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i
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
CARRERA DE INGENIERÍA EN TRIBUTACIÓN Y FINANZAS
PORTADA
TEMA:
“EFECTO EN LA RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO
AMBIENTAL POR ELIMINACIÓN DE EXENCIÓN A
DISCAPACITADOS, AÑO 2017”
Para optar por el Título de:
Ingeniero en Tributación y Finanzas
Proyecto de investigación presentado por:
Maldonado Loor Javier Antonio
Sarango Véliz Elena Beatriz
Tutor:
Ing. Jean Steve Carrera López
Guayaquil, octubre 2017
ii
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
CARRERA DE INGENIERÍA EN TRIBUTACIÓN Y FINANZAS
TEMA:
“EFECTO EN LA RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO
AMBIENTAL POR ELIMINACIÓN DE EXENCIÓN A
DISCAPACITADOS, AÑO 2017”
Para optar por el Título de:
Ingeniero en Tributación y Finanzas
Proyecto de investigación presentado por:
Maldonado Loor Javier Antonio
Sarango Véliz Elena Beatriz
Miembros del Tribunal:
………………………. ……………………….. ……………………….
Miembro del Tribunal 1 Miembro del Tribunal 2 Miembro del Tribunal 3
Guayaquil, octubre 2017
iii
REPOSITORIO NACIONAL EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA FICHA DE REGISTRO DE TESIS/TRABAJO DE TITULACIÓN
TÍTULO: “Efecto en la recaudación del impuesto ambiental por eliminación de exención a
discapacitados, año 2017”
AUTORES:
Maldonado Loor Javier Antonio
C.I. 0930620174
Sarango Véliz Elena Beatriz
C.I. 0950594622
TUTOR:
Ing. Jean Steve Carrera López
C.I. 0914168752
REVISORES:
Ing. Washington Hidalgo
C.I. 0914168752
INSTITUCIÓN: UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
CARRERA: INGENIERÍA EN TRIBUTACIÓN Y FINANZAS
FECHA DE PUBLICACIÓN: NO DE PÁGS:
ÁREA TEMÁTICA: Tributación
PALABRAS CLAVES: Impuesto Ambiental, Discapacidad, Exención, Recaudación, Contaminación
RESUMEN
El impuesto ambiental fue creado en el año 2011 con la ley de fomento ambiental y empezó a regir
a partir del período fiscal 2012 y a la presente se encuentra vigente. Dentro de la normativa vigente
se reconocía exoneraciones tributarias a grupos prioritarios, entre esos las personas con
discapacidad. El gasto tributario o la renuncia del estado por la exoneración del impuesto a los
discapacitados fue general sin discriminar el nivel de ingresos de las personas con discapacidad.
En el año 2016 se reforma y elimina la exoneración del impuesto ambiental a todos los
discapacitados vulnerando inclusive disposiciones constitucionales de trato especial en el régimen
tributario. Por una parte, el alto endeudamiento del gobierno central por gasto corriente o
inversiones, la apreciación del dólar, la baja de la cotización internacional de unos de los
principales productos de exportación público como lo es el petróleo, el déficit en la balanza de
pagos, motivaron a que el estado optimice el gasto tributario mal asignado con la respectiva
revisión y eliminación de exoneración de impuestos.
NO DE REGISTRO (en base de datos):
NO DE CLASIFICACIÓN:
DIRECCIÓN URL (tesis en la web):
ADJUNTO PDF SI NO
CONTACTO CON LA AUTOR/ES:
Javier Antonio Maldonado Loor
Elena Beatriz Sarango Véliz
TELÉFONO: 0988120794
EMAIL: [email protected]
CONTACTO DE LA INSTITUCIÓN: NOMBRE:
TELÉFONO:
iv
CERTIFICACIÓN DEL TUTOR
Habiendo sido nombrado, Ing. Jean Steve Carrera López, como tutor de tesis de grado como
requisito para optar por el título de Ingeniero en Tributación y Finanzas presentado por:
Maldonado Loor Javier Antonio con C.I 0930620174
Sarango Véliz Elena Beatriz con C.I 0950594622
Tema: “Efecto en la recaudación del impuesto ambiental por eliminación de exención a
discapacitados, año 2017”
Certifico que he ayudado a elaborar, revisar y aprobar su estructura metodología del trabajo
de investigación siendo la adecuada y cumple con los requisitos que determina la investigación
científica, que constituye un aporte a la investigación sobre Administración de Empresa y está
acorde en los parámetros adecuados en sus conclusiones y recomendaciones por lo tanto
encontrándose aptos para su sustentación.
TUTOR DE TESIS
ING. JEAN STEVE CARRERA LÓPEZ
C.I. 0914168752
v
CERTIFICACIÓN DE SISTEMA ANTI PLAGIO
Para fines académicos, certifico que el trabajo de “Efecto en la recaudación del
impuesto ambiental por eliminación de exención a discapacitados, año 2017” perteneciente a
los estudiantes: Maldonado Loor Javier Antonio y Sarango Véliz Elena Beatriz, tiene un nivel
de coincidencia y referencias del 2,23% según el informe del sistema Plagius-Plagiarism
Detector.
TUTOR DE TESIS
ING. JEAN STEVE CARRERA LÓPEZ
C.I. 0914168752
vi
LICENCIA GRATUITA E INSTRANSFERIBLE Y NO
EXCLUSIVA PARA EL USO NO COMERCIAL DE LA OBRA CON
FINES NO ACADEMICOS
Yo Javier Antonio Maldonado Loor con C.I. 0930620174 y Elena Beatriz Sarango
Véliz con C.I. 0950594622, certificamos que los contenidos en este trabajo de titulación, cuyo
título es “Efecto en la recaudación del impuesto ambiental por eliminación de exención a
discapacitados, año 2017” son de nuestra absoluta propiedad y responsabilidad y SEGÚN EL
ART. 114 del CODIGO ORGANICO DE LA ECONOMIA SOCIAL DE LOS
CONOCIMIENTOS, CREATIVIDAD E INNOVACION*, autorizo el uso de una licencia
gratuita e intransferible y no exclusiva para el uso no comercial de la presente obra con fines
no académicos, en favor de la Universidad de Guayaquil, para que haga uso del mismo como
fuera pertinente.
Javier Antonio Maldonado Loor Elena Beatriz Sarango Véliz
C.I. 0930620174 CI. 0950594622
*CÓDIGO ORGÁNICO DE LA ECONOMÍA SOCIAL DE LOS CONOCIMIENTOS, CREATIVIDAD
E INNOVACIÓN (Registro Oficial n. 899 - Dic./2016) Artículo 114.- De los titulares de derechos de
obras creadas en las instituciones de educación superior y centros educativos.- En el caso de las obras
creadas en centros educativos, universidades, escuelas politécnicas, institutos superiores técnicos,
tecnológicos, pedagógicos, de artes y los conservatorios superiores, e institutos públicos de investigación
como resultado de su actividad académica o de investigación tales como trabajos de titulación, proyectos
de investigación o innovación, artículos académicos, u otros análogos, sin perjuicio de que pueda existir
relación de dependencia, la titularidad de los derechos patrimoniales corresponderá a los autores. Sin
embargo, el establecimiento tendrá una licencia gratuita, intransferible y no exclusiva para el uso no
comercial de la obra con fines académicos.
vii
CERTIFICACIÓN DE LA DEFENSA
EL TRIBUNAL CALIFICADOR previo a la obtención del título de Ingeniero en
Tributación y Finanzas otorga al presente proyecto de investigación las siguientes
calificaciones:
MEMORIA CIENTÍFICA ( )
DEFENSA ORAL ( )
TOTAL ( )
EQUIVALENTE ( )
PRESIDENTE DEL TRIBUNAL
PROFESOR DELEGADO PROFESOR SECRETARIO
viii
DEDICATORIA
A Dios,
Quien nos da la fe.
A Nuestra Familia,
Por todo su apoyo y respaldo.
Gracias.
Javier Antonio Maldonado Loor
Elena Beatriz Sarango Véliz
ix
AGRADECIMIENTO
A Dios le damos gracias ante todo por las bendiciones puestas en nuestra vida tanto
profesional como personal.
A nuestros padres por ser constructores de nuestro camino.
A Nuestros familiares en general y amigos que compartieron momentos de lucha y
satisfacción, con los cuales logramos grandes victorias, un agradecimiento por estar con
nosotros a lo largo de nuestros estudios.
Agradecemos de igual manera por su guía, soporte y dedicación, ofrecida a lo largo de
la presente tesis de grado, en especial a nuestro Tutor de tesis ya que sin sus directrices no
hubiese sido posible cumplir con los lineamientos y guía impuestos para la presentación de
éste proyecto.
Javier Antonio Maldonado Loor
Elena Beatriz Sarango Véliz
x
INDICE DE CONTENIDO
Portada............................................................................................................................. i
Miembros Del Tribunal: ................................................................................................. ii
Repositorio Nacional En Ciencia Y Tecnología .......................................................... iii
Certificación Del Tutor ................................................................................................. iv
Certificación De Sistema Anti Plagio ............................................................................ v
Licencia Gratuita E Instransferible Y No Exclusiva Para El Uso No Comercial De La
Obra Con Fines No Academicos............................................................................................... vi
Certificación De La Defensa ........................................................................................ vii
Dedicatoria ................................................................................................................. viii
Agradecimiento ............................................................................................................. ix
Indice De Contenido ...................................................................................................... x
Resumen ....................................................................................................................... xv
Abstract ....................................................................................................................... xvi
Introducción ................................................................................................................... 1
Problema De Investigación ............................................................................................ 3
Hipótesis De Investigación ............................................................................................ 3
Sistematización Del Problema ....................................................................................... 3
Objetivo General ............................................................................................................ 4
Objetivos Específicos ..................................................................................................... 4
Justificación.................................................................................................................... 4
xi
Delimitación ................................................................................................................... 5
Capitulo 1. Marco Teorico ............................................................................................. 6
1.1 Antecedentes De La Investigación .................................................................... 6
1.2 Marco Teórico ................................................................................................... 8
1.2.1 Los Tributos ................................................................................................... 8
1.2.1.1 Los Impuestos Ambientales ...................................................................... 11
1.2.2 Contaminación Ambiental En Ecuador ....................................................... 13
1.2.2.1 Acuerdos Ambientales Internacionales Firmados Por Ecuador ............... 15
1.2.3 Política Tributaria Ambiental En Ecuador................................................... 17
1.2.3.1 Impuesto Ambiental A La Contaminación Vehicular .............................. 20
1.2.5.1 Recaudación Del Impuesto Ambiental A La Contaminación Vehicular .. 22
1.2.4 Beneficios Fiscales ...................................................................................... 27
1.2.4.1 Los Beneficios Fiscales En Los Impuestos Ambientales ......................... 29
1.2.5 La Elusión Y Evasión De Impuestos ........................................................... 32
1.2.6 Efecto De La Evasión En La Sociedad ........................................................ 36
1.2.7 Situación Económica Del Ecuador .............................................................. 38
1.2.7.1 Situación Económica Del Gobierno Central ............................................. 40
1.2.8 Las Personas Con Discapacidad En El Ecuador .......................................... 43
1.2.8.1 Régimen Tributario Para Personas Con Discapacidad ............................. 47
1.3 Marco Conceptual ........................................................................................... 49
1.4 Marco Legal .................................................................................................... 52
xii
Constitución De La República Del Ecuador ......................................................... 52
Ley De Fomento Ambiental Y Optimización De Los Ingresos Del Estado.......... 52
Ley Orgánica Para Equilibrio De Las Finanzas Publicas ...................................... 56
Ley Orgánica De Discapacidades .......................................................................... 57
Capítulo 2. Marco Metodológico ................................................................................. 58
2.1 Procedimiento Metodológico .......................................................................... 58
2.2 Procedimientos De Recolección De Datos ...................................................... 58
2.2.1 Datos Para Análisis Descriptivo .................................................................. 58
2.3 Técnica De Procesamiento .............................................................................. 60
Capitulo 3. Resultados ................................................................................................. 61
Conclusiones ................................................................................................................ 72
Recomendaciones ......................................................................................................... 74
Bibliografía .................................................................................................................. 75
Anexos ......................................................................................................................... 83
xiii
Índice de Tablas
Tabla 1. Ingresos tributarios en porcentaje del PIB ....................................................... 2
Tabla 2.Emisiones de dióxido de carbono (CO2) en Ecuador ..................................... 14
Tabla 3. Emisiones de dióxido de carbono (CO2) en Ecuador por habitante .............. 14
Tabla 4. Acuerdos ambientales internacionales firmados por Ecuador ....................... 15
Tabla 5. Vehículos matriculados por tipo de combustible ........................................... 23
Tabla 6. Vehículos matriculados por año del modelo .................................................. 23
Tabla 7. Recaudación de IACV por provincia ............................................................. 24
Tabla 8. Evolución de la recaudación de IACV ........................................................... 25
Tabla 9. Recaudación de impuestos a los vehículos administrados por el SRI ........... 26
Tabla 10. Recaudación de IACV por tipo de contribuyente ........................................ 27
Tabla 11. Recaudación de IACV por clase de contribuyente ...................................... 27
Tabla 12. Situación financiera del presupuesto del Gobierno Central ......................... 41
Tabla 13. Situación financiera del presupuesto del Gobierno Central ......................... 41
Tabla 14. Operaciones del sector público no financiero .............................................. 42
Tabla 15. Discapacitados registrados por provincia .................................................... 46
Tabla 16. IACV 2016 por cilindraje ............................................................................ 62
Tabla 17. IACV 2017 por cilindraje ............................................................................ 63
Tabla 18. Avaluo del vehículos de personas con discapacidad .................................. 64
Tabla 19. Exoneración de IACV por tipo de beneficiario .......................................... 65
Tabla 20. Cantidad de vehículos por antigüedad ........................................................ 66
Tabla 21 Recaudación total por antigüedad ................................................................. 66
Tabla 22. Vehículos por tipo de combustible............................................................... 67
Tabla 23. IACV exonerado por clase de vehículo ....................................................... 68
Tabla 24. Cilindraje por clase de vehículo ................................................................... 68
Tabla 25. Recaudación de IACV de discapacitados por provincia .............................. 69
Tabla 26. Vehículos exonerados por marca ................................................................. 70
Tabla 27. IACV por ingresos ....................................................................................... 71
Tabla 28. Efecto de reforma en recaudación del IACV comparativo 2016 ................. 71
xiv
Índice de Figuras
Figura 1.Índice de crecimiento real del PIB de Ecuador ............................................ 39
Figura 2. Balanza en cuenta corriente de Ecuador ...................................................... 40
Figura 3. Exportaciones de petróleo y valor unitario .................................................. 42
Figura 4. Ingresos del Gobierno Central ..................................................................... 43
Figura 5. Cilindraje ..................................................................................................... 61
Figura 6 IACV promedio 2016 por cilindraje ............................................................. 63
Figura 7 IACV promedio 2017 por cilindraje ............................................................. 64
Figura 8 .IACV promedio por antigüedad. ................................................................. 66
Anexos
Anexo 1. Estado civil de personas con discapacidad ................................................... 83
Anexo 2.Tenencia de vivienda de personas con discapacidad ..................................... 83
Anexo 3.Tasa de empleo de personas con discapacidad .............................................. 83
Anexo 4. Cantidad de vehículos exonerado por clase.................................................. 84
Anexo 5. Oficio de Petición de Información al Sri ...................................................... 85
xv
RESUMEN
El impuesto ambiental creado en el año 2011 con la ley de fomento ambiental,
empezó a regir a partir del período fiscal 2012 y a la presente se encuentra vigente. Dentro de
la normativa vigente se reconocía exoneraciones tributarias a grupos prioritarios, entre esos
las personas con discapacidad. El gasto tributario por la exoneración del impuesto a los
discapacitados fue general sin discriminar el nivel de ingresos de las personas con
discapacidad. En el año 2016 se reforma y elimina la exoneración del impuesto ambiental a
todos los discapacitados vulnerando inclusive disposiciones constitucionales de trato especial
en el régimen tributario. Por una parte, el alto endeudamiento del gobierno central por gasto
corriente o inversiones, la apreciación del dólar, la baja de la cotización internacional del
petróleo, el déficit en la balanza de pagos, motivaron a que el estado optimice el gasto
tributario mal asignado con la respectiva revisión y eliminación de exoneración de impuestos.
