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PODER LEGISLATIVO Órgano político colegiado integrado por 120 personas elegidas democráticamente por un período de 5 años. Consta de una Cámara Única. El Congreso es el lugar principal y público del debate político en el que las opiniones y actuaciones de los representantes trascienden a la sociedad civil para que los electores estén suficientemente informados y así se formen opinión y voten con criterio propio y conocimiento de causa. Es un órgano deliberante porque no solo discuten y debaten opiniones, posiciones o incluso las formas fundamentales de organización de los grupos humanos, sino que además, permiten la posibilidad real de su implementación a través de decisiones políticas. El Congreso cuenta con diversos instrumentos para servir de contrapeso político y fiscalizar a la 10 administración pública. FUNCIONES Legisla Fiscaliza Representa ORGANIZACIÓN CONGRESO DE LA REPÚBLICA Propuesta, revisión y sanción. Interpelación de Ministros, mociones de censura y cuestión de confianza. Debate temas nacionales para que trascienda a la opinión

Estructura Del Estado

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PODER LEGISLATIVOrgano poltico colegiado integrado por 120 personas elegidas democrticamente por un perodo de 5 aos. Consta de una Cmara nica. El Congreso es el lugar principal y pblico del debate poltico en el que las opiniones y actuaciones de los representantes trascienden a la sociedad civil para que los electores estn suficientemente informados y as se formen opinin y voten con criterio propio y conocimiento de causa. Es un rgano deliberante porque no solo discuten y debaten opiniones, posiciones o incluso las formas fundamentales de organizacin de los grupos humanos, sino que adems, permiten la posibilidad real de su implementacin a travs de decisiones polticas. El Congreso cuenta con diversos instrumentos para servir de contrapeso poltico y fiscalizar a la 10 administracin pblica.

FUNCIONES

Debate temas nacionales para que trascienda a la opinin pblica.Interpelacin de Ministros, mociones de censura y cuestin de confianza.Propuesta, revisin y sancin. Legisla Fiscaliza Representa

