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1 BOLETÍN OFICIAL Julio 2015 Av. Belgrano 385 - SALSIPUEDES – Dpto. Colón – Pcia. de Córdoba Tel: 03543.492225/325 – Mail: [email protected] www.salsipuedes.gov.ar

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BOLETÍN OFICIAL

Julio

2015

Av. Belgrano 385 - SALSIPUEDES – Dpto. Colón – Pcia. de Córdoba Tel: 03543.492225/325 – Mail: [email protected]

www.salsipuedes.gov.ar

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ESTRUCTURA DE GOBIERNO – Gestión CORNEJO

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

Intendencia Sr. Sergio Manuel Cornejo

Secretaria de Gobierno y Administración Sra. Amalia Papurello

Secretario de Coordinación Sr. Rubén Gregorio Bustos

Subsecretaria de Desarrollo Humano y Social Lic. Cecilia De Lucio

Subsecretaria de Finanzas Cra. Analia Rosa Tejerina

Dirección de Inspección Gral. Y Seg. Ciudadana Sr. Gastón Atilio Sentinelli

Dirección de Planeamiento y Ambiente Arq. Carolina Racagni

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Presidente Sr. Nora Delugo

Vicepresidente 1º Sra. Ivana Elizabeth Torres

Vicepresidente 2º Sra. Silvana Elizabeth Torres

Concejal Sr. José Rinaldi

Concejal Sr. Gustavo L. E. Tolocka

Concejal Sr. José Armando Combina

Concejal Sra.Dora Benavidez de Díaz

Secretario Sr. Elbio Eduardo Chávez

HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS

Presidente Sr. Daniel, Turco

Vocal Sr. Susana del Valle Cabezas

Vocal Sr. Ricardo Luis Delfino

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DECRETO Nº 148/15

Salsipuedes, 01 de Julio de 2015.

VISTO:

Los Contratos celebrados con los Sres. Camurri Sergio, Claudia

Lourdes Colazo, Esteban Alejandro Díaz Romanese, Natalia Gisela Gross, Claudio

Emiliano Ivaniec, Jorge Hernán Ortiz y Diego Andrés Villabaza, con fecha 30 de Junio

de 2015.

Y CONSIDERANDO:

Que los mismos se han realizado dentro del marco que prevé la

legislación vigente y dada la necesidad de cubrir el servicio de la Dirección de

Inspecciones y Seguridad Ciudadana.

Que consiste en la prestación de servicios por plazo determinado,

tal como lo contempla el Art. 12º de la Ordenanza Nº 921/08.

Que no se incrementa la planta de personal permanente, por

cuanto se trata de contratos a plazo fijo.

Que la autorización para este tipo de contrataciones surge del

presupuesto anual para el año 2015.

Por ello y en uso de sus facultades.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES

D E C R E T A:

Art. 1º).-APRUÉBENSE, los Contratos de Trabajo a Plazo Fijo, celebrados con fecha 30

de Junio de 2015 con los empleados señalados en el Anexo I que se agrega al

presente.

Art. 2º).-IMPÚTESE el gasto que ello demande a la Partida pertinente.

Art. 3º).-NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal y Archívese.-

DECRETO Nº 148 f.f.

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ANEXO I- DECRETO Nº 148/15

NOMBRE Y APELLIDO D.N.I

SERGIO CAMURRI

16.157.743

CLAUDIA LOURDES COLAZO

28.430.826

ESTEBAN ALEJANDRO DIAZ ROMANESE 25.717.034

NATALIA GROSS

24.497.199

CLAUDIO EMILIANO IVANIEC

23.763.448

JORGE HERNÁN ORTIZ

31.591.777

DIEGO ANDRÉS VILLABAZA 26.904.248

DECRETO Nº 149/15

Salsipuedes, 01 de Julio de 2015.

VISTO:

Los Contratos de Locación de Servicios celebrados con los

Señores Olivero Luis Francisco, DNI 13.962.419, Navarro Juan Mario, DNI 20.508.330,

Romero Ariel Cayetano, DNI 26.817.268, Gonzalez Fernando Martin, DNI 22.600.915,

Alfonso Alberto Juan, DNI 11.219.528, Oyarzabal Paula, DNI 27.058.370, Wolhein

David Ignacio, DNI 31.776.545, Olmos Mariano Ezequiel, DNI 33.900.163, Salvatelli

Leonardo M., DNI 31.041.692, Capra Marco Alberto, DNI 39.495.366, Gallardo Lucio

Fernando, DNI 30.200.960, Bustos Germán Antonio, DNI 24.455.139, Balmaceda

Agustín, DNI 35.137.949, Taormina Marcelo Gabriel, DNI 23.846.963, Ferreyra Miguel

Héctor, DNI 22.370.200, Dorado Ramón Vicente, DNI 10.168.546, Muñoz Rodrigo

Ezequiel, DNI 33.900.072, Fernández Juan, DNI 7.953.567, Nuñez Victor Hugo, DNI

16.791.655, Brandalissi Sebastian Ermenegildo, DNI 33.900.176, Perez Oscar, DNI

22.052.354, Estela Eduardo Agustín, DNI 37.440.088 y la adenda del contrato celebrado

el 30 de Mayo de 2015 con Torello Julián, DNI 36.478.991;

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Y CONSIDERANDO:

Que los mismos se han realizado dentro del marco que prevé la

legislación vigente.

Que no se incrementa la planta de personal permanente, por

cuanto se trata de un Contrato de Locación de Servicios.

Que la autorización para este tipo de contrataciones surge del

presupuesto anual para el año 2015.

