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Aguas del Atrato OTROSI AL CONTRATO No CQ-009 DE 2009 Celebrado entre EPM BOGOTA AGUAS S.A. ESP y LUIS CORANDO VELÁSQUEZ PARRA. AL CONTRATO: No CQ-009-2009 OBJETO: ADICION EN PLAZO DE EJECUCiÓN DEL CONTRATO. Entre los suscritos a saber de una parte ELlZABETH YOUNG DUFFIS, identificada con la cédula de ciudadanía No.40.986.440 de San Andrés, quien en su calidad de DIRECTORA PROYECTO QUIBDÓ, delegada para la ordenación del gasto y quien actúa en nombre de la empresa EPM BOGOTÁ AGUAS SA. ESP con NIT. 830112464-6 quien en adelante y para todos los efectos del presente documento se denominará EL CONTRATANTE Y por otra parte LUIS CORANDO VELÁSQUEZ PARRA identificado con cédula de ciudadanía No. 11.793.402 de Quibdó, quien en adelante y para todos los efectos del presente documento se denominará EL CONTRATISTA, declaramos que hemos convenido realizar un OTROSI, previas las siguientes CONSIDERACIONES: a) Que en la fecha 02 de enero de 2009, se perfeccionó el contrato No CQ-009-2009, cuyo objeto consiste en prestar el servicio de adecuación y conformación de los residuos sólidos según disposición de EPM BOGOTA AGUAS S.A. ESP. para el manejo técnico del relleno sanitario "Marmolejo"-en el sitio denominado la platina de la ciudad de Quibdó. b) Que la ejecución del proyecto Quibdó demanda en forma imperiosa la continuidad en la prestación del Servicio por parte del contratista que se encuentra desarrollando el objeto contractual, teniendo en cuenta la carencia de un vehículo propio que permita suplir la necesidad de acomodamiento y compactación de los residuos sólidos en relleno sanitario de la ciudad de Quibdó e) Que la empresa en la actualidad carece de vehículos apropiados para cumplir con la finalidad contractual, motivo por el cual se erige en un imperativo inexcusable desarrollar las actividades y/o gestiones que se requieran para propender por la continuidad y no cese en la prestación del servicio prestado dentro del componente de aseo por parte de la empresa AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP, antes EPM BOGOTA AGUAS S.A. ESP. d) Que es facultativo de las partes contratantes modificar y/o adicionar las estipulaciones contractuales previstas en el acuerdo de 'voluntades destinado a crear obligaciones en virtud del principio de la autonomía privada de la voluntad, y en consecuencia les es discrecional disponer la adición en tiempo . . . ~ .EPM Bogotá AguasNit: 830~12464-º: Bar;'i;-Ñíño Jesús. Loma de Cabí - Telef~x (09~) ~24146, www.auasdelaf.ral"O.com - uíbdó- Chocó Colombia

Aguas del Atrato - appanepm.comappanepm.com/repository/CO-2009-003.pdfdescrita con la disponibilidad permanente de un Buldózer 06 o 04 y en caso de problemas mecánicos de los anteriores,

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Aguas del AtratoOTROSI AL CONTRATO No CQ-009 DE 2009 Celebrado entre EPM BOGOTA

AGUAS S.A. ESP y LUIS CORANDO VELÁSQUEZ PARRA.

AL CONTRATO: No CQ-009-2009

OBJETO: ADICION EN PLAZO DE EJECUCiÓN DEL CONTRATO.

