85
ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 208 /ISSP/14 REPARTICION TIPO DE FONDO CONCEPTO EJERCICIO 2014 N° DE ORDEN COMPROBANTE BENEFICIARIO DEL PAGO CUIT FACTURA FECHA IMPORTE EN $ 1 JUMBO RETAIL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA 30708772964 T627100039346 16/10/14 $ 360,04 2 FERNANDEZ EDUARDO RAMON Y FERNANDEZ CLAUDIO BENIGNO SH 30711711658 T000100351607 17/10/14 $ 725,00 3 JIMENEZ JULIO EZEQUIEL 20321121013 C000100001080 23/10/14 $ 2.100,00 4 BASE TRES SRL 30679030899 B000400000533 23/10/14 $ 1.418,60 5 ALVAREZ SEBASTIAN CARLOS 20267863289 B000100003394 24/10/14 $ 920,00 6 ROMERO ROCHA PATRICIA CLAUDIA 27928810572 C000100000030 24/10/14 $ 40,00 7 MOREIRA SALVADOR 20116045665 C000100001805 28/10/14 $ 580,00 8 DIRECTV ARGENTNA SOCIEDAD ANONIMA 30685889397 B003262755196 28/10/14 $ 570,00 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2014. Año de las letras argentinas" ……………………………………………………………………………………………………… RENDICIÓN N° 9 INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA ANEXO I RESUMEN DE COMPROBANTES POR FECHA CAJA CHICA COMÚN 8 DIRECTV ARGENTNA SOCIEDAD ANONIMA 30685889397 B003262755196 28/10/14 $ 570,00 9 DYNA GROUP SA 30703048753 B001200000072 28/10/14 $ 1.233,21 10 JUMBO RETAIL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA 30708772964 T628400041559 29/10/14 $ 271,77 11 ROSARNO ANA MARIA TERESA 27147381153 B000400018863 29/10/14 $ 180,00 12 FERNANDEZ EDUARDO RAMON Y FERNANDEZ CLAUDIO BENIGNO SH 30711711658 B000200000104 31/10/14 $ 350,00 13 JUMBO RETAIL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA 30708772964 B628500039424 31/10/14 $ 230,41 14 RUSSO STELLA MARIS 27107602467 B000500047167 31/10/14 $ 503,56 15 BERNARDI LAURO CARLOS LUCAS 20076083267 C000100000794 31/10/14 $ 1.000,00 16 MATYAS GABRIEL 20109840085 B001100008323 31/10/14 $ 929,69 17 SAMPEDRO ALFREDO 20230506060 B000100000280 31/10/14 $ 1.890,00 18 CENCOSUD SA 30590360763 B184400399538 03/11/14 $ 2.460,00 $ 15.762,28 IMPORTE $ 15.967,08 $ 32,92 $ 16.000,00 $ 15.762,28 $ 237,72 CONCEPTO TOTAL 3- IMPORTE TOTAL A RENDIR (1 + 2) 4- TOTAL INVERTIDO SEGÚN COMPROBANTES 5- SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICIÓN (3 - 4) 1- RECIBIDO DE TESORERIA GRAL. C/C AL RUBRO OBJETO DE LA RENDICION 2- SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION ANTERIOR: N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°1

ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

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ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 208 /ISSP/14

REPARTICION

TIPO DE FONDO

CONCEPTO EJERCICIO 2014

N° DE ORDEN COMPROBANTE BENEFICIARIO DEL PAGO CUIT FACTURA FECHA IMPORTE EN $

1 JUMBO RETAIL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA 30708772964 T627100039346 16/10/14 $ 360,04

2 FERNANDEZ EDUARDO RAMON Y FERNANDEZ CLAUDIO BENIGNO SH 30711711658 T000100351607 17/10/14 $ 725,00

3 JIMENEZ JULIO EZEQUIEL 20321121013 C000100001080 23/10/14 $ 2.100,004 BASE TRES SRL 30679030899 B000400000533 23/10/14 $ 1.418,605 ALVAREZ SEBASTIAN CARLOS 20267863289 B000100003394 24/10/14 $ 920,006 ROMERO ROCHA PATRICIA CLAUDIA 27928810572 C000100000030 24/10/14 $ 40,007 MOREIRA SALVADOR 20116045665 C000100001805 28/10/14 $ 580,008 DIRECTV ARGENTNA SOCIEDAD ANONIMA 30685889397 B003262755196 28/10/14 $ 570,00

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2014. Año de las letras argentinas"

………………………………………………………………………………………………………

RENDICIÓN N° 9

INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

ANEXO IRESUMEN DE COMPROBANTES POR FECHA

CAJA CHICA COMÚN

8 DIRECTV ARGENTNA SOCIEDAD ANONIMA 30685889397 B003262755196 28/10/14 $ 570,00

9 DYNA GROUP SA 30703048753 B001200000072 28/10/14 $ 1.233,21

10 JUMBO RETAIL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA 30708772964 T628400041559 29/10/14 $ 271,77

11 ROSARNO ANA MARIA TERESA 27147381153 B000400018863 29/10/14 $ 180,00

12 FERNANDEZ EDUARDO RAMON Y FERNANDEZ CLAUDIO BENIGNO SH 30711711658 B000200000104 31/10/14 $ 350,00

13 JUMBO RETAIL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA 30708772964 B628500039424 31/10/14 $ 230,41

14 RUSSO STELLA MARIS 27107602467 B000500047167 31/10/14 $ 503,5615 BERNARDI LAURO CARLOS LUCAS 20076083267 C000100000794 31/10/14 $ 1.000,0016 MATYAS GABRIEL 20109840085 B001100008323 31/10/14 $ 929,6917 SAMPEDRO ALFREDO 20230506060 B000100000280 31/10/14 $ 1.890,0018 CENCOSUD SA 30590360763 B184400399538 03/11/14 $ 2.460,00

$ 15.762,28

IMPORTE$ 15.967,08

$ 32,92$ 16.000,00$ 15.762,28

$ 237,72

CONCEPTO

TOTAL

3- IMPORTE TOTAL A RENDIR (1 + 2)4- TOTAL INVERTIDO SEGÚN COMPROBANTES5- SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICIÓN (3 - 4)

1- RECIBIDO DE TESORERIA GRAL. C/C AL RUBRO OBJETO DE LA RENDICION2- SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION ANTERIOR:

IF-2014-16167657- -ISSP

página 1 de 1

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°1

Page 2: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 208 /ISSP/14 (continuación)

REPARTICION

TIPO DE FONDO

CONCEPTO

N° ORDEN COMPROBANTE BENEFICIARIO DEL PAGO CUIT FACTURA FECHA CONCEPTO IMPORTE IMPUTACION DEL

COMPROBANTE (*) SUMATORIA POR PDA.PRES.

1 JUMBO RETAIL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA 30708772964 T627100039346 16/10/14 BEBIDA $ 360,04 211

FERNANDEZ EDUARDO RAMON Y FERNANDEZ

"2014. Año de las letras argentinas"

ANEXO II

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

………………………………………………………………………………………………………

RESUMEN DE COMPROBANTES POR IMPUTACIÓN

RENDICIÓN N° 9 EJERCICIO 2014

INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

CAJA CHICA COMÚN

2 FERNANDEZ EDUARDO RAMON Y FERNANDEZ CLAUDIO BENIGNO SH 30711711658 T000100351607 17/10/14 SANDWICH MIGA $ 725,00 211

10 JUMBO RETAIL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

30708772964 T628400041559 29/10/14 BEBIDA $ 271,77 21111 ROSARNO ANA MARIA TERESA 27147381153 B000400018863 29/10/14 GOLOSINA $ 180,00 21112 FERNANDEZ EDUARDO RAMON Y FERNANDEZ

CLAUDIO BENIGNO SH30711711658 B000200000104 31/10/14 MASAS $ 350,00 211

13 JUMBO RETAIL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

30708772964 B628500039424 31/10/14 BEBIDA $ 230,41 211

16 MATYAS GABRIEL 20109840085 B001100008323 31/10/14 SANDWICH MIGA $ 929,69 211 $ 3.046,91

18 CENCOSUD SA 30590360763 B184400399538 03/11/14 MEMBRANA $ 2.070,00 259 $ 2.070,0018 CENCOSUD SA 30590360763 B184400399538 03/11/14 CANDADOS $ 390,00 279 $ 390,00

4 BASE TRES SRL 30679030899 B000400000533 23/10/14 BANNERS $ 1.418,60 292 $ 1.418,60

14 RUSSO STELLA MARIS 27107602467 B000500047167 31/10/14 GRAMPA $ 57,60 293

17 SAMPEDRO ALFREDO 20230506060 B000100000280 31/10/14 CONECTOR DE TENSION $ 1.890,00 293 $ 1.947,60

14 RUSSO STELLA MARIS 27107602467 B000500047167 31/10/14 CADENA - CARTUCHO $ 445,96 296 $ 445,96

15 BERNARDI LAURO CARLOS LUCAS 20076083267 C000100000794 31/10/14 ALQUILER MATERIAL DEPORTIVO $ 1.000,00 329 $ 1.000,00

7 MOREIRA SALVADOR 20116045665 C000100001805 28/10/14 SERVICIO DE REPARACIÓN INTEGRAL CINTA ERGOMETRICA $ 580,00 333

9 DYNA GROUP SA 30703048753 B001200000072 28/10/14 SWITCH $ 1.233,21 333 $ 1.813,21

6 ROMERO ROCHA PATRICIA CLAUDIA 27928810572 C000100000030 24/10/14 SERVICIO DE LAVANDERIA $ 40,00 3398 DIRECTV ARGENTNA SOCIEDAD ANONIMA 30685889397 B003262755196 28/10/14 TELEVISION POR CABLE $ 570,00 339 $ 610,005 ALVAREZ SEBASTIAN CARLOS 20267863289 B000100003394 24/10/14 RECARGA CARTUCHO $ 920,00 359 $ 920,005 ALVAREZ SEBASTIAN CARLOS 20267863289 B000100003394 24/10/14 RECARGA CARTUCHO $ 920,00 359 $ 920,003 JIMENEZ JULIO EZEQUIEL 20321121013 C000100001080 23/10/14 PIN $ 2.100,00 398 $ 2.100,00

$ 15.762,28 $ 15.762,28TOTAL

IF-2014-16167990- -ISSP

página 1 de 1

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°2

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 590 /SSGEFYAR/14

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S2014, Año de las letras argentinas

Informe

Número: Buenos Aires,

Referencia: EE Nº 15173268/MBQM/14

ANEXO I

DENOMINACION/ ENTE RESPONSABLES DNI CARGO ALTA-BAJA

Museo de Bellas Artes dela Boca

María Cristina GarcíaPintos 3.788.219 Responsable a cargo BAJA

Ente 2225 Víctor Fernández 16.573.694 Responsable a cargo ALTA

IF-2014-15360326- -DGARMartes 21 de Octubre de 2014

Digitally signed by Comunicaciones OficialesDN: cn=Comunicaciones OficialesDate: 2014.10.21 17:14:21 -03'00'

GONZALO LUIS RIOBODIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOSD.G. ADMINISTRACION DE RECURSOS (SSGEFYAR-MEGC)

Digitally signed by ComunicacionesOficialesDN: cn=Comunicaciones OficialesDate: 2014.10.21 17:14:22 -03'00'

FIN DEL ANEXO

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°3

Page 4: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 130 /MGOBGC/14

FIN DEL ANEXO

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 1 de 2

2014

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

10325Requerimiento Nº: PENDIENTEEstado: 28/10/2014Fecha:

RESOLUCIONNorma Aprobatoria: 130-mgob-14Nº: 05/11/2014Fecha:

EXPEDIENTETipo Actuación: 15638664-14Nº: 28/10/2014Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

28-MINISTERIO DE GOBIERNO

UE2801-UPE - AREAMETROPOLITANA DEBUENOS AIRES2182-Subsecretaría deAsuntos Federales167-DIRECCION GENERALDE ASUNTOSLEGISLATIVOS YORGANISMOS DE CONTROL167-DIRECCION GENERALDE ASUNTOSLEGISLATIVOS YORGANISMOS DE CONTROL167-DIRECCION GENERALDE ASUNTOSLEGISLATIVOS YORGANISMOS DE CONTROL167-DIRECCION GENERALDE ASUNTOSLEGISLATIVOS YORGANISMOS DE CONTROL5013-UNIDAD PROYECTOSESPECIALES CUENCAMATANZA-RIACHUELO5013-UNIDAD PROYECTOSESPECIALES CUENCAMATANZA-RIACHUELO5013-UNIDAD PROYECTOSESPECIALES CUENCAMATANZA-RIACHUELO

Programa10-AREA METROPOL.BS.AS

15-ACT COMUNES PROG 75

42-COORD.INSTITUCIONAL

42-COORD.INSTITUCIONAL

42-COORD.INSTITUCIONAL

42-COORD.INSTITUCIONAL

77-UPE CUMAR

77-UPE CUMAR

77-UPE CUMAR

Subprograma0

0

0

0

0

0

0

0

0

Proyecto0

0

0

0

0

0

0

0

0

Actividad10-

1-

10-

10-

10-

1-

60-

60-

60-

Obra0

0

0

0

0

0

0

0

0

Partida3520

3990

2310

2350

2580

3780

3990

3310

3520

Importe710.000,00

30.000,00

8.000,00

4.000,00

1.000,00

6.000,00

20.000,00

2.000,00

-22.000,00

Actuación Origen: EXPEDIENTE Nº: 15638664-14 Fecha: 28/10/2014

CREDITO

FueFin FinFun11

11

11

11

11

11

11

11

11

13

13

13

13

13

13

32

32

32

IF-2014-16127756- -DGTALGOB

página 1 de 2

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 2 de 2

2014

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

10325Requerimiento Nº: PENDIENTEEstado: 28/10/2014Fecha:

RESOLUCIONNorma Aprobatoria: 130-mgob-14Nº: 05/11/2014Fecha:

EXPEDIENTETipo Actuación: 15638664-14Nº: 28/10/2014Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

28-MINISTERIO DE GOBIERNO

UE2820-DIRECCIONGENERAL PROGRAMAS DECOOPERACIONINTERJURISDICCIONAL

Programa21-CIUDAD FED.

Subprograma0

Proyecto0

Actividad10-

Obra0

Partida2330

Importe-759.000,00

0,00Diferencia:

Actuación Origen: EXPEDIENTE Nº: 15638664-14 Fecha: 28/10/2014

CREDITO

FueFin FinFun11 13

IF-2014-16127756- -DGTALGOB

página 2 de 2

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°4

Page 5: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 682 /AGC/14

FIN DEL ANEXO

CONVOCATORIA DE ANTECEDENTES

INCORPORACIÓN DE INSPECTORES

La Agencia Gubernamental de Control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llama a presentar antecedentes para cubrir 10 puestos de Inspectores para la Dirección General de Fiscalización y Control, en aplicación de la Resolución N° 168/AGC/2008.

Requisitos Generales:

• Disponibilidad en horario diurno, nocturno y fines de semana.

• No presentar antecedentes penales ni ser deudor alimentario. • No poseer relación laboral o contractual alguna con Organismos estatales nacionales,

provinciales o municipales.

• No haber sido sancionado, ni encontrarse cumpliendo sanción impuesta por los consejos o colegios profesionales respectivos, por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, o por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Carreras Solicitadas: Arquitectura, Ingeniería y Lic. en Higiene y Seguridad.

Experiencia: en todos los casos se exigirá experiencia comprobable en la especialidad. Como mínimo se requiere cinco (5) años en el ejercicio de la profesión.

Recepción de CV, Formulario de Inscripción y Reunión Informativa:

En forma personal los días Martes 11 de noviembre a las 10:00 y 14 horas y el Miércoles 12 de noviembre a las 10:00 y 14 horas, en la sede de la AGC, Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941, PB, Ciudad de Buenos Aires.

Bases/condiciones y Formulario de Inscripción en: www.buenosaires.gob.ar/agc

Comité de Selección: Estará conformado por Mariano Alberto Ferreiros (DNI 26.587.990) en representación del Director Ejecutivo de esta AGC, Rosana Andrea Chadi (DNI 22.501.230) en representación del Director de Fiscalización y Control, María de los Milagros Cordero (DNI 28.506.977) en representación del Director General de Legal y Técnica.

