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LOLA 2011/2012 CONSTITUCIONALISMO HISTÓRICO ESPAÑOL 1808-2012 Períodos Textos Significado y Vigencia Proceso constituyente/caracteres/estructura Principios políticos Religión Soberanía Poderes Sufragio Derechos y libertades Orígenes: 1808-1833 Estatuto de Bayona 1808 * 1808-1814: es una mezcla de liberalismo, Antiguo Régimen y pragmatismo napoleónico. Sirve de estímulo para la de 1812. * Motín de Aranjuez abdica Carlos IV en Fernando VII. Napoleón convoca Asamblea 150 nobles, clero, provincias aforadas, presenta proyecto, lo enmiendan, él lo aprueba y José Bonaparte lo jura. Carta otorgada, no Constitución. El Rey la decreta oída la Asamblea ordenada por Napoleón, el poder residía en el Emperador. * Redacción poco cuidada, abundan frases de amor y lealtad a Napoleón. * 146 Artículos y 13 Títulos * Liberalismo * Confesionalidad religiosa del Estado * Alianza perpetua con Francia * Católica * Rey Monarquía limitada L: Rey-Cortes monocamerales (nobleza, clero, estado llano) E: Rey J: Jueces * Representació n estamental, Corporativa y territorial (no democrática) * Libertad y seguridad personal, inviolabilidad domicilio, libertad de imprenta, abolición del tormento (prender, detener o ejecutar debe estar autorizado x ley), supresión derechos exportación e importación de las colonias y de los tributos. Constitución de Cádiz 1812 * 1812-1814: dio origen liberalismo, constante presencia ejército como árbitro política. Manifiesto de los Persas para reforma y el Rey dicta decreto, vuelta a 1808 Antiguo Régimen -------------------------- * 1820-1823: Trienio liberal, implantan medidas económicas liberadoras, C.P., reforma ejército -------------------------- * 1836- 1837 * Tras el abandonar Madrid José Bonaparte, las Cortes en 1811 nombran Comisión para proyecto. Promulgada por las Cortes de Cádiz el 19 de marzo ("La Pepa") * Texto más extenso historia, completo y bien ordenado, racionalista, cierra posibilidad al absolutismo, ley electoral completa, discurso Arguelles destaca x actualización leyes fundamentales, división de poderes. * 384 Artículos y 10 Títulos * Monarquía moderada * Soberanía nacional * Democracia representativa * División de Poderes * Libertad y derechos fundamentales * Igualdad * Unidad religiosa y confesionalidad del Estado * Católica, apostólica y romana * Nacional Cortes y Rey son órganos constituido s L:Rey-Cortes monocamerales E: Rey J: Tribunales * Activo: universal masculino indirecto en 4º grado * Pasivo: censitario * Reconocidos a lo largo del texto: libertad y seguridad personal, inviolabilidad del domicilio, libertad de expresión del pensamiento, abolición de las penas de tormento, apremio y confiscación bienes, sufragio. Período isabelino: 1833-1868 Estatuto Real 1834 * 1834-1836: pone fin al régimen absolutista, introduce instituciones parlamentarias que sólo existían en naciones europeas avanzadas (Consejo Ministros, Presidente, derecho de disolución, control parlamentario del ejecutivo, reglamentos de las Cámaras. 