Por ello y en uso de sus facultades:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES

D E C R E T A:

Art. 1º) APRUÉBENSEN, los Contratos de Locación de Servicios celebrados con los

Señores Olivero Luis Francisco, DNI 13.962.419, Navarro Juan Mario, DNI 20.508.330,

Romero Ariel Cayetano, DNI 26.817.268, Gonzalez Fernando Martin, DNI 22.600.915,

Alfonso Alberto Juan, DNI 11.219.528, Oyarzabal Paula, DNI 27.058.370, Wolhein

David Ignacio, DNI 31.776.545, Olmos Mariano Ezequiel, DNI 33.900.163, Salvatelli

Leonardo M., DNI 31.041.692, Capra Marco Alberto, DNI 39.495.366, Gallardo Lucio

Fernando, DNI 30.200.960, Bustos Germán Antonio, DNI 24.455.139, Balmaceda

Agustín, DNI 35.137.949, Taormina Marcelo Gabriel, DNI 23.846.963, Ferreyra Miguel

Héctor, DNI 22.370.200, Dorado Ramón Vicente, DNI 10.168.546, Muñoz Rodrigo

Ezequiel, DNI 33.900.072, Fernández Juan, DNI 7.953.567, Nuñez Victor Hugo, DNI

16.791.655, Brandalissi Sebastian Ermenegildo, DNI 33.900.176, Perez Oscar, DNI

22.052.354, Estela Eduardo Agustín, DNI 37.440.088 y la adenda del contrato celebrado

el 30 de Mayo de 2015 con Torello Julián, DNI 36.478.991, con vigencia desde el 01 de

Julio de 2015;

Art. 2º) IMPÚTESE, el gasto que demanden los Contratos aprobados a los Programas

del PV.

Art. 3º) NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-

DECRETO Nº 149

DECRETO Nº 150/15 Salsipuedes, 01 de Julio de 2015.

VISTO:

Los Contratos de Trabajo Temporarios firmados con los Srs.

Peralta Evelyn Alexandra, DNI 38.420.102, Liambo Esteban Ezequiel, DNI 24.313.631,

López Tamara Andrea, DNI 31.646.113, Pereyra Miriam Beatriz, DNI 27.171.740,

Borgonovo Marina, DNI 36.851.580, el día 30 de Junio de 2015;

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Y CONSIDERANDO:

Que los contratos firmados se realizaron según la Ordenanza N°

897/08 que faculta al Poder Ejecutivo a realizar Contratos Temporarios, en un todo de

conformidad a lo dispuesto por la Ley Provincial N° 8864-Anexo Único- Punto XIV-

Programas Municipales de Empleo, quedando comprendidas en las Contrataciones

señaladas, aquellas que se realicen en atención a las necesidades temporarias que genere

la Reforma Administrativa Municipal.

Que la autorización para este tipo de contrataciones surge del

presupuesto anual para el año 2015 que prevé estas contrataciones;

Por ello y en uso de sus facultades;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES

D E C R E T A:

Art. 1º).-APRUÉBESE, los Contratos de Trabajo Temporarios firmados con los Srs.

Peralta Evelyn Alexandra, DNI 38.420.102, Liambo Esteban Ezequiel, DNI 24.313.631,

López Tamara Andrea, DNI 31.646.113, Pereyra Miriam Beatriz, DNI 27.171.740,

Borgonovo Marina, DNI 36.851.580, el día 30 de Junio de 2015;

Art. 2º).-IMPÚTENSE, los pagos que demanden los contratos aprobados en el art. 1º) a

los Programas correspondientes del PV.

Art. 3º).-NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-

DECRETO Nº 150

DECRETO Nº 151/15

Salsipuedes, 01 de Julio de 2015.-

VISTO:

Los Contratos a Plazo Fijo firmados con la Sra. Fabiana Noemí

Zabala y la Srta. Lorena Andrea Luna, firmados con fecha 30 de junio de 2015.

Y CONSIDERANDO:

Que los mismos se han realizado dentro del marco que prevé la

legislación vigente.

Que consiste en la prestación de un servicio por plazo

determinado, tal como lo contempla el Art. 12º de la Ordenanza Nº 921/08.

Que no se incrementa la planta de personal permanente, por

cuanto se trata de Contratos a Plazo Fijo.

Que la autorización para este tipo de contrataciones surge del

presupuesto anual para el año 2015.

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Por ello, y en uso de sus facultades;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES

DECRETA:

Art. 1°).-APRUÉBESE, el Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, firmado con la Sra. Noemí

Zabala, D.N.I.: 20.340.059, con fecha 30 de Junio de 2015.

Art. 2°).-APRUÉBESE, el Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, firmado con la Sra. Lorena

Andrea Luna, D.N.I.: 30.773.375, con fecha 30 de Junio de 2015.

Art. 3°).-IMPÚTESE, el gasto que demanden los contratos aprobados en los arts. 1º) y

2º) al Programa 24 PR 01PA02.

Art. 4°) COMUNÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.

DECRETO Nº 151

f.f.