Contraprestación mensual: $6500.-

Información Adicional: www.buenosaires.gob.ar/agc

IF-2014-16247276- -AGC

página 1 de 1

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°5

Page 6: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

ANEXO - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 1375 /MMGC/14

Anexo “I” MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD ORGANISMO FUERA DE NIVEL AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL (AGC) FUNCIÓN: INSPECTORES

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL SALARIO BRUTO

DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL PARTIDA: 2662.0030 Brun, Viviana Luisa

23-18214850-4

7860

Cella, Néstor Ricardo 20-18324215-7

7860

Di Fiore, María Teresa 27-28421269-5

7860

Gangemi, María Cristina 27-18397057-2

7860

Giménez, Omar del Valle 20-17176344-5

7860

González, María Victoria 27-24694727-4

7860

Groisman, Graciela Viviana 27-16576770-0

7860

Imbrogno, Marcelo Maximiliano

20-26894111-9

7860

Klingenfeld, Sebastián Darío 23-24560252-9

7860

Martínez, Gonzalo Javier 23-28504581-9

7860

Miños, Francisco Alberto 20-20549531-3

7860

Morvillo, Pablo Daniel 20-25864914-2

7860

Ortiz Colombo, Álan Ernesto 20-31532399-2

7860

Paterno, Celeste Paola 27-25676256-6

7860

Pérez, Ariel Nicolás 20-28696331-6

7860

Pucheta, Carlos Álan

20-32191585-0

7860

PÁGINA Nº 1/2

IF-2014-15477832- -DGALP

página 1 de 2

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°6

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FIN DEL ANEXO

//.- MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD ORGANISMO FUERA DE NIVEL AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL (AGC) FUNCIÓN: INSPECTORES

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL SALARIO BRUTO

DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL PARTIDA: 2662.0030 Remersaro, Tamara María 27-28740581-8

7860

Rincón, Roberto Carlos 20-20473378-4

7860

Sánchez Di Mare, Eduardo Víctor

23-16581240-9

7860

Shlamovitz, Flavia Fedora 27-16639079-1

7860

Siniscalco, Silvina Marcela 27-20042920-1

7860

Tula, María Julieta

27-25943218-4 7860

Valente, María Rosa

27-16558864-4 7860

DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS PARTIDA: 26360000 Rozenblit, Claudia Noemí

27-17484334-7

7860

PÁGINA Nº 2/2

IF-2014-15477832- -DGALP

página 2 de 2

ANEXO - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 1375 /MMGC/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°7

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Anexo “I” MINISTERIO DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIRECCIÓN GENERAL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS PARTIDA: 2660.0000

APELLIDO Y NOMBRE CUIL SALARIO BRUTO

Acosta Maria Cristina 27-10518399-8 5600 Alonso Pesqueira Veronica Viviana 27-27924044-3 5600 Avila Cecilia Noemi 27-26447103-1 5600 Bianco Andrea Fabiana 27-22983476-8 5600 Boselli Carla Virginia 27-28505515-1 5600 Bruno Carla Rocío 27-34430958-8 5600 Carballo Constanza Celeste 23-33862398-4 5600 Ceriani Maria Veronica 23-27620523-4 5600 Correa Jacqueline Daiana 27-36845620-4 5600 Corsico Marisa Elina 27-20030997-4 5600 Cuba Zeballos Gladys 27-40257521-8 5600 Cuzzolino Carolina Julieta 27-37375876-6 5600 PAGINA N° 1/5

ANEXOS - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 1376 /MMGC/14

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°8

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//.- Anexo “I” MINISTERIO DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIRECCIÓN GENERAL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS PARTIDA: 2660.0000

APELLIDO Y NOMBRE CUIL SALARIO BRUTO

Di Blasio Fernando Victor 23-31307183-9 5600 Ferreyra Matias Maximiliano 23-29792052-9 5600 Ferros Nadia Soledad 27-35255055-3 5600 Gandini Angel Ariel 20-29921090-2 5600 Gianella Jesica 27-30027237-7 5600 Glenon Claudio Miguel 20-33096859-2 5600 Guerra Daiana Micaela 27-40835078-1 5600 Guzman Gonzalez Monica Carolina 27-31762303-3 5600 Hernandez Maria Florencia 27-23235710-5 5600 Iglesias Miriam Mabel 27-13139267-8 5600 Imaz Andrusyszyn Vanesa Mariel 27-26523747-4 5600 Lara Arteaga Guisell Margarita 27-93967306-2 5600 Ledesma Valeria 27-29653441-8 5600 PAGINA N° 2/5

ANEXOS - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 1376 /MMGC/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°9

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Anexo “I” MINISTERIO DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIRECCIÓN GENERAL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS PARTIDA: 2660.0000

APELLIDO Y NOMBRE CUIL SALARIO BRUTO

Llarin Daiana Maria Victoria 27-34654008-2 5600 Lopez Mennella Lautaro Gabriel 20-37540692-7 5600 Lopez Luis Alberto 23-30874530-9 5600 Lopez Roberto Ariel 20-34225267-3 5600 Louriño Natalia Yanina 27-31292821-9 5600 Luna Nicolas Matias 20-35617924-3 5600 Marazzi Cecilia 27-21587563-1 5600 Maugeri Santiago Sebastian 23-37933825-9 5600 Mendoza Diego Ezequiel 20-33691619-5 5600 Moraes Maria Paula 27-24730237-4 5600 Ontivero Virginia Gisel 27-26274107-4 5600 Paggi Noelia Ayelen 27-33597504-4 5600 PAGINA N° 3/5

ANEXOS - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 1376 /MMGC/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°10

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//.- Anexo “I” MINISTERIO DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIRECCIÓN GENERAL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS PARTIDA: 2660.0000

APELLIDO Y NOMBRE CUIL SALARIO BRUTO

Pandolfino Francisco Alberto

20-35804259-8

5600

Pena Hugo Enrique 20-26920555-6 5600 Perez Paula Marcela 27-14686589-0 5600 Rocha Eliana Micaela 27-37216429-3 5600 Rocha Matilde Laila 27-35359601-8 5600 Rofrano Ibarra Daniela Aime 27-33980283-7 5600 Rojas Machado Agustina 23-33028275-4 5600 Rojas Mariela Leonela 27-34813172-4 5600 Romero Mariela Alejandra 27-27573716-5 5600 Rosales Mazzone Maria Silvina 23-24518000-4 5600 Salva Marcela Veronica 27-30135205-6 5600 Sanchez María Belen 27-36155514-2 5600 PAGINA N° 4/5

ANEXOS - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 1376 /MMGC/14 (continuación)N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°11

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Anexo “I” MINISTERIO DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIRECCIÓN GENERAL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS PARTIDA: 2660.0000

APELLIDO Y NOMBRE CUIL SALARIO BRUTO

Santaran Luis Damian 23-33380244-9 5600 Screpis Melina Anahi 27-36721404-5 5600 Spalvieri Sebastian Eduardo 23-29702172-9 5600 Tempo Julio Guido Mario 20-12756680-2 5600 Tepedino Sebastian Norberto 20-27028221-1 5600 Torres Berbere Maria Jose 27-36920573-6 5600 Urrusuno Kramer Paula Malen 27-37216796-9 5600 Venegoni Agostina Gisela 23-31930492-4 5600 Vigoritto Natalia Elisa 27-29319501-9 5600 Vozza Diego Hernan 20-28080806-8 5600 Zambon Mariela Lucía 27-20667682-0 9520 PAGINA N° 5/5

ANEXOS - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 1376 /MMGC/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°12

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

Nombre del organismocontratante

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

PROCEDIMIENTO DE SELECCION

Tipo: CONTRATACION DIRECTA Il'lro 1 12647 1 Ejercicio: 11 2014

ETAPA UNICA

Encuadre legal: EY N' 2.095 ART. 38'

I Actuado:I Rubro comercial:

!RPS EXP 11222962/2014

Ealud

pbjeto de la contratacion: DQUISICION DE SILLA DE RUEDAS CON DESTINO AL PACIENTE CUELLO TOMAS-.C. N' 109.055

I Costo del pliego: rLlEGO SIN VALOR

PRESENTACION DE OFERTAS

Lugar/Dirección Plazo y Horario

NSTITUTO DE REHABILlTACION PSICOFISICA fJlVISION COMPRAS EN EL HORARIO DE LUNES A~CHEVERRIA 955 J~RNES DE 10.00A 14.00 HS.l--AP.FEDCiudad Aut. de BS.As ecepción de Ofertas hasta el13 de Noviembre de

112014a las 10:00 horas

CONSULTA DE PLIEGOS

Lugar/Dirección Dia y Hora

NSTITUTO DE REHABILlTACION PSICOFISICA IPIVISION COMPRAS EN EL HORARIO DE LUNESA~CHEVERRIA 955 tvlERNES DE 10.00 A 14.00 HS.¡:;';'P.FEDCiudad Aut. de BS.As

VENTA DE PLIEGOS

Lugar/Dirección Dia y Hora

NSTITUTO DE REHABILlTACION PSICOFISICA

IIVISION COMPRAS EN EL HORARIO DE LUNESA

CHEVERRIA 955 IERNES DE 10.00A 14.00 HS., HASTA EL DIAAP.FED Ciudad Aut. de SS.As NTERIORA LA FECHA DEAPERTURA SIN

XCEPCION.ACTO DE APERTURA

LugarIDirección Dia y Hora

NSTITUTO DE REHABILlTACION PSICOFISICA ~3de Noviembre de 2014 a las 10:00 horas

CHEVERRIA 955AP.FED Ciudad Aut. de BS.As

Páo.1 de 2

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 187 /IRPS/14

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°13

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

ESPECIFICACIONES

1 Ren. 11 Cantidad 11 U. Medida 11 CodoCatálogo 1 1 Descripción I IMuestrar=J] 1,00000 eNIDADX1 I 12-00900501-09059862 ILLA DE RUEDAS - AYUDA SOCIAL A No

ERSONAS. Plegable frontalmente, conespalda a 90°, con cuadro rlgido. con apoyarazos desmontables, con apoya pies regulablesn altura, con pedana única - con ruedasosteriores de 60 an de diámetro aprox. ¡nflablescon sistema de desacople rápido, con ruedasnteriares de 20 cm de diámetro aprox. macizas y¡ratarias, con comando y freno bimanual, conuedas anti vuelco.~emásespecificaciones deberán ser indicadasar fa repartición solicitante

CLAUSULAS PARTICULARES

Forma de pago:30 OlAS HABILES SEGUN ART. 28' DEL PUBYCG.

Plazo de mantenimiento de la oferta:20 dA-as habiles a contar de la fecha del acto de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de norenovar la garantla de mantenimiento de oferta con una antelación minima de DIEZ (10) dias anteriores al vencimiento del plazo,aquella se considerara prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial.

Plazo y lugar de entrega único

Plazo:DENTRO DE LOS QUINCE (15) OlAS DE RECIBIDA LA ORDEN DE COMPRA.

Lugar:INSTITUTO DE REHABILlTACION PSICOFISICAECHEVERRIA 955CAP.FED Ciudad Aut. de BS.As

Moneda de cotización:

PESOS

Opción a Prorroga: ¡Si, según Pliego de Bases y Condiciones

PáQ. 2 de 2

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 187 /IRPS/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°14

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"2014. Año de las letras Argentinas".......................................................................................................................................................................................................................................... .,. .

EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 2014-11222962-MGEYA-IRPSCONTRATACiÓN DIRECTA N° 12647/SIGAF/2014

CONTRATACiÓN MENOR (ARTíCULO 38 - LEY N° 2095 Y SU MODIFICATORIA LEYN° 4764 Y EL DECRETO REGLAMENTARIO N° 95/14)

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

1.- RÉGIMEN DE CONTRATACiÓN

El presente llamado a contratación se sujeta al régimen especial establecido por elartículo 38, de la Ley N° 2095 Y su modificatoria Ley N° 4764, yel Decreto ReglamentarioN° 95/14; se rige por la citada normativa, por las disposiciones del Pliego Único de Basesy Condiciones Generales, las contenidas en el presente Pliego de Bases y CondicionesParticulares y en el Pliego de Bases y Condiciones emitido por el Sistema Integrado deGestión y Administración Financiera.

2.-0BJETO

El objeto de la presente contratación es la "Adquisición de una silla de ruedas condestino al paciente CUELLO Tomás - H.C. N° 109.055".

Las caracteristicas y especificaciones técnicas de los bienes a adquirir, se encuentrandetalladas en las especificaciones técnicas, emitidas por el Sistema Integrado de Gestióny Administración Financiera, conforme al Catálogo General de Efectos y Servicios delRegistro Informatizado de Bienes y Servicios y por el presente Pliego de Bases yCondiciones Particulares.

El Organismo contratante hace reserva de ejercer la facultad contemplada en el artículo117 de la Ley N° 2095 Y su modificatoria Ley N° 4764, Y el Decreto Reglamentario N°95/14.

3.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES:

Se considerará domicilio del oferente, el domicilio legal que hubiera declarado en elRegistro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de laCiudad (RIUPP), dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Comprasy Contrataciones (Artículo 5° Pliego Único de Bases y Condiciones Generales).

A los efectos de la presente contratación el oferente deberá constituir domicilio dentro delámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en caso de no hacerlo se considerarádomicilio constituido el denunciado como especial en el Registro Informatizado Único yPermanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad.

Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de laCiudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) diasde su notificación al Gobierno.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Echeverría955, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 187 /IRPS/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°15

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Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas sise efectúan en Jos domicilios constituidos, excepto para el G.C.BA respecto de lasnotificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de laProcuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales yCédulas sito en calle Uruguay N° 458, de conformidad con lo dispuesto por la ResoluciónN° 77/PG/06.

Las notificaciones y comunicaciones podrán adelantarse a las firmas oferentes, envirtud de la modalidad de contratación y en función del principio de celeridad, a ladirección de correo electrónico de la empresa denunciada en el RIUPP, y en sucaso, en la oferta, a tenor de lo establecido en el Articulo 79 de la Ley NO2095 Y sumodificatoria Ley N° 4764, Y el Decreto Reglamentario N° 95/14.

4.- CÓMPUTO DE PLAZOS

El cómputo de plazos se efectuará conforme lo estipulado en el artículo 80 de la Ley N°2095 y su modificatoria Ley N° 4764, Y el Decreto Reglamentario N° 95/14 Y la Ley deProcedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada porDecreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97, ratificado por Resolución N° 41/LCABA/98.

5.- GARANTíAS

5.1.-GARANTíA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

De conformidad con lo prescripto por el Articulo 17 apartado 17.1 inc. d) del Pliego Únicode Bases y Condiciones Generales el monto a depositar en concepto de garantía deimpugnación asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTE ($420.-).

La constitución de esta garantía deberá realizarse conforme lo prevé el Articulo 17,apartado 17.2 a) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, y el articulo 100inciso a) y concordantes de la Ley N° 2095 Y su modificatoria Ley N° 4764, Y el DecretoReglamentario N° 95/14.

6.- DEL PROCEDIMIENTO

6.1.- ANUNCIOS

El llamado a Contratación Directa se anunciará en la Página de Internet del Gobierno dela Ciudad de Buenos Aires y en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa deAdquisiciones, sita en Echeverria N° 955 - CABA.

Se cursarán invitaciones a proveedores inscriptos en el RIUPP. Las invitaciones secursaran de conformidad con lo establecido el articulo 38 y 79 de la Ley N° 2095 Y sumodificatoria Ley N° 4764, el Decreto Reglamentario N° 95/14 Y el Articulo 4° del PliegoÚnico de Bases y Condiciones Generales

Asimismo se cursarán las comunicaciones establecidas en el artículo 93 del Decreto N°95/14.

La adjudicación se notificará al adjudicatario y a todos los oferentes y se publicará en elBoletin Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la Página de Internet del Gobierno de laCiudad de Buenos Aires, por el plazo de un (1) dia conforme lo establecido en la

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 187 /IRPS/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°16

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"2014. Año de las letras Argentinas"

normativa vigente.

6.2.- RETIRO DE PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES

Los Pliegos Único de Bases y Condiciones Generales, de Bases y CondicionesParticulares que rigen la presente Contratación Directa podrán retirarse, sin valorcomercial, en el Instituto de Rehabilitación Psicofisica, División Compras, sita enEcheverría N° 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

6.3.- PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR

Podrán participar en la presente contratación las personas fisicas o jurídicas concapacidad para obligarse, que reúnan las condiciones que se exigen en el presentePliego, en el Artículo 5° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y en lanormativa vigente en función del objeto de la contratación y que no se encontrarencomprendidas en las prohibiciones e inhabilidades que se mencionan en la normativaaplicable, de conformidad con lo establecido en los articulos 95 y 96 de la Ley N° 2095 Ysu modificatoria Ley N° 4764, Y el Decreto Reglamentario N° 95/14.

La documentación del oferente presentada en el RIUPP debe estar actualizada almomento de la presentación de la oferta.

6.4.- CONSULTAS

Las consultas relacionadas con el procedimiento de contratación y los respectivos Pliegosse presentarán en el Instituto de Rehabilitación Psicofisica, sita en Echeverria N° 955,hasta SETENTA Y DOS (72) HORAS, previas a la fecha establecida para la apertura deofertas. Las respectivas respuestas y aclaraciones correspondientes serán notificadas atodos los interesados que hayan retirado los Pliegos de Bases y Condiciones que rige lacontratación, y podrán ser adelantadas via e-mail, a la Dirección de Correo electrónicodenunciado por el/los interesado/s en el Registro Informatizado Único y Permanente deProveedores de la Ciudad de Buenos Aires (RIUPP), o en el que denunciare al momentode la adquisición de los citados Pliegos, en el supuesto de no encontrarse inscriptos en elcitado Registro.

SE DEJA CONSTANCIA QUE lA PÁGINA DE INTERNET DEL GCBA DEBERÁ SERCONSULTADA PERiÓDICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR lA EMISiÓNDE CIRCULARES.

6.5.- IMPUGNACiÓN DEL PLIEGO

La impugnación del Pliego puede ser recibida hasta cuarenta y ocho (48) horas antes dela fecha de apertura de las ofertas, y se tramita por cuerda separada.

Las impugnaciones deberán ser presentadas, en el Ministerio de Salud del Gobierno de laCiudad Autónoma de Buenos Aires, en el Instituto de Rehabilitación Psicofisica,Echeverria 955 CABA., dentro del plazo fijado en el primer párrafo del presente,adjuntando a la misma la fotocopia de la boleta de depósito de la respectiva Garantía, y

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 187 /IRPS/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°17

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exhibiendo el original extendido por la sucursal actuante; caso contrario no seráconsiderado como impugnación.

El depósito deberá efectuarse en Cuenta Corriente N° 26.326/9 "Impugnaciones - Fondosen Garantía", abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el que será integrado alos impugnantes u oferentes, solamente en el caso que su impugnación prosperetotalmente.

6.6.- LUGAR DE PRESENTACiÓN DE OFERTAS

Las Ofertas deberán presentarse en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica - DivisiónCompras, sita en Echeverría 955 (1428) Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

6.7.- FECHA Y HORARIO DE APERTURA DE OFERTAS

El acto de apertura de ofertas se llevará a cabo el dia 13 de noviembre de 2014 a las10.00 Hs., en la sede del Instituto de Rehabilitación Psicofisica - División Compras.

6.8.- PRESENTACiÓN DE LA OFERTA

La oferta deberá presentarse en un sobre o paquete cerrado, indicando en sucubierta el número de Contratación Directa y el dia y hora establecidos para laapertura, conforme lo establecido en el articulo 102 de La ley N° 2095 Y sumodificatoria Ley N° 4764 Y su Decreto Reglamentario, y el Pliego Unico de Bases yCondiciones Generales.

Los valores de la oferta deberán expresarse en letras y números. Deberáindividualizarse el valor unitario (por unidad de medida) y el monto total por cadarenglón cotizado, en números. Asimismo, deberá indicarse el monto total de laoferta, en base a la alternativa de mayor valor, expresado en números y letras.Deberá contemplarse lo establecido en el articulo 12 del Pliego Unico de Bases yCondiciones Generales.

Toda variante ofrecida que incluya accesorios o prestaciones superiores a lasespecificaciones detalladas deberá ser cotizada como alternativa.

Todos los importes deberán expresarse en moneda de curso legal en la RepúblicaArgentina al momento de realizar la oferta (pesos).

Se confeccionarán tres (3) ejemplares, en carpetas separadas, una caratulada como"original" y dos (2) como "copia". Todos los folios, tanto original como las dos copias seránfirmados, sellados y foliados por el Oferente o su Representante Legal. La firma deberáaclararse y asimismo, deberá indicarse el carácter del firmante. La foliatura deberáconstar en el extremo inferior derecho y deberá ser independiente en cada uno delos ejemplares.

En caso de discordancia entre los originales y copias, prevalecerá el original de la oferta.

Toda documentación legalizada o certificada deberá obrar agregada en el ejemplar"original", adjuntándose copia simple en los ejemplares "copia".

