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O 79 -2014-VIVIENDA LI 'ma, ': l J") M!1P /'')0''11. '. ¡fU. . -:. CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se definen las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios; Que, la Ley 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de 'Vivienqa, Construcción y Saneamiento, establece que dicho Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros . poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerci,endo , •. .•• . con los gobiernos regionales y locales en dichas . . , f/ Que, el Texto UnlCO Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema .. ::{'/ Nacional de aprobado mediante Supremo 'ti" establece los pnnclplos; aSI como, los procesos y procedimientos que regulan el Sistema :;::":''':''. : ,:' '" , la Admlnlstraclon FinanCiera del Sector Publico; .. ,: •• a que se el, artículo 1 t de la Ley 28112, Ley Marco de . Público viabilizar la gestión de los fondos públicos, conforme a las disposiciones del ordenamiento jurídico, promoviendo el adecuado funcionamiento de sus sistemas conformantes, " Y¿: :: __ .- transparencia fiscal y búsqueda de la estabilidad macroeconómica; Que, en ese sentido, de acuerdo a . la estructura orgánica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, resulta necesario designar al responsable del manejo de los recursos presupuestales y financieros y de informar el avance y/o cumplimiento de metas de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, en base a los criterios de eficiencia, eficacia y economía en el ámbito dela Categoría Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividad/Obra/Acción de 'Inversión y el logro de las metas presupuestarias previstas en el presupuesto aprobado para cada año fiscal; y, De conformidad con lo establecido en la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo ·Q02-2002-V,IVIENDA, que aprobó el

CONSIDERANDO · 2019. 3. 11. · N° O 7 9 -2014-VIVIENDA LI'ma, ':l J") M!1P /'')0''11. . ¡fU. . -:. CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo,

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  • N° O 7 9 -2014-VIVIENDA

    LI'ma, ':l J") M!1P /'')0''11. ~ '. ¡fU. . -:.

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se definen las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios;

    Que, la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de 'Vivienqa, Construcción y Saneamiento, establece que dicho Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros

    . poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerci,endo

    , •..••. ;;'[')~_cornpetencias cornpartid,a~ con los gobiernos regionales y locales en dichas rnateria~; . .

    :/».~.:/; ,f/ Que, el Texto UnlCO Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema ~';~,\Y: ::. : .. ::{'/ Nacional de ~re~u'puesto~ aprobado mediante Decre~o. Supremo N° 304-20~2-EF,

    'ti" establece los pnnclplos; aSI como, los procesos y procedimientos que regulan el Sistema

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  • Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1.- Designar al responsable de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General del Pliego 037. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sobre la base de criterios de eficiencia, eficacia

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