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EL SEGURO DE DEPOSITOS EN EL EL SEGURO DE DEPOSITOS EN EL
ECUADOR: LOGROS Y DESAFIOSECUADOR: LOGROS Y DESAFIOS
CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS
EC. VICTOR CAMPOVERDE ENCALADA, EC. VICTOR CAMPOVERDE ENCALADA,
GERENTE GENERAL, COSEDEGERENTE GENERAL, COSEDE
ANTECEDENTES DE CREACION DE LA ANTECEDENTES DE CREACION DE LA
RED DE SEGURIDAD FINANCIERARED DE SEGURIDAD FINANCIERA
Crisis de 1999.
El Estado asumió la carga de la crisis.
Efectos sociales y en la Economía
real
Se generó desconfianza del
depositante en el Sistema Financiero.
Dolarización. Generó una carencia de
un prestamista de última instancia
Crisis Bancaria Internacional 2008.
Dejó en evidencia la necesidad de
complementar el enfoque de la
supervisión bancaria, a través de varias
instituciones que comparten el mismo
objetivo. 2
CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS
BASE CONSTITUCIONAL DE RED DE BASE CONSTITUCIONAL DE RED DE
SEGURIDAD FINANCIERA (RSF)SEGURIDAD FINANCIERA (RSF)
Art. 290.- El endeudamiento público se sujetará a las siguientes
regulaciones:
7. Se prohíbe la estatización de deudas privadas
Art. 308.- Las actividades financieras son un servicio de orden público, y
podrán ejercerse, previa autorización del Estado, de acuerdo con la ley;
tendrán la finalidad fundamental de preservar los depósitos y atender los
requerimientos de financiamiento para la consecución de los objetivos de
desarrollo del país...
(3° inciso) La regulación y el control del sector financiero privado no
trasladarán la responsabilidad de la solvencia bancaria ni supondrán
garantía alguna del Estado. Las administradoras y administradores de las
instituciones financieras y quienes controlen su capital serán responsables
de su solvencia. Se prohíbe el congelamiento o la retención arbitraria o
generalizada de los fondos o depósitos en las instituciones financieras
públicas o privadas”
CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS
BASE CONSTITUCIONAL DE RED DE BASE CONSTITUCIONAL DE RED DE
SEGURIDAD FINANCIERA (RSF)SEGURIDAD FINANCIERA (RSF)
LA FILOSOFÍA DE CREACIÓN DE LA RED DE SEGURIDAD FINANCIERA Y POR ENDE DEL FONDO
DEL SEGURO DE DEPÓSITOS PERSIGUE QUE EL PROPIO SISTEMA FINANCIERO “GENERE LOS
RECURSOS“ PARA FINANCIAR LA SOLUCIÓN DE SUSCRISIS
Eliminar la posibilidad de que el Estado vuelva a destinar recursos públicos cuando una institución financiera privada presente problemas.
Creación de la Red de Seguridad Financiera, UNA NUEVA ARQUITECTURA FINANCIERA.
5
LA RED DE SEGURIDAD FINANCIERA LA RED DE SEGURIDAD FINANCIERA
(RSF) EN EL ECUADOR(RSF) EN EL ECUADOR
EN ESTA NORMATIVA LEGAL SE CREA UNA NUEVA ESTRUCTURA FINANCIERAEN ESTA NORMATIVA LEGAL SE CREA UNA NUEVA ESTRUCTURA FINANCIERA
CON CUATRO PILARES CON CUATRO PILARES
OBJETIVOOBJETIVO
VELARVELAR PORPOR LALA
ESTABILIDADESTABILIDAD YY SOLIDEZSOLIDEZ
DELDEL SISTEMASISTEMA
FINANCIEROFINANCIERO
El Estado Ecuatoriano, aprobó la LEY DE CREACION DE LA RED DE
SEGURIDAD FINANCIERA, publicada en el tercer suplemento del Registro
Oficial No.398 del 31 de diciembre de 2008.
