto del ejercicio 2004, comenta que las principales magnitudes han sido remitidas a los miembros del Claustro y que en su explicación hará referencia a las tablas contenidas en el mismo y recogidas en el Anexo 1 de este Acta. Informa que, desde hace unos quince días, la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) ha iniciado la auditoria correspondiente a 2004. Que en la Tabla I se recogen los ingresos definitivos por capítulos, los derechos reconocidos y los porcentajes de ejecución. Que se ha reconocido el 99,56% de los ingresos sin que se hayan producido desviaciones respecto a las cantidades presupuestadas.

Atendiendo al análisis comparativo de ingresos entre 2003 y 2004 recogido en la Tabla II, comenta que puede destacarse un mantenimiento del Capítulo 3 (Tasas y otros ingresos), un aumento del 22% en Trasferencias Corrientes debido al aumento de la subvención en 13 millones de euros negociada el pasado año, un ligero aumento en Trasferencias de capital debido, entre otras cosas, al aumento de Proyectos y Contratos de Ciencia y Tecnología y sobre todo al aumento de los Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER), habiendo recibido una carta de felicitación por la buena ejecución de los programas. Que también se ha producido un descenso de ingresos patrimoniales debido sobre todo a que en 2003 se computaba la cantidad correspondiente a la reparación de la Biblioteca, la desaparición del apartado de Enajenación de Inversiones ya que en 2003 se computaba la venta del edificio de San Agustín, y una disminución de ingresos en Pasivos Financieros debido a que no ha habido entradas en este período de partidas procedentes del antiguo Ministerio de Ciencia y Tecnología. Que, en resumen, el incremento de ingresos de 2004 respecto a 2003 ha sido del 7,02%.

Page 5: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

Secretaría del Claustro

5

Que, en lo que se refiere a la Tabla III sobre el Capítulo 3, el presupuesto total ascendía a 66.253.810 euros y los derechos reconocidos 64.006.270 euros con un 96,61% de ejecución total en este apartado.

Que, en lo que se refiere a la Subvención del Ministerio de Educación y Ciencia (Tabla IV), la Nominativa se ha incrementado en un 21,39% y la de Infraestructura y Equipamiento en un 5,80%.

Que, respecto a las Fuentes de Financiación, en el ejercicio 2004 la financiación de la UNED se compone en un 42,14% de fondos propios y en un 57,87% de fondos ajenos, que, aunque ha mejorado, está lejos aún del 70% de media en financiación ajena de otras universidades.

En el apartado de gastos, la Excma. Sra. Rectota informa que, en la Tabla VI se recoge el Presupuesto Inicial, las Modificaciones Presupuestarias que han dado lugar al Presupuesto Definitivo, así como las Obligaciones Reconocidas, habiendo sido ejecutado el 97,52% del total de gatos.

Analizando comparativamente los gastos en 2004 respecto a 2003, recogidos en la Tabla VIII, la Excma. Sra. Rectora resalta la contención del Gasto Corriente que desciende un 7,10% ya que a partir de julio de 2003 se dejó de pagar el alquiler del edificio de Bravo Murillo que estaría en este apartado, un aumento de los Gastos financieros debido al seguro, a los intereses del préstamo para la adquisición del edificio de Bravo Murillo y al uso de la Póliza de crédito por el retraso en la llegada de la transferencia del MEC, una disminución de las Trasferencias Corrientes por trasferencias ordinarias a los Centros Asociados junto a un aumento de las Trasferencias de Capital correspondientes de trasferencias extraordinarias a los Centros Asociados, si bien la suma de ambas es prácticamente la misma en ambos años. Destaca que, en el apartado de Pasivos Financieros se ha producido un incremento debido a la amortización del préstamo por la adquisición del edificio de Bravo Murillo, que ya se presupuesta en el 2004, así como subvenciones reintegrables al anterior Ministerio de Ciencia y Tecnología. Que la contención del gasto en 2004 supone un incremento del 2,04% respecto a 2003, muy por debajo del incremento del IPC, en respuesta a las exigencias del Ministerio para incrementar su subvención a la Universidad.

Dentro del apartado de Origen y Aplicación de Fondos contenido en la Tabla IX, la Excma. Sra. Rectora expone que el total de Derechos Reconocidos asciende a 153.120.440 euros y el de Obligaciones Reconocidas a 150.770.860 euros, con un resultado del ejercicio de 2.349.580 euros.

Que, en lo que se refiere a la comparación del Resultado Presupuestario de 2003 y de 2004, recogido en la Tabla X, se ha pasado del un resultado negativo de 2.240.030 euros a uno positivo en 2004 por 2.349.580 euros.

Que, como se aprecia en la Tabla XI, el Remanente de Tesorería ha disminuido su importe negativo pasando de los 11.419.930 euros a 9.867.110 euros. Concluye diciendo que este

Page 6: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

Secretaría del Claustro

6

es el resumen de las principales magnitudes de 2004 sobre las que se encuentra trabajando la IGAE.

A continuación, toma la palabra el Sr. Palomares Lerma para reiterar su pregunta sobre la convocatoria del Claustro Extraordinario en período no lectivo cuando, pese a la urgencia de los temas a tratar, podría haberse reunido en tiempo y forma con carácter ordinario. Dice que no acepta las razones expuestas por la Excma. Sra. Rectora para justificar esta convocatoria extraordinaria, salvo que haya otras razones no expuestas. Quiere hacer constar expresamente en el Acta su rechazo y oposición a una convocatoria urgente y extraordinaria del Claustro que, en su opinión, no está justificada por las cuestiones que se van a tratar en el mismo.

Interviene la Sra. Jiménez Marsá para preguntar por qué en la Tabla VI aparece como ejecutado el 100% del apartado de Gastos de Personal, cuando aún quedaría por cubrir aproximadamente más de un 30% de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de la UNED, si esto se debe a un presupuesto inicial a la baja del Capítulo 1 o a un error. A la vez manifiesta su preocupación por la información que se pueda estar enviando al MEC sobre este apartado ya que podría impedir negociar el presupuesto y una nueva RPT.

Toma la palabra el Sr. Gerente para responder a la Sra. Jiménez Marsa en el sentido de que, por un lado, la cuantía de la plantilla RPT que quedaría por cubrir no es tan grande debido a que, en muchos casos, los puestos vacantes son cubiertos con interinidades que acarrean unos costes que deben computarse y que, por otro lado, durante los últimos tiempos ha sido necesario recurrir a realizar parte de los pagos de personal extra-presupuestariamente. Que aunque las necesidades de personal son superiores, no pueden presupuestarse si no existen los ingresos correspondientes. Que es consciente del problema y que así se está poniendo de manifiesto en las negociaciones con el MEC ante la insuficiencia de la subvención nominativa a la UNED, que no cubre los incrementos de los costes a los que está obligada la Universidad tanto por la Ley General de Presupuestos como por los convenios colectivos. Y que, si es necesaria alguna aclaración con más detalle podría realizarse.

Interviene de nuevo la Sra. Jiménez Marsá para manifestar su preocupación por la insuficiente cuantía presupuestada respecto a la plantilla publicada en el BOE. Que el error está en la presupuestación y que de haberse ejecutado la plantilla acordada se habría gastado mucho más del 100% de lo presupuestado. Dice que por culpa del MEC tenemos unos presupuestos prorrogados en 2005 y que las insuficiencias presupuestarias se han mantenido. Que le gustaría conocer los documentos de la petición que se ha realizado al MEC sobre el presupuesto del Capítulo 1 para saber si puede negociarse una nueva RPT o, simplemente, cumplir la actual. Que, en cualquier caso, no está cuestionando el cierre del ejercicio 2004 sino las deficiencias presupuestarias en el Capítulo 1 relativas al menos al personal no docente, ya que es la parte que ha investigado.

Toma la palabra la Excma. Sra. Rectora para aclarar que en el presupuesto de 2004 venía la plantilla para ese ejercicio y que, haciendo un poco de historia, este tema obedece a que se estaba pagando extra-presupuestriamente, entre otros conceptos, la Seguridad Social. Que el Capítulo 1 y el techo de plantilla lo fija el Ministerio y que no consideró oportuno realizar una subida en una sola vez de todo lo que la UNED estaba pidiendo, sino de modo paulatino. Y que,

Page 7: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

Secretaría del Claustro

7

en todo caso, se están pagando todos los conceptos que sea necesario ser pagados al personal presupuestaria o extra-presupuestariamente.

Interviene el Sr. Ruiz Virumbrales para exponer una reflexión sobre la convocatoria extraordinaria del Claustro en el sentido de que, como se recogía en el Acta del último Consejo de Gobierno, el presupuesto de 2004 estaba prorrogado para 2005 lo que, a su entender, podría ser motivo para una convocatoria extraordinaria del Claustro. Así como que, en la medida en que se debatió en la anterior sesión del Claustro sobre el mal trato dado por el MEC a la UNED, la Universidad debería tomar alguna medida en esta sesión extraordinaria para defender los, a su juicio, derechos atropellados de la UNED. También solicita más información sobre el Informe técnico citado por la Excma. Sra. Rectora y sobre la posibilidad y oportunidad o no de hacer alguna reclamación al Ministerio, además de mayor aclaración sobre el Memorando de agravios remitido al MEC y las posibles conversaciones o respuestas recibidas. Dice que, para tratar el Reglamento de Régimen Interno del Claustro, éste podría haber sido convocado en tiempo y forma ordinaria. Por otro lado, en lo que se refiere a la liquidación del Presupuesto 2004, solicita que el Sr. Gerente aclare los diferentes componentes del Capítulo 3 ya que, a su juicio, la tendencia de estos ingresos es decreciente, y solicita aclaración adicional sobre el descenso respecto al Presupuesto inicial en el apartado de Ingresos Patrimoniales que, unido al aumento de los gastos financieros, refleja, en su opinión, la precaria situación financiera de la Universidad.

Contesta el Sr. Gerente que no tiene ningún inconveniente en enviar toda la información que sea necesario y una copia detallada de la ejecución del presupuesto referido al Capítulo 3. Aclara que, si se compara la ejecución del presupuesto en 2004 con la ejecución del presupuesto en 2003, aparece un incremento del 0,18% que refleja en la práctica un estancamiento, no un descenso. En lo que se refiere a los pasivos financieros, dice que la explicación es la expuesta por la Excma. Sra. Rectora en el sentido de que dejaron de ingresarse unas trasferencias del Ministerio de Ciencia y Tecnología; que se produce un decremento de Capítulo 2, y un incremento como consecuencia de la compra del edificio de Bravo Murillo que ha provocado también el uso de la póliza de crédito por el retraso hasta octubre de 2004 en recibir la transferencia de 13 millones de euros del Ministerio.

Interviene de nuevo el Sr. Ruiz Virumbrales para decir que los resultados del 2004 fueron catastróficos, ya que en 2003 se presupuestaron más de 71 millones de euros en Capítulo 3 y los Derechos reconocidos superaron los 63 millones de euros, de ahí el 0,18% de incremento en 2004. Sostiene que, en lo que se refiere a ingresos por material impreso, durante los últimos años se han producido bajadas muy importantes. Que se ha producido una bajada de los ingresos financieros y un aumento de los gastos financieros.

