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BOLETÍN OFICIAL
Julio
2015
Av. Belgrano 385 - SALSIPUEDES – Dpto. Colón – Pcia. de Córdoba Tel: 03543.492225/325 – Mail: [email protected]
www.salsipuedes.gov.ar
2
ESTRUCTURA DE GOBIERNO – Gestión CORNEJO
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
Intendencia Sr. Sergio Manuel Cornejo
Secretaria de Gobierno y Administración Sra. Amalia Papurello
Secretario de Coordinación Sr. Rubén Gregorio Bustos
Subsecretaria de Desarrollo Humano y Social Lic. Cecilia De Lucio
Subsecretaria de Finanzas Cra. Analia Rosa Tejerina
Dirección de Inspección Gral. Y Seg. Ciudadana Sr. Gastón Atilio Sentinelli
Dirección de Planeamiento y Ambiente Arq. Carolina Racagni
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
Presidente Sr. Nora Delugo
Vicepresidente 1º Sra. Ivana Elizabeth Torres
Vicepresidente 2º Sra. Silvana Elizabeth Torres
Concejal Sr. José Rinaldi
Concejal Sr. Gustavo L. E. Tolocka
Concejal Sr. José Armando Combina
Concejal Sra.Dora Benavidez de Díaz
Secretario Sr. Elbio Eduardo Chávez
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS
Presidente Sr. Daniel, Turco
Vocal Sr. Susana del Valle Cabezas
Vocal Sr. Ricardo Luis Delfino
3
4
DECRETO Nº 148/15
Salsipuedes, 01 de Julio de 2015.
VISTO:
Los Contratos celebrados con los Sres. Camurri Sergio, Claudia
Lourdes Colazo, Esteban Alejandro Díaz Romanese, Natalia Gisela Gross, Claudio
Emiliano Ivaniec, Jorge Hernán Ortiz y Diego Andrés Villabaza, con fecha 30 de Junio
de 2015.
Y CONSIDERANDO:
Que los mismos se han realizado dentro del marco que prevé la
legislación vigente y dada la necesidad de cubrir el servicio de la Dirección de
Inspecciones y Seguridad Ciudadana.
Que consiste en la prestación de servicios por plazo determinado,
tal como lo contempla el Art. 12º de la Ordenanza Nº 921/08.
Que no se incrementa la planta de personal permanente, por
cuanto se trata de contratos a plazo fijo.
Que la autorización para este tipo de contrataciones surge del
presupuesto anual para el año 2015.
Por ello y en uso de sus facultades.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES
D E C R E T A:
Art. 1º).-APRUÉBENSE, los Contratos de Trabajo a Plazo Fijo, celebrados con fecha 30
de Junio de 2015 con los empleados señalados en el Anexo I que se agrega al
presente.
Art. 2º).-IMPÚTESE el gasto que ello demande a la Partida pertinente.
Art. 3º).-NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal y Archívese.-
DECRETO Nº 148 f.f.
5
ANEXO I- DECRETO Nº 148/15
NOMBRE Y APELLIDO D.N.I
SERGIO CAMURRI
16.157.743
CLAUDIA LOURDES COLAZO
28.430.826
ESTEBAN ALEJANDRO DIAZ ROMANESE 25.717.034
NATALIA GROSS
24.497.199
CLAUDIO EMILIANO IVANIEC
23.763.448
JORGE HERNÁN ORTIZ
31.591.777
DIEGO ANDRÉS VILLABAZA 26.904.248
DECRETO Nº 149/15
Salsipuedes, 01 de Julio de 2015.
VISTO:
Los Contratos de Locación de Servicios celebrados con los
Señores Olivero Luis Francisco, DNI 13.962.419, Navarro Juan Mario, DNI 20.508.330,
Romero Ariel Cayetano, DNI 26.817.268, Gonzalez Fernando Martin, DNI 22.600.915,
Alfonso Alberto Juan, DNI 11.219.528, Oyarzabal Paula, DNI 27.058.370, Wolhein
David Ignacio, DNI 31.776.545, Olmos Mariano Ezequiel, DNI 33.900.163, Salvatelli
Leonardo M., DNI 31.041.692, Capra Marco Alberto, DNI 39.495.366, Gallardo Lucio
Fernando, DNI 30.200.960, Bustos Germán Antonio, DNI 24.455.139, Balmaceda
Agustín, DNI 35.137.949, Taormina Marcelo Gabriel, DNI 23.846.963, Ferreyra Miguel
Héctor, DNI 22.370.200, Dorado Ramón Vicente, DNI 10.168.546, Muñoz Rodrigo
Ezequiel, DNI 33.900.072, Fernández Juan, DNI 7.953.567, Nuñez Victor Hugo, DNI
16.791.655, Brandalissi Sebastian Ermenegildo, DNI 33.900.176, Perez Oscar, DNI
22.052.354, Estela Eduardo Agustín, DNI 37.440.088 y la adenda del contrato celebrado
el 30 de Mayo de 2015 con Torello Julián, DNI 36.478.991;
6
Y CONSIDERANDO:
Que los mismos se han realizado dentro del marco que prevé la
legislación vigente.
Que no se incrementa la planta de personal permanente, por
cuanto se trata de un Contrato de Locación de Servicios.
Que la autorización para este tipo de contrataciones surge del
presupuesto anual para el año 2015.