I.
Supervisión
bancaria
preventiva
y oportuna
II.
Fondo de
Liquidez
III.
Esquema
de
Resolución
Bancaria
IV.
Sistema
de Seguro
de
Depósitos
LA RED DE LA RED DE
SEGURIDAD FINANCIERASEGURIDAD FINANCIERA
Se crea con la finalidad de
contribuir a mantener la
estabilidad del sistema
financiero, estimular la
confianza de los
depositantes, impulsar un
sistema de pagos eficiente
y fomentar el desarrollo
del país a través de un
crecimiento sostenido del
ahorro interno.
6
FINALIDAD DE UNA RED DE FINALIDAD DE UNA RED DE
SEGURIDAD FINANCIERASEGURIDAD FINANCIERA
Busca minimizar el impacto
negativo de posibles cierres de
instituciones financieras y por
ende mitigar el riesgo de contagios
sistémicos. Por lo que para poder
viabilizar su aplicación en un
mercado financiero, las leyes
internacionales recomiendan
fomentar la disciplina de mercado
a través “de bases sólidas en
materia de regulación, supervisión
e identificación temprana de
dificultades financieras”.
7
CREACION DE LA COSEDE Y DEL FSDCREACION DE LA COSEDE Y DEL FSD CORPORACIÓN DEL SEGURO DE
DEPÓSITOS
Ley de Creación de la Red de Seguridad Financiera. Art. 1
COSEDE
Ley de Creación de la Red de Seguridad Financiera. Arts. 11, 16
FSD
“Art… (1). - Créase la Corporación del Seguro
de Depósitos (COSEDE), como una entidad
de derecho público, con autonomía
administrativa y operativa, cuyo domicilio
principal será la ciudad de Quito; con el
objeto de administrar el sistema de seguro
de depósitos de las instituciones del
sistema financiero privado establecidas en
el país, que se rigen por la Ley General de
Instituciones del Sistema Financiero y que se
hallan sujetas al control de la Superintendencia
de Bancos y Seguros.”
“Art… (11). - Para la instrumentación del seguro de
depósitos la Corporación constituirá un fondo a través
de un fideicomiso mercantil que será controlado
exclusivamente por la Superintendencia de
Bancos y Seguros, con el exclusivo propósito de
cumplir los fines previstos en esta Ley.”
“Art... (16). - El Fondo del Seguro de Depósitos estará
sujeto a la verificación anual de una auditoría externa
calificada por la Superintendencia de Bancos y
Seguros, sin perjuicio de las potestades de dicha
institución para emitir regulaciones de control y de la
Contraloría General del Estado para evaluar de
manera integral su gestión y operación”.
Somos una entidad de derecho público con autonomía administrativa y operativa. La
administración está a cargo del Gerente General, quien ejerce la representación legal de la institución.
Los miembros del Directorio y el Gerente General gozan de fuero de Corte Nacional de Justicia, en
los actos y decisiones administrativas tomadas en el ejercicio de sus funciones específicas.
Los recursos del fondo no podrán ser destinados para cubrir gastos administrativos ni para pago de
inversiones en activos fijos del COSEDE. El Ministerio de Finanzas deberá entregar a la Corporación
los fondos para atender estos egresos, con cargo al Presupuesto General del Estado.
CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS
ESTRUCTURA ÓRGANICO ESTRUCTURA ÓRGANICO
FUNCIONAL DE COSEDEFUNCIONAL DE COSEDE
Ec. Miguel Ruiz Martínez
Presidente del Directorio
Delegado del Ministerio de Finanzas
Ab. Ligia Cobo Ortiz
Miembro del Directorio
Delegada por la Junta Bancaria
Lcda. Ruth Arregui Solano
Miembro del Directorio
Delegado por el Directorio del Banco Central del Ecuador
MIEMBROS MIEMBROS
DEL DEL
DIRECTORIODIRECTORIO
DE LA DE LA
COSEDECOSEDE
SISTEMA DE SEGURO DE DEPÓSITOSSISTEMA DE SEGURO DE DEPÓSITOS
El Seguro de Depósitos
“ El Angel Guardián de los
Depositantes”
Protege a los depositantes ante el riesgo
eventual de insolvencia y liquidación de las
instituciones del sistema financiero
privado nacional, a través de aportes a
procesos de resolución bancaria, mediante
la Exclusión y Transferencia de Activos y
Pasivos, o el pago del seguro directamente
a los depositantes, por un valor máximo
de US $ 30,000 por depositante e
institución financiera.