ORGANIZACIN CONGRESO DE LA REPBLICAEs el rgano que ejerce el poder legislativo en la Repblica del Per, ocupando una posicin principal dentro del Estado Peruano.EL PLENOEs la mxima asamblea deliberativa de Representantes que integran el Parlamento. Es la instancia donde se debaten y toman decisiones de acuerdo a las normas constitucionales, legales y reglamentarias. Este rgano de decisin es el ms importante del Parlamento, en el que se reportan los proyectos de ley dictaminados por las comisiones a fin de ser aprobados o desestimados. EL CONSEJO DIRECTIVO: Es un rgano de decisin conformado por los Representantes de los grupos parlamentarios denominados directivos portavoces y por los miembros de la Mesa Directiva. Tiene una composicin plural. El Consejo Directivo se rene antes de la realizacin de las sesiones Plenarias o cuando es convocado por el Presidente del Congreso.MESA DIRECTIVA: La Mesa Directiva del Congreso peruano est integrada por el Presidente y cinco Vicepresidentes. Est facultada para presidir y dirigir los debates del Pleno, de la Comisin Permanente y del Consejo Directivo. Asimismo supervisa la poltica administrativa financiera del Congreso, as como el nombramiento de los altos funcionarios del Parlamento.LA PRESIDENCIA: En el Parlamento peruano este cargo es elegido por un periodo legislativo (1 ao), sin embargo, a principios de nuestra historia republicana los Presidentes del Congreso ejercan esta funcin durante un periodo de treinta das. Actualmente la eleccin del Presidente se realiza conjuntamente con los integrantes de la Mesa Directiva, todo en un mismo proceso electoral. Dicha eleccin es por mayora simple.LAS COMISIONES: Las Comisiones son grupos de trabajo especializados de Congresistas, cuya funcin principal es el seguimiento y fiscalizacin del funcionamiento de los rganos estatales y, en particular de los sectores que componen la Administracin Pblica.LA OFICIALA MAYOR: Es el mximo rgano del servicio parlamentario y est dirigido por un funcionario denominado Oficial Mayor. Los orgenes del trmino (Oficial Mayor) se encuentran en la poca del virreinato, donde los funcionarios de la Corona Espaola eran denominados oficiales. En los Parlamentos de otros pases su equivalente es el de Secretario General. PODER EJECUTIVOEl Poder Ejecutivo es la organizacin del gobierno nacional puesta al servicio de los intereses de la Nacin y que ejerce las funciones de gobierno del pas: est conformado por la Presidencia de la Repblica, el Consejo de Ministros, Ministerios, Organismos Pblicos Descentralizados, proyectos, programas, empresas de propiedad del gobierno nacional.Adems, estn los organismos constitucionalmente autnomos y los reguladores.Las entidades de la Administracin Pblica del Poder Ejecutivo se organizan e integran en un rgimen jerarquizado sobre la base de funciones y competencias afines, tal y como se muestra en el siguiente esquema. Es el rgano del Estado encargado de ejecutar las leyes y cumplir los fines del Estado. El Poder Ejecutivo es unipersonal ya que es el Presidente el nico responsable poltico de la gestin ejecutiva del gobierno. A su vez es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y Policiales.La funcin principal del Poder Ejecutivo es gobernar el pas. FUNCIONES Cumplir y hacer cumplir la constitucin y los tratados, leyes y dems disposiciones legales. Representar al estado, dentro y fuera del estado. Dirigir la poltica general del gobierno. Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la Repblica. Convocar elecciones para Presidente de la Repblica y para representantes a congreso, as como para alcaldes, regidores y dems funcionarios que seala la ley. Declarar la guerra y firmar la paz, con autorizacin del congreso. Administrar la hacienda pblica. Deliberar sobre asuntos de inters pblico.ORGANIZACINGOBIERNO NACIONALEs el ejercido por el Poder Ejecutivo de acuerdo a la Constitucin Poltica y la Ley Orgnica del Poder Ejecutivo.FUNCIONES Diseo de Polticas nacionales y sectoriales. Defensa, Seguridad Nacional y Fuerzas Armadas. Relaciones Exteriores. Orden Interno. Justicia. Moneda Banca y Seguros. Tributacin y Endeudamiento Pblico nacional. Rgimen de Comercio y Aranceles. Regulacin y Gestin de la marina mercante y la aviacin comercial. Regulacin de los servicios pblicos de su responsabilidad. Regulacin y Gestin de la Infraestructura Pblica de carcter y alcance nacional.PRESIDENCIA DE LA REPBLICA El Presidente de la Repblica es el Jefe del Estado y personifica a la Nacin. Sus atribuciones y funciones estn establecidas en la Constitucin y en la ley. El mandato presidencial es de cinco aos sin que exista reeleccin inmediata. Para ser elegido presidente se requiere ser peruano de nacimiento, tener ms de 35 aos de edad al momento de la postulacin y gozar del derecho de sufragio. El Presidente se elige por sufragio directo. Es elegido el o la candidata/a que obtiene ms de la mitad de los votos en la primera vuelta. Los votos viciados o en blanco no se computan. Si ninguno de los candidatos obtiene la mayora absoluta, se procede a una segunda eleccin dentro de los 30 das siguientes a la proclamacin de los cmputos oficiales, entre los candidatos que han obtenido v las dos ms altas mayoras relativas.CONSEJO DE MINISTROSLa direccin y la gestin de los servicios pblicos estn confiadas al Consejo de Ministros y a cada titular de los Ministerios en los asuntos que competen a la cartera a su cargo. La LOPE precisa que el Consejo de Ministros est conformado por Ministros y Ministras nombrados por el Presidente de la Repblica conforme a la Constitucin Poltica del Per, quienes no pueden ejercer otra funcin pblica excepto la legislativa. Pueden concurrir a las sesiones del Congreso y participar en sus debates con las mismas prerrogativas que los parlamentarios, salvo la de votar si no son congresistas.MINISTERIOSMINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGOEl Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) tiene como poltica agraria promover el desarrollo de las familias campesinas a travs de planes y programas del sector, que tienen como objetivo central elevar la competitividad del agro, la tecnificacin de los cultivos, fomentar un mayor acceso a los mercados y, en consecuencia, lograr elevar la calidad de vida de las familias del campo.El Ministro actual de agricultura es Juan Manuel Benites Ramos.MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMOEl Ministerio de Comercio Exterior y Turismo define, dirige, ejecuta, coordina y supervisa la poltica de comercio exterior y de turismo. Tiene la responsabilidad en materia de la promocin de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales, en coordinacin con los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Economa y Finanzas y los dems sectores del Gobierno en el mbito de sus respectivas competencias. Asimismo, est encargado de la regulacin del Comercio Exterior.El titular del sector dirige las negociaciones