Por ello y en uso de sus facultades:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES
D E C R E T A:
Art. 1º) APRUÉBENSEN, los Contratos de Locación de Servicios celebrados con los
Señores Olivero Luis Francisco, DNI 13.962.419, Navarro Juan Mario, DNI 20.508.330,
Romero Ariel Cayetano, DNI 26.817.268, Gonzalez Fernando Martin, DNI 22.600.915,
Alfonso Alberto Juan, DNI 11.219.528, Oyarzabal Paula, DNI 27.058.370, Wolhein
David Ignacio, DNI 31.776.545, Olmos Mariano Ezequiel, DNI 33.900.163, Salvatelli
Leonardo M., DNI 31.041.692, Capra Marco Alberto, DNI 39.495.366, Gallardo Lucio
Fernando, DNI 30.200.960, Bustos Germán Antonio, DNI 24.455.139, Balmaceda
Agustín, DNI 35.137.949, Taormina Marcelo Gabriel, DNI 23.846.963, Ferreyra Miguel
Héctor, DNI 22.370.200, Dorado Ramón Vicente, DNI 10.168.546, Muñoz Rodrigo
Ezequiel, DNI 33.900.072, Fernández Juan, DNI 7.953.567, Nuñez Victor Hugo, DNI
16.791.655, Brandalissi Sebastian Ermenegildo, DNI 33.900.176, Perez Oscar, DNI
22.052.354, Estela Eduardo Agustín, DNI 37.440.088 y la adenda del contrato celebrado
el 30 de Mayo de 2015 con Torello Julián, DNI 36.478.991, con vigencia desde el 01 de
Julio de 2015;
Art. 2º) IMPÚTESE, el gasto que demanden los Contratos aprobados a los Programas
del PV.
Art. 3º) NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-
DECRETO Nº 149
DECRETO Nº 150/15 Salsipuedes, 01 de Julio de 2015.
VISTO:
Los Contratos de Trabajo Temporarios firmados con los Srs.
Peralta Evelyn Alexandra, DNI 38.420.102, Liambo Esteban Ezequiel, DNI 24.313.631,
López Tamara Andrea, DNI 31.646.113, Pereyra Miriam Beatriz, DNI 27.171.740,
Borgonovo Marina, DNI 36.851.580, el día 30 de Junio de 2015;
7
Y CONSIDERANDO:
Que los contratos firmados se realizaron según la Ordenanza N°
897/08 que faculta al Poder Ejecutivo a realizar Contratos Temporarios, en un todo de
conformidad a lo dispuesto por la Ley Provincial N° 8864-Anexo Único- Punto XIV-
Programas Municipales de Empleo, quedando comprendidas en las Contrataciones
señaladas, aquellas que se realicen en atención a las necesidades temporarias que genere
la Reforma Administrativa Municipal.
Que la autorización para este tipo de contrataciones surge del
presupuesto anual para el año 2015 que prevé estas contrataciones;
Por ello y en uso de sus facultades;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES
D E C R E T A:
Art. 1º).-APRUÉBESE, los Contratos de Trabajo Temporarios firmados con los Srs.
Peralta Evelyn Alexandra, DNI 38.420.102, Liambo Esteban Ezequiel, DNI 24.313.631,
López Tamara Andrea, DNI 31.646.113, Pereyra Miriam Beatriz, DNI 27.171.740,
Borgonovo Marina, DNI 36.851.580, el día 30 de Junio de 2015;
Art. 2º).-IMPÚTENSE, los pagos que demanden los contratos aprobados en el art. 1º) a
los Programas correspondientes del PV.
Art. 3º).-NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-
DECRETO Nº 150
DECRETO Nº 151/15
Salsipuedes, 01 de Julio de 2015.-
VISTO:
Los Contratos a Plazo Fijo firmados con la Sra. Fabiana Noemí
Zabala y la Srta. Lorena Andrea Luna, firmados con fecha 30 de junio de 2015.
Y CONSIDERANDO:
Que los mismos se han realizado dentro del marco que prevé la
legislación vigente.
Que consiste en la prestación de un servicio por plazo
determinado, tal como lo contempla el Art. 12º de la Ordenanza Nº 921/08.
Que no se incrementa la planta de personal permanente, por
cuanto se trata de Contratos a Plazo Fijo.
Que la autorización para este tipo de contrataciones surge del
presupuesto anual para el año 2015.
8
Por ello, y en uso de sus facultades;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES
DECRETA:
Art. 1°).-APRUÉBESE, el Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, firmado con la Sra. Noemí
Zabala, D.N.I.: 20.340.059, con fecha 30 de Junio de 2015.
Art. 2°).-APRUÉBESE, el Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, firmado con la Sra. Lorena
Andrea Luna, D.N.I.: 30.773.375, con fecha 30 de Junio de 2015.
Art. 3°).-IMPÚTESE, el gasto que demanden los contratos aprobados en los arts. 1º) y
2º) al Programa 24 PR 01PA02.
Art. 4°) COMUNÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.
DECRETO Nº 151
f.f.