Por otra parte la medida se justifica por la elusión y evasión por el traslado del beneficio a
terceras personas que no necesariamente son personas con discapacidad, lo cual ha sido
detectado por la administración tributaria. El objetivo de la investigación fue cuantificar el
efecto en la recaudación producto de la eliminación de la exoneración del impuesto en los
contribuyentes discapacitados. Se trabajó con la población de propietarios de vehículos que
registra el SRI con discapacidad y se estimó una recaudación esperada de 4 millones de
dólares.
Palabras clave: Impuesto Ambiental, Discapacidad, Exención, Recaudación,
Contaminación.
xvi
ABSTRACT
The environmental tax was created in 2011 with the Ley de Fomento Ambiental and
began to govern as of fiscal year 2012 and the present is in force. Within the current
legislation, tax exemptions are recognized for priority groups, including persons with
disabilities. The tax expense or the resignation of the state for the exemption of the tax for the
disabled in general without discriminating the level of income of the disabled. In 2016 the
exemption of the environmental tax is reformed and eliminated to all the disabled, violating
even the constitutional provisions of special treatment in the tax regime. On the one hand, the
high indebtedness of the central government by the current expenditure of investments, the
appreciation of the dollar, the decline in the international quotation of some of the main
export products such as oil, the deficit in the balance of payments, that the state optimizes the
misallocated tax expense with the respective review and elimination of tax exemption. On the
other hand the measure is justification by the evacuation and the evasion by the transfer of the
benefit to third people that are not necessarily people with disability, which has been detected
by the tax administration. The objective of the investigation was to quantify the effect on tax
collection resulting from the elimination of the tax exemption on taxpayers with disabilities.
Work was done with the population of vehicle owners registering the SRI with disability and
an estimated collection of 4 million dollars was estimated.
Keyword: Environmental Tax, Disability, Exemption, Collection, Raising, Pollution.
1
INTRODUCCIÓN
La contaminación del entorno ambiental es un problema que afecta a la economía del
mundo, que se refleja en los desastres naturales y en la menor disponibilidad de recursos para
el ser humano, obstaculizando los objetivos de cada país o Estado de vivir en un ambiente
ecológicamente equilibrado.
En el plan nacional del buen vivir para el periodo 2013-2017 se ha establecido como
objetivo consolidar el sistema económico social y solidario, de forma sostenible con sus
respectivas políticas y lineamientos(Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo –
Senplades, 2013).
Por un lado como política fortalecer el manejo sostenible de las finanzas públicas con
el lineamiento estratégico de optimizar y focalizar los beneficios e incentivos fiscales para el
desarrollo social y productivo.
La política de fortalecer la progresividad y la eficiencia del sistema tributario con el
lineamiento de optimizar la cobertura y la aplicación de incentivos tributarios como
instrumentos de apoyo efectivo a la política productiva.
La importancia del buen manejo y estructura del sistema tributario en el contexto
mundial se refleja en su significancia como principal fuente de ingresos para los estados. En
el año 2015 los ingresos tributarios en Ecuador representaron el 21% del Producto interno
bruto (PIB), un nivel por debajo del promedio de los países desarrollados que conforman la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) conforme se detalla
en la Tabla 1.
2
Tabla 1. Ingresos tributarios en porcentaje del PIB
País 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015
Ecuador 14,33 15,22 16,63 17,68 19,77 19,59 19,21 21,00
OCDE 33,17 32,43 32,57 32,95 33,44 33,81 34,18 34,27
Fuente OCDE(2017)
Elaborado por los autores
En el año 2011 se reforma el sistema tributario y se introducen impuestos con fines
ecológicos (Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado, 2011).
Uno de los impuestos creados fue el impuesto ambiental a la contaminación vehicular
(IACV), al ser un impuesto de carácter anual su aplicación se efectuó en el período fiscal
2012.
Hasta el año 2016 la ley de régimen tributario interno reconocía la exoneración del
IACV a las personas con discapacidad. La grave situación económica del año 2015 y 2016
debido a la caída de los precios internacionales del petróleo, la baja competitividad de los
productos exportados por no contar con una moneda propia y desajuste en la balanza de
pagos motivaron la adopción y exclusión de la exoneración por discapacidad en el IACV.
3
Problema de investigación
Se planteó como problema de la investigación Efecto en la recaudación del impuesto
ambiental por la eliminación de la exención a los discapacitados.
Hipótesis de investigación
La eliminación de la exoneración a los discapacitados provocará en el año 2017 un
aumento inferior al 1% en la recaudación de IACV en comparación con el año 2016.
Sistematización del Problema
1. ¿Cuáles son los fundamentos teóricos y metodológicos que sirven para identificar la
presión tributaria que representa el impuesto ambiental a la contaminación vehicular en
los contribuyentes discapacitados?
2. ¿En qué estado se encuentra actualmente la demanda de vehículos automotores en función
al cilindraje del país?
3. ¿Cómo se puede mejorar la recaudación del IACV de los contribuyentes discapacitados
sin afectar a aquellos que tienen menores recursos?
4
Objetivo General
Estimar el efecto en la recaudación del impuesto ambiental por la eliminación de la
exención a los discapacitados durante el periodo fiscal 2017.
Objetivos específicos
Identificar la presión tributaria del IACV en los contribuyentes discapacitados.
Cuantificar la demanda de vehículos automotores en función del cilindraje.
Determinar la provincia con mayor impacto en los niveles de recaudación del IACV.
Justificación
Teórica:
El presente trabajo mantiene argumentos basados en conceptos y fundamentos
teóricos y legales que respaldan la información brindada, por lo que se justifica el contenido
teórico de su presentación en cada uno de los aspectos, evidenciando el valor académico
mediante la bibliografía utilizada y las respectivas referencias incorporadas.
Práctica:
La justificación práctica del presente estudio estará facultada por la importancia que
tiene el contenido analítico y cuantitativo de la investigación, que permitirá estimar el posible
efecto recaudatorio del impuesto ambiental a la contaminación vehicular, con la eliminación
de un beneficio tributario a los discapacitados en el país.
Metodológica:
El enfoque de la investigación fue cuantitativo, por utilizar datos estadísticos del 2016
de los contribuyentes con discapacidad sujetos al pago del IACV. El alcance del estudio fue
5
explicativo, por determinar el efecto en la recaudación de la eliminación de la exoneración de
discapacitados.
Delimitación
1. Área: Tributación y Finanzas
2. Campo: Tributación
3. Tema: Efecto en la recaudación del impuesto ambiental por eliminación de exención a
discapacitados, año 2017.
4. Delimitación espacial: Personas con discapacidad sujetos al pago de IACV en el
Ecuador.
5. Delimitación temporal: Año 2017.
6
CAPITULO 1. MARCO TEORICO
1.1 Antecedentes de la Investigación
El marco jurídico que rige el sistema tributario en Ecuador prioriza los impuestos
directos y progresivos sobre cualquier otra clase de impuestos(Asamblea Nacional
Constituyente, 2008). Teniendo entre otros fines la política tributaria; promover la
producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas
responsables.
En relación a lo mencionado en el párrafo anterior en el año 2011 se reforma el
sistema tributario y se introducen impuestos con fines ecológicos (Ley de Fomento
Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado, 2011).
Hasta el período fiscal 2015 se contemplaba dentro del presupuesto general que el
estado deje de percibir 4.686 mil millones de dólares equivalentes al 4,7% del PIB en todos
los impuestos administrados por el SRI, por incentivos y beneficios tributarios de índole
social, ambiental, económico y diplomático los cuales se encontraban establecidos en la
normativa tributaria(CEF, 2011).
A partir del año 2015, la administración tributaria cuantifica dentro del gasto
tributario del impuesto ambiental a los beneficios otorgados a los discapacitados según el
artículo innumerado establecido en la ley de fomento ambiental, lo cual no lo consideró en
los estudios de los años 2012 y 2014:
Art. ... .- Exenciones.- Están exonerados del pago de este impuesto los
siguientes vehículos motorizados de transporte terrestre:
7
8. Los vehículos destinados para el uso y traslado de personas con
discapacidad (Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado,
2011)
Las personas con discapacidad es un grupo de atención prioritario del estado, derecho
reconocido en la constitución en el artículo 35:
Art. 35.- Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres
embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes
adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención
prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado.(Asamblea Nacional
Constituyente, 2008)
Dentro del mismo cuerpo legal en el artículo 47 se garantiza beneficios y
exoneraciones en el régimen tributario a las personas con discapacidad:
Art. 47.- El Estado garantizará políticas de prevención de las discapacidades y,
de manera conjunta con la sociedad y la familia, procurará la equiparación de
oportunidades para las personas con discapacidad y su integración social. Se reconoce
a las personas con discapacidad, los derechos a:
. . . . .
4. Exenciones en el régimen tributario.(Asamblea Nacional Constituyente,
2008)
El gasto tributario por la exoneración de impuesto ambiental a contribuyentes con
discapacidad le representó en el periodo fiscal 2015 al estado aproximadamente 1,1 millones
de dólares(CEF, 2011).
8
1.2 Marco Teórico
1.2.1 Los Tributos
En la antigüedad en pueblos o civilizaciones como Egipto, China y Mesopotamia
establecieron y aplicaron los primeros estatutos tributarios que implicaban la recolección de
impuestos y eran empleados por orden o mandato de sus reyes, soberanos o gobernantes,
estos impuestos eran destinados únicamente para las clases dominantes. En Egipto la forma
de tributar era por medio de trabajo físico, para lo cual un ejemplo claro es la construcción de
pirámides, en aquel tiempo el sujeto activo de aquellos impuestos eran los faraones. Con
respecto a los impuestos internacionales algunas naciones tomaban a los impuestos como un
tributo por dominio a los pueblos que vencían y conquistaban, un claro ejemplo de esto es el
Imperio Romano.
Sin duda en la antigüedad cada nación tenía su propia manera de recaudar los tributos,
sea este para beneficio de los más acaudalados, reyes o gobiernos.
Robert Balacio (2009), en su revista de El Tributo en el Ecuador hace referencia a que
“el tributo representa una suma de dinero o en especie valorada que se cancela, para satisfacer
la obligación de contribuir a la manutención económica de una obra o institución, es
sinónimo de impuesto o contribución que se la debe realizar de manera obligatoria”
De acuerdo con Diego González (2012), en su artículo de la Revista del Derecho
Tributario quiere dar a conocer el concepto de tributos y como usarlos de la manera correcta,
define que “Se denomina «tributo» a la obligación legalmente impuesta al ciudadano, por la
que se exige a éste la realización del pago de una suma de dinero a un ente público, como
contribución al sostenimiento de los gastos públicos”
9
Adam Smith(1994), Economista y filósofo escocés considerado uno de los mayores
exponentes de la economía argumenta en su libro Riquezas de las Naciones, que “el costo de
la gestión de una gran hacienda para los propietarios, ellos están obligados a contribuir en
proporción a sus intereses en dicha hacienda” es decir, se debe contribuir con tributos en
proporción a los intereses de sus propietarios. Los contribuyentes son como accionistas. Los
accionistas más importantes en una empresa contribuyen más mientras que los accionistas
menos importantes contribuyen menos.
Los tributos se clasifican en 3 grandes elementos las cuales cada uno de ellos posee
diferentes funciones, estos son: Impuestos, tasas y contribuciones especiales.
En la actualidad los impuestos son considerados para algunos países el rubro de
mayor importancia para los ingresos públicos, sin embargo, antes de dar una definición más
detallada sobre los impuestos debemos tener en claro la diferencia entre los conceptos de
ingreso público, contribución e impuesto. (Ministerio de Finanzas) Define a los ingresos
públicos en modo general como:
Los recursos que el Estado obtiene por la recaudación de tributos tales
como el Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto a la Renta (IR); por la
venta de bienes, como del petróleo y sus derivados; transferencias y
donaciones que se reciben; el resultado operacional de las Empresas Públicas
entre otros. Cada uno de estos ingresos se destinará para cubrir las deudas
contraídas para la prestación de bienes y servicios públicos.
En segundo lugar, según el artículo 6 del Código Tributario del Estado Ecuatoriano
(2009) define y manifiesta que:
10
Los tributos, son los medios para recaudar ingresos públicos, y estos
servirán como instrumento de política económica general, estimulando
factores como la inversión, la reinversión, el ahorro y su destino hacia los fines
productivos y de desarrollo nacional; atenderán a las exigencias de estabilidad
y progreso social y procurarán una mejor distribución de la renta nacional.
Para llevar a cabo el presente estudio nos enfocaremos únicamente en los impuestos.
Los impuestos son parte fundamental de las contribuciones y esta a su vez ingresos
públicos. Entre las principales definiciones están las siguientes:
Paz y Miño (2015) en su libro Historia de los impuestos en el Ecuador definen a los
impuestos como “los tributos que cobra el estado (sujeto activo) a los contribuyentes (sujetos
pasivos), de manera común, general y obligatoria, y que estos deben pagarlos en virtud de
poseer un patrimonio, realizar actividades para recibir rentas o ingresos, o trasferir y circular
bienes y servicios personales”
Para Jose Luis Ortiz (1998) en su Libro Manual del Derecho Tributario considera que
el impuesto “Consiste en el pago de una suma de dinero por parte de un sujeto hacia el
Estado, por haber incurrido en un hecho gravado, sin que reciba una prestación de parte de
este último. El impuesto es el más común de los tributos ya que el Estado, a través de ellos
obtiene recursos sin tenerque dar nada a cambio, razón por la cual los sistemas tributarios
establecen principalmente impuestos”
Se puede concluir que todo impuesto, para ser aplicado o recaudado debe ser
reconocido por los entes reguladores cumpliendo principalmente con el principio de
legalidad.