6.9.- EFECTOS DE LA PRESENTACiÓN DE LA OFERTA

La presentación de oferta implicará por parte del oferente el conocimiento y aceptación detodas las condiciones y reglas establecidas en el presente Pliego y en los Pliegos Único

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 187 /IRPS/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°18

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"2014. Año de las letras Argentinas"

de Bases y Condiciones Generales y de Especificaciones Técnicas, y de la normativa querige la presente contratación, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente yel Articulo 14 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.

6.10.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA

Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un plazo deVEINTE (20) OlAS a contar de la fecha del acto de apertura. Si el oferente no manifestaraen forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta conuna antelación minima de DIEZ (10) dias anteriores al vencimiento del plazo, aquella seconsiderará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial (artículo 102 inc. 5°Decreto Reglamentario N° 95/14).El desistimiento de la oferta antes del plazo señalado o de su prórroga aceptada por elOferente, causará la pérdida del importe de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.

6.11.- OBLIGACIONES DEL OFERENTE

El Oferente deberá presentar junto con la oferta:a) Constancia de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de

Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (RIUPP), oconstancia de inicio de trámite de inscripción (articulo 5 del Pliego Único deBases y Condiciones Generales). Es condición para la preadjudicación que eloferente se encuentre inscripto en el RIUPP (articulo 22 Decreto ReglamentarioN° 95/14).La documentación e información contenida en el Registro Único yPermanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de BuenosAires deberá estar debidamente actualizada a la fecha de presentación de laoferta.

b) Si el oferente se encontrase preinscripto en el RIUPP, deberá adjuntar con laoferta copia, certificada por Escribano Público, de la documentación societariaque acredite la razón social y la representación invocada por el presentante.

c) Declaración Jurada de no encontrarse dentro de las causales de impedimentopara contratar con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dichacláusula se extiende a los Directores, Representantes legales y Sindicas de laSociedad. (Anexo I del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales - Deberápresentarse consignando todos los datos correspondientes -no dejar losespacios en blanco-).

d) Autorización de acreditación de pagos del Tesoro del Gobierno de la CiudadAutónoma de Buenos Aires en cuenta bancaria. (Anexo 11 del Pliego Único deBases y Condiciones Generales).

e) Presentación de la Garantia de Mantenimiento de Oferta, en caso decorresponder.

f) Deberán dar cumplimiento a lo establecido por Disposición ANMA T N° 2318/2002reglamentada por Disposición ANMAT N° 3802/2004 Y Disposición ANMAT N°2319/2002 reglamentada por Disposición ANMAT N° 3801/2004.

g) Demás documentación requerida en el presente Pliego.

6.12.- EVALUACiÓN DE LAS OFERTAS

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 187 /IRPS/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°19

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Las ofertas se evaluarán teniendo en cuenta los antecedentes de los oferentes, elcumplimiento de la normativa exigida y de las especificaciones técnicas, las ofertaseconómicas presentadas y los demás aspectos formales contenidos en las propuestas,conforme lo establecido en el artículo 106 de la Ley N° 2095 Y su modificatoria Ley N°4764, Y el Decreto Reglamentario N° 95/14.

6,13.- RECHAZO DE LAS OFERTAS

Serán rechazadas de pleno derecho, las ofertas que íncurran en los supuestosestablecidos en el articulo 104 de la Ley N° 2095 Y su modificatoria Ley N° 4764, Y elDecreto Reglamentario N° 95/14.

Asimismo, serán rechazadas aquellas ofertas que no se ajusten estrictamente a lorequerido en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y de Bases y CondicionesParticulares, o que contengan errores u omisiones no subsanables. Se entiende porerrores no subsanables aquellas deficiencias relativas a cuestiones de fondo.

7..0BLlGACIONES DE LA ADJUDICATARIA

La empresa adjudicataria deberá:

a) Efectuar la entrega de conformidad con las previsiones de los Pliegos de lacontratación, y la oferta adjudicada.

8.- LUGAR Y PLAZOS DE ENTREGA

Los insumos deberán ser entregados en el Instituto de Rehabilitación Psicofísíca, sito enEcheverria 955 - G.CAB.A., Servicio de Cirugía, de Lunes a Viernes en el Horario de09.00 a 13.00 Hs.

Plazo de Entrega: La entrega será dentro de los quince (15) días de recibida la Orden deCompra.

Quedan a cargo exclusivo de la empresa adjudicataria, los gastos de transporte, carga,descarga y estiba, materiales y depósitos necesarios a los efectos de dar cumplimientocon el objeto de la contratación.

9.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

El contrato se perfecciona con la notificación fehaciente de la orden de compra aladjudicatario, siempre que éste no la rechace en el plazo que se determine en lareglamentación, de conformidad con lo establecido en el articulo 112 de la Ley N° 2095 Ysu modificatoria Ley N° 4764, Yel Decreto Reglamentario N° 95/14.

10.- TRANSFERENCIA Y CESiÓN DEL CONTRATO

El contrato sólo puede ser transferido y/o cedido por el adjudicatario con la previaautorización fundada de la autoridad competente. En caso contrario, el contrato se podrádar por rescindido de pleno derecho. El cocontratante cedente continuará obligadosolidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato.

11.- PENALIDADES CONTRACTUALES Y SANCIONES

Los contratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades: a) Pérdida de la

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 187 /IRPS/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°20

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"2014. Año de las letras Argentinas".................................. . _- _ .

garantía de mantenimiento de oferta o de cumplimiento del contrato; b) Multa porincumplimiento de las obligaciones contractuales; y, c) Rescisión del contrato por suculpa; de conformidad con lo establecido en el Capitulo XII de la Ley N° 2095 Y sumodificatoria Ley N° 4764, Y el Decreto Reglamentario N° 95/14.

Asimismo, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades, podrán ser pasibles de lassanciones establecidas en el Capitulo XIII de la citada normativa.

12.- DOCUMENTACiÓN CONTRACTUAL - ORDEN DE PRELACiÓN.

12.1.- Los siguientes instrumentos constituyen la documentación contractual:a) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y sus circulares aclaratorias,si las hubiere;b) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus circulares aclaratorias, silas hubiere; .c) La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para laAdjudicación;

d) El Acto Administrativo aprobatorio de la Adjudicación;e) Orden de Compra.

12.2.- Cuando exista divergencia entre los documentos señalados en el párrafo anterior, alos fines de su interpretación se establece el siguiente orden de prelación:

a) Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y sus circulares aclaratorias;b) Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus circulares aclaratorias,c) El Acto Administrativo de Adjudicación.d) Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación;e) Orden de compra.

Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual será resuelto de acuerdocon la normativa aplicable y las disposiciones del Derecho Público, dentro del espíritu yfinalidad del objeto de la Contratación.

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 187 /IRPS/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°21

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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 179 /DGEGP/14

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S2014, Año de las letras argentinas

Anexo Disposicion

Número: Buenos Aires,

Referencia: S/Anexo I- Aranceles establecimientos educativos de gestion privada -Ciclo 2015

ANEXO I

Aranceles y/o Contribuciones Máximas

Nivel

% deAporte

Inic- Prim Medio

Comun 1ºaño

MedioComún 2º a

5º año

MedioTécnico 1º

año

MedioTécnico 2º

a 6º año Superior

JornadaSimple (1)

Hasta 40hs. (2)

Hasta 40hs. (2)

Hasta 40hs. (2)

Hasta 40hs. (2) Docente Técnico 1º

añoTécnico 2ºa 3º/4º año

100 $ 278,80 $ 307,52 $ 307,52 $ 354,33 $ 354,33 $ 401,53 $ 487,56 $ 487,5680 $ 526,90 $ 596,58 $ 569,14 $ 683,16 $ 655,72 $ 717,52 $ 956,65 $ 892,9570 $ 673,70 $ 827,22 $ 786,06 $ 946,83 $ 905,67 $ 920,02 $ 1.119,28 $ 1.023,7360 $ 1.008,89 $ 1.215,91 $ 1.161,03 $ 1.392,56 $ 1.337,68 $ 1.167,41 $ 1.310,27 $ 1.182,8750 $ 1.173,81 $ 1.341,66 $ 1.273,06 $ 1.535,37 $ 1.466,77 $ 1.307,65 $ 1.484,12 $ 1.324,8740 $ 1.290,26 $ 1.676,55 $ 1.594,23 $ 1.919,12 $ 1.836,80 $ 1.637,55 $ 1.850,19 $ 1.659,09

(1) Para Inicial y Primaria con Jornada Completa hasta un 50 % más. Para Inicial y Primaria con Jornada Extendida hasta un 25 % más.(2) Medio común o técnico de más de 40 hs hasta un 30 % más.

Jueves 30 de Octubre de 2014DI-2014-15829268- -DGEGP

Digitally signed by Beatriz JaureguiDate: 2014.10.30 15:12:35 GFTLocation: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Signature Not Verified

BEATRIZ JAUREGUIDIRECTORA GENERAL DE EDUCACION DE GESTION PRIVADAD.G. DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA (SSIEYCP- MEGC)

Digitally signed by ComunicacionesOficialesDN: cn=Comunicaciones OficialesDate: 2014.10.30 15:19:12 -03'00'

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°22

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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 179 /DGEGP/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S2014, Año de las letras argentinas

Anexo Disposicion

Número: Buenos Aires,

Referencia: S/Anexo II - Criterios para fijar aranceles y contribuciones Ciclo lectivo 2015

Anexo II

Puntos acordados en la Comisión de Aranceles

(Art. Nº 13 – Dto.2542/91)

para fijar los aranceles y contribuciones que podrán

percibir las Escuelas Públicas de Gestión Privada de la C.A.B.A.

para el ciclo lectivo 2015

1. Se establecen las bandas que prevé el Decreto N° 2542-PEN/91, definidas de acuerdo con loestablecido por la comisión de aranceles, las que serán aplicadas al contrato educativo del ciclo 2015de acuerdo con lo establecido en el Anexo I de la presente disposición.

2. Dichas bandas discriminan el impacto de la aplicación de la Nueva Escuela Secundaria durante elpróximo ciclo lectivo, en el 1° año del Nivel de Educación Secundaria de la Jurisdicción, como asítambién el impacto en nivel superior técnico de 1º año por adecuación de planes de estudio.

3. Los topes definidos en el Anexo I serán considerados como base para el análisis del impacto delaumento salarial docente en febrero/marzo 2015.

4. En caso de que la institución defina la necesidad de cobrar la cuota de mantenimiento para el ciclolectivo 2015, según lo previsto en el Art. 9 del Decreto 2542/91, la misma se mantendrá comomáximo en el valor de una cuota (arancel programático + extra programático) y no podrá serfacturada en menos de 9 (nueve) pagos mensuales.

5. Las escuelas informarán a las familias en las carteleras respectivas la Disposición que fija los valorestope correspondiente al porcentaje de aporte que recibe cada nivel de enseñanza para el ciclo lectivo2015. La DGEGP a su vez la pondrá en su página web para eventuales consultas de las familias.

6. La comunicación a los padres respecto de las condiciones arancelarias del contrato educativo 2015,deben explicitar en su desarrollo los puntos 2, 3 y 4 del presente anexo.

DI-2014-15829834- -DGEGPJueves 30 de Octubre de 2014

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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 35 /GGEATC/14

FIN DEL ANEXO

Apellido y Nombre Nº de Documento

Cargo Nivel Grado Función

MACHUCA FABIO DANIEL 17.321.573 SUPERVISOR DE ARCHIVO MUSICAL V 09 838FERNANDEZ MARIO EZEQUIEL 26.735.838 AYUDANTE DE ARCHIVO MUSICAL V 06 839ROJAS OSVALDO DANTE 11.602.792 AYUDANTE DE ARCHIVO MUSICAL V 06 839LOPEZ MARIA SILVIA 18.436.086 AYUDANTE DE ARCHIVO MUSICAL V 05 839TARRAGONA SEBASTIAN 27.087.775 AYUDANTE DE ARCHIVO MUSICAL V 05 839BATTIPAGLIA FACUNDO NICOLAS 34.739.625 AYUDANTE DE ARCHIVO MUSICAL V 04 839COIRADAS DANIEL 17.978.677 AYUDANTE DE ARCHIVO MUSICAL V 04 839LIVIO HERNAN ANSELMO 31.438.462 AYUDANTE DE ARCHIVO MUSICAL V 04 839ROBALDO GABRIEL ERNESTO 31.606.448 AYUDANTE DE ARCHIVO MUSICAL V 04 839TARRAGONA NICOLAS 28.232.607 AYUDANTE DE ARCHIVO MUSICAL V 04 839COLLADOS JOSE FRANCISCO 28.985.235 AYUDANTE DE ARCHIVO MUSICAL V 02 839LAGRASSA IBARRA ALESSANDRO 39.208.760 AYUDANTE DE ARCHIVO MUSICAL V 02 839PERELMAN LUCAS FABIAN 32.524.748 AYUDANTE DE ARCHIVO MUSICAL V 02 839PERUGGINI PEREZ ANAHI 36.588.862 AYUDANTE DE ARCHIVO MUSICAL V 02 839

Apellido y Nombre Nº de Documento

Cargo Nivel Grado Función

CAMBIASSO JOSE MATIAS NESTOR 8.442.432 COORDINADOR GENERAL DE ESCENARIO V 12 830MORA MARCELO EDUARDO 10.814.913 COORDINADOR PRINCIPAL DE ESCENARIO V 11 831ZAMBARBIERI JUAN CARLOS 11.041.383 COORDINADOR PRINCIPAL DE ESCENARIO V 11 831CROCE SILVANA 24.157.449 COORDINADOR DE CUERPO V 09 832NICOLAS SEBASTIAN ADRIAN 23.205.305 COORDINADOR DE CUERPO V 09 832CANELA DIANA CRISTINA 29.130.015 AYUDANTE DE COORDINACIÓN ARTÍSTICA V 04 833GARCIA RODRIGO JAVIER 25.257.883 AYUDANTE DE COORDINACIÓN ARTÍSTICA V 04 833GIARDINA ANTONIO ANDRES 32.822.106 AYUDANTE DE COORDINACIÓN ARTÍSTICA V 02 833ORTIZ OSCAR OMAR 28.564.371 AYUDANTE DE COORDINACIÓN ARTÍSTICA V 02 833ROCCO MARIA LUZ 27.320.031 AYUDANTE DE COORDINACIÓN ARTÍSTICA V 02 833ZAMBARBIERI LUCIANA GIMENA 35.370.886 AYUDANTE DE COORDINACIÓN ARTÍSTICA V 02 833

Apellido y Nombre Nº de Documento

Cargo Nivel Grado Función

TABOADA FEDERICO MANUEL 36.946.335 COPISTA CORRECTOR V 07 833

Apellido y Nombre Nº de Documento

Cargo Nivel Grado Función

BARREIRO GERVASIO JULIAN 28.322.485 LUTHIER V 08 833

COORDINACION ARTISTICA

COPISTERIA

LUTHIER

ANEXO IGANADORES DESIGNADOS

ARCHIVO MUSICAL

IF-2014-15802549- -GGEATC

página 1 de 2

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FIN DEL ANEXO

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 37 /GGEATC/14

ANEXO DISPOSICION EE

15801647/DGTALEATC/2014

TARIFAS PRECIOS ENTRADA GENERAL $ 180

IF-2014-15989339- -GGEATC

página 1 de 1

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°25

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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1615 /DGINC/14 ANEXO I DISPOSICION- -2014.

Sábado 15-11-2014 Recorrido en ómnibus con diversas paradas de 20 a 03 hs.

Listado de instituciones, dirección y parada

Parada Institución Dirección Parada en 1 Complejo Histórico Santa Felicitas Pinzón 1480 Parada en Pinzón 1480

Pinzón- Montes de Oca - Uspallata - Piedras - Finochietto 2 Sputnik Galeria Dr Enrique Finochietto 545 Parada en Finochietto 545

Bolivar - Ituzaingó - Hornos 3 Fundación Lebensohon Gral. Hornos 238 Parada en Gral Hornos 238

Rotonda Constitución - Herrera - Brandsen - Av. Ramón Carrillo - Suarez

4

La flor de Barracas Suárez 2095 Parada en Suarez y Arcamendia Pasaje Lanin Lanin 33 Escuela Normal 5 Gral Martin de Guemes Arcamendia 743

Herrera - Iriarte - Velez Sarsfield

5 Basílica del Sagrado Corazón Av. Vélez Sarsfield 1351 (1285) Parada en Velez Sarsfield 1351

California - Perdriel - Iriarte 6 Los Laureles Av General Iriarte 2290 Parada en Iriarte y San Antonio

San Antonio 7 Logia Masónica Hijos del Trabajo San Antonio 814 Parada en San Antonio 814

Osvaldo Cruz - Juan Darquier - Villarino 8 Centro Metropolitano de Diseño Algarrobo 1041 Parada en Algarrobo 1041

Villarino 9 Fundación Elía Robirosa Villarino 2294 Parada en Villarino y Goncalvez Diaz

Goncalvez diaz - California 10 Museo de la Balanza California 2000 Parada en California 2000

California

IF-2014-16032152- -DGINC

página 1 de 3

11 El Progreso Avenida Montes de Oca 1702 Parada en Montes de Oca y California

Montes de Oca – Suarez 12 Sociedad Luz Suárez 1301 Parada en Suarez 1301

Ruy Diaz de Guzman - Olavarria - Hernandarias - Pinzon 13 Complejo Histórico Santa Felicitas Pinzón 1480 Parada en Pinzón 1480

IF-2014-16032152- -DGINC

página 2 de 3

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°26

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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1615 /DGINC/14 (continuación)

IF-2014-16032152- -DGINC

página 3 de 3

FIN DEL ANEXO

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°27

Page 28: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 39 /DGDYCOF/14

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - ENTE DE TURISMODECLARACION JURADA - Art. 7 inc. 7º Decreto 227/ 14

MOTIVO

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

MODIFICACIÓN DE DATOS

El que suscribe …………………………………………………………………………………………………………………………………………quien

acredita identidad con DNI/LE/LC Nº …………………………….……………………………………….en el carácter de titular del

inmueble sito en ………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

De la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Partida Inmobiliaria Nº……………………………………………………………………..

Declara bajo juramento que al momento de registrar la propiedad antes indicada la locación temporaria con fines turísticos se encuentra autorizada por parte del consorcio de propietarios del referido inmueble y que no se hayan impedimentos para que ser comercializada bajo esa modalidad, todo ello conforme a la normativa vigente Ley 4.632 y su Decreto Reglamentario Nº 227/2014. Asimismo, declara bajo juramento haber dado cumplimiento a la totalidad de lo dispuesto por el art. 11º de la referida normativa.-

CABA, a los …………….…días del mes de ….………………..……..……….del año ………….………-

FIRMA: ………………………………………………………………………………….

ACLARACIÓN: ………………………………………………………………………..