comerciales internacionales del Estado y est facultado para suscribir convenios en el marco de su competencia, en materia de turismo promueve, orienta y regula la actividad turstica, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promocin, orientacin y regulacin de la artesana.La actual Ministra de Comercio Exterior y Turismo es Blanca Magali Silva Velarde.MINISTERIO DEL AMBIENTEPromover la sostenibilidad ambiental del pas conservando, protegiendo, recuperando y asegurando las condiciones ambientales, los ecosistemas y los recursos naturales.El actual Ministro del Ambiente es Manuel Pulgar Vidal Otlora.MINISTERIO DE DEFENSAEs el organismo representativo de lasFuerzas Armadas dentro delConsejo de Ministros del Perque ejerce la poltica delestadopara la defensa integral del pas. Tiene sede enLima. El actual ministro de Defensa del Per esJakke Valakivi. Su funcin es la preparacin y desarrollo de lasFuerzas armadas peruanas. MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS ElMinisterio de Economa y Finanzas delPer es el organismo encargado del planeamiento y ejecucin de la poltica econmica del Estado Peruano con la finalidad de optimizar la actividad econmica y financiera del Estado, establecer la actividad macroeconmica y lograr un crecimiento sostenido de la economa del pas. Su sede central se encuentra en la ciudad deLima. El actualMinistro de Economa y FinanzasesAlonso Arturo Segura Vasi.EL MINISTERIO DE EDUCACIN Es el rgano rector de las polticas educativas nacionales y ejerce su rectora a travs de una coordinacin y articulacin intergubernamental con los Gobiernos Regionales y Locales, propiciando mecanismos de dilogo y participacin.El actual ministro es Jaime Saavedra ChanduvMINISTERIO DE ENERGA Y MINAS (ROSA MARA ORTIZ ROS)Promover el desarrollo sostenible y competitivo del sector energtico, priorizando la inversin privada y la diversificacin de la matriz energtica; a fin de asegurar el abastecimiento de los requerimientos de energa en forma eficiente y eficaz para posibilitar el desarrollo de las actividades productivas y la mejora de las condiciones de vida de la poblacin con inclusin social.MINISTERIO DE INTERIOR (JOS LUIS PREZ GUADALUPE)El Ministro del Interior es el encargado de velar por la seguridad interna delPer, as como preocuparse por laPolica Nacional del Per, la cual depende de su organismo.MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DEL PEREs el encargado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dentro del Consejo de Ministros del Per. El actual Ministro de Justicia y Derechos Humanos del Per es Gustavo Adrianzn Olaya.MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES (MARCELA PATRICIA MARA HUAITA ALEGRE)Su funcin es Disear, concertar y conducir la implementacin y desarrollo de los procesos y mecanismos que sean necesarios para la aplicacin, seguimiento, supervisin y evaluacin de las polticas nacionales y sectoriales, con enfoque de gnero, en el mbito de su competencia.MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DEL PERElministerio de transportes y comunicaciones del Peres el rgano delestado peruanoque busca lograr un racional ordenamiento territorial vinculado a las reas de recursos, produccin, mercados y centros poblados, a travs de la regulacin, promocin, ejecucin y supervisin de la infraestructura de transportes y comunicaciones. Su sede principal se ubica enlima, Per. Su actualministroesJos gallardo Ku.MINISTERIO DE PRODUCCIONElMinisterio de la Produccin delPeres el sector delPoder Ejecutivoencargado de formular, aprobar, ejecutar y supervisar todos los niveles de produccin,industria,manufactureraypesquera.MINISTERIO DE SALUDEs el sector delPoder Ejecutivoencargado del rea desalud. El actualMinistro de SaludesAnbal Velsquez Valdivia.El Ministerio de Salud tiene la misin de proteger la dignidad personal, promoviendo la salud, previniendo las enfermedades y garantizando la atencin integral de salud de todos los habitantes del pas; proponiendo y conduciendo los lineamientos de polticas sanitarias en concertacin con todos los sectores pblicos y los actores sociales.MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTEEl Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo responsable de todos los aspectos culturales del pas y ejerce competencia exclusiva y excluyente, respecto a otros niveles de gestin en todo el territorio nacional.MINISTERIO DE VIVIENDAMejora las condiciones de vida de la poblacin facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios bsicos, propiciando el ordenamiento, crecimiento, conservacin, mantenimiento y proteccin de los centros de poblacin y sus reas de influencia, fomentando la participacin de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversin privadas.MINISTERIO DE DESARROLLOElMinisterio de Desarrollo e Inclusin Social del Peres el organismo encargado del desarrollo social, superacin de la pobreza, promocin de la inclusin y equidad social; adems de la proteccin social de poblaciones en situacin de riesgo, vulnerabilidad y abandono. La actualMinistra de Desarrollo e Inclusin SocialesPaola Bustamante SurezPRESIDENCIA DE CONSEJO DE MINISTROSPromueve, coordina y articula polticas nacionales con las Entidades del Estado, la Sociedad Civil y el Sector Privado, de manera participativa, transparente y concertada, ejerciendo rectora sobre procesos de Modernizacin y Descentralizacin, Gobernanza e Inclusin Social y Econmica.El presidente de Consejo de Ministros es la mxima autoridad poltica y administrativa de la Presidencia del Consejo de Ministros. Es Ministro de Estado sin cartera.El Presidente del Consejo de Ministros establece los objetivos, formula y dirige las polticas de carcter multisectorial, coordina los esfuerzos de las entidades de la administracin pblica en su respectivo mbito de competencias y supervisa la gestin de la Presidencia del Consejo de Ministros.PODER JUDICIALEs la potestad de administrar justicia y se ejerce a travs de sus rganos jerrquicos con arreglo a la constitucin. Es el poder del Estado, que tiene autonoma poltica, administrativa, econmica, disciplinaria e independiente en lo jurisdiccional, encargado de administrar justicia conforme a la Constitucin y a las Leyes, a las personas y las instituciones que conforman la sociedad.ORGANIZACIN LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Es el ms alto tribunal de justicia, denominado tambin Tribunal Supremo de Justicia. Tiene su sede en la capital de la Repblica (Lima), tiene competencia sobre todo el territorio nacional. Est integrado por 18 vocales supremos, con el presidente a la cabeza, seguido del vocal jefe de la oficina de control de la magistratura, vocal integrante del consejo ejecutivo del poder judicial y por otros vocales integrantes de las salas jurisdiccionales. La Corte Suprema est conformado por salas especializados de cinco vocales cada una, en materias como: civil, penal y derecho constitucional y social.