DECRETO Nº 152/15 Salsipuedes, 03 Julio de 2015
VISTO:
La Ordenanza 1.182/2015 por la cual se aprueba el Contrato de
Locación celebrado entre la Municipalidad de Salsipuedes y el Consorcio de Cooperación
( Ley Nacional Nº 26.005) denominado “Nueva Serie S.A.- Raven S.A.- Consorcio de
Cooperación” de fecha 18 de Junio de 2015;
Y CONSIDERANDO:
Que, dicha aprobación se encuentra fundamentada en la
Emergencia Ambiental dispuesta por Decreto Nº 047/15;
Que, en la Celebración de éste Contrato, el Ente Contratista
además de proveer la maquinaria y el equipamiento que dá cuenta el Contrato en
cuestión, también nos provee la Mano de Obra para realizar las siguientes labores:
remoción de árboles, nivelación de suelos, relleno de distintas calles de nuestra localidad,
remodelación y construcción del sistema cloacal del Colegio IPETyM Nº 61 de Bº El
Pueblito
Que el precio de la locación referida será pagado por el
Gobierno de la Provincia de Córdoba;
Que, a fin de dar cumplimiento a la misma es necesaria su
promulgación;
9
Por ello y en uso de sus facultades:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES
D E C R E T A:
Art. 1º).-PROMULGASE, la Ordenanza 1.182/15 por la cual se aprueba el Contrato de
Locación celebrado entre la Municipalidad de Salsipuedes y el Consorcio de Cooperación
( Ley Nacional Nº 26.005) denominado “Nueva Serie S.A.- Raven S.A.- Consorcio de
Cooperación” de fecha 18 de Junio de 2015, sancionada por el H.C.D. el 02 de Julio de
2015.-
Art. 2º).- NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-
DECRETO Nº 152
DECRETO Nº 153/15 Salsipuedes, 03 de Julio de 2015.
VISTO:
Los Contratos de Arrendamiento de los Camiones Cisternas
celebrados con fecha 01 de Julio de 2015 con el Srs. Marcos Daniel Cabrera, D.N.I.
34.621.829 y Matías Osvaldo Cabrera, DNI 38.419.750;
Y CONSIDERANDO:
Que consiste, en la contratación de dos Camiones Cisternas,
Dominios XCB029 y RVR478, para cubrir la distribución de agua, conforme a los
requerimientos de la Dirección de Agua y Saneamiento.
Que la autorización para el Arrendamiento surge del presupuesto
anual para el año 2015 que prevé este tipo de contrataciones.
Por ello y en uso de sus facultades:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES
D E C R E T A:
Art. 1º).-APRUÉBASE, por razones de necesidad de cubrir la distribución de agua, los
Contratos de Arrendamiento de los Camiones Cisternas (capacidad 10mm3), Dominios
XCB029 y RVR478, celebrados con fecha 01 de Julio de 2015 con los Srs. Marcos
Daniel Cabrera, D.N.I.: 34.621.829 y Matías Osvaldo Cabrera, DNI 38.419.750.
Art. 2º).-IMPÚTESE el gasto que ello demande al Programa pertinente del Presupuesto
Vigente.
Art. 3º).-NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-
DECRETO Nº 153 f.f.
10
DECRETO Nº 154/15 Salsipuedes, 03 Julio de 2015.
VISTO:
Los contratos de Locación firmados con el Srs. Cesar Luis
Bidondo, D.N.I. 14.315.445, en representación de la Empresa GRAL. URQUIZA S.R.L.,
Eladio Abel Campagnani, D.N.I. 14.894.230, en representación de la empresa NUEVA
CHEVALIER S.A., Carlos Jorge Lanfossi, D.N.I 8.390.924, en representación de la
empresa ERSA URBANO S.A., con fecha 01 de Julio de 2015 y con el Sr. Nicolás
Ernesto Bustos, D.N.I. 6.392.647, con fecha 01 de julio de 2015;
Y CONSIDERANDO:
Que en el caso de los Sres. Bidondo, Campagnani y Lanfossi
consiste en la locación de dos locales ubicados en la Terminal de Ómnibus de la localidad
de Salsipuedes, identificado como local uno (1) y dos (2), en perfecto estado ambos, por
el término de treinta y seis (36) meses.
Que en el caso del Sr. Bustos para que funcionen las
dependencias municipales del Tribunal de Faltas, Oficina de Sueldos y Tribunal de
Cuentas;
Que los mismos se han realizado dentro del marco que prevé la
legislación vigente.
Por ello y en uso de sus facultades:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES
D E C R E T A:
Art. 1º).-APRUÉBANSE Los contratos de Locación firmados con el Srs. Cesar Luis
Bidondo, D.N.I. 14.315.445, en representación de la Empresa GRAL. URQUIZA S.R.L.,
Eladio Abel Campagnani, D.N.I. 14.894.230, en representación de la empresa NUEVA
CHEVALIER S.A., Carlos Jorge Lanfossi, D.N.I 8.390.924, en representación de la
empresa ERSA URBANO S.A., con fecha 01 de Julio de 2015 y con el Sr. Nicolás
Ernesto Bustos, con fecha 01 de Julio de 2015..
Art. 2º).- NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 154 f.f.
11
DECRETO Nº 155/15
Salsipuedes, 03 de Julio de 2015.
VISTO:
Los Contratos de Servicio de Publicidad celebrados con “Medios
y Producciones Córdoba S.R.L.”, con fecha 08 de Junio de 2015 y con “Radio Curva”,
con fecha 01 de Julio de 2015;
Y CONSIDERANDO:
Que, corresponde dar amplia publicidad a las actividades
relacionadas a la gestión municipal: culturales, deportivos, turísticos y sociales; la
difusión de las actividades de la administración hacen a la transparencia de los actos
gubernamentales;
Que, tratándose de distintos servicios, en cada Contrato se han
fijado las pautas específicas y los mismos forman parte del presente decreto;
Que el Presupuesto 2015 contempla este tipo de contrataciones;
Por ello y en uso de sus facultades;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES
D E C R E T A:
Art. 1º).-APRUÉBENSE, los Contratos de Servicio de Publicidad celebrados con
“Medios y Producciones Córdoba S.R.L.”, con fecha 08 de Junio de 2015 y con “Radio
Curva”, con fecha 01 de Julio de 2015;
Art. 2º).-IMPÚTESE, el gasto que demande a la partida respectiva del P.V.