DECRETO Nº 152/15 Salsipuedes, 03 Julio de 2015

VISTO:

La Ordenanza 1.182/2015 por la cual se aprueba el Contrato de

Locación celebrado entre la Municipalidad de Salsipuedes y el Consorcio de Cooperación

( Ley Nacional Nº 26.005) denominado “Nueva Serie S.A.- Raven S.A.- Consorcio de

Cooperación” de fecha 18 de Junio de 2015;

Y CONSIDERANDO:

Que, dicha aprobación se encuentra fundamentada en la

Emergencia Ambiental dispuesta por Decreto Nº 047/15;

Que, en la Celebración de éste Contrato, el Ente Contratista

además de proveer la maquinaria y el equipamiento que dá cuenta el Contrato en

cuestión, también nos provee la Mano de Obra para realizar las siguientes labores:

remoción de árboles, nivelación de suelos, relleno de distintas calles de nuestra localidad,

remodelación y construcción del sistema cloacal del Colegio IPETyM Nº 61 de Bº El

Pueblito

Que el precio de la locación referida será pagado por el

Gobierno de la Provincia de Córdoba;

Que, a fin de dar cumplimiento a la misma es necesaria su

promulgación;

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Por ello y en uso de sus facultades:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES

D E C R E T A:

Art. 1º).-PROMULGASE, la Ordenanza 1.182/15 por la cual se aprueba el Contrato de

Locación celebrado entre la Municipalidad de Salsipuedes y el Consorcio de Cooperación

( Ley Nacional Nº 26.005) denominado “Nueva Serie S.A.- Raven S.A.- Consorcio de

Cooperación” de fecha 18 de Junio de 2015, sancionada por el H.C.D. el 02 de Julio de

2015.-

Art. 2º).- NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-

DECRETO Nº 152

DECRETO Nº 153/15 Salsipuedes, 03 de Julio de 2015.

VISTO:

Los Contratos de Arrendamiento de los Camiones Cisternas

celebrados con fecha 01 de Julio de 2015 con el Srs. Marcos Daniel Cabrera, D.N.I.

34.621.829 y Matías Osvaldo Cabrera, DNI 38.419.750;

Y CONSIDERANDO:

Que consiste, en la contratación de dos Camiones Cisternas,

Dominios XCB029 y RVR478, para cubrir la distribución de agua, conforme a los

requerimientos de la Dirección de Agua y Saneamiento.

Que la autorización para el Arrendamiento surge del presupuesto

anual para el año 2015 que prevé este tipo de contrataciones.

Por ello y en uso de sus facultades:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES

D E C R E T A:

Art. 1º).-APRUÉBASE, por razones de necesidad de cubrir la distribución de agua, los

Contratos de Arrendamiento de los Camiones Cisternas (capacidad 10mm3), Dominios

XCB029 y RVR478, celebrados con fecha 01 de Julio de 2015 con los Srs. Marcos

Daniel Cabrera, D.N.I.: 34.621.829 y Matías Osvaldo Cabrera, DNI 38.419.750.

Art. 2º).-IMPÚTESE el gasto que ello demande al Programa pertinente del Presupuesto

Vigente.

Art. 3º).-NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-

DECRETO Nº 153 f.f.

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DECRETO Nº 154/15 Salsipuedes, 03 Julio de 2015.

VISTO:

Los contratos de Locación firmados con el Srs. Cesar Luis

Bidondo, D.N.I. 14.315.445, en representación de la Empresa GRAL. URQUIZA S.R.L.,

Eladio Abel Campagnani, D.N.I. 14.894.230, en representación de la empresa NUEVA

CHEVALIER S.A., Carlos Jorge Lanfossi, D.N.I 8.390.924, en representación de la

empresa ERSA URBANO S.A., con fecha 01 de Julio de 2015 y con el Sr. Nicolás

Ernesto Bustos, D.N.I. 6.392.647, con fecha 01 de julio de 2015;

Y CONSIDERANDO:

Que en el caso de los Sres. Bidondo, Campagnani y Lanfossi

consiste en la locación de dos locales ubicados en la Terminal de Ómnibus de la localidad

de Salsipuedes, identificado como local uno (1) y dos (2), en perfecto estado ambos, por

el término de treinta y seis (36) meses.

Que en el caso del Sr. Bustos para que funcionen las

dependencias municipales del Tribunal de Faltas, Oficina de Sueldos y Tribunal de

Cuentas;

Que los mismos se han realizado dentro del marco que prevé la

legislación vigente.

Por ello y en uso de sus facultades:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES

D E C R E T A:

Art. 1º).-APRUÉBANSE Los contratos de Locación firmados con el Srs. Cesar Luis

Bidondo, D.N.I. 14.315.445, en representación de la Empresa GRAL. URQUIZA S.R.L.,

Eladio Abel Campagnani, D.N.I. 14.894.230, en representación de la empresa NUEVA

CHEVALIER S.A., Carlos Jorge Lanfossi, D.N.I 8.390.924, en representación de la

empresa ERSA URBANO S.A., con fecha 01 de Julio de 2015 y con el Sr. Nicolás

Ernesto Bustos, con fecha 01 de Julio de 2015..

Art. 2º).- NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y archívese.-

DECRETO Nº 154 f.f.

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DECRETO Nº 155/15

Salsipuedes, 03 de Julio de 2015.

VISTO:

Los Contratos de Servicio de Publicidad celebrados con “Medios

y Producciones Córdoba S.R.L.”, con fecha 08 de Junio de 2015 y con “Radio Curva”,

con fecha 01 de Julio de 2015;

Y CONSIDERANDO:

Que, corresponde dar amplia publicidad a las actividades

relacionadas a la gestión municipal: culturales, deportivos, turísticos y sociales; la

difusión de las actividades de la administración hacen a la transparencia de los actos

gubernamentales;

Que, tratándose de distintos servicios, en cada Contrato se han

fijado las pautas específicas y los mismos forman parte del presente decreto;

Que el Presupuesto 2015 contempla este tipo de contrataciones;

Por ello y en uso de sus facultades;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES

D E C R E T A:

Art. 1º).-APRUÉBENSE, los Contratos de Servicio de Publicidad celebrados con

“Medios y Producciones Córdoba S.R.L.”, con fecha 08 de Junio de 2015 y con “Radio

Curva”, con fecha 01 de Julio de 2015;

Art. 2º).-IMPÚTESE, el gasto que demande a la partida respectiva del P.V.