11
1.2.1.1 Los Impuestos Ambientales
Un problema ya evidenciado desde la antigüedad ha sido la deterioración del medio
ambiente por las diferentes actividades que realiza el hombre. Uno de los factores más
relevantes, aunque no lo parezca son el desarrollo y progreso de las ciudades que poco a poco
van destruyendo el hábitat en el que vivimos.
Un país con metas de desarrollo sostenible y ecológicamente equilibrado necesita
poder financiarlas, por tal motivo se tienen que implementar reformas verdes.
Según García (2012) conceptualiza los tributos ecológicos como:
“Los tributos ecológicos, también denominados ambientales o verdes, comprenden
figuras fiscal muy heterogéneas (impuestos, cánones, tarifas, gravámenes), que se aplican a
ámbitos también muy diversos con la finalidad de promover conductas más respetuosas del
medioambiente. Desde las tasas de basura a los impuestos sobre el consumo de energía o las
emisiones contaminantes, son variadísimas las figuras tributarias que hoy reciben (no siempre
correctamente) el calificativo de ambientales”.
Los impuestos ambientales también llamados impuestos verdes o ecológicos han
tenido una gran importancia en el mundo los últimos años y más aun con los problemas
mundiales como es el calentamiento global por los gases invernaderos. Distintos autores han
investigado sobre la eficiencia de las políticas fiscales respecto al problema de carácter
ambiental, así también programas emblemáticos como el acuerdo de Kioto.
Se puede definir a la impuestos ambientales como “el conjunto de normas reguladoras
de las relaciones del derecho público y privado, tendientes a preservar el medio ambiente
libre de contaminación, o mejorarlo en caso de estar afectado”(Zarini, 1996), de esta última
definición podemos obtener dos finalidades del derecho ambiental, por un lado está el de
12
crear conciencia sobre preservar y sostener el medio ambiente y por el otro reparar lo ya
afectado hasta la actualidad con la finalidad de preservar y proteger el futuro ambiental.
Pere Riera Micalo, Dolores Garcia Perez, Bengt Kristrom, & Runar Brannlund(2005),
exponen la teoría del doble dividendo fuerte en su libro Manual de economía ambiental y de
los recursos naturales en el que dicen que un impuesto ambiental “que si no es óptimo por lo
menos mejore el bienestar social, es que además del beneficio derivado de la corrección
ambiental, se genere todavía otro beneficio (el beneficio fiscal, incluso laboral u otros)”. Es
decir, que el impuesto ambiental tiene que beneficiar sea o no este óptimo.
Según Barthold(2007) existen distintos inconvenientes en la aplicación de impuestos
ambientales: los problemas administrativos y los generados por los múltiples objetivos de las
políticas públicas. Para el investigador existen muchas externalidades que no son
contempladas al momento de diseñar la política fiscal como instrumento de política
ambiental.
Para Metcalf(2007) el consumo de energía está asociado a una serie de externalidades
como los combustibles fósiles que contribuyen a la contaminación del aire(los dióxidos de
azufre, los óxidos de nitrógeno, etc.) y genera los gases invernaderos. Según el autor sugiere
la imposición directa a las externalidades, ya que el subvencionar las alternativas limpias a
los combustibles del fósil es una medida ineficiente de corregir el problema.
Entre los impuestos ambientales según (Jorgenson, Slesnick, Wilcoxen, & ..., 1992)se
encuentra el impuesto al carbono que grava según la cantidad de anhídrido carbónico que
ellos producen durante la combustión, lo cual estimularía empresas y casas para reducir el
uso del combustible fósil y cambie conducta de consumo hacia combustibles menos-carbono-
intensivos y más amigables con el ambiente, como el gas natural. Para estimular o crear
13
incentivos en los contribuyentes se requiere de exenciones a las leyes tributarias conocidas
como gasto tributario.
1.2.2 Contaminación ambiental en Ecuador
El país reconoce derechos a la naturaleza en la normativa vigente. Para lo cual se
encuentra establecido deberes y derechos de las personas relacionadas con el medio
ambiente, así como las responsabilidades del Estado.
Por una parte, el artículo 66 de la constitución numeral 27 garantiza a la personas “El
derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y
en armonía con la naturaleza”(Asamblea Nacional Constituyente, 2008).
Por otra parte, el capítulo noveno de la constitución en su artículo 83 numeral 6
determina que son deberes y responsabilidades de los ciudadanos “Respetar los derechos de
la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional,
sustentable y sostenible”(Asamblea Nacional Constituyente, 2008).
El Estado a través del gobierno central, articula e implementa políticas que deben
cumplir con los principios ambientales establecidos en la constitución. Entre otros principios
se encuentra establecido en el artículo 396 que “El Estado adoptará las políticas y medidas
oportunas que eviten los impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de
daño”(Asamblea Nacional Constituyente, 2008).
La cuantificación de la contaminación que se produce cada año en el país se mide por
una parte a través de las emisiones de Emisiones de dióxido de carbono (CO2). Entre el año
2000 y el 2010 la emisión de CO2 aumentó en 70%. En el año 2000 se generó 20 millones de
toneladas de CO2 y en el año 2010 se registró 34 millones de toneladas de CO2, en la tabla 2
de presenta la evolución de la emisión de CO2 al ambiente.
14
Tabla 2. Emisiones de dióxido de carbono (CO2) en Ecuador
Miles de toneladas de CO2
Años Toneladas
2000 20.942,20
2001 23.446,80
2002 24.689,90
2003 26.523,40
2004 28.657,60
2005 29.908,10
2006 28.859,30
2007 31.308,80
2008 29.827,40
2009 34.601,80
2010 34.249,80
2011 35.727,60
Fuente (Corredera & Czajkowski, 1900)
Elaborada por los autores
La responsabilidad ambiental de las personas en Ecuador no ha aumentado ya que no
se observa una disminución de las emisiones de CO2 por habitante. Entre el año 2009 y 2011
la emisión de CO2 por habitante se mantuvo constante en 2,3 toneladas de CO2 por habitante
(Tabla 3).
Tabla 3. Emisiones de dióxido de carbono (CO2) en Ecuador por habitante
Toneladas de CO2
Años Toneladas
2000 1,7
2001 1,8
2002 1,9
2003 2,0
2004 2,1
2005 2,2
2006 2,1
2007 2,2
2008 2,1
2009 2,3
2010 2,3
2011 2,3
Fuente (Corredera & Czajkowski, 1900)
Elaborada por los autores
15
1.2.2.1 Acuerdos Ambientales Internacionales firmados por Ecuador
Al presente el país tiene firmados diversos acuerdos ambientales en conjunto con
otros países para combatir la contaminación ambiental del planeta. Según datos de las
CEPAL, Ecuador ha firmado 7 acuerdos ambientales intenacionales, de los cuales 6 se
encuentran en vigencia. En la tabla 4 se detallan los acuerdos y fechas de vigencia.
Tabla 4. Acuerdos ambientales internacionales firmados por Ecuador
Acuerdos
Año de
fir
m
a
Año de ratificación, aceptación,
aprobación o adhesión
Año de entrada
en vigor
Basilea 1989 1993 1993
Cambio
Climá
tico
1992 1993 1994
Kyoto 1999 2000 2005
Rotterdam 1998 2004 2004
Cartagena 2000 2003 2003
Estocolmo 2001 2004 2004
París 2016 ... ...
Fuente (CEPAL, 2016)
Elaborado por los autores
El ministerio del ambiente ha definido los acuerdos internacionales y detalla sus
objetivos según se indica a continuación:
“El Convenio de Basilea es un Instrumento Ambiental encargado del control
de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación cuyo
objetivo es Reducir y controlar el movimiento transfronterizo de los desechos
peligrosos y su eliminación.
El acuerdo de cambio climático es un Tratado global relativo a las emisiones
de gases de efecto invernadero debidas al hombre y al cambio climático mundial cuyo
objetivo es la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en
16
la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropogénicas peligrosas en el
sistema climático.
El Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre
el Cambio Climático es un Instrumento Internacional que promueve la aplicación de
medidas que tiendan a estabilizar y reducir las concentraciones de gases de efecto
invernadero en la atmosfera a niveles que impidan interferencias peligrosas en el CC
con el objetivo de alcanzar la reducción de los gases de efecto invernadero
principalmente en los países desarrollados.
El Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología es un
Instrumento internacional que se encarga del movimiento transfronterizo de cualquier
organismo vivo modificado resultante de la biotecnologia moderna que pueda tener
efectos adversos para la conservación y uso sostenible de la biodiversidad, que
establezca en particular para su examen procedimiento adecuados para un acuerdo
fundamentado previo. Con el objetivo de Contribuir a garantizar un nivel adecuado de
protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización segura de los
OVM resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para
la conservación y uso sostenible de la biodiversidad, teniendo en cuenta los riesgos
para la salud humana y movimientos transfronterizos.
El Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes que se
refiere a los Contaminantes Orgánicos Persistentes COPs ya sean productos por
procesos naturales o antropógenos son sustancias que poseen una combinación de
propiedades físicas y químicas que aseguran que una vez liberados al ambiente
permanecen intactos por periodos excepcionalmente prolongados con el objetivo de
17
Proteger la salud humana y el ambiente de la generación de uso y/o la emisión de
COPs”(Greenpeace, 2009).
Los acuerdos ambientales internacionales y la decisión del estado Ecuatoriano de
acogerlos son congruentes con lo establecido en la constitución que busca preservar la
naturaleza.
1.2.3 Política Tributaria Ambiental en Ecuador
Muchos mandatarios de diferentes países se han preocupado por crear conciencia en
los ciudadanos sobre el cuidado del medio ambiente y disminuir los niveles de
contaminación, lo cual se convierte en una situación muy complicada ya que no se puede
gobernar en la moral de cada persona; por este principal motivo nace la obligación de
establecer instrumentos de política ambiental.
Acquatela y Bárcena (2005) explican en su Libro Política Fiscal y Medio Ambiente
que los entes reguladores en materia ambiental de América Latina y el Caribe enfrentan un
reto muy grande al diseñar instrumentos de gestión ambiental que sean efectivos y
económicamente eficientes para lograr metas ambientales. En la mayoría de países se deben
explorar opciones para financiar avances en la gestión ambiental. También menciona varias
tendencias de Impuestos ambientales que recaen sobre los combustibles, carbono,
contaminación y recursos naturales.
En Ecuador en los últimos años se ha considerado la necesidad de establecer medidas
de protección al medio ambiente, la Constitución de la República del Ecuador (2008), le
otorga derechos a la naturaleza según lo estipulado en los artículos 71 y 74:
Art. 71.- La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la
vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el
18
mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y
procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá
exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza.
Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios
establecidos en la Constitución, en lo que proceda. El Estado incentivará a las
personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la
naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un
ecosistema.
Art. 74.- Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán
derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les
permitan el buen vivir. Los servicios ambientales no serán susceptibles de
apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán
regulados por el Estado.
El Art. 300 de la Constitución de la República del Ecuador (2008), nos explica la
relación entre el medio ambiente y la política tributaria, donde su propósito principal es la
necesidad de que el sistema tributario tenga como uno de sus objetivos la promoción de
conductas amigables con el ambiente, en el siguiente texto:
Art. 300.- El régimen tributario se regirá por los principios de
generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa,
irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. Se
priorizarán los impuestos directos y progresivos. La política tributaria
promoverá la redistribución y estimulará el empleo, la producción de bienes y
servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas responsables. (pág.
146)
19
Se debe reconocer que en varios cuerpos legales ecuatorianos se han establecido
puntos importantes relacionados al cuidado del medio ambiente:
1. En el artículo 1 de la (Ley de prevencion y control de la contaminacion ambiental,
2004) señala “Queda prohibido expeler hacia la atmósfera o descargar en ella, sin
sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, contaminantes que, a
juicio de los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de
competencia, puedan perjudicar la salud y vida humana, la flora, la fauna y los
recursos o bienes del estado o de particulares o constituir una molestia.”
2. El (Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 2010) en su artículo 64
menciona “Preeminencia de la producción nacional e incorporación de enfoques
ambientales y de gestión de riesgo. - En el diseño e implementación de los programas
y proyectos de inversión pública, se promoverá la incorporación de acciones
favorables al ecosistema, mitigación, adaptación al cambio climático y a la gestión de
vulnerabilidades y riesgos antrópicos y naturales.”
Con el objetivo de alcanzar el buen vivir en el mes de noviembre del 2011 se aprueba
la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado; la cual contiene
reformas a la Ley de Régimen tributario Interno, específicamente en: Impuesto a la Renta,
Impuesto al valor agregado, Impuesto a los consumos especiales; también se realizan
reformas a la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria; además la creación de nuevos
impuestos que impulsan al cuidado del medio ambiente, estos son el Impuesto Ambiental a la
Contaminación Vehicular (IACV) y el impuesto redimible a las botellas plásticas no
retornables.
“Estos dos impuestos verdes ecuatorianos pueden ser limitados en su alcance para
modificar comportamientos contaminantes de la población”(Acosta, Alberto; Martín, 2013)
20
El IACV grava aquellos vehículos que contaminan el medio ambiente, por el consumo
de combustibles y por su antigüedad. Así también dentro de la misma normativa se otorga
una menor carga fiscal a los vehículos que utilizan tecnología ecológica como los vehículos
híbridos.
El impuesto redimible a las botellas plásticas no retornables se impone al
embotellamiento de bebidas o desaduanizacion de bebidas embotelladas y poder impulsar el
reciclaje.
1.2.3.1 Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular
Los vehículos necesitan proveerse de combustibles fósiles (gasolina, diésel) para su
funcionamiento, después de realizada la combustión generan varias sustancias toxicas que
son altamente contaminantes, no solo para el medio ambiente, sino también para el ser
humano.
La mayoría de los países en América Latina han establecido impuestos ambientales en
un sentido amplio; el principal impuesto ambiental lo constituye el impuesto al carbono o al
CO2, incluyendo impuestos al transporte que gravan la propiedad o el uso de vehículos
motorizados.
En Ecuador se encuentra vigente desde el 2012 el impuesto ambiental a la
contaminación vehicular(Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del
Estado, 2011) el impuesto recae sobre aquellas personas que sean dueñas de un vehículo con
motor y que por usarlo contaminen el medio ambiente. El hecho generador del impuesto es la
contaminación ambiental producida por los vehículos motorizados de transporte terrestre. Se
encuentran exonerados los vehículos de propiedad de las entidades del sector público, los
destinados al transporte público de pasajeros, de transporte escolar y taxis, los vehículos
21
directamente relacionados con la actividad productiva del contribuyente, las ambulancias y
hospitales rodantes, vehículos considerados como clásicos. La base imponible de este
impuesto corresponde al cilindraje del motor, expresado en centímetros cúbicos, y se aplica
un factor de ajuste, en relación a los años de antigüedad o la tecnología del motor, para gravar
más a aquellos vehículos que potencialmente pueden provocar mayor contaminación.
