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Folio No.REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL TOLIMA
(Soncejo municipalIbagué
ACUERDO NÚMERO 0 2 6 DE 2014
( '15 DIC 2014 >"POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA ELPRESUPUESTO GENERAL DE RENTAS YRECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO2015"
EL CONCEJO MUNICIPAL DE IBAGUÉ,En uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 313-5 de la Constitución Política de
Colombia y la Ley 136 de 1994, Ley 1448 de 2011, Ley 1551 de 2012 y el Acuerdo 062 de1998,
A C U E R D A :
ARTICULO 1°. Aprobar, el presente Presupuesto General de Rentas y Recursos deCapital y Gastos del Municipio de Ibagué para la Vigencia Fiscal del Año 2015
PRIMERA PARTEPRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL
ARTICULO 2°. Fíjese el cómputo del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital delMunicipio de Ibagué para la vigencia fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre del año2015 en la suma de $444.020.749.684 (cuatrocientos cuarenta y cuatro mil veinte millonessetecientos cuarenta y nueve mil seiscientos ochenta y cuatro pesos)
s*S —
111110111011111011101110111010111011101010111011101010211011101021101110102011101110211011102011101110201011101110201021101110201031101110201041101110201051101110201061101110202110111020201
110111020311011102030111011102041101110204011101110205
1101110205011101110205021101110206110111020601
INGRESOSINGRESOS CORRIENTESESFUERZO FISCALTRIBUTARIOSIMPUESTOS DIRECTOSPREDIAL UNIFICADOPREDIAL VIGENCIAPREDIAL AÑOS ANTERIORESIMPUESTOS SOBRE VEHÍCULOS AUTOMOTORESRODAMIENTO VIGENCIAIMPUESTOS INDIRECTOSINDUSTRIA Y COMERCIOINDUSTRIA Y COMERCIO VIGENCIAINDUSTRIA Y COMERCIO AÑOS ANTERIORESAVISOS Y TABLEROSVALLAS Y PROPAGANDAAVISOS Y TABLEROS ANOS ANTERIORESVALLAS Y PROPAGANDA AÑOS ANTERIORESESPECTÁCULOS PÚBLICOSESPECTÁCULOS PÚBLICOS
DEGÜELLO GANADODEGÜELLO GANADO MENORDELINEACION Y URBANISMODELINEACION URBANA ACUERDO 010 DE 2009ESTAMPILLAS
ACUERDO 001/2005 ESTAMPILLAS PRO CULTURA 90%ACUERDO 001/2005 ESTAMPILLAS PRO ANCIANOSSOBRETASA GASOLINASOBRETASA GASOLINA
419,891,011,861297,960,678,879137,680,000,000125,240,000,000
57,480,000,00057,000,000,00051,000,000,000
6,000,000,000480,000,000480,000,000
67,760,000,00042,160,000,00036,000,000,000
1,000,000,0005,000,000,000
160,000,000
150,000,000150,000,000
40,000,00040,000,000
800,000,000800,000,000
4,960,000,000
2,160,000,0002,800,000,000
15,700,000,000,15,700,000,000'
v\e 9a. No. 2 - 59 - 2do. Piso - Tel.: 2611136 - Fax 2618611 - Alcaldía
REPÚBLICA DE COLOMBIADEPARTAMENTO DELTOLIMA
ACUERDO NÚMERO
Folio No.
0 2 6 DE 2014
2
concejo Wlumdpal¡bague
( 1 5 DIC 2014 )
"POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA ELPRESUPUESTO GENERAL DE RENTAS YRECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO2015"
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11011203010211011203021101120302011101120303110112030301
110112030302110112030303110112030411011203040111011203040211011203040311011203040411011203051101120305011102
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1102210406
SOBRETASA BOMBERILSOBRETASA BOMBERIL VIGENCIASOBRETASA BOMBERIL VIGENCIAS ANTERIORESFONDO DE SEGURIDAD CIUDADANA5% CONTRATOS DE OBRA PUBLICA LEY 418IMPUESTO DE TRANSPORTE POR OLEODUCTOSTRANSPORTE DE HIDROCARBUROSNO TRIBUTARIOSINGRESOS NO TIRBUTARIOSCONTRIBUCIONESPLUSVALÍAARTICULO 1 1 LEY 505 /99 ESTRATIFICACIÓNMUNICIPALTASAS Y DERECHOSDERECHOS DE TRÁNSITO MUNICIPALMULTAS Y SANCIONESMULTAS DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE VIGENCIARECUPERACIÓN CARTERA MULTAS DE TRANSITO YTRANSPORTESANCIONES INDUSTRIA Y COMERCIOINTERESESINTERESES PREDIALINTERESES TRÁNSITO Y TRANSPORTEINTERESES INDUSTRIA Y COMERCIOOTROS INTERESESOTROS NO TRIBUTARIOSOTROS NO TRIBUTARIOSTRANSFERENCIAS
SECTOR EDUCATIVO
SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES
PLANTA DOCENTE
ASIGNACIÓN POR ALUMNO TIPOLOGÍA 2015
CANASTA EDUCATIVA (5% TIPOLOGÍA) 2015
FUNCIONAMIENTO COMPLEMENTO DE PLANTA 2015
SGP 201 5 APORTES PATRONALES SSF
SGP 2015 APORTES DOCENTES SSF
AMPLIACIÓN DE COBERTURA - CONTRATOS DEPRESTACIÓN DE SERVICIOSCOMPLEMENTO DE POBLACIÓN ATENDIDA 2012MAYOR VALOR AJUSTE POR INFLACIÓNCALIDAD EDUCATIVA
CALIDAD EDUCATIVA 201 5
CALIDAD GRATUIDAD CONPES SSF
SGP ASCENSOS EN EL ESCALAFÓN
SGP ASCENSOS EN EL ESCALAFÓN 2015
SGP CUOTA DE ADMINISTRACIÓN
2,650,000,0002,600,000,000
50,000,0001,300,000,0001,300,000,000
_
-
12,440,000,00012,440,000,000
_
_
4,500,000,0004,500,000,0003,450,000,0001,850,000,000
1,300,000,000300,000,000
4,360,000,0003,700,000,000
60,000,000600,000,000
-
130,000,000130,000,000
160,280,678,879
134,207,645,064
134,207,645,064
118,884,968,116
89,492,220,066
122,136,422
-
15,647,657,736
7,387,601,892
6,235,352,000
-
10,229,981,808
4,331,877,808
5,898,104,000
1,225,618,228
1,225,618,228
2,451,236,456|
Y1
Calle 9a. No. 2 - 59 - 2do. Piso - Tel.: 2611136 - Fax 2618611 -Alcaldía
Folio No.-OMBIA_TOLIMA
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ACUERDO NÚMERO Q 2
( 1 5 DIC 2014"POR MEDIO DEL CUALPRESUPUESTO GENERAL
p DE 2014)
SE APRUEBADE RENTAS
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Goncejo Wluniápalibague
RECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO2015"
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110223050103
110223050104
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110225
11022508
1102250801
110225080101
11022508010211022509
1102250901
110225090101
FUNCIONAMIENTO CUOTA DE ADMINISTRACIÓN 2015
SGP ALIMENTACIÓN ESCOLAR
ÚLTIMA DOCEAVA 2014 ALIMENTACIÓN ESCOLAR
ALIMENTACIÓN ESCOLAR 2015
CONECTIVIDAD
CONECTIVIDADSSF
CONECTIVIDAD CSF
SGP NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
SGP PROPOSITO GENERAL
SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES
CULTURA VIGENCIA
ÚLTIMA DOCEAVA 2014 CULTURA
CULTURA VIGENCIA 2015
RECREACIÓN Y DEPORTE VIGENCIA
ULTIMA DOCEAVA 2014 RECREACIÓN Y DEPORTE
RECREACIÓN Y DEPORTE 2015
OTROS PROPÓSITOS VIGENCIA
ÚLTIMA DOCEAVA 2014 OTROS PROPÓSITOS
