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Infografía sobre un problema fundamental de la educación superior en Colombia.
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“Las instituciones privadas de Educación Superiordeben ser PERSONAS JURÍDICASde utilidad común,SIN ÁNIMO DE LUCRO.”
En la ley Colombiana está EXPRESAMENTE PROHIBIDO
que las instituciones educativas de educacion
superior:
Corrupción privada
Enriquecimiento ilicito de particulares
Lavado de activos
Generen LUCROen sus actividades
Transfieran títulos o derechos económicos
al fundador o a quien haga sus veces
¿Cómo se venden las Universidades de colombia?
LO QUE DICE LA LEY:
¿Cómo es la OPERACIÓN de COMPRA?
Por lo general
1.2.
3. Si una INSTITUCIÓN de educación superior realiza una VENTA de sus activosel resultado de esa ventadebe REINVERTIRSE enla misma universidad.
Si esto no ocurre, se generan los
siguientes DELITOS
El fundador o socio continúa la administración
de la universidad
PERO se estableceun CONSEJOoperativo en el quela multinacionalque compra,tiene la MAYORparticipación
El consejo operativo se reúney el equipo administrativoparticipa TELEFÓNICAMENTEdos veces al año, hacenconferencias para compartirinformación y hacer planificación
y participa en decisionessobre CONTRATACIÓN
de servicios en las cuales son
contratadas EMPRESASde los miembros del CONSEJO
generando un LUCRO ILEGAL
Como “una empresa”hacen una partición de los DIVIDENDOSa los ACCIONISTASdos veces al año.
ALIANZACLAUDIA LÓPEZ ALIANZA
CÁMARA