Entre los suscritos a saber de una parte ELlZABETH YOUNG DUFFIS,identificada con la cédula de ciudadanía No.40.986.440 de San Andrés, quienen su calidad de DIRECTORA PROYECTO QUIBDÓ, delegada para laordenación del gasto y quien actúa en nombre de la empresa EPM BOGOTÁAGUAS SA. ESP con NIT. 830112464-6 quien en adelante y para todos losefectos del presente documento se denominará EL CONTRATANTE Y por otraparte LUIS CORANDO VELÁSQUEZ PARRA identificado con cédula deciudadanía No. 11.793.402 de Quibdó, quien en adelante y para todos losefectos del presente documento se denominará EL CONTRATISTA,declaramos que hemos convenido realizar un OTROSI, previas las siguientesCONSIDERACIONES: a) Que en la fecha 02 de enero de 2009, se perfeccionóel contrato No CQ-009-2009, cuyo objeto consiste en prestar el servicio deadecuación y conformación de los residuos sólidos según disposición de EPMBOGOTA AGUAS S.A. ESP. para el manejo técnico del relleno sanitario"Marmolejo"-en el sitio denominado la platina de la ciudad de Quibdó. b) Que laejecución del proyecto Quibdó demanda en forma imperiosa la continuidad enla prestación del Servicio por parte del contratista que se encuentradesarrollando el objeto contractual, teniendo en cuenta la carencia de unvehículo propio que permita suplir la necesidad de acomodamiento ycompactación de los residuos sólidos en relleno sanitario de la ciudad deQuibdó e) Que la empresa en la actualidad carece de vehículos apropiadospara cumplir con la finalidad contractual, motivo por el cual se erige en unimperativo inexcusable desarrollar las actividades y/o gestiones que serequieran para propender por la continuidad y no cese en la prestación delservicio prestado dentro del componente de aseo por parte de la empresaAGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP, antes EPM BOGOTA AGUAS S.A.ESP. d) Que es facultativo de las partes contratantes modificar y/o adicionar lasestipulaciones contractuales previstas en el acuerdo de 'voluntades destinado acrear obligaciones en virtud del principio de la autonomía privada de lavoluntad, y en consecuencia les es discrecional disponer la adición en tiempo

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••• .EPM Bogotá AguasNit: 830~12464-º: Bar;'i;-Ñíño Jesús. Loma de Cabí - Telef~x (09~) ~24146,www.auasdelaf.ral"O.com - uíbdó- Chocó Colombia

Aguas del ~tratode ejecución del contrato inicialmente suscrito, celebrando en todo caso unotrosí en el cual conste la variación cronológica. e) Que la gerente del ProyectoQuibdó coadyuvada por el Líder de Gestión Técnica de la empresa AGUASNACIONALES EPM S.A. ESP, antes EPM BOGOTA AGUAS S.A ESPconsidera de extremada necesidad adicionar el plazo de ejecución del contratoNo CQ-0009-2009, en pro de que no se presente interrupción ni solución decontinuidad en la prestación del servicio de adecuación y compactación deresiduos sólidos. g) Que la empresa AGUAS NACIONALES EPM S.A. ESP,antes EPM BOGOTA AGUAS S.A. ESP para subvencionar el pago que sederiva del presente otrosí cuenta con certificado de disponibilidad presupuestal.Con base en lo anterior las partes acuerdan las siguientes cláusulas:PRIMERA-: ADICIONAR EN TIEMPO el contrato No CQ-009-2009 en dos (02)meses más, es decir, que de conformidad con lo estipulado en la cláusulatercera del contrato principal, la ejecución del contrato va hasta el 02 de agostode 2009. SEGUNDA-: EL CONTRATISTA se obliga ampliar las pólizas deseguros tomadas para garantizar los ítem de amparo tomados para elcumplimiento del objeto contractual. TERCERA-: Todas las demás cláusulas ycondiciones del contrato No CQ-009-2009, que no se hayan modificado en elpresente documento continúan vigentes y se mantienen incólumes en sucontenido.