LAS CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

Son rganos jurisdiccionales que administran justicia en segunda instancia y tienen como sede el Distrito Judicial donde se encuentran establecidas. Cuentan con salas especializadas o mixtas como: civiles, penales, laborales y agrarios. Las Cortes Superiores estn conformadas por el presidente de la corte y tres vocales cada una de las salas, que la preside el ms antiguo.

JUZGADOS ESPECIALIZADOS Y MIXTOS

Son aquellas entidades que resuelven en primera instancia. En los lugares donde no hay juzgados especializados, el despacho es atendido por un juzgado mixto. En cada provincia hay por lo menos un juzgado especializado o mixto, teniendo como sede la capital de la provincia y su competencia es provincial. En las provincias existen jueces especializados o mixtos, en materias como: civiles, penales, trabajo, agrarios y de familia (del menor y del adolescente).

JUZGADOS DE PAZ LETRADOS

Son instituciones judiciales que funcionan en lugares sealados por ley. Los jueces de paz en general, tiene como funcin primordial la de conciliar a las partes en litigio y resuelven el conflicto mediante un procedimiento ms expeditivo. Los jueces de paz letrados conocen asuntos civiles, penales y laborales. El juez debe rotar del puesto cada dos aos.

JUZGADOS DE PAZ

Son rganos de menor jerarqua. Los jueces de paz, anteriormente conocidos como juzgados de paz no letrados, desarrollan actividades jurisdiccionales en asuntos de mnima cuanta. Generalmente estn a cargo de personas legales. En cada centro poblado segn su volumen demogrfico rural y urbano debe establecerse un juzgado de paz. La funcin principal del juez de paz radica en la bsqueda de la conciliacin, proponiendo alternativas de solucin.ORGANISMOS CONSTITUCIONALES AUTNOMOSLos rganos constitucionales autnomos [footnoteRef:1]son aqullos creados inmediata y fundamentalmente en la constitucin, y que no se adscriben a los poderes tradicionales del estado.[footnoteRef:2] Son rganos de equilibrio constitucional y poltico cuyos criterios de actuacin son preservar la organizacin y el funcionamiento constitucional. tambin pueden ser los que actan con independencia en sus decisiones y estructura orgnica, depositarios de funciones estatales que se busca desmonopolizar, especializar, agilizar, independizar, controlar y/o transparentar ante la sociedad, con la misma igualdad constitucional. [1: (Caldern, 2014)] [2: (Brenda, 2012)]