10
FONDO DE SEGURO DE DEPÓSITOSFONDO DE SEGURO DE DEPÓSITOS
Es un patrimonio autónomo
compuesto principalmente por las
aportaciones mensuales que realizan
las instituciones financieras privadas,
controladas por las Superintendencia
de Bancos y Seguros, y por los
rendimientos de las inversiones que
realiza la COSEDE. Está destinado
exclusivamente a proteger los
recursos del público depositados en
las entidades financieras privadas, ante
la eventual quiebra de cualquiera de
ellas
11
Un Seguro de Depósitos exitoso debe cumplir, al menos, las
siguientes características:
1. Ser limitado y debe costar
2. Ajustar las primas al riesgo
3. Poder aportar en procesos de Resolución Bancaria bajo la regla del
menor costo
4. Contar con recursos suficientes de acuerdo con sus obligaciones
5. Ofrecer una cobertura de amplio alcance
6. Tener acceso a financiamiento extraordinario
7. Concientización del público
8. Relación con otros integrantes de la red de seguridad financiera:
(1) Conforme lo establece Basilea – IADI, 2008, Principios Básicos para
Sistemas de Seguros Eficaces.
FACTORES DE ÉXITO PARA UN SISTEMA FACTORES DE ÉXITO PARA UN SISTEMA
DE SEGURO DE DEPÓSITOS EFICIENTE (1)DE SEGURO DE DEPÓSITOS EFICIENTE (1) CORPORACIÓN DEL SEGURO DE
DEPÓSITOS
CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS
ElEl montomonto dede coberturacobertura máximamáxima dede USUS$$3030,,000000 porpor personapersona ee institucióninstitución financiera,financiera, permitepermite asegurarasegurar enen lala
totalidadtotalidad dede sussus depósitosdepósitos alal 9999%% dede loslos depositantesdepositantes deldel sistemasistema financierofinanciero nacionalnacional privadoprivado..
12,200
20,000
27,000
28,000
30,000
-
5,000
10,000
15,000
20,000
25,000
30,000
35,000
2008 2009 2010 2011 2012
(en
dóla
res)
146%
1) MONTO DEL SEGURO DEBE SER 1) MONTO DEL SEGURO DEBE SER
LIMITADOLIMITADO
ElEl SeguroSeguro dede DepósitosDepósitos lolo paganpagan laslas InstitucionesInstituciones FinancierasFinancieras privadas,privadas, peropero ESES GRATUITOGRATUITO yy AUTOMÁTICO,AUTOMÁTICO, parapara
loslos DEPOSITANTESDEPOSITANTES queque nono debendeben pagarpagar nini hacerhacer ningúnningún trámitetrámite parapara contarcontar concon elel mismomismo..
TIPO TIPO DE CUENTAS DE DE CUENTAS DE
DEPÓSITOS DEPÓSITOS CUBIERTASCUBIERTAS CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS
Depósitos a la Vista
Depósitos a Plazo
Depósitos de Garantía
Depósitos Restringidos
Depósitos a la Vista
Depósitos a Plazo
AGDAGD COSEDE COSEDE
Se amplió la cobertura a un mayor número de cuentas de depósitos Se amplió la cobertura a un mayor número de cuentas de depósitos
No estarán protegidos por la cobertura del seguro de depósitos:
a. Los depósitos efectuados por personas vinculadas directa o indirectamente a la institución
financiera, según lo establecido en el artículo 74 de esta ley y en las normas de carácter general
que establezca la Junta Bancaria;
b. Los depósitos en oficinas off-shore; y,
c. El papel comercial y las obligaciones emitidas por las instituciones financieras.”.
CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS
22)) SEGUROSEGURO QUEQUE COBRECOBRE PRIMASPRIMAS
AJUSTADASAJUSTADAS AA RIESGORIESGO
Mediante oficio No. SBS-DNR-2011-452 de 15 de junio de
2011, la Superintendencia de Bancos y Seguros, comunica a
la COSEDE que mediante Resolución Reservada No. JB-
2011-1931 de 01 de junio de 2011, se aprobó la
metodología que determina el nivel de riesgo de las
instituciones financieras privadas. Por lo que el Directorio
de la COSEDE fijó la nueva tabla de la PAR a partir del
mes de mayo de 2011.
La ley definió que “… Las instituciones del sistema financiero efectuarán dos tipos de aportes:
una prima fija y una prima ajustada por riesgo. El rango del aporte se establecerá entre un
mínimo de 3 por mil y un máximo de 6,5 por mil anual para la prima fija, y entre un mínimo de
cero y un máximo de 3,5 por mil anual para la prima ajustada por riesgo, del promedio de los
saldos diarios de los depósitos registrados en las instituciones financieras. En todo caso, la suma
de la prima fija y la prima ajustada por riesgo, no podrá superar el 6,5 por mil de los depósitos
de las instituciones financieras.
Para el año 2012, las IFI´s pagan el 6 por mil anual por concepto de PRIMA FIJA.
Suspensión de
operaciones
Liquidación
forzosa
15 días para
perfeccionar
la ETAP 10 días para el pago
a los depositantes
El proceso de Resolución Bancaria tendrá como objetivo prioritario viabilizar y
aplicar la exclusión y transferencia de activos y pasivos (ETAP) donde esta
prevista la posibilidad de un aporte por parte de la COSEDE; y, en el caso de no
aplicación de dicho mecanismo, declarar la liquidación forzosa de una IFI
inviable y proceder al pago del Seguro de Depósitos directamente a los
depositantes
•SBS propone suspensión de operaciones a JB,
•Designación del Administrador Temporal.
•Elabora informe: Balance del proceso ETAP, Balance Residual y
Aporte de la COSEDE.
ETAP
CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS
3) SEGURO QUE PUEDA APORTAR A 3) SEGURO QUE PUEDA APORTAR A
PROCESO DE RESOLUCION BANCARIA PROCESO DE RESOLUCION BANCARIA
BAJO LA REGLA DEL MENOR COSTOBAJO LA REGLA DEL MENOR COSTO
CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS
AGD 2008
126 MILLONES
FSD 2009
208 MILLONES
FSD 2010
314 MILLONES
FSD 2011
453 MILLONES
FSD 2012*
609 MILLONES
LaLa COSEDECOSEDE aa travéstravés dede susu adecuadaadecuada gestióngestión administrativaadministrativa yy
financierafinanciera haha logradologrado incrementarincrementar elel valorvalor deldel FSDFSD enen elel
455455%% concon respectorespecto alal aporteaporte inicialinicial dede lala AGDAGD..