~FFISto Quibdó

NALES EPM S.A. ESPRATANTE

LUIS CORANDOVrELÁSQUEZ PARRAC.C. 11.793.402 de Quibdó

EL CONTRATISTA

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.EPMBogo.tá Aguas Nit: $30112464-6, Barrio Niño Jesús. Loma de Cabí - Telefax (094) 6224146,www.aguasdelatrato.com - uibdó- Chocó Colombia

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Aguas del AtratoCONTRATO DE OBRA O LABOR No. CQ·009·2009 CELEBRADO ENTRE EPM BOGOTÁ AGUAS S.A.ESP. y LUIS CORANDO VELASQUEZ PARRA.

Entre los suscritos, ELlZABETH YOUNG DUFFIS, mayor de edad y vecina de esta ciudad, identificada con lacédula de ciudadanía No.40.986.440 de San Andrés, quien en su calidad de DIRECTORA PROYECTOQUIBDÓ, delegada para la ordenación del gasto actúa en nombre de EPM BOGOTÁ AGUAS S.A. ESP. conNIT. No. 830112464-6 y que en adelante se denominará EPM BOGOTA AGUAS S.A. ESP. y LUISCORANDO VELASQUEZ PARRA portador de la cédula de ciudadanía No. 11.793.402 Expedida en Quibdó,en calidad de Representante Legal de la empresa CORVEZ INGENIERIA Y SERVICIOS DE COLOMBIALTDA. Según certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Quibdóde-fecha 06 de enero de 2009, inscrita el19 de diciembre de 2008, en el libro noveno bajo el No 3398 y NIT.830513942-6 que para los ~fectos del presente contrato se llamará EL CONTRATISTA, quien declara bajo lagravedad del juramento, que se entiende prestado con la firma del presente contrato, que no se halla incursoen ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Constitución Nacional, en losartículos 60 de la Ley 610/00,50 de la Ley 789/02 y demás normas concordantes vigentes, declaramos quehemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE OBRA O LABOR el cual se regirá por las normasdel Derecho Privado, los estatutos de contratación interna de la empresa EPM BOGOTÁ AGUAS SA ESP ylas cláusulas que a continuación se estipulan previas las siguientes CONSIDERACIONES: 1) Que laempresa .fPM BOGOTA AGUAS S.A. ESP en su calidad de agente operador del servicio público de Aseo enel municipio de Quibdó, para el desarrollo de su gestión, cabal cumplimiento de sus funciones, y operatividadcontinua requiere contratar la actividad de adecuación y conformación de residuos sólidos en el rellenosanitario "MARMOLEJO" de la ciudad de Quibdó, con un vehículo de condiciones y características especialespara el cumplimiento de dicha labor, de conformidad con lo dispuesto en la ley 142 de 1994 y en lasdisposiciones normativas ambientales. 2) Que según disposición normativa ambiental para el manejo técnicodel relleno sanitario a cielo abierto se requiere contratar el servicio de conformación permanente de losresiduos sólidos. 3) Que EPM·BOGOTA AGUAS S.A. ESP. recibió propuesta de la Empresa CORVEZINGENIERIA Y SERVICIOS DE COLOMBIA LTDA. En aras de prestar el servicio atinente a la actividaddescrita con la disponibilidad permanente de un Buldózer 06 o 04 y en caso de problemas mecánicos de losanteriores, con una retroexcavadora sobre de orugas o sobre llantas. 4) Que previa evaluación de lapropuesta que presentó el oferente se recomienda por parte del Profesional Líder de Gestión Técnica que secontrate el servicio con la Empresa CORVEZ INGENIERIA Y SERVICIOS DE COLOMBIA LTDA. por seridónea para el logro del objetivo contractual. 5) Que para el pago de los gastos generados con ocasión delpresente contrato, EPM BOGOTA AGUAS S.A. ESP. cuenta con la apropiación presupuestal correspondientesegún Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 4 de fecha 02 de enero de 2009. Teniendo en cuenta lasanteriores consideraciones el contrato se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: OBJETO: ELCONTRATISTA se compromete con EPM·BOGOTA AGUAS S.A. ESP. a prestar el servicio de adecuación yconformación de los residuos sólidos según disposición de EPM BOGOTA AGUAS SA ESP. para el manejo,técnico del relleno sanitario "Marmolejo" en el sitio denominado la platina de la ciudad de Quibdó .SEGUNDA.· OBLIGACIONES: EL CONTRATISTA se obliga para con EPM-BOGOTA AGUAS SA ESP.en general, a cumplir cabalmente con el objeto del presente contrato a la luz de las disposiciones legales