PRINCIPALES ORGANISMOS CONSTITUCIONALES AUTNOMOS:EL JURADO NACIONAL DEELECCIONES:Es un organismo constitucional autnomo del estado peruano. Fiscaliza la legalidad del ejercicio del sufragio, los procesos electorales y las consultas populares, garantizando el respeto a la voluntad ciudadana. Es el rgano encargado de proclamar los resultados electorales y otorgar los reconocimientos o credenciales correspondientes alas autoridades electas.OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES (ONPE):Es un organismo constitucional autnomo. Organiza las elecciones, vela por el respeto de lavoluntad popular y promueve la libre participacin electoral de la ciudadana. Es el organismo autnomo especializado en la planificacin, organizacin y ejecucin delos procesos electorales.REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIN Y ESTADOCIVIL (RENIEC):[footnoteRef:3]Es un organismo constitucional y autnomo del estado peruano. Su funcin es elmantener el registro de nacimiento, matrimonio, divorcios y fallecimientos de todos los peruanos. [3: ]

FUNCIONEl registro nacional de identificacin y estado civil (RENIEC), es un organismo autnomo del estado peruano encargado de la identificacin de los peruanos, otorgando el documento nacional de identidad (DNI), registrando hechos vitales como nacimientos, matrimonios, defunciones, divorcios y otros que modifican el estado civil. Durante los procesos electorales, proporciona el padrn electoral que se utilizar en las eleccionesORGANIZACIN: Jefatura nacional. Sub jefatura nacional. Secretara general. Gerencias. Sub gerencias. Jefaturas regionales. Jefaturas de departamento.

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA DEL PER (CNM):[footnoteRef:4]Es un organismo constitucional autnomo de la repblica del Per, que tiene sedeen el distrito de lima. [4: (Rodrigo, 2009)]

FUNCIN Es fortalecer el sistema de administracin de justicia, nombrando y ratificando a jueces y fiscales probos y eficientes, destituyendo a aquellos que transgredan sus responsabilidades, contribuyendo de ese modo a mejorar la administracin de justicia y la defensa de lalegalidad en el pas. Garantizar la plena vigencia de los derechos de la persona yel respeto a su dignidad, a travs deuna correcta administracin de justicia.TRIBUNAL CONSTITUCIONAL:rgano supremo de control de la constitucin. Tericamente es autnomo e independiente, pues slo se encuentra sujeto a la constitucin y a su ley orgnica.Tiene su sede en Arequipa, pero puede sesionar en cualquier lugar del territorio nacional. Est integrado por siete magistrados nombrados por el congreso de la repblica con el voto de los dos tercios del nmero legal de sus miembros. El mandato de los magistrados es de cinco aos y no pueden ser reelegidos.FUNCIONES Conocer en instancia nica la accin de inconstitucionalidad. Conocer en ltima y definitiva instancia, las resoluciones denegatorias de hbeas corpus, amparo, hbeas data y accin de incumplimiento. Conocer los conflictos de competencia o de atribuciones asignadas por la constitucin.MINISTERIO PBLICO[footnoteRef:5]Es el organismo constitucional autnomo del estado peruano. Est controlado por la fiscala de lanacin. [5: ]