Toma la palabra la Excma. Sra. Rectora para aclarar que en la Tabla III está recogido un Presupuesto en concepto de Venta de material impreso y audiovisual de 3.950.000, unos Derechos Reconocidos por 3.882.630 y, por tanto, una ejecución del presupuesto del 98,29%. Y que si desea una desagregación mayor se le puede hacer llegar.

Interviene el Sr. Ruiz Virumbrales para decir que con datos realistas se refleja la bajada de ingresos que él mantiene en el mencionado apartado. A la vez que constata que, como ha dicho la Excma. Sra. Rectora., una ejecución presupuestaria en los ingresos de un 99,56% es realmente

Page 8: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

Secretaría del Claustro

8

notable que indica eficacia, si bien el presupuesto original que se envió al Consejo de Gobierno tenía otras cifras luego modificadas.

Toma la palabra el Sr. López Peinado para hacer una serie de observaciones. La primera se refiere a la convocatoria del Claustro ya que, en su opinión, la celebración del mismo habría tenido los mismos efectos prácticos si se hubiera celebrado a mediados de septiembre. Respecto al informe de liquidación de 2004 sostiene que los presupuestos intentan hacerse lo más precisos posibles, lo que depende en parte de la antelación con que se realicen, que el de 2004 se aprobó en octubre de 2004, y que ha echado en falta algún comentario sobre la ejecución presupuestaria de 2005. Respecto a la intervención de la Sra. Jiménez Marsá referida a los gastos por Capítulo 1, sostiene que la mayoría de los gastos de personal son previsibles por lo que no debería poder alegarse como responsables del desfase. Ruega también al Equipo de gobierno que se mejore y agilice la gestión de pagos a proveedores y facturas con cargo a proyectos. Responde la Excma. Sra. Rectora y dice que toma nota de la recomendación y aclara que el Presupuesto de 2004 fue aprobado en marzo de ese mismo año, si bien la confirmación de la transferencia de los 13 millones de euros llegó en octubre.

Interviene la palabra la Sra. Pérez Zabaleta para preguntar, por un lado, si tras la recepción de una felicitación por la ejecución de los programas incluidos en los Fondos FEDER, hay alguna noticia sobre el préstamo solicitado para la construcción de un edificio en Ciudad Universitaria y, por otro lado, en lo que se refiere a la Tabla X, si los datos de 2004 son los recogidos en las cifras anteriores pero los de 2003 no coinciden con los anteriores.

Toma la palabra la Excma. Sra. Rectora para decir que, efectivamente, falta la aclaración presupuestaria que se incluía en el cierre de 2003 sobre cuándo se computa la compra del edificio de Bravo Murillo. Que el resultado presupuestario de 2003 en la Tabla X contiene ya el cómputo del edificio de Bravo Murillo, mientras que, por ejemplo, en la Tabla VIII no está incluido. Que si se comprueban los datos ofrecidos en el Claustro de febrero en el que se cerró el ejercicio 2003 las cifras concuerdan perfectamente. Así mismo, aclara que no se han concedido los Fondos FEDER para la construcción del edificio en Ciudad Universitaria, si bien ha salido una nueva convocatoria a la que el propio MEC ha invitado a participar a la Universidad ya que ésta parece más propicia a la petición de la UNED.

Toma la palabra el Sr. Veuthey Cilveti para, tras presentarse, solicitar que se explique con más detalle la diferencia entre la suma de los Capítulos 4 y 7 recogidos en la Tabla I y el importe total de la Subvención del MEC recogida en la Tabla IV, pregunta de dónde se han recibido las subvenciones de alrededor de 9 millones de euros que no han venido del MEC y su aplicación ya que, como se aprecia en la Tabla VIII, las Trasferencias de Capital se han multiplicado por cuatro. Responde la Excma. Sra. Rectora, antes de pasar la palabra al Sr. Gerente, que en los Capítulos 4 y 7 de la Tabla I también están recogidas trasferencias de proyectos de investigación u otras entidades además del Ministerio.

Interviene el Sr. Gerente para aclarar que en los conceptos apuntados por la Excma. Sra. Rectora aparecen transferencias, entres otros, de la Dirección General de Migraciones, de Instituciones Penitenciarias o de la Generalitat de Cataluña. Que unas están en el Capítulo 4 y otras en el 7. Que, en lo que se refiere al incremento de los gastos en su Capítulo 7, obedece a

Page 9: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

Secretaría del Claustro

9

una recomendación de la IGAE en su informe anterior para que las trasferencias a los Centros Asociados se especificaran con mejor criterio las que fueran a gasto corriente o a inversiones lo que ha redundado en un incremento del Capítulo 7 de gastos por subvenciones extraordinarias para inversiones.

Interviene de nuevo el Sr. Veuthey Cilveti para reiterar su pregunta sobre qué instituciones han subvencionado a la UNED además del MEC. Contesta la Excma. Sra. Rectora que existen, entre otros, el convenio con Instituciones Penitenciarias para presos, convenio con la Generalitat, convenio con el Ministerio de Defensa, convenio con el Ministerio de Asuntos Exteriores también para presos, convenio con el BSCH, convenio con Migraciones para los Centros en el extranjero, y convenio con la AECI para Guinea Ecuatorial. Vuelve a intervenir el Sr. Veuthey Cilveti para preguntar si estos convenios suponen un total de 9 millones de euros. Responde la Excma. Sra. Rectora que es por un total de la diferencia entre las Subvenciones del MEC y los ingresos por los Capítulos 4 y 7, correspondiendo éstos últimos a proyectos de investigación de los profesores y a Fondos FEDER europeos.

Toma la palabra el Sr. Ruiz Virumbrales para recordar la pregunta que ha realizado a la Excma. Sra. Rectora para que fuese más exhaustiva en su respuesta sobre el tema de la contestación al MEC e a través del Memorando enviado, si es como consecuencia de un dictamen de la Asesoría Jurídica aconsejándolo, y, por otro lado, sobre el asunto de la congelación del presupuesto por parte del MEC a la UNED.

Toma la palabra la Excma. Sra. Rectora para aclarar que el abogado al que se le había solicitado asesoramiento corroboró por escrito lo expuesto en el Claustro anterior respecto a las posibilidades existentes de interponer un recurso, a raíz de lo cual se decidió enviar un Memorando de quejas al Ministerio para salvar la queja institucional por el trato recibido en el tema de los Estatutos. Que aún no tiene por escrito el compromiso del Ministerio de Hacienda para el presupuesto de 2005 y que, en tanto no lo tenga por escrito, no llevará al Consejo de Gobierno el presupuesto de 2005. Que las negociaciones van bien en la medida en que en el Ministerio de Educación reconocen que todo lo que se les pide es con fundamento y que ahora las conversaciones están entre ambos Ministerios.

3.- Reglamento de Régimen Interno del Claustro.

Toma la palabra la Excma. Sra. Rectora y dice que el Sr. Secretario General realizará una pequeña introducción para explicar el desarrollo de los trabajos de la Comisión para la elaboración del Reglamento de Régimen Interno del Claustro.

Interviene el Sr. Secretario General para recordar que en el Claustro de 25 de abril de 2005 se aprobó que fuera una Comisión la encargada de elaborar el Reglamento de Régimen Interno del Claustro, en cumplimiento de las previsiones estatutarias, y que en dicha sesión se designó a los miembros de la misma. Que dicha Comisión se reunió el 29 de abril de 2005 y, en cumplimiento del artículo 18 adaptado del Reglamento de Régimen Interno del Claustro Estatuyente, decidió, a propuesta de la Presidencia, la constitución de una Ponencia, tal y como

Page 10: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

Secretaría del Claustro

10

estaba reflejado también en el Reglamento de Régimen Interno del Claustro Estatuyente, integrada por un representante de cada uno de los sectores y encargada de elaborar un borrador para presentar a la Comisión que luego presentaría alegaciones, sugerencias o enmiendas para continuar con el procedimiento establecido en el Título IV del Reglamento de Régimen Interno del Estatuto Estatuyente. Que en la sesión de 29 de abril se decidió por unanimidad que integraran la Ponencia los miembros más votados de cada sector y con un régimen de suplencias similar al empleado para el proceso estatuyente. Que el mismo día se reunió la Ponencia y decidió encargar al Sr. De Castro Cid y al Sr. Fernández-Miranda Alonso la elaboración de un borrador de trabajo para que la Ponencia pudiera empezar a trabajar y, ese mismo día, se aprobó por unanimidad un calendario de trabajo que básicamente se ha cumplido. Que el Sr. De Castro Cid y el Sr. Fernández-Miranda Alonso presentaron sus borradores de Reglamento el 9 de mayo y en dos sesiones la Ponencia discutió ambos borradores y finalmente propuso un borrador conjunto. Que a continuación se abrió un período para que los miembros de la Comisión presentaran sus observaciones o enmiendas al texto. Que el plazo inicial fue del 16 al 23 de mayo y que, a petición de los representantes del sector de alumnos se amplió por mayoría de la Comisión hasta el 6 de junio. Que se recibieron 189 observaciones o enmiendas al texto y que en su reunión del 14 de junio la Comisión debatió y decidió. Que, una vez cerrado el Reglamento con las observaciones consideradas, se abrió un nuevo período de información pública a los miembros del Claustro para hacer llegar sus observaciones del 21 de junio al 4 de julio. Que en dicho período se presentaron 33 observaciones al texto y que la Comisión trató el 8 de julio. Que, una vez cerrado el texto, se abrió un nuevo período de información a los Claustrales en cumplimiento del artículo 49 del Reglamento de Régimen Interno del Claustro Estatuyente hasta el día 20 de julio donde los Claustrales podían presentar, con determinadas condiciones, nuevas observaciones o enmiendas al texto presentado por la Comisión. Que, concluido el plazo, no se recibió ninguna enmienda al texto presentado por la Comisión y que, una vez tuvo conocimiento del texto el mismo día 20 de julio, la Mesa del Claustro decidió elevar al pleno el texto aprobado por la Comisión con fecha 8 de julio. Que todos los acuerdos adoptados en la Ponencia y en la Comisión, salvo en una ocasión con un voto en contra, se adoptaron por unanimidad, lo que da idea del consenso con el que se ha trabajado.

En lo que se refiere al texto que se va a someter a votación, señala que tiene 88 artículos. Y que, como novedad, cabe destacar el Título Cuarto referido a la Comisión de Reclamaciones de la Universidad y el Título Quinto sobre la figura del Defensor Universitario.

Toma la palabra la Excma. Sra. Rectora para proceder a la votación a mano alzada del texto completo del Proyecto de Reglamento de Régimen Interno del Claustro de la UNED recogido en el Anexo 2 de este Acta.

Una vez realizada la votación, se aprueba el texto con dos abstenciones.

La Excma. Sra. Rectora felicita a la Comisión por el trabajo realizado.

4.- Designación de la Comisión de Reclamaciones.

Page 11: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

Secretaría del Claustro

11

Toma la palabra la Excma. Sra. Rectora para proceder a la constitución de la Comisión de Reclamaciones de la Universidad de acuerdo con artículo setenta y nueve del Reglamento de Régimen Interno del Claustro de la UNED que acaba de aprobarse.