La Administración Tributaria(SRI, 2012b) establece consideraciones en este impuesto
los cuales se detallan a continuación:
Este impuesto será exigible para la obtención de la matrícula. En el caso de
vehículos nuevos, el impuesto será pagado antes de que el distribuidor entregue el
vehículo a su propietario.
Los intereses por mora se aplican de acuerdo a la tabla trimestral del Banco
Central del Ecuador a partir del primer día del mes siguiente de pago, dependiendo el
último dígito de la placa.
La Institución de Tránsito exigirá el pago del impuesto, previo a la entrega de
la matrícula, debiendo obligatoriamente verificar su idoneidad en el sistema.
En ningún caso el valor del impuesto a pagar será mayor al valor
correspondiente al 40% del avalúo del vehículo, en el año al que corresponda el pago
del referido impuesto.
Los contribuyentes de 65 años o más que adquieran un vehículo nuevo no
deben solicitar la exoneración del Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular,
porque el sistema genera automáticamente este beneficio en el momento en que la
comercializadora realiza el registro del propietario.
22
Para el caso de vehículos eléctricos, el sistema generará automáticamente la
exoneración del IACV, siempre y cuando el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
o los ensambladores, que registran las características principales de los vehículos
importados y de fabricación nacional respectivamente, registren el tipo de
combustible "Eléctrico" en el archivo XML que remiten al SRI.
Del año 2012 al 2016 la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de
Recursos del Estado, Disposición Transitoria Segunda, establece que los vehículos
cuyo cilindraje sea mayor a 2.500 centímetros cúbicos y tengan más de 5 años
contados desde el año de su fabricación, tendrán una rebaja del 80% del valor del
IACV a pagar durante 3 años. Además la rebaja será del 50% para el 4to y 5to año
contado a partir del ejercicio fiscal en el que se empiece a aplicar este impuesto.
Ejemplo:
Datos:
Cilindraje 2500 b= 2500
Año 2007 t= 0,09 3 2.001 - 2500 cc 0,09
Avalúo 2507,50 FA= 5% 2 De 5 a 10 años 5%
IACV = [(b - 1500) t] (1+FA)
IACV= [(2500 - 1500) 0,09] (1+0,05)
IACV= 94,50
1.2.5.1 Recaudación del Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular
En el año 2015, el 0,29% de los vehículos matriculados fueron híbridos y eléctricos
según se detalla en la tabla 5, con lo cual se evidencia que la sociedad ecuatoriana no adapta
conductas ecológicamente responsables.
23
Tabla 5. Vehículos matriculados por tipo de combustible
Tipo de combustible Vehículos matriculados
Gasolina 1.690.270
Diésel 228.492
Híbrido 5.459
No registrado 675
Gas licuado de petróleo 421
Eléctrico 51
Total 1.925.368
Fuente (INEC, 2015)
Elaborado por los autores
El parque automotriz del país se caracteriza por contar con vehículos que en su gran
mayoría se encuentra fuera de la vida útil de 5 años, los cual se expone en la tabla 6 que el
57% de los vehículos matriculados ya están fuera de la vida útil.
Tabla 6. Vehículos matriculados por año del modelo
Modelo Vehículos matriculados
2003 y anteriores 494.500
2004 47.187
2005 65.282
2006 80.406
2007 88.551
2008 90.033
2009 115.195
2010 113.925
2011 157.338
2012 161.345
2013 161.434
2014 159.247
2015 167.327
2016 23.598
Total 1.925.368
Fuente (INEC, 2015)
Elaborado por los autores
Dentro de la recaudación de los impuestos directos del período fiscal 2016, el IACV
aportó con 112.016.909,61 dólares. Las provincias con mayores niveles de recaudación
fueron Guayas y Pichincha conforme se detalla en la Tabla 7 con el 44,97%.
24
Tabla 7. Recaudación de IACV por provincia
Provincia 2015 2016
Pichincha 29.075.306,35 28.665.986,85
Guayas 21.742.909,00 21.706.545,40
No definida 18.220.831,16 18.720.897,42
Azuay 6.620.056,82 6.310.897,10
Manabí 4.787.526,36 4.773.279,92
Tungurahua 4.013.437,87 4.027.573,91
El Oro 3.754.866,01 3.660.226,80
Los Ríos 2.779.270,50 2.656.911,79
Loja 2.587.496,62 2.499.423,43
Cotopaxi 2.542.006,61 2.428.934,90
Santo Domingo de los Tsáchilas 2.477.376,45 2.459.562,35
Chimborazo 2.305.305,49 2.224.543,60
Imbabura 2.249.548,03 2.213.908,53
Cañar 1.777.318,01 1.724.683,97
Esmeraldas 1.600.293,65 1.576.715,33
Sucumbíos 1.010.554,26 961.937,76
Carchi 879.629,17 879.148,35
Orellana 862.429,42 737.180,00
Santa Elena 803.583,70 764.226,25
Bolívar 789.386,80 796.327,80
Morona Santiago 683.189,94 647.116,69
Zamora Chinchipe 522.875,41 526.953,04
Napo 466.649,80 432.491,07
Pastaza 431.227,63 408.169,82
Galápagos 215.226,92 213.267,52
Total 113.198.301,97 112.016.909,61
Fuente SRI(SRI, 2017b)
Elaborado por SRI
En el período 2012 el IACV contabilizaba 10 tipos de gasto tributario que se
encuentran establecidas en la normativa tributaria. Lo cual genera una reducción en el pago
de impuesto por parte de los contribuyentes(Centro de Estudios Fiscales, 2013).
El IACV durante el año 2012 se recaudó aproximadamente 96 millones de dólares, lo
cual aportó a la recaudación total con el 0,89%. En el año 2016 se recaudó 112 millones de
dólares lo cual representó el 1,01% de la recaudación total. En promedio desde su vigencia el
IACV representa en la recaudación total de impuestos el 0.99%(Tabla 8).
25
Tabla 8. Evolución de la recaudación de IACV
AÑO IACV Recaudación Total
2012 95.770.094 10.760.320.206
2013 114.809.077 10.267.759.533
2014 115.137.984 11.285.450.777
2015 113.198.302 12.069.462.648
2016 112.016.910 11.135.082.678
2017 70.578.545 6.925.184.033
Fuente (SRI, 2017a)
Elaborado por los autores
El IACV ha tenido un crecimiento promedio del 4% desde el año 2012 hasta el año
2016 y hasta Julio del 2017 se ha recaudado 70.5 millones de dólares.
Hasta el año 2011 el SRI recaudaba un único impuesto anual por tener la propiedad de
vehículos motorizados, el impuesto anual a los vehículos motorizados (IVM). El IACV se
convierte en un segundo impuesto administrado por el SRI que grava la propiedad de
vehículos que superen los 1500 centímetros cúbicos de cilindraje. Si bien es cierto el objeto
establecido en la leyes es distinto de los dos impuestos señalados, en la práctica es un
impuesto a la propiedad de vehículo con características específicas del cilindraje en la
normativa tributaria.
Los impuestos administrados por el SRI que componen la matrícula anual en
promedio los últimos 5 años aportaron con el 2,71% de la recaudación total. En el año 2012
se recaudó 273 millones de dólares, mientras que en el año 2016 se obtuvo 288 millones de
dólares (tabla 9). Se observa una disminución de impuesto a los vehículos del año 2015 al
año 2016, explicado en parte por las restricciones a las importaciones de vehículos y el uso de
salvaguardias para ajustar la balanza comercial. La recaudación a Julio del 2017 registra 181
millones de dólares por concepto de IVM e IACV y se espera que cierre por un monto
superior a los 287 millones generados en el año 2016.
26
Tabla 9. Recaudación de impuestos a los vehículos administrados por el SRI
AÑO IVM IACV
2012 177.280.037,24 95.770.093,68
2013 196.974.072,69 114.809.077,02
2014 208.465.718,28 115.137.984,12
2015 201.975.382,49 113.198.301,97
2016 174.705.563,87 112.016.909,61
2017 110.763.073,66 70.578.544,96
Fuente (SRI, 2017a)
Elaborado por los autores
Recaudación del Impuesto Ambiental por Tipo de contribuyente
Los contribuyentes que mayor recaudación representan del impuesto ambiental a la
contaminación vehicular son las personas naturales. Por una parte, se justifica por el hecho
que las sociedades gozan de exoneración del impuesto por realizar actividades productivas.
La ley de fomento ambiental establece como exoneración del impuesto ambiental a “los
vehículos motorizados de transporte terrestre que estén directamente relacionados con la
actividad productiva del contribuyente, conforme lo disponga el correspondiente
Reglamento”(Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado, 2011).
Las persona naturales generaron el 80% del impuesto ambiental recaudado por la
administración tributaria en los últimos 5 años. Durante el año 2016, las personas naturales
contribuyeron con 92.3 millones de dólares de los 112 millones de dólares recaudados al final
del periodo fiscal. En la tabla 10 se presenta la contribución al IACV durante los últimos 6
años.
27
Tabla 10. Recaudación de IACV por tipo de contribuyente
Año Personas naturales Sociedades
2012 75.577.505 20.192.589
2013 91.133.794 23.675.283
2014 92.192.568 22.945.416
2015 92.343.697 20.854.605
2016 92.282.664 19.734.246
2017 59.235.123 11.343.422
Fuente (SRI, 2017a)
Elaborado por los autores
Los contribuyentes con mayor aportación a la recaudación del IACV fueron los
contribuyentes Otros con 83%, los contribuyentes especiales con 12% y los contribuyentes
RISE con el 5%. En el año 2016 los contribuyentes especiales pagaron 10.3 millones de
dólares de IACV, los contribuyentes RISE 5.4 millones de dólares y los contribuyentes Otros
cancelaron 96.2 millones de dólares (tabla 11)
Tabla 11. Recaudación de IACV por clase de contribuyente
Año Especial Otros Rise
2012 14.825.357 76.652.682 4.292.054
2013 16.477.468 93.201.584 5.130.024
2014 14.313.222 95.877.530 4.947.232
2015 12.299.565 95.798.707 5.100.030
2016 10.333.363 96.246.942 5.436.605
2017 5.909.074 60.985.594 3.683.878
Fuente (SRI, 2017a)
Elaborado por los autores
1.2.4 Beneficios Fiscales
La Administración Tributaria(SRI, 2012a), define a los beneficios fiscales como las
“son medidas legales que suponen la exoneración o una minoración del impuesto a pagar y
cuya finalidad es dispensar un trato más favorable a determinados contribuyentes (causas
subjetivas) o consumos (causas objetivas). Esta discriminación positiva se fundamenta en
razones de interés público, equidad y justicia social.”.
28
Podemos entender que un beneficio fiscal es un gasto tributario, ya que cuando la
disposición tributaria se desvía de su objetivo o establece una diferenciación se definen como
gasto. Lo cual para el sujeto activo significara un valor no recaudado o percibido.
Una definición del gasto tributario que dio Burman(2003) como los egresos de la
estructura del impuesto diseñado para favorecer una industria específica, actividad, o clase de
personas.
El gasto tributario o renuncia tributaria puede tomar diferentes formas según
Kraan(2004):
Exenciones: Cuantía o monto excluido de la base gravable.
Rebaja: Cuantía o monto deducible para obtener la base gravable.
Crédito: Monto deducible sobre la cuantía del impuesto.
Tasa reducida: Tasa diferenciada aplicada a determinados contribuyentes o
transacciones.
Aplazamiento: Retrasar el pago de los impuestos.
El gasto tributario según lo explica María Victoria Espada(2010) en su presentación
de un Panorama de las Fianzas Corporativas en América Latina en el que hace referencia
sobre el panorama tributario de la región menciona que “Gasto Tributario es el monto de
ingresos que el fisco deja de percibir al otorgar un tratamiento impositivo diferenciado, que
se aparta del establecido con carácter general en la legislación, cuyo objetivo es favorecer o
estimular determinados sectores, actividades, regiones o agentes de la economía”.
29
En ocasiones los gastos tributarios buscan reducir la tributación de los sectores de
menores ingresos, con el propósito de mejorar la progresividad del sistema tributario y, en
definitiva, la distribución del ingreso.
En los últimos años, las estimaciones de Gastos Tributarios han cobrado especial
relevancia. Estudios recientes sugieren incorporarlos como un elemento más del proceso
presupuestario.
Muchos son los casos y dependiendo de las circunstancias de la exención o
exoneración los entes reguladores optan por una reducción de tasa que tiene la ventaja de
provocar un menor costo fiscal que la exoneración, también un mayor control y
transparencia, puesto que persiste la obligación de declarar.
1.2.4.1 Los beneficios fiscales en los impuestos ambientales
El medio ambiente y los recursos que nos proporciona sin duda constituyen la
principal fuente de materia prima para las industrias, globalmente se han establecido normas
para preservar el medio ambiente y estos recursos por medio de instituciones internacionales
las cuales se han ocupado de debatir sobre las necesidades de alcanzar los mayores logros con
respecto a la responsabilidad social empresarial.
No hay duda el enorme desarrollo que han tenido las empresas en el ámbito de la
responsabilidad social empresarial, pero “los expertos siguen trabajando sobre los principales
ámbitos como la responsabilidad social, el desarrollo sostenible y la ética”(Casani Fernández
de Navarrete et al., 2015), trabajando en estos tres ámbitos con el fin de contribuir con el
desarrollo económico y preservación de la sociedad y su ecosistema en general. Las
organizaciones están en la obligación de buscar un equilibrio social económico con el fin de
llegar al bien común.
30
Un beneficio en el régimen tributario ambiental colombiano es la exclusión del IVA
en inversiones que se realicen para maquinarias de reciclaje, emisiones atmosféricas, etc., de
esta manera se genera un incentivo en los contribuyentes.
Los entes reguladores consideran la capacidad contributiva de los individuos evitando
que incremente la brecha entre ricos y pobres, es por esto que se otorgan beneficios o rebajas
tributarias en los impuestos ambientales.
La atenuación es una medida ex ante que consiste en reducir las tasas de los impuestos
ambientales para aliviar la carga fiscal de grupos específicos de población. Esto puede
hacerse de diversas maneras, como aplicar tasas rebajadas a los grupos de menores ingresos o
a los productos de consumo masivo o de primera necesidad (combustibles para calefacción,
insumos agrícolas), adaptar las estructuras arancelarias y otorgar exenciones a partir de un
nivel mínimo de ingreso, entre otras. Sin embargo, el resultado podría ser un debilitamiento
del efecto ambiental que se pretendía conseguir con el impuesto, además de las
complicaciones administrativas que tales medidas conllevarían. En cualquier caso, en los
países de la OCDE existen numerosas disposiciones tributarias especiales. Según la base de
datos de la OCDE/CE hay cientos de exenciones de impuestos y tasas reducidas
El instrumento legal del impuesto ambiental a la contaminación vehicular en nuestro
país redactado en la (Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado,
2011) establece que:
Art. ... (5). Exenciones.
