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DERECHOS DE LA PERSONA Teniendo en consideración el estudio de los Derechos de la Persona Humana, describe ¿cuáles son los derechos inherentes a la Persona? Envía esta actividad a través de “Derecho de la Persona”, en esta página en la parte inferior DESARROLLO Los derechos inherentes a la personalidad, son aquellos poderes o facultades que la norma otorga a la persona solo por ser tal y sobre bienes relacionados con su propia naturaleza y que le son intrínsecos, como la vida, el honor, la propia imagen, el nombre, etc. Son los derechos que toda persona tiene por su propia condición humana, y que existen los reconozcan o no las leyes del país donde viva, sean respetados o no. Esto es independiente de si la persona vive en un país democrático o dictatorial, pues tanto en unos como en otros puede haber violaciones de los derechos inherentes dela persona: El hecho de que alguien sea matado, por ejemplo, supone una violación del derecho inherente que toda persona tiene a la vida. Por mucho que las leyes de un país autoricen la ejecución previo juicio, por ejemplo, supone una violación de ese derecho, aunque en ese país sea "legal". Lo que quiero decir, es que esos derechos son independientes de las leyes. Las leyes pueden garantizar

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DERECHOS DE LA PERSONA

Teniendo en consideracin el estudio de los Derechos de la Persona Humana, describe cules son los derechos inherentes a la Persona? Enva esta actividad a travs deDerecho de la Persona, en esta pgina en la parte inferiorDESARROLLOLos derechos inherentes a la personalidad, son aquellos poderes o facultades que la norma otorga a la persona solo por ser tal y sobre bienes relacionados con su propia naturaleza y que le son intrnsecos, como la vida, el honor, la propia imagen, el nombre, etc.Son los derechos que toda persona tiene por su propia condicin humana, y que existen los reconozcan o no las leyes del pas donde viva, sean respetados o no.Esto es independiente de si la persona vive en un pas democrtico o dictatorial, pues tanto en unos como en otros puede haber violaciones de los derechos inherentes dela persona:El hecho de que alguien sea matado, por ejemplo, supone una violacin del derecho inherente que toda persona tiene a la vida. Por mucho que las leyes de un pas autoricen la ejecucin previo juicio, por ejemplo, supone una violacin de ese derecho, aunque en ese pas sea "legal". Lo que quiero decir, es que esos derechos son independientes de las leyes. Las leyes pueden garantizar adecuadamente esos derechos, o vulnerarlos, segn los casos. Inherente, en sentido amplio, es sinnimo de consustancial o innato.Inherencia: Son derechos inherentes a la persona, son personales en el ms estricto sentido del trmino. Son derechos individuales, pues pertenecen a cada persona de manera individualizada y tratan de asegurar ciertos bienes personales e individuales distintos de una persona a otra.El hombre, tiene per s unos derechos, como el derecho a la vida, a la integridad fsica, la integridad sexual, a una vida digna.El mundo de hoy se caracteriza por la consideracin de que todo hombre es persona, derivado esto de la dignidad humana y por la ampliacin constante de esferas de proteccin jurdica de la persona.As pues,personaes elser humano, y personalidad es la naturaleza jurdica del hombre, como valor superior fundamental,titular de derechos innatos.Lapersonalidades lacondicin de la persona. La Corte Constitucional determin unos criterios y requisitos de distincin que permiten identificar un derecho de naturaleza fundamental.1. Los sealados expresamente en la Constitucin en el Ttulo II, Captulo primero.1. Los derechos no fundamentales pero que adquieren esa categora por conexidad.1. Los consagrados en los tratados y convenios internacionales ratificados por el Estado.1. Los que tengan un carcter inherente a la persona humana, no estn sealados en la constitucin.DENTRO DE ESTOS DERECHOS PODEMOS DESTACAR LOS DERECHO SEALADOS EN EL TITULO II DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO PERUANO COMO SON:1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psquica y fsica y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.

1. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religin, opinin, condicin econmica o de cualquiera otra ndole.

1. A la libertad de conciencia y de religin, en forma individual o asociada. No hay persecucin por razn de ideas o creencias. No hay delito de opinin. El ejercicio pblico de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden pblico.

1. A las libertades de informacin, opinin, expresin y difusin del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicacin social, sin previa autorizacin ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley.

1. A solicitar sin expresin de causa la informacin que requiera y a recibirla de cualquier entidad pblica, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional. El secreto bancario y la reserva tributaria pueden levantarse a pedido del Juez, del Fiscal de la Nacin, o de una comisin investigadora del Congreso con arreglo a ley y siempre que se refieran al caso investigado.

1. A que los servicios informticos, computarizados o no, pblicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar.

1. Al honor y a la buena reputacin, a la intimidad personal y familiar as como a la voz y a la imagen propias. Toda persona afectada por afirmaciones inexactas o agraviadas en cualquier medio de comunicacin social tiene derecho a que ste se rectifique en forma gratuita, inmediata y proporcional, sin perjuicio de las responsabilidades de ley.

1. A la libertad de creacin intelectual, artstica, tcnica y cientfica, as como a la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto. El Estado propicia el acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusin.

1. A la inviolabilidad del domicilio. Nadie puede ingresar en l ni efectuar investigaciones o registros sin autorizacin de la persona que lo habita o sin mandato judicial, salvo flagrante delito o muy grave peligro de su perpetracin. Las excepciones por motivos de sanidad o de grave riesgo son reguladas por la ley.

1. Al secreto y a la inviolabilidad de sus comunicaciones y documentos privados. Las comunicaciones, telecomunicaciones o sus instrumentos slo pueden ser abiertos, incautados, interceptados o intervenidos por mandamiento motivado del juez, con las

1. A elegir su lugar de residencia, a transitar por el territorio nacional y a salir de l y entrar en l, salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicacin de la ley de extranjera.

1. A reunirse pacficamente sin armas. Las reuniones en locales privados o abiertos al pblico no requieren aviso previo. Las que se convocan en plazas y vas pblicas exigen anuncio anticipado a la autoridad, la que puede prohibirlas solamente por motivos probados de seguridad o de sanidad pblicas.

1. A asociarse y a constituir fundaciones y diversas formas de organizacin jurdica sin fines de lucro, sin autorizacin previa y con arreglo a ley. No pueden ser disueltas por resolucin administrativa.

1. A contratar con fines lcitos, siempre que no se contravengan leyes de orden pblico.

1. A trabajar libremente, con sujecin a ley.

1. A la propiedad y a la herencia.

1. A participar, en forma individual o asociada, en la vida poltica, econmica, social y cultural de la Nacin. Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de eleccin, de remocin o revocacin de autoridades, de iniciativa legislativa y de referndum.

1. A mantener reserva sobre sus convicciones polticas, filosficas, religiosas o de cualquiera otra ndole, as como a guardar el secreto profesional.

1. A su identidad tnica y cultural. El Estado reconoce y protege la pluralidad tnica y cultural de la Nacin. Todo peruano tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier autoridad mediante un intrprete. Los extranjeros tienen este mismo derecho cuando son citados por cualquier autoridad.

1. A formular peticiones, individual o colectivamente, por escrito ante la autoridad competente, la que est obligada a dar al interesado una respuesta tambin por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Polica Nacional slo pueden ejercer individualmente el derecho de peticin.

1. A su nacionalidad. Nadie puede ser despojado de ella. Tampoco puede ser privado del derecho de obtener o de renovar su pasaporte dentro o fuera del territorio de la Repblica.

1. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, as como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.

1. A la legtima defensa.

1. A la libertad y a la seguridad personales.