FUNCIONESEst al servicio de la sociedad y dela administracin de justicia, defiende la legalidad, los intereses pblicos, la independencia de los rganos jurisdiccionales y la recta administracin de justicia, fortaleciendo el estado democrtico, social y de derecho. Representa a la sociedad en los procesos judiciales.ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Promover de oficio, o a peticin de parte, laaccin judicial en defensa de la legalidad y de los intereses pblicos tutelados por el derecho. Velar por la independencia de los rganos jurisdiccionales y por la rectaadministracin de justicia. Representar en los procesos judiciales a la sociedad. Conducir desde su inicio la investigacin del delito. con tal propsito, la polica nacional del Per est obligada a cumplir los mandatos delministerio pblico en el mbito de su funcin. Ejercitar la accin penal de oficio o apeticin de parte.DEFENSORA DEL PUEBLO DEL PER:La defensora del pueblo del Per es unrgano constitucional autnomo creado por la constitucin de 1993.Protege los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad; supervisa el cumplimiento de los deberes dela administracin del estado y la prestacin de los servicios pblicos ala poblacin. El defensor del pueblo es el titular dela defensora. Representa y dirige la institucin. Es elegido por el congreso de la repblica porun perodo de cinco aos. Goza de total independencia para el cumplimiento de las funciones que la constitucin le confiere. FUNCION Corresponde aladefensoradel pueblo defender losderechosconstitucionalesy fundamentales de la persona y de la comunidad; ysupervisar el cumplimiento de los deberes de la administracin estatal y la prestacin de losservicios pblicos a la ciudadana. Eldefensordelpueblopresentauninformealcongresounavezalao,y cada vez que ste lo solicita. tiene iniciativa en la formulacin de lasleyes. puede proponer las medidas que faciliten el mejor cumplimiento de susfunciones.CONTRALORA GENERAL DE LA REPBLICA DEL PER:Es la entidad autnoma considerada como el rgano superior del sistema nacional de control. Tiene entre sus funciones, las siguientes: El buen uso de los recursos fiscales. La legalidad de la ejecucin del presupuesto general de la repblica. Las operaciones de la deuda pblica. A las instituciones sujetas al control.Su mximo representante es el contralor general de la repblica, el cual es designado por el congreso a propuesta del poder ejecutivo, por un periodo de 7 aos; puede ser removido del cargo por el congreso en caso de falta grave.SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS DEL PERLa superintendencia de banca, seguros y AFP (administradoras privadas de fondos de pensiones) es el organismo encargado de la regulacin y supervisin delos sistemas financiero, de seguros y del sistema privado de pensiones enel Per, as como de prevenir y detectar el lavado de activos yfinanciamiento del terrorismo. Su objetivo primordial es preservar los intereses de los depositantes, de los asegurados y de los afiliados al seguroprivado de pensiones. Es una institucin de derecho pblico cuya autonoma funcional est reconocida por la constitucin poltica del Per.BANCOCENTRALDE RESERVADELPER(BCR):Es el organismo encargado de la regulacin del sistema monetario, y por ende del sistema financiero (circulacin de billetes y monedas del Per, normas y garantas, etc.) se constituye como persona jurdica de derecho pblico, tiene autonoma dentro del marco de su ley orgnica. Preserva la estabilidad monetaria.FUNCIONES Regular la emisin de billetes y monedas, el crdito y sistema financiero; as por ejemplo, fija el encaje legal, la tasa de redescuento, administra el tipo de cambio. Administra las reservas internacionales. Ejecutar operaciones y celebrar convenios de crdito. Informar sobre el estado de las finanzas nacionales.GOBIERNOS REGIONALLos gobiernos regionales delPerson las instituciones pblicas encargadas de la administracin superior de cada una de lasregiones y departamentos. Son consideradaspersonas jurdicasdederecho pblicoconautonoma poltica, econmica y administrativa en los asuntos de su competencia. Los gobiernos regionales del Per se componen de dos rganos: unconsejo regionaly un Gobernador Regional.Segn elordenamiento jurdicoperuano, la gestin de los Gobiernos Regionales corresponde algobierno a nivel regional. Este nivel de gobierno fue introducida en la legislacin peruana con la puesta en vigencia de laConstitucin del 79, pero inici su activacin en la forma que en la actualidad lleva a partir de losaos 2000, al modificarse laconstitucinpara aadirla. En el proceso que se contempla en ella y en elorden jurdicoperuano, todos los departamentos del pas han de integrarse para conformar regiones mediantereferndumhasta que la totalidad del territorio se encuentreregionalizado, salvo laProvincia Constitucional del Callaoy laProvincia de Lima, territorio ltimo el cual cuenta con autonoma regional por ser la sede de lacapital,Lima, por cuanto laMunicipalidadtiene tanto funciones de Gobierno Regional como de Municipalidad.De acuerdo a la Ley Orgnica de Gobiernos Regionales, las responsabilidades de los gobiernos regionales incluyen el desarrollo de la planificacin regional, ejecucin de proyectos de inversin pblica, promocin de las actividades econmicas y administracin de la propiedad pblica. FUNCIONES Planificar el desarrollo de su regin y ejecutar los programas socioeconmicos correspondientes, de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo. Formular y aprobar el Plan de Desarrollo Concertado con las municipalidades y la sociedad civil de su regin. Aprobar su organizacin interna y presupuesto de acuerdo a la Ley de Gestin Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto. Promover y ejecutar las inversiones pblicas regionales en proyectos de infraestructura vial, energtica, de comunicaciones y de servicios bsicos. Disear y ejecutar programas regionales de cuencas, corredores econmicos y de ciudades intermedias. Promover la formacin de empresas y corporaciones regionales. Facilitar la apertura a los mercados internacionales para la agricultura, agroindustria, artesana, actividad forestal y otros sectores productivos. Desarrollar circuitos tursticos. Concretar acuerdos con otras regiones fomentando el desarrollo econmico, social y ambiental. Administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, con excepcin de los terrenos municipales. Organizar y aprobar los expedientes tcnicos sobre acciones de demarcacin territorial en su jurisdiccin. Promover la modernizacin de la pequea y mediana empresa regional. Dictar normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad, proponiendo las iniciativas legislativas correspondientes. Promover el uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad.