Están exonerados del pago de este impuesto los siguientes vehículos
motorizados de transporte terrestre:
31
1. Los vehículos de propiedad de las entidades del sector público, según la
definición del artículo 225 de la Constitución de la República;
2. Los vehículos destinados al transporte público de pasajeros, que cuenten con
el permiso para su operación, conforme lo determina la Ley Orgánica de Transporte
Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial;
3. Los vehículos de transporte escolar y taxis que cuenten con el permiso de
operación comercial, conforme lo determina la Ley Orgánica de Transporte Terrestre,
Tránsito y Seguridad Vial;
4. Los vehículos motorizados de transporte terrestre que estén directamente
relacionados con la actividad productiva del contribuyente, conforme lo disponga el
correspondiente Reglamento;
5. Las ambulancias y hospitales rodantes;
6. Los vehículos considerados como clásicos, conforme los requisitos y
condiciones que se dispongan en el correspondiente Reglamento; y,
7. Los vehículos eléctricos.
En la actualidad las exenciones aplicables al IACV han sido modificadas, hasta el año
2016 la ley de régimen tributario interno reconocía la exoneración del IACV a las personas
con discapacidad. La grave situación económica del año 2015 y 2016 debido a la caída de los
precios internacionales del petróleo, la baja competitividad de los productos exportados por
no contar con una moneda propia y desajuste en la balanza de pagos motivaron la adopción y
exclusión de la exoneración por discapacidad en el IACV.
32
1.2.5 La Elusión y Evasión de Impuestos
A nivel global en el entorno de los impuestos existen dos términos que son
frecuentemente utilizados por los contribuyentes y las entidades que administran de
impuestos para describir la mala decisión de los contribuyentes que eligen no pagar
impuestos.
La evasión de impuestos en la historia según (Juan Paz y Miño Cepeda, 2015) se
refiere:
Fue un fenómeno constante en el primer siglo republicano, no solo por la ausencia de
medios técnicos y contables para llevar registros transparentes, sino por las dificultades que
condicionaban el desarrollo el país, derivadas de su regionalización, la ausencia de
comunicaciones, el poder político y los conflictos entre elites, el constitucionalismo
excluyente, la existencia de entidades autónomas y la corrupción extendida entre sectores
privados y públicos.
La aplicación de gastos hace más compleja la estructura tributaria, lo que incrementa
la evasión y elusión por varias razones. Slemrod (1988) las resume en cuatro: primero, la
incertidumbre que producen en cuanto a la correcta interpretación de las normas legales;
segundo, la merma en la capacidad de fiscalización de la administración tributaria, puesto que
cada auditoría demanda más tiempo cuando la normativa es compleja; tercero, la mayor
dificultad que imponen a los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones tributarias, lo
que los lleva a incumplir parte de ellas ya sea por desconocimiento o para compensar los
costos que el sistema les impone; y por último, las mayores oportunidades para manipular el
sistema tributario, que se refiere a los mayores espacios de evasión y elusión que se abren a
medida que aumenta la complejidad de la normativa tributaria.
33
Entre las causas más comunes que originan la evasión de impuestos según
Aquino(2008), pero sin descartar otras causas probables son:
1) Carencia de una conciencia tributaria
2) Sistema tributario poco transparente
3) Administración tributaria poco flexible
4) Bajo riesgo de ser detectado
1. Carencia de una conciencia tributaria
La carencia de conciencia tributaria en la sociedad implica una falta de cooperación
de los contribuyentes con el Estado, estos individuos o contribuyentes no consideran que el
estado lo conformamos todos los ciudadanos y esto implica que todos tenemos que contribuir
otorgándole al Estado los fondos necesarios para cumplir con la razón de su existencia, el
cual es prestar servicios públicos con mayor eficiencia.
Entre las razones de la falta de conciencia tributaria Aquino (2008)cita los siguiente:
a) Falta de educación: Se basa básicamente en la ética y moral del
contribuyente como persona, en aquellos principios que son enseñados a los
individuos como valores y patrones de conducta, estos proceden en la sociedad
con equidad y justicia.
b) Falta de solidaridad: El Estado debe garantizar un servicio de
calidad, por lo que es necesario tener recursos, y cuando el Estado no cuenta
con estos, no puede cumplir los fines de su existencia.
34
c) Razones de historia económica: Los países que cuentan con una
historia inconsistencia económica son los países más propensos a rechazar el
pago de tributos, por la sencilla razón de que económicamente se encuentra
mal al igual que sus habitantes, por lo que ellos no desean reducir sus ingresos
con declaraciones que ocasionen una reducción en sus ingresos.
d) Idiosincrasia del pueblo: Se basa en la falta o poca conciencia
tributaria que se relaciona con la falta de solidaridad y la cultura facilista, los
individuos tienen un pensamiento equivocado, de que las normas fueron
hechas para violarlas, de que las fechas de vencimientos pueden ser
prorrogadas, es decir siempre se piensa que existe una salida fácil para todos
los problemas.
e) Falta de claridad del destino de los gastos públicos: En este punto se
describe en la falta de comunicación y transparencia del Estado con sus
habitantes que reclaman saber en qué se está gastando o invirtiendo sus
contribuciones, es decir, la ciudadanía tiene el derecho de exigir una mayor
transparencia del uso de los recursos del Estado.
2. Sistema tributario poco transparente
Un sistema tributario poco transparente contribuye directamente al aumentar la
evasión impositiva, Para que este sistema no sea poco transparente tiene que tener un
conjunto armónico y coordinado de partes de un todo que interactúen con un fin en común.
A lo acotado anteriormente, decimos que la apreciación de un sistema tributario
que se manifiesta como poco transparente, “se refleja en la falta de definición o
desconocimiento de las funciones del impuesto y de la Administración Tributaria en
35
relación a los beneficios que puede brindar como las exenciones, promociones
industriales, subsidios etc., donde la función de una surge como el problema de
otro”(Aquino, 2008).
3. Administración tributaria poco flexible
Es importante resaltar que al definir una administración tributaria poco flexible
se define a un sistema tributario estático, largo, no simplificado, un proceso que para un
mejor funcionamiento necesita un cambio. La flexibilización de la que hacemos referencia
es aquella “que hace que ante los constantes cambios que se producen en los procesos
económicos, sociales, y en la política tributaria en particular, la administración tributaria
deba adecuarse rápidamente a las mismas”(Aquino, 2008).
4. Bajo riesgo de ser detectado
El bajo riesgo de ser detectado se debe al proceso de control implantado, este no
contribuye a detectar anomalías y errores que se dan en los procesos del sistema tributario,
los cuales son causados por diferentes factores.
Los sacrificios de la Administración Tributaria deben, “estar direccionados a detectar
la evasión y definir exactamente su tamaño, para mediante esa información se puedan tomar
la medidas correctivas a implementar”(Aquino, 2008).
Entre las principales formas de eludir impuestos, los contribuyentes aprovechan
beneficios tributarios a minorías.
36
En el Ecuador existen beneficios tributarios como la devolución del Impuesto al Valor
Agregado (IVA) o el Impuesto a la Renta (IR) para los adultos mayores o personas
discapacitadas. En el 2012, se presentaron casos de 7 personas que portaban
documentos falsos para hacerse acreedores a la devolución del Impuesto a la Renta, beneficio
ofrecido por el SRI, por ejemplo, para personas con discapacidad. Carlos Marx Carrasco,
dirigente del SRI de aquel entonces, solicitó que se sancione a estos ciudadanos debido a que
“no pueden llamarse discapacitados, presentaron documentos que los acreditarían como tal
para acudir al SRI y pedir devolución de impuestos de forma ilegítima”, lo que constituye un
delito penal que puede ser sancionado con hasta 6 años de prisión(El Telégrafo, n.d.).
Según Paola Villalta en una entrevista realizada por el Diario el
Ciudadano(2016) expreso cuales serían las principales reformas en la Ley Orgánica
para el Equilibrio de las Finanzas Públicas, también indico el principal motivo por el
cual se decidió eliminar la exención para los discapacitados en el pago del IACV y
expresa lo siguiente :
Algunas personas que tienen familiares con discapacidad utilizan este
recurso tributario para comprar vehículos de lujo. Extraoficialmente se conoce
que 1 de cada 3 vehículos de lujo han sido adquiridos con esta modalidad, lo
cual perjudica al Estado; y por ello se busca poner fin a la ‘viveza criolla.
1.2.6 Efecto de la Evasión en la Sociedad
La evasión de impuestos está penalizada por la ley, por dejar de pagar todo o una
parte de un impuesto que está obligado a pagar, al no cumplir con el pago de las
contribuciones que por ley le corresponden y está obligada como contribuyente o ciudadano
está infringiendo la ley, por ende cometiendo un delito. Este incumplimiento afecta
37
directamente a las Finanzas Publicas y el único beneficiado es el contribuyente ya que recibe
un beneficio que por ley no le corresponde, en Ecuador esto puede ser penalizado hasta con
10 años de prisión.
Los historiadores Paz y Miño (2015) en su libro Historia de los impuestos del Ecuador
redactan lo siguiente:
La historia tributaria de Ecuador, inició en el años de 1830 con la
República, se caracterizó por la evasión y el condicionamiento de las políticas
del modelo empresarial, en el siglo XIX el sistema tributario se caracterizó por
la dominación de un grupo económicos exclusivos como hacendados,
comerciantes, banqueros e industriales y la evasión tributaria fue uno de los
fenómenos más constantes”, no solo por la falta de control y de los medios
para recaudar, sino también por el poder político y la corrupción extendida
entre sectores privados y públicos. (pag.44)
En la actualidad la normativa ecuatoriana que regula el pago de impuestos está
direccionada a la redistribución de la riqueza, es decir que el que tiene más paga más, o bien
dicho que otra manera aquel que genere más ingresos aportara para el desarrollo económico
de la nación, tema que ha sido en los últimos años una polémica de discusión entre el
gobierno y algunos grupos económicos que creen que es injusto todo esto.
Una de las formas más utilizadas en Ecuador para evadir impuestos de los grandes
grupos económicos es la utilización de paraísos fiscales para no pagar impuestos, lo cual
beneficia a esos grupos económicos y perjudica al país.
Si bien la economía de un país no solo depende de los impuestos, la evasión de estos
afecta directamente a las Finanzas Públicas, ya que, al disminuir los recursos recaudados, el
38
gobierno posee menos dineros para invertir en obras, salud, educación, etc., que ayudan a
mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y el desarrollo económico del país en general.
1.2.7 Situación Económica del Ecuador
El Ecuador durante la última década ha experimentado cambios de índole social,
político y se evidencia un desempeño económico positivo. La estabilidad política, la apertura
de nuevos mercados, la inversión pública y privada, entre otros, repercutió en un crecimiento
económico del doble del producto interno bruto (PIB) entre el año 2005 y el 2015, según los
datos del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). En el año 2005 el PIB registrado fue de
41.507 millones de dólares, mientras que en el año 2015 se generó un PIB de 100.176
millones de dólares(BID, 2017b). Durante el año 2016 la economía ecuatoriana se ve
afectada por la apreciación de la moneda, la baja del precio del petróleo uno de los
principales productos de exportación y generador de ingresos públicos. Así también durante
el mes de Abril el país soportó un terremoto que destruyó parte de la población. Todos estos
eventos generaron una contracción de la economía y una baja del PIB a 97.802 millones de
dólares.
Según los datos del BID, la razón de crecimiento de la economía ecuatoriana en los
últimos 5 años fue disminuyendo en términos reales es decir sin considerar el efecto del
incremento de los precios en la economía. El índice real de crecimiento entre el año 2014-
2015 fue del 0.16% y entre el 2015-2016 se registró un decrecimiento del 1.47%, lo cual se
presenta en la figura 1.
39
Figura 1.Índice de crecimiento real del PIB de Ecuador
Fuente (BID, 2017a)
Elaborado por los autores
Un decrecimiento en la economía es una señal alarmante ya que expone una
disminución en el nivel de producción de bienes y servicios en la economía lo cual refleja una
afectación de sus actores; Empresa privada, Gobierno, Familias.
Entre otras medidas debido a la desaceleración de la economía, se implementaron y se
aplicaron salvaguardias al comercio exterior para precautelar la producción de la industria
nacional y disminuir la salida de dólares de la economía producto de un excesivo nivel de
importaciones, como se observa en la figura 2. Durante el año 2012 y 2015 se registraron
valores negativos en la balanza comercial, lo cual demuestra que las importaciones fueron
mayores a las exportaciones, al no ser una economía con moneda propia provoca una escasez
del circulante. En el año 2015 la balanza comercial llego a registrar un déficit de 2 mil 114
millones de dólares, según datos publicados por el BID. Durante el año 2016 se registró un
saldo positivo 1 mil 418 millones de dólares.
40
Figura 2. Balanza en cuenta corriente de Ecuador
Fuente (BID, 2017a)
Elaborado por los autores
1.2.7.1 Situación Económica del gobierno central
El gobierno central es un actor relevante en la economía ya que es capaz de dinamizar
la misma a través de inversiones públicas o consumo. Por otra parte, el gasto del gobierno
central debe encontrarse debidamente financiado a través de ingresos fijos o temporales ya
que la ausencia de los mismos provocaría un déficit en las cuentas fiscales.
El gobierno central ecuatoriano a través de la función ejecutiva elabora una proforma
que posterior a la aprobación de la asamblea nacional se convierte en el presupuesto general
del estado.
Durante los últimos 5 años se observa un déficit global de caja. Durante el año 2012
los gastos del estado fueron superiores en 1 mil 758 millones de dólares a los ingresos
fiscales, lo cual provoco la obtención de financiamiento a través de deuda pública. En el año
2016 se registró una necesidad de financiamiento del déficit del presupuesto por 5 mil 337
millones de dólares, lo cual se presenta en la tabla 12.
41
Tabla 12. Situación financiera del presupuesto del Gobierno Central
Millones de USD
Período DEFICIT (-) O
SUPERAVIT (+)
2012 -1.758,1
2013 -4.013,8
2014 -7.312,2
2015 -1.668,4
2016 -5.337,3
Fuente (BCE, 2017)
Elaborado por los autores
El déficit del gobierno central ecuatoriano en función del PIB ha aumentado por lo
que es imperativo la búsqueda de nuevas fuentes de ingresos públicos o la optimización de
los beneficios e incentivos económicos en la sociedad, entre estos las exoneraciones
tributarias. El déficit de los últimos 5 años en promedio fue del 4,10% del PIB y durante el
último año alcanzó el 5,41%. En la tabla 13 se detalla la proporción del déficit respecto al
PIB.
Tabla 13. Situación financiera del presupuesto del Gobierno Central
Porcentaje del PIB
Período Porcentaje
2012 -2,01
2013 -4,22
2014 -7,19
2015 -1,68
2016 -5,41
Fuente (BCE, 2017)
Elaborado por los autores
Uno de los principales motivos del déficit en el presupuesto de los últimos 3 años es
la sobreestimación del precio del barril del petróleo. Los hidrocarburos junto con los
impuestos son la principal fuente de ingresos del estado. La estimación del presupuesto para
el año 2015 fue de 39 dólares, y a diciembre del 2015 la cotización estaba cercana a los 20
dólares(Ministerio de Económia y Finanzas, 2017). Durante el año 2016 la estimación fue de
un precio promedio de 35 dólares y solo el último trimestre del 2016 la cotización coincidía
42
con lo proyectado. Al disminuir los precios con una cantidad estable de barriles de petróleo
exportados generó la disminución de los ingresos petróleos lo cual se observa en la figura 3.