Informa de que la propuesta que presenta a votación el Consejo de Gobierno es que la Comisión esté integrada por un Catedrático de cada Facultad o Escuela a propuesta de las mismas. Que nueve Facultades o Escuelas han facilitado sus nombres a la Secretaría General para poderlos traer al Claustro y que dos no lo han hecho. Que la Mesa decidió realizar papeletas con los nueve nombres facilitados y ordenados alfabéticamente pero comenzando por la letra “C”, tras sortear el orden de aparición en dicha papeleta. Y que, para elegir a la Comisión de siete miembros y dos suplentes, cada votante puede marcar un máximo de cinco candidatos.

Tras realizar la votación y el correspondiente recuento, el resultado es el siguiente:

- Antonio Guillamón Fernández. 72 votos.

- Antonio Hernández-Gil Álvarez-Cienfuegos. 61 votos.

- Emilio López-Barajas Zayas. 40 votos.

- Jesús Urías Valiente. 65 votos.

- Mª Alicia Yllera Fernández. 59 votos.

- Mª Dolores Antigüedad del Castillo. 52 votos.

- José Carlos Antoranz Callejo. 38 votos.

- Andrés de Blas Guerrero. 68 votos.

- Eduardo Bustos Guadaño. 56 votos.

Por lo tanto, la Comisión de Reclamaciones de la Universidad queda compuesta por el Sr. Antonio Guillamón Fernández, el Sr. Antonio Hernández-Gil Álvarez-Cienfuegos, el Sr. Jesús Urías Valiente, la Sra. Mª Alicia Yllera Fernández, la Sra. Mª Dolores Antigüedad del Castillo, el Sr. Andrés de Blas Guerrero y el Sr. Eduardo Bustos Guadaño. Quedando como suplentes, por este orden, el Sr. Emilio López-Barajas Zayas y el Sr. José Carlos Antoranz Callejo.

Toma la palabra el Sr. Palomares Lerma para llamar la atención sobre la necesidad de que, de acuerdo con el artículo setenta y nueve del Reglamento de Régimen Interno del Claustro, los miembros de la Comisión de Reclamaciones deben tener dedicación a tiempo completo en la UNED.

Toma la palabra la Excma. Sra. Rectora y manifiesta que así debe ser, y que se comprobará que todos los miembros elegidos cumplen con dicho requisito.

Page 12: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

Secretaría del Claustro

12

5.- Elecciones de representantes (suplentes) en Consejo de Gobierno: Catedráticos de Universidad; Profesores Titulares de Escuela Universitaria no doctores; Ayudantes y Ayudantes doctores; y Alumnos.

Toma la palabra la Excma. Sra. Rectora exponer los resultados de las elecciones de los representantes (suplentes) en Consejo de Gobierno en los siguientes estamentos:

- Catedráticos de Universidad: D. Blas Casado Quintanilla.

- Profesores Titulares de Escuela Universitaria no doctores: Dª. Ana María Díaz Hernández.

- Ayudantes y Ayudantes doctores: Dª. Claribel de Castro Sánchez.

- Alumnos: D. Jesús Francisco Ayala Rocamora; D. Juan J. Miguel Pajarón y Dª. Ana Miren Cortina Madariaga.

6.- Ruegos y Preguntas.

Toma la palabra la Sra. Herranz Cortijo para preguntar a la Excma. Sra. Rectora si, en primer lugar, puede informar sobre las actuaciones que se están llevando a cabo a raíz de las presuntas irregularidades ocurridas en la segunda semana de exámenes en el Centro Asociado de Guadalajara; en segundo lugar, pregunta si, de ser cierto lo denunciado, piensa la Universidad emprender alguna acción legal contra el Tribunal implicado; en tercer lugar, dice que, según Pruebas Presenciales, se tuvieron conocimiento de las irregularidades el lunes por la tarde y pregunta por qué se permitió que ocurriera en otras ocasiones; en cuarto lugar, pregunta si es consciente la Excma. Sra. Rectora y el resto de la comunidad universitaria de que irregularidades como ésta ponen en entredicho el sistema de la UNED, devalúan sus títulos universitarios y hacen que se cuestione el resto de los tribunales; en quinto lugar, pregunta si se va a tomar algún tipo de medida ante el acoso y extorsión sufridos tanto por el miembro del Tribunal como por los representantes de alumnos; en sexto lugar, manifiesta que, de acuerdo con el artículo 150.1.c de los Estatutos de la UNED, el Consejo de Alumnos del Centro Asociado de Guadalajara está esperando contestación del Vicerrector de Alumnos a una llamada y pregunta si tiene intención de hacerlo; en séptimo y último lugar, realiza una sugerencia para modificar el Reglamento de Pruebas Presenciales en el sentido de que, al igual que lo hacen los alumnos, los miembros del Tribunal deberían identificarse.

Toma la palabra la Excma. Sra. Rectora para contestar que tuvo conocimiento de los incidencias ocurridas en el Centro Asociado de Guadalajara cuando le llegaron las Actas del Tribunal y la denuncia de una alumna de Guadalajara al lunes siguiente de los exámenes. Que, a partir de ese momento, se dio traslado al Servicio de Inspección para que iniciase el correspondiente expediente y aclarase los datos. Que, en este momento, el tema está en el

Page 13: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

Secretaría del Claustro

13

Servicio de Inspección que es el encargado de investigar el tema y que la Universidad debe esperar a que termine para poder actuar. Que, en cuanto a la identificación de los miembros del Tribunal, se debatió a la hora de realizar el Reglamento de Pruebas Presenciales y, como es público y publicado quienes son los miembros de los Tribunales, no parecía apropiada una etiqueta identificativa para un profesor que está vigilando un examen.

Toma la palabra la Sra. Jiménez Marsá para solicitar que se de traslado a los miembros del Claustro de la documentación presentada al Ministerio para justificar el presupuesto del año que viene, así como del Memorando que se ha leído al comienzo de la sesión. Contesta la Excma. Sra. Rectora que así se hará.

Interviene el Sr. Palomares Lerma para preguntar en qué situación se encuentra actualmente el Reglamento Electoral. Contesta la Excma. Sra. Rectora que, una vez que la Comisión ha terminado su trabajo, se someterá a la consideración del Consejo de Gobierno en la sesión prevista para mañana, junto con el Reglamento de Régimen Interno del propio Consejo de Gobierno.

Toma la palabra el Sr. López Peinado para sumarse a la petición de la Sra. Jiménez Marsá para que se entregue al Claustro, a título general o personal, la documentación enviada al Ministerio.

Interviene el Sr. Vieco Aguilar para, en línea con las intervenciones habidas en el Claustro sobre la situación económica y financiera de nuestra Universidad, preguntar quién justifica y decide el arrendamiento de inmuebles para el uso de nuestra Universidad y, por otro lado, quién tiene la competencia de licitar, de acuerdo con la legislación vigente y mediante concurso público, los contratos de arrendamientos inmuebles y los contratos de domiciliación de nuestras cuentas bancarias. Así mismo, ruega que conste en Acta que solicita que la contestación sea por escrito. Responde la Excma. Sra. Rectora que, en la medida en que en su época no se ha alquilado nada nuevo, tendría que consultar la legislación y los Estatutos para contestar a la primera pregunta.

Toma la palabra el Sr. Vieco Aguilar para aclarar que su pregunta no se refiere sólo al momento actual sino a según la legislación vigente en cada momento histórico de la UNED. Contesta la Excma. Sra. Rectora que se comprobará y se hará llegar la respuesta. Que, en lo que se refiere a la segunda pregunta, todas las licitaciones las realiza el Rector por la legislación vigente y que pueden necesitarse acuerdos previos o no.

Page 14: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

Secretaría del Claustro

14

Sin más asuntos que tratar, siendo las 14 horas la Excma. Sra. Rectora levanta la sesión de la que, como Secretario, doy fe.

EL SECRETARIO GENERAL

Vº Bº

LA RECTORA

Fdo.: Pedro A. Tamayo Lorenzo

Fdo.: Mª Araceli Maciá Antón

Page 15: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

1

PRINCIPALES MAGNITUDES DE LA

LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO

2004

Julio 2005

Page 16: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

2

1.- LIQUIDACIÓN ESTADO DE INGRESOS

Page 17: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

3

TABLA I

INGRESOS 2004

En miles de €

DESCRIPCIÓN

Presup. Inicial

Derechos Rec.

%

3. TASAS Y OTROS INGRESOS 4. TRANS. CORRIENTES 5. INGRESOS PATRIMONIALES 7. TRANSF. CAPITAL 8. ACTIVOS FINANCIEROS 9. PASIVOS FINANCIEROS

66.253,81

75.195,51

639,10

11.532,24

170

0,60

64.006,27

75.606,40

343,70

13.007,65

156,42

0,00

96,61

100,55

53,78

112,79

92,01

0,00 TOTAL 153.791,26 153.120,44

99,56

Page 18: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

4

TABLA II

ANÁLISIS COMPARATIVO

INGRESOS 2003 - 2004

Miles de €

DESCRIPCIÓN

Derechos

Reconocidos 2004

Derechos

Reconocidos 2003

Incremento Porcentual 2004-2003

3 Tasas y otros ingresos 4 Transferencias Corrientes 5 Ingresos Patrimoniales 6 Enajenación Inversiones 7 Transferencias capital 8 Activos Financieros 9 Pasivos Financieros

64.006,27

75.606,40

343,70

0,00

13.007,65

156,42

0,00

63.894,04

61.967,96

1.925,12

1.346,00

12.615,83

158,68

1.169,10

0,18

22,01

-82,15

-100,00

3,11

-1,42

-100,00 TOTAL INGRESOS 153.120,44

143.076,73 7,02

Page 19: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

5

TABLA III

CAP. 3 TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS

INGRESOS

Miles de €

DESCRIPCIÓN Presupuesto Derechos Reconocidos % Ejecución

Enseñanzas Regladas Enseñanzas no regladas Venta material impreso y audiovisual Otros ingresos

54.584,21

5.400,00

3.950,00

2.319,60

53.079,82

5.002,79

3.882,63

2.041,03

97,24

92,64

98,29

87.99

TOTAL CAPÍTULO 3 66.253,81

64.006,27 96,61

Page 20: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

6

TABLA IV

SUBVENCIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA

En miles de €

Tipo de Subvención

2004

2003

%

Incremento Nominativa Infraestructura y equipamiento

72.627,20

6.680,62

59.828,42

6.314,23

21,39

5,80

TOTAL

79.307,82

66.142,65 19,90

Page 21: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

7

TABLA V

FUENTES DE FINANCIACIÓN EJERCICIO 2004

Miles de €

TIPO DE FUENTE

CUANTÍA

2003

%

CUANTÍA

2004

%

Financiación Propia Financiación ajena

TOTAL INGRESOS UNED

67.323,84

75.752,89

143.076,73

47.05

52.95

100

64.506,39

88.614,05

153.120,44

42,14

57,87

100

Page 22: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

8

2.- LIQUIDACIÓN DEL ESTADO DE GASTOS

Page 23: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

9

TABLA VI

GASTOS 2004

En miles de €

DESCRIPCIÓN

Presup. Inicial

Modif. Presup.