ESTRUCTURAPRESIDENTE REGIONAL Constituye el rgano ejecutivo y sus funciones incluyen proponer y ejecutar el presupuesto, designar a los oficiales de gobierno, promulgar decretos y resoluciones, ejecutar planes y programas regionales y administrar las propiedades y rentas regionales.CONSEJO REGIONAL Debate y vota sobre el presupuesto sugerido por el presidente regional, tambin supervisa a todos los oficiales de gobierno y puede deponer de su cargo al presidente, su vicepresidente y a cualquier miembro del consejo.

PRESIDENCIA REGIONALrgano ejecutivo, est integrado por el Presidente Regional y cuenta con Gerencias Regionales, las mismas que son dirigidas y coordinadas por una Gerencia General.GOBIERNOS LOCALES

Los Gobiernos locales son los Consejos Municipales provinciales y distritales conocidos desde muy antiguo en el Per, y herencia de las instituciones coloniales espaolas. Han tenido existencia casi ininterrumpida de ese entonces, y estn conformados por los alcaldes y regidores (o concejales), contando muchos de ellos con una considerable administracin compuesta por funcionarios y empleados municipales.Los gobiernos locales, gozan de autonoma poltica, econmica y administrativa, en los asuntos de su competencia, lo que implica realizar actos de gobierno, administrativos y de administracin con sujecin a las facultades que se encuentran establecidas en la constitucin Poltica del Per y el ordenamiento jurdico respectivo. La funcin municipal de alcalde, regidor, funcionario o como trabajador, obliga a conocimientos mnimos de la abundante normatividad que existe para el quehacer de los gobiernos locales. Ha quedado normado la sujecin de los gobiernos locales a las leyes y disposiciones que de manera general regulan las actividades y funcionamiento del Estado .Lo constituyen las municipalidades provinciales, distritos y delegadas conforme a la ley. Tienen autonoma poltica, econmica y administrativa en los asuntos de su competencia.

ESTRUCTURAMUNICIPALIDADES PROVINCIALESEjercen el gobierno local en las demarcaciones provinciales. Cada provincia, distrito y centro poblado tienen su gobierno local o Municipalidad.

FUNCIONES Las municipalidades deciden cmo se usarn los terrenos y los predios de su localidad. Por ejemplo, el tamao de los lotes de terreno dependen de los permisos que otorguen las municipalidades; asimismo, el uso que se dar a las casas, si son slo para residencia o para uso comercial.

Se encargan de los servicios pblicos bsicos. Por ejemplo, la limpieza de las calles, hacer campaas de salud y recolectar la basura.

Proteccin y conservacin del medio ambiente. Por ejemplo, combatir la contaminacin ambiental y cuidar el patrimonio cultural, histrico y paisajstico de su localidad.

Promover el desarrollo econmico de su localidad.

Promover la participacin vecinal, sobretodo en el uso y control de los recursos.

Organizar servicios sociales para proteger a la poblacin de menores recursos.

Luchar contra la comercializacin y consumo de drogas.

MUNICIPALIDADES DISTRITALESEjercen el gobierno local en las demarcaciones distritales.Consejo MunicipalLo integran el alcalde y el nmero de regidores que el Jurado Nacional de Elecciones establezca. Son elegidos por votacin directa, mediante un sistema de representacin proporcional. Su cargo tiene una duracin de 4 aos y pueden ser reelegidos. El alcalde preside el consejo municipal y los regidores tienen potestad para ejercer sus funciones de conformidad a la Constitucin Poltica del Per y a la Ley Orgnica de Municipalidades (LOM), su Reglamento Interno de Concejo (RIC) y dems disposiciones legales vigentes.