Figura 3. Exportaciones de petróleo y valor unitario
(BCE, 2017)
Elaborado por los autores
Según los registros de las cuentas nacionales publicadas por el Banco Central
Ecuatoriano, los ingresos petroleros disminuyeron del 2014-2015 en 4 mil 500 millones de
dólares aproximadamente y 2015-2016 disminuyó en 1 mil millones respecto al periodo
anterior. El año 2016 registró ingresos petroleros de 5 mil 402 millones de dólares. Se refleja
la disminución de la bonanza petrolea hasta el año 2012 y su disminución hasta la actualidad.
Por otra parte se observa el aumento de la carga fiscal en la sociedad durante los mismos
periodos. La tabla 14 detalla todas las operaciones de los ingresos del sector público no
financiero en base al devengado.
Tabla 14. Operaciones del sector público no financiero
Millones de USD
Transacciones \ Período Años
2012 2013 2014 2015 2016
Ingresos Petroleros 12.219,7 11.433,4 10.905,8 6.346,2 5.402,0
Ingresos no petroleros 19.782,5 22.630,4 23.939,2 25.937,3 24.294,3
Ingresos tributarios 12.254,7 13.667,6 14.460,0 15.588,3 14.017,4
(BCE, 2017)
Elaborado por los autores
43
Al existir externalidades que merman los ingresos petroleros, los ingresos no
petroleros han financiado en mayor proporción los últimos 3 años el presupuesto general del
Estado. En la figura 4 se puede visualizar que el ingreso no petrolero con mayor aporte son
los ingresos tributarios que en el año 2016 generó 14 mil millones de dólares. Los ingresos no
petroleros del mismo periodo representaron el 25% del PIB y en relación a los ingresos
totales del presupuesto general del estado una proporción mayor al 80%.
Figura 4. Ingresos del Gobierno Central
(BCE, 2017)
Elaborado por los autores
1.2.8 Las personas con discapacidad en el Ecuador
Actualmente en el Ecuador nos encontramos en la época de la revolución ciudadana
iniciada por el expresidente de la Republica de Ecuador Econ. Rafael Correa y ahora con una
misma visión social de igualdad e inclusión el Lic. Lenin Moreno actual presidente de la
Republica de Ecuador, quienes promueven normativas que beneficien a las personas con
discapacidad.
44
El énfasis de la discapacidad “hace referencia a la persona y su deficiencia,
caracterizada como una anomalía patológica que impide a la persona a realizar actividades
que se consideran normales”(Palacios, 2008), es decir las actividades que pueden realizar las
demás personas que no padecen dichas diversidades funcionales.
La definición de discapacitado en Ecuador se encuentra en la ley de discapacidades
que indica:
“Toda aquella que, como consecuencia de una o más deficiencias físicas,
mentales, intelectuales o sensoriales, con independencia de la causa que la hubiera
originado, ve restringida permanentemente su capacidad biológica, sicológica y
asociativa para ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, en la
proporción que establezca el Reglamento”(Asamblea Nacional, 2012).
En Julio del 2017, la corte constitucional resolvió la demanda de inconstitucionalidad
al reglamento a la ley orgánica de discapacidades por motivo que se aumentó el porcentaje de
discapacidad del 30% al 40% para empezar a gozar de los beneficios tributarios.
Mediante sentencia 017-17-SIN-CC la corte constitucional se pronunció aceptando la
acción presentada de inconstitucionalidad garantizando una sociedad no regresiva para
acceder a los derechos de los discapacitados. La sentencia indica lo siguiente:
Aceptar la acción pública de inconstitucionalidad planteada por razones de
fondo de los artículos 1 -parte final- y 6 segundo y tercer inciso del Reglamento a la
Ley Orgánica de Discapacidades, contenido en el Decreto Ejecutivo N.º 171,
publicado en el suplemento del Registro Oficial N.º 145 del 17 de diciembre de 2013.
2. En ejercicio de la facultad consagrada en el artículo 436 numerales 1 y 2 de la
45
Constitución de la República, en concordancia con el artículo 76 numerales 4, 5 y 6 de
la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, se declara:
a) En la parte final del texto del artículo 1 del Reglamento a la Ley Orgánica
de Discapacidades, la inconstitucionalidad de la frase “cuarenta por ciento”,
sustituyéndola por la frase treinta por ciento.(Corte Constitucional, 2017)
Según páginas de instituciones públicas para el año 2014 “en el Ecuador existen
15.952.442 habitantes, de estas 442.041 personas tienen algún tipo de discapacidad. Esta
población representa el 3,5% de la población nacional”(MIES, 2017a).
Las personas que se encuentran registradas en los catastros públicos como
discapacitados en un 35% han conformado una familia, por lo que el ser discapacitado no es
limitante para ser totalmente dependiente de los padres ya que más de 90 mil discapacitados
han podido conformar una unidad familiar(Anexo 1). El 53,75% de los discapacitados, han
conformado aunque sea una vez una familia por lo que a la fecha pueden encontrarse como
casados, unión libre, viudos, separados o divorciados.
Se observa en la información proveniente de las encuestas de condiciones de vida que
las personas con discapacidad tienen poder adquisitivo ya que en un 64,56% tienen viviendas
propias y totalmente pagadas. El 8,25% arrienda su vivienda y el 5,15% indicó que era casa
propia y la estaba pagando (Anexo 2). Aproximadamente el 80% ha acumulado la propiedad
del inmueble o genera un ingreso minino para cubrir el arriendo, por lo que no se puede
afirmar que todas las personas con discapacidad en Ecuador son pobres y tengan necesidades
economicas.
Por último se identificó que en promedio la tasa de empleo de las personas con
discapacidad es del 26.32%. Las personas con tipo de discapacidad auditiva y visual
46
registraron las tasas de empleo más altas con el 37.4% y 32.7% respectivamente. La
discapacidad intelectual con el 15% fue la que se evidenció la menor tasa de empleo (Anexo
3).
A la fecha se encuentran contabilizados 442.041 personas con discapacidad en los
registros públicos. Las provincias que contienen la mayor proporción de discapacitados son
Guayas y Pichincha conforme se detalla en la Tabla 15 con el 44,97%.
Tabla 15. Discapacitados registrados por provincia
Provincia Número de registros
Guayas 101.505
Pichincha 64.860
Manabí 44.410
Azuay 28.314
Los Ríos 20.453
El Oro 18.852
Loja 14.441
Chimborazo 13.938
Esmeraldas 13.580
Tungurahua 12.048
Santo Domingo de los Tsáchilas 11.914
Imbabura 11.880
Cotopaxi 10.417
Santa Elena 9.305
Cañar 7.907
Bolívar 6.413
Orellana 5.588
Sucumbíos 5.251
Morona Santiago 5.205
Carchi 4.896
Napo 3.798
Zamora Chinchipe 3.650
Pastaza 2.924
Galápagos 491
Fuente Conadis(2017)
Elaborado por los autores
47
1.2.8.1 Régimen Tributario para personas con Discapacidad
Actualmente en el país cuenta con varios beneficios e incentivos tributarios que
benefician a los adultos mayores, personas con discapacidad, padres, cónyuges, hijos y
sustitutos de personas con discapacidad, al igual que a los empleadores que los contraten y las
empresas encargadas de su atención.
En Ecuador se establecen beneficios fiscales para personas con discapacidad, así lo
expresa la Ley Organica de Discapacidades(2012), la cual declara lo siguiente:
El artículo 75 referente a los impuestos prediales expresa que las personas con
discapacidad y/o las personas naturales y jurídicas que tengan legalmente bajo su
protección o cuidado a la persona con discapacidad, tendrán la exención del cincuenta
por ciento (50%) del pago del impuesto predial.
En el artículo 76 referente a los impuestos a la renta expresa que los ingresos
de las personas con discapacidad están exonerados en un monto equivalente al doble
de la fracción básica gravada con tarifa cero (0) del pago del impuesto a la renta.
También serán beneficiarios de la exoneración antes señalada los sustitutos.
En el artículo 77 hace referencia a las tasas y/o tarifas notariales, consulares y
de registro civil, identificación y cedulación y expresa que las personas con
discapacidad se encuentran exentas del pago de las tasas y/o tarifas por servicios
notariales, consulares y de registro civil, identificación y cedulación, así como por la
obtención de su pasaporte.
El artículo 78 hace referencia al impuesto al valor agregado enuncia que las
personas con discapacidad tienen derecho a que el impuesto al valor agregado que
paguen en la adquisición de bienes y servicios de su uso y consumo personal les sea
48
reintegrado a través de la emisión de cheque, transferencia bancaria u otro medio de
pago, sin intereses.
El artículo 79 menciona los pagos de servicios básicos en donde declara que
tendrán una rebaja para el pago de los servicios básicos de suministro de energía
eléctrica, agua potable y alcantarillado sanitario, internet, telefonía fija y móvil, a
nombre de usuarios con discapacidad o de la persona natural o jurídica sin fines de
lucro que represente legalmente a la persona con discapacidad.
En el artículo 80 menciona que las personas con discapacidad y personas que
tengan legalmente bajo su cuidado a personas con discapacidad gozarán de
exenciones del pago de tributos al comercio exterior, impuestos al valor agregado e
impuestos a los consumos especiales, con excepción de las tasas portuarias y de
almacenaje, en la Importación y compra de vehículos ortopédicos y no ortopédicos.
Estos beneficios tributarios para personas con discapacidad en relación con la Ley
Orgánica para el Equilibrio de las Finanzas Públicas, contempla que, si no se beneficia de la
exoneración del Impuesto a la Renta, podrá hacerlo el sustituto. También se amplió el
beneficio para que puedan solicitar la devolución del IVA y el ICE en la adquisición local de
vehículos para personas con discapacidades.
49
1.3 Marco Conceptual
Medio Ambiente: Para Gabriel Quadri(2012), el término “medio ambiente” se refiere
a diversos factores y procesos biológicos, ecológicos, físicos y paisajísticos que, además de
tener su propia dinámica natural, se entrelazan con las conductas del hombre. Estas
interacciones pueden ser de tipo económico, político, social, cultural o con el entorno, y hoy
en día son de gran interés para los gobiernos, las empresas, los individuos, los grupos sociales
y para la comunidad internacional.
Contaminación ambiental: Según Xavier Castells (2009) “es toda presencia de
cuerpos extraños en la composición de los elementos de la tierra. La contaminación es la
introducción en un medio cualquiera de un contaminante”
Instrumentos fiscales Ambientales: (Lanzilotta, 2015)Los instrumentos fiscales
aplicables en política ambiental son los impuestos, los cargos y tasas por el uso de los
recursos naturales o de los servicios ambientales que prestan, o algún programa que controle
el abuso y la contaminación generada; los incentivos fiscales como el gasto tributario (tarifas
reducidas, exenciones, depreciación acelerada), los subsidios o las subvenciones.
Contribuyente: Esteves (1996) lo define como aquella persona física o jurídica con
derechos y obligaciones, frente a un ente público, derivados de los tributos. Es quien está
obligado a soportar patrimonialmente al pago de tributos con el fin de financiar al Estado.
Discapacidad: La Organización mundial de la salud lo define como “Término
genérico que abarca deficiencias, limitaciones de la actividad y restricciones a la
participación. Se entiende por discapacidad la interacción entre las personas que padecen
alguna enfermedad y factores personales y ambientales”(Organización Mundial de la Salud,
2013).
50
Exención: “Es la situación jurídica de origen constitucional o legal, en que se
encuentra un grupo de sujetos, que hace que aun dándose respecto de ellos los supuestos
facticos que harían nacer la relación tributaria, los mismos no sean imputables, naciendo en
consecuencia la misma”.(Lanziano, 1979)
Economía ambiental: Labandeira(2007) en su libro Economía Ambiental hace
referencia a este término indicando que “trata temas relacionados con la función del medio
ambiente como receptor y asimilador de residuos, es decir, como sustentador de ciertos
procesos bióticos y abióticos de recuperación y regeneración de subproductos derivados de
los procesos de producción y consumo.
Reforma: (Tello, 1980) “La reforma tributaria en su aspecto institucional,
administrativo y fiscal, debe caminar a la par de la renovación ética y profesional del
ejercicio de la administración pública.”
Vehículos motorizados: La enciclopedia Jurídica de Chile(2015) define que es aquel
medio de desplazamiento terrestre, con propulsión propia, que se encuentra por su naturaleza
destinado al transporte o traslado de personas o cosas y sujeto a la obligación de obtener
permiso de circulación para transitar. Los remolques, acoplados, casa rodante, u otros
similares, que carezcan de propulsión pero que circulen por vías públicas, también se
considerarán como vehículos motorizados, debiendo contar con el seguro obligatorio de igual
forma que el vehículo que los impele.
Recaudación: Es una facultad de la Administración tributaria que consiste en
recaudar los tributos. A tal efecto, se podrá contratar directamente los servicios de las
51
entidades del sistema bancario y financiero, así como de otras entidades para recibir el pago
de deudas correspondientes a tributos administrados por aquella. (Effio, 2008)
Gasto Tributario: Metcalf(2007) define al gasto tributario como las pérdidas de
ingresos fiscales contempladas en las normas tributarias que permite un crédito, deducción o
alguna otra exclusión que no se contemplaría en una norma tributaria "normal". Por lo que el
gasto tributario solo se cuenta si conlleva a una reducción en el pago de impuestos de una
sociedad o sobre las personas.
52
1.4 Marco Legal
Constitución de la República del Ecuador
La constitución de la República del Ecuador que se encuentra en vigencia desde el
año 2008 se incorpora con grandes cambios, considerando al medio ambiente y se le otorgan
derechos a la naturaleza, en este cuerpo legal también se consideran los derechos de las
personas con discapacidad.
A continuación se detallan las secciones de la constitución requeridas para el
desarrollo del presente trabajo de investigación:
Derecho a un Ambiente Sano: Art. 14 y 15
Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria: Art. 35
Personas con discapacidad: Art. 47 – 49
Derechos de libertad: Art. 66 #27
Derechos de la naturaleza: Art 71 – 74
Responsabilidades: Art. 83 #6
Régimen tributario: Art. 300
Naturaleza y ambiente: Art. 395 – 399(Asamblea Nacional Constituyente, 2008)
Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado
La presente Ley publicada en el Registro Oficial Suplemento 583 de 24-nov-2011 en
su artículo 13 nos menciona la creación de los nuevos impuestos ambientales; El Impuesto
Ambiental a la Contaminación Vehicular y El Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas no
53
Retornables; los cuales son agregados a continuación del Título Tercero correspondiente a
"Impuestos a los Consumos Especiales" de la Ley de Régimen Tributario Interno. El detalle
legal del IACV en la (Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado,
2011) se detalla a continuación:
"Título (...)