1ª elecciones directas * Gobierno de Martínez de la Rosa elabora texto, sancionado por la Reina Gobernadora, María Cristina de Borbón- Dos Sicilias, regente de Isabel II * Conservadora, breve, incompleta y flexible * 50 Artículos y 5 Títulos * Soberanía regia * Colaboración entre los órganos estatales * Católica * Rey L: Rey-Cortes bicamerales (Procuradores) E: Rey-Ministros J: Tribunales * Censitario * No se regulan, se realizó posteriormente una Declaración de Derechos que no entró en vigor. Constitución 1837 * 1837-1845: en la parte dogmática principios progresistas, en la orgánica principios moderados, vertiginosa sucesión de Gobiernos, término precipitado y anormal dos Regencias, anticipación mayoría edad Reina. Muchos conflictos entre progresistas y moderados sobre todo por los Ayunt, x elecciones generales, la reina se exilia, Espartero regente interino, derrocado x coalición antiesparteristas y progresistas, nuevo Gobierno de moderados y progresistas, presidente Narváez, década moderada. * Motín Sargentos Guardia Real de la Granja, restauración Const.1812, , elecciones Cortes constituyentes triunfo progresistas, comisión (Argüelles-Olózaga) bases reforma Const.,. Aligeramiento texto 1812, bicameralismo, refuerzo poder Corona, sistema electoral directo Congreso Diputados, jurada x Reina Gobernadora, Cristina Borbón-Dos Sicilias, regente de Isabel II * Progresista, breve, completa (contiene regulación derechos y libertades y poderes públicos), flexible (no procedimiento reforma), elástica y transaccional. * 77+2 Artículos y 13 Títulos * Soberanía compartida entre el Rey y las Cortes (éstas no eran representativas soberanía nacional, sin potestad legislativa) * División de Poderes * Libertad individual * Tolerancia religiosa * Católica Sin prohibir otras * Rey y Cortes L: Rey-Cortes Bicameralismo perfecto (Congreso y Senado) E: Rey J: Jueces * Censitario muy restrictivo, sólo votan los que pagan impuestos a Hacienda x valor 200 reales, 5% población * Enumeración sistemática (1ª Const. Con un título que los enumera) Libertad de expresión, derecho de petición, derecho de acceso a cargos públicos, libertad y seguridad personal, principio de legalidad penal, prohibida confiscación bienes, libertad de imprenta. Constitución 1845 * 1845-1869: los progresistas estaban divididos, no hubo expansión económica, débil sector industria y servicios, el gobierno de Narváez se convierte en Dictadura, suspende las garantías constitucionales, le sucede Bravo Murillo, presenta proyecto para legalizar y estabilizar Dictadura ejecutivo (silenciar libertades públicas, reducir cuerpo electoral, senadores hereditarios y natos, sesiones parlamentarias cerradas, permanente presupuesto estatal), perdida confianza Rey. * Moderados desplazan a progresistas, disueltas Cámaras, elecciones, triunfo moderados, se aprueba reforma. Jurada por la Reina Isabel II * Conservadora, breve, competa, elástica y flexible. * 80 Artículos y 13 Títulos * Soberanía compartida entre el Rey y las Cortes * División de Poderes (menor autonomía de las Cámaras) * Libertad individual (más restringida) * Confesionalidad del Estado * Católica * Rey y Cortes L: Rey-Cortes (Congreso y Senado) E: Rey y Gobierno J: Jueces * Censitario * Declaración de derechos de forma más restrictiva. Constitución no-nata 1856 * Nunca fue promulgada, de ideología progresista, la Reina y O´Donell hacen dimitir a Espartero y eso determinó el bienio progresista y el olvido del texto, se restablece Const. 1845 con Acta Adicional con algunos preceptos de la nonata. * En 1857 Narváez deroga el Acta, se aprueba Ley * 1854 pronunciamiento de generales conservadores apoyados x políticos civiles y revuelta popular puso fin gobierno moderado y paso a los progresistas, Espartero y O´Donell comisión bases Const.1845, pendiente 7 leyes orgánicas, existen 3 poderes * Soberanía nacional * Declaración de derechos * Tolerancia religiosa * Nación (sin sufragio universal) L: Rey –Cortes (Rey tiene derecho de veto suspensivo) E: Rey * Censitario * Extensa declaración de derechos (principio de igualdad)