OTROS PROPÓSITOS VIGENCIA 2015
SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES
AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
SGP AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO
ÚLTIMA DOCEAVA 2014 AGUA POTABLE YSANEAMIENTO BÁSICOAGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO 2015
AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO SSF 2015
ULTIMA DOCEAVA 2014 AGUA POTABLE SSF
REGALÍAS Y COMPENSACIONES
SECTOR ELÉCTRICO
RENTAS CEDIDAS
RENTAS CEDIDAS SECTOR ELÉCTRICO
OTRAS TRANSFERENCIAS
DE NIVEL DEPARTAMENTAL
PARTICIPACIONES
DEGÜELLO DE GANADO MAYORPARTICIPACIÓN IMPUESTO VEHÍCULOSAUTOMOTORESCUOTAS DE FISCALIZACIÓN
CUOTAS DE AUDITAJE LEY 617 DE 2000
CUOTA DE FISCALIZACIÓN GESTORA URBANA
2,451,236,456
868,322,600
61,354,707
806,967,893
315,592,056
-
315,592,056
231,925,800
231,925,800
11,508,628,841
11,508,628,841
767,241,923
56,887,453
710,354,470
1,022,989,230
75,849,936
947,139,294
9,718,397,688
720,574,399
8,997,823,289
8,965,643,689
8,965,643,689
8,965,643,689
661,275,120
3,267,746,569
5,036,622,000
-
170,000,000
170,000,000
170,000,000
170,000,000
5,428,761,285
3,880,000,000
3,880,000,000
80,000,000
3,800,000,000
248,761,285
248,761,285
5,546,592
1X
Calle 9a. No. 2 - 59 - 2do. Piso -Tel.: 2611136 - Fax 2618611 -Alcaldía
Folio No. 4REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DELTOLIMA
(Soncejo Wlunicipalwague
ACUERDO NÚMERO Q 2 6
< 1 5 DIC 2014 >DE 2014
"POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA ELPRESUPUESTO GENERAL DE RENTAS YRECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO2015"
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110225100101
11022510010211022526
1102252601
110225260101
110225260102
TÍ0226
11022604
1102260413
110226041301
12
1202
120216
12021621
1202162101
120216210101
13
1301
130111
13011104
1301110401
130111040101
130111040102
1301110402
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130111040202
130111040203
130111040204130111040205130111111301111101
CUOTA DE FISCALIZACIÓN HOSPITAL SANFRANCISCO
CUOTA DE FISCALIZACIÓN INFIBAGUE
CUOTA DE FISCALIZACIÓN USI
CUOTA DE FISCALIZACIÓN IBAL
CUOTA DE FISCALIZACIÓN IMDRI
TRANSF OTRAS ENTIDADES PAGO DE PENSIONES
FONDO TERRITORIAL DE PENSIONES
CUOTAS PARTES PENSIÓNALES
CUOTAS PARTES PENSIÓNALES SSFDEL NIVEL NACIONAL
SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS
FORTALECIMIENTO OCAD
ASIGNACIONES DIRECTAS
PRIMERA INFANCIA
SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES
CRECIMIENTO DE LA ECONONIMA > AL 4%
ATENCIÓN INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA
RECURSOS DE CAPITAL
RECURSOS DEL CRÉDITO
CRÉDITO INTERNO
RECURSOS DEL CRÉDITO
BANCA COMERCIAL PRIVADA
RECURSOS DEL CRÉDITO INTERNO
FONDO LOCAL DE SALUD
ASIGNACIONES AL FONDO LOCAL DE SALUD
RÉGIMEN SUBSIDADO
SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES
CORRIENTES
ULTIMA DOCEAVA 2014 CONTINUIDAD SSF
CONTINUIDAD SIN SITUACIÓN DE FONDOS 2015
RECURSOS DE CAPITAL
RECURSOS DEL BALANCE CANCELACIÓN RESERVACONTINUIDAD
RECURSOS DEL BALANCE SALDOS DE TESORERÍACONTINUIDAD
RECURSOS DEL BALANCE SALDOS DE TESORERÍACONTINUIDAD SSF
RENDIMIENTOS FINANCIEROS VIGENCIACONTINUIDADREINTEGROS PRESTACIÓN DE SERVICIOSCOLJUEGOSCORRIENTES
1,845,000
85,575,441
719,911
150,854,341
4,220,000
1,300,000,000
1,300,000,000
1,300,000,000
-
-
-
-
-
-
-
1,500,000,000
1,500,000,000
1,500,000,000
1,500,000,000
1,500,000,000
1,500,000,000
120,430,332,982
120,430,332,982
112,138,239,299
34,581,766,900
34,581,766,900
2,631,885,524
31,949,881,376
660,000,000660,000,00(T
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Calle 9a. No. 2 - 59 - 2do. Piso - Tel.: 2611136 - Fax 2618611 - Alcaldía
REPÚBLICA DE COLOMBIADEPARTAMENTO DEL TOLIMA
Folio No.
ACUERDO NÚMERO 0 2 6 DE 2014
( 1 5 DIC 2014 >"POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA ELPRESUPUESTO GENERAL DE RENTAS YRECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO2015"
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1301111102021301111102031301111213011112011301111201011301111202
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1301111202021301111202031301111202041301111313011113011301111301011301111302
130111130201
130111130202
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1301111513011115011301111501011301111502
130111150201
130111150202130111150203130112130112041301120401
1301120401011301120401021301120401031301120402
130112040201
130112040202
AMPLIACIÓN SSFRECURSOS DE CAPITALRECURSOS DEL BALANCE CANCELACIÓN RESERVAAMPLIACIÓN
RECURSOS DEL BALANCE SALDOS DE TESORERÍAAMPLIACIÓNRENDIMIENTOS FINANCIEROS VIGENCIA AMPLIACIÓNFOSYGACORRIENTESCONTINUIDAD VIGENCIA SSFRECURSOS DE CAPITALRECURSOS DEL BALANCE CANCELACIÓN RESERVAFOSYGARECURSOS DEL BALANCE SALDOS DE TESORERÍAFOSYGARENDIMIENTOS FINANCIEROS VIGENCIA FOSYGAREINTEGROS PRESTACIÓN DE SERVICIOS10% ESTAMPILLA PRO CULTURACORRIENTES10% ESTAMPILLA PROCULTURA VIGENCIARECURSOS DE CAPITALRECURSOS DEL BALANCE CANCELACIÓN RESERVA10% ESTAMPILLARECURSOS DEL BALANCE SALDOS DE TESORERÍA10% ESTAMPILLARENDIMIENTOS FINANCIEROS VIGENCIA 10%ESTAMPILLAREINTEGROS 10% ESTAMPILLA PROCULTURATRANSFERENCIAS CORRIENTES DELDEPARTAMENTOCORRIENTESRÉGIMEN SUBSIDIADO TRANSF DPTO SSFRECURSOS DE CAPITAL
RECURSOS DEL BALANCE CANCELACIÓN RESERVAAMPLIACIÓNRECURSOS DEL BALANCE SALDOS DE TESORERÍAAMPLIACIÓNRENDIMIENTOS FINANCIEROS VIGENCIA AMPLIACIÓNPRESTACIÓN DE SERVICIOSSISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONESCORRIENTESULTIMA DOCEAVA 2014 POBLACIÓN POBRE NOASEGURADAPOBLACIÓN POBRE NO ASEGURADA 2015APORTES PATRONALES SIN SITUACIÓN DE FONDOSRECURSOS DE CAPITALRECURSOS DEL BALANCE CANCELACIÓN RESERVAPOBLACIÓN POBRE NORECURSOS DEL BALANCE SALDOS DE TESORERÍAPOBLACIÓN POBRE NO W
660,000,000
73,093,052,95873,093,052,95873,093,052,958
240,000,000240,000,000240,000,000
3,563,419,4413,563,419,4413,563,419,441
5,075,134,1533,535,134,153
3,535,134,153
115,968,5592,076,228,2931,342,937,301
S(3Calle 9a. No. 2 -59-2do. Piso - Tel.: 2611136 - Fax 2618611 -Alcaldía
REPÚBLICA DE COLOMBIADEPARTAMENTO DELTOLIMA
Folio No.