CUIT/CUIL:………………………………………………………………………………

Certifico que la firma del declarante ha sido estampada en mi presencia y que he tenido a la

vista la documentación que acredita identidad y/o representación. (1)

Lugar y Fecha Firma y sello del certificante

IF-2014-16210640- -DGDYCOF

página 1 de 3

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°28

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FIN DEL ANEXO

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 39 /DGDYCOF/14 (continuación)

RECEPTOR

Lugar y Fecha Firma y sello del Funcionario Receptor

(1)) La certificación podrá ser extendida por autoridad o funcionario administrativo, judicial,notarial, bancario que según la legislación del lugar de expedición se encuentreautorizada para ello. (2) El presente formulario reviste el carácter de Declaración Jurada, debiendo ser impreso ycompletado en doble ejemplar y a doble faz. La omisión o falsedad de algunos de losdatos proporcionados sujetan a los infractores a las penalidades previstas en losartículos 172 y 292 del Código Penal para los delitos de estafa y falsificación dedocumentos.

IF-2014-16210640- -DGDYCOF

página 2 de 3

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

"2014, Año de las letras Argentinas”

CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN

Se certifica que la propiedad sita en…………………………………………………………………………………………….

Partida Inmobiliaria Nº…………………….Nomenclatura Catastral…………….……………………………, de esta

Ciudad, cuyo titular declarado es ….……………………..…………………………………………………………………………..,

se encuentra inscripta en el Registro de Propiedades de Alquileres Turístico Temporario

dependiente del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires bajo el Nº……….………….

Se expide el presente a los………..días del mes de……………………..……de 20….., teniendo una vigencia

de 2 (dos) años a partir del día de la fecha.

Sello y firma de la Autoridad IF-2014-16210688- -DGDYCOF

página 1 de 1

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°29

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Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

“2014. Año de las letras argentinas "

ANEXO I

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES Bases del llamado

1. Objeto del Llamado: Contratar la realización de trabajos de pintura en áreas seccionadas de los pisos cuarto y quinto del edificio sede del Tribunal. 2. Forma de cotización: Firmada por el oferente o su representante legal, en pesos, con IVA incluido, en formulario del oferente con membrete y n° de CUIT, y ajustada a las bases y condiciones establecidas en las cláusulas particulares, y especificaciones técnicas. 3. Pliego: El pliego de bases y condiciones es gratuito. Puede retirarse en la oficina de compras y contrataciones del Tribunal, descargarse de la página del Tribunal en Internet (http://www.tsjbaires.gob.ar/index), o solicitarse por correo electrónico a [email protected]. 4. Consultas: Las consultas relacionadas con el presente proceso se realizan ante la Unidad Operativa de Adquisiciones hasta 48 (cuarenta y ocho) horas previas a la fecha establecida para la apertura de las ofertas. 5. Garantía: Cuando el importe de la oferta supere las 100.000 unidades de compra (equivalente a $ 550.000,00), es necesario presentar garantías de mantenimiento de la oferta y de cumplimiento del contrato. Estas garantías deberán constituirse en los términos y modalidades previstos por los artículos 99 y 100 de la ley n° 2095; y de acuerdo con el artículo 14 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. 6. Mantenimiento de oferta: Los oferentes proponentes deberán mantener las ofertas por el término de treinta (30) días a contar de la fecha del acto de apertura. Al vencimiento del plazo fijado para el mantenimiento de las ofertas, estas se prorrogan automáticamente por igual plazo, excepto que el oferente manifieste su voluntad de no renovarla, con una antelación mínima de 10 (diez) días anteriores al vencimiento. 7. Preadjudicación: El anuncio de la Comisión de Evaluación de Ofertas (preadjudicación), se efectúa por tres (3) días en la cartelera de la Dirección General de Administración del piso 6º de Cerrito 760, de la Ciudad de Buenos Aires; simultáneamente se publica por el mismo plazo en la página en Internet del Tribunal Superior de Justicia; y por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. 8. Impugnaciones: Los interesados pueden formular impugnaciones en el plazo de tres (3) días a contar desde vencimiento del último anuncio. Será condición de admisibilidad de la impugnación a la preadjudicación, por parte de los oferentes, el depósito del tres por ciento (3%) del monto total de la oferta preadjudicada, en concepto de la garantía de impugnación (conf. Artículo 17 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales). Si no se hubiere concretado la preadjudicación, por resultar el llamado fracasado por inadmisibilidad de la totalidad de las ofertas, o por no haber ninguna conveniente, deberá efectuarse el depósito del tres por ciento (3%) sobre el precio total de la propuesta perteneciente al impugnante. En el supuesto de impugnación al pliego, el depósito será equivalente al tres por ciento (3%) del presupuesto total afectado y la impugnación podrá ser presentada hasta

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cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha de apertura de las ofertas, transcurrido ese plazo, no se dará curso a presentación alguna en ese sentido. Las impugnaciones deberán ser presentadas en la Mesa de Entradas de la Dirección General de Administración adjuntando a la misma fotocopia de la boleta de depósito mencionado, caso contrario, no será considerada la impugnación.

De los oferentes 9. Inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP): Los interesados en participar en los procedimientos de selección deberán acreditar sus inscripción o haber iniciado el trámite de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda (RIUPP). La omisión de la solicitud para la inscripción previa dará lugar al rechazo de la oferta (conf. inciso h del artículo 104 de la ley n° 2095). 10. Constitución de domicilio y correo electrónico: Las firmas participantes deberán constituir domicilio en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires e informar una dirección de correo electrónico en la que se efectuarán todas las notificaciones y/o comunicaciones que sean necesarias durante el proceso de selección de ofertas y en la ejecución del contrato. De omitirse este requisito, se tomarán por válidas la direcciones registradas en el RIUPP. 11. Personas no habilitadas para contratar: Los oferentes deberán manifestar bajo juramento no encontrarse comprendido en algunas de las situaciones indicadas en el artículo 96 de la ley n° 2095. A tal efecto, suscribirán el formulario de declaración jurada que integra las bases del presente llamado. Artículo 96 – PERSONAS NO HABILITADAS: No pueden presentarse a ningún procedimiento de selección en el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. b) Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. c) Los cónyuges de los sancionados. d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace. e) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario. f) Los inhibidos. g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.

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h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente. i) Las personas físicas o jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos 1.3.11 bis y 3.1.14 al Libro II “De las faltas en particular”, Sección 3°, Capítulo “Prohibiciones en Publicidad” del Anexo I de la Ley 451 Régimen de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Texto Inciso incorporado por Ley 4486). j) Las personas físicas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación. 12. Requisitos que deberá cumplimentar el oferente: Con el fin de permitir que este Tribunal Superior evalúe la idoneidad para la ejecución de las tareas previstas, el oferente deberá presentar antecedentes comerciales que no excedan de los últimos DOS (2) AÑOS donde acredite el haber realizado trabajos de similares características a las que trata el presente acto licitatorio. 13. Del personal: Se deberá presentar una planilla designando un responsable técnico e indicando la cantidad del personal afectado a las tareas comprendidas en esta licitación. 14. Aclaración de documentación: El Tribunal Superior de Justicia se reserva el derecho de solicitar ampliación o aclaración de la documentación presentada, a fin de evaluar correctamente la oferta, sin alterar la presentación de la propuesta económica realizada. 15. Constancia de Visita: Los oferentes deberán visitar indefectiblemente las instalaciones del edificio, a fin de imponerse de las características que hacen a la contratación. La fecha y hora de la visita será indicada por la Unidad Operativa de Adquisiciones mediante un nota/circular agregada al Pliego de Especificaciones Técnicas. Como constancia de haber cumplido esta exigencia se extenderá un comprobante que se adjuntará a la oferta. La omisión de la visita será causal de desestimación de la oferta. 16. Condición de calidad: Los productos e insumos a utilizar deberán ser los establecidos en los pliegos de especificaciones técnicas y los expresamente autorizados por el Tribunal Superior de Justicia. 17. Garantía de los trabajos: Se establece como plazo de garantía de los trabajos el plazo de 5 (cinco) años, a contar desde la emisión del Parte de Recepción Definitiva.

Del adjudicatario 18. Plazo de duración del contrato: El plazo total de ejecución será de treinta (30) días corridos, en coincidencia con el período de feria judicial de verano, entre el 2 y el 31 de enero de 2015 inclusive. Se labrará un ACTA DE REPLANTEO o ACTA DE INICIO DE OBRA entre la Dirección de Obra y el Contratista, y se acordará un cronograma que deberá haber quedado concluido para la fecha pactada. 19. Del personal: antes de iniciarse las labores, el adjudicatario presentará una nómina del personal habilitado para realizar los trabajos. Asimismo, se consignará toda alta y baja que decida el adjudicatario. 20. Seguros - Accidentes de Trabajo: El adjudicatario será responsable de su personal por accidentes de trabajo, para lo que deberá contratar un seguro que cubra

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la totalidad de las obligaciones fijadas por la ley sobre Riesgos del Trabajo n° 24.557 y sus decretos reglamentarios. El seguro deberá cubrir los riesgos y accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales e inculpables amparando las indemnizaciones por incapacidad permanente, parcial y absoluta, incapacidad temporaria y/o muerte, accidente in-itinere, por los montos que fije la legislación vigente. El adjudicatario deberá presentar la póliza o copia certificada, donde conste que todo el personal afectado a la prestación del servicio se encuentra cubierto por este seguro. 21. Condición de empleador: El adjudicatario asumirá todas las obligaciones y cargas en su condición de empleador y acreditará el cumplimiento de dichas obligaciones antes del inicio de los trabajos adjudicados eximiendo totalmente al Tribunal Superior de Justicia de cualquier pretensión en tal sentido. El personal del adjudicatario no tendrá, por tanto, relación de dependencia alguna con este Tribunal. Asimismo el adjudicatario será responsable del cumplimiento de las leyes que rigen en materia sanitaria y las que rigen específicamente la actividad (libretas sanitarias actualizadas, exámenes físicos, libreta de trabajo, etc.). Al momento de iniciarse los trabajos, el Tribunal verificará el cumplimiento de dichos recaudos, exigiendo al adjudicatario la presentación de la documentación pertinente relativa a cada uno de los trabajadores afectados a las tareas. 22. Seguros: Previo al inicio de la ejecución de las prestaciones, el adjudicatario deberá contratar un seguro de responsabilidad civil, por la suma mínima comprensiva de TRESCIENTOS MIL PESOS ($ 300.000.-) por los daños que como consecuencia de la ejecución de los trabajos se ocasione a personas, cosas y/o bienes y servicios de terceros y/o del Tribunal Superior de Justicia. Los seguros deberán contratarse con compañías aseguradoras con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires y a satisfacción del Tribunal Superior de Justicia. La póliza deberá ser endosada a favor del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En caso de que el monto de los seguros contratados no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el adjudicatario. De igual manera en caso de insolvencia o quiebra de la aseguradora, el adjudicatario deberá afrontar por su exclusiva cuenta y cargo todos los daños ocasionados, liberando al Tribunal Superior de Justicia de cualquier responsabilidad al respecto. Si el adjudicatario dejase de contratar y/o mantener en vigencia el seguro de responsabilidad civil, el Tribunal Superior de Justicia podrá, con independencia de cualquier otra facultad o derecho que pudiera ejercer; contratar el seguro y pagar los premios necesarios o que fueran adeudados por el adjudicatario. El Tribunal Superior de Justicia deducirá los premios así desembolsados del pago de la correspondiente factura. La vigencia del seguro regirá durante la totalidad del período contractual. La adjudicataria deberá contratar un seguro que cubra los riesgos de sus empleados que realicen trabajos de altura, previstos en el pliego de especificaciones técnicas u otros. 23. Comportamiento: El adjudicatario deberá controlar el correcto comportamiento de su personal en el ámbito del Tribunal. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar también a la recisión del contrato. 24. Forma de Adjudicar: El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá o no adjudicar la presente contratación, sin que ello genere indemnización alguna (conf. Artículo 19 de la ley 2095). La adjudicación recaerá en el

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oferente cuya cotización global, ajustada a las bases y condiciones establecidas en el presente pliego, resulte la más conveniente. 25. Nombrar representantes ante la adjudicataria: El Tribunal Superior de Justicia se reserva el derecho de designar agentes con autorización para que sirvan de nexo con la empresa que resulte beneficiaria de la presente licitación. La adjudicataria deberá dirigirse en primera instancia a la persona designada ante cualquier cuestión que se suscite durante la ejecución contractual. 26. Fiscalización General de la Prestación: El Tribunal Superior de Justicia designará una persona encargada de la dirección, inspección y certificación de obras, quien fiscalizará el cumplimiento de las obligaciones a cargo del adjudicatario y dará las instrucciones que resulten necesarias. Al iniciarse la contratación, el representante designado habilitará un libro en el cual dejará constancia de las instrucciones dadas y de las faltas verificadas en el cumplimiento. Las faltas serán notificadas al adjudicatario por cualquier medio fehaciente Luego de notificado y dentro del plazo de cinco (5) días, la adjudicataria podrá formular, en caso de corresponder, el descargo pertinente; superado dicho plazo, sin que se efectúe descargo alguno, se tendrá por consentida la falta detallada. El descargo deberá ser presentado en la Mesa de Entradas de la Dirección General de la Administración, donde se dejará constancia de la fecha y hora de su recepción. 27. Revocación de procedimiento: El Tribunal Superior de Justicia podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes (conf. artículo 82 de la ley 2095). 28. Penalidades contractuales: Frente al incumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato o su cumplimiento defectuoso, el Tribunal Superior de Justicia, previa notificación y descargo del adjudicatario, podrá aplicar las multas que se establecen en la cláusula siguiente, sujeto a la aplicación de las multas o rescindir el contrato por culpa del adjudicatario. Ello, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 135 de la Ley de Compras y Contrataciones nº 2095 y su decreto reglamentario, cuando así correspondiere. Las multas a aplicarse se deducirán de las facturas emergentes, al cobro o en trámite. 29. Rescisión por culpa del adjudicatario: Frente a la grave negligencia o al incumplimiento reiterado de las obligaciones previstas en este pliego y en las especificaciones técnicas, el Tribunal podrá rescindir la contratación por causas imputables al proveedor mediante decisión fundada. 30. Rescisión: El Tribunal Superior de Justicia podrá rescindir el contrato por causas no imputables al proveedor, de conformidad con lo prescripto en al artículo 122 de la ley n° 2095. 31. Prórroga de ejecución: El Tribunal Superior de Justicia se reserva el derecho de prorrogar la presente contratación pudiendo previamente solicitar los informes técnicos que estime pertinentes y en el marco de lo dispuesto sobre el particular en la normativa aplicable (ley n° 2095 y su decreto reglamentario n° 95/2014). 32. Forma de Pago: Respecto del anticipo para acopio de materiales: El adjudicatario podrá solicitar un anticipo de hasta el 40% (cuarenta por ciento) del precio total adjudicado para acopiar los materiales que empleará en los trabajos. El anticipo se hará efectivo una vez que el adjudicatario presente una garantía del cien por ciento (100%) sobre el monto solicitado en concepto de adelanto. La garantía

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deberá constituirse a satisfacción del Tribunal, en alguna de las formas previstas en el punto 14.2 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Respecto del saldo: El pago del saldo se hará efectivo dentro de los quince (15) días de emitido el parte de recepción definitiva, documento que habilita a la presentación de la factura. 33. Tramitación de Facturas: Las facturas deberán ser confeccionadas conforme a los términos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos y presentadas en original en la Mesa de Entradas de la Dirección General de Administración, sita en Cerrito n° 760, piso 6° de la Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes, de 09:00 a 16:00. 34. Interpretación: En caso de que se suscitaren divergencias entre la oferta y las bases del llamado, tendrán primacía las condiciones establecidas en los pliegos de cláusulas generales y particulares y en las especificaciones técnicas.

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ANEXO II

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

OBJETO El objeto de este llamado a licitación es la ejecución de tareas de pintura integral de las paredes, cielorrasos, zócalos, marcos, contramarcos y carpinterías interiores del Ala Viamonte y Córdoba del quinto piso, locales administrativos, áreas comunes y locales sanitarios 502 a 523 inclusive; del cuarto piso local administrativo 420 del Ala Córdoba y locales administrativos 402, 403, 406, 408, 409 y 411 del Ala Viamonte, más las áreas comunes y de sanitarios 404, 405, 407, 410, 412, 416, 417, 419 y 425, del inmueble sito en la calle Cerrito nº 760, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se deberán dejar las obras y la totalidad de sus instalaciones involucradas en perfectas condiciones de uso y funcionamiento, en un todo de acuerdo con las reglamentaciones vigentes de los Organismos Oficiales y empresas privadas proveedoras de servicios públicos.

MEMORIA DESCRIPTIVA Los sectores a intervenir, en la actualidad se identifican en el quinto piso como los l ocales 502, 503, 504, 506, 508, 509 y 511 en el Ala Viamonte, los locales 513, 514, 515, 518, 520 y 521 en el Ala Córdoba, los mismos conforman oficinas administrativas; los locales 504, 505, 507, 510, 512, 516, 517, 519 y 522 que conforman espacios de uso común y sanitarios. En el cuarto piso los locales a intervenir se identifican como local administrativo 420 del Ala Córdoba y locales administrativos 402, 403, 406, 408, 409 y 411 del Ala Viamonte, más las áreas comunes y de sanitarios 404, 405, 407, 410, 412, 416, 417, 419 y 425. Se observa la superficie de la pintura con un envejecimiento propio de la acción del tiempo. También se han detectado algunos sectores puntuales con manchas de humedad y degradación de revoques, que se deben reparar. Todo lo que se detalla en la presente "memoria descriptiva" se corresponde absolutamente con el Pliego de Especificaciones Técnicas, complementando la información global del mismo. Se presentan esquemas de ubicación e identificación de locales.

DISPOSICIONES GENERALES

El Contratista deberá ejecutar con excelente nivel técnico y probada solidez todas las tareas comprendidas en los rubros e ítems que se citan en la presente documentación y aún todos aquellos que sin estar expresamente indicados, sea necesario ejecutar a los efectos de conseguir el objetivo propuesto proveyendo mano de obra, materiales y equipo idóneo. Aquellos ítems que merezcan una consulta en particular, ya sea porque se haya omitido una especificación técnica, porque su ejecución no pueda ser cumplimentada por problemas de mercado, tiempos de fabricación, etc., serán dirimidos por la Dirección de Obra, quién propondrá en cada caso la solución a adoptar.