Art. 3º).-NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-
DECRETO Nº 155
f.f.
DECRETO Nº 156/15 Salsipuedes, 20 de Julio de 2014.
VISTO:
La Ordenanza 1.184/15, de “Prórroga en el vencimiento de la
Ordenanza de Regularización Catastral y de Construcción”, sancionada por el Honorable
Concejo Deliberante con fecha 16 de julio de 2015.
12
Y CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza se encuentra fundamentada en la necesidad de
continuar en la solución de problemas catastrales, detección de infracciones al Código de
Ordenamiento Urbano, etc., en consonancia con el convenio firmado con el Colegio de
Arquitectos de la Provincia de Córdoba que fuera aprobado por Ordenanza Nº 1.129/13, con el
objeto es otorgar beneficios tributarios y administrativos a los contribuyentes de la
Municipalidad de Salsipuedes para que puedan subsanar situaciones irregulares en sus
propiedades relacionadas a la construcción y uso del suelo.
Que se hace necesario promulgar la Ordenanza citada, de
acuerdo a lo establecido en el art. 49 inc. 1º de la Ley Orgánica Municipal Nº 8102.
Por ello y en uso de sus facultades;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES
D E C R E T A:
Art. 1º) PROMÚLGUESE, la Ordenanza 1.184/15, de “Prórroga en el vencimiento de la
Ordenanza de Regularización Catastral y de Construcción”, sancionada por el Honorable
Concejo Deliberante con fecha 16 de Julio de 2015.
Art. 2º) NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-
DECRETO Nº 156 f.f.
DECRETO Nº 157/15 Salsipuedes, 20 Julio de 2015
VISTO:
La Ordenanza 1.183/2015 por la cual se aprueba el Convenio de
Consolidación de Obligaciones Patronales entre La Caja de Jubilaciones, Pensiones y
Retiro de Córdoba y los Municipios de las Sierras Chicas de Córdoba sancionada el 16 de
Julio de 2015;
Y CONSIDERANDO:
Que, dicha aprobación se encuentra fundamentada en la
Emergencia Ambiental dispuesta por Decreto Nº 047/15;
Que, este Convenio surge de los alcances del Decreto Nº 80 de
fecha 15 de Febrero de 2015, emanado del Poder Ejecutivo Provincial;
13
Que, la Celebración del mismo tiene por finalidad aliviar la
situación financiera en la se encuentran los Municipios de las Sierras chicas afectados por
la catástrofe del 15 de Febrero del 2015;
Que, a fin de dar cumplimiento a la misma es necesaria su
promulgación;
Por ello y en uso de sus facultades:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES
D E C R E T A:
Art. 1º).-PROMULGASE, la Ordenanza 1.183/15 por la cual se aprueba el
Consolidación de Obligaciones Patronales entre La Caja de Jubilaciones, Pensiones y
Retiro de Córdoba y los Municipios de las Sierras Chicas de Córdoba sancionada el 16 de
Julio de 2015.-
Art. 2º).- NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-
DECRETO Nº 157
f.f.
DECRETO Nº 158/15
Salsipuedes, 28 de Julio de 2015.
VISTO:
Los contratos firmados con el Señores Antonio López D.N.I.
12.334.361 y Fortuna Mariano A., DNI 22.602.627 con fecha 27 de Julio de 2015;
Y CONSIDERANDO:
Que, se ha realizado dentro del marco que prevé la legislación
vigente.
Que consisten en la prestación de servicios para Ampliación del
depósito de remedios y la pintura de diez consultorios del C.A.P.S. “Julián Ostrovsky”,
tareas que consisten en la construcción de un depósito de tres metros de largo por cinco
metros de ancho, la construcción de una rampa interna y la pintura de paredes y
aberturas;
Que no se incrementa la planta de personal permanente, por
cuanto se trata de un Contrato de Locación de Servicios.
14
Que la autorización para este tipo de contrataciones surge del
presupuesto anual para el año 2015 que prevé este tipo de contrataciones.
Por ello y en uso de sus facultades:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES
D E C R E T A:
Art. 1º).-APRUÉBENSE, los Contratos Locación de Servicios, firmado con los Señores
Antonio López D.N.I. 12.334.361, Fortuna Mariano A., DNI 22.602.627 con fecha 27 de
Julio de 2015.-
Art. 2º).-IMPÚTESE el gasto que ello demande los Programas pertinentes de P.V.
Art. 3º).-NOTIFÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-
DECRETO Nº 158 f.f.
DECRETO Nº 159/15 Salsipuedes, 28 de julio de 2015
VISTO:
La necesidad de producir modificaciones compensatorias de créditos
entre partidas del Presupuesto Gral. de Erogaciones vigente,
Y CONSIDERANDO:
Que la necesidad surge por la evolución de la ejecución
presupuestaria
Que la misma se encuadra en lo preceptuado en el artículo 19 de la
Ordenanza 890/08
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SALSIPUEDES
DECRETA:
Artículo 1º) MODIFÍCANSE los créditos de las partidas del Presupuesto General
vigente, conforme se detalla en planilla anexa al presente.
Artículo 2º) Comuníquese, Publíquese, Dése al R.M. y Archívese.