Presup. Definitivo

Obliga. Reconocidas

%

1. G. PERSONAL 2. G. CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS 3. G. FINANCIEROS 4. TRANSF. CORRIENTES 6. INVERSIONES REALES 7. TRANSFERENCIAS CAPITAL 8. ACTIVOS FINANCIEROS 9. PASIVOS FINANCIEROS

80.979,00

33.713,72

2.364,58

20.781,03

9.606,19

4.371,05

162,35

1.813,34

3.438,29

-2.744,13

-439

2.261,41

0

-2.005,3

0

296,42

84.417,70

30.969,59

1.925,23

23.042,44

9.606,19

2.365,75

162,35

2.109,76

84.413,70

30.428,73

1.925,23

23.028,27

6.580,35

2.124,18

160,64

2.109,76

100,00

98,25

100,00

99,94

68,50

89,79

98,95

100,00

TOTAL 153.791,26 807,34 154.598,60

150.770,86 97,52

Page 24: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

10

TABLA VII

OBLIGACIONES RECONOCIDAS POR PROGRAMA 2004

En miles de €

DESCRIPCIÓN

OBLIGACIONES RECONOCIDAS

%

RELATIVO 134B COOPERACIÓN, PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN CULTURAL EN EL EXTERIOR 422D ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS 541A INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA 542G INVESTIGACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA

708,94

143.361,21

6.532,43

168,28

0,47

95,09

4,33

0,11

TOTAL GASTOS PROGRAMAS

150.770,86

100

Page 25: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

11

TABLA VIII

ANÁLISIS COMPARATIVO GASTOS 2004 – 2003

En miles de €

DESCRIPCIÓN

Obligaciones Reconocidas

2004

Obligaciones Reconocidas

2003

IncrementoPorcentual

2004-3 1. G. PERSONAL 2. G. CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS 3. G. FINANCIEROS 4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES 6. INVERSIONES REALES 7. TRANSFERENCIAS CAPITAL 8. ACTIVOS FINANCIEROS 9. PASIVOS FINANCIEROS

84.413,70

30.428,73

1.925,23

23.028,27

6.580,35

2.124,18

160,64

2.109,76

77.988,66

32.754,72

1.255,44

25.149,17

8.921,46

489,13

147,05

1.046,86

8,24

-7.10

53.35

-8.43

-26.24

334.28

9.24

101.53

TOTAL

150.770,86 147.752,49 2.04

Page 26: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

12

3.- ORIGEN Y APLICACIÓN DE FONDOS

Page 27: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

13

TABLA IX

ORIGEN Y APLICACIÓN DE FONDOS 2004 CLASIFICACIÓN ECONÓMICA

Miles de € ORIGEN DE FONDOS

IMPORTE

APLICACIÓN DE FONDOS

IMPORTE

3. TASAS Y OTROS INGRESOS 4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES 5. INGRESOS PATRIMONIALES 7. TRANSFERENCIAS CAPITAL 8 ACTIVOS FINANCIEROS 9. PASIVOS FINANCIEROS

64.006,27

75.606,40

343,70

13.007,65

156,42

0,00

1. G. PERSONAL 2. G. BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 3. G. FINANCIEROS 4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES 6. INVERSIONES REALES 7. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 8. ACTIVOS FINANCIEROS 9 PASIVOS FINANCIEROS

84.413,70

30.428,73

1.925,23

23.028,27

6.580,35

2.124,18

160,64

2.109,76

TOTAL CAPÍTULOS

153.120,44

TOTAL CAPÍTULOS

150.770,86

RESULTADO PRESUPUESTARIO: INGRESOS – GASTOS: 2.349,58

Page 28: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

14

TABLA X

RESULTADO PRESUPUESTARIO 2003-2004

En miles de €

2003

2004 INGRESOS GASTOS

180.791,13

183.031,16

153.120,44

150.770,86

RESULTADO PRESUPUESTARIO

-2.240,03

2.349,58

TABLA XI

REMANENTE TESORERÍA

2003-4

REMANENTE TESORERIA -11.419,93 -9.867,11

Page 29: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

PROYECTO DE REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA

Julio 2005

Page 30: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

1

ÍNDICE TÍTULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I: DEL CLAUSTRO Y SUS FUNCIONES CAPÍTULO II: DE LOS MIEMBROS DEL CLAUSTRO

TÍTULO SEGUNDO: DE LOS ÓRGANOS DEL CLAUSTRO

CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II: EL PRESIDENTE CAPÍTULO III: EL SECRETARIO CAPÍTULO IV: LA MESA CAPÍTULO V: LA DIPUTACIÓN PERMANENTE CAPÍTULO VI: EL PLENO CAPÍTULO VII: LAS COMISIONES CAPÍTULO VIII: LOS MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES DEL CLAUSTRO

TÍTULO TERCERO: DEL FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO.

CAPÍTULO I: LAS SESIONES CAPÍTULO II: LOS DEBATES CAPÍTULO III: DE LAS INTERPELACIONES Y PREGUNTAS CAPÍTULO IV: LAS VOTACIONES CAPÍTULO V: CÓMPUTO DE PLAZOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y

NOTIFICACIONES. CAPÍTULO VI: REFORMA DE LOS ESTATUTOS CAPÍTULO VII: REFORMA DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL

CLAUSTRO TÍTULO CUARTO: DE LA COMISIÓN DE RECLAMACIONES DE LA UNIVERSIDAD TÍTULO QUINTO: EL DEFENSOR UNIVERSITARIO TÍTULO SEXTO: DE LAS ELECCIONES EXTRAORDINARIAS A RECTOR DISPOSICIÓN ADICIONAL. DISPOSICIÓN TRANSITORIA. DISPOSICIÓN FINAL

Page 31: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

2

PREÁMBULO

El presente Reglamento de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, elaborado en cumplimiento de lo previsto en el artículo 79 b) de los Estatutos, pretende ser el marco jurídico general en el que deben desarrollarse las actuaciones del Claustro Universitario, con el objeto de regularlas, dotándolas de flexibilidad, participación e información.

TÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I: DEL CLAUSTRO Y SUS FUNCIONES

Artículo uno. El Claustro es el máximo órgano de representación de la Comunidad universitaria, le corresponde conocer y debatir la gestión de la Universidad, las líneas generales de actuación en los distintos ámbitos de la vida universitaria y demás funciones que le atribuye la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Artículo dos. 1. Celebradas las elecciones a Claustro previstas en los Estatutos, la Junta Electoral Central remitirá a la Mesa del Claustro los resultados electorales el mismo día de la proclamación de los claustrales electos. 2. El Secretario de la Mesa pondrá a disposición de los claustrales electos sus acreditaciones a partir de su proclamación definitiva y antes de la constitución del Claustro. Artículo tres. 1. Dentro de los treinta días siguientes a la proclamación de los nuevos claustrales, se procederá a la constitución del Pleno del Claustro. Abierta la sesión, el Rector declarará constituido el mismo, procediéndose a continuación, como primer punto del orden del día, a la elección de la Mesa del Claustro conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de este Reglamento. 2. Una vez elegida la Mesa, el Claustro procederá a la elección de la Diputación Permanente. Artículo cuatro. Corresponden al Claustro las siguientes competencias: a) Elaborar y modificar los Estatutos. b) Elaborar, aprobar y modificar su propio Reglamento c) Aprobar el Reglamento de funcionamiento del Defensor Universitario, así como elegirlo y

debatir su informe anual. d) Convocar elecciones extraordinarias a Rector en los términos fijados en la Ley Orgánica

6/2001, de 21 de diciembre, y en los Estatutos. e) Elegir a los representantes de los distintos sectores del Claustro en el Consejo de Gobierno. f) Deliberar sobre las líneas generales de actuación de la Universidad en materia de docencia

e investigación previstas por el Consejo de Gobierno. g) Formular recomendaciones, propuestas y declaraciones institucionales, así como debatir los

informes que le sean presentados por el Rector, el Consejo de Gobierno u otros órganos o miembros de la comunidad universitaria.

Page 32: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

3

h) Recabar cuanta información estime necesaria acerca del funcionamiento de la universidad y solicitar la comparecencia de los representantes de cualquier órgano o servicio universitario.

i) Designar, a propuesta del Consejo de Gobierno, los siete catedráticos que han de formar parte de la Comisión de Reclamaciones a que se refiere el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre.

k) Debatir la Memoria anual de la gestión rectoral. l) Crear las Comisiones que considere oportunas con las finalidades y atribuciones que el

Claustro defina, y en los términos previstos en este Reglamento. j) Cualquier otra que le sea atribuida por los Estatutos y las restantes normas generales

aplicables.

CAPÍTULO II: DE LOS MIEMBROS DEL CLAUSTRO

Artículo cinco. 1. El Claustro Universitario estará compuesto por el Rector, que lo presidirá, el Secretario General, que será secretario del Claustro, el Gerente y por 297 miembros de la comunidad universitaria, conforme a la siguiente distribución: a) 53 catedráticos de universidad. b) 100 profesores titulares de universidad, profesores titulares de escuela universitaria

doctores o catedráticos de escuela universitaria. c) 2 profesores eméritos. d) 5 profesores titulares de escuela universitaria no doctores. e) 25 profesores contratados doctores, colaboradores o asociados. f) 7 ayudantes y ayudantes doctores. g) 15 profesores tutores. h) 22 representantes del personal de administración y servicios. i) 68 alumnos. 2. Los Vicerrectores y los decanos o directores de escuela que no sean claustrales, así como dos directores de centros asociados y cuatro representantes del personal de administración y servicios de los centros asociados, pueden asistir, con voz pero sin voto, a las sesiones del Claustro. 3. Los anteriores rectores de la UNED, en servicio activo en ella, serán miembros de honor del Claustro Universitario pudiendo asistir a sus sesiones e intervenir en los debates, si bien no tendrán derecho de voto. Artículo seis. 1. La condición de claustral es personal e indelegable. 2. El mandato de los claustrales tendrá la duración que se derive de lo establecido en el artículo 261 de los Estatutos. 3. La condición plena de claustral se adquirirá cuando el candidato haya sido proclamado definitivamente por la Junta Electoral Central a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Electoral General. 4. Los claustrales, antes de la sesión de constitución del Claustro, recogerán sus credenciales expedidas al efecto por el Secretario de la Mesa del Claustro. Artículo siete. La condición de claustral se perderá por:

Page 33: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

4

1. Renuncia dirigida al Presidente de la Mesa del Claustro. 2. Decisión judicial firme que anule la elección o declare la incapacidad del claustral. 3. Extinción del mandato. 4. Desvinculación del claustral del sector que lo eligió. 5. Sanción firme por falta grave o muy grave como consecuencia de un expediente

disciplinario. 6. Baja en el servicio activo de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.