ACUERDO NÚMERO Q 2 5 DE 2014
( 1 5 DIC 2014 }
"POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA ELPRESUPUESTO GENERAL DE RENTAS YRECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO2015"
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130113040201
130113040202
130113040203
130113040204130113121301131202
130113120201
130113120202
130113120203130113120204130113281301132801130113280101130113280213011328020113011413011414
1301141402
RENDIMIENTOS FINANCIEROS VIGENCIA POBLACIÓNPOBRE NO ASEGURA
RECURSOS DEL BALANCE CANCELACIÓN RESERVAAPORTES PATRONALES SIN SITUACIÓN DE FONDOSCOLJUEGOSCORRIENTESPOBLACIÓN POBRE NO ASEGURADARECURSOS DE CAPITAL
RECURSOS DEL BALANCE CANCELACIÓN RESERVAPOBLACIÓN POBRE NO
RECURSOS DEL BALANCE SALDOS DE TESORERÍAPOBLACIÓN POBRE NO
RENDIMIENTOS FINANCIEROS VIGENCIA POBLACIÓNPOBRE NO ASEGURARECURSOS PROPIOS ICLDCORRIENTESOFERTA RECURSOS PROPIOSRECURSOS DE CAPITALRVA OFERTA RECURSOS PROPIOSSALUD PUBLICASISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONESCORRIENTESULTIMA DOCEAVA 2014SALUD PUBLICA 2015RECURSOS DE CAPITAL
RECURSOS DEL BALANCE CANCELACIÓN RESERVASALUD PUBLICA
RECURSOS DEL BALANCE SALDOS DE TESORERÍASALUD PUBLICA
RENDIMIENTOS FINANCIEROS VIGENCIA SALUDPUBLICA
RECURSOS DEL BALANCE SALDOS DE TESORERÍAPRIMERA INFANCIAFOSYGARECURSOS DE CAPITAL
REND. FROS. VIGENCIA CAMPAÑA DE PREVENCIÓNVIOLENCIA Y PROMO
REND FROS AÑOS ANTERIORES CAMPAÑAPREVENCIÓN VIOLENCIA PROMORECURSOS BALANCE SALDOS TESORERÍACAMPAÑAS PREVEN VIOLENCIARECURSOS DEL BALANCE SALDOS DE TESORERÍARECURSOS PROPIOS ICLDCORRIENTESSALUD PUBLICA RECURSOS PROPIOSRECURSOS DE CAPITALRVA SALUD PUBLICA RECURSOS PROPIOSOTROS PROGRAMASOTROS INGRESOS RÉGIMEN SUBSIDADORECURSOS DE CAPITALW
1,540,000,0001,540,000,0001,540,000,000
3,216,959,5303,216,959,5303,216,959,530
240,079,8782,976,879,652
-
ICalle 9a. No. 2 - 59 - 2do. Piso - Tel.: 2611136 - Fax 2618611 -Alcaldía
Folio No. 7REPÚBLICA DE COLOMBIA f
DEPARTAMENTO DELTOLIMA
¿oncejo i nuiIbaque
ACUERDO NÚMERO 0 2 6 DE 2014
( 15 DIC"POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA EL
PRESUPUESTO GENERAL DE RENTAS Y
RECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIO
DE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO
2015"
130114140201
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1301142701
130114270101
13011428
1301142801
130114280101
1301142802
130114280201
REC DEL BLCE SALDOS TESORERÍA PROMOCIÓNSOCIALICDE^DEÜNEACION URBANA 30%CORRIENTES30% DELINEACÍON URBANA GPADRECURSOS PROPIOS ICLDCORRIENTESOTROS PROGRAMAS RECURSOS PROPIOSRECURSOS DE CAPITALRVA OTROS PROGRAMAS RECURSOS PROPIOS
INSTITUTO DE FINANCIAMIENTO, PROMOCIÓN YDESARROLLO DE IBAGUÉ - 1NFIBAGUE_INGRESOS CORRIENTESRECURSOS DE CAPITALINSTITUTO MUNICIPAL PARA EL DEPORTE Y LARECREACIÓN DE IBAGUÉ - IMDRIINGRESOS CORRIENTES
20,157,737,82319,779,121,670
378,616,153
3,972,000,0003,972,000,000
SEGUNDA PARTE
PRESUPUESTO DE GASTOS O DE APROPIACIONES
ARTICULO 3. Apropíese para atender los Gastos de Funcionamiento, Servicio de laDeuda Pública y de Inversión del Municipio de Ibagué durante la vigencia fiscal del 1o.deenero al 31 de diciembre del año 2015, En la suma de $444.020.749.684 (cuatrocientoscuarenta y cuatro mil veinte millones setecientos cuarenta y nueve mil seiscientos ochenta
y cuatro pesos)
1.- AGREGADO
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
Gastos de Funcionamiento
Servicio de la Deuda
Inversión
INSTITUTO DEFINANCIAMIENTO,PROMOCIÓN YDESARROLLO DE IBAGUÉ -INFIBAGUE
Gastos de Funcionamiento
Inversión
Parcial
61,497,368,225
23,026,590,748
335,367,052,888
7,574,838,130
12,582,899,693\
Apropiación
419,891,011,861
20,157,737,823
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Folio No. 8
ACUERDO NÚMERO 0 2 6 DE 2014
( 1 5 DIC 2014 }
"POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA ELPRESUPUESTO GENERAL DE RENTAS YRECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO2015"
INSTITUTO MUNICIPALPARA EL DEPORTE Y LARECREACIÓN DE IBAGUÉ -IMDRI
_Gastos_de_ Funcionamiento
Inversión
TOTAL PRESUPUESTO DEGASTOS MUNICIPIO IBAGUÉ- 2015
1,356,000,000
2,616,000,000
3,972,000,000
444,020,749,684
TOTAL PRESUPUESTO DEGASTOS- DESAGREGADO-ADMON
CONCEJO MUNICIPAL
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
PERSONERÍA MUNICIPAL
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
CONTRALORIA MUNICIPAL
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
DESPACHO DEL ALCALDE
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
SECRETARÍA DEPLANEACION
GASTOS DE INVERSIÓN
SECRETARIA DE HACIENDA
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
SERVICIO DE LA DEUDA
GASTOS DE INVERSIÓN
SECRETARIAADMINISTRATIVA
3,173,821,350
2,187,390,000
2,668,726,335
664,044,000
6,328,000,000
4,300,000,000
21,986,590,748
50,000,000
419,891,011,861
3,173,821,350
2,187,390,000
2,668,726,335
664,044,000
6,328,000,000
26,336,590,748
47,623,386,54,0
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ibague
Folio No.