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En los casos en que en el presente Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, se establezcan materiales o equipos de una clase o marca especial, el Oferente podrá proponer productos de otras marcas. En estos casos el oferente deberá aportar al organismo licitante los elementos de juicio necesarios que le permitan a éste comprobar que los bienes ofertados reúnen las características requeridas, de igual calidad o superior. El traslado de personal del contratista, materiales, equipos, escombros, etc., durante el transcurso de la obra se hará con sumo cuidado a los efectos de no producir daños y mantener las áreas de trabajo en perfectas condiciones de limpieza en todo momento. Dicho desplazamiento se realizará por el acceso al edificio que la Dirección de Obra indique. Se deberán extremar todas las medidas de seguridad hacia el interior de la obra y la vía pública, no generando interferencia con el normal funcionamiento de éstas, en cuanto a transeúntes y/o vehículos. El Contratista dispondrá de un espacio para ubicar su obrador, que la Dirección de Obra determinará con antelación al inicio de la obra. El mencionado obrador deberá permanecer en óptimas condiciones de higiene y seguridad, quedando el Contratista como único responsable de los elementos que, para la ejecución de la obra se requieran, como así también los efectos personales de su personal. El mismo deberá cumplir con la Ley 19.587 de Higiene y Seguridad de Trabajo y sus correspondientes reglamentaciones. La Dirección de Obra indicará al Contratista el local sanitario en el edificio, que será utilizado por su personal a cargo. El mismo deberá ser acondicionado a tal efecto. El Contratista no tendrá derecho a reclamo alguno, en caso que fuese necesario introducir modificaciones por razones funcionales, de seguridad u otras. ALCANCES DEL PLIEGO La presente sección tiene como finalidad dar los lineamientos de las especificaciones de aplicación para la construcción y/o tareas que integren las obras a realizarse motivo de la presente licitación, siendo su alcance para la totalidad de los trabajos, salvo indicación expresa en contrario. Las tareas de la totalidad de los Locales enunciados precedentemente como Administrativos, sanitarios y espacios comunes, involucra pintado completo de la totalidad de paredes, cielorrasos, zócalos, marcos, contramarcos y carpinterías interiores. En todos los casos, el Contratista deberá respetar los acabados y texturas existentes de cada uno de los locales o áreas a intervenir. En relación a los colores, los mismos serán definidos por la Dirección de Obra con antelación al inicio de las tareas. Lo anteriormente indicado se refiere a la totalidad de los cielorrasos, carpinterías de madera, ornatos, zócalos, etc., según corresponda. La obra es completa a sus fines, debiendo por tanto contemplarse la totalidad de trabajos y materiales que resulten necesarios, con el objeto de dejar las instalaciones involucradas en perfecto estado de conservación y funcionamiento. Se priorizará, más allá de estas Especificaciones Técnicas, la seguridad y la óptima respuesta al servicio prestado y al bajo o nulo mantenimiento. Se estipulan las condiciones y relación en que debe desenvolverse el Contratista en lo que se refiere a la realización y marcha de los trabajos que aquí se especifican y a

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las instrucciones, supervisión y/o aprobación en que tomará intervención la Dirección de Obra. Todos los elementos a incorporar a la obra deberán ajustarse según las máximas condiciones de calidad, terminación y durabilidad con que se cuente en el mercado. Todos los materiales que ingresan a la obra deberán contar con la aprobación previa de la Dirección de Obra para su utilización, debiendo retirarse en forma inmediata todos aquellos materiales no aprobados por ésta. Se destaca que los elementos que no fueran explícita y fehacientemente aprobados por la Dirección de Obra no podrán ser utilizados en la ejecución de los trabajos bajo ningún concepto.

OBRAS COMPRENDIDAS EN ESTA DOCUMENTACION

Son aquellas por las cuales el Contratista tomará a su cargo la provisión de materiales, mano de obra, plantel, equipo y toda otra provisión o trabajo complementario que directa o indirectamente resulten necesarios para la ejecución de los mismos, con arreglo a su fin, en correspondencia con los rubros siguientes:

Rubro 1: Tareas Preliminares 1.1 Replanteo 1.2 Preparación Áreas de Trabajo

Rubro 2: Demoliciones Rubro 3: Albañilería Rubro 4: Pintura

4.1 Materiales 4.2 Entrega y almacenamiento 4.3 Mano de obra especializada 4.4 Requerimientos especiales 4.5 Muestras y ensayos

Rubro 5: Limpieza 5.1 Limpieza Periódica 5.2 Limpieza Final

DOCUMENTACION

La documentación técnica que conforma el presente pliego es a titulo referencial, por lo tanto el Contratista deberá realizar todas las mediciones y comprobaciones "in situ", a fin de interpretar con exactitud la obra. Toda otra documentación que a juicio de la Dirección de Obra se considere necesaria, será presentada por parte del Contratista con la antelación debida para su aprobación, a efectos de no entorpecer la marcha de los trabajos. El Contratista efectuará por su cuenta ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las tramitaciones correspondientes al Aviso de Obra, según las reglamentaciones vigentes. Deberá entregar a la Dirección de Obra copia autenticada de los registros correspondientes. REPRESENTANTE TECNICO Y LIBROS

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El Oferente deberá, en oportunidad de presentar su propuesta, contar con un Representante Técnico de profesión Arquitecto, Ingeniero Civil y/o en Construcciones, debidamente matriculado en el Consejo o Colegio respectivo, con jurisdicción nacional. El mismo será responsable por la correcta ejecución de la obra. Deberá supervisar la marcha de los mismos y preparar toda documentación técnica necesaria para la ejecución de las tareas. El Contratista deberá habilitar sendos libros de Órdenes de Servicio y Notas de Pedido, debidamente rubricados, en hojas por triplicado, de modo tal que el original quede en la Gerencia de Administración, una copia para la Dirección de Obra y otra copia para la Contratista. SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. GENERALIDADES La Empresa Contratista dará cumplimiento estricto a lo dispuesto por la Ley 19.587, el Decreto Reglamentario Nº 911/96, la Ley 24.557, sus modificaciones y toda otra reglamentación vigente, nacional y/o municipal, en relación con seguridad e higiene en el trabajo. MATERIALES Serán de primera calidad y serán puestos en obra en sus envases originales, con el cierre de fábrica. Es responsabilidad de la contratista demostrar la calidad de los mismos cuando no respondan a marcas especificadas. la contratista tendrá siempre en obra los materiales necesarios para asegurar la buena ejecución de los trabajos, acondicionados de manera que no sufran deterioros ni alteraciones. La contratista será responsable por las degradaciones y averías que pudieran experimentar tanto dichos materiales como los trabajos realizados por efectos de la intemperie o por otras causas. Para todos y cada uno de los materiales a emplear se respetarán las indicaciones y recomendaciones del fabricante y/o distribuidor, salvo indicación en contrario. Ante la eventual falta de un determinado material y/o elemento descripto en la presente documentación, el Contratista está facultado a presentar para su evaluación, alternativas que cumplan con los requisitos exigidos; no debiendo por ello modificar lo proyectado ni ocasionar un costo adicional en los trabajos. MUESTRAS Será obligación del Contratista la presentación a la Dirección de Obra, de muestras de todos los materiales y elementos que se deban incorporar a la Obra para su estudio y aprobación. Dicha aprobación será siempre provisoria, sujeta a comprobaciones durante los ensayos, pero necesaria para el comienzo de los trabajos en obra. El Contratista deberá presentar muestra de los productos propuestos, sus certificados y su adaptación a las normas IRAM, con diez (10) días de antelación a su eventual utilización, a fin de permitir la correcta evaluación de los mismos. En todos los casos, los productos deberán responder con las normas establecidas en las presentes Especificaciones Técnicas Particulares. La Dirección de Obra podrá disponer la realización de todos los controles de calidad y ensayos de las muestras de materiales y elementos incorporados a las obras ante organismos estatales o privados, en caso que presenten dudas respecto a lo

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especificado en el pliego, quedando los gastos que demanden los mismos a cargo exclusivo del Contratista. Ante cualquier duda, la Dirección de Obra, queda facultada para exigir los análisis y/o pruebas que acrediten lo establecido para los requerimientos antes descriptos. Por ello, los materiales a emplear, serán de lo mejor de su clase, respondiendo en calidad y características a las especificaciones contenidas en las normas IRAM. A los efectos de su empleo, en cuanto a medidas, estructura y calidades se refiere, deberá recabarse la conformidad de la Dirección de Obra. Cuando se autorice el uso de materiales aprobados, las muestras de los mismos quedarán en poder de la Dirección de Obra. Todos los materiales que no se ajusten a las disposiciones precedentes, o cuyos envases tuvieran signos de haber sido violados, serán rechazados por la Dirección de Obra, debiendo el Contratista retirarlos de la obra, reemplazándolos por otros en perfectas condiciones. MARCAS Y ENVASES Las marcas y tipos que se mencionan en la documentación contractual tienen por finalidad determinar las características y el nivel de calidad de los materiales, dispositivos, etc. El Contratista podrá suministrar las marcas y tipos especificados u otras equivalentes, quedando en este último caso por su cuenta y a sus expensas, demostrar su equivalencia y librado al solo juicio de la Dirección de Obra, aceptarlas o no. En cada caso, el Contratista deberá comunicar a la Dirección de Obra con la anticipación necesaria las características del material o dispositivo que propone incorporar a la obra, a los efectos de su aprobación. En todos los casos se deberán efectuar las inspecciones y aprobaciones normales, a fin de evitar la incorporación de elementos con fallas o características defectuosas. En todos aquellos casos que, en el Pliego o Planos Complementarios, se establezcan características de materiales, sin indicación de marcas, el Contratista ofrecerá a la Dirección de Obra todos los elementos de juicio necesarios para constatar el ajuste del material o marca propuestos con las características especificadas y aprobar o rechazar a su exclusivo arbitrio, su utilización. SISTEMAS PATENTADOS Los derechos por el empleo en la obra de artículos, materiales y/o dispositivos patentados, se considerarán incluidos en los precios de la oferta. El Contratista será el único responsable por los reclamos que se promuevan por el uso indebido de marcas y patentes. ILUMINACION Y FUERZA MOTRIZ Toda iluminación necesaria, tanto diurna como nocturna, estará a cargo del Contratista y se ajustará a las exigencias y requerimientos de la Dirección de Obra. Correrá por cuenta del Comitente la provisión de fuerza motriz para los equipos, maquinarias e implementos de construcción del Contratista. Si se realizaran los trabajos en horas nocturnas o en zonas de obra sin iluminación natural, el Contratista proveerá la iluminación que posibilite a su personal, el desarrollo de los trabajos conforme a las Normas de Seguridad e Higiene Laboral.

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N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°40

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En todos los casos, el Contratista deberá someter a la aprobación de la Dirección de Obra, las especificaciones, esquemas, etc. de las instalaciones eléctricas provisorias que se proponga ejecutar. En caso de no contar con la provisión de Fuerza Motriz por parte de la empresa proveedora, el Contratista deberá tomar los recaudos necesarios para el suministro de la energía eléctrica necesaria para el desarrollo de las obras. Agua para construir El suministro de agua necesaria para el cumplimiento de las tareas a realizar será provisto a través de la instalación del inmueble, sin que esto genere costo alguno al contratista. PLAZO DE EJECUCION DE LOS TRABAJOS

a) Dentro de los 15 días a partir de la firma del contrato, el Contratista presentará para su aprobación por la Dirección de Obra, un plan de avance de los trabajos suficientemente discriminados para posibilitar a la Dirección, el seguimiento de las tareas encomendadas al Contratista.

b) El plan de trabajos se ajustará a la oferta y a los plazos fijados en la Contrata.

RUBRO 1 – TAREAS PRELIMINARES

1.1 - REPLANTEO El Contratista deberá efectuar el replanteo de las obras, evitando cualquier error proveniente de planos. Los controles que eventualmente realice la Dirección de Obra no liberarán al contratista de esta responsabilidad. 1.2 - PREPARACION AREAS DE TRABAJO Se establece que al iniciar los trabajos, el Contratista deberá efectuar la limpieza y preparación de las áreas afectadas por las obras. Teniendo en cuenta las condiciones particulares donde se desarrollarán los trabajos. Deberá asimismo mantener limpio y libre de residuos de cualquier naturaleza todos los sectores de la obra durante la ejecución de la misma. El Contratista tendrá la obligación de delimitar y cerrar las distintas áreas donde se efectuarán los trabajos, para lo cual deberá proveer y colocar las defensas necesarias para seguridad del personal que concurra al edificio, comprendiendo la ejecución de mamparas, pantallas, vallas, etc., las cuales deberán contar con los pictogramas y señalizaciones en cantidad y lugares que la Dirección de Obra indique, como cualquier otro elemento que la misma considere necesario para lograr un mejor nivel de seguridad. Previo a iniciar los trabajos deberá unificar criterios con la Dirección de Obra, en lo que a lugares y forma de encarar los mismos, se refiere. Durante la marcha de toda la obra, el Contratista se responsabilizará por mantener las instalaciones indispensables en condiciones de uso (según se coordine con la Dirección de Obra), cuyos suministros no podrán interrumpirse bajo ningún concepto a causa de los trabajos sin autorización expresa de la Dirección de Obra. Si la naturaleza de los trabajos lo requiere, se realizarán las reubicaciones, corrimientos y/o protecciones que se estimen necesarias. Todo movimiento deberá

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N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°41

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ser realizado por el Contratista con el acuerdo de la Dirección de Obra, notificándolo con anticipación suficiente a fin de determinar el lugar de guarda, sea este transitorio o definitivo. RUBRO 2 – DEMOLICIONES El contratista deberá realizar los trabajos dentro de las normas técnicas de práctica. Cumplirá con todas las ordenanzas y reglamentos en vigor tanto municipales como policiales y se hará directamente responsable por toda infracción efectuada durante y después de la ejecución de los trabajos. A fin de evitar inconvenientes en el tránsito durante las maniobras de entrada y salida de vehículos de carga, mantendrá personal de vigilancia el que además estará obligado a efectuar la limpieza constante de escombros u otros elementos en veredas y calles. Se deberán proveer y colocar las defensas necesarias para seguridad del personal empleado, de los peatones y la vía pública, comprendiendo la ejecución de mamparas, pantallas, vallas, etc. Y cualquier otro elemento necesario que la dirección de obra juzgue oportuno para lograr un mayor margen de seguridad. Será también responsabilidad del contratista la ejecución de todos los trabajos necesarios que garanticen la seguridad, estabilidad y protección de los sectores no afectados por las obras, debiéndose ejecutar además las reparaciones necesarias si se produjera algún perjuicio como consecuencia de la obra en ejecución. Incluye el retiro de los cortinados. Se descascarará y picará el revoque en los locales que los muros deban ser reparados. Se retirarán los zócalos y contramarcos de madera cuidando que no se rompan y se identificarán por local. Se deberán retirar e identificar para realizar los trabajos de preparación de superficies los picaportes y tapallaves, tapas de tomas, puntos, teléfono, internet, sensores de aire acondicionados, artefactos de iluminación, equipos de aire acondicionado, sujeciones de cortinados, y todo elemento que impida la continuidad para realizar los trabajos convenidos. Se consultarán con la Dirección de Obra los casos en los que sea imposible el retiro y se preverá la protección con nylon y cartón. Luego de la finalización de las tareas se deberán recolocar en sus ubicaciones originarias. Se deberán proteger con cartón y nylon todos los solados, los que deberán permanecer en perfecto estado y limpieza durante todo el trascurso de las obras. Los escombros producidos por los trabajos deberán retirarse del Tribunal a la brevedad posible. a) Recomendaciones Especiales El Contratista deberá tomar las precauciones necesarias a fin de no afectar otras partes de la obra, tales como vidrios, pisos, revestimientos, cielorrasos especiales, artefactos eléctricos y sanitarios, etc., pues en el caso que esto ocurra, será por su cuenta la limpieza o reposición de los elementos afectados, a solo juicio de la Dirección de Obra, previa elevación del informe respectivo al Tribunal. El Contratista tomará todas las precauciones indispensables a fin de preservar las obras y el mobiliario, del polvo. En el caso de elementos o estructuras exteriores procederá a cubrir la zona que se encuentra en proceso de pintado con un manto completo de tela plástica impermeable hasta la total terminación del proceso de

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N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°42

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secado. Esta cobertura se podrá ejecutar en forma parcial y de acuerdo a las zonas en que opte por desarrollar las tareas. RUBRO 3 - ALBAÑILERIA. Se realizarán los revoques hidrófugos, grueso y fino en los muros perimetrales y bajo ventanas que la patología lo requiera en el cuarto y quinto piso. Al retirar los zócalos de madera se prepararán las paredes, dejándolas en condiciones para recibir pintura. RUBRO 4 – PINTURA. A. Generalidades El Contratista deberá proceder al pintado de todas las superficies identificadas en los planos adjuntos. Las tareas incluyen los cielorrasos, paredes, carpinterías interiores, zócalos, marcos y contramarcos correspondientes a los Locales identificados en los planos adjuntos y objeto del presente contrato. b. Descripción de las tareas Los trabajos especificados incluirán todos los materiales y mano de obra necesarios para la ejecución de las tareas mencionadas en Generalidades. Se deberán lijar las superficies a tratar para lograr la adherencia que corresponda. El Contratista deberá tener en cuenta que el acabado y tipo de pintura a utilizar será de idénticas características al del elemento existente a pintar, con su correspondiente tratamiento de la superficie. En cuanto al tipo de pintura de los paramentos, será látex satinado de calidad y textura idéntica a la existente. Las tareas comprenden la pintura por medios manuales o mecánicos de los muros de albañilería, tabiques y cielorrasos de placas de roca de yeso (Durlock), cielorrasos especiales, carpinterías de madera, contramarcos, zócalos, etc. según las especificaciones. Asimismo, comprenden todas las tareas necesarias para el fin expuesto, que aunque no estén expresamente indicados, sean imprescindibles para que en las obras se cumplan las finalidades de protección, higiene y/o señalización en todas las partes de ella, visibles u ocultas. Si por deficiencias en el material, mano de obra, o cualquier otra causa no se satisfacen las exigencias de perfecta terminación y acabado fijados por la Dirección de Obra, el Contratista tomará las previsiones del caso, dará las manos necesarias además de las especificadas, para lograr un acabado perfecto sin que este constituya un trabajo adicional. c. Recomendaciones especiales El Contratista deberá tomar las precauciones necesarias a fin de no afectar otras partes de la obra, tales como vidrios, pisos, revestimientos, cielorrasos especiales, artefactos eléctricos y sanitarios, etc., pues en el caso que esto ocurra, será por su cuenta la limpieza o reposición de los elementos afectados, a solo juicio de la Dirección de Obra, previa elevación del informe respectivo al Tribunal.