Esquema Constitucionalismo Hist

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Page 1: Esquema Constitucionalismo Hist

LOLA 2011/2012

CONSTITUCIONALISMO HISTÓRICO ESPAÑOL 1808-2012

Períodos Textos Significado y Vigencia Proceso constituyente/caracteres/estructura Principios políticos Religión Soberanía Poderes Sufragio Derechos y libertades

Orígenes:

1808-1833

Estatuto de Bayona

1808

* 1808-1814: es una mezcla de liberalismo, Antiguo Régimen y pragmatismo napoleónico. Sirve de estímulo para la de 1812.

* Motín de Aranjuez abdica Carlos IV en Fernando VII. Napoleón convoca Asamblea 150 nobles, clero, provincias aforadas, presenta proyecto, lo enmiendan, él lo aprueba y José Bonaparte lo jura.

Carta otorgada, no Constitución. El Rey la decreta oída la Asamblea ordenada por Napoleón, el poder residía en el Emperador.

* Redacción poco cuidada, abundan frases de amor y lealtad a Napoleón.

* 146 Artículos y 13 Títulos

* Liberalismo

* Confesionalidad religiosa del Estado

* Alianza perpetua con Francia

* Católica

* Rey

Monarquía

limitada

L: Rey-Cortes monocamerales (nobleza, clero, estado llano)

E: Rey

J: Jueces

* Representación estamental,

Corporativa y territorial

(no democrática)

* Libertad y seguridad personal, inviolabilidad domicilio, libertad de imprenta, abolición del tormento (prender, detener o ejecutar debe estar autorizado x ley), supresión derechos exportación e importación de las colonias y de los tributos.

Constitución de Cádiz

1812

* 1812-1814: dio origen liberalismo, constante presencia ejército como árbitro política. Manifiesto de los Persas para reforma y el Rey dicta decreto, vuelta a 1808 Antiguo Régimen

--------------------------

* 1820-1823: Trienio liberal, implantan medidas económicas liberadoras, C.P., reforma ejército

--------------------------

* 1836- 1837

* Tras el abandonar Madrid José Bonaparte, las Cortes en 1811 nombran Comisión para proyecto. Promulgada por las Cortes de Cádiz el 19 de marzo ("La Pepa")

* Texto más extenso historia, completo y bien ordenado, racionalista, cierra posibilidad al absolutismo, ley electoral completa, discurso Arguelles destaca x actualización leyes fundamentales, división de poderes.

* 384 Artículos y 10 Títulos

* Monarquía moderada

* Soberanía nacional

* Democracia representativa

* División de Poderes

* Libertad y derechos fundamentales

* Igualdad

* Unidad religiosa y confesionalidad del Estado

* Católica, apostólica y romana

* Nacional

Cortes y Rey son órganos constituidos

L:Rey-Cortes monocamerales

E: Rey

J: Tribunales

* Activo: universal masculino indirecto en 4º grado

* Pasivo: censitario

* Reconocidos a lo largo del texto: libertad y seguridad personal, inviolabilidad del domicilio, libertad de expresión del pensamiento, abolición de las penas de tormento, apremio y confiscación bienes, sufragio.

Período isabelino:

1833-1868

Estatuto Real

1834

* 1834-1836: pone fin al régimen absolutista, introduce instituciones parlamentarias que sólo existían en naciones europeas avanzadas (Consejo Ministros, Presidente, derecho de disolución, control parlamentario del ejecutivo, reglamentos de las Cámaras. 1ª elecciones directas

* Gobierno de Martínez de la Rosa elabora texto, sancionado por la Reina Gobernadora, María Cristina de Borbón-Dos Sicilias, regente de Isabel II

* Conservadora, breve, incompleta y flexible

* 50 Artículos y 5 Títulos

* Soberanía regia

* Colaboración entre los órganos estatales

* Católica * Rey

L: Rey-Cortes bicamerales (Procuradores)

E: Rey-Ministros

J: Tribunales

* Censitario* No se regulan, se realizó posteriormente una Declaración de Derechos que no entró en vigor.

Constitución

1837

* 1837-1845: en la parte dogmática principios progresistas, en la orgánica principios moderados, vertiginosa sucesión de Gobiernos, término precipitado y anormal dos Regencias, anticipación mayoría edad Reina.

Muchos conflictos entre progresistas y moderados sobre todo por los Ayunt, x elecciones generales, la reina se exilia, Espartero regente interino, derrocado x coalición antiesparteristas y progresistas, nuevo Gobierno de moderados y progresistas, presidente Narváez, década moderada.