DECRETO N° 159
15
Planilla anexa art. 1° Decreto nro. 159/15
Programa Nº
Partidas
Disminución
Incremento PR PA
21 11 Bienes de Capital 4,000
22 01 03 Asignaciones Familiares 23,500
22 03 Servicios no Personales 20,000
24 01 04 Servicios Extraordinarios 12,500
24 11 Bienes de Capital 2,300
25 18 01 P/Ref. de Partidas 3,102,300
25 18 02 P/Ref. de Partida Personal 136,300
30 11 Bienes de Capital 5,000
31 01 04 Servicios Extraordinarios 4,100
33 02 Bienes de Consumo 70,000
33 03 Servicios no Personales 70,000
36 01 04 Servicios Extraordinarios 7,700
36 12 02 Mejoramiento de Calles sin Pavimento 2,600,000
36 12 03 Conservación y Mejoramientos de Inmuebles 51,000
36 12 04 Obras Varias sin Discriminar 40,000
36 12 09 Mejoramiento Rutas Provinciales 10,000
36 12 21 Refugio Espera de Pasajeros 35,000
36 12 25 Remodelación Cementerio 55,000
36 12 45 Ampliación Edificios Municipales 110,000
37 01 04 Servicios Extraordinarios 65,000
38 11 Bienes de Capital 5,000
39 02 Bienes de Consumo 15,000
39 03 Servicios no Personales 20,000
42 01 06 Contribuciones 23,500
3,243,600 3,243,600
16
17
ORDENANZA Nº 1182/15 Salsipuedes, 01 de Julio de 2015.-
ELEVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN
Al Presidente del Concejo Deliberante
Sra. Nora Delugo
Presente.
Nos dirigimos a Ud. y por su intermedio, al Cuerpo
Legislativo que preside para remitir este proyecto de Ordenanza, por el cual se aprueba el
Contrato de Locación celebrado entre la Municipalidad de Salsipuedes y el Consorcio de
Cooperación (Ley Nacional Nº 26.005) denominado “Nueva Seria S.A. – Raven S.A.-
Consorcio de Cooperación”.
El Contrato cuya aprobación se propicia tiene por finalidad
la locación de maquinaria, equipamiento y mano de obra por parte del Consorcio de
Cooperación.
Considerando la Emergencia Ambiental dispuesta por
Decreto nº 047/2015 que padece esta Localidad como consecuencia del fenómeno
meteorológico sufrido el 15 de Febrero del 2015, que produjo en ésta localidad
cuantiosos daños tanto a los vecinos como a los bienes públicos se hace necesario reparar
los mismos con la urgencia que el caso requiere. Por ello el D.E. cree conveniente la
Celebración de éste Contrato, toda vez que el Ente Contratista además de proveer la
maquinaria y equipamiento que dá cuenta el Contrato en cuestión, también nos provee la
Mano de Obra suficiente para realizar las siguientes labores: -remoción de árboles; -
nivelación de suelo con material tipo 020, tierra; -relleno de la Av. Costanera Juan de
Burgos, calle Urquiza de Barrio El Talita, calle Patricias Argentinas de Barrio El
Pueblito, calle 9 de Julio Sección E, -Reconstrucción de Badenes calles Alvarez Jonte y
J.B. Justo por donde cruza la escorrentía. En el Colegio IPETyM Nº 61 de Barrio El
Pueblito se remodelarán y reacondicionarán las cañerías cloacales, -construcción de
cámara séptica reubicada en calle Ruta E 53 esq. Chacabuco -construcción de un Sistema
de Peines que permita el drenaje de los líquidos vertidos, -zanjeos desde el actual
biodigestor hasta la cámara mencionada, y otras tareas afines.
Destacamos que el precio de la locación referida será
pagado por el Gobierno de la Provincia de Córdoba.
Se adjunta Copia Certificada del Contrato aludido.
18
Por lo expuesto, solicitamos el tratamiento y la aprobación
del Proyecto de Ordenanza que adjuntamos.
Atentamente.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SALSIPUEDES SANCIONA CON
FUERZA DE
ORDENANZA N° 1.182/2015
Art. 1º) APRUÉBESE EL CONTRATO DE LOCACIÓN celebrado
entra la Municipalidad de Salsipuedes y el Consorcio de Cooperación (Ley
Nacional Nº 26.005) denominado “Nueva Seria S.A. – Raven S.A.-
Consorcio de Cooperación” de fecha 18 de Junio de 2015
Art. 2º).-INCREMENTASE el Presupuesto General del Ejercicio en la
suma de Pesos Cuatro Millones Cincuenta Mil ($ 4.050.000.-) el total de
Erogaciones (Art. 1º - Ord. 1174/14 y sus modificatorias) de acuerdo al
detalle siguiente:
Programa
Nº
Partida Denominación Incremento
Principal-Parcial
25 18-01 Para Refuerzo de Partidas 2.600.000
36 12-47 Readecuación Sist. Tratam. Efluentes
IPETyM 61
1.450.000
Totales 4.050.000
Art. 3º).-INCREMENTASE en la suma de Pesos Cuatro Millones
Cincuenta Mil ($ 4.050.000) el Cálculo de Recursos del Presupuesto General
Vigente (Art. 2º - Ord. 1174/14) y sus modificatorias) de acuerdo al detalle
siguiente:
19
Nivel
Descripción
Incremento
1 2 3 4 Importe Rentas
Generales Afectados
3 2 02 07 Aportes para IPETyM y Otros 4.050.000 4.050.000
Total 4.050.000 4.050.000
Art. 4º).-ESTÍMASE como consecuencia de lo establecido en los artículos
precedentes, el siguiente Balance Financiero preventivo:
Total de Erogaciones 49.546.640.-
Total Recursos 49.546.640.-
Resultado Equilibrado
Art. 5º).-La presente tiene efecto retroactivo al 18 de junio de 2015.-.
Art. 6º).-COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al Registro Municipal y
Archívese.
Sala de sesiones, 02 de Julio de 2015.
