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Régimen Legal de Bogotá D.C. © Propiedad de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. Decreto 256 de 2007 Alcalde Mayor Fecha de Expedición: 25/06/2007 Fecha de Entrada en Vigencia: 25/06/2007 Medio de Publicación: Registro Distrital 3780 de junio 25 de 2007 Ver temas del documento Contenido del Documento DECRETO 256 DE 2007 (Junio 25) "Por el cual se modifica parcialmente la estructura interna de la Secretaría Distrital de Planeación" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA D.C. En uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial de las conferidas en el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política y el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, CONSIDERANDO: Que mediante Decreto 550 del 29 de Diciembre del 2006, se adoptó la estructura interna de la Secretaría Distrital de Planeación y se dictaron otras disposiciones. Que como consecuencia del análisis de la estructura interna de la Secretaría Distrital de Planeación, en el área de Planeación Socioeconómica, específicamente en la Dirección de Mujer, Géneros y Diversidad Sexual, es necesario fortalecer sus propósitos misionales que permitan articular y coordinar adecuadamente la política pública de mujer y géneros en el distrito, creando la Subsecretaría de Mujer, Géneros y Diversidad Sexual, la Dirección de Derechos, Desarrollo e Igualdad de Oportunidades para la Equidad de Género y la Dirección de Diversidad Sexual. Consulta de la Norma: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=25508 1 de 7 24/09/2012 01:04 p.m.

Decreto 256 de 2007

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Decreto 256

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  • Rgimen Legal de Bogot D.C. Propiedad de la Secretara General de la Alcalda Mayor de Bogot D.C.

    Decreto 256 de 2007 Alcalde Mayor

    Fecha de Expedicin: 25/06/2007

    Fecha de Entrada en Vigencia: 25/06/2007

    Medio de Publicacin: Registro Distrital 3780 de junio 25 de 2007

    Ver temas del documento

    Contenido del Documento

    DECRETO 256 DE 2007

    (Junio 25)

    "Por el cual se modifica parcialmente la estructura interna de la Secretara Distrital de Planeacin"

    EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA D.C.

    En uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial de las conferidas en el numeral 7 del artculo 315 de laConstitucin Poltica y el numeral 9 del artculo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993,

    CONSIDERANDO:

    Que mediante Decreto 550 del 29 de Diciembre del 2006, se adopt la estructura interna de la Secretara Distrital de Planeacin y sedictaron otras disposiciones.

    Que como consecuencia del anlisis de la estructura interna de la Secretara Distrital de Planeacin, en el rea de PlaneacinSocioeconmica, especficamente en la Direccin de Mujer, Gneros y Diversidad Sexual, es necesario fortalecer sus propsitos misionalesque permitan articular y coordinar adecuadamente la poltica pblica de mujer y gneros en el distrito, creando la Subsecretara de Mujer,Gneros y Diversidad Sexual, la Direccin de Derechos, Desarrollo e Igualdad de Oportunidades para la Equidad de Gnero y la Direccinde Diversidad Sexual.

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  • Que mediante oficio No. 1691 del 15 de junio de 2007, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emiticoncepto tcnico favorable para la modificacin de la estructura interna y funciones de la Secretara Distrital de Planeacin.

    Que en mrito de lo expuesto,

    Ver el Decreto Distrital 166 de 2010

    DECRETA:

    ARTCULO PRIMERO.- Modificar el artculo 3, del Decreto 550 de 2006, el cual quedar as:

    "ARTCULO 3. Estructura Interna. Para el desarrollo de su objeto, la Secretara Distrital de Planeacin tendr la siguiente estructurainterna:

