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UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTINFACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS
ESCUELA DE ECONOMIA
PRODUCTOS DE PASIVO
1. LOS DEPÓSITOS DE AHORROS
Definición
Es un contrato por el cual se brinda a las personas naturales o jurídicas la
posibilidad de depositar su dinero en condiciones que estimulen su tenencia
de ahorrar, los que pueden ser retirados previo un aviso anticipado o liberado
del mismo en cualquier momento, con derecho a una remuneración por el
tiempo de permanencia del depósito en poder del Banco.
DEPOSITO DE AHORROS O CUENTAS DE AHORRO.
Los depósitos de ahorros es aquel tipo de depósito que se consigna en las
entidades financieras que tienen entre sus actividades, la captación de fondos
y los mismos se mantienen en poder y a disposición de dicha entidad por
períodos más largos que los depósitos de cuentas corriente.
DEPOSITO DE AHORRO CORRIENTE
Esta clase de depósito da lugar a las cuentas de ahorro, las cuales pueden abrirse por cantidades que son diferentes para los diversos bancos y que pueden ser muy pequeñas para algunos de ellos, como es el caso de la caja de ahorros.
OPERACIONES PASIVAS
Son aquellos fondos depositados directamente por la clientela, de los cuales el banco puede disponer para la realización de sus operaciones de activo. Están registrado en el lado derecho del balance de situación; siendo el caso inverso de las cuentas de activo, ya que los saldos de estas cuentas, aumentan con transacciones de Crédito y disminuyen con las de Débito.
DEPOSITO A PLAZO
Depósitos a Plazo Fijo
¿Qué son los depósitos a plazo?
Son depósitos de dinero que se realizan en una cuenta determinada por un plazo fijo. Este plazo es establecido entre la empresa del sistema financiero y el depositante.
¿Cuáles son las características de los depósitos a plazo?
Estos depósitos son nominativos y pueden pertenecer a una persona natural o jurídica.
La tasa de interés que se aplica es pactada previamente, y está en función al tiempo de permanencia
del depósito.
El depositante deberá respetar el tiempo de permanencia pactado en la apertura del depósito, de lo
contrario, estará sujeto a las penalidades que hayan acordado ambas partes.
El monto mínimo de apertura será determinado por la empresa del sistema
financiero.
Las empresas del sistema financiero determinan libremente las tasas de interés, las
cuales podrán ser variadas y aplicadas a la renovación de los depósitos.
Las empresas del sistema financiero informarán el rendimiento efectivo anual de las
operaciones de los depósitos a plazos mediante su exhibición permanente en lugares
visibles y destacados al interior de las oficinas donde se atiende al público, de modo
que esta información sea comprensible y fácil de ubicar.
Depósitos intransferibles
Una características especial es que los depósitos no son transferibles, aunque en la
práctica los Bancos vienen dando toda clase de facilidades para que el ahorrista
pueda retirar sus ahorros mediante los cajeros automáticos, incluso por delegación
verbal, pues la sola entrega de la tarjeta a otra persona (mayor o menor de edad) y la
indicación de su clave bancaria, le permitiría ingresar en la cuenta del cliente y
efectuar cualquier operación autorizada.
Depósitos en moneda nacional y extranjera
Dentro del conjunto de facilidades que se viene otorgando a los clientes para el
manejo de sus cuentas de ahorro, es que pueden efectuarse en moneda nacional
o moneda extranjera, con las mismas facilidades y requisitos, no habiéndose
establecido en la Ley requerimiento alguno relativo a los montos mínimos o
máximos de los depósitos.
Pérdida de los depósitos de ahorros
Se ha establecido que los ahorros inamovibles por más de diez años pasarán a formar
parte del Fondo de Seguros de los Depósitos, perdiendo el ahorrista el capital y los
intereses devengados que por un olvido dejo de movilizar.
Ahorro Previsional Voluntario
El ahorro previsional voluntario permite a las personas, dependientes e
independientes, ahorrar por sobre lo cotizado en su AFP.
