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ACTA NÚMERO 21 DE NEGOCIACIÓN DEL XV CONVENI COLECTIVO DE AUTOPISTAS CONCESIONARIA ESPAÑOLA, S.A.U., (en adelante, "acesa"). En-- arcelona, a 20 de enero de 2010. REUNIDOS Como representantes de la empresa: Sr. José Luís Bayarri Sr. Albert Urgellés Sr. Miquel Camacho Sr. José Luís Pardo Sr. Óscar Gasulla Como asesores de la empresa. Sr. José Luís Salido. Como representantes de los trabajadores: Sr. Miguel Pintaudi Sr. Sergio López Asenjo Sr. Josep García Vallcorba Sr. Josep Gómez Xumetra Sr. Victoria Badia Jane Sr. José Manuel Roca Folch Sr. Jorge Jaime Tejedor de León Sr. Joan Mercader Blanco Sr. Francesc Mas Virgili Sr. Juan Antonio Pérez Limacher Sr. Juan Jesús Atienza Martínez Como representantes de las secciones sindicales y asesores: Delegados sindicales: (UGT): Sr. José Manuel Blanco Baños, Sr. Juan Antonio Barros. (CC.OO): Sr. Jordi Tomás Munsó, Sr. José Carlos Marín S'nchez. (USOC): Sr. José Luís Rodríguez Rincón. L Sr. MaJ1í Punset Joher (que se excusa y en su sustitución el Sr. Rafael Riera)

Acta nº 21 conveni

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Acta nº 21 conveni

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Page 1: Acta nº 21 conveni

ACTA NÚMERO 21 DE NEGOCIACIÓN DEL XV CONVENI COLECTIVO DE

AUTOPISTAS CONCESIONARIA ESPAÑOLA, S.A.U., (en adelante, "acesa").

En-­ arcelona, a 20 de enero de 2010.

~ REUNIDOS

Como representantes de la empresa:

Sr. José Luís Bayarri Sr. Albert Urgellés Sr. Miquel Camacho Sr. José Luís Pardo Sr. Óscar Gasulla

Como asesores de la empresa.

Sr. José Luís Salido.

Como representantes de los trabajadores:

Sr. Miguel Pintaudi Sr. Sergio López Asenjo Sr. Josep García Vallcorba Sr. Josep Gómez Xumetra Sr. Victoria Badia Jane Sr. José Manuel Roca Folch Sr. Jorge Jaime Tejedor de León

Sr. Joan Mercader Blanco Sr. Francesc Mas Virgili Sr. Juan Antonio Pérez Limacher Sr. Juan Jesús Atienza Martínez

Como representantes de las secciones sindicales y asesores:

Delegados sindicales:

(UGT): Sr. José Manuel Blanco Baños, Sr. Juan Antonio Barros.

(CC.OO): Sr. Jordi Tomás Munsó, Sr. José Carlos Marín S'nchez.

(USOC): Sr. José Luís Rodríguez Rincón.

L

Sr. MaJ1í Punset Joher (que se excusa y en su sustitución el Sr. Rafael Riera)

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Asesores de los representantes de los trabajadores: Sr. Rui Manuel Iván 0rPella (CC.OO), Sr. Joan Muntada i Hars (UGT)), Sr. Daniel Sa

entín Ribeiro (CC.OO), Sr. a Sánchez (UGT).

V\Iniciada la reunión, toma la palabra la representación de los trabajadores, (en adelante, RT), ~ \) planteando su propuesta de redactado en cuanto a la composición y funciones de la Comisión de .~í ." 1

Igualdad, que se acompaña a la presente acta. '....~ ~"

Asimismo, la RT hace entrega a la RE de una propuesta en cuanto a la prevención del acoso laboral y sexual, que se adjunta al acta.

Por otro lado, la RT plantea regular en convenio los permisos individuales de formación. Se adjunta al acta la propuesta de la RT.

A este respecto, la representación de la empresa, (en adelante, RE) manifiesta que estudiará las propuestas planteada por la RT.

Por su parte, la RE hace referencia al correo electrónico que remitió ayer a CC.OO. en respuesta a su solicitud de entrega del calendario laboral de los trabajadores.

En este sentido, la RE reitera la respuesta dada a CC.OO, consistente en la finalización de la vigencia del XIV convenio, y consecuentemente del Anexo 7 del convenio, en el cual se establecía una duración determinada de 2006 a 2009.

La RT expresa que entiende que la Reducción de Jornada se debería aplicar de acuerdo con los mismos criterios que se han seguido hasta ahora, derivados del Anexo 7 del convenio.

La RE hace referencia a la manifestación realizada por la RT en el Acta núm. 4 de negociación del convenio, en la cual solicitaba que se consolidara el sistema actual de Reducción de Jornada, lo que implica que la RT ya estaba reconociendo la finalización de la vigencia del Anexo 7, y por ello la RE planteó diferentes propuestas de ciclos de trabajo.

La RE señala que en los próximos días entregará a la RT su propuesta de planificación del calendario laboral.

Tras el receso, la RE analiza el curso de la negociacIOn, manifestando que a salvo del tema económico se han tratado muchos temas, y en especial, la propuesta de la RE consistente en la contratación de trabajadores fijos a tiempo parcial.