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EPMBogotá Aguas Ni]: 830112464-6. Ba;riO Niño Jesús. Loma de Cabi - Tele;~x (094) 6724146, )www.aguasdelatrato.com - Quibdó- Chocó, Colofrlbia

Aguas del Atratovigentes ambientales, en materia de Aseo y en especial a: 1).Conformación permanente de los residuossólidos según disposición por parte de EPM BOGOTA AGUAS S.A. ESP. para el manejo técnico del rellenosanitario del municipio de Quibdó. 2). Disponibilidad permanente de un buldózer Caterpillar O 6 o 04 y encaso de problemas mecánicos de los.anteriores, se ofrece una retroexcavadora sobre orugas o sobre llantaspara que no se paralice la actividad de conformación de residuos sólidos. 3) Asumir los Costos de lostransportes del personal, equipos e insumos necesarios para la ejecución del presente contrato. 4)Mantenimiento general, preventivo y mecánico de los equipos. 5) Contratar los trabajadores necesarios ysuficientes para la correcta ejecución del contrato de acuerdo con el programa de obra aprobado por elSupervisor y/o interventor, y retirar aquellos que a juicio de EPM-BOGOTA AGl)AS S.A. ESP no seconsideren convenientes para la marcha normal de la labor. TERCERA: LUGAR Y PLAZO DE EJECUCION:El CONTRATISTA adquiere el compromiso de realizar el trabajo solicitado por la empresa EPM-BOGOTAAGUAS SA ESP mediante este contrato en el Municipio de Quibdó, Departamento del Chocó, en el lugarespecificado en el objeto del contrato o en el que le especifique la Empresa EPM BOGOTA AGUAS SA. ESP.por medio de su interventor o supervisor, y el término de duración del presente contrato es de CINCO (05)meses contados a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato. CUARTA: VALOR: Para todos losefectos legales y fiscales el valor total del contrato se pacta en un tope máximo de: (SETENTA Y TRESMILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS($73.987.465.00) MCTE.). QUINTA.· FORMA DE PAGO: El pago se efectuara de la siguiente manera: Lasuma de CATORCE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA YTRES PESOS MCTE. ($14.797.49300), pagaderos por mes vencido, en un plazo de tiempo no superior a 15días hábij,es a la presentación de la respectiva cuenta de cobro, previo recibido a satisfacción del supervisordel contrato que en este caso será el (PROFESIONAL L1DER DE GESTiÓN TÉCNICA) SEXTA: GARANTíAUNICA: El CONTRATISTA deberá constituir una garantía única en una Compañía de Seguros legalmentereconocida por la Superintendencia Bancaria con los siguientes amparos: 1) De Cumplimiento: equivalente al10% del valor del contrato con una vigencia igual a la duración del contrato. 2). De responsabilidad civilextracontractual: Por una cuantía del veinte por ciento (20%) del valor del contrato, para garantizar lospe~uicios a terceros y su vigencia será la del contrato y ciento veinte (120) días mas. 3). De pago de salariosy prestaciones sociales e indemnizaciones: Por una cuantía igual al cinco por ciento (5%) del valor delcontrato, para garantizar el pago de salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones de sus trabajadores ysu vigencia será la del contrato y tres años mas. SEPTIMA.· SUPERVISION: La supervisión estará a cargodel PROFESIONAL L1DER DE GESTiÓN TECNICA, que ejercerá la vigilancia técnica y administrativa delcontrato, con el objeto de consolidar la correcta realización del objeto contractual y su cabal cumplimiento conlas especificaciones técnicas de rigor, siguiendo el organigrama d~ trabajo que establezca la empresa, y elmismo hará el seguimiento de las obligaciones que se impongan a~Ias partes, avisando oportunamente a laDirección del proyecto Quibdó cualquier irregularidad que se presente, con el fin de adoptar las medidascorrectivas pertinentes. OCTAVA.· CESION y SUBCONTRATOS: El CONTRATISTA no podrá ceder elcontrato ni subcontratar con persona natural o jurídica alguna los derechos y obligaciones emanados delpresente contrato, sin que medie previa autorización expresa y por escrito por parte de EPM BOGOTAAGUAS S.A. ESP. NOVENA.· SUSPENSION: Las partes contratantes podrán suspender el presentecontrato, mediante la suscripción de un acta en donde conste tal evento, cuando medie alguna de las'siguientes causales: 1) Por cir~unstancias de fuerza mayoro caso fortuito debidamente comprobados; 2) Asolicitud debidamente sustentada interpuesta po~ una de las partes. 3). El término de suspensión no será