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N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°43

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El Contratista tomará todas las precauciones indispensables a fin de preservar las obras y el mobiliario, del polvo. A tal efecto, en el caso de elementos o estructuras exteriores procederá a cubrir la zona que se encuentra en proceso de pintado con un manto completo de tela plástica impermeable hasta la total terminación del proceso de secado. Esta cobertura se podrá ejecutar en forma parcial y de acuerdo a las zonas en que opte por desarrollar las tareas. No se permitirá que se cierren las puertas y ventanas antes que la pintura haya secado completamente. Previo a la aplicación de una capa de pintura, se deberá efectuar una revisión general de las superficies, utilizando el enduido adecuado a la pintura a usarse, cualquier irregularidad. Cuando por razones imputables al Contratista se detecten elementos dañados, se procederá a su reparación, incluyendo la reposición de los materiales de terminación si fuera del caso, para cualquier tipo de superficie o elemento afectado en el curso de la obra. Antes de dar principio al pintado se deberá efectuar el barrido de los locales, debiéndose preservar los solados con lonas o filmes de polietileno que el Contratista proveerá. No se aplicarán pinturas sobre superficies mojadas o sucias de polvo o grasas, debiendo ser rasqueteadas profundamente, pasándoles un cepillo de paja o cerda y luego, lijadas. Como regla general, no se deberá pintar con temperaturas ambientes por debajo de los 5 grados centígrados, ni tampoco con superficies expuestas directamente al sol, teniendo especiales precauciones frente al rocío matutino, nieblas, humedad excesiva, etc. Se deberá tener especial cuidado en el recorte limpio y perfecto de varillas, herrajes, zócalos, contramarcos, etc. 4.1 – MATERIALES Los materiales a emplear serán en todos los casos de la mejor calidad dentro de su respectiva clase y de marca indicada en la presente especificación, aprobada por la Dirección de Obra. Se deja especialmente aclarado que en caso de comprobarse incumplimiento de las normas contractuales debidas a causas de formulación o fabricación del material el único responsable será el Contratista, no pudiendo trasladar la responsabilidad al fabricante, dado que deberá tomar el propio Contratista los recaudos necesarios para asegurarse que el producto que usa responde en un todo a las cláusulas contractuales.

4.1.1 – Látex al agua. Pintura en base de agua acabado mate tipo Albalátex o equivalente, para ser aplicada sobre paredes. No debe mezclarse con pinturas de otras características. Para su uso, puede adicionarse la cantidad de agua recomendada por el fabricante para obtener un fácil pintado. 4.1.2 – Látex al agua en base a copolímeros acrílicos. Producto formulado en base a copolímeros acrílicos en emulsión. Revestimiento con terminación eggshell, altamente decorativo de óptimo poder cubriente. Pintura en

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 443 /DGA/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°44

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base de agua acabado mate tipo Albalátex Toque Sublime o equivalente, para ser aplicada sobre paredes y cielorrasos interiores. No debe mezclarse con pinturas de otras características. Sin diluir. 4.1.3 – Látex satinado. Revestimiento acrílico satinado, altamente decorativo de óptimo poder cubriente. Pintura en base de agua acabado mate tipo Albalátex Satinado o equivalente, para ser aplicada sobre paredes y cielorrasos interiores. No debe mezclarse con pinturas de otras características. Sin diluir. 4.1.4 – Látex acrílico. Producto formulado en base a polímeros 100% acrílicos en emulsión, tipo Albalatex Superlavable o equivalente. Incorpora una nueva tecnología de formulación que ha permitido la obtención de una pintura con propiedades de resistencia al manchado y facilidad de limpieza sobresalientes. Acabado mate aterciopelado para interiores de excelente poder cubriente. No debe mezclarse con pinturas de otras características. Sin diluir. 4.1.5 – Látex para cielorrasos. Pintura en base de agua acabado mate tipo Alba Cielorrasos o equivalente, para ser aplicada sobre cielorrasos interiores. Se requiere una fórmula especial que brinde una película de alta porosidad ideal para el pintado de cielos rasos. Con antihongo de larga permanencia en el tiempo. Buen poder cubriente, que evite la condensación de agua y la consecuente formación de manchas en la superficie. No debe mezclarse con pinturas de otras características. Para su uso, puede adicionarse la cantidad de agua recomendada por el fabricante para obtener un fácil pintado.

4.1.6 – Esmalte sintético. Pintura elaborada con resinas sintéticas del tipo “Akyd”, tipo Albalux o equivalente, para ser aplicada sobre carpinterías metálicas, herrerías y de madera. 4.1.7 – Esmalte sintético semimate. Pintura elaborada con resinas sintéticas de terminación semimate, tipo Satinol o equivalente, para ser aplicada sobre carpintería metálica, herrería y de madera.

4.1.8 – Barniz sintético brillante. Barniz sintético extra brillo para superficies de madera, tipo Albatros Náutico o equivalente, para ser aplicada sobre carpintería de madera. Se deberán adicionar los tonalizadores que correspondan para lograr un tono similar al existente.

4.1.9 – Barniz poliuretánico brillante. Barniz poliuretánico brillante para superficies de madera, tipo Cristalba Brillante o equivalente, para ser aplicada sobre carpintería de madera. Se deberán adicionar los tonalizadores que correspondan para lograr un tono similar al existente.

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N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°45

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“2014. Año de las letras argentinas " 4.1.10 – Enduidos, imprimadores, fijadores, etc. En todos los casos, los especificados expresamente para cada tipo de pintura y del tipo correspondiente, según el fabricante, para cada uso a fin de garantizar su compatibilidad. 4.1.11 – Diluyentes. Serán en todos los casos, los especificados expresamente para cada tipo de pintura por sus fabricantes, siendo rechazado cualquier trabajo en que no haya respetado esta especificación.

4.2 – ENTREGA Y ALMACENAMIENTO. Los materiales se entregarán en obra en sus envases originales, cerrados y provistos de su sello de garantía. Deberán almacenarse respetando estrictamente las normas de seguridad establecidas por normas para depósitos de inflamables. Previo a todo esto, la Dirección de Obra informará al Área de Apoyo Operativo, día y hora de dicha entrega a los efectos de la toma de las medidas de seguridad que se deban implementar a tal efecto. La Dirección de Obra estará presente a fin de que se dé cumplimiento a lo estipulado. 4.3 – MANO DE OBRA ESPECIALIZADA. Los trabajos deberán ejecutarse con obreros expertos y especializados en la preparación de las diferentes superficies, en la preparación de las pinturas y su aplicación. Las distintas manos a aplicar serán cruzadas, a fin de lograr buen aspecto y terminación del acabado, evitando los excesos de material. El Contratista notificará a la Dirección de Obra, sin excepción alguna, cuando vaya a aplicar cada mano de pintura, debiéndose distinguir una mano de otra por su tono (salvo que afecten la terminación). Como regla general, salvo las excepciones que se determinarán en cada caso por escrito sin cuya nota, no tendrá valor el trabajo realizado, se dará la última mano después que todos los gremios que entran en la construcción en cada sector, hayan dado fin a sus trabajos. Será condición indispensable para la aprobación de los trabajos que estos tengan un acabado sin huellas de pinceladas y/o rodillos. De no responder el pintado a la muestra aprobada, se hará repintar las superficies a solo juicio de la Dirección de Obra. Cuando se indique el número de manos a aplicar, se entiende que es a título referencial ya que se deberá dar la cantidad de manos que requiera un perfecto acabado, a juicio de la Dirección de Obra. No se deberá dejar transcurrir períodos prolongados de tiempo luego de haber “imprimado” o “fondeado” elementos de madera o metal para completar el proceso de pintado.

4.3.1 – Pintura al látex sobre muros y cielorrasos. Muros interiores: Se pintarán 3 manos los muros de todos los locales especificados con Látex para interiores calidad Premium, color blanco, previa aplicación de imprimación fijadora de agua. Antes de su aplicación se realizará una muestra, que

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N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°46

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quedara sujeto a la aprobación de la Dirección de Obra. Procedimiento:

Dar una mano de fijador enduido con aguarrás, en la proporción necesaria, para que una vez seco, quede mate.

Hacer una aplicación de enduido plástico de alto contenido de inertes, resinas en dispersión acuosa y fungicidas al agua para eliminar las imperfecciones, siempre en sucesivas capas delgadas dejando transcurrir 8hs entre mano y mano, lijar a las 24 horas. La superficie a enduir debe estar limpia y seca: libre de polvillo, grasa, hongos, humedad, pintura en mal estado (suelta, descascarada, ampollada, etc.), alcalinidad, óxido, etc..

Quitar en seco el polvo resultante de la operación anterior. Aplicar las manos de pintura al látex que fuera necesario para su correcto

acabado (nunca menos de dos). La primera se aplicará diluida al 50% con agua y las manos siguientes se rebajarán, según absorción de las superficies.

Cielorrasos: Se pintarán los cielorrasos con dos manos de látex para interiores, color blanco (2 manos como mínimo hasta cubrir perfectamente), calidad Premium. En todos los trabajos es prioritario prever en la elección de procedimientos y técnicas todos aquellos dirigidos a preservar el valor patrimonial del edificio en cada una de las partes a intervenir. En caso de tener el cielorraso a pintar varias capas de pinturas anteriores se procederá a quitar la pintura floja con espátula. Si existen manchas las mismas se tendrán que eliminar con agua y detergente, o agua con un 10% de lavandina si estas fueran producidas por hongos o moho a fin de que estas no afloren después del pintado. Las manchas amarillentas que no puedan ser retiradas se deberán pintar con fondo, diluido en un 30% de aguarrás, tratando con brocha una por una las manchas y repasando para que no queden rayones. Dejar secar 8hs.. De no obtener un óptimo resultado se aplicará pintura al aceite blanca de acabado mate ya que las manchas no pueden atravesarla y sobre este se aplicará pintura plástica antihongos para evitar que vuelva a surgir. Procedimiento:

Dar una mano de acondicionador diluido, en la proporción necesaria, para que una vez seco, quede mate.

Hacer una aplicación de enduido plástico al agua para eliminar las imperfecciones, siempre en sucesivas capas delgadas.

Después de 8 horas lijar con lija fina en seco. Quitar en seco el polvo resultante de la operación anterior. Aplicar las manos de pintura al látex que fuera menester para su correcto

acabado. La primera se aplicará diluida al 50% con agua y las manos siguientes se rebajarán, según absorción de las superficies. Si los cielorrasos fueran a la cal, se dará previamente al fijador dos manos de enduido plástico al agua, luego de lijado, las operaciones serán las indicadas anteriormente.

4.3.2 – Esmalte sintético sobre carpinterías metálicas y herrerías. Todo elemento metálico, salvo indicación en contrario, será pintado con esmalte

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N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°47

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sintético según el siguiente esquema:

a) Se eliminará totalmente la pintura de protección antióxida aplicada en taller mediante abrasión mecánica o aplicación de removedor.

b) A continuación se efectuará un cepillado, lijado y sopleteado con aire a presión de la superficie, hasta obtener la superficie de metal blanco.

c) Se lo desengrasará perfectamente mediante lavado con tetracloruro de carbono.

d) Se aplicará una mano de antióxido con espesor mínimo de 40 micrones en un lapso no mayor de dos horas desde la finalización de los trabajos indicados anteriormente. Este antióxido será de cromato de zinc.

e) Se aplicará una segunda mano, como repaso, del mismo antióxido con un espesor mínimo de 40 micrones.

f) Se realizarán retoques con masilla al aguarrás en zonas necesarias, teniendo en cuenta que se exigirá una superficie perfectamente uniforme en su terminación.

g) Se aplicará una primera mano de esmalte sintético, que se efectuará con 80% de esmalte sintético, diluído en 20% de solvente adecuado.

h) Se aplicará una segunda mano con esmalte sintético puro con un espesor mínimo de 40 micrones.

i) Se aplicará una tercera mano idéntica a la anterior, cuando se hayan finalizado las tareas de pintado de los muros contiguos, previo lijado con lija al agua de grano 220/240 si el lapso entre esta mano y la anterior superase las 72 horas.

j) El acabado deberá responder exactamente a las muestras aprobadas, aunque fuera necesario aumentar el número de manos de esmalte.

Carpinterías de madera existentes: Puertas, marcos y contramarco de ambas manos. Zócalos. Correspondiendo a la terminación existente. Materiales: Esmalte sintético para madera acabado satinado, calidad Premium, color blanco. Barniz poliuretánico brillante. Procedimiento:

La superficie debe estar limpia y seca: libre de grasa, polvillo, hongos, humedad, pintura o barniz en mal estado (suelto, descascarado, ampollado, etc.), óxido, salitre, etc. Lijar suavemente hasta lograr rugosidad y eliminar el polvillo con trapo húmedo.

En caso de películas existentes de pintura cuarteadas o descascaradas, eliminarlas completamente con removedor en gel de acuerdo a las instrucciones del fabricante del producto, el que se deberá enjuagar con abundante agua y dejar secar muy bien antes de la aplicación de la pintura.

Se aplicará una primera mano de pintura con una dilución del 20% con aguarrás.

Terminar el trabajo con dos o tres manos cruzadas de pintura diluido con la cantidad mínima necesaria de aguarrás (hasta un máximo de 10%), lijando suavemente y eliminando el polvillo entre manos con trapo húmedo.

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 443 /DGA/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°48

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Para reparar o rellenar grietas y agujeros superficiales de la madera utilizar masilla de relleno, una vez seco proceder a su lijado hasta emparejar la superficie.

4.3.3 – Esmalte sintético sobre estructuras metálicas. Para el pintado de estructuras metálicas, se cumplirán las especificaciones anteriores. Como antióxido se usará convertidor de óxido Ferrobet o equivalente.

4.4 – REQUERIMIENTOS ESPECIALES. La preparación de tonos de pintura responderá a las especificaciones de colores indicadas por la Dirección de Obra, sin cuya aprobación previa no podrán iniciarse los trabajos de pintado.

4.5 – MUESTRAS Y ENSAYOS.

4.5.1 – Muestras. De todas las pinturas, colorantes, enduidos, imprimadores, selladores, diluyentes, etc., el Contratista entregará muestras a la Dirección de Obra, para su aprobación. El Contratista deberá realizar previamente a la ejecución de la primera mano de pintura en todas y cada una de las estructuras que se contratan las muestras de color y tono que la Dirección de Obra le solicite. Al efecto, se establece que el Contratista debe solicitar la indicación de las tonalidades y colores por nota y de acuerdo al catálogo o muestras que le indique la Dirección de Obra, ejecutar las necesarias para satisfacer color, valor y tono que se exigieran. Luego en trozos de chapa de 50 x 50 cm. realizará el tratamiento completo especificado en cada estructura en todas sus fases, que someterá a aprobación de la Dirección de Obra. Esta podrá hacer ejecutar tramos de muestra de las distintas superficies a pintar.

4.5.2 – Ensayos. A efectos de determinar el grado de calidad de las pinturas, para su aprobación se tendrán en cuenta las siguientes cualidades:

a) Pintabilidad: Condición de extenderse sin resistencia al deslizamiento del pincel o rodillo.

b) Nivelación: Las marcas de pincel o rodillo deberán desaparecer transcurrido un lapso de tiempo de estimativamente 45 minutos de haber sido aplicada.

c) Poder cubriente: Para disimular las diferencias de color del fondo con el menor número de manos posibles.

d) Secado: La película de pintura debe quedar libre de pegajosidad al tacto y adquirir dureza adecuada en el menor tiempo posible, según la clase de acabado.

e) Estabilidad: Se verificará en el envase. En caso de presentar sedimento, éste deberá ser blando y fácil de disipar.

f) A los fines de realizar el control periódico de los espesores de pintura de cada mano, el Contratista deberá proveer un equipo medidor de espesores a satisfacción de la Dirección de Obra.

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N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°49

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“2014. Año de las letras argentinas " g) La Dirección de Obra podrá hacer ejecutar al Contratista todos los ensayos

que sean necesarios para verificar la calidad de los materiales, estando a cargo del segundo los costos de los ensayos, si los materiales fueran defectuosos.

Los ensayos de calidad y espesor para determinar el cumplimiento de las especificaciones se efectuarán en laboratorio oficial, a elección de la Dirección de Obra y su costo será a cargo del Contratista, como así también el repintado total de la pieza que demanda la extracción de la probeta, si los materiales fueran defectuosos. RUBRO 5 - LIMPIEZA 5.1 - LIMPIEZA PERIÓDICA El Contratista deberá realizar en forma periódica (conforme el avance de la obra e indicaciones de la Dirección de Obra) una limpieza general de la obra (retiro de escombros, cascotes, maderas, hierros, etc.). La Dirección de Obra estará facultada a exigir, si lo creyera conveniente, la intensificación de limpiezas periódicas. Los residuos producidos por la limpieza y/o trabajos, serán retirados del ámbito de la obra por cuenta y cargo exclusivo del Contratista, debiendo considerar en su propuesta este retiro y transporte. No se permite quemar materiales combustibles en ningún lugar de la obra. 5.2- LIMPIEZA FINAL Al finalizar los trabajos, el Contratista entregará la obra perfectamente limpia y en condiciones de habilitación, sea ésta de carácter parcial y/o provisional y/o definitiva, incluyendo el repaso de todo elemento, estructura, que haya quedado sucio y requiera lavado, como vidrios, revestimientos, escaleras, solados, artefactos eléctricos y sanitarios, equipos en general y cualquier otra instalación, encerado, lustre, barrido, etc. La limpieza final a realizar deberá considerarse un trabajo a fondo y en detalle. a) Los locales se limpiarán íntegramente. Las manchas de material se quitarán con espátula y elementos correspondientes, cuidando los detalles y las terminaciones de las tareas ejecutadas. b) Deberá proceder al retiro de cada equipo utilizado durante la ejecución de las tareas contratadas y el acarreo de los sobrantes de obra y limpieza, hasta el destino que la Dirección de Obra disponga. c) Todos los trabajos se realizarán en cuenta del Contratista, quién también proveerá las herramientas y materiales que se consideren necesarios para la correcta ejecución de las citadas tareas. d) El Contratista será responsable por las roturas de vidrios o por la pérdida de cualquier elemento, mobiliario, artefacto o accesorio, que se produjera durante la realización de los trabajos como asimismo por toda falta y/o negligencia que a juicio de la Dirección de Obra se hubiera incurrido.

SECTORES A INTERVENIR Se incorporan 4 (cuatro) Planos sin escala, correspondiente a la Planta del Cuarto y

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 443 /DGA/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°50

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Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

“2014. Año de las letras argentinas "

Quinto piso del Tribunal.