Vuelva al D.E.M. para su promulgación .
Ordenanza Nº 1182/15, Promulgada por Decreto Nº 152/15, del 03/07/2015
ORDENANZA Nº 1183/15 Salsipuedes, 13 de Julio de 2015.-
ELEVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN
Al Presidente del Concejo Deliberante
Sra. Nora Delugo
Presente.
Nos dirigimos a Ud. y por su intermedio, al Cuerpo
Legislativo que preside para remitir este proyecto de Ordenanza, por el cual se aprueba el
Convenio celebrado entre la Municipalidad de Salsipuedes y Caja de Jubilaciones,
Pensiones y Retiro.
20
El Convenio cuya aprobación se propicia tiene por finalidad
aliviar la situación financiera en la que se encuentran los Municipios de las Sierras Chicas
afectados por la catástrofe del 15 de Febrero de 2015,
Considerando que, Salsipuedes fue una de las localidades
afectadas sufriendo cuantiosos daños, tanto a los vecinos como a los bienes públicos; que
a causa de ello el Municipio sufrió una disminución en sus ingresos propios y que a su
vez debió incrementar el gasto para reparar los mismos con la urgencia que el caso
requiere; que ambas partes reconocen que el presente contrato surge de los alcances del
decreto Nº 80 de fecha 15/02/2015, emanado del Poder Ejecutivo Provincial, el D.E. cree
conveniente la Celebración de éste Convenio.
Se adjunta Copia Certificada del Convenio aludido.
Por lo expuesto, solicitamos el tratamiento y la aprobación
del Proyecto de Ordenanza que adjuntamos.
Atentamente
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE SALSIPUEDES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA N° 1.183/2015
Art. 1º) APRUÉBESE EL CONVENIO DE CONSOLIDACIÓN DE
OBLIGACIONES PATRONALES entre La Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiro
de Córdoba Y los Municipios de las Sierras Chicas de Córdoba.
Art. 2º).-COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al Registro Municipal y Archívese.
Sala de sesiones, 16 de Julio de 2015.
Vuelva al D.E.M. para su promulgación.
Ordenanza Nº 1183/15, Promulgada por Decreto Nº 157/15, del
20/07/2015
21
ORDENANZA Nº 1184/15
Salsipuedes, 13 de Julio de 2015.
ELEVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN
Al Presidente del Honorable Concejo Deliberante
Sra. Nora Delugo
Presente
Nos dirigimos a Ud. y por su digno intermedio
al Honorable Concejo Deliberante a fin de solicitar la prórroga en el
vencimiento de la Ordenanza Nº 1133/13, de Regularización Catastral y de
Construcción desde el 01 de Julio de 2015 hasta el 31 de Diciembre de 2015.
La solicitud se fundamenta en la necesidad de
continuar en la solución de problemas catastrales, detección de infracciones
al Código de Ordenamiento Urbano, etc., en consonancia con el convenio
firmado con el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Córdoba que fuera
aprobado por Ordenanza Nº 1.129/13, con el objeto es otorgar beneficios
tributarios y administrativos a los contribuyentes de la Municipalidad de
Salsipuedes para que puedan subsanar situaciones irregulares en sus
propiedades relacionadas a la construcción y uso del suelo.
Por lo expuesto, solicitamos el tratamiento y la
aprobación del proyecto de Ordenanza que adjuntamos.
Atentamente.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
22
MUNICIPALIDAD DE SALSIPUEDES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 1.184/2015
Art.1º.- PRORRÓGUESE, la vigencia del Régimen de Regularización
Catastral y de Construcción establecida en el Art. 1º de la Ordenanza Nº
1133/13, sancionada el 26 de Setiembre de 2013, promulgada por Decreto
Nº 274/13, y modificado por Ordenanza 1149/14, promulgada por Decreto
Nº 152/14, hasta el día 31 de Diciembre de 2015.-
Art. 2°.- COMUNÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y
Archívese.
Sala de sesiones, 16 de Julio de 2015.
GÍRESE AL D.E. PARA SU PROMULGACIÓN.
Ordenanza Nº 1184/15 Promulgada por Decreto Nº 156/15, del 20/07/2015.
ORDENANZA Nº 1185/15
Salsipuedes, 28 de Julio de 2015.-
ELEVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN
Al Presidente del Concejo Deliberante
Sra. Nora Delugo
Presente.
Nos dirigimos a Ud. y por su intermedio, al Cuerpo
Legislativo que preside para remitir este proyecto de Ordenanza modificatoria de la
Ordenanza de Presupuesto General número 1174/14 a los fines de adecuar el monto total,
incorporando un crédito de Pesos Un Millón ($ 1.000.000) correspondiente a un adelanto
de coparticipación recibido en el mes de Junio de 2015 y que se empezó a descontar a
partir del mes de julio de 2015.
23
Considerando que, Salsipuedes fue una de las localidades
afectadas por el temporal 15 de febrero de 2015, sufriendo cuantiosos daños, tanto a
los vecinos como a los bienes públicos; que a causa de ello el Municipio sufrió una
disminución en sus ingresos propios y que a su vez debió incrementar el gasto, surge
la necesidad de producir modificaciones compensatorias de créditos entre partidas del
Presupuesto Gral. de Erogaciones vigente
Por lo expuesto, solicitamos el tratamiento y la aprobación
del Proyecto de Ordenanza que adjuntamos.
Atentamente.