Artículo ocho. Producida una vacante, se cubrirá por el suplente que corresponda del sector en que se ha producido, por el periodo que reste hasta la constitución del nuevo Claustro. En el caso de no existir suplente, se procederá a celebrar elecciones parciales en el sector correspondiente. Artículo nueve. 1. Los claustrales tienen el derecho y el deber de asistir con voz y voto a las sesiones del Pleno del Claustro y a las de las Comisiones de que formen parte. 2. Ningún claustral está sujeto a mandato imperativo. 3. Los claustrales podrán asistir, sin voto, a las reuniones de Comisiones de las que no formen parte, solicitándolo por escrito al Presidente de la Comisión de que se trate, que admitirá o denegará dicha solicitud mediante resolución razonada. Contra dicha resolución sólo cabrá reclamación ante el Presidente del Claustro. 4. Podrán presenciar las sesiones del Claustro los miembros de la comunidad universitaria que lo soliciten previamente mediante escrito presentado en la Secretaría del Claustro. Éstos serán autorizados por la Mesa a asistir, en función del aforo disponible y según el orden de entrada de las solicitudes. A tal fin se reservará el correspondiente espacio en la sala en la que se celebre la sesión. 5. El Claustro Universitario, por iniciativa de la Mesa o a petición de los claustrales, podrá invitar, con voz pero sin voto, a los miembros de la comunidad universitaria que considere oportuno en función de los temas a tratar en sus sesiones. 6. Los Vicerrectores no claustrales estarán obligados a asistir cuando hayan de responder a interpelaciones o preguntas. Artículo diez. Los claustrales en las condiciones que determine este Reglamento son electores y elegibles para formar parte de las distintas Comisiones y órganos del Claustro, de acuerdo con la normativa vigente. Artículo once. 1. Los miembros claustrales gozarán de exención de sus obligaciones académicas, docentes, discentes o laborales en los días de reunión del Pleno del Claustro o de cualquiera de los órganos del mismo de los que formen parte. 2. Salvo en casos de urgencia, no se considerará período hábil para celebrar reuniones del Claustro o de cualquiera de sus órganos el tiempo de realización de las Pruebas Presenciales, ni los quince días inmediatamente anteriores a las mismas según el calendario académico anual de la UNED. No se considerará tampoco período hábil el declarado no lectivo.

Page 34: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

5

Artículo doce. 1. Los miembros del Claustro están legitimados para recabar de los órganos de gobierno y administración de la Universidad cuantos datos, informes y documentos consideren necesarios para el mejor cumplimiento de las funciones que les son propias. 2. Las peticiones de información y documentación serán tramitadas a través de la Mesa del Claustro, debiendo ésta dar curso favorable a todas aquellas peticiones que no lesionen o pongan en peligro los derechos o intereses de la Universidad o de algún sector o miembro de la misma. 3. Asimismo, la Mesa deberá dar traslado a los solicitantes, en un plazo breve, de la información y documentación facilitada por los órganos de gobierno y administración de la Universidad, o de la respuesta negativa de los mismos, haciendo constar las razones alegadas para ello. Artículo trece. 1. Para poder ejercer los derechos que les corresponden, los claustrales deberán acreditar su condición mediante la presentación de algún documento oficial de identificación. En defecto de documentación acreditativa, será suficiente la acreditación directa mediante reconocimiento personal de identidad efectuado por el secretario de la Mesa del Claustro. 2. Asimismo, los claustrales tienen el deber de identificarse ante la Mesa cuando intervengan públicamente y siempre que sean requeridos para ello. Artículo catorce. 1. Todos los claustrales tienen el deber de mostrarse respetuosos, en sus actitudes e intervenciones, con la dignidad de las personas e instituciones de la comunidad universitaria, adecuando su conducta a lo dispuesto en este Reglamento y cumpliendo las reglas generales de orden, cortesía y disciplina. La exigencia de este deber no podrá constituirse en ningún momento en menoscabo de la libertad de pensamiento y expresión de los claustrales. 2. Tienen asimismo la obligación de guardar la debida reserva de la información, de la documentación y de los datos obtenidos en el ejercicio de sus funciones como miembros del Pleno o de las Comisiones, cuya divulgación pueda resultar lesiva para los intereses o derechos de la Universidad o de terceros.

TÍTULO SEGUNDO

DE LOS ÓRGANOS DEL CLAUSTRO

CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo quince. 1. Son órganos colegiados del Claustro la Mesa, el Pleno, la Diputación Permanente y las Comisiones. 2. Son órganos unipersonales del Claustro el Presidente y el Secretario. Artículo dieciséis. En los casos de finalización del mandato del Claustro o de disolución de éste, la Mesa y la Diputación Permanente del Claustro continuarán en el desempeño de sus funciones hasta el momento de la constitución del nuevo Claustro.

Page 35: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

6

CAPÍTULO II: EL PRESIDENTE

Artículo diecisiete. La presidencia del Claustro corresponde al Rector que, en caso de necesidad, será sustituido por el representante de los catedráticos de universidad en la Mesa, que será el Vicepresidente. Artículo dieciocho. 1. El Rector, en cuanto Presidente del Claustro, ostenta la representación del mismo y, en el ejercicio de sus funciones, vela por el cumplimiento de la legislación vigente y por la buena marcha de los trabajos del Claustro, dirige los debates y mantiene el orden de y en los mismos. 2. Corresponde al Presidente cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento, interpretándolo en los casos de duda y completándolo en los de omisión. Cuando, en el ejercicio de esta función supletoria, se propusiera dictar una resolución de carácter general, deberá obtener previamente el parecer favorable de la Mesa.

CAPÍTULO III: EL SECRETARIO Artículo diecinueve. 1. El Secretario del Claustro es el Secretario General de la Universidad que, en caso de necesidad, será sustituido por el funcionario del Grupo A miembro de la Mesa de menor antigüedad. 2. Son funciones del Secretario:

a) Redactar, con el visto bueno del Presidente, las actas de las sesiones del Pleno y de la Mesa, así como las certificaciones que hayan de expedirse. b) Colaborar al normal desarrollo de los trabajos del Claustro según las indicaciones de la Mesa. c) Garantizar la publicidad de los acuerdos del Claustro Universitario. d) Cualquier otra función que le encomiende la Mesa, los Estatutos de la Universidad y este Reglamento.

CAPÍTULO IV: LA MESA

Artículo veinte. 1. La Mesa es el órgano colegiado rector del Claustro y ostenta la representación colegiada de éste. 2. La Mesa está formada por el Presidente, el Secretario y nueve vocales elegidos por y entre cada uno de los sectores del Claustro. 3. El Presidente dirige y coordina la acción de la Mesa. 4. Actuará como secretario de la Mesa el Secretario del Claustro.

Page 36: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

7

Artículo veintiuno. 1. Corresponden a la Mesa del Claustro las siguientes funciones: a) Velar por el respeto de las competencias del Claustro cuando éste no se encuentre reunido. b) Adoptar cuantas decisiones y medidas requieran el trabajo y el régimen y gobierno

interiores del Claustro. c) Calificar los escritos y documentos dirigidos al Claustro, así como declarar la admisibilidad, o

inadmisibilidad razonada de los mismos. d) Decidir la tramitación conforme al procedimiento que corresponda de los escritos y

documentos admitidos a trámite, de acuerdo con lo dispuesto en este Reglamento. e) Programar las líneas generales de actuación del Claustro, fijar el calendario de actividades

del Pleno y de las distintas Comisiones para cada curso académico y coordinar los trabajos de los distintos órganos.

f) Asistir al Presidente en la ordenación de los debates y decidir con él sobre las cuestiones que, en el desarrollo de aquellos, se originen.

g) Actuar como mesa electoral en cuantos procesos electorales se realicen en el seno del Claustro, desempeñando esta función para cada sector su representante en la Mesa.

h) Recibir los informes o propuestas de las distintas Comisiones creadas por el Claustro para su tramitación y presentación al Pleno.

i) Realizar el sorteo de los miembros de la Junta Electoral Central según lo establecido en el artículo 257.2 de los Estatutos.

j) Cualesquiera otras que le encomiende el presente Reglamento, las que le reconozcan los Estatutos y, en general, las que, no asumidas por el Pleno, no estén expresamente atribuidas a otro órgano específico del Claustro.

2. Cualquier claustral podrá solicitar por escrito a la Mesa que reconsidere las decisiones adoptadas en lo relativo a la calificación, la admisibilidad y el régimen de tramitación otorgado a los escritos y documentos admitidos a trámite. La Mesa deberá resolver dicha reclamación mediante escrito motivado en el plazo máximo de siete días. Artículo veintidós. Al Secretario de la Mesa le corresponde, además de sus funciones como miembro de la Mesa, expedir las certificaciones que procedan de los acuerdos adoptados, redactar el acta de las sesiones, velar, bajo la dirección del Presidente, por la ejecución de los acuerdos, y garantizar su publicidad cuando corresponda. Artículo veintitrés. 1. La Mesa se reunirá mediante convocatoria del Presidente efectuada con una antelación mínima de tres días naturales. 2. El Presidente convocará, así mismo, a petición de tres miembros de la Mesa. En este supuesto deberá convocar la reunión dentro de un plazo máximo de tres días, y ésta deberá tener lugar dentro de un plazo máximo de quince días desde la fecha de la convocatoria. 3. Para la válida constitución de la Mesa, se requiere que esté presente al menos la mitad de sus miembros y, en todo caso, el Presidente y el Secretario, o quienes hayan de sustituirlos.

CAPÍTULO V: LA DIPUTACIÓN PERMANENTE. Artículo veinticuatro. 1. La Diputación Permanente ejerce las funciones del Claustro en los períodos en que éste no se encuentre reunido, dando cuenta de lo actuado en el siguiente Pleno. También le corresponden las funciones que le atribuye el artículo 268 de los Estatutos.

Page 37: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

8

2. Los Miembros de la Mesa del Claustro serán miembros natos de la Diputación Permanente y constituirán su Mesa. Artículo veinticinco. La Diputación Permanente estará integrada, además, por tres catedráticos de universidad; cinco profesores titulares de universidad, catedráticos de escuela universitaria o profesores titulares de escuela universitaria doctores; un representante de profesores titulares de escuela universitaria no doctores; un profesor emérito; dos profesores contratados doctores, colaboradores o asociados; un ayudante o ayudante doctor; un profesor tutor; dos miembros del personal de administración y servicios; y cuatro alumnos. Podrán asistir a la misma, con voz pero sin voto, un representante del personal de administración y servicios de los Centros Asociados y un director de Centros Asociados. Artículo veintiséis. 1. Los miembros de la Diputación Permanente serán elegidos por y entre los diferentes sectores de acuerdo con el sistema mayoritario simple de voto limitado a los dos tercios de los representantes elegibles en cada sector redondeando, en su caso, al entero más próximo, según dispone el artículo 260 de los Estatutos. 2. El régimen de suplencias de los miembros de la Diputación Permanente será el siguiente: a) En dos votaciones independientes y sucesivas, cada sector elegirá un número de suplentes

igual al de titulares. Unos y otros quedarán ordenados según el número de votos obtenidos. b) Los empates se resolverán aplicando lo que disponga el Reglamento Electoral General de la

UNED. c) En caso de que un miembro titular no pueda asistir a una reunión, será sustituido por el

suplente que tenga su mismo número de orden. Si tampoco puede hacerlo, la sustitución se hará siguiendo el orden correlativo de suplencias, comenzando en el suplente primero.

CAPÍTULO VI: EL PLENO

Artículo veintisiete. El Pleno del Claustro será convocado por su Presidente en la forma y en los casos previstos en los Estatutos y en este Reglamento. Artículo veintiocho. Corresponden al Pleno las competencias y funciones del Claustro señaladas en las leyes, en los Estatutos y en este Reglamento.

CAPÍTULO VII: LAS COMISIONES Artículo veintinueve. 1. El Claustro podrá crear las Comisiones que estime pertinentes para el estudio de cometidos concretos. 2. Estas Comisiones se extinguirán a la finalización del trabajo encomendado y, en todo caso, al concluir el mandato del Claustro. 3. La composición y sistema de elección de los miembros de estas Comisiones las determinará el Pleno del Claustro en función de la naturaleza del trabajo encomendado. Cuando se trate de temas generales la composición de dichas Comisiones será igual a la de los miembros no natos de la Diputación Permanente.