ACUERDO NÚMERO Q
( 1 5 DIC 2014"POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA ELPRESUPUESTO GENERAL DE RENTAS YRECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO2015"
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
SERVICIO DE LA DEUDA
GASTOS DE INVERSIÓN
SECRETARIA DE GOBIERNO
GASTOS DE INVERSIÓN
SECRETARIA DE EDUCACIÓN
GASTOS DE INVERSIÓN
SECRETARIA DE TRANSITO,TRANSPORTE Y DE LAMOVILIDAD
GASTOS DE INVERSIÓN
SECRETARIA DE BIENESTARSOCIAL
GASTOS DE INVERSIÓN
SECRETARIA DEDESARROLLO RURAL YMEDIO AMBIENTE
GASTOS DE INVERSIÓN
SECRETARIA DEINFRAESTRUCTURA
GASTOS DE INVERSIÓN
OFICINA JURÍDICA
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
SECRETARIA DE APOYO A LAGESTIÓN Y ASUNTOS DE LAJUVENTUD
GASTOS DE INVERSIÓN
SECRETARIA DE CULTURATURISMO Y COMERCIO
GASTOS DE INVERSIÓN
FONDO LOCAL DE SALUD
GASTOS DE INVERSIÓN
45,303,386,540
1,040,000,000
1,280,000,000
6,073,500,000
144,530,645,064
3,500,000,000
8,828,000,000
14,342,343,689
3,554,000,000
2,500,000,000
3,060,000,000
5,507,241,923
122,060,332,982
6,073,500,000
144,530,645,064
3,500,000,000
8,828,000,000
14,342,343,689
3,554,000,OOO
2,500,000,000
3,060,000,000
5,507,241,923
122,060,332,982
k
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Folio No. 1U
ACUERDO NÚMERO ® i - P DE 2014
1 5 DIC 201 )
"POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA ELPRESUPUESTO GENERAL DE RENTAS YRECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO2015"
INSTITUTO MUNICIPALPARA EL DEPORTE Y LARECREACIÓN DE IBAGUÉ -IMDRI- TRANSFERENCIAS
GASTOS DE INVERSIÓN
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
16,252,989,230
700,000,000
16,952,989,230
TERCERA PARTE
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 4°. Además de lo señalado en la Constitución Nacional, el Estatuto Orgánicodel Presupuesto del Municipio, regirán las Disposiciones Generales del presente Acuerdoy se deberán aplicar en armonía, para asegurar la correcta ejecución del PresupuestoGeneral del Municipio.
CAPITULO
CAMPO DE APLICACIÓN
ARTÍCULO 5°. Las Disposiciones Generales rigen para las diferentes secciones queconforman el Presupuesto General del Municipio.
Los Fondos sin Personería Jurídica denominados especiales o cuentas, creados por Leyo por Acuerdo del Honorable Concejo, estarán sujetos a las normas y procedimientosestablecidos en la Constitución Nacional, el Estatuto Orgánico del Presupuesto Generalde la Nación y las Normas Orgánicas del Presupuesto del Municipio.
CAPITULO II
DE LAS RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL
ARTÍCULO 6°. Corresponde al Municipio, a través de la entidad financiera respectiva,efectuar el recaudo de las Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General delMunicipio. El control del desarrollo al contrato de Fiducia será realizado por el Municipio através de la Secretaria de Hacienda sin perjudicar las labores propias de los Entes deControl!/
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Folio No. 11REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DELTOLIMAo
ACUERDO NÚMERO
( 1 5 DIC 2014DEL CUAL
GENERAL"POR MEDIOpRESUPUESTO
DE 2014
SE APRUEBADE RENTAS
ELY
RECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO
2015"
PARÁGRAFO El recaudo de las contribuciones, impuestos, tasas y demás valoresaue fiquran en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital, se consideranefectuados a partir del pago que realiza el contribuyente en la entidad autorizada para elrecaudo y cuya fecha queda impresa en el correspondiente recibo, o en la copia dedocumento que contiene la obligación tributaria. Los ingresos se consideran bienes delMunicipio con la consignación que reciben las entidades autorizadas del recaudo anombre del Tesoro Municipal de Ibagué.
ARTÍCULO 7° Los rendimientos financieros originados por la transferencia de recursosdel Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Municipio a otras entidadesEstatales son de propiedad del Municipio, en consecuencia las entidades a las que se leshaga transferencia de recursos con destino a la ejecución de un proyecto o realización deuna actividad, trimestralmente deberá devolver a la tesorería general del Municipio latotalidad de rendimientos financieros generados por esta transferencia.
ARTÍCULO 8° La Secretaría de Hacienda clasificará las rentas y recursos de capital queingresen al Municipio y los pagos que éste deba efectuar, con el fin de suministrar lainformación necesaria para el manejo de la Política Económica del Municipio.
ARTÍCULO 9° La Administración, a través del fondo territorial de pensiones y laSecretaría donde se encuentre adscrito el fondo, se encargará de la recuperación de lascuentas por cobrar por concepto de cuotas partes pensiónales y demás servicios quepreste el Municipio a otras entidades.
ARTÍCULO 10°. Es responsabilidad de la Tesorería Municipal, elaborar el ProgramaAnual de Caja mensualizado de ingresos y egresos para establecer la prelación en laaplicación de los recursos, teniendo en cuenta la normatividad vigente.
ARTÍCULO 11° Durante la vigencia fiscal del 2015, Se faculta al Alcalde para incorporaral Presupuesto de Rentas, recursos de Capital y gastos; el mayor del ingreso en lasrentas convenios y transferencias del Orden Nacional o Departamental, el superávit ycualquier otro ingreso que durante la vigencia perciba el Municipio y que no estecontemplado en el presente Acuerdo.
CAPITULO til
DE LOS GASTOS
ARTÍCULO 12°. El presupuesto de Gastos contiene el Plan Operativo Anual deInversiones de conformidad con la Ley.
ARTÍCULO 13° El presupuesto de gastos se ejecutará de acuerdo con el ProgramaAnual Mensualizado de Caja- PAC, que estará clasificado de la misma forma que el anexodel Decreto de liquidación del Presupuesto y será elaborado por la Secretaria deHacienda a través de la Tesorería Municipal, quien tendrá a su cargo la consolidación delmismo y lo someterá a aprobación del Consejo Municipal de Política Fiscal. CQNÍtjSÍ''
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Folio No.
DE 2014
12
ACUERDO NUMERO 0 2
15 DIC 2014"POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA ELPRESUPUESTO GENERAL DE RENTAS YRECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO2015"
ARTÍCULO 14°. Los anexos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Gastosno forman parte integral del presente acuerdo, de conformidad con el Estatuto Orgánico.
ARTÍCULO 15°. El Alcalde en el Decreto de Liquidación efectuará la codificación,clasificación y definición programática del Presupuesto de Rentas, recursos de Capital yGastos de acuerdo con el Plan Contable. Igualmente lo hará en las demás operacionescontables y presupuéstales que se requieran en el transcurso de la vigencia 2015.
ARTÍCULO 16°. El Alcalde mediante Decreto deberá efectuar las aclaraciones ycorrecciones necesarias para enmendar errores aritméticos, de trascripción, decodificación y de ubicación de numerales rentísticos que figuren en el Decreto deLiquidación del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Gastos para la vigencia2015. Igualmente lo hará en los demás actos administrativos que modifican elPresupuesto. Las cifras se redondearan a miles de pesos por exceso o por defecto
ARTÍCULO 17°. Conforme a lo establecido en el Artículo 83 del Decreto Ley 111 de 1996,los artículos 41 y 42 de ley 80 de 1993 el Alcalde, en caso de urgencia manifiesta, podráhacer los movimientos presupuéstales que se requieran.
ARTÍCULO 18°. El Grupo de Presupuesto, llevará el control de las ejecucionespresupuéstales de los montos asignados a cada sección, programa, subprograma oproyecto, conforme a las normas pertinentes.
ARTICULO 19°. Las afectaciones al presupuesto se harán teniendo en cuenta laprestación principal originada en los compromisos que se adquieran y con cargo a esterubro se cubrirán los demás costos inherentes o accesorios.
Con cargo a las apropiaciones de cada rubro presupuesta!, que sean afectadas con loscompromisos iniciales, se atenderán las obligaciones derivadas de estos compromisos,tales como los costos imprevistos ajustes y revisión de valores e intereses moratorios,gravámenes a los movimientos financieros y gastos de nacionalización.