En cuanto a la propuesta de la RE relativa a la contratación de trabajadores fijos a tiempo parcial, la misma manifiesta que ha habido una gran aproximación con la RT, si bien reitera la importancia de

I las dos condiciones de dicha propuesta:

- Distribución anual de las vacaciones, de manera que las nuevas contrataciones a tiempo parcial no disfruten vacaciones en los períodos de verano y el resto de trabajadores disfruten de sus vacaciones de manera prorrateada en los 12 meses del año.

- Artículo 6.2 del convenio, proponiendo sino Jiminación una redacció situación de la empresa por lo que hace referen la a la cOQtratación temporal.

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En este sentido, la RE señala que es un punto crucial de negociación, y una vez acordado el mismo se podrá avanzar mucho en la negociación, incluso por lo que respecta al aspecto económico, solicitando a la RT que realice el mismo esfuerzo por lo que respecta a los dos aspectos esenciales de dicha propuesta (vacaciones y artículo 6.2 del convenio).

La RT expresa que en la próxima reunión apol1ará una propuesta de clarificación respecto al tratamiento de distintos aspectos del convenio que dan problemas de interpretación.

y en prueba de conformidad con lo que se ha expuesto, firman la presente acta las respectivas representaciones en el lugar y fecha indicados, convocándose para continuar las negociaciones los próximos días 27 de enero, 3, 10, 17 Y24 de febrero de 2010.

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Pla d’Igualtat

L’empresa i la representació dels treballadors es comprometen a treballar per eliminar qualsevol tipus de discriminació, directa i indirecta, molt especialment per raó de gènere, etnia, discapacitat i edat, així com a vetllar per la igualtat de tracte i oportunitats entre les persones de la seva plantilla. Per això, s’acorda la creació de la Comissió Permanent d’Igualtat, de caràcter paritari, que es farà càrrec de l’elaboració, del contingut i del seguiment del Pla. Aquesta Comissió d’Igualtat estarà formada per 4 representants de la direcció de l’empresa i 4 representants de les seccions sindicals amb representació als comitès, garantint la representació de totes i distribuint la resta amb criteris de proporcionalitat. La Comissió d’Igualtat es constituirà com a molt tard un mes després de la signatura d’aquest conveni i es dotarà d’un reglament intern de funcionament.

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Prevención del acoso laboral y sexual.

La Dirección de la Empresa y la Representación de los Trabajadores se comprometen a promover condiciones de trabajo que eviten el acoso laboral y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención.

En base a este compromiso se establecerá un procedimiento de actuación a seguir en caso de darse conductas que puedan ser catalogadas de acoso moral (mobbing) en el ámbito laboral de la empresa.

Así mismo, ambas partes se comprometen a negociar, en el marco del Plan de Igualdad, un procedimiento que tenga por objeto establecer las pautas de actuación para la identificación de situaciones que puedan suponer acoso sexual, cualquiera que sea la persona de la que proceda y siempre que ambas mantengan una relación laboral con la empresa.

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Permisos Individuales de Formación.

Los trabajadores afectados por el presente convenio, podrán solicitar Permisos

Individuales de Formación en los términos previstos por el Acuerdo Nacional de

Formación Continua, en tanto dicho acuerdo permanezca en vigor y en todo caso, con la

siguiente regulación:

a. Las acciones formativas para las cuales puede solicitarse Permiso Individual de

Formación deberán cumplir los siguientes requisitos:

• No estar incluidas en las acciones financiadas del Plan de Formación de

la empresa.

• Ser formación dirigida tanto al desarrollo o adaptación de las

cualificaciones técnico-profesionales del empleado, como a su

capacitación personal.

• Ser formación reconocida por una titulación oficial, emitida por

cualquier Administración Pública.

• Quedan excluidas del Permiso Individual de Formación las acciones

formativas que no se correspondan con la formación presencial. No

obstante, se admitirá la parte presencial de las realizadas mediante la

modalidad a distancia.

b. El trabajador solicitante deberá tener una antigüedad de, al menos, seis meses en

la empresa, y presentar la correspondiente solicitud a la empresa con la

antelación que se regule en el procedimiento interno que se establezca.

c. La duración del permiso no podrá sobrepasar las 200 horas de jornada.

d. Mientras la bonificación específica y el crédito adicional para Permisos

Individuales de Formación que corresponde a la empresa sea suficiente, la

dirección de la empresa solo podrá denegar la concesión del permiso en caso de

graves razones productivas u organizativas, que deberán acreditarse ante la

Representación de los Trabajadores.

e. Este permiso tendrá la remuneración que le reconozca la Fundación Tripartita

para la formación en el empleo.

La empresa, con la participación de la Representación de los Trabajadores, elaborará

un Procedimiento Interno para el uso de los Permisos Individuales de Formación

que regule los requisitos, plazos y forma para su solicitud y tramitación.

En caso de desacuerdo respecto a la concesión de un Permiso Individual de

Formación, se solicitará, mediante Acta de Discrepancias a la Fundación Tripartita,

la mediación de la Comisión Paritaria competente, de conformidad con el artículo

15 del Real Decreto 395/2007.