4. EL SEGURO DEBE CONTAR CON 4. EL SEGURO DEBE CONTAR CON
RECURSOS SUFICIENTES DE ACUERDO A RECURSOS SUFICIENTES DE ACUERDO A
SUS OBLIGACIONESSUS OBLIGACIONES
Nota: (*) Valor proyectado del FSD al 14 de noviembre de 2012
dic-10 dic-11 sep-11 sep-12 Sep 11/ Sep 12 dic-10 dic-11 sep-11 sep-12 Sep 11/ Sep 12
BANCOS 5,131 5,679 5,311 6,305 18.70% BANCOS 5,065,031 5,968,611 5,734,816 6,932,246 20.88%
COOP 1,354 1,540 1,472 1,695 15.17% COOP 3,042,901 2,927,097 2,839,234 3,204,769 12.87%
EMIS. ADM. TC 2 3 2 3 9.08% EMIS. ADM. TC 22,346 26,708 24,903 31,295 25.67%
MUT 228 247 240 256 6.83% MUT 263,597 274,257 270,918 276,214 1.95%
SOC FINAN 71 85 83 98 17.75% SOC FINAN 40,197 52,989 49,224 57,563 16.94%
Total SFN 6,785 7,552 7,109 8,357 17.56% Total SFN 8,434,072 9,249,662 9,015,954 10,606,517 17.64%
dic-10 dic-11 sep-11 sep-12 Sep 11/ Sep 12 dic-10 dic-11 sep-11 sep-12 Sep 11/ Sep 12
BANCOS 1,863 2,182 2,225 2,491 11.97% BANCOS 68,984 77,922 79,465 83,043 4.50%
COOP 230 340 308 427 38.76% COOP 8,504 12,156 10,985 14,227 29.51%
EMIS. ADM. TC 2 2 2 85 4589.56% EMIS. ADM. TC 59 59 65 50 -23.08%
MUT 61 76 73 128 75.22% MUT 2,267 2,731 2,608 2,845 9.09%
SOC FINAN 80 109 105 2 -98.57% SOC FINAN 2,952 3,907 3,736 4,265 14.16%
Total SFN 2,236 2,709 2,712 3,133 15.52% Total SFN 82,766 96,775 96,859 104,430 7.82%
Total Depósitos
Cubiertos (SFN)9,021 10,261 9,821 11,489 16.99%
NÚMERO DE CLIENTES
MENORES O IGUALES AL MONTO MÁXIMO DE LA COBERTURA
MAYORES AL MONTO MÁXIMO DE LA COBERTURA
VariaciónNÚMERO DE CLIENTES
Sistema
Financiero
Nacional
Depósitos (en millones de dólares)
Cobertura
máxima
Cobertura
máxima
Cobertura
máxima
Cobertura
máximaVariación
5. EL SEGURO DEBE OFRECER UNA COBERTURA DE
AMPLIO ALCANCE
Depósitos (en millones de dólares)Sistema
Financiero
Nacional
Cobertura
máxima
Cobertura
máxima
Cobertura
máxima
Cobertura
máxima
CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS
66)) ELEL SEGUROSEGURO DEBEDEBE TENERTENER ACCESOACCESO AA
FINANCIAMIENTOFINANCIAMIENTO EXTRAORDINARIOEXTRAORDINARIO CORPORACIÓN DEL SEGURO DE
DEPÓSITOS
De conformidad a lo establecido por la Ley General de Instituciones del Sistema
Financiero:
““Art. .- El Fondo del Seguro de Depósitos se constituirá con los siguientes
recursos:
a) El aporte inicial del fondo especial de la Agencia de Garantía de
Depósitos;
b) El aporte que realizarán las instituciones del sistema financiero, de
conformidad con lo previsto en la presente Ley;
c) El rendimiento de las inversiones y las utilidades liquidas de cada
ejercicio anual del Fondo del Seguro de Depósitos;
d) Las donaciones que reciba la Corporación del Seguro de Depósitos; y,
e) Los provenientes de préstamos o líneas contingentes obtenidos para el
financiamiento de sus actividades. […]”.