Art. 3º).-NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-

DECRETO Nº 155

f.f.

DECRETO Nº 156/15 Salsipuedes, 20 de Julio de 2014.

VISTO:

La Ordenanza 1.184/15, de “Prórroga en el vencimiento de la

Ordenanza de Regularización Catastral y de Construcción”, sancionada por el Honorable

Concejo Deliberante con fecha 16 de julio de 2015.

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Y CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza se encuentra fundamentada en la necesidad de

continuar en la solución de problemas catastrales, detección de infracciones al Código de

Ordenamiento Urbano, etc., en consonancia con el convenio firmado con el Colegio de

Arquitectos de la Provincia de Córdoba que fuera aprobado por Ordenanza Nº 1.129/13, con el

objeto es otorgar beneficios tributarios y administrativos a los contribuyentes de la

Municipalidad de Salsipuedes para que puedan subsanar situaciones irregulares en sus

propiedades relacionadas a la construcción y uso del suelo.

Que se hace necesario promulgar la Ordenanza citada, de

acuerdo a lo establecido en el art. 49 inc. 1º de la Ley Orgánica Municipal Nº 8102.

Por ello y en uso de sus facultades;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES

D E C R E T A:

Art. 1º) PROMÚLGUESE, la Ordenanza 1.184/15, de “Prórroga en el vencimiento de la

Ordenanza de Regularización Catastral y de Construcción”, sancionada por el Honorable

Concejo Deliberante con fecha 16 de Julio de 2015.

Art. 2º) NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-

DECRETO Nº 156 f.f.

DECRETO Nº 157/15 Salsipuedes, 20 Julio de 2015

VISTO:

La Ordenanza 1.183/2015 por la cual se aprueba el Convenio de

Consolidación de Obligaciones Patronales entre La Caja de Jubilaciones, Pensiones y

Retiro de Córdoba y los Municipios de las Sierras Chicas de Córdoba sancionada el 16 de

Julio de 2015;

Y CONSIDERANDO:

Que, dicha aprobación se encuentra fundamentada en la

Emergencia Ambiental dispuesta por Decreto Nº 047/15;

Que, este Convenio surge de los alcances del Decreto Nº 80 de

fecha 15 de Febrero de 2015, emanado del Poder Ejecutivo Provincial;

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Que, la Celebración del mismo tiene por finalidad aliviar la

situación financiera en la se encuentran los Municipios de las Sierras chicas afectados por

la catástrofe del 15 de Febrero del 2015;

Que, a fin de dar cumplimiento a la misma es necesaria su

promulgación;

Por ello y en uso de sus facultades:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES

D E C R E T A:

Art. 1º).-PROMULGASE, la Ordenanza 1.183/15 por la cual se aprueba el

Consolidación de Obligaciones Patronales entre La Caja de Jubilaciones, Pensiones y

Retiro de Córdoba y los Municipios de las Sierras Chicas de Córdoba sancionada el 16 de

Julio de 2015.-

Art. 2º).- NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-

DECRETO Nº 157

f.f.

DECRETO Nº 158/15

Salsipuedes, 28 de Julio de 2015.

VISTO:

Los contratos firmados con el Señores Antonio López D.N.I.

12.334.361 y Fortuna Mariano A., DNI 22.602.627 con fecha 27 de Julio de 2015;

Y CONSIDERANDO:

Que, se ha realizado dentro del marco que prevé la legislación

vigente.

Que consisten en la prestación de servicios para Ampliación del

depósito de remedios y la pintura de diez consultorios del C.A.P.S. “Julián Ostrovsky”,

tareas que consisten en la construcción de un depósito de tres metros de largo por cinco

metros de ancho, la construcción de una rampa interna y la pintura de paredes y

aberturas;

Que no se incrementa la planta de personal permanente, por

cuanto se trata de un Contrato de Locación de Servicios.

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14

Que la autorización para este tipo de contrataciones surge del

presupuesto anual para el año 2015 que prevé este tipo de contrataciones.

Por ello y en uso de sus facultades:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES

D E C R E T A:

Art. 1º).-APRUÉBENSE, los Contratos Locación de Servicios, firmado con los Señores

Antonio López D.N.I. 12.334.361, Fortuna Mariano A., DNI 22.602.627 con fecha 27 de

Julio de 2015.-

Art. 2º).-IMPÚTESE el gasto que ello demande los Programas pertinentes de P.V.

Art. 3º).-NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-

DECRETO Nº 158 f.f.

DECRETO Nº 159/15 Salsipuedes, 28 de julio de 2015

VISTO:

La necesidad de producir modificaciones compensatorias de créditos

entre partidas del Presupuesto Gral. de Erogaciones vigente,

Y CONSIDERANDO:

Que la necesidad surge por la evolución de la ejecución

presupuestaria

Que la misma se encuadra en lo preceptuado en el artículo 19 de la

Ordenanza 890/08

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES

DECRETA:

Artículo 1º) MODIFÍCANSE los créditos de las partidas del Presupuesto General

vigente, conforme se detalla en planilla anexa al presente.

Artículo 2º) Comuníquese, Publíquese, Dése al R.M. y Archívese.