En términos generales, este mecanismo consiste en planes de ahorro previsional
voluntario otorgados por entidades autorizadas (AFP e instituciones autorizadas), con
el propósito de que los afiliados efectúen aportes destinados a incrementar sus
recursos previsionales para mejorar su pensión o anticiparla.
2. COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS)
La compensación por tiempo de servicios – CTS, es considerada también por la
doctrina como una remuneración diferida, es decir, que forma parte de la
remuneración ordinaria (en un modelo teórico) y que el empleador descuenta
mes a mes (ahorro forzoso) y lo entrega al trabajador cuando le resuelve su
contrato de trabajo.
Objetivo y finalidad
La CTS, tiene como finalidad, la de afrontar la desocupación frente al
desempleo o despido arbitrario; afrontar la vejez, frente al avance de
la edad; promocionar al trabajador y su familia y frente al infortunio,
desgracia o desamparo, afrontar el fallecimiento del trabajador.
Características
La CTS, se caracteriza por lo siguiente:
Tiene efecto cancelatorio.
Existe un desplazamiento de la tenencia del beneficio por
empleador, hacia un tercero, que tiene la calidad de
depositario.
Existe una proporcionalidad entre el tiempo de la
prestación del servicio y la compensación otorgada.
DE LOS DEPOSITOS DE LA COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIO
Elección del depositario por el trabajador.
El trabajador al ingresar a prestar servicio, deberá de comunicar a su empleador por
escrito y bajo cargo:
i) El nombre de la institución que ha elegido y en la que desee que le realicen su
depósito de CTS.
ii) El tipo de cuenta; y
iii) La moneda en la que desea que se realice, ya sea nacional o extranjera (soles,
dólares o euros).
Oportunidad del depósito semestral.
El empleador deberá realizar, dentro de los primeros 15 días naturales de los meses de mayo y
noviembre, los depósitos semestrales o tanto dozavos o treintavos, como meses y días haya trabajado
en el semestre anterior.
Cambio de depositario.
Siendo la CTS un derecho delo trabajador y al encontrarse depositado este puede disponer su traslado
de una a otra entidad depositaria, tanto su monto acumulado así como los intereses generados.
ENTREGA DE LA CTS EN CASO DEL FALLLECIMIENTO DEL TRABAJADOR.
En caso de fallecimiento del trabajador y tratándose de sociedad de gananciales el depositario a
solicitud del cónyuge supérstite o conviviente debidamente acreditado y según sea el caso deberá de
entregar hasta el 50% del monto total de los depósitos de la CTS del trabajador fallecido más los
intereses generados,
El 50% restante de la CTS y sus intereses será entregado a los beneficiarios una vez acreditado
mediante testamento o sucesión intestada si entre los beneficiarios hubiera menores de edad, la
alícuota que le corresponda a este deberá ser depositada en cuenta separada y a su nombre hasta
que se cumpla la mayoría de edad
3. Servicios y otros productos microfinacieros
Garantías convencionales:
Las garantías convencionales, son las que resultan del convenio de las partes, tenemos La cláusula
penal y las arras.
Se denomina cláusula penal al acuerdo entre partes, específicamente, donde el deudor promete al
acreedor una prestación donde la mayoría de veces el objeto es el dinero, para cuando el
deudor no cumpla puntualmente con su parte, se conoce también como una pena convencional, es
una obligación accesoria y funciona de dos maneras, la primera es que ayuda o agiliza al
cumplimiento por medio de la pena y la segunda es de facilitadora para la indemnización en caso de
incumplimiento.
La cláusula penal sólo tiene sentido en cuanto garantía complementaria del cumplimiento de la obligación
principal. Es característica fundamental de la cláusula penal la de ser una obligación accesoria cuya
existencia y dinámica dependen de la obligación principal. Por tanto:
1. La subsistencia depende de la validez de la obligación principal: “la nulidad de la obligación principal
lleva consigo la de la cláusula penal” (y no al revés).
2. La extinción de la obligación principal o su imposibilidad de cumplimiento por causas no imputables al
deudor comporta igualmente la extinción de la cláusula penal.
3. La cláusula penal seguirá la suerte del crédito o de la deuda propia de la obligación principal en caso
de novación meramente modificativa.