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Aguas del Atratocomputable para efecto del plazo de ejecución del contrato, ni dará derecho a exigir indemnización, sobrecostos o reajustes, ni a reclamar gastos diferentes a los Pactados en el contrato. PARAGRAFO: En caso deoperar la suspensión del contrato, EL CONTRATISTA se compromete a presentar certificado de modificaciónde la garantía única, ampliando su vigencia por el término que dure la suspensión. DECIMA.- SANCIONESPOR INCUMPLIMIENTO: 1) MULTAS: En caso de mora y/o incumplimiento de alguna(s) de las obligacionesderivadas del objeto del presente contrato, EL CONTRATISTA pagará a EPM-BOGOTA AGUAS SA. ESP.multas diarias y sucesivas hasta del cero punto uno por ciento (0.1%) del valor total del contrato, sin que lasumatoria de las multas supere el diez por ciento (10%) de dicho valor, sopena de la aplicación de la cláusulapenal conforme al numeral siguiente: 1). En caso de incumplimiento por parte del CONTRATiStA de susobligaciones y frente al Sistema de Seguridad Social Integral, EPM-BOGOTA AGUAS S.A. ESP. impondrámultas sucesivas hasta tanto se dé cumplimiento. 2) PENA PECUNIARIA: EL CONTRATISTA se obliga apagar una suma equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, a titulo de indemnización, porlos pe8uicios que ocasione en caso de declaratoria de incumplimiento de sus obligaciones contractuales.PARÁGRAFO: El valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria a qua.se refieren los numeralesanteriores, ingresarán al tesoro de EPM-BOGOTA AGUAS SA. ESP. EL CONTRATISTA autoriza con la firmadel presente contrato a EPM-BOGOTA AGUAS SA. ESP. para que dicho valor sea descontado directamente delsaldo a su favor. De no existir saldo a favor de EL CONTRATISTA, se hará efectiva la garantía única constituiday si esto no fuere posible, se cobrará por la jurisdicción competente. DECIMA PRIMERA.- MODIFICACiÓN,INTERPRETACION y TERMINACION UNILATERAL: la empresa EPM BOGOTA AGUAS SA ESP podráhacer uso y aplicar conforme a lo estipulado en los estatutos de contratación interna las cláusulasexcepcioijales de que trata el artículo 14 de la ley 80 de -1993. DECIMA SEGUNDA.- SOLUCION DECONTROVERSIAS: Las partes acuerdan que en el evento de que surjan diferencias entre ellas, por razón ocon ocasión del presente contrato, las mismas buscarán mecanismos de arreglo directo, tales como lanegociación directa y la amigable composición. En tal caso, las partes dispondrán de un término de sesenta(60) días hábiles contados a partir de la fecha en que cualquiera de ellas haga la solicitud en tal sentido,término que podrá ser prorrogado por mutuo acuerdo. DECIMA TERCERA.- AUSENCIA DE RELACIONLABORAL: El presente contrato será ejecutado por EL CONTRATISTA con absoluta autonomía eindependencia y, en desarrollo del mismo, no se generará vínculo laboral alguno entre EPM BOGOTAAGUAS SA ESP. y EL CONTRATISTA y/o sus dependientes si los hubiere. DECIMA CUARTA.-DOCUMENTOS: Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos: 1).Propuestapresentada por el contratista, 2). Rutl nit, antecedentes disciplinarios y fiscales, certificado de cámara decomercio, póliza de responsabilidad civil extracontractual, afiliación EPS del maquinista, fotocopia de la ceduladel propietario del vehículo y el maquinista, documentos del vehíqJlo (tarjeta de propiedad). 3) Los demásdocumentos que se produzcan durante el desarrollo, ejecución y liquidación del presente contrato. DECIMA .QUINTA.- REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCION: El presente contrato se entiendeperfeccionado con la firma de las partes y se ejecuta con la constitución de la garantía y la aprobación de lamisma. DECIMA SEXTA.· DOMICILIO ACTUAL: Para todos los efectos legales del presente contrato setendrá como domicilio contractual la ciudad de Quibdó. PARAGRAFO: Para efectos de notificación, EPM-BOGOTA AGUAS SA. ESP. tiene su domicilio en Quibdó Barrio Niño Jesús, Loma de Cab1. y ELCONTRATISTA en la Carrera 3 No 29-24 Oficina 301. DECIMA SEPTIMA.- TERMINACION YL1QUIDACION: El presente contrato se dará por terminado en los siguientes eventos: 1) Por extinción delplazo pactado para la ejecución; 2) A solicitud de~idamente sustentada interpuesta por una de las partes, por