DECRETO N° 159

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Planilla anexa art. 1° Decreto nro. 159/15

Programa Nº

Partidas

Disminución

Incremento PR PA

21 11 Bienes de Capital 4,000

22 01 03 Asignaciones Familiares 23,500

22 03 Servicios no Personales 20,000

24 01 04 Servicios Extraordinarios 12,500

24 11 Bienes de Capital 2,300

25 18 01 P/Ref. de Partidas 3,102,300

25 18 02 P/Ref. de Partida Personal 136,300

30 11 Bienes de Capital 5,000

31 01 04 Servicios Extraordinarios 4,100

33 02 Bienes de Consumo 70,000

33 03 Servicios no Personales 70,000

36 01 04 Servicios Extraordinarios 7,700

36 12 02 Mejoramiento de Calles sin Pavimento 2,600,000

36 12 03 Conservación y Mejoramientos de Inmuebles 51,000

36 12 04 Obras Varias sin Discriminar 40,000

36 12 09 Mejoramiento Rutas Provinciales 10,000

36 12 21 Refugio Espera de Pasajeros 35,000

36 12 25 Remodelación Cementerio 55,000

36 12 45 Ampliación Edificios Municipales 110,000

37 01 04 Servicios Extraordinarios 65,000

38 11 Bienes de Capital 5,000

39 02 Bienes de Consumo 15,000

39 03 Servicios no Personales 20,000

42 01 06 Contribuciones 23,500

3,243,600 3,243,600

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ORDENANZA Nº 1182/15 Salsipuedes, 01 de Julio de 2015.-

ELEVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN

Al Presidente del Concejo Deliberante

Sra. Nora Delugo

Presente.

Nos dirigimos a Ud. y por su intermedio, al Cuerpo

Legislativo que preside para remitir este proyecto de Ordenanza, por el cual se aprueba el

Contrato de Locación celebrado entre la Municipalidad de Salsipuedes y el Consorcio de

Cooperación (Ley Nacional Nº 26.005) denominado “Nueva Seria S.A. – Raven S.A.-

Consorcio de Cooperación”.

El Contrato cuya aprobación se propicia tiene por finalidad

la locación de maquinaria, equipamiento y mano de obra por parte del Consorcio de

Cooperación.

Considerando la Emergencia Ambiental dispuesta por

Decreto nº 047/2015 que padece esta Localidad como consecuencia del fenómeno

meteorológico sufrido el 15 de Febrero del 2015, que produjo en ésta localidad

cuantiosos daños tanto a los vecinos como a los bienes públicos se hace necesario reparar

los mismos con la urgencia que el caso requiere. Por ello el D.E. cree conveniente la

Celebración de éste Contrato, toda vez que el Ente Contratista además de proveer la

maquinaria y equipamiento que dá cuenta el Contrato en cuestión, también nos provee la

Mano de Obra suficiente para realizar las siguientes labores: -remoción de árboles; -

nivelación de suelo con material tipo 020, tierra; -relleno de la Av. Costanera Juan de

Burgos, calle Urquiza de Barrio El Talita, calle Patricias Argentinas de Barrio El

Pueblito, calle 9 de Julio Sección E, -Reconstrucción de Badenes calles Alvarez Jonte y

J.B. Justo por donde cruza la escorrentía. En el Colegio IPETyM Nº 61 de Barrio El

Pueblito se remodelarán y reacondicionarán las cañerías cloacales, -construcción de

cámara séptica reubicada en calle Ruta E 53 esq. Chacabuco -construcción de un Sistema

de Peines que permita el drenaje de los líquidos vertidos, -zanjeos desde el actual

biodigestor hasta la cámara mencionada, y otras tareas afines.

Destacamos que el precio de la locación referida será

pagado por el Gobierno de la Provincia de Córdoba.

Se adjunta Copia Certificada del Contrato aludido.

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18

Por lo expuesto, solicitamos el tratamiento y la aprobación

del Proyecto de Ordenanza que adjuntamos.

Atentamente.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SALSIPUEDES SANCIONA CON

FUERZA DE

ORDENANZA N° 1.182/2015

Art. 1º) APRUÉBESE EL CONTRATO DE LOCACIÓN celebrado

entra la Municipalidad de Salsipuedes y el Consorcio de Cooperación (Ley

Nacional Nº 26.005) denominado “Nueva Seria S.A. – Raven S.A.-

Consorcio de Cooperación” de fecha 18 de Junio de 2015

Art. 2º).-INCREMENTASE el Presupuesto General del Ejercicio en la

suma de Pesos Cuatro Millones Cincuenta Mil ($ 4.050.000.-) el total de

Erogaciones (Art. 1º - Ord. 1174/14 y sus modificatorias) de acuerdo al

detalle siguiente:

Programa

Partida Denominación Incremento

Principal-Parcial

25 18-01 Para Refuerzo de Partidas 2.600.000

36 12-47 Readecuación Sist. Tratam. Efluentes

IPETyM 61

1.450.000

Totales 4.050.000

Art. 3º).-INCREMENTASE en la suma de Pesos Cuatro Millones

Cincuenta Mil ($ 4.050.000) el Cálculo de Recursos del Presupuesto General

Vigente (Art. 2º - Ord. 1174/14) y sus modificatorias) de acuerdo al detalle

siguiente:

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Nivel

Descripción

Incremento

1 2 3 4 Importe Rentas

Generales Afectados

3 2 02 07 Aportes para IPETyM y Otros 4.050.000 4.050.000

Total 4.050.000 4.050.000

Art. 4º).-ESTÍMASE como consecuencia de lo establecido en los artículos

precedentes, el siguiente Balance Financiero preventivo:

Total de Erogaciones 49.546.640.-

Total Recursos 49.546.640.-

Resultado Equilibrado

Art. 5º).-La presente tiene efecto retroactivo al 18 de junio de 2015.-.

Art. 6º).-COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al Registro Municipal y

Archívese.

Sala de sesiones, 02 de Julio de 2015.