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 443 /DGA/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°51

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Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

“2014. Año de las letras argentinas "

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 443 /DGA/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°52

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Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

“2014. Año de las letras argentinas "

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 443 /DGA/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°53

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Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

“2014. Año de las letras argentinas "

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 443 /DGA/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°54

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Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

“2014. Año de las letras argentinas "

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 443 /DGA/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°55

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ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 49 /UOA/14

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°56

Page 57: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 49 /UOA/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°57

Page 58: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°58

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ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 49 /UOA/14 (continuación)N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°59

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N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°60

Page 61: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 49 /UOA/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°61

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N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°62

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N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°63

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ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 49 /UOA/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°64

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ANEXOS - EO N° 1722 N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°65

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ANOFISCAL:

2010/2011

(

MONTOIMPONleLE

ALlCUOTA

('lo)

VERIFICACIONDELIMPUESTO

DECLAR

ADO

AJUS

TADO

DECLARADO

AJUS

TADO

DECLARADO

AJUSTADO

SALDO

noviem

bre-10

Venta

alpormayor

defiambres

000

982,622.50

3.00%

3.00%

0.00

29,478.68

29,478.68

\diciem

bre-10

Venta

alpormayor

defiambres

0.00

1,494,329.61

3.00%

3.00%

0.00

44,829.89

44,829.89

enero-11

Venta

alpormayor

defiambres

0.00

1,806,296.01

3.00%

3.00%

0.00

54,188.88

54,188.88

febrero-11

Venta

alpormayor

defiambres

0.00

495,093.43

3.00%

3.00%

000

14,852.80

14,852.80

marzo-11

Venta

alpormayor

defiambres

0.00

1,119,745.76

3.00%

3.00%

0.00

33,592.37

33,592.37

abril-11

Venta

alpormayor

defiambres

0.00

851,668.05

3.00%

3.00%

0.00

25,550.04

25,550.04

Diferencia

Totales

0.00

6,749,755.37

0.00

202,492.66

202,492.66

ANOFISCAL:

2011

MONTO

IMPONIBLE

ALlC

UOTA

(Yo)

VERIFICACION

DELIMPUESTO

DECL

ARAD

OAJUSTAOO

DECLARADO

AJUS

TADO

.DECLARADO

AJUS

TADO

SALDO

mayo-11

Venta

alpormayor

defiambres

0.00

1,326,604.38

3.00%

3.00%

0.00

39,798,13

39,798.13

junio-11

Venta

alpormayor

defiambres

0.00

1,190,536.62

3.00%

3.00%

0.00

35,716.10

35,716.10

julio-11

Venta

alpormayor

defiambres

0.00

838,411.57

3.00%

3.00%

0.00

25,152.35

25,152.35

agosto-11

Venta

alpormayor

defiambres

0.00

1,434,481.57

3.00%

3.00%

0.00

43,034.45

43,034.45

septlembre-11

Venta

alpormayor

defiambres

0.00

1,137,825.33

3.00%

3.00%

0.00

34,134.76

34,134.76

octubre-11

Venta

alpormayor

defiambres

0.00

1,021,301.57

3.00%

3.00%

000

30,639.05

30,639.05

Diferencia

Totales

0.00

6,949,161.04

0.00

208,474.83

208,474.83

Motivo:

Se

determinaron

diferencias

deimpuesto

por

los

peridos

11/09

a04/12

fundado

enque

lafiscalizada

noaport6

Firma

Contribuyente:

documentaci6n

alguna,

las

posiciones

adeudadas

secalcularon

enbase

alaspercepciones

obtenidas

denuestra

base

dedatos

ylosmontos

imponible

deIva.

las

posiciones

12/11

a4/12

secalcularon

eobre

base

presuta

utilizando

coeficientes

progresivos.

Tampoco

pudo

constatarse

laefectiva

actividad

que

realiza

elcontribuyente.

LasDiferencias

confeccionadas

son

parciales.

Nota:

",'<:J"

/Encaso

deAceptar

elContribuyente

lasDiferencias

deVerificacion,

debera

dejarexpresa

conformidad

deello.

o~t

-r'1:"

/~q

Firma

Inspeclor:

,~.;).¡"d:;'~":J.

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N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°66

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- - -- o VJ c.o c.o ()"l N - N O- -

GOBIERNO

DELA

CIUDAD

AÑOSFISCALES.

CONTRIBUYENTE:Distrlbuidora

AndySRL

IDEBUENOSAIRES

11/09a04/12

O/RECC/ON

GENERAL

DERENTAS

~~7

INSCRIPCION

N"

DOMICILlO:Bulnes

1683

CABA

DIFERENCIAS

DEVERIFICACION

1196694-08

G.C.B.

A.PERIODOSFISCALES

AÑO

FISC

AL:

2011/2012

RUBROS

ANALIZADOS

MONTO

IMPO

NIBLE

ALlCUO

TA(%)

VERIFICACION

DEL

IMPU

ESTO

DEC

LARADO

AJUSTADO

DECLARADO

AJUSTADO

DEC

LARADO

AJUSTADO

SALDO

noviem

bre-11

Venta

alpormavor

defiambres

801,891.60

801,897.52

2.00%

3.00%

16,037.83

24,056.93

8,019.09

.

diciem

bre.11

VentaalDarm

ayor

defiambres

0.00

810,120.67

3.00%

3.00%

0.00

24,303.62

24,303.62

enero-12

Ventaal

Dormayor

defiambres

0.00

817,878:55

3.00%

3.00%

0.00

24,536.36

24,536.36

febrero.12

Venta

alpormavor

defiambres

0.00

825,956.99

3.00%

3.00%

0.00

24,778.71

24,778.71

marzQ-12

Ventaalpormayor

defiambres

0.00

835,718.45

3.00%

3.00%

0.00

25,071.55

25,071.55

abrll.12

Ventaalporm

ayor

defiambres

0.00

845,175.36

3.00%

3.00%

0.00

25,355.26

25,355.26

DIFERENCIASTOTALES

'"-fI')f

801,891.60

4,936,747.54

'"__.J1&.

16,037.83

148,102.43

132,064.59

..

AÑOFISCAL:

RUBROS

ANALIZADOS

MONTO

IMPO

NIBLE

AUCUOTA{%

)VE

RIFICACION

OEL

IMPU

ESTO

DEC

LARADO

AJUSTADO

DECLARADO

AJUSTADO

DEC

LARADO

AJUSTADO

SALDO

.

.

.

DIFERENCIASTOTALES

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0.00

J'0.00

0.00

0.00

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O.\

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°67

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,.AÑ

OFISC

AL:

MONTOIMPO

NIBLE

ALlCUO

TA(%)

VERIFICA

CION

DELIM

PUESTO

DECLARADO

AJUS

TADO

DEC

LARADO

AJUS

TADO

DECLARADO

AJUSTA

DO-

SALDO

.

Diferencia

Totales

0.00

0.00

.

0.00

0.00

0.00

.

AÑOFISC

AL:

MONTOIMPO

NIBLE

ALlCUO

TA(%)

VERIFICA

CION

OELIMPU

ESTO

.DE

CLAR

ADO

AJUS

TADO

DECLAR

ADOAJUS

TADO.

DECLARADO

AJUS

TADO

SALDO

.

.

Diferencia

Totales

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

Motivo:

Sedeterminaron

diferencias

deimpuBsto

porlosperidos

11/09a04/12

fundado

enque

lafiscalizada

noaportó

FirmaContribuyente:

documentación

alguna.Laspos'jciones

adeudadas

secalcularon

enbase

alaspercepciones

obtenidas

denuestra

base

dedatos

ylosmontos

imponible

deIva.Lasposiciones

12/11a4/12

secalcularon

sobrebase

presuta

utilizando

coeficientes

progresivos.

Tampoco

pudo

constatarse

laefectiva

actividad

querealiza

elcontribuyente.

LasDiferencias

confeccionadas

sonparciales.

Nota:

~b'i<

Encaso

deAceptarelContribuyente

lasDiferencias

deVerificacion,

debera

dejarexpresaconformidad

deelio.

FirmaInspector:

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.,,,::,'"~~6\~e'06

FIN DEL ANEXO

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°68

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1REC

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NG

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AL

DE

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AL:

01a

12/2

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01a

12/2

010;

01a

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AD

MIN

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1212

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IFER

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SD

EV

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ICA

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LES

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AL:

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,

OS

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,

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('lo)

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ACIO

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ELIM

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RA

DO

A.J

US

TAD

ODECLARADA

AJU

STA

DA

DECLARADO

AJU

STA

DO

SA

LDO

ene-

09Re

form

ay

rcpa

racio

nde

edifi

cios

nore

siden

ciales

$55.

102,

00$0

,00

1,50

%0,

00%

$826

,53

$0,0

0($

826,

53)

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,00

$55.

102,

003.

00%

$1.6

53,0

6$1

.653

,06

Subt

otal

I$5

5.10

2,00

$55.

102,

00/

$826

,53

$1.6

53,0

6$8

26,5

3!

feb-

09Re

form

ay

repa

racio

nde

edifi

cios

nore

siden

ciales

,$5

5,92

0,00

$0,0

01,

50%

-0,

00%

$838

,80

$0,0

0($

838,

80)

-$5

5,92

0,00

/3,

00%

$1.6

77,6

0$1

.677

,60

Subt

otal

,

$55.

920,

00$5

5.92

0,00

I$8

38,8

0$1

.677

,60

$838

,80

TOTA

LES

$111.

022,

00$1

11.0

22,0

0$1

.665

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6

ANEXOS - EO N° 1723N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°69

Page 70: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

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AJUSTADA

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$2.625,21

$2.625,21

Subtotal

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$87.507,00

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$748,03

$2.625,21

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($146,34)

$56.415,00

3,00%

$1.692,45

$1.692,45

Subtotal

$9.756,00

$56.415,00

~$146,34

$1.692,45

$1.546,11

TOTALES

$59.624,67

$143.922,00

$894,37

$4.317,66

$3.423,29

AÑO

FISCAL:

2009

.

RUBR

OSAN

ALIZ

ADOS

MONTO

IMPONIBLE

ALlCUOTA(%)

VERIFICACION

DEL

IMPUESTO

DECLARADO

AJUSTADO

DECLARADA

AJUSTADA

DECLARADO

AJUSTADO

SALDO

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noresidenciales

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1,50%

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$518,48

$0,00

($518,48)

$52.410,00

3,00%

$1.572,30

$1.572,30

Subtotal

$34.565,00

$52.410,00

¡..$518,48

$1.572,30

$1.053.83

ago-09

Reformayreparadon

deedificios

noresidenciales

$27.890,00

$0,00

1,50%

0,00%

$418,35

$0,00

($418,35)

$45.119,00

3,00%

$1.353,57

$1.353,57

Subtotal

$27.890,00

$45.119,00

-$418.35

$1.353,57

$935,22

TOTALES

$62.455,00

$97.529,00

$936,83

$2.925,87

$1.989,05

MOTIVO

DE

LAS

MODIFICACIONES:

Diferencias

deVerificacion

decarácter

parcial,

base

imponible

delImpuesto

sobre

losIngresos

Brutos

FirmaContribuyente:

determinadasobrebase

cierta.Diferenciasporalicuotas.

NOTA:

Encaso

deaceptar

elcontribuyente

lasdiferencias

deverificación,

deberá

dejar

Firmasu

p•Ficm

::~'expresa

conformidad

deello.......................................................

......

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N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°70

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N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°71

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N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°72

Page 73: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

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jul-I

ORef

orm

ay

repa

raci

onde

edifi

cios

nore

side

ncia

les

$33.

500,

00$0

,00

1,50

%0,

00%

$502

,50

$0,0

0($

502,

50)

$0,0

0$3

3.50

0,00

3,00

%$1

.005

,00

$1.0

05,0

0

Subt

otal

$33.

500,

00$3

3.50

0,00

, /'$5

02,5

0$1

.005

,00

$502

,50

ago-

1ORef

orm

ay

repa

raci

onde

edifi

cios

nore

side

ncia

les

$36.

500,

00$0

,00

1,50

%0,

00%

$547

,50

$0,0

0($

547,

50)

$0,0

0$3

8.01

2,00

3,00

%$1

.140

,36

$U40

,36

Subt

olal

$36.

500,

00$3

8.01

2,00

l$5

47,5

0$1

.140

,36

$592

,86

~..

,'.

TOTA

LES

$70.

000,

00$7

1.51

2,00

S1.0

50,0

0$2

.145

,36

$1.0

95,3

6

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°73

Page 74: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

o,

AÑOFISC;\,L:

2010

ALICUOTA(%I'

"N_-''.

RUBROS

ANAlIlADO

S..

MONTO

IMPONIBLE'

.VERIFICACION

DEL

IMPUESTO

DECLARADO

AJUSTADO

DECLÁRADA

AJUSTADA

DECLARADO

AJUSTADO

SALDO

.sep-1O

Reformayreparacion

deedificios

noresidenciales

$27.983.00

$0,00

.1,50%

0,00%

$419,75

$0,00

($419,75)

$0,00

$77.180,00

3,00%

$2.315,40

$2.315,40

$77.180,00

$2.315,40

.Subtotal

$27.983,00

$419,75

$1.895,66

oeHO

Refonnayreparacioll

deedificios

noresidenciales

$72.750,00

$0,00

1,50%

0,00%

$1.091,25

$0,00

($1.091,25)

$0,00

$125.740,00

3,00%

$3.772,20

$3.7-72,20

Subtotal

$72.750,00

.$125.740,00

$1.091,25

$3.772,20

$2.680,95

TOTALES

$100,733,00

$202.920,00

$1.511,00

$6.087,60

$4.576,61

AÑOFISCAL:

2010

RUBROS

ANAlIZADOS

MONTO

IMPONIBLE

ALICUOTA

('lo)

VERIFICACION

DEL

IMPUESTO

~DECLARADO

AJUSTADO

DECLARADA

AJUSTADA

DECLARADO

AJUSTADO

SALDO

nov-IO

Reformayreparacion

deedificios

noresidenciales

$41.980,00

$0,00

1,50%

0.00%

$629,70

$0,00

($629,70)

$0,00

$70.823,90

3,00%

$2.124,72

$2.124,72

Subtotal

$41.980,00

$70.823,90

$629,70

$2.124,72

$1.495,02

.~

die-lO

'Reformayreparacion

de-edificiosno

residenciales

,..$46,025,00

-$0,00

.'1,50%

0,00%

$690,38

$0,00

($690,38)

$0,00

$154.761,90

$4.642,86.

..

..

3,00%

$4.642,86

Subtotal

$46.025,00

$154.761,90

$690,38

$4.642,86

$3.952,48

TOTALES

$88,005,00

$225.585,80

$1.320,08

$6.767,57

$5.447,50

MOTIVO

DELASMODIFICACIONES:

Diferencias

deVerificacion

decarácter

parcial,base

imponibledelImpuesto

sobrelosIngresos

Brutos

FirmaContribuyente:

determinada

sobrebase

cierta,Diferenciasporalicuotas.

.,

NOTA:En

casodeaceptarel.contribuyentelasdiferenciasdeverificación,deberádejar

~IRA

F;,m.~

expresaconfonnidaddeello..................................... .............................................................

síbn

1•

".1

.'"

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Gisela

ORe

F.M.467.303

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,.rección

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',.

1<;:.::alt:aCl:Jn

:i.V

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°74

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-DIRECCION

GENERAL

DERENTAS

AÑO

FISCAL:

01a.Q/2009,

01a12/2010,

01a

ADMINISTRACION

GUBERNAMENTAL

CONTRIBUYENTE:

FUSSION

GROlJP

SRL

DEINGRESOS

PUBLlCOS

12/2011y01a10/2012

DIFERENCIAS

DEVERIFICACION

AÑOSFISCALES

INSCRIPCION

N°:

1176167-09

DOMICILIO

FISCAL:

FrayJ.Santa!1laria

deOro

2350

piso8OtoA-

G.C.B.A.

Ciudad

Autonoma

deBs.As.

AÑOFISCAL:

2011

RUBR

OSAN

ALIZ

ADOS

MONTO

IMPONIBLE

ALlCUOTA

('lo)

VERIFICACION

DEL

IMPUESTO

DECLARADO

AJU

STA

DO

DECLARADA

AJU

STA

DA

DECLARADO

AJU

STA

DO

SALDO

ene-tI

Reformayreparacían

deedificios

noresidenciales

$17260.00

$0,00

1,50%

0,00%

$258,90

$0,00

($258,90)

$0,00

$54.034,00

3,00%

$1,621,02

$1.621,02

Subtotal

.$17.260,00

$54.034,00

$258,90

$1,621,02

$U62,12

.

feb.ll

Reformayreparacion

deedificiosnoresidenciales

$24580,00

$0,00

1,50%

0,00%

$368,70

$0,00

($368,70)

$0,00

$24.580,00

3,00%

$737,40

$737,40

Subtotal

$24.580,00

$24580,00

1-$368,70

$737,40

$368,70

TOTALES

$41.840,00

S78.614,00

$627,60

$2.358,42

$1.730,82

AÑOFISCAL:

2011

RUBR

OSAN

ALIZ

ADOS

MONTO

IMPONIBLE

ALlClJOTA

('lo)

VERIFICACION

DEL

IMPUESTO

DECLARADO

AJU

STA

DO

DECLARADA

AJU

STA

DA

DECLARADO

AJU

STA

DO

SALDO

mar-tI

Reformayreparacíon

deedificiosnoresidenciales

$22.510,00

$0,00

1,50%

0,00%

$337,65

$0,00

($337,65)

$0,00

$160.000,00

3,00%

$4.800,00

$4.800,00

Subtotal

$22.510,00

$160.000,00

.$337,65

$4.800,00

$4.462,35

..

abr-11

Reformayreparacían

deedificios

noresidenciales

$15.580,00

$0,00

1,00%

0,00%

$155,80

$0,00

($155,80)

$0,00

$48.030,00

3,00%

$1.440,90

$1.440,90

Subtotal

$15.580,00

$48.030,00

$155,80

$1.440,90

$1.285,10

TOTALES

$38,090,00

$208.030,00

$493,45

$6.240,90

$5.747,45

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°75

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AÑOFISCAL:

2011

may-ll

Reformayreparadondeedificios

noresidenciales

-:.,.

ALICUOTA

(%)

DECLARADA

AJUSTADA

..VEIUFICACION

DEL

IMPUESTO

DECLARADO

AJUSTADO

SALDO

$588,75

$0,00

($588,75)

.