EPMBogotá Aguas Nit: 830112464-6, Barrío Níño Jesús. Loma de Cabi - Telefa;(0942 6724146, 1www.aguasdelatrato.com - Quíbdó- Chocó, Colgmbía

A d'e' I\tlJ' t·19uCl5 .. inJa olo menos, con un (1) mes de anticipación; 3) Por acuerdo bilateral; 4) Por caso fortuito o fuerza mayordebidamente comprobados. En los eventos numerados con 2, 3, Y 4 se deberá suscribir acta donde constetal hecho. Una vez terminado el contrato se procederá a su liquidación. Para el efecto, EL SUPERVISORdeberá proyectar la liquidación dentro,de los treinta (30) días siguientes a la fecha de terminación, anexando:a) estado de cuenta, b) certificado de cumplimiento e informe final de ejecución. Si vencido este plazo ELCONTRATISTA no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de lamisma, será practicada directa y unilateralmente por EPM BOGOTA AGUAS SA ESP. DECIMA OCTAVA·GASTOS:Jos gastos que se ocasionen para la legalización y perfeccionamiento del presente contrato-seránSufragados por EL CONTRATISTA. DECIMA NOVENA· MANIFESTACiÓN: las partes' manifiestanlibremente que han procedido a la lectura total y cuidadosa del ,!3Wse(lte documento, por lo que enconsecuencia, se obligan a todo lo ordenado y expuesto en el presen contr8t~, a lo que por ley emana desu esencia. Para constancia se firma en Quibdó a los 02 dias del me de nero e 009. ~

~IS LUIS CORANDO VELASQUEZ PARRA

CC. 11.793.402 de Quibdó.

EL CONTRATISTA

EPM BOGOTA AGUAS SA ESP.4

.'~ .~ ~.

EPMBogotá Aguas Nit: 830112464-6. Barrio Niño Jesús. Loma de Cabi - Telefax (094) 6724146.www.aguasdelatrato.com - Quibdó- Chocó, Co~ombia