Page 38: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

9

4. La propuesta de creación de una Comisión podrá ser presentada por la Mesa o al menos, por un diez por ciento de claustrales, previa motivación. Artículo treinta. Las Comisiones elegirán, de entre sus miembros, un Presidente y un Secretario que tendrán las competencias que les correspondan según la reglamentación general referida a órganos colegiados. Artículo treinta y uno. Las Comisiones serán convocadas por su Presidente, al menos con tres días naturales de antelación, previa notificación al del Claustro, por iniciativa propia o a petición de una quinta parte de los miembros de la Comisión. Artículo treinta y dos. 1. Las Comisiones conocerán, de acuerdo con su respectiva competencia, de los asuntos que les encomiende la Mesa del Claustro. 2. La Mesa del Claustro, por propia iniciativa o a petición de una Comisión interesada, podrá acordar que, sobre una cuestión que sea de la competencia principal de una Comisión, informe previamente otra u otras Comisiones. 3. Las Comisiones deberán concluir la tramitación de cualquier asunto de los que le estén encomendados en los plazos establecidos por el Pleno o, en su defecto, en los que disponga la Mesa del Claustro. 4. Las Comisiones, a los efectos de lo previsto en este artículo, podrán constituir ponencias en su seno para la mejor realización de sus trabajos. El número de sus componentes, la forma de su designación y las normas de actuación y procedimiento serán las previstas en el presente Reglamento o, en su defecto, las que establezca la propia Comisión. Artículo treinta y tres. Las Comisiones, a través de su Presidente, podrán solicitar razonadamente al Rector: a) La información y la documentación que precisen del Rectorado, el Consejo de Gobierno o

de cualquier otro órgano de gobierno, colegiado o unipersonal, de la Universidad o de cualquiera de sus Centros.

b) La presencia ante ellas de cualquier autoridad de la Universidad y de sus Centros, para que informe sobre asuntos relacionados con su área de competencias.

c) La presencia de cualquier miembro de la comunidad universitaria competente por razón de la materia objeto del debate o afectado por los términos del mismo, a fin de informar a la Comisión.

d) La autorización para solicitar la comparecencia y asesoramiento de expertos en las materias de competencia de la Comisión.

Artículo treinta y cuatro. 1. Los acuerdos de las Comisiones podrán ser presentados al Pleno del Claustro, a través de la Mesa, como sugerencias, recomendaciones o propuestas 2. La exposición y defensa de sus acuerdos ante el Claustro estará a cargo del portavoz que cada Comisión designe.

Page 39: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

10

CAPÍTULO VIII: LOS MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES DEL CLAUSTRO.

Artículo treinta y cinco. 1. El Claustro universitario dispondrá de los medios personales y materiales necesarios para el desarrollo de sus funciones, tanto en el Pleno como en sus distintas Comisiones. 2. Existirá en la Secretaría General un registro para las comunicaciones dirigidas al Claustro. 3. Los servicios jurídicos de la Universidad prestarán los asesoramientos técnicos que la Mesa estime procedentes. 4. El presupuesto de la Universidad incluirá, específicamente, las dotaciones previstas para el cumplimiento de los extremos anteriores.

TÍTULO TERCERO DEL FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO

CAPÍTULO I: LAS SESIONES

Artículo treinta y seis. 1. El Claustro se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez al semestre de cada año académico. 2. En el claustro correspondiente al primer semestre en el orden del día estarán incluidos, en sendos puntos, los respectivos informes anuales del Rector y del Defensor del universitario. En ambos casos , los informes se dirigirán a la Mesa del Claustro con antelación suficiente a la celebración de la correspondiente sesión del Pleno y aquella garantizará su difusión entre los miembros de la comunidad universitaria. 3. El Pleno del Claustro Universitario se reunirá en sesión extraordinaria siempre que lo solicite, al menos, una cuarta parte de sus miembros, que deberá proponer a la Mesa los puntos que desee incorporar al orden del día. Artículo treinta y siete. Compete al Presidente la formalización de la convocatoria, mediante citación personal, que habrá de contener el lugar, día y hora de la reunión. Deberá remitirse el Orden del día y la documentación correspondiente con la suficiente antelación para su estudio por los claustrales. Entre la citación y la sesión deberá mediar un plazo no inferior a quince días. En los casos justificados de urgencia el plazo podrá reducirse hasta un mínimo de setenta y dos horas. La apreciación de la urgencia compete a la Mesa. Artículo treinta y ocho. El Presidente convocará el Claustro en el plazo de setenta y dos horas cuando así lo solicite de forma expresa el veinticinco por ciento de sus componentes. La solicitud deberá ir acompañada de la propuesta de Orden del día. Artículo treinta y nueve. 1. El Orden del día del Pleno será fijado por el Presidente de acuerdo con la Mesa. 2. El Orden del día de las Comisiones será fijado por sus respectivos Presidentes.

Page 40: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

11

3. En las convocatorias del Pleno por iniciativa claustral a que se refiere el artículo 38, deberá incorporarse al Orden del día los puntos del propuesto por los solicitantes. 4. En el Orden del día del Claustro se incluirá un punto de ruegos y preguntas. También se incluirán en él aquellos puntos propuestos por un diez por ciento de los claustrales, siempre que la propuesta se realice por escrito con una antelación mínima de siete días a la fecha fijada para el comienzo de la sesión. La Secretaría del Claustro dará traslado a los convocados de la propuesta de los claustrales al menos con dos días de antelación a la fecha de inicio de la sesión. 5. El desarrollo del Orden del día podrá ser alterado por acuerdo del Pleno o de la Comisión, a propuesta de su Presidente respectivo o a petición de un veinticinco por ciento de sus miembros. Artículo cuarenta. El Claustro permanecerá reunido hasta concluir el Orden del día para el que fue convocado. Compete al Presidente la suspensión de la sesión y la fijación de la hora de su reanudación. Artículo cuarenta y uno. El Pleno del Claustro y sus Comisiones se entenderán válidamente constituidos cuando, previa convocatoria debidamente realizada, se encuentre presente como mínimo la mitad más uno de los claustrales que lo componen. No obstante, una vez transcurrida media hora desde la primera, podrá constituirse válidamente, en segunda convocatoria, cuando esté presente al menos la tercera parte de sus miembros. Artículo cuarenta y dos. 1. Se levantará Acta de las sesiones del Pleno y de las Comisiones, que contendrá una relación sucinta de las materias debatidas, personas intervinientes, incidencias producidas y acuerdos adoptados. 2. Los claustrales tendrán derecho a solicitar, en el plazo de 48 horas, que consten en acta sus votos particulares o la explicación de su voto, así como cualquier propuesta o intervención que transmitan por escrito o soporte informático a la Secretaría del Claustro, siempre que reflejen fielmente el sentido de la intervención pública de la que traiga causa. 3. Las Actas, una vez aprobadas, serán firmadas por el Secretario respectivo y llevarán el visto bueno del Presidente, y quedarán depositadas a disposición de los claustrales en la Secretaría del Claustro. Una copia literal de las mismas será enviada por el Secretario a cada uno de los miembros del órgano correspondiente. Para su aprobación se someterá a la decisión del Pleno o de la Comisión, en su siguiente sesión.

CAPÍTULO II: LOS DEBATES Artículo cuarenta y tres. 1. Ningún claustral podrá hablar sin haber pedido y obtenido del Presidente el uso de la palabra. 2. Los claustrales expresarán su nombre y representación al iniciar el uso de la palabra.

3. Nadie podrá ser interrumpido cuando hable, salvo por el Presidente para advertirle que se ha agotado el tiempo, para llamarle a la cuestión o al orden, para retirarle la palabra o para hacer llamada de orden al Claustro o a alguno de sus miembros.

Page 41: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

12

4. Los claustrales que hayan pedido y obtenido la palabra podrán ceder su uso a otro claustral. 5. La palabra podrá ser solicitada en cualquier momento del debate mediante mano alzada. La palabra se concederá inmediatamente cuando se plantee una cuestión de orden. 6. Cuando un claustral que hubiere solicitado intervenir sea llamado por la Mesa para hacer uso de la palabra y no estuviera presente, se entenderá que renuncia al turno de uso de la palabra. 7. En las intervenciones solicitadas por varios claustrales actuará como portavoz uno de ellos. 7. Los miembros del equipo de gobierno, en calidad de tales, intervendrán a requerimiento de la Mesa para aclarar cuestiones en las que, por razón de su cargo, puedan aportar elementos de precisión en los debates. Artículo cuarenta y cuatro. 1. Cuando el número de intervinientes así lo aconsejase, el Presidente, de acuerdo con la Mesa, podrá fijar un tiempo máximo a cada intervención, así como limitar éstas a un número determinado de turnos a favor y en contra. Si se limitase el número de intervenciones y los oradores no se pusieran de acuerdo, el Presidente otorgará la palabra a quienes la hubieren solicitado primero. 2. Transcurrido el tiempo establecido para cada intervención, el Presidente, tras indicar dos veces al orador que concluya, le retirará el uso de la palabra. 3. El Presidente, de acuerdo con la Mesa, podrá acordar la conclusión de un debate cuando estime que un asunto está suficientemente discutido. Artículo cuarenta y cinco. En cualquier momento del debate los claustrales podrán pedir el cumplimiento del Reglamento. A este efecto se deberá citar el artículo o artículos cuya aplicación reclame. La resolución adoptada por el Presidente, consultada la Mesa, será inapelable. Artículo cuarenta y seis. Cuando, a juicio del Presidente, en el desarrollo de los debates se hicieran alusiones que implicasen juicio de valor o inexactitudes sobre la persona o la conducta de un claustral, podrá concederse al aludido el uso de la palabra, por el tiempo marcado por la Mesa, para que conteste estrictamente a las alusiones realizadas. Artículo cuarenta y siete. 1. Los claustrales en uso de la palabra serán llamados a la cuestión siempre que estuvieran fuera de ella, ya por digresiones extrañas al punto de que se trate, ya por volver sobre lo que estuviera discutido o votado. 2. El Presidente retirará el uso de la palabra al claustral a la tercera llamada a la cuestión en una misma intervención Artículo cuarenta y ocho. Los claustrales serán llamados al orden: 1. Cuando profirieran palabras o vertieran conceptos ofensivos al decoro del Claustro o de sus miembros, de la Universidad, de las instituciones del Estado o de cualesquiera otras personas o entidades.

Page 42: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

13

2. Cuando, con interrupciones o de cualquier otra forma, alteren el orden de las sesiones. 3. Cuando, retirada la palabra a un claustral, pretendiese continuar haciendo uso de ella. Artículo cuarenta y nueve. El Presidente podrá imponer la sanción de no asistir al resto de la sesión del Claustro al claustral que hubiere sido llamado al orden por tres veces en una misma reunión. Artículo cincuenta. Para adoptar acuerdos, el Claustro y sus órganos deberán estar reunidos reglamentariamente y estar presentes al menos la mitad más uno de sus miembros. Cualquier claustral podrá solicitar la comprobación del quórum. De no existir éste, se pospondrá su adopción al momento fijado por el Presidente de acuerdo con la Mesa. En el caso de persistir la falta de quórum, el asunto será sometido a la decisión del órgano correspondiente en la siguiente sesión del mismo. Artículo cincuenta y uno. El Claustro no podrá adoptar acuerdos que afecten directamente a Facultades, Escuelas, Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación, Centros, servicios administrativos, órganos o personas, sin que se les ofrezca previamente la posibilidad de presentar y exponer los informes y alegaciones que deseen, para lo cual la Mesa del Claustro adoptará las medidas necesarias.