$4.199,40'

$4.199,40

$588,75

$4.199,40

$3.610,65

$468,87

$0,00

($468,87)

$3.856,35

$3.856,35

$468,87

$3.856,35

$3.387,48

$468,87

$3.856,35

$3.387,48

0,00%

3,00%

0,00%

3,00%

1,50%

1,50%

$39.250,00

$0,00

$0,00

$139.980,00

$39.250,00

$139.980,00

$31.258,00

$0,00

$0,00

$128545,00

$31.258,00

..$128545,00

$31.258,00

$128.545,00

MONTO

IMPONIBLE

DECLARADO

.AJUSTADO

Reformayreparaciondeedificiosno

residenciales

TOTALES

SubtotalRU

BRO~

.'ANA

UZAD

OS

Subtotal

jun-11

,,

AÑOFISCAL:

2011

ago.ll

Reformayreparaciondeedificiosno

residenciales

jul-11

RUBR

OSAN

ALIZ

ADOS

Reformayreparaciondeedificiosno

residenciales

Subtotal

.

Subtotal

TOTALES

MONTO

IMPONIBLE

ALICUOTA

(%)

VERIFICACION

DEL

IMPUESTO

DECLARADO

AJU

STA

DO

DECLARADA

AJU

STA

DA

DECLARADO

AJU

STA

DO

SALDO

.$31.510,00

$0,00

1,50%

0,00%

$472,65

$0,00

($472,65)

$0,00

$236.621,00

3,00%

$7.098,63

$7.098,63

$31.510,00

$236.621,00

$472,65

$7.098,63

$6.625,98

$31.890,00

.$0,00

1,50%

0,00%

$478,35

$0,00

($478,35)

.

$0,00

$160.468,00

3,00%

$4.814,04

$4.814,04

$31.890,00

$160.468,00

$478,35

$4.814,04

$4.335,69

$63.400,00

$397.089,00

$951,00

$11,912,67

$10.961,67

.

MOTIVO

DELASMODIFICACIONES:

Diferenciasde

Verificacion

decarácterparcial,baseimponibledelImpuestosobrelosIngreso

FirmaContribuyente:

Brutosdeterminadasobrebasecierta.Diferenciasporalicuotas.

NOTA:En

casodeaceptarelcontribuyente

lasdiferenciasdeverificación,

deberá

dejar.

expr

esa

conf

orm

idad

deel

lo.

FirmaSupervison:

(,~rJ

:W!!

\FirmaIn;J5v

'~[one

F.M,467,303

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°76

Page 77: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

..

-DIRECClON

GENERAL

DE'RENTAS

AÑOFISCAL:

01.12/2009;01

.'l2/iOlo:

01'.

. -.

ADMINISTRACION

GUBERNAMENTAL

CONTRIBUYENTE:

FUSSION

GROUP

SRL

DEINGRESOS

PUBLICOS

12/2011y01.10/2012

...

DIFERENCIAS

DEVERIFICACION

AÑOSFISCALES

INSCRIPCIQN

N°:

1176167-09

DOMICILIO

FISCAL:

FrayJ.Santamaria

deOro

2350

piso

8OtoA-

G.C.B.A.

Ciudad

Autonoma

deOs.As.

AÑOFISCAL:

2011

RUBR

OSAN

ALIZ

ADOS

MONTO

IMPONIBLE

AUCUOTA

("lo

)VERIFlCACION

DEL

IMPUESTO

DECLARADO

AJU

STA

DO

DECLARADA

AJU

STA

DA

DECLARADO

AJU

STA

DO

SALDO

sep-Il

Reformayreparacion

deedificios

noresidenciales

$31.600,00

$0,00

1,50%

0,00%

$474,00

$0,00

($474,00)

$0,00

$104.230,00

3,00%

$3.126,90

$3.126,90

Subtotal

$31.600,00

$104.230,00

$474,00

$3.126,90

$2.652,90

oct-II

Refonnayreparadondeedificios

noresidenciales

$16.520,00

$0,00

1,50%

0,00%

$247,80

$0,00

($247,80)

$0,00

$55.240,00

3,00%

$1.657,20

$1.657,20

Subtotal

$16.520,00

$55.240,00

$247,80

$1.657,20

$1.409,40

TOTALES

$48.120,00

$159.470,00

$721,80

$4.784,10

$4.062,30

AÑOFISCAL:

2011

RUBR

OSAN

ALIZ

ADOS

MONTO

IMPONIBLE

ALlCUOTA

("lo

)VERIFlCACION

DEL

IMP1IESTO

DECLARADO

AJU

STA

DO

DECLARADA

AJU

STA

DA

DECLARADO

AJU

STA

DO

SALDO

nov-ll

Refonnayreparacion

deedificios

noresidenciales

$31.250,00

$0,00

1,50%

0,00%

$468,75

$0,00

($468,75)

$0.00

$196.700,00

3,00%

$5.901,00

$5.901,00

Subtotal

--$31.250,00

$196.700,00

.l'

$468,75

'$5.901,00'

'-'.

.$5.432.25

..

..

.-

dic-II

Refonnayreparacion

deedificios

noresidenciales

$28.000,00

$0,00

1,50%

0,00%

$420,00

$0,00

($420,00)

$0.00

$105.250.00

3,00%

$3.157,50

$3.157,50

Subtotal

$28.000,00

$]05.250,00

$420,00

$3.157,50

$2.737,50

TOTALES

$59,250,00

$301,950,00

$888,75

$9.058,50

$8.169,75

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°77

Page 78: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

AÑOFISCAl.:

2012

..

"

..

'.ALléUOTA"%\

.

.VERIFICACION

DEL

"IMPUESTO

.'RU

BROS

ANAL

IZADO

S.

MONTO

IMPONJ8LE

..

"AJ'U

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SALDO

-'r

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DECLARADA

AJUSTADA

DECLARADO

..ene-12

Refonnayreparacionde.edificiosno

residenciales

$32.15Q,00

$0,00

.'.

1,50%

0,00%

$482,25

$0,00"

($482;25)

$0,00

$183.550,00

3,00%

$5.506,50

$5.506,50

Subtotal

$32,150,00

$183,550,00

$482,25

$5.506,50

$5.024,25

feb-12

Refonnayreparacio"de

edificiosno

residenciales

$29,850,00

$0,00

1,50%

0,00%

$447,75

$0,00

($447,75)

$0,00

$152.540,00

3,00%

$4.576,20

$4.576,20

SubtotaJ

$29.850,00

$152.540,00

$447,75

$4.576,20

$4,128,45

TOTALES

$29.850,00

$152.540,00

$447,75

$4,576,20

$4,128,45

AÑOFISCAL:

2012

RUBR

OSAN

ALIZA

DOS

MONTO

IMPONIBLE

ALICUOT

A'%

\VERIFICACION

DEL

IMPUESTO

DECLARADO

AJU

STA

DO

DECLARADA

AJU

STA

DA

DECI.ARADO

AJU

STA

DO

SA

LDO

,mar-l2

Refonnayreparaciondeedificiosno

residenciales

$48.400,00

$0,00

1,50%

0,00

%$726,00

$0,00

($726,00)

$0,00

$290.890,00

3,00%

$8.726,70

$8,726,70

Subtotal

$48.400,00

$290.890,00

$726,00

$8.726,70

$8.000,70

abr-12

Reformayreparaciondeedificiosno

residenciales

$21.250,00

$0,00

1,50%

0,00%

$318,75

$0,00

($318,75)

$0,00

$321.613,00

3,00%

$9.648,39

$9.648,39

.

Subtotal

:"

$21.250,00

$321.6B,00

,'$318,75

$9,648,39

.$9.329,64

',

TOTALES

$69,650,00

$612,503,00

$1,044,75

$18,375,09

$17,330,34

MOTIVO

DE

LAS

MODIFICACIONES:

Diferenciasde

Verificacion

decarácter

parcial,base

imponibledelImpuesto

sobre1.05Ingreso

FirmaContribuyente:

Brutosdeterminadasobrebasecierta.Diferenciasporalicuotas.

~NOTA:En

casode

aceptarelcontribuyente

lasdiferenciasdeverificación,

deberá

dejar

FirmaSupervisora:

Fi,m

,,:~

expr

esa

conf

onnl

dad

deel

lo..

......

......

......

......

......

......

......

......

......

......

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F.M.467.303

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.."..

.ANEXOS - EO N° 1723 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°78

Page 79: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

-DIRECCION

GENERAL

DERENTAS

AÑO

FISCAL:

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GUBERNAMENTAL

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FUSSION

GROUP

SRL

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a10/2012

DIFERENCIAS

DEVERIFICACION

AÑOSFISCALES

INSCRIPCION

N°:

1176167-09

DOMICILIO

FISCAL:

Fray

J.Santamaria

deOro

2350

piso8DtoA-

G.C.B.A.

CiudadAutonoma

deBs.As.

AÑOFISCAL:

2012

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OSAN

ALIZ

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$7.671,60

$7.671,60

Subtalal

$54.250,00

$255.720,00

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$7.671,60

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Reformayreparacion

deedificios

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$0,00

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$882,75

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($882,75)

$0,00

$258.254,78

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$7.747,64

$7.747,64

Subtalal

$58.850,00

$258.254;78

$882,75

$7.747,64

$6.864,89

TOTALES

$113.100,00

$513.974,78

$1.696,50

$15.419,24

$13.722,74

AÑOFISCAL:

2012

RUBR

OSAN

ALIZ

ADOS

MONTO

IMPONIBLE

ALlCUOTA

(%)

VERIFlCACION

DEL

IMPUESTO

DECLARADO

AJUSTADO

DECLARADA

AJUSTADA

DECLARADO

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jul-12

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noresidenciales

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$0,00

($528,15)

$0,00

$260.760,76

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$7.822,82

$7.822,82

Subtalal

.$35.210,00

$260.760,76-

.$528,15

$7.822,82

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ago-12

Reformayreparacion

deedificios

noresidenciales

$61.520,00

$0,00

1,50%

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$922,80

$0,00

($922,80)

$0,00

$263.458,76

3,00%

$7.903,76

$7.903,76

Subtotal

$61.520,00

$263.458,76

$922,80

$7.903,76

$6.980,96

TOTALES

$96.730,00

$524.219,52

$1.450,95

SI5.726,59

$14.275,64

.

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°79

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ANEXOS - EO N° 1723 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°80

Page 81: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

“2014. Año de las letras argentinas "

ANEXO I

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

Bases del llamado 1. Objeto del Llamado: El objeto de la contratación es la provisión e implementación de una solución integral de recursos humanos a incorporarse como módulo de la plataforma PayRoll instalada en el Tribunal desde 2009. 2. ESPECIFICACIONES El alcance de la contratación comprende:

El servicio de migración de datos de 10 (diez) períodos anuales de liquidaciones, desde los archivos en formato Excel a PayRoll;

prestación de un servicio de soporte preferencial en forma telefónica y por correo electrónico, entre las 09:00 y las 18:00 de todos los días habiles, por un período de 12 (doce) meses, y servicio de actualización de nuevas versiones.

prestación eventual de un servicio de soporte en las instalaciones del edificio sede, bajo demanda del Tribunal y a facturarse en forma adicional.

Las características se detallan en el Anexo II (Especificaciones técnicas) 3. Forma de cotización: En pesos, con IVA incluido, y ajustada a las bases y condiciones establecidas en las cláusulas particulares. 4. Exclusividad: El proponente deberá manifestar con carácter de declaración jurada que posee carácter exclusivo para el desarrollo y la comercialización de los servicios requeridos. 5. Iniciación y Duración del Servicio: los servicios anuales se desarrollarán, aproximadamente, en el período comprendido entre el 01/12/2014 y el 30/11/2015, o partir de la firma de la orden de provisión. El plazo de duración del contrato es de 1 (un) año. Las tareas de migración se efectuarán al inicio del contrato, por única vez y dentro del plazo de 30 (treinta) días hábiles de sucripta la orden de provisión. 6. Mantenimiento de Ofertas: El proponente deberá mantener la oferta por el término de veinte (20) días hábiles a contar de la fecha del acto de apertura. Al vencimiento del plazo fijado para el mantenimiento de las ofertas, estas se prorrogan automáticamente por igual plazo, excepto que el oferente manifieste su voluntad de no renovarla, con una antelación mínima de 10 (diez) días anteriores al vencimiento. 7. Garantía: En razón del monto estimado, no es necesario presentar garantías de mantenimiento de la oferta ni del cumplimiento del contrato. 8. Constitución de domicilio y correo electrónico: La firma participante deberán constituir domicilio en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires e informar una dirección de correo electrónico en la que se efectuarán todas las notificaciones y/o comunicaciones que sean necesarias durante el proceso de selección de ofertas y en la ejecución del contrato. De omitirse este requisito, se tomarán por válidas la direcciones registradas en el RIUPP. 9. Personas no habilitadas para contratar: Los oferentes deberán manifestar bajo juramento no encontrarse comprendido en algunas de las situaciones indicadas en el artículo 96 de la ley 2095. A tal fin, suscribirán el formulario de declaración jurada que integra las bases del presente llamado.

ANEXOS - DIRECTIVA N° 30 /TSJ/14

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°81

Page 82: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

“2014. Año de las letras argentinas "

Artículo 96 – PERSONAS NO HABILITADAS: No pueden presentarse a ningún procedimiento de selección en el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. b) Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. c) Los cónyuges de los sancionados. d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace. e) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario. f) Los inhibidos. g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente. i) Las personas físicas o jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos 1.3.11 bis y 3.1.14 al Libro II “De las faltas en particular”, Sección 3°, Capítulo “Prohibiciones en Publicidad” del Anexo I de la Ley 451 Régimen de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Texto Inciso incorporado por Ley 4486). j) Las personas físicas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación. 10. Revocación de procedimiento: El Tribunal Superior de Justicia podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes (conf. art. 82 de la ley 2095). 11. Nombrar representantes ante la adjudicataria: El Tribunal Superior de Justicia se reserva el derecho de designar agentes con autorización para que sirvan de nexo con la empresa que resulte beneficiaria de la presente contratación. La firma deberá dirigirse en primera instancia a la persona designada ante cualquier problema que exista durante la ejecución contractual. 12. Fiscalización General de la Prestación: La Dirección de Informática y Tecnología del Tribunal Superior de Justicia fiscalizará el cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario, dará instrucciones y notificará las novedades con respecto de la calidad de los servicios.

ANEXOS - DIRECTIVA N° 30 /TSJ/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°82

Page 83: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

“2014. Año de las letras argentinas "

13. Rescisión: El Tribunal Superior de Justicia podrá rescindir el contrato por causas no imputables al proveedor, de conformidad con lo prescripto en el artículo 122 de la ley n° 2095. 14. Penalidades contractuales: Frente al incumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato o su cumplimiento defectuoso, el Tribunal Superior de Justicia, previa notificación y descargo del adjudicatario, podrá aplicar las multas que se establecen en la cláusula siguiente, sujeto a la aplicación de las multas o rescindir el contrato por culpa del adjudicatario. Ello, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 135 de la Ley de Compras y Contrataciones nº 2095 y su decreto reglamentario, cuando así correspondiere. 15. Multas: El incumplimiento de las obligaciones convenidas determina en todos los casos la aplicación de multas, que serán fijadas por la Unidad Operativa de Adquisiciones sobre la base de los informes producidos por la autoridad de fiscalización y según el siguiente detalle:

a) Por no iniciar el servicio en término, por cualquier causa imputable al adjudicatario: uno por ciento (1%) sobre el monto total adjudicado por cada siete (7) días o fracción superior a tres (3);

b) Por no dar cumplimiento o responder de forma defectuosa a las condiciones determinadas en las especificaciones técnicas debido a causas imputables al proveedor: cinco por ciento (5%) del monto mensual adjudicado por cada reporte informado por la autoridad de fiscalización.

Las multas a aplicarse se deducirán de las facturas emergentes, al cobro o en trámite. 16. Rescisión por culpa del adjudicatario: Frente a la grave negligencia o al incumplimiento reiterado de las obligaciones previstas en este pliego y en las especificaciones técnicas, o cuando el adjudicatario sobrepase las cinco (5) faltas sujetas a multas, el Tribunal podrá rescindir la contratación por causas imputables al proveedor mediante decisión fundada. 17. Forma de Pago: Se efectivizará dentro del plazo de quince (15) días de emitido el Parte de Recepción Definitiva (PRD), documento que acredita la conformidad con las tareas realizadas y habilita al proveedor para la presentación de la factura. En el caso de la migración de datos (renglón 1), una vez certificadas las tareas por la unidad de fiscalización se librará el PRD correspondiente a esta prestación. En el servicio de mantenimiento, el pago se efectivizará por mes vencido. 18. Tramitación de Facturas: Las facturas deberán ser confeccionadas conforme a los términos establecidos por la Dirección General Impositiva y presentadas en la Mesa de Entradas de la Dirección General de Administración, sita en Cerrito n° 760, piso 6to., de lunes a viernes, de 09:00 a 16:00. 19. Interpretación: En caso de que se suscitaren divergencias entre la oferta y las bases del llamado, tendrán primacía las condiciones establecidas en los pliegos de cláusulas generales y particulares y en las especificaciones técnicas. Nota: La presente contratación se realiza bajo las reglas establecidas en la legislación vigente (ley 2095 y decreto reglamentario 95/2014).

ANEXOS - DIRECTIVA N° 30 /TSJ/14 (continuación)

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°83

Page 84: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

“2014. Año de las letras argentinas "

ANEXO II

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Renglón 1: Migración de datos Al iniciarse el contrato, el proveedor deberá efectuar la migración desde Excel a PayRoll de los archivos de datos correspondientes a 10 (diez) períodos anuales de liquidación, según las indicaciones emitidas por la Dirección de Informática y Tecnología. Estas tareas se realizarán por única vez. Renglón 2: Servicio de mantenimiento preferencial Durante el plazo de la contratación, el adjudicatario brindará los siguientes servicios:

Soporte telefónico, todos los días hábiles, de 09:00 a 18:00; Soporte por correo electrónico, todos los días hábiles, de 09:00 a 18:00; Actualización de nuevas versiones del producto (up grade).

Renglón 3: Servicio de soporte en la sede del Tribunal A requerimiento de la Dirección de Informática y Tecnología, y de forma eventual, la empresa deberá brindar un soporte profesional en las instalaciones del Tribunal y dentro de la franja horaria comprendida entre las 09:00 y las 18:00. La prestación se efectuará con un tiempo de respuesta de 24, 48 o 72 horas tras su demanda, según la criticidad del caso, que será definida por la DIT. El soporte sobre terreno se facturará en forma adicional y deberá cotizarse, en este caso, el precio de la hora o fracción de hora. Todos los precios deberán incluir IVA en la cotización.

ANEXOS - DIRECTIVA N° 30 /TSJ/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°84

Page 85: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4520boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/11/... · anexo del boletÍn oficial n° 4520 anexo - resoluciÓn n° 208 /issp/14 reparticion

IF-2014-16210206- -DGTALPG

página 1 de 1

FIN DEL ANEXO

ANEXOS - DISPOSICIÓN N° 60 /DGTALPG/14

N° 4520 - 11/11/14 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°85