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE SALSIPUEDES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA N° 1.185/2015
Art. 1º.-INCREMENTASE el Presupuesto General del Ejercicio en la
suma de Pesos Un Millón ($ 1.000.000.-) el total de Erogaciones (Art. 1º -
Ord. 1174/14 y sus modificatorias) de acuerdo al detalle siguiente:
Programa
Nº
Partida
Denominación Incremento Principal-
Parcial
25 18-01 Para Refuerzo de Partidas 166.665
25 20-10 Otras Amortizaciones 833.335
Totales 1.000.000
Art. 2º.-INCREMENTASE en la suma de Pesos Un Millón ($ 1.000.000)
el Cálculo de Recursos del Presupuesto General Vigente (Art. 2º - Ord.
1174/14) y sus modificatorias) de acuerdo al detalle siguiente:
24
Nivel
Descripción
Incremento
1 2 3 4 Importe Rentas
Generales Afectados
1 2 01 Coparticipación Fiscal 1.000.000 1.000.000
Total 1.000.000 1.000.000
Art. 3º.- ESTÍMASE como consecuencia de lo establecido en los artículos
precedentes, el siguiente Balance Financiero preventivo:
Total de Erogaciones 50.546.640.-
Total Recursos 50.546.640.-
Resultado Equilibrado
Art. 4º.-La presente tiene efecto retroactivo al 20 de julio de 2015.-
Art. 5°.- COMUNÍQUESE, publíquese, dese al registro Municipal y
archívese.
Sala de sesiones, 30 de Julio de 2015.
Vuelva al D.E.M. para su promulgación.
Ordenanza Nº 1185/15, Promulgada por Decreto Nº 160/15, del 03/08/2015
ORDENANZA Nº 1186/15
Salsipuedes, 28 Julio de 2015.
ELEVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN
Al Presidente del Concejo Deliberante
Sra. NORA DELUGO
Presente
Respetuosamente nos dirigimos a Ud. y por su
digno intermedio al Honorable Concejo Deliberante, para su tratamiento y
sanción, un Proyecto de Ordenanza que contempla la desafectación de calles
públicas para futuro emprendimiento social (Instalaciones del Club Atlético
y Social Salsipuedes).
25
Las calles a desafectar y que a continuación se detallan, cubren una
superficie de seis mil ochenta y seis metros cuadrados con veinticinco
centímetros cuadrados (6086.25 m²).-
Avenida al Balneario: Intersección camino General Paz hasta calle
Gerónimo Luis de Cabrera en el mojón de esquina de la manzana 169
y 183.
Calle Italia: Sobre manzana 169 desde el mojón de esquina con Av. Al
Balneario 48.81m. Sobre manzana 170 desde el mojón de esquina con
Av. Al Balneario 49.01m. En manzana 183 desde el mojón de esquina
con Av. Al Balneario 92.93m. Desde la manzana 184 del mojón de
esquina con Av. Al Balneario 92.37m.
Avenida José Mármol: En manzana 170 desde el mojón de esquina
con Av. Al Balneario 50.04m. Desde la manzana 171 mojón de
esquina Av. Al Balneario 50.28m. En la manzana 184 desde el mojón
esquina Av. Al Balneario 69,010m y en la manzana 185 mojón de
esquina Av. Al Balneario 44.38m.
Atentamente:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE SALSIPUEDES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 1.186/2015
Art.1°). DESAFÉCTESE, del dominio Público Municipal y AFÉCTESE
al dominio Privado Municipal, las calles que a continuación se detallan:
Avenida al Balneario: Intersección camino General Paz hasta calle
Gerónimo Luis de Cabrera en el mojón de esquina de la manzana 169
y 183.
26
Calle Italia: Sobre manzana 169 desde el mojón de esquina con Av. Al
Balneario 48.81m. Sobre manzana 170 desde el mojón de esquina con
Av. Al Balneario 49.01m. En manzana 183 desde el mojón de esquina
con Av. Al Balneario 92.93m. Desde la manzana 184 del mojón de
esquina con Av. Al Balneario 92.37m.
Avenida José Mármol: En manzana 170 desde el mojón de esquina
con Av. Al Balneario 50.04m. Desde la manzana 171 mojón de
esquina Av. Al Balneario 50.28m. En la manzana 184 desde el mojón
esquina Av. Al Balneario 69,010m y en la manzana 185 mojón de
esquina Av. Al Balneario 44.38m.
Art. 2°) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al registro Municipal y
archívese.
Sala de Sesión, 30 de Julio 2015.-
Vuelva al D.E.M. para su promulgación .
Ordenanza Nº 1186/15 promulgada por Decreto Nº 162/15 de fecha
04/08/15.
ORDENANZA Nº 1187/15
Salsipuedes, 28 de Julio de 2015.-
ELEVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN
Al Presidente del Honorable Concejo Deliberante
Sr. Nora Delugo
Presente.
Respetuosamente nos dirigimos a Ud. y por
su digno intermedio al Honorable Concejo Deliberante, para su
tratamiento y sanción, un Proyecto de Ordenanza para el aporte del dos
por ciento (2 %) como contribución solidaria de los haberes a percibir
mensualmente por los trabajadores municipales de PLANTA
27
PERMANENTE y CONTRATADOS no afiliados al Sindicato, excepto
asignaciones familiares.
Jurídicamente los aportes solidarios de este
tipo se fundamentan en leyes tales como la Ley 14.250 que en su art. 9
dice: “Las cláusulas de la convención por las que se establezcan
contribuciones a favor de la asociación de trabajadores participantes,
serán validas no solo para los afiliados, sino también para los NO
AFILIADOS comprendidos en el ámbito de la convención”, y/o la Ley
23.551 que en su art. 37 dice: “El Patrimonio de las asociaciones
Sindicales de trabajadores estará constituido por las cotizaciones
ordinarias y extraordinarias de los afiliados y LAS CONTRIBUCIONES
DE SOLIDARIDAD que se pactan en los términos de la ley de
Convenciones Colectivas”.