IMPUESTOS AMBIENTALES
CAPITULO I
IMPUESTO AMBIENTAL A LA CONTAMINACION VEHICULAR
Art. ....-Objeto Imponible.- Créase el Impuesto Ambiental a la
Contaminación Vehicular (IACV) que grava la contaminación del ambiente producida
por el uso de vehículos motorizados de transporte terrestre.
Art. ....- Hecho generador.- El hecho generador de este impuesto es la
contaminación ambiental producida por los vehículos motorizados de transporte
terrestre.
Art. ....- Sujeto Activo.- El sujeto activo de este impuesto es el Estado
ecuatoriano. Lo administrará a través del Servicio de Rentas Internas.
Art. ....- Sujeto Pasivo.- Son sujetos pasivos del IACV las personas naturales,
sucesiones indivisas y las sociedades, nacionales o extranjeras, que sean propietarios
de vehículos motorizados de transporte terrestre.
Art. ....- Exenciones.- Están exonerados del pago de este impuesto los
siguientes vehículos motorizados de transporte terrestre:
54
1. Los vehículos de propiedad de las entidades del sector público, según la
definición del artículo 225 de la Constitución de la República;
2. Los vehículos destinados al transporte público de pasajeros, que cuenten con
el permiso para su operación, conforme lo determina la Ley Orgánica de Transporte
Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial;
3. Los vehículos de transporte escolar y taxis que cuenten con el permiso de
operación comercial, conforme lo determina la Ley Orgánica de Transporte Terrestre,
Tránsito y Seguridad Vial;
4. Los vehículos motorizados de transporte terrestre que estén directamente
relacionados con la actividad productiva del contribuyente, conforme lo disponga el
correspondiente Reglamento;
5. Las ambulancias y hospitales rodantes;
6. Los vehículos considerados como clásicos, conforme los requisitos y
condiciones que se dispongan en el correspondiente Reglamento; y,
7. Los vehículos eléctricos.
Art. ....- Base Imponible y tarifa.- La base imponible de este impuesto
corresponde al cilindraje que tiene el motor del respectivo vehículo, expresado en
centímetros cúbicos, a la que se le multiplicará las tarifas que constan en la siguiente
tabla:
No. Tramo cilindraje - Automóviles y
motocicletas (b)* $ / cc. (t)*
1 Menor a 1.500 cc 0.00
2 1.501 - 2.000 cc 0.08
3 2.001 - 2500 cc 0.09
55
4 2.501 - 3.000 cc 0.11
5 3.001 - 3.500 cc 0.12
6 3.501 - 4.000 cc 0.24
7 Más de 4.000 cc 0.35
Art. ....- Factor de Ajuste.- El factor de ajuste es un porcentaje relacionado
con el nivel potencial de contaminación ambiental provocado por los vehículos
motorizados de transporte terrestre, en relación con los años de antigüedad o la
tecnología del motor del respectivo vehículo, conforme el siguiente cuadro:
No. Tramo de Antigüedad (años) -
Automóviles Factor (FA)
1 Menor a 5 años 0%
2 De 5 a 10 años 5%
3 De 11 a 15 años 10%
4 De 16 a 20 años 15%
5 Mayor a 20 años 20%
6 Híbridos -20%
Art. ....- Cuantía del Impuesto.- La liquidación de este impuesto la realizará
el Servicio de Rentas Internas; para tal efecto, se aplicara la siguiente fórmula:
IACV = [(b - 1500) t] (1+FA)
Donde:
B = base imponible (cilindraje en centímetros cúbicos)
T = valor de imposición específica
F A= Factor de Ajuste
En ningún caso el valor del impuesto a pagar será mayor al valor
correspondiente al 40% del avalúo del respectivo vehículo, que conste en la Base de
Datos del Servicio de Rentas Internas, en el año al que corresponda el pago del
referido impuesto.
56
Art. ....- Pago.- Los sujetos pasivos de este impuesto pagarán el valor
correspondiente, en las instituciones financieras a las que se les autorice recaudar este
tributo, en forma previa a la matriculación de los vehículos, conjuntamente con el
impuesto anual sobre la propiedad de vehículos motorizados. En el caso de vehículos
nuevos, el impuesto será pagado antes de que el distribuidor lo entregue a su
propietario.
Cuando un vehículo sea importado directamente por una persona natural o por
una sociedad, que no tenga como actividad habitual la importación y comercialización
de vehículos, el impuesto será pagado conjuntamente con los derechos arancelarios,
antes de su despacho por aduana.
Art. ....- Intereses.- El impuesto que no sea satisfecho en las fechas previstas
en el reglamento, causará a favor del sujeto activo el interés por mora previsto en el
artículo 21 del Código Tributario.
Art. ....- Responsabilidad solidaria.- Quien adquiera un vehículo cuyo
anterior propietario no hubiere cancelado el impuesto a la contaminación ambiental
vehicular por uno o varios años, será responsable por el pago de las obligaciones
adeudadas, sin perjuicio de su derecho a repetir el pago del impuesto en contra del
anterior propietario.
Ley Orgánica para Equilibrio de las Finanzas Publicas
Publicada en el Registro Oficial Suplemento 744 el 29-abr.-2016, es una norma que
busca enfrentar la compleja situación económica que atraviesa el país, principalmente
influenciada por el sector externo, y en beneficio de la salud de los ciudadanos.
57
En esta base legal se reforma el beneficio de exención que recibían las personas
discapacitadas en el país, registrados como tales, debido a un abuso detectado por parte de los
contribuyentes al momento de gozar de este beneficio.
18. En el quinto artículo innumerado denominado "Exenciones", del Capítulo I
"IMPUESTO AMBIENTAL A LA CONTAMINACION VEHICULAR" del Título
innumerado denominado "IMPUESTOS AMBIENTALES", agréguese "y," al final
del numeral 6, suprímase "; y," al final del numeral 7 y deróguese el numeral
8.(Asamblea Nacional, 2016)
Ley Orgánica de Discapacidades
La Ley Orgánica de discapacidades publicada en el Registro Oficial Suplemento 796
el 25 de Septiembre de 2012 es la principal normativa que ampara a las personas con
cualquier tipo de discapacidad en el país.
En la sección tercera, desde el Art. 11 hasta el Art. 15 hace referencia a la acreditación
y registro nacional de las personas con discapacidad.
Desde el Art. 16 hasta el Art. 57 indica los derechos inviolables que goza una persona
con discapacidad.
La sección octava desde el Art. 71 hasta el Art. 81; abarca las tarifas preferenciales,
exenciones arancelarias y del régimen tributario, recalcando que la finalidad de estos
beneficios son de exclusividad para las personas discapacitados o sus respectivos sustitutos.
58
CAPÍTULO 2. MARCO METODOLÓGICO
2.1 Procedimiento metodológico
Para estimar el efecto en la recaudación del impuesto ambiental por la eliminación de
la exención a los discapacitados durante el periodo fiscal 2017, se exponen los
procedimientos metodológicos y técnicas que utilizadas en la investigación.
El enfoque de la investigación fue cuantitativo, por utilizar datos estadísticos del 2016
de los contribuyentes con discapacidad sujetos al pago del IACV. El alcance del estudio fue
explicativo, por determinar el efecto en la recaudación de la eliminación de la exoneración de
discapacitados.
El diseño de estudio es de corte transversal y de carácter no-experimental por analizar
a los sujetos pasivos con las normativa tributaria vigente a partir del periodo fiscal 2017 pero
tomando la base de vehículos del año 2016 para simular y obtener la base gravada e impuesto
generado en el año de estudio, manteniendo todas las demás variables constantes y tan solo
excluyendo el beneficio a las personas con discapacidad.
Las fuentes de información fueron secundarias, ya que no se requirió el uso de
encuestas y se trabajó directamente con la información que registra la administración
tributaria proveniente de la declaración de impuesto a la renta de las personas naturales y la
base nacional de matriculación vehicular.
2.2 Procedimientos de recolección de datos
2.2.1 Datos para análisis descriptivo
Se utilizó los registros de todos los contribuyentes con discapacidad domiciliados en
Ecuador durante el 1 de enero y 31 de diciembre del año 2016. Mediante trámite número
59
109012017150572 se solicitó la información al SRI y se obtuvo una población de 23.349
contribuyentes.
La información solicitada fueron los siguientes campos del formulario 102 del periodo
fiscal 2016:
1. Fecha de nacimiento.
2. Ingresos totales
3. Rebaja especial por discapacidad
4. Base imponible
5. Impuesto Causado
La información solicitada de la base nacional de matriculación vehicular de vehículos
que durante el 2016 registró el tipo de exoneración en el IACV por discapacidad o traslado de
discapacitados:
1. Cilindraje del vehículo.
2. Clase y subclase del vehículo
3. Avalúo del vehículo
4. Año de fabricación del vehículo
5. Año del modelo del vehículo
6. IACV causado
7. IACV exonerado
8. IACV pagado
9. Marca
10. Importado o Local
11. Porcentaje de discapacidad
60
12. Exonerado por discapacidad o traslado de discapacidad
13. Tipo de combustible
2.3 Técnica de procesamiento
En este estudio se presenta el análisis descriptivo de la población de 23.349
contribuyentes que fueron sujetos pasivos del IACV durante el periodo fiscal 2016, se
observaron las relaciones entre las variables presentando a través de gráficos, figuras y tablas.
Se utilizó el software estadístico Stata para realizar el análisis descriptivo y generar
estadísticas de las variables definidas en la investigación y también para las pruebas de
hipótesis, así también crear gráficos que permiten obtener y alcanzar los objetivos específicos
definidos en la investigación. Por otra parte se utilizó herramientas de análisis de datos de
Excel para el tratamiento y tabulación de la información.
61
CAPITULO 3. RESULTADOS
Sobre una población de estudio de 23.349 vehículos motorizados se efectuó un
análisis descriptivo para alcanzar los objetivos de la investigación y comprobar la hipótesis
planteada.
Los vehículos con menor cilindraje en el mercado ecuatoriano reflejan esta
característica en su precio de adquisición por lo que se puede suponer que a mayor cilindraje
será más alto el nivel de ingresos del beneficiario de la exoneración. La distribución de la
propiedad de los vehículos de discapacitados se detalla a continuación en la figura 5.
Figura 5. Cilindraje
Fuente SRI
Elaborado por los autores
Del total de vehículos motorizados, el 47% corresponde a vehículos con bajo nivel de
contaminación a través de un cilindraje ente 1.501cc y 2.000cc. Seguidos por el grupo de
vehículos entre 2.001cc y 2.500cc con el 21%. A medida que aumenta la capacidad de
contaminación del vehículo, la demanda de este tipo de vehículos por parte de los
discapacitados disminuye.
62
Bajo este primer análisis, la eliminación del beneficio tiene un efecto regresivo en las
grandes mayorías de contribuyentes. El 6% de la población de estudio tiene vehículos
superiores al tramo más alto que son más de 4.000cc.
Durante el año 2016 el rango de cilindranje con mayor magnitud de exoneración
otorgada fue precisamente la de más de 4.000cc por un valor de 1 millón 810 mil. Mientras
que al tramo con mayor cantidad de vehículos entre 1.501 y 2.000cc registró exoneración por
190 mil dólares lo que representa el 5%(tabla 16).
Tabla 16. IACV 2016 por cilindraje
Cantidad Tramo cilindraje IACV Causado IACV Exonerado
11.015 1.501 - 2.000 cc 289.904 190.808
5.052 2.001 - 2.500 cc 426.818 280.788
3.132 2.501 - 3.000 cc 467.010 320.691
1.321 3.001 - 3.500 cc 324.179 215.686
1.273 3.501 - 4.000 cc 777.685 525.711
1.556 Más de 4.000 cc 2.659.597 1.810.854
23.349 Total general 4.945.192 3.344.539
Fuente SRI
Elaborado por los autores
Durante el año 2017 de haberse mantenido el beneficio y según la estimación
realizada, la concentración del otorgamiento de la exoneración en los vehículos con más de
4.000cc no cambia ya que el cilindraje de los vehículos es el mismo entre un año y otro (tabla
17). La estimación de la exoneración que se hubiera tocado otorgar por la eliminación del
beneficio de los discapacitados genera mayor recaudación por el IACV desde el año
2017(tabla 17).
63
Tabla 17. IACV 2017 por cilindraje
Cantidad Tramo cilindraje IACV Causado IACV Exonerado
11.015 1.501 - 2.000 cc 291.862 192.041
5.052 2.001 - 2.500 cc 429.754 282.674
3.132 2.501 - 3.000 cc 470.459 322.949
1.321 3.001 - 3.500 cc 327.884 217.890
1.273 3.501 - 4.000 cc 783.855 529.654
1.556 Más de 4.000 cc 2.678.346 1.824.331
23.349 Total general 4.982.161 3.369.538
Fuente SRI
Elaborado por los autores
Durante el período fiscal 2016 en promedio un vehículo del grupo de cilindraje 1.501
- 2.000 cc causaba en promedio 26 dólares de impuesto de los cuales se exoneraba 17 dólares.
Mientras que los vehículos con categoría de más de 4000cc en promedio generaban un
impuesto de 1709 dólares y el sistema los beneficiaba con 1164 dólares (figura 6).
Figura 6 IACV promedio 2016 por cilindraje
Fuente SRI
Elaborado por los autores
En la proyección realizada para el año de estudio el grupo de vehículos entre 1.501 y
2.000cc no genera un mayor aumento de la recaudación respecto al 2016, pero si se observa
un incremento mínimo en los vehículos con más de 4.000cc. Por lo que de haberse
mantenido el beneficio también hubiese aumentado el valor exonerado para esos vehículos
motorizados (figura 7).
64
Figura 7 IACV promedio 2017 por cilindraje
Fuente SRI
Elaborado por los autores
Se evaluó la propiedad y otorgamiento de la exoneración por el avalúo del vehículo,
para demostrar que el beneficio hasta el año 2016 se otorgó a los menos necesitados y a
partir del año 2017 representará un ingreso tributario adicional para el estado. En la tabla 18
se identifica que más del 70% de vehículos tienen un avalúo menor a 25.000 dólares con un
impuesto para el estado de 4 millones aproximadamente. Así también se observó que se había
exonerado a propietarios con vehículos superiores a los 150 mil dólares.
Tabla 18. Avaluo del vehículos de personas con discapacidad
Valor Avalúo Cantidad de vehículos Suma de IACV Exonerado
0,1-25000,1 19.755 4.286.464
25000,1-50000,1 2.708 364.855
50000,1-75000,1 662 204.126
75000,1-100000,1 160 61.949
100000,1-125000,1 45 16.776
125000,1-150000,1 15 9.299
150000,1-175000,1 3 1.485
225000,1-250000,1 1 240
Fuente SRI
Elaborado por los autores
La generalidad es que los abusos se detectan en los contribuyentes con vehículos más
costosos ya que tratan de gozar de un beneficio que por ley no les corresponde. Un vehículo
65
con un costo aproximado de 225 mil dólares registraba con la presión fiscal promedio del
IACV de $240.