ARTÍCULO 20°. Las juntas o Consejos directivos de los órganos autónomos no podránexpedir Acuerdos o Resoluciones que incluyan modificación a los conceptos de salarios,primas, gastos de representación, viáticos, horas extras, créditos o prestaciones sociales.
ARTÍCULO 21°. Es requisito esencial previo, la obtención de un Certificado deDisponibilidad Presupuestal, expedido por la Secretaria de Hacienda a través del Jefe delGrupo de Presupuesto, cuando se proyecte modificar la planta de Personal de laAdministración Central del Municipio.ARTÍCULO 22° Facultase al Alcalde para que dentro de las normas legales y lasdisponibilidades presupuéstales, celebre convenios y contratos para el desarrollo deactividades de interés público, acorde con el Plan de Desarrollo Municipal.
En todo caso, deberá darse cumplimiento a lo previsto en el artículo 355 de I;Constitución Política de Colombia y el Decreto 777 de 1.992 y demás norma;
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Folio No. 13REPÚBttCA D'E COLOMBIA
DEPARTAMENTO DEL TOLIMA
Goncejo municipal[bague
ACUERDO NUMERO
( 1 5 DIC 2014
0 2 6 DE 2014)
"POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA ELPRESUPUESTO GENERAL DE RENTAS YRECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO2015"
complementarias sobre la materia hasta que el Concejo Municipal Reglamente elprocedimiento para otorgar autorizaciones previas al Alcalde para la celebración decontratos, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 18 de la Ley
1551 de 2012.
ARTÍCULO 23° Se faculta al Alcalde para adicionar, y modificar las apropiacionespresupuéstales producto de un mayor ingreso con recursos propios, convenios, ytransferencias nacionales en el presupuesto de gastos durante la vigencia del 2015.
ARTÍCULO 24°. Se faculta al Alcalde para que mediante acto administrativo debidamentemotivado efectúe los traslados presupuéstales entre las secciones y sus agregados defuncionamiento, servicio de la deuda e inversión en concordancia con el Plan deDesarrollo del Municipio de Ibagué.
PARÁGRAFO 1°. Los traslados presupuéstales aquí autorizados deberán serdebidamente justificados en atención a las metas consignadas en los planes indicativos yde acción para la vigencia 2015, de igual forma, estos deberán contar con aprobaciónprevia del COMFIS (Comité Municipal de la Política Económica y Fiscal).
PARÁGRAFO 2°. En los casos de traslados presupuéstales necesarios para la ejecuciónde programas y proyectos de inversión, el ordenador del gasto correspondiente deberápresentar la respectiva solicitud a la Secretaria de Hacienda, especificando el programay/o proyecto, el cual deberá estar inscrito y viabilizado por Banco de Programas yProyectos de la Secretaria de Planeación Municipal.
ARTÍCULO 25°. La Secretaría de Hacienda expedirá las resoluciones que regirán laconstitución y funcionamiento de las cajas menores y la utilización de los avances en losórganos que conformen el Presupuesto General del Municipio.
ARTICULO 26°. El Secretario de Hacienda mediante resolución, creara los códigospresupuéstales que se requieran durante la vigencia fiscal para lograr una correctaejecución.
ARTÍCULO 27°. Las cajas menores autorizadas se constituirán para cada vigencia fiscal ysu renovación deberá contar con el respectivo certificado de disponibilidad y registrópresupuestal.
ARTÍCULO 28°. Con el fin de buscar el saneamiento económico y financiero delmunicipio, la Secretaría de Hacienda Municipal podrá efectuar cruces de cuentas ocompensaciones con personas naturales o jurídicas de derecho público o privado sobrelas obligaciones que recíprocamente compartan, de conformidad con el Código Civil.
ARTÍCULO 29°. Los recursos destinados a programas de capacitación no puedentener por objeto crear o incrementar viáticos, salarios, bonificaciones, sobresueldos,primas, prestaciones sociales, remuneraciones extralegales o estímulos pecuniariosocasionales que por norma no estén establecidosipara los servidores públicos, ni servirpara otorgar beneficios directos en dinero o especid)
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REPÚBLICA DE COLOMBIADEPARTAMENTO DEL TOLIMA
Folio No. 14
ACUERDO NUMERO 0 2 6 DE 2014
1 1 5 DIC 2014DEL CUAL SE APRUEBA EL
GENERAL DE RENTAS YRECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO2015"
"POR MEDIOPRESUPUESTO
ARTÍCULO 30°. El presente presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Gastos seerige en un instrumento técnico, contentivo de la previsión anticipada y aproximada deingresos y de la autorización máxima de gastos a ejecutar durante la vigencia 2015.
ARTÍCULO 31°. Las multas impuestas por cualquiera de los organismos de control queconforman el presupuesto se incorporaran al presupuesto de la Administración CentralMunicipal. Igual tratamiento tendrán los recursos obtenidos mediante el ejercicio de lajurisdicción coactiva.
ARTÍCULO 32°. De conformidad con la Constitución Política, la Ley Orgánica dePresupuesto y el Estatuto Orgánico del Presupuesto Municipal, el Plan Operativo Anualde Inversiones hará parte integral del Presupuesto Municipal aprobado para el 2015.
ARTÍCULO 33°. La Secretaría de Hacienda efectuará, mediante resolución motivada, lostraslados presupuéstales entre rubros de la misma sección, a solicitud del ordenador delgasto, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuesta! expedida por elJefe del Grupo de Presupuesto, y la viabilidad correspondiente expedida por la secretariade planeación cuando se trate de rubros de inversión.
ARTÍCULO 34°. Los recursos incorporados en el Presupuesto General del Municipio condestino al Concejo, a la Personería, a la Contraloría y a los demás establecimientospúblicos que no hayan sido comprometidos o ejecutados a 31 de diciembre de 2014,deberán ser reintegrados por estos, a la Tesorería Municipal antes del 31 de enero de2015.
ARTICULO 35°. Los recursos que el Municipio transfiera a cualquiera de sus entidadesdescentralizadas, para la realización de convenios y/o contratos, serán manejados porestas en cuenta bancaria especial, que para tal efecto abrirán. Los rendimientosfinancieros que generan tales recursos son propiedad del Municipio en su totalidad portanto se reintegraran a la Tesorería General del Municipio con corte trimestral en losmeses de enero abril, julio y octubre de cada vigencia.
ARTÍCULO 36°. El Alcalde deberá definir los conceptos de rentas y recursos de capital ygastos, no contemplados en el presente presupuesto o que por la amplitud de lasdefiniciones aquí contenidas de lugar a equívocos o interpretaciones ambiguas.
ARTÍCULO 37°. Los cupos anuales autorizados por el COMFIS MUNICIPAL, para asumircompromisos de vigencias futuras no utilizadas a 31 de Diciembre del año 2015, caducansin excepción. En los casos de Licitación o concurso de mérito o cualquier otro proceso deselección, se entienden utilizados los cupos anuales de vigencias futuras con los actos deadjudicación.
ARTÍCULO 38°. Las vacaciones, la prima de vacaciones, la indemnización de las mismas,la bonificación por recreación, las cesantías, las pensiones, los impuestos, servicios ,públicos domiciliarios, comunicaciones, transporte y contribuciones inherentes a la nomina/'
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DEPARTAMENTO DELTOLIMAACUERDO NUMERO
( 1 5 DIC£ O DE 2014
"POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA ELPRESUPUESTO GENERAL DE RENTAS YRECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO2015"
se pueden pagar con cargo al presupuesto vigente, cualquiera sea el año de sucausación.
ARTICULO 39°. Las unidades ejecutoras del presupuesto atenderán los fallos de tutelaque requieran la asignación de recursos a través de proyectos de inversión, con cargo alrubro de inversión que corresponda a la naturaleza del fallo. Deben efectuar los trasladospresupuéstales requeridos, con cargo a los saldos de apropiación disponibles durante lavigencia fiscal en curso.