* Motín Sargentos Guardia Real de la Granja, restauración Const.1812, , elecciones Cortes constituyentes triunfo progresistas, comisión (Argüelles-Olózaga) bases reforma Const.,.

Aligeramiento texto 1812, bicameralismo, refuerzo poder Corona, sistema electoral directo Congreso Diputados, jurada x Reina Gobernadora, Mª Cristina Borbón-Dos Sicilias, regente de Isabel II

* Progresista, breve, completa (contiene regulación derechos y libertades y poderes públicos), flexible (no procedimiento reforma), elástica y transaccional.

* 77+2 Artículos y 13 Títulos

* Soberanía compartida entre el Rey y las Cortes (éstas no eran representativas soberanía nacional, sin potestad legislativa)

* División de Poderes

* Libertad individual

* Tolerancia religiosa

* Católica

Sin prohibir otras

* Rey

y

Cortes

L: Rey-Cortes

Bicameralismo perfecto

(Congreso y Senado)

E: Rey

J: Jueces

* Censitario muy restrictivo, sólo votan los que pagan impuestos a Hacienda x valor 200 reales, 5% población

* Enumeración sistemática (1ª Const. Con un título que los enumera)

Libertad de expresión, derecho de petición, derecho de acceso a cargos públicos, libertad y seguridad personal, principio de legalidad penal, prohibida confiscación bienes, libertad de imprenta.

Constitución

1845

* 1845-1869: los progresistas estaban divididos, no hubo expansión económica, débil sector industria y servicios, el gobierno de Narváez se convierte en Dictadura, suspende las garantías constitucionales, le sucede Bravo Murillo, presenta proyecto para legalizar y estabilizar Dictadura ejecutivo (silenciar libertades públicas, reducir cuerpo electoral, senadores hereditarios y natos, sesiones parlamentarias cerradas, permanente presupuesto estatal), perdida confianza Rey.

* Moderados desplazan a progresistas, disueltas Cámaras, elecciones, triunfo moderados, se aprueba reforma. Jurada por la Reina Isabel II

* Conservadora, breve, competa, elástica y flexible.

* 80 Artículos y 13 Títulos

* Soberanía compartida entre el Rey y las Cortes

* División de Poderes (menor autonomía de las Cámaras)

* Libertad individual (más restringida)

* Confesionalidad del Estado

* Católica

* Rey

y

Cortes

L: Rey-Cortes

(Congreso y Senado)

E: Rey y Gobierno

J: Jueces

* Censitario* Declaración de derechos de forma más restrictiva.

Constitución no-nata

1856

* Nunca fue promulgada, de ideología progresista, la Reina y O´Donell hacen dimitir a Espartero y eso determinó el bienio progresista y el olvido del texto, se restablece Const. 1845 con Acta Adicional con algunos preceptos de la nonata.

* En 1857 Narváez deroga el Acta, se aprueba Ley Constitucional de Reforma, 3 tipos senadores (hereditarios, natos y nombrados x Rey), reducción autonomía Cámaras.

* 1854 pronunciamiento de generales conservadores apoyados x políticos civiles y revuelta popular puso fin gobierno moderado y paso a los progresistas, Espartero y O´Donell comisión bases Const.1845, pendiente 7 leyes orgánicas, existen 3 poderes (Rey, Cortes y 2 Generales)

* Conservadora, extensa, completa, rígida (Rey y Cortes reforman), modelo Const. 1837

* Soberanía nacional

* Declaración de derechos

* Tolerancia religiosa

* Tolerancia religiosa

* Nación (sin sufragio universal)

L: Rey –Cortes

(Rey tiene derecho de veto suspensivo)

E: Rey

J: Jueces

* Censitario* Extensa declaración de derechos (principio de igualdad)

Sexenio revolucionario:

1868-1874

Constitución

1869

* 1869-1873: Prematura desaparición Prim, doble guerra (carlistas y cubana), oposición republicanos, desconocimiento del Rey sobre el país y clase política, inestabilidad gubernamental, defectuosa aplicación Const., a pesar de todo consigue Leyes Electoral, Orden Público, Orgánica Poder Judicial, C.P., Municipal y Provincial.