Las arras son ese objeto (dinero o casa fungible) que no constituye el total del precio y que una de las
partes entrega a la otra, de manera preventiva a la conclusión del contrato o durante para poder
confirmarlo o para desistir de él, es una forma de garantía al cumplimiento del contrato, y da
reforzamiento al vínculo, existen tres tipos, las confirmatorias que ayudan a reforzar, las penales que
establecen una garantía y las penitenciales son un medio licito de desistir de la obligación.
Arras confirmatorias
La existencia de las arras equivale a la entrega de una cantidad de dinero a modo de señal o parte
del precio, realizada por uno de los contratantes y dirigida a reforzar de algún modo la existencia del
contrato o a constituir un principio de ejecución del mismo. Se habla en tales casos de arras
confirmatorias para poner de manifiesto que su entrega desempaña básicamente un papel
probatorio de la celebración de un determinado contrato.
Arras penitenciales
Las arras penitenciales consisten igualmente en la entrega de una cantidad de dinero por uno de los
contratantes, pero en el entendido de que cualquiera de las partes contratantes puede desistirse del
contrato celebrado, perdiendo las arras el que las haya entregado o devolviendo el doble de las
mismas el que las haya recibido.
Arras penales
Las arras desempeñan una función estrictamente penal en el caso de que la entrega dineraria
realizada tenga por objeto definir un quantum indemnizatorio que, establecido para el caso de
incumplimiento del contrato retendrá quien las haya recibido.
Garantías no convencionales:
Estas Garantías se aceptan para financiar actividades productivas rurales y no rurales, deberán incluir
alternativas de aseguramiento no convencionales propias de estas actividades.
Entre otros, los tipos de garantías no convencionales aceptables son: fondos de garantías, seguro agrario,
documentos en custodia de bienes inmuebles y predios rurales, maquinaria sujeta o no a registro con o
sin desplazamiento, contratos o documentos de compromiso de venta a futuro en el mercado interno o
para la exportación, avales o certificaciones de los organismos comunitarios u organizaciones territoriales
, productos almacenados en recintos propios o alquilados, garantías de semovientes, la propiedad
intelectual registrada y otras alternativas no convencionales que tienen carácter de garantía.
4. Estudios de casos
EL MICROCREDITO EN BOLIVIA
Crear un sistema financiero inclusivo para que los dos tercios de la población mundial que están
excluidos del sistema puedan tener acceso a créditos, fue el objetivo de Muhammad Yunus al
promover el microcrédito como ayuda para el desarrollo en Bangladesh, instrumento que ha tenido
gran repercusión a nivel mundial dado su impacto social y económico, bajo las premisas de facilitar y
potencializar el acceso al microcrédito y a otros servicios financieros, como una alternativa de lucha
contra la pobreza y la exclusión financiera de la población que carece de garantías reales en el área
rural, periurbana y urbana, y que en gran medida se dedica a actividades informales.
Otro aspecto que distingue a la práctica de las instituciones micro financieras es que no se limitan a brindar sólo
servicios financieros.
En Bolivia durante los últimos años las entidades especializadas en micro finanzas han experimentado un
crecimiento y expansión acelerado, tanto en volumen de operaciones como en número de clientes atendidos,
adquiriendo cada vez una mayor relevancia dentro del sistema financiero nacional. Esta actividad tiene su origen
desde los años ochenta donde Organizaciones no Gubernamentales (ONG) de asistencia social, financiadas con
donaciones de la cooperación internacional para la atención de diferentes sectores de la población de bajos
recursos, ofrecieron créditos y otros servicios no financieros, con ámbito de operaciones en el área urbana como
rural para promover el desarrollo social y económico.
De esta forma las entidades especializadas en micro finanzas en Bolivia han mostrado un
crecimiento importante, con un alcance y cobertura que en muchos casos supera al obtenido por
las entidades de intermediación financiera tradicionales. Se destaca su contribución al integrar al
sector financiero a un número importante de personas de la población vulnerable, debido a las
condiciones de accesibilidad de créditos, así como por la amplia red de sucursales y oficinas que
tienen en todo el territorio boliviano.