Vuelva al D.E.M. para su promulgación .

Ordenanza Nº 1182/15, Promulgada por Decreto Nº 152/15, del 03/07/2015

ORDENANZA Nº 1183/15 Salsipuedes, 13 de Julio de 2015.-

ELEVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN

Al Presidente del Concejo Deliberante

Sra. Nora Delugo

Presente.

Nos dirigimos a Ud. y por su intermedio, al Cuerpo

Legislativo que preside para remitir este proyecto de Ordenanza, por el cual se aprueba el

Convenio celebrado entre la Municipalidad de Salsipuedes y Caja de Jubilaciones,

Pensiones y Retiro.

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20

El Convenio cuya aprobación se propicia tiene por finalidad

aliviar la situación financiera en la que se encuentran los Municipios de las Sierras Chicas

afectados por la catástrofe del 15 de Febrero de 2015,

Considerando que, Salsipuedes fue una de las localidades

afectadas sufriendo cuantiosos daños, tanto a los vecinos como a los bienes públicos; que

a causa de ello el Municipio sufrió una disminución en sus ingresos propios y que a su

vez debió incrementar el gasto para reparar los mismos con la urgencia que el caso

requiere; que ambas partes reconocen que el presente contrato surge de los alcances del

decreto Nº 80 de fecha 15/02/2015, emanado del Poder Ejecutivo Provincial, el D.E. cree

conveniente la Celebración de éste Convenio.

Se adjunta Copia Certificada del Convenio aludido.

Por lo expuesto, solicitamos el tratamiento y la aprobación

del Proyecto de Ordenanza que adjuntamos.

Atentamente

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE SALSIPUEDES

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA N° 1.183/2015

Art. 1º) APRUÉBESE EL CONVENIO DE CONSOLIDACIÓN DE

OBLIGACIONES PATRONALES entre La Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiro

de Córdoba Y los Municipios de las Sierras Chicas de Córdoba.

Art. 2º).-COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al Registro Municipal y Archívese.

Sala de sesiones, 16 de Julio de 2015.

Vuelva al D.E.M. para su promulgación.

Ordenanza Nº 1183/15, Promulgada por Decreto Nº 157/15, del

20/07/2015

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21

ORDENANZA Nº 1184/15

Salsipuedes, 13 de Julio de 2015.

ELEVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN

Al Presidente del Honorable Concejo Deliberante

Sra. Nora Delugo

Presente

Nos dirigimos a Ud. y por su digno intermedio

al Honorable Concejo Deliberante a fin de solicitar la prórroga en el

vencimiento de la Ordenanza Nº 1133/13, de Regularización Catastral y de

Construcción desde el 01 de Julio de 2015 hasta el 31 de Diciembre de 2015.

La solicitud se fundamenta en la necesidad de

continuar en la solución de problemas catastrales, detección de infracciones

al Código de Ordenamiento Urbano, etc., en consonancia con el convenio

firmado con el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Córdoba que fuera

aprobado por Ordenanza Nº 1.129/13, con el objeto es otorgar beneficios

tributarios y administrativos a los contribuyentes de la Municipalidad de

Salsipuedes para que puedan subsanar situaciones irregulares en sus

propiedades relacionadas a la construcción y uso del suelo.

Por lo expuesto, solicitamos el tratamiento y la

aprobación del proyecto de Ordenanza que adjuntamos.

Atentamente.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA

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22

MUNICIPALIDAD DE SALSIPUEDES

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.184/2015

Art.1º.- PRORRÓGUESE, la vigencia del Régimen de Regularización

Catastral y de Construcción establecida en el Art. 1º de la Ordenanza Nº

1133/13, sancionada el 26 de Setiembre de 2013, promulgada por Decreto

Nº 274/13, y modificado por Ordenanza 1149/14, promulgada por Decreto

Nº 152/14, hasta el día 31 de Diciembre de 2015.-

Art. 2°.- COMUNÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y

Archívese.

Sala de sesiones, 16 de Julio de 2015.

GÍRESE AL D.E. PARA SU PROMULGACIÓN.

Ordenanza Nº 1184/15 Promulgada por Decreto Nº 156/15, del 20/07/2015.

ORDENANZA Nº 1185/15

Salsipuedes, 28 de Julio de 2015.-

ELEVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN

Al Presidente del Concejo Deliberante

Sra. Nora Delugo

Presente.

Nos dirigimos a Ud. y por su intermedio, al Cuerpo

Legislativo que preside para remitir este proyecto de Ordenanza modificatoria de la

Ordenanza de Presupuesto General número 1174/14 a los fines de adecuar el monto total,

incorporando un crédito de Pesos Un Millón ($ 1.000.000) correspondiente a un adelanto

de coparticipación recibido en el mes de Junio de 2015 y que se empezó a descontar a

partir del mes de julio de 2015.

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23

Considerando que, Salsipuedes fue una de las localidades

afectadas por el temporal 15 de febrero de 2015, sufriendo cuantiosos daños, tanto a

los vecinos como a los bienes públicos; que a causa de ello el Municipio sufrió una

disminución en sus ingresos propios y que a su vez debió incrementar el gasto, surge

la necesidad de producir modificaciones compensatorias de créditos entre partidas del

Presupuesto Gral. de Erogaciones vigente

Por lo expuesto, solicitamos el tratamiento y la aprobación

del Proyecto de Ordenanza que adjuntamos.

Atentamente.