FONDO DEL SEGURO DE FONDO DEL SEGURO DE DEPÓSITOS: DEPÓSITOS:
RECURSOS ACUMULADOS RECURSOS ACUMULADOS (EN US $ MILLONES)(EN US $ MILLONES) CORPORACIÓN DEL SEGURO DE
DEPÓSITOS
CONFORMACION FSD dic-09 dic-10 dic-11 14/11/2012
Aporte AGD 126,3 126,3 134,0 134,0
Aporte Constitución 126,3 126,3 126,3 126,3
Aporte 2008 - - 7,7 7,7
Aportes IFI´s 82,2 184,3 306,2 449,9
(a) Aportes 82,2 183,1 303,8 436,9
(b) Diferencias por conciliación - - - 9,0
(c) Pasivos inmovilizados - 1,2 2,4 3,7
(d) Multas - - - 0.3
Rendimientos capitalizados - 0,1 3,8 13,1
Rendimientos acumulado año actual 0,1 3,7 9,4 12.0
TOTAL FSD
208,6
314,4
453,4
609.0
Principio 12 – Concientización del público: Para que un
sistema de seguro de depósitos sea eficaz, es esencial que el
público esté informado continuamente sobre los beneficios y
las limitaciones del mismo.
CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS
7. CONCIENTIZACION DEL PÚBLICO7. CONCIENTIZACION DEL PÚBLICO
Régimen de Difusión
Resolución Bancaría No. JB.2009-1280
Sección IX.- Del régimen de
información al público.
Artículo 26
Debe existir un esquema que permita la coordinación estrecha
y el intercambio de información, tanto de manera rutinaria
como en relación a bancos particulares, entre los aseguradores
de depósitos y otros integrantes de la red de seguridad
financiera. Esta información debe ser veraz y oportuna (y
sujeta a confidencialidad si es necesario).
Para asegurar que el asegurador de depósitos pueda obtener la
información que requiere, y al mismo tiempo minimizar la carga
de los bancos, es importante coordinar la recopilación y el
intercambio de información.
CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS
Nota: (1) Conforme lo establece Basilea IADI 2008, Principios Básicos para Sistemas de Seguros Eficaces. Junio 2009
8. RELACIÓN CON OTROS 8. RELACIÓN CON OTROS
INTEGRANTES DE LA RED DE INTEGRANTES DE LA RED DE
SEGURIDAD FINANCIERASEGURIDAD FINANCIERA11
• Superintendencia de Bancos y Seguros:
El Convenio interinstitucional firmado tiene por objeto establecer las bases de cooperación
interinstitucional e intercambio de información entre la SBS y la COSEDE, relativa a las
instituciones financieras privadas que se encuentren aseguradas por ésta; así como la
planificación conjunta en temas de difusión y cultura financiera.
•Banco Central del Ecuador:
Con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 6 de la Sección III, del Capítulo I,
del Título XXVI del Libro I de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de
Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, las instituciones financieras privadas sujetas al control
de la Superintendencia de Bancos y Seguros deberán aportar a la Corporación del Seguro de
Depósitos, los valores correspondientes a la prima fija y a la prima ajustada por riesgo, según
corresponda, dentro de los plazos que se establecen más adelante. En este sentido, Los aportes
serán establecidos por el directorio de la Corporación del Seguro de Depósitos dentro de los
rangos correspondientes, tomando en consideración el promedio de los saldos diarios del
mes inmediato anterior de los depósitos registrados en las instituciones financieras,
proporcionada por el Banco Central del Ecuador.
CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS
CONVENIOS CON LOS INTEGRANTES CONVENIOS CON LOS INTEGRANTES
DE LA RED DE SEGURIDAD DE LA RED DE SEGURIDAD
FINANCIERA FINANCIERA
CONSTITUCIÓN CONSTITUCIÓN
–– COMPOSICIÓN DEL SISTEMA COMPOSICIÓN DEL SISTEMA
FINANCIEROFINANCIERO11-- CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS
1. Sector público
2. Sector Privado
3. Sector popular solidario
Intermediación de
recursos del
público
Nota: Constitución del Ecuador, Sección Octava “Sistema Financiero”,(1) Art 309.
MECANISMO DE COMUNICACIÓN Y MECANISMO DE COMUNICACIÓN Y
COOPERACIÓNCOOPERACIÓN
Página Web: http://www.cosede.gob.ec
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26