En 1873 el Rey renuncia a la Corona por sí y sus sucesores, se proclama República, elecciones, triunfo republicanos (retirada monárquicos) abstención 60%.

--------------------------

* 1874-1876

* 1868 crisis, la reina pierde respeto y estima, clase política desprestigiada, sufragio falseado, vida parlamentaria en vía muerta, oposición al régimen isabelino (carlistas, demócratas y progresistas), Gobierno recrudece la represión, revolución levantamiento General Prim, Gobierno Provisional presidentes Generales Serrano y Prim, elecciones x sufragio universal (masculino), victoria progresistas, comisión progresistas, unionistas y demócratas para elaboración texto.

* Liberal, moderadamente extensa, completa, influencias foráneas Const. EEUU (derechos y libertades) y Belga (regulación Corona) y de la 1812, rígida (reforma Cortes o Rey)

* 112+2 Artículos y 11 Títulos

* Democracia (Monarquía parlamentaria/constitucional)

* División de Poderes

* Soberanía nacional ( se rompen con la compartida)

* Sufragio universal masculino

* Declaración de derechos (iusnaturalismo racionalista)

* Confesionalidad del Estado y tolerancia religiosa

* Mayoría de edad electoral 25 años

* Libertad de cultos

* No confesionalidad

* Soberanía nacional

( se rompen con la compartida)

* Monarquía limitada, el Rey sanciona y promulga las leyes, no veto.

L: Cortes bicamerales (Congreso y Senado)

(bicameralismo cuasi-perfecto)

E: Gobierno (Rey que lo ejerce a través de sus Ministros)

J: Tribunales

* Activo: universal masculino

* Pasivo: censitario (Senadores)

* Universal Congreso)

* Iusnaturalismo racionalista: los derechos naturales son naturales, son inalienables y no susceptibles de restricciones por la ley ni de medidas preventivas que dificultan su ejercicio.

* Enumeración sistemática, declaración de derechos larga y completa.

* Destacar garantía judicial, habeas corpus, legalidad penal y procesal, reunión, asociación, expresión, …

Primera República:

1873-1874

Constitución Federal

1873-

* Forma política republicana federal (17 Estados de la República)

* Democracia representativa

* Declaración de derechos y separación de Poderes (liberalismo radical)

* Laicismo (libertad de culto y separación entre Iglesia y Estado)

* Soberanía nacional

* Sufragio universal masculino

* Proyecto constitucional republicano que no se llegó a promulgar

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LOLA 2011/2012

Períodos Textos Significado y Vigencia Proceso constituyente/caracteres/estructura Principios políticos Religión Soberanía Poderes Sufragio Derechos y libertades

Restauración:

1874-1923

Constitución

1876

* 1876-1931: carecía de doctrina, se basaba en pactar y transigir para situación establecida, no dotó al estado de mecanismo para afrontar la demanda de modernización social y política.

Los partidos acordaban el relevo o presionaban Corona para cambio Gobierno, funcionó mientras Cánovas y Sagasta mantuvieron la hegemonía, después los partidos se fraccionaron y comenzaron Gobiernos de coalición

El control y manipulación sufragio en manos de caciques (vuelta al feudalismo) tres piezas claves en el funcionamiento real del sistema (el político en Madrid, el cacique en cada comarca y el Gobernador Civil en cada capital de provincia)

En el reinado de Alfonso XIII el Partido Reformista presentó programa reforma constitucional (poder constituyente exclusivo Cortes, secularización del Estado, limitación facultades gubernativas suspensión garantías constitucionales, reforma regional) rechazada x la iglesia, la clientela senatorial la alta burguesía.