CAPÍTULO III: INTERPELACIONES Y PREGUNTAS

Artículo cincuenta y dos. 1.- Los claustrales podrán formular interpelaciones al Rector, quien podrá delegar su respuesta en alguno de sus Vicerrectores. 2.- Las interpelaciones habrán de presentarse por escrito ante la Mesa del Claustro. Artículo cincuenta y tres. 1.- Para ser admitidas a trámite, las interpelaciones deberán ir avaladas por la firma de un diez por ciento de claustrales, quedando incorporadas automáticamente al orden del día del primer Pleno. 2.- Tras la convocatoria de un Pleno y hasta siete días antes de su celebración podrán presentarse interpelaciones siempre que vayan acompañadas por la firma del diez por ciento de los miembros del Claustro. Artículo cincuenta y cuatro. Las interpelaciones se sustanciarán ante el Pleno dando lugar a un turno de exposición por el interpelante, a la contestación del interpelado y a sendos turnos de réplica o dúplica. En cualquier momento del debate podrá intervenir el Rector o el miembro del Consejo de Gobierno que él designe. Artículo cincuenta y cinco. Cualquier claustral podrá formular preguntas al Consejo de Gobierno y a cada uno de sus miembros presentándolas a través de la Mesa del Claustro.

Page 43: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

14

Artículo cincuenta y seis. 1.- Las preguntas se contestarán por escrito, en el plazo de treinta días, a quienes las formularon, incluyéndose éstas y las correspondientes respuestas como anexo al acta del primer Claustro que se celebre. 2.- La respuesta será oral ante el Pleno del Claustro cuando así se hubiera solicitado expresamente en la pregunta. Dicha solicitud habrá de realizarse con una antelación mínima de siete días, a la celebración del Pleno. Artículo cincuenta y siete. Las preguntas de contestación oral ante el Pleno podrán ser agrupadas cuando la Mesa estime que varias de ellas versan sobre la misma materia. Artículo cincuenta y ocho. Las preguntas con solicitud de respuesta oral serán formuladas por el claustral y respondidas por el rector o por el miembro del Consejo de Gobierno a quien vaya dirigida. Seguidamente se abrirá un turno único de réplica, cerrando el debate el destinatario de la pregunta.

CAPÍTULO IV: LAS VOTACIONES

Artículo cincuenta y nueve. El voto de los claustrales es personal, indelegable e intransferible. No se admitirá el voto por correo. Artículo sesenta. Las votaciones no podrán interrumpirse, salvo caso fortuito o fuerza mayor. Iniciada una votación, y hasta su conclusión, la Presidente no concederá el uso de la palabra, ni permitirá la entrada o salida de personas de la sala. La Mesa adoptará las medidas que sean necesarias en cada caso para el ordenado desarrollo del acto. Artículo sesenta y uno. 1. La adopción de acuerdos podrá ser:

a) Por asentimiento. b) Por votación a mano alzada. c) Por votación nominal. d) Por votación secreta.

2. Se entenderán aprobadas por asentimiento aquellas propuestas que, una vez enunciadas por el Presidente, no susciten reparo u oposición. 3. La votación a mano alzada se realizará, en unidad de acto, por medio de distintivos de diferentes colores para los votos afirmativos, los negativos y las abstenciones. Si en ella resultara claro el sentido de la votación y ningún claustral se opusiere, se entenderá adoptado el acuerdo correspondiente. De no ser así, se procederá al recuento por filas.

Page 44: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

15

4. La votación será nominal cuando así se establezca en este Reglamento; por decisión del Presidente, consultada la Mesa; o a solicitud de una cuarta parte de los claustrales presentes. En la votación nominal el Secretario nombrará a los claustrales que procederán a emitir su voto. 5. Las votaciones estarán presididas por el principio de publicidad. Sólo procederá la votación secreta cuando se trate de cuestiones relativas a personas o bien a propuesta del Presidente o lo solicite una cuarta parte de los miembros presentes del Claustro. La votación secreta se realizará en el curso de la sesión mediante papeletas y conforme al procedimiento que arbitre la Mesa. El escrutinio se realizará por la Mesa inmediatamente después de haber concluido la votación. El Presidente proclamará el resultado una vez finalizado el escrutinio y leerá, en su caso, el texto del acuerdo alcanzado. Artículo sesenta y dos. 1. Los acuerdos del Claustro y de sus órganos, para ser válidos, deberán ser aprobados por mayoría simple, sin perjuicio de las mayorías cualificadas que establezcan las leyes, los Estatutos o este Reglamento. 2. Cuando se produjera empate en alguna votación, se realizará una segunda y, si persistiere aquél, se entenderá rechazada la propuesta. 3. En las votaciones en Comisión, el empate será dirimido por el voto de calidad del Presidente. Artículo sesenta y tres. Las recomendaciones, propuestas, declaraciones institucionales e informes a los que se refiere el artículo 4.g de este Reglamento, acordados por el Claustro se incorporarán como anexo al acta de la sesión correspondiente, y se les dará publicidad para su conocimiento por los órganos interesados y por toda la Comunidad Universitaria.

CAPÍTULO V: CÓMPUTO DE PLAZOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOTIFICACIONES

Artículo sesenta y cuatro. 1. Salvo disposición en contrario, los plazos señalados por días en este Reglamento se computarán en días hábiles, y los señalados por meses, de fecha a fecha. 2. La Mesa del Claustro podrá, excepto en el procedimiento de urgencia, acordar la prórroga de los plazos reglamentarios, que no podrá exceder del doble de los mismos. 3. La Mesa podrá acordar que un asunto se tramite por el procedimiento de urgencia, en cuyo caso, los plazos tendrán una duración de la mitad de los establecidos con carácter ordinario. Artículo sesenta y cinco. 1. La presentación de documentos se realizará en la Secretaría del Claustro. 2. Serán admitidos los documentos presentados dentro de plazo en las formas previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Artículo sesenta y seis. 1. Los acuerdos del Claustro, según lo previsto en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, agotan la vía administrativa y podrán ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Page 45: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

16

2. Los órganos competentes para la notificación de los acuerdos se ajustarán al procedimiento establecido en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

CAPÍTULO VI: REFORMA DE LOS ESTATUTOS

Artículo sesenta y siete. 1. La iniciativa para la reforma total o parcial de los Estatutos corresponde: a) Al Consejo de Gobierno. b) Al Claustro Universitario, a propuesta de la cuarta parte de sus miembros. 2. Corresponde a la Diputación Permanente la iniciativa de adaptación de los Estatutos en el

caso de que se promulguen normas legales que impliquen la alteración obligada de su texto Artículo sesenta y ocho. 1. Cuando la iniciativa se derive del apartado primero del artículo anterior, dicha iniciativa será presentada a la Mesa del Claustro e irá acompañada de la motivación de la reforma y del texto articulado que se propone. 2. El Pleno del Claustro Universitario, convocado en sesión extraordinaria, decidirá, por mayoría simple, sobre la toma en consideración de la iniciativa de reforma presentada. 3. Aceptada la iniciativa, se procederá a elegir una Comisión para la reforma de Estatutos. Su composición será la misma que la de los miembros no natos de la Diputación Permanente y estará presidida por el Presidente del Claustro. Artículo sesenta y nueve. 1. El anteproyecto aprobado por la Comisión será remitido a la Secretaría del Claustro para su distribución entre los claustrales, que podrán formular enmiendas en el plazo de veinte días naturales. 2. Las enmiendas podrán ser individuales o firmadas por varios claustrales, y a la totalidad o al articulado del texto. 3. Las enmiendas a la totalidad incorporarán un texto alternativo y deberán estar firmadas por al menos diez claustrales. 4. Las enmiendas parciales, que deberán ir acompañadas de una motivación breve, serán de supresión, adición o modificación, debiendo, en los dos últimos casos, formularse un texto alternativo. Artículo setenta. 1. Finalizado el plazo de presentación de enmiendas, se reunirá la Comisión para proceder a su debate. 2. En primer lugar se debatirán las enmiendas a la totalidad. De prosperar alguna de ellas se remitirá a los claustrales el texto alternativo como anteproyecto de Estatutos, abriéndose un nuevo periodo de enmiendas. 3. Si las enmiendas a la totalidad no prosperasen, se iniciará el debate de las enmiendas al articulado.

Page 46: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

17

4. Aquellas enmiendas que, aun no resultando aprobadas, obtuvieran un respaldo favorable de al menos un veinte por ciento de los miembros de la Comisión podrán ser mantenidas, cuando así lo anunciare expresamente el proponente de la enmienda, para su defensa ante el Pleno del Claustro. Igualmente los miembros de la Comisión podrán formular votos particulares en defensa del texto del anteproyecto que hubiera sido enmendado y, en caso de haber obtenido el voto favorable del veinte por ciento de los miembros de la Comisión, podrán defenderlo como enmienda ante el Pleno. 5. Los miembros del Claustro no pertenecientes a la Comisión que hayan formalizado enmiendas podrán asistir a las sesiones de la Comisión en el punto en el que corresponda llevar a cabo su debate, con voz y sin voto, con el objeto de realizar su defensa, si bien podrán delegar ésta en algún miembro de la Comisión, lo que deberán especificar en el mismo escrito de formulación de la enmienda. En el supuesto de enmiendas firmadas por varios claustrales, corresponderá su defensa al primer firmante o al que los proponentes hubieren designado en el escrito de formulación de la enmienda. 6. Durante la discusión de un artículo, el Presidente de la Comisión deberá admitir a trámite las nuevas enmiendas que se presenten en ese momento por un miembro de la Comisión, siempre que las mismas tiendan a alcanzar un acuerdo por aproximación entre las enmiendas ya formuladas y el texto del artículo. También se admitirán a trámite las enmiendas que tengan por finalidad subsanar errores e incorrecciones técnicas, terminológicas o gramaticales. Artículo setenta y uno. 1. Finalizado el debate de las enmiendas, el proyecto de Estatutos será elevado por la Comisión a la Mesa del Claustro, que procederá a su remisión a los claustrales. 2. Junto con el texto del proyecto se remitirán las enmiendas que se eleven al Pleno, de acuerdo con lo dispuesto el artículo 63.4, y se indicará el inicio del plazo disponible para la presentación de las mismas. Artículo setenta y dos. 1. Finalizado el plazo de presentación de enmiendas, se convocará el Pleno del Claustro. 2. La convocatoria irá acompañada de todas las enmiendas susceptibles de debate en el Pleno, clasificadas por la Mesa siguiendo el articulado del texto. Artículo setenta y tres. Los claustrales dispondrán de un plazo no inferior a siete días para la formulación de enmiendas al articulado del proyecto de Estatutos. Éstas deberán estar firmadas por al menos un diez por ciento de claustrales, tendrán que ir acompañadas de una justificación breve y podrán ser de supresión, adición o modificación; en los dos últimos casos, incluirán un texto alternativo. Artículo setenta y cuatro. 1. El proyecto de Estatutos será presentado al Pleno por un miembro de la Comisión, que actuará como ponente. 2. La Mesa del Claustro podrá adoptar las decisiones que estime pertinentes para la mejor ordenación del debate y, en particular, en relación con la duración, los turnos de intervenciones y la ordenación del estudio de las enmiendas. 3. El debate de las enmiendas se abrirá dando la palabra al proponente, al primer firmante o al claustral que designen los proponentes, en el caso de ser varios. Tras el turno de intervenciones a favor y en contra se procederá a su votación.