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE SALSIPUEDES

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA N° 1.185/2015

Art. 1º.-INCREMENTASE el Presupuesto General del Ejercicio en la

suma de Pesos Un Millón ($ 1.000.000.-) el total de Erogaciones (Art. 1º -

Ord. 1174/14 y sus modificatorias) de acuerdo al detalle siguiente:

Programa

Partida

Denominación Incremento Principal-

Parcial

25 18-01 Para Refuerzo de Partidas 166.665

25 20-10 Otras Amortizaciones 833.335

Totales 1.000.000

Art. 2º.-INCREMENTASE en la suma de Pesos Un Millón ($ 1.000.000)

el Cálculo de Recursos del Presupuesto General Vigente (Art. 2º - Ord.

1174/14) y sus modificatorias) de acuerdo al detalle siguiente:

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Nivel

Descripción

Incremento

1 2 3 4 Importe Rentas

Generales Afectados

1 2 01 Coparticipación Fiscal 1.000.000 1.000.000

Total 1.000.000 1.000.000

Art. 3º.- ESTÍMASE como consecuencia de lo establecido en los artículos

precedentes, el siguiente Balance Financiero preventivo:

Total de Erogaciones 50.546.640.-

Total Recursos 50.546.640.-

Resultado Equilibrado

Art. 4º.-La presente tiene efecto retroactivo al 20 de julio de 2015.-

Art. 5°.- COMUNÍQUESE, publíquese, dese al registro Municipal y

archívese.

Sala de sesiones, 30 de Julio de 2015.

Vuelva al D.E.M. para su promulgación.

Ordenanza Nº 1185/15, Promulgada por Decreto Nº 160/15, del 03/08/2015

ORDENANZA Nº 1186/15

Salsipuedes, 28 Julio de 2015.

ELEVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN

Al Presidente del Concejo Deliberante

Sra. NORA DELUGO

Presente

Respetuosamente nos dirigimos a Ud. y por su

digno intermedio al Honorable Concejo Deliberante, para su tratamiento y

sanción, un Proyecto de Ordenanza que contempla la desafectación de calles

públicas para futuro emprendimiento social (Instalaciones del Club Atlético

y Social Salsipuedes).

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25

Las calles a desafectar y que a continuación se detallan, cubren una

superficie de seis mil ochenta y seis metros cuadrados con veinticinco

centímetros cuadrados (6086.25 m²).-

Avenida al Balneario: Intersección camino General Paz hasta calle

Gerónimo Luis de Cabrera en el mojón de esquina de la manzana 169

y 183.

Calle Italia: Sobre manzana 169 desde el mojón de esquina con Av. Al

Balneario 48.81m. Sobre manzana 170 desde el mojón de esquina con

Av. Al Balneario 49.01m. En manzana 183 desde el mojón de esquina

con Av. Al Balneario 92.93m. Desde la manzana 184 del mojón de

esquina con Av. Al Balneario 92.37m.

Avenida José Mármol: En manzana 170 desde el mojón de esquina

con Av. Al Balneario 50.04m. Desde la manzana 171 mojón de

esquina Av. Al Balneario 50.28m. En la manzana 184 desde el mojón

esquina Av. Al Balneario 69,010m y en la manzana 185 mojón de

esquina Av. Al Balneario 44.38m.

Atentamente:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA

MUNICIPALIDAD DE SALSIPUEDES

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.186/2015

Art.1°). DESAFÉCTESE, del dominio Público Municipal y AFÉCTESE

al dominio Privado Municipal, las calles que a continuación se detallan:

Avenida al Balneario: Intersección camino General Paz hasta calle

Gerónimo Luis de Cabrera en el mojón de esquina de la manzana 169

y 183.

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26

Calle Italia: Sobre manzana 169 desde el mojón de esquina con Av. Al

Balneario 48.81m. Sobre manzana 170 desde el mojón de esquina con

Av. Al Balneario 49.01m. En manzana 183 desde el mojón de esquina

con Av. Al Balneario 92.93m. Desde la manzana 184 del mojón de

esquina con Av. Al Balneario 92.37m.

Avenida José Mármol: En manzana 170 desde el mojón de esquina

con Av. Al Balneario 50.04m. Desde la manzana 171 mojón de

esquina Av. Al Balneario 50.28m. En la manzana 184 desde el mojón

esquina Av. Al Balneario 69,010m y en la manzana 185 mojón de

esquina Av. Al Balneario 44.38m.

Art. 2°) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al registro Municipal y

archívese.

Sala de Sesión, 30 de Julio 2015.-

Vuelva al D.E.M. para su promulgación .

Ordenanza Nº 1186/15 promulgada por Decreto Nº 162/15 de fecha

04/08/15.

ORDENANZA Nº 1187/15

Salsipuedes, 28 de Julio de 2015.-

ELEVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN

Al Presidente del Honorable Concejo Deliberante

Sr. Nora Delugo

Presente.

Respetuosamente nos dirigimos a Ud. y por

su digno intermedio al Honorable Concejo Deliberante, para su

tratamiento y sanción, un Proyecto de Ordenanza para el aporte del dos

por ciento (2 %) como contribución solidaria de los haberes a percibir

mensualmente por los trabajadores municipales de PLANTA

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27

PERMANENTE y CONTRATADOS no afiliados al Sindicato, excepto

asignaciones familiares.

Jurídicamente los aportes solidarios de este

tipo se fundamentan en leyes tales como la Ley 14.250 que en su art. 9

dice: “Las cláusulas de la convención por las que se establezcan

contribuciones a favor de la asociación de trabajadores participantes,

serán validas no solo para los afiliados, sino también para los NO

AFILIADOS comprendidos en el ámbito de la convención”, y/o la Ley

23.551 que en su art. 37 dice: “El Patrimonio de las asociaciones

Sindicales de trabajadores estará constituido por las cotizaciones

ordinarias y extraordinarias de los afiliados y LAS CONTRIBUCIONES

DE SOLIDARIDAD que se pactan en los términos de la ley de

Convenciones Colectivas”.