Los establecimientos públicos deben atender las providencias que se profieran en sucontra, en primer lugar con recursos propios realizando previamente las operacionespresupuéstales a que haya lugar.
Con cargo a las apropiaciones del rubro sentencias y conciliaciones, se podrán pagartodos los gastos originados en los tribunales de arbitramento, asi como las cauciones ogarantías bancarias o de compañía de seguros que se requiera en procesos judiciales.
ARTICULO 40°. Cuando los estudios técnicos permitan establecer que determinadosbienes no son asegurables o que el aseguramiento implica costos de tal naturaleza que íarelación costo-beneficio del aseguramiento es negativo, se podrá asumir el riesgo frente aestos bienes y no asegurarlos ni ampararlos.
También podrán contratar un seguro de responsabilidad civil para servidores públicos,mediante el cual se ampare ía responsabilidad de los mismos por actos o hechos nodolosos ocurridos en ejercicio de sus funciones, y los gastos de defensa en materiadisciplinaria, penal y fiscal que deban realizar; estos últimos gastos los podrán pagar elmunicipio, siempre y cuando exista decisión definitiva que exonere de todaresponsabilidad y no sea condenada la contraparte a las costas del proceso.
Esta disposición será también aplicable a las entidades descentralizadas del municipio.
ARTÍCULO 41°. Sin perjuicio de la responsabilidad fiscal y disciplinaria a que haya lugar,cuando en vigencias anteriores no se haya realizado el pago de obligaciones adquiridascon las formalidades previstas en ei Estatuto Orgánico de Presupuesto y demás normasque regulan la materia, y sobre los mismo no se haya constituido la reserva presupuesta!o la cuenta por pagar correspondiente, se podrá ordenar el pago con cargo al rubrovigencias expiradas.
También procederá la operación presupuesta! prevista en inciso anterior, cuando el pagono se hubiere realizado pese a haberse constituido oportunamente la reservapresupuesta! o la cuenta por pagar en los términos del artículo 89 del Estatuto Orgánicode Presupuesto. VA
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Folio No. 16
ACUERDO NÚMERO O 2 6
( 1 5 DIC 2014 >DE 2014
"POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA ELPRESUPUESTO GENERAL DE RENTAS YRECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO2015"
El mecanismo previsto en el primer inciso de este acuerdo también procederá cuando setrate del cumplimiento de una obligación originada en la ley, exigible en vigenciasanteriores, aun sin que medie certificado de disponibilidad presupuesta! ni registrópresupuesta!.
En todo caso el jefe de la unidad ejecutora certificara previamente el cumplimiento de losrequisitos señalados en este artículo.
CAPITULO IV
DEFINICIÓN DE INGRESOS DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL
ARTÍCULO 42. ESFUERZO FISCAL.Se considera esfuerzo fiscal el recaudo de los impuestos, tasas, contribuciones, multas,estampillas y demás ingresos que la administración municipal perciba directamente desus contribuyentes, indistintamente si son de libre destinación o se aplica a un conceptode gasto definido previamente.
ARTÍCULO 43. INGRESOS CORRIENTESSon las rentas que de manera regular recauda el Tesoro Municipal y se originandirectamente en las actividades que en forma permanente desarrolla el Municipio. Losingresos corrientes se dividen en tributarios y no tributarios
ARTÍCULO 44. INGRESOS TRIBUTARIOSEstos ingresos los percibe el Municipio de los contribuyentes, en desarrollo de laaplicación de gravámenes por manifestación expresa del legislador tipificado el hecho queda lugar a la obligación tributaria. Se conceptualiza como aquella prestación pecuniariaexigida a los particulares por vía de Derecho.
ARTÍCULO 45. IMPUESTOS DIRECTOSSon los tributos creados por norma legal que recaen sobre la renta o la riqueza de laspersonas naturales o jurídicas o sociedades de hecho. Se aplican y se recaudandirectamente de las personas que tienen gravados los ingresos y la propiedad.
ARTÍCULO 46. IMPUESTOS INDIRECTOSSon aquellos que presentan una traslación de la carga impositiva del contribuyente
ARTÍCULO 47. INGRESOS NO TRIBUTARIOSComprenden las tasas, rentas contractuales, regalías y transferencias. Incluye todos losingresos del Municipio que no constituyen parte de los pagos obligatorios para los finespúblicos, son de libre aceptación para las personas naturales o jurídicas, por lo generalconlleva a la contraprestación directa por parte del EstadCjrV,
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Folio No. 17
oncejo ísiuní
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ACUERDO NÚMERO 0 2 6 DE 2014
( 1 5 DIC"POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA ELPRESUPUESTO GENERAL DE RENTAS YRECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO2015"
ARTÍCULO 48. RECURSOS DE CAPITALSon los ingresos provenientes de las operaciones contables y presupuéstales en larecuperación de inversiones, en la variación del patrocinio, en la creación de un pasivo oen actividades no directamente relacionadas con las funciones y atribuciones delMunicipio. Comprenderán los recursos de capital, los recursos de crédito interno yexterno con vencimiento mayor a un año de acuerdo con los cupos autorizados por elConcejo Municipal, los rendimientos financieros, las donaciones, los excedentesfinancieros de los Establecimientos públicos de orden Municipal, de las empresasindustriales y comerciales municipales y de las Sociedades de economía mixta del ordenMunicipal.
CAPITULO V
DEFINICIÓN DE GASTOS DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL
ARTÍCULO 49. ORGANISMOS DE CONTROLCorresponde a las transferencias al Concejo, La Contraloría y la Personería Municipal yse afectan de conformidad con lo previsto en la Ley 617 de 2000.
ARTÍCULO 50. GASTOS DE FUNCIONAMIENTOSon aquellos que tienen por objeto atender el funcionamiento normal de la AdministraciónMunicipal, para cumplir a cabalidad con las funciones asignadas por la constitución y laley.
ARTÍCULO 51. SERVICIOS DE PERSONALSe refieren a los gastos que debe hacer el Municipio, como contraprestación de losservicios que recibe, sea por una relación laboral de planta o a través de las diferentesformas de contratación prevista en la ley,
ARTÍCULO 52. SUELDOSCorresponden a la remuneración por los servicios a los empleados vinculados a la plantade personal del Municipio en forma legal y reglamentaria.
ARTÍCULO 53. GASTOS DE REPRESENTACIÓNPago del reconocimiento hecho como compensación por los gastos que ocasiona eldesempeño de un cargo. Parte de la remuneración de ciertos servidores públicos que lasdisposiciones legales han previsto.
ARTÍCULO 54. PRIMAS (EMPLEADOS PÚBLICOS - TRABAJADORES OFICIALES)Por este concepto se pagan todas las primas a que tienen derecho los empleadospúblicos y los trabajadores oficiales en virtud de disposiciones legales o convencionalesque rigen la relación laboral.!/ y?
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ARTÍCULO 55. SUBSIDIO DE TRANSPORTEPago a los empleados públicos y trabajadores oficiales del Municipio, para gastos demovilización, regulado por norma legal o convencional-
ARTÍCULO 56. BONIFICACIONESPago a que tiene derecho algunos empleados públicos y trabajadores oficiales, que hansido reconocidas mediante acuerdos vigentes, o cualquier disposición de orden legal yreglamentaria.
ARTÍCULO 57. RESERVA LABORALPartida global que contempla el presupuesto del Municipio mediante la cual se prevé unacontingencia por mayores valores en los conceptos de servicios personales.
ARTÍCULO 58. INDEMNIZACIÓN POR VACACIONESCorresponde a la indemnización en dinero de las vacaciones causadas y no disfrutadas enlos eventos establecidos en las normas vigentes.