FUNCIONESDE GESTIN: Aprobar el Plan de Desarrollo Concertado (PDC) y el Presupuesto Participativo (PP) Aprobar, monitorear y controlar el programa de inversiones y la ejecucin de proyectos, teniendo en cuenta el PDC y el PP. Aprobar el presupuesto anual, llamado Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), y sus modificaciones, conocidas como Presupuesto Institucional Modificado (PIM). Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley. Aprobar la remuneracin del alcalde y las dietas de los regidores.DE FISCALIZACIN Declarar la vacancia o suspensin de los cargos de alcalde y regidor. Solicitar la realizacin de exmenes especiales, auditoras econmicas y otros actos de control. Autorizar y atender los pedidos de informacin de los regidores para efectos de fiscalizacin. Autorizar al procurador pblico municipal para que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el rgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal. Disponer el cese del gerente municipal cuando exista acto doloso o falta grave. Fiscalizar la gestin de los funcionarios de la municipalidad.DE PARTICIPACIN VECINAL Aprobar normas que garanticen una efectiva participacin vecinal. Aprobar los espacios de concertacin y participacin vecinal, a propuesta del alcalde, as como reglamentar su funcionamiento.LA ALCALDA Es el rgano ejecutivo del gobierno local, liderado por el Alcalde, quien es el representante legal de la Municipalidad y su mxima autoridad administrativa. El marco legal del municipio concentra diversas atribuciones en el alcalde otorgndole un poder muy fuerte frente al Concejo Municipal. Entre otros aspectos, le otorga mayora a su agrupacin poltica al margen del porcentaje de votos obtenidos durante el proceso electoral, as como la facultad de presidir el concejo Municipal y tener voto dirimente. Entre las atribuciones ms importantes sealadas por la Ley Orgnica de Municipalidades, podemos mencionar: Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del concejo municipal. Ejecutar los acuerdos del concejo municipal, bajo responsabilidad. Proponer al concejo municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos; Promulgar las ordenanzas y disponer su publicacin. Dirigir la formulacin y someter a aprobacin del concejo el plan integral de desarrollo sostenible local y el programa de inversiones concertado con la sociedad civil, y dirigir su ejecucin. Aprobar el presupuesto municipal, en caso de que el concejo municipal no lo apruebe. Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones. Proponer al concejo municipal la creacin, modificacin, supresin o exoneracin de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias. Resolver en ltima instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto nico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad. Sin embargo, es necesario recordar que el Alcalde, si bien tiene un conjunto de atribuciones establecidas en las leyes, es en lo fundamental un mandatario de los(as) ciudadanos(as) del municipio, es decir, es su primer servidor pblico, en ese sentido, tiene la obligacin representar los intereses de la poblacin, defendiendo y protegiendo sus derechos, en una relacin armnica eficiente y transparente. EMPRESAS MUNICIPALES Son creadas por ley y, los gobiernos locales, de acuerdo al artculo 107 de la Constitucin Poltica del Per, tienen derecho a iniciativa en la formacin de leyes, es decir pueden proponer la creacin de una empresa municipal a travs de su aprobacin por el Congreso Nacional.En el artculo 35 de la Ley Orgnica de Municipalidades, Ley N 27972, se desarrolla el concepto de la actividad empresarial municipal, sealndose que: Las empresas municipales son creadas por ley, a iniciativa de los gobiernos locales con acuerdo del concejo municipal con el voto favorable de ms de la mitad del nmero legal de regidores. Dichas empresas adoptan cualquiera de las modalidades previstas por la legislacin que regula la actividad empresarial y su objeto es la prestacin de servicios pblicos municipales. En esta materia, las municipalidades pueden celebrar convenios de asesora y financiamiento con las instituciones nacionales de promocin de la inversin. Los criterios de dicha actividad empresarial tendrn en cuenta el principio de subsidiariedad del Estado y estimularn la inversin privada creando un entorno favorable para sta. En ningn caso podrn constituir competencia desleal para el sector privado ni proveer de bienes y servicios al propio municipio en una relacin comercial directa y exclusiva. El control de las empresas municipales se rige por las normas de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Control y de la Contralora General de la Repblica.

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