Por lo expuesto, solicitamos el tratamiento

y la aprobación del proyecto de Ordenanza que adjuntamos.

Atentamente.

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28

EL CONCEJO DELIBERANTE DE

LA MUNICIPALIDAD DE

SALSIPUEDES SANCIONA CON

FUERZA DE ORDENANZA N°

1.187/15

Art. 1º) APRUÉBESE el aporte del dos por ciento (2 %), como

contribución solidaria, el cual deberá efectuarse sobre toda la remuneración

mensual, excepto asignaciones familiares, que perciban los trabajadores

municipales de PLANTA PERMANENTE y CONTRATADOS no afiliados

al Sindicato.

Art. 2º) Los aportes referidos en el artículo precedente, una vez descontados,

serán transferidos al Sindicato de Empleados y Obreros Municipales de Río

Ceballos “S.E.O.MU.R.C.” y Zona.

Art. 3º) COMUNÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y

Archívese.

Sala de Sesión, 30 de Julio de 2015

Vuelva al D.E.M. para su promulgación.

Ordenanza N° 1187/15 promulgada por

Decreto Nº 164/15 de fecha 03/08/15.

ORDENANZA Nº 1188/15

Salsipuedes, 28 Julio de 2015.-

ELEVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN

Al Presidente del Honorable Concejo Deliberante

Sra. Nora Delugo.

Presente.

Respetuosamente nos dirigimos a Ud. y por

su digno intermedio al Honorable Concejo Deliberante, para su

tratamiento y sanción, un Proyecto de Ordenanza para hacer el

adoquinado de la calle J. Kennedy, entre calle De Gásperi y la rivera del

Río Salsipuedes, a los fines de cumplir con lo dispuesto por el artículo 23

de la Ordenanza Nº 466/91, que fija la obligatoriedad del pago por obra

pública, por los propietarios de los inmuebles que por su ubicación se

encuentren afectados directamente por las obras y por aquellos que, según

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29

determine el Honorable Concejo Deliberante, resulten beneficiados

indirectamente, independientemente de los que deban realizar aquellos

afectados por la Ley de Contribución por mejoras por obras que realice la

Provincia de Córdoba o el Poder Ejecutivo Nacional.

Se observa que por las características socio-

económicas de quienes le habitan, la inversión puede recuperarse

mediante la modalidad de “contribución por mejoras”.

Por lo expuesto, solicitamos el tratamiento

y la aprobación del proyecto de Ordenanza que adjuntamos.

Atentamente

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA

MUNICIPALIDAD DE SALSIPUEDES

SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A Nº 1.188/2015

Art. 1º) DECLÁRESE Obra Pública el adoquinado de la calle J. Kennedy,

entre calle De Gásperi y la rivera del Río Salsipuedes a los fines de cumplir

con lo dispuesto por el artículo 23 de la Ordenanza Nº 466/91, que fija la

obligatoriedad del pago por obra pública, por los propietarios de los

inmuebles que por su ubicación se encuentren afectados directamente por las

obras y por aquellos que, según determine el Honorable Concejo

Deliberante, resulten beneficiados indirectamente, independientemente de

los que deban realizar aquellos afectados por la Ley de Contribución por

mejoras por obras que realice la Provincia de Córdoba o el Poder Ejecutivo

Nacional.

Art. 2º) ASIGNASE la suma total de Pesos Trescientos Noventa mil ($

390.000.-) para la ejecución total de la obra. Este monto será actualizado en

base al cómputo definitivo del proyecto, y en caso de corresponder, a

mayores costos.

Art. 3º) AUTORIZASE al D.E.M. a instrumentar la ejecución de la obra,

en forma total o en etapas, bajo la modalidad de ajuste alzado y/o

combinando la adquisición de bienes con la contratación de la ejecución de

obra.

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30

Art. 4º) AUTORIZASE al D.E.M. a reglamentar la presente obra en los

puntos que considere pertinente.

Art. 5º) AUTORIZASE al D.E.M. a realizar la obra de adoquinado de la

calle J. Kennedy mediante cualquiera de los regímenes de contratación que

establece el Capítulo VII Del Régimen de Contrataciones de la Ordenanza

890/08 y su Decreto Reglamentario Nº 26/08.

Art. 6º) HABILÍTESE El Registro de Oposición a la construcción de la

presente obra, según lo establecido en el artículo 25º de la Ordenanza

466/91. Durante el plazo en el que esté abierto el Registro de Oposición, la

Municipalidad deberá informar a los contribuyentes a los fines de que los

frentistas tengan conocimiento del mismo y puedan ejercer sus derechos.

Deberá obtenerse la aprobación de los vecinos en un setenta por ciento

(70%) de adhesión.

Art. 7º) DECLÁRESE de pago obligatorio el costo de la obra de

adoquinado que se establece por la presente Ordenanza, a título de

Contribución de Mejoras a los fines de cumplir con lo dispuesto por el

artículo 23º de la Ordenanza Nº 466/91.

Art. 8º) AUTORIZASE al D.E.M. a implementar un Sistema de cobro de

las Contribuciones por Mejoras establecidas en el artículo anterior, mediante

de pago contado o financiado hasta cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales

iguales y consecutivas.

Art. 9º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al R.M. y Archívese.

Sala de Sesión, 30 de Julio de 2015

Vuelva al D.E.M. para su promulgación.

Ordenanza N° 1188/15, promulgada por Decreto Nº 163/15 de fecha

04/08/15.

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