ARTÍCULO 59. JORNALESRemuneración estipulada por dias y pagaderos por periodos fijados por la AdministraciónCentral a los trabajadores oficiales del Municipio, que desarrollan labores de construcción,sostenimiento y mantenimiento de obra pública en las diferentes Secciones de laAdministración Central.
ARTÍCULO 60. HORAS EXTRAS, RECARGOS NOCTURNOS, DOMINICALES YFESTIVOSRemuneración a servidores públicos por el trabajo realizado en horas adicionales a lajornada ordinaria.
ARTÍCULO 61. VIGENCIAS EXPIRADASCorresponde a las erogaciones por gastos causados y no pagados en vigencias fiscalesanteriores.
ARTÍCULO 62. REMUNERACIÓN POR SERVICIOS TÉCNICOS O PROFESIONALES.Es la remuneración que se le cancela a las personas naturales o jurídicas vinculadasmediante contrato de prestación de servicios
ARTÍCULO 63. CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINACorresponde a los aportes y pagos al sistema de segundad social que debe hacer elMunicipio como empleador, y tiene como base la nómina del personal de planta,destinado a entidades del sector público y privado.
ARTÍCULO 64. GASTOS GENERALESEste concepto reúne las erogaciones causadas por la adquisición de los bienes yservicios para el normal funcionamiento de la Administración.
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ARTÍCULO 65. PROMOCIÓN INSTITUCIONALApropiación para gastos de eventos oficiales, actos solemnes, campañas de publicidad, ygastos tendientes a fortalecer la imagen institucional, incluye pagos por adquisición deelementos necesarios para protocolo de condecoraciones o reconocimientos ciudadanos.
ARTÍCULO 66. COMISIONES Y GASTOS BANCARIOSGastos por servicios de comisiones, giros, remesas y demás costos financieros que secausen por transacciones que la Administración Central realice con entidades financieras.
ARTÍCULO 67. GASTOS DE FISCALIZACIÓNPor este rubro se pagaran todos los gastos que se ocasionen como consecuencia de losprocesos de fiscalización que adelante la Administración Central en la etapa de discusiónde vía gubernativa y/o aquellos en que incurra como consecuencia del inicio o impulso delos procesos administrativos de carácter coactivo propiamente dichos, quedan incluidosen este rubro, entre otros, los honorarios por servicios profesionales por concepto deapoyo a la gestión de recuperación de cartera, los gastos ocasionados por correosnecesarios para citaciones o notificaciones de los contribuyentes morosos o ejecutados,los portes para la formalización de correos, las publicaciones para las notificaciones decontribuyentes por medio de avisos diarios de amplia circulación, la papelería requeridapara el impulso procesal de trámites de cobro coactivo, honorarios de peritos y/osecuestre, honorarios por concepto de avalúos, costo de remate de bienes de losdeudores ejecutados y cualquier otra erogación en que incurra el municipio con ocasiónde la implementación de los procesos de fiscalización y/o cobro coactivo propiamentedicho .
ARTÍCULO 68. AUXILIO FUNERARIO PENSIONADOSGastos exequiales que asume el Municipio por el fallecimiento de los pensionados a sucargo, en cumplimiento del artículo 51 de la Ley 100 de 1993.
ARTÍCULO 69. CELEBRACIÓN DÍA DEL PENSIONADOCorresponde a los Gastos a que incurre el Municipio con ocasión de la celebración del díadel pensionado de conformidad con la Ley 271 de 1996.
ARTÍCULO 70. MATERIALES Y SUMINISTROSComprende la adquisición de bienes tangibles de consumo final o fungibles que no sonobjeto de devolución para almacén, como: Papelería, útiles de escritorio, elementos deaseo y cafetería, CD para computadoras, materiales para mantenimiento de bienesnecesarios para el buen funcionamiento de la Administración, accesorios, fotocopias,xerocopias, material fotográfico etc.
ARTICULO 71. ADQUISICIÓN DE BIENESCorresponde la compra de bienes mueblesdevolutivos, incluye licencias y patentes
tangibles e intangibles, duraderos y
ARTÍCULO 72. COMPRA DE PREDIOSPor este concepto se pagaran los gastos correspondientes a la adquisición de predios querealiza el Municipio para incrementar el patrimonio o riqueza del ente territorial. T Jp
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2015"
ARTÍCULO 73. DOTACIÓN OBREROS-EMPLEADOSApropiación por la cual se cancelarán todas las adquisiciones requeridas para la dotaciónde empleados y trabajadores, en desarrollo de la norma legal o convencional vigente.
ARTÍCULO 74. BIENESTAR SOCIALEs el pago destinado a atender los eventos de bienestar social, recreativoservidores públicos (Decreto Ley 1567 Ago 5/98).
de los
ARTÍCULO 75. VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJELos viáticos y gastos de viaje se definen como el reconocimiento para el alojamiento,alimentación y desplazamiento de los empleados públicos y trabajadores oficiales deconformidad la norma legal o convencional vigente según sea el caso, cuando debadesempeñar funciones en lugar diferente a su sede de trabajo.
ARTÍCULO 76. COMUNICACIÓN Y TRANSPORTESe cubre por este concepto los gastos de mensajeria, fax y otros medios de comunicaciónmasiva pago de peajes, alquiler de líneas y acarreos. Así mismo, los gastos detransporte en el perímetro urbano de los funcionarios en cumplimiento de sus funciones ydemás gastos inherentes a este concepto.
ARTÍCULO 77. MANTENIMIENTO GENERALSon los gastos tendientes a conservar, mantener y mejorar los bienes muebles einmuebles de propiedad del Municipio, por este concepto se pagaran los gastoscorrespondientes al combustible, mantenimiento de vehículos, repuestos, reparacioneslocativas de cualquier índole, revisiones técnico-mecánicas y otros gastos inherentes.
ARTÍCULO 78. SERVICIOS GENERALESPor este rubro se podrá contratar y pagar a personas jurídicas por la prestación de losservicios de aseo y mantenimiento general.
ARTÍCULO 79. IMPRESOS Y PUBLICACIONESComprende los conceptos de gasto que se pueden ordenar y pagar por edición de formas,escritos volantes, afiches, publicaciones, propaganda, revistas, libros, trabajostipográficos, sellos, suscripciones, edición, especies venales, pagos de avisos y videos detelevisión, publicación de licitaciones y demás actos administrativos.
ARTÍCULO 80. SERVICIOS PÚBLICOSErogaciones por concepto de servicios de acueducto, alcantarillado, recolección deescombros y basuras, energía, teléfono, avantel, celular, instalaciones y traslados de losmismos, servicios públicos de internet.
ARTÍCULO 81. SEGUROSCorresponde al costo previsto en los contratos o pólizas para amparar los bienes,muebles e inmuebles, maquinaria, vehículo y equipo de propiedad del Municipio, asímismo se incluyen las pólizas que amparan los riesgos a empleados de manejo,ordenadores y demás personas autorizadas por la ley,obligaciones contraídas por elMunicipio y cualquier otra póliza que requiera el Municipio/-' V
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"POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA ELPRESUPUESTO GENERAL DE RENTAS YRECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO2015"
ARTÍCULO 82. SEGURIDAD Y VIGILANCIAEs el pago de la contraprestación de los compromisos contractuales pactados conpersonas jurídicas para la seguridad y vigilancia del los inmuebles de propiedad delMunicipio.
ARTÍCULO 83. MANTENIMIENTO EQUIPOS DE CÓMPUTOPor este concepto se harán erogaciones, respecto a todo lo concerniente almantenimiento preventivo y correctivo, así como la conservación de los equipos decomputo los cuales incluyen (Hardware, Software e impresoras).
