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DIPLOMADO EN PROPIEDAD INTELECTUAL Y COMPETENCIA 1

COMPETENCIA DESLEAL

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DIPLOMADO EN PROPIEDAD INTELECTUAL Y COMPETENCIA. COMPETENCIA DESLEAL. COMPETENCI A. COMPETENCIA MERCANTIL. - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: COMPETENCIA DESLEAL

DIPLOMADO EN PROPIEDAD INTELECTUAL Y COMPETENCIA

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COMPETENCIA

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Relación existente entre personas naturales o jurídicas que ejercen actividades económicas en forma independiente por medio de la comercialización de bienes o la prestación de servicios similares, de tal modo que el ejercicio de las actividades de un agente repercute en la actividad del otro.

COMPETENCIA MERCANTIL

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En un sistema de mercado el precio es generado por la libre interacción entre la

oferta y la demanda.

Los oferentes compiten para lograr que los demandantes elijan sus productos o

servicios.

MERCADO Y COMPETENCIA

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Mediante el proceso competitivo cada venta de un oferente, es una venta que no

realiza su competidor.

Un oferente (proveedor) puede recibir daño por el éxito de otro oferente en el

mercado.

El beneficiado es el consumidor quien elige el producto a mejor precio, de mejor

calidad o con una combinación más eficiente de estos elementos.

DAÑO CONCURRENCIAL

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El daño producido por la competencia realizada en base a eficiencia es deseable,

permitido y fomentado por las Constitución y las Leyes que establecen el sistema

de mercado y, en consecuencia, dicho daño es lícito.

DAÑO CONCURRENCIAL

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Competencia Lícita •Genera un daño de competencia = daño lícito √

Ej: Venta de Medicamentos en Farmacias √Ej: Servicios de Hospedaje √

Competencia Prohibida •Generada en una actividad ilegal

Ej: Venta de cocaínaҲEj: Hospedaje de prófugos Ҳ

TIPOS DE COMPETENCIA

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Competencia Desleal •Genera un daño de competencia →√

Ej: Venta de Medicamentos en Farmacias √Ej: Servicios de Hospedaje √

+

•Actividad contraria a la buena fe empresarialEj: Denigrando al competidor ҲEj: Engañando o confundiendo al consumidor Ҳ

TIPOS DE COMPETENCIA

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Todo acto objetivamente contrario a las exigencias de la buena fe empresarial que deben orientar la concurrencia en una economía social de mercado.

COMPETENCIA DESLEAL

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Modelo Paleo-liberal.

Modelo Profesional.

Modelo Social.

MODELOS DE REPRESIÓN DE LA COMPETENCIA DESLEAL

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DISPOSICIONES GENERALES

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Reprimir todo acto o conducta de competencia desleal que tenga por efecto, real o potencial, afectar o impedir el adecuado funcionamiento del proceso competitivo.

FINALIDAD DE LA LEY DE REPRESIÓN DE LA COMPETENCIA DESLEAL

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Se aplica a actos cuyo efecto o finalidad, de modo directo o indirecto, sea concurrir en el mercado.

Se incluyen los actos realizados a través de publicidad.

ÁMBITO DE APLICACIÓN OBJETIVO

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Personas naturales y jurídicas, de derecho público o privado, con o sin fines de lucro.

ÁMBITO DE APLICACIÓN SUBJETIVO

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La Ley es de aplicación sobre cualquier acto de competencia desleal que produzca o pueda producir efectos en todo o en parte del territorio nacional, aun cuando dicho acto se haya originado en el extranjero.

Teoría de los efectos.

ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL

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La autoridad administrativa determinará la verdadera naturaleza de las conductas investigadas.

Búsqueda de la verdad material.

PRIMACÍA DE LA REALIDAD

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Ilícito administrativo de peligro.

No es necesario el daño efectivo en perjuicio de otro concurrente, consumidores u

orden público económico.

Basta constatar efecto potencial.

No se requiere conciencia o voluntad.

CONDICIÓN DE ILICITUD

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DISPOSICIONES SUSTANTIVAS

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Un acto de competencia desleal es aquél que resulte objetivamente contrario a las exigencias de la buena fe empresarial que deben orientar la concurrencia en una economía social de mercado.

CLÁUSULA GENERAL

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Actos que afectan la transparencia del mercado:Engaño.Confusión.

Actos indebidos vinculados a la reputación de otro concurrente:Explotación indebida de la reputación ajena. Denigración.Comparación y equiparación indebida.

LISTADO ENUNCIATIVO DE ACTOS DE COMPETENCIA DESLEAL

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Actos que alteran indebidamente la posición competitiva propia o ajena:Violación de secretos empresariales.Violación de normas.Sabotaje.