Según la legislación vigente el beneficio no es exclusivo del discapacitado ya que
pueden gozar de la exoneración las personas propietarias de vehículo para traslado excluviso
de personas con discapacidad. Se registraron 6.259 exoneraciones a nombre de tercero que
durante el año 2016 representó una disminución en la recaudación por 1 millón trescientos
cincuenta y tres mil dólares aproximandamente y por la reforma el fisco aumenta sus ingresos
en 1 millon trescientos sesenta y cuatro mil dólares. Por otra parte según lo que consta en los
registros de la administración tributaria los propios discapacitados exoneraron de impuesto
ambiental aproximadamente 3 millones quinientos noventa y un mil dólares y para este año
por efecto de la eliminación del beneficio por discapacitado se estimó una recaudación de 3
millones seiscientos diecisiete mil dólares según se detalla en la tabla 19.
Tabla 19. Exoneración de IACV por tipo de beneficiario
Tipo Cantidad IACV Exonerado
2016
Exoneración estimada
2017
Discapacitados 17.090 3.591.824 3.617.746
Traslado de discapacitados 6.259 1.353.368 1.364.415
Fuente SRI
Elaborado por los autores
Se efectuó el análisis de la carga fiscal en función de la antigüedad de los vehículos
motorizados de propiedad de los discapacitados. Se esperaba que a mayor antigüedad mayor
sería el impuesto generado y por ende su exoneración.
La tabla 20 nos detalla una distribución de vehículos por antigüedad sin
concentración. Hasta el año 2016 se encuentran registrados 7.193 vehículos con menos de 5
años. Al otro extremo con mayor antigüedad se observó 4.435 vehículos.
66
Tabla 20. Cantidad de vehículos por antigüedad
Tramo Antigüedad Total
Menor a 5 años 7.193
De 5 a 10 años 6.715
De 11 a 15 años 3.422
De 16 a 20 años 1.584
Mayor a 20 años 4.435
Fuente SRI
Elaborado por los autores
La mayor parte de la recaudación recae sobre los vehículos entre 5 a 10 años y
vehículos con más de 20 años. La menor recaudación recae sobre vehículos entre 16 a 20
años.
Tabla 21. Recaudación total por antigüedad
Tramo Antigüedad Total
Menor a 5 años 972.037
De 5 a 10 años 1.294.385
De 11 a 15 años 701.566
De 16 a 20 años 485.926
Mayor a 20 años 1.491.277
Fuente SRI
Elaborado por los autores
Se realizó un análisis por contribuyente promedio en función de la antigüedad. Los
propietarios de vehículos en promedio durante el año 2016 causaron 135 dólares de impuesto
ambiental, mientras que los propietarios de vehículos antiguos con más de 20 años en
promedio causaron 336 dólares de impuestos a todos.
Figura 8 .IACV promedio por antigüedad.
Fuente SRI
Elaborado por los autores
67
El tipo de combustible de los vehículos que gozaron de beneficio en el 2016 y tenían
muchos inconvenientes. Más del 90% se concentra en combustibles derivados del petróleo
como la Gasolina y el diésel.
Así también se observa que la recaudación de IACV en vehículos con tecnología
amigable al medio ambiente es inferior al 5%.
Tabla 22. Vehículos por tipo de combustible
Tipo Combustible IACV Exonerado Número de vehículos
Gasolina 3.195.262 20.518
Diésel 1.623.466 2.361
Otros 145.176 374
Híbrido_Gasolina_Baterías 17.960 92
Eléctrico 173 1
Gas_Natural_Comprimido 116 2
Gas_Licuado_Petróleo 9 1
Total general 4.982.161 23.349
Fuente SRI
Elaborado por los autores
Los abusos por eludir y beneficiarse indebidamente de la exoneración se observaron
en el análisis por la clase y tipo de vehículos. Durante el año 2016 se exoneraron por
discapacidad el impuesto ambiental a Camiones, buses, tanqueros, tráileres y volquetas, lo
cuales son para el uso del giro de un negocio y no para el traslado de personas con
discapacidad. En el mismo período a los vehículos previamente señalados se le exoneró
aproximadamente por 1 millón cuatrocientos setenta y nueve mil dólares. Por efectos de la
reforma y eliminación del beneficio se estima que el estado recaude en este grupo 1 millón
cuatrocientos ochenta y siete mil dólares.
68
Tabla 23. IACV exonerado por clase de vehículo
Clase 2016 2017 Número de
vehículos
AUTOMOVIL 280.891 282.348 6.297
CAMION 812.892 817.352 777
CAMIONETA 1.319.338 1.331.242 5.891
ESPECIAL 3.780 3.780 2
JEEP 1.856.226 1.872.300 10.145
MOTOCICLETA 4.987 4.987 5
OMNIBUS 83.935 84.324 58
TANQUERO 38.542 38.785 20
TRAILER 206.982 208.752 39
VOLQUETA 337.620 338.289 115
Total general 4.945.192 4.982.161 23.349
Fuente SRI
Elaborado por los autores
Del grupo de vehículos señalados se identificó que en promedio tienen el mayor
cilindraje y por ende gozaban de una mayor exoneración. Los camiones exonerados que
aparentemente servían para transportar a los discapacitados registraban un cilindraje de
4.634cc, los omnibuses 5.327cc y las volquetas y tráileres con un cilindraje superior a los
8.898 y 15.054 respectivamente según se detalla en la tabla 24.
Tabla 24. Cilindraje por clase de vehículo
Clase Promedio de Cilindraje
AUTOMOVIL 1.847
CAMION 4.634
CAMIONETA 2.688
ESPECIAL 6.000
JEEP 2.573
MOTOCICLETA 4.361
OMNIBUS 5.327
TANQUERO 6.312
TRAILER 15.054
VOLQUETA 8.898
Fuente SRI
Elaborado por los autores
69
La recaudación por cantón se ve concentrada en las jurisdicciones con mayor
población y relevancia económica. La capital de la república durante el año 2016 generó
1.160.482 de IACV y se estima un crecimiento del 0,85% y para el caso de Guayaquil se
registraron ingresos por 699.099 con un crecimiento del 0,65%. El resto de cantones
consolidó 1.611.802 dólares y se espera recaudar 1.611.802(Tabla 25)
Tabla 25. Recaudación de IACV de discapacitados por Cantón
Cantón IAC 2016 IACV 2017
QUITO 1.160.482 1.170.445
GUAYAQUIL 699.099 703.675
CUENCA 555.741 561.574
PORTOVIEJO 134.727 135.655
LATACUNGA 132.587 133.970
SANTO DOMINGO 121.951 122.650
RIOBAMBA 111.285 111.758
MACHALA 106.811 107.753
AMBATO 105.899 106.705
CHONE 103.591 103.934
LOJA 101.216 102.159
OTROS 1.611.802 1.621.881
Fuente SRI
Elaborado por los autores
Se presentan también el detalle de los vehículos exonerados por la marca del
automotor. Dentro de los vehículos objeto del beneficio se identificaron vehículos de gama
alta como Ford, Bmw, Audi, Mercedes Benz y Porsche. Este tipo de vehículos registra en
promedio un cilindraje mayor a 3000 cc y un avalúo superior a treinta mil dólares lo cual
limita su adquisición a personas con ingresos medios o bajos y es exclusivo de personas con
alto nivel económico. A continuación de detalla las características de los vehículos según la
marca.
70
Tabla 26. Vehículos exonerados por marca
Descripción
Datos
Cilindraje
Promedio
Avalúo
Promedio
Número de
vehículos
CHEVROLET 2.378 5.399 6.534
TOYOTA 2.686 20.919 3.183
NISSAN 2.214 13.151 2.145
HYUNDAI 2.148 11.710 1.968
FORD 3.567 10.621 1.875
MAZDA 2.237 8.375 1.416
KIA 2.063 12.097 1.034
SUZUKI 2.099 11.857 784
VOLKSWAGEN 1.873 4.408 599
MITSUBISHI 2.681 7.307 580
HONDA 2.518 17.131 405
RENAULT 1.649 6.460 314
JEEP 3.308 20.337 273
HINO 6.462 10.267 255
MERCEDES BENZ 3.894 26.860 252
BMW 2.550 36.850 189
AUDI 2.157 47.058 158
GREAT WALL 2.370 14.362 149
PEUGEOT 1.856 3.505 118
LADA 1.648 1.075 117
DODGE 3.305 11.943 71
SKODA 1.691 3.694 68
DAIHATSU 2.696 1.562 68
ISUZU 3.182 1.737 65
GMC 3.426 3.619 61
LAND ROVER 2.552 21.453 57
FIAT 1.677 3.846 50
DAEWOO 2.500 1.744 40
VOLVO 3.912 5.132 35
DATSUN 1.859 815 32
JAC 4.238 9.582 28
INTERNATIONAL 9.389 3.758 27
CITROEN 1.909 6.650 24
CHERY 1.895 13.829 24
PORSCHE 3.365 66.753 22
Fuente SRI
Elaborado por los autores
Por último, se obtuvo la presión fiscal del IACV en los contribuyentes con
discapacidad en función de sus ingresos. El grupo con menor ingreso que corresponde a
71
quienes perciben menos de 20 mil dólares según su declaración de impuesto a la renta del año
2016 contribuyó con una presión tributaria de 1.57%. El grupo con mayores ingresos generó
una presión tributaria del 0.36%. El primer grupo concentra más del 69% de las sujetos de
análisis, mientas que el grupo de altos ingresos representa el 4.27%(tabla 27).
Tabla 27. IACV por ingresos
Ingresos IACV causado
promedio
Número de
contribuyentes
% de Discapacidad
promedio
Menor a 20 mil 315,87 8004 50,07
De 20 mil a 50
mil
196,14 2380 47,09
De 50 mil a 80
mil
166,66 596 47,06
Mayor a 80 mil 292,74 490 45,67
Total general 282,28 11470 49,12
Fuente SRI
Elaborado por los autores
Una vez analizado todos los datos se obtuvo un efecto del 3,01% respecto a la
recaudación total del año 2016, ya que para efectos tributarios a la presente aún no se puede
analizar con el periodo fiscal 2017 que se encuentra en curso
Tabla 28. Efecto de reforma en recaudación del IACV comparativo 2016
IACV causado por discapacidad 2016 4.945.192
IACV Exonerado por discapacidad 2016 3.344.539
IACV recaudado discapacitados 2016 1.600.653
IACV recaudado general 2016 112.016.910
Efecto de la eliminación de la exoneración para discapacitados 2017 3.369.538
Peso de la reforma en la recaudación de IACV 3,01%
Peso de la reforma en la recaudación de IACV de discapacitados 210,51%
Fuente SRI
Elaborado por los autores
72
CONCLUSIONES
Al principio de la investigación se planteó como hipótesis que La eliminación de la
exoneración a los discapacitados provocará un aumento inferior al 1% en la recaudación de
IACV. Según la estimación realizada sobre la base de matriculación vehicular de la
administración tributaria y los resultados obtenidos la eliminación de la exoneración del
IACV en las personas con discapacidad representa al año 2017 tres millones trescientos
sesenta y nueve mil quinientos treinta y ocho dólares adicionales de ingresos para el estado lo
cual representa un incremento del 3,01% en la recaudación del IACV general respecto al año
anterior y el 210,51%de incremento en el IACV recaudado exclusivamente para los
discapacitados.
Se pudo alcanzar el objetivo general de la investigación que era estimar el efecto en la
recaudación del impuesto ambiental por la eliminación de la exención a los discapacitados
durante el periodo fiscal 2017. El resultado obtenido fue de tres millones trescientos sesenta y
nueve mil quinientos treinta y ocho dólares.
Se cumplieron los objetivos específicos establecidos en la tesis ya que por una parte,
se identificó la presión tributaria del IACV en los contribuyentes. Se observó que la mayor
presión fiscal la soporta los contribuyentes con menores ingresos ya que el impuesto no
considera los principios constitucionales de progresividad y equidad.
Por otra parte, otro de los objetivos específicos que se logró fue cuantificar la
demanda de vehículos automotores en función del cilindraje. La demanda se concentró en
aquellos vehículos con un cilindraje menor a dos mil centímetros cúbicos.
73
El último objetivo específico logrado fue determinar la provincia con mayor impacto
en los niveles de recaudación del IACV. La provincia con mayor impacto es Pichincha que
contiene a Quito y Santo Domingo, seguido por la provincia del Guayas que contiene a
Guayaquil.
La eliminación total del beneficio no fue la solución más adecuada al abuso por parte
de determinados contribuyentes ya que la mayoría de personas con discapacidad con medios
o bajos recursos se ven afectados desde el periodo fiscal 2017.
74
RECOMENDACIONES
Se recomienda a los legisladores y autoridades reformar la legislación objeto de
estudio de esta tesis con el fin de reconocer nuevamente la exoneración a la personas con
discapacidad con la limitación mediante el costo de adquisición y características de vehículos
que podrían obtener el beneficio.
Se recomienda que se excluya de la exoneración de impuesto ambiental a la
contaminación vehicular a vehículos pesados y esta sea únicamente para automóviles.
El otorgamiento de una exoneración exige que la administración tributaria disponga
de buenos instrumentos de control y de asistencia tributaria, logrando identificar y comprobar
rápidamente si los contribuyentes se encuentran eludiendo o evadiendo impuestos, ya que
esto perjudica los ingresos del estado. En cuanto al tema del régimen sancionatorio, en el
caso de que se descubra que un bien exonerado tiene un uso distinto al que debe, no solo se le
debería cobrar el impuesto que debió pagar, si no establecer una sanción por ello.
75
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ANEXOS
Anexo 1. Estado civil de personas con discapacidad
Fuente (MIES, 2017b)
Elaborado por los autores
Anexo 2.Tenencia de vivienda de personas con discapacidad
(MIES, 2017d)
Elaborado por los autores
Anexo 3.Tasa de empleo de personas con discapacidad
(MIES, 2017c)
Elaborado por los autores
84
Anexo 4. Cantidad de vehículos exonerado por clase
Clase Nombre Sub Clase Total
AUTOMOVIL CONVERTIBLE 17
COUPE 146
HIBRIDO-A 75
SEDAN 5.422
SEDAN-ORTOPEDICO 9
STATION WAGON 626
STATION-ORTOPEDICO 2
CAMION CAJON-C 469
CAMION 133
CAMION PEQUEÑO 13
FURGON-C 122
PLATAFORMA-C 40
CAMIONETA CABINA SIMPLE 1.025
CAJON 514
CAMPERO 1
DOBLE CABINA 3.137
FURGON 5
FURGONETA 463
HIBRIDO 10
PICK-UP 705
REPARTO 2
UTILITY 29
ESPECIAL GRUA 2
JEEP HIBRIDO-J 62
JARDINERA 44
JEEP 10.015
JEEP-ORTOPEDICO 24
MOTOCICLETA DEPORTIVA 1
PASEO 4
OMNIBUS BUS 36
BUS COSTA 9
BUS ESCOLAR 2
BUSETA 11
TANQUERO TANQUERO 20
TRAILER CABEZAL-T 38
PLATAFORMA-T 1
VOLQUETA VOLQUETA 115