A partir 1917 con la desaparición de Cánovas y Sagasta y el protagonismo de Alfonso XIII régimen continua crisis, General Primo de Rivera dio golpe Estado 1923 aceptado x Rey quién le entregó plenos poderes, disolvió las Cortes, suspendió las garantías, instaló un Directorio Militar con facultad para dictar decretos con fuerza de ley. En 1925 sustituyó Directorio x Gobierno con políticos civiles (poder discrecional), creó Asamblea Nacional para anteproyecto constitucional (soberanía regia, organización territorial unitaria, cotes unicamerales tripartita y desigual, religión católica sin tolerancia cultos) el texto fue acogido con indiferencia y el Primo de Rivera lo retiró y poco después presentó su dimisión y se exilió

* Desintegra 1ª República, Martínez Campos proclama en Sagunto 1874 Rey a Alfonso XII, Cánovas constituye y preside Ministerio-Regencia hasta llega Rey, fue casi dictatorial con censura y prohibición de prensa.

Inspirada y promovida por Cánovas , aprobada por las Cortes Constituyentes elegidas sobre la base de la Constitución de 1869

Instrumento de la Restauración y del doctrinarismo liberal

Promotora de un bipartidismo coacto (con fenómenos de oligarquía, caciquismo, ausencia de alternativa y modernización, distanciamiento de las realidades sociales en evolución)

Cánovas buscó la paz de los partidos, mantuvo al margen a Isabel II, captó liberales, galanteó con la derecha, fortaleció el poder civil frente al militar.

* Conservadora, breve, flexible y elástica

* 89 Artículos y 13 Títulos

* Soberanía regia

* Bipartidismo

* Doble confianza y turno de partidos

* Existen 3 niveles constitucionales: interna (monarquía hereditaria y Cortes), escrita (monarquía constitucional y consuetudinaria (modelo inglés)

* Católica con libertad religiosa

* Rey y Cortes

L: Rey y Cortes (poder de veto y disolución de las Cámaras por el Rey)

(bicameralismo perfecto Congreso electivo y Senado nombramiento regio)

E: Rey a través del Jefe de Gobierno y los Ministros

J: Jueces (unidad de códigos, inamovilidad y responsabilidad jueces)

* No lo consagra pero tampoco es censitario, lo remite a una ley futura

* Ley Electoral 1878: censitario

* Ley Electoral 1890:

Restablece sufragio universal masculino

* Derechos y libertades de los ciudadanos:

- tolerancia religiosa

- libertad de enseñanza

- derecho de sufragio

- derecho de asociación

- libertad de cátedra

- libertad de prensa

- garantías constitucionales

Dictadura:

1923-1930

Monarquía:

1930-1931

Segunda República:

1931-1939

Constitución Republicana

1931

* 1931-1939: la actitud respecto legitimidad régimen republicano, cuestión religiosa, problema regional, problemas sociales y económicos, alteraciones del orden público.

La falta de un sistema de partidos sólidos, coherente y disciplinado perjudicó el sistema parlamentario (mayoría laica en el primer bienio y religioso en el segundo, mayoría regional en el primer bienio y estatal en el segundo)

Todo ello desembocó en la guerra civil española tras la cual se instauraría una dictadura que supondría la derogación de la Constitución Republicana.

* El Rey encomienda almirante Aznar un Gobierno concentración monárquica que incluya representantes fuerzas políticas Restauración. Elecciones carácter plebiscitario, de confianza o censura institución monárquica y a su titular, triunfo republicano. El Rey se retira y no utiliza al Ejército en contra del pueblo. Gobierno provisional (republicanos, socialista y regionalistas) dicta decreto propio estatuto jurídico (entre otros responsabilidad Gobierno ante las futuras Cortes, responsabilidad disolución parlamento 1923 y Dictadura)

* Progresista, democrática, liberal, extensa, completa y rígida

* 125 Artículos y 9 Títulos

* Formas de democracia directa junto a instituciones representativas

* Liberalismo político: división de Poderes

* Regionalismo, Estado integra (igualdad españoles todas las regiones y autonomía)

* Laicismo (ninguna religión oficial del Estado)

* Economía mixta (riqueza del país subordinada a economía nacional, expropiada o socializada, era interventor no confiscador. Protección trabajo y seguros sociales. Política agraria)

Estado de bienestar social

* Laicismo

Tajante separación entre Iglesia y Estado

* Nacional, los poderes de todos los órganos emanan del pueblo

Presidente República

L: Cortes monocamerales

E: Gobierno (doble confianza, Cortes y Presidente República)

J: Jueces

Tribunal Supremo

Activo y Pasivo Universal masculino y femenino

Edad 23 años

Elegibles sacerdotes y mujeres

Enumeración sistemática (la más amplia declaración)

* Civiles y políticos, familia - divorcio -, economía, cultura y enseñanza, libertad religiosa, de expresión, de reunión, de asociación, de petición, supresión de privilegios.