Actos de competencia desleal desarrollados mediante la actividad publicitaria.

Principio de autenticidad.Principio de legalidad.Principio de adecuación social.

LISTADO ENUNCIATIVO DE ACTOS DE COMPETENCIA DESLEAL

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Inducción a error real o potencial.

Publicidad testimonial no sustentada en experiencias auténticas y recientes de un testigo.

Inversión de la carga de la prueba para acreditar veracidad y exactitud de información publicitaria.

Deber de sustanciación previa.

ACTOS DE ENGAÑO

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Page 24: COMPETENCIA DESLEAL

Tienen como efecto inducir a error a otros agentes en el mercado respecto del origen empresarial de la actividad, el establecimiento, las prestaciones o los productos propios, de manera tal que se considere que estos poseen un origen empresarial distinto al que realmente les corresponde.

Pueden materializarse por la utilización indebida de bienes protegidos por las normas de propiedad intelectual.

ACTOS DE CONFUSIÓN

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Tienen como efecto menoscabar la imagen, el crédito, la fama, el prestigio o la reputación empresarial o profesional de otro u otros agentes económicos.

ACTOS DE DENIGRACIÓN

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Estos actos se reputan lícitos siempre que:

Constituyan información verdadera por su condición objetiva, verificable y ajustada a la realidad.

Constituyan información exacta por su condición clara y actual, presentándose de modo tal que se evite la ambigüedad o la imprecisión sobre la realidad que corresponde al agente económico aludido o a su oferta.

ACTOS DE DENIGRACIÓN

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Estos actos se reputan lícitos siempre que:

Se ejecuten con pertinencia:

En la forma (evitar ironía, sarcasmo y sátira no justificables por las circunstancias).

En el fondo (evitar denigración de tono estrictamente personal – se busca información relevante para los consumidores)

ACTOS DE DENIGRACIÓN

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Actos de comparación: Presentación de las ventajas de la oferta propia frente a la oferta competidora.

Actos de equiparación: Presentar una adhesión de la oferta propia sobre los atributos de la oferta ajena.

En ambos casos se toman en cuenta los requisitos de licitud establecidos para los actos de denigración.

ACTOS DE COMPARACIÓN Y EQUIPARACIÓN INDEBIDA

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Tienen como efecto:

Divulgar o explotar, sin autorización de su titular, secretos empresariales ajenos a los que se haya tenido acceso legítimamente con deber de reserva o ilegítimamente.

Adquirir secretos empresariales por medio de espionaje, inducción al incumplimiento de deber de reserva o procedimiento análogo.

ACTOS DE VIOLACIÓN DE SECRETOS EMPRESARIALES

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Tienen como efecto valerse de una ventaja significativa derivada de la concurrencia mediante la infracción de normas imperativas.

A fin de determinar la existencia de una ventaja significativa se evaluará la mejor posición competitiva obtenida mediante la infracción de normas.

ACTOS DE VIOLACIÓN DE NORMAS

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La infracción de normas imperativas quedará acreditada:

Cuando se pruebe la existencia de una decisión previa y firme de la autoridad competente que determine dicha infracción, siempre que en la vía contencioso administrativa no se encuentre pendiente de revisión; o,

Cuando el obligado a contar con autorizaciones, contratos o títulos que se requieren obligatoriamente para desarrollar determinada actividad empresarial, no acredite documentalmente su tenencia.

ACTOS DE VIOLACIÓN DE NORMAS

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La actividad empresarial desarrollada por una entidad pública o empresa estatal con infracción al artículo 60º de la Constitución Política del Perú configura un acto de violación de normas que será determinado por las autoridades que aplican la presente Ley.

En este caso, no se requerirá acreditar la adquisición de una ventaja significativa por quien desarrolle dicha actividad empresarial.

ACTOS DE VIOLACIÓN DE NORMAS

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Constitución Política del Perú Artículo 60º. (…)Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial; directa o indirecta, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional. (…)

ACTOS DE VIOLACIÓN DE NORMAS

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Tienen como efecto perjudicar injustificadamente el proceso productivo, la actividad comercial o empresarial mediante la interferencia en la relación contractual que mantiene un agente económico con sus trabajadores, proveedores, clientes y demás obligados, y que tengan como efecto inducir a éstos a incumplir alguna prestación esencial o mediante una intromisión de cualquier otra índole en sus procesos o actividades.

ACTOS DE SABOTAJE EMPRESARIAL

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Los actos que impliquen ofrecer mejores condiciones de contratación a los trabajadores, proveedores, clientes o demás obligados con otro agente económico, como parte del proceso competitivo por eficiencia, no constituyen actos de sabotaje empresarial.

ACTOS DE SABOTAJE EMPRESARIAL

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GRACIAS POR SU ATENCIÓN