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06 de Diciembre de 2018 CONSIDERACIONES REGULATORIAS EN TORNO AL VIRUS RUGOSO DEL TOMATE.

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06 de Diciembre de 2018

CONSIDERACIONES REGULATORIAS EN TORNO AL VIRUS RUGOSO DEL TOMATE.

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El 17 de septiembre del año en curso, se notificóen la sección de Notificaciones oficiales de plagasde la NAPPO, la detección del Virus rugoso café deltomate (Tomato Brown Rugose Fruit Virus) en elmunicipio de Yurécuaro, Michoacán.

NOTIFICACIÓN A LA ORGANIZACIÓN NORTEAMERICANA DE PROPTECCIÓN A LAS PLANTAS (NAPPO)

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• Modificación de requisitos para la importación de semillas, plantas, plántulas y esquejes de jitomates,chile y berenjena.

• Notificación y aplicación de medidas de bio-seguridad en invernaderos y campo.• Regulación de los establecimientos que producen material propagativo de jitomate (Solanumlycopersicum), chile (Capsicum sp.) y berenjena (Solanum melongena).

• Autorización y control de la movilización de material propagativo producido en establecimientosregulados.

ACCIONES REGULATORIAS

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Artículos regulados: semillas, plantas, plántulas, esquejes de:

• Jitomate (Solanum lycopersicum)• Chile (Capsicum sp.)• Berenjena (Solanum melongena)

Establecimientos regulados:

• Invernaderos• Campos• Establecimientos para la producción de material propagativo

PROCEDIMIENTOS REGULATORIOS

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• Se modifica el punto:

Toma de muestra, para su envío a un laboratorio aprobado con cargoal interesado, para diagnóstico fitosanitario de…

• Para quedar como sigue:

Toma de muestra y envío al Centro Nacional de ReferenciaFitosanitaria (CNRF) o laboratorios aprobados con protocolotransferido por el CNRF para diagnóstico de Tomato Brown RugoseFruit Virus (ToBRFV); diagnóstico con cargo al interesado para:

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1a. Modificación de los requisitos para laimportación de semillas, plántulas, plantas yesquejes de jitomate, berenjena y chile

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Se adicionan los siguientes puntos:

• El certificado fitosanitario deberá especificar que el producto se encuentra libre de: Tomato Brown Rugose FruitVirus (ToBRFV).

• La empresa semillera importadora deberá realizar el pago de una fianza (conforme al valor determinado por unActuario).

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2b. Modificación de los requisitos para la importación de semillas, plántulas,plantas y esquejes de jitomate, berenjena y chile

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• Utilizar semillas certificadas, cuyos diagnósticos fitosanitarios seannegativos a la presencia del Tomato Brown Rugose Fruit Virus. Eldiagnóstico se debe realizar en el Centro Nacional de ReferenciaFitosanitaria.

• La destrucción de todas las plantas que presenten cualquier signo y/osíntoma asociado con virosis (las cuales deberán arrancarse y dejarse secarpor completo dentro del campo y/o invernadero, previo a ser removidaspara su incineración).

• Limpieza estricta dentro y fuera del invernadero.

• Restricción de acceso al personal ajeno a las actividades en invernadero.

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2a. Medidas de bioseguridad en invernaderos y campo:

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• Lavado y desinfectado de manos y equipos antes del contacto con la siguiente planta; tanto en campo como eninvernadero.

• Lavado y desinfectado de manos antes de entrar y después de salir del invernadero.

• Lavado y desinfectado de ropa, maquinaria, herramientas de trabajo y cajas de cosecha utilizadas en cada campo y/oinvernadero.

• La herramienta de trabajo debe de ser de uso exclusivo para cada campo y/o invernadero.

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2b. Medidas de bioseguridad en invernaderos y campo:

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Los propietarios, usufructuarios, beneficiarios y/o representanteslegales deberán:

• Presentar el aviso de inicio de funcionamiento (SV-01) ante laDirección General de Sanidad Vegetal (DGSV), a fin de podercertificarlas para la producción de las especies vegetales dejitomate (Solanum lycopersicum), chile (Capsicum sp.) yberenjena (Solanum melongena) incluyendo sus injertos ymicroinjertos.

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3. Regulación de establecimientos que producen material propagativo de jitomate, chile y berenjena:

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Las instalaciones deberán contar con lo siguiente:

• Contar con una bitácora de siembra, manejo y salida de plántulas y/oplantas, que contenga.

• El número de plántulas y/o plantas sembradas, muertas y resembradas,tamaños producidos y tratamientos aplicados.

a) Fecha de trasplante y movilización.b) Manejo de las plántulas y/o plantas: registro de riegos, herbicidas,

fertilizantes, insecticidas, fungicidas y el registro de problemasfitosanitarios.

c) Destino final de las plántulas y/o plantas comercializadas.d) El volumen de la movilización de plantas.

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3. Regulación de establecimientos que producen material propagativo de jitomate, chile y berenjena:

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Las instalaciones deberán contar con lo siguiente:

• Llevar el registro de los resultados de muestreo o diagnóstico fitosanitario de las plántulasy/o plantas para el ToBRFV. El diagnóstico fitosanitario será mediante pruebas de PCR.

• Las plántulas y/o plantas no deberán estar en contacto directo con el suelo.

• Todos los lotes en producción deben de estar etiquetados e identificados dentro de uncroquis de distribución del invernadero. La identificación del lote se deberá indicar como unelemento de trazabilidad al momento de la movilización del material propagativo.

• Contar por lo menos con los requisitos de infraestructura:a) Acceso con doble puerta con tapete sanitizante.b) Cubierta que proteja los ductos de ventilación o cualquier parte por donde pudieran

introducirse insectos hasta la obtención de la planta terminada

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3. Regulación de establecimientos que producen material propagativo de jitomate, chile y berenjena:

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• Se podrá movilizar material propagativo de jitomate, chile y berenjenaprevia solicitud a la DGSV y cuando se presenten los dictámenes negativosa ToBRFV. La solicitud deberá incluir la siguiente información:

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4. Autorización y control de la movilización de material propagativo

Origen (Nombre y dirección del

establecimiento)

Especie de planta

Destino (Se debe especificar el

domicilio completo)

Cantidad de plantas a movilizar por variedad

(de ser el caso)

N° de lote (s) a movilizar *

* En apoyo a la trazabilidad del material producido, además de los datos de identificación del lote de materialpropagativo, las empresas productoras deberán llevar una bitácora de control de saldos de material producidoen cada movilización.

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GRACIAS POR SU ATENCIÓN.

Dirección General de Sanidad Vegetal.

Dirección de Regulación Fitosanitaria.