    1. DESPACHO

    1.1. OFICINA DE CONTROL INTERNO

    1.2. OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO

    1.3. OFICINA ASESORA DE PRENSA Y COMUNICACIONES

    2. SUBSECRETARA DE PLANEACIN TERRITORIAL

    2.1. DIRECCIN DE AMBIENTE Y RURALIDAD

    2.2. DIRECCIN DE LEGALIZACIN Y MEJORAMIENTO INTEGRAL DE BARRIOS

    2.3. DIRECCIN DE PATRIMONIO Y RENOVACIN URBANA

    2.4. DIRECCIN DE VAS, TRANSPORTE Y SERVICIOS PUBLICOS

    2.5. DIRECCIN DEL TALLER DEL ESPACIO PBLICO

    2.6. DIRECCIN DE NORMA URBANA

    2.7. DIRECCIN DE PLANES PARCIALES

    2.8. DIRECCIN DE PLANES MAESTROS Y COMPLEMENTARIOS

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  • 3. SUBSECRETARA DE PLANEACIN SOCIOECONMICA

    3.1. DIRECCIN DE POLTICAS SECTORIALES

    3.3. DIRECCIN DE EQUIDAD Y POLTICAS POBLACIONALES

    3.4. DIRECCIN DE ECONOMA URBANA

    3.5. DIRECCIN DE OPERACIONES ESTRATGICAS

    3.6. DIRECCIN DE INTEGRACIN REGIONAL, NACIONAL E INTERNACIONAL

    4. SUBSECRETARA DE MUJER, GNEROS Y DIVERSIDAD SEXUAL

    4.1.DIRECCIN DE DERECHOS, DESARROLLO E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LA EQUIDAD DE GNERO

    4.2. DIRECCIN DE DIVERSIDAD SEXUAL

    5. SUBSECRETARA DE INFORMACIN Y ESTUDIOS ESTRATGICOS

    5.1. DIRECCIN DE INFORMACIN, CARTOGRAFA Y ESTADSTICA

    5. 2.DIRECCIN DE ESTUDIOS MACRO

    5.3. DIRECCIN DE ESTRATIFICACIN

    5.4. DIRECCIN DE SISBEN

    5.5. DIRECCIN DE SISTEMAS

    5.6. DIRECCIN DE SERVICIO AL CIUDADANO

    6. SUBSECRETARA DE PLANEACIN DE LA INVERSIN

    6.1. DIRECCIN DE PROGRAMACIN Y SEGUIMIENTO A LA INVERSIN

    6.2. DIRECCIN DE PLANES DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO LOCAL

    6.3. DIRECCIN DE PARTICIPACIN Y COMUNICACIN PARA LA PLANEACIN

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  • 6.4. DIRECCIN DE CONFIS

    7. SUBSECRETARA JURDICA

    7.1. DIRECCIN DE ANALISIS Y CONCEPTOS JURIDICOS

    7.2. DIRECCIN DE TRMITES ADMINISTRATIVOS

    7.3. DIRECCIN DE DEFENSA JUDICIAL

    8. SUBSECRETARA DE GESTIN CORPORATIVA

    8.1. DIRECCIN DE PLANEACIN

    8.2. DIRECCIN DE RECURSOS FSICOS Y GESTIN DOCUMENTAL

    8.3. DIRECCIN DE GESTIN FINANCIERA

    8.4. DIRECCIN DE GESTIN CONTRACTUAL

    8.5. DIRECCIN DE GESTIN HUMANA".

    ARTCULO SEGUNDO.- Suprimir el artculo 19 del Decreto 550 de 2006, relacionado con las funciones de la Direccin de Mujer, Gnerosy Diversidad Sexual.

    ARTCULO TERCERO.- SUBSECRETARA DE MUJER, GNEROS Y DIVERSIDAD SEXUAL. Son funciones de la Subsecretaria de Mujer,Gneros y Diversidad Sexual, las siguientes:

    a) Proponer las polticas de planeacin del desarrollo econmico, social y de ciencia y tecnologa, que propendan por la igualdad deoportunidades entre mujeres y hombres, desde un abordaje integral de los derechos humanos y el reconocimiento de las diferencias.

    b) Dirigir junto con la dems Subsecretaras de Planeacin la construccin de la visin del Distrito Capital desde una perspectiva incluyente

    c) Dirigir junto con las Subsecretaras de Planeacin Socioeconmica y de Planeacin de la Inversin el proceso de definicin y evaluacinintegral de lneas estratgicas y polticas territoriales y de asignacin de la inversin de mediano y largo plazo en el Distrito Capital desdeuna perspectiva de mujer, gneros y diversidad sexual.

    d) Dirigir con las entidades y organismos del Distrito Capital, la formulacin de las polticas pblicas que propendan por la igualdad deoportunidades entre mujeres y hombres, desde una perspectiva de gnero y diversidad sexual en el Distrito Capital.

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  • e) Coordinar la inclusin de la perspectiva de mujer, gneros y diversidad sexual en la elaboracin, ejecucin y seguimiento del Plan deDesarrollo Econmico, Social y de Obras Pblicas del Distrito Capital y de los Planes de Desarrollo Local.

    f) Dirigir junto con las diferentes entidades de la Administracin Distrital el reconocimiento, garanta y restitucin de los derechos quearticulan el Plan de Igualdad de Oportunidades: a una vida libre de violencias, a la participacin y representacin de las mujeres, al trabajoen condiciones de igualdad y dignidad, a la salud plena, a la educacin con equidad y a una cultura y comunicacin libre de sexismo.

    g) Dirigir la inclusin de la perspectiva de mujer, gneros y diversidad sexual en la elaboracin, reglamentacin y ejecucin del Plan deOrdenamiento Territorial, de los instrumentos de planeacin que lo desarrollan, entre otros los planes maestros y sectoriales.

    h) Liderar los procesos y las acciones de coordinacin e intercambio con los organismos distritales, regionales, nacionales e internacionales,con las universidades pblicas y privadas y con otros sectores del movimiento social y de la sociedad civil del Distrito Capital relacionadoscon las polticas de mujer, gneros y diversidad sexual.