ARTÍCULO 84. CAPACITACIÓN FUNCIONARIOSEs el conjunto de procesos organizados relativos tanto a la educación no formal como a laformal, de acuerdo con lo establecido por la Ley general de educación, dirigidos aprolongar y complementar la educación inicial mediante la generación de conocimiento, eldesarrollo de habilidades y destrezas y el cambio de actitudes de los funcionarios; con elfin de incrementar la capacidad individual y colectiva para contribuir al cumplimiento de lamisión del cargo y al desarrollo personal integral.
Atiende los gastos originados por la participación del personal de empleados ytrabajadores del Municipio, en cursos, seminarios, talleres, conferencias, foros,congresos, etc., relacionados directamente con las funciones asignadas al cargo y otroseventos de interés de la administración. Es posible llegado el caso y de conformidad conlos recursos disponibles y demás reglamentación municipal financiar cursos deadiestramiento, capacitación y estudio al nivel de postgrados con el fin de mejorar el nivelde conocimiento de los funcionarios para un adecuado desempeño de las laboresasignadas a su cargo. (Decreto 1221/93)
ARTÍCULO 85. SALUD OCUPACIONALApropiación destinada a cubrir los gastos que demanden los programas de saludocupacional consistentes en la planeación, organización, ejecución y evaluación de lasactividades de medicina preventiva, medicina del trabajo, higiene industrial y seguridadindustrial tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de lostrabajadores en sus ocupaciones y que deben ser desarrolladas en sus sitios de trabajoen forma integral e interdisciplinaria.
ARTÍCULO 86. ARRENDAMIENTOSIncluye los gastos que se originan en los siguientes conceptos: Pago de cánones dearrendamiento de bienes inmuebles ocupados por dependencias del Municipio, demaquinaria, de vehículos, y de equipo de propiedad de particulares o entidades oficiales,alquiler de semovientes de propiedad de particulares o entidades oficiales, pago de garajey parqueaderos para vehículos oficiales, alquiler de vehículos de transporte para personalde la Administración y pagos a terceros por perjuicios ocasionados debido a la ocupaciónde bienesl/
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"POR MEDIOPRESUPUESTO
DEL CUAL SE APRUEBA ELGENERAL DE RENTAS Y
RECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO
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ARTÍCULO 87. LICENCIAS, PATENTES, CERTIFICACIONES GASTOS NOTARIALES,ESCRITURAS, REGISTRO Y OTRAS EXPENSAS.Comprende el pago que se hace a las distintas entidades por el servicio de licencias,patentes, certificaciones de calidad, gastos ocasionados por escrituración de bienes,registro de instrumentos, certificados de libertad y tradición, códigos de barra y otrasexpensas.
ARTÍCULO 88. CONCURSO CARRERA ADMINISTRATIVA.Comprende el pago que se hace a la comisión nacional de! servicio civil por la utilizaciónde la lista de elegibles.
ARTÍCULO 89. GASTOS VARIOS E IMPREVISTOSErogaciones por gastos no comprendidos en la presente clasificación y que se requieranpara el normal funcionamiento de la administración.
ARTÍCULO 90. CLÁUSULAS CONVENCIONALESPor este concepto se pagaran los gastos correspondientes a los compromisos pactadosmediante convención colectiva vigente de los trabajadores al servicio del Municipio.
ARTÍCULO 91. IMPLEMENTACION ESQUEMA DE ADMINISTRACIÓN DE ARCHIVOCENTRALIZADORubro destinado para dar cumplimiento a la Ley 594 de 2000, que dispone laobligatoriedad de la conformación de archivos públicos.
ARTÍCULO 92. FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOSCuota que debe cancelar el Municipio de Ibagué por su participación en la Federación
Colombiana De Municipios.
ARTÍCULO 93. PAGO MESADA PENSIONALCorresponde al pago de las mesadas pensiónales reconocidas a los ex servidorespúblicos del Municipio de Ibagué y entidades descentralizadas a través del FondoTerritorial de Pensiones, de acuerdo con las normas legales vigentes.
ARTÍCULO 94. PAGO CUOTAS PARTES A OTRAS ENTIDADESCorresponde a los pagos con que debe concurrir el Municipio de Ibagué, por cuotaspartes pensiónales a otras entidades, que han reconocido pensiones a prorrata deltiempo servido en este ente territorial!*
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ARTÍCULO 95. SENTENCIAS JUDICIALES, CONCILIACIONES, TRANSACCIONES YOTROSCorresponde a los fallos ejecutorios que contra el Municipio se hayan proferido por losJueces de la República o Tribunales Autorizados y los cuales deben reconocerse ypagarse en los términos previstos en el Acuerdo Municipal 062 de 1998. Igualmente secancelarán por este rubro mandamientos ejecutivos, conciliaciones administrativas, otrasórdenes judiciales impartidas para el pago de estas obligaciones, obligacionesdecretadas en contra del Municipio con ocasión de procesos y procedimientosadministrativos, gastos que se deban asumir por órdenes impartidas por los despachosjudiciales y demás gastos necesarios para hacer efectivas decisiones judiciales oadministrativas.
ARTÍCULO 96. DEUDA PÚBLICASon los gastos que tienen por objeto atender el cumplimiento de las obligacionescontractuales originadas en operaciones de crédito público conexas, asimiladas,operaciones de manejo de deuda y procesos de titularización, realizadas conforme a lasnormas.
ARTÍCULO 97. BONOS PENSIÓNALESCorresponde al pago de Bonos y Cupones pensiónales que se reconocen a los servidoresdel Municipio y las entidades descentralizadas, que sean solicitados por lasAdministradoras del Sistema General de Pensiones, de acuerdo con las normas legalesvigentes.
ARTÍCULO 98. GASTOS DE INVERSIÓNEste tipo de gasto se refiere a acciones que realiza el estado directamente a través deproyectos de inversión previamente definidos, aprobados y registrados en el banco deproyectos.
De conformidad con el proyecto determinado los tipos de gastos que se pueden hacerpara el desarrollo del programa o proyecto respectivo, pueden ser en infraestructura,dotación, recurso humano, investigación, estudios y administración del estado. Incluidoademás los gastos inherentes a las Interventorías de los proyectos respectivos.
Las inversiones también son erogaciones susceptibles de causar réditos o ser de algúnmodo económicamente productiva o que se materializan en bienes de utilizaciónperdurable llamados también de capital.
La característica principal de este gasto es que su asignación permite incrementar lacapacidad de producción y la productividad en el campo de la estructura física, económicay socialM
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( 15 DIC 2014 i *"POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBAPRESUPUESTO GENERAL DE RENTASRECURSOS DE CAPITAL Y GASTOS DEL MUNICIPIODE IBAGUÉ PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO2015"
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ARTÍCULO 99. Las disposiciones generales del presente decreto rigen para lasentidades que conforman el presente Acuerdo.
x"^ )ARTÍCULO 100. El presprífé Acuerc/o rige a partir del 1° de enero al 31 de diciembre de2015 y deroga todas l#s disposiciones que le sean contrarias.
Dado en Ibagué, á los veintidós/(22) días del mes de noviembre ddü año dtyp mil catorce(2-014). ( I \O WILLIAM ROSAS JURADO
PresidenteDORISSecretaria
EDES RUBIANO
Nota: El presente Acuerdo fue discutido y aprobado en dos (2) detaates celebrados ensesiones de días diferentes. Primer debate llevado a cabo el 18 de no^iembre^e 2014.
Ibagué, noviembre 22 de 2014
INICIATIVA:C. PONENTE(S):
DORIS CAVJEDES RUBIANOSecretan.
DR. LUIS HERNANDO RODRÍGUEZ RAMÍREZ - ALCALDE DE IBAGUÉ.JORGE BOLÍVAR TORRES, - Ponente Coordinador, WILLIAM ROSASJURADO, LUIS ALBERTO LOZANO, JAVIER ALEJANDRO MORA, DIANAJAIDY CASTRO ROA Y LINDA ESPERANZA PERDOMO RAMÍREZ/^
B resente acuer
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