Page 47: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

18

4. Durante la sesión se podrán formular in voce enmiendas transaccionales orientadas a alcanzar un acuerdo entre las distintas enmiendas. Artículo setenta y cinco. 1. Finalizado el debate del articulado, se procederá a la votación final del proyecto de reforma de Estatutos, que deberá ser aprobado por la mayoría absoluta de los claustrales. De no alcanzarse dicha mayoría, se realizará una segunda votación en la que será suficiente, para su aprobación, el voto afirmativo de la mayoría de los claustrales presentes. 2. En el caso de no aprobarse el proyecto de reforma de Estatutos, el Pleno del Claustro adoptará el acuerdo que considere conveniente en orden a la modificación o elaboración de un nuevo texto. Artículo setenta y seis. En el supuesto de adaptación de los Estatutos, la Diputación Permanente actuará como la Comisión prevista en el artículo 61.3.

CAPÍTULO VII: REFORMA DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CLAUSTRO

Artículo setenta y siete. La iniciativa para la reforma total o parcial del Reglamento de Régimen Interno del Claustro corresponde: a) A la Mesa del Claustro. b) A un número de claustrales igual o superior al veinticinco por ciento de la composición del

Claustro. Artículo setenta y ocho. 1. La iniciativa de la reforma del Reglamento de Régimen Interno del Claustro irá acompañada de la motivación de la reforma y del texto articulado que se propone. En el caso del apartado b) del artículo anterior la propuesta será presentada ante la Mesa del Claustro. 2. La Mesa, cuando la proposición reúna los requisitos reglamentarios, la remitirá a los claustrales con la suficiente antelación para su estudio y posterior debate en el Pleno del Claustro. 3. El Pleno del Claustro Universitario, convocado en sesión extraordinaria, decidirá, por mayoría simple, sobre la toma en consideración de la iniciativa de reforma presentada. 4. Aceptada la iniciativa, se procederá a elegir una Comisión para la reforma del Reglamento de Régimen Interno del Claustro. Su composición será la misma que la de los miembros no natos de la Diputación Permanente, y será presidida por el Presidente del Claustro. 5. Esta Comisión actuará como la Comisión prevista en el artículo 61.3.

Page 48: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

19

TÍTULO IV

DE LA COMISIÓN DE RECLAMACIONES DE LA UNIVERSIDAD Artículo setenta y nueve. La Comisión de Reclamaciones prevista en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, estará constituida por siete Catedráticos de Universidad, sean o no claustrales, de diversas áreas de conocimiento, con dedicación a tiempo completo a la UNED, con amplia experiencia docente e investigadora, y será designada por el Claustro, a propuesta del Consejo de Gobierno, para un periodo de cuatro años. Serán designados los siete Catedráticos de Universidad que resulten más votados, limitándose dicha votación a los dos tercios del número de componentes de la Comisión, quedando como suplentes el resto de los propuestos.

TÍTULO V EL DEFENSOR UNIVERSITARIO

Artículo ochenta. 1. El Defensor Universitario es el miembro de la comunidad universitaria encargado de velar por el respeto de los derechos y libertades del personal docente e investigador, profesores tutores, alumnos y personal de administración y servicios ante las actuaciones de los diferentes órganos y servicios universitarios. 2. El Defensor Universitario y los defensores adjuntos deberán pertenecer a cada uno de los distintos sectores de la comunidad universitaria: personal docente e investigador, alumnos y personal de administración y servicios. Artículo ochenta y uno. 1.- La condición de Defensor Universitario y de Defensor Adjunto será incompatible con el desempeño de cualquier cargo de gobierno de la Universidad. Su aceptación comportará el cese automático en aquellos cargos que desempeñen. 2.- No podrán ser sometidos a expediente disciplinario por razón de las opiniones expresadas o las acciones acometidas en el ejercicio de sus funciones. Artículo ochenta y dos. 1.- El Defensor Universitario será elegido por el Claustro universitario, mediante votación directa y secreta, por la mayoría absoluta de sus miembros cada cuatro años y no podrá desempeñar el cargo más de dos períodos consecutivos. Podrá ser dispensado de otras obligaciones. 2.- La Mesa del Claustro abrirá un periodo, no inferior a quince días, de presentación de candidaturas a Defensor Universitario. Las candidaturas deberán presentarse por los interesados ante el Presidente del Claustro avaladas por la firma de al menos un 25% de los claustrales pertenecientes a distintos sectores. 3.- La Mesa el Claustro hará pública la relación de candidatos admitidos y la remitirá a los claustrales junto con la convocatoria del siguiente Claustro, en el cual se llevará a cabo la votación entre los candidatos proclamados. 4.- Realizada la votación, será proclamado Defensor Universitario el candidato que obtenga la mayoría absoluta de los miembros del Pleno del Claustro. En el caso de que ningún candidato obtuviera dicha mayoría en primera vuelta se realizará una segunda a la que sólo podrán concurrir los dos candidatos con mayor número de votos. Si ningún candidato obtuviera la mayoría requerida en primera o en segunda vuelta se abrirá de nuevo el proceso de elección.

Page 49: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

20

5.- De presentarse un único candidato, si no obtuviera la mayoría absoluta en primera vuelta, se abrirá de nuevo el proceso de presentación de candidaturas ante la Mesa del Claustro. Artículo ochenta y tres. 1.- El Defensor Universitario cesará por alguna de las siguientes causas:

a) Por expiración del mandato para el que es elegido. b) A petición propia. c) Por incapacidad sobrevenida por decisión judicial firme. d) Por actuar con notoria negligencia en el cumplimiento de las obligaciones y deberes del

cargo, a petición de una cuarta parte de los claustrales pertenecientes a distintos sectores y por acuerdo de la mayoría absoluta del Claustro previa audiencia del interesado.

e) Por pérdida de la condición de miembro de la Comunidad Universitaria. f) Por desvinculación del sector al que pertenecía en el momento de ser nombrado. g) Por inhabilitación declarada por sentencia firme.

2.- En los supuestos a) y b), el Defensor Universitario continuará en funciones hasta la aceptación del cargo por su sucesor. En los restantes supuestos los Defensores Adjuntos desempeñarán sus funciones hasta la designación del nuevo Defensor Universitario. 3.- Vacante el cargo o dos meses antes de la finalización del plazo para el que fue elegido, se iniciará por la Mesa del Claustro el procedimiento para la elección de Defensor Universitario en un plazo no superior a veinte días naturales. Artículo ochenta y cuatro. 1.- Corresponden al Defensor Universitario todas las competencias que le son atribuidas en el artículo 199.3 de los Estatutos, viniendo obligados a prestar la colaboración precisa para el desempeño de sus funciones todas las autoridades académicas, órganos de gobierno o representación colegiados o unipersonales, servicios universitarios y demás miembros de la Comunidad Universitaria. 2.- Anualmente presentará la Memoria ante el Claustro que se celebre en el primer semestre del Curso. Artículo ochenta y cinco. 1.- El Proyecto de Reglamento de Funcionamiento será aprobado por el Pleno del Claustro por mayoría simple, previo control de legalidad por la Mesa. 2.- De ser rechazado en una primera votación, en la misma sesión plenaria, previa inclusión de las modificaciones que el Defensor Universitario considere oportunas, podrá presentarse de nuevo para su estudio y, en su caso, aprobación. Artículo ochenta y seis. 1.- Sus actuaciones, de oficio o a instancia de parte interesada, dirigidas a la mejora de la Universidad, estarán inspiradas por los principios de autonomía e independencia, y no estarán sometidas a mandato imperativo debiendo promover la oportuna investigación y comunicándolo al órgano o servicios universitarios implicados. 2.- Las actuaciones y propuestas del Defensor Universitario no tendrán carácter vinculante, no podrán modificar por sí mismas acuerdos o resoluciones emanadas de los órganos de gobierno de la Universidad, ni serán susceptibles de recurso alguno por no tener la consideración de actos administrativos.

Page 50: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

21

Artículo ochenta y siete. 1.- La Universidad deberá facilitar al Defensor Universitario el apoyo administrativo y la infraestructura necesaria para el adecuado desempeño de las funciones que le competen, a cuyo efecto, se consignará en el presupuesto de la Universidad la dotación económica necesaria para el funcionamiento de dicha institución. 2.- A efectos retributivos y de protocolo universitario, el Defensor Universitario se equiparará al cargo de Vicerrector, y el de Defensor Adjunto al de Vicedecano.

TÍTULO VI DE LAS ELECCIONES EXTRAORDINARIAS A RECTOR.

Artículo ochenta y ocho. 1.- Un tercio de los miembros del Claustro podrá proponer, mediante escrito dirigido a la Mesa, la convocatoria anticipada de elecciones a Rector, según lo establecido en el artículo 79.d de los Estatutos. Tras la presentación de la propuesta, que habrá de ser motivada, el Presidente del Claustro procederá a convocar sesión extraordinaria del Pleno, que se celebrará en el plazo máximo de 30 días a partir de la fecha de presentación del escrito. 2.- El único punto del orden del día será el debate y votación de la citada propuesta. Junto a la convocatoria se remitirá a los claustrales copia del escrito con la propuesta de convocatoria anticipada de elecciones. 3.- La propuesta será discutida ateniéndose a las normas concretas que para este supuesto establezca la Mesa, si bien intervendrá en primer lugar un representante de los proponentes explicando los motivos de la propuesta. Intervendrá seguidamente el Rector, tras lo cuál se abrirá un turno de palabra entre los claustrales, que se cerrará en una segunda intervención tanto del representante de los proponentes como del Rector. 4.- Finalizado el debate, la propuesta será sometida a votación secreta. Terminada la votación, se procederá por la Mesa al escrutinio de los votos emitidos. 5.- Será aprobada la propuesta cuando obtenga el voto favorable de los dos tercios de la totalidad de los componentes del Claustro. La aprobación de la propuesta supondrá el cese del Rector, que continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Rector, la disolución del Claustro y la inmediata convocatoria de elecciones a Rector y a Claustro Universitario que se celebrarán en la misma fecha, en un plazo no superior a los tres meses. 6.- Si la propuesta no alcanza la mayoría requerida, se considerará rechazada y ninguno de sus firmantes podrá suscribir una nueva petición de este tipo hasta pasado un año desde la votación de la misma.

DISPOSICIÓN ADICIONAL Será de aplicación supletoria al presente Reglamento la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA En tanto no finalice la tramitación de los concursos de profesorado convocados conforme a la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, mantendrá su vigencia la Comisión prevista en el artículo 43 de la citada Ley con la composición ratificada por acuerdo del Claustro del día 25 de febrero de 2002.

Page 51: Acta del Claustro de 27 de julio de 2005 - UNED · Álvarez arza, mª josÉ Álvarez suÁrez, josÉ manuel arcas parra, joaquÍn artes gomez, mariano ayala rocamora, jesÚs francisco

22

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Reglamento entrará en vigor el mismo día de su aprobación por el Pleno del Claustro.