Por lo expuesto, solicitamos el tratamiento
y la aprobación del proyecto de Ordenanza que adjuntamos.
Atentamente.
28
EL CONCEJO DELIBERANTE DE
LA MUNICIPALIDAD DE
SALSIPUEDES SANCIONA CON
FUERZA DE ORDENANZA N°
1.187/15
Art. 1º) APRUÉBESE el aporte del dos por ciento (2 %), como
contribución solidaria, el cual deberá efectuarse sobre toda la remuneración
mensual, excepto asignaciones familiares, que perciban los trabajadores
municipales de PLANTA PERMANENTE y CONTRATADOS no afiliados
al Sindicato.
Art. 2º) Los aportes referidos en el artículo precedente, una vez descontados,
serán transferidos al Sindicato de Empleados y Obreros Municipales de Río
Ceballos “S.E.O.MU.R.C.” y Zona.
Art. 3º) COMUNÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y
Archívese.
Sala de Sesión, 30 de Julio de 2015
Vuelva al D.E.M. para su promulgación.
Ordenanza N° 1187/15 promulgada por
Decreto Nº 164/15 de fecha 03/08/15.
ORDENANZA Nº 1188/15
Salsipuedes, 28 Julio de 2015.-
ELEVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN
Al Presidente del Honorable Concejo Deliberante
Sra. Nora Delugo.
Presente.
Respetuosamente nos dirigimos a Ud. y por
su digno intermedio al Honorable Concejo Deliberante, para su
tratamiento y sanción, un Proyecto de Ordenanza para hacer el
adoquinado de la calle J. Kennedy, entre calle De Gásperi y la rivera del
Río Salsipuedes, a los fines de cumplir con lo dispuesto por el artículo 23
de la Ordenanza Nº 466/91, que fija la obligatoriedad del pago por obra
pública, por los propietarios de los inmuebles que por su ubicación se
encuentren afectados directamente por las obras y por aquellos que, según
29
determine el Honorable Concejo Deliberante, resulten beneficiados
indirectamente, independientemente de los que deban realizar aquellos
afectados por la Ley de Contribución por mejoras por obras que realice la
Provincia de Córdoba o el Poder Ejecutivo Nacional.
Se observa que por las características socio-
económicas de quienes le habitan, la inversión puede recuperarse
mediante la modalidad de “contribución por mejoras”.
Por lo expuesto, solicitamos el tratamiento
y la aprobación del proyecto de Ordenanza que adjuntamos.
Atentamente
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE SALSIPUEDES
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A Nº 1.188/2015
Art. 1º) DECLÁRESE Obra Pública el adoquinado de la calle J. Kennedy,
entre calle De Gásperi y la rivera del Río Salsipuedes a los fines de cumplir
con lo dispuesto por el artículo 23 de la Ordenanza Nº 466/91, que fija la
obligatoriedad del pago por obra pública, por los propietarios de los
inmuebles que por su ubicación se encuentren afectados directamente por las
obras y por aquellos que, según determine el Honorable Concejo
Deliberante, resulten beneficiados indirectamente, independientemente de
los que deban realizar aquellos afectados por la Ley de Contribución por
mejoras por obras que realice la Provincia de Córdoba o el Poder Ejecutivo
Nacional.
Art. 2º) ASIGNASE la suma total de Pesos Trescientos Noventa mil ($
390.000.-) para la ejecución total de la obra. Este monto será actualizado en
base al cómputo definitivo del proyecto, y en caso de corresponder, a
mayores costos.
Art. 3º) AUTORIZASE al D.E.M. a instrumentar la ejecución de la obra,
en forma total o en etapas, bajo la modalidad de ajuste alzado y/o
combinando la adquisición de bienes con la contratación de la ejecución de
obra.
30
Art. 4º) AUTORIZASE al D.E.M. a reglamentar la presente obra en los
puntos que considere pertinente.
Art. 5º) AUTORIZASE al D.E.M. a realizar la obra de adoquinado de la
calle J. Kennedy mediante cualquiera de los regímenes de contratación que
establece el Capítulo VII Del Régimen de Contrataciones de la Ordenanza
890/08 y su Decreto Reglamentario Nº 26/08.
Art. 6º) HABILÍTESE El Registro de Oposición a la construcción de la
presente obra, según lo establecido en el artículo 25º de la Ordenanza
466/91. Durante el plazo en el que esté abierto el Registro de Oposición, la
Municipalidad deberá informar a los contribuyentes a los fines de que los
frentistas tengan conocimiento del mismo y puedan ejercer sus derechos.
Deberá obtenerse la aprobación de los vecinos en un setenta por ciento
(70%) de adhesión.
Art. 7º) DECLÁRESE de pago obligatorio el costo de la obra de
adoquinado que se establece por la presente Ordenanza, a título de
Contribución de Mejoras a los fines de cumplir con lo dispuesto por el
artículo 23º de la Ordenanza Nº 466/91.
Art. 8º) AUTORIZASE al D.E.M. a implementar un Sistema de cobro de
las Contribuciones por Mejoras establecidas en el artículo anterior, mediante
de pago contado o financiado hasta cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales
iguales y consecutivas.
Art. 9º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al R.M. y Archívese.
Sala de Sesión, 30 de Julio de 2015
Vuelva al D.E.M. para su promulgación.
Ordenanza N° 1188/15, promulgada por Decreto Nº 163/15 de fecha
04/08/15.
31
32