* Tribunal de Garantías Constitucionales

Dictadura:

1936-1975

Leyes Fundamentale

s del Reino

* 1936-1978: La Ley de sucesión en la Jefatura del Estado fue la respuesta del Caudillo alas pretensiones de D. Juan de Borbón, hijo de Alfonso XIII que había organizado en torno a sí una corriente de opinión favorable a la restauración monárquica en su persona.

En 1950 se rompe el bloque internacional, se firman pactos económicos y militares con EEUU a los que se les ceden bases militares. 1950 se ingresa en la ONU.

Crecimiento económico y proceso de desideologización, se incrementa el turismo y las divisas.

La Ley para la Reforma Política (1976) dio cauce legal a la Transición al régimen demócratico

* Entre 1936-1939 guerra civil triunfo General Francisco Franco, Jefe de Gobierno Estado y Generalísimo Ejército.

Decreto de Unificación fuerzas políticas apoyaron insurrección Falange Española Tradicionalista y de las JONS.

Las leyes dictadas x Franco reafirmaron su potestad legislativa, fueron la verdadera Constitución durante 40 años

Régimen de carácter personal

* Conjunto de siete leyes expresión del régimen totalitario de Franco Bahamonde tras la sublevación fascista del 18 de julio de 1936:- Fuero del Trabajo (1938)- Ley Constitutiva de las Cortes (1942)- Fuero de los Españoles (1945)- Ley del Referéndum Nacional (1945)- Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado (1947)- Ley de Principios del Movimiento Nacional (1958)- Ley Orgánica del Estado (1967)

* Católica

* Dictadura

Sin legitimidad democrática

* Potestad legislativa en el Jefe del Estado "Caudillo"

* Restricción de derechos: se prohíbe la huelga y sindicados, se crea una organización sindical de obreros y patronos, de afiliación obligatoria, libertad de asociación política y la prensa era controlada x el Estado.

Transición:

1975-1977

LA CONSTITUCIÓN GADITANA, BANDERA DEL LIBERALISMO EUROPEO.

La Constitución de Cádiz inicia el constitucionalismo español y anima el liberalismo europeo.Se ha destacado, con justicia, la trascendencia que la Constitución de 1812 tuvo en el desarrollo de la contemporaneidad en Europa y en América, ya que la norma gaditana se convirtió en el modelo y en el estandarte de las reivindicaciones de libertad de muchos pueblos del viejo y del nuevo continente. Un modelo, el gaditano, que cobró más fuerza porque España se convirtió, durante la Guerra de Independencia, en un laboratorio de formas de lucha, teóricas y prácticas, contra el Antiguo Régimen. La Constitución de 1812, restaurada en España en 1820, se proyectó en los movimientos liberales europeos, y fue su bandera ideológica de tal manera que a veces, tras un movimiento revolucionario, fue impuesta tal y como salió de Cádiz, y en otras ocasiones "inspiró" textos constitucionales en otros países. En Nápoles, en Portugal, en Piamonte o en Rusia, se sintieron con fuerza los ecos revolucionarios y liberalizadores del texto gaditano; ya lo dijo con claridad el canciller austríaco Metternich: la revolución española era todavía peor que la francesa, pues la segunda había sido local, "y la española era

europea".Pero no sólo fue europea, sino que el ejemplo constitucional gaditano saltó el Atlántico y también fue seguido en América, principalmente en las antiguas colonias del imperio español, que en el proceso emancipador y de su propia consolidación como naciones libres, siguieron el texto de la Constitución

española de 1812.Cabe preguntarse, por tanto, como y en que contexto sociopolítico se pudo gestar la Constitución de 1812, una Constitución que dejó de ser gaditana y española, para convertirse en un referente casi universal.