    i) Gestionar y canalizar el apoyo tcnico y las acciones provenientes de la cooperacin internacional, para el desarrollo de los proyectosdestinados a garantizar la inclusin de la dimensin de gnero y la participacin de la mujer en los mbitos, social, poltico y econmico

    ARTCULO CUARTO.- DIRECCIN DE DERECHOS, DESARROLLO E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LA EQUIDAD DEGNERO. Son funciones de la Direccin de Derechos, Desarrollo e Igualdad de Oportunidades para la Equidad de Gnero, las siguientes:

    Dirigir con la Direccin de Participacin y Comunicacin para la Planeacin los procesos de formacin de los agentes comprometidosen el ejercicio de la funcin de la planeacin en el Distrito Capital, las instancias locales de planeacin de los distintos nivelesterritoriales y la ciudadana, para que estos incluyan criterios de equidad de gnero.

    a.

    Dirigir las actividades y elaboracin de herramientas para la formacin, capacitacin y difusin sobre los derechos de las mujeresdirigidos a servidores/as de la administracin y la sociedad en general

    b.

    Coordinar y hacer seguimiento a las diferentes entidades de la Administracin Distrital en el reconocimiento, garanta y restitucin delos derechos que articulan el Plan de Igualdad de Oportunidades: a una vida libre de violencias, a la participacin y representacin delas mujeres, al trabajo en condiciones de igualdad y dignidad, a la salud plena, a la educacin con equidad y a una cultura ycomunicacin libre de sexismo.

    c.

    Apoyar y fortalecer los procesos e iniciativas de los grupos y organizaciones de mujeres.d.

    Dirigir las acciones necesarias que posibiliten la coordinacin interinstitucional requerida para articular sus planes y proyectos con laspolticas pblicas de mujer, gneros y diversidad sexual.

    e.

    Coordinar la realizacin de estudios que den cuenta sobre las condiciones de equidad de gnero en el Distrito Capitalf.

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  • Liderar, disear, orientar y monitorear el diseo de indicadores de gnero y la produccin de estadsticas desagregadas por sexo parala toma de decisiones de la administracin distrital que permitan avanzar en el logro de la equidad de gnero y la igualdad deoportunidades para mujeres y hombres.

    g.

    Dirigir la institucionalizacin y transversalizacin del enfoque de gnero en la Administracin Distrital y la incorporacin de laperspectiva de mujer y gneros en la formulacin de los planes de desarrollo Distrital y Locales, as como en su ejecucin, seguimientoy evaluacin.

    h.

    Dirigir la inclusin de presupuestos sensibles al gnero en los procesos de planeacin del Distrito Capital.i.

    Dirigir y procurar la inclusin de la perspectiva de mujer, gneros y diversidad sexual en la elaboracin, reglamentacin y ejecucin delPlan de Ordenamiento Territorial, as como de los instrumentos de planeacin que lo desarrollan, entre otros los planes maestros ysectoriales.

    j.

    Gestionar en el mbito nacional e internacional la cooperacin tcnica y financiera que permita avanzar en el logro de la equidad y laigualdad de oportunidades para las mujeres desde una perspectiva de gnero y diversidad sexual.

    k.

    ARTCULO QUINTO.- DIRECCIN DE DIVERSIDAD SEXUAL. Son funciones de la Direccin de Diversidad Sexual, las siguientes:

    a) Orientar y coordinar con entidades distritales el seguimiento y evaluacin de las polticas pblicas para la diversidad sexual en el DistritoCapital

    b) Dirigir y ejecutar los planes, programas, proyectos y mecanismos de accin distrital que contribuyan al reconocimiento de la diversidadsexual y a la garanta de sus derechos desde un enfoque integral y diferenciado.

    c) Apoyar y fortalecer los procesos e iniciativas de los grupos y organizaciones del LGBT.

    d) Generar procesos de formacin, capacitacin y difusin sobre los derechos de la poblacin LGBT dirigidos a funcionarios/as de laadministracin y la sociedad en general.

    e) Hacer el seguimiento a la poltica de diversidad sexual en el Distrito Capital.

    f) Coordinar la realizacin de estudios que den cuenta sobre las condiciones de la poblacin LGBT en el Distrito Capital.

    g) Proponer ajustes a la normatividad vigente relacionada con la Diversidad Sexual en el Distrito Capital

    ARTCULO SEXTO.- Vigencia y derogatorias: El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacin y modifica en lo pertinente elDecreto 550 de 2006 y deroga las normas que le sean contrarias.

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  • Dado en Bogot, D.C., a los 25 das de junio de 2007

    PUBLQUESE Y CMPLASE

    LUIS EDUARDO GARZN

    Alcalde Mayor

    ARTURO FERNANDO ROJAS ROJAS

    Secretario Distrital de Planeacin

    MARIELA BARRAGN BELTRN

    Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

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